OGASUN ETA FINANTZA SAILA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
ORDEN DE LA CONSEJERA DEL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD DE 2 DE JUNIO DE 2014, POR LA QUE SE ADJUDICA EL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS QUE TIENE POR OBJETO “SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN LOCALES E INMUEBLES DETERMINADOS POR EL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD” (EXPTE.: N.: C.C.C. C02/002/2014 ).
Visto y examinado el expediente de referencia en el que constan los documentos que vienen previstos en la legislación vigente,
ANTECEDENTES DE HECHOS
PRIMERO.- Mediante Ordenes de esta Consejera de 11 de noviembre de 2013 se inició la tramitación del expediente, y por la de 13 de febrero de 2014 se aprobaron la Carátula, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante PCAP) y el expediente, procediéndose a la apertura del procedimiento de adjudicación abierto.
SEGUNDO.- En el expediente administrativo se han observado los principios básicos de la contratación administrativa que se establecen en el artículo 1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
TERCERO.- Se ha dado publicidad a la licitación mediante anuncios publicados en: -Perfil del Contratante de 7.03.2014 -Boletín Oficial del País Vasco (B.O.P.V. nº 46) de 27.01.2014
CUARTO.- Las ofertas presentadas antes del cierre del plazo de licitación, señalado para las 11:00 horas del día 28/03/2014, fueron las correspondientes a las empresas siguientes: A.- PARA LICITACIÓN ELECTRÓNICA: 1.- DELTA SEGURIDAD, S. A. 2.- EULEN SEGURIDAD, S. A.
Donostia - San Sebastián, 1 – 01010 VITORIA-GASTEIZ Tef. 945 0195 72 – Fax 945 01 90 18 – e-mail:
[email protected]
B.- PARA LICITACIÓN EN FORMATO PAPEL: 1.- COMPAÑÍA INTEGRAL DE SEGURIDAD, S. A. 2.- BIZALA EMPRESA DE SEGURIDAD, S. A. 3.- CASTELLANA DE SEGURIDAD, S. A. U. 4.- ALCOR SEGURIDAD, S. L. 5.- INTEGRAL DE VIGILANCIA Y CONTROL, S. L. 6.- BILBO GUARDAS SEGURIDAD, S. L. 7.- COMPAÑÍA DE VIGILANCIA ARAGONESA, S. L. 8.- EAS TECNO SYSTEMS, S. L. 9.- GRUPO CONTROL EMPRESA DE SEGURIDAD, S. A.
QUINTO.- La Mesa de Contratación, en su reunión del 4 de abril de 2014, sobre calificación de la documentación aportada por los licitadores en orden a acreditar la capacidad para contratar y solvencia económica y técnica que se exigen en el PCAP, adoptó, por unanimidad, el acuerdo siguiente: Conceder un plazo de tres (3) días hábiles, con vencimiento al 8 de abril de 2.014, para que por las licitadoras que se citan se subsanen los defectos siguientes: a.- La oferta de “Compañía Integral de Seguridad S. A.”, en su Anexo VII (compromiso de adscripción de medios) se refiere para un contrato de vigilancia y seguridad del Hospital de Leza. b.- La oferta de “Bilbo Guardas Seguridad S. L.” no aporta: 1º.- Escritura pública, e inscrita en el Registro Mercantil, sobre la constitución social; 2.- Representación social de Fermín Pablos Beteta (gerente y presentador de la oferta). c.- La oferta de “Eas Tecno Systems S. L.” no aporta el Anexo VII (compromiso de adscripción de medios). Dentro del plazo concedido se subsanaron los defectos.
SEXTO.- La Mesa de Contratación, en su reunión de 11 de abril de 2014, en acto público, procedió a la apertura de los sobres que contenían las ofertas económicas y criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas, observándose, en principio, que todos los precios estaban dentro del presupuesto base de licitación, salvo en lo que se refería a la oferta de la “ Compañía Integral de Seguridad S. A. “ que, en lo que hacía alusión al concepto nº 1: “ Servicio: Precio hora diurna de vigilante no armado”, el precio total ofertado de 19,66€ era superior al máximo (I.V.A. incluido ) de la carátula y de la Addenda-Modelo de Proposición Económica ( 19,00€ ) que se adjuntaba al PCAP, acordándose, por unanimidad de los componentes de la mesa, su exclusión, difiriendo su notificación al momento de la resolución de adjudicación. Analizada más detenidamente la oferta económica, se observó que el mismo error se cometió en el concepto nº 2: “Precio hora nocturna o festiva vigilante no armado” ya que el precio total ofertado: 21,65€ era superior al precio máximo (I.V.A. incluido) de la carátula y de la Addenda-Modelo de Proposición Económica (21,00€) La oferta de la “ Compañía de Vigilancia Aragonesa S. L. “, si bien no se ajustaba a la Addenda-Modelo de Proposición Económica que se adjuntaba al PCAP: Precio máximo
( I.V.A. incluido ), Precio ( Sin I.V.A. ), I.V.A., y Precio Total, al desglosarse únicamente en los conceptos: Precio máximo ( I.V.A. incluido ), y Precio Total, fue admitida al entender que al señalarse el precio total de los diferentes servicios ( del que forma parte el I.V.A. legal correspondiente ) mediante unas simples operaciones aritméticas son de fácil obtención los restantes conceptos: Precio sin I.V.A., y el I.V.A. mismo.
SÉPTIMO.- En la Mesa de Contratación, en su reunión de 30 de abril de 2014, se procedió a la lectura del Informe de Valoración de las ofertas económicas, con los siguientes resultados totales, en orden decreciente: DELTA SEGURIDAD, S. A. BILBO GUARDAS SEGURIDAD, S. L. EAS TECNO SYSTENS, S. L. CASTELLANA DE SEGURIDAD, S. A. U. BIZALA EMPRESA DE SEGURIDAD, S. A. CÍA. VIGILANCIA ARAGONESA, S. L. EULEN SEGURIDAD, S. A. INTEGRAL VIGILANCIA Y CONTROL, S.L. ALCOR SEGURIDAD, S. L. GRUPO CONTROL EMPRESAS SEG. S. A.
= 82,37 Puntos = 76,70 “ = 67,68 “ = 62,87 “ = 59,30 “ = 54,76 “ = 37,12 “ = 36,90 “ = 32,16 “ = 13,87 “
La Mesa, por unanimidad, aprobó el Informe de Valoración, y acordó proponer al órgano de contratación la adjudicación del contrato de servicios que tiene por objeto “Servicio de seguridad y vigilancia en locales e inmuebles determinados por el Departamento de Seguridad” a la empresa DELTA SEGURIDAD, S. A. por presentar la oferta más ventajosa y haber obtenido una puntuación total de 82,37 con base a los siguientes precios unitarios: Hora diurna no arma………………………… = 17,99€ Hora nocturna no armado…………………… = 17,08€ Hora diurna arma……………………………. = 21,39€ Hora nocturna arma…………………………. = 18,78€ Mes 24 horas no arma……………………….. = 11.695,42€ Mes 24 horas arma…………………………… = 14.254,15€ Mes 12 horas no arma……………………….. = 4.490,15€ Mes 12 horas arma…………………………… = 4.115,44€
OCTAVO.- Requerida la aportación de la documentación prevista en el párrafo 2, del artículo 151, del texto refundido de la LCSP, entre ella la constitución de garantía definitiva a favor del Gobierno Vasco, está se causó mediante Aval Núm. 2014/0789, inscrita en el Libro de Avales concedidos por la sociedad ELKARGI, S. G. R., por importe de 41.157€, depositado ante el órgano de contratación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Son de aplicación al presente caso los artículos 53.2, 150, 151 y 156 del texto refundido de la LCSP. Segundo.- La competencia, que en materia de contratación se me atribuye, está contemplada en el artículo 4.2, apartado b), del Decreto 194/2013, de 9 de abril (B.O.P.V. nº 74, de 18.04.2013), sobre estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad,
RESUELVO I.- Adjudicar el contrato administrativo de servicios que tiene por objeto “ Servicios de seguridad y vigilancia en locales e inmuebles determinados por el Departamento de Seguridad “ a la empresa DELTA SEGURIDAD S. A. por los siguientes precios unitarios: Hora diurna no arma = 17,99€; Hora nocturna no armado = 17,08€; Hora diurna arma = 21,39€; Hora nocturna arma = 18,78€; Mes 24 horas no arma = 11.695,42€; Mes 24 horas arma = 14.254,15€; Mes 12 horas no arma = 4.490,15€; Mes 12 horas arma = 4.115,44€ El presupuesto máximo de licitación asciende a 823.140,50€ + 172.859,50€ de I.V.A. (21%), resultando un importe total de 996.000€, desglosado en: Anualidad 2014: 249.000€ “ 2015: 498.000€ “ 2016: 249.000€ Dentro del importe se incluyen todos los conceptos, impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier índole fiscal.
II.- El plazo de ejecución del contrato es de veinticuatro (24) meses, a contar desde la orden de inicio emanada de la Administración, previa formalización del contrato.
III.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Perfil del Contratante del órgano de contratación y en los boletines oficiales que corresponda.
IV.- Ordenar que se notifique esta Orden a todos los licitadores, acompañada de los informes de valoración.
V.- Formalícese el contrato en el correspondiente documento administrativo dentro del plazo previsto en el artículo 156 del texto refundido de la LCSP.
VI.- Contra esta Orden de Adjudicación se podrá interponer: a.- Con carácter Potestativo, Recurso Especial ante el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la presente resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 40, apartados 1.b) y 2.c), y 44, ambos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la LCSP; contra la resolución del recurso especial, únicamente podrá interponerse Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Euskadi, en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución; b.- Directamente, Recurso Contencioso Administrativo, ante el mismo órgano y plazos indicados anteriormente. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación. En Vitoria-Gasteiz, a 2 de junio de 2014
Fdo.: Estefanía BELTRÁN DE HEREDIA ARRONIZ CONSEJERA DE SEGURIDAD