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Ord.: 218/2015 MAT: Contesta Presentación Diputada Sra. Jenny Álvarez Vera. ANT: Of: 7428 de 17 marzo 2015 Cámara Diputados Concepción, 23 de abril de 2015

A:

SR. LUIS ROJAS GALLARDO PROSECRETARIO H. CÁMARA DE DIPUTADOS

DE:

PABLO MILLAN BARRÍA DIRECTOR GENERAL CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL

REGIÓN DEL BIOBIO

Junto con saludarle cordialmente, en relación a su oficio del antecedente, sobre la presentación efectuada por la Honorable Diputada Sra. Jenny Álvarez Vera, cumplo con informar en los términos siguientes: La Presentación de la Sra. Álvarez, señala que ha recibido reclamos de habitantes de la comuna de Quellón, que dan cuenta de "hechos" que estarían sucediendo al interior de dicha unidad, como: no asumir determinados casos; demora excesiva en tramitación de causas; abogados que asumen casos en forma particular; incompatibilidad del ejercicio privado y las funciones laborales al interior del Servicio; reclamos que se vendrían produciendo desde el año 2010, sin que se entregue solución a las personas que acuden a la Caj . Como una cuestión previa al iniciar este informe, nos permitimos hacer presente en la misiva respectiva, la falta de determinación sobre hechos reclamados, con indicación precisa • de usuarios a que se refiere, causas, actuaciones particulares de los abogados etc. lo que permitiría recabar antecedentes más concretos, para un detallado informe del caso. No obstante lo anterior, con el fin de cumplir debidamente con nuestra obligación de informar, se expondrá a continuación los aspectos relevantes de la labor de la Corporación y que ha tenido la oficina de Atención de Quellón. En cuanto al personal. La oficina de Quellón está integrada por una Secretaria, una Asistente Social, el Abogado Jefe y un abogado Auxiliar. El abogado jefe tiene una jornada de 135 hrs. mensuales y el abogado auxiliar, una de 80 hrs. mensuales. Como puede apreciarse, ninguno de los abogados tiene jornada completa de trabajo. Ambos abogados se encargan de la prestación del Servicio de Asistencia Jurídica y judicial a los usuarios de Quellón y de las derivaciones, en las distintas materias de atención de la Caj. que son Familia: juicios que requieren patrocinio de abogado como demandas de alimentos, divorcios, cuidado personal, relación directa y regular, nombramiento curador, adopciones, reclamaciones de filiación; y en otras en que excepcionalmente se requiere patrocinio como Medidas de Protección y causas por Violencia Intrafamiliar. Y materias civiles, que incluye gestiones extrajudiciales y todos aquellos juicios en que se deduzcan acciones y/o defensas civiles cuyas materias no estén excluidas de nuestra atención, conforme al

Corporación de Asistencia Judíete Región del Blobío Dirección General protocolo aprobado en la mesa Meta Derivaciones entre las Corporaciones de Asistencia Judicial y el Ministerio de Justicia. Materias de Exclusión Estas materias de exclusión ya referidas, conforme documento que se adjunta a la presente, se extiende a las siguientes áreas y procedimientos: Materias en General 1) Todas aquellas gestiones judiciales que no requieren por ley un letrado, salvo posesión efectiva administrativa. 2) Gestiones ante Servicios de la Administración Pública. 3) Asuntos administrativos. 4) Asuntos de competencia del Tribunal Tributario y Aduanero. 5) Asuntos de conocimiento del Ministerio Público. 6) Asuntos de conocimiento de la Defensoria Penal Pública. 7) Asuntos mineros. Materias Civiles 1) Apelaciones y otros Recursos de sentencias definitivas en que la CAJ no ha intervenido, salvo excepciones calificadas por el abogado jefe respectivo. 2) Demandas de arrendamiento, comodato precario, precario, acción reivindicatoría, o relativas a otras acciones relacionadas con inmuebles, que puedan culminar en un lanzamiento y respecto a las cuales no se haya ofrecido a las partes un proceso de RAC y/o mediación previa por el Servicio. 3) Juicio de partición de bienes, incluido el trámite de nombramiento de juez partidor. 4) Facción de inventario solemne. 5) Cumplimiento de sentencias judiciales que involucren lanzamientos. 6) Elaboración de minutas relativas a constitución o modificación de sociedades y empresas civiles y mercantiles. 7) Juicios derivados de la constitución, disolución o liquidación de sociedades civiles o comerciales. 8) Asuntos comerciales y tributarios 9) Reclamación de multas Código Sanitario. 10) Remate por no pago de contribuciones. 11) Doble patrocinio en materia civil, salvo lo dispuesto en materia de ley indígena o en otras materias reguladas en leyes especiales. 12) Juicios Arbitrales en general. 13) Juicios de aguas. 14) Juicios de acción de desposeimiento contra terceros poseedores de la finca hipotecada. 15) Insinuación de las donaciones. 16) Declaraciones de derecho al goce de censo. 17) Juicio Ejecutivo civil por cobro de cheques, letras de cambio, pagarés o facturas. 18) Gestiones a que dé lugar la declaratoria- de quiebra mientras el asunto se encuentre en convenio preventivo. 19) En general, aquellos asuntos que, atendida su cuantía, no corresponde el otorgamiento del privilegio de pobreza.

CORPORACIÓN

General

Wfl »•« * •I AfISTENC|A

Materias de familia: 1) Apelaciones y otros Recursos de sentencias definitivas en que la CAJ no ha intervenido, salvo excepciones calificadas por el abogado jefe respectivo. 2) Cumplimiento de sentencias, en etapa de solicitar apremios, salvo situación de extrema necesidad de asesoría judicial, como por ejemplo, persona anciana o con capacidad disminuida, contraparte asesorada por letrado, etc. Por otro lado la Atención de las causas laborales se realiza mediante la asistencia de un Abogado defensor laboral, destinado por la Oficina de Defensa Laboral de Puerto Montt, a' las distintas oficinas de Chiloé. Todo lo anterior, de acuerdo a un criterio de focalización para definir las condiciones de pobreza o vulnerabilidad de los usuarios que acceden al Servicio de Patrocinio Judicial. Funcionamiento de la Oficina de Quellón Bajo este orden de cosas, la oficina de la Caj. Quellón distribuye los ingresos judiciales entre los dos abogados de manera tal de asumir la demanda de atención tanto en materias civiles como en materias de familia, estas últimas donde también hay que garantizar el acceso al denominado doble patrocinio a ambas partes que gocen de privilegio de pobreza, según las exigencias de la ley de Tribunales de Familia. Y esto dentro de la jornada contratada a los profesionales, reiterando que ninguno de ellos tiene jornada completa. En estas condiciones, efectivamente se han producido en algunos casos demoras y suspensiones en la tramitación de causas judiciales, principalmente debido al agendamiento por parte del Tribunal de Quellón de audiencias de familia en días que por contrato no corresponde atención del abogado auxiliar y en que tampoco es procedente la delegación del mandato al otro abogado, por la necesidad de mantener el doble patrocinio a las partes en litigio. Esto se ha producido en alguna medida desde el año 2013, en que el Tribunal de Quellón comenzó a fijar audiencias además de los días lunes y miércoles que estaban cubiertos por la asistencia de los profesionales; los dias martes y jueves, que no son de atención del abogado auxiliar quién está abocado principalmente a las causas de familia, situación que ha sido materia de constantes recursos que no han sido acogidos por el Tribunal. En otros casos, aunque de menor impacto, se han producido suspensiones de audiencias y causas en los casos de ausentismos de alguno de los abogados por permisos y feriados legales; lo que ocurre principalmente en periodo de vacaciones, y que exige priorizar los casos más urgentes de atención por el otro abogado que queda a cargo en la oficina de atención. Esto responde a una situación estructural por lo acotado del presupuesto institucional, que no permite reemplazos en estos casos, situación no imputable a los profesionales que hacen uso de su derecho a permisos y descansos. Ahora bien, en todas estas situaciones que son excepcionales, se coordina la atención entre los abogados de manera que las suspensiones y reprogramaciones no provoquen perjuicio para el o los usuarios. Por otro lado, en referencia a lo que se menciona sobre el ejercicio particular de los abogados, debemos indicar a Ud. que nuestros contratos de trabajo no imponen a los profesionales la exclusividad de su prestación en favor de nuestro Servicio, lo que además de comprometer una garantía constitucional, no es exigible más

Corporación de Asistencia judicial Región del Bíobío

CORPORACIÓN

ASISTENCIA

allá de la obligación general que tienen los funcionarios de no ejercer actividad particular dentro de la jornada contratada; lo que no le impide a estos ocupar el resto de su tiempo fuera de la jornada, para asumir y asesorar causas en su ámbito privado. Los reportes estadísticos de la oficina tanto del año 2014 como de este año 2015; dan cuenta de un flujo normal de ingresos que no permite constatar una merma en la atención usuaria, de manera que podemos afirmar que el número de atenciones de dicha unidad está acorde con el recurso profesional contratado. Ciertamente hay situaciones estructurales que afectan a muchas de nuestras unidades, como son la ya indicada falta de mayores recursos que impiden en especial la contratación de jornadas completas para profesionales de Consultorios locales o asiento de Tribunal; también está nuestra distribución del trabajo que colisiona en alguna medida con las metas de gestión de los propios Tribunales. Todo ello es efectivo y puede comprometer en algunos casos el avance de algunas causas, sin embargo no es posible visualizar brechas o faltas graves de atención como se mencionan en la presentación de la Sra. Diputada. En este sentido si hay casos específicos que requieran ser investigados por nuestro Servicio, rogamos se nos entregue una identificación de casos y usuarios con reclamaciones específicas, con el objeto de dar una respuesta también concreta a esos casos determinados. Por último, hacer presente a Ud. queden la medida que nuestros recursos lo permitan, haremos esfuerzosXj/or continuar mejorando el acceso de los usuarios a la atención/ judicial, como asimismo las condiciones de trabajo de nuestros fun^clonarios en general. Sin otro particular, le saludo/muy atentamente.

Documentos Anexos Anexo 2 Materias excluidas^de Patrocinio Judic/iaJ Reportes estadísticos mensuales 2015 Caj. Que4lón Distribución: La indicada Seremi Justicia Caj . Biobío Director Jurídico Director Regional Los Lagos Archivo Dirección General PMB/RNI/

ANEXO N°2

"MATERIA EXCLUIDAS DE PATROCINIO JUDICIAL EN LAS CORPORACIONES DE ASISTENCIA JUDICIAL fí

23

I. MATERIAS EXCLUIDAS DE TRAMITACIÓN EN LA CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL DE LAS REGIONES DE TARAPACÁ Y ANTOFAGASTA

A) Materias en General: 1. Todas aquellas gestiones judiciales que no requieran por ley de un letrado. 2. Gestiones ante Servicios de la Administración Pública. 3. Todo asunto de competencia del Juzgado de Policía Local. 4. Asuntos administrativos. 5. Asuntos de competencia del Tribunal Tributario y Aduanero. 6. Asuntos medioambientales. 7. Todo asunto radicado en otros tribunales especiales. B) Materia Civil: 1. Apelaciones una vez dictada la sentencia definitiva en que la CAJTA no ha intervenido. 2. Tercerías sin documentos justificativos de la posesión o dominio. 3. Posesiones efectivas. 4. Juicios de partición de bienes. 5. Confección de Testamentos. 6. Confección de Contratos y Escrituras en general. 7. Asuntos comerciales o tributarios 8. En materia civil no hay doble patrocinio, por tanto, se excluye a la contraparte 9. Juicios Arbitrales. 10.Juicios sobre distribución de aguas. 11.Juicios sobre pagos de ciertos honorarios. 12.Juicios de acción de desposeimiento contra terceros poseedores de la finca hipotecada o acensuada. 13.Autorización judicial para repudiar la legitimación de un interdicto. 14.Juicios de emancipación voluntaria. 15.Inventarios solemnes. 16.Dación de posesión efectiva de la herencia. 17.Declaración herencias yacentes. 18.Insinuación de donaciones. 19.Autorizaciones para enajenar, gravar o dar en arrendamiento por largo tiempo bienes de incapaces o para obligar a éstos como fiadores. 20.Ventas en pública subasta. 21.Declaraciones del derecho al goce de censo 22.Expropiaciones por causa de utilidad pública. 23.Juicios sobre arreglo de la avería común. 24.Juicio ejecutivo por cobro de facturas. 25.Gestiones a que dé lugar la declaratoria de quiebra, mientras el asunto se encuentre en convenio preventivo.

24

26.Protestos de cheques.

C) Materia Familia 1. Autorizaciones para salir del país (salvo calificación jurídica de complejidad) 2. Medidas de Protección (salvo designación del tribunal o calificación jurídica de complejidad) 3. Violencia Intrafamüiar por el demandado (salvo designación del tribunal o calificación jurídica de complejidad) 4. Cumplimiento de Alimentos (salvo situaciones extremas de complejidad) 5. Liquidaciones de sociedad conyugal cuando se trate de causas no tramitadas en esta unidad 6. Disenso para contraer matrimonio. 7. Otros voluntarios. D) Materia Penal 1. Crímenes y delitos contra la propiedad (excepto robo con homicidio, violencia, intimidación) 2. Crímenes y delitos seguridad exterior y la soberanía del Estado. 3. Crímenes y delitos contra la seguridad interior del Estado. 4. Crímenes y simple delitos que afectan los derechos garantizados por la constitución, con excepción del secuestro. 5. Crímenes y simples delitos contra la fe pública, de las falsificaciones, del falso testimonio y perjurio. 6. Crímenes y simple delito cometidos por empleados públicos en el desempeño de sus cargos. 7. Crímenes y simple delitos cometidos contra el orden y seguridad públicos cometidos por particulares. 8. Crímenes y simples delitos que constituyen ultraje público. 9. Celebración de matrimonios ilegales. 10.Calumnias e injurias. 11.Robo por sorpresa. 12.Hurto. 13.Abigeato. 14.Receptación. 15.Usurpación. 16. Defraudaciones. 17. Estafas y otros engaños. 18.Incendio y otros estragos (Excepción: que tengan resultado de muerte o lesiones graves o graves gravísimas.) 19.Lesiones leves. 20.Daños 21.V.I.F. (excepto que sean de lesiones graves, graves gravísimas, muerte u opere presunción legal de gravedad de las mismas).

25

22.Daños. 23.Negligencia médica. E) ODL

Excluyen de su conocimiento todas aquellas materias no contempladas en los Art. 420 y 421 del Código del Trabajo.

26

II. MATERIAS EXCLUIDAS DE TRAMITACIÓN EN LA CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

1) Constitución, modificación o disolución de sociedades civiles o comerciales; 2) Juicios derivados de la constitución, operación, disolución o liquidación de sociedades civiles o comerciales; 3) Juicios de partición de bienes; 4) Constitución de sindicatos o cooperativas; 5) Defensa de giradores, aceptantes y demás obligados al pago de cheques, letras y otros documentos mercantiles, en las gestiones civiles relacionadas con la notificación o cobro de tales documentos; 6) Asuntos de conocimiento de Juzgados de Policía Local; 7) Asuntos de conocimiento del Ministerio Público, de acuerdo a su L.O.C. N° 19.640; 8) Asuntos de conocimiento de la Defensoría Penal Pública. 9) Juicios arbitrales; 10) Juicios Tributarios; 11) Insinuación de Donaciones; 12) Asuntos Mineros.

27

III.

MATERIAS EXCLUIDAS DE TRAMITACIÓN EN LA CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA

1) Línea Civil: - Nulidad de concesiones mineras. - Expropiación. - Reclamación de multas Código Sanitario. - Designación de administrador de edificio. - Declaración de quiebra. - Proposiciones de convenio. - Concurso a cargo judicial. - Notificación de expropiación. - Gestión de pago para expropiar. - Declaración de herencia yacente. - Manifestación minera. - Pedimento minero. - Aposición de sellos. - Alzamiento de clausura sanitaria. - Venta voluntaria en subasta pública. - Tasación judicial. - Cobro de dinero por obligaciones tributarias. - Juicio arbitral. - Remate por no pago de contribuciones. - Procedimiento ante Juzgado de Policía Local y Ley del Consumidor. - Tramitación de pensiones asistenciales y recalculo de las mismas. 2) Línea laboral: - Reclamo contra resoluciones y multas administrativas. - Reclamo por ilegalidad por constitución de un sindicato. - Reclamo por inhabilidad sindical. 3) Línea de familia: - Cumplimiento de alimentos decretados en territorio de la CAJ de origen. 4) Línea Victimas: - Patrocinio para personas víctimas de delitos que se encuentran fuera del catálogo reconocido como delito violentos por los CAVIS.

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IV. MATERIAS EXCLUIDAS DE TRAMITACIÓN EN LA CORPORACIÓN DE ASISTENCIA JUDICIAL DE LA REGIÓN DEL

BIOBÍO

1) Materias en general: 1) Todas aquellas gestiones judiciales que no requieren por ley un letrado, salvo posesión efectiva administrativa. 2) Gestiones ante Servicios de la Administración Pública. 3) Asuntos administrativos. 4) Asuntos de competencia del Tribunal Tributario y Aduanero. 5) Asuntos de conocimiento del Ministerio Público. 6) Asuntos de conocimiento de la Defensoría Penal Pública. 7) Asuntos mineros.

2) Materias civiles: 1) Apelaciones y otros Recursos de sentencias definitivas en que la CAJ no ha intervenido, salvo excepciones calificadas por el abogado jefe respectivo. 2) Demandas de arrendamiento, comodato precario, precario, acción reivindicatoria, o relativas a otras acciones relacionadas con inmuebles, que puedan culminar en un lanzamiento y respecto a las cuales no se haya ofrecido a las partes un proceso de RAC y/o mediación previa por el Servicio. 3) Juicio de partición de bienes, incluido el trámite de nombramiento de juez partidor.

4) Facción de inventario solemne. 5) Cumplimiento de sentencias judiciales que involucren lanzamientos. 6) Elaboración de minutas relativas a constitución o modificación de sociedades y empresas civiles y mercantiles. 7) Juicios derivados de la constitución, disolución o liquidación de sociedades civiles o comerciales. 8) Asuntos comerciales y tributarios 9) Reclamación de multas Código Sanitario. 10) Remate por no pago de contribuciones. 11) Doble patrocinio en materia civil, salvo lo dispuesto en materia de ley indígena o en otras materias reguladas en leyes especiales. 12) Juicios Arbitrales en general. 13) Juicios de aguas.

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14) Juicios de acción de desposeimiento contra terceros poseedores de la finca hipotecada. 15) Insinuación de las donaciones. 16) Declaraciones de derecho al goce de censo. 17) Juicio Ejecutivo civil por cobro de cheques, letras de cambio, pagarés o facturas. 18) Gestiones a que dé lugar la declaratoria de quiebra mientras el asunto se encuentre en convenio preventivo. 19) En general, aquellos asuntos que, atendida su cuantía, no corresponde el otorgamiento del privilegio de pobreza. 3) Materias de familia: 1) Apelaciones y otros Recursos de sentencias definitivas en que la CAJ no ha intervenido, salvo excepciones calificadas por el abogado jefe respectivo. 2) Cumplimiento de sentencias, en etapa de solicitar apremios, salvo situación de extrema necesidad de asesoría judicial, como por ejemplo, persona anciana o con capacidad disminuida, contraparte asesorada por letrado,etc.

30

REPORTE D£ PERIODO INFORMADO

Quellon Mes 01 / año 2015 02/02/2015

TABLAS RESUMEN Persona" na'sódfgíma; PsirBím' Total

Arrendaíniento Otros Total General

Área Penal Penal

Casos Ingresado:

Personas Ingresadas

Otras Áreas Indígena Derechos Humai Otros Total General

Personas por materia

Total General

Femenino

Masculino

Toiíii Sanara!

Distribució por materi

'

:

Área Judicial 3.57 %

Número de atenciones profesionales realizadas en la línea Oí TABLA RESUMEN

Total por Áreas

Personas Ingresadas Femenino Masculino



Familia

Ingresados 17

18.89

14

3

29.31

Laboral

0

0

0

0

0

Civil

6

6.67

3

2

8.62

Penal

0

0

Otras Tota! General

67

74.44

23

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Criterio» de focalizaren Ingresa a sección judicial

S6io con aplicación do EPA :

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ESTADÍSTICA DE LA LINEA PREVENCIÓN DE CONFLICTOS Y PROMOCIÓN DE DERECHOS Realizada a Usuarios del Centro ° Actividades Difusión de Derechos Capacitación y Habilidades Trabajo en Redes

Visibilidad otros i especificar

Exposiciones informativas (charlas ) Seminarios Formación de monitores Reuniones Programa Radial y Televisión Publicación en medios escritos Publicación en medios informáticos, páginas Web, «te.

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ACTIVIDADES RELEVANTES

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REPORTE DE

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PERIODO

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Mes 03 / año 2015 01/04/2015

TABLAS RESUMEN

146

59

71.22 %

205

28,78 %

iOO°/o

Total :

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