I.- CONTENIDO DEL CONTRATO

Es pediente zka. / Núm. de expediente 15/2010 PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO E INSTALACION DE

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I. CONTENIDO DEL CONTRATO
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO DE MATERIAL DE ELECTRICIDAD PARA EL AYU

I.- CONTENIDO DEL CONTRATO
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DE LA EJECUCION DEL PROYECTO DE RENOVACION CALLE JUAN BAUTISTA URIARTE EN DIVERS

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Es pediente zka. / Núm. de expediente

15/2010

PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DEL SUMINISTRO E INSTALACION DE BARANDILLAS DE ACERO INOXIDABLE EN EL MUNICIPIO DE ELGOIBAR, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y LA FORMA DE ADJUDICACION DE CONCURSO

I.- CONTENIDO DEL CONTRATO 1. OBJETO DEL CONTRATO El contrato que en base al presente pliego se realice, tendrá por objeto el suministro e instalación de barandillas de acero inoxidable en la zona del puente del King-Kong, en Elgoibar, de conformidad con las especificaciones del Pliego Técnico y con total cumplimiento de la normativa al respecto.

2. PLAZO El plazo total de ejecución del contrato será de tres meses para el suministro e instalación de las barandillas, contado a partir de la formalización del contrato administrativo. El contratista se entenderá incurso en mora por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimación previa por parte de la Administración. El suministro deberá entregarse e instalarse en los lugares indicados en el Pliego de Condiciones Técnicas.

3. PRESUPUESTO DEL CONTRATO El presupuesto del contrato, IVA incluido, del suministro e instalación de las barandillas de acero inoxidable será de 71.000,00 €, cantidad que podrá ser mejorada por los licitadores. En el precio se entenderán comprendidos todos los gastos, incluidos los de transporte e instalación.

4. FINANCIACIÓN

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Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso en la partida 1 0403.601.511.00.01 correspondiente a “barandillas de acero inoxidable”.

5. FORMA DE PAGO El pago del precio del suministro se realizará contra entrega y recepción del mismo y previa presentación de la correspondiente factura, la cual será contrastada y supervisada por los responsables del suministro y, si procede, aprobada por el órgano competente. Una vez aprobada la factura, ésta será abonada dentro de los plazos legalmente previstos en el artículo 200 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público y en su disposición transitoria octava.

6. REVISIÓN DE PRECIOS En el presente contrato no procederá la revisión de precios.

7. GARANTÍAS No se exige garantía provisional. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva del 5% del importe de la adjudicación excluido el IVA. El plazo para la constitución de las citada garantía será de diez días hábiles contados a partir del siguiente a aquél en que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa hubiera recibido el requerimiento, y podrán constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 84 de la Ley de Contratos del Sector Público. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.

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8. EJECUCIÓN DEL CONTRATO La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista y éste no tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que éste hubiese incurrido en mora al recibirlos. Los bienes deberán ser entregados en el tiempo y lugar fijados en el presente pliego, de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. No obstante, la Administración, durante la ejecución del contrato, se reserva la facultad de fijar otro lugar distinto al pactado. La ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente. Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime oportunas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo

9. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.

10. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 198 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público. A tal fin aportará, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido la notificación de haber presentado la oferta económicamente más ventajosa , copia de una póliza de seguros, con límite mínimo de garantía de 300.000 € y justificante del pago de la misma, que cubra los riesgos inherentes al contrato y en especial a la responsabilidad civil en que pueda incurrir por los daños causados a terceras personas y derivados de actos del personal del adjudicatario, de sus empleados y dependientes, de la maquinaria y equipo que emplee, así como, a consecuencia de los trabajos realizados durante la prestación del servicio objeto de la adjudicación.

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11. MODIFICACIONES DEL CONTRATO La Administración podrá modificar el contrato, por razones de interés público, debido a necesidades nuevas o causas imprevistas, no teniendo derecho el contratista a indemnización alguna, sin perjuicio de lo que se establece en el artículo 272 de la Ley de Contratos del Sector Público.

12. RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO Y PLAZO DE GARANTÍA En el plazo máximo de un mes desde que se efectúe la entrega e instalación del suministro, se producirá el acto formal y positivo de recepción del mismo. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente y se darán instrucciones al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro de acuerdo con lo pactado. Cuando no se realice la subsanación o sustitución, el Ayuntamiento los dejará de cuenta del contratista quedando exento de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado. Asimismo, se establece un plazo de 1 año, a contar desde la fecha de recepción formal, que se fija como garantía a los efectos previstos en la Ley de Contratos del Sector Público y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. El Ayuntamiento, durante el plazo de garantía tendrá derecho a la reposición o reparación, si ello fuera suficiente, de los bienes suministrados que presenten vicios o defectos. Si el Ayuntamiento constatase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos imputables al contratista y fuera presumible que su reposición o reparación no son suficientes para conseguir aquel fin, podrá, dentro de aquel plazo, rechazarlos y dejarlos a cuenta del contratista.

13. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de entrega del suministro, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,12 por 601,01 euros del precio del contrato.

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Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el Organo de Contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución, con pérdida de la garantía, o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por 100 del precio total del contrato.

14. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Constituyen causas de resolución del contrato de suministro las establecidas en los artículos 206 y 275 de la Ley de Contratos del Sector Público.

15. PRERROGATIVAS DEL AYUNTAMIENTO Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la misma.

II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR 16. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto, utilizándose la forma de concurso. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del concurso relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye son los siguientes:

Criterio Mejor precio ofertado. (Sobre C)

Ponderación

35 puntos

Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más http://www.elgoibar.org [email protected]

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económica y cero puntos al precio de licitación. La puntuación del resto de las ofertas se desprende de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta del licitador que se valora por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es, Ob x Z Ol Donde Ob es la oferta económica más baja y Ol es la oferta del licitador que se valora, siendo Z el número máximo de puntos a aplicar en el criterio que nos ocupa. Memoria técnica. (Sobre B) Se analizarán el plan 35 puntos de trabajo, las medidas de seguridad respecto de los vehículos y las personas, los sistemas de anclaje, los medios humanos y materiales, etc Mejoras valoradas económicamente. (Sobre C)

10 puntos

Se otorgará un punto por cada 250 € de mejora con un máximo de 10 puntos. Plazo de ejecución. (Sobre C) Se concederán

10 puntos

dos puntos y medio por cada semana de ahorro sobre el plazo.

Mantenimiento. (Sobre B) Se valorarán aspectos

10 puntos

como plazo de mantenimiento gratuito y pagando, trabajos y piezas incluidos sin coste y/o con coste,

17. CAPACIDAD PARA CONTRATAR

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Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la cláusula 18. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas. Además, los licitadores deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del presente contrato y disponer de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.

18. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas a partir del siguiente día a aquel en aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial de Guipúzcoa y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones. Estas se presentarán en el mismo lugar y horario indicados durante el plazo de 15 días naturales, contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el referido anuncio. No obstante, en caso de que el último día coincida en sábado o festivo, el plazo se ampliará hasta el primer día hábil siguiente. Esta licitación se anunciará, así mismo, en la siguiente página web: www.elgoibar.org, donde se podrá acceder a los pliegos y a la documentación complementaria, en su caso. Las proposiciones presentadas con posterioridad no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Organo de Contratación por telex o telegrama, la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. No obstante, transcurridos 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitid en ningún caso. Únicamente se admitirá una proposición por licitador.

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Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados (A, B y C) en cada uno de los cuales se hará constar el contenido y el nombre del licitador, figurando la inscripción “PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACION POR CONCURSO ABIERTO DEL SUMINISTRO E INSTALACION BARANDILLAS DE ACERO INOXIDABLE EN ELGOIBAR” En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar todos los sobres también firmados. El sobre “A” se subtitulará “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR” y contendrá los siguientes documentos, que deberán ser originales o copias compulsadas o auténticas: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además, en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial. b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Las empresas extranjeras acreditarán su capacidad de obrar en el modo previsto en los artículos 9 y 10 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público (ANEXO I), que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias. d) El alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas se acreditará mediante la presentación del documento de alta, referido al ejercicio corriente, o mediante la presentación del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la

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matrícula correspondiente. En el caso de encontrarse exento del pago del Impuesto se deberá de presentar certificación acreditativa de tal circunstancia emitida por la Hacienda Competente. e) Para la acreditación de la solvencia económica y financiera, informe en tal sentido de las instituciones financieras f) Para la acreditación de la solvencia técnica, tal y como indica el artículo 66.a) de la Ley de Contratos del Sector Público, relación de los principales contratos de objeto similar al que se contrata, ejecutados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, según modelo que se adjunta como ANEXO II, al que se incorporarán los correspondientes certificados sobre los mismos. Se entenderá acreditado este requisito cuando el importe acumulado de los contratos de los tres últimos años sea superior a 852.000 Euros. No será necesario certificar los realizados para el Ayuntamiento de Elgoibar, y será suficiente la indicación del/los contrato/s ejecutado/s. g) Las empresas extranjeras, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. h) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos. Los contratistas inscritos en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi podrán presentar certificado acreditativo de la inscripción, que les exonerará de la presentación de los documentos identificados con las letras a), b), y c), en su caso, y de la acreditación de la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En este caso deberá acompañarse a la referida certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. (ANEXO III) Toda esta documentación se presentará en original o copia debidamente compulsada.

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Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si la citada documentación no es reclamada en el plazo de un mes el Ayuntamiento podrá proceder a su destrucción.

El sobre “B” se subtitulará “MEMORIA TÉCNICA” y contendrá los siguientes documentos: Contendrá la documentación relativa a los criterios de adjudicación referidos a los puntos denominados “Memoria técnica” y “Mantenimiento”, de la cláusula 16. En ningún caso debe incluirse en el presente sobre la proposición económica, las mejoras y el plazo, que deberán incluirse en el sobre “C”. La inclusión de dichos datos en el sobre “B” supondrá la inmediata expulsión del licitador del presente procedimiento, y no se procederá a la apertura de su sobre “C” El sobre “C” se denominará “PROPOSICIÓN ECONÓMICA, MEJORAS Y PLAZO”, y contendrá los siguientes documentos: a) Proposición económica ajustada al siguiente modelo: D.............................................................................................................................................., con domicilio en ................................................................................................... ................., CP............................., D.N.I. nº.................................., teléfono............................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de.............................................. ..................................................................., con domicilio en.............................................................................................................................................. CP........................, teléfono......................................................., y D.N.I. o C.I.F.(según se trate de persona física o jurídica) nº...........................), enterado del concurso convocado por el Ayuntamiento de Elgoibar para la contratación del suministro e instalación de barandillas de acero inoxidable , declaro: 1º) Que me comprometo al suministro e instalación de barandillas de acero inoxidable por el precio de………………….€, (IVA, transporte y todo tipo de gastos incluidos) 2º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.

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3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento. 4º) Que, así mismo, me obligo al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en materia laboral y tributaria. En.............................., a............................................de 2010… Firma

b) Mejoras valoradas económicamente. c) Plazo. En ningún caso se deberán incluir en este sobre la me moria técnica o cualesquiera otros datos correspondientes a criterios de adjudicación cuya valoración dependa de un juicio de valor y que deberán incluirse en el sobre “B”. La inclusión de cualquiera de dichos datos en el sobre C supondrá la no valoración de dichos documentos, por lo que solamente se le asignarán los puntos correspondientes a los criterios de adjudicación referidos al precio, mejoras valoradas económicamente y plazo.

19.- MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de contratación estará formada por los siguientes miembros:    1.2.3.-

Presidente: El Alcalde o persona en quien delegue Secretario: El Técnico de Contratación. Vocales: El Secretario municipal. La Interventora municipal El Jefe de Servicios.

20. CALIFICACION DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”), procediendo, para ello, como se señala en los artículos 81 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

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A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de los licitadores que habrán de aportarse, tal y como dispone el artículo 22 del Reglamento, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del Organo de contratación. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles los licitadores corrijan o subsanen los defectos observados. La Mesa de Contratación procederá a la apertura del sobre “B” (Memoria Técnica), y las remitirá al encargado de su valoración, que deberá devolver el informe de valoración antes de la apertura pública de la proposición económica. La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas determinados en la cláusula 18 de este pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Las ofertas presentadas en el sobre “C” serán abiertas en acto público el quinto día hábil siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones a las.12:00.horas, salvo en el caso de envío por correo en que se estará a lo dispuesto en el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas. Si el acto público coincidiera en sábado se trasladará al siguiente día hábil. Posteriormente y previos los informes técnicos oportunos, en su caso, la Mesa de Contratación elevará la propuesta de la oferta económicamente más ventajosa al órgano de Contratación.

21. ADJUDICACION Y FORMALIZACIÓN El Órgano de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, realice las siguientes actuaciones: a) Aportar la justificación acreditativa de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. b) Aportar justificante de haber pagado la póliza del seguro indicada en la cláusula número 10. c) Constituir la garantía definitiva.

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De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo de 10 días anterior, siempre que el licitador haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía definitiva. Al amparo de lo previsto en el artículo 139.2 de la LCSP, la renuncia a la celebración del contrato o el desistimiento del procedimiento sólo podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la adjudicación. En ambos casos se compensará a los candidatos o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido. El contrato se perfeccionará mediante su formalización en documento administrativo. Finalmente, el adjudicatario deberá de comparecer en esta Administración en plazo no superior a los quince días hábiles siguientes a aquél en que reciba la notificación de la adjudicación para formalizar el contrato en documento administrativo. En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, la Administración puede acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de daños y perjuicios.

III. NATURALEZA, COMPETENTE

REGIMEN

JURIDICO

Y

JURISDICCION

22. NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO

El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto, específicamente en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas. En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego. http://www.elgoibar.org [email protected]

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23. JURISDICCION COMPETENTE Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

24. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Trigésimo Primera de la LCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.

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ANEXO I MODELO DE DECLARACION D/Dª. ---------------------------------------------------------------------------------------, mayor de edad, con D.N.I. nº. ---------------------------------- y domicilio en ------------------------------------------------------------------------------------, Tel. -------------------------------, Fax ---------------------------, declara que está facultado/a para contratar con la Administración Pública, ya que teniendo plena capacidad de obrar, no se halla incurso/a en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Servicio Público. Asimismo, declara, -

Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, con el alcance que previenen los artículos 13 y 14 del R.G.L.C.A.P. (RD 1.098/2001), 12 de octubre.

-

Estar dado de Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos en el concurso para el “suministro e instalación de barandillas de acero inoxidable para el Ayuntamiento de Elgoibar”, firmo la presente declaración, a _______ de ____________________ de 2010. Firma.

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ANEXO II MODELO PARA LA ACREDITACION DE LA SOLVENCIA TECNICA

D.............................................................................................................................................., con domicilio en ....................................................................................................................., CP...................................... , D. N. I. nº.................................. ., teléfono. . ................... en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de.............................................................................................................................................. con domicilio en......................................................................................................................, CP........................... , teléfono.................................. , y D.N.I o C. I. F.......................(según se trate de persona física o jurídica)) enterado del procedimiento convocado por el Ayuntamiento de Elgoibar para la contratación del “suministro e instalación de barandillas de acero inoxidable en el municipio de Elgoibar”, y con el objeto de acreditar la solvencia técnica requerida en el Pliego de Condiciones EconómicoAdministrativas, declaro que durante los tres últimos años la empresa a la que represento ha resultado adjudicataria de los siguientes contratos:

AÑO

DESCRIPCION DEL CONTRATO

MUNICIPIO

IMPORTE

TOTAL Fecha

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ELGOIBARKO UDALA Foru plaza z/g 20.870 ELGOIBAR

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Es pediente zka. / Núm. de expediente

15/2010

ANEXO III DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE CONTRATISTAS (DE PRESENTACIÓN OBLIGATORIA JUNTO CON LA CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL)

D./D.ª……………………………………………………………………………………... con D.N.I. nº ………………………………, en nombre propio o en representación de la empresa……………………………………., inscrita en el Registro de Contratistas……………………. Con el nº…………………………………., en calidad de…………… ……………(indicar tipo de representación), al objeto de participar en la contratación denominada………………………………………………., convocada por el Ayuntamiento de Elgoibar, declara bajo su responsabilidad: A)

Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Contratistas……………….. no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con la certificación del Registro que acompaña a esta declaración. B) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Contratistas referentes a: 1. …………………………………………………………………………………. 2. …………………………………………………………………………………. 3. …………………………………………………………………………………. 4. ………………………………………………………………………………….. Han sufrido alteración según se acredita mediante los documentos que se adjuntan en la presente declaración y que estos extremos han sido comunicados al Registro de Contratistas con fecha…………………………………., manteniéndose el resto de los datos sin ninguna alteración respecto del contenido de la certificación del Registro.

En………………………………, a….. de……………………………. de 2010…. Sello de la empresa y firma autorizada Firmado: Nota: Las opciones A) y B), son incompatibles entre sí. Señale sólo la que corresponda. Esta declaración deberá ser emitida por cualquiera de los representantes con facultades que figuren inscritos en el Registro de Contratistas.

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