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Firmado digitalmente por COBARRUBIAS FIGUEROA Omar Alexis (FAU20376082114) Fecha: 2015.05.11 15:00:33 -05'00' «ell EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA M

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Firmado digitalmente por COBARRUBIAS FIGUEROA Omar Alexis (FAU20376082114) Fecha: 2015.05.11 15:00:33 -05'00'

«ell EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA MACHUPICCHU S. A.

egemsa I.

FUNDAMENTOS DE HECHO:

1.1 Con fecha 15 de abril de 2015, se publicó la Resolución OSINERGMIN N° 067-2015-OS/CD, la cual aprueba la Fijación de Precios en Barra para el Periodo Mayo 2015 - Abril 2016 ("Resolución Impugnada").

1.2 La "Resolución Impugnada", entre los valores del Cargo de Peaje por Conexión Unitario, determina el Cargo Unitario por Generación Adicional, para el mencionado periodo.

1.3 En la lengüeta "EGEMSA" de la hoja de cálculo "Cálculo D.U. N° 037-2008May15-Abr16(P).xls", que figura entre la información anexa a la publicación de la "Resolución Impugnada", en la página Web del OSINERGMIN y que determina el monto a compensar a mi representada para la determinación de los Cargos Unitarios por Generación Adicional, detectamos que la Celda D19, no considera los gastos incurridos por el mes de agosto del 2014; para mayor detalle, presentamos a continuación imagen que corrobora lo antes afirmado.

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duma, eisia•• y Nue, • stweicna,

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PY, NyVeft, e1

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Carta

2 Carta (Fecha Concepto 3 Carta N° 6-291.2013 abr.13 Gasto de abre y marzo 2013 4 Carta N' G-291-2013 rnay-13 Gasto de mayo 2013 5 Cana N° 6-291-2013 tun.13 Gasto de junio 2013 jui-13 6 7 ego-13 8 sep-13 9 al-13 nov-13 10 11 dic-13 800-14 12 13 feb-14 mar-14 14 15 Carta N G-381-2014 abr-14 Gasto Abril 2014 16 Carta N 0.361-2014 may-14 Gasto Mayo 2014 17 Carta N G-361-2014 7un-14 Gasto Junio 2014 18 Carta N G-381-2014 701-14 Gesto Julio 2014 19 Carta N G-073-2015 89e-t4 sep•14 20 21 Carta N 6-073-2015 oct-t4 Gasto Octubre 2014 22 23 14 Cene N G-073-2015 Costo Financiero 25 28 27 28 29 30 Alquaer de grupos de generación 31

Egreso (Nuevos Soles) Akbaler 9.473874

Combustible Transp-Comb Moretee Geston y C -

410,619 142,826

3,437,972 10.330.859 74.036

' 4,556.169'

•-

287,414 113 121 265.481

2212,794

2.212.794

3,282.619 38,478,038

15,881,302

8.858,865

N 4 I 8 Tasas 'Egreups-aP 'Tagresos-el.P Demanda FITA "ir FNOSA F1OR . '11101 Ntr17 FGVMSA FISF FU. • ET11 tino ¡ :3 1

' 37.754' 73.915'

9,112339

9.ti2.329 ! .__

3,120.042 5.736.823

111,669

553,109

Av. Machupicchu s/n D - Cusco 35058 /232930 T (51-84) 222690/234305 F www.egemsa.com.pe@ efithabI Olt iklorespata (ari 41:1114) ice% 4- ,

(11

EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA MACHUPICCHU S. A.

egemsa 1.4 La corrección del error material detectado reconocerá, en favor de EGEMSA, los costos incurridos por Generación Adicional del mes de Agosto del 2014, los mismos que ascienden a la suma de S/. 265,461.36 (Doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y uno con 36/100 Nuevos Soles). POR TANTO:

Solicitamos que el Consejo Directivo de OSINERGMIN declare fundado el presente Recurso de Reconsideración y así se consideren, en la determinación del monto a compensar a mi representada para la determinación de los Cargos Unitarios por Generación Adicional, los costos incurridos por Generación Adicional correspondientes al mes de agosto del 2014, los mismos que ascienden a la suma de S/. 265,461.36 (Doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y uno con 36/100 Nuevos Soles).

PRIMER OTROSI DIGO: No obstante nuestra petición principal, al amparo de lo dispuesto por el artículo 201° de la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444, referido a la rectificación de errores indica que: "Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, (

en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión."

En tal sentido Morón Urbina indica que: "En tanto la administración pública requiera de seres humanos para su funcionamiento, su actuación es pasible de incurrir en errores de diferente magnitudes. Así algunos de ellos serán de tal gravedad que conllevaran indefectiblemente a la nulidad del acto administrativo emitido, mientras que otros pueden no tener incidencia alguna en aspectos sustanciales o esenciales de este reduciéndose a simples errores materiales o errores de cálculo que no afectan de manera sustancial el acto.' Además agrega que: "Para solucionar estos errores, se reconoce a las autoridades la MORON URBINA, Juan Carlos, "Comentarios a la Ley de Procedimiento Administrativo General. Novena Edición Lima: Gaceta jurídica, mayo 2011, p. 571.

Página 3 de 4

Av. Machupicchu s/n D Central Térmica Dolorespata - Cusco (51-84) 235058 / 232930 T (51-84) 2226901234305 F

www.egemsa.com.pe

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egemsa necesidad rectificadora o correctiva, integrante de la potestad de autotutela administrativa, consistente en la facultad otorgada por la ley a la propia administración para corregir sus errores materiales o de cálculo incurridos al emitir los actos administrativos..." 2

En virtud de lo expuesto y de acuerdo al artículo 201° de la ley 27444, solicito que se rectifiquen los errores materiales, de hecho o aritméticos que se encuentran en la lengüeta "EGEMSA" de la hoja de cálculo "Cálculo D.U.

N° 037-2008-May15-

Abr16(P).xls", que figura entre la información anexa a la publicación de la Resolución OSINERGMIN N° 067-2015-OS/CD, la cual aprueba la Fijación de Precios en Barra para el Periodo Mayo 2015 - Abril 2016, de acuerdo a los hechos desarrollados, en nuestro recurso de reconsideración. SEGUNDO OTROSI DIGO: EGEMSA cumple con adjuntar copia de los siguientes

documentos: Anexo 1 - A : Copia del Poder del Apoderado de EGEMSA. Anexo 1 - B : Copia del D.N.I. del Apoderado de EGEMSA. Cusco, 7 de Mayo del 2015.

Carlos R. Frisancho Aguilar Apoderado

C egemsa

2 Idem.

p.572.

Página 4 de 4

Av. Machupicchu s/n D Central Térmica Dolorespata - Cusco (51-84) 235058 / 232930 T (51-84) 222690 / 234305 F

www.egemsa.com.pe @

CERTIFICO: Que esta copia fotostátca es reprocucció fiel del doc qierrto de lAY X91 11:::› F

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>MI 11141::: MIS 11151/$ Z11::111.15,:k;'24 1:11111 IVO IFIZIO

K — 7096. NUMERO : QUINIENTOS NOVENTITRES.



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F ,:;CRTTHRA DE PEVuuAIORIA Y mouGAMIENTO DE PODER GENERAL Y ESPEOTAL, DUE OTORGA Ln

EMPRESA DE GENERACTON 1 ,1EnTRICA

ACHURICCHU SOCIEDAD AMONIMA EGEMSA, A

FAVOR

DE CARLOS

u.',...rwRrn FRISANCHO AGUILAR, ==~============================= lí 11

COMPARECENCIA

En la ciudad del ius CUATRO fil -12':::. 1:19 -, OCTUBRE (je, .1. • . .:.:- .P;o DOS 11T .1. . 1"1:.:11:::..„

:,

Orlando Pacheco EDGAR

JULIAN kir.: ,41:1:', 1 PACHECO , identificad o

~ acio nal

de Ide ntidad número 23814780,

pilr5,1,M

en tC1 ser

Ingeniero Vecino de Peruano, versado en el idic.:ma , ,. (1::::,..:::..1-.1:-? ..1.1,.:ki -ii. . . , „ .: :. . quien identifico, procede per derecho de



repre s entación, en su condición de Gerente General de la EMPRESA GENERACIÓN ELECTRIC:A MACHUPTCCHU SOCIEDAD ANONSMA Contribuyente nmgiu 2021O339167 , con

Unico del i:acu:',..taces inscritas

en la Ficha 2-i2 del Registre Sociedades d

4



cen examen de Le que h.Y![. verificado para tal entregó ura minuta firmada, a fin que su contenido se eleve a Escritura

Pública ,

queda archivada en el

minutario correspondiente y cuyo tenor - es el siguiente: --M

1 N U

SEÑOR NOTARIO PUBLICO Dr. Orlando Pacheco Mercado. Sírvase usted extender en su registro de de

REVOCATORIA



OTORGAMIENTO DE PODER

GENERAL y ESPECIAL, que otorgo: == ========================= EDG AR JULIAN VEHER O PACHECO,

con

pe ruano

• D.H.I. Ng 2301478O, de profesión Ingeniero Elecl . ricista... en mi condición de Gerente General le la Empres,:l. de Generación Sociedad Anónima EGEMSA, con R.U.C. M2 20?18339167 con > Estatuto inscritos en la tos

Ficha 367 del Registro Mercantiles de Registros Públicos

::::

d e l c usde .

poder lo ci.Dnfieuf., en Carlos Roberto Frisanchn Agu.L1- , 1- 9 casado, identificado con D.H.I. N' 23949361, con domicilio real en el

la Urbanización Magisterial

Segunda Etapa, de la Provincia del Cu.1,co, en los termino.p.1. y : •: PRIMERO; ANTECEDENTES de la Empresa, reunido en de abril de 1994, acordó ratificar al Ingeniero Electricista FDGAR JULIAN VENERO PACHECO, en el cargo de le :tornn ;::17.)1 -

1-;:pendientes, que se

encuentran

inscritos

en la Ficha

permiten, cl

de pode' a favnr de

funcionarios de la Empresa., El mencionado poder establece que en su calidad de Gerente General, podrá por nece s idades funcionales, administrativas operativas delegar y/o sustituir en los funcionarios trabajadores que viere por conveniente funcienes para las cuales se le otorgó poder, cuidando que la Empresa tenga una adecuada representación en todo lugar

Por Escritura Pública ante el Señor N o t a rio Público Ahogado Orlando Pacheco Mercado e inscrita

Ficha

1:::r1 la

del Registro Mercantil de Personas

Jurídicas del Cusco, se otorgó poder General y Especial a Sr. Abogado Carlos Roberto Erisancno nguilar, para que ejerza el cargo de Gerente de Administración. TERCERO:: REVOCATORIA DE PODERES La Administración!I d

Macnupicchu

por conveniente revocar los

poderes generales y especiales otorgados en su oportunidad al Sr. Abogado Carlos Roberto Frisancho Aguilar. CUARTO: OTORGAMIENTO DE PODERES En mérito a las facultades establecidas por el Directorio, del: Gerente General Señor Ingeniero Edgar Venero ~

Pacheco, se ha por conveniente poderes

generales y especiales como Apoderado al Sr. Abogado Carlos mejor

Aquilar, u]mioistrativ. ~ , operativo.

m anejo

1. A).1 y le g al, facultades -.

son las siguientesl, FACULTADES DE MANEJO BANCARIO



- ; - :••• •: : -

El Apeder..,.dc, se encuentra especialmente facultado para cue conunta ... con ..k :I. I"!

efectuar las

operaciones bancarias en cualquier institución

Sistema Financiero Nacional; abrir, transferir, cerrar, cuentas bancarias; girar, cobrar endosar cheques; aceptar,

I''¡:::+.12'.elYLM's„ girar, renovar, endosar, descontar y

protestar letras de cambio, vales, efectuar gires y emitir, certificados, y cualquier clase de do cumentos mer cantiles

otorgar recibos

V

sobregirarse en cuentas corrientes

,- en

garantía o sin ella, solicitar toda clase de préstamos y en general podrá efectuar todo tipo de operaciones normadas

ordenamiento civil, la General de

Banca, Ley de Títulos Valores y Código dm Comercio. Podrá

igualmente ser in te rlocut o r nacionales y/o internacionales.

================== ======== =

En toda demande el compromiso de recursos la Empresa, el Apoderado deberá luego de la operación dar cuenta a la Gerencia General de la Empresa, con debida

1

oportunidad, virtud o beneficio de dichas operaciones. este tipo de poder, está sola firma solicite bancos o entidaJes in f ormes

fin ancieras

cuentas, saldes y obligaciones

de la Empresa para con las citada ,J: FACULTADES DE 1-ZEPRELNFACION ADMINISTRATIVA facultade para representar a la Empresa aote

per son as

entidades públicas y privadas a

dbas,

• rt•



\ 15

suficientes para aper s onarse, formular pedidos, interponer recursos impugnatorios y en general realizar todos los trámites necesarios para el-vguimiento conclusión de todos los procesos administrativos que fuese menester, ya sea de conformidad con la Ley General de Procedimientos Administrativos, con los Textos Unicos de ProwMimentos Administrativos u otros reglamentos especiales que regulen las actividades de las entidades públicas. ..=.===.=============H: = 2.3 FACULTADES DE REPRESENTACION JUDICIAL ARBITRAL El Apoderado está facultado para.que a nombre

de

pueda iniciar e intervenir en toda clase judiciales

o

de procesos

arbitrales de naturaleza penal, civil,

laboral, .interponiendo las demandas correspond.m.

la Empresa

Al

y/U

denuncias que

efecto,. podrá apersonarse en juicio

promovido o por promoverse cualquiera fuere su naturaleza y sea cual fuera la calidad procesal con lo cual la Empresa

deba in tervenir ,

y [D17)(11-á además c ontestar

formular reconvenciones, formular tachas,

formular

excepciones, reconocer documentos de la Empresa, efectuar declaraciones de parte, prestar declaraciones preventivas presentar recursos impugnatorios, también está facultada previa autorización por la Gerencia General de la Empresa, a desistirse del 'proceso o de la pretensión, allanarse o demandas, conciliar-, transigir, someter controversias arbitraje u otras formas de solución •

Esta relación modd

qoe

de conflictos.

de facultades es meramente enunciativa, de

el pqderado queda expresamente facult ad o para

realizor en nombre de la Empresa lodo cuanto acto procesal requiriese - facultades

esp ,,,

es,

ya sea den . ftn-;ne al Código

.N Procesal Ley Procesal Ley General de Arbitraje, Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, Un i

Ce

la

Or denado

General de Procedimientos

Administrativos, Ley de Contrataciones y Adqui s iciones del o reglamentos de carácter procesal

cedimental " 2,4 FACULTADES DE REPRESENTAC1ON LABORAL Fi Apoderado representará a la Empresa en materia laboral ante las Autoridades Administrativas de Trabajo y Juzgados y Salas Laborales de segunda instancia y la Corte Suprema de la República, con las mismas facultades detalladas en el

por la



demás n o r mas

por consiguiente no podrá ser insuficiente para en estos procesos especiales; pudiendo sustituir total o parcialmente el presente poder y reasumirlo veces re‹.11.n.t. ,. . : conveniente 1.1.-Js intereses la Empresa. El ,....1,.........1 E. . . . , .j.J .,-,..„1 , 1.. ., i. ....,d,....f.: v.„ :...•.....•...:-.....••.....,:::::::::::::.••:::-:•-..:::::-.....::::-:....•. .:::.........:..,....... . .:..:.,.....:....................:....., ::::: :::::::: Así mismo se confiere poder para r ,y1Dresen .l.ar a la Empresa en los procedimientos de Negociación Colectiva en cualquier rec.I,m .sos, presentado e por pre s entarse, con las facultades generales y especiales exigidas

oe

Negociaciones Colectivas 1 .12 25593, y su reglamento, con las facultades expresas de participación en conciliación y practicar todos los actos procesales propios de estas, suscribir cualquier acuerdo y llegado el caso, el

2.5 EL OTORGAMIENTO DE FACULTADES GENERALES Y ESPECIALES SE

RIGE .::".11:;.! 1E1_ PRINCIPIO .1

DE LITE R ALIDAD DEL Cr.TDCO PROCESAL

1: :1;

=== ================ = = = = = ======== = == =

• ..

Artículo Fa

generales.- La representación

Judicial col'iere al representante las atribuciones y •.

potestades generales que corresponden al salvo aquellas para las

-

4

expresas. La

representación

representado,

que la ley exige facultades se entiende otorgada para todo

el proceso, incluso para la ejecución de la sentencia

cobro de costas y costos, legitimando al en el proceso

su intervención

y

el

representante

realizaciÓn de

y

actos del mismo, salvo aquellos que requieran intervención

personal y directa del

Artículo Facultades otorgamiento

de

representado"

especiales.- Se

facultades especiales

para

requiere el

realizar todos

-us actos de disposición de derechos sustantivos demandar,

reconvenir, contestar

desistirse del proceso y de

pretensión, conciliar, pretensiones

delegar la o

para

y

la pretensión, allanarse a la

transigir,

someter a

arbitraje las

controvertidas en el proceso, sustituir o

representación procesal

que exprese la

y

para los demás actos

ley.

.1. otorgamiento de fa cultades p I"' :i. 1'1 I::: P O

demandas

y

de

:i.

p C: C.? S

se rige po r

presume la existenciad

e

facultades especiales no conferidas explícitamente. Artículo



apoderado

Sustitución deLnaciÓn del poder.- El

puede sustituir

siempre que se

encuentre

SUS

facultades o delegarlas,

expresamente autorizado para ello.

La sustitución implica el cese de la representación ::;in posibilidad de reasu m irla; delegación

delegante para La

revocarla y reasumir la

representación.

actuación del apoderado sustituto o delegado, obliga

14

;.

los 1..1.mite ,:.

Dar ). K(/ re)n..., ntada dentro facultades conferidas. La formalidad para la sustitución

c) la delegación es la

misma que la empleada para el otorgamiento del poder . " Usted se ñ or Notario, se servirá agregar las demás cláusulas de Ley, expedir los partes para su inscripción en los Registros Públicos, como el correspondiente Testimonio. Cusco, 03 octubre del 2003.

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AUTORIZADO: Uuadil Aragón Giba.ja„ - ABOGADO.- .1.nsccipc1n C.A. Una -firma. GENERAL.

-

-

Un sello:: Edgar Venero Pacheco. - GEREN ~ E :::: ::::

C.I.P. rnr-15- í us -rnr1/44 DE LA ESCRITURA



RATIF

ICAC I ue

Formalizada la presente Escritura que corre extendida

instruí del objeto

fojas serie 30411,

y contenido a su otorgante, con lectura que le hice de todo el instrumento, en cuyo tenor se afirmó y ratificó.Firmado

por EDGAR JULIAN VENERO PACHECO:,

SUSCRIPCION Y CONCLUSION El compareciente concluyó en firmar la escritura en fecha de éste

instrumento

(CUATRO de OCTUBRE d el año BOS

MIL TRES), ante - mí Abogado Notario de Cusco, Pacheco Mercado, d e lo que d oy fe.-

ANOTACION MARGINAL - Ex p edi partes::

'..E1', Ii.-II 11'.,,I1 ii;!.211 ±1..- :Z :: li'''''" „„



11"1"::'.. :JE: Il .r-I1 -11"" E;:: il'i,,ii :II:::ii 11 , :',:„ Il'ii ,11 ii,„„; :11:: ill!!!if 113 II II ii""" II-

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solicitud de PARTE INTERESADA, en CINCO (05) fojas útiles, ~ las mismas que sello, signo, vuhrico y firmo.

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tática es reproducji'ltél



(T egemsa I

EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA MACHUPICCHU S. A.

I. FUNDAMENTOS DE HECHO:

1.1 Con fecha 15 de abril de 2015, se publicó la Resolución OSINERGMIN N° 067-2015-OS/CD, la cual aprueba la Fijación de Precios en Barra para el Periodo Mayo 2015 - Abril 2016 ("Resolución Impugnada").

1.2 La "Resolución Impugnada", entre los valores del Cargo de Peaje por Conexión Unitario, determina el Cargo Unitario por Generación Adicional, para el mencionado periodo.

1.3 En la lengüeta "EGEMSA" de la hoja de cálculo "Cálculo D.U. N° 037-2008May15-Abr16(P).xls", que figura entre la información anexa a la publicación de la "Resolución Impugnada", en la página Web del OSINERGMIN y que determina el monto a compensar a mi representada para la determinación de los Cargos Unitarios por Generación Adicional, detectamos que la Celda D19, no considera los gastos incurridos por el mes de agosto del 2014; para mayor detalle, presentamos a continuación imagen que corrobora lo antes afirmado.

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2 Carta 3 Cana N° G-291-2013 4 Cana N' G-291-2013 5 Cana N° 0-291-2013 8 8 9 10 11 12 13 14 15 Carta N G-381-2014 16 Carta N G-361-2014 17 Carta N G-361-2014 18 Carta hl 0-361-2014 19 Carla N 6-073-2015 20. 21 Carta N 0-073-2015 22 23 24 Carta N 6-073-2015

25

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Fecha Concepto abr-t3 Gasto de abril y marzo 2013 may-13 Gesto de mayo 2013 iun-13 Gasto de junio 2013 it-13 ego- 13 sep-13 oct-13 nov-13 dic-13 ene-14 feb-14 mar-14 abr-14 Gesto Abn12014 may-14 Gasto Mayo 2014 pul-14 Gasto Jun. 2014 tul-14 Gesto Jtiro 2014 ego-14 sep-14 oct-14 Gasto Octubre 2014

Costo Financiero

27 . 28 29 30 Alquiler de grupos de generación 31 n 14 rasas Emeso,11.11 livesns-FIP Demanda.,,F1TA Listo

Egreso (Nuevos Solos) Alquiler Combustible Transp-Comb Monta. Gesbon y C 9,473,974 410,619 142.826

r 3.437.972 287.414 3.120.042 ' 113 10.330.859 4,556.169' 5.736.823 37.754 74.036 73.915' 121 9,112.339 265,481 2,212,794 2,212 794

3,282,619

38.478,038 15,881.302 8,858.885 111,615 553,109

Av. Machupicchu s/n D arr Nos?,

. FI 08 5157

FGH4531 FI SF FI( El II

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I iTermlandlorespata - Cusco

35058 / 232930 T (51-84) 222690 / 234305 F

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EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA MACHUP1CCHU S. A.

jj) egemsa 1.4 La corrección del error material detectado reconocerá, en favor de EGEMSA, los costos incurridos por Generación Adicional del mes de Agosto del 2014, los mismos que ascienden a la suma de S/. 265,461.36 (Doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y uno con 36/100 Nuevos Soles). POR TANTO:

Solicitamos que el Consejo Directivo de OSINERGMIN declare fundado el presente Recurso de Reconsideración y así se consideren, en la determinación del monto a compensar a mi representada para la determinación de los Cargos Unitarios por Generación Adicional, los costos incurridos por Generación Adicional correspondientes al mes de agosto del 2014, los mismos que ascienden a la suma de S/. 265,461.36 (Doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y uno con 36/100 Nuevos Soles).

PRIMER OTROSI DIGO: No obstante nuestra petición principal, al amparo de lo dispuesto por el artículo 201° de la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444, referido a la rectificación de errores indica que: "Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión." En tal sentido Morón Urbina indica que: "En tanto la administración pública requiera de seres humanos para su funcionamiento, su actuación es pasible de incurrir en errores de diferente magnitudes. Así algunos de ellos serán de tal gravedad que conllevaran indefectiblemente a la nulidad del acto administrativo emitido, mientras que otros pueden no tener incidencia alguna en aspectos sustanciales o esenciales de este reduciéndose a simples errores materiales o errores de cálculo que no afectan de manera sustancial el acto."' Además agrega que: "Para solucionar estos errores, se reconoce a las autoridades la MORON URBINA, Juan Carlos, "Comentarios a la Ley de Procedimiento Administrativo General. Novena Edición Lima: Gaceta jurídica, mayo 2011, p. 571.

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Av. Machupicchu s/n D Central Térmica Dolorespata - Cusco (51-84) 235058 / 232930 T (51-84) 222690 I 234305 F

www.egemsa.com.pe @

EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA MACHUPICCHU S. A.

egemsa necesidad rectificadora o correctiva, integrante de la potestad de autotutela administrativa, consistente en la facultad otorgada por la ley a la propia administración para corregir sus errores materiales o de cálculo incurridos al emitir los actos administrativos..." 2

En virtud de lo expuesto y de acuerdo al artículo 201° de la ley 27444, solicito que se rectifiquen los errores materiales, de hecho o aritméticos que se encuentran en la lengüeta "EGEMSA" de la hoja de cálculo "Cálculo D.U. N° 037-2008-May15Abr16(P).xls", que figura entre la información anexa a la publicación de la Resolución OSINERGMIN N° 067-2015-OS/CD, la cual aprueba la Fijación de Precios en Barra para el Periodo Mayo 2015 - Abril 2016, de acuerdo a los hechos desarrollados, en nuestro recurso de reconsideración.

SEGUNDO OTROSI DIGO: EGEMSA cumple con adjuntar copia de los siguientes documentos:

Anexo 1 - A : Anexo 1 - B :



Copia del Poder del Apoderado de EGEMSA.

Copia del D.N.I. del Apoderado de EGEMSA.

Cusco, 7 de Mayo del 2015.

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ar os - risancho Aguilar

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Apoderado

Cl

2 Idem.

ASOGOf

egemsa

Legal

CAC. 16e9 1,1/41-890111111119

p.572.

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Av. Machupicchu sin D Central Térmica Dolorespata - Cusco (51-84) 2350581232930 T (51-84) 222690 / 234305 F www.egemsa.com.pe @

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(17vildtria J,1 n.W

CERTIRCO: Ove esta copia fotol tática es reprol.: n fiel del doc mento de la

eynaldo Alviz M. NOTARIO

INSO. (IN. C. N' 09

PERI/

1

~5.:1=~ =1.11=1~ MM~ WZI~11=51=1.w= ~~ 1Mgg=1:4=

K - 7096. NUMERO : QUINIENTOS NOVENTITRES. ESCRITURA DL REVOCATORIA Y OTORGAMIENTO DE PODER GENERAL

Y

ESPECIAL , QUE OTORGA LA EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA mAcHupTflrNN SOCIEDAD AMONIMA EGEMSA, A FAVOR DE CARLOS

COMPARECENCIA En la

ciuda d d .1 Cusco, CUATRO

mes de

OCTUBRE del'año DOS MAL MES, ante m-.1. Abogado Orlando Pacheco Mercado, t_omparo_el EDGAR JULIAN VENER O'PACHECO, identificado

C.:

O

n Docu mentn

Nacional de Identidad número 23814700, ser Ingeniero Electricista, Casadu. de c iud a d, 9

Peruano, versado en el idioma

quien identifico, eh su condición de Gerente General EMPRESA DE GENERACION ELECTRTCA MACHUPTCCHU SOCIEDAD ANUN1MA EGEM, con Registro Unico del Contribuyente número 20218339167, con inscritas la Ficha N' 2-C del Registro de Sociedades

4

(MI C EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA MACHUPICCHU S. A.

egemsa Recurso de Reconsideración contra Resolución OSINERGMIN N° 0672015-OS/CD.

SEÑORES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA:

EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA MACHUPICCHU S.A.

("EGEMSA"), identificada con R.U.C. N° 20218339167, con domicilio real en la Avenida Machupicchu s/n, Central Térmica Dolorespata, Cusco, debidamente representada por su

APODERADO Y SR. CARLOS

ROBERTO FRISANCHO AGUILAR, identificado con DNI No, 23849361, según poderes inscritos en el Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral del Cusco y acreditando domicilio para efectos del presente procedimiento en Avenida Machupicchu s/n, Central Térmica Dolorespata, Distrito de Santiago, Provincia y Región Cusco; atentamente dice: Que, al amparo de lo dispuesto en los artículos 206° y 208° de la Ley N° 27444

Ley del Procedimiento Administrativo General, y dentro del plazo establecido, interponemos recurso de reconsideración contra la Resolución OSINERGMIN N° 067-2015-0S/CD de fecha 15 de abril de 2015, la cual aprueba la Fijación de Precios en Barra para el periodo Mayo 2015 — Abril 2016 (la "Resolución Impugnada"), en el sentido que la Resolución Impugnada contiene errores

materiales en la determinación del monto a compensar a mi representada para la determinación de los Cargos Unitarios por Generación Adicional, los mismos que es necesario sean corregidos.

En este sentido, solicitamos al Consejo Directivo del OSINERGMIN, declare fundado el presente Recurso de Reconsideración y, como consecuencia de ello, modifique la Resolución Impugnada en relación al monto que corresponde compensar a mi representada para la correcta determinación de los Cargos Unitarios por Generación Adicional.

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Av. Machupicchu sin o Central Térmica Dolorespata - Cusco (51-84) 235058 / 232930 T (51-84) 222690 / 234305 F

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VENER O PACHECO,

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de

r.



,1131.1,311,LI

permiten

de,

trabajadores

funcionarios de la Empresa.

1 El mencion Ado poder establece que en su calidad de Gerente General, podrá por necesidades funcionales, administrativas 1

operativas delegar y/o sustituir en los funcionarios ;l/i'7 baJadores que viere por conveniente parte de funciones para las cuales se le otorgó poder, cuidando que la Empresa tenga una adecuada representaciÓn en todo lugar

Por Escritura Pública ante el Seí'7or Notario Público •bogaco Orlando Pacheco Mercado e inscrita en la 367, Asiento 32 del Registre Mercantil I P :as del Cusco, se otól.gó poder General y Especial a 1 del Sr. Abogado Carlos Roberto Frisancho Aguilar, para que ejerza el cargo de Gerente de AdministraLiÓn. ---TERCER01

REVOCATORIA

DE

PODERES

,--

Administration de la Empresa de Generación Electrica Machupicchu S.A., ha visto por conveniente revocar los

1 Poderes generales

Y

especiales otorgados en su oportunidad

or. ...ipogado caries koly ,, rto Frisaneho DLN...‹TO1 OTORGAMIENTO DF P

1

En merito a las factAltE. s establ.c:c .idas por el Directorio, del Gerente General 'geniero Edgar Venero Pacheco, se visto por conveniente otorgar poderes generales

eslJeciales como Apoderado al Sr. Abogado Carlos Frisanche Aguil u,

mejor manejo

administra .1. 1. , operativo, laboral Legal, facmlt ,mie son las sjouiente - ;; Iri

cualouier institución

gira r ,

cobrar endosar

girar, letr a s

m ercan tiles er cuentas

r i"1

de operaciones b.:mcarls, la

normadas pnr el

Podrá válido

igualmente

En toda

operación dar con la

en

dem a nde el re c ursos

Empres a ,

cuenta



técnic o fi n anciera,

de

• i.

fj n a nC le r a ',, r

de la Empresa oara con las citadas en

~

idades'

,•



2.2 FACULTADES DE RI......PRESL~LiUN ADMINISTRATIVA El

la Empresa

Apoderado está oer so n as

recurrir ante

()Una, (7) . et—A; A

il

CO / 1 ":1 •1-1,1b,0 •

a

suficientes para apersonarse, formular pedid os , U realizar

int r recursos t.01:1 OS

los trámite:

impugnatorios y en general necesariu.. para el-vguimiento

y conclusión de todos los procesos administrativos que fuese menester, ya sea de conformidad con la Ley General de

1

1

Procedimientos Administrativos, con los Textos Unicos de Procedimentos Administrativos u otros r eglamentos especiales gi..t....y., regul en .1 .Et.S- actividades de 1.:Yk.1 1, 1. 1::::.n . 1.....i.d....:11:11-.. :, s p úblicas.

.,.. .. ..-.,.........,...:.,,_....._....__...:.....,..



' 2.3 FACULTADES DE REPRESENTACTON JUDICIAL Y ARBITRAL ,,,,,,,,,, El Apoderado es á facultado para que a nombre de la Empresa pueda iniciar e intervenir en toda clase de procesos judiciales o arbitrales de naturaleza penal, civil, laboral,.interponiendo las demandas correspondan,: 11

n

Al

denuncias que

efecto,. podrá apersonarse en juicio

o por promoverse cualquiera fuere su naturaleza y sea cual fuera la calidad procesal con la cual la

Effil..lri.....,

.:: i.

deba intervenir, y podrá además contestar demandas, formular reconvenciones, formular tachas, formular excepciones, reconocer documentos de la Empresa, efectuar declaraciones de parte, prestar declaraciones preventivas y presentar recursos impugnatorios, también está facultado pre',) -^1A. autorización por la Gerencia General de la Empresa, ., a desistirse del proceso o de la pretensión, allanarse a 11, , demandas, conciliar., transigir, someter controversias .

,::«3.

arbitraje u otras formas de solución de conflictos,. Esta relación de facultades es meramente enunciativa, de modo que el apoderado queda expresamente realizar en nombre de la Empresa Lodo cuanto acto procesal ‘

riese facultades especiales,

a sea

'2 1')

n me

Código

É



Lev General Arhi+raje, Ley de Unico

Relacio' ~ es Colectivas de Trabajo, Seneral

Ordenado de la

Administrativos, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del n reglamentos de carácter procesal o

2.4

FACULTADES DE R[PRESENTACION LABORAL =============='== Apoderado representará a la Empresa en materia laboral

/ a/ ~t~

las Autoridades Adm1nistrativas de Trabajo y Juzgados

y Calas Laborales de segunda instancia y la Corte de la Repúhlica, coc las mismas facultades detalladas en el

exigidas

2.3 de

1as facultades demás oormas no

por

ser

de

en es ~ os procesos especiales;

reasumirlo



conveniente

también i ~ tereses de la Empresa. El =================================== poder para representar a la Empresa en los prncedimientos de Negociación Colectiva en cualquier

facultades pxpresas

~

e participación en ~~

cnnciliación y oracticar todos lcs actos procesales propios dp estas, susc'ibir cua]quier

acuerdo y llegadc el caso, el

2.5 Ei OTORGAMIENTO DE FACU|'TADES GENERALES Y ESPECIALES SE RIGE PGK

DE LITERALlDAD DEL C ~ D:GO PROCESAL



oUna (-Paiiat Ctisco mw

.

, iercadin 31

so as Cne.00 (1

,._._, in. .11,....,.,

. ti,inr, --4

1.i .'..) .

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aNs....,11”.....,.,12.1.1.,,, .-,

7. ....N I —,..4 1 1 1--1)1Iii , , , :'. ..,-.

! CIVILf1 :ultades generales. -

!...,Yi. representaciÓn

judicial co: .fiere al : represen1,9.nte las

1

atribuciones y

generales que corresponden al representado,

aquellas

pa ra

l as

q ue



exige fa cul tades

expresas. La representación se entiende otorgada para

todo

i el proceso, incluso para la ejecución de la sentencia

el

l

cobro di, un-nzti::s y costos,

legitimando al representante

para

su intervención en el proceso y realización de todos

los

actos del mismo, salvo aquellos que requieran

la

personal y directa del representado. 1 Artículo Facultades Facultades especiales.- Se requiere el otorgamiento de facultades especiales para

1 1

realizar todos

los actos de disposición de derechos sustantivos y para demandar,

reconvenir, contestar demandas y reconvenciones,

1 desistirse del proceso y de la pretensión, allanarse a la pretensión, conciliar, transigir, someter a arbitraje las pretensiones controvertidas 1,.. ,., n el proceso, sustituir o delegar la representación procesal y para lu,, demás actos que exprese la E::

otorgamiento

a c.:1es especiales se rige

p V'

el

principio de lite ralidad.No se presume la existencia

facultades espec iales FI O conferidas explícita mente. Artículo Sustitución y delegación del El apoderado puede

sustituir sus

facultades o delegarlas,

siempre que se encuentre expresamente autov. i para ello. La sustitución implica el

C9SC,

de la representación sin

posibilidad reasumirla la delegación faculta al delegante para revocarla y reasumir la representación. La actuació n

del apoderadn

sustit uto

obliga a

-

PormalIdad para



o la delegaión

:nisma que la empleada para el otorgamiento del poder.

ios par-J.es Dara su ei

CnNr!!!SInN DE ! A ESCRITURA



R A T FInArTnN

tengr se airmó rirmado por EDGAR JULIAN VENERO PACHECO, —

SUSCRIPCI ON CONCLUSION en

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ANnTACTnN MARGINAL -----..:.•:: •:

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IMMUMMII

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ZOPA PEOISWAL , 152 X SEDE CUSCO. - OFICINA REGISTRAL CUSCO TITULO N2 00)11622. - DEL 06/10/2003 ESCRITURA PUBLICA DEL 04/10/2003 NOTARIO Dr(a) PACHECO MERCADO ORLANDO CONTRATANTES:: EMPRESA DE 0E1 , 11::RACION 1:::1...E:CTRICA MAC H

SOCIEDAD



ANONIMA

Registrado REVOCATORIA Y OTORGAMIENTO DE PODER DE SOCIEDAD ANONIMA en el asiento .45., de la Partida NQ 11006542 del Registro de PERSONAS JURIDICAS. Derechos S/. 50.00. Recibo N2 00006610, 00003835. Cusco, 20/10/2003. Una firma.* - Una post firma: "NANCY CNAMPT NONTERROSO. - REGISTRADOR PUBLICO". 111111 111=11 1=11 11 511511 111=

Este traslado con la Escritura matriz de su referencia, al cual me remito en caso necesario, previa confrontación de Ley, expid

(,...~.53F111:31JUNEDID

Illb„EVVIVICSINIZW 3

solicitud de PARTE INTERESADA, en CINCO (05) fojas las mismas que sello, signo.

- ubrico y firmo.

NOTA CUCO 213 O? acheco -.1zrazio

ABc)rtúlTreKo; Que'esta copia fotostática es I eproci

mento de la

Oír do Alviz

NOTARIO

trysc. wasun.sernmww..

. 77. 21r.

ctrwe 09

o

11

Fecha : 07/05/2015 Hora : 3:49 PM

CARGO DE DOCUMENTO INGRESADO Trámite

2015 - 58696 - Osinergmin Cusco - 1 2015/05/07 3:49 PM

Remitente

EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MACHUPICCHU S.A.-EGEMSA

Documento

Recurso de Reconsideración Nro. S/N

Dirección

ay_ machupicchu s/n cusco

Asunto

REMITE ESCRITO MEDIANTE EL CUAL INTERPONE RECURSO DE RECONSIDERACION CONTRA RESOLUCION OSINERGMIN N' 067-2015-OS/CD

Observación

NINGUNA

Oficina de Destino GERENCIA ADJUNTA DE REGULACION TA

Recuerde que para un próximo trámite debe señalar el número de expediente 201500058696

Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Psje. Grace 115 B, CERCADO Servicio telefónico de atención al ciudadano: LIMA 01-2193410/PROVINCIAS 0800-41800(linea gratuita) DVILLAFUERTE

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