FAMILIA NUMEROSA. Esta Tarifa facilita a los miembros de las familias consideradas numerosas la posibilidad de viajar con importantes descuentos

T. E. Nº 2 IV.7 – 16.1.1 VIGENCIA A PARTIR DEL 10/06/2014 FAMILIA NUMEROSA Esta Tarifa facilita a los miembros de las familias consideradas numerosa

16 downloads 100 Views 4MB Size

Recommend Stories


DIFRUTA DE IMPORTANTES DESCUENTOS... PROTÉGETE CON ATLANTIS
ESTAR AFILIADO A CCOO, ES MUCHO MÁS Nº 2, ENERO 2011 Descubre la guía útil de servicios para los afiliados de CCOO http://www.fsc.ccoo.es/webfscpos

GUÍA DE LAS FAMILIAS NUMEROSAS DE LA COMUNITAT VALENCIANA
GUÍA DE LAS FAMILIAS NUMEROSAS DE LA COMUNITAT VALENCIANA GENERALITAT CONSELLERIA D'IGUALTAT I POLÍTIQUES INCLUSIVES DIRECCIÓ GENERAL DE L'AGÈNCIA VA

para la identificación taxonómica de las familias. El uso de las diapositivas facilita la
En la Botánica Sistemática es muy importante el reconocimiento de estructuras morfológicas para la identificación taxonómica de las familias. El uso d

AIR FRANCE LE FACILITA LAS CLAVES PARA VIAJAR CON TODA TRANQUILIDAD
AIR FRANCE LE FACILITA LAS CLAVES PARA VIAJAR CON TODA TRANQUILIDAD París, 28 de junio de 2006 Servicio de prensa y estudios junio de 2006 1 AIR

Story Transcript

T. E. Nº 2 IV.7 – 16.1.1

VIGENCIA A PARTIR DEL 10/06/2014

FAMILIA NUMEROSA Esta Tarifa facilita a los miembros de las familias consideradas numerosas la posibilidad de viajar con importantes descuentos. Es una Tarifa dirigida a miembros de familia numerosa que dispongan del correspondiente título acreditativo, beneficiándose de descuentos según categoría. Es de aplicación en servicios AVE, Larga Distancia, Avant, Media Distancia Convencional, Cercanías y Feve, en todas las clases (plazas sentadas y acostadas).

El descuento se efectuará únicamente en el momento de la compra de los billetes, aplicándose los siguientes porcentajes de descuentos: •

20% para los integrantes de familia numerosa de categoría general.



50% para los integrantes de familia numerosa de categoría especial.

Los títulos de familia numerosa, emitidos por la Generalitat de Catalunya para familias monoparentales, solo serán aceptados como tales en los trenes de Rodalies, cuya administración es competencia de la Generalitat de Catalunya, quién determina sus condiciones de comercialización. Estos descuentos son acumulables a cualquier otro, excepto en aquellos productos/servicios/ofertas que específicamente así lo indiquen en las condiciones comerciales de los mismos.

DOCUMENTOS Para la obtención del descuento a la hora de realizar la compra se deberá presentar el título oficial de familia numerosa (libro, carnet, etc.), o documento que acredite fehacientemente tal condición del viajero y la categoría en que la misma se clasifica, que establezca y expida, de forma individual o colectiva, la Comunidad Autónoma donde tenga su residencia. Dicha documentación, igualmente, deberá presentarse en cualquier fase del viaje que sea requerida.

T.E. 2 IV.7.1 – 16.1.1

10/06/14

Pág. 1 de 2

CANALES DE VENTA DE LOS BILLETES

Los billetes se podrán adquirir en puntos de venta en las estaciones (taquillas), www.renfe.com, agencias de viajes, Oficina de Ventas de Ceuta, Venta Telefónica, Máquinas Autoventa Multiproducto y Renfe Ticket.

CAMBIOS Y ANULACIONES Se podrán efectuar cambios y anulaciones en las condiciones previstas para estas operaciones si las tarifas aplicadas en el billete adquirido así lo permiten, y teniendo en cuenta los requisitos establecidos para cada canal de venta.

CONTROL DE ACCESO Y EN RUTA El cliente, en el control de acceso o en ruta, deberá presentar el billete junto con los documentos justificativos para la obtención de los descuentos aplicados y el título de familia numerosa y conservarlos hasta la finalización del viaje. También se le podrá requerir, por el personal encargado, el documento que acredite la identidad del viajero. Si el cliente no presenta cualquiera de los documentos señalados en el control de acceso, se le ofrecerá si se cuenta con medios para ello, la posibilidad de regularizar el viaje en el propio control de acceso o en el tren. En cualquier caso el cliente podrá realizar la regularización del viaje en la taquilla. En ruta, si el cliente no presenta alguno de los documentos anteriores, se le considerará, viajero desprovisto de título de transporte válido para viajar y estará sujeto a lo indicado en la Tarifa Especial nº 1 "Viajeros sin título de transporte válido" o en las Condiciones Generales de Contratación de los Servicios Viajeros de Feve. Al final de esta tarifa se reproducen, a modo de ejemplo, los facsímiles de varios títulos oficiales como anexos.

OTRAS CONDICIONES Lo no recogido en la presente norma se rige por lo señalado en las Tarifas Especiales correspondiente y/o Condiciones Generales de los Contratos de Transporte relativas al servicio utilizado en cada caso. Este documento anula y sustituye a la: Tarifa Especial nº 2 IV.8, de fecha 9 de junio de 2010 Tarifa Especial nº 5 - Apartado d) del Título III.III, de fecha 1 de septiembre de 2012 A todo lo publicado sobre Familia Numerosa para Servicios Feve de Cercanías y Regionales.

FRANCISCO CAÑAMERO PALACIOS Director de Comercial y Marketing VºBº ALBERTO GARCÍA ÁLVAREZ Director General de Renfe Viajeros T.E. 2 IV.7.1 – 16.1.1

10/06/14

Pág. 2 de 2

ANEXO 1 OPERATIVA EN SISTEMAS DE VENTA

ORIÓN, VCX, AGENCIAS DE VIAJES y WWW.RENFE.COM Una vez elegido el tren, clase y tarifa, para acumular el descuento de familia numerosa se codificará o seleccionará en el campo "Organismo" la opción "070 - Familia numerosa categoría general" o la opción "072 - Familia numerosa categoría especial" y, además, se introducirá en el campo correspondiente el número del título.

VISIR •

Oferta comercial que lleve asociada un número de documento (Tarjeta Dorada, Carné Joven, etc.) ƒ Código de tarifa correspondiente a la oferta comercial ƒ Campo 1er. documento: número de documento acreditativo de la oferta ƒ Campo 2º documento: * letra “G” + nº título de familia numerosa de categoría General * letra “E” + nº título de familia numerosa de categoría Especial



Resto de tarifas (Ida, Ida y Vuelta, etc.) no asociadas a un número de documento. ƒ Código de tarifa correspondiente a la oferta comercial ƒ Campo 1er.documento: * letra “G” + nº título de familia numerosa de categoría General * letra “E” + nº título de familia numerosa de categoría Especial



Billete correspondiente a un código relativo a una tarifa con cargo a código de organismo (Ministerio de Defensa, Guardia Civil, etc.) ƒ Código de tarifa correspondiente a la oferta comercial ƒ Campo 1er. documento: número del documento correspondiente al organismo ƒ Campo 2º documento: * letra “G” + nº título de familia numerosa de categoría General * letra “E” + nº título de familia numerosa de categoría Especial

FEVE En los sistemas de venta atendida de Feve los organismos y las Familias Numerosas se entienden como una condición de descuento sobre las tarifas a las que son aplicables, y no como una tarifa en sí mismas. Para expender un título de transporte con la condición de Familia Numerosa: • • •

Seleccionar la tarifa base solicitada por el cliente (IDA, I/V, Mensual, poseedor T.Dorada,…). En la ventana que aparece se seleccionará el descuento (DTO 1) y a continuación se escogerá Familia Numerosa Especial o General, según proceda. A continuación deberá introducirse el número del documento que acredite la condición de Familia Numerosa.

Cuando una misma tarifa pueda acumular más de un descuento, por ejemplo Militar cuenta propia mas Familia Numerosa, la condición de FN se escogerá preferentemente en el segundo descuento disponible en la opción de venta (DTO 2).

T. E. 2 IV.7.2 – 16.1.1

10/06/14

Pág. 1 de 1

ANEXO 2 FACSÍMILES

JUNTA DE ANDALUCÍA

COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON

T. E. 2 IV.7.3 – 16.1.1

10/06/14

Pág.1 de 8

PRINCIPADO DE ASTURIAS

COMUNITAT AUTÒNOMA DE LES ILLES BALEARS

T. E. 2 IV.7.3 – 16.1.1

10/06/14

Pág.2 de 8

COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS

COMUNIDAD AUTONOMA DE CANTABRIA

COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA –LA MANCHA

T. E. 2 IV.7.3 – 16.1.1

10/06/14

Pág.3 de 8

JUNTA DE CASTILLA Y LEON

GENERALITAT DE CATALUNYA

CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

T. E. 2 IV.7.3 – 16.1.1

10/06/14

Pág.4 de 8

JUNTA DE EXTREMADURA

XUNTA DE GALICIA

T. E. 2 IV.7.3 – 16.1.1

10/06/14

Pág.5 de 8

COMUNIDAD AUTONOMA DE LA RIOJA

COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

T. E. 2 IV.7.3 – 16.1.1

10/06/14

Pág.6 de 8

COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

T. E. 2 IV.7.3 – 16.1.1

10/06/14

Pág.7 de 8

GENERALITAT VALENCIANA

T. E. 2 IV.7.3 – 16.1.1

10/06/14

Pág.8 de 8

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.