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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE ENDOSCOPIA FLEXIBLE DE LA PLATAFORMA LOGÍSTICA SANITARIA DE GRANADA EXPEDIENTE 14C91010013 1. 1.1.
DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO OBJETO DEL PLIEGO
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto regular y definir el alcance y condiciones de la prestación del servicio de mantenimiento, procesos y metodología, normativa, sistemas técnicos y recursos que habrán de regir para la contratación de la prestación del Servicio de Mantenimiento de equipos de Endoscopía Flexible, así como para todos sus elementos y accesorios asociados, imprescindibles para su correcto funcionamiento. Tipo Todo Riesgo, incluyendo servicio de Asistencia Técnica, que cubrirá sin coste adicional todas las piezas, repuestos y accesorios no fungibles ni consumibles, la mano de obra, desplazamientos, dietas, transportes y demás costes que puedan derivarse del cumplimiento del mismo. Estas mismas condiciones se aplicarán a las garantías de reparación de los equipos. La prestación del servicio objeto del contrato tiene como fin conseguir el óptimo funcionamiento de los equipos relacionados en el Anexo I, mediante la realización de los programas de mantenimiento preventivo y actuaciones correctivas de acuerdo con las directrices del fabricante y con normas, procedimientos y técnicas de uso reconocido, garantizando una disponibilidad funcional, definida como la relación entre las horas disponibles reales menos las horas de parada por avería o actuaciones programadas y las posibles, superior al 95% mensual para cada uno de ellos.
1.2.
DEFINICIONES ÚTILES PARA EL CONTRATO.
Avería: Afecta de forma permanente al funcionamiento del equipo, imposibilitando su uso. No se considerará avería, y por tanto no será computado dicho periodo de tiempo, a aquellas que vengan por elementos externos a los equipos objeto del presente procedimiento. Evaluación Inversa: Es aquella valoración que la suma de puntuación denota un resultado negativo. Fallo: Incidencia puntual que modifica el funcionamiento normal de un equipo o elemento pero no indica necesariamente una parada del mismo.
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Auditoría de Equipamiento: Se refiere a la revisión de equipos que debe realizarse e incluirse en la oferta técnica de presente concurso –es un criterio de adjudicación-. Informe Inicial: Documento por el cual se analiza todo el equipamiento existente en los Centros vinculados al objeto del contrato. En el mismo se documentará la relación de equipos y el estado de los mismos. Este informe será vinculante, por lo tanto los equipos no incluidos en el mismo, así como su estado, será interpretado como asumido por el adjudicatario dentro del contrato. Informe de Estado: Documento que debe incluir toda la información relativa a la evolución del contrato y que posee una periodicidad anual. La información que aparece en el mismo es vinculante. Ítem: Todo elemento o equipo que sea susceptible de mantener o actualizar. Ítem relevante: Aquel Ítem que debido a su importancia, la ausencia o modificación del mismo puede provocar cambios en el funcionamiento o aspecto original. Mantenimiento Correctivo: Conjunto de tareas para restituir al equipo a sus condiciones normales de funcionamiento. Responsable Técnico del Centro: Gestor designado por la Dirección de cada Centro donde se ubiquen los equipos a mantener, para realizar el seguimiento del contrato durante la vigencia del mismo. Responsable Técnico de la Empresa: Gestor designado por el adjudicatario, encargado del seguimiento del servicio, en coordinación con el responsable técnico de cada Centro. Tiempo de disponibilidad: El sistema de medida de la disponibilidad se establece como un porcentaje resultante del cociente entre el tiempo, en horas, que el equipo ha estado realmente operativo y el tiempo teórico que debería haber estado operativo, incluyendo fines de semana y festivos, en función de los requerimientos del equipo o instalación y descontando los mantenimientos preventivos, predictivos y legales. % de Disponibilidad Efectiva de Equipos (P.D.E.)= Tiempo Real de Funcionamiento / (Tiempo teórico – Tiempo Preventivos, T.L. o predictivos – Tiempo Actualizaciones – Tiempo Renovación Equipo – Tiempos de paradas por causas ajenas al adjudicatario Tiempo de respuesta: Tiempo que transcurre en minutos desde que se realiza el aviso quedando constancia del mismo, y se persona alguien en el equipo en cuestión, dejando igualmente constancia de su presencia. Tiempo de Reparación: Periodo que va desde que se produce la comunicación de una avería, hasta que el equipo recobra todas sus funciones.
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2. 2.1.
ALCANCE DE LAS TAREAS. ÁMBITO DE APLICACIÓN.
La relación de equipos a mantener se reflejan en el ANEXO II, dicha relación lo será tan solo a título orientativo, el Adjudicatario deberá realizar un inventario de la base instalada en un plazo máximo de 2 meses desde la formalización del contrato. Una vez finalizado y actualizado el Inventario por parte de la empresa adjudicataria, será este y no otro, el que deberá considerarse a efectos del Expediente Adjudicado. 3.
OPERATIVA DEL SERVICIO.
Todas las herramientas, aparatos de medidas y medios auxiliares deberán ser dispuestos por el adjudicatario, que deberán estar en perfecto estado de funcionamiento y calibración para garantizar la buena práctica en la ejecución de las tareas (según legislación y normativa de aplicación). Así mismo los aparatos de medida deberán contar con un certificado de calibración, o en su defecto justificación de autocalibración, que anualmente, en uno u otro caso, deberán entregar en el Servicio de Electromedicina. En la ejecución de las tareas relacionadas en el Anexo II deberán vigilarse todas las cuestiones que tengan que ver con la seguridad y salud de los trabajadores, y de los bienes que de las instalaciones analizadas dependan. En relación con los daños que puedan producirse contra los bienes o usuarios del Centro deberá responder con un seguro de responsabilidad civil que deberán presentar las empresas ofertantes en sus memorias técnicas. El personal técnico de la empresa adjudicataria de mantenimiento deben de estar cualificados por la marca fabricante de los equipos. 4.
DATOS DE ACTIVIDAD.
La relación estimada de la actividad de exploraciones endoscópicas a realizar, así como el número de salas requeridas para poder materializarlas, es la siguiente: SALAS DE EXPLORACIÓN
Salas Colonoscopia (end. Baja) Salas Gastroscopia (end. Alta) Salas CPR Salas Ecoendoscopia
Hospitales Área Gestión Universitarios Sanitaria San Cecilio y Granada Sur Virgen de las Nieves de Granada 5 2 2 1 1
Área Gestión Sanitaria Granada Nordeste
1
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Salas Capsulo-endoscopia
1
Salas Broncoscopia
2
1
1
VOLUMEN EXPLORACIONES
HU VN
HU SC
HU Granada (Proyección)
AGS Granada Sur
AGS Granada Nordeste
Salas Colonoscopia (end. Baja) Salas Gastroscopia (end. Alta) Salas CPR Salas Ecoendoscopia Salas Capsulo-endoscopia
3121
2789
6000 - 7000
2086
709
3285
2208
5500
1068
510
664 260 171
279
1000 -1200 500 - 600 200
Salas Broncoscopia
304
692
1000
85
91
Será también obligación del adjudicatario dotar al equipamiento de cada sala de exploración con el correspondiente Sistema de Gestión de Imagen y su integración al PACS conforme se especifica en su correspondiente apartado.
5.
PROGRAMA DE TRABAJO.
Es necesario presentar con la oferta, un Programa de Trabajo que incluya un plan de mantenimiento y aportación de elementos y equipos auxiliares y/o complementarios, total o parcialmente, en el caso que las dotaciones existentes no cumplan con el mínimo de necesidades o condiciones clínicas exigidas en el punto anterior y/o un estado de obsolescencia que impida su correcto funcionamiento. Los licitadores presentarán un plan de actualización tecnológica, indicando el importe destinado para ella cuando los equipos cumplan con los criterios de obsolescencia establecidos en el apartado 8.3 de este Pliego, que impidan un normal funcionamiento de los mismos, debiéndose indicar la planificación o cronograma de dicha actualización. La actualización tecnológica (en caso de formalizarse) se realizará para igualar o superar la calidad de los actuales con el fin de mantener o aumentar el nivel tecnológico de los equipos que poseen los Servicios.
6.
GENERACIÓN DE INFORMES
De la primera revisión deberá generarse un Informe Inicial donde deberán figurar todos los defectos que los equipos posean. La no inclusión de defectos en dicho informe, y
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que posteriormente al mismo se detecten, será entendido como asumido por el adjudicatario. A excepción de vicios ocultos no detectables por los métodos de trabajo tradicional. Tras finalizar la revisión prevista se emitirá un informe en el cual se adjuntarán los resultados de las pruebas realizadas, así como las sustituciones de materiales realizadas, como un apartado de conclusiones donde se deberán reflejar las cuestiones más relevantes de la revisión y que deban ser tenidas en cuenta, a todo ello se sumará la verificación de inventario, aportando relación de equipos, identificados con su número de serie. Una vez realizado el informe de estado tras la revisión, este debe ser remitido a cada Centro por dos vías. Una que pasa por entregar una copia en papel, firmada y sellada, por el registro del Centro, con destino a la Dirección Gerencia. Y una segunda, en formato electrónico, que será remitida a la persona que se designe por el Centro. La citada copia digital deberá incluir un archivo con el resultado de las revisiones, en el formato que designe el Centro para que estas puedan ser importadas en el programa de gestión existente en el Centro, o en su defecto, y si esto fuera posible, la empresa adjudicataria cumplimentará dichas tareas directamente en dicho programa de gestión. Incluyendo en el apartado de Conclusiones todas aquellas cuestiones que sean relevantes, como tareas no realizadas, defectos importantes en los equipos, parámetros fuera de rango, posibles mejoras, etc. No se considerará finalizado el contrato, y por tanto no será posible la devolución de la fianza, el hecho que informes de estado estén pendientes de entregar, o se detecte un defecto que no haya sido reflejado en los informes periódicos y que no tuvieran su causa después de estos. SEGUIMIENTO 7. CONTINGENCIAS
DEL
SERVICIO
Y
PLANIFICACIÓN
DE
La empresa adjudicataria, durante la vigencia del contrato, deberá acudir a cuantas reuniones le sean solicitadas, con la finalidad de realizar el seguimiento que cada Centro establezca y siguiendo las exigencias recogidas en el presente pliego. En las citadas reuniones deberán, realizarse informes de seguimiento y gestión, con inclusión de indicadores, realizar el Plan de Contingencias previsto en cada caso y las divergencias que puedan surgir. De dichos encuentros deberán extractarse los compromisos o acuerdos a los que se haya llegado, reflejando estos por escrito, y realizando seguimiento de los mismos a lo largo del contrato. El tiempo para personarse en cualquiera de los equipos relacionados en este pliego, en caso de avería deberá ser inferior a 24 horas desde que el contratista recibe el aviso (tiempo de respuesta). El Porcentaje de Disponibilidad Efectiva (PDE) especificado será superior al 95% mensual para cada equipo. 8.
CONSIDERACIONES TÉCNICAS ADICIONALES
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Las empresas ofertantes deberán presentar en sus ofertas información específica acerca de los recursos humanos y técnicos que posee para afrontar el trabajo. Los recursos humanos deben ser especificados con nombre, apellidos, formación y experiencia, así como los cambios que se produzcan en los mismos. Al inicio del contrato deberá indicarse de forma expresa por parte del adjudicatario, quienes son los responsables que van a coordinar la prestación del servicio adjudicado. Los circuitos de información serán los que se establezcan por cada Centro. En cualquier caso siempre ha de existir un soporte físico o digital de cualquier cuestión que sea digna de mención en el desarrollo del contrato. La empresa adjudicataria podrá tener acceso a las instalaciones a mantener, así como a aquellas con las que estén relacionadas. Para ello el Centro dotará al personal de la empresa de una identificación personalizada e intransferible. Si durante las tareas de mantenimiento las condiciones de los equipos son alteradas, el Centro debe recibir esta información, y en algunos ítems relevantes deberá solicitar la empresa adjudicataria autorización previa. La información requerida en el presente contrato será la que se refleja en la norma UNE-EN 13460 (documentación de mantenimiento). 1. 2. 3. 4. 5. 6.
Datos técnicos. Manual de operaciones. Manual de mantenimiento. Lista de componentes. Informe de ensayos y pruebas. Certificados y declaraciones de conformidad.
Todo el material necesario para acometer los mantenimientos correctivos estará incluido en el precio de licitación. Tanto la responsabilidad del suministro de los materiales, así como la calidad de los mismos, y el tiempo de respuesta corren a cargo del adjudicatario con los plazos establecidos en el apartado 7. Planificación de Contingencias. La fuente del suministro siempre deberá ser original, y podrá cambiarse cuando se justifique de forma clara su sustitución por otro de similares características. La responsabilidad sobre el almacenamiento y localización de las piezas objeto del mantenimiento del presente procedimiento corre a cargo del adjudicatario. Pudiendo el Centro, en la medida de lo posible, facilitarle esta tarea al proveedor. El servicio de mantenimiento correctivo se ajustará a lo exigido en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y se prestará en la modalidad de ‘todo riesgo’. Por tanto cubrirá todas las eventualidades que se produzcan, salvo en las que se demuestre mala fe en la
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utilización de los equipos. No obstante, se atenderán sin cargo las averías producidas como consecuencia de la praxis clínica o negligencias. Las averías las comunicará el Centro a través de la aplicación Gestión de Mantenimiento Asistido por Ordenador (en adelante, GMAO) que cada Centro disponga ó por correo electrónico/Fax, siendo la empresa responsable de la gestión, mantenimiento y primera intervención quién las atenderá y procesará, sin excepción para ningún equipo. Por tanto, será dicha empresa quién gestionará las averías que se produzcan, enviará, recibirá e inventariará cualquier equipo. Los Mantenimientos Preventivos deberán realizarse sin ocasionar ningún tipo de interferencia o entorpecimiento al funcionamiento normal del servicio de procedencia. Para ello, deberá tenerse previsto la opción de poder proporcionar equipos de sustitución mientras se llevan a cabo las tareas de mantenimiento. A título no exhaustivo, se entienden incluidos en la prestación del servicio de mantenimiento los siguientes elementos: Componentes partes y piezas en los que se empleen soluciones de tipo: mecánico, neumático, hidráulico, eléctrico, electrónico, óptico, magnético, informático (hardware y software) incluyendo las soluciones complejas en las que intervengan cualquiera de sus combinaciones. 8.1.
MEMORIA EXPLICATIVA DE LA OFERTA
La oferta incluirá una MEMORIA en la que se pondrá de relieve la forma en la que el oferente pretende desarrollar el Servicio Objeto de contratación. En la memoria se deberá incluir, como mínimo y por el siguiente orden: Existe la obligación expresa de presentar la documentación técnica escaneada con una declaración firmada donde se consigne que es copia fiel de la documentación presentada en papel. APARTADO 1.- Personal que pondrá a disposición, indicando horario, lugar de residencia, y todas las consideraciones descritas en el apartado. APARTADO 2.- Cronograma de implantación del servicio. APARTADO 3.- Informe de Auditoría de Equipos. APARTADO 4.- Relación y documentación acreditativa de acuerdos de colaboración con el fabricante o servicio técnico certificado por el mismo para llevar a cabo el mantenimiento para el desarrollo del contrato, así como alcance de los mismos y todas aquellas otras consideraciones que considere oportunas para hacer comprensible su oferta en este apartado. APARTADO 5.- Soluciones propuestas ante aparataje obsoleto.
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APARTADO 6.- Relación no exhaustiva de mínimos que el Adjudicatario dispondrá a disposición del Centro: o Stock mínimo de repuestos originales necesarios facilitando documento acreditativo de los mismos garantizando su utilización o Instrumental necesario (herramientas, equipos de medida, etc.). o Equipos y elementos mínimos de reserva que pondrá a disposición del Centro. APARTADO 7.- Programa de formación para los técnicos de electromedicina (del Adjudicatario y del Centro) así como para personal de enfermería o aquel que los Centros decidan. APARTADO 8.- Programa de trabajo en los términos expuestos en el apartado 5 de este Pliego.
8.2. OBLIGACIONES CALIDAD.
EN
MATERIA
DE
ASEGURAMIENTO
DE
LA
Al inicio del contrato y en un plazo no superior a 2 meses, después de iniciado el mismo, deberá realizarse un Plan de Aseguramiento de la Calidad ó Auditoría Anual de seguimiento del contrato que será desarrollado/realizada por una empresa ajena tanto al adjudicatario como a los Centros; la selección se realizará por los Centros y los gastos generados por dicho servicio correrán a cargo de la empresa adjudicataria. Con carácter bimestral serán realizadas auditorias de control, y revisados los Informes de Indicadores, que resultarán del análisis del desarrollo del contrato. Los criterios mínimos que deben cumplirse a lo largo de toda la vigencia del contrato, son los que se relacionan a continuación: − Entre los criterios, estarán comprendidos la Política de Subcontrataciones, que obliga al adjudicatario, por motivos de especificidad y/o por cuestiones de accesos a configuraciones tanto de Hardware como de Software, a contratar con el fabricante del equipo, o quien este designe, los servicios de mantenimiento. En caso de existir actas de no conformidad en actuaciones de empresas subcontratadas, el Centro Sanitario tendrá que autorizar con carácter previo las subcontrataciones. − En el plan, deberá asegurarse la calidad en la materia objeto del contrato, contemplando al menos la acreditación del personal técnico y presentación de los protocolos de actuaciones. De acuerdo, al menos con el Real Decreto 1591/2009, por el que se regulan los productos sanitarios, así como sus diversas modificaciones. − Aceptar las auditorias de calidad que determine el Centro para controlar la ejecución del contrato. − Para la gestión de la información del mantenimiento, la empresa adjudicataria utilizará el programa G.M.A.O. y presentará la información que incluye, con carácter mensual –en el informe de estado-, a la Dirección del Centro, en formato digital a especificar por la misma, y en un plazo no superior a 15 días naturales tras la finalización del mes objeto de análisis. De igual manera se entregará un copia en papel por registro del Centro con destino a la Dirección. Página 8 de 26
Además de lo anterior, el Centro podrá tomar en cualquier momento las medidas de control que considere oportunas para vigilar el cumplimiento de las obligaciones a que está sometida la empresa adjudicataria, como consecuencia de lo especificado en el presente Pliego y de las que se contemplen en el contrato que de él se deriven. El personal de mantenimiento que el Centro designe, se incorporará al sistema de control de calidad según los procedimientos establecidos en las normas de aseguramiento de la calidad. El Departamento/Area de Electromedicina, podrá seguir realizando sus funciones en colaboración con la empresa adjudicataria, sometiéndose a los procedimientos de calidad que determine el sistema de calidad. En todo caso, supervisarán y controlarán la ejecución del contrato. La empresa adjudicataria deberá aportar en cada intervención, hoja de trabajo o reparación, debidamente cumplimentada por el técnico y conformada con VºBº por el Jefe de Servicio, Supervisor/a, Enfermero/a encargado del equipamiento de su Unidad y sujeto al contrato, debiendo entregar una copia al responsable del Departamento/Area de Electromedicina. Dicha hoja deberá contener como mínimo la siguiente información: Descripción del equipo objeto de la intervención Motivos de la actuación Ubicación del equipo Tiempo de ejecución, indicando hora de inicio y de finalización Materiales utilizados Número de la Orden de Trabajo La hoja de trabajo ha de ser LEGIBLE. Los repuestos empleados deben figurar bien descritos y debidamente referenciados. 8.3.
CRITERIOS DE OBSOLESCENCIA Los criterios que van a determinar la obsolescencia de los equipos son los siguientes:
a. Estado Funcional y/o Técnico del equipo. b. Cumplimiento de Normativa existente y Riesgos para la salud de los trabajadores y/o usuarios, principalmente del tipo eléctrico y/o mecánico. c. Impacto en la lista de pacientes. d. Inexistencia de marcado CE de los equipos, según R.D. 1591/2009. e. La dificultad para obtener repuestos originales o/y fungibles de los equipos. En caso de que el grado de obsolescencia de un equipo no permita su normal funcionamiento, el contratista deberá asumir a su coste la actualización tecnológica del mismo, incluyéndose, si lo estimase conveniente, la sustitución del mismo con otro equipo de al menos similares prestaciones técnicas.
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8.4.
EQUIPOS EN RESERVA
El término Equipos en Reserva afecta a aquellos sistemas, subsistemas, equipos o elementos, que han de cumplir algunos de los requisitos que se describen a continuación, que además posee el visto bueno de las Direcciones de los Centros donde se ubiquen los equipos a mantener para que puedan ponerse a disposición de los mismos, tras informe de la empresa adjudicataria y la validación del mismo por el Responsable Técnico del Centro. Dicho informe deberá describir claramente qué equipo se pretende dar de baja (descripción, nº serie, ubicación, etc), las razones por las que se propone el equipo en cuestión, y descripción exhaustiva del equipo que lo sustituye. Se realizará y/o propondrá la actualización tecnológica cuando se cumplan algunos de los siguientes supuestos: 1. Cuando un sistema, subsistema o equipo deja de tener utilidad clínica. 2. Cuando las prestaciones o resultados de los mismos, no son los idóneos -Bajo rendimiento y/o pérdida de calidad irrecuperable-. 3. Obsolescencia funcional. 4. Estar descatalogado y ser imposible adquirir repuestos originales. El proceso de actualización se iniciará cuando la Unidad de Gestión Clínica exprese la necesidad de actualizar un determinado equipo. En la toma de decisión intervendrá el Director de la UGC con el VºBº de la Dirección Médica y la dirección Económica El proceso de actualización de los equipos no deberá superar los 30 días naturales transcurridos desde la aceptación del cambio por la Dirección. 8.5.
CONTROL DEL INVENTARIO DE EQUIPOS
Las empresas ofertantes deberán establecer en su oferta técnica, propuestas de control de inventario de equipos objeto del presente concurso, así como de aquellos, que siendo de la misma naturaleza y uso que los recogidos en el presente documento, no estuvieran en los listados anexos. En cualquier caso, la no inclusión en el Informe Inicial de los equipos en cuestión propiedad de los distintos Centros, será considerado como que dichos ítems están siendo mantenidos por la empresa adjudicataria sin motivo de contraprestación económica alguna. 9.
FORMACIÓN
Se realizará en cada Centro una sesión mínima anual de formación y/o reciclaje para todas aquellas personas que utilicen habitualmente endoscopios en el Centro, a fin de optimizar su utilización e incrementar el conocimiento de la tecnología que utilizan. El personal de Electromedicina e Ingeniería Clínica de los Hospitales, participará en las sesiones de Formación específica, con tres módulos de un día de duración cada uno, que se celebrará para formar a los participantes en conceptos como son: Curso de Formación para enfermería: "Endoscopios: reprocesado y averías." Página 10 de 26
10.
GESTIÓN AMBIENTAL Y ENERGÉTICA
La empresa adjudicataria adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la normativa vigente que sea de aplicación a los trabajos contratados. La Dirección del Centro donde se ubiquen los equipos a mantener, se reserva el derecho a repercutir sobre la empresa adjudicataria las acciones y gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones de carácter ambiental. La empresa adjudicataria adoptará las medidas preventivas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión medioambiental, en especial las relativas a evitar vertidos, emisiones contaminantes o el abandono de cualquier tipo de residuo, con extrema atención a los residuos considerados peligrosos. La empresa adjudicataria se compromete a informar inmediatamente, a la Dirección del Centro donde se ubiquen los equipos objeto de contratación, sobre cualquier accidente o incidente que se produzca en el curso de los trabajos contratados. La empresa adjudicataria será responsable del coste de la eliminación y traslado de los residuos que se generen con motivos de los trabajos objeto de contratación, de la obtención de los correspondientes certificados de eliminación por gestor de residuos autorizado y de la remisión de los mismos a la Dirección del Centro donde se hayan generado los residuos. Asimismo, el adjudicatario deberá adoptar prácticas de ahorro y eficiencia energética, ya sean organizativas, de gestión o de carácter técnico, de forma que se eviten o minimicen, en la medida de lo posible, los consumos de energía. El adjudicatario deberá considerar las oportunidades de mejora del desempeño energético en el uso y normal funcionamiento de los equipo objeto de la contratación y formar y documentar al personal del Centro al respecto. Los procesos de reposición de equipos y materiales amparados por esta contratación, se producirán siempre, debidamente documentados, en sintonía con los objetivos de mejora de la eficiencia energética y de disminución de los consumos de energía de los Centros sanitarios. 11.
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
La Empresa Adjudicataria con carácter previo al inicio de sus actividades, realizara junto al personal de Prevención de Riesgos Laborales del Centro, análisis y evaluación de los riesgos derivados de la prestación del servicio contratado en el entorno específico de su desarrollo. 12.
RELACIONES Y OBLIGACIONES DE CARÁCTER LABORAL
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La empresa adjudicataria queda obligada a que todo el personal que emplee para la ejecución del objeto del contrato, esté afiliado a la Seguridad Social, obligándose así mismo a cumplir con dicho personal toda la legislación laboral vigente. La empresa adjudicataria será responsable ante los tribunales de justicia de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal técnico por el ejercicio de su profesión en el Centro Sanitario. La empresa adjudicataria deberá dotar al personal técnico que ejecute la prestación del servicio de la oportuna acreditación para su identificación en el Centro Sanitario. 13.
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SOFTWARE Y HARDWARE.
13.1.- INTRODUCCIÓN A continuación se recogen los requisitos técnicos mínimos y valorables del software y hardware de gestión de los equipos de endoscopias, además de los requisitos de interoperabilidad de los mismos. 13.2. -ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE ENDOSCOPIAS Y SU SISTEMA DE GESTIÓN
INTEGRACIÓN
DE
LOS
Como condición general, el equipamiento deberá incorporar, siempre que sea posible, la capacidad de generar datos en formato digital, bien de forma nativa o bien mediante algún módulo de software o hardware específico proporcionado por el fabricante y deseablemente este formato será estándar o de uso generalizado para el ámbito de aplicación. Adicionalmente deberán tenerse en cuenta las siguientes restricciones: En ningún caso se realizarán modificaciones o servicios de conexión específicos en los sistemas de información corporativos para resolver problemas de integración automática de los datos generados por el equipamiento electromédico fuera de los estándares definidos por la Oficina Técnica de Interoperabilidad de la Subdirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Se evitará también de forma general la instalación de equipos PC dedicados en modo exclusivo a posibilitar la conexión o exportación de datos, proponiéndose como primera alternativa la reutilización de los equipos existentes en los Centros. En caso de que sea necesario incorporar algún hardware específico distinto de equipos PC, este deberá conectarse a la red de datos mediante interfaces estándar: • A un ordenador personal: USB, serie (RS-232), preferiblemente USB. • A una red: Ethernet (RJ-45, en cumplimiento con la norma 802.1x), Wifi (Protocolo WPA2 Enterprise para las comunicaciones con autenticación RADIUS y cifrado AES).
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Si la conexión a un ordenador personal fuera serie (RS-232) se conectará al PC mediante adaptador USB, asegurando la fiabilidad de dicha conexión.
13.3.-CARACTERÍSTICAS ENDOSCOPIA
TÉCNICAS
DE
INTEROPERABILIDAD
DE
LA
Los sistemas de endoscopia adquiridos podrán ser analógicos, en este caso, el requisito de integración mínimo exigido será el disponer de conectores de salida de video estándar, p.e.: Svideo, vídeo compuesto, RCA o BNC, DVI, HDMI, etc.). En caso de dotación de sistemas de endoscopia digitalizada, además se deberá garantizar el cumplimiento de los requisitos de integración abajo mencionados a través del uso de un módulo software adicional el cual deberá poder integrarse con cualquier endoscopio. Requisitos de conectividad mínimos exigidos: •
•
Utilización de DICOM Storage SOPCLASS como SCU para cada modalidad de imagen que se adquiere. Este servicio DICOM permite enviar las imágenes a otros dispositivos (Sistemas de archivo DICOM, estaciones de trabajo) para el almacenamiento de las imágenes. Utilización de la funcionalidad DICOM Worklist como SCU para consultar la lista de trabajo del servicio Worklist del servidor DICOM y HL7.
Requisitos de conectividad valorables: •
•
•
DICOM Storage Commitment como SCU para garantizar el correcto almacenamiento en un sistema de imagen centralizado. En caso de no estar disponible en el momento de la oferta, deberá aportarse un compromiso escrito de desarrollo e incorporación sin cargo. DICOM Modality Performed Procedure Step como SCU para la comunicación de la realización de pruebas a los sistemas corporativos. En caso de no estar disponible en el momento de la oferta, deberá aportarse un compromiso escrito de desarrollo e incorporación sin cargo. Capacidad de manejo de objetos DICOM Key Object Selection Document, preferiblemente utilizando el perfil IHE Key Image Note Integration Profile para trabajar con selección de imágenes clave dentro de un estudio de imagen y poder realizar comentarios en las mismas.
Queda excluida explícitamente la inclusión de cualquier dotación de estaciones de trabajo y/o software asociado para almacenamiento no temporal de imagen y/o generación de informes. El almacenamiento de dichas imágenes e informes se realizará en el Sistemas de Almacenamiento Central ubicado en el CPD del Centro. Se dotará de los discos necesarios para el almacenamiento de las imágenes e informes que previsiblemente se generaran durante la vida del expediente. 13.4.-INTEGRACIÓN CON LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN CORPORATIVOS
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En la Historia Clínica Electrónica corporativa del Paciente, todos los módulos están integrados entre sí a través de una plataforma de Integración, que es lo que se conoce como BUS Corporativo o ESB. La información clínica digitalizada se incorporará a la historia clínica electrónica corporativa del paciente, integrándose en ella vía ESB, con mensajería HL7 según especificaciones técnicas definidas por la Oficina Técnica de Interoperatividad (OTI) de la Subdirección de Tecnologías de Información (STI) del Servicio Andaluz de Salud, accesibles a través del portar UNIFICA (https://ws001.juntadeandalucia.es/unifica/), este portal recoge toda la regulación en cuanto a normas y procedimientos de trabajo que ha identificado la STI como imprescindibles para el aseguramiento de la calidad de los servicios prestados a sus clientes. Cualquier profesional, tanto de la organización como externo, está sujeto a estas normas y orientado a las recomendaciones aquí recogidas. Deberá integrarse el sistema de gestión de los endoscopios con el sistema de información corporativo mediante mensajería HL7 para los datos sociodemográficos, citas y resultados. Y por tanto, las integraciones necesarias para la puesta en marcha de los equipos de endoscopias y cualquier otra integración necesaria a lo largo de la duración del contrato deberán realizarse por la empresa adjudicataria sin coste alguno. 13.5.-ALMACENAMIENTO DE IMÁGENES En la oferta se deberá recoger una estimación de la necesidad de almacenamiento de los estudios que se puedan generar durante el periodo de vigencia del contrato. Y en función de dicha estimación, la empresa adjudicataria adquirirá los discos necesarios que cumplan las características de almacenamiento definidas por el servicio de tecnologías de la Información del Centro. 13.6.-CARACTERÍSCAS DEL SOFTWARE Las empresas ofertantes deberán detallar en su oferta técnica la infraestructura hardware y software que consideren necesaria suministrar para garantizar que la información generada esté disponible a través de la red del Centro. El sistema de control de acceso a la aplicación deberá validarse contra el Servicio de Directorio Activo Corporativo, al menos para validar los usuarios y las contraseñas de los mismos. Bajo ningún concepto se permitirá el uso de usuarios genéricos para ningún tipo de acceso ni al sistema ni a los PC que se utilicen para esta aplicación. Se valorará positivamente la integración del sistema con el Gestor de Identidad del Centro, realizando las altas, bajas y modificaciones de perfiles de usuario directamente desde el Gestor de Identidad. Todos los controles de seguridad se deben hacer por el login corporativo de usuario o por grupos de usuarios dentro del directorio activo, pero nunca se usarán recursos con permisos genéricos de acceso, en concreto se prohíbe el uso de carpetas compartidas sin control de acceso por grupos de usuarios. Página 14 de 26
La aplicación que se implante, y en general todos los sistemas de información que se utilicen, deberán cumplir con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 del 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. El sistema deberá incluir un mecanismo de copias de seguridad que se integre con los actuales sistemas del Centro. Con el mismo deberá entregarse una documentación donde se explique detalladamente los procedimientos y frecuencias de las copias de seguridad y los mecanismos de restauración posibles, así como el nivel de participación de la empresa adjudicataria necesario en ambos casos. Dando cumplimiento como mínimo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 del 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. El soporte remoto a la instalación se realizará sólo mediante los procedimientos aprobados por la Red Corporativa de la Junta de Andalucía. Esto es, mediante accesos VPN personales o Empresa a Empresa. El control remoto de los equipos se realizará con alguna de las aplicaciones aprobadas por el Centro, pero siempre mediante usuario y contraseña personalizados para quien se conecta, solicitando la aprobación de la conexión por parte del usuario y registrando dichos accesos. El software de gestión del los endoscopios debe ser compatible con cualquier proveedor de equipamiento de endoscopias que utilice estándares de interoperabilidad. Si durante el periodo de vigencia del contrato apareciese algún software corporativo que cumpla con las mismas funcionalidades del que se pretende adquirir, deberá sustituirse por este en un plazo máximo de un año. En caso de sustitución del software adquirido por la solución corporativa, se realizará la migración de la información al nuevo sistema sin coste adicional, si el Centro lo estima necesario. 13.7.-MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE El adjudicatario incluirá el mantenimiento del software en horario laboral desde las 9 horas hasta las 18 horas de lunes a viernes durante todo el año, salvo festivos. Se indicará claramente el procedimiento de apertura de incidencias, registro y seguimiento de las mismas. Se indicará: • Mantenimiento Correctivo: Orientado a la corrección de las anomalías de funcionamiento e instalación del producto. • Corrección de errores e incidencias: Todos los errores detectados serán resueltos en un tiempo máximo según su criticidad:
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Error Crítico: 2 horas. (error que provoca la interrupción de la actividad asistencial del profesional) Error Normal: 24 horas. (error que permite seguir con la actividad del servicio mediante procedimientos alternativos, Workaround, retrasando el ritmo de trabajo) Error banal: 72 horas. (error que permite seguir con la actividad normal del servicio) • Mantenimiento Preventivo y Evolutivo: Se detallará todas aquellas acciones encaminadas a la mejora y optimización del producto. Orientado a la mejora funcional, mejora de rendimiento y mejora técnica del producto. Se indicará la cadencia de implantación de nuevas versiones del producto, comunicando previamente al STIC el alcance y viabilidad y requerimientos de la misma, indicando al tiempo, las mejoras que se incorporan. • Deberá proponer los servicios de mantenimiento que pueden llegar a ofrecer los técnicos del STIC, previa formación y dotación de acceso a los sistemas (se producen regularmente problemas banales que el STIC puede resolver sin provocar demoras para el usuario) • Seguimiento de incidencias: Se remitirá un informe periódico al responsable STIC con todas las incidencias reportadas, incluyendo la descripción de la solución y tiempos de respuesta. • La empresa adjudicataria atenderá a los requerimientos que los administradores de la Base de Datos del Servicio de Informática soliciten, para el mejor funcionamiento de esta, tales como distribución de almacenamientos, normas de indización, optimización de consultas, integraciones, etc.). • La empresa adjudicataria deberá proponer un procedimiento de copias de seguridad ajustado a LOPD. 13.8.-SOBRE LOS SERVIDORES La aportación de hardware central para la instalación de los aplicativos del pliego actual estará orientada a incrementar la arquitectura de virtualización existente en CPD, Vmware ESXi y Citrix XenServer. Si no existe aportación de hardware y se utiliza la infraestructura de servidores del Centro, se instalará sobre una máquina virtual, dotándola con la cantidad de recursos necesarios según especificaciones del proveedor debidamente justificadas. En este caso, el software de visualización es Vmware ESXi y Citrix XenServer. Bajo ningún concepto se permitirá el uso de sistemas hardware de protección en los servidores.
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Sobre el Sistema Operativo de los servidores será mínimo Windows server 2008 R2 en el que: • El proveedor ha de suministrar las licencias de fabricante de todos los productos a instalar, quedando a disposición del Centro. • Todos los sistemas y sus aplicativos deben admitir, sin excepción alguna, las actualizaciones o parches Críticos y de Seguridad recomendados por el fabricante del sistema operativo. Dichas actualizaciones se ejecutaran a criterio del Área de Ingeniería de Sistemas y Comunicaciones en el horario más oportuno. A ser posible, será el proveedor del aplicativo el que ejecute estas actualizaciones. • Cualquier sistema Microsoft Windows estará integrado en el Dominio local del Centro. • En caso necesario, se crearán administradores externos de estos sistemas siguiendo los criterios y restricciones establecidas por el Servicio de Informática. 13.9.-SOBRE LOS PUESTOS CLIENTES El software adjudicatario deberá ser capaz de ejecutarse sobre plataforma INTEL con S.O. Windows 7 Professional y superior (en modalidad de 32 y 64 bits) y sobre plataforma Citrix Xenapp 4.0 y 6.5. Además debe permitir su distribución en paquetes estándar de Microsoft a través de Dominio con despliegue silencioso en el puesto cliente. Las aplicaciones deberán de poder ser ejecutadas sin privilegios de administrador local de los equipos. Se valorara que la solución ofertada este implementada sobre un modelo de arquitectura n-capas, basada en servidores Web, servicios Web, servidores de aplicaciones, bases de datos relacionales y clientes web. En el portal UNIFICA https://ws001.juntadeandalucia.es/unifica/ se recogen las especificaciones a nivel corporativo para el desarrollo de la aplicación, servidor de aplicaciones, base de datos,… Respecto a la conexión a la red hospitalaria, se realizará mediante red ETHERNET cableada o con WIFI compatible con Wifi Enterprise WPA2, con protocolo TCP/IP y gestión DHCP. El proveedor facilitará y aceptará la instalación de mecanismos de monitorización basados en protocolo TCP/IP, SNMP y/o NRPE, donde deberá indicar: 1. Para Dispositivos específicos: Base de Datos del dispositivo, MIB. 2. Para Servidores y aplicaciones: Servicios críticos a monitorizar (cpu, ram, disco, servicios de S.O., procesos de memoria, socket...). 13.10.-SOBRE EL GESTOR DE BASE DE DATOS Los datos deben ser centralizados bajo el gestor de bases de datos Oracle RAC 11g.
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Se crearan los esquemas necesarios sobre las instancias existentes y nunca sobre instancias nuevas. Cada esquema debe contar de forma separada con un tablespace para datos y otro para índices. Antes de la creación completa del esquema se deberán enviar el conjunto de sentencias DDL (lenguaje de definición de datos) para su evaluación y aprobación por el administrador de la BBDD. Una vez creado el esquema y los objetos correspondientes, antes de iniciar la producción se pasaran los test aconsejados por ORACLE y la STI. Este conjunto de normas y buenas prácticas (CNO) está disponible públicamente en el portal Unifica (https://ws001.juntadeandalucia.es/unifica/). Una vez en producción, en caso de detectarse un consumo excesivo recursos que afecten a los demás esquemas y usuarios de la base de datos, se procederá a su evaluación periódica por el administrador de la base de datos y en caso de necesario se requerirá la evaluación y auditoría por expertos en Oracle cuyo disponibilidad estará a cargo de la empresa suministradora del aplicativo. Si como conclusión de este estudio se requiere cualquier actuación y/o modificación sobre el esquema se realizará debiendo ser comunicado previamente al STIC. 13.11.-SISTEMA ANTIVIRUS La solución deberá ser compatible a nivel servidor y cliente con el software Antivirus Corporativo y los definidos por el servicio de TIC. El equipo permitirá una vez a la semana un escaneo total y escaneo parcial diario.
Granada, 2 de octubre de 2013 EL DIRECTOR GERENTE,
Fdo.: Manuel Bayona García
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ANEXO I. RELACIÓN DE EQUIPOS A MANTENER POR CENTRO. HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LAS NIEVES
Fabricante
Tipo de sistema
Modelo
Nº de serie
Localización
F. Instalación
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-Q145L
2301467
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-Q145L
2301451
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-Q145L
2301448
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-Q145L
2303671
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-Q145L
2301468
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-Q145L
2512840
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-Q145L
2512950
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-Q165L
2802001
QUIROF. C.INF.
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-1165L
2601725
QUIR. C. INF/HMI
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO PED
PCF-140L
2811464
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO TERAPEUTICO
CF-2T160L
2810178
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
DUODENOFIBROSCOPIO
TJF-160VR
2801906
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
DUODENOFIBROSCOPIO
TJF-145
2200457
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
ECOBRONCOSCOPIO HD
BF-UC180F
1010935
BRONCOSCOPIAS
Olympus
ECOENDOSCOPIO HD
GF-UCM-160
1810206
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
ECOENDOSCOPIO HD
GF-UCT-180
1000123
ENDOSCOPIAS 1ª
27-nov-12
Fujinon
ENTEROSCOPIO DE DOBLE BALON
EN-450T5
3C361A317
ENDOSCOPIAS 1ª
26-oct-11
Olympus
FIBROBRONCOSCOPIO
BF-TE-2
1200208
U.C.I. PTA. 1ª HG
7-jul-10
Olympus
FIBROBRONCOSCOPIO
BF-TE-2
1300371
U.C.I./H.R.T.
3-jul-05
Olympus
FIBROBRONCOSCOPIO HD
BF-P160
1000287
BRONCOSCOPIAS
21-jul-10
Olympus
FIBROBRONCOSCOPIO HD
BF-P160
1200668
BRONCOSCOPIAS
Olympus
FIBROSCOPIO INTUBACION
LF-2
2200016
PTA. 3ª HRT
Olympus
FIBROSCOPIO INTUBACION
LF-2
2714740
QUIROF.MAXILO
Olympus
FIBROSCOPIO INTUBACION
LF-TP
W800633
QUIROF.TOCO/HMI
3-jul-05
Olympus
FIBROSCOPIO INTUBACION
LF-GP
W201315
REANIM..6ª/H.M.Q.
10-sep-12
Olympus
FIBROSCOPIO INTUBACION
LF-GP
W700351
QUIROF.MAXILO
12-feb-10
Olympus
FIBROSCOPIO INTUBACION
LF-GP
WA95530A
QUIROF.MAXILO
Olympus
FIBROSCOPIO INTUBACION
LF-GP
W700462
QUIROF.MAXILO
Olympus
FIBROSCOPIO INTUBACION
LF-GP
W001102
QUIROF.MAXILO
Olympus
FIBROSCOPIO INTUBACION
LF-GP
W000657
QUIROFANOS H.G.
Olympus
GASTROFIBROSCOPIO
GIF-Q145
2303667
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
GASTROFIBROSCOPIO
GIF-Q145
2405170
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
GASTROFIBROSCOPIO
GIF-Q165
2601725
QUIROF. C.INF.
Olympus
GASTROFIBROSCOPIO
GIF-Q145
2516776
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
GASTROFIBROSCOPIO
GIF-Q145
2304258
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
GASTROFIBROSCOPIO
GIF-Q145
2303707
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
GASTROFIBROSCOPIO
GIF-Q145
2303706
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
GASTROFIBROSCOPIO PED
GIF-P140
2800774
ENDOSCOPIAS 1ª
Olympus
GASTROFIBROSCOPIO TERAPEUTICO
GIF-2T160
2801774
ENDOSCOPIAS 1ª
4-jul-05
Olympus
LAVADORA
ETD-PLUS
53071082/6943
ENDOSCOPIAS 1ª
24-feb-09
Olympus
LAVADORA
53070933/6937
ENDOSCOPIAS 1ª
22-ene-09
Olympus
LAVADORA
ETD-PLUS SOLUSCOPE SERIE 2
97206
ENDOSCOPIAS 1ª
Página 19 de 26
22-abr-04
8-nov-10
28-may-12
7-nov-12
12-feb-00
14-mar-11 26-may-10
Olympus
LAVADORA
Olympus
LAVADORA
SOLUSCOPE SERIE 2 SOLUSCOPE SERIE 2
Olympus
LAVADORA
Olympus
PROCESADOR ECOENDOSCOPIO
Olympus Olympus
2953
ENDOSCOPIAS 1ª ENDOSCOPIAS 1ª
Mini ETD2
2954 E0425510 (GA) E0425512(PAA)
EU-M60
1210136/1200151 ENDOSCOPIAS 1ª
12-ago-10
VIDEOGRABADOR
SVO-9500MDP
12438
BRONCOSCOPIAS
30-dic-05
VIDEOSCOPIO GASTROINTESTINAL
GIF-XP180N
N3813830
DIGESTIVO-SERVICIO
Olympus
CARRO DE TORRE (E)
WM-NP1
9591
DIGESTIVO-SERVICIO
Olympus
CARRO DE TORRE (E)
WM-NP1
9592
DIGESTIVO-SERVICIO
Olympus
CARRO DE TORRE (E)
WM-NP1
9593
CONSULTA DIGESTIVO
Olympus
CARRO DE TORRE (E)
WM-NP1
9598
CONS NEUMOLOGIA
Olympus
CARRO DE TORRE (E)
WM-NP1
9599
CONS NEUMOLOGIA
Olympus
CARRO DE TORRE (E)
WM-NP1
9604
QUIR C. INF
Olympus
CARRO DE TORRE (E)
WM-NP1
9605
DIGESTIVO-SERVICIO
Pentax
PROCESADOR
SAFE3000
EA010029
CONS NEUMOLOGÍA
Olympus
FUENTE DE LUZ
CLV-U40
7816074
CONS NEUMOLOGÍA
Olympus
PROCESADOR
CV-160
7106317
CONS NEUMOLOGÍA
Olympus
PROCESADOR
CV 145 Exera
7312391
DIGESTIVO-SERVICIO
Olympus
FUENTE LUZ
CLE-145 Exera
7301890
DIGESTIVO-SERVICIO
Olympus
PROCESADOR
CV 145 Exera
7312271
DIGESTIVO-SERVICIO
Olympus
FUENTE LUZ
CLE-145 Exera
7301819
DIGESTIVO-SERVICIO
Olympus
PROCESADOR
CV-160
7538868
DIGESTIVO-SERVICIO
Olympus
INSUFLADOR
CL-160
7546620
DIGESTIVO-SERVICIO
Fujinon
PROCESADOR
VP-4400
7V396A195
QUIROF. C.INF.
Fujinon
INSUFLADOR
XL-4400
7S082A195
QUIROF. C.INF.
Olympus
PROCESADOR
CV-165 Exera II
7811229
DIGESTIVO-SERVICIO
Olympus
FUENTE LUZ
CLE-165 Exera II
7800800
DIGESTIVO-SERVICIO
DIGESTIVO-SERVICIO
HOSPITAL UNIVERSITARIO SAN CECILIO Fabricante
Tipo de sistema
Modelo
Nº de serie
Localización
Unidad
F. Instalación
Olympus
BRONCOFIBROSCOPIO
BF-1T40
2700047
Neumología
Aparato Respiratorio
1-ene-97
Olympus
BRONCOFIBROSCOPIO
BF-3C30
2811658
Neumología
Aparato Respiratorio
1-ene-98
Olympus
BRONCOFIBROSCOPIO
BF-P180
2700659
Neumología
Aparato Respiratorio
1-ene-07
Olympus
BRONCOFIBROSCOPIO
BF-P40
1131828
Neumología
Aparato Respiratorio
1-ene-01
Olympus
BRONCOFIBROSCOPIO
BF-P40
1131820
Neumología
Aparato Respiratorio
1-ene-01
Olympus
BRONCOFIBROSCOPIO
BF-P40
1131813
Neumología
Aparato Respiratorio
1-ene-01
Olympus
ECOBRONCOSCOPIO HD
BF-UC 180 F
1900361
Neumología
Aparato Respiratorio
9-ago-08
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-130 L
2500298
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-95
Olympus
CF-140S
2911902
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-99
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO COLONOFIBROSCOPIO TERAPEUTICO
CF-1T140
2100502
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-01
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-1T140L
2300592
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-03
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO HD
CF-H180 AL
2703987
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-sep-07
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-Q145L
2301522
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-03
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-Q145L
2301531
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-03
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-Q145L
2512839
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-05
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-Q165L
2701260
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Página 20 de 26
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
Endoscopias
Aparato Digestivo
Olympus
COLONOFIBROSCOPIO
CF-VL
Olympus
Fuente de luz fría
CLE - 165
2911310
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-99
7700556
Endoscopias
Aparato Digestivo
10-oct-07
Olympus
Fuente de luz fría
CLE - 165
7700493
Endoscopias respiratorias
Neumología
10-oct-07
Olympus
Fuente de luz fría
CLE-145.
7301983
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-03
Olympus
Fuente de luz fría
Olympus
Fuente de luz fría
CLE-40
842331
Endoscopias respiratorias
Neumología
9-ago-08
CLH-2
7851274
Uci Pediátrica
Pediatría
20-nov-08
Olympus
Fuente de luz fría
CLK-4
7418413
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-94
Olympus
Fuente de luz fría
CLV - 180
7708937
Endoscopias
Aparato Digestivo
10-oct-07
Olympus
Fuente de luz fría
CLV-U40.
7570088
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-95
Olympus
Fuente de luz fría
CLV-U40.
7816223
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-98
Olympus
Cámara de videoendoscopia
CV - 165
7710535
Endoscopias
Aparato Digestivo
10-oct-07
Olympus
Cámara de videoendoscopia
CV - 165
7710522
Endoscopias respiratorias
Neumología
10-oct-07
Olympus
Cámara de videoendoscopia
CV - 180
7779560
Endoscopias
Aparato Digestivo
10-oct-07
Olympus
Cámara de videoendoscopia
CV-145.
7312439
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-03
Olympus
Cámara de videoendoscopia
CV-145.
7312535
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-03
Olympus
Cámara de videoendoscopia
CV-180
7770930
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
Lavadora de instrumental
ETD 2 PLUS
6900
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-00
Olympus
Lavadora de instrumental
6130381
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-06
Olympus
Fuente de Polipectomía
11246043
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-01
Olympus
Ecoendoscopio HD
1700635
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
Ecoendoscopio HD
ETD 3 EUROPA PSD60 GF-UCT140AL5 GF-UCT140AL5
1700365
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
Ecoendoscopio HD GASTROFIBROSCOPIO TERAPEUTICO GASTROFIBROSCOPIO TERAPEUTICO
GF-UE160-AL5 1700598
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
GIF-1T140.
2810568
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-98
GIF-1T140.
2111424
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-01
GIF-1T140.
2211925
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-02
GIF-1TQ160
2901715
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-09
Olympus
GASTROFIBROSCOPIO GASTROFIBROSCOPIO TERAPEUTICO GASTROFIBROSCOPIO TERAPEUTICO
GIF-1TQ160
2901737
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-09
Olympus
GASTROFIBROSCOPIO HD
GIF-H180
2703348
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-sep-07
Olympus
GASTROFIBROSCOPIO
GIF-Q165L
2905144
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-09
Olympus
FIBROSCOPIO INT
LF-DP
W402399
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
FIBROSCOPIO INT
LF-DP
2821611
Uci Pediátrica
Pediatría
20-nov-08
Olympus
FIBROSCOPIO INT
LF-GP
W201303
Quirófano Planta Baja
Bloque Quirúrgico
25-may-12
Olympus
FIBROSCOPIO INTUBACION
LF-T
1301895
Endoscopias
Bloque Quirúrgico
9-ago-08
Olympus
Lavadora de instrumental
MINI ETD-2
7441860
Endoscopias
Aparato Digestivo
29-ene-08
Olympus
Insuflador de CO2
OBCU
7700158
Endoscopias
Aparato Digestivo
10-oct-07
Olympus
Monitor color
OEV - 191
7727883
Endoscopias respiratorias
Neumología
10-oct-07
Olympus
Monitor color
OEV - 191
7616378
Endoscopias
Aparato Digestivo
10-oct-07
Olympus
Monitor color
OEV - 191 H
7729926
Endoscopias
Aparato Digestivo
10-oct-07
Olympus
Monitor color
OEV - 191 H
7721437
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
Procesador digital
OTV-S7-PROH 7700186
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
Procesador digital
OTV-S7-PROH 7916576
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
Procesador digital
OTV-SC
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-03
Olympus Olympus Olympus Olympus
CF-Q165L
2902526
7302462
Página 21 de 26
9-ago-08
Olympus
Procesador digital
OTV-SC
7305616
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-03
Olympus
Procesador digital
OTV-SC
7103355
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-01
Olympus
Procesador digital
OTV-SP1H
7710559
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
Procesador digital
OTV-SP1H
7710588
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
ENTEROSCOPIO HD
SIF-Q 180
2711036
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-07
Olympus
Monitor color
2014891
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
Monitor color
SONY 2140 SONY LMD 2140
2012782
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
DUODENOFIBROSCOPIO
TJF-130
2520940
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-95
Olympus
DUODENOFIBROSCOPIO
TJF-140R
2810516
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-98
Olympus
DUODENOFIBROSCOPIO
TJF-140R
2011028
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-00
Olympus
DUODENOFIBROSCOPIO
TJF-145
2300493
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-03
Olympus
Insuflador de CO5
UHI-3
1707023
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
Carros de torre
WM-NP1
2715780
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-07
Olympus
Carros de torre
WM-NP1
2715782
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-07
Olympus
Carros de torre
WM-NP1
2715787
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-07
Olympus
Carros de torre
WM-NP1
2715861
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-07
Olympus
Carros de torre
WM-NP1
2716416
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-07
Olympus
Carros de torre
WM-NP1
2716418
Endoscopias
Aparato Digestivo
1-ene-07
Olympus
Carros de torre
WM-NP1
2705476
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
Carros de torre
WM-NP1
2719343
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
Carros de torre
WM-NP1
2909461
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
Olympus
Carros de torre
WM-NP1
2909462
Endoscopias
Aparato Digestivo
9-ago-08
A.G.S. GRANADA NORDESTE Fabricante
Tipo de sistema
Modelo
Nº de Inv
Localización
OLYMPUS OLYMPUS
BRONCOSCOPIO
BFP-30
150
CEX ENDOSCOPIA
BRONCOSCOPIO
BFP-180
151
CEX ENDOSCOPIA
OLYMPUS
COLONOSCOPIO
CFQ145L
143
CEX ENDOSCOPIA
OLYMPUS
COLONOSCOPIO
CFQ165L
144
CEX ENDOSCOPIA
OLYMPUS
COLONOSCOPIO
CF-VF
145
CEX ENDOSCOPIA
OLYMPUS
COLONOSCOPIO
CF140S
146
CEX ENDOSCOPIA
Olympus
FIBROSCOPIO
LFDP
71
UCI-UVI
OLYMPUS
FUENTE LUZ FRIA
127
CEX ENDOSCOPIA
OLYMPUS
FUENTE LUZ FRIA
EXERA CLE-145 EXCERA CLE145
135
CEX ENDOSCOPIA
OLYMPUS
GASTROSCOPIO
GYF 165
147
CEX ENDOSCOPIA
OLYMPUS
GASTROSCOPIO
GYF 165
148
CEX ENDOSCOPIA
OLYMPUS
GYF-V2
149
CEX ENDOSCOPIA
ADAPTASCOPE
141
CEX ENDOSCOPIA
OLYMPUS
GASTROSCOPIO LAVADORA ENDOSCOPIOS LAVADORA ENDOSCOPIOS
MINI ETD 2
142
CEX ENDOSCOPIA
SONY
MONITOR
PVM14N5MDE
125
CEX ENDOSCOPIA
SONY
MONITOR
PVM20L2MD
129
CEX ENDOSCOPIA
SONY
MONITOR PROCESADORA DE VIDEO
LMD-2020
137
CEX ENDOSCOPIA
EXERA CV-145
126
CEX ENDOSCOPIA
WASSENBURG
OLYMPUS
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OLYMPUS
PROCESADORA DE VIDEO
EXCERA CV-160
134
CEX ENDOSCOPIA
A.G.S. GRANADA SUR Fabricante
Tipo de sistema
Modelo
Nº de Inv
Nº de Serie
Localización
FUJINON
VIDEOGASTROSCOPIO
EG-200FP
H0025
2G135D441
C.C E.E. 201 (ENDOSCOPIA)
FUJINON
EC-530FL
H0026
3C654A032
C.C E.E. 201 (ENDOSCOPIA)
FUJINON
VIDEOCOLONOSCOPIO PROCESADOR DE VIDEO
FX 2500
H0028
3V564A302
C.C E.E. 201 (ENDOSCOPIA)
FUJINON
VIDEOCOLONOSCOPIO
EC-250WL5
H0029
5C341A142
C.C E.E. 201 (ENDOSCOPIA)
FUJINON
VIDEOGASTROSCOPIO
EG-200
H0030
6G197A377
C.C E.E. 201 (ENDOSCOPIA)
FUJINON
VIDEOCOLONOSCOPIO
EC-250WL5
H0036
5C341A129
C.C E.E. 201 (ENDOSCOPIA)
FUJINON
VIDEOCOLONOSCOPIO
EC-530FL
H0781
3C654A357
C.C E.E. 201 (ENDOSCOPIA)
FUJINON
VIDEOGASTROSCOPIO
EG-530FP
H0839
4G374a183
C.C E.E. 201 (ENDOSCOPIA)
H0033
CAX19MV6A3600460
C.C E.E. 201 (ENDOSCOPIA)
EB-270S
H0038
3B049A044
C.C E.E. 202 (BRONCOSCOPIA)
NEOVO
MONITOR DE VIDEO
FUJINON FUJINON
VIDEOBRONCOSCOPIO PROCESADOR DE VIDEO
EPX 2500
H0039
3V564A340
C.C E.E. 202 (BRONCOSCOPIA)
FUJINON
VIDEOBRONCOSCOPIO
EB-530H
H0044
3B068A040
C.C E.E. 202 (BRONCOSCOPIA)
PENTAX
BRONCOSCOPIO
FB-18X
H0043
SONY
MONITOR DE VIDEO
PVM-14L1MDE
H0042
6202676
C.C E.E. 202 (BRONCOSCOPIA) C.C E.E. 202 (BRONCOSCOPIA) C.C E.E. 202 (BRONCOSCOPIA)
NEOVO
MONITOR DE VIDEO
H0871
6B2300300
OLYMPUS
FUENTE DE LUZ
CLU S-20
H0075
7856370
C.C. E.E. 103
SONY
MONITOR DE VIDEO
KV-14LT1E
H0091
4674889
ELECTROMEDICINA
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ANEXO II. CARACTERÍSTICAS DEL MANTENIMIENTO. SERVICIO DE MANTENIMIENTO.I)
RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO.-
1.Efectuará UNA REVISION AL AÑO de las condiciones de trabajo de los equipos objeto del contrato. 2.Los repuestos necesarios para la reparación y mantenimiento de los equipos objeto de este contrato pasarán a ser propiedad del Centro desde el mismo momento de su incorporación a los equipos, obligándose a cederlos gratuitamente, pasando las piezas defectuosas a ser propiedad del Adjudicatario. II)
REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE MANTENIMIENTO.-
1.El Adjudicatario, avisará con una antelación mínima de 48 horas, antes de proceder a cada una de las revisiones, con el fin de poder programar el trabajo satisfactoriamente por ambas partes 2.Las reparaciones serán efectuadas por parte del Adjudicatario sin demora quedando la Institución obligada a dar al personal técnico designado toda clase de facilidades para realizar su cometido, posibilitando la ejecución de los trabajos de mantenimiento y reparación en las fechas y horas previamente anunciadas. III)
RESPONSABILIDADES DEL CENTRO.-
1.Mantener los equipos en las adecuadas condiciones de trabajo (limpieza, temperatura, humedad, etc.). 2.Impedir que las reparaciones de los equipos objeto del presente contrato sean realizadas por persona o entidad ajena a la Adjudicataria. IV)
RESPONSABILIDADES ADICIONALES DEL ADJUDICATARIO.-
1.De poderse demostrar su culpa en el deterioro del equipo objeto de este contrato, asumirá su responsabilidad en el sentido de subsanar los desperfectos causados en el mismo, por la realización de los trabajos deficientes. 2.En ningún caso, sin embargo, garantiza el contratista los posibles perjuicios ni la pérdida de beneficios que pudieran derivarse de averías a él no imputables. V)
MANTENIMIENTO PREVENTIVO/CORRECTIVO.-
Con carácter general el adjudicatario deberá presentar dentro de los 2 meses siguientes a la firma del contrato el Plan de Mantenimiento Preventivo de los equipos señalados en los Anexos consensuado con Área/Unidad de Electromedicina del Centro. 1. Revisión, control y limpieza de aquellos elementos que por su diseño, uso y función lo requieran. 2. Sustitución de los elementos de desgaste señalados por el fabricante con la periodicidad que éste indica. 3. Comprobación funcional y ajuste de parámetros a sus valores nominales, según protocolo de revisión del fabricante.
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4. Reparación de cualquier anomalía o avería detectada durante las intervenciones reseñadas anteriormente, o fruto de avisos recibidos del Centro aún fuera del periodo de revisión y durante el periodo de validez de este contrato. 5. La revisión de equipos se efectuará una vez al año en las dependencias del Centro donde se ubique el equipo, de acuerdo con él y dentro del programa de revisiones del Adjudicatario. 6. El Adjudicatario, facilitará un Certificado de Revisión de cada uno de los equipos sujetos al presente Contrato, a la terminación de cada revisión. 7. El Adjudicatario, se compromete a cumplir con toda la normativa en vigor o que se dicte durante la vigencia del presente Contrato. 8. El Adjudicatario, garantizará durante un plazo de seis meses las revisiones y reparaciones efectuadas en los equipos objeto de este Contrato, así como el material sustituido. 9. El Equipamiento incluido en el presente Contrato, deberá estar en condiciones normales de funcionamiento, así mismo deberá encontrarse al corriente en los niveles de revisión especificados por el Fabricante, a los efectos de su cualificación para la prestación de los servicios objeto de este Contrato, garantizando el marcado CE y especificaciones técnicas originales de los equipos. 10. El Adjudicatario queda facultado para realizar, sin cargo alguno para el Centro, las modificaciones al Equipamiento Contratado que estime necesarias en orden a mejorar su funcionamiento y fiabilidad. 11. En el caso de que el Centro no autorizara al Adjudicatario a realizar tales modificaciones en su equipo, dicho equipo dejaría de estar cualificado para la prestación de los servicios contratados, asumiendo el Centro expresamente la responsabilidad del funcionamiento de los equipos, exonerando de la misma al Adjudicatario. 12. El Centro se compromete a facilitar el acceso a sus dependencias, así como a dar la máxima disponibilidad del Equipamiento Contratado, en las fechas concertadas con el Adjudicatario. 13. En caso de que se produzcan demoras injustificadas en la inspección porque el Centro no cumple con su cometido según el apartado anterior, el Adjudicatario se reserva el derecho de facturar los gastos ocasionados por la espera del personal, desplazamientos, dietas extras, etc. 14. Los servicios objeto de contratación se prestarán por el adjudicatario, en días laborables, de ocho a diecisiete horas, salvo acuerdo expreso en contra, que tendrá un valor añadido. 15. El Centro queda obligado a notificar por escrito y con la máxima urgencia al Adjudicatario, la inadecuada o insatisfactoria actuación en que los técnicos de éste último pudieran incurrir. 16. Las reparaciones solicitadas se realizarán con un tiempo de respuesta que en ningún caso rebasará las 24 horas, contadas a partir del aviso que el Centro formule a la empresa adjudicataria. Alternativamente, cualquier equipo averiado podrá ser sustituido, por otro de similares características dentro de las 24 h siguientes a la salida del equipo para su reparación fuera del Centro. 17. Los equipos de reposición utilizados deberán ser compatibles con los estándares con los equipos y accesorios existentes en el Centro, garantizando la compatibilidad del equipamiento entre los diversos servicios hospitalarios cubiertos.
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VI)
EXCLUSIONES.-
1. Quedan excluidos del presente contrato los gastos ocasionados como consecuencia de huelgas, manifestaciones o catástrofes tales como inundaciones, incendios, etc. 2. Cuando los gastos se deban a utilización indebida consciente, actuación dolosa, desconocimiento de uso, acto de negligencia o fallo de red eléctrica. Se entenderá como acto e negligencia cualquier avería provocada por golpes, aplastamientos y cortes impropios de la praxis, En el caso de mordeduras así como inundaciones de los equipos, se realizará la valoración conjunta del caso. 3. En las consideraciones de exclusión anteriores el Adjudicatario está obligado a facilitar al Centro una valoración de los daños con el objetivo de conocer los costos para restablecer el servicio prestado. a. Averías producidas por accidente o robo. b. Cuando se haya intentado o realizado una reparación por personal técnico no autorizado por el Adjudicatario. c. Cuando el equipo haya sido instalado en un local que no cumpla los requisitos dictados en el Manual de usuario, referidos a las condiciones de instalación y ambientales. d. Cuando la avería sea debida al uso de repuestos o accesorios que no sean originales o autorizados por el Adjudicatario. En estos casos el equipo deja de ser Producto cualificado, por lo que el Adjudicatario facturará al precio de lista vigente, previa aceptación de presupuesto, las actuaciones necesarias para devolver el equipo a la condición de Producto cualificado.
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