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Gerencia de Exterior
Octubre 2011
Exportaciones
Para tener en cuenta ! • Pida instrucciones a su entidad bancaria para instruir a su cliente como rutear el pago de forma correcta. • Este interiorizado de las normativas vigentes
Instrumentos de pago •ORDEN DE PAGO: Puede recibirla antes el embarque (cobro anticipado) o después del embarque (exportación de bienes)
•COBRANZA DOCUMENTARIA
•CARTA DE CREDITO: Se trata del Instrumento de pago más seguro ya que un tercero (Banco) se compromete al pago de la operación. Cabe aclarar que el pago estará condicionado a que el Exportador presente los documentos exigidos en total concordancia con los terminos de la Carta de Crédito.
Comunicación A 5181 Los pagos recibidos del exterior deben tener obligatoriamente los siguientes datos del ordenante: • Número de cuenta o de identificación dentro de la entidad ordenante. • Denominación (la misma que figurará en la factura) • Domicilio completo (que incluya ciudad y país) Si esto no se cumple el pago no puede ser devuelto ni transferido.
Comunicación A 4860 • Los pagos deben venir ordenados del importador. • Si vienen de cuentas propias (cuentas recaudadoras en el exterior) o de representantes del exportador deberán girarse dentro de los 10 días hábiles; al momento de solicitar la liquidacion tendrán que adjuntar copias de extractos o swift para poder verificar la fecha de recepción.
Si liquida el pago antes de realizar el embarque (cobro anticipado) • Debe tener nota de pedido, orden de compra o proforma aceptada (que contenga detalle de la mercadería, precio y nombre del importador y exportador) • Estar atentos a los vencimientos para embarcar, ya que esto puede frenar futuros cobros. • Debe estar al tanto de las Com. A 4415, 4443, 4672 y complementarias.
Detalle de Comunicación del BCRA relacionadas con anticipos y prefinanciaciones de exportaciones. Com. A 4415 emitida el 08/09/05 • Regula los anticipos anteriores aún no exportados, exigiendo documentarlos para poder tomar nuevos anticipos • Introduce plazos de embarque ( si algun plazo se vence no permite nuevos ingresos) Com. A 4443 emitida el 22/11/2005 • Introduce el concepto de record • Modifica los plazos Com. A 4672 emitida el 21/05/07 • Los anticipos pendientes al 08/09/05 deben estar embarcados para poder tomar nuevos • Aclara que entidades pueden otorgar prefinanciaciones
Si liquida el pago luego de producido el embarque • Tener la factura electrónica (no es obligatorio el control en los bancos) • El permiso debe estar cumplido para acceder al código 101 cobro de exportaciones. • O contar con copia del Documento de transporte original (que no supere los 45 días de emisión) para acceder al código 113 “cobro de exportación embarcada con trámite aduanero pendiente de finalización” (desde la fecha de liquidación cuenta con 60 días para presentar el permiso de embarque cumplido al banco)
Plazos a tener en cuenta • En anticipos de exportación el plazo para embarcar comienza una vez que se acredita en la cuenta del exportador. Este puede ser de 90 a 540 días corridos y depende de la posición arancelaria. • En exportación de bienes el plazo cuenta desde la fecha de cumplido de embarque, puede ser de 60 a 360 días corridos, también depende de la posición arancelaria (res 120/03 de la Secretaria de Industria, comercio y minería) más 120 días hábiles (BCRA).
Mercadería vendida a terceros países y no salidas del país •Primero debe producirse el ingreso de los fondos bajo el código de concepto 106 del BCRA y luego puede pagarse al exterior bajo el código de concepto 163 del BCRA. •Documentos a presentar: factura de compra, factura de venta y documento de transporte de la mercadería.
Si realiza exportación de servicios • El servicio debe prestarlo a un no residente • Una vez recibido el pago cuenta con 15 días hábiles para su liquidación en cuenta. • El servicio debe guardar relación con la actividad del prestador del mismo (objeto social de la empresa). • Deben estar facturados y en algunos casos se solicitará contrato respaldatorio.
Importaciones
Com. “A” 5060 del BCRA - SEPAIMPO El SEPAIMPO es un sistema de “Seguimiento de Pagos de Importaciones” con vigencia a partir del 1/07/2010.
TIPOS DE PAGO Pago Anticipado por importación de mercaderías Sin registro de Ingreso Aduanero Pago por importación de mercaderías Con registro de Ingreso Aduanero Sin registro de Ingreso Aduanero •Pagos a la vista: contra la presentación de la documentación de embarque, •Pagos de deudas comerciales al exterior: operaciones de importación en las que se cumplió la condición de compra pactada.
Registro de Ingreso Aduanero Se considera Registro de ingreso aduanero a los efectos cambiarios: - la oficialización del despacho a plaza por importación, - ingreso de bienes del exterior a zonas francas nacionales (ZFI), - ingresos al país por Solicitud Particular, - Courier (hasta USD 1.000.-). No se consideran registros aduaneros: * Importaciones suspensivas de depósitos de almacenamiento * Ingresos de importaciones temporarias sin giro de divisas.
CONDICION DE COMPRA PACTADA Es el Incoterm acordado en la compra/venta, fija el momento en el que se considera cumplida la obligación de entrega de los bienes. IMPORTANTE Com. “A” 3602: El inicio del endeudamiento será la fecha en la cual según la condición de compra pactada (Incoterm), se considera cumplida la obligación de entrega del bien. FOB (Libre a bordo) CFR (Costo y flete) CIF (Costo, seguro y flete)
FECHA DE EMBARQUE SEGÚN DOCUMENTO DE TRANSPORTE
EXW (En Fabrica) FCA (Franco Transportista) CIP (Transporte y seguro
DECLARACION JURADA DEL IMPORTADOR INDICANDO FECHA DE ENTREGA DE LOS BIENES
pagado hasta...)
NOMINACION Es la elección ante la AFIP, a través del sistema informático MARIA, de una entidad financiera para el seguimiento de una oficialización.
CERTIFICACION Son aquellas autorizaciones emitidas por el banco nominado a pedido del importador, para obtener el acceso al Mercado de cambios en un banco de plaza distinto al nominado.
CESION Se trata de la cesión del seguimiento de una oficialización, por parte del banco nominado a otro banco de plaza.
Pago Anticipado de Importación de Bienes Documentos a presentar: Factura proforma que indique el anticipo de los fondos con anterioridad a la fecha de entrega en la condición de compra pactada, además debe detallar los bienes a importar, la condición de compra pactada, plazos de entrega y condiciones de pago. El importador debe demostrar el registro del ingreso aduanero de los bienes dentro de los 365 días corridos de la fecha del cierre de cambios o debe dentro de ese plazo, retornar las divisas desde el exterior.
Pago por importación de mercaderías sin registro de ingreso aduanero •Pagos a la vista: contra la presentación de la documentación de embarque, •Pagos de deudas comerciales al exterior: operaciones de importación en las que se cumplió la condición de compra pactada. Documentos a presentar: -Factura comercial emitida en el exterior a nombre del importador -Copia del Documento de Transporte El importador debe demostrar el registro del ingreso aduanero de los bienes dentro de los 90 días corridos de la fecha del cierre de cambios o debe dentro de ese plazo, retornar las divisas desde el exterior.
Pago por importación de mercaderías con registro de ingreso aduanero Documentos a presentar: -Factura comercial emitida en el exterior a nombre del importador -Copia del Documento de Transporte -Certificado de Validación de la Comunicación “A” 3602 de corresponder Registro aduanero del ingreso al país
Operaciones Especiales
Pagos software • Los giros por estos conceptos, a favor de “ no residentes “ , corresponden al rubro de “servicios“. • Si los programas que se pretenden pagar, están hechos a medida , únicos o específicos para el ordenante de los fondos, el pago esta alcanzados por el impuesto a las ganancias. • En cambio si el programa es “standard“ estos pagos no están alcanzados por el impuesto a las ganancias. • Las alícuotas correspondientes, son las siguientes: A cargo del acreedor del exterior: 12,25 %. A cargo del ordenante, 13.96 % con contratos inscriptos en el Registro de Propiedad Intelectual. • A cargo del acreedor del exterior: 31,50 % . A cargo del ordenante, 45,985 % sin contratos inscriptos en el Registro de Propiedad Intelectual.