FUNDACION NIC-NIIF

NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA NIC-NIIF Cálculo base fiscal elementos de activo, análisis de las diferencias temporarias y determin

11 downloads 193 Views 179KB Size

Recommend Stories


135 ANIVERSARIO DE FUNDACION
DÍA 31 DE MAYO 2016 135 ANIVERSARIO DE FUNDACION MONICIÓN INVITATORIO: Alegrémonos en el amor de Cristo Salvador, celebrando la solemnidad de nuest

FUNDACION NIC-NIIF
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA NIC-NIIF Métodos de valoración de las existencias y cambios de estos métodos- NIC-NIIF NIC 2 CASO P

CARRERA Y CAMINATA FUNDACION LALA CARRERA 10 FUNDACION LALA
CARRERA Y CAMINATA FUNDACION LALA CARRERA 10K CATEGORI Pagina 1 CARRERA 10 FUNDACION LALA Lugar Nombre Total Sexo Cat. Oficial Min/Km Ciudad

Story Transcript

NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA NIC-NIIF

Cálculo base fiscal elementos de activo, análisis de las diferencias temporarias y determinación de activos o pasivos por impuestos diferidos.

NIC-NIIF NIC 12 CASO PRÁCTICO 12.1

Determinar la base fiscal de los siguientes activos, compararla con su valor en libros y analizar si generan activos y/o pasivos por impuestos diferidos a lo largo de su vida (tipo impositivo = 30%):

FUNDACION NIC-NIIF www.nicniif.org

a) Una máquina con precio de adquisición de 1.000 u.m. adquirida el 1 de enero del año 2005 (amortización contable 25% y amortización fiscal 20%) b) Una cuenta de clientes se encuentra en dudoso cobro a finales del año 2005. El importe que cobrar es de 5.000 euros. En el balance figura contabilizado sólo el importe de 1.000 euros ya que se ha practicado una corrección valorativa de 4.000 (importe estimado que no podrá cobrarse). La corrección valorativa efectuada no será fiscalmente deducible hasta el año 2006. c) Una empresa tiene unos terrenos adquiridos por 20.000 u.m. el 1 de enero de 2004. La empresa revaloriza al cierre del ejercicio los citados terrenos de acuerdo con su valor de mercado. Esta revalorización no es admitida a efectos fiscales. El valor de mercado es: •

Valor de mercado a 31/12/04: 25.000 u.m



Valor de mercado a 31/12/05: 30.000 u.m.



Valor de mercado a 31/12/06: 30.000 u.m.

Solución: Caso a) Máquina con amortización contable distinta a la amortización fiscal-

Año

2005

2006

Base fiscal del activo

1.000 – 200 = 800 1.000 - 400 = 600

Valor contable del activo

Importe diferencia Temporaria

Efecto En balance (dif. Temp X 1)

Tipología

Ajuste sobre saldo inicial

1.000 – 250 = 750

50

Deducible

Activo imp.dif = 15

Alta 15

1.000 – 500 = 500

100

Deducible

Activo imp.dif = 30

+ 15

2007

1.000 – 750 = 250

1.000 – 750 = 250

150

Deducible

Activo imp.dif = 45

2008

1.000 – 800 = 200

1.000 – 1000 = 0

200

Deducible

Activo imp.dif = 60

2008

1.000 – 1000 = 0

0

0

-

-

+ 15 + 15

- 60

1 Este material ha sido desarrollado por la Fundación NIC-NIIF para propósitos académicos. Prohibida la reproducción total o parcial de este material sin la autorización expresa del propietario de los derechos de copyright.

www.nicniif.org

El valor contable del activo es inferior a su base fiscal debido al ritmo de amortización contable que es superior al ritmo de amortización fiscal. En esto s casos (BF > VC), cuando se refieran a un elemento de activo, la diferencia temporaria es de carácter deducible originando un ACTIVO POR IMPUESTO DIFERIDO. El efecto en balance va modificándose en función de la variación de la diferencia temporaria. En el año 2009 se cancela el activo por impuesto diferido ya que la base fiscal coincide con su valor contable al haberse agotado la totalidad de la amortización fiscal. Caso b) cuenta de clientes con valor contable superior a base fiscal por corrección valorativa no deducible hasta el año siguiente.

Año

2005

2006

Base fiscal del activo

Valor contable del activo

Importe diferencia Temporaria

5.000 – 4.000 = 1000

5.000 5.000 – 4.000 = 1.000

Tipología

Efecto En balance (dif. Temp X 1)

Ajuste sobre saldo inicial

4.000

Deducible

Activo imp.dif = 1.200

Alta 1.200

0

-

-

Baja 1.200

1.000

El valor contable del activo es inferior a su base fiscal debido a la corrección valorativa que fiscalmente no es deducible hasta el ejercicio 2006. En efecto el balance es similar al que se origina en el caso a). Caso c) Terrenos con distinta valoración contable a la base fiscal por revalorización.

Año

2004

2005

2006

Base fiscal del activo

Valor contable del activo

Importe diferencia Temporaria

Tipología

Efecto En balance (dif. Temp X 1)

Ajuste sobre saldo inicial

20.000 + 5.000 = 25.000

5.000

Imponible

Pasivo Imp. diferido = 1.500

Alta 1.500

20.000

25.000 + 5.000 = 30.000

10.000

Imponible

Pasivo Imp diferido = 3.000

+ 1.500

20.000

30.000

10.000

Imponible

Pasivo Imp. diferido = 3.000

Sin ajuste

20.000

El valor contable del activo es superior a su base fiscal debido a la revalorización practicada a efectos contables. En estos casos (BF < VC), cuando se refieran a un elemento del activo, la diferencia temporaria es de carácter imputable originando un PASIVO POR IMPUESTO DIFERIDO. El efecto en balance va modificándose en función de la variación de la diferencia temporaria. De mantenerse la valoración PASIVO POR IMPUESTO DIFERIDO figurará en el balance hasta el ejercicio de venta del activo. El impuesto diferido surgido en este caso se abonará con cargo a reservas ya que su origen es debido a una revalorización contable que se ha realizado directamente a través de un aumento del patrimonio neto.

2 Este material ha sido desarrollado por la Fundación NIC-NIIF para propósitos académicos. Prohibida la reproducción total o parcial de este material sin la autorización expresa del propietario de los derechos de copyright.

www.nicniif.org

Justificación: La NIC 12 establece:

-

Respecto a la base fiscal de un activo (párrafo núm.7): la base fiscal de un activo es el importe que será deducible a efectos fiscales, de los beneficios económicos que obtenga la empresa en el futuro, cuando recupere el importe en libros de dicho activo. Si tales beneficios económicos no tributan, la base fiscal será igual a su importe en libros.

-

Con referencia a las diferencias temporarias (párrafo núm.5): las diferencias temporarias son las divergencias que existen entre el importe en libros de un activo o un pasivo y el valor que constituye la base fiscal de los mismos. Las diferencias temporarias pueden ser:

a) imponibles: son aquellas diferencias temporarias que dan lugar a cantidades imponibles al determinar la ganancia (pérdida) fiscal correspondiente a ejercicios futuros, cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el pasivo sea liquidado. b) deducibles: son aquellas diferencias temporarias que dan lugar a cantidades que son deducibles al determinar la ganancia (pérdida) fiscal correspondiente a ejercicios futuros, cuando el importe en libros de activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado.

3 Este material ha sido desarrollado por la Fundación NIC-NIIF para propósitos académicos. Prohibida la reproducción total o parcial de este material sin la autorización expresa del propietario de los derechos de copyright.

www.nicniif.org

NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA NIC-NIIF

Cálculo base fiscal elementos de pasivo, análisis de las diferencias temporarias y determinación de activos o pasivos por impuestos diferidos.

NIC-NIIF NIC 12 CASO PRÁCTICO 12.2

Determinar la base fiscal de los siguientes pasivos, compararla con su valor en libros y analizar si generan activos y/o pasivos por impuestos diferidos (tipo impositivo 30%): a) Una provisión para pensiones de carácter interno por importe de 50.000 comprometida y contabilizada en el año 2004, pero que no será deducible hasta el año 2010 (cuando se pague). b) Multa por importe de 10.000 euros, contabilizada como gasto del periodo 2004 y pendiente de pago al final del ejercicio. Esta sanción no es deducible fiscalmente.

FUNDACION NIC-NIIF www.nicniif.org

Solución: Caso a) Una provisión para pensiones no deducible a efectos fiscales hasta ejercicio n.

Año

2004

2005 -2010

Efecto En balance (dif. Temp X 1)

Ajuste sobre saldo inicial

Deducible

Activo imp.dif = 15.000

Alta 1500

50.000

Deducible

Activo imp.dif = 15.000

Sin ajuste

-0

--

--

-Baja 15.000

Base fiscal del activo

Valor contable del activo

Importe diferencia Temporaria

50.000 – 50.000 = 0

50.000

50.000

50.000 -0

50.000 – 50.000 = 0 -0

Tipología

El valor contable del pasivo es superior a su base fiscal. En este caso, se origina una diferencia temporaria deducible, ya que la diferencia actual en el valor contable y base fiscal del pasivo será deducible al determinar la ganancia fiscal correspondiente a ejercicios futuros, cuando sea liquidado el pasivo en el ejercicio 2010. Caso b) Deuda por sanción no deducible a efectos fiscales.

Año

Base fiscal del activo

Valor contable del activo

Importe diferencia Temporaria

2004

10.000

10.000

0

Tipología -

Efecto En balance (dif. Temp X 1)

Ajuste sobre saldo inicial

-

-

El valor contable y la base fiscal es coincidente y, por tanto, no se origina ninguna diferencia temporaria, ya que el importe de tal pasivo no será deducible en ejercicios futuros. En este caso existe una diferencia permanente.

4 Este material ha sido desarrollado por la Fundación NIC-NIIF para propósitos académicos. Prohibida la reproducción total o parcial de este material sin la autorización expresa del propietario de los derechos de copyright.

www.nicniif.org

Justificación: La NIC 12 establece:

-

Respecto a la base fiscal de un pasivo (párrafo núm.8): la base fiscal de un pasivo es igual a su importe en libros menos cualquier importe que, eventualmente, sea deducible fiscalmente respecto de tal partida en ejercicios futuros.

-

Respecto a las diferencias temporarias deducibles (párrafo núm.5): son aquellas que dan lugar a cantidades que son deducibles al determinar la ganancia (pérdida) fiscal correspondiente a ejercicios futuros cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado.

5 Este material ha sido desarrollado por la Fundación NIC-NIIF para propósitos académicos. Prohibida la reproducción total o parcial de este material sin la autorización expresa del propietario de los derechos de copyright.

www.nicniif.org

NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA NIC-NIIF

Ejercicio completo con diferencias temporarias, cálculo de la cuota íntegra (impuesto corriente), impuesto devengado, registro contable e información a revelar.

NIC-NIIF NIC 12 CASO PRÁCTICO 12.3

Una empresa presenta a 31.12.05 (primer año de actividad) el siguiente balance previo a la liquidación del impuesto sobre sociedades:

FUNDACION NIC-NIIF www.nicniif.org

Activo Maquinaria Terrenos AAIM Clientes Tesorería

20.000 5.000 - 2.000 3.000 4.000 30.000

Pasivo Capital PyG antes impuestos Reservas Deudas a largo plazo Deudas a corto

10.000 5.000 5.000 5.000 5.000 30.000

Sabemos que la AAIM de la maquinaria se está realizando al 10% anual (sobre la base de 20.000 euros). La amortización fiscal es del 25% anual (por ser entidad de nueva creación dispone de una amortización fiscal acelerada que le permite amortizar fiscalmente el activo durante los primeros 4 años) También se conoce que entre las deudas a corto plazo figura una sanción de 500 u.m. que se tendrá que pagar el año próximo (que se ha contabilizado como un gasto) y que no es ni será deducible a efectos fiscales. Se pide: (tipo impositivo: 30%)

-

Estimar el impuesto sobre sociedades a pagar a hacienda (impuesto corriente) y la cuota devengada del impuesto sobre sociedades.

-

Montar el balance final del ejercicio.

Solución: a) Cálculo de las diferencias temporarias Respecto a la maquinaria:

6 Este material ha sido desarrollado por la Fundación NIC-NIIF para propósitos académicos. Prohibida la reproducción total o parcial de este material sin la autorización expresa del propietario de los derechos de copyright.

www.nicniif.org

Año

Base fiscal del activo

Valor contable del activo

Importe diferencia Temporaria

2005

20.000 – 5.000 = 15.000

20.000 – 2.000 = 18.000

3.000

Tipología

Imponible

Efecto En balance (dif. Temp X 1)

Ajuste sobre saldo inicial

Pasivo imp. diferido = 900

Alta 900

El valor contable es superior a su base fiscal debido a la amortización acelerada que se efectúa desde la perspectiva fiscal. En este caso, se origina un pasivo por impuesto diferido que se cancelará en ejercicios posteriores a medida que se vaya adecuando la amortización contable con la fiscal. Respecto a la deuda por sanción:

Año

Base fiscal del activo

Valor contable del activo

Importe diferencia Temporaria

2005

500

500

0

Tipología -

Efecto En balance (dif. Temp X 1)

Ajuste sobre saldo inicial

-

-

El valor contable y la base fiscal es coincidente, y por tanto, no se origina ninguna diferencia temporaria ya que el importe de tal pasivo no será deducible en ejercicios futuros. En este caso, existe una diferencia permanente. b) Cálculo de la cuota fiscal o impuesto corriente. Para el cálculo del impuesto corriente deberá tenerse en cuenta, partiendo del resultado contable, la diferencia de valor actual que existe en la maquinaria (BF

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.