TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Nº 29 DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS (vi) VER NOTA DDERECHOS DE TRAMITACIÓN A PAGAR GRAT

12 downloads 106 Views 83KB Size

Recommend Stories


TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA ANO 2010 TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - DIRECCI6N REGIONAL DE SALUD PIURA
DIRECCI6N OFICINA REGIONAL DE SALUD PIURA EJECUTIVA DE PLANEAMIENTO TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ESTRATEGICO ADMI

Procedimientos administrativos
Nivel 1 Nivel 2 Proceso 1 Sub-proceso 1.1 Actividad 1.1.1 Nivel 3 Tarea 1.1.1.1 Tarea 1.1.1.2 Tarea 1.1.1.n Nivel 4 Actividad 1.1.n Sub-proceso

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
MANUAL DE FUNCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CMS/FRQ ESTELI, JUNIO 2010. I. ORGANIGRAMA Asamblea General Junta de Vigilancia Consejo de Ad

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA) Derecho de trámite
Aprobado mediante Ordenanzas N° 012-2010-MDCH y N° 014-2011-MDCH MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Ratificado mediante Acuerdo de Concejo N° 103-20

FORMULACION Y ACTUALIZACION DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
CODIGO: OPP-PLAN-005-05 VERSION: PRIMERA AREA: OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO AREA DE PLANIFICACION TITULO: FORMULACION Y ACTUALIZACION DEL

Story Transcript

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Nº 29

DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

DDERECHOS DE TRAMITACIÓN A PAGAR

GRATUITO DEVOLUCIÓN DE PRESENTAR: PAGOS INDEBIDOS - FORMULARIO 4949 "SOLICITUD DE DEO EN EXCESO MEVOLUCIÓN" DEBIDAMENTE FIRMADO DIANTE NOTAS DE POR EL DEUDOR TRIBUTARIO O REPRECRÉDITO NEGOSENTANTE LEGAL ACREDITADO EN EL CIABLES O CHERUC, POR CADA PERÍODO Y TRIBUTO QUE. POR EL QUE SE SOLICITA DEVOLUCIÓN. - ESCRITO SUSTENTADO EN EL QUE SE DETALLE, LO SIGUIENTE: A)EL TRIBUTO Y EL PERÍODO POR EL QUE SE SOLICITA LA DEVOLUCIÓN. B) CÓDIGO Y NÚMERO DE ORDEN DEL FORMULARIO EN EL CUAL EFECTUÓ EL PAGO, ASÍ COMO LA FECHA DE ÉSTE. C) EL CÁLCULO DEL PAGO EN EXCESO O INDEBIDO. D)LOS MOTIVOS O CIRCUNSTANCIAS QUE ORIGINARON EL PAGO INDEBIDO O EN EXCESO. EN EL CASO DE DEUDORES TRIBUTARIOS OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD COMPLETA EL SUSTENTO PODRÁ REALIZARSE, CON EL ANÁLISIS DE CUENTAS QUE, A LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD, EL PAGO INDEBIDO O EN EXCESO SE ENCUENTRA CONTABILIZADO COMO SALDO A FAVOR DEL DEUDOR TRIBUTARIO. EN EL CASO DEL RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV, EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DE LAS RETENCIONES NO APLICADAS QUE CONSTEN EN LA DECLARACIÓN DEL IGV, SIEMPRE QUE HUBIERA MANTENIDO UN MONTO NO APLICADO POR DICHO CONCEPTO EN UN PLAZO NO MENOR DE SEIS (6) PERÍODOS CONSECUTIVOS. ADEMÁS: PONER A DISPOSICIÓN DE LA SUNAT, EN FORMA INMEDIATA, EN SU DOMICILIO FISCAL O LUGAR DESIGNADO POR ÉSTA, LA DOCUMENTACIÓN Y REGISTROS CONTABLES CORRESPONDIENTES.

CALIFICACIÓN APROBACIÓN AUTOMÁTICA

EVALUACIÓN PREVIA SUJETO A SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO

SUJETO A SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES.

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

DIVISIÓN O SECCIÓN DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE.

INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES/ INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE OFICINA ZONAL.

(ii) VER NOTA. (i) VER NOTA.

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

OBSERVACIONES

RECLAMACIÓN - PARA EL CASO DE PAGOS INDEBIDOS O EN INTENDENTE EXCESO CORRESPONDIENTES A LA CONTRIDE PRINCIPABUCIÓN AL FONAVI Y SENCICO, LA SUNAT LES CONTRIBUNO OTORGARÁ NOTAS DE CRÉDITO NEGOYENTES NACIOCIABLES NI CHEQUE. NALES/ INTEN- - RESPECTO A LAS SOLICITUDES REFERIDAS DENTE REGIOAL SENCICO, LA SUNAT ENVIARÁ EL INFORNAL O JEFE DE ME TÉCNICO Y LA DOCUMENTACIÓN O F I C I N A SUSTENTATORIA CORRESPONDIENTE AL ZONAL. SENCICO, EL QUE SE ENCARGARÁ DE LA DEVOLUCIÓN. APELACIÓN - RESPECTO A LAS SOLICITUDES REFERIDAS A TRIBUNAL FISLA CONTRIBUCIÓN AL FONAVI, LA SUNAT RECAL. MITIRÁ EL INFORME CORRESPONDIENTE Y LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA AL FONDO MI VIVIENDA, EL QUE SE ENCARGARÁ DE LA DEVOLUCIÓN, EN LOS CASOS QUE RESULTE PROCEDENTE, RELATIVA A PERÍODOS ANTERIORES A SETIEMBRE DE 1998. - LA SUNAT SÓLO DEVOLVERÁ LOS MONTOS PAGADOS INDEBIDAMENTE O EN EXCESO POR LAS APORTACIONES DE CARACTER TRIBUTARIO A ESSALUD Y/U ONP CORRESPONDIENTES A PERÍODOS TRIBUTARIOS A PARTIR DE JULIO DE 1999. LAS DEVOLUCIONES SÓLO SE EFECTUARÁN MEDIANTE CHEQUE, DE ACUERDO AL ART.7° DEL D.S.039-2001-EF. - EL CONTRIBUYENTE Y/O RESPONSABLE QUE SEA INCORPORADO AL RÉGIMEN DE BUENOS CONTRIBUYENTES, OBTENDRÁ LA DEVOLUCIÓN DEL PAGO INDEBIDO O EN EXCESO, SIN LA NECESIDAD DE GARANTÍAS Y EN UN PLAZO MÁXIMO DE 10 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE SE PRESENTE LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN. NO ESTÁN COMPRENDIDOS EN ESTE BENEFICIO LOS TRIBUTOS VINCULADOS A ESSALUD Y ONP. - TRANSCURRIDOS LOS CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES SIN QUE SE HUBIERA EXPEDIDO RESOLUCIÓN, EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ CONSIDERAR DENEGADA SU SOLICITUD O ESPERAR EL PRONUNCIAMIENTO EXPRESO DE LA SUNAT. - PARA LAS DEVOLUCIONES POR TRIBUTOS PAGADOS EN LA IMPORTACIÓN (VER PROCEDIMIENTO N°69 DE LA SECCION II)

BASE LEGAL (v) VER NOTA

- ARTS. 30° AL 34° DEL REGLAMENTO DE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES, APROBADO POR D.S. N° 126-94EF (PUBLICADO EL 29.09.94). - LEY N° 27334 (PUBLICADA EL 30.07.2000). - D.S. N° 039-2001-EF (PUBLICADO EL 13.03.2001). - LEY N° 26969 (PUBLICADA EL 27.08.98). - OCTAVA DISPOSICIÓN FINAL DEL REGLAMENTO DE LA LEY N° 26969, APROBADO POR EL D.S. N° 041-99-EF (PUBLICADA EL 29.03.99). - ART. 163° Y DÉCIMO PRIMERA DISPOSICIÓN FINAL DEL TUO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO, APROBADO POR EL D.S. N° 135-99EF (PUBLICADO EL 19.08.99). - ART.4° DEL D.S. N° 1042002-EF(PUBLICADO EL 20.06.2002). - ART.11° DE LA R.S. N° 037-2002/SUNAT (PUBLICADA EL 19.04.2002). - ART.2° DE LA R.S. N° 181-2002/SUNAT (PUBLICADA EL 22.12.2002).

31

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CALIFICACIÓN

Nº 30

DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

DEVOLUCIÓN DEL SALDO A FAVOR MATERIA DE BENEFICIO MEDIANTE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES O CHEQUE.

REQUISITOS (vi) VER NOTA

DDERECHOS APRODE TRAMITA- BACIÓN AUTOCIÓN A PAGAR MÁTICA

PRESENTAR: GRATUITO EN EL CASO DE EXPORTADORES DE BIENES Y/O SERVICIOS: - FORMULARIO 4949 "SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN" FIRMADO POR EL DEUDOR TRIBUTARIO O REPRESENTANTE LEGAL ACREDITADO EN EL RUC. - COPIA SIMPLE DE LA DECLARACIÓNPAGO DONDE CONSTE EL SALDO A FAVOR O ESCRITO EN EL QUE SE DETALLEN EL NÚMERO Y FECHA DE DICHA DECLARACIÓN. - CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN DE LA INFORMACIÓN EN MEDIOS MAGNÉTICOS. ADEMÁS: PONER A DISPOSICIÓN DE LA SUNAT, EN FORMA INMEDIATA, EN SU DOMICILIO FISCAL O LUGAR DESIGNADO POR ÉSTA, LA DOCUMENTACIÓN Y REGISTROS CONTABLES CORRESPONDIENTES.

EVALUACIÓN PREVIA SUJETO A SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO

SUJETO A SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO UN (01) DÍA HÁBIL (CON GARANTÍA). CINCO (5) DÍAS HÁBILES (SIN GAR A N T Í A ) CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE A LA FECHA DE P R E S E N TA CIÓN DE TODOS LOS DOCUMENTOS, SALVO QUE EL SOLICITANTE, ENTRE OTRAS, REALI CE E S P O R Á DICAMENTE OPERACIONES DE EXPORTACIÓN, TUVIERA DEUDAS TRIB U TA R I A S EXIGIBLES O HAYA PRESENTADO INFORMACIÓN INCONSISTENTE, EN CUYO CASO SE PUEDE EXTENDER EN QUINCE (15) DÍAS HÁBILES ADICIONALES. (iii) VER NOTA.

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

DIVISIÓN O SECCIÓN DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE. (i) VER NOTA.

INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES/ INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE OFICINA ZONAL.

RECLAMACIÓN INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES/ INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE O F I C I N A ZONAL.

OBSERVACIÓNES

BASE LEGAL (v) VER NOTA

ESTE PROCEDIMIENTO ES APLICABLE SÓLO A - ARTS. 1° AL 29° DEL REGLAMENTO DE NOEXPORTADORES. TAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES, APROBATRATÁNDOSE DE EXPORTACIONES REALIZADO POR D.S. N° 126-94DAS A TRAVÉS DEL OPERADOR DE LAS SOCIEEF (PUBLICADO EL DADES IRREGULARES, COMUNIDAD DE BIE29.09.1994). NES, JOINT VENTURES, CONSORCIOS Y DEMÁS CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESA- - D.S. N° 084-98-EF (PUBLICADO EL 14.08.98). RIAL QUE NO LLEVEN CONTABILIDAD EN FORMA INDEPENDIENTE, DEBERÁN CONSIDERAR - R.S. N° 049-98/ SUNAT (PUBLICADA EL LO DISPUESTO EN EL D.S. N° 014-2002-EF. APELACIÓN 26.05.1998). TIPOS DE GARANTÍA: TRIBUNAL FIS- R.M. N° 122-99-EF/ 15 - CARTA FIANZA OTORGADA POR UNA ENTICAL. (PUBLICADA EL DAD BANCARIA DEL SISTEMA FINANCIERO 04.06.1999). NACIONAL. - ART. 163° Y DÉCIMO - PÓLIZA DE CAUCIÓN EMITIDA POR UNA PRIMERA DISPOSICOMPAÑÍA DE SEGUROS. CIÓN FINAL DEL TUO - CERTIFICADOS BANCARIOS EN MONEDA EXDEL CÓDIGO TRIBUTRANJERA. TARIO, APROBADO POR EL D.S. N° 135-99LOS DOCUMENTOS DE GARANTÍA OTORGAEF (PUBLICADO EL DOS A LA SUNAT TENDRÁN UNA VIGENCIA DE 19.08.1999). TREINTA (30) DÍAS CALENDARIOS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN. NO SE PODRÁ SOLICITAR LA RENOVACIÓN DE LOS REFERIDOS DOCUMENTOS, CON EXCEPCIÓN DE LO ESTABLECIDO EN EL SIGUIENTE PÁRRAFO. LA SUNAT PODRÁ REQUERIR AL SOLICITANTE LA EXTENSIÓN HASTA POR DOCE (12) MESES DEL PLAZO DE VIGENCIA DE LAS GARANTÍAS, SIEMPRE QUE SE PRESENTE ALGUNO DE LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 11° DEL REGLAMENTO DE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES. LA CARTA FIANZA DEBE SER: * OTORGADA A FAVOR DE LA SUNAT. * IRREVOCABLE, SOLIDARIA, INCONDICIONAL Y DE REALIZACIÓN AUTOMÁTICA. * EMITIDA POR UN MONTO NO INFERIOR A AQUEL POR EL QUE SE SOLICITA LA DEVOLUCIÓN. * DE UNA VIGENCIA DE TREINTA (30) DÍAS CALENDARIOS, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.

32

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CALIFICACIÓN



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

DDERECHOS DE TRAMITACIÓN A PAGAR

APROBACIÓN AUTOMÁTICA

EVALUACIÓN PREVIA SUJETO A SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO

SUJETO A SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

OBSERVACIONES

BASE LEGAL (v) VER NOTA

LA PÓLIZA DE CAUCIÓN SE DEBERÁ PRESENTAR DEBIDAMENTE VISADA POR LA SUNAT; PARA LO CUAL DEBERÁ TENERSE EN CUENTA LO DISPUESTO EN LA R.M. N° 122-99-EF/15 SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS PÓLIZAS DE CAUCIÓN. LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁ SER PRESENTADA EN MEDIOS MAGNÉTICOS ES LA SIGUIENTE: A)RELACIÓN DETALLADA DE LOS COMPROBANTES DE PAGO QUE RESPALDEN LAS ADQUISICIONES EFECTUADAS, ASÍ COMO LAS NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO RESPECTIVAS Y DE LAS DECLARACIONES DE IMPORTACIÓN, CORRESPONDIENTES AL PERÍODO POR EL QUE SE SOLICITA LA DEVOLUCIÓN. B)EN EL CASO DE EXPORTADORES DE BIENES, RELACIÓN DETALLADA DE LAS DECLARACIONES DE EXPORTACIÓN Y DE LAS NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO QUE SUSTENTEN LAS EXPORTACIONES REALIZADAS EN EL PERÍODO POR EL QUE SE SOLICITA LA DEVOLUCIÓN. ASIMISMO SE DETALLARÁN LAS FACTURAS QUE DAN ORIGEN TANTO A LAS DECLARACIONES DE EXPORTACIÓN COMO A LAS NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO. EN EL CASO DE EXPORTADORES DE SERVICIOS, RELACIÓN DETALLADA DE LOS COMPROBANTES DE PAGO Y DE LAS NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO QUE SUSTENTAN LAS EXPORTACIONES REALIZADAS EN EL PERÍODO POR EL QUE SE SOLICITA LA DEVOLUCIÓN. LA INFORMACIÓN SE DEBERÁ PRESENTAR ÚNICAMENTE MEDIANTE EL SOFTWARE QUE PROPORCIONE GRATUITAMENTE LA SUNAT, EN EL NÚMERO DE MEDIOS MAGNÉTICOS QUE SEAN NECESARIOS, ACOMPAÑANDO A LOS MISMOS EL FORMULARIO N° 3435 "RESUMEN DE DATOS DE EXPORTADORES", EL CUAL ES GENERADO AUTOMÁTICAMENTE POR EL SOFTWARE. DICHO FORMULARIO SE PRESENTARÁ A LA SUNAT EN DOS (2) EJEMPLARES DEBIDAMENTE FIRMADOS POR EL DEUDOR TRIBUTARIO O REPRESENTANTE LEGAL ACREDITADO EN EL RUC.

33

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CALIFICACIÓN



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

DERECHOS DE TRAMITACIÓN A PAGAR

APROBACIÓN AUTOMÁTICA

EVALUACIÓN PREVIA SUJETO A SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO

SUJETO A SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

OBSERVACIÓNES

BASE LEGAL (v) VER NOTA

LOS ÚNICOS DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN SON LA CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN DE LA INFORMACIÓN EN MEDIOS MAGNÉTICOS Y EL EJEMPLAR SELLADO DEL FORMULARIO N° 3435 "RESUMEN DE DATOS DE EXPORTADORES". ADICIONALMENTE, SE REQUERIRÁ LA PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE ATRIBUCIÓN, TRATÁNDOSE DE EXPORTACIONES REALIZADAS A TRAVÉS DEL OPERADOR DE LAS SOCIEDADES IRREGULARES, COMUNIDAD DE BIENES, JOINT VENTURES, CONSORCIOS Y DEMÁS CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL QUE NO LLEVEN CONTABILIDAD EN FORMA INDEPENDIENTE. EN VIRTUD DE SU FACULTAD FISCALIZADORA, LA ADMINISTRACIÓN PODRÁ REQUERIR LOS DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN. EL EXPORTADOR PODRÁ RECTIFICAR O COMPLEMENTAR LA INFORMACIÓN PRESENTADA CON LA SOLICITUD ANTES DE LA EMISIÓN DE LA NOTA DE CRÉDITO NEGOCIABLE O CHEQUE. EN ESTE CASO, EL PLAZO PARA LA EMISIÓN DE LA REFERIDA NOTA DE CRÉDITO NEGOCIABLE O CHEQUE SE CONTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA O RECTIFICATORIA. TRANSCURRIDOS LOS PLAZOS PARA RESOLVER SIN QUE SE HUBIERA EXPEDIDO RESOLUCIÓN, EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ CONSIDERAR DENEGADA SU SOLICITUD O ESPERAR EL PRONUNCIAMIENTO EXPRESO DE LA SUNAT.

31

COMUNICACIÓN PRESENTAR EN MEDIOS MAGNÉTICOS LA GRATUITO DE LA COMPENSA- SIGUIENTE INFORMACIÓN: CIÓN DEL SALDO A) RELACIÓN DETALLADA DE LOS COMA FAVOR POR EXPROBANTES DE PAGO QUE RESPALDEN PORTACIÓN. LAS ADQUISICIONES EFECTUADAS, ASÍ COMO DE LAS NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO RESPECTIVAS Y DE LAS DECLARACIONES DE IMPORTACIÓN CORRESPONDIENTES AL PERÍODO POR EL QUE SE COMUNICA LA COMPENSACIÓN. B) EN EL CASO DE EXPORTADORES DE BIE-

X

DIVISIÓN O SECCIÓN DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE. (i) VER NOTA.

LA INFORMACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE - ARTS. 6° Y 8° REGLAMENTO DE NOTAS DE ÚNICAMENTE A TRAVÉS DEL SOFTWARE QUE CRÉDITO NEGOCIAPROPORCIONE GRATUITAMENTE LA SUNAT, EN BLES, APROBADO POR EL NÚMERO DE MEDIOS MAGNÉTICOS QUE EL D.S. N° 126-94-EF SEAN NECESARIOS, ACOMPAÑANDO A LOS (PUBLICADO EL MISMOS EL FORMULARIO Nº 3435 "RESUMEN DE 29.09.1994). DATOS DE EXPORTADORES", EL CUAL ES GER.S. N° 049-98/SUNAT NERADO AUTOMÁTICAMENTE POR EL SOFTPUBLICADA EL WARE. DICHO FORMULARIO SE PRESENTARÁ A 26.05.1998). LA SUNAT EN DOS (2) EJEMPLARES DEBIDA-

34

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CALIFICACIÓN



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

DDERECHOS DE TRAMITACIÓN A PAGAR

APROBACIÓN AUTOMÁTICA

EVALUACIÓN PREVIA SUJETO A SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO

SUJETO A SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO DE PROMOCIÓN MUNICIPAL MEDIANTE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES

PRESENTAR: - FORMULARIO 4949 "SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN" FIRMADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL DEL SUJETO DEL BENEFICIO. - COPIA SIMPLE DE LA CONSTANCIA EMITIDA POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES INDICANDO LOS DATOS RELATIVOS AL SUJETO DEL

BASE LEGAL (v) VER NOTA

MENTE FIRMADOS POR EL DEUDOR TRIBUTARIO O SU REPRESENTANTE LEGAL ACREDITADO EN EL RUC.

NES, RELACIÓN DETALLADA DE LAS DECLARACIONES DE EXPORTACIÓN Y DE LAS NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO QUE SUSTENTAN LAS EXPORTACIONES REALIZADAS EN EL PERÍODO POR EL QUE SE COMUNICA LA COMPENSACIÓN. ASIMISMO, SE DETALLARÁN LAS FACTURAS QUE DAN ORIGEN TANTO A LAS DECLARACIONES DE EXPORTACIÓN COMO A LAS NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO. EN EL CASO DE EXPORTADORES DE SERVICIOS, RELACIÓN DETALLADA DE LOS COMPROBANTES DE PAGO Y DE LAS NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO QUE SUSTENTAN LAS EXPORTACIONES REALIZADAS EN EL PERÍODO POR EL QUE SE COMUNICA LA COMPENSACIÓN. ADICIONALMENTE, SE REQUERIRÁ LA PRESENTACIÓN DE : - LOS DOCUMENTOS DE ATRIBUCIÓN, TRATÁNDOSE DE EXPORTACIONES REALIZADAS A TRAVÉS DEL OPERADOR DE LAS SOCIEDADES IRREGULARES, COMUNIDAD DE BIENES, JOINT VENTURES, CONSORCIOS Y DEMÁS CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL QUE NO LLEVEN CONTABILIDAD EN FORMA INDEPENDIENTE. - COPIA SIMPLE DE LA DECLARACIÓNPAGO DONDE CONSTE EL SALDO A FAVOR. EN LA DECLARACIÓN DONDE SE EFECTÚE LA COMPENSACIÓN SE CONSIGNARÁ EL MONTO A COMPENSAR EN LA CASILLA CORRESPONDIENTE.

32 D E V O L U C I Ó N

OBSERVACIONES

LOS ÚNICOS DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN SON LA CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN DE LA INFORMACIÓN EN MEDIOS MAGNÉTICOS Y EL EJEMPLAR SELLADO DEL FORMULARIO Nº 3435 "RESUMEN DE DATOS DE EXPORTADORES". EN VIRTUD DE SU FACULTAD FISCALIZADORA, LA ADMINISTRACIÓN PODRÁ REQUERIR LOS DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA COMUNICACIÓN DE LA COMPENSACIÓN.

GRATUITO

CINCO (5) DIVISIÓN O SEC- INTENDENTE RECLAMACIÓN DÍAS HÁBI- CIÓN REGIONAL. INTENDENTE LES. DE SERVICIOS AL REGIONAL. ONTRIBUYENTE. APELACIÓN (iv) VER NOTA. TRIBUNAL FISCAL.

EL MONTO MÍNIMO PARA SOLICITAR LA DE- - D. LEG. N° 783 (PUBLI CADO EL 31.12.93) AMVOLUCIÓN ES EQUIVALENTE A 0.25 DE UNA PLIADA SU VIGENCIA UIT. POR LA LEY N° 27385 (PUBLICADA EL TRANSCURRIDOS LOS CINCO (5) DÍAS HÁBI28.12.2000). LES SIN QUE SE HUBIERA EXPEDIDO RESOLUCIÓN, EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ CONSI- - LEY N° 26632 (PUBLICADA EL 22.06.96). DERAR DENEGADA SU SOLICITUD O ESPERAR EL PRONUNCIAMIENTO EXPRESO DE LA

35

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CALIFICACIÓN



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

DERECHOS APROEVALUACIÓN PREVIA DE BACIÓN TRAMITA- AUTOSUJETO A SUJETO A CIÓN A SILENCIO MÁTICA SILENCIO PAGAR ADMINISTRATI- ADMINISTRATIVO POSITIVO VO NEGATIVO

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

BENEFICIO, SUS FUNCIONARIOS, SUMIO CHEQUE A MINISTROS Y SERVICIOS REGISTRADOS SIONES DIPLOMÁEN DICHO MINISTERIO. TICAS, OFICINAS CONSULARES, OR- - COPIAS AUTENTICADAS POR FEDATARIO DE LA SUNAT DEL DOCUMENTO GANIZACIONES Y DE IDENTIDAD DEL REPRESENTANTE ORGANISMOS INLEGAL DEL SUJETO DEL BENEFICIO Y TERNACIONALES DE LA PERSONA QUE REPRESENTA A ACREDITADOS EN AQUEL. EL PAÍS. - RELACIÓN DETALLADA DE COMPROBANTES DE PAGO POR LOS QUE SE SOLICITA LA DEVOLUCIÓN, INDICANDO RUC DEL EMISOR, SERIE, NÚMERO Y FECHA, ASÍ COMO EL MONTO DE LOS IMPUESTOS. - COPIA AUTENTICADA POR EL FEDATARIO DE LA SUNAT DE LAS COPIAS "ADQUIRENTE O USUARIO", EN CASO CORRESPONDA, DE LOS COMPROBANTES DE PAGO CANCELADOS POR: * SERVICIOS TELEFÓNICOS, TELEX, TELEGRÁFICOS. * SUMINISTROS DE AGUA Y LUZ. * PASAJES INTERNACIONALES UTILIZADOS CONTENIENDO EN FORMA DESAGREGADA EL NOMBRE DEL USUARIO. * ADQUISICIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EQUIPOS CEDIDOS EN USO AL GOBIERNO CENTRAL. * CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN. * PRIMERA VENTA QUE REALICEN LOS CONSTRUCTORES DE LOS MISMOS. * SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA.

33

D E V O L U C I Ó N PRESENTAR: DEL IMPUESTO - FORMULARIO 4949 "SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN" FIRMADO POR EL REPREGENERAL A LAS SENTANTE LEGAL DEL SUJETO DEL VENTAS E IMBENEFICIO. PUESTO DE PROCOPIA SIMPLE DE LA CONSTANCIA MOCIÓN MUNICIEMITIDA POR EL MINISTERIO DE REPAL PAGADOS EN LACIONES EXTERIORES O POR LA LAS COMPRAS DE AGENCIA PERUANA DE COOPERACION BIENES Y SERVIINTERNACIONAL (APCI) EN LA QUE

GRATUITO

CINCO (5) DIVISIÓN O SEC- INTENDENTE DÍAS HÁBI- CIÓN DE SERVI- DE PRINCILES. CIOS AL CON- PALES CONTRIBUYENTE. TRIBUYENTES NACIO(i) VER NOTA. NALES / INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE OFI

RECLAMACIÓN INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES / INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE O F I C I N A ZONAL.

OBSERVACIÓNES

BASE LEGAL (v) VER NOTA

SUNAT.

- D.S. N° 037-94-EF (PUBLICADO EL 11.04.94). - D.S. N° 082-94-EF (PUBLICADO EL 12.07.94). - D.S. N° 172-97-EF (PUBLICADO EL 17.12.97). - ART. 36° DEL REGLAMENTO DE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES, APROBADO POR EL D.S. N° 126-94-EF (PUBLICADO EL 29.09.94). - ART. 163° Y DÉCIMO PRIMERA DISPOSICIÓN FINAL DEL TUO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO, APROBADO POR EL D.S. N° 135-99EF (PUBLICADO EL 19.08.99).

DEBE CONSIDERARSE QUE: - LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DEBE SER PRESENTADA DENTRO DE LOS SEIS (6) MESES DE EFECTUADA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS. - LAS SOLICITUDES SON CANCELATORIAS FRENTE AL PERÍODO MENSUAL QUE COMPRENDE. - EL MONTO MÍNIMO PARA PRESENTAR DEVOLUCIÓN ES EQUIVALENTE A 0.25 DE UNA UIT.

- D.S. N° 036-94-EF (PUBLICADO EL 10.04.94). - D.S. N° 082-94-EF (PUBLICADO EL 12.07.94). - R.D. N° 110-94/RE (PUBLICADA EL 06.06.94). - ART. 36° DEL REGLAMENTO DE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES, APROBADO POR

36

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CALIFICACIÓN



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

CIOS, EFECTUADOS CON FINANCIACIÓN DE DONACIONES Y COOPERACIÓN TÉCNICA INTERNACIONAL NO REEMBOLSABLE MEDIANTE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES O CHEQUE.

34

REQUISITOS (vi) VER NOTA

DERECHOS APROEVALUACIÓN PREVIA DE BACIÓN SUJETO A SUJETO A TRAMITAAUTOSILENCIO CIÓN A MÁTICA SILENCIO ADMINISTRATI- ADMINISTRATIPAGAR VO POSITIVO VO NEGATIVO

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

OBSERVACIONES

BASE LEGAL (v) VER NOTA

CINA ZONAL. APELACIÓN TRANSCURRIDOS LOS CINCO (5) DÍAS HÁBIEL D.S. N° 126-94-EF TRIBUNAL FIS- LES SIN QUE SE HUBIERA EXPEDIDO RESOLU(PUBLICADO EL CAL. CIÓN, EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ CONSI29.09.94). DERAR DENEGADA SU SOLICITUD O ESPERAR - D. LEG. N° 783 (PUBLIEL PRONUNCIAMIENTO EXPRESO DE LA CADO EL 31.12.93), AMPLIADA SU VIGENSUNAT. CIA POR LA LEY N° 27385 (PUBLICADA EL 28.12.2000). - ART. 163° Y DÉCIMO PRIMERA DISPOSICIÓN FINAL DEL TUO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO, APROBADO POR EL D.S. N° 135-99EF (PUBLICADO EL 19.08.99). - LEY N° 27692 - LEY DE CREACIÓN DE LA AGENCIA PERUANA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL - APCI (PUBLICADA EL 12.04.2002).

SE ACREDITE LO SIGUIENTE: * NOMBRE DEL SUJETO DEL BENEFICIO. * ACUERDO, CONVENIO O REGISTRO DEL QUE FLUYE SU DERECHO A SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN. * PROGRAMA, PROYECTO O ACTIVIDAD DERIVADA DE DONACIONES DEL EXTERIOR QUE SE ENCUENTRAN FINANCIANDO O EJECUTANDO. * RELACIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS CONTENIDOS EN LOS PLANES DE OPERACIÓN POR LOS CUALES PROCEDE LA DEVOLUCIÓN. * FECHA DE VENCIMIENTO, LA QUE NO PODRÁ EXCEDER DE LA FECHA DE VIGENCIA FIJADA PARA EL PLAN DE OPERACIONES. - COPIAS AUTENTICADAS POR FEDATARIO DE LA SUNAT DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD DEL REPRESENTANTE DESIGNADO EN LA CONSTANCIA Y DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ENTIDAD. - RELACIÓN DETALLADA DE LOS COMPROBANTES DE PAGO CORRESPONDIENTE AL PERÍODO EN QUE SE SOLICITA LA DEVOLUCIÓN, EN LA QUE SE INDIQUEN EL NÚMERO DEL RUC DEL EMISOR, SERIE, NÚMERO Y FECHA, Y EL MONTO DE LOS IMPUESTOS. - COPIA SIMPLE DE LAS FACTURAS O TICKETS CORRESPONDIENTES A LA SUNAT, ENTREGADOS EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, EN LOS QUE CONSTE EN FORMA DISCRIMINADA EL MONTO DE LOS IMPUESTOS.

DEVOLUCIÓN DE- PRESENTAR: FINITIVA DEL IM- - FORMULARIO 4949 "SOLICITUD DE DEPUESTO GENERAL VOLUCIÓN" DEBIDAMENTE FIRMADO A LAS VENTAS POR EL ARMADOR NO DOMICILIADO O (IGV), IMPUESTO SU REPRESENTANTE LEGAL, MEDIANSELECTIVO AL TE EL CUAL SE SOLICITARÁ LA EMISIÓN DE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

GRATUITO

UN (01) DÍA DIVISIÓN O HÁBIL (CON SECCIÓN DE GARANTÍA). SERVICIOS AL CONTRIBUYENCINCO (5) DÍAS TE. HÁBILES (SIN G A R A N T Í A ) , (i) VER NOTA.

INTENDENTE DE PRINCI PALES CON TRIBUYENTES NACIONALES / INTENDEN-

RECLAMACIÓN INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES/ INTEN-

LAS SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN DEBERÁN - ART. 2° DE LA LEY N° 27608 (PUBLICADA EL SER PRESENTADAS, A NOMBRE DEL BENEFICIA24.12.2001). RIO, DENTRO DE LOS 30 DÍAS CALENDARIO POSTERIORES A LA FINALIZACIÓN DE LA DESCAR- - REGLAMENTO DE LA GA. VENCIDO DICHO PLAZO, SE PERDERÁ EL LEY N° 27608 - "LEY DERECHO DE SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN. QUE ESTABLECE MENO SE PODRÁ PRESENTAR MÁS DE UNA SOLICIDIDAS PARA PROMO-

37

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CALIFICACIÓN



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

CONSUMO (ISC) E IMPUESTO DE PROMOCIÓN MUNICIPAL - LEY N° 27608.

-

-

-

-

-

INDICANDO SU NÚMERO Y MONTO, O LA EMISIÓN DEL CHEQUE RESPECTIVO. DE SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DEL IGV E ISC DEBERÁ PRESENTARSE UN FORMULARIO POR CADA UNO DE ELLOS. DEBERÁ CONSIGNARSE EN LA CASILLA 101, DEL FORMULARIO, EL CÓDIGO 22 CORRESPONDIENTE A DEVOLUCIÓN A EMBARCACIONES PESQUERAS POR PESCA DE ATÚN. ESCRITO DETALLANDO LO SIGUIENTE: A) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL ARMADOR NO DOMICILIADO. B) NÚMERO DE LA RESOLUCIÓN EMITIDA POR EL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN EN LA QUE SE OTORGA EL PERMISO DE PESCA. C) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL. D) NÚMERO DE RUC DEL REPRESENTANTE LEGAL DE CORRESPONDER. E) NÚMERO DEL INFORME DE DESCARGA A QUE SE REFIERE EL INC C) DEL ART. 4° DEL REGLAMENTO DE LA LEY N° 27608, APROBADO POR D.S. N° 0022002-PE Y F) FECHA DE LA DESCARGA. COPIA SIMPLE DEL PODER VIGENTE Y SUFICIENTE DEL REPRESENTANTE LEGAL, DE SER EL CASO. COPIA AUTENTICADA POR FEDATARIO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, DEL INFORME DE LAS DESCARGAS QUE DEBERÁ EMITIR EL REFERIDO MINISTERIO, DE ACUERDO AL NUM. 10.7 DEL ART. 10° DEL REGLAMENTO DE ORDENAMIENTO PESQUERO DE ATUN, APROBADO POR EL D.S. N° 014-2001-PE, RESPECTO A LA DESCARGA EFECTUADA POR LA EMBARCACIÓN. COPIA SIMPLE DEL PERMISO DE PESCA DE ATÚN VIGENTE A QUE HACE REFERENCIA EL INC. A) DEL ART. 3° DEL REGLAMENTO DE LA LEY 27608, APROBADO POR D.S. N° 002-2002-PE. COPIA SIMPLE DEL CONVENIO DE GA-

DERECHOS APROEVALUACIÓN PREVIA DE BACIÓN TRAMITASUJETO A SUJETO A AUTOCIÓN A SILENCIO MÁTICA SILENCIO PAGAR ADMINISTRATI- ADMINISTRATIVO POSITIVO VO NEGATIVO CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTES A LA FECHA DE P R E S E N TA CIÓN DE TODOS LOS DOCUMENTOS SALVO QUE EL SOLICITANTE, ENTRE OTRAS, TUVIERA DEUDAS TRIB U TA R I A S EXIGIBLES O HAYA PRESENTADO INFORMACIÓN INCONSISTENTE, EN CUYO CASO SE PUEDE EXTENDER EN QUINCE (15) DÍAS HÁBILES ADICIONALES. (iii) VER NOTA

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

TE REGIONAL O JEFE DE OFICINA ZONAL.

DENTE REGIONAL O JEFE DE O F I C I N A ZONAL.

OBSERVACIÓNES

BASE LEGAL (v) VER NOTA

TUD DE DEVOLUCIÓN POR DESCARGA, NI INCLUIR EN SOLICITUDES POSTERIORES COMPROBANTES DE PAGO POR ADQUISICIONES DE COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES RELACIONADAS A DESCARGAS POR LA QUE SE HUBIERA SOLICITADO LA DEVOLUCIÓN CON ANTERIORIDAD.

VER LA GLOBALIZACIÓN DE LA PESQUERÍA DEL ATÚN Y EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA CONSERVERA Y DE CONGELADO DE ESTA ESPECIE", APROBADO POR EL D.S. N° 002-2002-PE (PUBLICADO EL 06.04.2002). - R.S. N° 053-2002/ SUNAT (PUBLICADA EL 21.05.2002). - TITULO I DEL REGLAMENTO DE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES, APROBADO POR EL D.S N° 126-94-EF (PUBLICADO EL 29.09.1994) - ART. 2° DE LA R.S. N°053-2002/SUNAT (PUBLICADA EL 21.05.2002)

APELACIÓN TRIBUNAL FISCAL. EL MONTO MÍNIMO PARA SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN SERÁ EL EQUIVALENTE A UNA (1) UIT.

LOS COMPROBANTES DE PAGO CORRESPONDIENTES A LAS ADQUISICIONES DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES POR PARTE DE LAS EMBARCACIONES, DEBERÁN DISCRIMINAR LOS TRIBUTOS QUE GRAVAN LA OPERACIÓN Y CONSIGNAR EN FORMA EXPRESA EL NOMBRE DE LA EMBARCACIÓN MATERIA DEL PERMISO DE PESCA. EL EMISOR DE DICHOS COMPROBANTES QUEDARÁ EXCEPTUADO DE CONSIGNAR EN LOS MISMOS EL RUC DEL ADQUIRIENTE A QUE HACE REFERENCIA EL REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO, SIEMPRE QUE ESTE ÚLTIMO NO ESTUVIERA INSCRITO EN EL RUC POR SER NO DOMICILIADO Y NO TENGA LA CONDICIÓN DE CONTRIBUYENTE DE TRIBUTOS ADMINISTRADOS Y RECAUDADOS POR LA SUNAT, EN CUYO CASO EN EL COMPROBANTE DE PAGO DEBERÁ CONSIGNARSE LOS SIGUIENTES DATOS: A) NOMBRE DEL ARMADOR. B) NOMBRE Y REGISTRO DE MATRÍCULA DE LA EMBARCACIÓN . C) NÚMERO DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL QUE APROBÓ EL PERMISO DE PESCA DE ATÚN. PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DEBERÁ TENERSE EN CUENTA: - EN EL CASO QUE EL ARMADOR PESQUERO NO DOMICILIADO ESTUVIERA OBLIGADO A INSCRIBIRSE EN EL RUC, DEBERÁ PRESENTAR LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN EN LA DEPENDENCIA DE LA SUNAT DE SU JURISDICCIÓN O EN LOS CENTROS DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE HABILITADOS POR LA SUNAT EN DICHA JURISDICCION. - SI EL ARMADOR PESQUERO NO DOMICILIADO NO ESTUVIERA OBLIGADO A INSCRIBIR-

38

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CALIFICACIÓN



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

RANTÍA DE FIEL Y CABAL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 150-2001-PE A QUE HACE REFERENCIA EL INC. B) DEL ART. 3° DEL REGLAMENTO DE LA LEY N° 27608, APROBADO POR D.S. N° 002-2002-PE. - COPIA AUTENTICADA POR FEDATARIO DE SUNAT DE LOS COMPROBANTES DE PAGO QUE ACREDITEN LA DESCARGA DE ATÚN EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES PESQUEROS REFERIDOS EN EL LITERAL C) DEL ART. 3° DEL REGLAMENTO DE LA LEY N° 27608, APROBADO POR D.S. N° 002-2002-PE, DE SER EL CASO. - COPIA AUTENTICADA POR FEDATARIO DE SUNAT DEL CONVENIO O CONTRATO DE ABASTECIMIENTO REFERIDO EN EL LITERAL F) DE LA CLÁUSULA TERCERA DEL ANEXO II DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 150-2001-PE, CON EL ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL PESQUERO NACIONAL SEÑALADO EN EL LITERAL C) DEL ART. 3° DEL REGLAMENTO DE LA LEY 27608 APROBADO POR D.S. N° 002-2002-PE, DE SER EL CASO. - COPIA AUTENTICADA POR FEDATARIO DE LA SUNAT DE LOS COMPROBANTES DE PAGO CORRESPONDIENTES A LAS ADQUISICIONES DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES MATERIA DE BENEFICIO DE DEVOLUCIÓN, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 4° DEL REGLAMENTO DE LA LEY N° 27608, APROBADO POR EL DECRETO SUPREMO N° 002-2002-PE. LOS COMPROBANTES DE PAGO DEBERÁN CUMPLIR CON LO DISPUESTO EN EL REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO, APROBADO POR R.S. N° 00799/SUNAT Y NORMAS MODIFICATORIAS, CON EXCEPCIÓN DE LO ESTABLECIDO EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL INCISO D) DEL NUMERAL 4.1 DEL ART. 4° DEL REGLAMENTO DE

DERECHOS APROEVALUACIÓN PREVIA DE BACIÓN TRAMITA- AUTOSUJETO A SUJETO A CIÓN A SILENCIO MÁTICA SILENCIO PAGAR ADMINISTRATI- ADMINISTRATIVO POSITIVO VO NEGATIVO

DEPENDENCIA/ AUTORIDAD AREA QUE APRUEBA INICIO EL TRAMITE DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

OBSERVACIONES

BASE LEGAL (v) VER NOTA

SE EN EL RUC, DEBERÁ PRESENTAR LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN EN LA DEPENDENCIA DE LA SUNAT DE LA JURISDICCIÓN A LA QUE PERTENEZCA EL REPRESENTANTE LEGAL INSCRITO EN EL RUC O EN LOS CENTROS DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE HABILITADOS POR LA SUNAT EN DICHA JURISDICCION. GARANTÍAS: - CARTA FIANZA OTORGADA POR UNA ENTIDAD BANCARIA DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL. - PÓLIZA DE CAUCIÓN EMITIDA POR UNA COMPAÑÍA DE SEGUROS. - CERTIFICADOS BANCARIOS EN MONEDA EXTRANJERA LA PÓLIZA DE CAUCIÓN SE DEBERÁ PRESENTAR DEBIDAMENTE VISADA POR LA SUNAT; PARA LO CUAL DEBERÁ TENERSE EN CUENTA LO DISPUESTO EN LA R.M. N° 122-99-EF/15 SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS PÓLIZAS DE CAUCIÓN. EL INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DARÁ POR NO PRESENTADA LA SOLICITUD, QUEDANDO A SALVO EL DERECHO DEL ARMADOR NO DOMICILIADO A FORMULAR UNA NUEVA SOLICITUD. TRANSCURRIDOS LOS PLAZOS PARA RESOLVER SIN QUE SE HUBIERA EXPEDIDO RESOLUCIÓN, EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ CONSIDERAR DENEGADA SU SOLICITUD O ESPERAR EL PRONUNCIAMIENTO EXPRESO DE LA SUNAT.

39

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

CALIFICACIÓN DERECHOS APROEVALUACIÓN PREVIA DE BACIÓN TRAMITASUJETO A SUJETO A AUTOCIÓN A SILENCIO MÁTICA SILENCIO PAGAR ADMINISTRATI- ADMINISTRATIVO POSITIVO VO NEGATIVO

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

VEINTE (20) DIVISIÓN O DÍAS HÁBI- SECCIÓN DE LES. SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE. (i) VER NOTA.

INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE OFICINA ZONAL.

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

OBSERVACIÓNES

BASE LEGAL (v) VER NOTA

LA LEY N° 27608, APROBADO POR D.S. N° 002-2002-PE. - RELACIÓN DETALLADA DE LOS COMPROBANTES DE PAGO DE LAS ADQUISICIONES DE COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES EN LA QUE SE DEBERÁ DETALLAR: A)NÚMERO DE RUC DEL PROVEEDOR. B) NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL PROVEEDOR. C) FECHA DE EMISIÓN. D)VALOR DE VENTA. E) MONTO DISCRIMINADO DEL IGV E ISC. F) CANTIDAD DE GALONES DE COMBUSTIBLE Y DE LUBRICANTES. LA RELACIÓN DEBERÁ ESTAR TOTALIZADA Y EXPRESADA EN NUEVOS SOLES.

35

REINTEGRO TRIBUTARIO PARA COMERCIANTES EN LA REGIÓN DE LA SELVA MEDIANTE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES O CHEQUE.

PRESENTAR: - FORMULARIO 4949 "SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN" FIRMADO POR EL DEUDOR TRIBUTARIO O REPRESENTANTE LEGAL ACREDITADO EN EL RUC. - ESCRITO FUNDAMENTADO EN EL QUE SE ADJUNTE LO SIGUIENTE: A)RELACIÓN DETALLADA DE LOS COMPROBANTES DE PAGO VISADOS POR LAS DEPENDENCIAS DE LA SUNAT QUE RESPALDEN LAS ADQUISICIONES EFECTUADAS FUERA DE LA REGIÓN, CORRESPONDIENTES AL PERÍODO POR EL QUE SE SOLICITA EL REINTEGRO, EMITIDOS DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO. B)RELACIÓN DE NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO RELACIONADAS CON ADQUISICIONES POR LAS QUE SE HAYA SOLICITADO REINTEGRO TRIBUTARIO, RECIBIDAS EN EL PERÍODO POR EL QUE SE SOLICITA EL REINTEGRO Y EMITIDAS DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO. C)RELACIÓN DETALLADA DE LAS GUÍAS

GRATUITO

RECLAMACIÓN INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE OFICINA ZONAL. APELACIÓN TRIBUNAL FISCAL.

APLICABLE SÓLO A COMERCIANTES DE LA RE- - ART. 37° DEL REGLAMENTO DE NOTAS DE GIÓN DE LA SELVA UBICADOS EN: CRÉDITO NEGOCIA* LORETO BLES, APROBADO POR * UCAYALI EL D.S. N° 126-94-EF * MADRE DE DIOS (PUBLICADO EL * AMAZONAS 29.09.94). * SAN MARTIN - R.S. N° 073-97/SUNAT EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ RECTIFICAR (PUBLICADA EL O COMPLEMENTAR LA INFORMACIÓN PRESEN24.07.97). TADA, ANTES DEL INICIO DE LA VERIFICACIÓN - ART. 48° DEL TUO DE DE LAS SOLICITUDES DE REINTEGRO TRIBULA LEY DEL IMPUESTARIO. EN ESTE CASO, EL CÓMPUTO DEL PLATO GENERAL A LAS ZO SE EFECTUARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE VENTAS E IMPUESTO PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN SELECTIVO AL CONRECTIFICATORIA O COMPLEMENTARIA. SUMO, APROBADO POR EL D.S. N° 055-99EL DEUDOR TRIBUTARIO DEBERÁ PONER A DISEF (PUBLICADO EL POSICIÓN DE LA SUNAT, EN FORMA INMEDIA15.04.99), PRORROGATA, EN SU DOMICILIO FISCAL O EN EL LUGAR DA SU VIGENCIA POR QUE ÉSTA SEÑALE , LA DOCUMENTACIÓN Y LEY N° 27897 (PUBLIREGISTROS CONTABLES CORRESPONDIENTES. CADA EL 30.12.2002). - ART. 163° Y DÉCIMO EN CASO CONTRARIO LA SOLICITUD SERÁ DEPRIMERA DISPOSINEGADA SIN PERJUICIO DE REALIZAR NUEVACIÓN FINAL DEL TUO MENTE EL TRÁMITE DE SOLICITUD. DEL CÓDIGO TRIBUTARIO, APROBADO TRANSCURRIDOS LOS VEINTE (20) DÍAS HÁBI-

40

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CALIFICACIÓN



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

DE REMISIÓN Y CARTAS DE PORTE AÉREO, SEGÚN CORRESPONDA, VISADAS POR LAS DEPENDENCIAS DE LA SUNAT, QUE ACREDITEN EL TRASLADO DE LOS BIENES, EMITIDAS DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO, LAS QUE DEBEN CORRESPONDER NECESARIAMENTE A LOS DOCUMENTOS INFORMADOS EN EL LITERAL A). D)RELACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE INGRESO DE BIENES A LA REGIÓN DE LA SELVA (FORMULARIOS 4701 Y 4702) VISADAS POR LAS DEPENDENCIAS DE LA SUNAT, EN DONDE CONSTE QUE LOS BIENES HAYAN INGRESADO A LA REGIÓN. NO SE REQUERIRÁ ADJUNTAR LA INFORMACIÓN SEÑALADA EN EL LITERAL D) NI LA VISACIÓN DE LOS COMPROBANTES DE PAGO Y GUÍAS DE REMISIÓN EN LOS SIGUIENTES CASOS: - CUANDO LA ADQUISICIÓN HAYA SIDO REALIZADA A SUJETOS DOMICILIADOS EN LA REGIÓN DE LA SELVA QUE NO CUMPLAN CON LOS REQUISITOS PARA REALIZAR VENTAS EXONERADAS, O - CUANDO LA ADQUISICIÓN HAYA SIDO REALIZADA A SUJETOS NO DOMICILIADOS EN LA REGIÓN DE LA SELVA QUE TENGAN UN ESTABLECIMIENTO ANEXO EN LA REGIÓN, ENCARGADO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LOS BIENES. - EN LAS ADQUISICIONES CUYA VISACIÓN SEA EFECTUADA POR LA AUTORIDAD POLÍTICA DE LA ZONA, CUANDO LA SUNAT DELEGUE DICHA FACULTAD. LA SUNAT PODRÁ REQUERIR QUE LA INFORMACIÓN A QUE SE REFIEREN LOS LITERALES A), B), C) Y D), SEA PRESENTADA EN MEDIOS MAGNÉTICOS, PARA LO CUAL PONDRÁ A DISPOSICIÓN DEL DEUDOR TRIBUTARIO EL FORMATO E INSTRUCTIVO QUE CORRESPONDAN.

DERECHOS DE TRAMITACIÓN A PAGAR

APROBACIÓN AUTOMÁTICA

EVALUACIÓN PREVIA SUJETO A SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO

SUJETO A SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA/ AUTORIDAD AREA QUE APRUEBA INICIO EL TRAMITE DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

OBSERVACIONES

LES SIN QUE SE HUBIERA EXPEDIDO RESOLUCIÓN, EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ CONSIDERAR DENEGADA SU SOLICITUD O ESPERAR EL PRONUNCIAMIENTO EXPRESO DE LA SUNAT.

BASE LEGAL (v) VER NOTA

POR EL D.S. N° 135-99EF (PUBLICADO EL 19.08.99).

VISACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE REINTEGRO TRIBUTARIO PARA LOS COMERCIANTES DE LA REGIÓN DE LA SELVA. PRESENTAR: - FORMULARIO 4701 "DECLARACIÓN DE INGRESO DE BIENES A LA REGIÓN DE LA SELVA" FIRMADO POR EL DEUDOR TRIBUTARIO O REPRESENTANTE LEGAL ACREDITADO EN EL RUC. - FORMULARIO 4702 "ANEXO A LA DECLARACIÓN DE INGRESO DE BIENES A LA REGIÓN DE LA SELVA" FIRMADO POR EL DEUDOR TRIBUTARIO O REPRESENTANTE LEGAL ACREDITADO EN EL RUC. DICHOS FORMULARIOS DEBERÁN SER PRESENTADOS POR LO MENOS UN (1) DÍA ANTES DEL INGRESO DE LOS BIENES A LA REGIÓN. PRODUCIDO EL ARRIBO DE LOS BIENES, Y ANTES DE SU DESCARGA, EL DEUDOR TRIBUTARIO DEBERÁ PRESENTAR: - COPIA SIMPLE (EJEMPLAR DEL CONTRIBUYENTE) DE LOS FORMULARIOS 4701 Y 4702. - GUÍA DE REMISIÓN (ORIGINAL Y COPIA SUNAT) Y CARTA DE PORTE AÉREO, SEGÚN CORRESPONDA. - COMPROBANTE DE PAGO QUE SUSTENTE LA ADQUISICIÓN (ORIGINAL Y COPIA SUNAT). RECIBIDA LA DOCUMENTACIÓN, SI LA SUNAT REQUIRIERA REALIZAR EL RECONOCIMIENTO FÍSICO DE LOS BIENES, EL CONTRIBUYENTE DEBERÁ PONERLOS A SU DISPOSICIÓN EN EL LUGAR DE DESTINO DE LOS MISMOS. EXCEPCIONALMENTE, LA VISACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PODRÁ SER REALIZADA POR LA AUTORIDAD POLÍTICA DE LA LOCALIDAD, EN LOS CASOS EN QUE LA SUNAT LE DELEGUE TAL

41

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

CALIFICACIÓN DERECHOS APROEVALUACIÓN PREVIA DE BACIÓN TRAMITASUJETO A SUJETO A AUTOCIÓN A SILENCIO MÁTICA SILENCIO PAGAR ADMINISTRATI- ADMINISTRATIVO POSITIVO VO NEGATIVO

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

OBSERVACIÓNES

BASE LEGAL (v) VER NOTA

FACULTAD, PREVIO ACUERDO CON AQUELLA.

36

NUEVA EMISIÓN PRESENTAR: DE NOTAS DE CRÉ- - FORMULARIO 4949 "SOLICITUD DE DEDITO NEGOCIAVOLUCIÓN" FIRMADO POR EL DEUDOR BLES POR PÉRDITRIBUTARIO O REPRESENTANTE LEGAL DA, DETERIORO, ACREDITADO EN EL RUC. DESTRUCCIÓN PARCIAL O TOTAL SI SE TRATA DE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES PERDIDAS O DESTRUIDAS TOTALMENTE, ADEMÁS SE DEBERÁ PRESENTAR ESCRITO FUNDAMENTADO, ADJUNTANDO COPIA SIMPLE DE LAS PUBLICACIONES EFECTUADAS EN EL DIARIO OFICIAL "EL PERUANO" Y EN OTRO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN EL ÁMBITO NACIONAL.

GRATUITO

TRES (3) DÍAS DIVISIÓN O SECHÁBILES. CIÓN DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE. (i) VER NOTA.

INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES / INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE OFICINA ZONAL.

RÉGIMEN DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS PAGADO EN IMPORTACIONES Y/O ADQUISICIONES LOCALES DE BIENES DE CAPITAL REALIZADAS POR PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS (TUO DE LA LEY DEL IGV E ISC).

PRESENTAR: - FORMULARIO 4949 “SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN” FIRMADO POR EL DEUDOR TRIBUTARIO O REPRESENTANTE LEGAL ACREDITADO EN EL RUC. - FORMATO “DECLARACIÓN JURADA DE ADQUISICIONES DE BIENES SUJETOS A RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IGV” FIRMADA POR EL DEUDOR TRIBUTARIO O REPRESENTANTE LEGAL ACREDITADO EN EL RUC. - RELACIÓN DETALLADA DE LOS COMPROBANTES DE PAGO POR LOS CUALES SOLICITA LA DEVOLUCIÓN. - FACTURA, TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN LOCAL, O DECLARACIÓN PARA IMPORTAR Y HOJA DE LIQUIDACIÓN,

LAS NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES QUE - ARTS. 25°, 26° Y 27 REGLAMENTO DE NOTAS SEAN EMITIDAS COMO CONSECUENCIA DE DE CRÉDITO NEGOPÉRDIDA , DETERIORO O DESTRUCCIÓN TOTAL CIABLES, APROBADO O PARCIAL, TENDRÁN UNA VIGENCIA DE CIENPOR EL D.S. N° 126-94 TO OCHENTA (180) DÍAS HÁBILES, CONTADOS (PUBLICADO EL A PARTIR DE LA EMISIÓN DE LA NOTA DE CRÉ29.09.1994). DITO NEGOCIABLE ORIGINAL. SIN EMBARGO, LA NUEVA NOTA DE CRÉDITO NO PODRÁ TE- - ART. 208° Y 209° DE LA LEY N° 27444 (PUBLINER UNA VIGENCIA INFERIOR A TREINTA (30) CADA EL 11.04.2001). DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE SU EMISIÓN.

TRANSCURRIDOS LOS PLAZOS PARA RESOLVER SIN QUE SE HUBIERA EXPEDIDO RESOLUCIÓN, APELACIÓN EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ CONSIDERAR S U P E R I N T E N - DENEGADA SU SOLICITUD O ESPERAR EL PRODENTE NACIO- NUNCIAMIENTO EXPRESO DE LA SUNAT. NAL ADJUNTO DE TRIBUTOS INTERNOS O INTENDENTE REGIONAL

SI SE TRATA DE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES DETERIORADAS O DESTRUIDAS PARCIALMENTE, SIEMPRE QUE SUBSISTAN LOS DATOS NECESARIOS PARA SU IDENTIFICACIÓN SE DEBERÁN PRESENTAR ÉSTAS.

37

RECONSIDERACIÓN INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES/ INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE O F I C I N A ZONAL.

GRATUITO

CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES.

DIVISIÓN O SECCIÓN DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE.

(ii) VER NOTA. (i) VER NOTA.

INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES / INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE OFICINA ZONAL.

RECLAMACIÓN INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES/ INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE O F I C I N A ZONAL.

LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PODRÁ SO- - ART. 78° DEL TUO DE LA LEY DEL IMPUESLICITAR OTROS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN TO GENERAL A LAS PARA ASEGURAR EL CORRECTO PROCEDIMIENVENTAS E IMPUESTO TO DE DEVOLUCIÓN. SELECTIVO AL CONEL CONTRIBUYENTE PODRÁ ACOGERSE AL PRESUMO, APROBADO SENTE RÉGIMEN COMO MÁXIMO DOS (2) VECES POR EL D.S. N° 055-99AL AÑO. EF (PUBLICADO EL 15.04.1999). EL MONTO MÍNIMO QUE SE DEBERÁ ACUMU- D.S. N° 046-96-EF (PULAR PARA SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN SERÁ DE BLICADO EL 13.04.96) CUATRO (4) UIT, VIGENTE AL MOMENTO DE LA APELACIÓN - R.S. N° 105-98/SUNAT SOLICITUD. TRIBUNAL FIS(PUBLICADA EL EN CASO QUE EL SUJETO DEL BENEFICIO PRECAL. 24.11.1998). SENTE LA INFORMACIÓN DE MANERA INCOM- ART. 163° Y DÉCIMO PLETA, DEBERÁ SUBSANAR LAS OMISIONES EN PRIMERA DISPOSIUN PLAZO MÁXIMO DE DOS (2) DÍAS POSTERIOCIÓN FINAL DEL TUO RES A LA NOTIFICACIÓN DEL REQUERIMIENTO;

42

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

CALIFICACIÓN DERECHOS APROEVALUACIÓN PREVIA DE BACIÓN TRAMITASUJETO A SUJETO A AUTOCIÓN A SILENCIO MÁTICA SILENCIO PAGAR ADMINISTRATI- ADMINISTRATIVO POSITIVO VO NEGATIVO

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

OBSERVACIONES

EN CASO CONTRARIO, LA SOLICITUD SE CONSIDERARÁ COMO NO PRESENTADA.

TRATÁNDOSE DE IMPORTACIÓN.

EL PLAZO ESTABLECIDO PARA EFECTUAR LA DEVOLUCIÓN COMENZARÁ A COMPUTARSE DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA FECHA EN QUE EL SUJETO DEL BENEFICIO SUBSANE LAS OMISIONES RESPECTIVAS. PARA DICHO EFECTO SE DEBERÁ TENER EN CUENTA LO DISPUESTO POR EL REGLAMENTO DE NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES.

BASE LEGAL (v) VER NOTA

DEL CÓDIGO TRIBUTARIO, APROBADO POR EL D.S. N° 135-99EF (PUBLICADO EL 19.08.1999).

TRANSCURRIDOS LOS CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS HÁBILES SIN QUE SE HUBIERA EXPEDIDO RESOLUCIÓN, EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ CONSIDERAR DENEGADA SU SOLICITUD O ESPERAR EL PRONUNCIAMIENTO EXPRESO DE LA SUNAT.

38

RÉGIMEN DE RECUPERACIÓN ANTICIPADA DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS PAGADO EN IMPORTACIONES Y/O ADQUISICIONES LOCALES DE BIENES INTERMEDIOS NUEVOS, BIENES DE CAPITAL NUEVOS, SERVICIOS Y CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN REALIZADAS POR DEUDORES TRIBUTARIOS QUE ACTÚAN BAJO LA FORMA DE CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL QUE NO LLEVAN CONTABILIDAD INDEPENDIENTE (DECRETO LEGISLATI-

PARTICIPANTES DE CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL PRESENTAR: - FORMULARIO 4949 "SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN" FIRMADO POR EL DEUDOR TRBUTARIO O REPRESENTANTE LEGAL ACREDITADO EN EL RUC. - ESCRITOQUE DEBERÁ CONTENER EL MONTO DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO DE PROMOCIÓN MUNICIPAL SOLICITADO EN LA DEVOLUCIÓN Y QUE CORRESPONDE A LA DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL ESTABLECIDA EN EL CONTRATO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL QUE DEBERÁ ESTAR FIRMADO POR EL OPERADOR, EN EL CASO DE AQUELLOS QUE NO REALICEN DICHA FUNCIÓN.

GRATUITO

CINCO (5) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA PRES E N TA C I Ó N DE LA SOLICITUD.

DIVISIÓN O SECCIÓN DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE.

(i) VER NOTA. EL PLAZO SE EXTIENDE QUINCE (15) DÍAS HÁBILES CUANDO LA SUNAT DISPONGA UNA FISCALIZACIÓN PREVIA, TRATÁNDOSE DE LA PRIMERA SOLICITUD EN SER PRESENTADA, O COMPRENDIERA PERÍODOS DE MÁS DE SEIS (6) MESES POR

INTENDENTE NACIONAL DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES / INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE OFICINA ZONAL.

DE PRESENTARSE LA DOCUMENTACIÓN EN FOR- - D.LEG. N° 818 (PUBLIMA INCOMPLETA O QUE NO CUMPLA CON LAS CADO EL 23.04.1996). OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCU- - ARTS. 6° Y 8° DEL NUELO 5° DE LA R.S. N° 142-2001/SUNAT, LA SOLICIVO REGLAMENTO TUD SERÁ DENEGADA, QUEDANDO A SALVO EL DEL D. LEG. N° 818 Y DERECHO DEL DEUDOR TRIBUTARIO A FORMUNORMAS MODIFICALAR NUEVA SOLICITUD. TORIAS, APROBADO POR EL D.S. N° 084-98LAS SOLICITUDES SE PRESENTARÁN POR PERÍOEF (PUBLICADO EL DOS CONSECUTIVOS NO MENORES DE UN (1) MES 14.08.1998). NI MAYORES DE SEIS (6) MESES, SALVO QUE EN - R.S. N° 142-2001/SUNAT DICHOS PERÍODOS NO SE ALCANCE EL MONTO APELACIÓN (PUBLICADA EL TRIBUNAL FIS- MÍNIMO DE TREINTA Y SEIS (36) UIT. 27.12.2001). CAL. - ART. 163° Y DÉCIMO UNA VEZ QUE EL CONTRIBUYENTE SOLICITE PRIMERA DISPOSILA DEVOLUCIÓN DE UN DETERMINADO PERÍOCIÓN FINAL DEL TUO DO, NO PODRÁ PRESENTAR OTRA SOLICITUD POR DEL CÓDIGO TRIBUEL MISMO PERÍODO O POR PERÍODOS ANTERIOTARIO, APROBADO RES. SÓLO SE PODRÁ PRESENTAR UNA SOLICIPOR D.S. N° 135-99-EF TUD AL MES. (PUBLICADO EL 19.08.1999). EN EL CASO QUE EL SOLICITANTE TUVIERA - ART.4° DE LA R.S. DEUDAS TRIBUTARIAS EXIGIBLES, LA SUNAT N°142-2002/SUNAT (PUPODRÁ RETENER LA TOTALIDAD O PARTE DE BLICADA EL LAS NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES A EFEC27.12.2001) TO DE CANCELAR LAS REFERIDAS DEUDAS.

RECLAMACIÓN INTENDENTE NACIONAL DE P R I N C I PA L E S CONTRIBUYENTES / INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE OFICINA ZONAL.

43

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

CALIFICACIÓN DERECHOS APROEVALUACIÓN PREVIA DE BACIÓN TRAMITASUJETO A SUJETO A AUTOCIÓN A SILENCIO MÁTICA SILENCIO PAGAR ADMINISTRATI- ADMINISTRATIVO POSITIVO VO NEGATIVO

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

VO N° 818).

RÉGIMEN DE RE- PRESENTAR: CUPERACIÓN AN- - FORMULARIO 4949 “SOLICITUD DE DETICIPADA DEL IM- VOLUCIÓN” FIRMADO POR EL DEUDOR PUESTO GENERAL TRIBUTARIO O REPRESENTANTE LEGAL A LAS VENTAS PA- ACREDITADO EN EL RUC. GADO EN IMPOR- - RELACIÓN DETALLADA DE LOS COMTACIONES O AD- PROBANTES DE PAGO, NOTAS DE DÉBIQUISICIONES LO- TO Y NOTAS DE CRÉDITO, Y DECLARACALES DE BIENES CIÓN ÚNICA DE IMPORTACIÓN Y OTROS I N T E R M E D I O S DOCUMENTOS EMITIDOS POR ADUANUEVOS, BIENES NAS, QUE RESPALDEN LAS ADQUISIDE CAPITAL NUE- CIONES MATERIA DEL BENEFICIO, COVOS, SERVICIOS Y RRESPONDIENTES AL PERÍODO POR EL CONTRATOS DE QUE SOLICITA LA DEVOLUCIÓN. CONSTRUCCIÓN REALIZADAS POR DEUDORES TRIBUTARIOS QUE NO ACTÚEN BAJO LA FORMA DE CONTRATOS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL QUE NO LLEVAN CONTABILIDAD INDEPENDIENTE (DECRETO LEGISLATIVO N° 818).

GRATUITO

CINCO (5) DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA PRES E N TA C I Ó N DE LA SOLICITUD.

BASE LEGAL (v) VER NOTA

DE DETERMINARSE MONTOS DEVUELTOS INDEBIDAMENTE, ÉSTOS SERÁN CONSIDERADOS EN LA DETERMINACIÓN DE LOS MONTOS A DEVOLVER, CORRESPONDIENTES A SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN DE PERÍODOS SIGUIENTES.

NO ALCANZAR EL MONTO MÍNIMO DE 36 UIT, O SE HUBIERA DETECTADO ALGUNA INCONSISTENCIA EN LA INFORMACIÓN DECLARADA POR EL OPERADOR.

39

OBSERVACIÓNES

TRANSCURRIDOS LOS PLAZOS SIN QUE SE HUBIERA EXPEDIDO RESOLUCIÓN, EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ CONSIDERAR DENEGADA SU SOLICITUD O ESPERAR EL PRONUNCIAMIENTO EXPRESO DE LA SUNAT. LOS ALCANCES DE LAS OPERACIONES COMPRENDIDAS EN ESTE RÉGIMEN SE ESTABLECERÁN PARA CADA CONTRATO SECTORIAL Y SE DEBERÁN APROBAR EN LA RESOLUCIÓN SUPREMA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO N° 2° DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 818.

DIVISIÓN O SECCIÓN DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE.

(i) VER NOTA.

INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES/ INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE OFICINA ZONAL.

RECLAMACIÓN INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES/ INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE O F I C I N A ZONAL.

DE PRESENTARSE LA DOCUMENTACIÓN EN FOR- - D.LEG. N° 818 (PUBLICADO EL 23.04.96), MA INCOMPLETA, PODRÁN SUBSANAR LAS OMISIONES DENTRO DE UN PLAZO DE DOS (2) MODIFICADO POR DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA FELEY N° 26911 (PUBLICHA DE NOTIFICACIÓN DEL REQUERIMIENTO CADA EL 16.01.98) Y AMPLIADO SUS ALQUE EMITA LA SUNAT. DE NO EFECTUARSE LAS CANCES POR LEY N° SUBSANACIONES CORRESPONDIENTES EN EL REFERIDO PLAZO, LA SOLICITUD SE CONSIDE27156 (PUBLICADA EL 17.07.1999). RARÁ COMO NO PRESENTADA, QUEDANDO A SALVO EL DERECHO DEL CONTRIBUYENTE A - ART. 8° DEL NUEVO REGLAMENTO DEL D. FORMULAR UNA NUEVA SOLICITUD. LEG. N° 818 Y NORMAS APELACIÓN LAS SOLICITUDES DEBERÁN SER PRESENTADAS M O D I F I C AT O R I A S , TRIBUNAL FIS- POR PERÍODOS CONSECUTIVOS, LOS CUALES NO APROBADO POR EL CAL. PODRÁN SER MENORES A UN (1) MES NI MAYOD.S.N° 084-98-EF (PUBLICADO EL RES A SEIS (6) MESES. UNA VEZ QUE EL CONTRI14.08.1998). BUYENTE SOLICITE LA DEVOLUCIÓN DE UN DETERMINADO PERÍODO, NO PODRÁ PRESENTAR - R.S. N° 021-99/SUNAT OTRA SOLICITUD POR EL MISMO PERÍODO O (PUBLICADA EL POR PERÍODOS ANTERIORES. SÓLO SE PODRÁ 12.02.1999). - ART. 163° Y DÉCIMO PRESENTAR UNA SOLICITUD AL MES. PRIMERA DISPOSICIÓN FINAL DEL TUO LA SUNAT PODRÁ REQUERIR QUE LA INFORMADEL CÓDIGO TRIBUCIÓN SOLICITADA SEA PRESENTADA EN MEDIOS MAGNÉTICOS, PARA LO CUAL PONDRÁ A DISPOTARIO, APROBADO POR EL D.S. N° 135-99SICIÓN DEL CONTRIBUYENTE EL FORMATO E INSTRUCTIVO QUE CORRESPONDAN. EF (PUBLICADO EL 19.08.1999).

44

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

CALIFICACIÓN DERECHOS APROEVALUACIÓN PREVIA DE BACIÓN TRAMITASUJETO A SUJETO A AUTOCIÓN A SILENCIO MÁTICA SILENCIO PAGAR ADMINISTRATI- ADMINISTRATIVO POSITIVO VO NEGATIVO

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

OBSERVACIONES

BASE LEGAL (v) VER NOTA

EN CASO DE QUE EL SOLICITANTE TUVIERA DEUDAS TRIBUTARIAS EXIGIBLES, LA SUNAT PODRÁ RETENER LA TOTALIDAD O PARTE DE LAS NOTAS DE CRÉDITO NEGOCIABLES A EFECTOS DE CANCELAR LAS REFERIDAS DEUDAS. EN CASO DE DETERMINARSE LA EXISTENCIA DE MONTOS DEVUELTOS INDEBIDAMENTE UTILIZANDO ESTE RÉGIMEN, ÉSTOS SERÁN CONSIDERADOS EN LA DETERMINACIÓN DE LOS MONTOS A DEVOLVER CORRESPONDIENTES A SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN DE PERÍODOS SIGUIENTES, SIN PERJUICIO DE LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES QUE PUDIERAN CORRESPONDER. TRANSCURRIDOS LOS CINCO (5) DÍAS HÁBILES SIN QUE SE HUBIERA EXPEDIDO RESOLUCIÓN, EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ CONSIDERAR DENEGADA SU SOLICITUD O ESPERAR EL PRONUNCIAMIENTO EXPRESO DE LA SUNAT. LOS ALCANCES DE LAS OPERACIONES COMPRENDIDAS EN ESTE RÉGIMEN SE ESTABLECERÁN PARA CADA CONTRATO SECTORIAL Y SE DEBERÁN APROBAR EN LA RESOLUCIÓN SUPREMA A QUE SE REFIERE EL DECRETO LEGISLATIVO N° 818. SE ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN ESTE PROCEDIMIENTO LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DE INFRAESTRUCTURA Y DE SERVICIOS PÚBLICOS ENTREGADOS EN CONCESIÓN AL SECTOR PRIVADO BAJO CONTRATOS CON EL ESTADO, CELEBRADOS AL AMPARO DEL DECRETO SUPREMO N° 059-96-PCM, TAMBIÉN SERÁ DE APLICACIÓN CUANDO LOS BIENES ADQUIRIDOS O CONSTRUIDOS POR EL CONCESIONARIO SE TRANSFIERAN AL ESTADO DURANTE EL PLAZO DE LA CONCESIÓN, DE ACUERDO CON EL RESPECTIVO CONTRATO.

40

RÉGIMEN DE RE- PRESENTAR: CUPERACIÓN AN- - FORMULARIO 4949 “SOLICITUD DE DETICIPADA DEL IMVOLUCIÓN” FIRMADO POR EL DEUDOR PUESTO GENERAL TRIBUTARIO O REPRESENTANTE LEGAL A LAS VENTAS A ACREDITADO EN EL RUC.

GRATUITO

UN DÍA HÁBIL DIVISIÓN O SEC- INTENDENTE (CON GARAN- CIÓN DE SERVI- DE PRINCIPATÍA). CIOS AL CON- LES CONTRITRIBUYENTE. BUYENTES CINCO (5) NACIONALES (i) VER NOTA.

RECLAMACIÓN INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIO-

LA DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SE PODRÁ SO- - ART. 5° DE LA LEY N° 27360 (PUBLICADA EL LICITAR MENSUALMENTE, A PARTIR DEL MES 31.10.2000) SIGUIENTE AL DE LA ANOTACIÓN EN EL REGISTRO DE COMPRAS DE LA FACTURA O DECLARA- ART. 10 ° AL 17° DEL CIÓN ÚNICA DE IMPORTACIÓN. REGLAMENTO DE LA

45

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS (vi) VER NOTA

CALIFICACIÓN DERECHOS APROEVALUACIÓN PREVIA DE BACIÓN TRAMITASUJETO A SUJETO A AUTOCIÓN A SILENCIO MÁTICA SILENCIO PAGAR ADMINISTRATI- ADMINISTRATIVO POSITIVO VO NEGATIVO

QUE SE REFIERE - RELACIÓN DETALLADA DE LAS FACTURAS, NOTAS DE DÉBITO O NOTAS DE CRÉLA LEY QUE DITO (TRATÁNDOSE DE ADQUISICIONES APRUEBA LAS LOCALES) O DECLARACIÓN ÚNICA DE NORMAS DE PROIMPORTACIÓN Y DEMÁS DOCUMENTOS MOCIÓN DEL SECEMITIDOS POR ADUANAS (TRATÁNDOTOR AGRARIO. SE DE IMPORTACIONES) QUE RESPALDEN LAS ADQUISICIONES MATERIA DEL BENEFICIO CORRESPONDIENTES AL PERÍODO POR EL QUE SE SOLICITA LA DEVOLUCIÓN. - DECLARACIÓN JURADA DEL BENEFICIARIO, REFRENDADA POR UNA SOCIEDAD DE AUDITORÍA, EN LA CUAL SE DETALLE LA INVERSIÓN REALIZADA EN LA ETAPA PREPRODUCTIVA. DICHA DECLARACIÓN DEBERÁ ESTAR ACOMPAÑADA DE UN INFORME TÉCNICO SUSTENTATORIO PREPARADO POR LA REFERIDA SOCIEDAD, EL MISMO QUE DEBERÁ CONTAR CON LA VISACIÓN CORRESPONDIENTE DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA. - OTROS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE LA SUNAT REQUIERA.

41

DEVOLUCIÓN DEL PRESENTAR: SALDO A FAVOR - FORMULARIO 4949 "SOLICITUD DE DE- GRATUITO VOLUCIÓN" DEBIDAMENTE FIRMADO MATERIA DE BEPOR EL DEUDOR TRIBUARIO O REPRENEFICIO MEDIANSENTANTE LEGAL ACREDITADO EN EL TE NOTAS DE CRÉRUC. DITO NEGOCIABLES O CHEQUES – - CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN DE LO SIGUIENTE: DECRETO LEGIS-

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

DÍAS HÁBILES (SIN GAR A N T Í A ) CONTADOS A PARTIR DE LA P R E S E N TA CIÓN DE TODOS LOS DOCUMENTOS, SALVO QUE EL SOL I C I TA N T E , ENTRE OTRAS, REALICE ESPORÁDICAMENTE OPERACIONES DE E X P O RTA CIÓN, TUVIERA DEUDAS TRIBUTARIAS EN MORA EXIGIBLES O HAYA PRESENTADO INFORMACIÓN INCONSISTENTE, EN CUYO CASO SE PUEDE EXTENDER EN QUINCE (15) DÍAS HÁBILES ADICIONALES.

CINCO(5) DÍAS HÁBILES (SIN GAR A N T Í A ) CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FE-

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

/ INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE OFICINA ZONAL.

NALES / INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE O F I C I N A ZONAL.

OBSERVACIONES

BASE LEGAL (v) VER NOTA

EL MONTO MÍNIMO QUE SE DEBERÁ ACUMULAR PARA SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN SERÁ DE CUATRO (4) UIT.

LEY N° 27360, APROBADO POR EL D.S. N° 049-2002-AG (PUBLICADO EL 11.09.2002). LOS BENEFICIARIOS QUE EFECTÚEN TRANSFE- - TÍTULO I DEL REGLARENCIAS DE CULTIVOS SECUNDARIOS APLICAMENTO DE NOTAS DE APELACIÓN RÁN EL RATIO RESULTANTE DE DIVIDIR EL CRÉDITO NEGOCIATRIBUNAL FIS- MONTO SOLICITADO ENTRE EL PROMEDIO DEL BLES, APROBADO POR CAL. DÉBITO GENERADO EN LOS ÚLTIMOS SEIS (6) EL D.S. N° 126-94-EF MESES, EL QUE NO DEBERÁ SER MENOR A DOCE (PUBLICADO 29.09.94), (12). MODIFICADO POR GARANTÍAS: ART. 6° DEL D.S. N° - CARTA FIANZA OTORGADA POR UNA ENTI084-98-EF (PUBLICADAD BANCARIA DEL SISTEMA FINANCIERO DO EL 14.08.98). NACIONAL. - ART. 163° Y DÉCIMO - PÓLIZA DE CAUCIÓN EMITIDA POR UNA COMPRIMERA DISPOSIPAÑÍA DE SEGUROS. CIÓN FINAL DEL TUO - CERTIFICADOS BANCARIOS EN MONEDA EXDEL CÓDIGO TRIBUTRANJERA. TARIO, APROBADO LA PÓLIZA DE CAUCIÓN SE DEBERÁ PRESENPOR D.S. N° 135-99-EF TAR DEBIDAMENTE VISADA POR LA SUNAT; (PUBLICADO EL PARA LO CUAL DEBERÁ TENERSE EN CUENTA 19.08.99). LO DISPUESTO EN LA R.M. N° 122-99-EF/15 SO- - ART. 2° DEL D.S. N° BRE LAS CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES 065-2002-AG (PUBLIQUE DEBEN CUMPLIR LAS PÓLIZAS DE CAUCADO EL 30.12.2002) CIÓN. TRANSCURRIDOS LOS PLAZOS PARA RESOLVER SIN QUE SE HUBIERA EXPEDIDO RESOLUCIÓN, EL DEUDOR TRIBUTARIO PODRÁ CONSIDERAR DENEGADA SU SOLICITUD O ESPERAR EL PRONUNCIAMIENTO EXPRESO DE LA SUNAT.

DIVISIÓN O SECCIÓN DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE (i) VER NOTA

INTENDENTE DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES NACIONALES/ INTENDENTE REGIONAL O

RECLAMACIÓN NTENDENTE DE P R I N C I PA L E S CONTRIBUYENTES NACIONALES/ INTENDENTE REGIONAL O JEFE DE OFICINA

ESTE PROCEDIMIENTO ES APLICABLE SÓLO A - R.S. N° 093-2002/ SUNAT (PUBLICADA CONTRIBUYENTES QUE PRESTEN SERVICIOS DE EL 25.07.2002). HOSPEDAJE A SUJETOS NO DOMICILIADOS. EL SOLICITANTE DEBE ESTAR INSCRITO EN EL - R.S. N° 082-2001 / SUNAT (PUBLICADA REGISTRO ESPECIAL DE ESTABLECIMIENTOS DE EL 20.07.2001) HOSPEDAJE. LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁ SER PRESENTA-

46

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

LATIVO N° 919 BENEFICIO ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE

REQUISITOS (vi) VER NOTA

A) FORMULARIO 3435 "RESUMEN DE DATOS DE EXPORTADORES B) DISQUETE CON LOS ARCHIVOS GENERADOS POR EL PROGRAMA COA C) DISQUETE CON EL ANEXO HOSPEDAJE. - COPIA DE LA DECLARACIÓN-PAGO EN LA QUE CONSTE EL SALDO A FAVOR

CALIFICACIÓN DERECHOS APROEVALUACIÓN PREVIA DE BACIÓN TRAMITASUJETO A SUJETO A AUTOCIÓN A SILENCIO MÁTICA SILENCIO PAGAR ADMINISTRATI- ADMINISTRATIVO POSITIVO VO NEGATIVO CHA DE P R E S E N TA CIÓN DE LA SOLICITUD DE DEVO VOLUCIÓN , SALVO QUE EL SOLICITANTE, ENTRE OTRAS, REA LI CE E S P O R Á DICAMENTE OPERACIONES DE EXPORTACIÓN, TUVIERA DEUDAS TRIBUTARIAS EN MORA EXIGIBLES O HAYA PRESENTADO INFORMACIÓN INCONSISTENTE, EN CUYO CASO SE PUEDE EXTENDER EN QUINCE (15) DÍAS HÁBILES ADICIONALES. (iii) VER NOTA.

DEPENDENCIA/ AREA INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATORIO

JEFE DE OFICI- ZONAL. NA ZONAL APELACIÓN TRIBUNAL FISCAL.

OBSERVACIONES

BASE LEGAL (v) VER NOTA

DA EN MEDIOS MAGNÉTICOS ES LA SIGUIENTE: A) EN ARCHIVOS GENERADOS POR EL PROGRAMA COA: - RELACIÓN DETALLADA DE LOS COMPRO BANTES DE PAGO QUE RESPALDEN LAS ADQUISICIONES EFECTUADAS, ASÍ COMO LAS NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO RESPECTIVAS Y DE LAS DECLARACIONES DE IMPORTACIÓN, CORRESPONDIENTES AL PERÍODO POR EL QUE SE SOLICITA LA DEVOLUCIÓN. - RELACIÓN DETALLADA DE LAS FACTURAS Y DE LAS NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO QUE SUSTENTEN EL SERVICIO DE HOSPEDAJE Y ALIMENTACIÓN EMITIDAS EN EL PERÍODO POR EL QUE SE SOLICITA LA DEVOLUCIÓN . B) -

EN EL ARCHIVO HOSPEDAJE SERIE Y NÚMERO DE LA FACTURA POR EL SERVICIO DE HOSPEDAJE Y ALIMENTACIÓN. - INFORMACIÓN DE LA AGENCIA DE VIAJES: APELLIDOS Y NOMBRES, O DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL, NÚMERO DE RUC. - INFORMACIÓN DE L SUJETO NO DOMICILIADO: NÚMERO DE PASAPORTE, APELLIDOS Y NOMBRES, PAÍS DE EMISIÓN DEL PASAPORTE, PAÍS DE RESIDENCIA, NÚMERO DE DÍAS DE PERMANENCIA EN EL PAÍS, FECHA DE INGRESO AL ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE, FECHA DE SALIDA DEL ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE.

47

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.