Enfermedades Profesionales en la. Sergio Valenzuela l Acevedo Subgerente de Prevención Zonal Sur

Gestión Preventiva de Accidentes y Enfermedades Profesionales en la Actividad Lechera S Sergio i Valenzuela V l l Acevedo A d Subgerente de Prevención

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ENFERMEDADES PROFESIONALES
UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES DE MADRID SECRETARÍA DE SALUD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE ENFERMEDADES PROFESIONALES MADRID, 10 de noviembre de 2006 UGT

Enfermedades profesionales
Industria. Agricultura. Salud. Seguridad industrial. Trabajadores. Enfermedades. Higiene industrial. Contaminantes. Causas

Enfermedades Profesionales Marzo 2016
Enfermedades Profesionales Marzo 2016 ENFERMEDADES PROFESIONALES MARZO 2016 INDICE INTRODUCCION al informe CEPROSS ................................

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Gestión Preventiva de Accidentes y Enfermedades Profesionales en la Actividad Lechera S Sergio i Valenzuela V l l Acevedo A d Subgerente de Prevención Zonal Sur

O Osorno 16 N Noviembre i b 2012

A Agenda d 1 - Características Ley 16 1.16.744 744 Seguro Obligatorio AT 2.- Modificaciones Ley 16.744, Ley Subcontratación 3.- Responsabilidad Civil y Penal ante AT 4.- Prevención de Riesgos Laborales, una espiral evolutiva 5.- Prevención de Riesgos Laborales en Sector Lechero 6.- Estadísticas y Resultados en Sector Lechero 6. 7.- Conclusiones

HISTORIA

Antes de 1958 Chile tenía: 9 Un alto promedio de accidentes laborales: TA = 35% 9 En 45 años de vida laboral activa, un trabajador podía sufrir 15 accidentes id t llaborales b l 9 Ocurría un accidente cada 11 segundos 9 Alto costo del sistema privado de salud

Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales 1- Seguro g g Obligatorio 2- De cargo exclusivo del empleador 3- Administradores son Mutualidades de Empleadores (privadas) e ISL (estatal) Nacen en la década de los 50, por iniciativa empresarial, dado alto costo previo y necesidad de prevención 4- Cubre a trabajadores dependientes, sector público y ciertos grupos de independientes. Reforma previsional los incluye desde 2012

DISPOSICIONES LEGALES DE LA LEY 16.744 16 744

CARACTERISTICAS DE LA LEY

1. PREVENIR 2. OTORGAR LA ATENCIÓN MEDICA 3. OTORGAR LAS PRESTACIONES ECONOMICAS 4. REHABILITAR 5. REEDUCAR

PERSONAS PROTEGIDAS

Æ TRABAJADOR AJENA

POR

Æ FUNCIONARIOS ADMINISTRACION ESTADO Æ ESTUDIANTES Æ TRABAJADORES INDEPENDIENTES

CUENTA

DE CIVIL

LA DEL

CONTINGENCIAS CUBIERTAS Æ ACCIDENTE DEL TRABAJO Æ ACCIDENTES DE TRAYECTO Æ ENFERMEDADES PROFESIONALES

Prestaciones Económicas

OBJETIVO : Trabajador accidentado no pierda su medio de sustento sustento.

INCAPACIDAD TEMPORAL

MAYOR O IGUAL A 40 %

ACCIDENTES DEL TRABAJO O ENFERMEDADES PROFESIONALES

DAN ORIGEN A :

SUBSIDIO PENSION

INVALIDEZ MAYOR O IGUAL A 15 % Y MENOR A 40 %

MUERTE

INDEMNIZACION PENSION SUPERVIVENCIA

OBLIGACIONES EMPRESA (Ley 16.744) •

Implantar medidas de prevención que impongan S.S. o el O.A.



Implantar medidas prevención que impongan Dep. Prevención de Riesgos y/o CPHS. CPHS



g Interno de Higiene g Establecer y mantener al día un Reglamento y Seguridad.



Establecer E t bl D Dep. P Prevención ió de d Riesgos Ri cuando d existan i t más á de d 100 trabajadores.

OBLIGACIONES EMPRESA (Ley 16 16.744) 744) •

Formar y apoyar CPHS cuando existan más de 25 trabajadores.



Proporcionar gratuitamente los EPP necesarios.



Informar sobre riesgos labores a que están expuestos los trabajadores (Art. 21, DS 40/69, Derecho a saber). Autorizar asistencia a exámenes de control a trabajadores citados por el O.A.



C bi Cambiar d lugar de l d trabajo de t b j o faena f a los l t b j d trabajadores afectados por una enfermedad profesional, donde no queden expuestos t all agente t que lo l haya h ocasionado. i d

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES (Ley 16.744) •

Cumplir con lo ESTABLECIDO en el REGLAMENTO INTERNO DE HIGIENE Y SEGURIDAD.



CUMPLIR CON LAS NORMAS E INSTRUCCIONES impartidas por el S S el O.A., S.S., O A el Departamento de Prevención de Riesgos o el CPHS. CPHS



USAR y cuidar los ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL en el desarrollo de sus actividades.

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES (Ley 16.744)



Acudir a exámenes médicos de control, citados por el O.A.



Participar activamente en actividades de control de riesgos a través de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

DS Nº N 40 SOBRE PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES ((Art. 21)) •

Especialmente deben informar a los trabajadores acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos.



Los empleadores deberán cumplir con la obligación de informar a los trabajadores j sobre los riesgos g aq que se exponen, p , a través de los CPHS o de los Dep. de Prevención de Riesgos, al momento de contratar a los trabajadores o de crear actividades que implican riesgos.

Modificaciones a la Ley 16.744 Ley de Subcontratación (Ley 20.123; DS 76/ 2006)

¾

L b Laborales l

¾

Preventivas: ¾Concepto de doble protección al trabajador ¾Sistema de Gestión de SSO ¾ CPHS de faena ¾ Depto. D t Prevención P ió d de F Faena ¾ Registro Actualizado de Faena ¾Reglamento Especial de Contratistas

Modificaciones a la Ley y 16.744 Ley de Subcontratación (Ley 20.123; DS 76/ 2006)

¾

Ci Circular l 2345 SUSESO (10 E Enero 2007)

¾ Si ocurre un accidente del trabajo fatal o grave ¾ Suspender p en forma inmediata las faenas afectadas y de ser necesario, permitir a trabajadores evacuar el lugar de trabajo ¾ Informar a Dirección del Trabajo o SEREMI que corresponda

Modificaciones a la Ley y 16.744 Ley de Subcontratación (Ley 20.123; DS 76/ 2006)

¾

Ci Circular l 2346 SUSESO (12 E Enero 2007) ¾ La Dirección del Trabajo debe informar al Organismo Administrador las infracciones de H y S constatadas en las empresas p con copia p a la SUSESO. ¾ El OA all ttomar conocimiento i i t d de lla iinfracción, f ió deberá prescribir por escrito las medidas correctivas específicas que corresponda. corresponda

CIRCULAR 2346 DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL DE FECHA 12 DE ENERO DE 2007 PERIODO 6 meses VIII Región

Glosa de las 10 Infracciones más cursadas

Cantidad

No p proporcionar p los elementos de p protección p personal libre de costo p para el trabajador. j

82

No constituir Comité Paritario de Higiene y Seguridad.

25

No entregar gratuitamente un ejemplar impreso que contenga el texto del reglamento interno de la empresa.

21

No informar a los trabajadores acerca de los riesgos laborales.

16

No realizar reunión el Comité Paritario de Higiene y Seguridad, de acuerdo con la ley.

16

No contar con comedores completamente separado y con mesas y sillas de material lavable.

13

No revisar, controlar y mantener los extintores de incendio según las normas legales oficiales.

13

No contar con servicios higiénicos en buenas condiciones e higiénicos higiénicos.

11

No confeccionar reglamento interno de higiene y seguridad.

10

No entregar g ejemplar j p escrito del reglamento g interno de higiene g y seguridad. g

9

REPRESENTAN EL 58% DEL TOTAL DE LAS INFRACCIONES

RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL POR ACCIDENTES DEL TRABAJO

De donde nace el derecho de Protección de los trabajadores? CODIGO DEL TRABAJO TITULO II, DE LA PROTECCION O CC O DE LOS OS TRABAJADORES. J O S NORMAS GENERALES •

Artículo 184.El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, j , manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales

Y el derecho de Sanación?

CODIGO TRABAJO Art. 184 •

Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidentes o emergencia puedan acceder d a una oportuna t y adecuada d d atención t ió médica, édi h hospitalaria it l i y farmacéutica.



Corresponderá también a la Dirección del Trabajo fiscalizar el cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo, en los términos señalados en el art. 191, sin perjuicio de las facultades conferidas a otros servicios del Estado en virtud de las leyes que lo rigen. rigen

ART 69 de la Ley 16 ART.69 16.744 744 Cuando el Accidente o Enfermedad Profesional se deba a culpa o dolo de la entidad empleadora o de un tercero, sin perjuicio de las acciones criminales que procedan, deberán observarse las siguientes reglas:

A.- El organismo administrador tendrá derecho a repetir en contra del responsable del accidente, por las prestaciones que haya otorgado o deba otorgar, y B.- La víctima y las demás personas a quienes el Accidente o Enfermedad cause daño podrán reclamar al empleador o terceros responsables del accidente, daño, accidente también las otras indemnizaciones a que tengan derecho, con arreglo a las prescripciones del derecho común, incluso el daño moral.

CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO •

De no existir cumplimiento de las medidas mencionadas, y si a causa de este motivo ocurre un accidente el empresario será culpable y queda expuesto a sanciones:

• • •

ADMINISTRATIVAS CIVILES PENALES

Responsabilidad Legal Originada en A id t del Accidentes d l Trabajo T b j I Art. I. Art 15 y 16 Ley 16.744: 16 744: 1.

Incapacidad para trabajar genera días perdidos para la empresa, incidiendo en la Tasa de Siniestralidad y en consecuencia, en posible alza de cotizaciones.

II A II. Art. t 184 Código Códi T b j Art. Trabajo. A t 69 Ley L 16.744. 16 744 Art. A t 2314-2320 2314 2320 y 2322 Código Civil: 1.

p Penal ((Exclusivamente Personal)) Responsabilidad a) Cuasidelito de Homicidio b) Cuasidelito de Lesiones

Responsabilidad Legal Originada en Accidentes del Trabajo 2 2.

Responsabilidad Civil (Personas Indemnizaciones por daño

y

Empresas)

Origina

a)) Daño D ñ Material: M t i l - Daño Emergente - Lucro Cesante b) Daño Moral c) La Mutualidad de Empleadores (Achs), puede exigir al responsable del accidente, el pago de todas las prestaciones que deba d b otorgar. t

Condenan a Supervisor de Empresa Eléctrica Causa Negligencia causó la muerte de un obrero y dejó inválido a otro Acusado de cuasidelito de homicidio y lesiones graves contra dos trabajadores contratistas de una empresa eléctrica que sufrieron una mortal descarga hace un año, la Octava Sala de la Corte de Apelaciones, por unanimidad de sus miembros, resolvió declarar reo a un supervisor de la empresa, identificado como Juan Carlos Pérez. La Tragedia de los querellantes comenzó el nueve de julio de 1995, cuando los empleados e p eados co contratistas t at stas Ge Gerardo a do Avendaño e da o y Luís u s Marín a Contreras Co t e as recibieron ec b e o u una a descarga eléctrica cuando prestaban servicios a la empresa mandante XX.. Como consecuencia de las graves lesiones y quemaduras resultó muerto Gerardo Avendaño,, casado y p padre de tres hijos, j , mientras su compañero p perdió sus dos brazos. p Patricio Ruiz Tagle, abogado querellante en la causa, dijo que tras un año de investigaciones la resolución de la Corte permite afirmar que el accidente se debió a irregularidades g en materia de seguridad g laboral atribuibles a la empresa p mandante.

Condenan a Supervisor de Empresa Eléctrica Causa Negligencia causó la muerte de un obrero y dejó inválido a otro

El abogado precisó además que hasta el momento la empresa no ha compensado a los familiares de las victimas. Por ello, en los próximos días solicitarán embargos sobre dos cuentas corrientes de la empresa mandante y la entrega de garantías para responder por los perjuicios existentes. EN EL PROCESO, seguido en el 19 Juzgado del Crimen, se investigan las responsabilidades criminales por una supuesta negligencia en el desarrollo de los trabajos. En lo que respecta a las responsabilidades pecuniarias, pecuniarias los querellantes precisaron que las acciones estarán dirigidas contra las empresas involucradas, “pues es regla básica en Derecho que los empleadores deben responder por los actos de sus empleados”.

Millonaria Indemnización por Accidente Laboral Brazo de trabajadora fue amputado En una planta pesquera , por ordenes superiores, la afectada limpiaba máquinas eléctricas y mecánicas para el envasado de alimentos. Al pago de 182 millones de pesos fue condenada la empresa de aseo industrial XX S.A., según el fallo de primer grado dictado por el titular del Segundo Juzgado Civil de Talcahuano, Manuel Muñóz Astudillo, a cargo del trámite de una demanda interpuesta por una mujer víctima de un accidente laboral. De acuerdo a la sentencia del Magistrado Muñóz, la indemnización se divide en dos. Un total de 31 pesos, p por concepto p de lucro cesante, cubre los dineros q que la afectada dejaría j de millones 918 mil 848 p percibir hasta que cumpla la edad para jubilar. Los otros 150 millones de pesos corresponden al daño moral que, según el tribunal, fue causado. por Rubi Molina Muñóz ocurrió el 24 de Octubre de 2003,, cuando la trabajadora j de la El hecho denunciado p empresa de servicios se encontraba en funciones en la planta de la Pesquera XX, Según lo declarado al tribunal, la mujer de 37 años recibió la orden de limpiar dos máquinas eléctricas y mecánicas para el envasado de alimentos.

Millonaria Indemnización por Accidente Laboral Brazo de trabajadora fue amputado Según estableció el tribunal, tribunal el contrato de la demandante era para trabajos como auxiliar de aseo. aseo No obstante ello, la mujer denunció haber tenido que efectuar el aseo sin ningún tipo de elementos de seguridad, sin ayuda, sin supervisión y sin capacitación para ello. “La máquina funcionó automáticamente (mientras realizaba la labor), apretándole el brazo izquierdo, que fue amputado de cuajo a la altura del hombro Por encontrarse sola... hombro... sola Estuvo aprisionada alrededor de 15 minutos, minutos sin que nadie la socorriera socorriera”, señala la sentencia. El juez Muñóz condenó a la empresa de servicios al concluir “que los requisitos de su responsabilidad contractual es de prístina nitidez desde que no ha acreditado ningún eximiente de responsabilidad y haber cumplido con los principios de derecho público sobre protección y seguridad de los trabajadores y con las exigencias señaladas en las disposiciones vigentes...” En un comunicado, la empresa demandada anunció que apelará del fallo y llegará incluso a la Corte Suprema si es necesario. necesario Aseguró que la preocupación de la empresa de servicios por sus trabajadores es constante, pero rechazó – argumentando controles de seguridad permanentes – la responsabilidad por el accidente de la mujer.

TEMAS QUE HOY NO SE DISCUTEN

1. Los juicios, en esta materia, son de competencia de los Juzgados del Trabajo. 2. La responsabilidad es contractual y es procedente la indemnización del daño moral. 3 El peso d 3. de lla prueba b es del d l empleador. l d 4. El plazo de prescripción es de cinco años; artículo 79º de la Ley Nº 16 744 16.744.

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES UNA ESPIRAL EVOLUTIVA

CULTURA PREVENTIVA...UN CAMINO QUE SE DEBE RECORRER?... RECORRER? Desarrollo de la Prevención de Riesgos Laborales en las organizaciones: •Etapa 1: No existe interés por controlar los riesgos •Etapa 2: Preocupación por cumplimiento legal •Etapa 3: Modelo Programático de la PR •Etapa p 4: Planificación de las actividades p preventivas •Etapa 5: Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional (BS 8800 - OHSAS 18.001 – NOSA – OIT - otros) •Etapa 6: Integración de los sistemas de gestión (Calidad – medio ambiente – seguridad – responsabilidad social ....) • Etapa 7: Cultura Preventiva (auto cuidado)

CULTURA PREVENTIVA...UN CAMINO Q QUE SE DEBE RECORRER?... Paso de una etapa a otra depende del grado de madurez preventiva de la organización (Cultura Preventiva?) Es posible saltarse etapas, pero los resultados estarán asociados al grado de cultura preventiva (compromiso gerencial, mandos medios y trabajadores).

¿Cuales C l son llos El Elementos t Básicos de un Sistema de Gestión ?

¿Cuales resolvemos primero? primero? L mas Crítico Lo C íti Causas Reales

Revvisión Geren ncial

Meddición Monittoreo

Co ontrol Proact P tivo Reactivo

¿Qué queremos lograr? Objetivos - Metas

Conntrol Operacional

Capaccitación n

Comunicacion nes

¿Cómo lo hacemos? Programas de Gestión

Respon nsabilidad Auto oridad

Plan nificac ción Pollítica

¿Cuales son nuestros problemas problemasreales? reales? Diagnóstico

MODELO DE PREVENCIÓN NUEVO MODELO PREVENTIVO ACHS Buscando crear una cultura Preventiva en Chile, comprometiendo a la Alta Dirección de las empresas y  sus Trabajadores sus Trabajadores

1

2 Cultura  Cultura Preventiva

Especialidades Sectoriales  

• Creación de cultura  • Propuesta técnica de  preventiva a través de  alto nivel con el mejor  valores organizacionales expertise por sector,  distribuida en clusters • Incorporación de los  factores psicosociales en  a lo largo del país la gestión preventiva

3 Especialidades Técnicas

4

5 Propuesta Segmentada

6 Capacitación

• Programa nacional de  • Modelo de gestión  • Planes de formación  Higiene Ocupacional  PyME potentes por sector  focalizado en  económico (mallas) y  • Modelos de atención  patologías críticas  por sector, criticidad y  con foco en el  previniendo  desarrollo de los  tamaño de empresa enfermedades  liderazgos profesionales f i l

Metodología de Vanguardia • Mejores prácticas  internacionales • Matrices de riesgo por  sector y cargo • Foco en auto‐ evaluación • Innovación y  tecnología

MODELO DE PREVENCIÓN Análisis y  Acuerdo Identificación de la  situación actual de  la empresa. Se  define estrategia a  seguir

Evaluación  de riesgos de riesgos Identificación de  peligros y evaluar  p g y riesgos, en  procesos, áreas y  puestos de trabajo

Construcción  del Plan de  Acción Actividades  orientadas a  implementar las  medidas de control.  Su objetivo es el  control operacional  p del riesgo. Se  compromete la  reducción de  incidentes asociados  a peligros de mayor  riesgo

Ejecución P.  de Acción de Acción Actividades  asociadas a  medidas de  control propuestas  y acordadas con .  Capacitación,  p , Especialidades  Técnicas,  Laboratorios y  Riesgos  g Psicosociales.

Verificación y  Control Control de  actividades y  y verificación de la  efectividad de  éstas de acuerdo  al cumplimiento  p de compromisos

Probablemente existen y existirán muchas formas para administrar seguridad y Salud Ocupacional....... Ocupacional

Sin embargo una forma exitosa debería contener al menos : -

Compromiso Gerencial y Recursos

-

Participación de los Empleados Política de Seguridad y Salud Planificación Objetivos y Metas M di ió d Medición dell D Desempeño ñ Manual de Sistema y Documentación Sistema de Capacitación Sistema de Control de Peligros Sistema de Acción Preventiva y Correctiva Administración de las Adquisiciones q y Contratos Sistema de Comunicaciones Sistema de Evaluación Mejoramiento Continuo Integración Revisión Gerencial

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR LECHERO

ALGUNOS RIESGOS EN ACTIVIDADES DEL PROCESO PRODUCTIVO DE LA LECHE

Por un T Trabajo san no y seguro

RIESGOS DE CAIDAS TRASPORTE PERSONAL

RIESGOS DE GOLPES POR ANIMAL ATRAPAMIENTOS

RIESGOS CORTES POR USO DE HERRAMIENTA MANUAL

RIESGOS GOLPES POR ANIMAL

RIESGOS DE SOBREESFUERZO MANIPULACION DE CARGA MANUAL

RIESGOS DE INTOXICACION AL MANIPULAR PRODUCTOS QUIMICOS O REUTILIZACON DE ENVASES VACIOS

RIESGOS DE INTOXICACION POR USO DE PRODUCTO QUIMICOS DAÑOS A LA PIEL, POR NO USO DE EPP

CONDICIONES INSEGURAS

RIESGOS DE GOLPE, CAIDAS Y ATRAPAMIENTO

RIESGO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES CONTACTOS CON FLUIDOS ANIMALES ZOONOSIS (BRUCELOSIS, (BRUCELOSIS LEPTOSPIROSIS TUBERCULOSIS)

Cuando se usará EPP? El cargo de Ordeñador, requiere el uso de............ Ropa de Trabajo

Guantes de Goma Pechera PVC

Botas de Goma

Debe existir un registro de su entrega

Para realizar la labor de manejo podal es similar el uso de EPP. EPP Botas de goma, buzo de mezclilla, lill pechera h d pvc, de guantes de goma, debe agregar protector visual gafas o antiparras, cuando se use esmeril angular.

Uso de Plaguicidas 1.- Programa de aplicación 2.- Capacitación acerca de sus Riesgos 3 Almacenaje de Plaguicidas 3.4.- Bodegas de Plaguicidas 5.- Elementos de Protección Personal

Requerimientos en Predios e instalaciones Comedores,

DS 594/99

B ñ Baños, Casilleros Duchas, otra exclusivas para aplicadores Ropa de trabajo apropiada a la labor Lavado de la ropa, en predio Capacitaciones Entrega de Los Elementos de Protección Personal

SEÑALIZACIONES

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR LECHERO ESTADÍSTICAS

Estadísticas de Accidentes Laborales Accidentes por Función ó Laboral:

Criancero 3% Varios 25% Jefe Sala 2%

Ordeñador 26%

Otros 8% Conductor 1% Mecánico 6% Op. Tractor/Maq. 12% Supervisor 6%Campero 9% Motosierrista 2%

Estadísticas de Accidentes Laborales Accidentes por Agente Causal:

Caballares 12% Ot ros (9) 18% Ot ros Equipos 2%

Caí das 5% M ov. Torsión 1%

Cerco-Est acas 2%

Sacos 3%

Arbol y rel 4% Cuerpos Ext raños 7%

Sup Trabajo/ Tránsit o 7%

Cuchillo-Vist urí 3%

Vacunos 16%

Accesorios Tract or 3% Coloso o similar 3%

Recipient es 2%

Tract or-M aquinaria Vehí culos 8% 2%

Herramient as 3%

Datos de 20 Empresas Productora de Leche Agencia g La Unión ACHS Parte Cuerpo Lesionada 2% 2%

5% 4%

9%

4%

Hombro

7%

7% 7%

Manos Pie-Tobillo

20%

10% Rodilla

8%

6% 9%

Cabeza Cara Cabeza-Cara Hombro Clavicula Lumbago Pierna Pie-Tobillo Lesiones Multiples Rodilla Torax Dedos-manos Oj Parpados Ojos P d Espalda-Pelvis Brazos Genitales-Piel Otros

TASA DE ACCIDENTABILIDAD R b L Rubro Lechería h í 7,00 6 00 6,00 5,00

4,87 4,04 3,86

4,00 3,00 2,00 1,00 0,00

Nacional

Zonal Sur

X Región

TASA DE SINIESTRALIDAD Rubro Lechería 90 80 70 60

63

50

46

40 30

29

20 10 0

Nacional

Zonal Sur Zonal Sur

X Región X Región

Requerimientos Legales (mínimos).. 1.- Contrato de Trabajo (T) 2.- Reglamento Interno (T) g ((Derecho a Saber)) ((T)) 3.- Deber de Informar los Riegos 4.- Comités Paritarios (25) 5 Departamentos de Prevención de Riesgos (100) 5.6.- Capacitación a los Trabajadores. (T) 7.- Programa de Gestión Preventiva 8.- Sistema de Gestión SSO (>50 Trab)

Conclusiones 9 TOMA DE CONCIENCIA 9 AUMENTAR EL COMPROMISO 9 DELEGAR LA RESPONSABILIDAD A LA LÍNEA 9 MÉTODO EN EL TRABAJO PREVENTIVO 9 CONSIDERAR LA PR COMO UNA INVERSIÓN 9 AUMENTAR LA CULTURA DE SEGURIDAD

Gestión Preventiva de Accidentes y Enfermedades Profesionales en la Actividad Lechera S Sergio i Valenzuela V l l Acevedo A d Subgerente de Prevención Zonal Sur

O Osorno 16 N Noviembre i b 2012

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