El papel de los Educadores Sociales en los Programas de Intervención Socioeducativa Aina Morey Alzamora

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EL PAPEL DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN ANTE LOS FUNDAMENTALISMOS Alberto Miguel Urruti Prof. Emérito de Medios Audivisuales y Tecnologías de la Inform

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El papel de los Educadores Sociales en los Programas de Intervención Socioeducativa Aina Morey Alzamora Asesora Técnica Docente Servicio de Innovación Educativa Conselleria d’Educació i Ciència de les Illes Balears.

Resumen: Actualmente los centros educativos de secundaria tienen que dar respuesta a las necesidades educativas de algunos alumnos con problemas de absentismo, fracaso escolar, rechazo a la escuela, dificultades de convivencia y conflicto en las aulas. Para ello, necesitan de recursos menos ordinarios que requieren de la participación de otros profesionales más especializados en el ámbito social. En nuestra comunidad autónoma disponemos de los programas de intervención socioeducativa como experiencia institucional. Éstos programas constituyen una propuesta de escolarización compartida que posibilita una intervención más global contribuyendo a una formación más integral de la persona, al atender al conjunto de las dimensiones sociales, familiares y educativas del alumnado. En nuestra comunidad autónoma, la iniciativa surge de la colaboración entre la administración educativa y otros sectores sociales en la que participan ayuntamientos, entidades sin ánimos de lucro que atienden a poblaciones de jóvenes en situación de riesgo y consells insulares, entre otros. La premisa básica es educar, por lo que se priorizan capacidades de relación e integración social, tratando de perseguir un abandono prematuro del sistema educativo. Los alumnos a los que van dirigidos tienen edades comprendidas entre 14 y 16 años, recibiendo una educación adaptada a sus necesidades, mediante adaptaciones curriculares significativas que haga más atractiva la escolarización y se prolongue su estancia en el sistema educativo.

Lo que se debe destacar de estos programas es la atención personalizada e individualizada que reciben, limitándose el número de alumnos por aula, además de intervenir otros profesionales del ámbito social con capacidad de dar respuesta a las necesidades que presentan, tales como mejorar sus habilidades sociales, aumentar sus niveles de autoestima, progresar en sus procesos de aprendizaje, tener experiencias de éxito, superar sus estados carenciales de afectividad, etc. Debido a su formación y capacidad profesional los educadores sociales, son un pilar básico para el óptimo funcionamiento de estos programas y la consecución de las finalidades que persiguen. En este aspecto, ayudan a integrar los procesos socioeducativos, trabajando con los alumnos contenidos, más que académicos, que tienen que ver con el desarrollo de capacidades humanas y conseguir una verdadera integración social. La enseñanza se les presenta de una manera más atractiva y motivadora, realizando un itinerario personal y un intenso seguimiento personalizado. El trabajo social, cuyo objetivo es la integración del joven en el centro educativo y en la propia sociedad, es fundamental en un contexto como el educativo, reconociendo que hay ciertas situaciones como son el absentismo o fracaso escolar a las que el profesorado por si sólo no puede atender. Con los programas de Intervención Socieducativa se establece una red de trabajo entre distintos profesionales, llevando a término un proyecto común que se caracteriza por la corresponsabilidad y compromiso entre todos los implicados. 1

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Introducción

A partir de las necesidades detectadas por los centros de educación secundaria se plantea la búsqueda de alternativas a los comportamientos de los jóvenes de edades comprendidas entre 14 y 16 años que se caracterizan por conductas de inadaptación escolar, absentismo grave, riesgo de exclusión escolar y/o social, etc. tanto en el instituto como en su entorno de convivencia. Ante las situaciones de conflictividad escolar, la Administración Educativa de la comunidad autónoma de las Islas Baleares dispone de los programas de intervención socioeducativa como recurso alternativo, complementario, a la escolarización obligatoria ordinaria que se imparte en los centros de secundaria. Estas “aulas externas” se entienden como programas de intervención socioeducativa para aquel alumnado con riesgo de exclusión escolar y/o social para los cuales las medidas aplicadas dentro de los centros no han obtenido los resultados deseados. En éstas, participan alumnos de edades comprendidas entre 14 y 16 años que presentan problemas que alteran el funcionamiento normal del aula siendo atendidos en parte del horario escolar en centros específicos, fuera de los centros ordinarios, y generalmente en grupos reducidos, interviniendo profesionales del ámbito social, además del educativo. Dichas aulas suponen un recurso que posibilitan, por un lado, una atención integral a los jóvenes en los ámbitos educativo, social y familiar, la promoción de la corresponsabilidad entre las diferentes instituciones que tienen competencia en ámbito de la juventud, además de la realización de acciones preventivas e innovadoras encaminadas a evitar el desarrollo y cronificación de las conductas previamente mencionadas, atendiendo a las nuevas necesidades de los jóvenes y de las instituciones que los acogen. Se trata de dar respuesta a todos aquellos jóvenes que, por sus características personales, necesitan complementar el aprendizaje curricular en otro contexto que facilite el proceso de enseñanza y aprendizaje escolar. El alumnado que asiste a estas aulas realiza un programa adaptado a sus necesidades con talleres y actividades más prácticas y funcionales vinculada al mundo pre-profesional. El conjunto de alumnos que asiste a estos programas de escolarización compartida son considerados de necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, preferentemente por razones de compensación educativa asociada a situaciones personales, familiares y/o sociales. En líneas generales, el perfil del alumnado susceptible de asistir a estas aulas de escolarización compartida es el siguiente: © © © ©

Necesidades educativas especiales por compensación educativa. derivadas de una problemática social y/o familiar. Riesgo de exclusión social y/o escolar. Presentar de manera reiterada y continua desajustes conductuales graves, absentismo escolar injustificado o rechazo a la escuela que ponga en peligro la convivencia del centro. Ausencia de resultados en las medidas ordinarias y extraordinarias aplicadas en los centros de educación secundaria obligatoria.

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© Retraso en los aprendizajes. © Bajas expectativas de obtener el título en educación secundaria obligatoria. Marco Normativo. La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo (LOGSE), opta por un marco curricular flexible y una enseñanza comprensiva como marco idóneo para dar respuesta a las necesidades educativas de los alumnos en situación de desventaja por factores de origen social, económico o cultural. En el Título V, dedicado a la compensación de desigualdades, se establecen los principios para que la Administración Educativa adopte medidas que puedan hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación. Por su parte, el Real Decreto299/1996, de 28 de febrero, de ordenación de las acciones dirigidas a la compensación de las desigualdades en educación dispone: -

Que las medidas y acciones de compensación educativa se han de ajustar a los principios de colaboración y convergencia de las intervenciones, de la normalización de servicios, de atención a la diversidad, de flexibilidad en la respuesta educativa y de integración, incorporación e inserción social.

-

Que es uno de los objetivos del Real Decreto, impulsar la coordinación y la colaboración de la Administración educativa con otras administraciones, instituciones, asociaciones y organizaciones no gubernamentales para la convergencia y el desarrollo de las acciones de compensación social y educativa dirigidas a los colectivos en situación de desventaja.

-

Que en coherencia con el proyecto educativo, los centros establecerán en los correspondientes proyectos curriculares de etapa, en el marco de la atención a la diversidad, las medidas de flexibilización, adaptación y diversificación necesarias para adecuar la atención educativa al alumnado con desventajas.

-

Que se adoptarán medidas para concertar con otras administraciones públicas y con entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas conjuntos de intervención global a favor de los colectivos sociales y culturales desfavorecidos.

Por su parte, la Dirección General de Ordenación e Innovación de la Consejería de Educación del Gobierno de las Islas Baleares ha dictado las instrucciones para que, siempre con carácter excepcional, algunos alumnos de educación secundaria obligatoria, menores de 16 años y con dificultades graves de adaptación al entorno escolar derivadas de condiciones especiales de carácter social, personal o familiar, puedan ser atendidos, como medida extraordinaria en determinados programas de intervención socioeducativa, una vez agotadas todas las medidas de atención personalizada diseñadas en el proyecto de intervención educativa1 que desarrollen los centros de secundaria.

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Los programas de Intervención Educativa se encuentran regulados por las Órdenes correspondientes que regulan la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria de las Islas Baleares y de elaboración y de aplicación de proyectos de intervención educativa para los cursos establecidos. Dichas órdenes dan autonomía a los institutos de educación secundaria para tomar medidas encaminadas, mediante la optimización de los recursos humanos y materiales disponibles, para mejorar la calidad global de la educación en los centres educativos.

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En el marco de estas instrucciones, se establecen las medidas de relación y de cooperación con los servicios educativos y sociales externos al centro en las que interviene la Administración educativa local, autonómica, o entidades sociales, dependiendo su implantación de convenios signados entre la Administración educativa y otras administraciones o entidades. Como recurso, que se encuentra en el marco de las medidas de atención al alumnado que señala el RD 299/96, de ordenación de las acciones dirigidas a compensar las desigualdades en educación, se considera una medida extrema destinada a aquellos alumnos para los que se aconseja una escolarización, en parte de su horario lectivo, en un centro especializado, sin llegar a que se pierda su vinculación con un centro educativo ordinario. En la planificación y desarrollo de estos programas es básica la implicación y colaboración de los Consejos Insulares, ayuntamientos, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que, por su experiencia y especialización, pueden ofrecer actividades específicas complementarias adaptadas a las necesidades derivadas de la inadaptación al medio escolar. La asistencia a estos recursos de escolarización compartida ha de entender como una medida integradora y de acuerdo a las necesidades, intereses, y expectativas del alumnado que se atiende. Es integradora porque facilita el retorno de los jóvenes a la actividad educativa y formativa, encontrándose a disposición del alumnado en situación de riesgo y/o conflicto social, para que pueda reinsertarse en los centros educativos y las ofertas educativas en éstos encontramos(diversificación curricular, iniciación profesional, ciclos formativos) y o al mundo laboral después de haber adquirido unos conocimientos, hábitos y una cierta competencia social que hacen posible dicha inserción con unas mínimas garantías de éxito. Consisten en una intervención transitoria y de carácter extraordinario dirigida a un pequeño colectivo de alumnos de ESO, adoptándose solo después de que el centro educativo al que pertenecen haya agotado todas las medidas de atención a la diversidad y, aún así, se compruebe que no se ha conseguido su integración al sistema educativo ordinario con todas sus variantes organizativas. La participación en estos programas está sujeta a toda una serie de condiciones de entre las que destacamos: ⎬

En relación al centro educativo:

1. La dirección del centro correspondiente, de acuerdo al informe del departamento de orientación, ha de solicitar autorización para la participación del alumnado en estos programas a la Dirección General de Ordenación y Innovación, después de la conformidad previa, por escrito, de los padres o los tutores legales. 2. Los centros educativos elaboran un informe en el que especifican todas las intervenciones realizadas y los resultados obtenidos. 3. La dirección del centro educativo, de acuerdo con el Departamento de Orientación, asigna al/la joven, un tutor o tutora, que será la persona encargada de las relaciones y la coordinación con los profesionales de las aulas de escolarización compartida. Es el trabajo coordinación lo que posibilita el diseño del horario y del itinerario educativo del alumno así como su evaluación e informe de valoración. 4. Los programas se fundamentan en la adaptación de los objetivos curriculares de etapa y en la prevalencia del área práctica. Es el departamento de orientación, el tutor del centro de referencia y el tutor del proyecto quienes diseñan una adaptación de contenidos individualizada de acuerdo a los objetivos referentes de etapa.

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En relación a los padres:

1. Los asistentes a los programas deben tener la autorización escrita de sus padres o tutores legales, a los cuales, se les pide su colaboración así como también la corresponsabilización del joven en su proceso educativo. ⎬

En relación al alumnado:

1. Continua matriculado en su centro escolar de origen, y por tanto, se encuentra sujeto a los derechos y deberes que corresponden a tal situación, conservando el derecho a la evaluación, promoción y titulación. Así mismo, participa en las actividades lectivas, complementarias o extraescolares que el equipo educativo considere necesarias. ⎬

En relación a la entidad colaboradora:

1. Presentar el acuerdo escrito de la intención de colaborar y el diseño del programa de intervención socioeducativa que ofrece. 2. Informar de los incidentes que puedan surgir, tanto en lo que respecta al alumnado como a la coordinación con los diferentes servicios. 3. Elaborar y transmitir a los centros educativos de secundaria las correspondientes hojas de seguimiento de los alumnos. 4. Participar en las juntas de seguimiento y de evaluación final del alumno.

La Intervención Socioeducativa La necesidad de asegurar un desarrollo integral de los alumnos en esta etapa, junto a la demanda social de un currículum que no sólo se limite a la adquisición de conceptos y conocimientos académicos, justifica el priorizar aspectos relacionados con las habilidades prácticas, las actitudes y los valores. En concordancia las capacidades básicas que promulga la LOGSE, respecto a la promoción del desarrollo integral de la persona a nivel intelectual, motriz, de equilibrio personal y afectivo, de relación interpersonal y de actuación e integración social, en este tipo de programas de intervención socioeducativa se da prioridad a aspectos como:

Desarrollar la capacidad de pensamiento reflexivo a partir de observaciones sistemáticas de hechos, situaciones y fenómenos. Profundizar en la independencia de criterio y en la autonomía de acción en el medio. La adquisición de un equilibrio afectivo y social a partir de una imagen ajustada y positiva de sí mismo. Inserción activa, responsable y crítica en la vida social. Realización de aprendizajes significativos que aumenten la capacidad de comprensión de la

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realidad. Asumir de manera plena las actitudes básicas para la convivencia democrática en el marco de valores de solidaridad, participación tolerancia y sentido crítico.

El desarrollo de estas capacidades ha de favorecer una mayor continuidad e integración entre la educación formal y no formal. Es relevante que el equipo educativo realice la adaptación curricular individualizada y la propuesta de horarios y actividades educativas de acuerdo a la posibilidad de escolarización compartida existente en la zona y en colaboración con los profesionales del recurso al cual se deriva al/la joven. Con la finalidad de mejorar la situación de inadaptación escolar y social en la que se encuentran algunos jóvenes de educación secundaria obligatoria es necesario que sigan una adaptación curricular muy específica que haga posible una adaptación e integración positiva a los recursos educativos. Así mismo, la dirección del centro en el que se encuentra matriculado, de acuerdo con el departamento de orientación, ha de asignar un tutor o tutora que será la persona de referencia encargada de las relaciones con el personal responsable de las actividades del programa y con el profesorado de las distintas áreas a las cuales asiste el/la alumno/a en el centro educativo. Esta asignación de tutoría ha de reflejarse en los documentos correspondientes, haciéndose de acuerdo a requisitos como: a) Que sea un/a profesor/a de alguna de las áreas a las cuales asiste el alumnado al centro de secundaria. b) Que sea una persona que presente un vínculo afectivo con el alumno que participa en estos programas. c) Si es posible, que tenga experiencia previa en el trabajo con alumnado de estas características. En todo caso, ha de tener apoyo del servicio de orientación y del equipo directivo. d) Será el responsable del seguimiento del alumno y de las relaciones con el personal responsable de las actividades del programa. e) Para la realización del seguimiento ha de disponer de un mínimo de dos horas complementarias semanales. f) Ha de colaborar con el equipo del proyecto en el diseño del horario y el itinerario educativo del alumno. g) Se ha de coordinar con el resto de profesionales implicados en el proyecto para realizar el seguimiento y evaluación. h) Ha de participar, conjuntamente con el equipo del proyecto, en la elaboración del informe en el que se valora la experiencia y la tarea realizada, incluyéndolo en la Memoria Anual del centro. Se constituyen, también, comisiones de trabajo formadas por el profesor tutor del centro educativo, el departamento de orientación y la persona responsable de cada alumno del programa. Estas comisiones elaboran un plan de trabajo individual que se ha de revisar trimestralmente realizando un acta de las mismas. El plan de trabajo consta de:

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a) b) c) d) e) f)

Priorización de las capacidades de área. Contenido de las áreas del currículum. Objetivos didácticos, actividades de aprendizaje y actividades de evaluación. Criterios de evaluación. Estrategias metodológicas, de organización y recursos implicados. Responsables de acompañar y recoger al alumno al centro educativo-centro de escolarización compartida.

Al finalizar cada trimestre, los responsables del recurso han de hacer llegar al/la director/a del centro educativo los resultados obtenidos en el proceso socioeducativo, mientras que, al acabar el curso académico, se constituirá una junta de evaluación formada por el/la director/a del centro o persona en la que delegue, el/la profesor/a tutor/a y la persona responsable de cada alumno en el programa, contando con la colaboración de algún miembro del D.O. La decisiones de la junta se han de incluir en el acta de evaluación correspondiente, en el expediente académico y libro de escolaridad. En estos programas de intervención socioeducativa se cuenta con la colaboración de los Servicios Sociales del Ayuntamiento del municipio correspondiente o del sector de procedencia del alumnado del programa además de otras entidades sociales que trabajan con jóvenes en situación de riesgo. Reconociendo la necesidad de trabajar conjuntamente, con la finalidad de dar una respuesta que posibilite la integración educativa y social de este sector de la población, el recurso puede incorporarse a una red comunitaria ya existente en el territorio, complementando las alternativas que ofrece la educación formal como son los talleres de compensación educativa en los centros educativos ordinarios. El centro específico en el que se imparte la escolarización compartida actúa como un recurso más de la comunidad, insertándose en la misma a partir de todo un trabajo socioeducativo que se lleva a cabo dentro y fuera de los mismos. La implantación del programa supone un trabajo en red, en el que trabajan de manera conjunta y articulada los profesionales del centro educativo, tutor/a de referencia, orientador/a y los profesionales del área de servicios sociales implicados en el proyecto. Esta coordinación es de vital importancia al constituir el medio mediante el cual se consensua el proyecto educativo individual en el que se determinan los objetivos, estrategias, contenidos, actividades, temporalización y criterios de valoración del alumnado. El contenido del programa individual viene determinado por las necesidades detectadas en el centro escolar de donde procede el alumno y que dificultan la integración escolar del/la joven. Los objetivos que se persiguen se plasman en el plan de atención individualizada junto con los mecanismos de supervisión y seguimiento de la implantación del mismo por parte de los profesionales educativos y sociales implicados. Aunque los objetivos que se plantean por parte de ambos no sean los mismos sí se complementan y trabajan en contextos distintos. Se ha de evidenciar que estos programas no buscan sustituir la tarea escolar, sino que, integrado en un ámbito educativo menos formal ha de permitir trabajar la motivación y evitar el absentismo escolar. Un principio fundamental es el de individualización y personalización como criterio metodológico de intervención en los/las jóvenes que participan del programa y que, en este caso se asegura manteniendo una estrecha coordinación entre el centro escolar y los 7

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responsables del programa socioeducativo, además de otros profesionales implicados en el/la joven. El fin de dicha colaboración es el valorar la adecuación del programa a las necesidades del joven, así como las prioridades de trabajo y el momento más conveniente para una posible derivación a otros recursos formativos y/o de inserción. El trabajo se plantea de forma conjunta con el profesional de referencia que deriva al alumno, y que lo hace con unos objetivos claros que marcarán la intervención desde el aula de escolarización compartida. Se considera fundamental la coordinación con otras entidades y recursos no sólo para el buen funcionamiento del proyecto, sino también para realizar un seguimiento exhaustivo de los alumnos que participan, además de incrementar el sentimiento de apoyo institucional por parte del equipo que lleva a término el programa. En síntesis, estas aulas de escolarización compartida, como recurso socioeducativo, tienen como finalidad fundamental el compensar la inadaptación social y/o escolar que presenta un determinado colectivo de alumnado hacia el medio escolar y social, reduciendo crecientes dinámicas de absentismo y conflictividad, permitiendo abordar situaciones graves de absentismo que requieren una actuaciones integradas en los ámbitos educativo, social, personal y familiar. Respondiendo al perfil que presentan dichos/as jóvenes, los objetivos que persiguen son: 1- Retorno a la actividad académica, formativa y/o laboral ordinaria. 2- Ofrecer respuesta a las necesidades de los jóvenes con dificultades de integración al sistema educativo social y/o familiar. 3- Prevenir conductas de riesgo y/o reducir la inadaptación social mediante alternativas educativas adecuadas. 4- Potenciar el desarrollo personal y social del joven a fin de que pueda hacer frente a las dificultades de inserción social y laboral. 5- Adquirir y/o reforzar la formación básica de los jóvenes que los capacite a afrontar la vida activa con autonomía responsable. 6- Aumentar niveles de asistencia regular al centro educativo. 7- Socializar a los jóvenes que participan en el programa de escolarización compartida. 8- Proporcionar una orientación profesional. 9- Adquirir conocimientos, destrezas y habilidades preprofesionales para insertarse en el mundo laboral.

El papel del Educador Social en los Programas de Intervención Socioeducativa. El ámbito de intervención del Educador Social se sitúa en la intervención educativa sobre la inadaptación de jóvenes con riesgo de exclusión educativa y/o social, más específicamente en centros sociales comunitarios o unidades de trabajo social. Las funciones que desarrollan los educadores sociales en la mayoría de los programas de intervención socioeducativa deben enmarcarse en los principios de actuación que los sustentan: a- Corresponsabilidad institucional. b- Participación de los menores y de sus familias.

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c- Tendencia a la normalización (uso e inserción en recursos normalizados: escolares, tiempo libre, deportivos, culturales, vida activa, ….). d- Individualización de la atención, itinerarios individualizados. e- Valoración e intervención multidisciplinar y coordinada. f- Intervención global en las áreas personal, educativa y familiar. g- Temporalización de la atención.

La intervención profesional del educador social se realiza a través de la aplicación de estrategias educativas en el campo de los servicios sociales dirigidas, en concreto a la población de jóvenes adolescentes con problemas de adaptación. Su trabajo tiene como principal objetivo ayudar a los jóvenes a avanzar en su proceso de socialización y desarrollo personal, centrando sus actuaciones en la mejora de habilidades y hábitos necesarios para conseguir una auténtica integración social y laboral. Hablamos tanto de aquellos casos de jóvenes que quieren seguir cursos de formación como los que escogen incorporarse al mundo laboral, al tiempo que también se les refuerza para que continúen con el periodo de escolarización obligatoria y se evite el abandono prematuro del sistema educativo. En relación a su perfil profesional sus objetivos prioritarios, respecto a los jóvenes en cuestión, son: -

La prevención y compensación de dificultades de adaptación personal y social. Favorecer la autonomía. Desarrollar actividades diversas a nivel cultural, educativo, … Favorecer y mejorar las competencias y aptitudes. Favorecer la participación.

Entendiendo que la mejor manera de responder a las necesidades socioeducativas de los jóvenes es mediante el trabajo de colaboración de profesionales y entidades, con sus actuaciones, persiguen mejorar el clima escolar en el que se encuentra el joven, al tiempo que se contribuye a la interrelación de todos los elementos que confluyen en el entorno del adolescente. Para ello, cumplen, para ello, con un conjunto de tareas educativas, informativas, asesoramiento, orientación a jóvenes, grupos, familias, animación y dinamización de grupos, relación con instituciones, grupos o personas, etc. Básicamente, el trabajo del/la educador/a social consiste en coordinarse con los representantes de los centros educativos que derivan alumnos al aula de escolarización compartida a fin de reacabar información social, familiar y escolar de los mismos y, poder así, ajustar los procesos educativos a las necesidades de los alumnos. Además, realizan entrevistas con las familias para explicarles el programa, cuáles son condiciones de asistencia, cuál es la organización del mismo, los profesionales implicados, etc. En el marco de esta entrevista que se mantiene con los padres se hace un trabajo de acompañamiento al aula de los jóvenes y/o familias, enseñándoles las instalaciones, la ubicación del aula además de la presentación de los profesionales y resolver cualquier duda que pueda surgir. También se persigue la implicación de la familia en el proceso educativo, pudiendo ser requeridos periódicamente con la finalidad de recibir y dar información relevante para la intervención educativa de su hijo o hija. Su participación y corresponsabilidad ha de garantizarse y favorecerse por el

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equipo educativo implicado, el cual ha de establecer los canales oportunos para tal efecto. Dichas actuaciones se complementan con la recogida de datos de servicios externos que intervienen en el joven, tales como los Servicios Sociales de atención primaria, Protección de Menores, Juzgado de Menores, Servicios Sanitarios, etc. Además de los contactos que mantienen con familias y otros profesionales, los/las educadores/as sociales proporcionan apoyo a los profesores de formación básica y de taller, incidiendo en aspectos de dinamización de grupos, elaboración de normas básicas de convivencia, establecimiento de asambleas donde, tanto los alumnos como el profesorado, pueden resolver los conflictos que surgen en la convivencia cotidiana. Se trata de favorecer procesos de autorregulación en los que se establecen las normas de funcionamiento y se acuerdan aspectos esenciales en lo que concierne a la regulación del grupo y el respeto por los acuerdos pactados. En estos contextos, la reflexión con el educador como elemento potenciador de los cambios educativos es fundamental, por ello, lo habitual es que los factores de riesgo de los jóvenes asistentes al recurso se trabajen de manera directa a través del diálogo, utilizando diferentes recursos educativos y sociales como son dinámicas de grupos, juegos didácticos, utilización de nuevas tecnologías, tutorías personalizadas, o un conjunto de actividades ya de creación propia como son excursiones, visitas culturales, exposiciones, jornadas de puertas abiertas, talleres de vida cotidiana, donde se tratan temas como son la alimentación, higiene, prevención del consumo de drogas, sexualidad, educación vial, etc. La propuesta de actividades de tiempo libre también es relevante para conseguir objetivos relacionados con la integración social a la comunidad, impulsando actuaciones como son visitas a otros centros formativos y sociales, campamentos, actividades de aventura y riesgo, actividades deportivas, etc. Otro ámbito a considerar en el programa individual es el de la orientación profesional, trabajando los hábitos requeridos para la integración social y laboral de los jóvenes, ya sea en el caso de que quieran seguir cursos de formación no reglada o incorporarse de nuevo al sistema educativo ordinario siguiendo con la escolarización obligatoria o realizar algún programa de garantía social.

Consideraciones finales. En líneas generales, la existencia de estos recursos socioeducativos son valorados positivamente debido al alto grado de consecución de los objetivos establecidos en el programa establecido. Entre los resultados conseguidos pueden mencionarse la mejora de los niveles de rendimiento académico de los alumnos, disminución de las tasas de absentismo, reducción de las situaciones de conflicto y continuidad en los procesos de formación como es el realizar programas de Iniciación Profesional. Como aspecto positivo, estos recursos son útiles para los centros escolares puedan contar otras vías y superar las limitaciones internas con las que se encuentran a la hora de llevar a término una óptima atención a la diversidad, pudiendo contar, además, con personal especializado en el ámbito, infraestructura, flexibilidad y diversificación en las actividades que ofertan. En este contexto, se ofrece un entorno donde se puede trabajar específicamente las necesidades que presentan algunos de sus alumnos, ofreciéndoles una enseñanza más significativa, además de ofrecer una tutoría más individualizada y realizar un seguimiento más intenso centrado en problemáticas concretas de riesgo de exclusión escolar y/o social. Con este tipo de programas, los centros se abren a su 10

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entorno más inmediato, pudiendo aprovechar todo el potencial que les ofrece los recursos de los que se dispone en el mismo a la hora de hacer frente a problemáticas determinadas que reclaman una intervención más socioeducativa. Lo más relevante es la posibilidad de trabajar en red con otros servicios sociales y profesionales. Sin embargo, como aspectos negativos se han de mencionar la dificultad de alcanzar el objetivo de retorno al centro ordinario, pues un porcentaje muy bajo de alumnos participantes retorna al centro educativo de referencia, comportando, consecuentemente, el riesgo de que se establezca una red educativa paralela a la ordinaria, se deterioren las relaciones del alumno con la escuela y suponga una concentración en un solo espacio educativo de los alumnos con situaciones personales multiproblemáticas, además de la ausencia de modelos de iguales que presenten una relación de éxito en el aprendizaje escolar (López Hernández, I.). En esta reflexión, no podemos dejar de lado el problema de la distancia y el transporte, factores que dificultan el buen desarrollo de los procesos educativos o incluso que se pueda conseguir un horario equilibrado ambos centros. Para concluir, estas aulas de escolarización compartida, pueden entenderse como un recurso intermedio entre la inclusión y la exclusión escolar cuando hablamos de alumnos que presentan graves dificultades de adaptación a los centros educativos. Para solventar el problema de la exclusión, “estos recursos han de permitir diversificar la forma de estar en un centro y hacer un itinerario personal sin que ello suponga crear una línea diferenciada o provocar una ruptura”. Este tipo de recursos socioeducativos, en la mayoría de situaciones, permiten establecer canales entre el centro educativo ordinario y el recurso específico del aula externa, siendo posible avanzar en la integración del alumno en el aula y en la propia dinámica del centro. La clave la encontramos en la existencia de canales adecuados de coordinación entre el educador del aula y el equipo del centro educativo implicado en el programa. Al mismo tiempo en esta línea de actuación, se hace necesario compartir los recursos en cuanto que “las entidades y actores del territorio pueden constituir un ‘servidor de recursos’ a las necesidades de flexibilidad y especialización concretas de los centros (Palacín, I.;2003). Por otra parte, el éxito también viene acompañado por el elevado grado de individualización e intenso seguimiento del proceso educativo, al contar con una ratio educador/joven muy baja. Paralelamente, el trabajo de contenidos escolares se realiza a través de centros de interés muy cercanos a los jóvenes que participan del proyecto, y por los cuales se encuentran muy interesados y motivados, como pueden ser talleres de fontanería, jardinería, lavado de coches, restauración de muebles, encuadernación, actividades deportivas, etc.

BIBLIOGRAFÍA LÓPEZ HERNÁNDEZ, I. (2001): “Una Xarxa de Suport a l’Escolarització”. En http://www.senderi.org. PALACÍN, I. (2003): “La Gestión de la Diversidad fuera del Aula Ordinaria”. En http://www.udg.es/ice/simposi

INSTRUCCIONS de la Direcció General d’Ordenació i Innovació que regulen els Programes d’Intervenció Socioeducativa. Conselleria d’Educació i Ciència. Govern de les Illes Balears.

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ORDRE DEL CONSELLER d’Educació i Cultura de dia 27 de Juny, de Regulació de l’Organització i el Funcionament dels Instituts d’Educació Secundària Obligatòria de les Illes Balears i d’Elaboració i Aplicació de Projectes d’Intervenció Educativa. R.D. 299/1996, de 28 de febrero, de Ordenación de las Acciones dirigidas a la Compensación de Desigualdades en Educación.

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