Story Transcript
Logística Industrial Nombre: Katia Denisse Martinez Mejia
Resumen de conferencia:
“La importancia de la DGA en la logística de las Importaciones ” U
U
En dicha conferencia se dividió en 2 temas principalmente importantes para definir la logística en las importaciones, las cuales se explican a continuación:
I.
Facilidades de la DGA para mejorar el servicio a los importadores.
Entre las facilidades que proporciona la DGA para mejorar el servicio a sus clientes, son las siguientes: Uso de tecnologías en sus procesos, y para realizar trámites de declaraciones de mercancías, también está habilitado el pago electrónico de derechos e impuestos, que por medio de la web banking se realiza sin ningún costo. Convenio de Kyoto para aduanas. Define a un tercero como “cualquier persona que trata directamente con la Aduana, por y en nombre de otra persona, con relación a la importación, exportación, tránsito o depósito de mercancías”, estos terceros pueden ser agentes de aduana y agentes de comercio exterior, agentes de carga, transportistas modales y Multi-modales y servicios de entrega. 42 países participan Han pasado más de treinta años desde que el 18 de mayo de 1973, los miembros del entonces Consejo de
Cooperación Aduanera de Bruselas (hoy Organización Mundial de Aduanas) concluyeron la redacción del Convenio Internacional para la simplificación y armonización de los regímenes aduaneros, conocido como Convenio de Kyoto. El Convenio fue modificado en Bruselas, el 29 de junio de 1999, dando lugar al Convenio de Kyoto revisado. Hasta antes de su modificación en 1999, el convenio había recibido una modesta aceptación de la comunidad internacional. Es a partir de ese año, que nace el interés de nuestros principales socios comerciales en ser parte del mismo. Considerando que la Unión Europea, Japón y Canadá lo ratificaron previamente, el impulso más significativo al convenio lo representa su adopción por los Estados Unidos en diciembre de 2005. La India y Croacia ratificaron el convenio en noviembre de 2005, llegando a 40 el número de partes contratantes (actualmente 42 con los Estados Unidos y Luxemburgo), cifra requerida por el instrumento internacional para su entrada en vigor. El texto del convenio está dividido en cuatro secciones: (i) Un protocolo de enmienda (ii) El cuerpo del Convenio (iii) Un anexo general (iv) Anexos específicos. El protocolo de enmienda es precisamente en resultado de la versión revisada del convenio en 1999. En el cuerpo del Convenio, encontramos disposiciones que regulan, por ejemplo, el objeto del convenio, su adopción, administración y entrada en vigor.
Transmisión electrónica de FAUCA´s. Un FAUCA es un formulario aduanero único centroamericano, y consiste en el intercambio electrónico de esta por medio de mensajería XML, de manera tal que las exportaciones de un país sean transmitidas al país de destino, la cual se convertirá en una importación. Programa PACE (Programa Aduanero de cumplimiento empresarial) pensado en canal verde. Este programa sirve como incentivo para todas aquellas empresas que poseen un buen record Tomando como parámetros la transparencia y cumplimiento en todas sus operaciones aduaneras y a cambio se le dará un trato preferencial en todas las transacciones aduaneras que estos hagan. Los requisitos para obtener el carnet de PACE son los siguientes: • Ser empresas formales • Bajo índice de infracciones • Buenos estándares de cumplimiento de las leyes • Pago correcto de sus derechos e impuestos • Transparencia en sus controles contables Luego de pasar por una auditoria que indique la realización de los requisitos listados anteriormente se procede a formar parte de la lista de empresas pertenecientes a este programa. Entre sus beneficios están: o o o o o o o
Atención personalizada (Ejecutivo Empresarial) Previsibilidad de sus embarques Despacho inmediato cerca del 100% Certificación Aduanera Prioridad en ventanillas Prioridad en revisiones físicas Prioridad en solicitudes de opiniones técnicas en Aduana
Guía Aduanera.
Presenta una introducción a los servicios aduaneros en el salvador, los procedimientos aduaneros, sus requisitos, los actores que intervienen, las referencias legales y normativas, así como los tiempos promedio en que se ejecuta cada proceso. También muestra los regímenes Aduaneros y suspensivos, especiales y liberatorios, los tributos, derechos aduaneros e impuestos, entre muchos otros. Dicha guía es de mucha importancia ya que le ayuda a las empresas a responderse las siguientes preguntas que?, como? A donde? Quien? Lo que a su vez ayuda para una optima programación o planificación antes de comenzar los tramites. Sistema de Quejas y Denuncias. Las quejas y denuncias son tratadas, sin ninguna discriminación, por la Unidad de Atención al Usuario si se refieren a mal trato de parte de empleados y funcionarios; las que se refieren a violación a los procedimientos las investigan en conjunto la Unidad de Atención al Usuario y la Unidad de Gestión de la Calidad. Implementación de la ventanilla Única para la reducción de tiempos. Consiste en una ventanilla única con delegados en el ministerio de salud pública (MSPAS), Ministerio de Agricultura (MAG), Consejo superior de salud Pública (CSSP), Ministerio
de Defensa nacional (MDN), Dirección general de aduanas (DGA) y en la Junta de Vigilancia de la profesión químico farmacéutico (JVQF). En esta ventanilla se pueden efectuar trámites como: o Emisión de Permisos de Importación en un solo lugar facilitando los trámites para aquellos productos que requieren permisos con más de alguna institución. o Reducción del tiempo para la emisión de permisos de importación pasando de un promedio de 30 días para los productos químicos y sustancias controladas a un máximo de un día. o Disminución del número de visitas a las instituciones, pasando de un promedio de seis visitas a una sola visita. o
Reducción de los costos de los trámites de importación para las mercancías que requieren permisos.
Ventanilla Unica Virtual Consiste en efectuar el análisis, diseño, desarrollo e implementación de un sistema que integre a todas las Instituciones gubernamentales que participan en los procesos de importación y/o exportación en un solo sitio Web (ventanilla virtual) que permita al usuario efectuar sus tramites de importación y/o exportación desde su oficina y a través de un único formulario. METAS DEL PROYECTO • Hacer más eficiente y normalizar los procedimientos de importar y exportar en El Salvador por automatizar, simplificar y centralizar los procesos asociados. • Un lugar central para toda información y tramitación, disponible en el Internet. • Enlaces e interacción entre la Ventanilla Única y los sistemas y las páginas web de todas las instituciones involucradas. • Más acceso a los estadísticas comerciales y a la información necesaria
para productos y sobre los procedimientos importación y la exportación. • Tramitación más rápida para los usuarios. • Pagos electrónicos para los usuarios
en
la
Combate frontal a la corrupción. Dentro de la DGA, iniciamos un combate frontal a la corrupción, separando y procesando a los malos elementos y premiando a los que cumplen con la ley; logrando, con esta iniciativa, un incremento en la recaudación y en las infracciones aduaneras como lo demuestran las graficas siguientes. Adopcion de Normas Internacionales Con el objeto de mejorar la comprensión de la normativa aduanera, la DGA a adaptado a sus leyes internas y comunitarias las mejores prácticas internacionales en facilitación del comercio. Aprobación de parte del COMIECO del Código Aduanero Centroamericano (CAUCA) y su reglamento (RECAUCA) Fortalecer el intercambio de información, las medidas y herramientas que le permitan a las Aduanas ejecutar acciones para combatir las operaciones ilícitas. Aprobación del Reglamento de Transito Internacional. Proyecto de Ampliación, remodelación y plataforma tecnológica de la Escuela Centroamericana Aduanera y Tributaria (ECAT). Fonteras no autorizadas (pasos ciegos). Las actuaciones técnicas del funcionario es en base a procedimientos normados en las aduanas, a fin de que en temas como la clasificación arancelaria, valoración y origen, sean las unidades especializadas las que se pronuncien, en un momento posterior al ingreso de las mercancías, facilirando el transito de las mismas.
Dumping. El dumping es la práctica de vender a un precio más barato en el mercado exterior que en el mercado doméstico. Fue en 1995 cuando el país se adhirió al acuerdo que establece la Organización Mundial del Comercio (OMC) el cual incorpora el GATT de 1947 y su actualización de 1994 y con ello se instauró todo un orden comercial que ha tenido gran impacto, tanto en El Salvador, como en los otros 149 miembros. Dentro de los acuerdos que rigen a la OMC se encuentran prescripciones orientadas específicamente a atacar aquellas prácticas que distorsionan el comercio internacional por razones de competencia desleal: el dumping . Tales “ prácticas desleales ” como se les llama generalmente, pueden ser causadas por un productor, como es el caso del “dumping”, para tal situación debe generarse o existir una amenaza de generarse un daño a la rama de producción de un país importador. Para dar solución a esta problemática, las normativas de la OMC han desarrollado procedimientos por medio de los cuales se faculta a los países afectados para que puedan protegerse, estableciendo para tal efecto “medidas antidumping” o “medidas compensatorias”, según sea la causa del problema. U
U
U
U
En el caso de El Salvador, la investigación para la determinación de la existencia de dumping y la imposición de medidas antidumping está a cargo de la Dirección de Administración de Tratados Comerciales del Ministerio de Economía, según lo establece el Reglamento Interno de dicho Ministerio. Siendo el mercado salvadoreño muy pequeño, a una determinada industria se le puede amenazar fácilmente a través de las prácticas de comercio desleal internacional; sin embargo, llama la atención, que si bien se han hecho algunos señalamientos públicos, hasta la fecha nunca se ha dado inicio formal a un caso de investigación de dumping. Antecedentes El dumping aparece regulado en los instrumentos internacionales multilaterales desde 1947, específicamente en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, según sus siglas en inglés). Fue durante las
rondas Kennedy (1964-1967) y Tokio (1973-1979) que se tomó la decisión de incluir este tema en la agenda de negociación como parte de un código de conducta antidumping. A la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, conocido también como Acuerdo Antidumping de la OMC . Debe señalarse que en la actualidad funcionan conjuntamente tanto el artículo VI del GATT como el Acuerdo Antidumping de la OMC. U
U
En el caso de El Salvador, la legislación aplicable para la investigación del dumping, además del Acuerdo de la OMC, lo constituye un instrumento regional denominado Reglamento Centroamericano sobre Prácticas Desleales de Comercio, aprobado por medio de acuerdo ejecutivo #808 del 18 de diciembre de 1995 y publicado en el Diario Oficial #237, tomo 329 del 21 de diciembre de 1995. Dicho Reglamento Centroamericano señala en su artículo 2 que en él se desarrollan las disposiciones establecidas en los Acuerdos de la OMC, así como también las disposiciones de otros instrumentos del Proceso de Integración Económica Regional, tales como el Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, también conocido como Protocolo de Guatemala y del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
II.
Importación Definitiva.
CLASIFICACION DE LOS REGIMENES ADUANEROS Art. 91 CAUCA
O A) Definitivos : modalidades U
U
Importación
y
Exportación
definitiva
y
sus
O B) Temporales o suspensivos : transito aduanero; importación temporal con reexportacion en el mismo estado; admisión temporal para perfeccionamiento activo; deposito de aduana; exportación temporal con reimportación en el mismo estado; exportación temporal para perfeccionamiento activo U
U
O C) Liberatorios : zonas francas; reimportación y reexportacion U
U
DEFINICION: Es la que permite la mayor recaudación de tributos al estado Objetivo: Proporcionar los requisitos mínimos necesarios para el ingreso de mercancías procedentes del exterior para uso o consumo definitivo en el territorio aduanero. Conceptos: CAUCA: Código Aduanero Uniforme Centroamericano RECAUCA: Reglamento del Código Aduenro Uniforme Centroamericano
Es el ingreso de mercancías procedentes del exterior para su uso o consumo definitivo en el territorio aduanero art.92 del CAUCA y 361 del reglamento. Su principal objetivo es el de proporcionar los requisitos minimos necesarios para el ingreso de mercancías procedentes del exterior para uso o consumo definitivo en el territorio aduanero. Su base legal esta en el art. 92 del CAUCA, arts. 321, 233, 361 y 362 del RECAUCA, art. 6 de la ley de registro de importadores. Requisitos 1. NIT de Importador registrado en el Sistema Informático de la Dirección General de Aduanas, (excepto en el caso de ser primera importación y esta sea menor a mil dólares, la operación podrá realizarse con el registro del Documento Unico de Identidad (DUI) o Pasaporte del usuario, para lo cual podrá acudir a la Unidad de Atención al Usuario o a la aduana correspondiente para su registro). 2. Transmitir electrónicamente la información (Teledespacho de la Declaración de Mercancías) a la Aduana habilitada para tal efecto. 3. El pago de los derechos e impuestos, cuando esto proceda, pueden efectuarse de la siguiente forma: a. PagoElectrónico. b. Pago en Ventanilla (Bancos autorizados). c. Pago en Colecturías habilitadas para tal efecto.
4. Presentar dos ejemplares de la declaración de mercancías firmadas y selladas por el Apoderado Especial Aduanero o Agente Aduanero, adjuntando en original la documentación siguiente : a) Factura Comercial cuando se trate de una compra venta internacional, o documento equivalente en los demás casos, (en caso que la factura se encuentre formulada en un idioma diferente al español o inglés, deberá anexar una traducción al español o Inglés de igual manera cuando la descripción comercial venga en claves o códigos, deberá adjuntar el detalle de la descripción). b) Documentos de Transporte c) Licencias, Permisos, Certificados u otros documentos referidos al cumplimiento de las restricciones y regulaciones no arancelarias a que estén sujetas las mercancías, como por ejemplo: o
o o o o o o o o o
Productos alimenticios deberán presentar el permiso del Ministerio de Salud, Departamento de Higiene de los Alimentos Medicamentos deben presentar el visado en la factura de la Junta de Química y Farmacia. Estupefacientes, Precursores, sustancias y productos químicos, permiso del Consejo Superior de Salud Pública. Sustancias peligrosas permiso del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Productos de origen animal y vegetal permiso del Ministerio de Agricultura y Ganadería. Productos Pirotécnicos, permiso del Ministerio de la defensa Nacional y Ministerio de Medio Ambiente. Armas, Municiones, Explosivos y sustancias similares a explosivos, permiso del Ministerio de la Defensa Nacional Entre otros. Demás autorizaciones o garantías exigibles en razón de su naturaleza. En caso de gozar de alguna exención de pago de Impuestos, presentar la autorización correspondiente.
Procedimiento para importar despacho aduanero:
Aceptacion de la declaración Selectividad Verificacion inmediata Extraccion de muestras Lugares habilitados Levante Conservacion de documentos
MANUAL UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADUANEROS Dicho Manual establece estándares para las operaciones aduaneras de comercio exterior para su aplicación uniforme para cada uno de los Servicios Aduaneros de los países centroamericanos, reduciendo la discrecionalidad y fortaleciendo la aplicación del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, CAUCA. OBJETIVO. El manual tiene por objeto establecer procedimientos estandarizados en las operaciones aduaneras de comercio exterior para su aplicación uniforme en cada uno de los Servicios Aduaneros de los países de la región centroamericana.