Financiamiento para políticas de desarrollo

MANUAL DE OPERACIONES DEL BANCO MUNDIAL Políticas Operacionales OP 8.60 Agosto de 2004 Estas políticas se han elaborado para uso del personal del B

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MANUAL DE OPERACIONES DEL BANCO MUNDIAL

Políticas Operacionales

OP 8.60 Agosto de 2004

Estas políticas se han elaborado para uso del personal del Banco Mundial y no constituyen necesariamente un tratamiento exhaustivo del tema.

Este documento es una traducción de la versión en inglés de OP 8.60, Development Policy Lending, de agosto de 2004, que contiene el texto autorizado de esta política operacional según fue aprobada por el Banco Mundial. En el caso de una incongruencia entre este documento y el texto de la versión en inglés de OP 8.60 de agosto de 2004, este último prevalecerá.

Financiamiento para políticas de desarrollo Nota: La Política Operacional (OP) y la Norma de Procedimiento (BP) 8.60 reemplazan, en conjunto, al documento OD 8.60, Adjustment Lending Policy y actualizan las decisiones de política general contenidas en Issues in Adjustment Lending (R-9655), 2 de abril de 1996; Adjustment Lending to Subnational Units (SecM98-96[Rev.]), 14 de mayo de 1998; Programmatic and Emergency Adjustment Lending: World Bank Guidelines (R-98-249), 22 de octubre de 1998, y los siguientes memorandos operacionales: Adjustment Operations–Documentation of Policy Performance in Initiating Memoranda, 31 de marzo de 1988; Tranche Release for Adjustment Operations, 21 de enero de 1992; Simplifying Disbursement under Structural and Sectoral Adjustment Loans, 8 de febrero de 1996; Guidelines for Special Structural Adjustment Loans, 19 de abril de 1999; Guidelines for Programmatic Adjustment Loans/Credits, 11 de febrero de 2000; Clarification of Current Bank Policy on Adjustment Lending, 5 de junio de 2000 e Interim Guidelines for Poverty Reduction Support Credits (PRSCs), 31 de mayo de 2001. En ellas también se recogen las disposiciones pertinentes contenidas en Proposal to Introduce a Deferred Drawdown Option (DDO) for Use with IBRD Adjustment Loans (R2001-0174), 26 de septiembre de 2001, y en Política del Banco Mundial sobre el acceso a la información, (2002), modificada en marzo de 2005. Estas OP y BP se aplican a todas las operaciones cuya idea sea objeto de examen a partir del 1 de septiembre de 2004 inclusive. Las preguntas sobre el financiamiento para políticas de desarrollo deben dirigirse a la Vicepresidencia de Políticas de Operaciones y Servicios a los Países.

1. El financiamiento para políticas de desarrollo consiste en financiamiento de rápido desembolso en apoyo de reformas de políticas, que el Banco1 concede en forma de préstamo o donación para ayudar a un prestatario a solucionar necesidades efectivas o previstas de financiamiento para fines de desarrollo, de origen tanto interno como externo. El Banco puede proporcionar financiamiento para políticas de desarrollo a un país miembro o a una subdivisión política del mismo2. Consideraciones al otorgar financiamiento para políticas de desarrollo 2. El objetivo del financiamiento para políticas de desarrollo es ayudar al prestatario a lograr una reducción sostenible de la pobreza a través de un programa de medidas normativas e institucionales orientadas a fomentar el crecimiento y generar un mayor bienestar, así como a incrementar el ingreso de los pobres. Las operaciones de financiamiento para políticas de desarrollo respaldan las políticas económicas y sectoriales y las instituciones nacionales cuya finalidad es acelerar el crecimiento sostenible y lograr una asignación eficaz de los recursos, y son compatibles con las mismas. Normalmente, respaldan un programa de medidas normativas e institucionales, por ejemplo, con el fin de mejorar las condiciones para la inversión, diversificar la economía, crear empleo y cumplir con los compromisos internacionales pertinentes. Todo

subcomponente de financiamiento para proyectos de inversión que se incluya en una operación de financiamiento para políticas de desarrollo está sujeto a las pertinentes políticas operacionales aplicables a dicho financiamiento3. 3. Criterios de financiamiento y selectividad. La pertinencia del financiamiento para políticas de desarrollo que se proporciona a un país se determina en el contexto de la estrategia de asistencia al país (EAP). La decisión del Banco de conceder financiamiento de ese tipo se basa en una evaluación del marco normativo e institucional del país, en particular la economía, la gobernabilidad, la gestión ambiental y de los recursos naturales, así como la situación de la pobreza y los aspectos sociales. El Banco tiene en cuenta la solidez del programa y el compromiso y el grado de “propiedad” o identificación nacional con el mismo, y los evalúa con respecto a su historial. En la evaluación también se determina la capacidad institucional del país para ejecutar eficazmente el programa que ha de recibir apoyo y se describen las medidas de fortalecimiento de la capacidad nacional. 4. Volumen/proporción. El volumen total previsto o la proporción de financiamiento para políticas de desarrollo que se concede a un prestatario, se determina en el contexto de la EAP, teniendo en cuenta los siguientes factores: a) Las necesidades de financiamiento del país, considerando las medidas necesarias para lograr los resultados previstos del programa, los costos de este último, el volumen y el perfil de desembolsos del programa de financiamiento del Banco, y otro tipo de financiamiento disponible; b) En el caso de los prestatarios de la Asociación Internacional de Fomento (AIF), la asignación relativa de los recursos disponibles en condiciones concesionarias correspondiente a cada país; en el de los prestatarios del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), el total de compromisos del país con el BIRF desde el punto de vista de la solvencia y los riesgos; c) La sostenibilidad de la deuda global del prestatario, basada en una evaluación del impacto previsto que tendrá el programa de políticas de desarrollo en la situación de la deuda del país; d) La capacidad de absorción del país, y e) Los resultados que debe lograr el país para activar las hipótesis de financiamiento previstas en la EAP. 5. Marco macroeconómico. El Banco concede financiamiento para políticas de desarrollo a un país únicamente cuando ha establecido que su marco de políticas macroeconómicas es adecuado4. Para que se pueda liberar cada tramo del préstamo, esas condiciones propicias deberán haberse mantenido en el país. En el caso del financiamiento para políticas de desarrollo destinado a una subdivisión política, el estado o la región debe tener un programa adecuado de gastos, así como mecanismos fiscales apropiados con el gobierno central. 6. Consultas y participación. Como parte del diálogo con los países, el Banco recomienda a los prestatarios que consulten a las principales partes interesadas del país y que

recaben su participación en el proceso de formulación de las estrategias nacionales de desarrollo5. Para una operación de financiamiento para políticas de desarrollo, el país se basa en este proceso de formulación de la estrategia para establecer, en el contexto de su marco constitucional y legislativo, la forma y el alcance de las consultas y la participación en la preparación, ejecución, seguimiento y evaluación de la operación. El personal del Banco describe en el documento del programa los mecanismos de consulta y participación establecidos por el país que sean pertinentes a la operación, y los resultados del proceso participativo utilizado para formular la estrategia nacional de desarrollo. Los estudios analíticos realizados por el Banco, en particular los relativos a los efectos en la reducción de la pobreza y la situación social y a los aspectos ambientales, se dan a conocer al público como parte del proceso de consultas, de conformidad con las disposiciones de la política del Banco sobre acceso a la información. 7. Coordinación con otros asociados en la tarea del desarrollo. En la preparación de las operaciones de financiamiento para políticas de desarrollo, el Banco colabora con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y otras instituciones financieras internacionales y donantes, según corresponda, manteniendo al mismo tiempo la responsabilidad por sus decisiones de otorgar financiamiento. Diseño de las operaciones de financiamiento para políticas de desarrollo 8. Objetivos de desarrollo. Los Directores Ejecutivos examinan y aprueban cada operación de financiamiento para políticas de desarrollo cuando consideran que se cumple la disposición sobre circunstancias especiales contenida en el Convenio Constitutivo del Banco6. En el documento del programa se describe el programa nacional que ha de recibir apoyo y los resultados específicos previstos de la transferencia de recursos. En el diseño del programa se incluyen indicadores cuantificables para el seguimiento de los avances durante su ejecución y para la evaluación de los resultados luego de su terminación. 9. Fundamentos analíticos. Las operaciones de financiamiento para políticas de desarrollo se basan en los pertinentes estudios analíticos sobre el país que llevan a cabo el Banco, el país y terceros. A través de un proceso consultivo, en la EAP se evalúa la suficiencia de los estudios analíticos sobre el país y se indica cómo se abordarán las lagunas de información. En el documento del programa se describen los principales estudios analíticos utilizados en la preparación de la operación y se señala su vinculación con el programa de políticas de desarrollo propuesto. Según corresponda, los estudios analíticos previos incluyen exámenes de las instituciones y políticas económicas generales y sectoriales del país orientadas a promover la inversión, generar empleo, acelerar y mantener el crecimiento, así como análisis del impacto de las políticas propuestas en la reducción de la pobreza y la situación social7, la gestión ambiental y de los recursos naturales8, la gobernabilidad y los sistemas de gestión del gasto público, adquisiciones y rendición de cuentas sobre la gestión financiera. 10. Efectos en la reducción de la pobreza y la situación social. El Banco determina si es probable que las políticas nacionales específicas respaldadas por la operación tengan consecuencias significativas en la reducción de la pobreza y la situación social, especialmente en los pobres y los grupos vulnerables9. Cuando es probable que las políticas nacionales tengan

efectos significativos, el Banco incluye en el documento del programa una síntesis de la información analítica pertinente sobre esos efectos y sobre los sistemas del prestatario para reducir los efectos adversos y favorecer las consecuencias positivas resultantes de las políticas específicas que están recibiendo ayuda. Si el análisis contiene lagunas significativas o si los sistemas del prestatario presentan grandes deficiencias, el Banco describe en el documento del programa cómo se abordarían esas lagunas o deficiencias antes o durante la ejecución del programa, según corresponda. 11. Aspectos relativos al medio ambiente, los bosques y otros recursos naturales. El Banco determina si es probable que las políticas nacionales específicas respaldadas por la operación tengan efectos significativos en el medio ambiente, los bosques y otros recursos naturales del país10. En caso afirmativo, el Banco incluye en el documento del programa una evaluación de los sistemas del prestatario para reducir esos efectos adversos y acrecentar los positivos, basándose en los pertinentes análisis ambientales nacionales o sectoriales. Si el análisis contiene lagunas significativas o si los sistemas del prestatario presentan grandes deficiencias, el Banco describe en el documento del programa cómo se abordarían esas lagunas o deficiencias antes o durante la ejecución del programa, según corresponda. 12. Financiamiento del programa y tamaño de la operación. El Banco concede un préstamo para políticas de desarrollo únicamente cuando el programa global dispone de financiamiento suficiente, teniendo en cuenta las fuentes de recursos internas y externas. La magnitud de cada operación de financiamiento para políticas de desarrollo se establece en forma individual según las circunstancias del país, incluidos los siguientes factores: a) Las necesidades proyectadas de financiamiento total en el momento de la operación (incluido el costo de las reformas, cuando corresponda), la disponibilidad de otras fuentes de financiamiento, la sostenibilidad de la deuda y la capacidad crediticia (en el caso de los prestatarios del BIRF) o el derecho relativo de cada país a recibir recursos disponibles en condiciones concesionarias (en el caso de los prestatarios de la AIF); b) El volumen de financiamiento previsto y la proporción de financiamiento para políticas de desarrollo frente al total de financiamiento establecido en la EAP, y c) El logro de los resultados que el país debe alcanzar para activar el financiamiento previsto en la EAP. 13. Condiciones. El Banco determina cuáles de las medidas normativas e institucionales convenidas que debe llevar a cabo el país son cruciales para ejecutar el programa respaldado por el préstamo para políticas de desarrollo y obtener los resultados previstos. El Banco pone el importe del préstamo a disposición del prestatario cuando se ha mantenido un marco de políticas macroeconómicas adecuadas, el programa global se ha implementado de una manera que el Banco considera satisfactoria, y se han cumplido estas condiciones fundamentales del programa11. En consulta con el país, el Banco procura armonizar estas condiciones con otros asociados en la tarea del desarrollo12.

14. División en tramos. El financiamiento para políticas de desarrollo puede concederse en uno o más tramos, de acuerdo con el entorno de políticas y la capacidad del país, sus necesidades de financiamiento y otro tipo de financiamiento disponible, y el contenido y escalonamiento del programa financiado por la operación13. Las operaciones de financiamiento para políticas de desarrollo, que se ajustan a un enfoque programático, constan de una serie de operaciones dentro de un marco normativo e institucional a mediano plazo14. Las operaciones independientes y de tramo único para políticas de desarrollo están incorporadas en un marco explícito a mediano plazo y se basan en medidas normativas e institucionales adecuadas, adoptadas previamente. En todas las operaciones, la liberación de cada tramo está sujeta a que se haya mantenido un marco de políticas macroeconómicas adecuadas y se hayan cumplido satisfactoriamente las condiciones para dicha liberación. 15. Gestión de riesgos. Al prestatario le cabe la función principal en la gestión de los riesgos operacionales que afectan la eficacia en términos de desarrollo de la operación de financiamiento para políticas de desarrollo. El Banco identifica en forma independiente los riesgos financieros y no financieros15 relacionados con el programa y se cerciora de que la operación incluya medidas de mitigación adecuadas e indicadores cuantificables para hacer el seguimiento de los riesgos de alta probabilidad. 16. Ejecución, seguimiento y evaluación. El prestatario ejecuta la operación de financiamiento para políticas de desarrollo, lleva a cabo el seguimiento durante la ejecución y evalúa los resultados una vez que ésta ha concluido. El personal del Banco hace una evaluación y un seguimiento para determinar la adecuación de los mecanismos de que se valdrá el prestatario para cumplir esas responsabilidades, teniendo debidamente en cuenta la capacidad del país. Además, durante la supervisión examina los avances logrados en la ejecución para verificar que se cumplan las condiciones del programa, así como los compromisos jurídicos, y para validar las conclusiones de las actividades de seguimiento y evaluación16. En la supervisión se pone énfasis en el impacto sobre el desarrollo, y se evalúan los cambios en los productos y en los efectos directos derivados de la operación. Mecanismos fiduciarios para una operación de financiamiento para políticas de desarrollo 17. El Banco, tomando como base el análisis pertinente de la gestión de las finanzas públicas del país, determina si la operación debería incluir medidas para abordar las deficiencias fiduciarias identificadas. 18. Desembolsos. Los fondos para políticas de desarrollo se desembolsan cuando se ejecuta satisfactoriamente el programa pertinente, con inclusión del cumplimiento de las condiciones estipuladas para la liberación de los tramos y el mantenimiento de un marco de políticas macroeconómicas satisfactorias. El prestatario se compromete a no usar dichos fondos para sufragar gastos inadmisibles. Por lo general, el Banco desembolsa los fondos del préstamo en una cuenta que forma parte de las reservas de divisas oficiales del país (mantenidas normalmente por el banco central), y un importe equivalente a los fondos del préstamo se acredita en una cuenta del gobierno para financiar los gastos presupuestados.

19. Mecanismos fiduciarios. El Banco presta especial atención al uso global que hace el prestatario de los recursos en divisas y presupuestarios, de la siguiente manera: a) Divisas. El personal del Banco examina, y analiza con el personal del FMI si corresponde, la evaluación más reciente del banco central del prestatario llevada a cabo por el FMI. Cuando, según la evaluación, el marco de control del banco central es satisfactorio o existen problemas para los cuales el prestatario ha convenido en aplicar medidas correctivas bajo la supervisión del FMI, el Banco no adopta ninguna otra medida. b) Recursos presupuestarios. El Banco examina los mecanismos de gestión de las finanzas públicas y de adquisiciones del país mediante estudios de diagnóstico e informes preparados por el prestatario y por terceros, en particular informes anuales de auditoría publicados por el banco central y el gobierno. En esos exámenes se basan las decisiones del Banco relativas al monto de los préstamos para políticas de desarrollo, la división en tramos, el contenido del programa, la condicionalidad y las medidas de mitigación de los riesgos. Cuando en los análisis disponibles se identifican deficiencias en el marco de control o el sistema de gestión presupuestaria del banco central del prestatario, o cuando no existe un plan de acción aceptable para resolver las deficiencias identificadas, el Banco señalará las medidas adicionales necesarias para asegurar que existan mecanismos fiduciarios aceptables para el financiamiento para políticas de desarrollo: por ejemplo, exigir la apertura de cuentas específicas para los fondos del préstamo o los fondos de contrapartida, y reservarse el derecho de solicitar una auditoría de dichas cuentas. El Banco también puede ponerse de acuerdo con el prestatario acerca del uso de los fondos del préstamo o los fondos de contrapartida17. Opciones 20. Una operación de financiamiento para políticas de desarrollo puede incluir una o más opciones con requisitos específicos. Giro diferido 21. Una opción de giro diferido permite al prestatario postergar la utilización de un préstamo durante un período de giro definido después de que el convenio de préstamo ha entrado en vigor. Esta opción se incluye en la EAP y no constituye una “ventanilla” para obtener recursos adicionales. 22. Admisibilidad, período de giro y condiciones. Los prestatarios que reúnen los requisitos para recibir fondos del BIRF pueden diferir por un máximo de tres años el desembolso de un préstamo para políticas de desarrollo en un tramo único o en varios tramos siempre que: a) la ejecución de todo el programa sea coherente con la carta de intenciones sobre las políticas de desarrollo, y b) el marco de políticas macroeconómicas siga siendo adecuado. En el caso de un préstamo para políticas de desarrollo que contenga una opción de giro diferido, antes de su presentación al Directorio deben cumplirse todas las condiciones específicas para la liberación de los tramos; ninguna de ellas se incluye como condición de entrada en vigor en el convenio de préstamo.

23. Condiciones financieras. Un préstamo para políticas de desarrollo con una opción de giro diferido conlleva un período de giro de tres años. El plazo de amortización, incluido un período de gracia, comienza a partir del inicio del período de intereses siguiente al giro18. El Banco puede prorrogar el período de giro por un plazo adicional de hasta tres años si la ejecución por el país de su programa de reformas, así como su marco de políticas macroeconómicas, siguen siendo satisfactorios. Financiamiento especial para políticas de desarrollo 24. En el caso de los países que pueden recibir fondos del BIRF y están al borde o en medio de una crisis de dimensiones estructurales y sociales importantes, y tienen necesidades de financiamiento urgentes y extraordinarias, el Banco puede, con carácter excepcional, conceder financiamiento especial para políticas de desarrollo por un importe superior al establecido en la EAP. La magnitud de ese apoyo financiero está sujeta a la disponibilidad, por parte del BIRF, de suficiente capacidad financiera y de exposición al riesgo. 25. Diseño y requisitos. Para poder recibir financiamiento especial para políticas de desarrollo, un país debe contar con un programa de desembolso respaldado por el FMI. Dicho financiamiento debe formar parte de un conjunto de medidas internacionales —en que podrían participar instituciones multilaterales, donantes bilaterales y prestamistas e inversionistas privados— en apoyo de la política estructural, social y macroeconómica, con cláusulas de condicionalidad incorporadas en un sólido programa de políticas. El Banco determina si el plan de financiamiento externo del país es sostenible, y se cerciora de que el financiamiento especial para políticas de desarrollo y su servicio conexo de la deuda se encuentren dentro de los límites de sostenibilidad de la deuda a mediano plazo. Un préstamo especial para políticas de desarrollo puede estar dividido en uno o más tramos. 26. Condiciones financieras. Las condiciones financieras del financiamiento especial para políticas de desarrollo reflejan la naturaleza especial y los altos riesgos que entraña el otorgamiento de préstamos por encima de los niveles previstos para ayudar en situaciones de crisis19. Financiamiento complementario 27. En casos excepcionales, el Banco puede proporcionar financiamiento complementario —un préstamo independiente, adicional a la cifra especificada en el convenio de préstamo original— para apoyar los objetivos del programa en curso de ejecución. Puede proporcionarse financiamiento complementario para una operación de financiamiento para políticas de desarrollo cuando un déficit de financiamiento imprevisto pone en peligro un programa de reformas que, por lo demás, está avanzando de acuerdo con el calendario previsto y cumple con el programa de políticas concertado. El financiamiento complementario se aprueba únicamente cuando se dan las siguientes circunstancias: a) El programa se está ejecutando de acuerdo con las disposiciones del convenio de préstamo;

b) El prestatario no puede obtener fondos suficientes de otros prestamistas en condiciones o con plazos razonables; c) No se dispone de tiempo suficiente para procesar otra operación independiente del Banco, y d) El prestatario está comprometido con el programa y los organismos de ejecución han demostrado que son competentes para llevarlo a cabo. Reducción de la deuda y de su servicio 28. En algunas circunstancias, podría solicitarse al Banco que utilizara sus recursos financieros en la reestructuración de un préstamo, la capitalización de una deuda o swaps de tasas de interés. El financiamiento para la reducción de la deuda y de su servicio ayuda a los países muy endeudados a reducir la deuda comercial y su servicio a un nivel manejable, como parte de un plan de financiamiento a mediano plazo en apoyo del crecimiento sostenible. El objetivo es racionalizar la deuda comercial externa del país, ya sea convirtiéndola en instrumentos con intereses más bajos o recomprándola con un descuento. Los fondos se desembolsan contra la deuda comercial ofrecida para recompras o para adquirir garantías aceptables, con la finalidad de reducir los pagos de principal e intereses sobre los nuevos instrumentos emitidos a cambio de la deuda existente. Merecen especial atención los siguientes casos: a) En los países donde ya se está ejecutando o se ha acordado realizar un programa de reformas estructurales con financiamiento para políticas de desarrollo al mismo tiempo que la reestructuración de la deuda respaldada por el Banco, éste debe tener la certeza de que los ahorros resultantes de la reducción de la deuda incrementarán los recursos disponibles para inversión, ya sea por el carácter global del programa o porque el prestatario le ha dado garantías específicas. b) En los países donde el Banco no participa actualmente en operaciones de financiamiento para políticas de desarrollo, para conceder a un país financiamiento destinado a la reestructuración de su deuda, el Banco debería demostrar: i) que, de acuerdo con lo previsto, la reducción del servicio de la deuda lograda a través de la operación se traduciría en un aumento de la inversión interna productiva20 y, en consecuencia, acrecentaría el crecimiento económico y el desarrollo incluso en ausencia de un programa de políticas de desarrollo respaldado por el Banco, y ii) que se prevé que continuará vigente el marco de políticas de apoyo del prestatario. c) Capitalización de la deuda y swaps de tasas de interés. La participación del Banco en operaciones de capitalización de la deuda (directa o indirecta) y swaps de tasas de interés se justifica cuando el financiamiento o las garantías del Banco ayudan al prestatario a: i) emprender una inversión nueva específica, ii) mejorar un proyecto existente, o iii) en circunstancias especiales, mejorar de manera significativa y sustancial las condiciones para la inversión de manera que se justifique la intervención.

Documentos y acceso a la información Documento del programa 29. En cada operación de financiamiento para políticas de desarrollo para la que se propone financiamiento del Banco, éste prepara un documento del programa, en el que se describe y evalúa la operación21. En él se incluye un anexo sobre las relaciones entre el Banco y el FMI22. El documento del programa se pone a disposición del público una vez que la operación ha sido aprobada por los Directores Ejecutivos. Carta de intenciones sobre las políticas de desarrollo 30. El prestatario establece el programa de objetivos, políticas y medidas que recibirán asistencia de la operación de financiamiento para políticas de desarrollo —normalmente un subconjunto de la estrategia global del gobierno— en una carta de intenciones sobre las políticas de desarrollo, que se incluye en los documentos del préstamo presentados al Directorio23. La carta de intenciones se pone a disposición del público una vez que los Directores Ejecutivos aprueban la operación, a menos que éstos dispongan de otro modo. Documentos de liberación de los tramos 31. Para cada tramo siguiente al primer tramo de una operación de financiamiento para políticas de desarrollo en varios tramos, el Banco prepara un documento de liberación de los tramos en el que se da cuenta del estado del programa que se respalda con la operación. Dicho documento se pone a disposición del público: a) después de que la administración del Banco ha aprobado la liberación del tramo de que se trate, y de haberse informado al Directorio Ejecutivo acerca de dicha aprobación, o b) si se recomienda una exención de las condiciones para la liberación de los tramos, después de que dicha exención haya sido aprobada por los Directores Ejecutivos. Situaciones de crisis y después de un conflicto 32. Los países afectados por una crisis24 o conflicto25 pueden requerir una respuesta excepcionalmente rápida del Banco. Es posible que no se cuente con tiempo suficiente, que el país no tenga la capacidad necesaria para abordar en debida forma los aspectos de diseño (como los posibles efectos distributivos, los efectos en los recursos naturales y el medio ambiente, y los mecanismos fiduciarios) o que no exista un sólido programa de políticas formulado en consulta con las partes interesadas. 33. En tales situaciones, se justifica otorgar financiamiento para políticas de desarrollo con carácter excepcional. Al solicitar la aprobación de estas operaciones al Directorio, el personal del Banco describe en el documento del programa la manera y el momento en que se abordarán las cuestiones de diseño que estén pendientes.

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El término “Banco” incluye al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la Asociación Internacional de Fomento (AIF); “préstamos” comprende los créditos y las donaciones de la AIF; por “prestatario” se entiende los prestatarios y los receptores de las donaciones de la AIF, y “subdivisiones políticas” se refiere, por ejemplo, a los estados o provincias. Véase la OP 7.00, Lending Operations: Choice of Borrower and Contractual Agreements. Véase la OP/BP 10.00, Investment Lending. La existencia de un programa adecuado del Fondo Monetario Internacional (FMI) suele ser un elemento importante para tomar una determinación. Si no existe tal programa del Fondo, el personal del Banco averigua, antes de hacer su propia evaluación, si el Fondo tiene alguna preocupación importante sobre la adecuación de las políticas macroeconómicas del país. Toda duda pertinente a la adecuación del marco de políticas macroeconómicas que plantee el FMI se comunica a los Directores Ejecutivos. El personal puede remitirse a Good Practices in Designing Development Policy Operations, donde encontrará orientaciones internas para la aplicación de la OP y BP 8.60 en lo referente a la evaluación del marco de políticas macroeconómicas. Las principales partes interesadas son los grupos sociales afectados directamente por las operaciones, así como los sectores público y privado, y las organizaciones donantes relacionadas con la operación. Las estrategias nacionales incluyen el documento de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP) en el caso de los países que pueden recibir financiamiento de la AIF, o la estrategia nacional de desarrollo general o sectorial en el caso de los países que pueden recibir financiamiento del BIRF. El personal puede remitirse a Good Practice Note in Supporting Participation in Development Policy Operations, donde encontrará orientaciones internas para la aplicación de la OP y BP 8.60 en lo referente a las consultas y la participación. En el Convenio Constitutivo del Banco se establece que los préstamos del Banco deben financiar proyectos específicos “salvo en circunstancias especiales”. Convenio Constitutivo del BIRF, Artículo III, Sección 4 vii), y Convenio Constitutivo de la AIF, Artículo V, Sección 1 b). Sobre el análisis de la pobreza, véase la OP 1.00 Poverty Reduction. El personal puede remitirse a User’s Guide on Poverty and Social Impact Analysis (Guía del usuario para el análisis del impacto social y en la pobreza), donde encontrará orientación específica sobre el análisis de los efectos distributivos. En la sección “Analytical and Advisory Assistance” (Asistencia para actividades analíticas y de asesoría) de la página web Environment (Medio ambiente) del Banco Mundial, véanse las secciones “Country Environmental Analysis” (Análisis ambientales nacionales) y “Strategic Environmental Assessment” (Evaluación ambiental estratégica). El personal puede remitirse a Good Practice Note on Poverty and Social Impact Analysis and Development Policy Lending, donde encontrará orientaciones internas para la aplicación de la OP y BP 8.60 y los criterios que pueden utilizarse para seleccionar las políticas que se van a analizar. El personal puede remitirse a Good Practice Note on Environmental and Natural Resource Aspects in Development Policy Lending, donde encontrará orientaciones internas para la aplicación de la OP y BP 8.60 en lo que respecta al análisis de los riesgos y oportunidades relativos al medio ambiente y los recursos naturales en el financiamiento para políticas de desarrollo. El personal puede remitirse a Good Practices In Designing Development Policy Operations, donde encontrará orientaciones internas para la aplicación de la OP y BP 8.60 en lo que respecta a la condicionalidad. Véase Strengthening IMF-World Bank Collaboration on Country Programs and Conditionality (SecM20010461), 23 de agosto de 2001. El personal puede remitirse a Good Practices In Designing Development Policy Operations, donde encontrará orientaciones internas para la aplicación de la OP y BP 8.60 en lo que respecta a la división en tramos. Este enfoque comprende los siguientes elementos: a) indicadores claros y cuantificables y puntos de referencia para determinar los avances, b) los resultados que se deben alcanzar para pasar de una operación de la serie a la siguiente, y c) cronología y montos teóricos de las operaciones siguientes. Un crédito de apoyo a la lucha contra la pobreza (CALP) es una operación de financiamiento para políticas de desarrollo en el contexto de un enfoque programático en respaldo del DELP de un país. Entre ellos, los riesgos operacionales, macroeconómicos, sociales y ambientales, así como los riesgos en el ámbito del desarrollo, la economía política, la gobernabilidad, la reputación, la capacidad y la ejecución. El personal puede remitirse a Good Practices In Designing Development Policy Operations, donde encontrará orientaciones internas para la aplicación de la OP y BP 8.60 en lo referente a la evaluación de los riesgos. El personal puede remitirse a Good Practices In Designing Development Policy Operations, donde encontrará orientaciones internas para la aplicación de la OP y BP 8.60 en lo referente a la ejecución y a las actividades de seguimiento.

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En los casos en que el Banco concierte con el prestatario los fines especificados para los cuales pueden destinarse los fondos del préstamo, se aplicarían las políticas del Banco relativas a las adquisiciones (véase la OP 11.00, Adquisiciones). Además, en tales casos se permite el financiamiento retroactivo en las siguientes condiciones: a) cuando los pagos son para partidas de gastos que pueden financiarse conforme a las condiciones del convenio de préstamo; b) cuando los pagos son para partidas que se han adquirido con arreglo a las normas de adquisiciones del Banco aplicables; c) cuando dichos pagos no superan el 20% del monto del préstamo, y d) cuando el prestatario efectúa los pagos no más de 12 meses antes de la fecha prevista para la firma del convenio de préstamo. La fecha después de la cual se pueden efectuar pagos se conviene en el momento de la evaluación inicial, se confirma durante las negociaciones y se incluye en el convenio de préstamo. En circunstancias extraordinarias, por ejemplo, en respuesta a una crisis o situación posterior a un conflicto (como se describe en los párrafos 32 y 33 de esta OP), el vicepresidente de la oficina regional correspondiente, en consulta con el vicepresidente de Políticas de Operaciones y Servicios a los Países, puede aprobar excepciones a los límites establecidos para ese financiamiento retroactivo. Las propuestas para financiamiento retroactivo, incluidas las excepciones a los límites normales para dicho financiamiento, se indican en el documento del programa. Véanse en la página web Financial Products and Services del Banco Mundial las condiciones financieras de las opciones de giro diferido. Para obtener información sobre la fijación de precios del financiamiento especial para políticas de desarrollo, véase Préstamos con margen fijo, abril de 2003. En la práctica del Banco, la inversión se ha definido en sentido general: incluye el gasto no sólo para ampliar la base productiva de un país, sino también para hacerla más productiva; comprende el capital tanto físico como humano, así como el gasto que reemplaza directamente las necesidades futuras de inversión, como el gasto en mejorar las operaciones y el mantenimiento. Para el financiamiento complementario se prepara un documento breve, denominado documento de financiamiento complementario, y se da a conocer de la misma manera que el documento del programa. El personal se puede remitir a Operationalizing Bank-Fund Collaboration in Country Programs and Conditionality, donde encontrará orientaciones internas para la aplicación de la OP y BP 8.60 en lo referente a las relaciones con el FMI. Cuando el país ha preparado su propio documento de estrategia en el que describe su programa de desarrollo y de reformas (como el DELP), ese documento de estrategia puede servir —según su cobertura y especificidad— como instrumento principal para establecer la esencia del programa nacional. En ese caso, la carta de intenciones sobre las políticas de desarrollo puede consistir en una breve nota con partes específicas de la propia estrategia del país respaldada por la operación. Los países afectados por una crisis a que se hace referencia en esta OP son los que se encuentran ante una crisis financiera urgente (efectiva o posible) de dimensiones estructurales y sociales importantes, o sufren perturbaciones económicas graves, efectivas o posibles, como consecuencia de conmociones económicas. Entre ellos se podrían incluir los países que reúnen los criterios de admisibilidad para recibir financiamiento especial para políticas de desarrollo señalados en los párrafos 24 a 26 de esta política. Los países afectados por un conflicto a que se hace referencia en esta OP son aquellos que necesitan financiamiento para políticas de desarrollo para su rehabilitación urgente y donde el programa de reforma estructural a mediano plazo aún se está preparando. (Para obtener información sobre los países afectados por conflictos, el personal se puede remitir a la OP 2.30, Development Cooperation and Conflict).

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