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GUERREROS DE ESPERANZA
ESTATUTO ORGANICO “ASOCIACION DE VOLUNTARIOS GUERREROS DE ESPERANZA” CAPITULO: I CONSTITUCION, DOMICILIO, DURACION, Y RADIO DE ACCION . Art. 1.- (Bases Constitucionales). Se constituye la “ASOCIACIÓN DE VOLUNTARIOS GUERREROS DE ESPERANZA”, a iniciativa de un grupo de voluntarios con ganas de cambiar su sociedad, al amparo de las disponibilidades contenidas en la Constitución Política del Estado. Bolivia que se constituye en un Estado Plurinacional de Derecho Comunitario, quien garantiza y protege la libertad de Asociación en los Art. 21 Nº 4, concordantes con el Art. 58 del Código Civil. Art. 2.- (De la Denominación). La Asociación se denominará: “Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza”, naciendo como una organización civil sin fines de lucro legalmente constituida, de carácter económico, social, voluntario, democrático, con los principios fundamentales comprendidos en: pluralidad y competencia. Art. 3.- (Domicilio). La Asociación tiene domicilio legal en el Edificio Mariscal de Zepita, ubicado en la Calle Pérez Velasco dentro de la Zona Central en la Ciudad de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia. Art. 4.- (De la Duración). La duración de la Asociación es de carácter indefinido, sin embargo pudiendo extinguirse de acuerdo a las causales contrarias establecidas en el presente estatuto y reglamento. Art. 5.- (De la Responsabilidad). Se regirá por el presente Estatuto Orgánico y por el Reglamento interno, en conformidad con las normas legales previstas en el Código Civil Art. 63. Art. 6.- (Radio de Acción). El radio de acción de trabajo de la asociación Departamento de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia
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es el
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GUERREROS DE ESPERANZA CAPITULO: II VISION, MISION, PRINCIPIOS, POLITICAS, Y OBJETIVOS Art. 7.- (Visión). Somos parte de los mecanismos de ayuda solidaria nacional y reinserción social, aportando todo lo que esté a nuestro alcance para colaborar con quienes más lo necesiten, sin importar a que núcleo social pertenezcan. Enfatizados en la formación de personas, quienes inspiren en todos los habitantes de Bolivia un cambio real de carácter humanístico, apostando por crear en conjunto un nuevo estado de ánimo, más positivo y solidario. Art. 8 (Misión). Evaluamos alternativas viables que humanicen a las diferentes comunidades afectadas por la realidad actual de nuestro país, actuamos con el fin de encontrar soluciones prácticas a problemáticas complejas, el propósito es la inteligencia productiva y creativa, formando líderes y lideresas distributivos para romper obstáculos e inercias. Art. 9.- (Principios). Sustentarán la vida institucional de la Asociación y están basadas en la Ley 348 y Ley 045 Art. 2. Art. 10 (Políticas) Toda organización requiere y demanda, preceptos base, para llevar a cabo sus objetivos, en éste entendido, la Asociación de Voluntarios “Guerreros de Esperanza” tiene a bien poder expresar que sus lineamientos principales están dados por los siguientes principios: Pluralidad y Competencia Entendiéndose como la base fundamental para poder considerar la formación de la democracia, vale decir que todos los miembros de éste grupo están en igualdad de condiciones e igualdad de importancia, siendo así que todos tienen la misma oportunidad de desempeñar responsabilidades para bien de la entidad y sirviéndose en la libertad de poder expresar su opinión o su tiempo para la conformación de actividades. Trabajo Voluntario sin fines de lucro La Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza, no obligará a ninguna persona a ser parte de la institución, sin embargo se manejará el principio propio del trabajo voluntario, vale decir que todos los miembros de ésta Asociación no serán obligados a pertenecer a la entidad, sin embargo de haber aceptado el trabajo por parte de los individuos, ésta pasará a ser un compromiso personal de cada uno con la responsabilidad a la cual dieron su aceptación.
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GUERREROS DE ESPERANZA Así mismo el trabajo voluntario, no puede bajo ningún factor recibir cualquier tipo de remuneración económica, es por tanto que se regirá el trabajo muy severamente en el sentido de ser una institución sin fines de lucro, que sin embargo para la realización de algunas actividades deberá hacer uso de recursos económicos, estos serán siempre en favor al universo objetivo de las mismas, que además serán manejadas por Tesorería, abiertas siempre a cualquier tipo de auditorías internas o externas. Igualdad Todos los seres nacen libres e iguales en dignidad y derecho. El estado promoverá las condiciones necesarias para lograr la igualdad real y efectiva adoptando medidas y políticas de acción afirmativa y/o diferenciada que valoren la diversidad, con el objetivo de lograr equidad y justicia social, garantizando condiciones equitativas específicas para el goce y ejercicio de los derechos, libertades y garantías reconocidas en la Constitución Política del estado, leyes nacionales de acuerdo a la normativa internacional de derechos Humanos. En éste entendido para la elección de cualquier tipo de autoridad dentro de la Asociación se tomará siempre en cuenta el principio de equidad e igualdad. Equidad Entendida como el reconocimiento a la diferencia y el valor social equitativo de las personas para alcanzar la justicia social y el ejercicio pleno de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales o culturales. En ese sentido dentro de la Asociación, se la practicará siempre como un principio de mediación entre unos y otros tomando siempre el beneficio de la duda como principal precepto de imparcialidad. Protección Todos los seres humanos tienen derecho a ser protegidos contra el racismo y toda forma de discriminación, de manera efectiva y oportuna en sede administrativa y/o jurisdiccional, que implique una reparación o satisfacción justa y adecuada por cualquier daño sufrido como consecuencia del acto racista y/o discriminatorio. En éste entendido la Directiva de la Asociación tomará decisiones de carácter administrativo que cumplan con la normativa de proteger la integridad de cualquier persona.
Art.11.- (Objetivo General). Ayudar a la sociedad en su conjunto con la formación de líderes y lideresas, que trabajarán de manera voluntaria para el crecimiento homogéneo de la juventud, enfatizados en los valores de humildad y solidaridad,
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GUERREROS DE ESPERANZA mismos que denotarán en el futuro la inserción o reinserción a la esperanza de un mejor país, dedicada a todos aquellos que perdieron el sueño de mejores días. Art.12.- (Objetivo Específico). específicos:
La Asociación tendrá los siguientes objetivos
a) Trabajar con todos los núcleos de la sociedad comprendidos en: niños, adolescentes, adultos, ancianos, alcohólicos, adictos a estupefacientes y todos aquellos que necesiten la esperanza de un mejor vivir. b) Reinsertar a la sociedad a aquellas personas que perdieron el norte de sus vidas, vale decir todos aquellos que no encuentran una razón para luchar y ser útiles a la sociedad. c) Coadyuvar y apoyar el trabajo voluntario en hogares de niños, acilos de ancianos, hospitales u otros que demanden de nuestro trabajo, durante todo el año, poniendo como precepto la filantropía personal que va más allá de la solidaridad monetaria. d) Proyectar en los jóvenes principios de igualdad, equidad de género, respeto a sí mismos y a sus semejantes, solidaridad, agradecimiento por la vida y superación personal. e) Contar con el apoyo de la sociedad para que las fórmulas de crecimiento humano- personal puedan ser efectivas, visualizando actividades de apoyo mutuo con cualquier institución que se preste a apoyarnos de cualquier manera, misma que tendrá siempre el respaldo de que nuestro trabajo es sin fines de lucro. f) Promover la capacitación de los miembros antes de cualquier actividad, para que su efecto sea siempre mejor desarrollado, buscando resultados óptimos que representen el éxito en cualquiera de las funciones que vayamos a realizar. g) Establecer una asociación sólida, contribuyendo a la sociedad el mejor de los trabajos en el cumplimiento de nuestros objetivos, siendo siempre leales y transparentes para cualquier tipo de eventualidad que fuera a presentarse. h) Gestionar y canalizar proyectos que beneficien al crecimiento institucional, personal, grupal o administrativo de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza. i) Promocionar actividades, mostrando la realización de nuestros trabajos, para que éstos sean la principal carta de presentación en el universo social, visionando nuestra misión más allá del más grande de nuestros objetivos.
CAPITULO: III ADMISION Y PÉRDIDA DE CALIDAD DE ASOCIADO
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GUERREROS DE ESPERANZA Art. 13.- (De la Admisión). La admisión de los miembros de la “Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza” será como bien dice el nombre de carácter voluntario, mismo que sin embargo demandará los siguientes requisitos: a) b) c) d)
Contactar de cualquier manera a la Asociación y solicitar admisión. Tener pleno conocimiento que el trabajo es voluntario y sin fines de lucro. Tener conocimiento general de los objetivos de la Asociación. La aprobación de admisión pasará por una etapa de prueba con carácter de dos meses, pasado el tiempo se harán evaluaciones por parte de Presidente, Vicepresidente, Secretaria General y Fiscal General de desempeño para dirimir la admisión. e) Ser sometido a votación general de todos los miembros activos, para su incorporación. f) Firmar un compromiso de trabajo y aceptación a los reglamentos de la entidad, sin olvidar que el trabajo es voluntario pero la aceptación del mismo es ya un compromiso personal. Así mismo en el caso de existir actividades de participación masiva, que demanden miembros temporales, se tomarán los siguientes requisitos: a) Llenar el formulario de miembro temporal. b) Tener conocimiento del Reglamento Interno y Estatutos propios de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza. c) Presentar el permiso de padre, madre o apoderado para la participación en dicha actividad (válida para menores de 21 años). d) Otros requisitos aprobados por el directorio (dependiendo de la actividad a ser llevada). Art. 14.- (Perdida de Calidad de Asociado). Por Retiro Voluntario.a) Un asociado perderá su condición por renuncia expresa, presentada ante el directorio de la Asociación, debiendo en ella expresar una razón específica que demande su retiro de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza. b) El asociado que se retire voluntariamente, podrá ser afiliado nuevamente a solo cumplimiento de los requisitos de admisión. Por Suspensión.- Será suspendido(a) el asociado debido a:
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GUERREROS DE ESPERANZA a) Incumplimiento a normas internas de la Asociación o de estatutos de conocimiento general (ordinarios y/o extraordinarios) y del directorio. b) Cuando exista conflictos personales de carácter agresivo entre los miembros de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza dentro de un establecimiento de trabajo, serán suspendidos ambos contendientes. c) Realizar difamaciones a la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza o expresar opiniones que sean contrarias al crecimiento institucional, fuera del núcleo de trabajo. d) Recibir quejas severas y fundamentadas por parte de algún miembro de la Asociación Guerreros de Esperanza contra otro miembro de la Asociación. Por Expulsión.- Se pierde la condición de miembro de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza por las siguientes causales previo proceso interno apelándose ante un tribunal de honor que será presidido por tres miembros del Directorio y el Fiscal General: a) Conspiración en contra de la asociación, comprobada con pruebas que legitimen la exclusión. b) Incumplimiento de las normas establecidas por la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza (estatuto y reglamento). c) Cualquier tipo de agresión física, emocional severa que termine en hechos de violencia agravada entre miembros de la Asociación o en contra de alguna persona ajena por parte de algún miembro, en cumplimiento de trabajo. d) Por malversación y apropiación indebida de bienes o artículos de la Asociación o algún miembro de la misma debidamente comprobadas. e) Todos los asociados que llegaren a cometer las faltas que están estipuladas en este artículo, serán expulsados sin derecho a ningún beneficio sometiéndose a una sanción.
CAPITULO IV DERECHOS Y OBLIGACONES DE LOS ASOCIADOS Art.15.- (Derechos). Todos los asociados tienen igualdad de derechos y obligaciones reconocidas por la constitución Política del Estado de Estado Plurinacional de Bolivia y demás Leyes vigentes en nuestro País y el presente Estatuto. Las y los Asociados tienen los siguientes derechos:
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GUERREROS DE ESPERANZA a) Recibir amparo, protección, cooperación, asistencia grupal en el cumplimiento de sus labores dentro de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza. b) Participar con voz y voto en las reuniones, plebiscitos, desiderátums u otras actividades que se desarrollen en la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza. c) Ser elegidos y elegidas en los cargos del Directorio, a falta de alguno y en los comicios a ser celebrados. d) Petición individual para el cumplimiento de las resoluciones y acuerdos, tanto emanadas por el Directorio, como por la aprobación general. e) Presentar planes y proyectos para el mejoramiento y desarrollo de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza. Art.16.- (Obligaciones). Las obligaciones de los asociados son las siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto Orgánico y Reglamento interno, las resoluciones tomadas en las Reuniones Generales Ordinarias y Extraordinarias que fueron aprobados por la mayoría absoluta de los miembros de la Asociación.. b) Asistir a las Reuniones Generales Ordinarias, Extraordinarias, y actividades convocadas, dando cumplimiento a las comisiones y cargos directivos que sean encomendadas no pudiendo rehusarlas sin justificación válida. c) Denunciar irregularidades del Directorio o de cualquier miembro Guerrero de Esperanza. d) Velar la imagen y buen nombre de la Asociación, manteniendo siempre la fidelidad de pertenencia, aun participando en otras instituciones que brindan actividades voluntarias. e) Defender la unidad y la integridad de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza tanto en su conjunto, como personal de cada uno de los miembros. f) Cumplir con las normas y políticas establecidas en cada una de las actividades, entendiendo que todas estarán siempre prescitas en un proyecto que deberá ser aprobado para entrar en funcionamiento. g) Denunciar cualquier irregularidad que afecte los intereses propios de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza que sean detectados fuera del mismo por agentes o terceras personas ajenas a nuestra Institución. h) Asumir la representación y realizar comisiones conferidas por el Directorio o por la totalidad de los miembros, esto se deberá seguir siempre con responsabilidad, de manera pulcra abierta a cualquier tipo de observación, siempre con fundamentación escrita, antes de la aprobación de cualquier decisión o proyecto.
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GUERREROS DE ESPERANZA CAPITULO V DERECHO DE INGRESO Y CAPITAL DE OPERACIONES Art. 17.- (Cuota de Ingreso/Afiliación). No se cobrará ningún tipo de cobro para el ingreso o la afiliación de un nuevo miembro de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza, sin embargo, para el ingreso o afiliación temporales, vale decir en actividades de participación masiva, se pedirá una módica cuota para cubrir con gastos operativos dentro de esas actividades. Art. 18.- (Capital de Operación). Al ser una Asociación sin fines de lucro, se inician actividades sin un capital propio, sin embargo se pedirá cooperación y ayuda a entidades o empresas que quieran acoplarse a nuestra organización, en todo caso, de sobrar dinero, las cuentas estarán siempre llevadas por tesorería en una cuenta bancaria y el dinero no utilizado, pasará a caja chica, para futuras actividades, siempre reglamentadas por actas firmadas por la totalidad del Directorio.
CAPITULO VI PATRIMONIO Art. 19.- (Conformación de Patrimonio). El patrimonio de la Asociación estará conformado por la reserva estatutaria, las donaciones de otras instituciones, aportes voluntarios y resultados acumulados. Art. 20.- (Fuentes de recursos). a) Donaciones y obsequios de bienes con que fuere beneficiada la Asociación, por instituciones públicas y privadas o personas naturales. b) Los bienes individuales de cada asociado no forman parte de los bienes colectivos de la Asociación. Art. 21.- (Gestión Económica). La gestión económica de la Asociación se inicia el 01 de enero y termina al 31 de diciembre, determinándose como año fiscal.
Art. 22.- (De la administración). a) La administración del patrimonio (si se llega a tener) y de los recursos económicos, donados o sobrantes, serán responsabilidad del Directorio, todo movimiento de dinero, deberá tener las firmas
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GUERREROS DE ESPERANZA respectivas de Presidente, Vicepresidente, Secretario General y Tesorero. b) Para un manejo transparente, el tesorero, realizara sus informes económicos como se establece en el estatuto orgánico.
CAPITULO VII ESTRUCTURA ORGANICA COMPOSICION Y ATRIBUCION DEL DIRECTORIO Art. 23.- (Composición). La Asociación estará compuesta estructuralmente por dos grupos funcionales que darán legalidad exacta a las actividades tanto institucionales como objetivas específicas, estas estarán dispuestas como se estipula en los Artículos 24, 25 y 26 del presente documento. Art. 24.- (Consejerías Generales). Esta estará compuesta por la totalidad de los miembros de la Asociación, comprendidos en siete Consejerías descritas a continuación: Registro y Sistemas, Comunicación, Formación, Logística, Económica, Imagen y Jurídica, mismas que tendrán un funcionamiento específico dependiendo las actividades a ser realizadas, para cumplimiento general de las funciones institucionales, cada una de éstas Consejerías serán disgregadas en un todo, vale decir que el conjunto general de los miembros tendrá la máxima autoridad de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza, con potestad de elegir y destituir tanto al Directorio como al Fiscal General. Art. 25.- (Directorio). Son responsables de diseñar las estrategias a ser manejadas para el cumplimiento de las actividades aprobadas por las Consejerías Generales o miembros en su totalidad. Art. 26.- (Fiscal General). Es responsable de fiscalizar los recursos de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza, de igual manera de fiscalizar en el Directorio el cumplimiento de todos los proyectos aprobados por las Consejerías Generales o miembros en su totalidad, velando por la legalidad de cada actividad.
CAPITILO VIII DE LAS REUNIONES DE DIRECTORIO, GENERALES Y DE BALANCE Art. 27.- (Reuniones de Directorio). Se llevará a cabo un día hábil en la semana, para trabajar propuestas o actividades a ser tomadas en cuenta, siempre con respaldo de
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GUERREROS DE ESPERANZA un acta que deberá ser leído para su aprobación o negación en la próxima reunión general, que además deberá estar acompañado por su presente Orden del Día. Art. 28.- (Reuniones Generales). a) Las Reuniones Generales, serán celebradas cada sábado por medio, vale decir que tendrán la intermitencia de un sábado, estas serán de carácter participativo y obligatorio. b) El quórum para el inicio de las Reuniones Generales será 50 por ciento más uno de los miembros presentes. Art. 29.- (Convocatoria). Cada Reunión de Directorio, tendrá que ser convocada por Presidente y Vicepresidente de la Asociación, para el caso de Reuniones Generales, la convocatoria será hecha por Secretaría General. Art. 30.- (Reuniones de Balance). Se celebrarán después de un mes de cualquier actividad, éstas reuniones tendrán que demostrar todos los movimientos institucionales hechos en cada actividad, misma que tendrá un acta especial que a su aprobación será parte del archivo de una determinada actividad. Art. 31.- (Del Quórum). El quórum para el inicio de cualquiera de las reuniones será del 50 por ciento más uno entre los presentes.
. CAPITULO IX MODALIDADES DE LAS ELECCIONES PARA DIRECTORIO, CONSEJERÍAS Y FISCAL GENERAL Art. 32.- (Comité Electoral). La totalidad de los miembros de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza, en una reunión general, designará la conformación del Comité Electoral, este comité se hará cargo de dirigir y conducir todo el proceso de las elecciones del Directorio, Consejerías y Fiscal General. Éstos pueden ser miembros de la Asociación o invitados directos. Art. 33.- (Requisitos). Los miembros que llegaran a conformar el Comité Electoral, deberán presentar los siguientes requisitos. a) Ser miembro de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza o un invitado directo. b) Deberá ser imparcial, no teniendo parentesco alguno con ningún contendiente.
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GUERREROS DE ESPERANZA c) Haber demostrado interés y fiabilidad para con los miembros de la Asociación. d) No tener antecedentes de ningún tipo que haya ido en contra de alguna de las disposiciones del reglamento institucional. e) Ser elegido por mayoría simple. f) No ser candidato a ocupar cargos dentro el nuevo Directorio. Conformación
Presidente Secretario Vocal
Art. 34.- (Atribuciones). Son las siguientes: a) Presidir las elecciones en forma democrática a través de voto secreto. b) Exhibir públicamente la lista de los postulantes a la elección. c) En caso de no existir postulantes, el Comité Electoral volverá a realizar una nueva convocatoria dentro de los próximos 30 días calendario.
CAPITULO X DEL DIRECTORIO Art. 35.- (Directorio). El Directorio constituye la instancia de dirección y representación legal de la Asociación; todos los miembros de la asociación serán responsables solidarios por el manejo y funcionamiento de la asociación. Art. 36.- (Conformación). El Directorio estará conformado por nueve (9) personas físicas, de los cuales se conforma:
Presidente o Presidenta Vicepresidente o Vicepresidenta Secretario o Secretaria General Tesorero o Tesorera Secretario o Secretaria de Actas Secretario o Secretaria de Comunicación Tres Vocales
Art. 37.- (Requisitos). Para conformar el Directorios se deben reunir los siguientes requisitos:
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GUERREROS DE ESPERANZA Ser miembro activo con asistencia igual o mayor al 70% en actas. No tener antecedentes penales, civiles ni cuentas pendientes con la asociación misma. Tener antigüedad como miembro de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza. Presentar un proyecto y un plan de trabajos para la postulación al cargo que se quiere optar. Art.38.- (Renovación o ratificaciones). El Directorio se renovará cada dos años con el 50% más uno de sus representantes, quiénes se someterán a una evaluación general, pudiendo ser ratificados de manera indefinida. Por lo menos un miembro del directorio cesante deberá quedarse para dar continuidad a la gestión que concluye. Art. 39.- (Decisiones). En las reuniones del Directorio, los temas que se traten serán de tipo administrativo, todo tendrá el respaldo de la aprobación previa en una reunión general. Así como la redacción de documentos para su posterior ejecución por el nivel estratégico y operativo. Art. 40.- (Atribuciones Directorio). Las atribuciones conferidas al Directorio son:
Convocar a reuniones Directivas o Generales. Cumplir y hacer cumplir decisiones tomadas en las Reuniones Generales. Velar por el manejo de los recursos económicos y financieros de la asociación. Representar ante otras organizaciones y/o instituciones públicas y privadas Velar por los intereses de los miembros de la Asociación. Delinear políticas, estrategias y acciones para el desarrollo homogéneo de toda la organización. Dirigir reuniones, encuentros y eventos. Gestionar Proyectos ante instancias gubernamentales y ONGs Gestionar créditos ante instituciones públicas y privadas Presentar informes después de cada actividad. Suscribir convenios institucionales con empresas o entidades que brinden su apoyo.
Art. 41.- (Atribuciones del Presidente). El Presidente de la Asociación tendrá las siguientes atribuciones: a) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto Orgánico y el Reglamento Interno. b) Suscribir convenios interinstitucionales. c) Convocar a reuniones de Directorio y Consejerías.
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GUERREROS DE ESPERANZA d) Presentar en reuniones generales, programas y proyectos de desarrollo, conforme a los objetivos de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza. e) Representar en instancias gubernamentales y no gubernamentales f) Conciliar conflictos internos de la Asociación, conjuntamente con el Directorio. g) Firmar documentación que signifiquen entradas y salidas de los fondos de la Asociación. h) Velar por el cumplimiento de las atribuciones del Directorio. i) Presidir todas las reuniones hechas tanto en Directorio, Consejerías y Reuniones Generales. j) Solicitar y exigir la rendición de cuentas del Directorio anterior, con el archivo de actividades realizadas para elevar un informe a todos los miembros de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza, así mismo tomar en cuenta todo lo anterior para futuras actividades que tengan un grado de parentesco. k) Presentar informes a la conclusión de su mandato ante el Directorio y a cada Consejería para su archivo general. Art. 42.- (Atribuciones del Vicepresidente) El Vicepresidente tendrá las siguientes atribuciones: a) b) c) d)
Presidir en ausencia del Presidente en turno. Registrar y comunicar las disposiciones hechas por el Presidente. Coadyuvar en el desarrollo de las actividades. Comandar a las Consejerías en actividades con miembros temporales, para el funcionamiento dispuesto por el Directorio. e) Tomar decisiones de carácter administrativo en la ausencia del Presidente. Art. 43.- (Atribuciones del Secretario General) Tendrá las siguientes atribuciones: a) Presidir en ausencia del Presidente y Vicepresidente b) Convocar a la totalidad de los miembros en reuniones generales. c) Velar por el orden y progreso en las reuniones de Directorio, Consejerías y Generales. d) Tener el listado específico de los miembros de la asociación donde deberá especificar: nombre completo, número de carnet, número de celular y correo electrónico. Art. 44.- (Atribuciones del Tesorero). Tendrá las siguientes atribuciones: a) Es responsable directo de la administración financiera de la Asociación
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GUERREROS DE ESPERANZA b) Registrar con claridad y exactitud los ingresos y egresos financieros por diferentes conceptos, que imprescindiblemente llevarán las firmas del Presidente y del Tesorero. c) Ordenar y archivar los recibos, facturas y los demás documentos que signifiquen como pruebas de las entradas y salidas de los fondos de la Asociación. d) Presentar, conjuntamente con el Presidente el Balance General y las rendiciones de cuentas del movimiento financiero, en las reuniones de Balance. e) Autorizar con su firma, la del Presidente y Vicepresidente las órdenes de pago. f) Realizar cierres de caja, inventario físico y valorado. g) Es directo responsable de todos los bienes de la asociación. Art. 45.- (Atribuciones del Secretario de Actas). Las atribuciones del Secretario de Actas son: a) Redactar todas las actas de las reuniones de Directorio, Consejerías y Generales, en el libro de actas de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza, dando lectura en las siguientes reuniones. b) Guardar y custodiar todos los libros de actas y todo documento concerniente a la Asociación, los mismos no deben tener enmiendas o raspaduras. c) Es responsable del archivo de las correspondencias recibidas y enviadas, conjunto la Consejería de Registro. d) Redactar y firmar conjuntamente con el Presidente, todas la correspondencias expedidas. e) Dar lectura de la correspondencia las reuniones generales. f) Es responsable de llevar el control de asistencia y cumplimiento de actividades en conjunto con la Consejería de Registro. g) En las reuniones generales, deberá dar informe de los miembros que no asisten a las asambleas, para su respectivo conocimiento, poniendo una sanción a disposición del Directorio. Art. 46.- (Atribuciones de los Vocales) Los tres Vocales están en igualdad de jerarquía y cumplen con las siguientes atribuciones: a) b) c) d) e)
A falta del Secretario General uno toma su lugar Encargados de mantener el orden en actividades. Aprobar la Orden del día. Ser un nexo entre Directorio y Consejerías. Ser un nexo entre Directorio y Fiscal General
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CAPITULO XI FISCALIZACIÓN Art. 47.- (Órgano Autónomo). Es la instancia representativa de la Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza y es el directo responsable de facilitar la participación y el control de la gestión administrativa y operativa. Articula las demandas de los miembros en su totalidad siendo una instancia de fiscalización y control social. Art. 48.- (Conformación). Estará conformado por una persona física elegida por la vía eleccionaria, siguiendo los principios de experiencia y capacidad, su cargo es único por lo que simplemente se elige a un Fiscal General. . Art. 49.- (Requisitos). Para cumplir las funciones de Fiscal General deben presentarse los siguientes requisitos. a) b) c) d)
Debe ser miembro activo con un 70% de asistencia. No ser familiar de los miembros del Directorio. Tener imparcialidad entre el Directorio y las Consejerías. No tener dualidad de cargos
Art. 50.- (Renovación o Ratificación). El fiscal General será sometido a un proceso electoral junto con el Directorio, donde se verá su renovación o ratificación dependiendo de la evaluación del desempeño mostrado en sus funciones. Art. 51.- (Categoría). Por ser una instancia autónoma, el nivel de decisiones que tome el Fiscal General será respetada por el Directorio pero nunca por encima del mismo. Art. 52.- (Atribuciones Colectivas). Son obligaciones colectivas de la Asociación: a) Fiscalizar el cumplimiento del Estatuto Orgánico, Reglamentos y Manual de Funciones y muy especialmente las resoluciones de las Reuniones Generales y las Resoluciones del Directorio. b) Fiscalizar al Directorio, Consejeros y a todos los responsables de los diferentes niveles. c) Vigilar continuamente el cumplimiento de normas internas y otras disposiciones formales de la Asociación. d) Analizar las decisiones del Directorio que pongan en riesgo la estabilidad de la Asociación y dar a conocer en una reunión general.
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GUERREROS DE ESPERANZA e) Exigir que la contabilidad sea puntual, transparente, oportuna y que los estados financieros sean presentados en reuniones de Balance. f) Comunicar al Directorio las incoherencias y exigir eficiencia en la ejecución de la gestión. g) Contratar auditoria externa con plena autorización del quórum en reuniones generales. h) Ejercer la auditoria interna verificando la administración financiera y operativa.
CAPITULO XII EXTINSION DE LA ASOCIACION Y CONCLUSIÓN DE FUNCIONES Art. 53.- (Causales de Extinción). La Asociación de Voluntarios Guerreros de Esperanza podrá extinguirse de acuerdo al Art. 64 del Código Civil: a) b) c) d)
Causas previstas en sus estatutos Haberse cumplido o resultar imposible la finalidad para la que fue constituida. No poder funcionar conforme a sus estatutos. Decisión judicial, a demanda del Ministerio Publico, cuando desarrolla actividades contrarias al orden público o a las buenas costumbres. e) Decisión de la totalidad de los miembros activos. Art. 54.- (Conclusión de Funciones). Se formará una comisión entre personas ajenas al Directorio de miembros activos de la Asociación, quienes se encargarán de cerrar funciones, dando la legalidad tanto en Directiva como en Fiscalización.
CAPITULO XIII DE LA REFORMA DEL ESTATUTO Art. 55.- (Autorización). Para el Estatuto Orgánico de la Asociación, la totalidad de los miembros serán quienes autoricen la reforma total o parcial del presente estatuto. Art. 56.- (Comité Específico). La Directiva será quien nombre a un Comité de Consejeros para la revisión o modificación del presente estatuto. Art. 57.- (Atribuciones). Las atribuciones que deben cumplir son: a) Estudiarán detenidamente el Estatuto a reformular.
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GUERREROS DE ESPERANZA b) Realizarán talleres de reformulación para el nuevo Estatuto. c) Corregirán, aumentarán o anularán algún artículo. d) Junto con el Fiscal General harán conocer sus observaciones para su reformulación. Art. 58.- (Aprobación). El Estatuto Orgánico será presentado en reunión general para su análisis y su posterior aprobación usando el principio de mayoría absoluta, por la vía eleccionaria directa. CAPITULO XIV DISPOSICIONES TRANSITORIAS Art. 59.- El presente Estatuto Orgánico entrará en vigencia una vez aprobada en grande, detalle y en revisión en la reunión general. Art. 60.- Los miembros actuales del Directorio, continuaran en sus funciones una vez aprobada el Estatuto Orgánico y Reglamento Interno sujetándose a los plazos establecidos en el presente Estatuto Orgánico. CARGO
NOMBRE
N° DE CARNET
PRESIDENTE VICEPRESIDENTE
Rolando Gutiérrez Silva Nataly Zamora Monroy
C.I. 6789737 LP C.I. 6955019 LP
SECRETARIA GENERAL
Vanessa Romero Molina
C.I. 6777908 LP
TESORERA
Cinthya Cáceres Alfaro
C.I. 4994193 LP
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
Daniela Gamarra Cortéz
C.I. 6133368 LP
SECRETARIO DE ACTAS VOCAL
Alejandro Gallardo Gallardo Yesid Pereyra Hurtado
C.I.6154564 LP
VOCAL
Paola Rodríguez Vargas Paul Andre´s Mamani Mamani
C.I. 6772267 LP
VOCAL
FIRMA
C.I. 4745269 LP
C.I. 9879243 LP
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