Story Transcript
FUNDAMENTOS AR (II)
Valencia, 27 de Febrero de 2008 Dr. Ignacio Escuder Bueno
1. Legislación y recomendaciones
2
RESEÑA HISTORICA SOBRE LEGISLACION EN SEGURIDAD DE PRESAS 1905. Una comisión del denominado Ministerio de Fomento, elabora la Instrucción para los Proyectos de los Pantanos 1959. La rotura de la presa de Ribadelago (río Tera) ocasionó 144 víctimas mortales. Este hecho, motivó: La creación de la Unidad de Vigilancia de Presas El restablecimiento de las Comisarías de Aguas El inicio de los trabajos para redactar una nueva Instrucción La creación de una Comisión de Normas de Grandes Presas
1
1
1. Legislación y recomendaciones
3
RESEÑA HISTORICA SOBRE LEGISLACION EN SEGURIDAD DE PRESAS 1967. Se aprueba la Instrucción para el Proyecto, Construcción y Explotación de Grandes Presas 1982. La rotura catastrófica de la Presa de Tous en 1982 pone de manifiesto la necesidad de actualización de la normativa
1
1. Legislación y recomendaciones
4
RESEÑA HISTORICA SOBRE LEGISLACION EN SEGURIDAD DE PRESAS 1992. La Dirección General de Obras Hidráulicas encarga la redacción de una nueva normativa sobre seguridad a la Comisión de Normas para Grandes Presas ¾ Fase 1: Definición del Programa ¾ Fase 2: Inventario y análisis de las presas existentes ¾ Fase 3: Identificación de estudios y obras necesarias para la adecuación de las presas existentes y clasificación de riesgos ¾ Fase 4: Inspección de las presas existentes, programas individualizados y prioridades ¾ Fase 5: Ejecución de las actuaciones previstas ¾ Fase 6: Seguimiento y control sistemático de las presas en explotación
1
2
1. Legislación y recomendaciones
5
RESEÑA HISTORICA SOBRE LEGISLACION EN SEGURIDAD DE PRESAS 1995. Entra en vigor la Directriz de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones 1996. Se publica el definitivo Reglamento Técnico sobre Seguridad de Presas y Embalses, recogiendo los trabajos de la Comisión antes citados así como las exigencias de la Directriz.
1
1. Legislación y recomendaciones
6
ASPECTOS GENERICOS DE LA LEGISLACION DE AGUAS LAS “LEYES DE AGUAS” España ha requerido desde antiguo una mayor ordenación de los recursos hídricos. Los recursos regulados de forma natural son el 7-9%. Con embalses asciende al 38-41% (se equipara a niveles Europeos en régimen natural). A diferencia de los países anglosajones, el agua ha dispuesto siempre de cierto carácter “público” en lugar de “apropiable”. En consecuencia: El agua continental se encuentra “fuera de comercio” Tiene consideración de “bien de dominio público”
1
3
1. Legislación y recomendaciones
7
ASPECTOS GENERICOS DE LA LEGISLACION DE AGUAS LAS “LEYES DE AGUAS” Ley de 13 de Junio de 1879 La ley 29/1985 de 2 de Agosto. Ley de Aguas La ley 46/1999 de 13 de Diciembre Modificación de la Ley de Aguas. RDL 1/2001 Texto Refundido de la Ley de Aguas
1
1. Legislación y recomendaciones
8
ASPECTOS GENERICOS DE LA LEGISLACION DE AGUAS LA DEFENSA CONTRA AVENIDAS Y LA ORDENACION DEL TERRITORIO
La planificación urbana choca con las necesidades de desagüe de los cursos de agua. El Dominio Público Hidráulico y su área de influencia (zona de policía) es competencia de las Comisarías de Aguas de las Confederaciones Hidrográficas. Las Comunidades Autónomas tienen la competencia para defender contra avenidas las áreas urbanas.
1
4
1. Legislación y recomendaciones
9
ASPECTOS GENERICOS DE LA LEGISLACION DE AGUAS DEFENSA CONTRA AVENIDAS Y CONTRA INUNDACIONES
ZONA INUNDABLE. AV. T 500
1
1. Legislación y recomendaciones
10
ASPECTOS GENERICOS DE LA LEGISLACION DE AGUAS DEFENSA CONTRA AVENIDAS Y CONTRA INUNDACIONES La Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones (1995) define los fundamentos, estructura, organización y criterios operativos de respuesta de los Planes: Plan Estatal Planes de Comunidad Autónoma a homologar por CNPC PE. Decreto 156/1999 de 17 de septiembre del Gobierno Valenciano por el que se aprueba el Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones en la Comunidad Valenciana. El objeto es “garantizar la actuación rápida, eficaz y coordinada de los recursos públicos o privados en situaciones de emergencia por inundaciones”.
Planes de Actuación de ámbito local
Planes de emergencia de presas
1
5
1. Legislación y recomendaciones
11
LA DIRECTRIZ DE PROT. CIVIL FRENTE AL RIESGO DE INUNDACIONES LA CLASIFICACION FRENTE AL RIESGO En función del riesgo potencial (¿?) que pueda derivarse de la posible rotura o funcionamiento incorrecto, las presas se clasifican en: ¾ Categoría A: presas cuya rotura o funcionamiento incorrecto puede afectar gravemente a núcleos urbanos o servicios esenciales, así como producir daños materiales o medioambientales muy importantes. ¾ Categoría B: presas cuya rotura o funcionamiento incorrecto pueden ocasionar daños materiales o medioambientales importantes, o afectar a un reducido número de viviendas. ¾ Categoría C: presas cuya rotura o funcionamiento incorrecto puede producir daños materiales de moderada importancia y sólo incidentalmente pérdida de vidas humanas.
1
1. Legislación y recomendaciones
12
LA DIRECTRIZ DE PROT. CIVIL FRENTE AL RIESGO DE INUNDACIONES LOS PLANES DE EMERGENCIA
El contenido mínimo de los Planes de Emergencia comprende (Art. 3.5.1.6, Directriz de 1995): ¾ Análisis de seguridad de la presa ¾ Zonificación territorial y análisis de los riesgos generados por la rotura de la presa ¾ Normas de actuación ¾ Organización ¾ Medios y recursos
1
6
1. Legislación y recomendaciones
13
LA INSTRUCCION PARA EL PROY. Y CONSTR. DE PRESAS (1967) DEFINICION DE GRAN PRESA
La Instrucción para el Proyecto y Construcción de Grandes Presas (Aprobada por Orden Ministerial de 31 de Marzo de 1967), define como Gran Presa aquella que tiene más de 15 metros de altura, o la presa que entre 10 y 15 metros de altura responda al menos a una de las siguientes características: a) Capacidad de embalse superior a los 100,000 (cien mil) metros cúbicos. b) Características excepcionales de cimientos o cualquier otra circunstancia que permita calificar la obra como importante para la seguridad o economía pública.
1
1. Legislación y recomendaciones
14
EL REGLAMENTO TEC. SOBRE SEG. DE PRESAS Y EMBALSES (1996) DEFINICION DE GRAN PRESA ¾ Altura superior a los 15 metros, medida desde la parte más baja de la superficie general de cimentación hasta coronación ¾ Altura comprendida entre 10 y 15 metros, siempre que tengan alguna de estas características: 9 Longitud de coronación superior a 500 metros 9 Capacidad de embalse superior a 1000000 (un millón) de metros cúbicos 9 Capacidad de desagüe superior a 2000 metros cúbicos por segundo ¾ Aquellas que, aun no cumpliendo ninguna de las condiciones anteriores, presenten dificultades en su cimentación o sean de características no habituales 1
7
1. Legislación y recomendaciones
15
EL REGLAMENTO TEC. SOBRE SEG. DE PRESAS Y EMBALSES (1996) FUNDAMENTOS
El reglamento técnico no establece soluciones técnicas concretas para cada una
de las fases de desarrollo y utilización de las presas y embalses,
que son responsabilidad específica del titular de la presa, sino que procede a fijar los criterios de seguridad que han de tenerse en cuenta para prevenir y limitar social y ambientalmente los riesgos potenciales que estas infraestructuras pueden representar
1
1. Legislación y recomendaciones
16
EL REGLAMENTO TEC. SOBRE SEG. DE PRESAS Y EMBALSES (1996)
Además, el Reglamento recoge una serie “figuras” clave para la seguridad de la presa como son: ¾ El Archivo Técnico ¾ Categorías de Riesgo Potencial (A, B, C) ¾ Normas de Explotación ¾ Plan de Emergencia ante el riesgo de avería grave o rotura de presa ¾ Inspecciones
1
8
1. Legislación y recomendaciones
17
Información Presa y Embalse
Archivo Técnico
Inspecciones
Seguimiento
Acción Correctiva
Análisis
Toma_Decisiones
1
1. Legislación y recomendaciones
18
EL REGLAMENTO TEC. SOBRE SEG. DE PRESAS Y EMBALSES (1996) COEXISTENCIA CON LA INSTRUCCION DEL 67 Las presas y embalses no incluidos en el ámbito de aplicación de esta Orden continuarán rigiéndose, con las salvedades contenidas en los apartados anteriores, por la “Instrucción para el Proyecto, Construcción y Explotación de Grandes Presas” aprobada por la Orden Ministerial de 31 de Marzo de 1967
1
9
1. Legislación y recomendaciones
19
RESUMEN DE LA SITUACION ACTUAL. La Directriz de 1995 obliga a la clasificación frente al riesgo potencial de todas las presas, independientemente de sus dimensiones situación o titularidad (Artículo 3.5.1.3). El término “presa”, puede inducir a distintas interpretaciones sobre su aplicación a: Balsas de riego Balsas de residuos industriales Depósitos Otras estructuras de mucha menor relevancia Resulta aún más controvertida su interpretación si la estructura no se ubica en el Dominio Público Hidráulico. 1
1. Legislación y recomendaciones
20
RESUMEN DE LA SITUACION ACTUAL. Nos encontramos con Presas y Embalses a los que: ¾ No es aplicable ninguna normativa específica de seguridad de presas ¾ Es aplicable exclusivamente la Instrucción de 1967 ¾ Es aplicable la Instrucción de 1967 pero requieren de la confección de un Plan de Emergencia ¾ Es aplicable el Reglamento de 1996: 9 Han sido diseñadas conforme al Reglamento de 1996 9 Han sido diseñadas conforme a la Instrucción de 1967 9 Fueron diseñadas con anterioridad a la Instrucción de 1967
1
10
1. Legislación y recomendaciones
21
1
1. Legislación y recomendaciones
22
GUIAS TECNICAS: RECOMENDACIONES
Guías Técnicas de la DGOHCA
Año de Publicación
Clasificación de presas en función del riesgo potencial
1996
Elaboración de los planes de emergencia de Presas
2001
Normas de explotación
Pendiente
Informe anual
Pendiente
Revisión de la seguridad
Pendiente
1
11
1. Legislación y recomendaciones
23
GUIAS TECNICAS: RECOMENDACIONES Guías Técnicas del CNGP
Año de Publicación
Seguridad de Presas
Pendiente 2006 2003 Pendiente
Criterios de proyecto de presas y sus obras anejas
(Publicado sólo Tomo I)
Estudios geológico-geotécnicos y de prospección de materiales
1999
Avenida de proyecto
1997
Aliviaderos y desagües
1997
Construcción de presas y control de calidad
1999
Auscultación de las presas y sus cimientos
2005 Pendiente
Explotación y conservación
Pendiente
Aspectos ambientales
Pendiente
1
1. Legislación y recomendaciones
24
GUIAS TECNICAS: RECOMENDACIONES Categoría de la Presa
Período de Retorno (años) para Avenida de Proyecto
Período de Retorno (años) para Avenida Extrema
A
1000
5000-10000
B
500
1000-5000
C
100
100-500
1
12
1. Legislación y recomendaciones
25
GUIAS TECNICAS: RECOMENDACIONES
1
1. Legislación y recomendaciones
26
GUIAS TECNICAS: RECOMENDACIONES
Sism icidad
del
emplazamiento
C ategoría de la presa
BAJA
MO DERADA
AL TA
C
No es necesario considerarlo No es necesario Considerarlo No es necesario considerarlo
TP = 1000 años
TP = 1000 años
TP = 1000 años
TP = 1000 años
TP = 1000 años TE = 3000-5000 años
TP = 1000 años TE = 10000 años
B A
D on de : T P = Terre moto de P ro yecto T E = Terre moto extre mo S ismicida d d el emp laza mie nto = la co rresp ond iente a pa rtir del m a pa de peligros id ad sísm ic a d e la NCSE -9 4.
ACELERACIONES DE CALCULO Y PERIODOS DE R. Ab = T(500 años) 1.3*Ab = T (1000 años) 2.0*Ab = T (3000 años)
SISMICIDAD BAJA Ab 1
SÍ
SÍ
SÍ
SÍ
SÍ
7.40E-05
B/C es > 1
Actuación Justificada
NO
SÍ
SÍ-¿ALARP?
NO
NO
2.39E-04
-
Rettemeir et al, 2001 ALEMANIA
Industrias peligrosas REINO UNIDO - HSE, 1989
Industrias peligrosas DINAMARCA
Holanda VROM, 2004
Caso Base
NO & Plan Emergencia preciso
NO
NO
Alt.1 - Resguardo absoluto
NO & Plan Emergencia preciso
SÍ
Alt.2 - Pantalla MD y drenaje
NO & Plan Emergencia preciso
NO-¿ALARP?
Alt.3 - Impl.Plan Emergencia (DGOH)
NO & Plan Emergencia preciso
NO-¿ALARP?
Alt.4-ImplementaciónPE+PantallaED
NO & Plan Emergencia preciso
SÍ
Alt.5 - Impl.P.Emergencia ampliado
SÍ
Alt.6 - Impl.PE ampliado+PantallaED Alt.7 - Niveles Normas Explotación
Conclusión
R
5.38E-04 -
Actuación Justificada
Actuación Necesaria
-
Comité Técnico Consultor en Diques (T.A.W.) (Holanda, 1985) Riesgo total
Criterio
Conclusión
NO
759 (vidas/año)