ECLI: ES:TS:2012:3534

JURISPRUDENCIA Roj: STS 3534/2012 - ECLI: ES:TS:2012:3534 Id Cendoj: 28079130052012100345 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madr

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JURISPRUDENCIA

Roj: STS 3534/2012 - ECLI: ES:TS:2012:3534 Id Cendoj: 28079130052012100345 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 5 Fecha: 24/05/2012 Nº de Recurso: 4406/2008 Nº de Resolución: Procedimiento: RECURSO CASACIÓN Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS Tipo de Resolución: Sentencia

SENTENCIA En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Mayo de dos mil doce. La Sala constituida por los Excmos. Sres. Magistrados relacionados al margen ha visto el recurso de casación nº 4406/2008 interpuesto por la entidad HOTEL LUNA, S.A., representada por la Procuradora Dª María Jesús González Díez, contra la sentencia de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 8 de julio de 2008 (recurso contencioso-administrativo 1738/2005 ). No ha habido personación de parte recurrida. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- La Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Valencia dictó sentencia con fecha 8 de julio de 2008 (recurso contencioso-administrativo 1738/2005 ) en la que se estima el recurso contencioso- administrativo interpuesto por D. Franco contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Villajoyosa de 20 de octubre de 2005 por el que se aprueba definitivamente el Plan de Reforma Interior de Mejora de los sectores T1-13 y M-20 del Plan General de Villajoyosa, anulando la sentencia el acuerdo impugnado por haberse adoptado con desviación de poder; sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas. SEGUNDO.- En su fundamento primero la sentencia fija el objeto del recurso; a continuación, expone diversos hechos que considera relevantes para la resolución del litigio y, por último, enuncia los motivos de impugnación aducidos por la parte actora en defensa de sus pretensiones, agrupándolos en alegaciones relativas al fondo del asunto y alegaciones de forma. El texto del citado fundamento es el siguiente: >. Por último, en el fundamento séptimo la Sala de instancia aborda la cuestión controvertida y concluye que la aprobación del Plan de Reforma Interior se ha producido con una clara desviación de poder, quedando desplazado el interés general por el interés particular de la legalización. Fundamenta la sentencia esta conclusión en las siguientes razones:

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