HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE HIDALGO, MICHOACÁN, DE OCAMPO

ACTA NÚMERO 26. SESIÓN ORDINARIA 26/16 DE CABILDO H. AYUNTAMIENTO DE HIDALGO. HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE HIDALGO, MICHOACÁN, DE OCAMPO.
Author:  Lucas Soto Montoya

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ACTA NÚMERO 26. SESIÓN ORDINARIA 26/16 DE CABILDO H. AYUNTAMIENTO DE HIDALGO. HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE HIDALGO, MICHOACÁN, DE OCAMPO. . . . . . . .ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL DÍA 23. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . DE FEBRERO DEL 2016, DOS MIL DIECISÉIS. . . . . . . . . . . . . . . . . .... ............................................................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2015-2018. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ....................................................... ......................... EN CIUDAD HIDALGO, MICHOACÁN DE OCAMPO, SIENDO LAS 08:30 OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA 23 VEINTITRÉS DE FEBRERO DEL 2016, DOS MIL DIECISÉIS, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 26 FRACCIÓN I, 28 Y 29 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 1, 3, 9 FRACCIÓN I, 10, 17, 18, 19, 20, 25, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39 Y DEMÁS RELATIVOS AL REGLAMENTO DE SESIONES Y FUNCIONAMIENTO DE COMISIONES DEL AYUNTAMIENTO, SE REUNIERON EN EL RECINTO OFICIAL DEL AYUNTAMIENTO “SALÓN DE PRESIDENTES MUNICIPALES”, LOS MIEMBROS DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HIDALGO, BAJO EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA, QUE EL SÍNDICO MUNICIPAL ING. CARLOS EDGAR GONZÁLEZ PÉREZ, PROPONE PARA LA APROBACIÓN DE LOS PRESENTES. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ ORDEN DEL DÍA DE LA SESIÓN DE CABILDO ORDINARIA NO. 26 DEL 23 DE FEBRERO DEL 2016. 1.- Instalación de la Sesión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 2.- Pase de lista y comprobación del Quórum Legal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 3.- Aprobación de la orden del día de la presente sesión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 4.- Lectura de la Acta de las Sesión de Cabildo número 25, para su aprobación o rectificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Asuntos de Sindicatura. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ........................................................................... ..... 5.- El Ing. Carlos Edgar González Pérez, Síndico Municipal.- Solicita se someta a consideración y/o en su caso aprobación de los miembros del cabildo el siguiente asunto: Único.- La autorización para que el Ciudadano Presidente Municipal y el suscrito Síndico Municipal, puedan llevar a cabo las gestiones necesarias ante Gobierno del Estado, con el objeto de que se otorgue en comodato a favor del Municipio de Hidalgo, Michoacán, un bien inmueble que forma parte del Patrimonio Estatal, el cual se pretende adquirir para llevar a cabo el proyecto denominado “Rehabilitación del Parque Infantil de la Colonia Otilio Montaño (Colonia de los Maestros)”, esto con la finalidad de mejorar el área recreativa, mediante la inscripción del inmueble al programa denominado “Rescate de

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Espacios Públicos”; el cual se requiere por un término de 25 años, inmueble que para tal efecto se describe a continuación: Se trata de una fracción del predio rústico denominado “La Cienega”, correspondiente al fraccionamiento de nombre “Otilio Montaño”, ubicado al poniente de esta ciudad, con una extensión superficial de cuatro mil setecientos noventa y cuatro metros cuadrados, de la cual únicamente se requiere una superficie de dos mil trescientos metros cuadrados, misma que corresponde al área recreativa que se menciona con antelación, inmueble que se encuentra amparado bajo la escritura privada de donación número 1,449, pasada ante la fe del Licenciado Sergio Navarro Espinoza, Notario Público número 50 en el Estado, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Raíz y del Comercio, bajo el número 04, del tomo 257, correspondiente a los libros de propiedad del Distrito de Hidalgo. Respecto a lo anterior, se anexa el dictamen de viabilidad técnica número COPAEACSBMI/020/2016, correspondiente al Inmueble que se menciona con antelación, emitido por el Comité de Obra Pública, Adquisiciones Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de bienes Muebles e Inmuebles del Municipio de Hidalgo, Michoacán. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 14 fracción I y III, 49 fracción XII, de la Ley Orgánica Municipal vigente en el Estado, 123 fracción I y XVI de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo, 115 fracciones I, II, y V, inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ............................................................................. 6.- El Ing. Carlos Edgar González Pérez, Síndico Municipal.- Solicita se someta a consideración y en su caso la aprobación, de la autorización para la firma del Contrato de arrendamiento que celebra por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Hidalgo, representado en este acto por los ciudadanos C.P. Rubén Padilla Soto e Ing. Carlos Edgar González Pérez, en su carácter de Presidente y Sindico municipales y de la otra parte el C. Germán Osvaldo Mercado Tello, en calidad de arrendador; respecto del predio urbano ubicado en Cuauhtémoc Sur No. 20 de la colonia Centro, de esta Ciudad, dicho arrendamiento es por la cantidad de $ 25,000.00 (veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) mensuales, más el impuesto al valor agregado I.V.A. menos la retención del impuesto sobre la renta I.S.R., la suma será entregada mediante cheque a favor del arrendador en la Tesorería Municipal del H. Ayuntamiento de Hidalgo, Michoacán, pago que se realizara en los primeros cinco días de cada mes; el periodo de arrendamiento es de 12 meses con efecto retroactivo del 01 primero de octubre del 2015 al 30 de septiembre del 2016, Se adjunta el proyecto del Contrato de Arrendamiento referido con antelación. Hago del conocimiento del H. Cabildo que se determinó contratar en arrendamiento el inmueble, referido con anterioridad, tomando en cuenta las siguientes consideraciones: La construcción se encuentra ubicada en pleno centro de la ciudad, además de que la misma se distribuye en una sola planta, lo que se traduce a una mejor funcionalidad y servicio para la ciudadanía, considerando también que el costo del arrendamiento es menor al que se venía pagando en el inmueble contratado por la administración anterior 2012-2015, para el mismo fin y sin olvidar también que al momento de la contratación no se tuvieron disponibles otras propuestas de arrendamiento. Informó al Honorable Cabildo, que se hizo del conocimiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles, en la reunión que se llevo a cabo el día 2 de febrero del presente

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año; adjunto el dictamen de Viabilidad Técnica Número COPAEACSBMI/019/2016, que expide el Comité citado anteriormente. Por lo anteriormente expuesto con apoyo y fundamento en los artículos 9 fracción I del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento y 137 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, y artículos 3 y 4 del manual de integración y funcionamiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento del Municipio de Hidalgo, Michoacán. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 7.- El Ing. Carlos Edgar González Pérez, Síndico Municipal.- Solicita se someta a consideración y/o en su caso aprobación de los miembros del cabildo el siguiente asunto: UNICO.- La autorización a este suscrito Síndico Municipal, llevar acabo la baja y desincorporación del Patrimonio Municipal, respecto de los bienes muebles que han concluido con su ciclo de vida útil, a efecto de que proceda a su enajenación gratuita o destrucción, en virtud de que ya se encuentran en estado obsoleto, los cuales formaban parte de las distintas áreas de esta Administración, haciendo para ello la descripción de los mismos:

NUMERO DE RESGUARDO 020-08-03-258-001

020-01-04-258-002

020-01-04-258-001

020-16-258-001 020-16-258-002 020-19-326-001

020-19-127-001 NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NUMERO DE RESGUARDO NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA

CLAVE DE OFICINA

08-03

ACTUALIZACIÓN CATASTRAL

01-04 GESTIÓN SOCIAL

01-04 GESTIÓN SOCIAL

16

DESARROLLO ECONÓMICO

16

DESARROLLO ECONÓMICO

19 DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

CLAVE DE OFICINA

19 DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

CLAVE DE

DESCRIPCION

ARTICULO

258 258 258 258 258

IMPRESORA HP BUSSINES INKJET 8600 35 PPM COLOR NEGRO 1200X4800 DPI´s 32MB, USB IMPRESORA MULTÍFUNCÍONAL COLOR GRIS CON BLANCO SERIE CN7B9RY171 IMPRESORA MARCA SAMSUNG MODELO ML-2240 1467BKC9518791W COLOR GRIS IMPRESORA HP LASERJET COLOR CP1515, 12PPM NEGRO, 8PPM COLOR 16MB. MULTIFUNCIONAL (IMPRESORA) RICOH AFICIO MP 161L.

ESTADO FISICO

VALOR DE ADQUISICIÓN

MALO

$ 4,350.00

MALO

$ 1,550.00

MALO

$ 2,345.00

MALO

$ 3,904.61

MALO

$ 19,817.03

326

FAX BROTHER MOD. 275 SERIE U56479H9K457138

MALO

$ 950.00

127

MAQUINA DE ESCRIBIR PORTATIL NEGRA MARCA OLIVETTI MODELO 510-II CON SERIE 9203241

MALO

SIN REGISTRO

258

IMPRESORA MARCA EMPSON STYLUS C45, COLOR GRIS.

MALO

SIN REGISTRO

261

MONITOR HP, MODELO D8896, COLOR BLANCO.

MALO

SIN REGISTRO

ESTADO FISICO

VALOR DE ADQUISICIÓN

CLAVE DE

ARTICULO

DESCRIPCION

261

MONITOR HP PAVILION MX50, COLOR GRIS.

MALO

SIN REGISTRO

258

IMPRESORA HP LASERJET 1160, COLOR BLANCO.

MALO

SIN REGISTRO

253

CPU HP, COLOR NEGRO.

MALO

SIN REGISTRO

3

NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

253

CPU ENSAMBLADO, COLOR BLANCO.

MALO

SIN REGISTRO

262

MOUSE MARCA GENIUS, COLOR BLANCO.

MALO

SIN REGISTRO

262

MOUSE ACTECK, COLOR GRIS AM1300

MALO

SIN REGISTRO

270

TECLADO BTC, COLOR BLANCO

MALO

SIN REGISTRO

270

TECLADO BLANCO FCC.

MALOS

SIN REGISTRO

273

PROTECTORES DE PANTALLA BLANCOS

MALO

SIN REGISTRO

252

PAR DE BOCINAS POLKAUDIO, COLOR GRIS.

MALO

SIN REGISTRO

258

IMPRESORA HP, DESKJET 840C, COLOR BLANCA

MALO

SIN REGISTRO

260

MODEM SPEEDSTREAM 5200, COLOR NEGRO

MALO

SIN REGISTRO

Lo antes expuesto, con fundamento en los artículos 14, fracción III, 126 y 130 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Asuntos de Presidencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 8.- El C.P. Rubén Padilla Soto, Presidente Constitucional del Municipio de Hidalgo, Michoacán, le solicito someta a consideración y/o en su caso aprobación de los miembros del H. Cabildo, el Código de Ética de la Administración Pública del Municipio de Hidalgo, Michoacán. Con apoyo y fundamento legal, en los artículos 115 fracciones X, XI, XIV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 32; inciso b) fracción II, inciso c) fracción VIII, 49 fracciones IIy V, 51 fracción VII, 51 fracción VI, 52, fracción IV, 146, fracciones I, III, IV y V, 147, 148 fracciones I, III y XXIII, 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo; artículo 23, 24, 26, 27, 31, 32 y 33 del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento; acuerdo de Cabildo número 6, de la Sesión Ordinaria número 14 de fecha 25 de noviembre de 2015. Anexo dictamen número 001/2016 de fecha 4 de febrero del año en curso, emitido por los miembros del Comité Revisor para la Actualización o Creación de la Normatividad Correspondiente al H. Ayuntamiento, así como el Código de Ética de la Administración Pública del Municipio de Hidalgo, Michoacán, en disco magnético. . . . . ................................................................................ 9.- El C.P. Rubén Padilla Soto, Presidente Constitucional del Municipio de Hidalgo, Michoacán, solicita se someta a consideración y/o en su caso aprobación de los miembros del H. Cabildo, el Reglamento Interior Para el Comité Técnico Consultivo del Transporte Público y Vialidad del Municipio de Hidalgo, Michoacán. Con apoyo y fundamento en los artículos 115 fracciones X, XI y XIV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 32 inciso b) fracción II, inciso c) fracción VIII, 49 fracciones II, V, 51 fracción VII, artículos 51 fracción VI y 52,

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fracción IV, 146, fracciones I, III, IV, V, 147 y 148 fracciones I, II, VI, VII, XVII, XXIII y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, artículos 23, 24, 26, 27, 31, 32 y 33 del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento, acuerdo de Cabildo número 6, de la Sesión Ordinaria número 14 de fecha 25 de noviembre de 2015. Anexo dictamen número 002/2016 de fecha 4 de febrero del año en curso, emitido por los miembros del Comité Revisor para la Actualización o Creación de la Normatividad Correspondiente al H. Ayuntamiento, así como el Reglamento Interior Para el Comité Técnico Consultivo del Transporte Público y Vialidad del Municipio de Hidalgo, Michoacán, en disco magnético. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 10.- El C.P. Rubén Padilla Soto, Presidente Municipal.- Solicita se someta a consideración del H. Ayuntamiento, la aprobación del esquema tarifario aplicable al año 2016, para el cobro de servicios que presta el Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (SAPA) de Ciudad Hidalgo, Michoacán, que se describe a continuación: ESQUEMA TARIFARIO 2016 (incremento del 10%) No. De Tarifa

Descripción

Importe de Tarifa 2016

1

Domestica Popular

$97.03

2

Domestica Media

$145.05

3

Domestica Residencial

$396.70

4

Comercial I

$218.42

5

Comercial II

$266.19

6

Cuota por Departamento

$182.28

7

Industrial I

$1,008.15

8

Industrial II

$1,613.57

9

Edificios, Jardines y Plazas Publicas

$624.00

10

Estación de Bomberos y Cuartel

$3,428.26

11

Rastro Municipal

$2,742.34

12

Cuota por Escuelas (SEP)

$1,325.95

13

Mixta (Domestica+Locales Comerciales

$500.76

Esquema Tarifario 2016 (incremento del 10%) La tarifa escolar se considera por escuela y se toma en cuenta solamente 11 meses, considerando un mes de descuento por periodo vacacional.

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La tarifa autorizada para el ejercicio 2016, estará comprendida bajo el siguiente esquema: el 65% agua potable, el 20% para alcantarillado sanitario y un 15% para saneamiento. El plazo para pagar el mes vencido sin pagar recargos, será hasta el día 10 del mes siguiente. Por lo que respecta al servicio medido este queda de la siguiente manera: Con el incremento del 10% para servicio medido del año 2016 SERVICIO MEDIDO COSTO POR SERVICIO MEDIDO Y M3 SUMINISTRADO AÑO 2016

COSTO PROMEDIO GENERAL CON INCREMENTO DEL 10% AÑO 2016 COSTO PROMEDIO GENERAL $ 3.10 / M3

TOMA DOMESTICA MEDIA DE 0 A 10 M3 $ 83.97 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 3.15

TOMA DOMESTICA RESIDENCIAL DE 0 A 10 M3 $ 104.39 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 3.15

TOMA COMERCIAL DE 0 A 10 M3 $ 131.44 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 21.02

TOMA SERVICIOS DE 0 A 10 M3 $ 213.59 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 34.15

TOMA INDUSTRIAL DE 0 A 10 M3 $ 752.07 X MES-CONSUMINDOS O NO

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COSTO M3 EXCEDENTE $ 75.19

Artículo 1.- El presente decreto es de observancia general y tiene por objeto establecer las tarifas para el cobro de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento que se deberán aplicar en el municipio de Hidalgo, Michoacán, en las zonas donde presta el servicio el Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (SAPA) de Ciudad Hidalgo Michoacán. Para el ejercicio del año fiscal 2016 (dos mil dieciséis). Artículo 2.- Todo usuario está obligado al pago de los derechos por los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales que preste el Organismo Operador en base a las tarifas o cuotas autorizadas. Artículo 3.- Para la aplicación de las tarifas, se establece una diferencia en la clasificación del servicio, de acuerdo al tipo de vivienda y zona en que se ubica, por lo que se determinan las siguientes clases de servicios: -

SERVICIO DOMÉSTICO MEDIO: que se aplicara tanto para las colonias populares y casas habitación de INFONAVIT o cercanas a estas; así como para la zona centro, fraccionamientos y colonias del Municipio de Hidalgo, Michoacán. Se entenderá como servicio doméstico medio de agua potable, el que se proporciona a inmuebles destinados exclusivamente a casa habitación, de vecindad, apartamentos y viviendas en condominios que estén destinadas única y exclusivamente para habitar, ya sea por cuota o servicio medido, según determine el Organismo Operador. En caso de diversos departamentos, condominios, o diversas viviendas, como el caso de una vecindad, se cobrará una tarifa por cada vivienda.

-

SERVICIO DOMESTICO POPULAR: se entenderá como servicio doméstico popular, las casas habitación ubicadas regularmente en zonas marginadas o en la periferia de la ciudad y que cuenten con los servicios mínimo indispensables de luz, drenaje y agua potable, lo anterior previo estudio socioeconómico y que así lo determine el organismo operador.

-

SERVICIO DOMESTICO RESIDENCIAL: Se entenderá como servicio doméstico residencial, a todas aquellas casas habitación ubicadas regularmente en zonas exclusivas o preferenciales de la ciudad construidas regularmente con acabados de lujo, y cuenten entre otras cosas con áreas de jardín, 3 o más recamaras y 2 o más baños.

-

SERVICIO DE USO COMERCIAL: Se entiende por uso comercial, aquella toma que proporciona servicio de agua potable a todo inmueble o fracción de inmueble que no se utilice como casa habitación y que tenga como propósito la obtención de un lucro, y que el servicio de agua potable no sea utilizado como insumo de producción y/o generación de valor agregado a productos y/o servicios, cuya forma de pago será fijada por el Organismo Operador.

-

SERVICIO DE USO MIXTO (DOMESTICA+LOCALES COMERCIALES): Para el caso de que en un mismo domicilio y a través de una toma se suministren a la vez departamentos y locales comerciales, se cobrará una cuota mixta fija a estimación del Organismo Operador, lo anterior previa inspección domiciliaria.

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Se entenderá como servicio doméstico-local comercial aquel que se preste a todo giro comercial, negociación y/o establecimiento en donde el mismo se encuentre o sea parte de una casa habitación y que la mencionada negociación y casa habitación sea del mismo propietario o poseedor. Su pago será a criterio del Organismo Operador mediante inspección del predio o establecimiento, y no mayor al resultado de la suma entre el costo comercial normal más el costo doméstico, dividido entre dos. -

SERVICIO DE USO INDUSTRIAL: Se entiende por uso industrial del servicio de agua potable, aquel que se proporciona a inmuebles en los que el agua se utiliza como insumo de producción y/o generación de valor agregado a productos y/o servicios de venta al público, tales como embotelladoras de agua potable, fábricas de hielo, fábricas de nieve y paletas, fábrica de bebidas embotelladas, fábricas de mosaicos, tintorerías, lavanderías, auto-lavados, baños públicos, restaurantes, hoteles, molinos de nixtamal, tiendas departamentales y de autoservicios, tenerías, establos, porquerizas, granjas, gasolineras y todo tipo de fábricas y establecimientos similares. Tratándose de tiendas departamentales o de algún otro establecimiento no contemplado en esta clasificación, se estará al dictamen por parte del Organismo Operador previo estudio y cálculo de pago de derechos correspondientes. Artículo 4.- La anterior clasificación se entenderá como enunciativa y no limitativa, así mismo el Organismo Operador aplicará discrecionalmente la clasificación y definirá las zonas de acuerdo al tipo de vivienda y/o a la condición socioeconómica de sus habitantes, previo dictamen y/o inspección por parte del Organismo Operador con base en el artículo 116 de la Ley del Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo. La inspección y/o dictamen se hará llegar al usuario para su conocimiento. Artículo 5.- Los propietarios de lotes baldíos, pagarán por concepto de mantenimiento de las redes de agua potable, drenaje y saneamiento una cuota fija mínima, de acuerdo a la ubicación del lote, establecida por el Organismo Operador. Tratándose de casa en construcción, obra negra, obra gris y casas solas, se les deberá colocar una válvula de restricción para que pueda gozar de la citada cuota. Artículo 6.- A cada predio urbano le corresponde una sola toma de agua y una descarga de drenaje cuyos diámetros ordinarios serán invariablemente de ½ pulgada para la toma de agua y de 6 pulgadas para el drenaje; extraordinariamente podrán ser autorizadas tomas y descargas con diámetro mayor siempre y cuando el Organismo Operador cuente con la capacidad de abastecimiento en la zona y no afecte con ello a los demás usuarios; esto en el caso de agua potable; por lo anterior se determina que en los edificios y predios que estén integrados por apartamentos, oficinas, consultorios, locales comerciales y en casas de vecindad, etc., cuando la toma sea común a éstas subdivisiones, cada uno de ellas tiene la obligación de pagar el derecho que individualmente le corresponde, conforme a las tarifas aplicables de este decreto. En el caso de que tengan medidor instalado se pagará conforme al consumo. Artículo 7.- La toma de agua que se tenga contratada, es exclusiva para el tipo de servicio solicitado, toda derivación que realice el propietario o el usuario deberá reportarse al Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (SAPA) de Ciudad Hidalgo,

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Michoacán., sin que esto lo exima de pagar dicho derecho. De no informar al Organismo Operador se hará acreedor a las sanciones respectivas que marca la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para Estado de Michoacán, la Ley de Hacienda Municipal, el Código Fiscal Municipal y de estas tarifas autorizadas por el H. Cabildo Municipal. En caso de que la toma suministre del servicio de agua potable a un edificio, departamentos y/o locales comerciales, se aplicará una tarifa fija por cada uno de ellos. Artículo 8.- Tomándose como base la tarifa asignada del servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado y saneamiento., y tratándose de servicio comercial e industrial, se adicionará el importe que resulte sobre la tasa que señale la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente, así como a los demás conceptos aplicables cobrados por el Organismo Operador. Artículo 9.- Para que el Organismo Operador, pueda expedir al propietario y/o poseedor de un bien inmueble permiso de excavación, tendrá que tener al corriente su pago de agua potable, alcantarillado y saneamiento; en caso contrario dicho Organismo Operador, no podrá proporcionar el permiso de excavación; así mismo, el propietario y/o poseedor del bien inmueble se hará cargo del costo que erogue la excavación, de igual manera, tendrá que pagar los desperfectos o daños que sufra la red secundaria de distribución de los servicios públicos. Tratándose de una toma de agua potable cuya distancia sea más de 10 (diez) metros, los costos que resulten de la ejecución de la obra necesaria para el suministro del agua potable deberá realizarse por el Organismo Operador exclusivamente y el usuario deberá cubrir dichos costos antes de realizarla. Artículo 10.- El usuario cubrirá al Organismo Operador, los derechos por la expedición de: I.- Constancias de no adeudos de servicios la cantidad de $ 200.00; II.- Cambio de nombre al contrato por el servicio de una toma, previo a la acreditación del nuevo propietario o poseedor del bien inmueble; la cantidad de $ 200.00; III.- Certificación o copias certificadas, por cada página, se pagará $ 27.00; IV.- Para actas de inspección o desperdicios levantadas y solicitadas, la cantidad de $ 38.50; V.- Por copias simples por página la cantidad de $ 2.00 VI.- Por el permiso de excavación, se pagará $66.00 COSTO DE CONTRATOS DE SERVICIOS PARA EL EJERCICIO 2016 Para el año 2016 no existe incremento en costo de contratos, por lo que permanecen de la siguiente manera:

TIPO DE SERVICIO Domestico Popular Domestico Medio Domestico Residencial

TARIFA 2016 $2,880.00 $3,623.00 $4,215.00

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Comercial Seco Comercial Semi-seco Comercial:

$3,919.00 $4,300.00 Tiendas de auto-servicio departamental de acuerdo a la superficie total del predio y al estudio que realice el Organismo Operador. $7,795.00 $9,181.00 $10,560.00

Industrial I Industrial II Industrial III

Artículo 11.- El costo del contrato incluye materiales, no así la mano de obra requerida y se considera en cada caso una longitud en manguera hidráulica de 5 hasta 10 metros de longitud, el excedente en costo de obra y materiales lo cubrirá el usuario. Artículo 12.- Están obligados a contratar el servicio de agua potable, alcantarillado y de tratamiento de aguas residuales, en los lugares en que exista la infraestructura para dotar dichos servicios: I.- Los propietarios o poseedores a cualquier título de predios edificados; II.- Los propietarios o poseedores a cualquier título, de predios no edificados cuando frente a los mismos existan instalaciones adecuadas, para los servicios que sean utilizados, y; III.- Los propietarios o poseedores de establecimientos mercantiles o industriales o de cualquier otra actividad que por su naturaleza están obligados al uso de agua potable, alcantarillado y saneamiento. IV.- También están obligados a contratar el servicio, los gobiernos federales, estatal y municipales, en relación con predios propiedad de los mismos y en su caso será obligatorio la medición y pagarán conforme lo señale la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo y este decreto. La contratación del servicio de agua potable y la conexión de los mismos se realizará conforme a las disposiciones que para tal efecto determine el Organismo Operador. COSTO DE DERECHOS DE OBRAS DE CABEZA Y/O DERECHOS DE CONEXIÓN AL SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA EL EJERCICIO 2016

Domestico Popular Domestico medio Domestico residencial Comercial e industrial Tiendas de auto departamentales

servicio

y

$ 21.60 x m2 $ 22.80 x m2 $ 24.00 x m2 $ 30.00 x m2 $ 58.00 x m2

Artículo 13.- El costo de derechos de obras de cabeza se regirá en base al tipo de desarrollo que el usuario pretenda realizar y los metros cuadrados de superficie vendible que se autorice en el proyecto de lotificación vialidad de cada uno de los diferentes desarrollos o fraccionamientos. Y en el caso de derechos de conexión para tiendas

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comerciales, departamentales e industrias, se tomará en cuenta la superficie total autorizada. COSTO DE FACTIBILIDADES PARA EL EJERCICIO 2016

TIPO DE FRACCIONAMIENTO Popular Medio Residencial Comercial Industrial

TARIFA 2016 $ 0.16 x m2 $ 0.18 x m2 $ 0.20 x m2 $ 0.34 x m2 $ 0.45 x m2

Artículo 14.- El pago por la factibilidad en desarrollos de futuro crecimiento se hará en base a la superficie total a fraccionar y el pago se realizará independientemente de si la factibilidad resulta positiva o negativa. La cual tendrá una vigencia de 12 (doce) meses, después de vencido ese lapso de tiempo deberán tramitar nuevamente dicho documento. Artículo 15.- Por concepto de trabajos de supervisión a la infraestructura hidráulica y sanitaria el Organismo Operador de agua potable cobrara el 2% sobre el monto total de la inversión, tomando como base el presupuesto presentado por el fraccionador o la empresa constructora. Artículo 16.-Las constancias, certificados y actas que expida el organismo operador originaran el costo conforme a las tarifas señaladas en la Ley de Ingresos Municipales vigente y en este decreto. Artículo 17.- La cuota por derechos de conexión a las atarjeas o red de alcantarillado sanitario será de $549.00 (quinientos cuarenta y nueve pesos 00/100 MN) el importe de materiales y mano de obra utilizado para la conexión del servicio o reparación de cualquier descarga, que será íntegramente pagada por el usuario. Los derechos de conexión para los servicios comercial e industrial, se cobrarán de acuerdo a un estudio previo de dichas descargas, tomando en cuenta tanto cantidad como calidad de acuerdo a los parámetros que emita el Organismo Operador, en base a los niveles permisibles que se establezcan en las normas técnicas de saneamiento aplicables. Por lo que se determinan las siguientes tarifas para todos aquellos usuarios que estén fuera de los parámetros permisibles que marca la norma oficial mexicana., la cuota se establece en pesos por kilogramo.

Contaminantes Básicos Metales Pesados y Cianuros

$18.00 $574.00

Artículo 18.- Los establecimientos industriales, comerciales o de cualquier otro giro deberán presentar a petición del Organismo Operador, un reporte del muestreo y del análisis físico-químico y/o bacteriológico de sus descargas de agua residual, con la periocidad que se indica a continuación de acuerdo a sus volúmenes de descarga: Volumen de descarga hasta 15 m3 mensuales, dos veces por año. Volumen de descarga de 15.1 a 30 m3 mensuales, cada cuatro meses.

11

Volumen de descarga de 30.1 a 150 m3 mensuales, cada dos meses. Volumen de descarga de 150.1 m3 en adelante cada mes. La periocidad de los reportes podrá ser modificada por el Organismo Operador, de considerarlo necesario por la afectación que una descarga en particular pueda ocasionar. Los reportes o análisis deberán estar realizados por un laboratorio acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación (E.M.A.) Artículo 19.- Cuando a criterio del Organismo Operador fuera necesario rehabilitar o cambiar las tomas domiciliarias de agua potable, así como la descarga de drenaje sanitario, ya sea por mal estado de estas o por cuestiones técnicas de fugas o desperdicio en la vía pública, así como a un posible riesgo de salud para el usuario, se cambiaran estas notificándole al usuario tal medida y mencionándole las razones, los costos generados serán con cargo al inmueble y/o predio y de conformidad al artículo anterior. Artículo 20.- De las infracciones y sanciones, se estará a lo que señala la Ley del Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo en sus artículos 126, 129 y demás relativos, respectivamente. Lo anterior fue aprobado por la Junta de Gobierno del Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (SAPA) de Ciudad Hidalgo, Michoacán., en su Sesión Ordinaria número 01 (uno) dentro del punto número 04 (cuatro) SESIÓN NO.01/2016/ORD., de fecha 25 veinticinco de enero del año 2016 dos mil dieciséis, de acuerdo al esquema tarifario aplicar para el año 2016 dos mil dieciséis que se anexa al presente. Asimismo, solicitamos se autorice para su respectiva publicación en el Periódico Oficial del Estado. Esto con fundamento legal en los artículos 36 fracción XIV de la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo y artículo 49 fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Asuntos Generales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ..Asunto de Presidencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 11.- El C.P. Rubén Padilla Soto, Presidente Municipal.- Solicita se someta a consideración y/o en su caso aprobación de los miembros del H. Cabildo; el Presupuesto de Ingresos y Egresos 2016 del Sistema de Agua Potable Drenaje y Alcantarillado (S.A.P.A), Programa Operativo Anual 2016, Organigrama 2016, Plantilla de Personal y Tabulador de Sueldo para el Ejercicio Fiscal 2016, lo anterior con fundamento en los artículos 24, 25, 26 y 28 de la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado de Michoacán, 14 fracción VII, 36 fracción XIII, 49 fracción VI y 54 de la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán, mismo que fueron aprobados por la Junta de Gobierno del Organismo Operador del Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (S.A.P.A.), en la Sesión Ordinaria número 01, de fecha 25 de enero del 2016, bajo los puntos 6 y 7 de la orden del día. Anexo al presente:

12

1.- Presupuesto de Ingresos y Egresos del Sistema de Agua Potable Drenaje y Alcantarillado (S.A.P.A), 2016. 2.- Programa Operativo Anual 2016. 3.- Organigrama 2016. 4.- Plantilla de Personal. 5.- Tabulador de Sueldos para el Ejercicio Fiscal 2016. 6.- Acta Ordinaria número 1 del fecha 25 de enero del 2016, de la Junta de Gobierno del Sistema de Agua Potable Drenaje y Alcantarillado (S.A.P.A.). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Asunto de la Comisión de Desarrollo Rural. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 12.- Los CC. Alfredo Salinas Soto, José Regeiro Aguilar Padilla y Rodolfo Reyes Bernal, integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural de este Ayuntamiento, solicitan se someta a consideración y/o aprobación del Honorable Cabildo, el siguiente asunto: ÚNICO: LA RATIFICACIÓN DEL ACUERDO NÚMERO 9 DE LA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO NÚMERO CIENTO NOVENTA Y SEIS DEL 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2015, QUE APRUEBA REGLAMENTO PARA LA ACTIVIDAD APÍCOLA DEL MUNICIPIO DE HIDALGO, MICHOACÁN DE OCAMPO, ORDENÁNDOSE SU CORRESPONDIENTE PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO. . . . . . ................................................................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Asunto Adicionado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Asunto de Sindicatura. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................. 13.- El Ing. Carlos Edgar González Pérez, Síndico Municipal.- Solicita se someta a consideración y en su caso aprobación, los siguientes puntos: Primero.- Con fundamento a lo establecido en el Artículo 52 de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma Para el Estado de Michoacán de Ocampo y Sus Municipios, se solicita la autorización y aprobación de los Integrantes del H. Ayuntamiento; para que se aprueben los Rangos o Montos Límites, para la contratación de la obra pública que se realizará con los recursos económicos autorizados a través del Programa Operativo Anual de Obra Pública del presente año 2016. Dichos Rangos o Montos Límites de contratación, son los que a continuación se describen: Montos Límites o Rangos de Contratación

Modalidad de Contratación

De $ 1.00 a $ 1’000,000.00, más I.V.A.

Adjudicación Directa.

De $ 1’000,001.00 a $ 2’500,000.00, más I.V.A.

Invitación Restringida contratistas.

De $ 2’500,001.00, en adelante

Licitación Pública.

a

cuando

menos

tres

Observación: Es importante mencionar, que estos Rangos o Montos Límites de contratación son los mismos que han permanecido vigentes desde el año 2012.

13

Segundo.- Con fundamento a lo establecido en el Artículo 139 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, así como a lo estipulado en el Artículo 12 del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento de Hidalgo, Michoacán; se solicita la autorización de los Anexos Técnicos y las Bases de Licitación, para poder iniciar con los concursos y procesos de contratación de la obra pública con recursos de origen federal, así como los concursos y procesos de contratación de la obra pública con recursos de origen estatal y/o municipal. Por tal motivo adjunto al presente en formato digital (CD), los Anexos Técnicos y las Bases de Licitación para su respectiva revisión y aprobación correspondiente. Tercero.- Con fundamento a lo establecido en el Artículo 4 Fracción IX y Artículo 12 del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento de Hidalgo, Michoacán; se solicita la autorización del Padrón de Proveedores y Contratistas de Obra Pública, que a la fecha se tienen registrados en la Dirección de Obras Públicas y que son los que a continuación se describen:

Padrón de Proveedores de Obra Pública: Nº 1

NOMBRE DE LA CASA REPRESENTANTE COMERCIAL ABASTECEDORA DEL ARQ. JUAN LUIS PEÑA AGUILERA CONSTRUCTOR

2

FERRE JUÁREZ

C. DIANA HERNÁNDEZ DÍAZ

3

TUBERÍAS HIDRÁULICAS Y SANITARIAS DE CD. HIDALGO, C. ARTURO GONZÁLEZ SÁNCHEZ S.A. DE C.V.

4

C. JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ C. JOSÉ COLÍN COLÍN

MATERIALES CONSTRUCCIÓN.

PARA

LA

MATERIALES CONSTRUCCIÓN.

PARA

LA

MATERIAL ELÉCTRICO, TUBERÍA HIDRÁULICA Y SANITARIA, TUBOS, VÁLVULAS, CONEXIONES PVC HIDRÁULICO. PARA

LA

MATERIALES CONSTRUCCIÓN

PARA

LA

ACEROS Y CEMENTOS NILOHO

ING. VÍCTOR HUGO TREJO NIEVES MATERIALES Y/O C. HORTENCIA NIEVES LÓPEZ CONSTRUCCIÓN

PARA

LA

7

PRECONSA

C. JOSÉ ODILÓN GERARDO MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN MARTÍNEZ ARITZMENDI DE CONCRETO.

8

MATERIALES PARA C. VICTORIA ALTAMIRANO MATERIAL PARA CONSTRUCCIÓN, CONSTRUCCIÓN Y FERRETERÍA SALGADO/MARCIAL PEÑA FERRETERÍA, TUBERÍA Y MARVIC, S.A. DE C.V. ALTAMIRANO CONEXIONES PVC Y CPVC.

5

6



MANUEL

MATERIAL QUE OFRECE

GONZÁLEZ MATERIALES CONSTRUCCIÓN.

MATERIALES PARA ARQ. JOSÉ LUIS PONCE TÉLLEZ CONSTRUCCIÓN OJO DE AGUA

NOMBRE DE LA CASA COMERCIAL

9

TRICOMA, S.A. DE C.V.

10

C. JOSÉ MUÑOZ

TRINIDAD

REPRESENTANTE

MATERIAL QUE OFRECE

C. J. TRINIDAD Y/O C. WILFRIDO VENTA DE POLINES, TABLAS DE CORREA MADERA, DIFERENTES MEDIDAS LÓPEZ

C. JOSÉ TRINIDAD LÓPEZ MUÑOZ

RENTA DE CIMBRA.

14



NOMBRE DE LA CASA COMERCIAL

11

C. HUMBERTO ESCOBEDO

12

C. MARTHA CAMACHO

DURÁN PADILLA

REPRESENTANTE

MATERIAL QUE OFRECE

C. HUMBERTO DURAN ESCOBEDO TABIQUE. C. MARTHA PADILLA CAMACHO

CANCELERÍA Y HERRERÍA.

C. ENRIQUE CORREA SÁNCHEZ

CANCELERÍA Y HERRERÍA.

C. ISIDORO HERNÁNDEZ GARCÍA

CANCELERÍA Y HERRERÍA.

15 VIDRIERÍA DEL CENTRO

C. JUAN JOSÉ HERNÁNDEZ

CANCELERÍA Y HERRERÍA.

16 HERRERÍA PAULITA

C. MARÍA DEL GUTIÉRREZ GUZMÁN

HERRERÍA.

17 SERVICIO KIKO

C. ENRIQUE ÁLVAREZ ARREAGA

13 C. ENRIQUE CORREA SÁNCHEZ 14

C. ISIDORO GARCÍA

HERNÁNDEZ

ROSARIO

SOLDADOR Y HERRERÍA.

C. JORGE ALBERTO MARTÍNEZ C. JORGE ALBERTO MARTÍNEZ HERRERÍA. MARÍN MARÍN CARPI 19 IMPERMEABILIZACIONES Y C. RAFAEL CARBAJAL PIÑÓN IMPERMEABILIZANTE. ACABADOS 18

20 C. JULIÁN CASIMIRO PÉREZ

C. JULIÁN CASIMIRO PÉREZ

VENTA DE PINTURAS IMPERMEABILIZANTES.

21 PINTURAS OSEL

C. FRANCISCO CASTAÑEDA

VENTA DE PINTURAS.

MEDINA

E

15

NOMBRE DE LA CASA REPRESENTANTE MATERIAL QUE OFRECE COMERCIAL C. JOSÉ ALEJANDRO GARCÍA C. JOSÉ ALEJANDRO GARCÍA 22 VENTA DE PLANTAS. MARTÍNEZ. MARTÍNEZ. SABDI CELINA SOLORZANO 23 VICREA VINILES. OLIVARES VENTA DE EMULSIÓN DE 24 EMULSA, S.A. DE C.V. ING. RAMIRO URTEAGA MAYA ROMPIMIENTO RÁPIDO Y ROMPIMIENTO MEDIO. ARQ. RENÉ MARTÍNEZ 25 ARQ. RENÉ MARTÍNEZ NEGRETE RENTA DE MAQUINARIA. NEGRETE VENTA DE GRAVA, ARENA DE POREO, BALASTRE, MAT. PARA 26 BANCO DE MATERIAL PÉTREO C. ALEJANDRO MEDINA CARRILLO BASE, MEZCLADO (GREÑA), MAT. DE RELLENO, FILTRO, TEPETATE, PIEDRA VOLCÁNICA. VENTA DE ARENA DE BORDO, 27 BANCO DE MATERIAL PÉTREO C. ANA REGINA MARÍN SOLÍS ARENA LAVADA, ARENA ARNEADA. VENTA DE ARENA DE BORDO, 28 BANCO DE MATERIAL PÉTREO C. EMILIO PADILLA VILLEGAS ARENA LAVADA, ARENA ARNEADA. VENTA DE GRAVA, ARENA DE POREO, BALASTRE, MAT. PARA 29 BANCO BARRERA C. MARGARITA BARRERA OJEDA BASE, MEZCLADO (GREÑA), MAT. DE RELLENO, FILTRO, TEPETATE, PIEDRA VOLCÁNICA.



Uniones de Transportistas: Nº 1 2 3 4 5 6 7 8

NOMBRE DE LA UNIÓN UNIÓN MIGUEL HIDALGO UNIÓN LÁZARO CÁRDENAS UNIÓN JOSÉ MA. MORELOS UNIÓN MELCHOR OCAMPO UNIÓN CROC UNIÓN CROC NACIONAL UNIÓN CTM UNIÓN CARLOS HANK GONZÁLEZ

REPRESENTANTE AGUSTÍN CORREA MARCO ANTONIO LÓPEZ PONCE GERARDO BACA LÓPEZ MARCIAL MAGALLANES SOTO ENRIQUE ESPINO JOSÉ ALFREDO ROSAS ROJAS FERNANDO GARCÍA ORTIZ MANUEL GONZÁLEZ BASURTO

Padrón de Contratistas de Obra Pública: Nº 1 2 3

NOMBRE DE LA EMPRESA O REPRESENTANTE CONTRATISTA EDIFICADORA Y URBANIZADORA ING. JUAN CARLOS OLIVARES ORTIZ TLAXIMALOYAN S.A. DE C.V. RS CONSTRUCCIONES ESTUDIOS Y ING. JOSÉ LUIS RUBIO OLIVARES PROYECTOS, S.A DE C.V. NILO INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES, ING. JOSÉ HONORIO SALOMÓN NIEVEZ S.A. DE C.V. LÓPEZ

4

ING. MARCO ANTONIO GIL GUTIÉRREZ

ING. MARCO ANTONIO GIL GUTIÉRREZ

5

ING. RAMÓN ARRIAGA SÁNCHEZ

ING. RAMÓN ARRIAGA SÁNCHEZ

16

Nº 6

NOMBRE DE LA EMPRESA O REPRESENTANTE CONTRATISTA ARQ. FORTINO GREGORIO VARGAS ARQ. FORTINO GREGORIO VARGAS LÓPEZ LÓPEZ

7

ING. J. ASCENCIÓN ALANÍS LUNA

ING. J. ASCENCIÓN ALANÍS LUNA

8

ING. RAFAEL ALANÍS LUNA

ING. RAFAEL ALANÍS LUNA

9

GRUPO CONSTRUCTOR OSDAOS, S.A. ING. ÓSCAR BRAVO ALVARADO DE C.V.

10 ARQ. JOSÉ JUAN ALCANTAR RUIZ

ARQ. JOSÉ JUAN ALCÁNTAR RUIZ

11 ITZI CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.

ING. JAVIER MONDRAGÓN GARCÍA

12

DEYCON DISEÑO, EDIFICACIÓN CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V.

Y

ING. HUGO MARÍN VALENCIA

Es importante mencionar, que en el transcurso del período de la Administración Municipal dichos padrones sufren modificaciones; razón por la cual, cada vez que se presente la ocasión se notificará por escrito para que se autorice la modificación correspondiente. Cuarto.- Con fundamento a lo establecido en los Artículos 14 y 23 de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Michoacán de Ocampo y sus Municipios, se solicita la autorización para que se apruebe la Modalidad de Ejecución de las obras autorizadas a través del Programa Operativo Anual de Obra Pública 2016; dichas obras son las que a continuación se indican: INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE EN LA COLONIA EL JARAL.

$

500,000.00

CONTRATO

CRUZ DE CAMINOS

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE.

$

337,962.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL AGOSTADERITO

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL BARCINO

CONSTRUCCIÓN DE ALMACENAMIENTO.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL CARACOL

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO Y RED DE AGUA POTABLE.

$

450,000.00

CONTRATO

CONSTRUCCIÓN POTABLE.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

ENCINO COPUDO

DE

TANQUE

RED

DE

DE

AGUA

LA CONGUERA

REHABILITACIÓN DE DEPÓSITO Y EQUIPO DE BOMBEO DE AGUA POTABLE.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

LOS AJOLOTES

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CONSTRUCCIÓN POTABLE.

$

150,000.00

CONTRATO

LOS PATIOS

DE

RED

DE

AGUA

17

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

PALOS SECOS

TERMINACIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE.

PUENTE DE TIERRA RINCÓN DE PITAHAYAS

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO Y TERMINACIÓN DE RED DE AGUA POTABLE. CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO Y RED DE AGUA POTABLE.

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

320,000.00

CONTRATO

$

600,000.00

CONTRATO

$

800,000.00

CONTRATO

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE DEPÓSITO PARA AGUA POTABLE EN EL BARRIO DENOMINADO EL POLVILLO.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE CAJA CAPTADORA DE AGUA POTABLE.

$

80,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE LÍNEA DE CONDUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN LA COLONIA 5 DE MAYO.

$

300,000.00

CONTRATO

SAN MATÍAS

SISTEMA DE PURIFICACIÓN DE AGUA POTABLE.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CONSTRUCCIÓN POTABLE.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAUCEDO

DE

RED

DE

AGUA

TIERRAS COLORADAS

REHABILITACIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE.

$

600,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE REDES DE DRENAJES SANITARIOS EN LA ZONA ORIENTE DE LA CIUDAD.

$

4,000,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN CALLE VICENTE ORTIZ.

$

400,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE CEDRO ROJO, EN LA COLONIA RANCHO DE PONCE.

$

245,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA EL NARANJO.

$

600,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE SIERRA DE CHIAPAS, EN LA COLONIA EL FRESNO.

$

245,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE SIERRA MADRE DE OAXACA, EN LA COLONIA EL FRESNO.

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA $

245,000.00

MODALIDAD DE EJECUCIÓN ADMINISTRACIÓN DIRECTA

18

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA CUITZILLOS.

CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE EL PEDREGAL, EN LA COLONIA LAS AMÉRICAS. CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA ETAPA DEL DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA FABRICA LA VIRGEN.

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

700,000.00

CONTRATO

$

500,000.00

CONTRATO

$

2,000,000.00

CONTRATO

AGOSTITLÁN

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA LA JOYA.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

AGOSTITLÁN

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA LOMA LINDA.

$

150,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

700,000.00

CONTRATO

$

550,000.00

CONTRATO

$

500,000.00

CONTRATO

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

AGOSTITLÁN

AGOSTITLÁN

EL CARACOL

EL CHAPARRO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO Y FOSA SÉPTICA EN LA COLONIA EL BOSQUE. CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO Y FOSA SÉPTICA EN LA CALLE GALEANA PONIENTE. CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO SOBRE EL MARGEN DE LA BARRANCA. CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE DE ACCESO A GRANDEMIRA.

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

EL CHAPARRO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE MÁRTIRES DE CHAPARRO.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

LA TECATA

SUMINISTRO LETRINAS.

$

250,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

PUENTE DE TIERRA

TERMINACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO.

$

400,000.00

CONTRATO

RANCHO EL MUERTO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO.

$

300,000.00

CONTRATO

RINCÓN DE RUBIOS

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO.

$

400,000.00

CONTRATO

SAN ANTONIO VILLALONGÍN

CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE SANITARIO EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

CONTRATO

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

300,000.00

CONTRATO

SAN BARTOLO CUITAREO SAN BARTOLO CUITAREO

Y

COLOCACIÓN

DE

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO PARA EL COMEDOR COMUNITARIO. CONSTRUCCIÓN DE LA PRIMERA ETAPA DEL DRENAJE SANITARIO EN EL BARRIO DENOMINADO LA PUERTA.

19

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

SAN ISIDRO ALTA CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE HUERTA SANITARIO. DRENAJE

$

400,000.00

CONTRATO

$

510,000.00

CONTRATO

$

150,000.00

CONTRATO

SAN MATÍAS

REHABILITACIÓN SANITARIO.

AGUA ESCONDIDA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CERRO AZUL

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

EL AGOSTADERITO

AMPLIACIÓN DE ELECTRIFICACIÓN EN LA PARTE NORTE.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN C.F.E.

EL SALITRE

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

ELECTRIFICACIÓN EN EL CASTILLO.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN C.F.E.

LA ESPERANZA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

LA ZARZA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

RINCÓN DE ARRIBA (JANAMORO)

ELECTRIFICACIÓN EN RINCÓN DE ARRIBA.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN C.F.E.

RÍO HONDO

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

SAN MATÍAS

ELECTRIFICACIÓN EN LA COLONIA VALLE DE HIDALGO.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN C.F.E.

SAN RAFAEL

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

SANTA ANA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

SIEMPREVIVA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA ETAPA DE LA UNIDAD MÉDICA DE REHABILITACIÓN INFANTIL.

$

3,600,000.00

CONTRATO

JOSÉ MARÍA MORELOS

DE

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

20

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE SANITARIOS EN LA UNIDAD MÉDICA RURAL.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE AULA DE USOS MÚLTIPLES EN EL JARDÍN DE NIÑOS ANTONIO SOTO Y GAMA.

$

625,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE AULA DE MEDIOS EN LA ESCUELA PRIMARIA FRANCISCO VILLA.

$

390,000.00

CONTRATO

$

390,000.00

CONTRATO

$

600,000.00

CONTRATO

$

390,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE AULA ESCUELA SECUNDARIA FEDERAL NO. 3 JOSÉ RUBÉN ROMERO. CONSTRUCCIÓN DE 3 AULAS Y MÓDULO DE SANITARIOS EN LA ESCUELA SECUNDARIA TÉCNICA NO. 151. CONSTRUCCIÓN DE COMEDOR EN EL JARDÍN DE NIÑOS ROSARIO CASTELLANOS.

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE EN LA ESCUELA PRIMARIA 5 DE MAYO.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE 2 AULAS EN LA ESCUELA PRIMARIA MARIANO MATAMOROS.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN CECYTEM.

$

600,000.00

CONTRATO

DE

AULAS

EN

EL

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE ESPACIOS EDUCATIVOS A TRAVÉS DEL PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD.

$

500,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

AGOSTITLÁN

REHABILITACIÓN DE AULAS EN EL JARDÍN DE NIÑOS LÁZARO CÁRDENAS.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

AGOSTITLÁN

TERMINACIÓN DE AULA EN EL JARDÍN DE NIÑOS TZIRAPU.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL MOLCAJETE

CONSTRUCCIÓN DE AULA EN LA ESCUELA PRIMARIA.

$

270,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

PUERTO DE CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE SANITARIOS EN LA ESCUELA PRIMARIA 5 DE MAYO.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE COMEDOR EN LA ESCUELA PRIMARIA JOSEFA ORTIZ DE DOMÍNGUEZ, EN LA COLONIA MINA VIEJA.

$

270,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

REHABILITACIÓN DE SANITARIOS EN EL JARDÍN DE NIÑOS AMADO NERVO.

$

80,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

21

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE AULA DE MEDIOS EN LA ESCUELA PRIMARIA MIGUEL HIDALGO.

$

270,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN MATÍAS

CONSTRUCCIÓN DE AULA EN LA ESCUELA PRIMARIA JOSÉ MA. MORELOS.

$

390,000.00

CONTRATO

SAN MATÍAS

TERMINACIÓN DE UN AULA EN LA TELESECUNDARIA.

$

150,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA CABECERA MUNICIPAL.

$

4,000,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

22

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

AGOSTITLÁN

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO VIVIENDA EN LA TENENCIA.

DE

EL CARACOL

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO VIVIENDA EN LA TENENCIA.

DE

EL CHAPARRO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO VIVIENDA EN LA TENENCIA.

DE

HUAJÚMBARO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO VIVIENDA EN LA TENENCIA.

DE

JOSÉ MARÍA MORELOS

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO VIVIENDA EN LA TENENCIA.

DE

PUCUATO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO VIVIENDA EN LA TENENCIA.

DE

SAN ANTONIO VILLALONGÍN

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO VIVIENDA EN LA TENENCIA.

DE

SAN BARTOLO CUITAREO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO VIVIENDA EN LA TENENCIA.

DE

SAN MATÍAS

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO VIVIENDA EN LA TENENCIA.

DE

SAN PEDRO JACUARO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO VIVIENDA EN LA TENENCIA.

DE

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO EN LA CALLE CLAVELINA, EN LA COLONIA LINDA VISTA.

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE MARGARITAS, EN LA COLONIA LINDA VISTA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE TIERRA Y LIBERTAD, EN LA COLONIA LINDA VISTA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE EL PORVENIR, EN LA COLONIA LINDA VISTA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE PRIVADA DE VICENTE GUERRERO, EN LA COLONIA LINDA VISTA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE RAMÓN LÓPEZ LARA, EN LA COLONIA LINDA VISTA.

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

750,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

1,000,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

780,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

700,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

1,150,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

400,000.00

CONTRATO

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

500,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

$

500,000.00

CONTRATO

$

500,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

23

LOCALIDAD CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

LOCALIDAD CIUDAD HIDALGO

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE TANGANXOAN, EN LA COLONIA LOS REYES. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE REY TARIACURI, EN LA COLONIA LOS REYES. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE TLÁLOC, EN LA COLONIA EL JARAL. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE MOCTEZUMA, EN LA COLONIA EL JARAL. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE AMADO NERVO, EN LA COLONIA EL JARAL.

$

500,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

$

300,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

$

600,000.00

CONTRATO

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE SIN NOMBRE, EN LA COLONIA LA ANTENA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE CEDRO, EN LA COLONIA UNIDA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE CHIRIMOYO, EN LA COLONIA UNIDA. CONTINUACIÓN DE LA PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE NIÑOS HÉROES, EN LA SALIDA A JANAMORO. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE PROLONGACIÓN DE NICOLÁS BRAVO, EN LA COLONIA EL JARAL.

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

680,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

$

300,000.00

CONTRATO

$

1,000,000.00

CONTRATO

$

1,000,000.00

CONTRATO

CONSTRUCCIÓN DE PUENTE PEATONAL.

$

150,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

MATA DE PINOS

REHABILITACIÓN DE ACCESO A ESCUELA PRIMARIA.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE BANQUETAS EN EL BARRIO DENOMINADO LAS PEÑITAS.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO EXPOSICIÓN DE MUEBLES.

$

1,000,000.00

CIUDAD HIDALGO

EQUIPAMIENTO DE TALLERES ARTESANALES CON HORNOS DE ALTA TEMPERATURA.

$

800,000.00

CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

LAS JOYITAS

DE

CONTRATO ADMINISTRACIÓN DIRECTA

24

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LA TRUCHA ARCOÍRIS.

$

800,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

PROGRAMA DE GASTOS INDIRECTOS.

$

1,734,251.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

PROGRAMA INSTITUCIONAL.

$

1,156,167.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE DE LA PIRÁMIDE.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL MARTÍNEZ.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE RECREATIVO DRA. RUBÍ SILVA.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE DE LA COLONIA INTENCIONES DE LA NACIÓN.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE DE LA COLONIA AURORA.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE DE LA COLONIA DE LOS MAESTROS.

$

500,000.00

CONTRATO

DE

CAMPO

DESARROLLO

MÁXIMO

Informó al Honorable Cabildo, que se hizo del conocimiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles, en la reunión Ordinaria número 8 ocho que se llevó a cabo el día 22 de febrero del presente año; adjunto el dictamen de Viabilidad Técnica Número COPAEACSBMI/021/2016, que expide el Comité citado anteriormente. Por lo anteriormente expuesto con apoyo y fundamento en los artículos 21 fracción I del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento. . . . . . . ................................................................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . RESOLUCIONES. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................. 1.- Con fundamento en el artículo 26 fracciones II y artículo 28 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, el Ing. Carlos Edgar González Pérez, Síndico Municipal, solicita al C. Jorge David Cedeño Molina, Secretario del H. Ayuntamiento, se realice el pase de lista a los integrantes del H. Cabildo y la comprobación del quórum legal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 2.- C. Jorge David Cedeño Molina, Secretario del H. Cabildo.- Le comunico que el C.P. Rubén Padilla Soto, Presidente Municipal no se encuentra, en lo que respecta a la C. Rodolfo Reyes Bernal, me informa la Lic. Rosa María Hurtado Marín, que el regidor tuvo un contratiempo en el camino y no va a poder asistir a la sesión, por lo que le informo que de catorce de los miembros del H. Cabildo, hay una asistencia de doce de ellos, por lo que existe quórum legal para que los acuerdos aquí tomados tengan plena validez.

25

Se asienta el nombre de cada uno de los asistentes a esta Sesión Ordinaria de Ayuntamiento: Ing. Carlos Edgar González Pérez, Síndico Municipal; C. Alfredo Salinas Soto; C. Ibert Alejandra Ullio Díaz Rodríguez, Lic. Abraham Navarro Mendoza; C. Edith Mariela Contreras González; C. David Marín Rojas; QFB. Iudykarina López Coronel; C. José Regeiro Aguilar Padilla; C.P. Aurora Padilla López, C. Luis Gerardo Trejo Rodríguez; C.P. María Mercedes Pérez Reyes y Lic. Rosa María Hurtado Marín, Regidores del Honorable Cabildo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 3.- Aprobación de la orden del día de la presente sesión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Acuerdo Número 3 (Tres).- Por mayoría de siete votos a favor, cuatro en contra y una abstención de los regidores del H. Cabildo, se aprueba el orden del día, con los puntos adicionados. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 4.- Lectura de la Acta de las Sesión de Cabildo Número 25 para su aprobación o rectificación. Acuerdo Número 4 (Cuatro).- Por unanimidad de votos de los integrantes del H. Cabildo se aprueba el acta número 25. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Asunto de Sindicatura. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ........................................................................... ..... 5.- El Ing. Carlos Edgar González Pérez, Síndico Municipal.- Solicita se someta a consideración y/o en su caso aprobación de los miembros del cabildo el siguiente asunto: Único.- La autorización para que el Ciudadano Presidente Municipal y el suscrito Síndico Municipal, puedan llevar a cabo las gestiones necesarias ante Gobierno del Estado, con el objeto de que se otorgue en comodato a favor del Municipio de Hidalgo, Michoacán, un bien inmueble que forma parte del Patrimonio Estatal, el cual se pretende adquirir para llevar a cabo el proyecto denominado “Rehabilitación del Parque Infantil de la Colonia Otilio Montaño (Colonia de los Maestros)”, esto con la finalidad de mejorar el área recreativa, mediante la inscripción del inmueble al programa denominado “Rescate de Espacios Públicos”; el cual se requiere por un término de 25 años, inmueble que para tal efecto se describe a continuación: Se trata de una fracción del predio rústico denominado “La Cienega”, correspondiente al fraccionamiento de nombre “Otilio Montaño”, ubicado al poniente de esta ciudad, con una extensión superficial de cuatro mil setecientos noventa y cuatro metros cuadrados, de la cual únicamente se requiere una superficie de dos mil trescientos metros cuadrados, misma que corresponde al área recreativa que se menciona con antelación, inmueble que se encuentra amparado bajo la escritura privada de donación número 1,449, pasada ante la fe del Licenciado Sergio Navarro Espinoza, Notario Público número 50 en el Estado, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Raíz y del Comercio, bajo el número 04, del tomo 257, correspondiente a los libros de propiedad del Distrito de Hidalgo. Respecto a lo anterior, se anexa el dictamen de viabilidad técnica número COPAEACSBMI/020/2016, correspondiente al Inmueble que se menciona con antelación, emitido por el Comité de Obra Pública, Adquisiciones Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de bienes Muebles e Inmuebles del Municipio de Hidalgo, Michoacán.

26

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 14 fracción I y III, 49 fracción XII, de la Ley Orgánica Municipal vigente en el Estado, 123 fracción I y XVI de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo, 115 fracciones I, II, y V, inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Acuerdo Número 5 (Cinco).- Por unanimidad de votos de los integrantes del H. Cabildo se aprueba, la autorización para que el Ciudadano Presidente Municipal y el suscrito Síndico Municipal, puedan llevar a cabo las gestiones necesarias ante Gobierno del Estado, con el objeto de que se otorgue en comodato a favor del Municipio de Hidalgo, Michoacán, un bien inmueble que forma parte del Patrimonio Estatal, el cual se pretende obtener para llevar a cabo el proyecto denominado “Rehabilitación del Parque Infantil de la Colonia Otilio Montaño (Colonia de los Maestros)”, esto con la finalidad de mejorar el área recreativa, mediante la inscripción del inmueble al programa denominado “Rescate de Espacios Públicos”; el cual se requiere por un término de 25 años, inmueble que para tal efecto se describe a continuación: Se trata de una fracción del predio rústico denominado “La Cienega”, correspondiente al fraccionamiento de nombre “Otilio Montaño”, ubicado al poniente de esta ciudad, con una extensión superficial de cuatro mil setecientos noventa y cuatro metros cuadrados, de la cual únicamente se requiere una superficie de dos mil trescientos metros cuadrados, misma que corresponde al área recreativa que se menciona con antelación, inmueble que se encuentra amparado bajo la escritura privada de donación número 1,449, pasada ante la fe del Licenciado Sergio Navarro Espinoza, Notario Público número 50 en el Estado, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Raíz y del Comercio, bajo el número 04, del tomo 257, correspondiente a los libros de propiedad del Distrito de Hidalgo. Respecto a lo anterior, se anexa el dictamen de viabilidad técnica número COPAEACSBMI/020/2016, correspondiente al Inmueble que se menciona con antelación, emitido por el Comité de Obra Pública, Adquisiciones Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de bienes Muebles e Inmuebles del Municipio de Hidalgo, Michoacán. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 14 fracción I y III, 49 fracción XII, de la Ley Orgánica Municipal vigente en el Estado, 123 fracción I y XVI de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo, 115 fracciones I, II, y V, inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 6.- El Ing. Carlos Edgar González Pérez, Síndico Municipal.- Solicita se someta a consideración y en su caso la aprobación, de la autorización para la firma del Contrato de arrendamiento que celebra por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Hidalgo, representado en este acto por los ciudadanos C.P. Rubén Padilla Soto e Ing. Carlos Edgar González Pérez, en su carácter de Presidente y Sindico municipales y de la otra parte el C. Germán Osvaldo Mercado Tello, en calidad de arrendador; respecto del predio urbano ubicado en Cuauhtémoc Sur No. 20 de la colonia Centro, de esta Ciudad, dicho arrendamiento es por la cantidad de $ 25,000.00 (veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) mensuales, más el impuesto al valor agregado I.V.A. menos la retención del impuesto sobre la renta I.S.R., la suma será entregada mediante cheque a favor del arrendador en la Tesorería Municipal del H. Ayuntamiento de Hidalgo, Michoacán, pago que se realizara en los primeros cinco días de cada mes; el periodo de arrendamiento es de 12 meses con efecto retroactivo del 01 primero de octubre del 2015 al 30 de septiembre del 2016, Se adjunta el proyecto del Contrato de Arrendamiento referido con antelación.

27

Hago del conocimiento del H. Cabildo que se determinó contratar en arrendamiento el inmueble, referido con anterioridad, tomando en cuenta las siguientes consideraciones: La construcción se encuentra ubicada en pleno centro de la ciudad, además de que la misma se distribuye en una sola planta, lo que se traduce a una mejor funcionalidad y servicio para la ciudadanía, considerando también que el costo del arrendamiento es menor al que se venía pagando en el inmueble contratado por la administración anterior 2012-2015, para el mismo fin y sin olvidar también que al momento de la contratación no se tuvieron disponibles otras propuestas de arrendamiento. Informó al Honorable Cabildo, que se hizo del conocimiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles, en la reunión que se llevo a cabo el día 2 de febrero del presente año; adjunto el dictamen de Viabilidad Técnica Número COPAEACSBMI/019/2016, que expide el Comité citado anteriormente. Por lo anteriormente expuesto con apoyo y fundamento en los artículos 9 fracción I del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento y 137 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, y artículos 3 y 4 del manual de integración y funcionamiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento del Municipio de Hidalgo, Michoacán. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Acuerdo Número 6 (Seis).- Por mayoría de siete votos a favor, tres en contra y una abstención, se aprueba, la autorización para la firma del Contrato de arrendamiento que celebra por una parte el H. Ayuntamiento Constitucional de Hidalgo, representado en este acto por los ciudadanos C.P. Rubén Padilla Soto e Ing. Carlos Edgar González Pérez, en su carácter de Presidente y Sindico municipales y de la otra parte el C. Germán Osvaldo Mercado Tello, en calidad de arrendador; respecto del predio urbano ubicado en Cuauhtémoc Sur No. 20 de la colonia Centro, de esta Ciudad, dicho arrendamiento es por la cantidad de $ 25,000.00 (veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) mensuales, más el impuesto al valor agregado I.V.A. menos la retención del impuesto sobre la renta I.S.R., la suma será entregada mediante cheque a favor del arrendador en la Tesorería Municipal del H. Ayuntamiento de Hidalgo, Michoacán, pago que se realizara en los primeros cinco días de cada mes; el periodo de arrendamiento es de 12 meses con efecto retroactivo del 01 primero de octubre del 2015 al 30 de septiembre del 2016, Se adjunta el proyecto del Contrato de Arrendamiento referido con antelación. Hago del conocimiento del H. Cabildo que se determinó contratar en arrendamiento el inmueble, referido con anterioridad, tomando en cuenta las siguientes consideraciones: La construcción se encuentra ubicada en pleno centro de la ciudad, además de que la misma se distribuye en una sola planta, lo que se traduce a una mejor funcionalidad y servicio para la ciudadanía, considerando también que el costo del arrendamiento es menor al que se venía pagando en el inmueble contratado por la administración anterior 2012-2015, para el mismo fin y sin olvidar también que al momento de la contratación no se tuvieron disponibles otras propuestas de arrendamiento. Informó al Honorable Cabildo, que se hizo del conocimiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles, en la reunión que se llevo a cabo el día 2 de febrero del presente

28

año; adjunto el dictamen de Viabilidad Técnica Número COPAEACSBMI/019/2016, que expide el Comité citado anteriormente. Por lo anteriormente expuesto con apoyo y fundamento en los artículos 9 fracción I del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento y 137 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, y artículos 3 y 4 del manual de integración y funcionamiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento del Municipio de Hidalgo, Michoacán. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 7.- El Ing. Carlos Edgar González Pérez, Síndico Municipal.- Solicita se someta a consideración y/o en su caso aprobación de los miembros del cabildo el siguiente asunto: UNICO.- La autorización a este suscrito Síndico Municipal, llevar acabo la baja y desincorporación del Patrimonio Municipal, respecto de los bienes muebles que han concluido con su ciclo de vida útil, a efecto de que proceda a su enajenación gratuita o destrucción, en virtud de que ya se encuentran en estado obsoleto, los cuales formaban parte de las distintas áreas de esta Administración, haciendo para ello la descripción de los mismos:

NUMERO DE RESGUARDO 020-08-03-258-001

020-01-04-258-002

020-01-04-258-001

020-16-258-001 020-16-258-002 020-19-326-001

020-19-127-001 NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NUMERO DE RESGUARDO NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA

CLAVE DE OFICINA

08-03

ACTUALIZACIÓN CATASTRAL

01-04 GESTIÓN SOCIAL

01-04 GESTIÓN SOCIAL

16

DESARROLLO ECONÓMICO

16

DESARROLLO ECONÓMICO

19

DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

CLAVE DE OFICINA

19

DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

CLAVE DE

ARTICULO

258 258 258 258 258

DESCRIPCION

IMPRESORA HP BUSSINES INKJET 8600 35 PPM COLOR NEGRO 1200X4800 DPI´s 32MB, USB IMPRESORA MULTÍFUNCÍONAL COLOR GRIS CON BLANCO SERIE CN7B9RY171 IMPRESORA MARCA SAMSUNG MODELO ML-2240 1467BKC9518791W COLOR GRIS IMPRESORA HP LASERJET COLOR CP1515, 12PPM NEGRO, 8PPM COLOR 16MB. MULTIFUNCIONAL (IMPRESORA) RICOH AFICIO MP 161L.

ESTADO FISICO

VALOR DE ADQUISICIÓN

MALO

$ 4,350.00

MALO

$ 1,550.00

MALO

$ 2,345.00

MALO

$ 3,904.61

MALO

$ 19,817.03

326

FAX BROTHER MOD. 275 SERIE U56479H9K457138

MALO

$ 950.00

127

MAQUINA DE ESCRIBIR PORTATIL NEGRA MARCA OLIVETTI MODELO 510-II CON SERIE 9203241

MALO

SIN REGISTRO

258

IMPRESORA MARCA EMPSON STYLUS C45, COLOR GRIS.

MALO

SIN REGISTRO

261

MONITOR HP, MODELO D8896, COLOR BLANCO.

MALO

SIN REGISTRO

ESTADO FISICO

VALOR DE ADQUISICIÓN

CLAVE DE

DESCRIPCION

ARTICULO

261

MONITOR HP PAVILION MX50, COLOR GRIS.

MALO

SIN REGISTRO

258

IMPRESORA HP LASERJET 1160, COLOR BLANCO.

MALO

SIN REGISTRO

253

CPU HP, COLOR NEGRO.

MALO

SIN REGISTRO

253

CPU ENSAMBLADO, COLOR BLANCO.

MALO

SIN REGISTRO

29

NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

262

MOUSE MARCA GENIUS, COLOR BLANCO.

MALO

SIN REGISTRO

262

MOUSE ACTECK, COLOR GRIS AM1300

MALO

SIN REGISTRO

270

TECLADO BTC, COLOR BLANCO

MALO

SIN REGISTRO

270

TECLADO BLANCO FCC.

MALOS

SIN REGISTRO

273

PROTECTORES DE PANTALLA BLANCOS

MALO

SIN REGISTRO

252

PAR DE BOCINAS POLKAUDIO, COLOR GRIS.

MALO

SIN REGISTRO

258

IMPRESORA HP, DESKJET 840C, COLOR BLANCA

MALO

SIN REGISTRO

260

MODEM SPEEDSTREAM 5200, COLOR NEGRO

MALO

SIN REGISTRO

Lo antes expuesto, con fundamento en los artículos 14, fracción III, 126 y 130 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Acuerdo Número 7 (Siete).- Por unanimidad de votos de los integrantes del H. Cabildo, se aprueba, la autorización a este suscrito Síndico Municipal, llevar acabo la baja y desincorporación del Patrimonio Municipal los bienes que se encuentran registrados en el patrimonio, y respecto de los bienes muebles que han concluido con su ciclo de vida útil y no se encuentran registrados, se asiente su existencia para futuras aclaraciones y en consecuencia se proceda su enajenación gratuita o destrucción, en virtud de que ya se encuentran en estado obsoleto, los cuales formaban parte de las distintas áreas de esta Administración, haciendo para ello la descripción de los mismos:

NUMERO DE RESGUARDO 020-08-03-258-001

020-01-04-258-002

020-01-04-258-001

020-16-258-001 020-16-258-002 020-19-326-001

020-19-127-001 NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA

CLAVE DE OFICINA

08-03

ACTUALIZACIÓN CATASTRAL

01-04 GESTIÓN SOCIAL

01-04 GESTIÓN SOCIAL

16

DESARROLLO ECONÓMICO

16

DESARROLLO ECONÓMICO

19

DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

CLAVE DE

ARTICULO

258 258 258 258 258

DESCRIPCION

IMPRESORA HP BUSSINES INKJET 8600 35 PPM COLOR NEGRO 1200X4800 DPI´s 32MB, USB IMPRESORA MULTÍFUNCÍONAL COLOR GRIS CON BLANCO SERIE CN7B9RY171 IMPRESORA MARCA SAMSUNG MODELO ML-2240 1467BKC9518791W COLOR GRIS IMPRESORA HP LASERJET COLOR CP1515, 12PPM NEGRO, 8PPM COLOR 16MB. MULTIFUNCIONAL (IMPRESORA) RICOH AFICIO MP 161L.

ESTADO FISICO

VALOR DE ADQUISICIÓN

MALO

$ 4,350.00

MALO

$ 1,550.00

MALO

$ 2,345.00

MALO

$ 3,904.61

MALO

$ 19,817.03

326

FAX BROTHER MOD. 275 SERIE U56479H9K457138

MALO

$ 950.00

127

MAQUINA DE ESCRIBIR PORTATIL NEGRA MARCA OLIVETTI MODELO 510-II CON SERIE 9203241

MALO

SIN REGISTRO

258

IMPRESORA MARCA EMPSON STYLUS C45, COLOR GRIS.

MALO

SIN REGISTRO

261

MONITOR HP, MODELO D8896, COLOR BLANCO.

MALO

SIN REGISTRO

30

NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA NO INVENTARIADA

19

DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19 DIF MUNICIPAL

19

DIF MUNICIPAL

261

MONITOR HP PAVILION MX50, COLOR GRIS.

MALO

SIN REGISTRO

258

IMPRESORA HP LASERJET 1160, COLOR BLANCO.

MALO

SIN REGISTRO

253

CPU HP, COLOR NEGRO.

MALO

SIN REGISTRO

253

CPU ENSAMBLADO, COLOR BLANCO.

MALO

SIN REGISTRO

262

MOUSE MARCA GENIUS, COLOR BLANCO.

MALO

SIN REGISTRO

262

MOUSE ACTECK, COLOR GRIS AM1300

MALO

SIN REGISTRO

270

TECLADO BTC, COLOR BLANCO

MALO

SIN REGISTRO

270

TECLADO BLANCO FCC.

MALOS

SIN REGISTRO

273

PROTECTORES DE PANTALLA BLANCOS

MALO

SIN REGISTRO

252

PAR DE BOCINAS POLKAUDIO, COLOR GRIS.

MALO

SIN REGISTRO

258

IMPRESORA HP, DESKJET 840C, COLOR BLANCA

MALO

SIN REGISTRO

260

MODEM SPEEDSTREAM 5200, COLOR NEGRO

MALO

SIN REGISTRO

Lo antes expuesto, con fundamento en los artículos 14, fracción III, 126 y 130 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Asuntos de Presidencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 8.- El C.P. Rubén Padilla Soto, Presidente Constitucional del Municipio de Hidalgo, Michoacán, le solicito someta a consideración y/o en su caso aprobación de los miembros del H. Cabildo, el Código de Ética de la Administración Pública del Municipio de Hidalgo, Michoacán. Con apoyo y fundamento legal, en los artículos 115 fracciones X, XI, XIV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 32; inciso b) fracción II, inciso c) fracción VIII, 49 fracciones IIy V, 51 fracción VII, 51 fracción VI, 52, fracción IV, 146, fracciones I, III, IV y V, 147, 148 fracciones I, III y XXIII, 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo; artículo 23, 24, 26, 27, 31, 32 y 33 del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento; acuerdo de Cabildo número 6, de la Sesión Ordinaria número 14 de fecha 25 de noviembre de 2015. Anexo dictamen número 001/2016 de fecha 4 de febrero del año en curso, emitido por los miembros del Comité Revisor para la Actualización o Creación de la Normatividad Correspondiente al H. Ayuntamiento, así como el Código de Ética de la Administración Pública del Municipio de Hidalgo, Michoacán, en disco magnético. . . . .

31

Acuerdo Número 8 (Ocho).- Por unanimidad de votos de los integrantes del H. Cabildo, se aprueba el Código de Ética de la Administración Pública del Municipio de Hidalgo, Michoacán. Con apoyo y fundamento legal, en los artículos 115 fracciones X, XI, XIV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 32; inciso b) fracción II, inciso c) fracción VIII, 49 fracciones IIy V, 51 fracción VII, 51 fracción VI, 52, fracción IV, 146, fracciones I, III, IV y V, 147, 148 fracciones I, III y XXIII, 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo; artículo 23, 24, 26, 27, 31, 32 y 33 del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento; acuerdo de Cabildo número 6, de la Sesión Ordinaria número 14 de fecha 25 de noviembre de 2015. Anexo dictamen número 001/2016 de fecha 4 de febrero del año en curso, emitido por los miembros del Comité Revisor para la Actualización o Creación de la Normatividad Correspondiente al H. Ayuntamiento, así como el Código de Ética de la Administración Pública del Municipio de Hidalgo, Michoacán, en disco magnético. . . . . ................................................................................ 9.- El C.P. Rubén Padilla Soto, Presidente Constitucional del Municipio de Hidalgo, Michoacán, solicita se someta a consideración y/o en su caso aprobación de los miembros del H. Cabildo, el Reglamento Interior Para el Comité Técnico Consultivo del Transporte Público y Vialidad del Municipio de Hidalgo, Michoacán. Con apoyo y fundamento en los artículos 115 fracciones X, XI y XIV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 32 inciso b) fracción II, inciso c) fracción VIII, 49 fracciones II, V, 51 fracción VII, artículos 51 fracción VI y 52, fracción IV, 146, fracciones I, III, IV, V, 147 y 148 fracciones I, II, VI, VII, XVII, XXIII y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, artículos 23, 24, 26, 27, 31, 32 y 33 del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento, acuerdo de Cabildo número 6, de la Sesión Ordinaria número 14 de fecha 25 de noviembre de 2015. Anexo dictamen número 002/2016 de fecha 4 de febrero del año en curso, emitido por los miembros del Comité Revisor para la Actualización o Creación de la Normatividad Correspondiente al H. Ayuntamiento, así como el Reglamento Interior Para el Comité Técnico Consultivo del Transporte Público y Vialidad del Municipio de Hidalgo, Michoacán, en disco magnético. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Acuerdo Número 9 (Nueve).- Por unanimidad de votos de los integrantes del H. Cabildo, se aprueba el Reglamento Interior Para el Comité Técnico Consultivo del Transporte Público y Vialidad del Municipio de Hidalgo, Michoacán. Con apoyo y fundamento en los artículos 115 fracciones X, XI y XIV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 32 inciso b) fracción II, inciso c) fracción VIII, 49 fracciones II, V, 51 fracción VII, artículos 51 fracción VI y 52, fracción IV, 146, fracciones I, III, IV, V, 147 y 148 fracciones I, II, VI, VII, XVII, XXIII y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, artículos 23, 24, 26, 27, 31, 32 y 33 del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento, acuerdo de Cabildo número 6, de la Sesión Ordinaria número 14 de fecha 25 de noviembre de 2015.

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Anexo dictamen número 002/2016 de fecha 4 de febrero del año en curso, emitido por los miembros del Comité Revisor para la Actualización o Creación de la Normatividad Correspondiente al H. Ayuntamiento, así como el Reglamento Interior Para el Comité Técnico Consultivo del Transporte Público y Vialidad del Municipio de Hidalgo, Michoacán, en disco magnético. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 10.- El C.P. Rubén Padilla Soto, Presidente Municipal.- Solicita se someta a consideración del H. Ayuntamiento, la aprobación del esquema tarifario aplicable al año 2016, para el cobro de servicios que presta el Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (SAPA) de Ciudad Hidalgo, Michoacán, que se describe a continuación: ESQUEMA TARIFARIO 2016 (incremento del 10%)

No. De Tarifa

Descripción

Importe de Tarifa 2016

1

Domestica Popular

$97.03

2

Domestica Media

$145.05

3

Domestica Residencial

$396.70

4

Comercial I

$218.42

5

Comercial II

$266.19

6

Cuota por Departamento

$182.28

7

Industrial I

$1,008.15

8

Industrial II

$1,613.57

9

Edificios, Jardines y Plazas Publicas

$624.00

10

Estación de Bomberos y Cuartel

$3,428.26

11

Rastro Municipal

$2,742.34

12

Cuota por Escuelas (SEP)

$1,325.95

13

Mixta (Domestica+Locales Comerciales

$500.76

Esquema Tarifario 2016 (incremento del 10% La tarifa escolar se considera por escuela y se toma en cuenta solamente 11 meses, considerando un mes de descuento por periodo vacacional. La tarifa autorizada para el ejercicio 2016, estará comprendida bajo el siguiente esquema: el 65% agua potable, el 20% para alcantarillado sanitario y un 15% para saneamiento.

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El plazo para pagar el mes vencido sin pagar recargos, será hasta el día 10 del mes siguiente. Por lo que respecta al servicio medido este queda de la siguiente manera: Con el incremento del 10% para servicio medido del año 2016 SERVICIO MEDIDO COSTO POR SERVICIO MEDIDO Y M3 SUMINISTRADO AÑO 2016

COSTO PROMEDIO GENERAL CON INCREMENTO DEL 10% AÑO 2016

COSTO PROMEDIO GENERAL $ 3.10 / M3

TOMA DOMESTICA MEDIA DE 0 A 10 M3 $ 83.97 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 3.15

TOMA DOMESTICA RESIDENCIAL DE 0 A 10 M3 $ 104.39 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 3.15

TOMA COMERCIAL DE 0 A 10 M3 $ 131.44 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 21.02

TOMA SERVICIOS DE 0 A 10 M3 $ 213.59 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 34.15

TOMA INDUSTRIAL DE 0 A 10 M3 $ 752.07 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 75.19

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Artículo 1.- El presente decreto es de observancia general y tiene por objeto establecer las tarifas para el cobro de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento que se deberán aplicar en el municipio de Hidalgo, Michoacán, en las zonas donde presta el servicio el Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (SAPA) de Ciudad Hidalgo Michoacán. Para el ejercicio del año fiscal 2016 (dos mil dieciséis). Artículo 2.- Todo usuario está obligado al pago de los derechos por los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales que preste el Organismo Operador en base a las tarifas o cuotas autorizadas. Artículo 3.- Para la aplicación de las tarifas, se establece una diferencia en la clasificación del servicio, de acuerdo al tipo de vivienda y zona en que se ubica, por lo que se determinan las siguientes clases de servicios: -

SERVICIO DOMÉSTICO MEDIO: que se aplicara tanto para las colonias populares y casas habitación de INFONAVIT o cercanas a estas; así como para la zona centro, fraccionamientos y colonias del Municipio de Hidalgo, Michoacán. Se entenderá como servicio doméstico medio de agua potable, el que se proporciona a inmuebles destinados exclusivamente a casa habitación, de vecindad, apartamentos y viviendas en condominios que estén destinadas única y exclusivamente para habitar, ya sea por cuota o servicio medido, según determine el Organismo Operador. En caso de diversos departamentos, condominios, o diversas viviendas, como el caso de una vecindad, se cobrará una tarifa por cada vivienda.

-

SERVICIO DOMESTICO POPULAR: se entenderá como servicio doméstico popular, las casas habitación ubicadas regularmente en zonas marginadas o en la periferia de la ciudad y que cuenten con los servicios mínimo indispensables de luz, drenaje y agua potable, lo anterior previo estudio socioeconómico y que así lo determine el organismo operador.

-

SERVICIO DOMESTICO RESIDENCIAL: Se entenderá como servicio doméstico residencial, a todas aquellas casas habitación ubicadas regularmente en zonas exclusivas o preferenciales de la ciudad construidas regularmente con acabados de lujo, y cuenten entre otras cosas con áreas de jardín, 3 o más recamaras y 2 o más baños.

-

SERVICIO DE USO COMERCIAL: Se entiende por uso comercial, aquella toma que proporciona servicio de agua potable a todo inmueble o fracción de inmueble que no se utilice como casa habitación y que tenga como propósito la obtención de un lucro, y que el servicio de agua potable no sea utilizado como insumo de producción y/o generación de valor agregado a productos y/o servicios, cuya forma de pago será fijada por el Organismo Operador.

-

SERVICIO DE USO MIXTO (DOMESTICA+LOCALES COMERCIALES): Para el caso de que en un mismo domicilio y a través de una toma se suministren a la vez departamentos y locales comerciales, se cobrará una cuota mixta fija a estimación del Organismo Operador, lo anterior previa inspección domiciliaria. Se entenderá como servicio doméstico-local comercial aquel que se preste a todo giro comercial, negociación y/o establecimiento en donde el mismo se encuentre o sea parte de una casa habitación y que la mencionada negociación y casa habitación sea del mismo

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propietario o poseedor. Su pago será a criterio del Organismo Operador mediante inspección del predio o establecimiento, y no mayor al resultado de la suma entre el costo comercial normal más el costo doméstico, dividido entre dos. -

SERVICIO DE USO INDUSTRIAL: Se entiende por uso industrial del servicio de agua potable, aquel que se proporciona a inmuebles en los que el agua se utiliza como insumo de producción y/o generación de valor agregado a productos y/o servicios de venta al público, tales como embotelladoras de agua potable, fábricas de hielo, fábricas de nieve y paletas, fábrica de bebidas embotelladas, fábricas de mosaicos, tintorerías, lavanderías, auto-lavados, baños públicos, restaurantes, hoteles, molinos de nixtamal, tiendas departamentales y de autoservicios, tenerías, establos, porquerizas, granjas, gasolineras y todo tipo de fábricas y establecimientos similares. Tratándose de tiendas departamentales o de algún otro establecimiento no contemplado en esta clasificación, se estará al dictamen por parte del Organismo Operador previo estudio y cálculo de pago de derechos correspondientes. Artículo 4.- La anterior clasificación se entenderá como enunciativa y no limitativa, así mismo el Organismo Operador aplicará discrecionalmente la clasificación y definirá las zonas de acuerdo al tipo de vivienda y/o a la condición socioeconómica de sus habitantes, previo dictamen y/o inspección por parte del Organismo Operador con base en el artículo 116 de la Ley del Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo. La inspección y/o dictamen se hará llegar al usuario para su conocimiento. Artículo 5.- Los propietarios de lotes baldíos, pagarán por concepto de mantenimiento de las redes de agua potable, drenaje y saneamiento una cuota fija mínima, de acuerdo a la ubicación del lote, establecida por el Organismo Operador. Tratándose de casa en construcción, obra negra, obra gris y casas solas, se les deberá colocar una válvula de restricción para que pueda gozar de la citada cuota. Artículo 6.- A cada predio urbano le corresponde una sola toma de agua y una descarga de drenaje cuyos diámetros ordinarios serán invariablemente de ½ pulgada para la toma de agua y de 6 pulgadas para el drenaje; extraordinariamente podrán ser autorizadas tomas y descargas con diámetro mayor siempre y cuando el Organismo Operador cuente con la capacidad de abastecimiento en la zona y no afecte con ello a los demás usuarios; esto en el caso de agua potable; por lo anterior se determina que en los edificios y predios que estén integrados por apartamentos, oficinas, consultorios, locales comerciales y en casas de vecindad, etc., cuando la toma sea común a éstas subdivisiones, cada uno de ellas tiene la obligación de pagar el derecho que individualmente le corresponde, conforme a las tarifas aplicables de este decreto. En el caso de que tengan medidor instalado se pagará conforme al consumo. Artículo 7.- La toma de agua que se tenga contratada, es exclusiva para el tipo de servicio solicitado, toda derivación que realice el propietario o el usuario deberá reportarse al Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (SAPA) de Ciudad Hidalgo, Michoacán., sin que esto lo exima de pagar dicho derecho. De no informar al Organismo Operador se hará acreedor a las sanciones respectivas que marca la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para Estado de Michoacán, la Ley de Hacienda Municipal, el Código Fiscal

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Municipal y de estas tarifas autorizadas por el H. Cabildo Municipal. En caso de que la toma suministre del servicio de agua potable a un edificio, departamentos y/o locales comerciales, se aplicará una tarifa fija por cada uno de ellos. Artículo 8.- Tomándose como base la tarifa asignada del servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado y saneamiento., y tratándose de servicio comercial e industrial, se adicionará el importe que resulte sobre la tasa que señale la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente, así como a los demás conceptos aplicables cobrados por el Organismo Operador. Artículo 9.- Para que el Organismo Operador, pueda expedir al propietario y/o poseedor de un bien inmueble permiso de excavación, tendrá que tener al corriente su pago de agua potable, alcantarillado y saneamiento; en caso contrario dicho Organismo Operador, no podrá proporcionar el permiso de excavación; así mismo, el propietario y/o poseedor del bien inmueble se hará cargo del costo que erogue la excavación, de igual manera, tendrá que pagar los desperfectos o daños que sufra la red secundaria de distribución de los servicios públicos. Tratándose de una toma de agua potable cuya distancia sea más de 10 (diez) metros, los costos que resulten de la ejecución de la obra necesaria para el suministro del agua potable deberá realizarse por el Organismo Operador exclusivamente y el usuario deberá cubrir dichos costos antes de realizarla. Artículo 10.- El usuario cubrirá al Organismo Operador, los derechos por la expedición de: I.- Constancias de no adeudos de servicios la cantidad de $ 200.00; II.- Cambio de nombre al contrato por el servicio de una toma, previo a la acreditación del nuevo propietario o poseedor del bien inmueble; la cantidad de $ 200.00; III.- Certificación o copias certificadas, por cada página, se pagará $ 27.00; IV.- Para actas de inspección o desperdicios levantadas y solicitadas, la cantidad de $ 38.50; V.- Por copias simples por página la cantidad de $ 2.00 VI.- Por el permiso de excavación, se pagará $66.00 COSTO DE CONTRATOS DE SERVICIOS PARA EL EJERCICIO 2016 Para el año 2016 no existe incremento en costo de contratos, por lo que permanecen de la siguiente manera:

TIPO DE SERVICIO Domestico Popular Domestico Medio Domestico Residencial Comercial Seco Comercial Semi-seco Comercial:

TARIFA 2016 $2,880.00 $3,623.00 $4,215.00 $3,919.00 $4,300.00 Tiendas de auto-servicio departamental

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de acuerdo a la superficie total del predio y al estudio que realice el Organismo Operador. $7,795.00 $9,181.00 $10,560.00

Industrial I Industrial II Industrial III

Artículo 11.- El costo del contrato incluye materiales, no así la mano de obra requerida y se considera en cada caso una longitud en manguera hidráulica de 5 hasta 10 metros de longitud, el excedente en costo de obra y materiales lo cubrirá el usuario. Artículo 12.- Están obligados a contratar el servicio de agua potable, alcantarillado y de tratamiento de aguas residuales, en los lugares en que exista la infraestructura para dotar dichos servicios: I.- Los propietarios o poseedores a cualquier título de predios edificados; II.- Los propietarios o poseedores a cualquier título, de predios no edificados cuando frente a los mismos existan instalaciones adecuadas, para los servicios que sean utilizados, y; III.- Los propietarios o poseedores de establecimientos mercantiles o industriales o de cualquier otra actividad que por su naturaleza están obligados al uso de agua potable, alcantarillado y saneamiento. IV.- También están obligados a contratar el servicio, los gobiernos federales, estatal y municipales, en relación con predios propiedad de los mismos y en su caso será obligatorio la medición y pagarán conforme lo señale la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo y este decreto. La contratación del servicio de agua potable y la conexión de los mismos se realizará conforme a las disposiciones que para tal efecto determine el Organismo Operador. COSTO DE DERECHOS DE OBRAS DE CABEZA Y/O DERECHOS DE CONEXIÓN AL SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA EL EJERCICIO 2016

Domestico Popular Domestico medio Domestico residencial Comercial e industrial Tiendas de auto departamentales

servicio

y

$ 21.60 x m2 $ 22.80 x m2 $ 24.00 x m2 $ 30.00 x m2 $ 58.00 x m2

Artículo 13.-El costo de derechos de obras de cabeza se regirá en base al tipo de desarrollo que el usuario pretenda realizar y los metros cuadrados de superficie vendible que se autorice en el proyecto de lotificación vialidad de cada uno de los diferentes desarrollos o fraccionamientos. Y en el caso de derechos de conexión para tiendas comerciales, departamentales e industrias, se tomará en cuenta la superficie total autorizada.

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COSTO DE FACTIBILIDADES PARA EL EJERCICIO 2016

TIPO DE FRACCIONAMIENTO Popular Medio Residencial Comercial Industrial

TARIFA 2016 $ 0.16 x m2 $ 0.18 x m2 $ 0.20 x m2 $ 0.34 x m2 $ 0.45 x m2

Artículo 14.- El pago por la factibilidad en desarrollos de futuro crecimiento se hará en base a la superficie total a fraccionar y el pago se realizará independientemente de si la factibilidad resulta positiva o negativa. La cual tendrá una vigencia de 12 (doce) meses, después de vencido ese lapso de tiempo deberán tramitar nuevamente dicho documento. Artículo 15.- Por concepto de trabajos de supervisión a la infraestructura hidráulica y sanitaria el Organismo Operador de agua potable cobrara el 2% sobre el monto total de la inversión, tomando como base el presupuesto presentado por el fraccionador o la empresa constructora. Artículo 16.-Las constancias, certificados y actas que expida el organismo operador originaran el costo conforme a las tarifas señaladas en la Ley de Ingresos Municipales vigente y en este decreto. Artículo 17.- La cuota por derechos de conexión a las atarjeas o red de alcantarillado sanitario será de $549.00 (quinientos cuarenta y nueve pesos 00/100 MN) el importe de materiales y mano de obra utilizado para la conexión del servicio o reparación de cualquier descarga, que será íntegramente pagada por el usuario. Los derechos de conexión para los servicios comercial e industrial, se cobrarán de acuerdo a un estudio previo de dichas descargas, tomando en cuenta tanto cantidad como calidad de acuerdo a los parámetros que emita el Organismo Operador, en base a los niveles permisibles que se establezcan en las normas técnicas de saneamiento aplicables. Por lo que se determinan las siguientes tarifas para todos aquellos usuarios que estén fuera de los parámetros permisibles que marca la norma oficial mexicana., la cuota se establece en pesos por kilogramo.

Contaminantes Básicos Metales Pesados y Cianuros

$18.00 $574.00

Artículo 18.- Los establecimientos industriales, comerciales o de cualquier otro giro deberán presentar a petición del Organismo Operador, un reporte del muestreo y del análisis físico-químico y/o bacteriológico de sus descargas de agua residual, con la periocidad que se indica a continuación de acuerdo a sus volúmenes de descarga: Volumen de descarga hasta 15 m3 mensuales, dos veces por año. Volumen de descarga de 15.1 a 30 m3 mensuales, cada cuatro meses. Volumen de descarga de 30.1 a 150 m3 mensuales, cada dos meses. Volumen de descarga de 150.1 m3 en adelante cada mes.

39

La periocidad de los reportes podrá ser modificada por el Organismo Operador, de considerarlo necesario por la afectación que una descarga en particular pueda ocasionar. Los reportes o análisis deberán estar realizados por un laboratorio acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación (E.M.A.) Artículo 19.- Cuando a criterio del Organismo Operador fuera necesario rehabilitar o cambiar las tomas domiciliarias de agua potable, así como la descarga de drenaje sanitario, ya sea por mal estado de estas o por cuestiones técnicas de fugas o desperdicio en la vía pública, así como a un posible riesgo de salud para el usuario, se cambiaran estas notificándole al usuario tal medida y mencionándole las razones, los costos generados serán con cargo al inmueble y/o predio y de conformidad al artículo anterior. Artículo 20.- De las infracciones y sanciones, se estará a lo que señala la Ley del Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo en sus artículos 126, 129 y demás relativos, respectivamente. Lo anterior fue aprobado por la Junta de Gobierno del Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (SAPA) de Ciudad Hidalgo, Michoacán., en su Sesión Ordinaria número 01 (uno) dentro del punto número 04 (cuatro) SESIÓN NO.01/2016/ORD., de fecha 25 veinticinco de enero del año 2016 dos mil dieciséis, de acuerdo al esquema tarifario aplicar para el año 2016 dos mil dieciséis que se anexa al presente. Asimismo, solicitamos se autorice para su respectiva publicación en el Periódico Oficial del Estado. Esto con fundamento legal en los artículos 36 fracción XIV de la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo y artículo 49 fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Acuerdo Número 10 (Diez).- Por mayoría de nueve votos a favor, uno en contra y una abstención se aprueba, el esquema tarifario aplicable al año 2016, para el cobro de servicios que presta el Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (SAPA) de Ciudad Hidalgo, Michoacán, que se describe a continuación: ESQUEMA TARIFARIO 2016 (incremento del 10%)

No. De Tarifa

Descripción

Importe de Tarifa 2016

1

Domestica Popular

$97.03

2

Domestica Media

$145.05

3

Domestica Residencial

$396.70

4

Comercial I

$218.42

5

Comercial II

$266.19

40

6

Cuota por Departamento

$182.28

7

Industrial I

$1,008.15

8

Industrial II

$1,613.57

9

Edificios, Jardines y Plazas Publicas

$624.00

10

Estación de Bomberos y Cuartel

$3,428.26

11

Rastro Municipal

$2,742.34

12

Cuota por Escuelas (SEP)

$1,325.95

13

Mixta (Domestica+Locales Comerciales

$500.76

Esquema Tarifario 2016 (incremento del 10%) La tarifa escolar se considera por escuela y se toma en cuenta solamente 11 meses, considerando un mes de descuento por periodo vacacional. La tarifa autorizada para el ejercicio 2016, estará comprendida bajo el siguiente esquema: el 65% agua potable, el 20% para alcantarillado sanitario y un 15% para saneamiento. El plazo para pagar el mes vencido sin pagar recargos, será hasta el día 10 del mes siguiente. Por lo que respecta al servicio medido este queda de la siguiente manera: Con el incremento del 10% para servicio medido del año 2016 SERVICIO MEDIDO COSTO POR SERVICIO MEDIDO Y M3 SUMINISTRADO AÑO 2016

COSTO PROMEDIO GENERAL CON INCREMENTO DEL 10% AÑO 2016 COSTO PROMEDIO GENERAL $ 3.10 / M3

TOMA DOMESTICA MEDIA DE 0 A 10 M3 $ 83.97 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 3.15

TOMA DOMESTICA RESIDENCIAL DE 0 A 10 M3 $ 104.39 X MES-CONSUMINDOS O NO

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COSTO M3 EXCEDENTE $ 3.15

TOMA COMERCIAL DE 0 A 10 M3 $ 131.44 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 21.02

TOMA SERVICIOS DE 0 A 10 M3 $ 213.59 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 34.15

TOMA INDUSTRIAL DE 0 A 10 M3 $ 752.07 X MES-CONSUMINDOS O NO COSTO M3 EXCEDENTE $ 75.19

Artículo 1.- El presente decreto es de observancia general y tiene por objeto establecer las tarifas para el cobro de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento que se deberán aplicar en el municipio de Hidalgo, Michoacán, en las zonas donde presta el servicio el Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (SAPA) de Ciudad Hidalgo Michoacán. Para el ejercicio del año fiscal 2016 (dos mil dieciséis). Artículo 2.- Todo usuario está obligado al pago de los derechos por los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales que preste el Organismo Operador en base a las tarifas o cuotas autorizadas. Artículo 3.- Para la aplicación de las tarifas, se establece una diferencia en la clasificación del servicio, de acuerdo al tipo de vivienda y zona en que se ubica, por lo que se determinan las siguientes clases de servicios: -

SERVICIO DOMÉSTICO MEDIO: que se aplicara tanto para las colonias populares y casas habitación de INFONAVIT o cercanas a estas; así como para la zona centro, fraccionamientos y colonias del Municipio de Hidalgo, Michoacán. Se entenderá como servicio doméstico medio de agua potable, el que se proporciona a inmuebles destinados exclusivamente a casa habitación, de vecindad, apartamentos y viviendas en condominios que estén destinadas única y exclusivamente para habitar, ya sea por cuota o servicio medido, según determine el Organismo Operador. En caso de diversos departamentos, condominios, o diversas viviendas, como el caso de una vecindad, se cobrará una tarifa por cada vivienda.

-

SERVICIO DOMESTICO POPULAR: se entenderá como servicio doméstico popular, las casas habitación ubicadas regularmente en zonas marginadas o en la periferia de la ciudad y que cuenten con los servicios mínimo indispensables de luz, drenaje y agua potable, lo anterior previo estudio socioeconómico y que así lo determine el organismo operador.

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-

SERVICIO DOMESTICO RESIDENCIAL: Se entenderá como servicio doméstico residencial, a todas aquellas casas habitación ubicadas regularmente en zonas exclusivas o preferenciales de la ciudad construidas regularmente con acabados de lujo, y cuenten entre otras cosas con áreas de jardín, 3 o más recamaras y 2 o más baños.

-

SERVICIO DE USO COMERCIAL: Se entiende por uso comercial, aquella toma que proporciona servicio de agua potable a todo inmueble o fracción de inmueble que no se utilice como casa habitación y que tenga como propósito la obtención de un lucro, y que el servicio de agua potable no sea utilizado como insumo de producción y/o generación de valor agregado a productos y/o servicios, cuya forma de pago será fijada por el Organismo Operador.

-

SERVICIO DE USO MIXTO (DOMESTICA+LOCALES COMERCIALES): Para el caso de que en un mismo domicilio y a través de una toma se suministren a la vez departamentos y locales comerciales, se cobrará una cuota mixta fija a estimación del Organismo Operador, lo anterior previa inspección domiciliaria. Se entenderá como servicio doméstico-local comercial aquel que se preste a todo giro comercial, negociación y/o establecimiento en donde el mismo se encuentre o sea parte de una casa habitación y que la mencionada negociación y casa habitación sea del mismo propietario o poseedor. Su pago será a criterio del Organismo Operador mediante inspección del predio o establecimiento, y no mayor al resultado de la suma entre el costo comercial normal más el costo doméstico, dividido entre dos.

-

SERVICIO DE USO INDUSTRIAL: Se entiende por uso industrial del servicio de agua potable, aquel que se proporciona a inmuebles en los que el agua se utiliza como insumo de producción y/o generación de valor agregado a productos y/o servicios de venta al público, tales como embotelladoras de agua potable, fábricas de hielo, fábricas de nieve y paletas, fábrica de bebidas embotelladas, fábricas de mosaicos, tintorerías, lavanderías, auto-lavados, baños públicos, restaurantes, hoteles, molinos de nixtamal, tiendas departamentales y de autoservicios, tenerías, establos, porquerizas, granjas, gasolineras y todo tipo de fábricas y establecimientos similares. Tratándose de tiendas departamentales o de algún otro establecimiento no contemplado en esta clasificación, se estará al dictamen por parte del Organismo Operador previo estudio y cálculo de pago de derechos correspondientes. Artículo 4.- La anterior clasificación se entenderá como enunciativa y no limitativa, así mismo el Organismo Operador aplicará discrecionalmente la clasificación y definirá las zonas de acuerdo al tipo de vivienda y/o a la condición socioeconómica de sus habitantes, previo dictamen y/o inspección por parte del Organismo Operador con base en el artículo 116 de la Ley del Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo. La inspección y/o dictamen se hará llegar al usuario para su conocimiento. Artículo 5.- Los propietarios de lotes baldíos, pagarán por concepto de mantenimiento de las redes de agua potable, drenaje y saneamiento una cuota fija mínima, de acuerdo a la ubicación del lote, establecida por el Organismo Operador.

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Tratándose de casa en construcción, obra negra, obra gris y casas solas, se les deberá colocar una válvula de restricción para que pueda gozar de la citada cuota. Artículo 6.- A cada predio urbano le corresponde una sola toma de agua y una descarga de drenaje cuyos diámetros ordinarios serán invariablemente de ½ pulgada para la toma de agua y de 6 pulgadas para el drenaje; extraordinariamente podrán ser autorizadas tomas y descargas con diámetro mayor siempre y cuando el Organismo Operador cuente con la capacidad de abastecimiento en la zona y no afecte con ello a los demás usuarios; esto en el caso de agua potable; por lo anterior se determina que en los edificios y predios que estén integrados por apartamentos, oficinas, consultorios, locales comerciales y en casas de vecindad, etc., cuando la toma sea común a éstas subdivisiones, cada uno de ellas tiene la obligación de pagar el derecho que individualmente le corresponde, conforme a las tarifas aplicables de este decreto. En el caso de que tengan medidor instalado se pagará conforme al consumo. Artículo 7.- La toma de agua que se tenga contratada, es exclusiva para el tipo de servicio solicitado, toda derivación que realice el propietario o el usuario deberá reportarse al Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (SAPA) de Ciudad Hidalgo, Michoacán., sin que esto lo exima de pagar dicho derecho. De no informar al Organismo Operador se hará acreedor a las sanciones respectivas que marca la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para Estado de Michoacán, la Ley de Hacienda Municipal, el Código Fiscal Municipal y de estas tarifas autorizadas por el H. Cabildo Municipal. En caso de que la toma suministre del servicio de agua potable a un edificio, departamentos y/o locales comerciales, se aplicará una tarifa fija por cada uno de ellos. Artículo 8.- Tomándose como base la tarifa asignada del servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado y saneamiento., y tratándose de servicio comercial e industrial, se adicionará el importe que resulte sobre la tasa que señale la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente, así como a los demás conceptos aplicables cobrados por el Organismo Operador. Artículo 9.- Para que el Organismo Operador, pueda expedir al propietario y/o poseedor de un bien inmueble permiso de excavación, tendrá que tener al corriente su pago de agua potable, alcantarillado y saneamiento; en caso contrario dicho Organismo Operador, no podrá proporcionar el permiso de excavación; así mismo, el propietario y/o poseedor del bien inmueble se hará cargo del costo que erogue la excavación, de igual manera, tendrá que pagar los desperfectos o daños que sufra la red secundaria de distribución de los servicios públicos. Tratándose de una toma de agua potable cuya distancia sea más de 10 (diez) metros, los costos que resulten de la ejecución de la obra necesaria para el suministro del agua potable deberá realizarse por el Organismo Operador exclusivamente y el usuario deberá cubrir dichos costos antes de realizarla. Artículo 10.- El usuario cubrirá al Organismo Operador, los derechos por la expedición de: I.- Constancias de no adeudos de servicios la cantidad de $ 200.00; II.- Cambio de nombre al contrato por el servicio de una toma, previo a la acreditación del nuevo propietario o poseedor del bien inmueble; la cantidad de $ 200.00;

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III.- Certificación o copias certificadas, por cada página, se pagará $ 27.00; IV.- Para actas de inspección o desperdicios levantadas y solicitadas, la cantidad de $ 38.50; V.- Por copias simples por página la cantidad de $ 2.00 VI.- Por el permiso de excavación, se pagará $66.00 COSTO DE CONTRATOS DE SERVICIOS PARA EL EJERCICIO 2016 Para el año 2016 no existe incremento en costo de contratos, por lo que permanecen de la siguiente manera:

TIPO DE SERVICIO Domestico Popular Domestico Medio Domestico Residencial Comercial Seco Comercial Semi-seco Comercial:

Industrial I Industrial II Industrial III

TARIFA 2016 $2,880.00 $3,623.00 $4,215.00 $3,919.00 $4,300.00 Tiendas de auto-servicio departamental de acuerdo a la superficie total del predio y al estudio que realice el Organismo Operador. $7,795.00 $9,181.00 $10,560.00

Artículo 11.- El costo del contrato incluye materiales, no así la mano de obra requerida y se considera en cada caso una longitud en manguera hidráulica de 5 hasta 10 metros de longitud, el excedente en costo de obra y materiales lo cubrirá el usuario. Artículo 12.- Están obligados a contratar el servicio de agua potable, alcantarillado y de tratamiento de aguas residuales, en los lugares en que exista la infraestructura para dotar dichos servicios: I.- Los propietarios o poseedores a cualquier título de predios edificados; II.- Los propietarios o poseedores a cualquier título, de predios no edificados cuando frente a los mismos existan instalaciones adecuadas, para los servicios que sean utilizados, y; III.- Los propietarios o poseedores de establecimientos mercantiles o industriales o de cualquier otra actividad que por su naturaleza están obligados al uso de agua potable, alcantarillado y saneamiento. IV.- También están obligados a contratar el servicio, los gobiernos federales, estatal y municipales, en relación con predios propiedad de los mismos y en su caso será

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obligatorio la medición y pagarán conforme lo señale la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo y este decreto. La contratación del servicio de agua potable y la conexión de los mismos se realizará conforme a las disposiciones que para tal efecto determine el Organismo Operador. COSTO DE DERECHOS DE OBRAS DE CABEZA Y/O DERECHOS DE CONEXIÓN AL SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA EL EJERCICIO 2016

Domestico Popular Domestico medio Domestico residencial Comercial e industrial Tiendas de auto departamentales

servicio

y

$ 21.60 x m2 $ 22.80 x m2 $ 24.00 x m2 $ 30.00 x m2 $ 58.00 x m2

Artículo 13.- El costo de derechos de obras de cabeza se regirá en base al tipo de desarrollo que el usuario pretenda realizar y los metros cuadrados de superficie vendible que se autorice en el proyecto de lotificación vialidad de cada uno de los diferentes desarrollos o fraccionamientos. Y en el caso de derechos de conexión para tiendas comerciales, departamentales e industrias, se tomará en cuenta la superficie total autorizada. COSTO DE FACTIBILIDADES PARA EL EJERCICIO 2016

TIPO DE FRACCIONAMIENTO Popular Medio Residencial Comercial Industrial

TARIFA 2016 $ 0.16 x m2 $ 0.18 x m2 $ 0.20 x m2 $ 0.34 x m2 $ 0.45 x m2

Artículo 14.- El pago por la factibilidad en desarrollos de futuro crecimiento se hará en base a la superficie total a fraccionar y el pago se realizará independientemente de si la factibilidad resulta positiva o negativa. La cual tendrá una vigencia de 12 (doce) meses, después de vencido ese lapso de tiempo deberán tramitar nuevamente dicho documento. Artículo 15.- Por concepto de trabajos de supervisión a la infraestructura hidráulica y sanitaria el Organismo Operador de agua potable cobrara el 2% sobre el monto total de la inversión, tomando como base el presupuesto presentado por el fraccionador o la empresa constructora. Artículo 16.-Las constancias, certificados y actas que expida el organismo operador originaran el costo conforme a las tarifas señaladas en la Ley de Ingresos Municipales vigente y en este decreto. Artículo 17.- La cuota por derechos de conexión a las atarjeas o red de alcantarillado sanitario será de $549.00 (quinientos cuarenta y nueve pesos 00/100 MN) el importe de materiales y mano de obra utilizado para la conexión del servicio o reparación de cualquier descarga, que será íntegramente pagada por el usuario.

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Los derechos de conexión para los servicios comercial e industrial, se cobrarán de acuerdo a un estudio previo de dichas descargas, tomando en cuenta tanto cantidad como calidad de acuerdo a los parámetros que emita el Organismo Operador, en base a los niveles permisibles que se establezcan en las normas técnicas de saneamiento aplicables. Por lo que se determinan las siguientes tarifas para todos aquellos usuarios que estén fuera de los parámetros permisibles que marca la norma oficial mexicana., la cuota se establece en pesos por kilogramo.

Contaminantes Básicos Metales Pesados y Cianuros

$18.00 $574.00

Artículo 18.- Los establecimientos industriales, comerciales o de cualquier otro giro deberán presentar a petición del Organismo Operador, un reporte del muestreo y del análisis físico-químico y/o bacteriológico de sus descargas de agua residual, con la periocidad que se indica a continuación de acuerdo a sus volúmenes de descarga: Volumen de descarga hasta 15 m3 mensuales, dos veces por año. Volumen de descarga de 15.1 a 30 m3 mensuales, cada cuatro meses. Volumen de descarga de 30.1 a 150 m3 mensuales, cada dos meses. Volumen de descarga de 150.1 m3 en adelante cada mes. La periocidad de los reportes podrá ser modificada por el Organismo Operador, de considerarlo necesario por la afectación que una descarga en particular pueda ocasionar. Los reportes o análisis deberán estar realizados por un laboratorio acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación (E.M.A.) Artículo 19.- Cuando a criterio del Organismo Operador fuera necesario rehabilitar o cambiar las tomas domiciliarias de agua potable, así como la descarga de drenaje sanitario, ya sea por mal estado de estas o por cuestiones técnicas de fugas o desperdicio en la vía pública, así como a un posible riesgo de salud para el usuario, se cambiaran estas notificándole al usuario tal medida y mencionándole las razones, los costos generados serán con cargo al inmueble y/o predio y de conformidad al artículo anterior. Artículo 20.- De las infracciones y sanciones, se estará a lo que señala la Ley del Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo en sus artículos 126, 129 y demás relativos, respectivamente. Lo anterior fue aprobado por la Junta de Gobierno del Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (SAPA) de Ciudad Hidalgo, Michoacán., en su Sesión Ordinaria número 01 (uno) dentro del punto número 04 (cuatro) SESIÓN NO.01/2016/ORD., de fecha 25 veinticinco de enero del año 2016 dos mil dieciséis, de acuerdo al esquema tarifario aplicar para el año 2016 dos mil dieciséis que se anexa al presente. Asimismo, solicitamos se autorice para su respectiva publicación en el Periódico Oficial del Estado.

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Esto con fundamento legal en los artículos 36 fracción XIV de la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo y artículo 49 fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Asuntos Generales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Asunto de Presidencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 11.- El C.P. Rubén Padilla Soto, Presidente Municipal.- Solicita se someta a consideración y/o en su caso aprobación de los miembros del H. Cabildo; el Presupuesto de Ingresos y Egresos 2016 del Sistema de Agua Potable Drenaje y Alcantarillado (S.A.P.A), Programa Operativo Anual 2016, Organigrama 2016, Plantilla de Personal y Tabulador de Sueldo para el Ejercicio Fiscal 2016, lo anterior con fundamento en los artículos 24, 25, 26 y 28 de la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado de Michoacán, 14 fracción VII, 36 fracción XIII, 49 fracción VI y 54 de la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán, mismo que fueron aprobados por la Junta de Gobierno del Organismo Operador del Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (S.A.P.A.), en la Sesión Ordinaria número 01, de fecha 25 de enero del 2016, bajo los puntos 6 y 7 de la orden del día. Anexo al presente: 1.- Presupuesto de Ingresos y Egresos del Sistema de Agua Potable Drenaje y Alcantarillado (S.A.P.A), 2016. 2.- Programa Operativo Anual 2016. 3.- Organigrama 2016. 4.- Plantilla de Personal. 5.- Tabulador de Sueldos para el Ejercicio Fiscal 2016. 6.- Acta Ordinaria número 1 del fecha 25 de enero del 2016, de la Junta de Gobierno del Sistema de Agua Potable Drenaje y Alcantarillado (S.A.P.A.). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Acuerdo Número 11 (Once).- Por mayoría de nueve votos a favor y uno en contra de los integrantes del H. Cabildo, se aprueba, el Presupuesto de Ingresos y Egresos 2016 del Sistema de Agua Potable Drenaje y Alcantarillado (S.A.P.A), Programa Operativo Anual 2016, Organigrama 2016, Plantilla de Personal y Tabulador de Sueldo para el Ejercicio Fiscal 2016, lo anterior con fundamento en los artículos 24, 25, 26 y 28 de la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado de Michoacán, 14 fracción VII, 36 fracción XIII, 49 fracción VI y 54 de la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán, mismo que fueron aprobados por la Junta de Gobierno del Organismo Operador del Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado (S.A.P.A.), en la Sesión Ordinaria número 01, de fecha 25 de enero del 2016, bajo los puntos 6 y 7 de la orden del día. Anexo al presente: 1.- Presupuesto de Ingresos y Egresos del Sistema de Agua Potable Drenaje y Alcantarillado (S.A.P.A), 2016. 2.- Programa Operativo Anual 2016. 3.- Organigrama 2016. 4.- Plantilla de Personal. 5.- Tabulador de Sueldos para el Ejercicio Fiscal 2016.

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6.- Acta Ordinaria número 1 del fecha 25 de enero del 2016, de la Junta de Gobierno del Sistema de Agua Potable Drenaje y Alcantarillado (S.A.P.A.). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Asunto de la Comisión de Desarrollo Rural. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................ 12.- Los CC. Alfredo Salinas Soto, José Regeiro Aguilar Padilla y Rodolfo Reyes Bernal, integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural de este Ayuntamiento, solicitan se someta a consideración y/o aprobación del Honorable Cabildo, el siguiente asunto: ÚNICO: LA RATIFICACIÓN DEL ACUERDO NÚMERO 9 DE LA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO NÚMERO CIENTO NOVENTA Y SEIS DEL 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2015, QUE APRUEBA REGLAMENTO PARA LA ACTIVIDAD APÍCOLA DEL MUNICIPIO DE HIDALGO, MICHOACÁN DE OCAMPO, ORDENÁNDOSE SU CORRESPONDIENTE PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO. . . . . . C.P. Aurora Padilla López, Regidora.- Existe un comité revisor para la creación de la normatividad, porque no se pasó este reglamento a este comité, nos dice que ratificación del 2015, que únicamente les faltó publicarlo, pero nosotros somos otra nueva administración, deberíamos de tener el mismo proceso y el proceso de nosotros es que pase al comité revisor primero y después quien lo sube es el presidente municipal y desde mi punto de vista y como está este comité, aquí el Regidor Regeiro, está en este comité, porqué así. Acuerdo Número 12 (Doce).- Por mayoría de siete votos a favor, dos en contra y una abstención, se aprueba, la ratificación del acuerdo número 9 de la Sesión Ordinaria de Cabildo número ciento noventa y seis del 11 de agosto del año 2015, que aprueba Reglamento para la Actividad Apícola del Municipio de Hidalgo, Michoacán de Ocampo, ordenándose su correspondiente publicación en el periódico oficial del estado. . . . . . . . . . . . ................................................................................. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Asunto Adicionado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Asunto de Sindicatura. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................................................................................. 13.- El Ing. Carlos Edgar González Pérez, Síndico Municipal.- Solicita se someta a consideración y en su caso aprobación, los siguientes puntos: Primero.- Con fundamento a lo establecido en el Artículo 52 de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma Para el Estado de Michoacán de Ocampo y Sus Municipios, se solicita la autorización y aprobación de los Integrantes del H. Ayuntamiento; para que se aprueben los Rangos o Montos Límites, para la contratación de la obra pública que se realizará con los recursos económicos autorizados a través del Programa Operativo Anual de Obra Pública del presente año 2016. Dichos Rangos o Montos Límites de contratación, son los que a continuación se describen: Montos Límites o Rangos de Contratación

Modalidad de Contratación

De $ 1.00 a $ 1’000,000.00, más I.V.A.

Adjudicación Directa.

De $ 1’000,001.00 a $ 2’500,000.00, más I.V.A.

Invitación Restringida a cuando menos tres contratistas.

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De $ 2’500,001.00, en adelante

Licitación Pública.

Observación: Es importante mencionar, que estos Rangos o Montos Límites de contratación son los mismos que han permanecido vigentes desde el año 2012. Segundo.- Con fundamento a lo establecido en el Artículo 139 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, así como a lo estipulado en el Artículo 12 del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento de Hidalgo, Michoacán; se solicita la autorización de los Anexos Técnicos y las Bases de Licitación, para poder iniciar con los concursos y procesos de contratación de la obra pública con recursos de origen federal, así como los concursos y procesos de contratación de la obra pública con recursos de origen estatal y/o municipal. Por tal motivo adjunto al presente en formato digital (CD), los Anexos Técnicos y las Bases de Licitación para su respectiva revisión y aprobación correspondiente. Tercero.- Con fundamento a lo establecido en el Artículo 4 Fracción IX y Artículo 12 del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento de Hidalgo, Michoacán; se solicita la autorización del Padrón de Proveedores y Contratistas de Obra Pública, que a la fecha se tienen registrados en la Dirección de Obras Públicas y que son los que a continuación se describen:

Padrón de Proveedores de Obra Pública: Nº 1

NOMBRE DE LA CASA COMERCIAL ABASTECEDORA DEL CONSTRUCTOR

REPRESENTANTE

MATERIAL QUE OFRECE

ARQ. JUAN LUIS PEÑA AGUILERA

MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN.

C. DIANA HERNÁNDEZ DÍAZ

MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN.

2

FERRE JUÁREZ

3

TUBERÍAS HIDRÁULICAS Y SANITARIAS DE CD. HIDALGO, S.A. DE C.V.

C. ARTURO GONZÁLEZ SÁNCHEZ

MATERIAL ELÉCTRICO, TUBERÍA HIDRÁULICA Y SANITARIA, TUBOS, VÁLVULAS, CONEXIONES PVC HIDRÁULICO.

4

C. JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ COLÍN

C. JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ COLÍN

MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN.

MATERIALES PARA CONSTRUCCIÓN OJO DE AGUA

ARQ. JOSÉ LUIS PONCE TÉLLEZ

MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN

ACEROS Y CEMENTOS NILOHO

ING. VÍCTOR HUGO TREJO NIEVES MATERIALES PARA LA Y/O C. HORTENCIA NIEVES LÓPEZ CONSTRUCCIÓN

7

PRECONSA

C. JOSÉ ODILÓN GERARDO MARTÍNEZ ARITZMENDI

MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN DE CONCRETO.

8

MATERIALES PARA CONSTRUCCIÓN Y FERRETERÍA MARVIC, S.A. DE C.V.

C. VICTORIA ALTAMIRANO SALGADO/MARCIAL PEÑA ALTAMIRANO

MATERIAL PARA CONSTRUCCIÓN, FERRETERÍA, TUBERÍA Y CONEXIONES PVC Y CPVC.

5

6

50



NOMBRE DE LA CASA COMERCIAL

REPRESENTANTE

MATERIAL QUE OFRECE

9

TRICOMA, S.A. DE C.V.

C. J. TRINIDAD Y/O C. WILFRIDO CORREA

VENTA DE POLINES, TABLAS DE MADERA, DIFERENTES MEDIDAS

10

C. JOSÉ TRINIDAD LÓPEZ MUÑOZ

C. JOSÉ TRINIDAD LÓPEZ MUÑOZ

RENTA DE CIMBRA.

11

C. HUMBERTO DURÁN ESCOBEDO

C. HUMBERTO DURAN ESCOBEDO TABIQUE.

12

C. MARTHA PADILLA CAMACHO

C. MARTHA PADILLA CAMACHO

CANCELERÍA Y HERRERÍA.

C. ENRIQUE CORREA SÁNCHEZ

CANCELERÍA Y HERRERÍA.

C. ISIDORO HERNÁNDEZ GARCÍA

CANCELERÍA Y HERRERÍA.

15 VIDRIERÍA DEL CENTRO

C. JUAN JOSÉ HERNÁNDEZ

CANCELERÍA Y HERRERÍA.

16 HERRERÍA PAULITA

C. MARÍA DEL ROSARIO GUTIÉRREZ GUZMÁN

HERRERÍA.

17 SERVICIO KIKO

C. ENRIQUE ÁLVAREZ ARREAGA

SOLDADOR Y HERRERÍA.

C. JORGE ALBERTO MARTÍNEZ MARÍN CARPI 19 IMPERMEABILIZACIONES Y ACABADOS

C. JORGE ALBERTO MARTÍNEZ MARÍN

HERRERÍA.

C. RAFAEL CARBAJAL PIÑÓN

IMPERMEABILIZANTE.

20 C. JULIÁN CASIMIRO PÉREZ

C. JULIÁN CASIMIRO PÉREZ

VENTA DE PINTURAS E IMPERMEABILIZANTES.

21 PINTURAS OSEL

C. FRANCISCO MEDINA CASTAÑEDA

VENTA DE PINTURAS.

13 C. ENRIQUE CORREA SÁNCHEZ 14

C. ISIDORO HERNÁNDEZ GARCÍA

18

51

NOMBRE DE LA CASA COMERCIAL C. JOSÉ ALEJANDRO GARCÍA 22 MARTÍNEZ.



23 VICREA 24 EMULSA, S.A. DE C.V. 25

ARQ. RENÉ MARTÍNEZ NEGRETE

26 BANCO DE MATERIAL PÉTREO

27 BANCO DE MATERIAL PÉTREO

28 BANCO DE MATERIAL PÉTREO

29 BANCO BARRERA

REPRESENTANTE C. JOSÉ ALEJANDRO GARCÍA MARTÍNEZ. SABDI CELINA SOLORZANO OLIVARES

MATERIAL QUE OFRECE VENTA DE PLANTAS. VINILES.

ING. RAMIRO URTEAGA MAYA

VENTA DE EMULSIÓN DE ROMPIMIENTO RÁPIDO Y ROMPIMIENTO MEDIO.

ARQ. RENÉ MARTÍNEZ NEGRETE

RENTA DE MAQUINARIA.

VENTA DE GRAVA, ARENA DE POREO, BALASTRE, MAT. PARA C. ALEJANDRO MEDINA CARRILLO BASE, MEZCLADO (GREÑA), MAT. DE RELLENO, FILTRO, TEPETATE, PIEDRA VOLCÁNICA. VENTA DE ARENA DE BORDO, C. ANA REGINA MARÍN SOLÍS ARENA LAVADA, ARENA ARNEADA. VENTA DE ARENA DE BORDO, C. EMILIO PADILLA VILLEGAS ARENA LAVADA, ARENA ARNEADA. VENTA DE GRAVA, ARENA DE POREO, BALASTRE, MAT. PARA C. MARGARITA BARRERA OJEDA BASE, MEZCLADO (GREÑA), MAT. DE RELLENO, FILTRO, TEPETATE, PIEDRA VOLCÁNICA.

Uniones de Transportistas: Nº 1 2 3 4 5 6 7 8

NOMBRE DE LA UNIÓN UNIÓN MIGUEL HIDALGO UNIÓN LÁZARO CÁRDENAS UNIÓN JOSÉ MA. MORELOS UNIÓN MELCHOR OCAMPO UNIÓN CROC UNIÓN CROC NACIONAL UNIÓN CTM UNIÓN CARLOS HANK GONZÁLEZ

REPRESENTANTE AGUSTÍN CORREA MARCO ANTONIO LÓPEZ PONCE GERARDO BACA LÓPEZ MARCIAL MAGALLANES SOTO ENRIQUE ESPINO JOSÉ ALFREDO ROSAS ROJAS FERNANDO GARCÍA ORTIZ MANUEL GONZÁLEZ BASURTO

Padrón de Contratistas de Obra Pública: Nº 1 2 3

NOMBRE DE LA EMPRESA O CONTRATISTA EDIFICADORA Y URBANIZADORA TLAXIMALOYAN S.A. DE C.V.

REPRESENTANTE ING. JUAN CARLOS OLIVARES ORTIZ

RS CONSTRUCCIONES ESTUDIOS Y ING. JOSÉ LUIS RUBIO OLIVARES PROYECTOS, S.A DE C.V. NILO INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES, ING. JOSÉ HONORIO SALOMÓN NIEVEZ S.A. DE C.V. LÓPEZ

4

ING. MARCO ANTONIO GIL GUTIÉRREZ

ING. MARCO ANTONIO GIL GUTIÉRREZ

5

ING. RAMÓN ARRIAGA SÁNCHEZ

ING. RAMÓN ARRIAGA SÁNCHEZ

52

NOMBRE DE LA EMPRESA O CONTRATISTA ARQ. FORTINO GREGORIO VARGAS LÓPEZ

ARQ. FORTINO GREGORIO VARGAS LÓPEZ

7

ING. J. ASCENCIÓN ALANÍS LUNA

ING. J. ASCENCIÓN ALANÍS LUNA

8

ING. RAFAEL ALANÍS LUNA

ING. RAFAEL ALANÍS LUNA

9

GRUPO CONSTRUCTOR OSDAOS, S.A. DE C.V.

ING. ÓSCAR BRAVO ALVARADO

Nº 6

REPRESENTANTE

10 ARQ. JOSÉ JUAN ALCANTAR RUIZ

ARQ. JOSÉ JUAN ALCÁNTAR RUIZ

11 ITZI CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.

ING. JAVIER MONDRAGÓN GARCÍA

12

DEYCON DISEÑO, EDIFICACIÓN Y CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V.

ING. HUGO MARÍN VALENCIA

Es importante mencionar, que en el transcurso del período de la Administración Municipal dichos padrones sufren modificaciones; razón por la cual, cada vez que se presente la ocasión se notificará por escrito para que se autorice la modificación correspondiente. Cuarto.- Con fundamento a lo establecido en los Artículos 14 y 23 de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Michoacán de Ocampo y sus Municipios, se solicita la autorización para que se apruebe la Modalidad de Ejecución de las obras autorizadas a través del Programa Operativo Anual de Obra Pública 2016; dichas obras son las que a continuación se indican:

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE EN LA COLONIA EL JARAL.

$

500,000.00

CONTRATO

CRUZ DE CAMINOS

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE.

$

337,962.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL AGOSTADERITO

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL BARCINO

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL CARACOL

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO Y RED DE AGUA POTABLE.

$

450,000.00

CONTRATO

CONSTRUCCIÓN DE RED DE AGUA POTABLE.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

LA CONGUERA

REHABILITACIÓN DE DEPÓSITO Y EQUIPO DE BOMBEO DE AGUA POTABLE.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

LOS AJOLOTES

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CONSTRUCCIÓN DE RED DE AGUA POTABLE.

$

150,000.00

CONTRATO

ENCINO COPUDO

LOS PATIOS

53

LOCALIDAD

PALOS SECOS PUENTE DE TIERRA RINCÓN DE PITAHAYAS

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN TERMINACIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE. CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO Y TERMINACIÓN DE RED DE AGUA POTABLE. CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO Y RED DE AGUA POTABLE.

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

320,000.00

CONTRATO

$

600,000.00

CONTRATO

$

800,000.00

CONTRATO

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE DEPÓSITO PARA AGUA POTABLE EN EL BARRIO DENOMINADO EL POLVILLO.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE CAJA CAPTADORA DE AGUA POTABLE.

$

80,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE LÍNEA DE CONDUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN LA COLONIA 5 DE MAYO.

$

300,000.00

CONTRATO

SISTEMA DE PURIFICACIÓN DE AGUA POTABLE.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CONSTRUCCIÓN DE RED DE AGUA POTABLE.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

REHABILITACIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE.

$

600,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE REDES DE DRENAJES SANITARIOS EN LA ZONA ORIENTE DE LA CIUDAD.

$

4,000,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN CALLE VICENTE ORTIZ.

$

400,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE CEDRO ROJO, EN LA COLONIA RANCHO DE PONCE.

$

245,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA EL NARANJO.

$

600,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE SIERRA DE CHIAPAS, EN LA COLONIA EL FRESNO.

$

245,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE SIERRA MADRE DE OAXACA, EN LA COLONIA EL FRESNO.

SAN MATÍAS

SAUCEDO TIERRAS COLORADAS

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA $

245,000.00

MODALIDAD DE EJECUCIÓN ADMINISTRACIÓN DIRECTA

54

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA CUITZILLOS.

CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE EL PEDREGAL, EN LA COLONIA LAS AMÉRICAS. CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA ETAPA DEL DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA FABRICA LA VIRGEN.

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

700,000.00

CONTRATO

$

500,000.00

CONTRATO

$

2,000,000.00

CONTRATO

AGOSTITLÁN

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA LA JOYA.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

AGOSTITLÁN

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA LOMA LINDA.

$

150,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

700,000.00

CONTRATO

$

550,000.00

CONTRATO

$

500,000.00

CONTRATO

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

AGOSTITLÁN

AGOSTITLÁN

EL CARACOL

EL CHAPARRO

LOCALIDAD

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO Y FOSA SÉPTICA EN LA COLONIA EL BOSQUE. CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO Y FOSA SÉPTICA EN LA CALLE GALEANA PONIENTE. CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO SOBRE EL MARGEN DE LA BARRANCA. CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE DE ACCESO A GRANDEMIRA.

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE MÁRTIRES DE CHAPARRO.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

LA TECATA

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE LETRINAS.

$

250,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

PUENTE DE TIERRA

TERMINACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO.

$

400,000.00

CONTRATO

RANCHO EL MUERTO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO.

$

300,000.00

CONTRATO

RINCÓN DE RUBIOS

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO.

$

400,000.00

CONTRATO

SAN ANTONIO VILLALONGÍN

CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE SANITARIO EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

CONTRATO

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

300,000.00

CONTRATO

EL CHAPARRO

SAN BARTOLO CUITAREO SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO PARA EL COMEDOR COMUNITARIO. CONSTRUCCIÓN DE LA PRIMERA ETAPA DEL DRENAJE SANITARIO EN EL BARRIO DENOMINADO LA PUERTA.

55

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

SAN ISIDRO ALTA CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE HUERTA SANITARIO.

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

400,000.00

CONTRATO

SAN MATÍAS

REHABILITACIÓN DE DRENAJE SANITARIO.

$

510,000.00

CONTRATO

AGUA ESCONDIDA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CERRO AZUL

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

EL AGOSTADERITO

AMPLIACIÓN DE ELECTRIFICACIÓN EN LA PARTE NORTE.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN C.F.E.

EL SALITRE

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

ELECTRIFICACIÓN EN EL CASTILLO.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN C.F.E.

LA ESPERANZA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

LA ZARZA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

RINCÓN DE ARRIBA (JANAMORO)

ELECTRIFICACIÓN EN RINCÓN DE ARRIBA.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN C.F.E.

RÍO HONDO

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

SAN MATÍAS

ELECTRIFICACIÓN EN LA COLONIA VALLE DE HIDALGO.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN C.F.E.

SAN RAFAEL

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

SANTA ANA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

SIEMPREVIVA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA ETAPA DE LA UNIDAD MÉDICA DE REHABILITACIÓN INFANTIL.

$

3,600,000.00

CONTRATO

JOSÉ MARÍA MORELOS

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

56

LOCALIDAD SAN BARTOLO CUITAREO

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

CONSTRUCCIÓN DE SANITARIOS EN LA UNIDAD MÉDICA RURAL.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE AULA DE USOS MÚLTIPLES EN EL JARDÍN DE NIÑOS ANTONIO SOTO Y GAMA.

$

625,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE AULA DE MEDIOS EN LA ESCUELA PRIMARIA FRANCISCO VILLA.

$

390,000.00

CONTRATO

$

390,000.00

CONTRATO

$

600,000.00

CONTRATO

$

390,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE AULA ESCUELA SECUNDARIA FEDERAL NO. 3 JOSÉ RUBÉN ROMERO. CONSTRUCCIÓN DE 3 AULAS Y MÓDULO DE SANITARIOS EN LA ESCUELA SECUNDARIA TÉCNICA NO. 151. CONSTRUCCIÓN DE COMEDOR EN EL JARDÍN DE NIÑOS ROSARIO CASTELLANOS.

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE EN LA ESCUELA PRIMARIA 5 DE MAYO.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE 2 AULAS EN LA ESCUELA PRIMARIA MARIANO MATAMOROS.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE AULAS EN EL CECYTEM.

$

600,000.00

CONTRATO

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE ESPACIOS EDUCATIVOS A TRAVÉS DEL PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD.

$

500,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

AGOSTITLÁN

REHABILITACIÓN DE AULAS EN EL JARDÍN DE NIÑOS LÁZARO CÁRDENAS.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

AGOSTITLÁN

TERMINACIÓN DE AULA EN EL JARDÍN DE NIÑOS TZIRAPU.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL MOLCAJETE

CONSTRUCCIÓN DE AULA EN LA ESCUELA PRIMARIA.

$

270,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

PUERTO DE CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE SANITARIOS EN LA ESCUELA PRIMARIA 5 DE MAYO.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE COMEDOR EN LA ESCUELA PRIMARIA JOSEFA ORTIZ DE DOMÍNGUEZ, EN LA COLONIA MINA VIEJA.

$

270,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

REHABILITACIÓN DE SANITARIOS EN EL JARDÍN DE NIÑOS AMADO NERVO.

$

80,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

57

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE AULA DE MEDIOS EN LA ESCUELA PRIMARIA MIGUEL HIDALGO.

$

270,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN MATÍAS

CONSTRUCCIÓN DE AULA EN LA ESCUELA PRIMARIA JOSÉ MA. MORELOS.

$

390,000.00

CONTRATO

SAN MATÍAS

TERMINACIÓN DE UN AULA EN LA TELESECUNDARIA.

$

150,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA CABECERA MUNICIPAL.

$

4,000,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

58

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

AGOSTITLÁN

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

750,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL CARACOL

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL CHAPARRO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

HUAJÚMBARO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

1,000,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

JOSÉ MARÍA MORELOS

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

PUCUATO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

780,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN ANTONIO VILLALONGÍN

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

700,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN MATÍAS

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

1,150,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN PEDRO JACUARO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO EN LA CALLE CLAVELINA, EN LA COLONIA LINDA VISTA.

$

400,000.00

CONTRATO

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE MARGARITAS, EN LA COLONIA LINDA VISTA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE TIERRA Y LIBERTAD, EN LA COLONIA LINDA VISTA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE EL PORVENIR, EN LA COLONIA LINDA VISTA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE PRIVADA DE VICENTE GUERRERO, EN LA COLONIA LINDA VISTA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE RAMÓN LÓPEZ LARA, EN LA COLONIA LINDA VISTA.

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

500,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

$

500,000.00

CONTRATO

$

500,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

59

LOCALIDAD CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

LOCALIDAD CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE TANGANXOAN, EN LA COLONIA LOS REYES. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE REY TARIACURI, EN LA COLONIA LOS REYES. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE TLÁLOC, EN LA COLONIA EL JARAL. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE MOCTEZUMA, EN LA COLONIA EL JARAL. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE AMADO NERVO, EN LA COLONIA EL JARAL.

$

500,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

$

300,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

$

600,000.00

CONTRATO

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE SIN NOMBRE, EN LA COLONIA LA ANTENA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE CEDRO, EN LA COLONIA UNIDA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE CHIRIMOYO, EN LA COLONIA UNIDA. CONTINUACIÓN DE LA PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE NIÑOS HÉROES, EN LA SALIDA A JANAMORO. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE PROLONGACIÓN DE NICOLÁS BRAVO, EN LA COLONIA EL JARAL.

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

680,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

$

300,000.00

CONTRATO

$

1,000,000.00

CONTRATO

$

1,000,000.00

CONTRATO

LAS JOYITAS

CONSTRUCCIÓN DE PUENTE PEATONAL.

$

150,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

MATA DE PINOS

REHABILITACIÓN DE ACCESO A ESCUELA PRIMARIA.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE BANQUETAS EN EL BARRIO DENOMINADO LAS PEÑITAS.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE EXPOSICIÓN DE MUEBLES.

$

1,000,000.00

CIUDAD HIDALGO

EQUIPAMIENTO DE TALLERES ARTESANALES CON HORNOS DE ALTA TEMPERATURA.

$

800,000.00

CONTRATO ADMINISTRACIÓN DIRECTA

60

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LA TRUCHA ARCOÍRIS.

$

800,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

PROGRAMA DE GASTOS INDIRECTOS.

$

1,734,251.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

PROGRAMA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL.

$

1,156,167.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE DE LA PIRÁMIDE.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL CAMPO MÁXIMO MARTÍNEZ.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE RECREATIVO DRA. RUBÍ SILVA.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE DE LA COLONIA INTENCIONES DE LA NACIÓN.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE DE LA COLONIA AURORA.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE DE LA COLONIA DE LOS MAESTROS.

$

500,000.00

CONTRATO

Informó al Honorable Cabildo, que se hizo del conocimiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles, en la reunión Ordinaria número 8 ocho que se llevó a cabo el día 22 de febrero del presente año; adjunto el dictamen de Viabilidad Técnica Número COPAEACSBMI/021/2016, que expide el Comité citado anteriormente. Por lo anteriormente expuesto con apoyo y fundamento en los artículos 21 fracción I del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento. . . . . . . Acuerdo No. 13 (Trece), Por mayoría de cinco votos a favor, cuatro en contra y una abstención, se aprueban, los siguientes puntos: Primero.- Con fundamento a lo establecido en el Artículo 52 de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma Para el Estado de Michoacán de Ocampo y Sus Municipios, se solicita la autorización y aprobación de los Integrantes del H. Ayuntamiento; para que se aprueben los Rangos o Montos Límites, para la contratación de la obra pública que se realizará con los recursos económicos autorizados a través del Programa Operativo Anual de Obra Pública del presente año 2016. Dichos Rangos o Montos Límites de contratación, son los que a continuación se describen: Montos Límites o Rangos de Contratación

Modalidad de Contratación

61

De $ 1.00 a $ 1’000,000.00, más I.V.A.

Adjudicación Directa.

De $ 1’000,001.00 a $ 2’500,000.00, más I.V.A.

Invitación Restringida a cuando menos tres contratistas.

De $ 2’500,001.00, en adelante

Licitación Pública.

Observación: Es importante mencionar, que estos Rangos o Montos Límites de contratación son los mismos que han permanecido vigentes desde el año 2012. Segundo.- Con fundamento a lo establecido en el Artículo 139 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, así como a lo estipulado en el Artículo 12 del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento de Hidalgo, Michoacán; se solicita la autorización de los Anexos Técnicos y las Bases de Licitación, para poder iniciar con los concursos y procesos de contratación de la obra pública con recursos de origen federal, así como los concursos y procesos de contratación de la obra pública con recursos de origen estatal y/o municipal. Por tal motivo adjunto al presente en formato digital (CD), los Anexos Técnicos y las Bases de Licitación para su respectiva revisión y aprobación correspondiente. Tercero.- Con fundamento a lo establecido en el Artículo 4 Fracción IX y Artículo 12 del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento de Hidalgo, Michoacán; se solicita la autorización del Padrón de Proveedores y Contratistas de Obra Pública, que a la fecha se tienen registrados en la Dirección de Obras Públicas y que son los que a continuación se describen:

Padrón de Proveedores de Obra Pública: Nº 1

NOMBRE DE LA CASA COMERCIAL ABASTECEDORA DEL CONSTRUCTOR

REPRESENTANTE

MATERIAL QUE OFRECE

ARQ. JUAN LUIS PEÑA AGUILERA

MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN.

C. DIANA HERNÁNDEZ DÍAZ

MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN.

2

FERRE JUÁREZ

3

TUBERÍAS HIDRÁULICAS Y SANITARIAS DE CD. HIDALGO, S.A. DE C.V.

C. ARTURO GONZÁLEZ SÁNCHEZ

MATERIAL ELÉCTRICO, TUBERÍA HIDRÁULICA Y SANITARIA, TUBOS, VÁLVULAS, CONEXIONES PVC HIDRÁULICO.

4

C. JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ COLÍN

C. JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ COLÍN

MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN.

MATERIALES PARA CONSTRUCCIÓN OJO DE AGUA

ARQ. JOSÉ LUIS PONCE TÉLLEZ

MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN

ACEROS Y CEMENTOS NILOHO

ING. VÍCTOR HUGO TREJO NIEVES MATERIALES PARA LA Y/O C. HORTENCIA NIEVES LÓPEZ CONSTRUCCIÓN

5

6

62



NOMBRE DE LA CASA COMERCIAL

REPRESENTANTE

MATERIAL QUE OFRECE

7

PRECONSA

C. JOSÉ ODILÓN GERARDO MARTÍNEZ ARITZMENDI

MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN DE CONCRETO.

8

MATERIALES PARA CONSTRUCCIÓN Y FERRETERÍA MARVIC, S.A. DE C.V.

C. VICTORIA ALTAMIRANO SALGADO/MARCIAL PEÑA ALTAMIRANO

MATERIAL PARA CONSTRUCCIÓN, FERRETERÍA, TUBERÍA Y CONEXIONES PVC Y CPVC.



NOMBRE DE LA CASA COMERCIAL

REPRESENTANTE

MATERIAL QUE OFRECE

9

TRICOMA, S.A. DE C.V.

C. J. TRINIDAD Y/O C. WILFRIDO CORREA

VENTA DE POLINES, TABLAS DE MADERA, DIFERENTES MEDIDAS

10

C. JOSÉ TRINIDAD LÓPEZ MUÑOZ

C. JOSÉ TRINIDAD LÓPEZ MUÑOZ

RENTA DE CIMBRA.

11

C. HUMBERTO DURÁN ESCOBEDO

C. HUMBERTO DURAN ESCOBEDO TABIQUE.

12

C. MARTHA PADILLA CAMACHO

C. MARTHA PADILLA CAMACHO

CANCELERÍA Y HERRERÍA.

C. ENRIQUE CORREA SÁNCHEZ

CANCELERÍA Y HERRERÍA.

C. ISIDORO HERNÁNDEZ GARCÍA

CANCELERÍA Y HERRERÍA.

15 VIDRIERÍA DEL CENTRO

C. JUAN JOSÉ HERNÁNDEZ

CANCELERÍA Y HERRERÍA.

16 HERRERÍA PAULITA

C. MARÍA DEL ROSARIO GUTIÉRREZ GUZMÁN

HERRERÍA.

17 SERVICIO KIKO

C. ENRIQUE ÁLVAREZ ARREAGA

SOLDADOR Y HERRERÍA.

C. JORGE ALBERTO MARTÍNEZ MARÍN CARPI 19 IMPERMEABILIZACIONES Y ACABADOS

C. JORGE ALBERTO MARTÍNEZ MARÍN

HERRERÍA.

C. RAFAEL CARBAJAL PIÑÓN

IMPERMEABILIZANTE.

20 C. JULIÁN CASIMIRO PÉREZ

C. JULIÁN CASIMIRO PÉREZ

VENTA DE PINTURAS E IMPERMEABILIZANTES.

21 PINTURAS OSEL

C. FRANCISCO MEDINA CASTAÑEDA

VENTA DE PINTURAS.

13 C. ENRIQUE CORREA SÁNCHEZ 14

C. ISIDORO HERNÁNDEZ GARCÍA

18

63

NOMBRE DE LA CASA COMERCIAL C. JOSÉ ALEJANDRO GARCÍA 22 MARTÍNEZ.



23 VICREA 24 EMULSA, S.A. DE C.V. 25

ARQ. RENÉ MARTÍNEZ NEGRETE

26 BANCO DE MATERIAL PÉTREO

27 BANCO DE MATERIAL PÉTREO

28 BANCO DE MATERIAL PÉTREO

29 BANCO BARRERA

REPRESENTANTE C. JOSÉ ALEJANDRO GARCÍA MARTÍNEZ. SABDI CELINA SOLORZANO OLIVARES

MATERIAL QUE OFRECE VENTA DE PLANTAS. VINILES.

ING. RAMIRO URTEAGA MAYA

VENTA DE EMULSIÓN DE ROMPIMIENTO RÁPIDO Y ROMPIMIENTO MEDIO.

ARQ. RENÉ MARTÍNEZ NEGRETE

RENTA DE MAQUINARIA.

VENTA DE GRAVA, ARENA DE POREO, BALASTRE, MAT. PARA C. ALEJANDRO MEDINA CARRILLO BASE, MEZCLADO (GREÑA), MAT. DE RELLENO, FILTRO, TEPETATE, PIEDRA VOLCÁNICA. VENTA DE ARENA DE BORDO, C. ANA REGINA MARÍN SOLÍS ARENA LAVADA, ARENA ARNEADA. VENTA DE ARENA DE BORDO, C. EMILIO PADILLA VILLEGAS ARENA LAVADA, ARENA ARNEADA. VENTA DE GRAVA, ARENA DE POREO, BALASTRE, MAT. PARA C. MARGARITA BARRERA OJEDA BASE, MEZCLADO (GREÑA), MAT. DE RELLENO, FILTRO, TEPETATE, PIEDRA VOLCÁNICA.

Uniones de Transportistas: Nº 1 2 3 4 5 6 7 8

NOMBRE DE LA UNIÓN UNIÓN MIGUEL HIDALGO UNIÓN LÁZARO CÁRDENAS UNIÓN JOSÉ MA. MORELOS UNIÓN MELCHOR OCAMPO UNIÓN CROC UNIÓN CROC NACIONAL UNIÓN CTM UNIÓN CARLOS HANK GONZÁLEZ

REPRESENTANTE AGUSTÍN CORREA MARCO ANTONIO LÓPEZ PONCE GERARDO BACA LÓPEZ MARCIAL MAGALLANES SOTO ENRIQUE ESPINO JOSÉ ALFREDO ROSAS ROJAS FERNANDO GARCÍA ORTIZ MANUEL GONZÁLEZ BASURTO

Padrón de Contratistas de Obra Pública: Nº 1 2 3

NOMBRE DE LA EMPRESA O CONTRATISTA EDIFICADORA Y URBANIZADORA TLAXIMALOYAN S.A. DE C.V.

REPRESENTANTE ING. JUAN CARLOS OLIVARES ORTIZ

RS CONSTRUCCIONES ESTUDIOS Y ING. JOSÉ LUIS RUBIO OLIVARES PROYECTOS, S.A DE C.V. NILO INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES, ING. JOSÉ HONORIO SALOMÓN NIEVEZ S.A. DE C.V. LÓPEZ

4

ING. MARCO ANTONIO GIL GUTIÉRREZ

ING. MARCO ANTONIO GIL GUTIÉRREZ

5

ING. RAMÓN ARRIAGA SÁNCHEZ

ING. RAMÓN ARRIAGA SÁNCHEZ

64

NOMBRE DE LA EMPRESA O CONTRATISTA ARQ. FORTINO GREGORIO VARGAS LÓPEZ

ARQ. FORTINO GREGORIO VARGAS LÓPEZ

7

ING. J. ASCENCIÓN ALANÍS LUNA

ING. J. ASCENCIÓN ALANÍS LUNA

8

ING. RAFAEL ALANÍS LUNA

ING. RAFAEL ALANÍS LUNA

9

GRUPO CONSTRUCTOR OSDAOS, S.A. DE C.V.

ING. ÓSCAR BRAVO ALVARADO

Nº 6

REPRESENTANTE

10 ARQ. JOSÉ JUAN ALCANTAR RUIZ

ARQ. JOSÉ JUAN ALCÁNTAR RUIZ

11 ITZI CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.

ING. JAVIER MONDRAGÓN GARCÍA

12

DEYCON DISEÑO, EDIFICACIÓN Y CONSTRUCCIÓN, S.A. DE C.V.

ING. HUGO MARÍN VALENCIA

Es importante mencionar, que en el transcurso del período de la Administración Municipal dichos padrones sufren modificaciones; razón por la cual, cada vez que se presente la ocasión se notificará por escrito para que se autorice la modificación correspondiente. Cuarto.- Con fundamento a lo establecido en los Artículos 14 y 23 de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Michoacán de Ocampo y sus Municipios, se solicita la autorización para que se apruebe la Modalidad de Ejecución de las obras autorizadas a través del Programa Operativo Anual de Obra Pública 2016; dichas obras son las que a continuación se indican:

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE EN LA COLONIA EL JARAL.

$

500,000.00

CONTRATO

CRUZ DE CAMINOS

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE.

$

337,962.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL AGOSTADERITO

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL BARCINO

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL CARACOL

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO Y RED DE AGUA POTABLE.

$

450,000.00

CONTRATO

CONSTRUCCIÓN DE RED DE AGUA POTABLE.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

LA CONGUERA

REHABILITACIÓN DE DEPÓSITO Y EQUIPO DE BOMBEO DE AGUA POTABLE.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

LOS AJOLOTES

CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CONSTRUCCIÓN DE RED DE AGUA POTABLE.

$

150,000.00

CONTRATO

ENCINO COPUDO

LOS PATIOS

65

LOCALIDAD

PALOS SECOS PUENTE DE TIERRA RINCÓN DE PITAHAYAS

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN TERMINACIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE. CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO Y TERMINACIÓN DE RED DE AGUA POTABLE. CONSTRUCCIÓN DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO Y RED DE AGUA POTABLE.

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

320,000.00

CONTRATO

$

600,000.00

CONTRATO

$

800,000.00

CONTRATO

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE DEPÓSITO PARA AGUA POTABLE EN EL BARRIO DENOMINADO EL POLVILLO.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE CAJA CAPTADORA DE AGUA POTABLE.

$

80,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE LÍNEA DE CONDUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE EN LA COLONIA 5 DE MAYO.

$

300,000.00

CONTRATO

SISTEMA DE PURIFICACIÓN DE AGUA POTABLE.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CONSTRUCCIÓN DE RED DE AGUA POTABLE.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

REHABILITACIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE.

$

600,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE REDES DE DRENAJES SANITARIOS EN LA ZONA ORIENTE DE LA CIUDAD.

$

4,000,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN CALLE VICENTE ORTIZ.

$

400,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE CEDRO ROJO, EN LA COLONIA RANCHO DE PONCE.

$

245,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA EL NARANJO.

$

600,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE SIERRA DE CHIAPAS, EN LA COLONIA EL FRESNO.

$

245,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE SIERRA MADRE DE OAXACA, EN LA COLONIA EL FRESNO.

SAN MATÍAS

SAUCEDO TIERRAS COLORADAS

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA $

245,000.00

MODALIDAD DE EJECUCIÓN ADMINISTRACIÓN DIRECTA

66

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA CUITZILLOS.

CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE EL PEDREGAL, EN LA COLONIA LAS AMÉRICAS. CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA ETAPA DEL DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA FABRICA LA VIRGEN.

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

700,000.00

CONTRATO

$

500,000.00

CONTRATO

$

2,000,000.00

CONTRATO

AGOSTITLÁN

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA LA JOYA.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

AGOSTITLÁN

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA COLONIA LOMA LINDA.

$

150,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

700,000.00

CONTRATO

$

550,000.00

CONTRATO

$

500,000.00

CONTRATO

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

AGOSTITLÁN

AGOSTITLÁN

EL CARACOL

EL CHAPARRO

LOCALIDAD

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO Y FOSA SÉPTICA EN LA COLONIA EL BOSQUE. CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO Y FOSA SÉPTICA EN LA CALLE GALEANA PONIENTE. CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO SOBRE EL MARGEN DE LA BARRANCA. CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE DE ACCESO A GRANDEMIRA.

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO EN LA CALLE MÁRTIRES DE CHAPARRO.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

LA TECATA

SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE LETRINAS.

$

250,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

PUENTE DE TIERRA

TERMINACIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO.

$

400,000.00

CONTRATO

RANCHO EL MUERTO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO.

$

300,000.00

CONTRATO

RINCÓN DE RUBIOS

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO.

$

400,000.00

CONTRATO

SAN ANTONIO VILLALONGÍN

CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE SANITARIO EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

CONTRATO

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

$

300,000.00

CONTRATO

EL CHAPARRO

SAN BARTOLO CUITAREO SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE SANITARIO PARA EL COMEDOR COMUNITARIO. CONSTRUCCIÓN DE LA PRIMERA ETAPA DEL DRENAJE SANITARIO EN EL BARRIO DENOMINADO LA PUERTA.

67

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

SAN ISIDRO ALTA CONSTRUCCIÓN DE LA RED DE DRENAJE HUERTA SANITARIO.

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

400,000.00

CONTRATO

SAN MATÍAS

REHABILITACIÓN DE DRENAJE SANITARIO.

$

510,000.00

CONTRATO

AGUA ESCONDIDA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CERRO AZUL

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

EL AGOSTADERITO

AMPLIACIÓN DE ELECTRIFICACIÓN EN LA PARTE NORTE.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN C.F.E.

EL SALITRE

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

ELECTRIFICACIÓN EN EL CASTILLO.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN C.F.E.

LA ESPERANZA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

LA ZARZA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

RINCÓN DE ARRIBA (JANAMORO)

ELECTRIFICACIÓN EN RINCÓN DE ARRIBA.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN C.F.E.

RÍO HONDO

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

SAN MATÍAS

ELECTRIFICACIÓN EN LA COLONIA VALLE DE HIDALGO.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN C.F.E.

SAN RAFAEL

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

SANTA ANA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

SIEMPREVIVA

ELECTRIFICACIÓN CON CELDAS SOLARES.

$

150,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA ETAPA DE LA UNIDAD MÉDICA DE REHABILITACIÓN INFANTIL.

$

3,600,000.00

CONTRATO

JOSÉ MARÍA MORELOS

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

68

LOCALIDAD SAN BARTOLO CUITAREO

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

CONSTRUCCIÓN DE SANITARIOS EN LA UNIDAD MÉDICA RURAL.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE AULA DE USOS MÚLTIPLES EN EL JARDÍN DE NIÑOS ANTONIO SOTO Y GAMA.

$

625,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE AULA DE MEDIOS EN LA ESCUELA PRIMARIA FRANCISCO VILLA.

$

390,000.00

CONTRATO

$

390,000.00

CONTRATO

$

600,000.00

CONTRATO

$

390,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE AULA ESCUELA SECUNDARIA FEDERAL NO. 3 JOSÉ RUBÉN ROMERO. CONSTRUCCIÓN DE 3 AULAS Y MÓDULO DE SANITARIOS EN LA ESCUELA SECUNDARIA TÉCNICA NO. 151. CONSTRUCCIÓN DE COMEDOR EN EL JARDÍN DE NIÑOS ROSARIO CASTELLANOS.

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE DRENAJE EN LA ESCUELA PRIMARIA 5 DE MAYO.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE 2 AULAS EN LA ESCUELA PRIMARIA MARIANO MATAMOROS.

$

100,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE AULAS EN EL CECYTEM.

$

600,000.00

CONTRATO

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

CIUDAD HIDALGO

REHABILITACIÓN DE ESPACIOS EDUCATIVOS A TRAVÉS DEL PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD.

$

500,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

AGOSTITLÁN

REHABILITACIÓN DE AULAS EN EL JARDÍN DE NIÑOS LÁZARO CÁRDENAS.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

AGOSTITLÁN

TERMINACIÓN DE AULA EN EL JARDÍN DE NIÑOS TZIRAPU.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL MOLCAJETE

CONSTRUCCIÓN DE AULA EN LA ESCUELA PRIMARIA.

$

270,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

PUERTO DE CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE SANITARIOS EN LA ESCUELA PRIMARIA 5 DE MAYO.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE COMEDOR EN LA ESCUELA PRIMARIA JOSEFA ORTIZ DE DOMÍNGUEZ, EN LA COLONIA MINA VIEJA.

$

270,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

REHABILITACIÓN DE SANITARIOS EN EL JARDÍN DE NIÑOS AMADO NERVO.

$

80,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

69

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE AULA DE MEDIOS EN LA ESCUELA PRIMARIA MIGUEL HIDALGO.

$

270,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN MATÍAS

CONSTRUCCIÓN DE AULA EN LA ESCUELA PRIMARIA JOSÉ MA. MORELOS.

$

390,000.00

CONTRATO

SAN MATÍAS

TERMINACIÓN DE UN AULA EN LA TELESECUNDARIA.

$

150,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA CABECERA MUNICIPAL.

$

4,000,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

70

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

AGOSTITLÁN

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

750,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL CARACOL

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

EL CHAPARRO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

HUAJÚMBARO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

1,000,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

JOSÉ MARÍA MORELOS

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

PUCUATO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

780,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN ANTONIO VILLALONGÍN

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

700,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN MATÍAS

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

1,150,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN PEDRO JACUARO

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN LA TENENCIA.

$

600,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO EN LA CALLE CLAVELINA, EN LA COLONIA LINDA VISTA.

$

400,000.00

CONTRATO

LOCALIDAD

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE MARGARITAS, EN LA COLONIA LINDA VISTA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE TIERRA Y LIBERTAD, EN LA COLONIA LINDA VISTA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE EL PORVENIR, EN LA COLONIA LINDA VISTA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE PRIVADA DE VICENTE GUERRERO, EN LA COLONIA LINDA VISTA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE RAMÓN LÓPEZ LARA, EN LA COLONIA LINDA VISTA.

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

500,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

$

500,000.00

CONTRATO

$

500,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

71

LOCALIDAD CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

LOCALIDAD CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO CIUDAD HIDALGO

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE TANGANXOAN, EN LA COLONIA LOS REYES. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE REY TARIACURI, EN LA COLONIA LOS REYES. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE TLÁLOC, EN LA COLONIA EL JARAL. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE MOCTEZUMA, EN LA COLONIA EL JARAL. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE AMADO NERVO, EN LA COLONIA EL JARAL.

$

500,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

$

300,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

$

600,000.00

CONTRATO

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE SIN NOMBRE, EN LA COLONIA LA ANTENA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE CEDRO, EN LA COLONIA UNIDA. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE CHIRIMOYO, EN LA COLONIA UNIDA. CONTINUACIÓN DE LA PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE NIÑOS HÉROES, EN LA SALIDA A JANAMORO. CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO HIDRÁULICO DE LA CALLE PROLONGACIÓN DE NICOLÁS BRAVO, EN LA COLONIA EL JARAL.

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

$

680,000.00

CONTRATO

$

400,000.00

CONTRATO

$

300,000.00

CONTRATO

$

1,000,000.00

CONTRATO

$

1,000,000.00

CONTRATO

LAS JOYITAS

CONSTRUCCIÓN DE PUENTE PEATONAL.

$

150,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

MATA DE PINOS

REHABILITACIÓN DE ACCESO A ESCUELA PRIMARIA.

$

200,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

SAN BARTOLO CUITAREO

CONSTRUCCIÓN DE BANQUETAS EN EL BARRIO DENOMINADO LAS PEÑITAS.

$

300,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE EXPOSICIÓN DE MUEBLES.

$

1,000,000.00

CIUDAD HIDALGO

EQUIPAMIENTO DE TALLERES ARTESANALES CON HORNOS DE ALTA TEMPERATURA.

$

800,000.00

CONTRATO ADMINISTRACIÓN DIRECTA

72

LOCALIDAD

INVERSIÓN MUNICIPAL AUTORIZADA

NOMBRE DE LA OBRA Y/O ACCIÓN

MODALIDAD DE EJECUCIÓN

CIUDAD HIDALGO

CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LA TRUCHA ARCOÍRIS.

$

800,000.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

PROGRAMA DE GASTOS INDIRECTOS.

$

1,734,251.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

PROGRAMA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL.

$

1,156,167.00

ADMINISTRACIÓN DIRECTA

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE DE LA PIRÁMIDE.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL CAMPO MÁXIMO MARTÍNEZ.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE RECREATIVO DRA. RUBÍ SILVA.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE DE LA COLONIA INTENCIONES DE LA NACIÓN.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE DE LA COLONIA AURORA.

$

500,000.00

CONTRATO

CIUDAD HIDALGO

RESCATE DEL PARQUE DE LA COLONIA DE LOS MAESTROS.

$

500,000.00

CONTRATO

Informó al Honorable Cabildo, que se hizo del conocimiento del Comité de Obra Pública, Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Bienes Muebles e Inmuebles, en la reunión Ordinaria número 8 ocho que se llevó a cabo el día 22 de febrero del presente año; adjunto el dictamen de Viabilidad Técnica Número COPAEACSBMI/021/2016, que expide el Comité citado anteriormente. Por lo anteriormente expuesto con apoyo y fundamento en los artículos 21 fracción I del Reglamento de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del Ayuntamiento. ................................................................................ NO HABIENDO MÁS ASUNTOS QUE TRATAR EL ING. CARLOS EDGAR GONZÁLEZ PÉREZ, SÍNDICO MUNICIPAL, DECLARA FORMALMENTE CONCLUIDA LA PRESENTE SESIÓN, SIENDO LAS 10:50 DIEZ HORAS, CON CINCUENTA MINUTOS. FIRMANDO AL MARGEN Y AL CALCE LOS QUE EN ELLA INTERVINIERON, CONSIDERARON Y QUISIERON HACERLO.

C. Jorge David Cedeño Molina. Secretario del H. Ayuntamiento.

73

C. Ing. Carlos Edgar González Pérez Síndico Municipal

Ciudadanos Regidores:

C. Alfredo Salinas Soto

C. Lic. Abraham Navarro Mendoza

C. Ibert Alejandra Ullio Díaz Rodríguez

C. David Marín Rojas

C. QFB. Iudykarina López Coronel

C. Edith Mariela Contreras González

C. José Regueiro Aguilar Padilla

C.P. Aurora Padilla López

C. Luis Gerardo Trejo Rodríguez

C.P. María Mercedes Pérez Reyes

Lic. Rosa María Hurtado Marín

HOJA DE FIRMAS PERTENECIENTE A LA ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA NO. 26

74

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