I. Disposiciones generales

Boletín Oficial de Canarias núm. 14 1256 Viernes 22 de enero de 2016 I. Disposiciones generales Consejería de Hacienda 154 Agencia Tributaria Canar

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Boletín Oficial de Canarias núm. 14

1256

Viernes 22 de enero de 2016

I. Disposiciones generales Consejería de Hacienda 154 Agencia Tributaria Canaria.- Resolución de 11 de enero de 2016, de la Directora, por la que se adapta el modelo 651, de autoliquidación de Donaciones. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un tributo cedido a la Comunidad Autónoma de Canarias, la cual ha asumido las competencias establecidas en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, respecto de su gestión. En ejercicio de dichas competencias, la Orden de 28 de febrero de 2008, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, modelo 660 de Declaración de Sucesiones, modelo 650 de Autoliquidación de Sucesiones, modelo 651 de Autoliquidación de Donaciones, modelo 652 de Autoliquidación de Seguros de vida y modelo 653 de Autoliquidación de Consolidación de dominio, estableció estos nuevos modelos y la Resolución de 13 de octubre de 2008 realizó unas modificaciones para su adaptación a los programas de ayuda. Procede ahora realizar una actualización del modelo 651 con el fin de incluir, por un lado, la nueva bonificación en la cuota, y por otro lado, los cambios en la gestión recaudatoria y en la nueva estructura organizativa. R E S U E L V O: Primero.- Se adapta el modelo para la presentación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, modelo 651, autoliquidación de Donaciones, que queda como figura en el anexo a la presente Resolución. Segundo.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. Santa Cruz de Tenerife, a 11 de enero de 2016.- La Directora, Cristina Hernández ­ arnicer. C

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1257

Viernes 22 de enero de 2016

Modelo

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

651

DONACIONES Código Administración Tributaria Espacio reservado para la Administración

Contribuyente (2) NIF

IVA CATEsc. I F Número Piso I T N

Apellidos y nombre o razón soc.

E ETA ID U Municipio Q I T E

Vía pública

Código postal (3) Teléfono

(5) No sujeto Puerta

Provincia

(6) Fecha de devengo

Prescrito

/

/

Condición suspensiva

País

Dirección electrónica

(4) Fecha de nacimiento

/

/

Grupo

Parentesco

Patrimonio preexistente

%

Discapacidad: Sí

Donante NIF Apellidos y nombre o razón soc.

E TA ID E U Municipio Q Código postal I ET Vía pública

Fecha de nacimiento

A CATIV NTIFINúmero Esc. Piso Provincia

Puerta

/

/

Incapacidad Teléfono

País Dirección electrónica

Datos del documento Tipo

Notario o autoridad

Fecha documento

Autoliquidación complementaria

Resumen de la autoliquidación

Autoliquidación complementaria

Cuota a ingresar

25

Recargo

26

Intereses de demora

27

Total a ingresar

28

Núm. última autoliquidación Fecha de presentación

,

Cuota ingresada

Número de protocolo

, , , ,

Representante NIF Apellidos y nombre o razón soc.

IF Número

IDENT A T E U Código postal ETIQMunicipio Vía pública

Teléfono

A ICATIV

Esc. Piso Puerta

Provincia

El/los sujeto/s pasivo/s abajo firmante/s declara/n que presenta/n el documento original y una copia simple exacta y, en su caso, nombra representante a la persona indicada a los efectos del art. 46 de la Ley 58/2003 para actuar con relación a todos los hechos imponibles y procedimientos de gestión que deriven del documento presentado.

,

País

de

Firma del sujeto pasivo

Dirección electrónica

de 20 Firma del representante

Ingreso Ingreso efectuado a favor del Tesoro del Gobierno de Canarias Código IBAN: E

S

Entidad colaboradora:

en efectivo

adeudo en cuenta Importe:

D00000651

https://sede.gobcan.es/cpji/boc

pago fraccionado

,

Ejemplar para la Administración

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1258

Viernes 22 de enero de 2016

Modelo

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

651

DONACIONES Código Administración Tributaria Espacio reservado para la Administración

Contribuyente (2) NIF

IVA CATEsc. INúmero F Piso I T N E

Apellidos y nombre o razón soc.

ETA ID U Municipio Q I T E

Vía pública

Código postal (3) Teléfono

Provincia

(5) No sujeto

(6) Fecha de devengo

Prescrito

Puerta

/

/

Condición suspensiva

País

Dirección electrónica

(4) Fecha de nacimiento

/

/

Grupo

Parentesco

Patrimonio preexistente

%

Discapacidad: Sí

Donante NIF Apellidos y nombre o razón soc.

A CATIV NTIFINúmero Esc. Piso

E ETA ID U Municipio Q Código postal I T E Vía pública

Provincia

Fecha de nacimiento Puerta

/

/

Incapacidad Teléfono

País Dirección electrónica

Datos del documento Tipo

Notario o autoridad

Fecha documento

Autoliquidación complementaria

Resumen de la autoliquidación

Autoliquidación complementaria

Cuota a ingresar

25

Núm. última autoliquidación

Recargo

26

Fecha de presentación

Intereses de demora

27

Total a ingresar

28

,

Cuota ingresada

Número de protocolo

, , , ,

Representante NIF

IVA CATEsc. Piso Puerta IFINúmero T N E D I A T UE Código postal Provincia País ETIQMunicipio Apellidos y nombre o razón soc. Vía pública

Teléfono

Dirección electrónica

El/los sujeto/s pasivo/s abajo firmante/s declara/n que presenta/n el documento original y una copia simple exacta y, en su caso, nombra representante a la persona indicada a los efectos del art. 46 de la Ley 58/2003 para actuar con relación a todos los hechos imponibles y procedimientos de gestión que deriven del documento presentado.

,

de

Firma del sujeto pasivo

de 20 Firma del representante

Ingreso Ingreso efectuado a favor del Tesoro del Gobierno de Canarias Código IBAN: E

S

Entidad colaboradora:

en efectivo

adeudo en cuenta Importe:

D00000651

https://sede.gobcan.es/cpji/boc

pago fraccionado

,

Ejemplar para el interesado

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1259

Viernes 22 de enero de 2016

Modelo

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

651

DONACIONES Código Administración Tributaria Espacio reservado para la Administración

Contribuyente (2) NIF

IVA CATEsc. INúmero F Piso I T N E

Apellidos y nombre o razón soc.

ETA ID U Municipio Q I T E

Vía pública

Código postal (3) Teléfono

(5) No sujeto

Provincia

(6) Fecha de devengo

Prescrito

Puerta

/

/

Condición suspensiva

País

Dirección electrónica

(4) Fecha de nacimiento

/

/

Grupo

Parentesco

Patrimonio preexistente

%

Discapacidad: Sí

Donante NIF Apellidos y nombre o razón soc.

N A IDE T E U Municipio Q Código postal ETI Vía pública

Fecha de nacimiento

IVA CATEsc. Piso TIFINúmero Provincia

Puerta

/

/

Incapacidad Teléfono

País Dirección electrónica

Datos del documento Tipo

Notario o autoridad

Fecha documento

Autoliquidación complementaria

Resumen de la autoliquidación

Autoliquidación complementaria

Cuota a ingresar

25

Núm. última autoliquidación

Recargo

26

Fecha de presentación

Intereses de demora

27

Total a ingresar

28

,

Cuota ingresada

Número de protocolo

, , , ,

Representante NIF Apellidos y nombre o razón soc.

IF Número

IDENT A T E U Código postal ETIQMunicipio Vía pública

Teléfono

A ICATIV

Esc. Piso Puerta

Provincia

El/los sujeto/s pasivo/s abajo firmante/s declara/n que presenta/n el documento original y una copia simple exacta y, en su caso, nombra representante a la persona indicada a los efectos del art. 46 de la Ley 58/2003 para actuar con relación a todos los hechos imponibles y procedimientos de gestión que deriven del documento presentado.

,

País

de

Firma del sujeto pasivo

Dirección electrónica

de 20 Firma del representante

Ingreso Ingreso efectuado a favor del Tesoro del Gobierno de Canarias Código IBAN: E

S

Entidad colaboradora:

en efectivo

adeudo en cuenta Importe:

D00000651

https://sede.gobcan.es/cpji/boc

pago fraccionado

,

Ejemplar para la entidad colaboradora

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1260

Viernes 22 de enero de 2016

Modelo

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

651

DONACIONES Código Administración Tributaria Espacio reservado para la Administración

Contribuyente (2) NIF

IVA CATEsc. I F Número Piso I T N

Apellidos y nombre o razón soc.

E ETA ID U Código postalTIQMunicipio E Vía pública

(3) Teléfono

(5) No sujeto Puerta

Provincia

(6) Fecha de devengo

Prescrito

/

/

Condición suspensiva

País

Dirección electrónica

(4) Fecha de nacimiento

/

/

Grupo

Parentesco

Patrimonio preexistente

%

Discapacidad: Sí

Donante NIF

Fecha de nacimiento

IVA CATEsc. Piso TIFINúmero

Apellidos y nombre o razón soc.

N A IDE T E U Municipio Q Código postal ETI Vía pública

Provincia

Puerta

/

/

Incapacidad Teléfono

País Dirección electrónica

Datos del documento Tipo

Notario o autoridad

Fecha documento

Autoliquidación complementaria

Resumen de la autoliquidación

Autoliquidación complementaria

Cuota a ingresar

25

Núm. última autoliquidación

Recargo

26

Fecha de presentación

Intereses de demora

27

Total a ingresar

28

,

Cuota ingresada

Número de protocolo

, , , ,

Representante NIF Apellidos y nombre o razón soc.

IDE UETA IQMunicipio

Vía pública

ET

Código postal

A CATIV NTIFINúmero Esc. Piso

Teléfono

Provincia

Puerta

El/los sujeto/s pasivo/s abajo firmante/s declara/n que presenta/n el documento original y una copia simple exacta y, en su caso, nombra representante a la persona indicada a los efectos del art. 46 de la Ley 58/2003 para actuar con relación a todos los hechos imponibles y procedimientos de gestión que deriven del documento presentado.

,

País

de

Firma del sujeto pasivo

Dirección electrónica

de 20 Firma del representante

Ingreso Ingreso efectuado a favor del Tesoro del Gobierno de Canarias Código IBAN: E

S

en efectivo

adeudo en cuenta Importe:

D00000651

https://sede.gobcan.es/cpji/boc

Entidad colaboradora:

pago fraccionado

,

Carta de pago

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Boletín Oficial de Canarias núm. 14

NIF

1261

Viernes 22 de enero de 2016

651

Apellidos y nombre

Autoliquidación Base imponible real

Base imponible teórica

Bienes inmuebles urbanos Bienes inmuebles rústicos Valores representativos de la participación en fondos propios de entidades Otros bienes o derechos

1

,

2

,

3

,

4

,

Donaciones acumulables

Desmembramiento de dominio: bienes en nuda propiedad Valor del pleno dominio

8

,

Valor de la nuda propiedad

9

,

10

,

11

,

12

,

Valor total de los bienes y derechos 1 + 2 + 3 + 4

5

,

Donación de inmuebles radicados fuera de Canarias

Cargas y deudas deducibles

6

,

Base imponible teórica 7 + 8 _ 9 + 10 + 11

Base imponible real 5 _ 6

7

,

Reducciones de la base imponible Concepto

102

Por la participación en entidades

103

Por bienes de interés cultural

104

Por explotaciones agrarias

105

Por donación de cantidades en metálico para vivienda habitual

106

Por donación de cantidades en metálico para constituir o adquirir empresa, negocio o participaciones

107

Por aportaciones a patrimonios protegidos de discapacitados

108

Otras reducciones

13

Total reducciones

Cuota tributaria. Caso general (si

,

501 al

,

% 502

Coeficiente multiplicador

203 204 205 206 207 208 14

Hasta

,

Resto

,

Total 601 + 602

,

Coeficiente multiplicador

,

503

al

18

,

Reducción por exceso de cuota

Reducción por exceso de cuota

19

,

Cuota ajustada 605 _ 606

Cuota tributaria ajustada 18 _ 19

21

, ,

504

601

,

% 602

,

603

,

604

, , ,

606

,

607 20

Tipo medio efectivo 607 / 16 x 100 Base liquidable real 7 _ 13

%

,

605

Cuota 603 x 604

Cuota tributaria 17 x 503

Tipo medio 21 / 15 x 100

7 =/ 12 )

16

Base liquidable teórica 12 _ 14

,

17

Cuota íntegra 501+ 502

, , , , , , , , ,

201 202

Cuota tributaria. Tipo medio efectivo (si

7 = 12 )

15

Base liquidable real 7 _ 13 Hasta

, , , , , , , , ,

101

Por actividad empresarial o profesional

Resto

Reducción teórica (sólo si 7 =/ 12 )

Reducción real

Cuota tributaria ajustada 15 x 20

,

%

15

,

21

,

Total a ingresar Deducción por doble imposición internacional

22

,

Bonificación en cuota grupos I y II

23

,

Intereses de demora

Deducción de cuotas anteriores

24

,

Total a ingresar 25 + 26 + 27

Cuota a ingresar 21 _ 22 _ 23 _ 24

25

,

D00000651

https://sede.gobcan.es/cpji/boc

Recargo

26

,

27

,

28

,

Ejemplar para la Administración

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Boletín Oficial de Canarias núm. 14

NIF

1262

Viernes 22 de enero de 2016

651

Apellidos y nombre

Autoliquidación Base imponible real

Base imponible teórica

Bienes inmuebles urbanos Bienes inmuebles rústicos Valores representativos de la participación en fondos propios de entidades Otros bienes o derechos

1

,

2

,

3

,

4

,

Donaciones acumulables

Desmembramiento de dominio: bienes en nuda propiedad Valor del pleno dominio

8

,

Valor de la nuda propiedad

9

,

10

,

11

,

12

,

Valor total de los bienes y derechos 1 + 2 + 3 + 4

5

,

Donación de inmuebles radicados fuera de Canarias

Cargas y deudas deducibles

6

,

Base imponible teórica 7 + 8 _ 9 + 10 + 11

Base imponible real 5 _ 6

7

,

Reducciones de la base imponible Concepto

102

Por la participación en entidades

103

Por bienes de interés cultural

104

Por explotaciones agrarias

105

Por donación de cantidades en metálico para vivienda habitual

106

Por donación de cantidades en metálico para constituir o adquirir empresa, negocio o participaciones

107

Por aportaciones a patrimonios protegidos de discapacitados

108

Otras reducciones

13

Total reducciones

Cuota tributaria. Caso general (si

,

501 al

,

% 502

Coeficiente multiplicador

203 204 205 206 207 208 14

Hasta

,

Resto

,

Total 601 + 602

,

Coeficiente multiplicador

,

503

al

Cuota 603 x 604

Cuota tributaria 17 x 503

18

,

Reducción por exceso de cuota

Reducción por exceso de cuota

19

,

Cuota ajustada 605 _ 606

Cuota tributaria ajustada 18 _ 19

21

,

Tipo medio 21 / 15 x 100

,

504

,

601

,

% 602

,

603

,

604

, , ,

605 606

,

607 20

Tipo medio efectivo 607 / 16 x 100 Base liquidable real 7 _ 13

%

7 =/ 12 )

16

Base liquidable teórica 12 _ 14

,

17

Cuota íntegra 501+ 502

, , , , , , , , ,

201 202

Cuota tributaria. Tipo medio efectivo (si

7 = 12 )

15

Base liquidable real 7 _ 13 Hasta

, , , , , , , , ,

101

Por actividad empresarial o profesional

Resto

Reducción teórica (sólo si 7 =/ 12 )

Reducción real

Cuota tributaria ajustada 15 x 20

,

%

15

,

21

,

Total a ingresar Deducción por doble imposición internacional

22

,

Bonificación en cuota grupos I y II

23

,

Intereses de demora

Deducción de cuotas anteriores

24

,

Total a ingresar 25 + 26 + 27

Cuota a ingresar 21 _ 22 _ 23 _ 24

25

,

D00000651

https://sede.gobcan.es/cpji/boc

Recargo

26

,

27

,

28

,

Ejemplar para el interesado

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Boletín Oficial de Canarias núm. 14

NIF

1263

Viernes 22 de enero de 2016

651

Apellidos y nombre

Relación de bienes Bienes inmuebles urbanos Tipo de bien Derecho

2

Bien ganancial

Superficie (m )

Referencia catastral

Clave beneficio fiscal

/



1

Vía pública

Número Esc. Piso Puerta Código postal

Valor catastral

Municipio

Provincia Valor declarado de la donación

Valor total del bien

, Tipo de bien Derecho

,

, 2

Bien ganancial

Superficie (m )

Referencia catastral

Clave beneficio fiscal

/



2

Vía pública

Número Esc. Piso Puerta Código postal

Valor catastral

Municipio

Provincia Valor declarado de la donación

Valor total del bien

,

,

,

Bienes inmuebles rústicos Tipo de bien Derecho

Bien ganancial

Superficie (ha)

Referencia catastral

Clave beneficio fiscal

/



1

Polígono

Nombre del paraje

Parcela

Valor catastral

Municipio

Provincia Valor declarado de la donación

Valor total del bien

,

,

,

Valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad Tipo de bien

Descripción

Derecho

NIF del emisor/a

Bien ganancial: sí

Emisor/a

Clave beneficio fiscal

Número de títulos

Entidad depositaria

Valor de cotización

Valor declarado de la donación

Valor total

,

/

,

,

Otros bienes o derechos Tipo

Derecho

Subtipo

Bien ganancial: sí

Descripción

/

Clave beneficio fiscal

Valor declarado de la donación

Valor total

,

,

Cargas deducibles Descripción

Valor total

Valor declarado de la donación

,

,

Deudas deducibles Descripción

Valor total

Valor declarado de la donación

,

,

Acumulación de donaciones entre sí Tipo de bien

Derecho

Descripción de la donación

Referencia catastral (immuebles)

Bien ganancial: sí

Clave beneficio fiscal

Datos de la escritura (notario, protocolo y fecha)

Valor comprobado

,

/ Bienes inmuebles radicados fuera de Canarias Tipo de bien

Derecho

Bien ganancial

Referencia catastral

Municipio

Página

País

Provincia

,

Valor catastral

de

Valor total del bien

,

Valor declarado de la donación

(si cumplimenta más de una hoja de relación de bienes, numérela correlativamente)

Clave beneficio fiscal

/



,

Ejemplar para la Administración

D00000651

https://sede.gobcan.es/cpji/boc

boc-a-2016-014-154

Boletín Oficial de Canarias núm. 14

NIF

1264

Viernes 22 de enero de 2016

651

Apellidos y nombre

Relación de bienes Bienes inmuebles urbanos Tipo de bien Derecho

2

Bien ganancial

Superficie (m )

Referencia catastral

Clave beneficio fiscal

/



1

Vía pública

Número Esc. Piso Puerta Código postal

Valor catastral

Municipio

Provincia Valor declarado de la donación

Valor total del bien

, Tipo de bien Derecho

,

, 2

Bien ganancial

Superficie (m )

Referencia catastral

Clave beneficio fiscal

/



2

Vía pública

Número Esc. Piso Puerta Código postal

Valor catastral

Municipio

Provincia Valor declarado de la donación

Valor total del bien

,

,

,

Bienes inmuebles rústicos Tipo de bien Derecho

Bien ganancial

Superficie (ha)

Referencia catastral

Clave beneficio fiscal

/



1

Polígono

Nombre del paraje

Parcela

Valor catastral

Municipio

Provincia Valor declarado de la donación

Valor total del bien

,

,

,

Valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad Tipo de bien

Descripción

Derecho

NIF del emisor/a

Bien ganancial: sí

Emisor/a

Clave beneficio fiscal

Número de títulos

Entidad depositaria

Valor de cotización

Valor declarado de la donación

Valor total

,

/

,

,

Otros bienes o derechos Tipo

Derecho

Subtipo

Bien ganancial: sí

Descripción

/

Clave beneficio fiscal

Valor declarado de la donación

Valor total

,

,

Cargas deducibles Descripción

Valor total

Valor declarado de la donación

,

,

Deudas deducibles Descripción

Valor total

Valor declarado de la donación

,

,

Acumulación de donaciones entre sí Tipo de bien

Derecho

Descripción de la donación

Referencia catastral (immuebles)

Bien ganancial: sí

Clave beneficio fiscal

Datos de la escritura (notario, protocolo y fecha)

Valor comprobado

,

/ Bienes inmuebles radicados fuera de Canarias Tipo de bien

Derecho

Bien ganancial

Referencia catastral

Municipio

Página

País

Provincia

,

Valor catastral

de

Valor total del bien

,

Valor declarado de la donación

(si cumplimenta más de una hoja de relación de bienes, numérela correlativamente)

Clave beneficio fiscal

/



,

Ejemplar para el interesado

D00000651

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boc-a-2016-014-154

Boletín Oficial de Canarias núm. 14

1265

Viernes 22 de enero de 2016

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

Modelo

DONACIONES

651

CUESTIONES GENERALES El modelo 651 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se debe utilizar para realizar la autoliquidación por donaciones. Deberá rellenarse empleando letras mayúsculas, a máquina, por grabación informática o con bolígrafo sobre superficie dura, sin enmiendas ni tachaduras. Cumplimente únicamente los recuadros que aparecen en blanco en los impresos. Las presentes instrucciones tienen carácter informativo y contienen datos referidos a hechos imponibles, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (en adelante ISD), acaecidos a partir del 1 de enero de 2016. Por tanto, si se quiere liquidar una donación referida a una fecha anterior, deberá consultar la normativa vigente en la fecha del devengo del impuesto. Usted podrá obtener más información en: • • • •

las Oficinas de la Agencia Tributaria Canaria, cuyas direcciones figuran en un anexo a estas instrucciones. en el Servicio de Atención Tributaria en el teléfono 012. en la página web www.gobiernodecanarias.org/tributos (información tributaria-Buzón de consultas). en el correo electrónico: [email protected].

- El modelo 651 sirve para cuando se adquieren bienes y derechos por donación o cualquier negocio jurídico a título gratuito e “inter vivos” asimilado a una donación (por ejemplo, la renuncia de derechos a favor de una persona determinada; las adquisiciones derivadas de la condonación o asunción de deudas, transacciones, desistimientos o allanamientos en juicio; o las percepciones de prestaciones derivadas de seguros sobre la vida asimiladas a donaciones). También se tiene que rellenar este modelo en los casos de donaciones con causa onerosa o remuneratoria, y si se han cedido bienes a cambio de pensiones vitalicias o temporales, por la parte en que el valor de los bienes supere el de la pensión. Se debe presentar un modelo por cada documento por el que se formalice una donación o acto asimilable. - El modelo 651 no sirve para liquidar la acumulación de donaciones a una porción hereditaria. La normativa tributaria básica del ISD se contiene en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones (en adelante LISD), y en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre (en adelante RISD). Plazo de presentación. El modelo 651 se debe presentar dentro del plazo de 1 mes, contado desde el día que se cause el acto o contrato. A estos efectos, tanto para la presentación como para el pago de la autoliquidación hay que tener en cuenta que: • el cómputo se realiza de fecha a fecha. • si el último día del plazo para su presentación fuera sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. En caso de presentación fuera de plazo procederá ingresar los recargos (casilla 26) e intereses de demora (casilla 27) sobre la cuota declarada, a tenor de lo establecido en el artículo 27 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante LGT). Lugares de ingreso y presentación. El importe de la autoliquidación se ha de ingresar en cualquiera de las entidades colaboradoras.

NORMAS PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO 651. DONACIONES Contribuyente

D00000651

(2) Adhiera en el recuadro una etiqueta de identificación de la persona que adquiere los bienes o derechos. Pueden usarse las que facilita la Agencia Tributaria Canaria y, si no se tienen, deben rellenarse los datos que se piden y adjuntar una fotocopia del DNI. (3) El número de teléfono y la dirección de correo electrónico permiten agilizar los trámites administrativos en beneficio del contribuyente y únicamente se utilizan si es imprescindible. (4) Indicar la fecha de nacimiento del contribuyente, su parentesco con el donante y su grupo de parentesco. Grupo I: descendientes y adoptados menores de 21 años. Grupo II: descendientes y adoptados de 21 años o más, cónyuges o parejas de hecho asimiladas, ascendientes y adoptantes. Grupo III: colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad. Grupo IV: colaterales de cuarto grado, grados más distantes y extraños. Patrimonio preexistente. Consignar en cifras el importe total de los bienes y derechos de los que es titular el contribuyente el día del devengo del impuesto, valorado según las reglas del Impuesto sobre el Patrimonio. Si el importe no supera los 402.678,11 euros, sólo hay que consignar la expresión “inferior a 402.678,11 euros”. Discapacidad. Si el contribuyente tiene la condición legal de persona discapacitada, hay que marcarlo con una X, indicando el grado de discapacidad que tiene reconocido. Autoliquidación complementaria Marcar con una X si la autoliquidación que ahora se presenta es complementaria de una autoliquidación anterior ya presentada. En este caso, hay que consignar el número de justificante de la última autoliquidación presentada, la fecha en la que se presentó y el importe ingresado en concepto de cuota. Representante Si se ha nombrado representante, escriba sus datos o pegue una etiqueta identificativa. La

https://sede.gobcan.es/cpji/boc

(5) Marcar con una X: Modelo

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

651

DONACIONES Código Administración Tributaria

Prescrito, si ya han transcurrido más de 4 años desde el día siguiente al de la finalización del plazo de 1 mes hasta la fecha de presentación de esta autoliquidación, siempre y cuando no se hayan producido actos que interrumpan el plazo de prescripción.

Espacio reservado para la Administración

Contribuyente (2) NIF

ATIVA Número Esc. Piso IFIC

Apellidos y nombre o razón soc.

IDENT UETA ETIQMunicipio

Vía pública

Código postal (3) Teléfono

(5) No sujeto

(6) Fecha de devengo

Prescrito

Puerta

Provincia

/

/

Condición suspensiva

/

/

Grupo

Parentesco

Patrimonio preexistente

Donante

%

Discapacidad: Sí

Donante NIF Apellidos y nombre o razón soc.

Fecha de nacimiento

ATIVA Número Esc. Piso TIFIC

IDEN UETA Código postal ETIQMunicipio Vía pública

Provincia

Puerta

/

/

Incapacidad Teléfono

País Dirección electrónica

Datos del documento Tipo

Notario o autoridad

Fecha documento

Autoliquidación complementaria

Resumen de la autoliquidación

Autoliquidación complementaria

Cuota a ingresar

25

Núm. última autoliquidación

Recargo

26

Fecha de presentación

Intereses de demora

27

Total a ingresar

28

,

Cuota ingresada

Número de protocolo

, ,

NIF

ATIVA Número Esc. Piso IFIC

IDENT UETA ETIQMunicipio

Vía pública

Código postal Teléfono

Provincia

,

Puerta

El/los sujeto/s pasivo/s abajo firmante/s declara/n que presenta/n el documento original y una copia simple exacta y, en su caso, nombra representante a la persona indicada a los efectos del art. 46 de la Ley 58/2003 para actuar con relación a todos los hechos imponibles y procedimientos de gestión que deriven del documento presentado.

,

País

de

Firma del sujeto pasivo

Dirección electrónica

de 20 Firma del representante

Ingreso Ingreso efectuado a favor del Tesoro del Gobierno de Canarias Código IBAN: E

Adhiera en el recuadro una etiqueta de identificación de la persona que transmite los bienes o derechos. Pueden usarse las que facilita la Agencia Tributaria Canaria y, si no se tienen, deben rellenarse los datos que se piden y adjuntar una fotocopia del DNI. A la derecha, indicar la fecha de nacimiento del donante, y en su caso, el código del tipo de incapacidad que tiene reconocida, de acuerdo con la tabla siguiente:

,

Representante Apellidos y nombre o razón soc.

Condición suspensiva, si la adquisición se encuentra sujeta a una condición de esta naturaleza. (6) Fecha de devengo. Consignar la fecha en la que se han adquirido los bienes o derechos.

País

Dirección electrónica

(4) Fecha de nacimiento

No sujeto, en caso de que la adquisición se encuentre incluida en alguno de los supuestos de no sujeción, de acuerdo con la normativa del impuesto.

Tipo de incapacidad Código sin incapacidad permanente ................. NP incapacidad permanente absoluta ......... IA incapacidad permanente parcial ........... IP gran invalidez ......................................... GI incapacidad permanente total ............... IT Datos del documento

Entidad colaboradora:

S

en efectivo

adeudo en cuenta Importe:

D00000651

declaración la debe firmar el sujeto pasivo y/o su representante. Fecha y firma Esta autoliquidación debe ser firmada por el contribuyente y por su representante, en su caso.

pago fraccionado

,

Ejemplar para la Administración

Resumen de la autoliquidación Una vez cumplimentado el apartado “Autoliquidación” de este impreso, trasladar aquí el importe que se ha consignado en las casillas: 25 , cuota a ingresar; 26 , recargo; 27 , intereses de demora, y 28 , total a ingresar.

Rellenar los datos del documento en el que se ha formalizado la adquisición que se liquida, consignando el tipo de documento (notarial, judicial, administrativo o privado), el nombre del notario/a o del órgano judicial o administrativo, la fecha del documento y el número de protocolo o el número de procedimiento o expediente.

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Boletín Oficial de Canarias núm. 14

1266

Viernes 22 de enero de 2016

RELACIÓN DE BIENES En el impreso hay que identificar todos los bienes y derechos adquiridos por medio de la donación, así como las cargas y las deudas deducibles. En caso de no tener suficiente espacio para describir todos los bienes, se deben adjuntar tantas hojas de relación de bienes como sean necesarias y numerarlas correlativamente, en la parte inferior de la hoja. Con esta finalidad, se pueden utilizar fotocopias de las hojas que se precisen.

Aclaración sobre los tipos de bienes: • Por “valor total del bien” se entiende el valor que corresponde al bien, independientemente del porcentaje de participación del donante en el bien citado. • Por “valor declarado de la donación” se entiende aquella parte del valor del bien que es objeto de la donación efectiva que se liquida. Ejemplo: Supuesto de un bien inmueble con un valor total de 100.000 euros, que es propiedad por mitades indivisas del donante y su cónyuge. El donante, de 59 años, transmite la nuda propiedad de su mitad. Valor total del bien: 100.000 euros. Al ser mitades indivisas, el valor del pleno dominio de la participación del donante sobre el inmueble es de 50.000 euros. Si el donante tiene 59 años, el valor del usufructo equivale al 30% de 50.000 euros = 15.000 euros. Por tanto, el valor de la nuda propiedad donada: 50.000 -15.000 = 35.000 euros. Valor declarado de la donación = valor de la nuda propiedad donada: 35.000 euros.

Otros bienes o derechos

Bienes inmuebles urbanos Indicar el código del tipo de bien urbano de que se trate, según la tabla siguiente: Tipo de bien

Código

NIF

Bienes inmuebles urbanos

Tipo de derecho adquirido

Código

Pleno dominio ....................................... PD Nuda propiedad ..................................... NP Usufructo ............................................... US Uso y habitación ..................................... UH Nuda propiedad, si el donante es el nudo propietario ............................ NN

Vía pública

Número Esc. Piso Puerta Código postal

Valor catastral

Bien ganancial

Provincia Valor declarado de la donación

,

,

, 2

Bien ganancial

Superficie (m )

Referencia catastral

2

Número Esc. Piso Puerta Código postal

Valor catastral

Tipo de bien Derecho

Valor declarado de la donación

,

, Bien ganancial

Superficie (ha)

Referencia catastral

Polígono

Nombre del paraje

Parcela

Valor catastral

/

Municipio

Código SE BO RE VC

Indicar el código del derecho que adquiere el contribuyente, de acuerdo con la tabla del apartado “Bienes inmuebles urbanos”.

–metálico –cheque

Valores de renta fija

–con cotización –sin cotización

Provincia

Actividades económicas

–empresarial –profesional –artística –agrícola –ganadera –forestal –pesquera –artesanal

Medios de transporte

–vehículo –embarcación –aeronave

Seguros

–con renta vitalícia –con renta temporal –con capital

Otros bienes o derechos

–rentas vitalicias o temporales –joyas –pieles de carácter suntuario –objetos de arte y antigüedades –propiedad intelectual o industrial –derechos reales de uso y disfrute –concesiones administrativas –opciones contractuales –depósitos en cuenta –otros bienes y derechos

Valor declarado de la donación

Valor total del bien

,

,

,

Valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad Tipo de bien

Descripción

Derecho

Bien ganancial: sí

Emisor/a

Clave beneficio fiscal

Número de títulos

Entidad depositaria

Valor de cotización

Valor declarado de la donación

Valor total

,

/

,

,

Otros bienes o derechos Tipo

Derecho

Subtipo

Bien ganancial: sí

/

Clave beneficio fiscal

Valor declarado de la donación

Valor total

Descripción

,

,

Cargas deducibles Descripción

Valor total

Valor declarado de la donación

,

,

Deudas deducibles Descripción

Valor total

Valor declarado de la donación

,

,

Acumulación de donaciones entre sí Derecho

Descripción de la donación

Referencia catastral (immuebles)

Bien ganancial: sí

Clave beneficio fiscal

Datos de la escritura (notario, protocolo y fecha)

Valor comprobado

,

/ Bienes inmuebles radicados fuera de Canarias Tipo de bien

Derecho

Bien ganancial

Referencia catastral

Municipio

Provincia

,

Valor catastral

de

Valor total del bien

,

Clave beneficio fiscal

/ País

Valor declarado de la donación

(si cumplimenta más de una hoja de relación de bienes, numérela correlativamente)

D00000651

Tierras de secano ................................... Tierras de bosque .................................. Tierras de regadío .................................. Tierras de cultivos diversos ...................

Clave beneficio fiscal



1

Indicar el código del tipo de bien rústico de que se trate, según la tabla siguiente: Tipo de bien

Efectivo

Provincia

Bienes inmuebles rústicos

Página

Bienes inmuebles rústicos

Subtipo

/

Municipio

Valor total del bien

,

Tipo de bien o derecho

Clave beneficio fiscal

sí Vía pública



Valor catastral. Figura en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) urbanos.

Clave beneficio fiscal

/

Municipio

Valor total del bien

Tipo de bien Derecho

Tipo de bien

Clave de beneficio fiscal. Consultar la clave en el anexo que se encuentra al final de estas instrucciones.

2

Superficie (m )

Referencia catastral



1

NIF del emisor/a

Indicar el código del derecho que adquiere el contribuyente:

Hay que indicar el tipo y subtipo del bien o derecho de que se trate, según el cuadro siguiente:

Relación de bienes Tipo de bien Derecho

Suelo urbano .......................................... SU Suelo urbanizable sin licencia de edificación ......................................... SS Suelo urbanizable con licencia de edificación ......................................... SL Plazas de aparcamiento ......................... PA Pisos ...................................................... HP Viviendas unifamiliares ........................... HU Locales comerciales ............................... LC Oficinas .................................................. OF Almacenes y naves ................................ MN Edificios enteros de viviendas ............... EH Edificios enteros de oficinas ................... EO Otras construcciones .............................. AC

651

Apellidos y nombre

,

Ejemplar para la Administración

Cargas deducibles Consignar las cargas que reducen el valor real de los bienes y derechos donados. Únicamente son deducibles las cargas o gravámenes de naturaleza perpetua, temporal o redimible, establecidas directamente sobre los elementos transmitidos, siempre y cuando reduzcan realmente su capital o valor. Entre otras, son cargas deducibles los censos, las pensiones, los derechos de superficie y las servidumbres. No tienen esta consideración las cargas que constituyan una obligación personal del donatario, ni aquellas que, como las hipotecas o las garantías, no comporten una disminución de valor.

Deudas deducibles

Clave de beneficio fiscal. Consultar la clave en el anexo que se encuentra al final de estas instrucciones.

Anotar las deudas que estén garantizadas con un derecho real que recaiga sobre los mismos bienes o derechos adquiridos, siempre y cuando el donatario haya asumido de manera fehaciente la obligación de pagar la deuda garantizada liberando al deudor originario.

Valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad.

Acumulación de donaciones entre sí

Indicar el código del tipo de valor de que se trate (código AC si se cotiza en mercados organizados, o bien SC, en caso contrario). En el primero de los casos, también hay que rellenar la casilla del valor de cotización.

Identificar las donaciones otorgadas por un mismo donante a favor de un mismo donatario en los tres años anteriores a la presente donación. Indicar el código del tipo de donación de que se trate (BM si se trata de un bien mueble, y BI en el caso de los bienes inmuebles). Valor comprobado. Consignar el valor que resulta de sumar los valores comprobados respecto de los declarados en el momento de liquidar cada una de las donaciones acumulables a la actual. Si no se dispone de valor comprobado, hay que consignar el valor declarado por cada donación.

Indicar el código del derecho que adquiere el contribuyente, de acuerdo con la tabla del apartado “Bienes inmuebles urbanos”.

Bienes inmuebles radicados fuera de Canarias

Para la clave de beneficio fiscal, hay que consultar el anexo final.

Indicar el código del tipo de bien de que se trate y los demás datos que se pidan, tal como se ha indicado en las tablas de bienes rústicos y urbanos precedentes.

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boc-a-2016-014-154

Boletín Oficial de Canarias núm. 14

1267

Viernes 22 de enero de 2016

AUTOLIQUIDACIÓN Base imponible real 7 Base imponible real. Anotar en las casillas 1 a 4 el valor de los distintos tipos de bienes y derechos donados, y consignar en la casilla 5 la suma de los importes indicados. De esta suma hay que deducir el importe de las cargas y las deudas deducibles e indicar el resultado en la casilla 7 . Base imponible teórica Únicamente hay que cumplimentar este apartado si se produce alguno de los supuestos siguientes: – Adquisición de la nuda propiedad con desmembramiento del dominio. Estas casillas únicamente se deben cumplimentar si por causa de la donación se produce el desmembramiento del dominio de los bienes indicados. Para cumplimentar este apartado, hay que indicar en la casilla 8 el importe correspondiente al valor en pleno dominio de la participación del donante en el bien donado (ver ejemplo al inicio de la relación de bienes), y en la casilla 9 , el importe del valor de la nuda propiedad transmitida, consignado en la casilla “valor declarado de la donación” de la relación de bienes y derechos del bien donado. – Donaciones acumulables: indicar en la casilla 10 , el importe correspondiente a la suma de las donaciones acumuladas a la actual, trasladando el importe consignado en la casilla “valor comprobado” de la relación de bienes y derechos. – Donación de bienes inmuebles radicados fuera de Canarias: en la casilla 11 , hay que indicar el importe consignado en la casilla “valor declarado de la donación” de la relación de bienes y derechos. 12 Base imponible teórica. Sumar al importe de la casilla 7 , el valor de la 8 y restar el importe de la casilla 9 . Al valor obtenido, hay que sumarle los importes de las casillas 10 y 11 e indicar la base imponible teórica resultante en la casilla 12 . Reducciones de la base imponible Indicar los valores correspondientes a las reducciones reales aplicables a los bienes y derechos transmitidos, según las reglas expuestas en el anexo de estas instrucciones, multiplicando el valor declarado del bien por el porcentaje de reducción que le corresponda. También hay que indicar en cada casilla de esta columna, la suma de las reducciones aplicables por cada concepto. En la casilla 13 hay que poner el importe total de las reducciones reales. Si la base imponible real no coincide con la base imponible teórica (casillas 7 y 12 ), hay que indicar el valor de las reducciones teóricas que sean aplicables, multiplicando el valor en pleno dominio de la participación del donante en el elemento patrimonial transmitido (ver el ejemplo al inicio de la relación de bienes y derechos) por el porcentaje de reducción. En cada casilla de esta columna hay que indicar la suma de las reducciones aplicables por cada concepto.

NIF

Base imponible real

En la casilla 14 hay que consignar el importe total de las reducciones teóricas.

Base imponible teórica 1

,

2

,

3

,

Otros bienes o derechos

4

,

Donaciones acumulables

Valor total de los bienes y derechos 1 + 2 + 3 + 4

5

,

Cargas y deudas deducibles

6

,

Base imponible real 5 _ 6

7

,

Bienes inmuebles urbanos

Cuota tributaria. Caso general. (Si coinciden la base imponible real y la teórica) 15 Base liquidable real. Se obtiene restando de la base imponible real, casilla 7 , la suma de las reducciones reales, casilla 13 . 17 Cuota íntegra. Es el resultado de aplicar sobre la base liquidable real, la tarifa del Cuadro 1, siguiente: Cuadro 1. Tarifa Base liquidable Hasta euros

651

Apellidos y nombre

Autoliquidación

Bienes inmuebles rústicos Valores representativos de la participación en fondos propios de entidades

Desmembramiento de dominio: bienes en nuda propiedad Valor del pleno dominio Valor de la nuda propiedad

8

,

9

,

10

,

Donación de inmuebles radicados fuera de Canarias

11

,

Base imponible teórica 7 + 8 _ 9 + 10 + 11

12

,

Reducciones de la base imponible Concepto

Cuota íntegra Euros

Resto base liquidable Hasta euros

Tipo aplicable %

0,00........................ 0,00............................. 7.993,46.........................7,65 7.993,46.....................611,50............................. 7.987,45.........................8,50 15.980,91.................1.290,43............................. 7.987,45.........................9,35 23.968,36.................2.037,26............................. 7.987,45.......................10,20 31.955,81.................2.851,98............................. 7.987,45.......................11,05 39.943,26.................3.734,59............................. 7.987,45.......................11,90 47.930,72.................4.685,10............................. 7.987,45...................... 12,75 55.918,17.................5.703,50............................. 7.987,45...................... 13,60 63.905,62.................6.789,79............................. 7.987,45...................... 14,45 71.893,07.................7.943,98............................. 7.987,45...................... 15,30 79.880,52.................9.166,06...........................39.877,15...................... 16,15 119.757,67.............. 15.606,22...........................39.877,16.......................18,70 159.634,83.............. 23.063,25...........................79.754,30.......................21,25 239.389,13............... 40.011,04.........................159.388,41 ...................... 25,50 398.777,54.............. 80.655,08........................ 398.777,54...................... 29,75 797.555,08............ 199.291,40..........................en adelante...................... 34,00

102 103

Por bienes de interés cultural

104

Por explotaciones agrarias

105

Por donación de cantidades en metálico para vivienda habitual

106

Por donación de cantidades en metálico para constituir o adquirir empresa, negocio o participaciones

107

Por aportaciones a patrimonios protegidos de discapacitados

108

Otras reducciones

13

Total reducciones

Cuota tributaria. Caso general (si

al

,

,

Coeficiente multiplicador

501

,

Hasta

,

Resto

Tipo medio 21 / 15 x 100

, ,

21

,

504

206 207 208 14

al

,

, ,

603

,

604

, , ,

605

Reducción por exceso de cuota

606

Cuadro 2. Coeficiente multiplicador Patrimonio preexistente, en euros

Grupos I y II

Grupo III

Grupo IV

,

607

Cuota ajustada 605 _ 606

20

Tipo medio efectivo 607 / 16 x 100

Cuota tributaria ajustada 15 x 20

18 Cuota tributaria. Se obtiene aplicando sobre la cuota íntegra, el coeficiente multiplicador que corresponda, de la siguiente escala:

,

601 % 602

Base liquidable real 7 _ 13

%

7 =/ 12 )

16

Cuota 603 x 604

,

19

Cuota tributaria ajustada 18 _ 19

205

Coeficiente multiplicador

, 18

Reducción por exceso de cuota

204

Total 601 + 602

,

17 503

Cuota tributaria 17 x 503

203

Base liquidable teórica 12 _ 14

% 502

Cuota íntegra 501+ 502

, , , , , , , , ,

201 202

Cuota tributaria. Tipo medio efectivo (si

7 = 12 )

15

Base liquidable real 7 _ 13 Hasta

, , , , , , , , ,

101

Por la participación en entidades

Resto

Reducción teórica (sólo si 7 =/ 12 )

Reducción real

Por actividad empresarial o profesional

,

%

15

,

21

,

Total a ingresar 22

,

Recargo

Bonificación en cuota grupos I y II

23

,

Intereses de demora

Deducción de cuotas anteriores

24

,

Total a ingresar 25 + 26 + 27

Cuota a ingresar 21 _ 22 _ 23 _ 24

25

,

Deducción por doble imposición internacional

D00000651

26

,

27

,

28

,

Ejemplar para la Administración

De 0 a 402.678,11 ....................................... .... 1,0000 .... ........... 1,5882........ ... 2,0000 De más de 402.678,11 a 2.007.380,43...... ....1,0500 .... ........... 1,6676........ ....2,1000 De más de 2.007.380,43 a 4.020.770,98 .. ....1,1000 .... ........... 1,7471........ ... 2,2000 Más de 4.020.770,98 .................................. ....1,2000 .... ........... 1,9059........ ... 2,4000 19 Reducción por exceso de cuota. En caso de que la diferencia entre el importe consignado en casilla 18 y el importe resultante de aplicar sobre la cuota íntegra, el coeficiente multiplicador inmediato inferior al indicado en la casilla 503 sea superior a la diferencia entre el importe del patrimonio preexistente consignado en la casilla “patrimonio preexistente” y el importe máximo del tramo de patrimonio preexistente correspondiente a este coeficiente multiplicador inmediato inferior, de la cuota tributaria se debe deducir el importe correspondiente al exceso de esta diferencia respecto a la diferencia entre las cuotas tributarias indicadas. Cuota tributaria. Tipo medio efectivo de gravamen. (Si no coinciden la base imponible real y la teórica) 16 Base liquidable teórica. Se obtiene restando de la base imponible teórica, casilla 12 , la suma de las reducciones teóricas, casilla 14 . 603 Total. Es el resultado de aplicar, sobre la base liquidable teórica, la tarifa que corresponda del Cuadro 1. 605 Cuota. Resulta de aplicar sobre el importe de la casilla 603 el coeficiente multiplicador que corresponda del Cuadro 2. 606 Reducción por exceso de cuota. Indicar el importe del exceso de cuota, según las reglas indicadas en la casilla 19 . 20 Tipo medio efectivo. Este porcentaje se obtiene dividiendo la cuota ajustada de la casilla 607 entre el importe de la casilla 16 y multiplicando el resultado por 100, incluyendo hasta dos decimales. 15 Base liquidable real. Se obtiene restando de la base imponible real, casilla 7 , la suma de las reducciones reales, casilla 13 . Total a ingresar 22 Deducción por doble imposición internacional. Consultar el anexo. 23 Bonificación en cuota grupo I y II. Ver anexo 24 Deducción de cuotas anteriores. Si la autoliquidación actual es complementaria de una anterior, hay que consignar el importe de las cuotas tributarias ingresadas, trasladando el importe de la casilla “cuota ingresada”, dentro del apartado “autoliquidación complementaria”. 26 Recargo. Si el ingreso voluntario se realiza fuera del plazo de presentación pero dentro de los tres, seis o doce meses siguientes a la finalización del plazo, se aplica un recargo único del 5%, 10% o 15% respectivamente, y sin intereses. Pasado un año, se aplica el recargo del 20% y los intereses de demora correspondientes. El importe del respectivo recargo se reducirá en el 25% cuando el ingreso se realice al tiempo de su presentación, en los términos señalados en el artículo 27.5 de la Ley General Tributaria, por lo que el porcentaje que ha de reflejarse en la casilla prevista para el recargo, será el que resulte una vez aplicada dicha reducción. 27 Intereses de demora. Si además del recargo hay que liquidar intereses de demora, hay que indicar su importe. Estos intereses se calculan desde la fecha de finalización del plazo de presentación voluntaria hasta la fecha en que se realiza el ingreso, salvo lo dispuesto en el apartado anterior.

https://sede.gobcan.es/cpji/boc

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Boletín Oficial de Canarias núm. 14

1268

Viernes 22 de enero de 2016

ANEXO. BENEFICIOS FISCALES Exenciones Si en algún bien o derecho concurre uno de los supuestos de exención que se relacionan a continuación, se debe indicar en la casilla “clave de beneficio fiscal” el bien o derecho de que se trate y el código correspondiente, entre los que se señalan en la relación del final de este anexo. Bonos de caja de bancos industriales y de negocios Adquisición de bonos de caja de los bancos industriales y de negocios a que se refiere el Decreto Ley, de 29 de noviembre de 1962, adquiridos antes del 19 de enero de 1987, si el donante los ha mantenido en su patrimonio durante como mínimo los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la transmisión. En caso de amortización, el producto se puede reinvertir en otros bonos, a fin de completar los requisitos para disfrute o conservación de la exención. Explotaciones agrarias Con independencia de las reducciones de la base imponible, detalladas más adelante, está exenta: - La adquisición de terrenos para completar, bajo una sola linde, la superficie suficiente para constituir una explotación prioritaria, mediante un documento público donde conste la indivisibilidad de la finca resultante durante el plazo de cinco años, excepto supuestos de fuerza mayor. - La adquisición del pleno dominio o del usufructo vitalicio de una explotación agraria o de una parte de ésta, o de una finca rústica, a favor de una persona joven agricultora o asalariada agraria, para su primera instalación en una instalación prioritaria. Reducciones Antes de aplicar las reducciones respectivas, hay que tener en cuenta que la aplicación de la normativa propia de la Comunidad Autónoma de Canarias dictada al efecto, sólo será procedente cuando el rendimiento del Impuesto sobre Donaciones corresponda a dicha comunidad, esto es, cuando tratándose de bienes inmuebles éstos radiquen en Canarias, y en el resto de casos cuando el donatario tenga su residencia habitual en Canarias, en los términos establecidos en el artículo 28.1.1º.b) de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, en el que se exige que dicha residencia hubiera tenido lugar durante el mayor número de días del período de los últimos cinco años anteriores al fallecimiento; si no se cumpliera este requisito se aplicará la normativa estatal (ver reducciones previstas en el artículo 20 de la Ley 29/1987). Las reducciones que se recogen en este modelo son las vigentes a partir del 1 de julio de 2012 en la Comunidad Autónoma de Canarias, debiendo tener en cuenta las ulteriores modificaciones normativas que al efecto se dicten. Para devengos anteriores, habrá que tener en cuenta la normativa vigente en cada momento. Si se aplica alguna reducción de las relacionadas a continuación, se debe indicar en la casilla “Clave de beneficio fiscal”, el código correspondiente. Empresa individual o negocio profesional Reducción del 95% en caso de transmisión, realizada a favor del cónyuge, descendientes o adoptados, de una empresa individual o de un negocio profesional, siempre que se cumplan los requisitos siguientes: • • •

el donante ha de tener sesenta y cinco o más años, o hallarse en situación de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez; si el donante venía ejerciendo funciones de dirección, ha de dejar de ejercerlas y de percibir remuneraciones por esta causa desde la transmisión; y el donatario ha de mantener su adquisición y el derecho a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio, durante los cinco años siguientes a la fecha de la escritura pública de donación, salvo que muera dentro de este plazo. Asimismo el donatario no podrá realizar actos de disposición ni operaciones societarias que puedan dar lugar a una minoración sustancial del valor de adquisición. Reducción del 50% en caso de transmisión a favor de personas con vinculación laboral, de servicios o de responsabilidad. Participaciones en entidades Reducción del 95% en caso de transmisión, a favor del cónyuge, descendientes o adoptados, de participaciones en entidades del donante a las que sea aplicable la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio siempre que se cumplan los requisitos del apartado anterior. Reducción del 50% en caso de transmisión a favor de personas con vinculación laboral, de servicios o de responsabilidad, si tras esta adquisición el donatario alcanza al menos un 50% del capital social. Patrimonio histórico o cultural Reducción del 95% en caso de transmisión, a favor del cónyuge, descendientes o adoptados, de bienes que formen parte del patrimonio histórico o cultural del Estado o Comunidades Autónomas, siempre que se cumplan los requisitos del apartado anterior, salvo el que se refiere al ejercicio de funciones de dirección. Explotaciones agrarias Se aplica la siguiente reducción: a) 90%, en caso de transmisión íntegra del pleno dominio o del usufructo vitalicio de la explotación, realizada en favor o por el titular de otra explotación agraria prioritaria. La reducción será del 100% si el adquirente es el cónyuge del donante y sigue el ejercicio de la explotación, o bien es un agricultor joven o un asalariado agrario. b) 75%, en caso de transmisión parcial del pleno dominio o del usufructo vitalicio de las explotaciones y fincas rústicas a favor del titular de una explotación agraria prioritaria. O bien del 85%, si el adquirente es un agricultor joven o un asalariado agrario. c) 50%, en caso de transmisión de terrenos para completar bajo una sola linde como mínimo el 50% de la superficie de una explotación. Esta reducción es incompatible con la reducción por adquisición de una empresa individual; en este caso el contribuyente puede aplicar una u otra. Donación de cantidades en metálico para vivienda habitual Reducción del 85%, con el límite de 24.040 e, de las cantidades en metálico donadas por un ascendiente a favor de sus descendientes o adoptados, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: • La donación se formalice en escritura pública que exprese que el dinero se destine a la adquisición o rehabilitación de la primera vivienda habitual. • El donatario sea residente habitual en Canarias y menor de 35 años. • La vivienda se adquiera en un plazo de 6 meses desde el devengo del impuesto que grava la donación, o desde la fecha de la primera donación si hay sucesivas. Y permanezca en el patrimonio del donatario como vivienda habitual al menos 5 años. Cuando el donatario acredite un grado de minusvalía superior al 33%, el límite será de 25.242 e y la reducción de la base imponible el 90% y de 26.444 e y el 95% cuando el donatario acredite una minusvalía igual o superior al 65%. Donación de cantidades en metálico para constituir o adquirir empresa, negocio o participaciones: 85% con el límite de 100.000 € de las cantidades en metálico donadas a descendientes o adoptados menores de 40 años. Aportaciones a patrimonios protegidos de discapacitados: 95% del exceso aportado que no tenga la consideración de rendimientos del trabajo en el IRPF. Deducciones Si se aplica alguno de los supuestos de deducción, se debe indicar en la casilla “Clave de beneficio fiscal”, el código correspondiente. Los supuestos de deducción son: Deducción por doble imposición internacional Si se efectuó en el extranjero el pago, por razón de la transmisión que ahora se autoliquida, de un impuesto similar al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el contribuyente a quien se le exige el impuesto por obligación personal, puede deducir el importe de menor valor entre: 1. El importe efectivo del impuesto que pagó en el extranjero. 2. El importe que resulte de aplicar el tipo medio efectivo al valor de los bienes o derechos que radiquen o se puedan ejercer fuera de España. Bonificaciones en cuota Bonificación por grupo I y II. Con efectos desde el 1 de enero de 2016, los sujetos pasivos incluidos en los grupos I y II de los previstos en el artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aplicarán una bonificación del 99,9 por 100 de la cuota tributaria derivada de las adquisiciones «inter vivos», siempre que la donación se formalice en documento público. No será necesaria esta formalización cuando se trate de contratos de seguros que deban tributar como donación. Esta bonificación no será aplicable a aquellas adquisiciones «inter vivos» que en los 3 años anteriores se hayan beneficiado de la bonificación prevista en este artículo, salvo que, en dicho plazo, se produzca su adquisición «mortis causa». La cuantía sobre la que se aplica la bonificación será la cuota tributaria minorada en la autoliquidación por doble imposición internacional.

Claves de beneficios fiscales Deducciones y Bonificaciones: – Doble imposición internacional - si no se aplica: ................................................................................... - si se aplica: ........................................................................................ Exenciones: – Bonos de caja ............................................................................................. – Explotaciones agrarias .............................................................................. – Otras .......................................................................................................... Reducciones: – Empresa individual (reducción estatal)....................................................... – Empresa individual (reducción canaria) ..................................................... – Participaciones en entidades (reducción estatal) ....................................... – Participaciones en entidades (reducción canaria) ...................................... – Patrimonio histórico o cultural ................................................................... – Explotaciones agrarias: - reducción del 100% ......................................................................... - reducción del 90% ........................................................................... - reducción del 85% ........................................................................... - reducción del 75% ........................................................................... - reducción del 50% ........................................................................... – Donaciones en metálico para vivienda habitual ........................................ – Donaciones en metálico para empresa, negocio o participaciones ........... – Aportaciones a patrimonios protegidos de discapacitados ....................... – Otros .........................................................................................................

https://sede.gobcan.es/cpji/boc

0 1 BE EE AE

Estructura de la clave de beneficio fiscal:

Doble imposición internacional / Exención, reducción o otra deducción

AR CA PR CP HR

Ejemplo:

EA EB EC ED EF MR CE CD RR

Clave de beneficio fiscal:

Donación en la que se aplica la deducción por doble imposición internacional y la reducción por la adquisición de participaciones en entidades. 1 / PR

boc-a-2016-014-154

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