GASTO FEDERALIZADO V.9. RAMO GENERAL 33. FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF) V.9.1

FAFEF V. V.9. GASTO FEDERALIZADO RAMO GENERAL 33. FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF) V.9.1. Marco de

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FAFEF

V. V.9.

GASTO FEDERALIZADO RAMO GENERAL 33. FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF) V.9.1. Marco de Referencia

Antecedentes El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF) tiene su antecedente en el Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF), el cual fue incorporado por la H. Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2000, con el propósito de fortalecer las haciendas públicas estatales para realizar proyectos de infraestructura, de conformidad con los lineamientos específicos emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En el Presupuesto de Egresos de 2001 y 2002, en el Ramo 23 Provisiones Salariales y Económicas, se incluyó el PAFEF para hacer frente a las presiones financieras en los gobiernos de los estados, por lo que se adicionaron como posibles destinos de los recursos del fondo, además de la infraestructura, el saneamiento financiero, y principalmente para el pago de deuda pública, y las reservas actuariales de los sistemas de pensiones, bajo el supuesto de que permitiría el fortalecimiento de sus finanzas públicas, y que dichos recursos no podrían destinarse para erogaciones de gasto corriente y de operación, salvo en el caso de los sistemas de pensiones. Con objeto de dar certeza a los recursos del PAFEF, se constituyó como un ramo presupuestario en 2003. Así, con el Decreto de Presupuesto de ese ejercicio fiscal se estableció el Capítulo II denominado, De los Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, el Ramo General 39, Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades. En ese año se definió como destino de los recursos el saneamiento financiero y la inversión en infraestructura. Para el ejercicio fiscal 2004, también se incluyeron en los posibles destinos de los recursos del PAFEF el fortalecimiento de los sistemas de pensiones, prioritariamente de las reservas actuariales; la modernización de los catastros para actualizar los valores de los bienes y hacer más eficiente la recaudación de contribuciones; y la modernización de los sistemas de recaudación locales para incrementar la captación de recursos propios. En 2005, la Cámara de Diputados autorizó la incorporación de los recursos para el fortalecimiento de proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico y sistemas de protección civil en el Presupuesto de Egresos de la Federación. En diciembre de 2006, en la Ley de Coordinación Fiscal se incluyó el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF), y en 2007 se reformó la ley para definir la fórmula mediante la cual se distribuyen anualmente los recursos aprobados en el presupuesto.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

El FAFEF inició su operación en 2007, como uno de los fondos definidos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, lo que contribuye a financiar el desarrollo local y regional en un marco federalista, debido a que la diversidad regional no puede atenderse desde el centro y que los estados están directamente vinculados con las necesidades, expectativas y potencial de su población y de la economía local, por lo que cuentan con una percepción más amplia, integral y detallada de los problemas y sus posibles soluciones. Los recursos del FAFEF se constituyeron como aportaciones federales y se consideran recursos propios que la Federación transfirió a las haciendas públicas de los estados y del Distrito Federal, para que se ejerzan conforme a sus leyes y su gasto se condicione a la consecución y cumplimiento de los objetivos que la ley define como destino en el artículo 47 de dicha ley, lo que dio certeza jurídica y presupuestaria a los recursos que las entidades federativas reciben por medio del FAFEF. Objetivos, Destino e Importancia Estratégica Los recursos del FAFEF tienen por objeto fortalecer los presupuestos de los estados y del Distrito Federal y las regiones que conforman, así como su saneamiento financiero; las entidades federativas pueden convenir entre ellas, o con el Gobierno Federal, su aplicación, de acuerdo con los destinos previstos en la ley. Los recursos están etiquetados para destinarse a la inversión en infraestructura física, así como a la adquisición de bienes para el equipamiento de las obras generadas o adquiridas; infraestructura hidroagrícola; saneamiento financiero; saneamiento de los sistemas de pensiones, prioritariamente a las reservas actuariales; modernización de los registros públicos de la propiedad y del comercio locales; modernización de los sistemas de recaudación locales y de mecanismos impositivos que permitan ampliar la base gravable; fortalecimiento de los proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico; sistemas de protección civil; apoyo a la educación pública y a fondos constituidos para proyectos de infraestructura concesionada o en los que se combinen recursos públicos y privados; al pago de obras públicas de infraestructura que sean susceptibles de complementarse con inversión privada; así como a estudios, proyectos, supervisión, liberación del derecho de vía, y otros bienes y servicios relacionados con las mismas. Los recursos no se pueden destinar para erogaciones de gasto corriente o de operación, salvo en los casos previstos en los conceptos anteriores. Los recursos del FAFEF no son embargables, ni los gobiernos pueden gravarlos ni afectarlos en garantía o destinarlos a mecanismos de fuente de pago, salvo para garantizar obligaciones en caso de incumplimiento, o servir como fuente de pago de obligaciones contraídas con la Federación, las instituciones de crédito que operen en territorio nacional o con personas físicas o morales de nacionalidad mexicana, siempre y cuando se correspondan con acciones de infraestructura previstas en las disposiciones aplicables, que cuenten con autorización de las legislaturas locales y se inscriban, a petición de las entidades federativas o los municipios, según corresponda, ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios, así como en el registro único de obligaciones y empréstitos.

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FAFEF

Las obligaciones de las entidades federativas en las que se vinculen los recursos del FAFEF no podrán recibir más del 25% de los recursos que les correspondan anualmente y, en el caso de obligaciones pagaderas en dos o más ejercicios fiscales, para cada año podrá asignarse lo que resulte mayor entre aplicar ese porcentaje al año respectivo o al año en el que las obligaciones fueron contratadas. Los recursos transferidos por el FAFEF son considerados propios de las haciendas públicas estatales y los administran y ejercen de conformidad con sus propias leyes, con lo que se fortalecen los procesos de programación y presupuestación para impulsar los programas y acciones de desarrollo local y regional que sean congruentes con los destinos del FAFEF. El fondo se ha constituido en un medio relevante para el desarrollo económico y social del país, de los estados y las regiones que los conforman. Criterios de Asignación y Fórmula de Distribución Como lo mandata la ley, en 2009 el monto susceptible de distribuir se integró con el 1.4% de la Recaudación Federal Participable, que se estima anualmente en la Ley de Ingresos de la Federación. El monto aprobado para el FAFEF ascendió a 22,333,190.7 miles de pesos. Los criterios de distribución de recursos del FAFEF, establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal, tienen como objetivo reducir la disparidad en la distribución de los recursos, y en esta se determina lo que cada estado recibirá con base en el monto autorizado en el año anterior, más un porcentaje de aumento igual al coeficiente del inverso del Producto Interno Bruto Per Cápita de cada entidad ponderado por su población, expresado como proporción de la sumatoria del inverso del PIB de todas las entidades, multiplicado por la población de cada entidad. La fórmula asigna más recursos a las entidades federativas con menor PIB per cápita, con el propósito de compensarlas debido a que el Fondo General de Participaciones y el Fondo de Fomento Municipal (participaciones en ingresos federales), se distribuyen en función del PIB y de la recaudación local. La distribución de los recursos se realiza con porcentajes muy similares a los recibidos por cada entidad en el ejercicio fiscal de 2007 (la fórmula se aplica desde 2008). La Ley de Coordinación Fiscal considera como irreductible la asignación recibida por las entidades federativas del año anterior, y los recursos se entregan mensualmente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Pública durante los primeros 10 meses del año, sin limitaciones ni restricciones, incluyendo aquéllas de carácter administrativo, de acuerdo con el calendario publicado en el Diario Oficial de la Federación. Presupuesto Aprobado por Ejercicio Presupuestal En el ejercicio fiscal 2009, el ramo general 33 tuvo una asignación en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación de 396,262,331.3 miles de pesos, de los cuales al FAFEF le correspondió el 5.6%, 22,333,190.7 miles de pesos, monto superior en 4.1% nominal a los 21,446,371.8 miles de pesos distribuidos en el 2008, pero inferior en 0.7% nominal a los 22,500,000.0 miles de pesos asignados para el PAFEF del 2006.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

Cada entidad federativa recibió los recursos que se precisan en el cuadro siguiente: DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS POR ENTIDAD FEDERATIVA (Miles de Pesos) ENTIDAD FEDERATIVA

PAFEF 2006

FAFEF 2007

2008

2009

Aguascalientes

216,831.3

172,087.4

196,752.3

202,566.7

Baja California *

996,397.6

790,787.3

851,840.2

869,593.3

Baja California Sur

144,941.7

115,032.5

126,620.6

129,780.7

Campeche*

260,659.2

206,871.2

219,167.9

222,500.0

Coahuila*

534,742.1

424,396.1

473,825.4

487,952.8

Colima*

177,056.0

140,519.8

156,586.2

160,620.3

Chiapas

903,851.0

717,338.0

1,006,228.1

1,096,565.2

Chihuahua*

947,696.0

752,135.4

816,594.3

829,042.7

Distrito Federal

1,854,146.1

1,471,536.2

1,564,207.0

1,585,887.6

Durango*

416,015.0

330,168.7

375,942.4

387,765.8

Guanajuato*

841,760.0

668,059.7

845,793.1

895,924.1

Guerrero*

601,005.5

476,985.8

630,648.2

672,878.8

Hidalgo*

459,569.2

364,735.4

477,521.2

505,375.5

Jalisco

1,582,064.1

1,255,599.4

1,447,186.9

1,497,982.6

México

2,726,430.2

2,163,821.3

2,711,986.4

2,843,341.3

766,741.2

608,521.3

797,771.6

844,082.7

Morelos*

253,220.5

200,967.5

250,963.3

265,068.1

Nayarit

268,645.0

213,209.1

257,760.3

265,625.0

1,029,691.7

817,211.0

880,542.7

896,257.6

Oaxaca*

529,817.2

420,487.5

636,281.2

682,700.0

Puebla

993,883.8

788,792.2

1,006,411.6

1,052,367.0

Querétaro*

348,930.7

276,927.6

316,413.2

324,652.9

Quintana Roo

210,127.8

166,767.2

187,903.0

196,633.4

San Luis Potosí*

443,101.7

351,666.0

437,276.4

452,483.0

Michoacán*

Nuevo León

Sinaloa

651,280.2

516,886.1

607,763.8

633,430.5

Sonora*

713,525.2

566,286.6

623,456.3

633,574.0

Tabasco*

547,208.1

434,289.7

518,893.3

536,613.0

Tamaulipas*

674,434.0

535,262.1

608,137.7

630,476.8

Tlaxcala

204,963.6

162,668.6

216,167.9

235,692.4

1,409,283.2

1,118,472.4

1,443,048.8

1,507,778.4

Yucatán*

466,170.1

369,974.1

432,243.6

448,609.8

Zacatecas*

325,811.1

258,578.8

324,436.9

339,368.7

22,500,000.1

17,857,042.0

21,446,371.8

22,333,190.7

Veracruz*

Total FUENTE: Diario Oficial de la Federación. *Auditorías Solicitadas a las EFSL.

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FAFEF

Principales Disposiciones Normativas La Ley de Coordinación Fiscal determina el objeto y destino de los recursos de FAFEF. Las aportaciones federales son administradas y ejercidas por los gobiernos de las entidades federativas conforme a sus propias leyes, y las principales disposiciones jurídicas son las siguientes: Legislación Federal •

Ley de Ingresos de la Federación.



Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.



Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.



Ley de Coordinación Fiscal.



Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.



Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.



Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.



Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.



Ley General de Equilibrio Ecológico para la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.



Presupuesto de Egresos de la Federación.



Lineamientos generales de operación para la entrega de los recursos del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios.



Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos a las entidades federativas.



Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal.

Legislación Local •

Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público o equivalente.



Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público o equivalente.



Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados o equivalente.



Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados o equivalente. 5

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009



Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado o equivalente.



Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado o equivalente.



Ley de Planeación del Desarrollo o equivalente.



Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado.



Ley del Patrimonio Público del Estado.



Ley de Ingresos del Estado.



Código de la Hacienda Pública Estatal.



Código Financiero.



Presupuesto de Egresos del Estado.



Reglamento Interior de la Administración Pública del Estado.



Manual de Lineamientos y Políticas Generales para el Control de los Recursos Públicos del Estado.



Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Estado.



Manual de Normas y Políticas para el Gasto Público del Gobierno del Estado.

Criterios de Selección Las auditorías se seleccionaron con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009, y se consideró la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización. Objetivo de las Auditorías Fiscalizar la gestión financiera de los recursos públicos federales transferidos al estado, por medio del fondo, de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal y demás disposiciones jurídicas, así como el cumplimiento de metas y objetivos. Alcance de la Fiscalización En 2009, la Federación destinó recursos en este fondo por 22,333,190.7 miles de pesos, distribuidos entre las 32 entidades federativas en los términos de la fórmula de distribución 6

FAFEF

considerada en la ley. La fiscalización la realizaron de la Auditoría Superior de la Federación y las entidades de fiscalización superior en los estados. La Auditoría Superior de la Federación realizó auditorías directas a 12 entidades federativas: Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Distrito Federal, Jalisco, México, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa y Tlaxcala, que recibieron en conjunto 10,636,130.0 miles de pesos, cifra que representa el 47.6% del total; de esta cantidad, la muestra de auditoría ascendió a 8,499,817.9 miles de pesos, el 79.9% del total revisado y superior en 135.8% nominal a los 3,605,141.9 miles de pesos de la muestra auditada en 2008. Por su parte, a solicitud de la Auditoría Superior de la Federación, las entidades de fiscalización superior en los estados realizaron 20 revisiones a los estados de Baja California, Campeche, Coahuila, Colima, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, que en conjunto recibieron un presupuesto de 11,697,060.7 miles de pesos, el 52.4% del total del FAFEF; de esta cantidad, la muestra auditada ascendió a 8,300,249.9 miles de pesos, el 71.0% del total. (Cuadro 1) Procedimientos de Auditoría Durante la revisión se aplicó una Guía de Auditoría con 41 procedimientos, integrados en ocho capítulos: Control Interno, Transferencia de Recursos, Registros e Información Financiera, Transparencia, Destino de Recursos, Ejercicio de los Recursos, Obras y Acciones Sociales, y Cumplimiento de Metas y Objetivos. El detalle de los trabajos desarrollados por cada procedimiento es el siguiente: Control Interno Verificar mediante la aplicación de cuestionarios integrados por cuatro componentes (Ambiente de Control; Actividades de Control; Información y Comunicación, y Supervisión) la existencia de controles internos suficientes para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que puedan afectar la eficacia y eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable y oportuna, el cumplimiento de la normativa aplicable y la consecución de los objetivos del fondo. Transferencia de Recursos Verificar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público entregó los recursos del FAFEF de manera ágil y directa al ente auditado, en los términos de la normativa; asimismo, que la entidad federativa remitió los recibos de los recursos del fondo depositados a la SHCP, a más tardar a los 15 días naturales después del último día hábil del mes en que los recibieron. Verificar que el ente auditado abrió una cuenta bancaria específica productiva para la recepción, manejo y ejercicio de los recursos del fondo, y que se remitió copia de la notificación del registro de las cuentas bancarias ante la Tesorería de la Federación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

Verificar que no se transfirieron recursos entre los fondos, ni hacia otras cuentas en las que la entidad federativa manejó otro tipo de recursos. Registro e Información Financiera Constatar que el sistema de contabilidad cuenta con el nivel de desagregación necesario, que permite la generación de informes y estados financieros que faciliten las tareas de control, vigilancia y fiscalización de las operaciones y que se cuenta con un sistema adecuado de guarda y custodia de documentos. Verificar que los recursos del fondo y sus rendimientos financieros se manejaron exclusivamente en una cuenta específica, donde no se incorporaron remanentes de otros ejercicios ni aportaciones realizadas, en su caso, por beneficiarios de las obras y acciones. Comprobar la existencia de registros específicos del fondo, debidamente actualizados, identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto. Constatar que la documentación comprobatoria del gasto está cancelada con la leyenda “Operado”, o como se establece en las disposiciones locales, y se identifica con el nombre del fondo. Verificar que el registro contable, presupuestario y patrimonial de las operaciones realizadas con los recursos del fondo se realizó conforme a la normativa. Verificar que los recursos públicos federales reintegrados al fondo durante el ejercicio fiscal 2009, como resultado de la auditoría practicada en la Cuenta Pública 2008, se registraron en su contabilidad, se muestran en la cuenta bancaria donde se manejaron y se aplicaron, en su caso, para los fines expresamente previstos en las disposiciones jurídicas. Transparencia Verificar que se informó a los órganos de control y fiscalización locales y federales, así como a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conforme a las disposiciones aplicables, sobre la cuenta bancaria específica en la que se recibieron y administraron los recursos del fondo, es decir, respecto de la cuenta única en la que se manejaron estos recursos. Constatar que el estado reportó trimestralmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la información relacionada con el ejercicio, destino y los resultados obtenidos respecto de los recursos del fondo que le fueron transferidos, así como su calidad y congruencia y de manera pormenorizada, el avance físico de las obras y acciones respectivas y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y los erogados, así como en los plazos y términos establecidos en las disposiciones jurídicas, los resultados de las evaluaciones realizadas y que puso a disposición del público en publicaciones específicas y medios electrónicos, haciendo del conocimiento de sus habitantes el monto asignado al fondo, costos, ubicación, metas, resultados alcanzados y beneficiarios de las obras.

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FAFEF

Verificar que la información reportada sobre el fondo corresponde con el ejercicio de los recursos entregados y con lo presentado en Cuenta Pública Federal. Destino de los Recursos Verificar que los recursos del fondo y los rendimientos financieros generados por la inversión de los recursos se aplicaron y erogaron de conformidad con los destinos y prioridades de la Ley de Coordinación Fiscal. Comprobar que, en el caso de que se afecten las aportaciones con cargo en el Fondo para garantizar obligaciones por incumplimiento, o servir como fuente de pago de dichas obligaciones que contraigan con la Federación, las instituciones de crédito o con personas físicas o morales, cuenten con la autorización de las legislaturas locales y a petición de las entidades federativas o los municipios, según corresponda, se inscriban ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios, y no destinen más del 25% de los recursos que anualmente les correspondan por concepto del fondo para servir a dichas obligaciones. Ejercicio de los Recursos Constatar que los recursos del fondo se destinaron para infraestructura física, y que se aplicaron y erogaron para la construcción, reconstrucción, ampliación, mantenimiento y conservación de infraestructura; así como para la adquisición de bienes para el equipamiento de las obras generadas o adquiridas e infraestructura hidroagrícola y que el ente auditado no destinó más del 3% del costo de los recursos del fondo para gastos indirectos por concepto de estudios, elaboración y evaluación de proyectos, supervisión y control de obras de infraestructura. Verificar que, en la aplicación de los recursos del fondo en materia de saneamiento financiero, se dio preferencia a la reducción del saldo de la deuda pública, así como a otras acciones que acrediten un impacto favorable en la fortaleza de las finanzas públicas locales, expresado en un mejor nivel de balance financiero. Verificar que los recursos del fondo que se destinaron para el saneamiento y reforma del sistema de pensiones del ente auditado se canalicen prioritariamente en las reservas actuariales. Comprobar que los recursos del fondo se destinaron para la modernización de los registros públicos de la propiedad y del comercio locales, se ubicaron en el marco de la coordinación para homologar los registros públicos, así como para la modernización de los catastros, con el objeto de actualizar los valores de los bienes y hacer más eficiente la recaudación de las contribuciones. Constatar que los recursos del fondo destinados para modernizar los sistemas de recaudación local permitieron ampliar la base gravable se tradujeron en un incremento neto en la recaudación de los ingresos propios locales.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

Comprobar que los recursos del fondo, destinados para el fortalecimiento de los proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico, se otorgaron siempre y cuando se constituyeron como adicionales a los recursos de naturaleza local aprobados por las legislaturas locales en dicha materia. Constatar que las acciones en las que se aplicaron los recursos del fondo dentro del sistema de protección civil sean adicionales a los recursos de naturaleza local aprobados por las legislaturas locales en dicha materia. Comprobar que los recursos que se destinaron para educación pública fueron adicionales a los recursos de naturaleza local aprobados por las legislaturas locales para dicha materia, y que el monto de los recursos locales se incrementó en términos reales respecto del presupuestado en el año inmediato anterior. Comprobar que los fondos constituidos por el ente auditado para proyectos de infraestructura concesionada o aquéllos donde se combinen recursos públicos y privados, se destinaron para el pago de obras públicas de infraestructura que sean susceptibles de complementarse con inversión privada, en forma inmediata o futura, así como para estudios, proyectos, supervisión, liberación del derecho de vía, y otros bienes y servicios relacionados con las mismas. Obras y Acciones Verificar que la obra pública realizada con recursos del fondo se adjudicó y contrató de acuerdo con la normativa aplicable, considerando los montos máximos autorizados, y que los criterios en los que se sustente la excepción a la licitación, se encuentren debidamente justificados, fundados y motivados con el soporte suficiente, a fin de garantizar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; asimismo, que antes de la ejecución de las obras, se obtuvo la validación o autorización de las instancias previstas por las disposiciones normativas sobre la manifestación del impacto ambiental. Comprobar que la obra pública realizada con los recursos del fondo esté amparada en un contrato, el cual contendrá los requisitos establecidos en la normativa local, estar debidamente formalizado, y ser congruente con lo estipulado en las bases de licitación. Verificar que las personas físicas o morales que celebren contratos con el ente auditado, garantizaron el 100% del importe de los anticipos que recibieron, así como del cumplimiento del contrato por medio de la fianza correspondiente. Comprobar que el importe del contrato corresponda con las erogaciones registradas contablemente como pagadas y con el importe de las estimaciones, las cuales deberán estar documentadas mediante facturas y generadores de obra principalmente, y se constate que se aplicaron las deducciones o retenciones respectivas, así como la amortización de la totalidad de los anticipos otorgados y que dicha documentación comprobatoria reúna los requisitos fiscales correspondientes.

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FAFEF

Verificar el cumplimiento de las condiciones originalmente pactadas en el contrato (montos, plazo de ejecución y alcances), con el análisis comparativo del plazo registrado en la bitácora de obra, estimaciones generadas, avisos de inicio y terminación de obra, y lo registrado en el acta de entrega-recepción. Dicha información deberá ser coherente, de lo contrario, comprobar la congruencia de la formalización de convenios modificatorios y la justificación de su aplicación y, en caso de incumplimiento, la aplicación de las penas correspondientes. Comprobar selectivamente que los precios unitarios pactados en el contrato correspondan con los pagados en cada una de las estimaciones, y se verifique que sean acordes con las especificaciones y trabajos descritos. Seleccionar conceptos de obra pagados en las estimaciones de cada contrato para comprobar que los volúmenes y precios unitarios reportados sean acordes con las especificaciones del proyecto pactadas en el contrato y que estén concluidas y operando adecuadamente. Comprobar, mediante una visita de inspección física, que los conceptos de las obras y acciones realizadas con recursos del fondo cumplieron con las especificaciones del proyecto, en calidad y cantidad y que se estén concluidas y operando adecuadamente. Verificar que en el proceso de terminación de la obra se efectúa la entrega-recepción, en la que deberá analizarse el acta correspondiente, el finiquito de obra, planos actualizados, notificación de terminación, manuales de operación, álbum fotográfico y la fianza de vicios ocultos. Verificar que las obras realizadas por administración directa, cumplieron con la normativa local, y se asegure para el estado el uso eficiente y transparente de los recursos del fondo. Adquisiciones Verificar que las adquisiciones realizadas con los recursos del Fondo, se licitaron, adjudicaron y contrataron de acuerdo con la normativa, y se consideraron los montos máximos y mínimos establecidos, y que los criterios en los que se sustente la excepción a la licitación, se justifiquen con el soporte suficiente, a fin de garantizar para el ente auditado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. Comprobar que todas las adquisiciones realizadas con los recursos del fondo están amparadas en un contrato o pedido, el cual deberá contener los requisitos establecidos en la normativa local, estar debidamente formalizado y ser congruente con lo estipulado en las bases de licitación. Verificar que los proveedores que celebren contratos o pedidos con el ente auditado garanticen el cumplimiento del contrato y, en su caso, los anticipos que reciban en los términos establecidos en la normativa local.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

Verificar que la entrega de los bienes adquiridos y la prestación de los servicios se efectuaron de conformidad con los plazos estipulados en el contrato y, en caso de incumplimiento, se aplicaron las penas correspondientes. Verificar que los bienes (activo fijo) adquiridos con los recursos del fondo durante el ejercicio están registrados en la contabilidad del ente auditado; se cuenta con los resguardos correspondientes, y se comprueba su existencia física y sus condiciones apropiadas de operación. Cumplimiento de Metas y Objetivos Verificar, en los términos de las disposiciones, que los indicadores para los resultados del fondo se mantienen actualizados y los resultados obtenidos se evaluaron. Verificar, con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las dependencias coordinadoras de los fondos acordaron con las entidades federativas medidas de mejora para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos. Asimismo, verificar que las acciones y recursos estuvieron alineados con los programas sectoriales y el Plan Estatal de Desarrollo, y que sus resultados fueron evaluados. Auditorías Practicadas en el Fondo De los recursos destinados al FAFEF en las 32 entidades federativas, por 22,333,190.7 miles de pesos, se obtuvo una muestra para revisión de 16,800,067.8 miles de pesos, el 75.2% de los recursos ministrados, de los cuales se determinaron recuperaciones por 6,221,012.3 miles de pesos, el 37.0% de la muestra seleccionada; de este importe, ya fueron operados 404,614.7 miles de pesos, el 6.5% (Cuadro 1). Auditorías Directas En la revisión de la Cuenta Pública 2009, la Auditoría Superior de la Federación realizó auditorías directas en 12 entidades federativas, Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Distrito Federal, Jalisco, México, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa y Tlaxcala, que en conjunto recibieron 10,636,130.0 miles de pesos, cifra que representa el 47.6% del total asignado en el fondo. De estos recursos, se obtuvo una muestra para su revisión de 8,499,817.9 miles de pesos, el 79.9% de lo ministrado. Principales Observaciones Vinculadas con Recuperaciones Los principales resultados determinados en las auditorías directas practicadas en el fondo, en el ejercicio 2009, son los siguientes: •

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Pago de gastos indirectos que rebasaron el 3% autorizado en la normativa, en donde se tienen recuperaciones determinadas por 37,373.3 miles de pesos, integrados por los estados de Aguascalientes por 15,927.4 miles de pesos; Distrito Federal por 17,995.0 miles de pesos; Puebla por 2,483.0 miles de pesos, y Tlaxcala por 967.9 miles de pesos.

FAFEF

Del total de las recuperaciones determinadas, se tiene un monto de 19,363.0 miles de pesos como recuperaciones operadas en las cuentas bancarias del fondo. •

Recursos aplicados en rubros no contemplados en la Ley de Coordinación Fiscal, se tienen recuperaciones determinadas por 303,821.7 miles de pesos, que corresponden a los estados de Aguascalientes por 1,212.1 miles de pesos; Chiapas por 69,945.9 miles de pesos; Distrito Federal por 114,885.5 miles de pesos; Jalisco por 78,130.3 miles de pesos; Nayarit por 22,554.9 miles de pesos; Puebla por 1,606.3 miles de pesos; Quintana Roo por 1,167.5 miles de pesos, y Tlaxcala por 14,319.2 miles de pesos. Del total de las recuperaciones determinadas, se tiene un monto de 3,274.8 miles de pesos como recuperaciones operadas en las cuentas bancarias del fondo.



Pagos improcedentes en la ejecución de obras por conceptos de obra no ejecutados y duplicidad de pago de diversos conceptos, que tienen recuperaciones determinadas por 13,903.9 miles de pesos, los cuales corresponden al Distrito Federal por 370.4 miles de pesos; Puebla por 12,119.8 miles de pesos, Sinaloa por 1,396.5 miles de pesos y Tlaxcala por 17.2 miles de pesos. Del total de las recuperaciones determinadas, se tiene un monto de 12,119.8 miles de pesos como recuperaciones operadas en las cuentas bancarias del fondo.



Se observó la falta o inadecuada aplicación de penas y sanciones debido a incumplimientos por 4,146.7 miles de pesos, los cuales se integran por los estados de Sinaloa por 4,127.8 miles de pesos y Tlaxcala por 18.9 miles de pesos.



Se determinó la falta de documentación comprobatoria de las erogaciones por 183,926.7 miles de pesos, correspondientes a los estados de Baja California Sur por 3,709.2 miles de pesos; Chiapas por 22,826.5 miles de pesos; Distrito Federal por 108,375.3 miles de pesos; Jalisco por 48,987.1 miles de pesos, y Tlaxcala por 28.6 miles de pesos.



Se detectaron recursos utilizados para el pago del sistema de recaudación sin documentar fortalezas en las finanzas del estado en Puebla por 1,075.1 miles de pesos, los cuales ya se encuentran operados en la cuenta bancaria del fondo.



Las entidades federativas destinaron recursos para el pago de intereses, comisiones o gastos de la deuda, sin documentar fortalezas en sus finanzas, por 3,403,737.7 miles de pesos, que están conformados por los estados de México por 2,628,796.6 miles de pesos; Chiapas por 29,631.7 miles de pesos; Jalisco por 615,833.6 miles de pesos; Quintana Roo por 23,248.0 miles de pesos, y Sinaloa por 106,227.8 miles de pesos. Del total de las recuperaciones determinadas, se tiene un monto de recuperaciones operadas en las cuentas bancarias del fondo por 23,248.0 miles de pesos.



No se tuvo evidencia de la existencia física de los bienes comprados en Sinaloa por 132.6 miles de pesos.



No se realizó un adecuado control y registro de los intereses generados, por 924.4 miles de pesos, en los estados de Sinaloa por 794.1 miles de pesos y Tlaxcala por 130.3

13

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

miles de pesos. Del total de las recuperaciones determinadas, se tiene un monto de 164.3 miles de pesos como recuperaciones operadas en las cuentas bancarias del fondo. •

Se destinaron recursos para el pago de pensiones y jubilaciones sin documentar fortalezas en las finanzas de los estados, por 1,193,164.9 miles de pesos, en Nuevo León por 896,257.6 miles de pesos y Sinaloa por 296,907.3 miles de pesos.



Se realizaron gastos que no corresponden a la naturaleza del rubro de Apoyo a la Educación Pública, se tienen recuperaciones determinadas por 154,149.7 miles de pesos, los cuales se integran por los estados de Sinaloa por 49,985.9 miles de pesos y Tlaxcala por 104,163.8 miles de pesos.

Otras Observaciones Las observaciones no relacionadas con las recuperaciones más recurrentes fueron las siguientes: •

No fue notificada la cuenta bancaria específica del fondo a las instancias de fiscalización.



No se canceló la documentación comprobatoria del gasto con la leyenda “Operado”, en donde se identifique el nombre del fondo.



No se presentó evidencia documental de evaluaciones de resultados del ejercicio de los recursos del fondo, ni que éstas se realizaron por instancias técnicas independientes.



No se liberaron los recursos a los ejecutores en forma oportuna.



No se encontró evidencia del convenio de ampliación en tiempo de proyectos.



No se obtuvo evidencia documental en los expedientes técnicos unitarios de obra.



No se encontró evidencia de la autorización de las obras de los proyectos contratados.



No se incorporaron los términos en que el contratista reintegrará las cantidades que, en cualquier forma, hubiere recibido en exceso.



No se incorporaron los procedimientos para la resolución de controversias en los contratos.



No se encontró evidencia de las bitácoras de obra.



No se encontró evidencia documental de la formulación del acta de entrega-recepción, finiquito de obra, constancia de la elaboración de planos actualizados, notificación de terminación, manuales de operación, álbum fotográfico y fianza de vicios ocultos.

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FAFEF



No se encontró evidencia contable de la afectación en las cuentas de activo, y en consecuencia del efecto en el patrimonio de la aplicación de los recursos del fondo.



No se llevó un control consecutivo de los programas, proyectos o acciones realizadas, y no se proporcionó evidencia sobre cancelaciones, modificaciones, reprogramaciones o sustituciones de los proyectos.



Las cifras presentadas en sus reportes difieren entre sí.



No presentó evidencia documental sobre conciliaciones contable-presupuestales y de éstas con los ejecutores.



Se realizaron trabajos fuera de la fecha comprometida del último convenio modificatorio.



Los indicadores de evaluación no están actualizados y no se encontró evidencia de la evaluación de los resultados obtenidos.



Se realizaron transferencias de recursos ajenos a la cuenta bancaria del fondo.



Se realizaron pagos con el fondo de 2009 de obras terminadas en el ejercicio 2008.

Cumplimiento de los Objetivos del Fondo La metodología de la auditoría del FAFEF comprende la evaluación del cumplimiento de las metas y objetivos del fondo. El primer aspecto considera principalmente los puntos referentes a valorar que se ejerció el total de los recursos asignados y que se hizo oportunamente; que las obras están terminadas y operan, y que se cumplió la meta sustantiva de que el gasto se efectuó para los fines del fondo (fortalecer los presupuestos de los Estados y el Distrito Federal y a las regiones que conforman). Del universo de las entidades fiscalizadas sólo un estado cumplió con los objetivos del fondo, seis cumplieron parcialmente y cinco no cumplieron; en particular, tuvieron el comportamiento siguiente: •

Baja California Sur cumplió los objetivos del fondo, destinó el recurso principalmente para implementar proyectos sobre la tecnificación de la prestación de servicios públicos con mayor efecto económico, tal como la recaudación de impuestos y derechos y a incrementar la recaudación de los ingresos estatales mediante de la modernización y actualización de los sistemas e instrumentos de captación.



Los estados que cumplieron parcialmente fueron Nayarit, a quien se le observaron 22,554.9 miles de pesos, que representan el 11.7% respecto de la muestra seleccionada, para el pago de activos productivos; Quintana Roo, a quien se le observaron 24,415.5 miles de pesos, que representan el 12.4% respecto de la muestra seleccionada, los cuales ya fueron reintegrados en la cuenta bancaria del fondo y se integra por el pago de intereses de la deuda pública sin haber acreditado un impacto favorable en las finanzas públicas locales y recursos aplicados en cursos y talleres. 15

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009



Asimismo, los estados que cumplieron parcialmente con los objetivos del Fondo fueron Chiapas por destinar recursos a conceptos fuera de la apertura programática por 69,945.9 miles de pesos, principalmente viáticos, vivienda, alimentos, honorarios y en general gastos de operación y por el pago de intereses de la deuda pública sin haber acreditado un impacto favorable en las finanzas públicas locales por 29,631.7 miles de pesos, y Puebla, a quien se le observaron 17,284.2 miles de pesos, que representan el 2.6% respecto de la muestra seleccionada, los cuales ya se encuentran como operados en la cuenta bancaria del fondo y se integran gastos indirectos que rebasan el 3% autorizado, y pagos improcedentes en la ejecución de obras por conceptos pagados no ejecutados.



Asimismo, los que cumplieron parcialmente con el objetivo del fondo fueron el Distrito Federal porque realizó acciones que están fuera de la apertura programática, y existen obras que se efectuaron fuera de los plazos contractuales, y Aguascalientes, en donde se identificó un proyecto para la construcción de pisos firmes, realizado conjuntamente con la Secretaría de Desarrollo Social Federal por 477.1 miles de pesos, el cual no corresponden a la apertura programática autorizada; se excedió en el porcentaje permitido de los gastos indirectos por un monto de 15,927.4 miles de pesos; pagó obra en 2009, y se cubrieron honorarios a notarios públicos por concepto de escrituración, por un monto de 194.8 miles de pesos (gasto corriente).



Los estados que no cumplieron los objetivos del fondo fueron Jalisco, por la falta de aplicación de las disposiciones normativas aplicables en el fondo y ejercer recursos fuera de la apertura programática; Tlaxcala, por que destinó recursos por 14,319.2 miles en conceptos fuera de la apertura programática y 952.6 miles de pesos en gastos indirectos que excedieron el 3% permitido por la normativa; Sinaloa, porque destinó recursos al pago de compromisos con sindicatos de escuelas y obras que fueron canceladas posteriormente; Nuevo León, porque el total de los recursos fue destinado al pago de pensiones y jubilaciones, y el Estado de México, que destinó recursos para el pago de intereses sin acreditar un impacto favorable en las finanzas públicas por 2,628,796.6 miles de pesos.



Por otra parte, el destino de los recursos no siempre respondió con los conceptos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal, principalmente en materia de pensiones, jubilaciones y saneamiento financiero, debido a que no se acreditó el cumplimiento del fortalecimiento de las finanzas públicas locales y a que no se aplicaron los recursos en el ejercicio fiscal respectivo, ya que al cierre del año las siguientes entidades fiscalizadas tenían en sus tesorerías disponibilidades por 1,050,145.9 miles de pesos, el 9.9% de los recursos ministrados, lo que afectó el cumplimiento de las metas establecidas:

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FAFEF PRESUPUESTO MINISTRADO Y EJERCIDO POR ENTIDAD FEDERATIVA (miles de pesos) RECURSOS ESTADOS Aguascalientes Baja California Sur

MINISTRADOS

EJERCIDOS

202,566.7

123,282.9

DIFERENCIAS 79,283.8

(%) 39.1

129,780.7

125,308.5

4,472.2

3.4

Chiapas

1,096,565.2

803,356.3

293,208.9

26.7

Distrito Federal

1,585,887.6

1,585,887.6

Jalisco

1,497,982.6

1,380,688.3

117,294.3

7.8

Estado de México

2,843,341.3

2,843,341.3

265,625.0

214,720.8

50,904.2

19.2

Nayarit Nuevo León

896,257.6

896,257.6

1,052,367.0

682,654.6

369,712.4

35.1

196,633.4

193,486.2

3,147.2

1.6

Sinaloa

633,430.5

509,534.6

123,895.9

19.6

Tlaxcala

235,692.4

227,465.4

8,227.0

3.5

10,636,130.0

9,585,984.1

1,050,145.9

9.9

Puebla Quintana Roo

Total

FUENTE: Registros contables de las entidades fiscalizadas.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que resultaron de las auditorías, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes: •

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.



Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y IX, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Observaciones Determinadas y Acciones Promovidas Como resultado de las auditorías practicadas se formularon 165 observaciones, lo que resulta un promedio de 14 observaciones por auditoría, de las cuales, durante el proceso de revisión, fueron solventadas 68, y quedaron pendientes 97 observaciones que generaron 100 acciones; de éstas, 40 fueron Pliegos de Observaciones, 32 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 27 Recomendaciones y 1 Solicitud de Aclaración (Cuadro 2). La cuantificación monetaria de las observaciones determinadas que se presentan en los informes de auditoría significaron un total observado en el FAFEF de 5,621,890.5 miles de pesos (Cuadro 1).

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

Recuperaciones Determinadas, Operadas y Probables Las auditorías dieron como resultado recuperaciones determinadas por 5,621,890.5 miles de pesos, de los cuales a la fecha han sido recuperados para el fondo 77,228.5 miles de pesos y se tienen registradas como probables 5,544,662.0 miles de pesos (Cuadro 1). Errores y Omisiones El análisis de los registros contables dieron como resultado un monto de 322.3 miles de pesos, por concepto de errores y omisiones de la información financiera, que responden a la falta de oportunidad de los registros contables. Auditorías Solicitadas Las EFS realizaron auditorías solicitadas por la Auditoría Superior de la Federación a los estados de Baja California, Campeche, Coahuila, Colima, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas. En las auditorías solicitadas a las EFSL del FAFEF fueron determinadas 179 observaciones, que significan un promedio de 9 por auditoría; la ASF emitió el mismo número de recomendaciones. En todos los casos de resultados con observación de las auditorías solicitadas, la ASF emitió una recomendación para que la EFSL respectiva le informe sobre las gestiones que realiza ante los entes fiscalizados, a fin de que atiendan lo observado (Cuadro 2). Además, para la atención de las observaciones determinadas en las auditorías que realizaron por solicitud de la ASF, las EFSL emitieron, de conformidad con su propio marco normativo, las acciones procedentes. En virtud de que la legislación regulatoria de la fiscalización superior es distinta entre las entidades federativas, cada EFSL tiene sus propias acciones emitidas, que pueden ser diferentes en denominación, naturaleza y alcance, a las de otras entidades, así como a las de la ASF. Con el objeto de tener una apreciación general sobre la correspondencia que tienen las acciones emitidas por las EFSL con las de la ASF, se solicitó a las entidades que en sus informes, además de presentar en cada resultado con observación la acción emitida conforme a su marco jurídico, indiquen también la acción emitida de acuerdo con el catálogo de la ASF, con la cual se identifica la propia. Con base en los resultados de ese ejercicio de homologación, las EFSL promovieron, en el caso de las revisiones del FAFEF, 179 acciones, las cuales presentan la estructura siguiente: 86 Recomendaciones; 47 Pliegos de Observaciones; 33 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria y, 13 Solicitudes de Aclaración.

18

FAFEF

Las acciones promovidas por las EFSL, con base en su propio marco jurídico, para la atención de las observaciones de auditoría, son diferentes entre todas las entidades, así como a la tipología de las acciones de la ASF; en varios casos, una acción de las EFSL tiene el mismo nombre e incluso es igual al de alguna de la ASF, pero su alcance y naturaleza son diferentes entre todas ellas. El caso más significativo es el del Pliego de Observaciones que, en el caso de la ASF, se utiliza para solicitar a un ente auditado la atención de una observación de auditoría que implica un probable daño patrimonial; en diversas EFSL se emplea para notificar a los entes fiscalizados cualquier tipo de observación. En otros casos, las EFSL comunican al congreso local las observaciones determinadas en las auditorías y éste es quien define lo procedente al respecto. En tal sentido, al referirse a las acciones emitidas por las EFSL para la atención de las observaciones determinadas en las auditorías solicitadas, debe tomarse en cuenta que una acción en una entidad puede tener una connotación diferente en otra, aunque tengan el mismo nombre. De acuerdo con lo anterior, la homologación de las acciones emitidas por la ASF y las EFSL constituye un área de mejora estratégica en la relación de coordinación de las entidades de fiscalización superior, proceso que busca armonizar los marcos jurídicos correspondientes. En ese contexto, a continuación se presenta el número de acciones promovidas por las EFSL, por estado y tipo de acción, de acuerdo con el marco jurídico de cada una, en las auditorías del FAFEF solicitadas por la ASF; cabe señalar que la información siguiente es la que se presenta en los informes de las auditorías solicitadas:

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF) ACCIONES PROMOVIDAS POR LAS EFSL Estado Baja California

Pliegos de PRAS Observaciones 11

Campeche

Recomendación

Informe de Observación

TOTAL 11

2

Chihuahua Coahuila

Notificación al ente Fiscalizado

2 1

1

1 7

8

13

18

Colima Durango

3

2

Guanajuato

1

1

Guerrero

35

35

Hidalgo

4

Michoacán

2

2

Morelos

8

8

2

2

Oaxaca 1

8

17

17

8

11

Querétaro

2

San Luis Potosí

15

15

Tabasco

5

5

Tamaulipas

5

5

Sonora

1

Veracruz

3

1

22

3

Yucatán

4

Zacatecas TOTAL

24

4

1 95

8

1 1

49

26

179

FUENTE: Acciones Promovidas por las EFSL de acuerdo con su normativa.

Recuperaciones determinadas, operadas y probables Las EFSL obtuvieron en sus auditorías solicitadas del FAFEF recuperaciones por 327,386.2 miles de pesos (recuperaciones operadas), y se determinaron además recuperaciones probables que alcanzan un importe de 271,735.6 miles de pesos, con lo que suman un total de 599,121.8 miles de pesos, que significa el 5.1 % del Universo Seleccionado y el 7.2% de la muestra que se auditó (Cuadro 1).

20

FAFEF

Errores y omisiones Los Errores y Omisiones de la Información Financiera determinados en las auditorías solicitadas del FAFEF fueron 91,660.7 miles de pesos, que significan el 0.8 % del Universo Seleccionado y el 1.1% de la muestra revisada. Principales observaciones vinculadas con recuperaciones determinadas •

Recursos aplicados en rubros no contemplados en la Ley de Coordinación Fiscal; se tienen recuperaciones determinadas por 147,721.5 miles de pesos, que corresponden a los estados de Hidalgo por 130,827.4 miles de pesos; Yucatán por 2.0 miles de pesos y San Luis Potosí por 16,892.1 miles de pesos. Del total de las recuperaciones determinadas, se tiene un monto de 130,827.4 miles de pesos como recuperaciones operadas en las cuentas bancarias del fondo.



En Baja California se tienen anticipos otorgados sin amortizar por 3,867.9 miles de pesos.



Se determinó la falta de documentación comprobatoria de las erogaciones por 253,168.8 miles de pesos, los cuales corresponden a Durango por 7,487.7 miles de pesos; Michoacán por 529.6 miles de pesos; Morelos por 4,144.8 miles de pesos; Oaxaca por 34.3 miles de pesos; Guerrero por 48,273.7 miles de pesos; Tabasco por 186,140.4 miles de pesos; San Luis Potosí por 1,130.3 miles de pesos; Hidalgo por 5,351.0 miles de pesos, y Sonora por 77.0 miles de pesos. Del total de las recuperaciones determinadas, se tiene un monto de 186,144.6 miles de pesos como recuperaciones operadas en las cuentas bancarias del fondo.



Pagos improcedentes en la ejecución de obras por conceptos de obra no ejecutados y duplicidad de pago de diversos conceptos, que tienen recuperaciones determinadas por 19,694.2 miles de pesos, los cuales corresponden al estado de Baja California por 8,157.1 miles de pesos; Durango por 100.0 miles de pesos; Campeche por 44.6 miles de pesos; Morelos por 281.8 miles de pesos; Oaxaca por 418.1 miles de pesos; Guanajuato por 79.8 miles de pesos; Guerrero por 2,791.9 miles de pesos; Querétaro por 3,000.0 miles de pesos; San Luis Potosí por 4,186.4 miles de pesos, Hidalgo por 470.7 miles de pesos, y Sonora por 163.8 miles de pesos. Del total de las recuperaciones determinadas, se tiene un monto de 97.1 miles de pesos como recuperaciones operadas en las cuentas bancarias del fondo.



Préstamos o transferencias de la cuenta bancaria del fondo a otros fondos o programas, se tienen recuperaciones determinadas en Tamaulipas por 1,032.5 miles de pesos, las cuales ya se encuentran operadas.



Se observó la falta o inadecuada aplicación de penas y sanciones debido a incumplimientos por 231.0 miles de pesos, los cuales se integran por los estados de San Luis Potosí por 212.4 miles de pesos y Sonora por 18.6 miles de pesos. Del total de las recuperaciones determinadas, se tiene un monto de 15.2 miles de pesos como recuperaciones operadas en las cuentas bancarias del fondo. 21

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009



Las entidades federativas que destinaron recursos para el pago de intereses, comisiones o gastos de la deuda, sin documentar fortalezas en las finanzas de los estados, por 161,996.9 miles de pesos, fueron: Sonora por 158,106.5 miles de pesos, y Veracruz por 3,890.4 miles de pesos. Del total de las recuperaciones determinadas, se tiene un monto de 3,890.4 miles de pesos como recuperaciones operadas en las cuentas bancarias del fondo.



No se tuvo evidencia de la existencia física de los bienes comprados en Guerrero por 1,168.8 miles de pesos.



Las entidades que no realizaron un adecuado control y registro de los intereses generados por 10,240.2 miles de pesos fueron: Coahuila por 4,860.3 miles de pesos, Colima por 5,224.2 miles de pesos y Yucatán por 155.7 miles de pesos. Del total de las recuperaciones determinadas, se tiene un monto de 5,379.0 miles de pesos como recuperaciones operadas en las cuentas bancarias del fondo.

Cumplimiento de los objetivos del fondo Al igual que en el caso de las auditorías directas, también en las solicitadas se determinó el insuficiente cumplimiento. Los estados de Baja California, Campeche, Chihuahua, Guanajuato, Guerrero, Michoacán, Tabasco, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas cumplieron con los objetivos; Colima, Durango, Hidalgo y Querétaro cumplieron parcialmente; Coahuila y Sonora no cumplieron; y en los estados de Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí y Veracruz no se evaluó. Dictámenes de las Auditorías Las opiniones contenidas en los dictámenes emitidos por la ASF y las EFSL, respecto de los resultados y observaciones determinadas en las 32 auditorías, correspondientes a la Cuenta Pública 2009, determinaron con opinión limpia 12, con salvedad 8, con opinión negativa 11 y con abstención 1 (Cuadro 1). Conclusiones y Recomendaciones La importancia del FAFEF radica en que constituye para las entidades federativas parte significativa de sus ingresos. Este fondo les permite realizar obras y acciones fundamentales para apoyar el crecimiento económico y social de los estados y de las regiones que lo conforman; no obstante, estos beneficios todavía no logran niveles adecuados en la calidad de su gestión ni en sus resultados y efectos; igualmente, la transparencia de su manejo en la rendición de cuentas registra deficiencias de calidad y consistencia. Por lo anterior, existen espacios de mejora significativos en estos aspectos del fondo. En términos generales, los recursos del fondo fortalecieron las finanzas públicas locales y les permitieron proporcionar mayores satisfactores en materia de infraestructura, desarrollo social y servicios públicos, en el marco del Plan Estatal de Desarrollo y los programas derivados de éste.

22

FAFEF

No obstante lo anterior, existen situaciones que restringen el desarrollo de los proyectos de inversión pública y generan áreas de opacidad que deben eliminarse, entre las que destacan las siguientes: •

El FAFEF tiene 9 posibles destinos para la aplicación de los recursos, por lo que se dificulta la identificación de un objetivo del fondo. Se propone revisar los indicadores de desempeño del fondo, e identificar los resultados e impacto de los recursos en el fortalecimiento de las finanzas públicas locales, el apoyo a la educación, ciencia y tecnología, a los sistemas de protección civil y a la inversión en infraestructura.



Se debe evaluar el resultado de la distribución de los recursos con la aplicación de la fórmula y ponderar su efecto económico. El propósito original fue asignar más recursos a las entidades federativas con menor PIB per cápita y de acuerdo con la magnitud de su población, para lograr un efecto compensatorio con la nueva fórmula para distribuir el Fondo General de Participaciones que está vinculada con el crecimiento del PIB, la recaudación local y la población.



Con los resultados de la evaluación de los efectos económicos de la fórmula, se propone analizar el objetivo del FAFEF, las variables y el método de cálculo de la fórmula, para adecuarlas en caso de ser necesario. En congruencia con lo anterior, también se afinarían los indicadores de desempeño.



En materia de saneamiento financiero en la Ley de Coordinación Fiscal se debe precisar si se deben pagar intereses de la deuda pública, delimitarlos o, en su caso, limitarlos.



Las obras son realizadas sin que exista una planeación y un proceso definido de priorización, por lo que existe un alto nivel de discrecionalidad. Se deben concretar las bases jurídicas que permitan definir criterios y prioridades a nivel local, de acuerdo con los propósitos de política económica, social y regional definidos en el plan estatal de desarrollo y en los programas derivados de éste.



Al final del ejercicio existen disponibilidades excesivas de recursos en las cuentas bancarias por la falta de reglamentación sobre la anualidad en la aplicación del gasto, lo que motiva desfases importantes en la ejecución de las obras e incrementos de costos. Para evitar subejercicios que al final se constituyen en áreas de opacidad y discrecionalidad en la aplicación de los fondos al no poder ser fiscalizados, se requiere normar para que los recursos se ejerzan durante el ejercicio fiscal y conforme a una estacionalidad óptima para la ejecución de las obras y acciones.



En la aplicación de los recursos y de sus intereses existe alta discrecionalidad por la falta de la normativa reglamentaria del fondo. Es necesario establecer lineamientos específicos para la programación y aplicación de los recursos, a fin de garantizar que sean aplicados en los fines definidos por la ley.



Falta de registros contables de los activos en el patrimonio. Es fundamental salvaguardar los bienes públicos y darle certeza jurídica a la propiedad de los activos,

23

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

por lo que deben existir los registros contables y los resguardos conforme a las disposiciones aplicables. •

Se necesitan precisar algunos elementos del FAFEF contenidos en la Ley de Coordinación Fiscal, como en los casos de educación, ciencia y tecnología, y protección civil, que deben ser adicionales a los de naturaleza local aprobados en el presupuesto respectivo. Lo anterior, debido a que esa condición se puede cumplir con el hecho de que correspondan a otra fuente de financiamiento, el ramo general 33, y son adicionales a los de origen local.



Se necesita emitir la normativa que regule los destinos en los que se pueden aplicar los recursos del FAFEF, a fin de precisar los conceptos de gasto que corresponde a la fortaleza de las finanzas públicas locales, las acciones de saneamiento financiero y a los sistemas de pensiones, así como el apoyo a la educación pública y a los sistemas de protección civil.



Se deben establecer indicadores del fondo para conocer la eficacia y la eficiencia en el manejo, administración y aplicación de los recursos del fondo con el fin de determinar el grado de avance en el cumplimiento de los objetivos y metas.

24

FAFEF FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF) Universo, Muestra, Recuperaciones y Dictamen (Miles de pesos) Cuadro 1

ENTIDAD FEDERATIVA

UNIVERSO

RECUPERACIONES

MUESTRA TOTAL

OPERADAS

DICTAMEN PROBABLES

(OPINIÓN)

Aguascalientes

202,566.7

124,912.6

17,139.5

16,428.4

711.1

Baja California *

869,593.3

483,681.7

12,025.0

22.3

12,002.7

Abstención

Baja California Sur

129,780.7

129,780.7

3,709.2

3,709.2

Con salvedad

Campeche *

222,500.0

75,067.2

44.6

44.6

1,096,565.2

552,259.5

122,404.1

122,404.1

Chihuahua *

829,042.7

829,042.7

0.0

Coahuila *

487,952.8

314,735.3

4,860.3

Colima *

160,620.3

109,064.9

5,224.2

Chiapas

Distrito Federal

Con salvedad

Limpio Negativa Limpio

4,860.3 5,224.2

Limpio Con salvedad

1,585,887.6

826,842.5

548,430.6

548,430.6

Durango *

387,765.8

319,733.2

7,587.7

7,587.7

Guanajuato *

895,924.1

744,520.5

79.8

79.8

Guerrero *

672,878.8

331,373.0

52,234.4

52,234.4

Negativa

Hidalgo *

505,375.5

415,863.8

136,649.1

5,821.7

Negativa

Jalisco

1,497,982.6

1,307,235.8

742,951.0

742,951.0

Negativa

México

Negativa

130,827.4

Negativa Limpio Limpio

2,843,341.3

2,843,341.3

2,628,796.6

2,628,796.6

Michoacán *

844,082.7

622,723.7

529.6

529.6

Morelos *

265,068.1

208,368.3

4,426.6

4,426.6

Con salvedad

Nayarit

265,625.0

192,000.1

22,554.9

22,554.9

Negativa

Nuevo León

896,257.6

896,257.6

896,257.6

896,257.6

Negativa

Oaxaca *

682,700.0

405,065.4

452.4

79.0

1,052,367.0

656,393.9

17,284.2

17,284.2

Querétaro *

324,652.9

208,410.9

3,000.0

Quintana Roo

196,633.4

196,633.4

24,415.5

24,415.5

San Luis Potosí *

452,483.0

402,709.8

22,421.2

15.2

22,406.0

Con salvedad

Sinaloa

633,430.5

581,633.1

477,938.4

17,654.5

460,283.9

Negativa

Sonora *

633,574.0

555,861.3

158,365.9

Tabasco *

536,613.0

484,824.0

186,140.4

186,140.4

Tamaulipas *

630,476.8

488,337.0

1,032.5

1,032.5

Puebla

Tlaxcala Veracruz * Yucatán * Zacatecas *

373.4

Limpio

3,000.0

Limpio Con salvedad

158,365.9

Negativa Con salvedad Limpio

235,692.4

192,527.4

120,008.9

1,445.9

1,507,778.4

561,125.1

3,890.4

3,890.4

118,563.0

448,609.8

410,506.2

157.7

154.8

2.9

Negativa Limpio

339,368.7

329,235.9

0.0

Subtotal Directas

10,636,130.0

8,499,817.9

5,621,890.5

77,228.5

5,544,662.0

Subtotal Solicitadas

11,697,060.7

8,300,249.9

599,121.8

327,386.2

271,735.6

22,333,190.7

16,800,067.8

6,221,012.3

404,614.7

5,816,397.6

TOTAL

Limpio Con salvedad

Limpio Limpio

* Auditorías Solicitadas a las EFSL.

25

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF) Número de Observaciones y Acciones Promovidas Cuadro 2

ENTIDAD FEDERATIVA

ACCIONES PROMOVIDAS

OBSERVACIONES R

SA

PO

PRAS

Total

2

6

10

1

4

Aguascalientes

10

2

Baja California *

11

11

Baja California Sur

9

4

Campeche *

2

2

Chiapas

8

1

Chihuahua *

1

1

1

Coahuila *

8

8

8

Distrito Federal

18

6

Durango *

18

18

11

2 3

4

Colima *

8

0 9

6

21 18

Guanajuato *

1

1

1

Guerrero *

35

35

35

Hidalgo *

8

8

Jalisco

9

México

2

Michoacán *

2

2

Morelos *

8

8

Nayarit

4

1

1

2

1

1

8 8 1

Nuevo León

3

1

Oaxaca *

17

17

Puebla

4

2

Querétaro *

11

11

Quintana Roo

0

1

9

1

2 2 8 4 3 17

2

4 11 0

San Luis Potosí *

15

15

Sinaloa

19

6

Sonora *

24

24

24

Tabasco *

5

5

5

Tamaulipas *

5

5

Tlaxcala

11

4

Veracruz *

3

3

3

Yucatán *

4

4

4

Zacatecas *

1

1

1

15 9

4

19

5 6

1

11

Subtotal Directas

97

27

1

40

32

100

Subtotal Solicitadas

179

179

0

0

0

179

276

206

1

40

32

279

TOTAL *Auditorías Solicitadas a las EFSL.

26

9

FAFEF FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF) Principales Observaciones (miles de pesos) Cuadro 3

CONCEPTOS

AGUASCALIENTES

Recursos destinados como aportación estatal a programas federales, no comprometidos y no fueron reintegrados a la cuenta del fondo, así como acciones de los programas que no cumplen con los objetivos del FAFEF. Gastos indirectos que rebasaron el 3% autorizado.

15,927.4

Recursos aplicados en rubros no contemplados en la Ley de Coordinación Fiscal.

1,212.1

Anticipos otorgados sin amortizar

BAJA CALIFORNIA*

BAJA CALIFORNIA SUR

CAMPECHE*

CHIAPAS

CHIHUAHUA*

COAHUILA*

COLIMA*

DISTRITO FEDERAL

17,995.0

69,945.9

114,885.5

22,826.5

108,375.3

3,867.9

Falta de documentación comprobatoria de las erogaciones Pagos improcedentes en la ejecución de obras por conceptos pagados no ejecutados, duplicidad de conceptos, mal ejecutados, etc.

3,709.2

8,157.1

44.6

370.4

Préstamos o transferencias de la cuenta bancaria del fondo a otros fondos o programas. Falta o inadecuada aplicación de penas y sanciones por incumplimientos. Pagos por concepto de Sistema de Protección Civil no autorizados an la apertura Utilizar los recursos para el pago sistema de recaudación sin documentar fortalezas en finanzas públicas Utilizar los recursos para el pago de los intereses, comisiones o gastos de la deuda sin documentar fortalezas en finanzas públicas No se tuvo evidencia de la existencia física de los bienes comprados Por no aplicar y erogar en tiempo los rendimientos financieros No realizaron un adecuado control y registro de los intereses generados

29,631.7

4,860.3

5,224.2

Otras irregularidades

306,804.4

Gastos que no corresponden a la naturaleza del rubro de Apoyo a la Educación Pública Utilizar los recursos para el pago pensiones y jubilaciones sin documentar fortalezas en finanzas públicas SUMA

17,139.5

12,025.0

3,709.2

44.6

122,404.1

4,860.3

5,224.2

548,430.6

*Auditorías Solicitadas a las EFSL.

27

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF) Principales Observaciones (miles de pesos) Cuadro 3

CONCEPTOS

DURANGO*

GUANAJUATO*

GUERRERO*

HIDALGO*

JALISCO

130,827.4

78,130.3

48,273.7

5,351.0

48,987.1

2,791.9

470.7

Recursos destinados como aportación estatal a programas federales, no comprometidos y no fueron reintegrados a la cuenta del fondo, así como acciones de los programas que no cumplen con los objetivos del FAFEF. Gastos indirectos que rebasaron el 3% autorizado. Recursos aplicados en rubros no contemplados en la Ley de Coordinación Fiscal. Anticipos otorgados sin amortizar Falta de documentación comprobatoria de las erogaciones Pagos improcedentes en la ejecución de obras por conceptos pagados no ejecutados, duplicidad de conceptos, mal ejecutados, etc. Préstamos o transferencias de la cuenta bancaria del fondo a otros fondos o programas. Falta o inadecuada aplicación de penas y sanciones por incumplimientos. Pagos por concepto de Sistema de Protección Civil no autorizados an la apertura Utilizar los recursos para el pago sistema de recaudación sin documentar fortalezas en finanzas públicas Utilizar los recursos para el pago de los intereses, comisiones o gastos de la deuda sin documentar fortalezas en finanzas públicas No se tuvo evidencia de la existencia física de los bienes comprados Por no aplicar y erogar en tiempo los rendimientos financieros No realizaron un adecuado control y registro de los intereses generados

7,487.7

100.0

79.8

MÉXICO

MICHOACÁN*

MORELOS*

NAYARIT

22,554.9

529.6

4,144.8

281.8

0.0

615,833.6

2,628,796.6

742,951.0

2,628,796.6

1,168.8

Otras irregularidades Gastos que no corresponden a la naturaleza del rubro de Apoyo a la Educación Pública Utilizar los recursos para el pago pensiones y jubilaciones sin documentar fortalezas en finanzas públicas SUMA *Auditorías Solicitadas a las EFSL.

28

7,587.7

79.8

52,234.4

136,649.1

529.6

4,426.6

22,554.9

FAFEF FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF) Principales Observaciones (miles de pesos) Cuadro 3

NUEVO LEÓN

CONCEPTOS

OAXACA*

Recursos destinados como aportación estatal a programas federales, no comprometidos y no fueron reintegrados a la cuenta del fondo, así como acciones de los programas que no cumplen con los objetivos del FAFEF. Gastos indirectos que rebasaron el 3% autorizado. Recursos aplicados en rubros no contemplados en la Ley de Coordinación Fiscal.

PUEBLA

QUERÉTARO*

QUINTANA ROO

SAN LUIS POTOSÍ*

1,167.5

16,892.1

SINALOA

SONORA*

TABASCO*

2,483.0

1,606.3

Anticipos otorgados sin amortizar Falta de documentación comprobatoria de las erogaciones Pagos improcedentes en la ejecución de obras por conceptos pagados no ejecutados, duplicidad de conceptos, mal ejecutados, etc. Préstamos o transferencias de la cuenta bancaria del fondo a otros fondos o programas.

0.0 34.3

418.1

Falta o inadecuada aplicación de penas y sanciones por incumplimientos. Pagos por concepto de Sistema de Protección Civil no autorizados an la apertura Utilizar los recursos para el pago sistema de recaudación sin documentar fortalezas en finanzas públicas Utilizar los recursos para el pago de los intereses, comisiones o gastos de la deuda sin documentar fortalezas en finanzas públicas No se tuvo evidencia de la existencia física de los bienes comprados Por no aplicar y erogar en tiempo los rendimientos financieros No realizaron un adecuado control y registro de los intereses generados

1,130.3

12,119.8

3,000.0

77.0

4,186.4

1,396.5

163.8

212.4

4,127.8

18.6

106,227.8

158,106.5

186,140.4

1,075.1

23,248.0

132.6

794.1

Otras irregularidades Gastos que no corresponden a la naturaleza del rubro de Apoyo a la Educación Pública Utilizar los recursos para el pago pensiones y jubilaciones sin documentar fortalezas en finanzas públicas

18,366.4

896,257.6

SUMA

896,257.6

49,985.9

296,907.3 452.4

17,284.2

3,000.0

24,415.5

22,421.2

477,938.4

158,365.9

186,140.4

*Auditorías Solicitadas a las EFSL.

29

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009 FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS (FAFEF) Principales Observaciones (miles de pesos) Cuadro 3 TOTAL CONCEPTOS

TAMAULIPAS*

TLAXCALA

VERACRUZ*

YUCATÁN*

ZACATECAS* SUMA

Recursos destinados como aportación estatal a programas federales, no comprometidos y no fueron reintegrados a la cuenta del fondo, así como acciones de los programas que no cumplen con los objetivos del FAFEF. Gastos indirectos que rebasaron el 3% autorizado. Recursos aplicados en rubros no contemplados en la Ley de Coordinación Fiscal. Anticipos otorgados sin amortizar Falta de documentación comprobatoria de las erogaciones Pagos improcedentes en la ejecución de obras por conceptos pagados no ejecutados, duplicidad de conceptos, mal ejecutados, etc. Préstamos o transferencias de la cuenta bancaria del fondo a otros fondos o programas.

SUMA *Auditorías Solicitadas a las EFSL.

30

0.0

0.0

37,373.3

37,373.3

0.0

451,543.2

303,821.7

147,721.5

3,867.9

0.0

3,867.9

28.6

437,095.5

183,926.7

253,168.8

17.2

33,598.1

13,903.9

19,694.2

1,032.5

0.0

1,032.5

4,377.7

4,146.7

231.0

0.0

0.0

0.0

1,075.1

1,075.1

0.0

3,565,734.6

3,403,737.7

161,996.9

1,301.4

132.6

1,168.8

0.0

0.0

0.0

11,164.6

924.4

10,240.2

363.0

325,533.8

325,533.8

0.0

104,163.8

154,149.7

154,149.7

0.0

14,319.2

2.0

1,032.5 18.9

3,890.4

130.3

Otras irregularidades Gastos que no corresponden a la naturaleza del rubro de Apoyo a la Educación Pública Utilizar los recursos para el pago pensiones y jubilaciones sin documentar fortalezas en finanzas públicas 1,032.5

SOLICITADAS

0.0 967.9

Falta o inadecuada aplicación de penas y sanciones por incumplimientos. Pagos por concepto de Sistema de Protección Civil no autorizados an la apertura Utilizar los recursos para el pago sistema de recaudación sin documentar fortalezas en finanzas públicas Utilizar los recursos para el pago de los intereses, comisiones o gastos de la deuda sin documentar fortalezas en finanzas públicas No se tuvo evidencia de la existencia física de los bienes comprados Por no aplicar y erogar en tiempo los rendimientos financieros No realizaron un adecuado control y registro de los intereses generados

DIRECTAS

120,008.9

0.0

155.7

3,890.4

157.7

1,193,164.9

1,193,164.9

0.0

6,221,012.3

5,621,890.5

599,121.8

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