El Principio de Entrega Contra Pago Caso Chileno y Estándares Internacionales

SVS “El Principio de Entrega Contra Pago” Caso Chileno y Estándares Internacionales Ponencia para ser dictada en el Seminario sobre Custodia y Siste

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“El Principio de Entrega Contra Pago” Caso Chileno y Estándares Internacionales

Ponencia para ser dictada en el Seminario sobre Custodia y Sistemas de Compensación y Liquidación de Mercados de Valores, Cartagena de Indias, Colombia, 6 al 9 de junio 2000, Centro Iberoamericano de Formación de AECI Documento preparado por Vivianne Rodríguez Bravo Jefe de División Control de Intermediarios, Area Valores de la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile 1

SVS I.

INTRODUCCION

II.

PARTICIPANTES EN EL PROCESO DE COMPENSACION Y LIQUIDACION

III. FISCALIZACIÓN DE LAS ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL PROCESO DE COMPENSACION Y LIQUIDACION Y MARCO REGULATORIO IV. CARACTERISTICAS DE LOS VALORES V.

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRANSFERENCIA DE VALORES Y FONDOS

VI. MODELOS DE ENTREGA CONTRA PAGO (ECP) VII. ESTANDARES INTERNACIONALES APLICABLES A LOS SISTEMAS DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN (SCL) VIII. RIESGOS DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE TRANSACCIONES (ADMINISTRACION DEL RIESGO) IX. CONCLUSIONES

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I. Introducción • Liquidación: es la consumación de la transacción, donde el vendedor entrega valores y el comprador entrega medios de pago • Puede ser: – Física o electrónica – Por montos brutos o compensada 3

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I. Introducción • Compensación: liquidación por montos netos • Puede ser: – Bilateral: entre un intermediario y su contraparte – Multilateral: entre todos los intermediarios participantes 4

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I. Introducción • Los estándares internacionales mencionados están basados en recomendaciones de: – Grupo de los 30 (G30) – International Organization of Securities Commissions (IOSCO) – Council of Securities Regulators of the Americas (COSRA) – Federación Iberoamericana de Bolsas de Valores (FIBV) – Bank of International Settlements (BIS) – Standars for the use of European Union securities settlement systems in "European System of Central Bank” (EU) 5

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II. Participantes • Bolsas de Valores • Depósito Central de Valores • Intermediarios de Valores • Cámara de Compensación

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III. Fiscalización y Marco Regulatorio • La SVS es el organismo fiscalizador de los participantes • La legislación contempla: – Aprobación de autorización de existencia – Establecimiento de requisitos patrimoniales mínimos – Establecimiento de requisitos de información contable, financiera y de registros – Aprobación de sus reglamentos y manuales de operación y de sus modificaciones – Mantención de libros, archivos y registros relativos al desarrollo de su giro 7

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IV. Características de los Valores • Formas de Emisión: – Física – Desmaterializada

• Inmovilización: – DCV – Otras entidades de custodia

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V. Proceso de Transferencia de Valores y Fondos • Operaciones realizadas en bolsa – Entrega y pago bilateral (no compensada) – Entrega centralizada en el DCV y pago bilateral (no compensada) – Entrega centralizada en el DCV y pago centralizado en Unidad de Clearing de las bolsas (compensada)

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V. Proceso de Transferencia de Valores y Fondos • Operaciones realizadas fuera de bolsa (OTC) – Entrega y pago bilateral (no compensada) – Entrega a través del DCV y pago bilateral (no compensada)

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VI. Modelos de Entrega contra Pago • Entrega contra Pago (Delivery versus Payment) – Importante concepto en el área de la liquidación – Mercados con verdadero ECP, presentan ventajas respecto de mercados que no lo poseen, en cuanto a: • Disminución de riesgo • Mayor eficiencia • Aumento de confianza de los inversionistas 11

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VI. Modelos de Entrega contra Pago • Modelos definidos por el BIS – Modelo 1 ECP: el proceso de liquidación se realiza sobre una base individual, transacción por transacción (sin neteos), en que la entrega y pago se efectúan en tiempo real

– Modelo 2 ECP: la entrega de valores se efectúa transacción por transacción (sin neteos) a lo largo del día y el pago de los fondos se efectúa sobre una base neta una vez al final del día 12

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VI. Modelos de Entrega contra Pago • Modelos definidos por el BIS – Modelo 3 ECP: en este modelo, tanto la entrega como el pago se realizan sobre una base neta, una vez al final del día

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VI. Modelos de Entrega contra Pago • Ventajas de un Modelo de ECP – Minimiza el “riesgo de capital” – Aumenta la eficiencia del sistema • ECP permite la continuidad de flujos de transacciones • ECP aumenta la velocidad del mercado

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VI. Modelos de Entrega contra Pago • Principales elementos de ECP – Entrega irrevocable de valores: la transferencia de valores no puede ser reversada, una vez que éstos son entregados – Finalidad en los pagos: el pago debe ser irrevocable. La calidad de éste, depende de la garantía, tipo y emisor – Simultaneidad en la entrega y el pago: entrega y pago deben ocurrir simultáneamente

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VI. Modelos de Entrega contra Pago “Se dice que un mecanismo de compensación y liquidación cumple con el principio de entrega contra pago, cuando los valores se entregan si y solo si los pagos se efectúan. Para ello es necesario que la entrega y el pago sean a firme e irrevocables”

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VI. Modelos de Entrega contra Pago • Variaciones en los Modelos del BIS – Son resultado de dificultades en su implementación • Dificultad de acceso directo a cuentas del Banco Central, por parte de entidades de depósito y custodia • Dificultad de instalar sistemas en tiempo real que permitan la simultaneidad

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VI. Modelos de Entrega contra Pago • Variaciones en los Modelos del BIS – Variaciones al Modelo 1 ECP • Pago de fondos se realiza en bancos comerciales • Pago de fondos se realiza en entidades de depósito

– Variaciones al Modelo 3 ECP • Se realizan varios ciclos de liquidación a lo largo del día

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VII. Estándares Internacionales 1. Procesos de Compensación y Liquidación 2. Entrega contra Pago 3. Temas Legales 4. Temas de Fiscalización 5. Instituciones de Compensación y Liquidación y sus Participantes 6. Capacidad del Sistema 19

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VII. Estándares Internacionales • Procesos de Compensación y Liquidación – Estándar: • Comparación de la negociación a más tardar en T+1 y liquidación final a más tardar en T+3 (G30) • Codificación ISIN (G30) • Elección del método de liquidación por neteo o liquidación bruta en tiempo real (LBTR) según condiciones del mercado (G30-IOSCO) • El neteo debe ir acompañado de base legal sólida (G30IOSCO) • Un indicador de eficiencia del SCL es el número de procesos de compensación y liquidación que se realizan en un día 20

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VII. Estándares Internacionales • Procesos de Compensación y Liquidación – Situación en Chile: • Liquidación instrumentos de renta variable en T+2 • Liquidación instrumentos de renta fija e intermediación financiera en T y T+1 • La comunicación y verificación de las operaciones de renta variable, se realiza mediante conexión automática. La comparación se efectúa en T+1 • Existe codificación homogénea.No se aplica ISIN • No existe multiplicidad de procesos intradía 21

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VII. Estándares Internacionales • Procesos de Compensación y Liquidación – Situación en Chile: • En renta variable, existe neteo multilateral de pagos y bilateral de valores en la liquidación compensada. En otros instrumentos la entrega de valores y los pagos es bilateral, bruta o neta, a voluntad de las partes intervinientes • El sistema de pagos no está integrado con la compensación y liquidación de valores y su diseño actual no permite la Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR) 22

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VII. Estándares Internacionales • Entrega contra Pago / Análisis de Riesgos – Estándar: • Liquidación de operaciones en base a ECP. No es imprescindible la simultaneidad de la entrega y el pago (G30) • Garantizar el proceso de liquidación mediante: (G30-IOSCO-BIS-EU) –Novación de obligaciones –Préstamos de valores –Garantías

–Límites de exposición al riesgo –Requerimientos de capital a los participantes

• Establecer resguardos en la custodia (EU) 23

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VII. Estándares Internacionales • Entrega contra Pago / Análisis de Riesgos – Situación en Chile: Liquidación Renta Variable con participación del DCV • La liquidación de operaciones, se puede insertar dentro del Modelo 3 ECP • El pago se realiza mediante vale vista. Se considera a firme, en razón de que este documento tiene garantía de pago del Banco Central • No es simultánea la entrega y el pago 24

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VII. Estándares Internacionales • Entrega contra Pago / Análisis de Riesgos – Situación en Chile: Liquidación Renta Variable sin participación del DCV • La entrega de valores, no se considera dentro de los Modelos ECP, puesto que ésta no es irrevocable Liquidación Renta Fija e Intermediación Financiera • La liquidación de operaciones, se puede insertar dentro de los Modelos ECP.

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VII. Estándares Internacionales • Entrega contra Pago / Análisis de Riesgos – Situación en Chile: • No existe novación de obligaciones • No existe programa de préstamo de valores ante incumplimientos de los participantes • Existen requerimientos de capital a los participantes • No existe límite a las posiciones de riesgo asumidas por los participantes

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VII. Estándares Internacionales • Entrega contra Pago / Sincronización de Valores y Pagos – Estándar: • Realizar los pagos con fondos del mismo día (G30) • Realizar los pagos con fondos disponibles en el Banco Central (EU) • Existencia de un depositario central con conexión directa a un sistema automático de pagos

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VII. Estándares Internacionales • Entrega contra Pago / Sincronización de Valores y Pagos – Situación en Chile: • La liquidación no se efectúa con fondos del mismo día ni con fondos del Banco Central • El pago se realiza mediante vale vista, que no permite la disponibilidad de fondos en el mismo día, sino al día siguiente • El DCV no se encuentra conectado con el sistema de pagos 28

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VII. Estándares Internacionales • Temas Legales – Estándar: • Contar con una base legal adecuada para el neteo (EU-BIS-FIBV) • Definición clara de los derechos de propiedad, con flexibilidad en la operatoria (IOSCO) • Segregación de activos

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VII. Estándares Internacionales • Temas Legales – Estándar: • Disponer de un mecanismo claro de solución de conflictos (IOSCO) • Sistema simplificado para utilizar la prenda de valores (garantía)

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VII. Estándares Internacionales • Temas Legales – Situación en Chile: • No existe base legal para neteo ni novación de obligaciones • No se ha desarrollado normativa relativa a préstamo de valores para cubrir incumplimientos en el SCL • Está la exigencia de mantener registros especiales para valores de terceros mantenidos en custodia • Existen mecanismos de prenda simplificados 31

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VII. Estándares Internacionales • Temas de Fiscalización – Estándar: • Supervisión específica de los SCL, de manera directa o a través de autorregulación (COSRA-IOSCO-EU) • Reguladores deben tener potestad legal para establecer directrices a los participantes (IOSCO)

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VII. Estándares Internacionales • Temas de Fiscalización – Estándar: • Reguladores deben realizar revisiones periódicas (IOSCO-COSRA) • Reguladores deben verificar que reglamentos y normas de entidades autorreguladas, no discriminen entre participantes (admisión o utilización de los SCL)(COSRA)

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VII. Estándares Internacionales • Temas de Fiscalización – Situación en Chile: • No existe una unidad específica para la fiscalización de los SCL. Se fiscaliza ésta área como una más • El Modelo usado es “autorregulación vigilada” • La SVS realiza la revisión y aprobación de reglamentos y normas de los participantes • La SVS posee la potestad para emitir y hacer cumplir sus directrices 34

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VII. Estándares Internacionales • Instituciones de Compensación y Liquidación y sus Participantes – Estándar: • Existencia de un depositario central con el mayor grado de participación posible (G30) • Existencia de un sistema de desmaterialización e inmovilización (G30)

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VII. Estándares Internacionales • Instituciones de Compensación y Liquidación y sus Participantes – Estándar: • Establecimiento de requisitos mínimos a los participantes y tener en cuenta factores como capacidad operativa y estándares éticos (COSRA-BIS-EU) • Los participantes deben ser supervisados (COSRA)

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VII. Estándares Internacionales • Instituciones de Compensación y Liquidación y sus Participantes – Situación en Chile: • Existe un depositario central (DCV) • Intervienen las unidades de las bolsas y el DCV • DCV líquida la mayor parte de las operaciones de instrumentos de renta variable, renta fija e intermediación financiera • DCV sólo liquida valores y no pagos 37

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VII. Estándares Internacionales • Instituciones de Compensación y Liquidación y sus Participantes – Situación en Chile: • Los requerimientos para la participación en el DCV, se encuentran en su Reglamento y en leyes específicas que rigen a los depositantes • Los participantes del DCV son fiscalizados por la SVS y otras entidades • Las bolsas y el comité de vigilancia del DCV, tienen potestad sobre sus miembros 38

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VII. Estándares Internacionales • Capacidad del Sistema – Estándar: • El sistema debe tener adecuada capacidad operativa y seguridad en los fondos y valores bajo su posesión (COSRA) • El sistema debe ser capaz de responder ante aumentos inesperados en los volúmenes (COSRA)

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VII. Estándares Internacionales • Capacidad del Sistema – Estándar: • Utilización de sistemas automatizados, eliminación de entrega física y realización de evaluaciones periódicas • Se debe analizar fiabilidad técnica del sistema y disponibilidad de sistemas de respaldo (BIS-EU)

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VII. Estándares Internacionales • Capacidad del Sistema – Situación en Chile: • Los sistemas tienen adecuada capacidad operativa • Posibilidad de solicitud física de valores, dificulta capacidad operativa • Se dispone de un adecuado sistema de seguridad de los fondos y valores bajo posesión

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VIII. Riesgos del Proceso • Riesgo de Capital: Definición: Pérdida del total de los valores o fondos transferidos a contraparte fallida, al no recibir nada a cambio Características: - Principal factor de riesgo sistémico - Expone a comprador y vendedor

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VIII. Riesgos del Proceso • Riesgo de Capital: Situación en Chile: - Sistemas basados en Modelos ECP - El tiempo entre transacción y liquidación, es a lo más de dos días

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VIII. Riesgos del Proceso • Riesgo de Liquidez: Definición: Cumplimiento inoportuno de obligación por la contraparte Características: - Factor de riesgo sistémico - Factor de incertidumbre - Expone a comprador y vendedor Situación en Chile: - Establecimiento de índices a los intermediarios que deben cumplirse en todo momento 44

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VIII. Riesgos del Proceso • Riesgo de Costo de Reemplazo: Definición: Pérdida por fluctuaciones de precios, asociada a la reposición de un valor (compra o venta) ante la falla o incumplimiento de una de las contrapartes de la operación Características: - Expone a comprador y vendedor - Depende de volatilidad del mercado 45

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VIII. Riesgos del Proceso • Riesgo de Costo de Reemplazo: Situación en Chile: - El incumplidor, debe responder por los perjuicios que se generen producto del incumplimiento (variación de precios del valor a liquidar)

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VIII. Riesgos del Proceso • Riesgo de la entidad de Depósito y Custodia: Definición: - Riesgo de pérdida, hurto o extravío de los valores - Fallas que no permitan completar el proceso (registros) Situación en Chile: - Por Ley, los sistemas deben asegurar el resguardo de los valores 47

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VIII. Riesgos del Proceso • Riesgo de la entidad de Depósito y Custodia: Situación en Chile: - Por Ley, se exige a las entidades de depósito y custodia, la constitución de garantías y contratación de seguros - Por Ley y normativa, a los corredores que mantienen en custodia valores de terceros, se les exige mantención de registros especiales y mecanismos de control interno 48

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VIII. Riesgos del Proceso • Riesgo Sistémico: Definición: Incapacidad de un partícipe para cumplir obligaciones, que arrastre a otros partícipes a la misma incapacidad Características: - Principal preocupación de Bancos Centrales - Factor de riesgo para el sistema de pagos Situación en Chile: - Es requisito legal para los intermediarios, mantener un patrimonio mínimo y el cumplimiento de niveles máximos de endeudamiento 49

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IX. Conclusiones • Mercados de valores que cuentan con SCL seguros y eficientes, que cumplan con los estándares internacionales, presentan ventajas frente a otros que no los tienen • Modelo ECP contribuye a aumentar los niveles de confianza de estos mercados

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IX. Conclusiones • La definición del Modelo ECP depende de las características particulares del mercado de cada país • Es relevante que los SCL, se adecuen a los estándares internacionales, en razón a la globalización, niveles de competencia y operaciones transfronterizas 51

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IX. Conclusiones • A los Reguladores les corresponde dictar un marco regulatorio que promueva un SCL eficiente, seguro y con equidad y que contribuya a reducir los riesgos sistémicos • Una función fiscalizadora eficiente de los SCL por parte de los Reguladores, tanto sobre los participantes como sobre su operatoria, es considerada un elemento clave 52

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IX. Conclusiones • Dada la contingencia e importancia del tema de compensación y liquidación, es necesario que los Reguladores perfeccionen y actualicen permanentemente su conocimiento sobre éste

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