GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS. Liderando el Cambio

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS “Liderando el Cambio” “AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIM

3 downloads 82 Views 677KB Size

Recommend Stories


GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONOMICO SUB GERENCIA DE DESARROLLO MINERO ENERGETICO E HIDROCARBUROS Expositor: Ing.

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO PROYECTO ESPECIAL REGIONAL PLAN COPESCO : 446 GOBIERNO REGIONAL CUSCO : 002 PLAN COPESCO
nnnnnnnnneynnnne5nnnnnnnnnnnonnnnnnr , ( ( )n)n Proyecto Especial Regional Plan eyPES@ GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO PROYECTO ESPECIAL REGIONAL PLA

PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO
PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL 2012-2016 DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO MGT.RENE CONCHA LEZAMA PRESIDENTE REGIONAL. ING. LUIS PAGAN CUENCA GERENTE REGIO

1'68a. Gobierno Regional Cusco TOMO I
1'68a 9 Gobierno Regional Cusco PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL 2012 TOMO I 5 Gobierno Regional Cusco PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL 2012 Cusco, ab

Story Transcript

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS

“Liderando el Cambio” “AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

“Cusco Capital Histórica del Perú”

Directiva sobre el Registro de Consultores acreditados en la Dirección Regional de Energía y minas de Cusco. DIRECTIVA Nº 001-2013- DREM-GR.CUSCO. TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- OBJETIVO. 1.1. Establecer normas y procedimientos que se aplicaran en la evaluación de personas naturales o jurídicas que soliciten ingresar al registro de consultores acreditados para elaborar Instrumentos de Gestión Ambiental en la Región Cusco. ARTÍCULO 2.- FINALIDAD. 2.1 Uniformizar normas y procedimientos durante la evaluación de personas naturales o jurídicas que soliciten ingresar al registro de consultores acreditados por la DREM-CUSCO. ARTÍCULO 3.- BASE LEGAL. La presente Directiva está respaldada en los siguientes dispositivos legales: a) Ley 27446 Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental b) Ley N° 27869, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias c) Ley N° 28858, Ley que contempla la ley N° 16053, Ley que autoriza al Colegio de Ingenieros del Perú. CIP, para supervisar a los profesionales ingenieros de la república. d) Ley N° 27651 Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal. e) Decreto Supremo 014-92-EM Te7xto Único Ordenado de la Ley General de Minería, f) Resolución Ministerial N° 580-98-EM/VMM Normas referidas al registro de consultores autorizados a realizar estudios de impacto ambiental en el sector de Energía y Minas. g) Decreto Supremo 013-2002-EM, Reglamento de la Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal. h) Resolución Directoral Nº 283-2011-DREM-GR.CUSCO, aprueba la “Directiva sobre registro de consultores acreditados en la Dirección Regional de Energía y Minas de Cusco”.

Av. Los Incas Nº 902 –Telf. 084-252507

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS

“Liderando el Cambio” “AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

“Cusco Capital Histórica del Perú”

ARTÍCULO 4.- ALCANCE La presente Directiva es de aplicación en toda la jurisdicción del departamento de Cusco, donde se realice la elaboración y evaluación de los Instrumentos de Gestión Ambiental. ARTÍCULO 5.- PRINCIPIOS. Las Consultores inscritos en el Registro se rigen por los siguientes principios: a) Multidisciplinario.- Los Instrumentos de Gestión Ambiental, se deben realizar a través de un equipo técnico multidisciplinario que cubra los componentes técnicos ambientales y sociales, estos deben ser profesionales colegiados y habilitados de distintas especialidades. b) Especialización.- Los profesionales integrantes del equipo técnico, deben tener formación profesional, capacitación y experiencia laboral en gestión ambiental, gestión de recursos naturales, calidad ambiental, derecho ambiental y otras afines. c) Objetividad y veracidad.- Los Estudios Ambientales deben sustentarse en información cierta, técnica, científica y debidamente sustentable, que permita la verificación correspondiente d) De buena fe.- la información presentada por los consultores naturales o jurídicos se da por cierta, la cual no exime a la entidad de remitir conjuntamente con los términos de referencia de los Instrumentos Ambientales el listado del equipo profesional multidisciplinario que se encargará de elaborar el estudio en particular, de manera, que la autoridad competente pueda recomendar la inclusión en el equipo de un profesional de la especialidad que vea necesario. TITULO SEGUNDO DEL REGISTRO DE CONSULTORES ARTÍCULO 6.- SOBRE EL REGISTRO.

El presente Registro se implementara a través de un Concurso Público, la misma que será implementado, a través de un cronograma. En el registro de consultores ambientales deberán inscribirse todas las personas naturales o jurídicas, reconocidas por los Colegios Profesionales del Perú que deseen participar en procesos de formulación de:

Av. Los Incas Nº 902 –Telf. 084-252507

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS

“Liderando el Cambio” “AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

“Cusco Capital Histórica del Perú”

Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA), Estudios de Impacto Ambiental Semidetallado (EIASd), Plan de Cierre de Minas De acuerdo al D.S. Nº 013-2002-EM Reglamento de la Ley Nº 27651-2002 EM “Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal”. Sea que se presenten de manera individual o que tengan la condición de personería jurídica, para lo cual deberán estar sujetos a los siguientes requisitos: ARTÍCULO 7.- REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO. Para la inscripción en el Registro de consultores, las personas naturales y jurídicas interesadas, deberán presentar los ANEXOS Nº 01, Nº 02, y Nº 03, y consignar la siguiente información Caso de personas jurídicas: a) Denominación o Razón Social completa de la Entidad del solicitante. b) Domicilio de la empresa (Si está constituida en el extranjero, consignará el domicilio de su representante en el Perú) c) N° de teléfono d) Nombre del representante legal de la empresa. e) Sello y firma del representante legal de la empresa. Asimismo, se acompañará la siguiente documentación: a) Testimonio de la Escritura Pública de Constitución Social, o Acta de Constitución Social. El objeto social de la empresa debe estar dirigido a formular los Instrumentos de Gestión Ambiental (original y copia fedatada para su verificación) b) Escritura Pública de Inscripción de cualquier acto modificatorio en caso exista (representante legal, aumento de capital, modificación de estatutos, modificación de objeto social, etc.). c) Relación del equipo multidisciplinario técnico integrado por no menos de tres (03) profesionales colegiados y especialistas en distintas disciplinas correspondientes a las ciencias naturales, ciencias sociales, ciencias de salud, ciencias económicas y especialidades relacionadas con el desarrollo científico o tecnológico en general.

Av. Los Incas Nº 902 –Telf. 084-252507

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS

“Liderando el Cambio” “AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

“Cusco Capital Histórica del Perú”

Dichas especialidades, a modo indicativo pero no limitativo son: -

Ingeniero Ambiental, Agrónomo, Químico, Minero, Geólogo, Metalurgista, Biólogo, otros específicos que acrediten capacitación en Medio Ambiente.

y

d) Currículum Vitae de cada uno de los profesionales del equipo, con el Certificado de Habilidad del Colegio Profesional (original) ; en el caso de profesionales extranjeros presentarán el documento que acredite su habilitación profesional expedido por el ente deontológico del país de procedencia al que corresponda. e) Todos los profesionales deberán contar con experiencia mínima de tres (03) años en la formulación de estudios ambientales y capacitación comprobada actualizada en temas ambientales. f) Recibo de pago por derecho de calificación es de 1% de una UIT sea persona natural o jurídica, el cual será depositado en la Cuenta del Corriente del Gobierno Regional Cusco g) El consultor natural o jurídico deberá contar con instrumentos básicos de campo, los cuales podrán ser propios o alquilados y de modo indicativo pero no limitativo son: -

Multiparametro para calidad de aguas

-

GPS y Cartas del IGN, entre otros

Los equipos de medición que emplean los consultores pueden ser propios o alquilados y deben contar con la debida certificación de calibración correspondiente, otorgada por INDECOPI. Estos instrumentos deberán ser declarados por los consultores para su consideración en el puntaje de evaluación. ARTÍCULO 8.- SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN El trámite de inscripción en el Registro, es iniciado con la presentación de la Solicitud de Inscripción dirigida al Director Regional de Energía y Minas, la cual deberá ser presentada en la mesa de partes de la misma dirección, acompañada con todos los documentos sustentatorios y debidamente foliados (de atrás hacia adelante), descritos en el ARTÍCULO 7 de la presente Directiva. ARTÍCULO 9.- VERIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN. La Dirección Regional de Energía y Minas verificara que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos en el Artículo 7º, para declarar la admisibilidad a trámite de la solicitud, para lo cual deberá presentar el original y copia de los siguientes documentos: curriculum vitae, títulos e inscripción de la empresa en registros públicos para su verificación, los títulos y la inscripción registral de las empresas serán fedatadas por la DREM , el certificado de habilitación profesional deberá ser presentado en original. Av. Los Incas Nº 902 –Telf. 084-252507

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS

“Liderando el Cambio” “AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

“Cusco Capital Histórica del Perú”

ARTÍCULO 10.-SUBSANACIÓN DE OBSERVACIONES. En el caso de detectarse omisiones en la documentación requerida para la inscripción en el Registro o la necesidad de precisar o ampliar alguna información presentada, se comunicara al solicitante para que subsane la omisión en un plazo no mayor de dos (02) días hábiles siguientes a la fecha de su evaluación. Vencido este plazo sin que se presente la información faltante, se declarará en abandono la solicitud y se archivará el expediente. ARTÍCULO 11.-EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES PARA LA INSCRIPCIÓN. El proceso de evaluación de las solicitudes para la inscripción en el Registro, será realizada por la Dirección Regional de Energía y Minas, en un plazo de siete (07) días hábiles contados a partir del día siguiente de admitida la última solicitud de inscripción según el cronograma de la convocatoria. ARTÍCULO 12.-OPINIONES DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES Para la evaluación de las Solicitudes de Inscripción en el Registro y de darse el caso (cuando así lo estime conveniente la Dirección Regional de Energía y Minas Cusco), se solicitará la opinión de las autoridades competentes, teniendo éstas un plazo de diez (10) días hábiles para emitir su opinión, de lo contrario continuara su trámite. El cómputo de estos plazos no deberá afectar el plazo establecido en el Artículo 11°. ARTÍCULO 13.-DESCALIFICACIÓN DE LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO Las causas por las cuales se descalificará la solicitud de inscripción de la Entidad en el Registro son: a) Falsedad comprobada en la documentación presentada para obtener la inscripción en el Registro. b) Falsedad comprobada en la información proporcionada sobre los trabajos realizados y/o experiencias profesionales. c) Cuando los documentos presentados estén incompletos o no se encuentren vigentes o se haya excedido el plazo de subsanación. d) Tener antecedentes Penales, Judiciales, Policiales y Administrativos Las Consultores que incurrieran en las causales a), b) y d) del presente artículo, no podrán presentar una nueva solicitud de inscripción.

Av. Los Incas Nº 902 –Telf. 084-252507

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS

“Liderando el Cambio” “AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

“Cusco Capital Histórica del Perú”

ARTÍCULO 14.-VERACIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN Toda documentación y/o información que presente la Entidad solicitante para obtener la calificación en el trámite de inscripción en el Registro, tiene carácter de Declaración Jurada y debe ser refrendada por el titular o representante legal, según corresponda, quien será, a su vez responsable de la veracidad de la información y autenticidad de los documentos presentados, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes, en caso se determine la falsedad de algún documento o declaración jurada. ARTÍCULO 15.-FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS La documentación mencionada en el Artículo 7° será presentada en un ejemplar y un CD, Los testimonios de la escritura pública, actas u otros documentos de naturaleza similar, deberán contar con la debida inscripción en la Oficina de Registros Públicos (personas jurídicas). ARTÍCULO 16.-EVALUACIÓN LEGAL Y TÉCNICA La evaluación consistirá en la calificación técnica y legal que efectuará una comisión de la Dirección Regional de Energía y Minas Cusco denominada “COMISIÓN DE EVALUACIÓN”. ARTÍCULO 17.- FACTORES DE EVALUACION Los factores de evaluación dentro del proceso de selección tendrán un máximo y un mínimo de puntos, considerándose puntaje mínimo aprobatorio de 60 puntos y máximo de 100 puntos, los cuales serán distribuidos de la siguiente manera:

EVALUACION DEL EXPEDIENTE EVALUACIONES

PUNTAJE MINIMO

PUNTAJE MAXIMO

PESO

30

40

40%

20

40

40%

3. Equipos disponibles (propios o alquilados)

10

20

20 %

PUNTAJE DE LA EVALUACION DEL EXPEDIENTE

60

100

100%

1. Experiencia De 03 años a mas 2. Capacitación en temas ambientales Asistencia a cursos (5%) Diplomado (10%) Maestría (15%) Doctorado (20%)

Av. Los Incas Nº 902 –Telf. 084-252507

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS

“Liderando el Cambio” “AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

“Cusco Capital Histórica del Perú”

ARTÍCULO 18.-APROBACIÓN O DENEGACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN. Una vez efectuada la evaluación, la Dirección Regional de Energía y Minas de Cusco, aprobará o denegará la inscripción solicitada según corresponda. En caso de aprobación, en la Resolución Directoral correspondiente se indicará que la empresa podrá desempeñarse ordenando su inscripción en El Registro de Consultores, caso contrario de denegarse la solicitud se procederá a su archivo sin la devolución de los actuados. Los consultores aprobados efectuaran un pago de derecho de registro anual correspondiente al 12 % de UIT para personas naturales y 16 % UIT para persona jurídica el cual será depositado en la cuenta corriente del Gobierno Regional Cusco. ARTÍCULO 19.-EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN. Transcurrido el plazo de evaluación, y habiéndose cumplido con presentar los requisitos establecidos en la presente Directiva, la Dirección Regional de Energía y Minas Cusco, emitirá su informe en base al cual se elaborará la Resolución Directoral que dispondrá la inscripción en el Registro de consultores. La denegatoria o el desistimiento del trámite para el Registro, no genera la obligación de devolver los montos pagados por el titular por concepto de derecho de calificación, así como no dará lugar a derechos adquiridos ni responsabilidad alguna para las autoridades intervinientes. Finalmente se entregara una resolución de habilitación al registro de consultores. ARTÍCULO 20.-VIGENCIA DE LA INSCRIPCIÓN. La vigencia de la inscripción de los consultores en el Registro, es de un (01) año. Vencido el plazo indicado dichas empresas podrán solicitar la renovación de su inscripción, sujetándose al procedimiento de calificación correspondiente. ARTÍCULO 21.-RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN Los consultores autorizados deberán solicitar la renovación de su inscripción en el Registro dentro de los treinta (30) días anteriores al vencimiento del plazo de vigencia de dicho Registro; adjuntando para dicho efecto toda documentación que haya variado en su empresa (profesionales, equipos, etc.). Si la modificación involucra testimonios de aumentos de capital, adquisición de nuevos equipos de monitoreo ambiental, modificación de estatutos, etc., éstos deberán estar inscritos en la Oficina Registral correspondiente. Dicha renovación será otorgada por un periodo similar al de la inscripción inicial.

Av. Los Incas Nº 902 –Telf. 084-252507

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS

“Liderando el Cambio” “AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

“Cusco Capital Histórica del Perú”

ARTÍCULO 22.-PUBLICACIÓN DEL REGISTRO El Registro estará a disposición de la ciudadanía, a través de la oficina de secretaria de la DREM Cusco y pagina web del Gobierno Regional de Cusco. Toda información incluida en el Registro es de carácter público, a excepción de la información expresamente declarada como reservada y/o confidencial que haya sido solicitada por la Entidad correspondiente. ARTÍCULO 23.-PROHIBICIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN Por ningún motivo profesionales o técnicos que sean funcionarios del Gobierno Regional Cusco y de la Dirección Regional de Energía y Minas Cusco u otra autoridad competente que esté referida a la especialización y/o que laboren en proyectos coordinados por los mismos, podrán prestar servicios profesionales para realizar Estudios Ambientales, salvo después de un año de transcurrido el servicio prestado al Gobierno Regional y la Dirección Regional de Energía y Minas o alguna autoridad competente. ARTÍCULO 24.-DE LA ELABORACION DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL Los instrumentos de Gestión Ambiental mencionados en el Art. 6, deberán ser elaborados de manera multidisciplinaria, integrando mínimamente a dos (02) consultores acreditados con orientación técnica y ambiental, además dichos instrumentos deberán contar con información de campo veraz e información secundaria actualizada. ARTÍCULO 25.-RESPONSABILIDAD SOLIDARIA El consultor ambiental natural o jurídico tiene la responsabilidad de dar orientación y capacitación al titular minero en el tema ambiental y hacer de su conocimiento el contenido del Estudio Ambiental presentado, el cual debe ser adjuntado al Estudio ambiental debidamente sustentado y comprobado. ARTÍCULO 26.-VIGENCIA. La presente Directiva entra en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación por Resolución Directoral Regional.

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE

ANEXO 01 Av. Los Incas Nº 902 –Telf. 084-252507

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS

“Liderando el Cambio” “AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

“Cusco Capital Histórica del Perú”

SOLICITUD DE INSCRIPCION AL REGISTRO DE CONSULTORES REGIONALES PARA LA ELABORACIÓN DE INSTRUMENTOS AMBIENTALES Lugar y fecha: ......................................................................................................... Señor(a) : ................................................................................................................ Gobierno Regional: ................................................................................................. Dirección: ................................................................................................................ Yo,............................................................................................................................ Con DNI Nº.............., y con RUC Nº........................................................................ domicilio Legal......................................................................................................................... y con Teléfono número......................................, correo electrónico................................. Solicito a usted registrarme para elaborar los Instrumentos de Gestión Ambiental, en la Región Cusco. Asimismo, manifiesto mi conformidad para que el Gobierno Regional de Cusco efectúe las verificaciones que considere necesarias con relación a la información proporcionada, comprometiéndome a comunicar oportunamente cualquier cambio o variación de la misma, para fines de actualización del Registro. Agradeciendo la atención que se sirvan brindar a la presente, quedo de ustedes. Atentamente,

_____________________ Nombres y Apellidos: DNI: Nota. Para el caso de entidades jurídicas, ésta debe ser presentada solo por el Gerente de la empresa.

ANEXO 02 Av. Los Incas Nº 902 –Telf. 084-252507

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS

“Liderando el Cambio” “AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

“Cusco Capital Histórica del Perú”

NÓMINA DE PROFESIONALES ESPECIALISTAS PARA LA ELABORACION DE ESTUDIOS AMBIENTALES DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO FORMULARIO DE DECLARACION DE FORMACIÓN Y EXPERIENCIA PROFESIONAL

INFORMACIÓN PERSONAL (para empresas consultoras se completa por cada profesional de manera individual):

Nombres y Apellidos: .................................................................................................................... Dirección: ..................................................................................................................................... Nacionalidad: ............................................................................................................................... Nº de DNI o Carné de Extranjería: .............................................................................................. Teléfono fijo: ....................................................................................... Celular: .................................................................................. e-mail: ............................................................................................... FORMACIÓN ACADÉMICA Título Profesional............................................................................ Institución: ....................................................................................... Colegio Profesional y Nº de colegiatura: ......................................... ESTUDIOS DE POSTGRADO Nombre

Institución

Periodo de duración y horas lectivas

1 2. (…) EXPERIENCIA PROFESIONAL Empresa/Institución

Cargo

Periodo

Función desempeñada en materia ambiental

Lugar y fecha:............................................... Firma y Sello Nombres y Apellidos DNI ANEXO 03

Av. Los Incas Nº 902 –Telf. 084-252507

GOBIERNO REGIONAL CUSCO DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS

“Liderando el Cambio” “AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

“Cusco Capital Histórica del Perú”

DECLARACIÓN JURADA DE NO INHABILITACIÓN Yo,..................................................................................................................., identificado con DNI Nº........................, con domicilio en................................................................................................... ......................................................................., representante legal de la Entidad (de ser aplicable)................................................. ..........., declaro bajo juramento no estar incluido en el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado, que mantiene el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE Asimismo, declaro bajo juramento no estar incurso en las causales de impedimento establecidas en la Ley, respecto a prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como de las personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual – Ley Nº 27588 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2002-PCM.

Lugar y fecha:...............................................

______________________ Firma y sello Nombres y Apellidos DNI

Nota. Para el caso de entidades colectivas, ésta debe ser presentada por cada uno de los profesionales se presentan para acceder al Registro.

Av. Los Incas Nº 902 –Telf. 084-252507

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.