Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 11 DE ABRIL DE 2016 No. 47 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUD

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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México DÉCIMA NOVENA ÉPOCA

11 DE ABRIL DE 2016

No. 47

Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Jefatura de Gobierno  Acuerdo de Coordinación para el Ejercicio de Facultades en Materia de Control Sanitario de Productos del Tabaco

que celebran, el Ejecutivo Federal y el Gobierno del Distrito Federal

4

Secretaría de Desarrollo Social  Acuerdo por el que se crea el Sistema de Datos Personales “Personas Inscritas en el Sistema Alerta Social Ciudad

de México “SAS CDMX” en la Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México

18

Secretaría del Medio Ambiente  Nota aclaratoria al Aviso por el cual se dan a conocer la clave, concepto, unidad de medida y cuota que se aplicará

durante la vigencia de las “Reglas para la Autorización, Control y Manejo de Ingresos de Aplicación Automática” en los Centros Generadores de la Secretaría del Medio Ambiente, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 17 de febrero de 2016

22

Secretaría de Finanzas  Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos para fortalecer la ejecución y desarrollo del

Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y, por la otra, el Gobierno del Distrito Federal

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 Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por

conducto de la Secretaría de Salud y, por la otra, el Gobierno del Distrito Federal

52 Continúa en la Pág. 2

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Índice Viene de la Pág. 1 Secretaría  de Trabajo y Fomento al Empleo  Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Social “Seguro de

Desempleo”, para el Ejercicio Fiscal 2016, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, Tomo I, de fecha 29 de enero de 2016  Aviso por el cual se da a conocer la ubicación de los Estrados en la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo

107 111

Delegación  Iztapalapa  Nota aclaratoria al Aviso por el cual se dan a conocer las nuevas cuotas y conceptos vigentes para el Ejercicio

2016, para los ingresos que se recauden por concepto de aprovechamientos y productos de aplicación automática de recursos para la Delegación Iztapalapa., Publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 17 de febrero del año en curso

113

Delegación  Milpa Alta  Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria Extraordinaria para participar en el Programa de Desarrollo

Sectorial (PRODESEC) 2016

141

Delegación  Tláhuac  Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de la Actividad Institucional “Por Amor a la

Comunidad, una Alimentación Mejor”; de la Delegación Tláhuac correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016

144

Servicios  Metropolitanos, S.A. de C.V.  Aviso 

152 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

 Subsecretaría de Sistema Penitenciario.- Licitación Pública Nacional Número 30001004-002-16.- Convocatoria

002.- Suministro de combustible diesel industrial bajo azufre

153

 Sistema de Transporte Colectivo.- Licitación Pública Nacional Número 30102015-004-16.- Convocatoria: 004.-

Contratación del Servicio de Control de Flora y Fauna Nociva en las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo y Desinfección de Policlínicas, Consultorios, Talleres, CENDI y Trenes del Sistema 

155

SECCIÓN DE AVISOS

 Enso Legacy, S.A. de C.V.

157

 Metrix Laboratorios, S.A. de C.V.

158

 Nuevas Cantinas Mexicanas, S.A.P.I. de C.V.

159

 Moshi Antara, S.A.P.I. de C.V.

160

 Representaciones Mex-America, S.A. de C.V.

161

 Inoxidables y Diseños Arquitectónicos, S.A. de C.V.

162

 Grupo Papelero R & R, S.A. de C.V.

162

 Técnicos en Aseo y Servicios, S.A. de C.V.

163

 Grupo Juvesa, S.A. de C.V.

163

 Comercializadora, Distribuidora y Constructora Relo, S.A. de C.V.

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 Fer’s Co, S.A. de C.V.

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 Promociones Agua Marina, S.A. de C.V.

165

 Inataic, S.A. de C.V.

165

 Asesoría Política y Servicios en Comunicación, S.A. de C.V.

166

 Corporativo Profit Poin, S.A. de C.V.

166

 Edictos

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 Aviso

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Jefatura de Gobierno Acuerdo de Coordinación para el Ejercicio de Facultades en Materia de Control Sanitario de Productos del Tabaco que celebran, el Ejecutivo Federal y el Gobierno del Distrito Federal ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA EL EJERCICIO DE FACULTADES EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE LOS PRODUCTOS DEL TABACO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, EN LO SUCESIVO “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR SU TITULAR, DRA. MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, EN LO SUCESIVO “LA COMISIÓN”, REPRESENTADA POR SU TITULAR, LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA Y, POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EN ADELANTE EL “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”, REPRESENTADO POR EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, DR. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, CON LA INTERVENCIÓN DEL SECRETARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, C. HÉCTOR SERRANO CORTÉS, DEL SECRETARIO DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL, DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA Y DEL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES I.

Conforme a los artículos 26, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 20, 21 y 22, de la Ley de Planeación, el Titular del Poder Ejecutivo Federal, elabora el Plan Nacional de Desarrollo en el que se precisan los objetivos nacionales, estrategias y prioridades del desarrollo integral y sustentable del país, determinándose los instrumentos y responsables de su ejecución.

II.

El 30 de mayo de 2008 y el 31 de mayo de 2009, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General para el Control del Tabaco y el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, respectivamente. Este último ordenamiento, en sus artículos 3 y 71 establece que corresponde a “LA SECRETARÍA”, así como a los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, aplicar las disposiciones en materia del control sanitario de los productos del tabaco.

Expuesto lo anterior, y con fundamento en los artículos 4o., párrafo cuarto, 26 y 122, base segunda, fracción II, inciso f), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44, de la Ley de Planeación; 13, apartado A, fracción III, 17 bis, 18, y 287, de la Ley General de Salud; 1o., 2o., inciso C, fracción X, 6o., 7o., fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 3, 12, 30 y 36, de la Ley General para el Control del Tabaco; 3o., del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco; 3o., fracciones I, inciso f) y III, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; así como en los artículos 67, fracción XXV, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 20 y 29, fracciones I y XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, fracciones III y VI, 15, fracción IV, 16, fracción XXI, 110, fracción I, y demás relativos de la Ley de Salud del Distrito Federal, “LA SECRETARÍA” y el “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” convienen en suscribir el presente Acuerdo de Coordinación, cuya ejecución se realizará al tenor de las siguientes: DECLARACIONES I. Declara “LA SECRETARÍA” que: I-1

Es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada del Poder Ejecutivo Federal, según lo dispuesto por los artículos 2 y 26, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuyas atribuciones para la protección de la salud de la población en materia de tabaco, están previstas por el artículo 39, de la misma Ley, así como por los artículos 1, 3, 5, y 8, de la Ley General para el Control del Tabaco, y artículos 1o., 2o., 3o., fracción XXII, 13, apartado A, fracción II, de la Ley General de Salud.

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I.2

La Dra. María de las Mercedes Martha Juan López, fue designada Secretaria de Salud, mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2012, expedido por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Enrique Peña Nieto, del que se agrega copia fotostática, y quien cuenta con las facultades y legitimación para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación, con fundamento en los artículos 6 y 7, fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

I.3

Cuenta con un órgano desconcentrado denominado Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el cual goza de autonomía técnica, administrativa y operativa, que tiene por objeto el ejercicio de las atribuciones que en materia de control sanitario de los productos del tabaco, conforme a la Ley General de Salud, la Ley General para el Control del Tabaco y demás ordenamientos aplicables le corresponden a “LA SECRETARÍA”, en los términos de su Reglamento y por conducto de las unidades administrativas que integran dicha Comisión.

I.4

“LA COMISIÓN” se encuentra debidamente representada por su titular el Lic. Mikel Andoni Arriola Peñalosa quien fue designado el 1 de marzo de 2011 por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; anexándose copia fotostática de dicho nombramiento al presente Acuerdo de Coordinación; quien cuenta con las facultades y legitimación para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo establecido por el artículo 10, fracciones III, VII, IX y XVI, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

I.5

Para efectos del presente Acuerdo de Coordinación señala como su domicilio el ubicado en Oklahoma 14, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03810, México, Distrito Federal.

II. Declara el “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” que: II.1

Que el Distrito Federal es parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido por los artículos 43 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 2o., del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

II.2

Que el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, cuenta con la competencia y legitimación para la celebración del presente Acuerdo de Coordinación, en términos de lo establecido en el artículo 122, párrafo cuarto, base segunda, fracción II, inciso f), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 8o., fracción II y 52, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2o., 5o., 8o. y 12, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y demás disposiciones locales aplicables, acreditando la personalidad con que se ostenta mediante el “Bando para dar a conocer la Declaración de Jefe de Gobierno del Distrito Federal Electo”, expedido por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a su favor, para el periodo del 5 de diciembre de 2012 al 4 de diciembre de 2018, mismo que se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de Octubre de 2012, del que se adjunta copia fotostática al presente Acuerdo de Coordinación.

II.3

La Secretaría de Gobierno del Distrito Federal, es una Dependencia que integra la Administración Pública Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 2, 3, fracción I, 15, fracción I, 16, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 26, fracción XVI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

II.4

Que el C. Héctor Serrano Cortés, acredita su carácter de Secretario de Gobierno del Distrito Federal, con el nombramiento de fecha 5 de diciembre de 2012, expedido por el Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, anexándose copia fotostática de dicho nombramiento al presente Acuerdo de Coordinación, y cuenta con facultades y legitimación para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo establecido por los artículos 15, fracción I, 16, fracción IV, y 23, fracciones III y XXXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 26, fracción XVI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

II.5

La Secretaría de Salud del Gobierno del Distrito Federal, es una Dependencia que integra la Administración Pública Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 2, 3, fracción I, 15, fracción VII, 16, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 26, fracción XVI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; cuyas atribuciones para la protección de la salud de la población están previstas en los artículos 1o., fracciones III y VI, y 15, fracción IV, de la Ley de Salud del Distrito Federal.

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II.6

Que el Dr. José Armando Ahued Ortega, acredita su carácter de Secretario de Salud del Distrito Federal, con el nombramiento de fecha 5 de diciembre de 2012, expedido por el Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, anexándose copia fotostática de dicho nombramiento al presente Acuerdo de Coordinación, y cuenta con facultades y legitimación para suscribir el presente instrumento de conformidad con lo dispuesto por los artículos 7o., fracción III y 24, fracción VI, de la Ley de Salud del Distrito Federal.

II.7

Que la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal es un órgano desconcentrado de la Administración Pública del Distrito Federal sectorizado a la Secretaría de Salud del Distrito Federal, con autonomía técnica, administrativa, operativa y de gestión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3, fracción IV, 7, fracción VII, párrafo segundo, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y 1, del Reglamento de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal.

II.8

Que el Dr. José Jesús Trujillo Gutiérrez, acredita su carácter de Director General de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, con el nombramiento de fecha 5 de diciembre de 2012, expedido por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, anexándose copia fotostática de dicho nombramiento al presente Acuerdo de Coordinación, y cuenta con facultades y legitimación para suscribir el presente instrumento de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10, fracción IX, del Reglamento de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal.

II.9

Que para los efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en la calle Altadena No. 23, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03810, México, Distrito Federal.

III. Declaran “LAS PARTES” que: Están interesadas en celebrar el presente Acuerdo de Coordinación y que una vez reconocida plenamente la capacidad jurídica con que comparecen cada una de “LAS PARTES” y vistas las declaraciones que anteceden, es su voluntad celebrar el presente instrumento jurídico para lo cual acuerdan sujetarse a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. Objeto. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto establecer los términos y condiciones en que se dará la colaboración entre “LAS PARTES”, para la coadyuvancia del “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” en el ejercicio de las facultades que en materia de control sanitario de los productos del tabaco, corresponde ejercer a “LA SECRETARÍA”, por conducto de la “LA COMISIÓN”, conforme a lo dispuesto por la Ley General para el Control del Tabaco, la Ley General de Salud, el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables, así como para establecer los criterios a los que se sujetará el ejercicio de facultades concurrentes en esta materia, con la finalidad de dar agilidad, transparencia y eficiencia al desarrollo de dichas actividades en el ámbito local. SEGUNDA. Disposiciones Generales. Para el ejercicio de las facultades a que se refiere el presente Acuerdo de Coordinación, “LAS PARTES”, suscriben y agregan como parte integrante del presente instrumento jurídico los siguientes Anexos: I.

Anexo 1. “Establecimientos. Ejercicio y coadyuvancia del “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” en acciones de control sanitario de los productos del tabaco”. Este anexo detalla los criterios de coadyuvancia y de coordinación en las acciones de control sanitario de los productos del tabaco, que aplican en los siguientes supuestos: 1. El control sanitario de establecimientos, cuyo ejercicio, corresponde exclusivamente a “LA SECRETARÍA”, por conducto de “LA COMISIÓN”;

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2. El control sanitario de establecimientos, en cuyo ejercicio, el “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” coadyuva con “LA SECRETARÍA”, a través de “LA COMISIÓN”, y 3. El control sanitario de establecimientos, cuyo ejercicio corresponde al “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”. Asimismo, se incluye el listado de categorías de establecimientos y el supuesto en el que se ubica cada uno. II.

Anexo 2. “Trámites y servicios. Ejercicio y coadyuvancia del “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” en acciones de control sanitario de los productos del tabaco”.

Este anexo detalla los criterios de atención que aplican para los siguientes supuestos: 1. Trámites y servicios, cuya atención, corresponde exclusivamente a “LA SECRETARÍA”, por conducto de “LA COMISIÓN”; 2. Trámites y servicios, en cuya atención, el “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” coadyuva con “LA SECRETARÍA”, a través de “LA COMISIÓN”, y 3. Trámites y servicios, en cuya atención corresponde al “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”. Asimismo, se incluye el listado de trámites y servicios y el supuesto en el que se ubica cada uno. Ambos Anexos se sujetarán al “ACUERDO por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los formatos que aplica la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2011 y sus modificaciones en materia de control sanitario de los productos del tabaco, publicadas en el citado órgano oficial de difusión, los días 22 de junio de 2011, 10 de mayo de 2012, 23 de octubre de 2012 y 1 de julio de 2013. TERCERA. Compromisos de “LA SECRETARÍA” a través de “LA COMISIÓN”. Para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo de Coordinación, “LA SECRETARÍA”, a través de “LA COMISIÓN”: I.

Autorizará al “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” la utilización de las aplicaciones informáticas que se desarrollen en “LA COMISIÓN” que tengan como objetivo específico apoyar las tareas de atención de trámites y control sanitario de los productos del tabaco;

II.

Absorberá en materia de control sanitario de los productos del tabaco, el costo de la capacitación, desarrollo, entrenamiento y actualización del personal para realizar las visitas de verificación sanitaria, el dictamen y el procedimiento de resolución correspondiente, así como la operación de las aplicaciones informáticas que se desarrollen en “LA COMISIÓN” que tengan como objetivo específico apoyar las tareas de atención de trámites y control sanitario de los productos del tabaco, conforme al programa anual que “LAS PARTES” aprueben en el tercer y cuarto trimestres del ejercicio fiscal anterior al que vaya a presupuestarse, considerando el contenido de los Anexos 1 y 2 del presente Acuerdo de Coordinación;

III. Establecerá, de común acuerdo con el “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”, los formatos en los que este último proporcionará información a “LA COMISIÓN” sobre el ejercicio de las facultades objeto del presente instrumento jurídico; IV. Informará al “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” sobre aquellas acciones que derivaron del control y regulación sanitarios;

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V. Realizará la supervisión y vigilancia técnicas de la ejecución y desarrollo de las acciones previstas en el presente Acuerdo de Coordinación, y VI. Participará con el “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” en los eventos de fomento sanitario, como foros estatales y regionales cuyo objetivo sea la difusión de la normatividad inherente al control sanitario de los productos del tabaco. El cumplimiento de las obligaciones pactadas en la presente cláusula, quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria, a la afectación de recursos y al cumplimiento de la normativa aplicable. CUARTA. Compromisos del “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”. Para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo de Coordinación, el “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”: I.

Remitirá a “LA COMISIÓN”, en un plazo no mayor de 5 días hábiles, los trámites considerados dentro del numeral 1 de los Anexos 1 y 2 que llegase a recibir, apercibiendo al usuario en el sentido de que se recibe la solicitud sólo para el efecto de ser turnada a “LA COMISIÓN” y de que el plazo para resolver comenzará a correr una vez que ésta lo reciba, de lo cual dejará constancia por escrito en el propio documento y en la copia sellada que exhiba;

II.

Aplicará los recursos que reciba de “LA SECRETARÍA” por conducto de “LA COMISIÓN” en términos de los instrumentos jurídicos que al efecto se suscriban, conforme a lo establecido en el presente Acuerdo de Coordinación;

III. Proporcionará mensualmente a “LA COMISIÓN”, en los formatos que establezca de común acuerdo con ésta, información sobre el ejercicio de las facultades objeto del presente instrumento; IV. Se incorporará al sistema de información que convenga con “LA COMISIÓN” y, a través del portal electrónico de la misma, se pondrá a consulta del público interesado la información relativa a trámites, requisitos, plazos y situación que guardan los trámites ingresados; V.

Efectuará, de conformidad con la suficiencia presupuestaria correspondiente, las adecuaciones o modificaciones a sus estructuras administrativas, determinando sus modalidades orgánicas y funcionales conforme a su legislación aplicable;

VI. Permitirá la supervisión técnica por parte de “LA COMISIÓN” para evaluar el cumplimiento del presente Acuerdo de Coordinación, y VII. Vigilará el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables por parte de los responsables del ejercicio de las acciones que derivan del cumplimiento del presente Acuerdo de Coordinación. QUINTA. Compromisos de “LAS PARTES”. Para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo de Coordinación “LAS PARTES” se obligan a: I.

Promover la realización de estudios de evaluación y análisis de riesgos a la salud y apoyar sus decisiones en los mejores criterios técnicos y científicos;

II.

Impulsar la modernización, simplificación y mejora regulatoria, en el ámbito de sus respectivas competencias;

III.

Orientar sus sistemas de trabajo a la optimización de recursos, la estandarización y simplificación de procesos, así como a la coordinación eficaz de sus atribuciones y a la profesionalización y especialización de su personal, y

IV. Actuar bajo criterios de agilidad y transparencia en la realización de sus actividades. SEXTA. Reserva del ejercicio de facultades de “LA SECRETARÍA”.

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“LA SECRETARÍA”, por conducto de “LA COMISIÓN”, podrá reasumir en cualquier momento el ejercicio de las facultades objeto del presente Acuerdo de Coordinación, cuando ésta lo determine, o en aquellos asuntos y materias cuya magnitud, por el riesgo sanitario que representan, su impacto o importancia, ameriten su intervención. “LA SECRETARÍA”, a través de “LA COMISIÓN”, informará por escrito al “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” sobre dicha decisión. El “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”, se compromete a colaborar con “LA SECRETARÍA”, por conducto de “LA COMISIÓN”, en el ejercicio de las facultades atraídas y, en su caso, a participar nuevamente en su ejercicio cuando así le fuere expresamente informado. SÉPTIMA. Servidores públicos designados para dar cumplimiento al Acuerdo de Coordinación. “LA SECRETARÍA” por conducto de “LA COMISIÓN” dará cumplimiento al objeto del presente Acuerdo de Coordinación, a través del Titular de esta última y de los demás servidores públicos facultados para ello, en términos de la Ley General para el Control del Tabaco, la Ley General de Salud, el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y el Acuerdo por el que se delegan las facultades que se señalan, en los órganos administrativos que en el mismo se indican de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de abril de 2010. La Secretaría de Salud del Distrito Federal, a través del Director General de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, realizará lo conducente, a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Acuerdo de Coordinación. OCTAVA. Evaluación y seguimiento. “LA SECRETARÍA”, a través de “LA COMISIÓN”, efectuará anualmente, con la Secretaría de Salud del “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”, la evaluación y seguimiento del ejercicio de las facultades previstas en el presente Acuerdo de Coordinación, por lo que podrá realizar supervisiones y determinar, con base en los resultados de la evaluación, las acciones correctivas a instrumentar por parte del “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”. “LA SECRETARÍA”, por conducto de “LA COMISIÓN”, elaborará el sistema de indicadores, variables y parámetros con los que se evaluará la productividad, eficiencia y desempeño del ejercicio de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, así como el impacto en la salud pública local que implique en los términos de este Acuerdo de Coordinación. La evaluación del ejercicio de las acciones materia del presente Acuerdo de Coordinación será congruente con las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, y demás instrumentos programáticos que se establezcan. NOVENA. Relación laboral. El personal de cada una de “LAS PARTES” que intervenga en la realización de las acciones materia del presente Acuerdo de Coordinación, mantendrá su relación laboral y estará bajo la dirección y dependencia de la parte respectiva, por lo que no se crearán relaciones de carácter laboral con la contraparte, a la que en ningún caso se le considerará como patrón sustituto o solidario. Las plazas de enlace de alto nivel de responsabilidad que han sido asignadas al “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” seguirán perteneciendo a “LA COMISIÓN”, por lo que quienes las ocupen deberán realizar funciones de enlace vinculadas con las acciones y proyectos objeto del presente Acuerdo de Coordinación. DÉCIMA. Vigencia de otros acuerdos y convenios en la materia. El presente Acuerdo de Coordinación deja sin efecto los acuerdos y convenios celebrados por el “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” y “LA SECRETARÍA”, por lo que hace a la materia de control sanitario de los productos del tabaco.

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DÉCIMA PRIMERA. Solución de controversias. Las dudas o controversias que resulten de la ejecución e interpretación del presente Acuerdo de Coordinación, serán resueltas a través de una Comisión Paritaria, que se integrará con un representante designado por cada parte y con la intervención que corresponda de sus órganos de control. En caso de que dicha Comisión Paritaria no llegase a ninguna solución amigable, las dudas o controversias que resulten de la ejecución e interpretación del presente Acuerdo de Coordinación, serán resueltas por los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal. Con independencia de lo anterior, el incumplimiento injustificado de las obligaciones pactadas en el presente Acuerdo de Coordinación, podrá dar lugar al inicio de los procedimientos que correspondan para la determinación de responsabilidades administrativas, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. DÉCIMA SEGUNDA. Revisión y Modificación del Acuerdo de Coordinación. El presente instrumento será objeto de una revisión bianual que podrá tener como resultado su adición o modificación, tomando como base las exigencias presentadas en la operación de los servicios y la evaluación en el cumplimiento de los objetivos establecidos en el mismo. No obstante lo anterior, el presente Acuerdo de Coordinación podrá, en cualquier momento, ser adicionado o modificado por acuerdo de “LAS PARTES” de forma escrita cuando éstas lo consideren necesario. DÉCIMA TERCERA. Acceso a la Información. El manejo de la información que se genere con motivo de la ejecución del presente Acuerdo de Coordinación, se hará de acuerdo con los principios de publicidad, confidencialidad y reserva de la información, así como a la protección de datos personales, que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables. DÉCIMA CUARTA. Vigencia y difusión. El presente Acuerdo de Coordinación entrará en vigor al día siguiente de su suscripción y tendrá una vigencia indefinida. Se publicará acompañado de sus Anexos 1 y 2, en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal. DÉCIMA QUINTA. Terminación Anticipada. El presente Acuerdo de Coordinación podrá darse por terminado en cualquier tiempo a solicitud de cualquiera de “LAS PARTES”, previa notificación por escrito realizada a la otra parte con, por lo menos, treinta días hábiles de anticipación, en cuyo caso se tomarán las medidas necesarias para concluir las acciones que se hubieren iniciado en el presente instrumento, a efecto de evitar daños mutuos o a terceros. DÉCIMA SEXTA. Caso fortuito o fuerza mayor. “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse por causas de fuerza mayor o caso fortuito que impidan, la ejecución total o parcial de las obligaciones del objeto del presente instrumento. Una vez superados dichos eventos se reanudarán las actividades en la forma y términos que señalen “LAS PARTES”. Leído que fue el presente Acuerdo de Coordinación constante de 15 fojas, y enteradas las partes de su valor y consecuencias legales, lo firman por quintuplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal a los dos días del mes de septiembre de dos mil trece.

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POR EL EJECUTIVO FEDERAL LA SECRETARIA DE SALUD

POR “EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) _____________________________________________ DRA. MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ

(Firma) ______________________________________________ DR. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA

EL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) ________________________________________ LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA

(Firma) _____________________________________ C. HÉCTOR SERRANO CORTÉS

EL SECRETARIO DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) __________________________________________ DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) _____________________________________________ DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ.

COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS ANEXO 1 ANEXO 1 DEL ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA EL EJERCICIO DE FACULTADES EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE PRODUCTOS DEL TABACO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, EN LO SUCESIVO “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR SU TITULAR, DRA. MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, EN LO SUCESIVO “LA COMISIÓN”, REPRESENTADA POR SU TITULAR, LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA Y, POR LA OTRA, EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EN ADELANTE EL “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO”, REPRESENTADO POR EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, DR. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, CON LA INTERVENCIÓN DEL SECRETARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, C. HÉCTOR SERRANO CORTÉS, DEL SECRETARIO DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL, DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA Y DEL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ. ESTABLECIMIENTOS ANEXO 1 ESTABLECIMIENTOS EJERCICIO Y COADYUVANCIA DE “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” EN ACCIONES DE CONTROL SANITARIO DE LOS PRODUCTOS DEL TABACO 1.-

EXCLUSIVO SECRETARÍA DE SALUD, POR CONDUCTO DE “LA COMISIÓN”

Respecto al trámite: - La recepción, verificación, dictamen y resolución del mismo, lo realizará en su totalidad la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN”. En cuanto a la vigilancia sanitaria regular: - Las visitas de verificación, dictamen, notificación, seguimiento de corrección de irregularidades, resolución y en su caso seguimiento jurídico, también las realizará la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN”. 2.-

EJERCICIO EN COADYUVANCIA Respecto al trámite: -

Las entidades federativas podrán recibir las solicitudes de trámite y documentos anexos considerados en este criterio, sellándolos y haciéndolos llegar a la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN” en un plazo no mayor a 5 días hábiles para que ésta esté en posibilidades de revisarla y prevenir, en su caso, de cualquier omisión o faltante al interesado, así como de emitir la resolución en los términos que establecen las disposiciones legales aplicables, indicando que los plazos para que la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN” emita dicha resolución empezarán a correr a partir del día siguiente en que los trámites fueron recibidos y sellados por esa Comisión Federal. El número de folio del trámite lo dará “LA COMISIÓN” de acuerdo a un consecutivo.

-

-

-

Los trámites considerados dentro de este criterio que sean recibidos por la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN”, una vez sellados y foliados deberán hacerlos llegar en copia a las entidades federativas en un plazo no mayor a 5 días hábiles para que éstas procedan al ejercicio de la verificación sanitaria. Sin menoscabo de la ventanilla en la cual ingrese el trámite, la verificación será realizada por las entidades federativas de acuerdo con las políticas, lineamientos y procedimientos que le notifique la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN”, en términos de las disposiciones legales aplicables, debiendo éstas remitir el resultado de la misma a la “LA COMISIÓN”. Los plazos de envío se concertarán entre la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN” y el Estado, a fin de estar en posibilidad de cumplir con los tiempos que confieren los ordenamientos legales aplicables. El dictamen y la resolución corresponden a la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN” quien informará al interesado y marcará copia a la entidad federativa.

En cuanto a la vigilancia sanitaria regular: - Las visitas de verificación y seguimiento de corrección de irregularidades las realizarán las entidades federativas bajo las políticas, lineamientos y procedimientos que emita la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN”. - El dictamen, notificación, resolución y en su caso seguimiento jurídico lo realizará la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN”. 3.-

EJERCICIO EN CONCURRENCIA Respecto al trámite: - La recepción, verificación, dictamen y resolución del mismo, lo realizarán en su totalidad las entidades federativas de acuerdo con las políticas, lineamientos y procedimientos que le notifique la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN”, en términos de las disposiciones legales aplicables. En cuanto a la vigilancia sanitaria regular: - Las visitas de verificación, dictamen, notificación, seguimiento de corrección de irregularidades, resolución y en su caso seguimiento jurídico, lo realizarán las entidades federativas, de acuerdo con las políticas, lineamientos y procedimientos que le notifique la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN”, en términos de las disposiciones legales aplicables.

Ambas partes asumen el compromiso de informarse y retroalimentarse periódicamente. TIPO DE ESTABLECIMIENTO CONTROL SANITARIO DE ESTABLECIMIENTOS DONDE SE COMERCIEN, VENDAN, DISTRIBUYAN O SUMINISTREN PRODUCTOS DEL TABACO. CONTROL SANITARIO DE LOS ESPACIOS 100% LIBRES DE HUMO DE TABACO CONTROL SANITARIO DE LAS ZONAS EXCLUSIVAMENTE PARA FUMAR CONTROL SANITARIO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DONDE SE FABRICAN O PRODUCEN PRODUCTOS DEL TABACO CONTROL SANITARIO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DONDE SE ALMACENAN PRODUCTOS DEL TABACO (IMPORTACIÓN) CONTROL SANITARIO DE LA PUBLICIDAD DE PRODUCTOS DEL TABACO

CRITERIO DE ATENCIÓN 3 3 3 1 1 1

POR EL EJECUTIVO FEDERAL LA SECRETARÍA DE SALUD

POR EL “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) __________________________________________________ DRA. MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ

(Firma) _____________________________________________ DR. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA

EL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) ________________________________________ LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA

(Firma) __________________________________________ C. HÉCTOR SERRANO CORTÉS

EL SECRETARIO DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) _________________________________________ DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.

(Firma) __________________________________________ DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ

ANEXO 2 TRÁMITES Y SERVICIOS EJERCICIO Y COADYUVANCIA DE “EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” EN ACCIONES DE CONTROL SANITARIO DE LOS PRODUCTOS DEL TABACO 1 EXCLUSIVO SECRETARÍA DE SALUD, POR CONDUCTO DE “LA COMISIÓN” Respecto al trámite: La recepción, dictaminación y resolución estará a cargo de la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN” y, en su caso, la verificación sanitaria previa del producto. 2 EJERCICIO EN COADYUVANCIA Respecto al trámite: La recepción estará a cargo de las entidades federativas, remitiendo las solicitudes junto con sus anexos de forma inmediata a la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN”, quien es la responsable de la dictaminación y resolución. Las entidades federativas podrán recibir las solicitudes de trámite y documentos anexos considerados en este criterio, haciéndolos llegar a “LA COMISIÓN” en un plazo no mayor a 5 días hábiles para que ésta esté en posibilidades de revisarla y prevenir, en su caso, de cualquier omisión o faltante al interesado, así como de emitir la resolución en los términos que establecen las disposiciones legales aplicables, indicando que los plazos para que la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN” emita dicha resolución empezarán a correr a partir del día siguiente en que los trámites fueron recibidos y sellados por esa Comisión Federal. El número de folio del trámite lo dará la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN” de acuerdo a un consecutivo. En aquellos casos, en que se requiera verificación sanitaria previa del proceso, producto o actividad, estará a cargo de las entidades federativas, bajo las políticas, lineamientos y procedimientos que emita la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN”, debiendo informar a la brevedad posible a la Comisión el resultado de las visitas considerando el plazo que tiene la autoridad para emitir la resolución en los términos que establecen las disposiciones legales aplicables. 3 EJERCICIO EN CONCURRENCIA Respecto al trámite: La recepción y resolución y, en su caso, la verificación sanitaria previa del producto, estará a cargo de las entidades federativas, bajo las políticas, lineamientos y procedimientos que emita la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN”. OBSERVACIONES Ambas partes asumen el compromiso de informarse y retroalimentarse periódicamente.

Los criterios para la evaluación, dictaminación y emisión de las autorizaciones, serán determinados por la SECRETARÍA DE SALUD, por conducto de “LA COMISIÓN”, así como la fecha en la que las entidades federativas comenzarán a ejercer la facultad para la atención de trámites en materia de comercio internacional, considerando su capacidad técnica e infraestructura. En cualquier momento que se requiera o en caso que se considere oportuno, ambas partes se podrán consultar a fin de obtener la mejor solución a éste, apegándose en todo momento a la legislación aplicable y a los lineamientos y procedimientos que emita “LA COMISIÓN”. CLAVE SCIAN

312221 312222

NOMBRE DEL TRÁMITE

LICENCIA SANITARIA

PERMISO SANITARIO PREVIO DE IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS DEL TABACO

CERTIFICADOS

CLASIFICACIÓN ESTABLECIMIENTOS QUE PRODUZCAN, FABRIQUEN O IMPORTEN PRODUCTOS DEL TABACO - ALTA - RENOVACIÓN - MODIFICACIÓN - BAJA PERMISO SANITARIO PREVIO DE IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS DEL TABACO - CON CONSTANCIA - CON CERTIFICADO DE LIBRE VENTA - RETORNO - MODIFICACIÓN CERTIFICADOS DE EXPORTACIÓN PARA PRODUCTOS DE TABACO - LIBRE VENTA - CONFORMIDAD DE BUENAS PRÁCTICAS SANITARIAS - MODIFICACIÓN DE LIBRE VENTA - MODIFICACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS DENUNCIA - Para establecimientos previstos en el criterio 1 del anexo I de este documento, a cargo de “LA COMISIÓN” - Para establecimientos previstos en el criterio 3 del anexo I de este documento, a cargo de las entidades federativas RECURSO DE REVISIÓN (ACTO ADMINISTRATIVO) - Para establecimientos previstos en el criterio 1 del anexo I de este documento, a cargo de “LA COMISIÓN” - Para establecimientos previstos en el criterio 3 del anexo I de este documento, a cargo de las entidades federativas

CRITERIO DE ATENCIÓN

1

1

1

NO. RFTS

COFEPRIS-06-025 COFEPRIS-06-026 COFEPRIS-06-027 COFEPRIS-06-028

COFEPRIS-02-004 COFEPRIS-02-005 COFEPRIS-02-007 COFEPRIS-02-008

COFEPRIS-02-010 COFEPRIS-02-011 COFEPRIS-02-012 COFEPRIS-02-013

1 3

1 2

COFEPRIS-08-001

POR EL EJECUTIVO FEDERAL LA SECRETARÍA DE SALUD

POR EL “GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO” EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) __________________________________________________ DRA. MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ

(Firma) _____________________________________________ DR. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA

EL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) ________________________________________ LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA

(Firma) __________________________________________ C. HÉCTOR SERRANO CORTÉS

EL SECRETARIO DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) _________________________________________ DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL.

(Firma) __________________________________________ DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ

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SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL MTRO. JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, con fundamento en los artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15, fracción VI, 16 fracción III, IV y VII y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 26, fracciones X y XVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y: CONSIDERANDO Que con fecha 7 de enero de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el “Acuerdo por el que se crea el Sistema de Alerta Social “SAS”, con el cual se amplía la actividad institucional “Alerta Plateada”, con el fin de actuar de manera preventiva y atender las situaciones de emergencia y/o extravío de habitantes de la Ciudad de México; para contribuir a su localización y/o vinculación con las personas responsables de los mismos, a través de la entrega de una pulsera o accesorio que contendrá un código de identificación personal y números telefónicos de reporte. Que con fecha 22 de enero de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el “Acuerdo por el que se modifica la denominación del Sistema de Alerta Social “SAS”, para quedar como “Sistema Alerta Social Ciudad de México “SAS CDMX”. Que la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal es el ordenamiento legal que tiene por objeto establecer los principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan la protección y tratamiento de los datos personales en posesión de los Entes Públicos. Que la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establece en su artículo 7, fracción I, que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos y su creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales, deberá publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Que de conformidad con lo señalado en el artículo 41, fracción IV y último párrafo de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, constituyen infracciones el incumplimiento a las disposiciones contenidas en la misma, que serán sancionadas en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, siendo independientes de las de orden civil o penal que procedan, así como los procedimientos para el resarcimiento del daño ocasionado por el ente público. Que el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, establece que corresponde a cada Ente Público determinar, a través de su titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia. Que el artículo 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y numerales 6, 8 y 10 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establece como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente y publicarse quince días hábiles previos a la creación o modificación del sistema correspondiente en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el que se indiquen las modificaciones producidas que se refieran a cualquiera de las fracciones del numeral 7 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, motivo por el cual tengo a bien emitir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES “PERSONAS INSCRITAS EN EL SISTEMA ALERTA SOCIAL CIUDAD DE MÉXICO “SAS CDMX” EN LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. ÚNICO.- En cumplimiento a los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, así como los numerales 6 y 7 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, se da a conocer la creación del Sistema de Datos Personales “Personas Inscritas en el Sistema Alerta Social Ciudad de México “SAS CDMX” en los términos siguientes: I. Identificación del Sistema de Datos Personales: Denominación: Personas Inscritas en el Sistema Alerta Social Ciudad de México “SAS CDMX”.

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Normatividad Aplicable: 1. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. 2. Ley de Planeación del Desarrollo Social del Distrito Federal. 3. Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. 4. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. 5. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. 6. Ley de Archivos del Distrito Federal. 8. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. 9. Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. 10. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. 11. Acuerdo por el que se crea el Sistema de Alerta Social “SAS” 12. Acuerdo por el que se modifica la denominación del Sistema de Alerta Social “SAS” 13. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. 14. Convenio de Colaboración Interinstitucional, celebrado entre la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, la Secretaría de Salud del Distrito Federal, la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, el Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal y la Dirección General del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL), con fecha 22 de enero 2016. 15. Convenio de Concertación, celebrado entre la Secretaría de Desarrollo Social y el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal, con fecha 22 de enero de 2016. Finalidad o usos previstos: Integrar la información de las personas inscritas en el Sistema Alerta Social Ciudad de México “SAS CDMX”, a fin de contribuir a su localización y/o vinculación con los familiares o responsables de los mismos, en caso de emergencia o extravío. II. Origen de los Datos: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suministrarlos: Cualquier habitante residente de la Ciudad de México que de manera voluntaria solicite su inscripción y terceros. Procedencia: Interesados, tutores y/o representantes de los mismos, Dirección General del Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL) y el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal. Procedimiento de obtención: Vía telefónica, a los teléfonos de LOCATEL y el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal y a través de un formato impreso, mismo que cumple lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. III. Estructura básica del Sistema de Datos Personales: Datos Identificativos: Nombre, domicilio, fecha de nacimiento, edad, género, teléfono particular, teléfono celular, fotografía, firma, número de licencia de conducir, número de pasaporte, número identificador (OCR) (reverso de la credencial del IFE). Datos familiares y/o afectivos: Parentesco

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Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial. Datos sobre la salud de las personas: incapacidades médicas, discapacidades, estado físico o mental de la persona, referencias o descripción de sintomatologías. Datos de carácter obligatorio: Nombre, domicilio, fecha de nacimiento, edad, género, teléfono celular, fotografía, firma parentesco, número de licencia de conducir, número de pasaporte, número identificador (OCR) (reverso de la credencial del IFE). Datos de carácter facultativo: Teléfono particular, correo electrónico no oficial, incapacidades médicas, discapacidades, estado físico o mental de la persona, referencias o descripción de sintomatologías. Modo de tratamiento: Procedimientos físicos y automatizados. IV. Cesión de Datos: Los datos personales recabados podrán ser transmitidos a los siguientes Destinatarios Contraloría General de la Ciudad de México.- Para la realización de auditorías o desarrollo de investigaciones por presuntas faltas administrativas, con fundamento en el artículo 34, fracciones II, III, VIII, IX y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Asamblea Legislativa de la Ciudad de México.- Para la realización de auditorías que considere convenientes, con fundamento en el artículo 13, fracción VII de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y en los artículos 49 y 50 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.- Para la investigación de presuntas violaciones a los derechos humanos, con fundamento en los artículo 3, 17, fracción II y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Auditoría Superior de la Ciudad de México.- Para el ejercicio de sus funciones de fiscalización, con fundamento en los artículos 8, fracciones VIII y XIX, 9 y 14, fracciones VII y XX de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México.- Para la evaluación de los programas sociales, con fundamento en los artículos 42A, 42B y 42C, fracciones I y X de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Ciudad de México.- Para la sustanciación de recursos de revisión, denuncias y el procedimiento para determinar el probable incumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, con fundamento en los artículos 16, fracciones II y V y 80, fracciones II y V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y en el artículo 39 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Dirección General del Servicio Público de Localización Telefónica.- Para el registro, atención y/o búsqueda de personas extraviadas o en situación de emergencia, con base en el Convenio de Colaboración Interinstitucional, celebrado entre la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, la Secretaría de Salud del Distrito Federal, la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, el Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal y la Dirección General del Servicio Público de Localización Telefónica, con fecha 22 de enero 2016. Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales.- Para la sustanciación de los procedimientos jurisdiccionales tramitados ante ellos, con fundamento en los artículos 323 del Código Civil del Distrito Federal, 278, 288, 326, 331 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, 180 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, 131, 132, 147, 149 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 191 fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 783 y 784 de la Ley Federal del Trabajo, y 2, fracción II del Código Federal de Procedimientos Penales y demás normatividad aplicable.

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Usuarios Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia de la Ciudad de México.- Para la implementación del Sistema Alerta Social Ciudad de México “SAS CDMX”, accediendo únicamente a los datos de nombre, teléfono particular, teléfono celular, fecha de nacimiento y género, con base en lo establecido en el Convenio de Concertación, celebrado entre la Secretaría de Desarrollo Social y el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal, con fecha 25 de enero de 2016. V. Unidad Administrativa y Responsable del Sistema de Datos Personales: Unidad Administrativa Responsable: Subsecretaría de Participación Ciudadana. Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subsecretaria de Participación Ciudadana. VI. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento. Unidad Administrativa: Dirección de Información Pública. Domicilio oficial y correo electrónico: Plaza de la Constitución, N° 1, Tercer Piso, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06068, Ciudad de México, [email protected]. VII. Nivel de Seguridad: Alto TRANSITORIOS PRIMERO.- Se crea el Sistema de Datos Personales: “PERSONAS INSCRITAS EN EL SISTEMA ALERTA SOCIAL CIUDAD DE MÉXICO “SAS CDMX” de la Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México, en los términos establecidos en el presente Acuerdo. SEGUNDO.-Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que notifique al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Ciudad de México, de la publicación del presente Acuerdo, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del mismo, asimismo de la inscripción del Sistema de Datos Personales en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Ciudad de México, en el plazo señalado para tal efecto, en términos del artículo 8 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y numeral 10 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. TERCERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el presente Acuerdo en cumplimiento a lo previsto en el artículo 7, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. CUARTO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Así lo acordó el Maestro José Ramón Amieva Gálvez, Secretario de Desarrollo Social de la Ciudad de México a los 31 días del mes de marzo de dos mil dieciséis. SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL (Firma) MTRO. JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ

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SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE C.P. MARTHA LETICIA CORTÉS GENESTA, Directora Ejecutiva de Administración en la Secretaría del Medio Ambiente con fundamento en lo dispuesto en los artículos 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Distrito Federal; 37 fracciones II y V, 101 G fracción XI y XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y al Acuerdo por el que se Delega al Titular de la Dirección Ejecutiva de Administración, las facultades que se indican, publicado en la Regla 8 de las Reglas para la Autorización, Control y Manejo de Ingresos de Aplicación Automática, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal Número 263 de fecha 20 de Enero de 2016, emito el siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LA CLAVE, CONCEPTO, UNIDAD DE MEDIDA Y CUOTA QUE SE APLICARÁ DURANTE LA VIGENCIA DE LAS “REGLAS PARA LA AUTORIZACIÓN, CONTROL Y MANEJO DE INGRESOS DE APLICACIÓN AUTOMÁTICA” EN LOS CENTROS GENERADORES DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL 17 DE FEBRERO DE 2016. 1.- Secretaría del Medio Ambiente 2.- El concepto se modifica debido a un error ortográfico. 3.- Dirección General de Regulación Ambiental En la página 44 en el numeral 1.4.1.5.1 DICE: CLAVE 1.4.1.5.1

CONCEPTO Declaratoria de cumplimineto ambiental

UNIDAD DE MEDIDA Por obra

CUOTA

UNIDAD DE MEDIDA Por obra

CUOTA

4,313.00

CUOTA CON IVA No Aplica

DEBE DECIR: CLAVE 1.4.1.5.1

CONCEPTO Declaratoria de cumplimiento ambiental

4,313.00

TRANSITORIO Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México, a 04 de abril de 2016

(Firma)

________________________________________ C.P. MARTHA LETICIA CORTÉS GENESTA DIRECTORA EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN EN LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE

CUOTA CON IVA No Aplica

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Secretaría de Finanzas Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos para Fortalecer la Ejecución y Desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y, por la otra parte, el Gobierno del Distrito Federal CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA, TITULAR DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR EL LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO, SECRETARIO GENERAL Y, POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL EJECUTIVO DEL DF”, REPRESENTADO POR EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, EL DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y EL DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ, DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I.

Con fecha 28 de febrero de 2013, “EL EJECUTIVO DEL DF” y “LA SECRETARÍA” celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo “EL ACUERDO MARCO”, con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a “EL EJECUTIVO DEL DF”, para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.

II.

Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Tercera de “EL ACUERDO MARCO”, los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por “EL EJECUTIVO DEL DF”, el titular de la Secretaría de Finanzas, el titular de la Secretaría de Salud y Director General de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, el titular de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal; y por “LA SECRETARÍA”, el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por el Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. DECLARACIONES

I. De “LA SECRETARÍA”: 1.

Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud, 1, 2, 3 y 10 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuyo objeto es el ejercicio de las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios conforme a la Ley General de Salud.

2.

Que su representante, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 17 bis y 17 bis 1, de la Ley General de Salud; 1, 2 inciso C, fracción X, 3, 6, 36 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 10, fracción XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO MARCO”.

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3.

Que dentro de las funciones del Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de representar al órgano de que se trate, con facultades para celebrar los actos jurídicos, convenios que requieran para el ejercicio de las atribuciones del órgano respectivo, participar, en el ámbito de su competencia, en los mecanismos de coordinación y concertación que se establezcan con las autoridades federales, estatales y municipales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

4.

Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tiene conferidas, entre otras facultades, la de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitarios se establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la Ley General de Salud y 3, fracciones I, VII y X del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

5.

Que el Secretario General, participa en la suscripción del presente Convenio Específico en términos del artículo 19, fracción XV, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

6.

Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

7.

Que para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en Oklahoma número 14, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03810, México, Distrito Federal.

II. Declara “EL EJECUTIVO DEL DF”: 1.

Que el Secretario de Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 16, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 26, fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO MARCO”.

2.

Que el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 16, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 26, fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO MARCO” .

3.

Que la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, es un Órgano Desconcentrado de la Administracion Pública del Distrito Federal con autonomía técnica, administrativa, operativa y de gestión, sectorizado a la Secretaría de Salud del Distrito Federal, de conformidad en lo dispuesto por los artículos 7, fracción VII último párrafo del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y 1 del Reglamento de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de noviembre de 2010, y que tiene dentro de sus funciones el ejercicio de las facultades en materia de protección de riesgos sanitarios, en los términos de la Ley de Salud del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.

4.

Que el Director General de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, participa en la suscripción del presente instrumento de conformidad con lo establecido en el artículo 10, fracciones IX y X del Reglamento de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal y acredita su cargo con el nombramiento de fecha 5 de diciembre de 2012, expedido por el Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, mismo que en copia fotostática simple, se adjunta al presente instrumento para formar parte integrante de su contexto.

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5.

Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son el fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de protección contra riesgos sanitarios, así como el fortalecimiento de la red nacional de laboratorios.

6.

Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Altadena No. 23, primer piso, Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, C.P. 03810, en la Ciudad de México, Distrito Federal.

Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan. Aplicando al objeto del presente Convenio Específico, lo dispuesto en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, 9, 13, 17 bis, 17 bis 1, 19, de la Ley General de Salud; 1, 2, 3, 6, 36 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 1, 2, 3 y 10, fracción XVI del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; los “Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos a las entidades federativas”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2008; así como en los artículos 67, fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3, fracción I, 5, 15, fracciones VII y VIII, 16, fracción IV, 17, 29 y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7, 110, 111 de la Ley de Salud para el Distrito Federal; 7, fracción VII y 26, fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1 y 10 del Reglamento de Agencia de Protección Sanitara del Gobierno del Distrito Federal y; demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico y los Anexos 1, 2 y 3 que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestales federales a “EL EJECUTIVO DEL DF”, para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal a través de “LA SECRETARÍA”, en términos de los artículos 9, 13, 17 bis y 19 de la Ley General de Salud, que permitan a “EL EJECUTIVO DEL DF”, en el ejercicio fiscal 2013 en materia de protección contra riesgos sanitarios, fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, en los plazos y términos establecidos en los Anexos 1, 2 y 3, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente Convenio Específico, forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; el tiempo de ejecución de los compromisos que sobre el particular asume “EL EJECUTIVO DEL DF”, y “LA SECRETARÍA” y; los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. Los recursos presupuestales que transfiere “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se aplicarán a los conceptos hasta por los importes que a continuación se mencionan: CONCEPTO Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios)

FUENTE DE FINANCIAMIENTO Ramo 12 Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad

IMPORTE $9,551,088.00 (NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.)

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"Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios" (Laboratorio Estatal de Salud Pública)

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Ramo 12

Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad

TOTAL

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$5,142,895.00 (CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.) $14,693,983.00 (CATORCE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.)

El importe que se transferirá para la operación de los conceptos que se refieren en el cuadro anterior se precisa en el Anexo 1, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integrante de su contexto. Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio Específico, las partes se sujetarán a lo establecido en sus Cláusulas, sus correspondientes Anexos, así como lo estipulado en “EL ACUERDO MARCO” y, a las demás disposiciones jurídicas aplicables. SEGUNDA.- TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento, el Ejecutivo Federal a través de “LA SECRETARÍA” transferirá a “EL EJECUTIVO DEL DF”, recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $9,551,088.00 (NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.) con cargo a los recursos presupuestales de “LA SECRETARÍA”, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios; así como la cantidad de $5,142,895.00 (CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.) con cargo a los recursos presupuestales de “LA SECRETARÍA”, para el Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, ambas cantidades de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integrante de su contexto. Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, se radicarán a través de la Secretaría de Finanzas de “EL EJECUTIVO DEL DF”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados para efectos de comprobación de su ejercicio y fiscalización. Una vez que sean radicados los recursos presupuestales federales en la Secretaría de Finanzas, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen y dentro de los cinco días hábiles siguientes a la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, en la cuenta bancaría específica productiva que previamente aperturará esta última, con la finalidad de identificar los recursos y sus rendimientos financieros, informando de ello a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Los recursos Federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico no pierden su carácter Federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables a la consecución del objeto del presente instrumento. La no transferencia de los recursos en el plazo establecido se considerará incumplimiento del presente Convenio y podrá ser causa de reintegro de los recursos con los rendimientos financieros obtenidos a la Tesorería de la Federación. Queda expresamente estipulado, que la transferencia presupuestal otorgada en el presente Convenio Específico no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operación inherentes a las infraestructuras y equipamiento, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo. “EL EJECUTIVO DEL DF”, deberá sujetarse a los siguientes parámetros para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales transferidos: PARÁMETROS.

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“LA SECRETARÍA” verificará, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios que los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para la realización de los conceptos a que se refiere la Cláusula Primera del presente instrumento, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y de acuerdo a los siguientes alcances: a) La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios transferirá los recursos presupuestales asignados a “EL EJECUTIVO DEL DF”, a efecto de que sean aplicados específicamente al fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como para fortalecer la Red Nacional de Laboratorios, citados en la Cláusula Primera del presente Convenio Específico y conforme a lo estipulado en los Anexos 1, 2 y 3, que forman parte integrante de su contexto, sin intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “EL EJECUTIVO DEL DF”, para cumplir con la ejecución de las actividades descritas en los Anexos del presente instrumento, o bien con el programa físico financiero de infraestructura, de equipamiento y, adquisición de insumos, que contribuyan o fortalezcan al desarrollo de las acciones de protección contra riesgos sanitarios, que determine esta última, sin interferir de forma alguna en el procedimiento constructivo y mecanismo de supervisión externo que defina “EL EJECUTIVO DEL DF”, durante la aplicación de los recursos presupuestales destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de “EL EJECUTIVO DEL DF”. b) La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, considerando su disponibilidad de personal y presupuestal, podrá practicar visitas conforme a lo acordado para este fin con “EL EJECUTIVO DEL DF”, a efecto de observar los avances en el desarrollo de las actividades descritas en los Anexos del presente instrumento, o bien para verificar los avances físicos de la infraestructura y su equipamiento, solicitando a “EL EJECUTIVO DEL DF”, la entrega del reporte fotográfico y escrito de los avances de la infraestructura y su equipamiento, así como de la “relación de gastos”, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Segunda del presente instrumento. Los documentos que integran la relación de gastos, deberán reunir los requisitos que enuncian los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y, en su caso, “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, solicitará la documentación que ampare la relación de gastos antes mencionada. c) La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable e informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de “LA SECRETARÍA” y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el caso o casos en que los recursos presupuestales permanezcan ociosos o no hayan sido aplicados por “EL EJECUTIVO DEL DF” para los fines objeto del presente Convenio Específico de conformidad con el Anexo 1 del mismo, o bien, en contravención a sus Cláusulas, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a “EL EJECUTIVO DEL DF”, en términos de lo establecido en la Cláusula Décima de “EL ACUERDO MARCO”. d) Los recursos presupuestales que se comprometen transferir mediante el presente instrumento, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca. TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DEL DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestales que transfiere el Ejecutivo Federal a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio Específico, se aplicarán a los conceptos a que se refiere la Cláusula Primera del mismo, los cuales tendrán los temas, proyectos, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas que se mencionan en el Anexo 3, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integrante de su contexto. CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que transfiere el Ejecutivo Federal a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como para el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, mismos que se encuentran descritos en el Anexo 3 del presente Convenio.

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Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital. Los recursos presupuestarios federales que se transfieren, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados por “EL EJECUTIVO DEL DF”, en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal. Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio Específico, deberán destinarse a los conceptos previstos en la Cláusula Primera. QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos quedan a cargo de “EL EJECUTIVO DEL DF”. SEXTA.- OBLIGACIONES DE “EL EJECUTIVO DEL DF”.- “EL EJECUTIVO DEL DF”, adicionalmente a los compromisos establecidos en “EL ACUERDO MARCO”, se obliga a: I.

Aplicar los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda de este instrumento en los conceptos establecidos en la Cláusula Primera del mismo, temas, proyectos, objetivos, actividades específicas, indicadores, metas y calendarización previstos en la Cláusula Tercera y en los Anexos 2 y 3, respectivamente, de este instrumento, por lo que se hace responsable del uso, aplicación y destino de los citados recursos.

II.

Entregar trimestralmente, por conducto de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto.

III.

Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los principios de contabilidad gubernamental y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las finanzas públicas y la Cuenta Pública local ante su Congreso. Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la unidad ejecutora, la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, en su caso, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes, así como la información adicional que estas últimas le requieran. La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio Específico, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, como son los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, deberán expedirse a nombre de “EL EJECUTIVO DEL DF”, estableciendo entre otros: domicilio, Registro Federal de Contribuyentes y conceptos de pago.

IV.

Ministrar los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente instrumento, por medio de la Secretaría de Finanzas, a la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, a efecto de que esta última esté en condiciones de iniciar de forma inmediata las acciones para dar cumplimiento al objeto que hace referencia la Cláusula Primera de este Convenio Específico, contados a partir de la transferencia que “LA SECRETARÍA” haga de los recursos conforme a la calendarización estipulada en el Anexo 2 del presente instrumento. Para los efectos del párrafo anterior, la unidad ejecutora deberá previamente aperturar una cuenta bancaría específica productiva, con la finalidad de identificar los recursos y sus rendimientos financieros, informando de ello a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Los recursos presupuestales federales transferidos, que después de radicados en la Secretaría de Finanzas (o su equivalente) de “EL EJECUTIVO DEL DF”, no hayan sido ministrados a la unidad ejecutora, o que una vez ministrados a esta última no sean ejercidos de manera inmediata en los términos de este Convenio, se procederá a su reintegro, con los rendimientos financieros obtenidos, al Erario Federal (Tesorería de la Federación) dentro de los quince días naturales siguientes en que lo requiera “LA SECRETARÍA”.

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V.

Informar, mediante el Director General de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en un plazo máximo de cinco días hábiles que los recursos presupuestales federales transferidos han sido ministrados por parte de la Secretaría de Finanzas (o su equivalente) de “EL EJECUTIVO DEL DF”, íntegramente a la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal; para tal efecto, dicho plazo comenzará a partir del día siguiente de ministrados los recursos presupuestales federales a la unidad ejecutora.

VI.

Informar, a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, mediante la unidad ejecutora, a los 10 días hábiles siguientes a la terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos presupuestales federales, conforme a la calendarización establecida en los Anexos 2 y 3, así como de forma pormenorizada sobre el avance financiero de los proyectos previstos en este instrumento.

VII.

Reportar y dar seguimiento trimestralmente, a través del Director General de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, sobre el avance en el cumplimiento de los temas, proyectos, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas, previstos en el Anexo 3 y en la Cláusula Tercera de este Convenio Específico, y en su caso, los resultados de las actividades específicas que lleve a cabo de conformidad con este instrumento.

VIII. Informar, trimestralmente a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, sobre el avance de las acciones respectivas y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquellos erogados, así como los resultados de las evaluaciones que se hayan realizado. IX.

Mantener actualizados los avances en el ejercicio de los resultados de los recursos transferidos, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos.

X.

Facilitar, por conducto de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, la información que “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, le solicite en las visitas que esta última optará por realizar, para la comprobación de los avances en el desarrollo de las actividades descritas en el Anexo 3 del presente instrumento, o bien para verificar los avances físicos de la infraestructura y su equipamiento, la entrega del reporte fotográfico y escrito de los avances de la infraestructura y su equipamiento, así como de la “relación de gastos”, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Segunda del presente instrumento.

XI.

Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos.

XII.

Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

XIII.

Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y “LA SECRETARÍA”, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios.

SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”.- “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios se obliga a: I.

Transferir los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda, párrafo primero, del presente Convenio Específico de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este instrumento.

II.

Verificar que los recursos presupuestales que en virtud de este instrumento se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto al que son destinados, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.

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III.

Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “EL EJECUTIVO DEL DF”, para cumplir con el objeto para el cual son destinados los recursos presupuestales federales transferidos.

IV.

Solicitar a la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal de “EL EJECUTIVO DEL DF”, la entrega de la “relación de gastos”, que sustenten y fundamenten, el ejercicio, destino y la aplicación de los recursos federales transferidos a “EL EJECUTIVO DEL DF”, conforme a las atribuciones que la Ley General de Salud, el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y demás disposiciones legales aplicables le confieren, bajo la opción de practicar visitas a la unidad ejecutora a efecto de dar seguimiento a la adecuada aplicación de los recursos. La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales que se transfieren, deberá cumplir con los requisitos fiscales que señala la normatividad vigente, misma que deberá expedirse a nombre de “EL EJECUTIVO DEL DF”, estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago.

V.

Aplicar las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable e informar a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, por conducto de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Auditoría Superior de la Federación y a la Secretaría de Finanzas de “EL EJECUTIVO DEL DF”, cuando “EL EJECUTIVO DEL DF”, no envíe a “LA SECRETARÍA” la información referida en la fracciones II, VI, VII, VIII y X de la Cláusula Sexta del presente instrumento, así como el caso o casos en que los recursos presupuestales permanezcan ociosos o que no hayan sido aplicados por “EL EJECUTIVO DEL DF”, para los fines que en este instrumento se determinan, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a “EL EJECUTIVO DEL DF”, en términos de lo establecido en la Cláusula Décima de “EL ACUERDO MARCO”.

VI.

Informar en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico.

VII.

Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con “EL EJECUTIVO DEL DF”, sobre el avance en el cumplimiento de la realización de las acciones objeto del presente instrumento.

VIII.

El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios que en virtud de este instrumento serán transferidos, corresponderá a “LA SECRETARÍA”, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Unidad de Auditoría Preventiva de “LA SECRETARÍA”, realice el Órgano de Control de “EL EJECUTIVO DEL DF”.

IX.

Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos financieros transferidos, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas.

X.

Informar sobre la suscripción de este Convenio, a la Auditoría Superior de la Federación.

XI.

Publicar en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los quince días hábiles posteriores a su formalización, el presente instrumento.

XII.

Difundir en su página de internet los conceptos financiados con los recursos que serán transferidos mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables.

XIII.

Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y “EL EJECUTIVO DEL DF”, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios.

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OCTAVA.- ACCIONES DE VIGILANCIA, INSPECCIÓN, CONTROL Y EVALUACIÓN.- “EL EJECUTIVO DEL DF”, conviene que para la eficaz vigilancia, inspección, control y evaluación en el avance de los proyectos estipulados en el presente instrumento, entregará a “LA SECRETARÍA”, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la documentación de fiscalización de los recursos presupuestales federales transferidos en el presente convenio, que se genere en la Contraloría General del Distrito Federal y en el órgano de fiscalización de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de “EL EJECUTIVO DEL DF”, según las disposiciones legales aplicables. NOVENA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes convienen que los recursos no ejercidos, remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en las cuentas bancarias productivas específicas a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados al 31 de diciembre de 2013, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación en los primeros quince días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal referido en el objeto del presente instrumento, conforme a las disposiciones aplicables. DÉCIMA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2013, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “EL EJECUTIVO DEL DF”. DÉCIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo por escrito durante su vigencia, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “EL EJECUTIVO DEL DF”. En caso de contingencias para la realización del objeto previsto en este instrumento, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DÉCIMA SEGUNDA.- CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas: I.

Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado.

II.

Por acuerdo de las partes.

III. Por caso fortuito o fuerza mayor. IV. Por no existir la disponibilidad presupuestal para hacer frente a los compromisos que adquiere “LA SECRETARÍA”. DÉCIMA TERCERA.- CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse por las siguientes causas: I.

Cuando se determine que los recursos presupuestarios federales permanecen ociosos, o bien, sean utilizados con fines distintos a los previstos en el presente instrumento, o

II.

Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.

Casos en los cuales se procederá en términos de lo establecido en la Cláusula Décima de “EL ACUERDO MARCO”. DÉCIMA CUARTA.- CLÁUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente Convenio Específico deriva de “EL ACUERDO MARCO”, a que se hace referencia en el apartado de Antecedentes de este instrumento, las Cláusulas que le sean aplicables atendiendo al tipo de recurso, establecidas en “EL ACUERDO MARCO” se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento como si a la letra se insertasen, y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el presente documento.

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Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, constante de 12 fojas, lo firman por quintuplicado a los treinta días del mes de agosto de dos mil trece. POR “LA SECRETARÍA” EL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

POR “EL EJECUTIVO DEL DF” EL SECRETARIO DE FINANZAS

(Firma) ________________________________________ LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA

(Firma) _______________________________________ EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA

EL SECRETARIO GENERAL

EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) __________________________________________ LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO

(Firma) ________________________________________ DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) ______________________________________ DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ

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ANEXO 1 CONCEPTO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2013 ENTIDAD: CONCEPTO:

DISTRITO FEDERAL Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-D.F.-10/13

TEMA

INOCUIDAD DE ALIMENTOS

AGUA

POLÍTICA FARMACÉUTICA VIGILANCIA FOCALIZADA EMERGENCIAS

VERIFICACIÓN FOCALIZADA

ATENCIÓN MÉDICA SALUD OCUPACIONAL OTROS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE CONSUMO NORMATIVIDAD

PROYECTO Calidad microbiológica de Alimentos Rastros Zoonosis/Bruselosis Productos de la pesca Uso ilegal del Clenbuterol Plaguicidas en Alimentos Marea Roja Agua y Hielo Purificados Agua de Calidad Bacteriológica Agua de Calidad Fisicoquímica Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario Búsqueda y Detección de Hidrocarburos Calidad Sanitaria de Agua de Contacto para Uso Recreativo Farmacovigilancia Tabaco Emergencias Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad) Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud. Muerte Materna

PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS $1,576,798.74 $400,799.44

FORTALECIMIENTO DE LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS $1,347,691.42

$538,799.09 $700,799.44

$973,332.70 $598,973.97

$1,512,131.79 $1,299,733.41

$700,799.44 $1,401,598.88

$598,973.97 $1,197,947.94

$1,299,733.41 $2,599,546.82

$791,095.00

$425,975.00

$1,217,070.00

TOTAL $2,924,490.16 $400,799.44

$1,138,799.09

$1,138,799.09

$1,600,799.44

$1,600,799.44

$700,799.44

$700,799.44

Plomo en Loza Vidriada Protección Radiológica Uso de Plaguicidas Productos Frontera

Marco Normativo TOTAL

$ 9,551,088.00

$ 5,142,895.00

$ 14,693,983.00

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POR “EL EJECUTIVO DEL DF” POR “LA SECRETARÍA” EL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

EL SECRETARIO DE FINANZAS

(Firma) ________________________________________ LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA

(Firma) _______________________________________ EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA

EL SECRETARIO GENERAL

EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) __________________________________________ LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO

(Firma) ________________________________________ DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL (Firma) ______________________________________ DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ

ANEXO 1 CONCEPTO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2013 ENTIDAD: CONCEPTO:

DISTRITO FEDERAL Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-D.F.-10/13

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ANEXO 2 CALENDARIO PARA LE ENTREGA DE RECURSO RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2013 ENTIDAD: CONCEPTO:

DISTRITO FEDERAL Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-D.F.-10/13 - PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS TEMA

INOCUIDAD DE ALIMENTOS

AGUA

POLÍTICA FARMACÉUTICA VIGILANCIA FOCALIZADA EMERGENCIAS

VERIFICACIÓN FOCALIZADA

ATENCIÓN MÉDICA SALUD OCUPACIONAL OTROS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE CONSUMO NORMATIVIDAD

PROYECTO Calidad Microbiológica de Alimentos Rastros Zoonosis/Brucelosis Productos de la Pesca Uso Ilegal de Clenbuterol Plaguicidas en Alimentos Marea Roja Agua y Hielo Purificados Agua de Calidad Bacteriológica Agua de Calidad Fisicoquímica Playas limpias: agua de mar para uso recreativo con contacto primario Búsqueda y Detección de Hidrocarburos Calidad Sanitaria de Agua de Contacto para Uso Recreativo Farmacovigilancia Tabaco Emergencias Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad) Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud Muerte Materna

SEP $1,576,798.74 $400,799.44

OCT

NOV

DIC

TOTAL $1,576,798.74 $400,799.44

$538,799.09 $700,799.44

$538,799.09 $700,799.44

$700,799.44 $1,401,598.88

$700,799.44 $1,401,598.88

$791,095.00

$791,095.00

$1,138,799.09

$1,138,799.09

$1,600,799.44

$1,600,799.44

$700,799.44

$700,799.44

$9,551,088.00

$9,551,088.00

Plomo en Loza Vidriada Protección Radiológica Uso de Plaguicidas Productos Frontera

Marco Normativo TOTAL

Anexo 2 del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos para Fortalecer la Ejecución y Desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y, por la otra parte, el Gobierno del Distrito Federal.

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ANEXO 2 CALENDARIO PARA LA ENTREGA DE RECURSO RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2013 ENTIDAD: CONCEPTO:

DISTRITO FEDERAL Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-D.F.-10/13 -FORTALECIMIENTO DE LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS TEMA

INOCUIDAD DE ALIMENTOS

AGUA

POLÍTICA FARMACÉUTICA VIGILANCIA FOCALIZADA EMERGENCIAS

VERIFICACIÓN FOCALIZADA

ATENCIÓN MÉDICA SALUD OCUPACIONAL OTROS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE CONSUMO NORMATIVIDAD

PROYECTO Calidad Microbiológica de Alimentos Rastros Zoonosis/ Brucelosis Productos de la Pesca Uso Ilegal del Clenbuterol Plaguicidas en Alimentos Marea Roja Agua y Hielo Purificados Agua de Calidad Bacteriológica Agua de Calidad Fisicoquímica Playas Limpias: agua de mar para uso recreativo con contacto primario Búsqueda y Detección de Hidrocarburos Calidad Sanitaria de Agua de Contacto para Uso Recreativo Farmacovigilancia

SEP $1,347,691.42

OCT

NOV

DIC

TOTAL $1,347,691.42

$973,332.70 $598,973.97

$973,332.70 $598,973.97

$598,973.97 $1,197,947.94

$598,973.97 $1,197,947.94

$425,975.00

$425,975.00

$5,142,895.00

$5,142,895.00

Tabaco Emergencias Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad) Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud Muerte Materna Plomo en Loza Vidriada Protección Radiológica Uso de Plaguicidas Productos Frontera

Marco Normativo TOTAL

Anexo 2 del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos para Fortalecer la Ejecución y Desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y, por la otra parte, el Gobierno del Distrito Federal.

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ANEXO 2 CALENDARIO PARA LA ENTREGA DE RECURSO RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2013 ENTIDAD: CONCEPTO:

DISTRITO FEDERAL Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-D.F.-10/13 -TOTAL TEMA

INOCUIDAD DE ALIMENTOS

AGUA

POLÍTICA FARMACÉUTICA VIGILANCIA FOCALIZADA EMERGENCIAS

VERIFICACIÓN FOCALIZADA

ATENCIÓN MÉDICA SALUD OCUPACIONAL OTROS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE CONSUMO NORMATIVIDAD

PROYECTO Calidad Microbiológica e Alimentos Rastros Zoonosis / Brucelosis Productos de la Pesca Uso Ilegal del Clenbuterol Plaguicidas en Alimentos Marea Roja Agua y Hielo Purificados Agua de Calidad Bacteriológica Agua de Calidad Fisicoquímica Playas Limpias: agua de mar para uso recreativo con contacto primario Búsqueda y Detección de Hidrocarburos Calidad Sanitaria de Agua de Contacto para Uso Recreativo. Farmacovigilancia

SEP $2,924,490.16 $400,799.44

OCT

NOV

DIC

TOTAL $2,924,490.16 $400,799.44

$1,512,131.79 $1,299,773.41

$1,512,131.79 $1,299,773.41

$1,299,773.41 $2,599,546.82

$1,299,773.41 $2,599,546.82

$1,217,070.00

$1,217,070.00

$1,138,799.09

$1,138,799.09

Tabaco

$1,600,799.44

$1,600,799.44

Emergencias Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad) Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud Muerte Materna

$700,799.44

$700,799.44

$14,693,983.00

$14,693,983.00

Plomo en Loza Vidriada Protección Radiológica Uso de Plaguicidas Productos Frontera

Marco Normativo TOTAL

Anexo 2 del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos para Fortalecer la Ejecución y Desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y, por la otra parte, el Gobierno del Distrito Federal.

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ANEXO 2 CALENDARIO PARA LA ENTREGA DE RECURSO RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2013 ENTIDAD: CONCEPTO:

DISTRITO FEDERAL Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-D.F.-10/13

POR “LA SECRETARÍA” EL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

POR “EL EJECUTIVO DEL DF” EL SECRETARIO DE FINANZAS

(Firma) ________________________________________ LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA

(Firma) _______________________________________ EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA

EL SECRETARIO GENERAL

EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) __________________________________________ LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO

(Firma) ________________________________________ DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL (Firma) ______________________________________ DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ

ANEXO 3 PROGRAMA, TEMAS, PROYECTOS, OBJETIVOS, ACTIVIDADES, INDICADORES Y METAS RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2013 ENTIDAD: CONCEPTO:

DISTRITO FEDERAL Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-D.F.-10/13 Tema

Inocuidad de Alimentos

Proyecto

Calidad Microbiológica de alimentos

Objetivo

Proteger a la población de los riesgos microbiológicos potencialmente presentes en los alimentos.

Actividad Específica 1. Integrar un padrón de establecimientos donde se expenden los alimentos priorizados indicados por la COFEPRIS (con aviso de funcionamiento). 2. Elaborar un informe estatal de los alimentos priorizados que incluya los volúmenes de producción/comercialización y las temporadas de mayor consumo para cada uno. 3. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. 4. Muestras de alimentos priorizados para análisis microbiológico 5. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. 6. Revisar trimestralmente el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 7. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 8. Realizar reuniones de trabajo con asociaciones de restaurantes, asociaciones de hoteles y hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel, a fin de establecer una estrategia para evitar la contaminación microbiológica de los alimentos, basadas en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. 9. Evaluación de puntos críticos en el manejo de alimentos con asociaciones de restaurantes, asociaciones de hoteles y hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel, basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. 10. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación que incluya a las asociaciones de restaurantes, de hoteles y hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel, para contribuir a que no exista contaminación microbiológica de los alimentos, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. 11. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de comunicación y/o difusión para prevenir los brotes relacionados con la contaminación microbiológica de los alimentos y ETAs, dirigida a las asociaciones de restaurantes, de hoteles y hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel y a la población en general, basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.

Sept 1

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL 1

1

1

1

1

350

350 1

300 1

343 1

1,343 3

1

1

1

1

1

1

2

1

1

2

100%

100%

100%

100%

Tema

Inocuidad de Alimentos

Tema

Inocuidad de Alimentos

Proyecto

Objetivo

Rastros

Coadyuvar al mejoramiento de las condiciones sanitarias de rastros y mataderos municipales para minimizar el riesgo sanitario derivado de las actividades en estos establecimientos, en municipios en más de 50,000 habitantes. (Al menos el 70% de la población)

Proyecto

Objetivo

Zoonosis/ Brucelosis

Proteger a la población del riesgo de brucelosis por el consumo de alimentos potencialmente contaminados con Brucella.

Actividad Específica 12. Aplicación de las Cédulas de Evaluación de Riesgos en los rastros y mataderos priorizados por la COFEPRIS. 13. Elaborar los informes de resultados estatales de las evaluaciones de riesgo sanitario realizadas en rastros y mataderos municipales en el formato establecido por la COFEPRIS. 14. Elaborar la propuesta de mejora por cada cédula de evaluación de riesgos realizada en rastros y mataderos municipales. 15. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. 16. Elaborar un diagnóstico situacional referente a las fuentes de contaminación ambiental presentes en rastros y mataderos municipales de acuerdo a los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 17. Realizar eventos de capacitación dirigidos a médicos veterinarios, operarios, verificadores y/o dictaminadores donde se incluya tanto el tema de normatividad sanitaria, como de evaluación y manejo de riesgos aplicable a rastros y mataderos municipales 18. Elaborar, implementar y evaluar un programa de acciones de capacitación y/o campañas de difusión sobre los riesgos del consumo de carne y sus derivados posiblemente contaminados, dirigidos a la industria, organismos públicos y privados, así como al personal involucrado en rastros, con el fin de mejorar la condición sanitaria de los productos. 19. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación al personal involucrado en el proceso de obtención de la carne, acerca de las medidas preventivas para minimizar los riesgos sanitarios, relacionadas con el consumo de carne y sus derivados obtenidos en rastros y mataderos. 20. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de comunicación y/o difusión al personal involucrado en el proceso de obtención de la carne y a la población en general, acerca de las medidas preventivas para minimizar los riesgos sanitarios, relacionadas con el consumo de carne y sus derivados obtenidos en rastros y mataderos.

Actividad Específica 21. Elaborar un padrón de empresas que elaboren quesos artesanales que considere datos sobre sus volúmenes de producción. 22. Elaborar un padrón de productores, introductores y/o acopiadores de leche que venden a los productores de quesos artesanales. 23. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. 24. Toma y análisis de muestras de alimentos priorizados para Brucella. 25. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. 26. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 27. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS.

Meta Programada Mensual Sept Oct Nov Dic Total

Sept

100%

100%

100%

100%

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL

28. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación dirigido a productores de quesos artesanales y distribuidores de leche para quesos artesanales, con el propósito de mejorar la condición sanitaria de los procesos y métodos utilizados en la elaboración de quesos artesanales y disminuir los riesgos por el consumo de productos posiblemente contaminados con Brucella, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. 29. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión dirigido a productores de quesos artesanales y distribuidores de leche para quesos artesanales, con el propósito de mejorar la condición sanitaria de los procesos y métodos utilizados en la elaboración de quesos artesanales y disminuir los riesgos por el consumo de productos posiblemente contaminados con Brucella, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.

Tema

Inocuidad de Alimentos

Proyecto

Productos de la Pesca

Objetivo

Proteger a la población de riesgos sanitarios por el consumo de productos de la pesca contaminados

Actividad Específica 30. Elaborar un censo estatal que contenga los principales puntos de venta de productos de la pesca, frescos, refrigerados o congelados. 31. Elaborar un informe estatal de los productos priorizados que incluya los volúmenes de producción y las temporadas de mayor consumo de cada uno. 32. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. 33. Número de determinaciones en los alimentos priorizados para análisis del binomio producto-microorganismo para Vibrio Cholerae, Vibrio Parahaemolyticus y Salmonella, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS 34. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. 35. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 36. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 37. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión dirigido a productores, organizaciones sociales (cooperativas) y distribuidores con el propósito de mejorar las condiciones sanitarias de los productos de la pesca, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. 38. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión en materia sanitaria, dirigido a la población, respecto al riesgo y beneficio de consumir productos de la pesca, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.

Meta Programada Mensual Sept Oct Nov Dic TOTAL 1 1 1

1

1

1

18

18

18

18

72

1

1

1

3

1

1

2

1

1

2

100%

100%

100%

100%

Tema

Inocuidad de Alimentos

Tema

Inocuidad de Alimentos

Proyecto

Uso Ilegal de Clenbuterol

Objetivo

Proteger a la población del consumo de clembuterol en productos de bovino sin procesar

Proyecto

Objetivo

Plaguicidas en Alimentos

Proteger a la población de los riesgos potenciales por residuos de plaguicidas presentes en alimentos

Actividad Específica 39. Elaborar un censo de puntos de venta que contenga volúmenes de carne y vísceras de bovino. 40. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. 41. Toma de muestra y análisis de carne y vísceras para determinación de clembuterol. 42. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS 43. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 44. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 45. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión, en materia sanitaria, con el fin de dar a conocer los riesgos de intoxicación por clembuterol a la población en general, derivados del consumo de vísceras y carne, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. 46. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación dirigido a la industria, organismos públicos y privados, y población en general con el propósito de dar a conocer los riesgos derivados del consumo de vísceras y carne posiblemente contaminadas por clembuterol, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.

Actividad Específica 47. Elaborar un censo de puntos de venta que contenga volúmenes de los alimentos priorizados. 48. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. 49. Toma y análisis de muestras de alimentos priorizados para determinación de plaguicidas. 50. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. 51. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 52. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 53. Levantar un censo sobre los principales cultivos de la región y plaguicidas empleados para su producción.

Sept 1

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL 1

1

1

25

25

27

1

1

77 1

3

1

1

2

1

1

2

100%

100%

100%

100%

Meta Programada Mensual Sept Oct Nov Dic TOTAL

Tema

Proyecto

Agua

Marea Roja

Tema

Proyecto

Agua

Agua y Hielo Purificados

Objetivo Establecer un Sistema de Alerta Temprana de Florecimientos de Algas Nocivas (Marea Roja), con el fin de aplicar medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos expuestos a mareas rojas tóxicas

Objetivo

Proteger a la población del riesgo bacteriológico potencialmente presente en el agua y hielo purificado, con el fin de reducir riesgos

Actividad Específica 54. Realizar monitoreo de fitoplancton en agua de mar, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 55. Asistir al curso de capacitación del proyecto.

Actividad Específica 56. Elaborar un padrón de establecimientos productores de agua y hielo purificados. 57. Seleccionar los establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. 58. Toma de muestras y análisis de agua y hielo para análisis microbiológico. 59. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. 60. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 61. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 62. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación a la industria, al comercio y a productores relacionado con la prevención de los riesgos bacteriológicos asociados al consumo de agua y hielo purificados, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. 63. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión, en materia sanitaria con el fin de dar a conocer los riesgos bacteriológicos asociados al consumo de agua y hielo purificados, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.

Meta Programada Mensual Sept Oct Nov Dic TOTAL

Sept 1

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL 1

1 20

1 20

20

20

80

1

1

1

3

1

1

2

1

1

2

100%

100%

100%

100%

Tema

Agua

Proyecto

Agua de Calidad Bacteriológica

Objetivo

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL 1

Actividad Específica 64. Elaborar un informe de que método de desinfección del agua se utiliza (cloro residual, plata coloidal o método alternativo) en las localidades a vigilar con base en el formato establecido por la COFEPRIS. 65. Toma de muestras para análisis bacteriológico en determinaciones de cloro con valor debajo de 0.2 p.p.m., de acuerdo a la meta establecida entre COFEPRIS y el Estado. 66. Implementar pruebas rápidas para análisis bacteriológico en agua 67. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. 68. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión, en materia sanitaria, con el fin de dar a conocer los riesgos bacteriológicos asociados al uso y consumo de agua potencialmente contaminada, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. 69. Elaborar, implementar y evaluar un programa que establezca acciones de prevención para la población en general acerca de las enfermedades asociadas al uso y consumo de agua potencialmente contaminada, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.

Sept 1

Objetivo Proteger a la población del riesgo fisicoquímico potencialmente presente en el agua de uso y consumo humano en las regiones identificadas en el país

Actividad Específica 70. Toma de muestras para análisis fisicoquímico con base a los lineamientos establecidos por la COFEPRIS. 71. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. 72. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión en materia sanitaria, dirigido a la población, con el fin de dar a conocer los riesgos asociados al consumo de agua potencialmente contaminada, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.

Sept

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL

Actividad Específica 73. Realizar los monitoreos mensuales y pre-vacacionales de las playas prioritarias e informar los resultados a la COFEPRIS y publicar la información en las páginas electrónicas estatales. 74. Asistencia a las reuniones convocadas por los Comités de Playas. 75. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión para la población en general, sobre los resultados de los muestreos y análisis realizados por el Sistema Federal Sanitario en los distintos destinos turísticos basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.

Sept

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL

Proteger a la población del riesgo bacteriológico potencialmente presente en el agua de uso y consumo humano

Tema

Proyecto

Agua

Agua de Calidad Fisicoquímic a

Tema

Proyecto

Objetivo

Agua

Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario

Contar con información automatizada sobre la calidad bacteriológica del agua de mar

50%

50%

50%

50%

50%

50%

50% 100%

50% 100%

50% 100%

50% 100%

100%

100%

100%

100%

Tema

Proyecto

Agua

Búsqueda y Detección de Hidrocarburos

Objetivo Contar con un diagnóstico de la presencia de hidrocarburos en agua de fuentes de abastecimiento, derivados de la actividad de la industria petrolera en el Estado.

Actividad Específica 76. Toma de muestras para análisis de la concentración de hidrocarburos aromáticos policíclicos 77. Realizar notificación de resultados a los Organismos Operadores de Agua. 78. Instrumentación de comunicación de riesgos a la población.

Tema

Proyecto

Objetivo

Agua

Calidad Sanitaria de Agua de Contacto de Uso Recreativo

Proteger contra riesgos sanitarios a la población usuaria de agua de contacto de uso recreativo.

Tema

Política Farmacéutica

Proyecto

Farmacovigilancia

Actividad Específica 79. Elaborar un censo de establecimientos relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo (centros vacacionales, clubes deportivos, balnearios, centros de enseñanza, hoteles, moteles, desarrollos turísticos y parques acuáticos). 80. Realizar cursos de capacitación dirigidos a prestadores de servicios relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo, a fin de dar a conocer las medidas sanitarias de acuerdo a la normatividad aplicable. 81. Visitas de verificación a los establecimientos relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo. 82. Dictaminación de actas de verificación. 83. Visitas para realizar toma de muestra.

Objetivo Vigilar la seguridad y eficacia de los medicamentos que se comercializan en el país, mediante la recepción de notificaciones de sospechas de reacciones adversas a medicamentos, su evaluación y el fomento y difusión del programa de Farmacovigilancia.

Actividad Específica 84. Recopilar las notificaciones de sospechas de reacciones adversas de medicamentos generadas en la entidad federativa. 85. Captura, evaluación y envío al Centro Nacional de Farmacovigilancia de las notificaciones recibidas. 86. Implementar un programa de capacitación con enfoque de riesgos para fortalecer el proyecto de farmacovigilancia en las unidades hospitalarias de la entidad, de acuerdo con los lineamientos de la COFEPRIS. 87. Realizar acciones de fomento sanitario con enfoque de riesgos en los sectores público, privado y social para fomentar la notificación de sospechas de reacciones adversas atribuibles a los medicamentos, de acuerdo con los lineamientos de la COFEPRIS.

Sept

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL

Sept 1

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL 1

10

10

10

10

40

100% 10

100% 10

100% 10

100% 10

100% 40

Sept

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL 270 270 270

270

1

1

1

1

Tema

Vigilancia Focalizada

Tema

Emergencias

Proyecto

Objetivo

Tabaco

Reducir la exposición pasiva al humo de tabaco en espacios públicos.

Proyecto

Objetivo

Emergencias

Protección a la salud de la población contra riesgos sanitarios derivados de emergencias sanitarias.

Tema

Proyecto

Verificación Focalizada

Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad)

Objetivo Proteger a la población de los riesgos sanitarios y microbiológicos potencialmente presentes en los alimentos preparados.

Actividad Específica 88. Verificación focalizada en establecimientos con mayor probabilidad de exposición y riesgo (restaurantes, oficinas de gobierno y escuelas). 89. Dictaminación de actas de la verificación focalizada. 90. Elaborar, implementar y evaluar un programa, dirigido al sector público, privado y social, con el fin de difundir los alcances de la Ley y su Reglamento para fomentar los espacios 100% libres de humo de tabaco, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. 91. Elaborar, implementar y evaluar un programa, en coordinación con los sectores público y privado, para promover edificios libres de humo de tabaco, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.

Sept

Actividad Específica 92. Enviar los informes de notificación de eventos en los formatos previamente establecidos por la COFEPRIS que incluyan los recursos utilizados en plazo no mayor a: 1 día en brotes por enfermedades infecciosas y /o emergentes; 5 días en desastres (huracanes); 1 día en otros desastres; 3 días en exposición a otros agentes; 8 y 15 días en acciones preventivas (muestras positivas a Vibrios inmediato); 1 día para infecciones nosocomiales. 93. Enviar los informes mensuales de emergencias sanitarias en los formatos establecidos por la COFEPRIS para el proyecto de emergencias. 94. Enviar el informe anual de emergencias sanitarias en el formato establecido por la COFEPRIS para el proyecto de emergencias. 95. Realizar curso de capacitación en emergencias sanitarias a los brigadistas o personal de protección contra riesgos sanitarios de las Jurisdicciones Sanitarias o Coordinaciones. 96. Entregar una dotación de insumos, materiales y equipos de emergencias a cada jurisdicción sanitaria, de acuerdo a la memoria de cálculo validada.

Sept 100%

Actividad Específica 97. Visitas de verificación en establecimientos donde se preparan alimentos 98. Muestras de alimentos preparados. 99. Dictaminación de actas de verificación. 100. Distribución de carteles. 101. Realizar pláticas dirigidas a manejadores de alimentos.

Sept

1

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL

100%

100%

100%

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL 100% 100% 100% 100%

1

1

1

1

100%

1

4

1

1 1

1

2

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL

Tema

Proyecto

Objetivo

Verificación Focalizada

Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias

Proteger a la población mediante una correcta dispensación de medicamentos, aplicando la Legislación Sanitaria vigente

Tema

Proyecto

Verificación Focalizada

Vigilancia Sanitaria de Establecimient os de Insumos para la Salud

Objetivo Vigilar el cumplimiento de la Normatividad Sanitaria en las farmacias, boticas, droguerías y almacenes de depósito y distribución de medicamentos para uso humano.

Tema

Proyecto

Objetivo

Atención Médica

Muerte Materna

Coadyuvar en la disminución de la incidencia de Muertes Maternas.

Actividad Específica 102. Elaborar un censo de establecimientos donde se expenden productos farmacéuticos como farmacias, boticas y droguerías a través de las Unidades de Control Sanitario de la entidad federativa. 103. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de verificación. 104. Visitas de verificación en establecimientos donde se expenden productos farmacéuticos como farmacias, boticas y droguerías. 105. Dictaminación de actas de verificación. 106. Realizar cursos de dispensación de medicamentos en farmacias públicas y privadas. 107. Asistencia del líder estatal a la reunión nacional de capacitación y evaluación del proyecto. 108. Realizar cursos de capacitación para la formación de instructores. 109. Impresión de materiales destinados a los establecimientos dedicados a la dispensación de medicamentos.

Sept

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL

Actividad Específica 110. Visitas de verificación a establecimientos. 111. Realizar balances de medicamentos controlados en establecimientos. 112. Realizar pláticas dirigidas a dispensadores de medicamentos.

Sept

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL

Actividad Específica 113. Visitas de verificación preventivas en establecimientos de atención médica y/o obstétrica de 1er. y 2do. Nivel 114. Visitas de verificación a los establecimientos de atención médica por ocurrencia de muerte materna. 115. Visitas de verificación a establecimientos de atención médica de referencia y primer contacto. 116. Dictaminación de las actas de verificación sanitaria de los establecimientos donde ocurrió la muerte materna.

Sept

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL

117. Realizar notificaciones a los establecimientos donde ocurrió la muerte materna. 118. Impresión de materiales para difusión del proyecto en la entidad federativa. 119. Visitas de fomento a establecimientos de atención médica de 1er. y 2do. nivel, tanto públicos como privados. 120. Realizar pláticas de fomento en las diferentes instituciones del Sector Salud de la entidad federativa. 121. Asistencia a las reuniones convocadas por el Comité Interinstitucional de muerte materna en la entidad federativa.

Tema

Proyecto

Objetivo

Salud Ocupacional

Plomo en Loza Vidriada

Proteger a la población alfarera y a sus familias de la exposición al óxido de plomo.

Tema

Proyecto

Salud Ocupacional

Protección Radiológica

Actividad Específica 122. Verificaciones sanitarias con base en la modificación de la NOM 004 SSA 1 123. Toma de muestras y análisis con base en la NOM 231. 124. Elaborar un censo que incluya alfareros, distribuidores y comercializadores de greta. 125. Realizar pláticas a grupos de alfareros para promover el uso de buenas prácticas de fabricación de loza vidriada de baja temperatura libre de plomo en coordinación con la Casa de Artesanías de la entidad federativa.

Objetivo Contribuir a garantizar la protección a la salud de pacientes y trabajadores expuestos en el uso médico de fuentes generadoras de radiación ionizante, asegurando la existencia de programas de seguridad radiológica y de calidad, así como proteger a la población general de riesgos derivados de la exposición a radiaciones ionizantes y campos electromagnéticos.

Actividad Específica 126. Elaborar un padrón de establecimientos de atención de salud, cuya actividad esté relacionada con el uso de radiaciones ionizantes. 127. Visitas de verificación a los establecimientos de diagnóstico médico con rayos x. 128. Realizar acciones de fomento sanitario a la población ocupacionalmente expuesta de los establecimientos de radiodiagnóstico. 129. Implementar un programa de capacitación al personal verificador que realiza funciones en la materia de protección radiológica. 130. Llevar a cabo reuniones de vinculación y concertación con el sector público y privado en materia de protección radiológica.

Meta Programada Mensual Sept Oct Nov Dic TOTAL

Meta Programada Mensual Sept Oct Nov Dic TOTAL

Tema

Proyecto

Objetivo

Salud Ocupacional

Uso de Plaguicidas

Reducir la población expuesta a riesgos por plaguicidas.

Tema

Proyecto

Objetivo

Otros Productos y servicios de consumo

Productos Frontera

Eliminar productos frontera del mercado.

Tema

Proyecto

Normatividad

Marco Normativo

Actividad Específica 131. Realizar cursos de capacitación a capacitadores en materia del buen uso y manejo de agroquímicos. 132. Realizar cursos de capacitación a personal ocupacionalmente expuesto a los agroquímicos. 133. Realizar cursos de actualización a médicos sobre el diagnóstico y tratamiento de intoxicación por plaguicidas. 134. Implementar estudios de percepción de riesgos en las regiones seleccionadas por la entidad federativa. 135. Implementar campañas de comunicación de riesgos en las regiones seleccionadas por la entidad federativa. 136. Visitas de verificación a empresas que utilizan plaguicidas. 137. Visitas de verificación a empresas que formulan plaguicidas. 138. Visitas de verificación a campos agrícolas.

Actividad Específica 139. Envío de guías de coadyuvancia de publicidad irregular (TV, Prensa, Radio, etc.). 140. Realizar acciones de vinculación con cámaras y asociaciones con el objeto de disminuir la comercialización y publicidad de los productos frontera o milagro en los medios locales. 141. Impresión de carteles. 142. Realizar acciones de vinculación con medios de comunicación con el objeto de disminuir la comercialización y publicidad de los productos frontera o milagro, en los medios locales. 143. Asistencia del líder estatal a la reunión nacional del proyecto.

Objetivo Actualizar y homologar el marco normativo jurídico estatal en materia de salud con los diferentes ordenamientos estatales y con el marco normativo jurídico federal y las normas oficiales mexicanas.

Actividad Específica 144. Elaborar un listado de los ordenamientos estatales y federales en materia de salud, que incluya las facultades del Estado en cada una de las materias y los numerales establecidos. 145. Revisar la Ley de Salud del Estado y proponer la actualización, homologación y concordancia con la Ley General de Salud. 146. Revisar los Reglamentos complementarios de la Ley de Salud del Estado y proponer la actualización, homologación y concordancia con la Ley Estatal y la Ley General de Salud y sus Reglamentos. 147. Elaborar propuesta de Normas Técnicas Estatales en diferentes materias.

Meta Programada Mensual Sept Oct Nov Dic TOTAL

Meta Programada Mensual Sept Oct Nov Dic TOTAL

Meta Programada Mensual Sept Oct Nov Dic TOTAL

Tema

Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios

Proyecto

Objetivo

Fortalecimiento de la capacidad analítica y sistemas de gestión a través de la autorización.

Actividad Específica 148. Obtener la autorización como Tercero, que permita la atención en materia analítica con enfoque de riesgos, de los proyectos incluidos en este convenio. 149. Mantener la autorización como Tercero, que permita la atención en materia analítica con enfoque de riesgos, de los proyectos incluidos en este convenio. 150. Renovar la autorización como Tercero, que permita la atención en materia analítica con enfoque de riesgos, de los proyectos incluidos en este convenio. 151. Solicitar la ampliación de autorización del marco básico establecido por la CCAyAC con enfoque de riesgos de los proyectos incluidos en este convenio. 152. Atender la demanda analítica del marco básico establecido por la COFEPRIS, con enfoque de riesgos y de acuerdo a las metas programadas para los proyectos incluidos en este convenio.

Meta Programada Mensual Sept Oct Nov Dic TOTAL

1

1

1

1

1

1

Indicador de actividades de Protección Contra Riesgos Sanitarios Cumplimiento de actividades de Protección contra Riesgos Sanitarios= (Actividades de protección contra Riesgos Sanitarios realizadas / Actividades de protección contra Riesgos Sanitarios programadas) x 100

Sept

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL 100% 100%

Indicador de Actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios Cumplimiento de actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios= (Actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios realizadas / Actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorio programadas) x 100

Sept

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL 100% 100%

Indicador Global de Cumplimiento Cumplimiento global= Σ (Cumplimiento de actividades de Protección contra Riesgos Sanitarios*0.65), (Cumplimiento de actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios*0.35)

Sept

Meta Programada Mensual Oct Nov Dic TOTAL 100% 100%

POR “LA SECRETARÍA” EL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

POR “EL EJECUTIVO DEL DF” EL SECRETARIO DE FINANZAS

(Firma) __________________________________________ LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA

(Firma) _____________________________________ EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA

EL SECRETARIO GENERAL

EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) __________________________________________ LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO

(Firma) _____________________________________ DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA

EL DIRECTOR DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) _______________________________________ DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ

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CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA, TITULAR DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR EL LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO, SECRETARIO GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS Y, POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL EJECUTIVO DEL DF”, REPRESENTADO POR EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, EL DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y EL DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ, DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 28 de febrero de 2013, “EL EJECUTIVO DEL DF” y “LA SECRETARÍA” celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo “EL ACUERDO MARCO”, con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a “EL EJECUTIVO DEL DF” para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud. II. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Tercera de “EL ACUERDO MARCO”, los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por “EL EJECUTIVO DEL DF”, el titular de la Secretaría de Finanzas, el titular de la Secretaría de Salud y Director General de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, el titular de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal; y por “LA SECRETARÍA”, el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por el Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. DECLARACIONES I. De “LA SECRETARÍA”: 1. Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud, 1, 2, 3 y 10 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuyo objeto es el ejercicio de las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios conforme a la Ley General de Salud. 2. Que su representante, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 17 bis y 17 bis 1, de la Ley General de Salud; 1, 2 inciso C, fracción X, 3, 6, 36 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 10, fracciones XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de marzo de 2011, expedido por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto. 3. Que dentro de las funciones del Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de representar al órgano de que se trate, con facultades para celebrar los actos jurídicos, convenios que requieran para el ejercicio de las atribuciones del órgano respectivo, participar, en el ámbito de su competencia, en los mecanismos de coordinación y concertación que se establezcan con las autoridades federales, estatales y municipales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. 4. Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tiene conferidas, entre otras facultades, la de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de

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protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la Ley General de Salud y 3, fracciones I, VII y X del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. 5. Que el Secretario General, participa en la suscripción del presente Convenio Específico en términos del artículo 19, fracción XV, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. 6. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento. 7. Que existe aprobado el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013. 8. Que para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en calle Oklahoma número 14, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03810, México, Distrito Federal. II. Declara “EL EJECUTIVO DEL DF”. 1. Que el Secretario de Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 16, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 26, fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO MARCO”. 2. Que el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 16, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 26, fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO MARCO” . 3. Que la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, es un Órgano Desconcentrado de la Administración Pública del Distrito Federal con autonomía técnica, administrativa, operativa y de gestión, sectorizado a la Secretaría de Salud del Distrito Federal, de conformidad en lo dispuesto por los artículos 7, fracción VII último párrafo del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y 1 del Reglamento de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de noviembre de 2010, y que tiene dentro de sus funciones el ejercicio de las facultades en materia de protección de riesgos sanitarios, en los términos de la Ley de Salud del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables. 4. Que el Director General de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, participa en la suscripción del presente instrumento de conformidad con lo establecido en el artículo 10, fracciones IX y X del Reglamento de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal y acredita su cargo con el nombramiento de fecha 5 de diciembre de 2012, expedido por el Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, mismo que en copia fotostática simple, se adjunta al presente instrumento para formar parte integrante de su contexto 5. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son el fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de protección contra riesgos sanitarios, así como el fortalecimiento de la red nacional de laboratorios. 6. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Altadena No 23, primer piso, Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, C.P. 03810, en la Ciudad de México, Distrito Federal

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Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan. Aplicando al objeto del presente Convenio Específico, lo dispuesto en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, 9, 13, 17 bis, 17 bis 1, 19, de la Ley General de Salud; 1, 2, 3, 6, 36 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 1, 2, 3 y 10, fracción XVI del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; “Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2013; así como en los artículos 67, fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3, fracción I, 5, 15, fracciones VII y VIII, 16, fracción IV, 17, 29 y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7, 110, 111 de la Ley de Salud para el Distrito Federal; 1o. y 10 del Reglamento de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal; 7, fracción VII y 26, fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y; demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico y los Anexos 1, 2 y 3 que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestales federales a “EL EJECUTIVO DEL DF” para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal a través de “LA SECRETARÍA”, en términos de los artículos 9, 13, 17 bis y 19 de la Ley General de Salud, que permitan a “EL EJECUTIVO DEL DF” en el ejercicio fiscal 2014 en materia de protección contra riesgos sanitarios, fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, en los plazos y términos establecidos en los Anexos 1, 2 y 3, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente Convenio Específico, forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos presupuestales federales transferidos; el tiempo de ejecución de los compromisos que sobre el particular asume “EL EJECUTIVO DEL DF” y “LA SECRETARÍA” y; los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio. Con el objeto de asegurar la efectiva aplicación de los recursos presupuestales transferidos mediante el presente Convenio Específico, las partes se sujetarán a lo establecido en sus Cláusulas, sus Anexos 1, 2 y 3, así como lo estipulado en “EL ACUERDO MARCO” y, a las demás disposiciones jurídicas aplicables. SEGUNDA.- TRANSFERENCIA DE RECURSOS.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio Específico, el Ejecutivo Federal a través de “LA SECRETARÍA” transferirá a “EL EJECUTIVO DEL DF”, con cargo a los recursos presupuestales de “LA SECRETARÍA”, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, recursos presupuestarios federales que se aplicarán exclusivamente a los conceptos hasta por los importes que se indican a continuación: CONCEPTO Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios)

FUENTE DE FINANCIAMIENTO Ramo 12 Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad

IMPORTE $ 10,903,647.00 (DIEZ MILLONES NOVECIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.)

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CONCEPTO “Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios” (Laboratorio Estatal de Salud Pública)

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FUENTE DE FINANCIAMIENTO Ramo 12 Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad.

TOTAL

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IMPORTE $ 3,349,003.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRES PESOS 00/100 M.N.) $14,252,677.00 (CATORCE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.)

Los recursos a que se refiere el cuadro anterior, se radicarán a través de la Secretaría de Finanzas de “EL EJECUTIVO DEL DF”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados para efectos de comprobación de su ejercicio y fiscalización. Una vez que sean radicados los recursos presupuestales federales en la Secretaría de Finanzas, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen y dentro de los cinco días hábiles siguientes a la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, en la cuenta bancaría específica productiva que previamente aperturará esta última, con la finalidad de identificar los recursos y sus rendimientos financieros, informando de ello a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Los recursos Federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico no pierden su carácter Federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables a la consecución del objeto del presente instrumento. La no transferencia de los recursos en el plazo establecido se considerará incumplimiento del presente convenio y podrá ser causa de reintegro de los recursos con los rendimientos financieros obtenidos a la Tesorería de la Federación. Queda expresamente estipulado, que la transferencia presupuestal otorgada en el presente Convenio Específico no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operación inherentes a las infraestructuras y equipamiento, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo. “EL EJECUTIVO DEL DF” deberá sujetarse a los siguientes parámetros para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales transferidos: PARÁMETROS “LA SECRETARÍA” verificará, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios que los recursos presupuestales señalados en esta Cláusula, sean destinados únicamente para la realización de los conceptos a que se refiere la Cláusula Primera del presente instrumento, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y de acuerdo a los siguientes alcances: a) La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios transferirá los recursos presupuestales asignados a “EL EJECUTIVO DEL DF” a efecto de que sean aplicados específicamente al fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como para fortalecer la Red Nacional de Laboratorios, citados en la Cláusula Primera del presente Convenio Específico y conforme a lo estipulado en los Anexos 1, 2 y 3, que forman parte integrante de su contexto, sin intervenir en el procedimiento de

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asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “EL EJECUTIVO DEL DF” para cumplir con la ejecución de las actividades descritas en los Anexos del presente instrumento, o bien con el programa físico financiero de infraestructura, de equipamiento y, adquisición de insumos, que contribuyan o fortalezcan al desarrollo de las acciones de protección contra riesgos sanitarios, que determine esta última, sin interferir de forma alguna en el procedimiento constructivo y mecanismo de supervisión externo que defina “EL EJECUTIVO DEL DF” durante la aplicación de los recursos presupuestales destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de “EL EJECUTIVO DEL DF”. b) La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, considerando su disponibilidad de personal y presupuestal, podrá practicar visitas conforme a lo acordado para este fin con “EL EJECUTIVO DEL DF”, a efecto de observar los avances en el desarrollo de las actividades descritas en los Anexos del presente instrumento, o bien para verificar los avances físicos de la infraestructura y su equipamiento, solicitando a “EL EJECUTIVO DEL DF”, la entrega del reporte fotográfico y escrito de los avances de la infraestructura y su equipamiento, así como de la “relación de gastos”, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en esta Cláusula . Los documentos que integran la relación de gastos, deberán reunir los requisitos que enuncian los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y, serán enviados a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. c) La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable e informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de “LA SECRETARÍA” y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el caso o casos en que los recursos presupuestales permanezcan ociosos o no hayan sido aplicados por “EL EJECUTIVO DEL DF” para los fines objeto del presente Convenio Específico de conformidad con el Anexo 1 del mismo, o bien, en contravención a sus Cláusulas, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a “EL EJECUTIVO DEL DF”, en términos de lo establecido en la Cláusula Décima de “EL ACUERDO MARCO”. d) Los recursos presupuestales que se comprometen transferir mediante el presente instrumento, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca. TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DEL DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestales que transfiere el Ejecutivo Federal a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio Específico, se aplicarán a los conceptos a que se refiere la Cláusula Primera del mismo, los cuales tendrán los temas, proyectos, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas que se mencionan en el Anexo 3, el cual será sustanciado y validado en la Memoria de Cálculo que genere “LA SECRETARÍA” a través de las unidades administrativas competentes de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Dicho Anexo 3 debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integrante de su contexto. CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que transfiere el Ejecutivo Federal a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como para el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, mismos que se encuentran descritos en el Anexo 3 del presente Convenio. Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital. Los recursos presupuestarios federales que se transfieren, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados por “EL EJECUTIVO DEL DF” en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal. Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio Específico, deberán aplicarse, en su caso, en la misma proporción a los conceptos previstos en la Cláusula Primera. QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos quedan a cargo de “EL EJECUTIVO DEL DF”.

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SEXTA.- OBLIGACIONES DE “EL EJECUTIVO DEL DF”.- “EL EJECUTIVO DEL DF”, adicionalmente a los compromisos establecidos en “EL ACUERDO MARCO”, se obliga a: I.

Aplicar los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda de este instrumento en los conceptos establecidos e importes indicados en la misma, en los temas, proyectos, objetivos, actividades específicas, indicadores, metas y calendarización previstos en la Cláusula Tercera y en los Anexos 2 y 3, respectivamente, de este instrumento, por lo que se hace responsable del uso, aplicación y destino de los citados recursos.

II.

Entregar trimestralmente, por conducto de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal a “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto.

III.

Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los principios de contabilidad gubernamental y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las finanzas públicas y la Cuenta Pública local ante su Congreso. Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la unidad ejecutora la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, en su caso, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes, así como la información adicional que estas últimas le requieran. La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio Específico, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, como son los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, deberán expedirse a nombre de “EL EJECUTIVO DEL DF”, estableciendo entre otros: domicilio, Registro Federal de Contribuyentes y conceptos de pago.

IV. Ministrar los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente instrumento, por medio de la Secretaría de Finanzas, a la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, a efecto de que esta última esté en condiciones de iniciar de forma inmediata las acciones específicas para dar cumplimiento al objeto que hace referencia la Cláusula Primera de este Convenio Específico, contados a partir de la transferencia que “LA SECRETARÍA” haga de los recursos conforme a la calendarización estipulada en el Anexo 2 del presente instrumento. Para los efectos del párrafo anterior, la unidad ejecutora deberá previamente aperturar una cuenta bancaria específica productiva, con la finalidad de identificar los recursos y sus rendimientos financieros, informando de ello a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Los recursos presupuestales federales transferidos, que después de radicados en la Secretaría de Finanzas (o su equivalente) de “EL EJECUTIVO DEL DF”, no hayan sido ministrados a la unidad ejecutora, o que una vez ministrados a esta última no sean ejercidos de manera inmediata en los términos de este Convenio, se procederá a su reintegro, con los rendimientos financieros obtenidos, al Erario Federal (Tesorería de la Federación) dentro de los quince días naturales siguientes en que lo requiera “LA SECRETARÍA”. V.

Informar, mediante el Director General de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en un plazo máximo de cinco días hábiles que los recursos presupuestales federales transferidos han sido ministrados por parte de la Secretaría de Finanzas (o su equivalente) de “EL EJECUTIVO DEL DF” íntegramente a la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal; para tal efecto, dicho plazo comenzará a partir del día siguiente de ministrados los recursos presupuestales federales a la unidad ejecutora.

VI. Informar, a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, mediante la unidad ejecutora, a los 10 días hábiles siguientes a la terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos presupuestales federales, conforme a la calendarización establecida en los Anexos 2 y 3, así como de forma pormenorizada sobre el avance financiero de los proyectos previstos en este instrumento.

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VII. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, a través del Director General de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, sobre el avance en el cumplimiento de los temas, proyectos, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas, previstos en el Anexo 3 y en la Cláusula Tercera de este Convenio Específico, y en su caso, los resultados de las actividades específicas que lleve a cabo de conformidad con este instrumento. VIII. Informar, trimestralmente a “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, sobre el avance de las acciones respectivas y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquellos erogados, así como los resultados de las evaluaciones que se hayan realizado. IX. Mantener actualizados los avances en el ejercicio de los resultados de los recursos transferidos, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos. X.

Facilitar, por conducto de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, la información y documentación que “LA SECRETARÍA” a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, le solicite en las visitas que esta última optará por realizar, para la comprobación de los avances en el desarrollo de las actividades descritas en el Anexo 3 del presente instrumento, o bien para verificar los avances físicos de la infraestructura y su equipamiento; la entrega del reporte fotográfico y escrito; así como la “relación de gastos” que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Segunda del presente instrumento, según corresponda.

XI. Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos. XII. Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de su legislatura local. XIII. Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y “LA SECRETARÍA”, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios. SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”.- “LA SECRETARÍA”, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios se obliga a: I.

Transferir los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda, párrafo primero, del presente Convenio Específico de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este instrumento.

II. Verificar que los recursos presupuestales que en virtud de este instrumento se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto al que son destinados, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal. III. Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice “EL EJECUTIVO DEL DF” para cumplir con el objeto para el cual son destinados los recursos presupuestales federales transferidos. IV. Solicitar a la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal de “EL EJECUTIVO DEL DF”, la entrega de la “relación de gastos”, que sustenten y fundamenten, el ejercicio, destino y la aplicación de los recursos federales transferidos a “EL EJECUTIVO DEL DF”, conforme a las atribuciones que la Ley General de Salud, el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y demás disposiciones legales aplicables le confieren, bajo la opción de practicar visitas a la unidad ejecutora a efecto de dar seguimiento a la adecuada aplicación de los recursos. La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales que se transfieren, deberá cumplir con los requisitos fiscales que señala la normatividad vigente, misma que deberá expedirse a nombre de “EL EJECUTIVO DEL DF”, estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago.

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V. Aplicar las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable e informar a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, por conducto de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Auditoría Superior de la Federación y a la Secretaría de Finanzas de “EL EJECUTIVO DEL DF”, cuando “EL EJECUTIVO DEL DF” no envíe a “LA SECRETARÍA” la información referida en las fracciones II, VI, VII, VIII y X de la Cláusula Sexta del presente instrumento, así como el caso o casos en que los recursos presupuestales permanezcan ociosos o que no hayan sido aplicados por “EL EJECUTIVO DEL DF” para los fines que en este instrumento se determinan, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a “EL EJECUTIVO DEL DF”, en términos de lo establecido en la Cláusula Décima de “EL ACUERDO MARCO”. VI. Informar en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico. VII. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con “EL EJECUTIVO DEL DF”, sobre el avance en el cumplimiento de la realización de las acciones objeto del presente instrumento. VIII. El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios que en virtud de este instrumento serán transferidos, corresponderá a “LA SECRETARÍA”, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Unidad de Auditoría Preventiva de “LA SECRETARÍA”, realice el Órgano de Control de “EL EJECUTIVO DEL DF”. IX. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos financieros transferidos, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas. X.

Informar sobre la suscripción de este Convenio, a la Auditoría Superior de la Federación.

XI. Publicar en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los quince días hábiles posteriores a su formalización, el presente instrumento. XII. Difundir en su página de internet los conceptos financiados con los recursos que serán transferidos mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables. XIII. Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y “EL EJECUTIVO DEL DF”, por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios. OCTAVA.- ACCIONES DE VIGILANCIA, INSPECCIÓN, CONTROL Y EVALUACIÓN.- “EL EJECUTIVO DEL DF” conviene que para la eficaz vigilancia, inspección, control y evaluación en el avance de los proyectos estipulados en el presente instrumento, entregará a “LA SECRETARÍA”, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la documentación de fiscalización de los recursos presupuestales federales transferidos en el presente convenio, que se genere en la Contraloría del Ejecutivo Estatal o su equivalente y en el órgano de fiscalización de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal del Gobierno del Distrito Federal, según las disposiciones legales aplicables. NOVENA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes convienen que los recursos no ejercidos, remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en las cuentas bancarias productivas específicas a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados al 31 de diciembre de 2014, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación en los primeros quince días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal referido en el objeto del presente instrumento, conforme a las disposiciones aplicables.

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DÉCIMA.- VIGENCIA.- El presente Convenio comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2014, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “EL EJECUTIVO DEL DF”. DÉCIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo por escrito durante su vigencia, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de “EL EJECUTIVO DEL DF”. En caso de contingencias para la realización del objeto previsto en este instrumento, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DÉCIMA SEGUNDA.- CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas: I.

Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado.

II. Por acuerdo de las partes. III. Por caso fortuito o fuerza mayor. IV. Por no existir la disponibilidad presupuestal para hacer frente a los compromisos que adquiere “LA SECRETARÍA”. DÉCIMA TERCERA.- CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse por las siguientes causas: I.

Cuando se determine que los recursos presupuestarios federales permanecen ociosos, o bien, sean utilizados con fines distintos a los previstos en el presente instrumento, o

II.

Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.

Casos en los cuales se procederá en términos de lo establecido en la Cláusula Décima de “EL ACUERDO MARCO”. DÉCIMA CUARTA.- CLÁUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente Convenio Específico deriva de “EL ACUERDO MARCO”, a que se hace referencia en el apartado de Antecedentes de este instrumento, las Cláusulas que le sean aplicables atendiendo al tipo de recurso, establecidas en “EL ACUERDO MARCO” se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento como si a la letra se insertasen, y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el presente documento. Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, constante de 11 fojas, lo firman por quintuplicado a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil catorce.

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POR “LA SECRETARÍA” EL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

POR “EL EJECUTIVO DEL DF” EL SECRETARIO DE FINANZAS

(Firma) _______________________________________________ LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA

(Firma) ____________________________________________ EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA

EL SECRETARIO GENERAL

EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) _______________________________________________ LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO

(Firma) ___________________________________________ DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA

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EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) ________________________________________________ DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ

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ANEXO 1 CONCEPTO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2014 ENTIDAD: CONCEPTO:

DISTRITO FEDERAL Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-D.F.-10/14 TEMA

INOCUIDAD DE ALIMENTOS

AGUA

POLÍTICA FARMACÉUTICA VIGILANCIA FOCALIZADA VERIFICACIÓN FOCALIZADA

EMERGENCIAS

PROYECTO

Calidad microbiológica de Alimentos Rastros Zoonosis/Bruselosis Productos de la pesca Uso ilegal del Clenbuterol Plaguicidas en Alimentos Moluscos Bivalvos Prevención de Intoxicación por Ciguatoxina Prevención de Intoxicación por Consumo de Ostiones Marea Roja Agua y Hielo Purificados Agua de Calidad Bacteriológica Agua de Calidad Fisicoquímica Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario Calidad Sanitaria de Agua de Contacto para Uso Recreativo Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Magnanesismo Farmacovigilancia Tabaco Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad) Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias Vigilancia Sanitaria de Centros de Asistencia Social Manejo Integral de Plagas Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud. Emergencias

PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS $ 1,900,918.00

FORTALECIMIENTO DE LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS $ 1,023,571.00

$ 400,799.00

TOTAL

$ 2,924,489.00 $ 400,799.00

$ 982,888.00 $ 539,079.00

$ 529,246.00 $ 290,274.00

$ 1,512,134.00 $829,353.00

$ 559,104.00 $ 1,689,705.00

$ 301,056.00 $ 909,841.00

$ 860,150.00 $ 2,599,546.00

$ 1,138,799.00

$ 1,138,799.00

$ 1,600,799.00

$ 1,600,799.00

$ 547,884.00

$ 295,015.00

$ 842,899.00

$ 842,900.00

$ 842,900.00

$ 700,799.00

$ 700,799.00

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SALUD OCUPACIONAL ATENCIÓN MÉDICA

SANIDAD EN PRODUCTOS AGRÍCOLAS NORMATIVIDAD OTROS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE CONSUMO AGUA PARA CONSUMO HUMANO

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Protección Radiológica Plomo en Loza Vidriada Uso de Plaguicidas Muerte Materna Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión Infecciones Nosocomiales Sanidad en Productos Agrícolas

Marco Normativo Mesa Saludable y Sello de Calidad Nutricional de Platillos

Agua en Localidades Priorizadas con Alto Nivel de Marginación TOTAL

$ 10,903,674.00

$ 3,349,003.00

$ 14,252,677.00

POR “LA SECRETARÍA” EL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

POR “LA ENTIDAD” EL SECRETARIO DE FINANZAS

(Firma) _______________________________________________ LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA

(Firma) ____________________________________________ EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA

EL SECRETARIO GENERAL

EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) _______________________________________________ LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO

(Firma) ___________________________________________ DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) ________________________________________________ DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ

ANEXO 2 CALENDARIO PARA LA ENTREGA DE RECURSO RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2014 ENTIDAD: CONCEPTO:

DISTRITO FEDERAL Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) PROGRAMA: Protección contra Riesgos Sanitarios CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-D.F.-10/14

-PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS TEMA

INOCUIDAD DE ALIMENTOS

AGUA

PROYECTO Calidad Microbiológica de Alimentos Rastros Zoonosis/Brucelosis Productos de la pesca Uso ilegal del clenbuterol Plaguicidas en alimentos Moluscos en bivalvos Prevención de Intoxicación por Ciguatoxina Prevención de Intoxicación por Consumo de Ostiones Marea roja Agua y hielo purificados Agua de calidad bacteriológica Agua de calidad fisicoquímica Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario

FEB

MAR

ABR

MAY

JUN

JUL

AGS

SEPT

OCT

NOV

DIC

TOTAL

$1,900,918.00

$1,900,918.00

$400,799.00

$400,799.00

$982,888.00

$982,888.00

$539,079.00

$539,079.00

$559,104.00

$559,104.00

$1,689,705.00

$1,689,705.00

POLÍTICA FARMACÉUTICA VIGILANCIA FOCALIZADA

VERIFICACIÓN FOCALIZADA

EMERGENCIAS SALUD OCUPACIONAL

ATENCIÓN MÉDICA

SANIDAD EN PRODUCTOS AGRÍCOLAS NORMATIVIDAD

Calidad Sanitaria de Agua de Contacto para Uso Recreativo Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Manganesismo Farmacovigilancia Tabaco Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la salud en Farmacias Vigilancia Sanitaria de Centros de Asistencia Social Manejo integral de plagas Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud Emergencias Protección Radiológica Plomo en loza vidriada Uso de Plaguicidas Muerte materna Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión Infecciones nosocomiales Sanidad en productos agrícolas Marco normativo

$1,138,799.00

$1,138,799.00

$1,600,799.00

$1,600,799.00

$ 547,884.00

$ 547,884.00

$842,900.00

$842,900.00

$700,799.00

$700,799.00

Mesa Saludable y OTROS sello de calidad PRODUCTOS Y Nutricional de SERVICIOS DE platillos CONSUMO Agua en localidades AGUA SEGURA PARA CONSUMO priorizadas con alto nivel de marginación HUMANO TOTAL

$10,903,674.00

$10,903,674.00

- FORTALECIMIENTO DE LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS TEMA

INOCUIDAD DE ALIMENTOS

AGUA

PROYECTO Calidad Microbiológica de Alimentos Rastros Zoonosis/Brucelosis Productos de la pesca Uso ilegal del clenbuterol Plaguicidas en alimentos Moluscos en bivalvos Prevención de Intoxicación por Ciguatoxina Prevención de Intoxicación por Consumo de Ostiones Marea roja Agua y hielo purificados Agua de calidad bacteriológica Agua de calidad fisicoquímica Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario Calidad Sanitaria de Agua de Contacto para Uso Recreativo

FEB

MAR

ABR

MAY

JUN

JUL

AGS

SEPT

OCT

NOV

DIC

TOTAL

$1,023,571.00

$1,023,571.00

$529,246.00

$529,246.00

$290,274.00

$290,274.00

$301,056.00

$301,056.00

$909,841.00

$909,841.00

POLÍTICA FARMACÉUTICA VIGILANCIA FOCALIZADA

VERIFICACIÓN FOCALIZADA

EMERGENCIAS SALUD OCUPACIONAL

ATENCIÓN MÉDICA

SANIDAD EN PRODUCTOS AGRÍCOLAS NORMATIVIDAD

Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Manganesismo Farmacovigilancia Tabaco Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la salud en Farmacias Vigilancia Sanitaria de Centros de Asistencia Social Manejo integral de plagas Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud Emergencias Protección Radiológica Plomo en loza vidriada Uso de Plaguicidas Muerte materna Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión Infecciones nosocomiales Sanidad en productos agrícolas Marco normativo

$ 295,015.00

$ 295,015.00

Mesa Saludable y OTROS sello de calidad PRODUCTOS Y Nutricional de SERVICIOS DE platillos CONSUMO Agua en localidades AGUA SEGURA PARA CONSUMO priorizadas con alto nivel de marginación HUMANO TOTAL

$3,349,003.00

$3,349,003.00

- TOTAL TEMA

INOCUIDAD DE ALIMENTOS

AGUA

POLÍTICA FARMACÉUTICA VIGILANCIA FOCALIZADA VERIFICACIÓN FOCALIZADA

PROYECTO Calidad microbiológica de alimentos Rastros Zoonosis/Brucelosis Productos de la pesca Uso ilegal de clenbuterol Plaguicidas en Alimentos Moluscos Bivalvos Prevención de intoxicación por Ciguatoxina Prevención de intoxicación por consumo de Ostiones Marea Roja Agua y Hielo Purificados Agua de Calidad Bacteriológica Agua de Calidad Fisicoquímica Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario Calidad Sanitaria de Agua de Contacto para Uso Recreativo Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Manganesismo

FEB

MAR

ABR

MAY

JUN

JUL

AGS

SEP

OCT

NOV

DIC

TOTAL

$2,924,489.00

$2,924,489.00

$400,799.00

$400,799.00

$1,512,134.00 $829,353.00

$1,512,134.00 $829,353.00

$860,160.00 $2,599,546.00

$860,160.00 $2,599,546.00

Farmacovigilancia

$1,138,799.00

$1,138,799.00

Tabaco

$1,600,799.00

$1,600,799.00

Calidad Sanitaria de Establecimientos(Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad)

Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias Vigilancia Sanitaria de Centros de Asistencia Social Manejo Integral de Plagas

EMERGENCIAS SALUD OCUPACIONAL

Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud Emergencias Protección Radiológica

$842,899.00

$842,899.00

$842,900.00

$842,900.00

$700,799.00

$700,799.00

$14,252,677.00

$14,252,677.00

Plomo en Loza Vidriada Uso de Plaguicidas Muerte Materna

ATENCIÓN MÉDICA SANIDAD EN PRODUCTOS AGRÍCOLAS NORMATIVIDAD OTROS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE CONSUMO AGUA SEGURA PARA CONSUMO HUMANO

Bancos de Sangre y Centros de Transfusión Infecciones Nosocomiales Sanidad en productos agrícolas Marco Normativo Mesa Saludable y sello de calidad nutricional de platillos

Agua en localidades priorizadas con alto nivel de marginación TOTAL

POR “LA SECRETARÍA” EL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

POR “LA ENTIDAD” EL SECRETARIO DE FINANZAS

(Firma) _______________________________________________ LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA

(Firma) _______________________________________________ EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA

EL SECRETARIO GENERAL

EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) _______________________________________________ LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO

(Firma) _____________________________________________ DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) _____________________________________________________ DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ

ANEXO 3 PROGRAMAS, TEMAS, PROYECTOS, OBJETIVOS, ACTIVIDADES, INDICADORES Y METAS RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2014 ENTIDAD: CONCEPTO: PROGRAMA: CONVENIO CLAVE:

Tema

Inocuidad de Alimentos

DISTRITO FEDERAL Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) Protección contra Riesgos Sanitarios COFEPRIS-CETR-D.F.-10/14

Proyecto

Calidad Microbiológica de Alimentos

Objetivo

Proteger a la población de los riesgos microbiológicos potencialmente presentes en los alimentos

Actividad específica 1. Integrar un padrón de establecimientos donde se expenden los alimentos priorizados indicados por la COFEPRIS (con aviso de funcionamiento) 2. Elaborar un informe estatal de los alimentos priorizados que incluya los volúmenes de producción/comercialización y las temporadas de mayor consumo para cada uno. 3. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS 4. Muestras de alimentos priorizados para análisis microbiológico 5. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS 6. Revisar trimestralmente el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo, con

Feb

Mar

Abr

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Nov

Dic

1

TOTAL

1

1

1

1

200

1

250

350

350

300

343

1

1

1

1

1

1

1

1793

1

6

1

3

base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS 7. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS 8. Realizar reuniones de trabajo con asociaciones de restaurantes, asociaciones de hoteles y hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel, a fin de establecer una estrategia para evitar la contaminación microbiológica de los alimentos, basadas en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS 9. Evaluación de puntos críticos en el manejo de alimentos con asociaciones de restaurantes, asociaciones de hoteles y hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel, basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS 10. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación que incluya a las asociaciones de restaurantes, de hoteles y hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel, para contribuir a que no exista contaminación microbiológica de los alimentos, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.

1

1

1

1

1

30%

1

1

1

1

65%

1

3

4

1

4

100%

100%

11. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de comunicación y/o difusión para prevenir los brotes relacionados con la contaminación microbiológica de los alimentos y ETAs, dirigida a las asociaciones de restaurantes, de hoteles y hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel y a la población en general, basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS

Tema

Inocuidad de Alimentos

Proyecto

Rastros

Objetivo

Coadyuvar al mejoramiento de las condiciones sanitarias de rastros y mataderos municipales para minimizar el riesgo sanitario derivado de las actividades en estos establecimientos , en municipios en más de 50,000 habitantes. (Al menos el 70% de la población)

Actividad Específica 12. Aplicación de las Cédulas de Evaluación de Riesgos en los rastros y mataderos priorizados por la COFEPRIS 13. Elaborar los informes de resultados estatales de las evaluaciones de riesgo sanitario realizadas en rastros y mataderos municipales en el formato establecido por la COFEPRIS. 14. Elaborar la propuesta de mejora por cada cédula de evaluación de riesgos realizada en rastros y mataderos municipales 15. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS 16. Elaborar un diagnóstico situacional referente a las fuentes de contaminación

Feb

Mar

Abr

30%

65%

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

100%

Nov

100%

Dic

TOTAL

ambiental presentes en rastros y mataderos municipales de acuerdo a los lineamientos establecidos por la COFEPRIS 17. Realizar eventos de capacitación dirigidos a médicos veterinarios, operarios, verificadores y/o dictaminadores donde se incluya tanto el tema de normatividad sanitaria, como de evaluación y manejo de riesgos aplicable a rastros y mataderos municipales 18. Elaborar, implementar y evaluar un programa de acciones de capacitación y/o campañas de difusión sobre los riesgos del consumo de carne y sus derivados posiblemente contaminados, dirigidos a la industria, organismos públicos y privados, así como al personal involucrado en rastros, con el fin de mejorar la condición sanitaria de los productos 19. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación al personal involucrado en el proceso de obtención de la carne, acerca de las medidas preventivas para minimizar los riesgos sanitarios, relacionadas con el consumo de carne y sus derivados obtenidos en rastros y mataderos

30%

65%

100%

100%

20. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de comunicación y/o difusión al personal involucrado en el proceso de obtención de la carne y a la población en general, acerca de las medidas preventivas para minimizar los riesgos sanitarios, relacionadas con el consumo de carne y sus derivados obtenidos en rastros y mataderos

Tema

Inocuidad de Alimentos

Proyectos

Objetivo

Zoonosis/ Brucelosis

Proteger a la población del riesgo de brucelosis por el consumo de alimentos potencialmente contaminados por Brucella

Actividad Específica 21. Elaborar/actualizar un padrón de empresas/productores que elaboren quesos artesanales que considere datos sobre sus volúmenes de producción 22. Elaborar/actualizar un padrón de productores, introductores y/o acopiadores de leche que venden a los productores de quesos artesanales 23. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS 24. Toma y análisis de muestras de alimentos priorizados para Brucella 25. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. 26. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS 27. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS

30%

Feb

Mar

65%

Abr

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

100%

Nov

100%

Dic

TOTAL

28. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación dirigido a productores de quesos artesanales y distribuidores de leche para quesos artesanales, con el propósito de mejorar la condición sanitaria de los procesos y métodos utilizados en la elaboración de quesos artesanales y disminuir los riesgos por el consumo de productos posiblemente contaminados con Brucella, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS 29. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión dirigido a productores de quesos artesanales y distribuidores de leche para quesos artesanales, con el propósito de mejorar la condición sanitaria de los procesos y métodos utilizados en la elaboración de quesos artesanales y disminuir los riesgos por el consumo de productos posiblemente contaminados con Brucella, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS

Tema

Inocuidad de Alimentos

Proyecto

Objetivo

Productos de la Pesca

Proteger a la población de riesgos sanitarios por el consumo de productos de la pesca contaminados

Actividad Específica 30. Elaborar/actualizar un censo estatal que contenga los principales puntos de venta de productos de la pesca, frescos, refrigerados o congelados 31. Elaborar un informe estatal de los productos priorizados que incluya los volúmenes de producción y las temporadas de mayor consumo de cada uno 32. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS

Feb

Mar

1

Abr

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Nov

Dic

TOTAL

1

1

1

1

1

33. Número de determinaciones en los alimentos priorizados para análisis del binomio producto-microorganismo para Vibrio Cholerae, Vibrio Parahaemolyticus y Salmonella, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS 34. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS 35. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS 36. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS 37. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión dirigido a productores, organizaciones sociales (cooperativas) y distribuidores con el propósito de mejorar las condiciones sanitarias de los productos de la pesca, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS 38. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión en materia sanitaria, dirigido a la población, respecto al riesgo y beneficio de consumir productos de la pesca, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS

Tema

Proyecto

Inocuidad de Alimentos

Uso Ilegal de Clenbuterol

Objetivo Proteger a la población del consumo de clenbuterol en productos de bovino sin procesar

Actividad Específica 39. Elaborar un censo de puntos de venta que contenga volúmenes de carne y vísceras de bovino

Feb

1

37

Mar

Abr

37

37

18

18

18

18

1

1

1

1

1

1

183

1

7

1

1

1

3

1

1

1

3

30%

65%

100%

100%

30%

65%

100%

100%

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept

Oct

Nov

Dic

TOTAL

1

40. Seleccionar las localidades/establecimient os para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS 41. Toma de muestra y análisis de carne y vísceras para determinación de clenbuterol 42. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS 43. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS 44. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS. 45. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión, en materia sanitaria, con el fin de dar a conocer los riesgos de intoxicación por clenbuterol a la población en general, derivados del consumo de vísceras y carne, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.

1

1

25

30%

65%

25

25

25

27

1

1

1

1

127

1

5

1

1

2

1

1

2

100%

100%

46. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación dirigido a la industria, organismos públicos y privados, y población en general con el propósito de dar a conocer los riesgos derivados del consumo de vísceras y carne posiblemente contaminadas por clenbuterol, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS

Tema

Inocuidad de Alimentos

Proyecto

Plaguicidas en Alimentos

Objetivo

Actividad Específica

Proteger a la población de los riesgos potenciales por residuos de plaguicidas presentes en alimentos

47. Elaborar un censo de puntos de venta que tenga volúmenes de los alimentos priorizados 48. Seleccionar las localidades, establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS 49. Toma y análisis de muestras de alimentos para determinación de plaguicidas 50. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS 51. Elaborar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados de muestreo con base en los lineamientos por COFEPRIS

30%

Feb

Mar

Abr

65%

May

Meta Programada mensual Jun Jul Ags Sept

100%

Oct

100%

Nov

Dic

Total

52. Elaborar un informe de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgo con base a los lineamientos emitidos por la COFEPRIS 53. Levantar un censo de los principales cultivos de la región y plaguicidas empleados para su producción

Tema

Inocuidad de Alimentos

Proyecto

Objetivo

Moluscos Bivalvos

Proteger a la población de riesgos microbiológicos y químicos potencialmente presentes en moluscos bivalvos, a través de la clasificación y vigilancia sanitaria de las áreas de cosecha.

Actividad Específica 54. Número de visitas para la toma de muestras de agua y producto en las áreas de cosecha , así como el envío de muestras y reporte de resultados por los canales establecidos por la COFEPRIS 55. Análisis del número de muestras de agua (coliformes fecales) en áreas de cosecha, de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por COFEPRIS 56. Análisis del número de muestras de producto (E. coli, Salmonella sp, Vibrio cholerae y Vibrio parahaemolyticus incluye gastos de toma y envío de muestras y reporte de resultados) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos, de acuerdo con los criterios técnicos establecido por COFEPRIS 57. Realizar análisis de biotoxinas marinas en producto de acuerdo con lo establecido por COFEPRIS (pruebas rápidas para detección de PSP, ASP, y DSP, incluye gastos de toma y envío de muestras y reporte de resultados), de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por COFEPRIS

Feb

Mar

Abr

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Nov

Dic

TOTAL

58. Realizar análisis de biotoxinas marinas en producto de acuerdo con lo establecido por COFEPRIS (pruebas rápidas para detección de Brevetoxina, incluye gastos de toma y envío de muestras y reporte de resultados), de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por COFEPRIS 59. Integración y envío de los estudios sanitarios iniciales y anuales de las áreas de cosecha de moluscos bivalvos

Inocuidad de Alimentos

Tema

Inocuidad de Alimentos

Actividad Específica 60. Toma de muestras para la identificación de especies de dinoflagelados de genero gambierdicus en la zona costera del caribe 61. Llevar a cabo visitas de verificación sanitaria 62. Llevar a cabo reuniones de fomento sanitario para que las cooperativas pesqueras se abstengan de expender especies de productos de escama relacionados con brotes de intoxicación por ciguatoxina

Feb

Mar

Abr

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Nov

Dic

TOTAL

Actividad Específica 63. Entregar el padrón de establecimientos de Plantas desconchadoras de ostión 64. Visitas de verificación de condiciones sanitarias de las plantas desconchadoras 65. Toma de muestras de ostión desconchado en plantas desconchadoras. 66. Dictaminación de las visitas de verificación 67. Elaboración de informes de monitoreo de ostión

Feb

Mar

Abr

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Nov

Dic

TOTAL

Proyecto

Objetivo

Prevención de Intoxicación por Ciguatoxina

Establecer la presencia de áreas potencialmente riesgosas para la propagación de la ciguatoxina con el objeto de establecer vedas temporales o permanentes.

Proyecto

Objetivo

Prevención de Intoxicación por Consumo de Ostiones

Reducir los riesgos a la salud por consumo de Ostión.

68. Realizar capacitaciones al personal Manipulador del Producto relacionado con el Manejo Higiénico del Proceso de Desconchado 69. Realizar actividades de clasificación sanitaria de al menos un área de extracción de moluscos bivalvos 70. Muestras de producto para análisis microbiológicos de coliformes fecales, Vibrio cholerae, Vibrio parahemolityccus, Salmonella y E. Coli. 71. Muestras de agua para análisis bacteriológicos, coliformes totales y coliformes fecales 72. Muestras de agua para análisis fisicoquímicos, pH, temperatura, color, materia en suspensión, oxígeno disuelto, salinidad e hidrocarburo de origen petrolero 73. Muestras de producto para análisis fisicoquímicos, metales pesados, mercurio, cadmio, plomo y plaguicidas 74. Remitir los informes de clasificación/mantenimiento de áreas de conformidad con los lineamientos establecidos por la Entidad

Tema

Proyecto

Agua

Marea Roja

Objetivo Establecer un sistema de Alerta Temprana de Florecimientos de Algas Nocivas (Marea Roja), con el fin de aplicar medidas preventivas de manera oportuna, tendientes a evitar el consumo de moluscos bivalvos expuestos a mareas rojas tóxicas.

Actividad Específica 75. Realizar monitoreo de fitoplancton en agua de mar, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS 76. Asistir al curso de capacitación del proyecto

Feb

Mar

Abr

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Nov

Dic

TOTAL

Tema

Agua

Proyecto

Agua y Hielo Purificado

Objetivo

Proteger a la población del riesgo bacteriológico potencialmente presente en el agua y hielo purificado, con el fin de reducir riesgos.

Actividad Específica 77. Elaborar un padrón de establecimientos productores de agua y hielo purificados 78. Seleccionar los establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS 79. Toma de muestras y análisis de agua y hielo para análisis microbiológico. 80. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS 81. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS 82. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS 83. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación a la industria, al comercio y a productores relacionado con la prevención de los riesgos bacteriológicos asociados al consumo de agua y hielo purificados, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS 84. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión, en materia sanitaria con el fin de dar a conocer los riesgos bacteriológicos asociados al consumo de agua y hielo purificados, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.

Feb

Mar

Abr

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Nov

Dic

1

TOTAL 1

1

1

20

20

20

20

20

20

20

20

1

1

1

1

1

1

1

1

8

1

1

1

3

1

1

1

3

30%

30%

160

65%

65%

100%

100%

100%

100%

Tema

Agua

Proyecto

Agua de Calidad Bacteriológica

Objetivo

Proteger a la población del riesgo bacteriológico potencialmente presente en el agua de uso y consumo humano.

Actividad Específica 85. Elaborar un informe de qué método de desinfección del agua se utiliza (cloro residual, plata coloidal o método alternativo) en las localidades a vigilar con base en el formato establecido por la COFEPRIS 86. Toma de muestras para análisis bacteriológico en determinaciones de cloro con valor debajo de 0.2 p.p.m., de acuerdo a la meta establecida entre COFEPRIS y el Estado. 87. Implementar pruebas rápidas para análisis bacteriológico en agua 88. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS 89. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión, en materia sanitaria, con el fin de dar a conocer los riesgos bacteriológicos asociados al uso y consumo de agua potencialmente contaminada, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS

Feb

Mar

Abr 1

May

Jun

Meta Programada Mensual Jul Ags Sept Oct

Nov

Dic

TOTAL

1

50%

30%

50%

50%

50%

50%

50%

50%

100%

100%

100%

100%

100%

100%

65%

100%

50%

100%

100%

100%

90. Elaborar, implementar y evaluar un programa que establezca acciones de prevención para la población en general acerca de las enfermedades asociadas al uso y consumo de agua potencialmente contaminada, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS

Tema

Agua

Proyecto

Objetivo

Agua de Calidad Fisicoquímica

Proteger a la población del riesgo fisicoquímico potencialmente presente en el agua de uso y consumo humano en las regiones identificadas en el país.

Actividad Específica 91. Toma de muestras para análisis fisicoquímico con base a los lineamientos establecidos por la COFEPRIS 92. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS. 93. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión en materia sanitaria, dirigido a la población, con el fin de dar a conocer los riesgos asociados al consumo de agua potencialmente contaminada, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS

Tema

Proyecto

Objetivo

Agua

Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario

Contar con información automatizada sobre la calidad bacteriológica del agua de mar

Actividad Específica 94. Realizar los monitoreos mensuales y pre-vacacionales de las playas prioritarias e informar los resultados a la COFEPRIS y publicar la información en las páginas electrónicas estatales 95. Asistencia a las reuniones convocadas por los Comités de Playas.

30%

Feb

Feb

65%

Mar

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Abr

May

May

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Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

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Nov

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Dic

TOTAL

TOTAL

96. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión para la población en general, sobre los resultados de los muestreos y análisis realizados por el Sistema Federal Sanitario en los distintos destinos turísticos basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS

Tema

Proyecto

Objetivo

Agua

Calidad Sanitaria de Agua de Contacto de Uso Recreativo

Proteger contra riesgos sanitarios a la población usuaria de agua de contacto de uso recreativo

Actividad Específica 97. Elaborar un censo de establecimientos relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo (centros vacacionales, clubes deportivos, balnearios, centros de enseñanza, hoteles, moteles, desarrollos turísticos y parques acuáticos). 98. Realizar cursos de capacitación dirigidos a prestadores de servicios relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo, a fin de dar a conocer las medidas sanitarias de acuerdo a la normatividad aplicable 99. Visitas de verificación a los establecimientos relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo 100. Dictaminación de actas de verificación. 101. Visitas para realizar toma de muestra 102. Toma de muestra para realizar análisis bacteriológico 103. Realizar la vinculación y concertación con el sector privado para difusión de la normatividad sanitaria correspondiente 104. Realizar pláticas de difusión, dirigidos a prestadores de servicios relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo, a fin de dar a conocer las medidas sanitarias de acuerdo a la normatividad aplicable

Feb

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Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

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TOTAL

Tema

Agua

Proyecto

Objetivo

Búsqueda y detección de Hidroarsenismo y Manganesismo

Proteger a la población del riesgo potencialmente presente en el agua de uso y consumo humano en las regiones identificadas.

Actividad Específica 105. Actualización de censo de fuentes formales de abastecimiento de agua de uso y consumo humano en el Estado 106. Contratación de Laboratorio Tercero Autorizado para análisis fisicoquímico de muestras de agua de uso y consumo humano 107. Contratación de servicios especializados para el diseño e implementación del Sistema de Información Geográfica de la calidad fisicoquímica del agua 108. Desarrollo del Sistema de Información Geográfica de la calidad fisicoquímica del agua y capacitación del personal técnico de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios 109. Realización del muestreo en fuentes formales de abastecimiento del Estado en periodo de estiaje y lluvias, respectivamente 110. Realizar la caracterización y evaluación del riesgo 111. Gestionar la implementación de las acciones correctivas necesarias ante las Dependencias competentes 112. Toma de muestras para análisis fisicoquímico 113. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos de la Entidad. 114. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión en materia sanitaria, dirigido a la población, con el fin de dar a conocer los riesgos asociados al consumo de agua potencialmente contaminada

Feb

Mar

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May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept

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TOTAL

Tema

Política Farmacéutica

Proyecto

Farmacovigilancia

Objetivo

Vigilar la seguridad eficacia de los medicamentos que se comercializan en el país, mediante la recepción de notificaciones de sospechas de reacciones adversas a medicamentos, su evaluación y el fomento y difusión del programa de Farmacovigilancia

Actividad Específica 115. Implementación y seguimiento de unidades y Comités de Farmacovigilancia Hospitalarios 116. Recopilar las notificaciones de sospechas de reacciones adversas de medicamentos generadas en la entidad federativa 117. Captura, evaluación y envío al Centro Nacional de Farmacovigilancia de las notificaciones recibidas 118. Implementar un programa de capacitación con enfoque de riesgos para fortalecer el proyecto de farmacovigilancia en las unidades hospitalarias de la entidad, de acuerdo con los lineamientos de la COFEPRIS 119. Realizar acciones de fomento sanitario con enfoque de riesgos en los sectores público, privado y social para fomentar la notificación de sospechas de reacciones adversas atribuibles a los medicamentos, de acuerdo con los lineamientos de la COFEPRIS.

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TOTAL

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450

450

450

1

1

1

Tema

Vigilancia Focalizada

Proyecto

Tabaco

Objetivo

Reducir la exposición pasiva al humo de tabaco en espacios públicos.

Actividad Específica 120. Verificación focalizada en establecimientos con mayor probabilidad de exposición y riesgo (restaurantes, oficinas de gobierno y escuelas). 121. Dictaminación de actas de la verificación focalizada 122. Elaborar, implementar y evaluar un programa, dirigido al sector público, privado y social, con el fin de difundir los alcances de la Ley y su Reglamento para fomentar los espacios 100% libres de humo de tabaco, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS. 123. Elaborar, implementar y evaluar un programa, en coordinación con los sectores público y privado, para promover edificios libres de humo de tabaco, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS

Tema

Proyecto

Objetivo

Verificación Focalizada

Calidad Sanitaria de Establecimientos (Buenas Prácticas de Higiene y Sanidad)

Proteger a la población de los riesgos sanitarios y microbiológicos potencialmente presentes en los alimentos preparados

Feb

Actividad Específica 124. Visitas de verificación en establecimientos donde se preparan alimentos 125. Muestras de alimentos preparados. 126. Dictaminación de actas de verificación. 127. Distribución de carteles 128. Realizar pláticas dirigidas a manejadores de alimentos

Mar

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Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

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30

30

30

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30

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30%

65%

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100%

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TOTAL

Tema

Verificación Focalizada

Proyecto

Objetivo

Manejo y dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias

Proteger a la población mediante una correcta dispensación de medicamentos, aplicando la Legislación Sanitaria vigente.

Actividad Específica 129. Elaborar un censo de establecimientos donde se expenden productos farmacéuticos como farmacias, boticas y droguerías a través de las Unidades de Control Sanitario de la entidad federativa. 130. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de verificación 131. Visitas de verificación en establecimientos donde se expenden productos farmacéuticos como farmacias, boticas y droguerías 132. Dictaminación de actas de verificación 133. Realizar cursos de dispensación de medicamentos en farmacias públicas y privadas 134. Asistencia del líder estatal a la reunión nacional de capacitación y evaluación del proyecto 135. Realizar cursos de capacitación para la formación de instructores 136. Impresión de materiales destinados a los establecimientos dedicados a la dispensación de medicamentos.

Feb

Mar

Abr

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

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TOTAL

Tema

Verificación Focalizada

Tema

Verificación Focalizada

Proyecto

Vigilancia Sanitaria de Centros de Asistencia Social

Objetivo

Vigilar y realizar acciones de orientación para el cumplimiento de las disposiciones sanitarias vigentes, aplicables a cada tipo de centro

Proyecto

Objetivo

Manejo Integral de Plagas

Disminuir el contacto involuntario con los plaguicidas y así preservar la salud de la población a través de la incorporación del manejo integral de plagas en los servicios urbanos de fumigación.

Actividad Específica 137. Elaborar un censo de cada uno de los tipos de centros de asistencia social 138. Toma y análisis de muestras de los alimentos que se preparan en los centros de asistencia social 139. Captura de resultados en la base de datos de la Entidad 140. Realizar visitas de verificación sanitaria a los centros de asistencia social identificados 141. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación dirigido a los responsables de los centros de asistencia social así como al personal involucrado en la preparación de alimentos

Feb

Actividad Específica 142. Integrar un padrón de establecimientos de manejo integral de plagas en los servicios urbanos de fumigación con aviso de funcionamiento 143. Elaborar un informe de los productos de fumigación principalmente utilizados que incluya giros de establecimientos que solicitan el servicio. 144. Seleccionar las demarcaciones territoriales y establecimientos prioritarios para implementar el plan de manejo integral 145. Visitas de verificación sanitaria, Norma Oficial Mexicana 256.Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas

Mar

Abr

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

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25

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TOTAL

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1

5

5

5

5

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146. Capturar los resultados obtenidos en la base de datos de la Entidad. 147. Elaborar y revisar el programa de manejo de riegos y seguimiento de conformidad con los resultados

Tema

Verificación Focalizada

Tema

Emergencias

Proyecto

Vigilancia Sanitaria de Establecimientos de Insumos para la Salud

Objetivo Vigilar el cumplimiento de la Normatividad Sanitaria en las farmacias, boticas, droguerías y almacenes de depósito y distribución de medicamentos para uso humano.

Proyecto

Objetivo

Emergencias

Protección a la Salud de la población contra riesgos sanitarios derivados de emergencias sanitarias

Actividad Específica 148. Visitas de verificación a establecimientos 149. Realizar balances de medicamentos controlados en establecimientos 150. Realizar pláticas dirigidas a dispensadores de medicamentos

Actividad Específica 151. Enviar los informes de notificación de eventos en los formatos previamente establecidos por la COFEPRIS que incluyan los recursos utilizados en plazo no mayor a: 1 día en brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes;

Feb

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5

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5

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TOTAL

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100%

100%

5 días en desastres (huracanes); 1 día en otros desastres; 3 días en exposición a otros agentes; 8 y 15 días en acciones preventivas (muestras positivas a Vibrios inmediato); 1 día para infecciones nosocomiales 152. Enviar los informes mensuales de emergencias sanitarias en los formatos establecidos por la COFEPRIS para el proyecto de emergencias 153. Enviar el informe anual de emergencias sanitarias en el formato establecido por la COFEPRIS para el proyecto de emergencias 154. Gestionar y diseñar en base a sus necesidades la capacitación en materia de emergencias sanitarias para los brigadistas de protección contra riesgos sanitarios desde nivel local al estatal 155. Adquirir los insumos básicos, equipo, uniformes y materiales para la atención de emergencias sanitarias, para distribuir a las jurisdicciones sanitarias y/o

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

10

1

1

1

1

1

2

coordinaciones de protección contra riesgos; considerando sus aspectos sociogeográficos, el registro de eventos atendidos y la priorización establecida en el catálogo autorizado para ejercer el presupuesto FASSC, previa validación del área operativa correspondiente

Tema

Proyecto

Salud Ocupacional

Protección Radiológica

Objetivo Contribuir a garantizar la protección a la salud de pacientes y trabajadores expuestos en el uso médico de fuentes generadoras de radiación ionizante, asegurando la existencia de programas de seguridad radiológica y de calidad, así como proteger a la población general de riesgos derivados de la exposición a radiaciones ionizantes y campos electromagnéticos

Actividad Especifica 156. Elaborar un padrón de establecimientos de atención de salud, cuya actividad esté relacionada con el uso de radiaciones ionizantes 157. Visitas de verificación a los establecimientos de diagnóstico médico con rayos x 158. Realizar acciones de fomento sanitario a la población ocupacionalmente expuesta de los establecimientos de radiodiagnóstico 159. Implementar un programa de capacitación al personal verificador que realiza funciones en la materia de protección radiológica. 160. Llevar a cabo reuniones de vinculación y concertación con el sector público y privado en materia de protección radiológica

Feb

Mar

Abr

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Nov

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TOTAL

161. Llevar a cabo acciones regulatorias al sector salud, IMSS, ISSSTE, unidades médicas municipales y sector privado 162. Capacitación a población para fomentar de manera eficiente las acciones de control de calidad que debe tener una unidad médica de radiodiagnóstico del sector público y privado 163. Impulsar la estrategia para prevención de cáncer de mama de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana de cáncer de mama como ente regulador a las caravanas de la salud con mastógrafo, unidades de mama del sector salud y convocar a unidades del sector privado con salas de mastografía para dar a conocer la estrategia 164. Llevar a cabo visitas regulatorias de acuerdo a la Norma Oficial de Cáncer de Mama 165. Llevar la dictaminación de las acciones regulatorias de acuerdo a las visitas que se realizan, al sector público y privado

Tema

Proyecto

Salud Ocupacional

Plomo en Loza Vidriada

Objetivo Proteger a la población alfarera y sus familias, de la exposición al óxido de plomo

Actividad Específica 166. Verificaciones sanitarias con base en la modificación de la NOM 004 SSA 1 167. Toma de muestras y análisis con base en la NOM 231

Feb

Mar

Abr

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Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Nov

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TOTAL

168. Elaborar un censo que incluya alfareros, distribuidores y comercializadores de greta 169. Realizar reuniones y/o pláticas con Asociaciones o grupos de alfareros para sensibilizar y concertar acciones de capacitación en buenas prácticas para la elaboración de loza vidriada de baja temperatura libre de plomo 170. Llevar a cabo reuniones con Instituciones y Casa de Artesanías, a fin de promover buenas prácticas en la alfarería vidriada de baja temperatura utilizando materiales libres de plomo en las comunidades alfareras 171. Llevar a cabo reuniones con la CANIRAC estatal para promover entre sus agremiados el uso de loza vidriada libre de plomo, en la preparación y presentación de alimentos 172. Llevar a cabo la gestión correspondiente para que el líder estatal asista a la Reunión Nacional del Proyecto. 173. Monitoreo de plomo en loza vidriada a través de pruebas rápidas 174. Monitoreo ambiental de suelo de los talleres de alfarería de loza vidriada en base a la NOM-147 175. Monitoreo biológico en alfareros y sus familias de loza vidriada en base a la NOM-231 176. Realizar reuniones de trabajo con asociaciones de restaurantes, comercializadores de loza vidriada, a fin de establecer una estrategia para promover el uso de loza vidriada libre de plomo

177. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación que incluya a los elaboradores y comercializadores de loza vidriada, las asociaciones de restaurantes, para promover la fabricación, comercialización y uso de loza vidriada libre de plomo 178. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de comunicación y/o difusión para promover la fabricación, comercialización y uso de loza vidriada libre de plomo, dirigida a los artesanos, comercializadores y las asociaciones de restaurantes

Tema

Salud Ocupacional

Proyecto

Objetivo

Uso de Plaguicidas

Reducir la población expuesta a riesgos por plaguicidas

Actividad Específica 179. Realizar cursos de capacitación a capacitadores en materia del buen uso y manejo de agroquímicos 180. Realizar cursos de capacitación y/o pláticas a personal ocupacionalmente expuesto a los agroquímicos. 181. Realizar cursos de actualización a médicos sobre el diagnóstico y tratamiento de intoxicación por plaguicidas 182. Implementar estudios de percepción de riesgos en las regiones seleccionadas por la entidad federativa. 183. Implementar campañas de comunicación de riesgos en las regiones seleccionadas por la entidad federativa 184. Visitas de verificación a empresas que utilizan plaguicidas 185. Visitas de verificación a empresas que formulan plaguicidas 186. Visitas de verificación a campos agrícolas 187. Realizar visitas de Verificación Sanitarias a Empresas Comercializadoras de plaguicidas

Feb

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May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Nov

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TOTAL

188. Realizar visitas de Verificación Sanitarias a Empresas de Servicios de Control y Exterminación de Plagas. 189. Dictaminación de Actas de Comercializadoras de Plaguicidas y Servicios de Control y Exterminación de Plagas 190. Realizar capacitación y/o pláticas acerca del Plan de Manejo de Envases Vacíos (triple lavado y disposición final de envases vacíos). 191. Participar en Reuniones con instituciones para impulsar la creación de centros de acopio temporal (CAT´S) y centros de acopio primario (CAP'S) de envases vacíos de plaguicidas 192. Realizar cursos de capacitación al personal médico y personal de enfermería de las diferentes instituciones del sector de salud tanto público como privados sobre "Diagnóstico y tratamiento de las intoxicaciones por agroquímicos". 193. Verificar los campos agrícolas en cuanto a los plaguicidas en desuso (plaguicidas almacenados que no pueden seguir utilizándose) 194. Coordinar con brigadas de salud acciones de servicio médico a personal jornalero en los campos agrícolas como análisis, consulta médica, consulta dental, vacuna toxoide tetánico, medicamento, recetas para tratamientos médicos 195. Programar y realizar en coadyuvancia con la STPS inspecciones conjuntas a campos agrícolas. 196. Toma de muestras para la determinación de bisfenoles 197. Reporte de resultados de las muestras tomadas para la determinación de los bisfenoles 198. Realizar reuniones del COESPLAFEST para dar seguimiento a las acciones programadas del proyecto

Tema

Atención Médica

Proyecto

Objetivo

Muerte Materna

Coadyuvar en la disminución de la incidencia de muertes maternas

Actividad Específica 199. Visitas de verificación preventivas en establecimientos de atención médica y/u obstétrica de 1er. y 2o. nivel 200. Visitas de verificación a los establecimientos de atención médica por ocurrencia de muerte materna 201. Visitas de verificación a establecimientos de atención médica de referencia y primer contacto 202. Dictaminación de las actas de verificación sanitaria de los establecimientos donde ocurrió la muerte materna. 203. Realizar notificaciones a los establecimientos donde ocurrió la muerte materna 204. Impresión de materiales para difusión del proyecto en la entidad federativa 205. Visitas de fomento a establecimientos de atención médica de 1er y 2do nivel, tanto públicos como privados 206. Realizar pláticas de fomento en las diferentes instituciones del Sector Salud de la entidad federativa. 207. Asistencia a las reuniones convocadas por el Comité Interinstitucional de muerte materna en la entidad federativa. 208. Llevar a cabo la gestión correspondiente para que el líder estatal asista a la Reunión Nacional del Proyecto 209. Elaboración de artículos promocionales para comunicación de riesgos 210. Elaborar implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión con representantes de hospitales públicos y privados, colegios médicos y representantes de instituciones educativas 211. Replicar la capacitación a todas las jurisdicciones sanitarias 212. Supervisar que el personal médico y paramédico cuenten con el título y cédula profesional en su expediente en el área de recursos humanos de la unidad hospitalaria 213. Verificar que las ambulancias de las unidades hospitalarias públicas y privadas cumplan con la normatividad

Feb

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Tema

Atención Médica

Proyecto

Objetivo

Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión

Establecer criterios y lineamientos para llevar a cabo la evaluación de todos los establecimientos que realicen actos quirúrgicos y/o obstétricos, así como el llenado del Acta de Verificación Sanitaria con la finalidad de constatar el cumplimiento de la legislación sanitaria vigente.

Actividad Específica 214. Aplicación de cédulas de autoevaluación a establecimientos de atención médica y/u obstétrica 215. Visitas de fomento a establecimientos de atención médica, tanto públicos y privados 216. Visitas de verificación a establecimientos 217. Dictaminación de las actas de verificación sanitaria 218. Realizar pláticas de fomento dirigidas a directivos de hospitales, de las diferentes instituciones del Sector Salud 219. Impresión de materiales para difusión del proyecto en la entidad federativa (trípticos, dípticos). 220. Asistencia a las reuniones para actualización y unificar criterios durante las visitas de verificación 221. Replicar la capacitación a todas las jurisdicciones sanitarias 222. Seguimiento a trámites, para lograr la expedición de Licencias Sanitarias y Avisos de Responsables. 223. Recepción, valoración y Autorización de Libros de Ingresos y Egresos de Sangre y componentes Sanguíneos 224. Concentrar informes mensuales de los establecimientos médicos y a su vez enviarlos a centro nacional de la transfusión sanguínea

Feb

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Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

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Tema

Proyecto

Objetivo

Atención Médica

Infecciones Nosocomiales

Prevenir riesgos sanitarios derivados de infecciones de tipo epidemiológico en unidades hospitalarias y fortalecer acciones de vigilancia sanitaria.

Tema

Proyecto

Objetivo

Sanidad en Productos Agrícolas

Proteger a la población de riesgos potenciales microbiológicos y fisicoquímicos presente en frutas, verduras y hortalizas.

Sanidad en Productos Agrícolas

Actividad Específica 225. Visitas de verificación a Unidades Hospitalarias 226. Dictaminación de las actas de verificación 227. Realizar acciones de fomento sanitario con los sectores público, privado y social para prevenir y controlar infecciones de tipo epidemiológico 228. Implementar un programa de capacitación al personal de unidades de atención médica en prevención y control de infecciones nosocomiales 229. Llevar a cabo inspección y vigilancia aleatoria de las unidades hospitalarias del sector público, privado y social reportadas con casos de infecciones nosocomiales, para constatar el cumplimiento del tratamiento adecuado de acuerdo a la normatividad sanitaria vigente 230. Recopilar notificaciones de infecciones nosocomiales generadas por cada unidad de atención médica en la Entidad

Feb

Mar

Abr

Meta Programada Mensual May Jun Jul Ags Sept Oct

Actividad Específica 231. Elaborar un censo de puntos de venta de frutas, verduras y hortalizas de los productos priorizados 232. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo. 233. Toma y análisis de muestras de productos priorizados para la determinación de salmonella 234. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos de la Entidad 235. Toma y análisis de muestras de productos priorizados para la determinación de plaguicidas organofosforados y organoclorados

Feb

Mar

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TOTAL

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Nov

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TOTAL

236. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos de la Entidad 237. Elaborar un programa de manejo de riesgo y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo. 238. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgo con base en los lineamientos

Tema

Normatividad

Proyecto

Objetivo

Marco Normativo

Actualizar y homologar el marco normativo jurídico estatal en materia de salud con los diferentes ordenamientos estatales y con el marco jurídico federal y las normas oficiales mexicanas.

Actividad Específica 239. Publicar en el Diario Oficial del Gobierno del Estado las reformas a la Ley de Salud del Estado, así como las reformas al reglamento de Control y Vigilancia Sanitaria de los Establecimientos que expenden Alimentos y Bebidas en General 240. Revisar y actualizar los procesos internos de la Dirección por medio del mapeo desglosando las actividades principales, los subprocesos y entregables. 241. Elaborar los manuales, guías, lineamientos y políticas internas que establezcan el flujo optimizado de los procesos y trámites. 242. Gestionar la implementación de un sistema informático que establezca una base de datos única de los trámites. 243. Sistematizar el resguardo de los expedientes que correspondan a los trámites realizados

Feb

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TOTAL

Tema

Otros productos y servicios de consumo

Proyecto

Objetivo

Mesa Saludable y Sello de Calidad Nutricional de Platillos

Fomentar el sello de la calidad nutricional de los platillos entre los comedores industriales y restaurantes, mediante acciones de fomento sanitario y los esquemas de comunicación y difusión que promuevan mejores hábitos alimenticios con la población que come fuera de casa

Tema

Proyecto

Agua segura para consumo humano

Agua en localidades priorizadas con alto nivel de marginación

Actividad Específica 244. Integrar un padrón de establecimientos de restaurantes y comedores en el Estado 245. Participar en reuniones con las instancias involucradas: - del sector público: universidades públicas, Secretaría de Turismo, promoción a la salud y - del sector privado: CANIRAC, Asociación de Hoteles y Moteles, Empresas para la implementación del proyecto en restaurantes y comedores industriales 246. Realizar reuniones de trabajo con los agremiados de las asociaciones de restaurantes, asociaciones de hoteles y directores de los hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel, a fin de difundir las acciones del programa mesa saludable y el sello de calidad nutricional de platillos 247. Capacitación al personal a los restaurantes y comedores sobre plato del bien comer, la preparación de alimentación saludable, hábitos alimenticios inadecuados y Nom 251. 248. Realizar acciones de vinculación y difusión de los comedores y restaurantes referente al programa (visitas de fomento sanitario).

Objetivo Proteger a la población de riesgo bacteriológico en localidades sin distribución formal de agua.

Actividad Específica 249. Aplicar el protocolo de intervención para el aseguramiento del agua de consumo humano en localidades sin abastecimiento de agua de red, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS

Feb

Mar

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Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

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TOTAL

Tema

Fortalecimie nto de la Red Nacional de Laboratorios

Proyecto

Objetivo

Fortalecimiento de la capacidad analítica y sistemas de gestión a través de la autorización.

Actividad Específica 250. Enviar la información requerida para el seguimiento de los proyectos que solicite la CCAYAC (Por ejemplo: marco analítico, reportes de avances, bases de datos de análisis de muestra, seguimiento a acuerdos y demás apoyo que sea requerido). No. de solicitudes atendidas/No. de solicitudes requeridas a los LESP*100). 251. Enviar los reportes de atención de auditorías internas o externas (planes de acción y el estado de sus acciones correctivas) conforme a su cronograma, para dar seguimiento al mantenimiento de la autorización como Tercero. (Número de reportes enviados/No. de reportes solicitados*100). 252. Enviar los reportes de avances de validación para dar seguimiento al mantenimiento de la autorización como Tercero, que permita la atención en materia analítica con enfoque de riesgos, de los proyectos incluidos en este convenio. (Número de reportes enviados/No. de reportes solicitados). 253. Ingreso del Trámite en tiempo conforme a las fechas de Renovación del Laboratorio 254. Obtener la renovación de la autorización como Tercero, que permita la atención en materia analítica con enfoque de riesgos, de los proyectos incluidos en este convenio

Feb

Mar

Abr

May

Meta Programada Mensual Jun Jul Ags Sept Oct

Nov

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TOTAL

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100%

33%

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1

1

1

3

1

1

1

1

255. Ampliar la Autorización de las pruebas del marco analítico incluidas en el muestreo establecido por CEMAR con enfoque de riesgos (No. de pruebas ampliadas/No. de pruebas comprometidas). 256. Atender la demanda analítica del marco básico establecido por la COFEPRIS, con enfoque de riesgos y de acuerdo a las metas programadas para los proyectos incluidos en este convenio con respecto a las muestras ingresadas

2

2

100%

100%

Meta Programada Mensual Indicador de actividades de Protección contra Riesgos Sanitarios Cumplimiento de actividades de Protección contra Riesgos Sanitarios= (Actividades de protección contra Riesgos Sanitarios realizadas / Actividades de protección contra Riesgos Sanitarios programadas) x 100

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100%

100%

Meta Programada Mensual Indicador de actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios Cumplimiento de actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios= (Actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios realizadas/Actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorio programadas) x 100

Indicador Global de Cumplimiento Cumplimiento global= Σ (Cumplimiento de actividades de Protección contra Riesgos Sanitarios*0.65), (Cumplimiento de actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios*0.35)

Feb

Feb

Mar

Mar

Abr

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May

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Jun

Jul

Ags

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TOTAL

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TOTAL

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100%

ANEXO 3 PROGRAMAS, TEMAS, PROYECTOS, OBJETIVOS, ACTIVIDADES, INDICADORES Y METAS RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2014 ENTIDAD: CONCEPTO: PROGRAMA: CONVENIO CLAVE:

DISTRITO FEDERAL Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública) Protección contra Riesgos Sanitarios COFEPRIS-CETR-D.F.-10/14

POR “LA SECRETARÍA” EL COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

POR “LA ENTIDAD” EL SECRETARIO DE FINANZAS

(Firma) _______________________________________________ LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA

(Firma) _______________________________________________ EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA

EL SECRETARIO GENERAL

EL SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) _______________________________________________ LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO

(Firma) _____________________________________________ DR. JOSÉ ARMANDO AHUED ORTEGA

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

(Firma) _____________________________________________________ DR. JOSÉ JESÚS TRUJILLO GUTIÉRREZ

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SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 15 fracción XVIII, 16 fracción IV y 23 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 6, 7, 27, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 38 Bis, 39, 40, 41 y 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 3, 5 fracción I, 9, 17 y demás relativos y aplicables de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal; 1, 7, fracción XVII y 26 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 47, 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 2, 6 fracción VII y 16 del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal; 1, 4, 6, 14, 15, 16, 28, 29 y 31 del Reglamento para someter a la Aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, la creación y operación de Programas de Desarrollo Social que otorguen Subsidios, Apoyos y Ayudas a la Población del Distrito Federal, tengo a bien emitir la siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL “SEGURO DE DESEMPLEO”, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, NÚMERO 270, TOMO I, DE FECHA 29 DE ENERO DE 2016. En la página 214, parte inferior. Dice: CUAUHTÉMOC - Módulo 1 y 4 Atención a Migrantes y población general: Calle Aldama y Mina s/n, planta baja, Colonia Buenavista, C.P. 06350. Interior Edificio Delegacional. - Módulo 2: Procuraduría de la Defensa del Trabajo, San Antonio No. 122, 4to. Piso, Colonia Tránsito, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06820. Tel.: 5741-1305 - Módulo: Atención a preliberados y liberados y población general. Bolívar #231 Esq. Diagonal 20 de Noviembre, Colonia Obrera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06800, (55) 5578 6253. - JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, Atención a demandas y convenios, Calle Dr. Río de la Loza #86, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720. Debe Decir: CUAUHTÉMOC - Módulo 1 y 4 Atención a Migrantes y población general: Calle Aldama y Mina s/n, planta baja, Colonia Buenavista, C.P. 06350. Interior Edificio Delegacional. - Módulo 2: Procuraduría de la Defensa del Trabajo, San Antonio No. 122, 4to. Piso, Colonia Tránsito, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06820. Tel.: 5741-1305 - JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, Atención a personas solicitantes que interpusieron demandas y/o celebraron convenios, Calle Dr. Río de la Loza #86, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720.

En la página 216, fracción II, segundo guión. Dice: - Constancia de última actuación presentada ante la autoridad jurisdiccional competente. Debe Decir: - Constancia de última actuación, así como escrito inicial de demanda interpuesto ante la autoridad jurisdiccional competente.

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En la página 216, fracción II, cuarto guión. Dice: - Constancia laboral expedida por el centro de trabajo o patrón acompañada de la copia de la Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes preferentemente con Código QR y de la identificación vigente de quién firma la constancia; la constancia debe presentarse en hoja membretada con logotipo de la misma (en caso de contar con él) e incluir los siguientes datos: - Nombre completo, firma y cargo de quien la emite, puede ser: Representante Legal, responsable de Recursos Humanos, Gerente y/o persona dueña o propietaria del establecimiento o empresa; - Domicilio fiscal completo; - Periodo laborado, señalando día, mes y año de ingreso y egreso; y - Número telefónico. Debe Decir: - Constancia laboral expedida por el centro de trabajo o patrón acompañada de la copia de la Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes preferentemente con Código QR y de la identificación vigente de quién firma la constancia; la constancia debe presentarse en hoja membretada con logotipo de la misma (en caso de contar con él) e incluir los siguientes datos: - Nombre completo, firma y cargo de quien la emite, puede ser: Representante Legal, responsable de Recursos Humanos, Gerente y/o persona dueña o propietaria del establecimiento o empresa; - Domicilio fiscal completo; - Periodo laborado, señalando día, mes y año de ingreso y egreso; - Número telefónico; y - Motivo de la separación del empleo, mismo que no deberá ser imputable a la persona solicitante.

En la página 216, Numeral 3, fracción II, quinto guión. Dice: - Licencia para Conducir, expedida por la SEMOVI. Debe Decir: - Licencia para Conducir, expedida por la SETRAVI o SEMOVI.

En la página 217, Numeral 3, fracción II, quinto guión. Dice: - Licencia para Conducir, expedida por la SEMOVI. Debe Decir: - Licencia para Conducir, expedida por la SETRAVI o SEMOVI.

En la página 219, Numeral 3, fracción II, quinto guión. Dice: - Licencia para Conducir, expedida por la SEMOVI.

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Debe Decir: - Licencia para Conducir, expedida por la SETRAVI o SEMOVI. - Papeleta de identificación de sentenciado en libertad, emitida por la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal.

En la página 219, Numeral 1. Dice: - Realizar el trámite de manera personal e intransferible; - Ser residente y haber perdido el empleo involuntariamente en la Ciudad de México a partir del 1º de enero de 2013; - Ser mayor de 18 años; y - Cumplir con las actividades de capacitación que imparte la STyFE. Debe Decir: - Realizar el trámite de manera personal e intransferible; - Ser residente y haber perdido el empleo involuntariamente en la Ciudad de México a partir del 1º de enero de 2013; y - Ser mayor de 18 años.

En la página 220, Numeral 3, fracción II, quinto guión. Dice: - Licencia para Conducir, expedida por la SEMOVI. Debe Decir: - Licencia para Conducir, expedida por la SETRAVI o SEMOVI.

En la página 221, Numeral 3, fracción II, quinto guión. Dice: - Licencia para Conducir, expedida por la SEMOVI. Debe Decir: - Licencia para Conducir, expedida por la SETRAVI o SEMOVI.

En la página 222, Inciso D. Dice: D. Las personas interesadas deberán llenar la solicitud de ingreso al Programa. Debe Decir: D. Las personas interesadas deberán llenar y firmar la solicitud de ingreso al Programa, bajo protesta de decir verdad.

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En la página 230, décimo guión. Dice: - SEMOVI: Secretaría de Movilidad del Gobierno del Distrito Federal. - Situación de Excepción: Aquella que determine el Jefe de Gobierno, Titular de la Administración Pública del Distrito Federal, mediante la publicación del Acuerdo, Aviso o Decreto correspondiente. Debe Decir: - SEMOVI: Secretaría de Movilidad del Gobierno del Distrito Federal. - SETRAVI: Secretaría de Transportes y Vialidad del Gobierno del Distrito Federal. - Situación de Excepción: Aquella que determine el Jefe de Gobierno, Titular de la Administración Pública del Distrito Federal, mediante la publicación del Acuerdo, Aviso o Decreto correspondiente. TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Ciudad de México, a 28 de marzo de 2016 SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO (Firma) AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA UBICACIÓN DE LOS ESTRADOS EN LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA, Secretaria de Trabajo y Fomento al Empleo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 12 fracciones I, II, IV, VI y XII, 87 y 115 del Estatudo de Gobierno del Distrito Federal; 1, 7, 15 fracción XVIII, 16 fracción IV, 17 y 23 TER de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 4, 5, 44 fracción III, 45, 46, 49, 76, 78 y 87 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 7 fracción XVII numerales 1 y 2, 7 fracción XVII, 26 fracciones V y X, 37, 119 CUATER y 119 QUINTUS en relación con los artículos 111 fracción III; 112; 122, fracción II del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; y CONSIDERANDO Que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, es una Dependencia de la Administración Pública de la Ciudad de México, a la que corresponde el despacho de las materias relativas al trabajo, previsión social y protección al empleo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 TER de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Que para el despacho de los asuntos de su competencia, se le adscribe la Dirección General de Trabajo y Previsión Social, a la que le corresponde vigilar la observancia y aplicación de la Ley Federal del Trabajo, los reglamentos y las disposiciones relativas de jurisdicción local, ordenar y practicar inspecciones de trabajo en los establecimientos de jurisdicción local; calificar las infracciones a la Ley Federal del Trabajo e imponer y notificar las sanciones correspondientes en el ámbito de su competencia, dar seguimiento a los resultados de la inspección, en lo que corresponda a las condiciones generales de trabajo y de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo en los centros de trabajo de jurisdicción local; vigilar la observancia y aplicación de las Leyes, Reglamentos y disposiciones administrativas aplicables a los trabajadores no asalariados, fomentar acciones de concertación para prevenir o solucionar conflictos entre los trabajadores no asalariados, y sus respectivas organizaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 CUATER del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Qué asimismo, se le adscribe la Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo, a la que le corresponde planear, diseñar, coordinar, fomentar y evaluar programas de empleo, de capacitación y adiestramiento, fomentar actividades de promoción y concertación que apoyen acciones relativas al empleo y la capacitación, promover y consolidar acciones que generen ocupación productiva; planear, organizar, fomentar, difundir, ejecutar, financiar y evaluar programas de apoyo al sector cooperativista, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 QUINTUS del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Qué además, se le adscribe la Dirección de Seguro de Desempleo, a la que le corresponde otorgar una protección económica básica a las personas trabajadoras asalariadas residentes en la Ciudad de México, que hayan perdido involuntariamente su empleo, incluyendo a grupos en situación de vulnerabilidad y tradicionalmente excluidos (mujeres embarazadas que han sido despedidas injustificadamente por motivo de embarazo, personas de alguna comunidad étnica o indígena, personas preliberadas y liberadas de Centros de Reclusión del Distrito Federal, y personas migrantes connacionales: repatriadas o retornadas y/o huéspedes de la Ciudad de México), y al mismo tiempo, crear las condiciones que contribuyan a su reincorporación al mercado laboral y al goce del derecho constitucional al trabajo, tal como lo señala la Ley de Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal. Que es derecho de todo gobernado, ser debidamente notificado en su domicilio de los actos administrativos y/o jurídicos que emite la autoridad y que pueden incidir en su esfera jurídica, con las formalidades exigidas y salvaguardando en todo momento, las garantías de legalidad, seguridad jurídica, audiencia e irretroactividad, que deben observarse en la actuación de la administración pública de la Ciudad de México.

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Que conforme a las reglas que rigen el procedimiento administrativo y sus formalidades, es factible prevenir por escrito y por una sola vez al interesado, en el supuesto de que no señale domicilio para recibir notificaciones, por lo cual, resulta necesario establecer un lugar en el cual se fijen, para conocimiento público, los actos administrativos y/o jurídicos que emite ésta autoridad, por lo que, con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas, tengo a bien emitir el siguiente: AVISO PRIMERO.- Se fijan los estrados para uso común de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo. SEGUNDO.- Los estrados se ubicarán junto a la Oficialía de Partes Común, en la planta baja de las instalaciones que ocupa la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, sita en la Calle de José Antonio Torres Xocongo No. 58, esquina con Fernando de Alva Ixtlilxóchitl, Colonia Tránsito, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06820, en esta Ciudad de México. TERCERO.- El horario para su consulta y acceso al público, quedará comprendido de las 9:00 a las 18:00 horas, de lunes a viernes. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- El presente aviso entrará en vigor a partir del día de su publicación.

Ciudad de México, a los 04 días del mes de abril del año 2016.

LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO (Firma) AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA

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DELEGACIÓN IZTAPALAPA DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, con fundamento en el artículo 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; artículos 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, artículos 303, 308, 309 y 310 del Código Fiscal del Distrito Federal; 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y a las Reglas 19 y 20, de las Reglas para Autorización, Control y Manejo de Ingresos de Aplicación Automática, publicadas el 20 de enero de 2016 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 263, Décima Octava Época, emite la siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS NUEVAS CUOTAS Y CONCEPTOS VIGENTES PARA EL EJERCICIO 2016, PARA LOS INGRESOS QUE SE RECAUDEN POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS DE APLICACIÓN AUTOMATICA DE RECURSOS PARA LA DELEGACION IZTAPALAPA., publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 17 de febrero del año en curso. CLAVE

CONCEPTO

UNIDAD DE CUOTA $ *CUOTA $ MEDIDA CON I.V.A.

CASAS DE CULTURA: CENTRO CULTURAL: "CENTRO MULTIDISCIPLINARIO EL CASETÓN" Dice: 2.1.1.1.6 Piano persona/mes 2.1.1.1.7 Violín persona/mes 2.1.1.3.3 Dibujo, pintura y alebrijes persona/mes Debe decir: 2.1.1.1.6 Piano (y solfeo) persona/mes 2.1.1.1.7 Violín (y flauta) persona/mes 2.1.1.3.3 Dibujo, pintura y alebrijes (jóvenes y adultos) persona/mes

159.00 197.00 133.00

No aplica No aplica No aplica

159.00 197.00 133.00

No aplica No aplica No aplica

CENTRO CULTURAL: "FUEGO NUEVO" Dice: 2.1.1.1.6 2.1.1.2.4 2.1.1.2.6 2.1.1.3.3 2.1.1.3.5 2.1.1.3.13 2.1.1.9.1 Debe decir: 2.1.1.1.6 2.1.1.2.4 2.1.1.2.6 2.1.1.3.3 2.1.1.3.5 2.1.1.3.13 2.1.1.9.1

Piano Afroantillano Hawaiano Dibujo, pintura y alebrijes Batik Decoración Gimnasia de conservación

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

159.00 159.00 159.00 159.00 133.00 79.00 159.00

No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica

Piano (y solfeo) Afroantillano (danzas afrocaribeñas/capocin) Hawaiano (danzas polinesias) Dibujo, pintura y alebrijes (jóvenes y adultos) Batik (estampado en tela) Decoración (y manualidades) Gimnasia de conservación ( reductiva )

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

159.00 159.00 159.00 159.00 133.00 79.00 159.00

No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

159.00 159.00 144.00 133.00 65.00

No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica

CENTRO CULTURAL: BATALLA" Dice: 2.1.1.1.2. 2.1.1.1.6 2.1.1.2.6 2.1.1.3.12 2.1.1.3.13

Guitarra clásica Piano Hawaiano Repujado Decoración

"GUILLERMO

BONFIL

114

Debe decir 2.1.1.1.2. 2.1.1.1.6 2.1.1.2.6 2.1.1.3.12 2.1.1.3.13

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Guitarra clásica (y solfeo) Piano (y solfeo) Hawaiano (danzas polinesias) Repujado (orfebrería y cincelado) Decoración (y manualidades)

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persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

159.00 159.00 144.00 133.00 65.00

No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica

Autorizaciones para el uso y aprovechamientos de bienes del dominio público Tranvía turístico Iztapalapa, niños, estudiantes y maestros

persona

exento

No aplica

Autorizaciones para el uso y aprovechamientos de bienes del dominio público (Casas de Cultura) Tranvía turístico Iztapalapa, niños, estudiantes y maestros (con identificación)

persona

exento

No aplica

Guitarra clásica Afroantillano Decoración Dibujo, pintura y alebrijes

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

159.00 159.00 79.00 133.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Guitarra clásica (y solfeo) Afroantillano (danzas afrocaribeñas/capocin) Decoración (y manualidades) Dibujo, pintura y alebrijes (jóvenes y adultos)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

159.00 159.00 79.00 133.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

CENTRO CULTURAL: "TRANVÍAS TURÍSTICOS" Dice: 1.4 1.4.1.3 Debe decir: 1.4 1.4.1.3

CENTRO CULTURAL: "CASA DE CULTURA IZTAPALAPA" Dice: 2.1.1.1.2. 2.1.1.2.4 2.1.1.3.13 2.1.1.3.3 Debe decir: 2.1.1.1.2. 2.1.1.2.4 2.1.1.3.13 2.1.1.3.3

ESTANCIAS INFANTILES: ESTANCIA INFANTIL "IZTAPALAPA" Dice: 2.4.1.2 Lactantes 2.4.1.3 Maternales y preescolares 2.4.1.4 Maternales y preescolares 2.4.1.5 Servicio extraordinario Debe decir: 2.4.1.2 Lactantes (con servicio de alimentación) 2.4.1.3 Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) 2.4.1.4 Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) 2.4.1.5 Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.) ESTANCIA INFANTIL "CONSTITUCIÓN DE 1917" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

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ESTANCIA INFANTIL "SANTA MARÍA AZTAHUACÁN" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

ESTANCIA INFANTIL "SANTA CRUZ MEYEHUALCO" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "JARDÍN SANTA CRUZ MEYEHUALCO" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

ESTANCIA INFANTIL "SAN JUANICO" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "LUCRECIA TORIZ" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

116

Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

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Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

11 de Abril de 2016

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

ESTANCIA INFANTIL "SAN ANDRÉS TETEPILCO" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "JARDÍN SAN LORENZO TEZONCO" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

ESTANCIA INFANTIL "MAGDALENA ATLAZOLPA" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "SECTOR POPULAR" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

11 de Abril de 2016

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

117

ESTANCIA INFANTIL "SAN LORENZO XICOTÉNCATL" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

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197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

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197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

ESTANCIA INFANTIL "LA PURÍSIMA" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "SIFÓN" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "IGNACIO ZARAGOZA" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "AÑO INTERNACIONAL DE LA MUJER" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

118

Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

11 de Abril de 2016

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

ESTANCIA INFANTIL "LA SEMILLITA" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "BENITO JUÁREZ" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "JARDÍN DE NIÑOS YUNUEN" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "SAN LORENZO TEZONCO" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

11 de Abril de 2016

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

119

ESTANCIA INFANTIL "JUAN DE LA BARRERA" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

ESTANCIA INFANTIL "JARDÍN DE NIÑOS PASTORCITO DE OAXACA" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

ESTANCIA INFANTIL "JARDÍN NIÑOS HÉROES" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "GUSANITO FELIZ" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "SAN JUAN XALPA" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

120

Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

11 de Abril de 2016

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

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Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

ESTANCIA INFANTIL "PARAJE ZACATEPEC" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "ORTIZ TIRADO" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "LA NORMA" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

ESTANCIA INFANTIL "APOLOCALCO" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

11 de Abril de 2016

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

121

ESTANCIA INFANTIL "VILLA ESTRELLA" Dice: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5 Debe decir: 2.4.1.2 2.4.1.3 2.4.1.4 2.4.1.5

Lactantes Maternales y preescolares Maternales y preescolares Servicio extraordinario

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Lactantes (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (con servicio de alimentación) Maternales y preescolares (sin servicio de alimentación) Servicio extraordinario (después de las 15:00 hrs.)

persona/mes persona/mes persona/mes persona/mes

197.00 397.00 197.00 79.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

consulta

28.00

No aplica

consulta

28.00

No aplica

Kung fu Consulta de optometría Otros

persona/mes consulta

133.00 28.00

No aplica No aplica

Kung fu ( full contact) Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

persona/mes consulta

133.00 28.00

No aplica No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

CENTROS COMUNITARIOS: CENTRO COMUNITARIO: "APATLACO" Dice: 2.2.4.4 Consulta de optometría 2.2.9 Otros Debe decir: 2.2.4.4 Consulta de optometría (examen visual) 2.2.9 Otros (Enseñanza) CENTRO COMUNITARIO: "AZTLAN" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "BELLAVISTA" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "CALMECAC" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "CALPUTITLA MIGUEL DE LA MADRID" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

Consulta de optometría Otros

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

consulta

28.00

No aplica

consulta

28.00

No aplica

CENTRO COMUNITARIO: "CAMPESTRE POTRERO" Dice: 2.2.4.4

Consulta de optometría

122

Debe decir: 2.2.4.4

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Consulta de optometría (examen visual)

11 de Abril de 2016

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría Otros

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría Otros

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría Otros

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

CENTRO COMUNITARIO: "CARMEN BOULLOSA" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "CASA BLANCA " Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "CENTAURO DEL NORTE" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "COLOSIO" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "COOPEREMOS PUEBLO SANTA CRUZ MEYEHUALCO" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "CULHUACÁN " Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "DESARROLLO URBANO QUETZALCÓATL" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

11 de Abril de 2016

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

123

CENTRO COMUNITARIO: "OTHON SALAZAR " (EL CHAMIZAL) Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

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28.00

No aplica

Consulta de optometría

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

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28.00

No aplica

Consulta de optometría

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

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Consulta de optometría

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No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

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Consulta de optometría Otros

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Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

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28.00

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Consulta de optometría

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Consulta de optometría (examen visual)

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28.00

No aplica

Consulta de optometría Otros

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

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28.00

No aplica

persona/mes

133.00

No aplica

CENTRO COMUNITARIO: "EL MANTO" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "ESTRELLA DEL SUR" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "JARDINES DE SAN LORENZO" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "LA MORA GRANDE" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "LA PURÍSIMA" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "LA VERACRUZANA" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "LOMAS DE SAN LORENZO" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "LOMAS DE ZARAGOZA" 2.2.1.3.5

Kung fu

124

2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4

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Consulta de optometría Otros

11 de Abril de 2016

consulta

28.00

No aplica

persona/mes consulta

133.00 28.00

No aplica No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

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28.00

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Consulta de optometría

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No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

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28.00

No aplica

Consulta de optometría

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

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28.00

No aplica

Consulta de optometría

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

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28.00

No aplica

Consulta de optometría

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

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28.00

No aplica

Consulta de optometría

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

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28.00

No aplica

Consulta de optometría Otros

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

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28.00

No aplica

Consulta de optometría

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

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Kung fu ( full contact) Consulta de optometría (examen visual) CENTRO COMUNITARIO: "LOS ÁNGELES"

Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "MIXCOATL" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "PARAJE SAN JUAN CENTRO" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "PARAJE SAN JUAN CERRO" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "PARAJE SAN JUAN JOYA" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "PARAJE TETECON" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: " PROGRESISTA" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "PUERTO DE PALOS " Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

11 de Abril de 2016

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

125

CENTRO COMUNITARIO: "SAN FRANCISCO APOLOCALCO" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

Consulta de optometría

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consulta

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CENTRO COMUNITARIO: "TENORIOS I" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "UNIDAD HABITACIONAL. CARMEN SERDÁN" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "UNIÓN Y FUERZA 19 DE SEPTIEMBRE " Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9

Kung fu Consulta de optometría Otros

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CENTRO COMUNITARIO: "VALLE DE LUCES" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "VOCEADORES " Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "CITLALI I" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "LAS CRUCES" Dice: 2.2.4.4

Consulta de optometría

126

Debe decir: 2.2.4.4

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Consulta de optometría (examen visual)

11 de Abril de 2016

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Consulta de optometría (examen visual)

consulta

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CENTRO COMUNITARIO: "TENORIOS II" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "IXTLAHUACAN" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "PALMITAS" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "CITLALI II" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "MONZÓN" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "VIOLETA PARRA" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "SAN SIMÓN CULHUACAN" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO COMUNITARIO: "MARCELINO BUENDÍA" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

11 de Abril de 2016

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

127

CENTRO COMUNITARIO: "SAN JOSÉ BUENA VISTA" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9

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CENTRO COMUNITARIO: "PEDRO ARENAS" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "TONALÁ" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "TEMAZCAL" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "AXAYACATL" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "AÑO DE JUÁREZ" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9

Kung fu Consulta de optometría Otros

128

Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9

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CENTRO COMUNITARIO: "TONATEPETL" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "TLALQUILPAN" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO COMUNITARIO: "VILLA CID" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

CENTRO COMUNITARIO: "ALTEPETLCALLI" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

CENTRO COMUNITARIO: "JACARANDAS INCALLI XÓCHITL" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

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Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

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CENTRO COMUNITARIO: "VIENTOS DE LIBERTAD" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

CENTRO COMUNITARIO: "VIVA EL PUEBLO DE IZTAPALAPA" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

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CENTRO COMUNITARIO: "SOBERANÍA POPULAR" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

CENTRO COMUNITARIO: "ERNESTO CHE GUEVARA" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

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11 de Abril de 2016

CENTRO COMUNITARIO: "CARLOTA BOTEY ESTAPÉ" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

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CENTRO COMUNITARIO: "SEMBRANDO LIBERTAD" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

CENTRO COMUNITARIO: "VOLUNTAD POPULAR" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

CENTRO COMUNITARIO: "SEMILLA DE SABIDURÍA" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

CENTRO COMUNITARIO: "COATLICUE" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

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Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

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CENTRO COMUNITARIO: "PALMITAS III" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

CENTRO COMUNITARIO: "YO SOY 132" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

CENTRO COMUNITARIO: "EL ROSARIO" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

CENTRO COMUNITARIO: "RINCONADA DEL MOLINO" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

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11 de Abril de 2016

CENTRO COMUNITARIO: "POTRERO DE LA LUNA" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

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CENTRO COMUNITARIO: "JUAN ESCUTIA" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 2.2.9 2.2.15.1

CENTRO SOCIALES: CENTRO SOCIAL "GENERAL IGNACIO ZARAGOZA" Dice: 2.2.1.3.5 Kung fu 2.2.4.4 Consulta de optometría 2.2.9 Otros 2.2.15.1 Natación Debe decir: 2.2.1.3.5 Kung fu ( full contact) 2.2.4.4 Consulta de optometría (examen visual) 2.2.9 Otros (Enseñanza) 2.2.15.1 Natación (alberca sin techar) CENTRO SOCIAL: "ADOLFO LÓPEZ MATEOS" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO SOCIAL: "ALBARRADA" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

11 de Abril de 2016

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133

CENTRO SOCIAL: "CATARROJA" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

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Kung fu ( full contact) Consulta de optometría (examen visual)

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133.00 28.00

No aplica No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría Otros

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

consulta

28.00

No aplica

consulta

28.00

No aplica

CENTRO SOCIAL: "CEDROS" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4

CENTRO SOCIAL: "COLHUA" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO SOCIAL: "EJERCITO CONSTITUCIONALISTA I" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO SOCIAL: "EJERCITO CONSTITUCIONALISTA II" Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4

CENTRO SOCIAL: "EJÉRCITO DE ORIENTE I" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO SOCIAL: "EJÉRCITO DE ORIENTE II" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO SOCIAL: "EMILIANO ZAPATA" Dice: 2.2.4.4

Consulta de optometría

134

Debe decir: 2.2.4.4

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Consulta de optometría (examen visual)

11 de Abril de 2016

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría Otros

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

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28.00

No aplica

Consulta de optometría

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

CENTRO SOCIAL: "EMMA GODOY" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO SOCIAL: "ERMITA ZARAGOZA" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO SOCIAL: "GABRIELA MISTRAL" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO SOCIAL: "HUITZICO" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO SOCIAL: "IZTAPALAPA" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO SOCIAL: "JAIME SABINES" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO SOCIAL: "LOMAS DE ZARAGOZA" Dice: 2.2.9 Debe decir: 2.2.9

Otros Otros (Enseñanza) CENTRO SOCIAL: "JOSÉ LÓPEZ PORTILLO"

Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

11 de Abril de 2016

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

135

CENTRO SOCIAL: "LUCRECIA TORIZ" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

Consulta de optometría Otros

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría Otros

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría Otros

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría Otros

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría Otros

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28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual) Otros (Enseñanza)

consulta

28.00

No aplica

consulta

28.00

No aplica

CENTRO SOCIAL: "MAGDALENA ATLAZOLPA" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO SOCIAL: "PRESIDENTES DE MÉXICO" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO SOCIAL: "SANTIAGO ACAHUALTEPEC" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO SOCIAL: "VICENTE GUERRERO" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CENTRO SOCIAL: "VILLA ESTRELLA" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTRO SOCIAL: "XALPA" Dice: 2.2.4.4 2.2.9 Debe decir: 2.2.4.4 2.2.9

CLÍNICA SOCIAL: "BARRIO DE SAN IGNACIO" Dice: 2.2.4.4

Consulta de optometría

136

Debe decir: 2.2.4.4

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Consulta de optometría (examen visual)

11 de Abril de 2016

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Kung fu Consulta de optometría

persona/mes consulta

133.00 28.00

No aplica No aplica

Kung fu ( full contact) Consulta de optometría (examen visual)

persona/mes consulta

133.00 28.00

No aplica No aplica

CONSULTORIO DELEGACIONAL Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CONSULTORIO JOSÉ LÓPEZ PORTILLO Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CONSULTORIO VALLE DE LAS LUCES Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

UNIDAD MÉDICA LA COLMENA I Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

UNIDAD MÉDICA SAN MIGUEL TEOTONGO Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CASA DEL ADULTO MAYOR ACULCO Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CASA DEL ADULTO MAYOR LEYES DE REFORMA Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CASA DEL ADULTO MAYOR BENITA GALEANA Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4

11 de Abril de 2016

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

137

CASA DEL ADULTO MAYOR CABEZA DE JUÁREZ Dice: 2.2.1.3.5 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.1.3.5 2.2.4.4

Kung fu Consulta de optometría

persona/mes consulta

133.00 28.00

No aplica No aplica

Kung fu ( full contact) Consulta de optometría (examen visual)

persona/mes consulta

133.00 28.00

No aplica No aplica

CASA DEL ADULTO MAYOR "LA CABAÑITA DE CONSTITUCIÓN" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

CASA DEL ADULTO MAYOR "JARDINES DE SAN LORENZO" Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría

consulta

28.00

No aplica

Consulta de optometría (examen visual)

consulta

28.00

No aplica

persona/curso

330.00

No aplica

persona/curso

330.00

No aplica

Curso de verano

persona/curso

330.00

No aplica

Curso de verano (cuatro semanas)

persona/curso

330.00

No aplica

mes mes día persona/curso

660.00 2,636.00 1,187.00 330.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

mes mes día

660.00 2,636.00 1,187.00

No aplica No aplica No aplica

CASA DEL ADULTO MAYOR YOLOXOCHITL Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CASA DEL ADULTO MAYOR ROSARIO CASTELLANOS Dice: 2.2.4.4 Debe decir: 2.2.4.4

CENTROS DEPORTIVOS: DEPORTIVO "CINTURÓN VERDE" Dice: 2.3.1.9.1 Curso de verano Debe decir: 2.3.1.9.1 Curso de verano (cuatro semanas) DEPORTIVO “GIMNASIO DE USOS MÚLTIPLES G-2” Dice: 2.3.1.9.1 Debe decir: 2.3.1.9.1

DEPORTIVO "LACASCADA" Dice: 1.2.3.4.13 1.2.3.4.14 1.2.3.4.15 2.3.1.9.1 Debe decir: 1.2.3.4.13 1.2.3.4.14 1.2.3.4.15

Área para gimnasio al aire libre Área para gimnasio bajo techo Área para instalación de circo Curso de verano Área para gimnasio al aire libre ( La Cascada ) Área para gimnasio bajo techo ( La Cascada ) Área para instalación de circo (centros deportivos)

138

2.3.1.9.1

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Curso de verano (cuatro semanas)

11 de Abril de 2016

persona/curso

330.00

No aplica

partido mes persona/curso

72.00 264.00 330.00

No aplica No aplica No aplica

Callejero (La Purísima) partido Acuarela infantil - área para colocación de caballetes (La purísima) mes Curso de verano (cuatro semanas) persona/curso

72.00

No aplica

264.00 330.00

No aplica No aplica

DEPORTIVO "LA PURÍSIMA" Dice: 1.2.1.1.5 1.2.3.4.1 2.3.1.9.1 Debe decir: 1.2.1.1.5 1.2.3.4.1 2.3.1.9.1

Callejero Acuarela infantil - área para colocación de caballetes Curso de verano

DEPORTIVO "PARQUE ECOLÓGICO CUITLÁHUAC" Dice: 1.2.3.4.3.1 1.2.3.4.4.1 1.2.3.4.10 1.2.3.4.15 2.3.1.9.1 Debe decir: 1.2.3.4.3.1 1.2.3.4.4.1 1.2.3.4.10 1.2.3.4.15 2.3.1.9.1

Inflables Brincolines Área para deslizador Área para instalación de circo Curso de verano

mes mes mes día persona/curso

1,121.00 1,121.00 1,121.00 1,187.00 330.00

No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica

Inflables (Cuitláhuac) Brincolines (Cuitláhuac) Área para deslizador ( tirolesa) Área para instalación de circo (centros deportivos) Curso de verano (cuatro semanas)

mes mes mes día persona/curso

1,121.00 1,121.00 1,121.00 1,187.00 330.00

No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica

Curso de verano

persona/curso

330.00

No aplica

Curso de verano (cuatro semanas)

persona/curso

330.00

No aplica

Área para instalación de circo Beisbol Curso de verano Inscripción o membresía

día persona/mes persona/curso persona/año

1,187.00 118.00 330.00 133.24

No aplica No aplica No aplica 155.00

Área para instalación de circo (centros deportivos) Beisbol (escuela) Curso de verano (cuatro semanas) Inscripción o membrecía (beisbol escuela)

día persona/mes persona/curso persona/año

1,187.00 118.00 330.00 133.24

No aplica No aplica No aplica 155.00

Curso de verano

persona/curso

330.00

No aplica

Curso de verano (cuatro semanas)

persona/curso

330.00

No aplica

día persona/curso

1,187.00 330.00

No aplica No aplica

DEPORTIVO "PLAZA DE LOS JÓVENES" Dice: 2.3.1.9.1 Debe decir: 2.3.1.9.1

DEPORTIVO "SANTA CRUZ MEYEHUALCO" Dice: 1.2.3.4.15 2.3.1.3.6 2.3.1.9.1 2.3.2.1 Debe decir: 1.2.3.4.15 2.3.1.3.6 2.3.1.9.1 2.3.2.1

DEPORTIVO "SANTA MARTHA ACATITLA" Dice: 2.3.1.9.1 Debe decir: 2.3.1.9.1

DEPORTIVO "PARKELEKTRA EJIDAL 10" Dice: 1.2.3.4.15 2.3.1.9.1

Área para instalación de circo Curso de verano

11 de Abril de 2016

Debe decir: 1.2.3.4.15 2.3.1.9.1

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Área para instalación de circo (centros deportivos) Curso de verano (cuatro semanas)

día persona/curso

139

1,187.00 330.00

No aplica No aplica

DEPORTIVO "GIMNASIO DE USOS MÚLTIPLES REBECA" Dice: 1.2.3.1.6 2.3.1.9.1 Debe decir: 1.2.3.1.6 2.3.1.9.1

Salones de usos múltiples Curso de verano

día persona/curso

1,336.00 330.00

No aplica No aplica

Salones de usos múltiples (centros deportivos) Curso de verano (cuatro semanas)

día persona/curso

1,336.00 330.00

No aplica No aplica

Curso de verano

persona/curso

330.00

No aplica

Curso de verano (cuatro semanas)

persona/curso

330.00

No aplica

Curso de verano

persona/curso

330.00

No aplica

Curso de verano (cuatro semanas)

persona/curso

330.00

No aplica

Curso de verano

persona/curso

330.00

No aplica

Curso de verano (cuatro semanas)

persona/curso

330.00

No aplica

Curso de verano

persona/curso

330.00

No aplica

Curso de verano (cuatro semanas)

persona/curso

330.00

No aplica

persona/mes

118.00

No aplica

persona/mes

118.00

No aplica

Natación Clases de futbol soccer Curso de verano

persona/mes persona/mes persona/curso

159.00 118.00 330.00

No aplica No aplica No aplica

Natación (bajo techo) Clases de futbol soccer ( escuela ) Curso de verano (cuatro semanas)

persona/mes persona/mes persona/curso

159.00 118.00 330.00

No aplica No aplica No aplica

persona/mes

159.00

No aplica

DEPORTIVO "DR. JACINTO LICEA" Dice: 2.3.1.9.1 Debe decir: 2.3.1.9.1

DEPORTIVO "REFORMA AGRARIA" Dice: 2.3.1.9.1 Debe decir: 2.3.1.9.1

DEPORTIVO "SAN LORENZO TEZONCO" Dice: 2.3.1.9.1 Debe decir: 2.3.1.9.1

DEPORTIVO "LOS REYES CULHUACÁN" Dice: 2.3.1.9.1 Debe decir: 2.3.1.9.1

CENTRO DEPORTIVO: "SAN ANDRÉS TETEPILCO" Dice: 2.3.1.3.3 Clases de futbol soccer Debe decir: 2.3.1.3.3 Clases de futbol soccer ( escuela ) DEPORTIVO "SALVADOR ALLENDE" Dice: 2.3.1.2.3.1 2.3.1.3.3 2.3.1.9.1 Debe decir: 2.3.1.2.3.1 2.3.1.3.3 2.3.1.9.1

CIUDAD DEPORTIVA "FRANCISCO I MADERO" Dice: 2.3.1.2.3.2

Bebes con mamá

140

2.3.1.3.4.2 2.3.1.9.1 2.3.1.9.1 2.3.1.13.4 Debe decir: 2.3.1.2.3.2 2.3.1.3.4.2 2.3.1.9.1 2.3.1.9.1 2.3.1.13.4

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11 de Abril de 2016

Hockey sobre patines Curso de verano Curso de verano Jazz

persona/mes persona/curso persona/curso persona/mes

133.00 330.00 527.00 92.00

No aplica No aplica No aplica No aplica

Bebes con mamá (bebe acuático) Hockey sobre patines (ruedas) Curso de verano (dos semanas) Curso de verano (cuatro semanas) Jazz (principiantes)

persona/mes persona/mes persona/curso persona/curso persona/mes

159.00 133.00 330.00 527.00 92.00

No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica

* En términos de lo dispuesto en la Ley del Impuesto al Valor Agregado TRANSITORIOS Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Segundo.- Este aviso modifica exclusivamente los conceptos y numerales que se mencionan en el mismo. Ciudad de México, a 30 de Marzo de 2016. (Firma) DIONE ANGUIANO FLORES Jefa Delegacional en Iztapalapa

11 de Abril de 2016

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141

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DELEGACIÓN MILPA ALTA JORGE ALVARADO GALICIA, Jefe Delegacional del Gobierno de la Ciudad de México en Milpa Alta, y con fundamento en los artículos 12, Fracción III, 87, 104, 105, 112 párrafo segundo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 33 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 10 Fracción XII, 37, 38 y 39 Fracción XLIV, XLV y LXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 96, 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 3 Fracción III, 25 Fracción I, 120, 122 bis Fracción XII inciso A, F, 123 Fracción XII, 175 Fracciones III, IV, VIII y XIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y Acuerdo Delegatorio de Facultades, Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 24 de Octubre de 2012, y en cumplimiento a las Reglas de Operación del Programa Social de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable publicadas el 29 de enero de 2016, emite el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE DESARROLLO SECTORIAL (PRODESEC) 2016 PROGRAMA DE DESARROLLO SECTORIAL (PRODESEC) 2016. Debido a que no se cumplieron las metas proyectadas en la Convocatoria publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el pasado 10 de marzo de 2016, por ausencia de los integrantes de grupo a la hora de supervisión; la Delegación Milpa Alta convoca a los sectores económicos activos y radicados al interior de la Delegación Milpa Alta que deseen participar en el Programa de Desarrollo Sectorial (PRODESEC) 2016, con el objetivo de impulsar el desarrollo de los diferentes sectores productivos que residan y produzcan al interior de la demarcación, a través del otorgamiento de apoyos económicos encaminados a la implementación de proyectos productivos de inversión, con acciones que permitan asegurar la conservación y reactivación de la vocación productiva del Suelo de Conservación, así como el fortalecimiento de los diferentes sectores productivos. REQUISITOS: La recepción de solicitudes y expedientes se realizará a través del CESAC (Centro de Servicios y Atención Ciudadana) ubicada en Avenida Constitución s/n esquina México, en su horario oficial establecido (9:00 a 14:00 horas) a partir del 18 al 20 de abril de 2016, acudiendo previamente a las oficinas de Vinculación y Desarrollo Agroindustrial con un dispositivo USB para la entrega de formatos complementarios a los solicitados. Este programa apoyará única y exclusiva mente a personas originarias y que residen en la Demarcación. Dándole prioridad a los grupos que cumplan con el cien por ciento de los requisitos establecidos en las Reglas de Operación y Convocatoria publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Los solicitantes podrán acudir para informarse del estado que guarda su solicitud a las oficinas de Vinculación y Desarrollo Agroindustrial ubicada en Constitución esquina Andador Sonora, Edificio Morelos planta alta y/o al CESAC (Centro de Servicios y Atención Ciudadana) ubicada en el edificio delegacional, planta baja. Ningún servidor público podrá actuar en desapego a las presentes Reglas de Operación. Los requisitos y procedimientos de acceso son los siguientes: 1. Solicitud de inscripción en el formato establecido. 2. Acta de Conformación del grupo de trabajo y Acta Constitutiva a grupos legalmente constituidos, para ambos casos copia y original para cotejo, el grupo deberá estar integrado con un mínimo de 5 (cinco) socios y en mezcla de recursos el número de integrantes será de acuerdo a las características del proyecto. 3. Acta de Asamblea del grupo trabajo y a grupos legalmente constituidos, copia y original para cotejo. 4. 2 Copias de Credencial de Elector legibles, a color y amplificadas a 150% (con un margen de 3 cm de lado izquierdo de la hoja) de todos los integrantes. 5. Copia legible de comprobante de domicilio de los integrantes reciente máximo de 3 meses de antigüedad al momento de la inscripción (Recibo de teléfono, luz, agua, predial, constancia de residencia expedida por la representación comunal que le corresponda, certificado de residencia expedido por el área jurídica de la delegación Milpa Alta) con residencia dentro de la Delegación Milpa Alta. 6. 2 Copias legibles del CURP de todos los integrantes amplificada a 150% (impresa en el lado derecho de la hoja) en blanco y negro. 7. Documento que acredite la posesión legal y pacífica del predio (contrato de compra venta, constancia de posesión expedida por la representación comunal) con croquis de ubicación y contrato de comodato a favor del grupo.

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“Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales de Apoyo al Programa de Desarrollo Sectorial (PRODESEC), el cual tiene su fundamento en las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Sectorial (PRODESEC), cuya finalidad es registrar los datos de los ciudadanos que solicitan los apoyos económicos de los diferentes sectores productivos; con la finalidad de transparentar, comprobar el recurso financiero y su destino en el sector productivo que conlleve un desarrollo rural sustentable y no podrán ser transmitidos salvo otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Los datos marcados con un asterisco (*) son obligatorios y sin ellos no podrán acceder al servicio o completar el trámite al Programa de Desarrollo Sectorial (PRODESEC). Asimismo, se le informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la Ley. El responsable del Sistema de Datos Personales es la Dirección de Fomento Económico y Cooperativo y la dirección donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es Av. México, Esquina Constitución, S/N, Planta Baja, Colonia Villa Milpa Alta, Delegación Milpa Alta, Distrito Federal. C.P. 12000. El interesado podrá dirigirse al Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, donde recibirá asesoría sobre los derechos que tutela la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal al teléfono: 56364636; correo electrónico: [email protected] o www.infodf.org.mx”. 8. Proyecto impreso y en disco compacto en Word versión 97-2003, que contenga como mínimo los siguientes elementos, no rebasando las 20 fojas: I. Portada • Nombre del programa al que se desea ingresar • Imagen o logotipo representativo del proyecto o empresa (Si tiene) • Actividad • Nombre del proyecto • Nombre del grupo • Comunidad donde se lleva a cabo el proyecto • Nombre del Responsable o Representante • Teléfono (preferentemente de casa, de todos los integrantes) • Correo Electrónico (Si tiene) II. Antecedentes del proyecto. III. Conformación del grupo: nombre, edad, sexo, nivel de estudios, CURP y cargos y/o actividades de cada uno de los integrantes del grupo. IV. Descripción de la actividad que realizan. V. Descripción de la ubicación del proyecto, croquis o plano de localización. VI. Activos productivos con que cuenta y su descripción. VII. Conceptos de apoyo solicitados, describiendo características físicas, costo unitario con IVA desglosado, en su caso. Se deberá anexar tres cotizaciones, que contenga razón social, dirección y teléfono, de los materiales y/o equipos por adquirir. VIII. Experiencia y nivel de capacitación de los integrantes. IX. Descripción del proceso productivo que realizan, donde se incluya además dónde, cómo, cuánto y cuándo compran sus materias primas. X. Mecanismo de comercialización. XI. Rentabilidad esperada, con y sin el proyecto. XII. Beneficios esperados (Empleos directos e indirectos esperados, ambientales, económicos y sociales). 9. En caso de haber sido apoyado por otras Instituciones presentar finiquito. 10. Presentar carta bajo protesta de decir verdad de no haber recibido ningún apoyo por parte de la Delegación u otra Institución, de los conceptos por apoyar dentro del proyecto y en caso de haber sido apoyado en ejercicios anteriores presentar carta finiquito. 11. Una vez aprobado el proyecto deberán presentar copia del documento de apertura de cuenta bancaria mancomunada, en la cual se refleje la aportación líquida del 15% del monto total aprobado al proyecto. 12. Comprobar y justificar física y documentalmente el apoyo otorgado mediante comprobantes originales que cumplan con las disposiciones administrativas y/o fiscales correspondientes, respetando los tiempos para la comprobación, señalados en el convenio de concertación de acciones con la Delegación. (Posterior a la entrega del recurso los grupos contaran con un plazo no mayor a un mes para la comprobación del recurso otorgado), y en caso de no comprobar en el término señalado para ello, serán suspendidos temporalmente, contando con prorroga de diez días más para la comprobación y en caso de no comprobar serán vetados total y definitivamente del programa, independientemente de los procedimientos legales que corresponda.

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Dado la naturaleza del Programa el apoyo solicitado por los grupos, será determinado por el Comité de Aprobación y Asignación de Recursos de acuerdo a la disponibilidad del recurso autorizado y al número de solicitudes ingresadas y aprobadas, no rebasando el diez por ciento del monto total presupuestado para este programa. Para proyectos apoyados por el PRODESEC en ejercicios anteriores, se apoyarán con el cincuenta por ciento del monto solicitado. Los trámites para este programa son gratuitos. Con relación al punto IV sobre la programación presupuestal, en el cual sita lo siguiente: “Se apoyará con el 85% del monto solicitado, según la disponibilidad de los recursos y previa evaluación y aprobación del proyecto por el Comité de Aprobación y Asignación de Recursos de conformidad a los mecanismos de selección, el 15% restante será aportación del grupo beneficiado”. Al respecto y de acuerdo al Convenio de Coordinación celebrada con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), en mezcla de recursos el apoyo a los grupos de trabajo será otorgado al 100%. “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de éste programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”. TRANSITORIOS: PRIMERO: Publíquense las presentes Reglas de Operación de los Programas Sociales que llevará acabo la Delegación Milpa Alta, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Económico Sustentable para el ejercicio 2016, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO: Las presentes Reglas de Operación, entrarán en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Dado en la Ciudad de México, a los un día del mes de abril del año dos mil dieciséis.

(Firma)

________________________________________ JORGE ALVARADO GALICIA JEFE DELEGACIONAL DEL GOBIERNO DEL DEL DISTRITO FEDERAL EN MILPA ALTA

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DELEGACIÓN TLÁHUAC C. Héctor Jiménez Garcés, Director General de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 104, 105, 106, 112 párrafo segundo del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 37 y 39, fracciones VII, XXXVII y LXXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 97, 100, 101, 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; artículos 4 fracción II y XV, 38 fracción I y 39 párrafo II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, numerales 2 párrafo tercero y 5 de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal, 120, 121, 122 fracción V, 128 fracción VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, emito el siguiente: Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de la Actividad Institucional “Por amor a la comunidad, una alimentación mejor”; de la Delegación Tláhuac correspondiente al ejercicio fiscal 2016. Introducción a) Antecedentes. El inicio de esta Actividad Institucional a partir del 2016 su diseño y operación es con base a las necesidades del problema social de la población a atender el cual consiste en buscar un orden social más justo, bajo la premisa fundamental de que la alimentación es un derecho. b) Alineación Programática EJE 1. Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano ÁREA DE OPORTUNIDAD 6. Alimentación Inseguridad alimentaria y malnutrición en algunos sectores de la población, especialmente en función de su condición de vulnerabilidad. OBJETIVO 1 Contribuir a la consecución de seguridad alimentaria y una menor malnutrición de los habitantes de la entidad, en particular en función de su origen étnico, condición jurídica, social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, orientación o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación de calle, entre otras. META 2 Disminuir los índices de desnutrición, obesidad y desequilibrios alimentarios de la población del Distrito Federal. LÍNEAS DE ACCIÓN • Vincular las políticas de prevención de la obesidad y malnutrición con las de acceso al derecho a la alimentación. • Vigilar las conductas alimentarias de riesgo en la adolescencia, como la tendencia a comer en exceso y consumir alimentos industrializados de baja calidad alimenticia. c) Diagnóstico La desnutrición y sus derivados son una problemática que atañe a la población en condiciones mas vulnerables y ha sido definida como un estado patológico, clasificado en distintos grados de severidad, que muestra numerosas manifestaciones clínicas y tiene su causa principal en una mala alimentación que, a su vez, provoca tricio en el organismo. Esta enfermedad tiene repercusión sobre la constitución físico-química de los tejidos, reduce la capacidad defensiva frente a las agresiones ambientales, disminuye el rendimiento en el trabajo, y acorta la vida. Según cifras de la OMS, tan sólo en los países en desarrollo en 2002 existían casi ochocientos millones de habitantes sin acceso a alimentos suficientes para satisfacer sus necesidades básicas y lograr el bienestar nutricional. En el orden mundial, en 2004, 238,976 millones de niños o jóvenes menores de quince años padecían desnutrición proteico energética (aguda o crónica). En las últimas décadas, los problemas de desnutrición han decrecido notablemente en la población mexicana; sin embargo, aún persisten entre los niños o preadolescentes entre 12-14 años con 25.4% en edad escolar. La última estimación de pobreza alimentaria publicada por el CONEVAL muestra que ha habido un deterioro del poder de compra de los hogares en los últimos dos años; mientras que en 2006 13.8% de la población se encontraba en situación de pobreza alimentaria, en 2008 el porcentaje es de 18.2% (de acuerdo con las estimaciones del CONEVAL con base en las ENIGH de 2006 y 2008). Por otro lado, con respecto a los hábitos de alimentación para asistir a la escuela, más de la mitad de los niños encuestados para la “Evaluación diagnóstica del ambiente escolar” desayunan en casa; 20.3% asisten sin desayunar y 19.7% duplican el desayuno. El desayuno, en su mayoría, se compone de cereal con azúcar y leche bovina, con ausencia de verduras y cárnicos. Además, 31% de los niños o preadolescentes llevan lunch, 30.7% compran alimentos en la escuela, y 36.5% llevan lunch y compran alimentos, pero 1.8% no llevan lunch ni compran alimentos.

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En México, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda, viven más de 112 millones de habitantes, de los cuales una tercera parte son jóvenes cuya edad oscila entre los 12 y 29 años (33.6 millones de habitantes) en México. Así mismo se puede observar que el desarrollo de la población nacional, existe una gran concentración de ésta en los estratos de edad más bajos: del rango de 0 a 4 años y hasta el rango de 15 a 19 años, lo cual refleja que al interior del país una parte muy importante de la población son niños y jóvenes que conforman el bono demográfico. El análisis de la distribución etaria de los jóvenes en la Ciudad de México muestra que, del total, 15.2% tienen entre 12 y 14 año; 27.4%, entre 15 y 19 años; 28.6%. Dichas cifras revelan que en la Ciudad de México se constata una baja considerable en los jóvenes menores de 15 años. La Delegación Tláhuac se encuentra ubicada al Sur del Distrito Federal, cuenta con una superficie de 85.91 kilómetros cuadrados y con una población total de 360,265 habitantes aproximadamente, con 91,242 viviendas habitadas, 92,243 habitantes cuentan con 5 o mas años de educación básica prevaleciendo el 51.0% en esta etapa, la distribución de la población de 12 años y más no económicamente activa según tipo de actividad el 40.6% son estudiantes de estos la asistencia escolar por grupo de edad entre 12 y 14 años representa el 95%; así mismo la mayoría de las colonias son de un índice social muy bajo y medio. Durante el presente ejercicio se pretende atender a este sector de la población tomando en cuenta a los jóvenes y sus necesidades, implementando la ACTIVIDAD INSTITUCIONAL “POR AMOR A LA COMUNIDAD, UNA ALIMENTACIÓN MEJOR”. Además de impartir pláticas y talleres por nutriólogos que orienten y prevengan de manera oportuna trastornos alimenticios en las y los jóvenes Tlahuaquenses, para mejorar su calidad de vida y su aprendizaje. Población potencial total de jóvenes que en promedio de nivel secundaria es de 21,600 aproximadamente, la Población Objetivo son los y las jóvenes de 12 a 14 años de escasos recursos que cursan la secundaria y población beneficiaria son 155 estudiantes de cinco Escuelas Secundarias Publicas de la Delegación Tláhuac, durante tres meses. I.- Dependencia o Entidad Responsable del Programa La Delegación Tláhuac a través de la Dirección General de Desarrollo Social, la Dirección de Servicios Sociales y Programas Comunitarios, y la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales. II.- Objetivos y Alcances II. 1. Objetivo General: Contribuir a que las y los jóvenes inscritos en escuelas públicas de la Delegación Tláhuac en el nivel de educación básica, secundaria, preferentemente de zonas de Desarrollo Social medio, bajo y muy bajo, mejoren su alimentación a través de la entrega de un paquete alimentario. II. 2.Objetivos específicos: Apoyar con un desayuno balanceado y nutritivo a las y los jóvenes en etapa escolar de primer, segundo y tercer grado de secundaria, de escasos recursos que vivan en la delegación Tláhuac. La alimentación y nutrición a través del cumplimiento de la siguiente normativa: - Convención sobre los Derechos de los Niños: Artículo 12 numeral 1 y artículo 24 numerales 1 y 3. - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Art. 4 párrafo noveno. - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Art. 3 párrafo primero. - Ley de Desarrollo Social: Artículo 1, fracción II. - Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal: Capítulo 2 de los derechos, artículo 5, inciso C, fracción VI - Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal: Artículos 1 y 2, fracción I. - Artículo 33 Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal referente a los derechos de las y los jóvenes. II. 3. Alcances Las y los jóvenes han sido los principales afectados por las consecuencias del agravamiento de las desigualdades, la ausencia de oportunidades, la intensificación de la pobreza y de la exclusión; de manera lenta pero persistente, el debilitamiento de los vínculos sociales, la impugnación de los valores integrados. Por ello bajo la premisa que la alimentación es un derecho, como un impulso se busca contribuir a garantizar que las alumnas y alumnos de Primero, Segundo y Tercer grado de Secundaria de entre 12 y 15 años de edad de por lo menos cinco Escuelas Secundarias Publicas de la Delegación Tláhuac, tengan garantizado el derecho a la protección social a la alimentación y a la educación.

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El tipo de beneficio que se va a otorgar pretende aminorar la desnutrición que atañe a la población en condiciones vulnerables especialmente a los jóvenes en edad escolar (Primero, Segundo y Tercer grado de Secundaria), ya que una mala alimentación tiene repercusiones físicas, disminuye el rendimiento en el trabajo, y acorta la vida. Este programa busca iincrementar los niveles de satisfacción de sus necesidades y expectativas de nutrición; repercutiendo en mejorar su calidad de vida y aprovechamiento escolar El programa social que se ejecuta refleja en la región refleja y manifiesta una amplia gama de objetivos y líneas de acción que presentan beneficios sociales, mediante otorgamiento de subsidios directos. III. Metas Físicas Otorgar 10,000 o más paquetes alimenticios a 155 alumnas y alumnos de Primero, Segundo y Tercer grado de Secundaria de entre 12 y 15 años de edad, un paquete alimenticio (que consistirá en una leche sabor chocolate en presentación de ¼ 250 ml, sándwich, una barra de cereales naturales compactada, (alegría 60 grs. palanqueta 80 grs. Mazapán 30 grs.) fruta de temporada “plátano, mandarina, guayaba, pera o naranja”), durante un periodo de tres meses. IV.- Programación Presupuestal El presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2016 es por un monto de $500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.). En la Actividad Institucional Alimentación a la población en condiciones de marginación. Se adquirirán hasta 10,000 paquetes alimentarios, según lo permita el presupuesto. V.- Requisitos y Procedimientos de Acceso V. 1.Difusión. A través de las Reglas de Operación Publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en la pagina oficial de la Delegación www.tlahuac.df.gob.mx, mediante carteles colocados en las escuelas seleccionadas o acudir a pedir informes en la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales, ubicada en Edificio “Leona Vicario” andador Hidalgo s/n Bo. San Miguel, Tláhuac, C. P. 13070, Teléfono 58 42 15 23 o 58 42 08 00, de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 18:00 horas. V. 2. Requisitos de Acceso. Ser residente de la Delegación Tláhuac, de escasos recursos y vivir preferentemente en Unidades Territoriales catalogadas por el SIDESO (Sistema de Información del Desarrollo Social) como de bajo y muy bajo índice de desarrollo social. -Ser estudiante de las escuelas públicas en la Delegación Tláhuac, adscritas al Subsistema de Educación Básica de la Administración Federal de Servicios Educativos del Distrito Federal (AFSEDF) a nivel secundaria que sean elegibles para llevar a cabo el programa. El registro de la o el solicitante para el otorgamiento de las ayudas económicas se realizará a través de la integración de un expediente administrativo que contenga los documentos probatorios del caso, los solicitantes deberán presentar lo siguiente Copia de alguna identificación oficial del padre o tutor (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla militar, Credencial de INAPAM, etc.). Constancia del grado de estudios que cursa, en año actual. Comprobante de domicilio. CURP del beneficiario. Formato de Consentimiento para el tratamiento de sus Datos Personales, de conformidad con lo señalado en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, el cual se proporciona durante la gestión de la Actividad Institucional. V. 3. Procedimiento de acceso: Una vez publicadas las reglas de operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, podrán solicitar la madre, padre o tutor (a), por conducto del Directivo de la Escuela, la incorporación de la alumna o alumno al Programa, mediante aplicación de un estudio socioeconómico por personal de la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales. La alumna o alumno deberán estar inscrito a una de las Escuelas Públicas del Subsistema de Educación Básica de la Administración Federal de Servicios Educativos del Distrito Federal (AFSEDF) en los niveles de Educación secundaria de la Delegación Tláhuac y ser residente de la misma en zonas de muy bajo, medio y bajo Índice de Desarrollo Social. En la situaciones de excepción para poblaciones en situación de vulnerabilidad y/o discriminación en que las solicitudes de incorporación al Programa sean mayores que la disponibilidad de recursos otorgados para el programa, las y los servidores públicos encargados de la ejecución del programa, deberán dar prioridad a las escuelas que hayan presentado primero su solicitud y se encuentren ubicadas en Unidades Territoriales de muy bajo, bajo y medio índice de Desarrollo Social.

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Cumplir con los requisitos señalados en el punto numero V.2 de estas reglas de operación. El criterio para dar prioridad en la inclusión de las personas beneficiarias cuando las solicitudes sean mayores a los recursos disponibles se aplicará en sus primeras fases el método de focalización territorial consistente en el otorgamiento de los beneficios del programa a todos los habitantes que reúnan los requisitos en los ámbitos socio espacial seleccionados. La persona solicitante podrá conocer el estado de su trámite acudiendo a la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales, ubicada en Edificio “Leona Vicario” andador Hidalgo s/n Bo. San Miguel, Tláhuac, C. P. 13070, Teléfono 58 42 15 23 o 58 42 08 00, de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 18:00 horas. Donde se revisa la situación socioeconómica del posible beneficiario informando su aceptación o no al programa. El área ejecutora de este programa entregara un comprobante al beneficiario de haber completado su registro al programa social. Los beneficiarios otorgaran el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales bajo los principios que establecen en el Art. V de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal, siendo incorporados al Programa formaran parte de un Padrón de derechohabientes, que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo reservado sus datos personales, de acuerdo a la normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán emplearse para el propósito de proselitismo público, religioso o comercial ni para ningún fin distinto al establecido en las regla de operación del programa social. En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las presentes Reglas de Operación. V. 4. Requisitos de Permanencia Causales de Baja o Suspensión Temporal Cumplir con los requisitos señalados en el punto numero 5.5. de estas reglas de operación. Mantenerse inscrito en el ciclo escolar vigente, será motivo o causal de baja o suspensión definitiva de ser beneficiario, por baja voluntaria, cambio de escuela o a otra delegación, falsedad en declaraciones o de los documentos presentados. En le caso de cumplir con los requerimientos para permanecer en el programa, así como el caso de baja o suspensión del beneficiario toda aclaración el solicitante podrá acudir a la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales, ubicada en Edificio “Leona Vicario” andador Hidalgo s/n Bo. San Miguel, Tláhuac, C. P. 13070, Teléfono 58 42 15 23 o 58 42 08 00, de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 18:00 horas. VI. Procedimientos de Instrumentación VI.1. Operación Durante el mes de marzo se realizaran los enlaces con los directivos de las escuelas secundarias públicas de la demarcación para dar a conocer el programa y realizar los acuerdos correspondientes. En el mes de abril se publicara la convocatoria y se invitara a las Madres y Padres de familia a una reunión para que los interesados puedan acceder al programa. Parte de mayo, junio y julio personal asignado por la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales aplicara los estudios socioeconómicos a los interesados. El mes de Agosto la Unidad Departamental de Servicios Sociales dará a conocer los resultados, durante septiembre, octubre y noviembre se entregaran los paquetes alimentarios y se dará seguimiento al programa con pláticas de orientación en nutrición. Además de solicitar la documentación correspondiente el registro de los beneficiarios se realizará a través de la integración de un expediente administrativo que incluirá los documentos, Estudio socioeconómico, (Sera aplicado por la Unidad Departamental de Servicios Sociales) -Lo anterior deberá ser recopilado por el personal operativo del área de la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales, creando una base de datos, integración del expediente administrativo con la documentación y el estudio socioeconómico aplicado; de no cubrir con la totalidad de los documentos señalados este no podrá ser beneficiado del programa. -La información se difunde en el Portal de la Delegación Tláhuac, en la página web.tlahuac.df.gob.mx. - Para mayor información los solicitantes deberán dirigirse a la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales, ubicada en Edificio “Leona Vicario” andador Hidalgo s/n Bo. San Miguel, Tláhuac, C. P. 13070, Teléfono 58 42 15 23 o 58 42 08 00, de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 18:00 horas.

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Madres, padres, tutoras o tutores de las alumnas y alumnos formalizan su incorporación a la Actividad Institucional “Por amor a la comunidad, una alimentación mejor” el cumplimiento de todos los requisitos. La Unidad Departamental de Servicios Sociales a través de Trabajadores de Campo impartirá pláticas sobre orientación nutricional, realizando seguimiento técnico y administrativo a la operación e integra reportes de los avances y de evaluación. La unidad administrativa responsable de implementar el programa será la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales. -Los enlaces con los directivos de las escuelas secundarias públicas de la demarcación y la Unidad Departamental serán en marzo para dar a conocer el programa y realizar los acuerdos correspondientes. En el mes de abril se publicara la convocatoria y se invitara a las Madres y Padres de familia a una reunión para que los interesados puedan acceder al programa. Los meses consecutivos mayo, junio y julio personal asignado por la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales aplicara los estudios socioeconómicos a los interesados. El mes de Agosto la Unidad Departamental de Servicios Sociales dará a conocer los resultados, durante septiembre, octubre y noviembre se entregaran los paquetes alimentarios y se dará seguimiento al programa con pláticas de orientación en nutrición durante el ejercicio fiscal 2016. Una vez que las alumnas y alumnos son incorporados al programa, formarán parte de un padrón de beneficiarios que será de carácter público, siendo reservados sus derechos personales. La información que brinden a este Programa, está sujeta a la protección de datos personales, por lo cual los funcionarios y empleados de la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales Dependiente de la Dirección de Servicios Sociales y Programas Comunitarios, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Social, dependiente de la Delegación Tláhuac del Distrito Federal están obligados a tutelar la privacidad de dicha información. La población de beneficiarios que ingresan a la Actividad Institucional “Por amor a la comunidad, una alimentación mejor”, quedan inscritas al padrón de derechohabientes, sistema que está sujeto a la Ley de Protección de datos personales para lo que se suscribe la siguiente leyenda: Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente. Ninguno de los trámites para la gestión relativa al otorgamiento del Apoyo implicará costo alguno, los formatos y trámites son gratuitos. VI. 2. Supervisión de Control La Unidad Departamental de Servicios Sociales elabora reportes de avance del Programa, Integra los indicadores asociados a Programas Públicos (IAPP), con periodicidad trimestral, elabora cierre del ejercicio fiscal del Programa, con base en los criterios metodológicos establecidos en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal (EVALUA- DF). La unidad administrativa interna responsable de la supervisión y control el programa social será la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales. VII. Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana Cualquier ciudadana o ciudadano que considere haber sido perjudicado en la aplicación del Programa por una acción u omisión de una o un servidor público responsable, podrá acudir en primera instancia a manifestar su reclamo o inconformidad, de manera verbal o escrita, a la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales, ubicada en Edificio “Leona Vicario” andador Hidalgo s/n Bo. San Miguel, Tláhuac, C. P. 13070, Teléfono 58 42 15 23 o 58 42 08 00, de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 18:00 horas. De no haber sido atendido su reclamo o inconformidad en un plazo máximo de 10 días hábiles, podrá presentar: Queja. Los beneficiarios podrán interponer una queja dirigida de manera escrita al Director General de Desarrollo Social, a través del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) de la Delegación, 58 42 15 23. Contraloría Interna cuando considere que se le excluye de la actividad institucional, ubicada en la calle Ernestina Hevia del Puerto s/n, colonia Santa Cecilia, Delegación Tláhuac. En el caso de queja podrá acudir a la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales, ubicada en Edificio “Leona Vicario” andador Hidalgo s/n Bo. San Miguel, Tláhuac, C. P. 13070, Teléfono 58 42 15 23 o 58 42 08 00, de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 18:00 horas.

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En el caso que la dependencia o entidad responsable del programa social no atienda la queja podrá acudir a la Contraloría General del Distrito Federal en la página: www.contraloria.df.gob.mx, ubicada en Calle Tlaxcoaque No. 8, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc. También pueden acudir a la Contraloría Interna cuando considere que se le excluye de la actividad institucional, ubicada en la calle Ernestina Hevia del Puerto s/n, colonia Santa Cecilia, Delegación Tláhuac. Se deberá presentar el beneficiario con: VIII.- Mecanismos de Exigibilidad Todos los habitantes de la Delegación que cumplan con los requisitos señalados en las presentes Reglas de Operación, podrán ser beneficiarios de la actividad institucional de la Delegación Tláhuac. En el entendido de que una vez agotado el recurso presupuestal para la ejecución de esta actividad institucional, no se podrá brindar el apoyo, aún cuando se cumpla con los requisitos señalados en las presentes Reglas de Operación. Se difunde toda esta información en el Portal de la Delegación Tláhuac, en la página www.tlahuac.df.gob.mx Además podrá acudir a la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales, ubicada en Edificio “Leona Vicario” andador Hidalgo s/n Bo. San Miguel, Tláhuac, C. P. 13070, Teléfono 58 42 15 23 o 58 42 08 00, de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 18:00 horas. Casos en los que se podrán exigir los derechos por incumplimiento o por violación de los mismos. - Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a los servicios que ofre ce el programa y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente del mismo. - Cuando la persona derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con ese servicio de manera integral en tiempo y forma como lo establece la convocatoria de acceso y disponibilidad de cupo. - Cuando por alguna causa no se autorice el otorgamiento de los apoyos solicitados, en su caso, subsanadas las irregularidades, las y los derechohabientes podrán requerirlos nuevamente, siguiendo el procedimiento de acceso previsto en estas Reglas. La Contraloría General del Distrito Federal es un órgano competente donde el interesado puede presentar su queja o inconformidad en el caso que la dependencia o entidad responsable del programa social no atienda la queja podrá acudir a la Contraloría General del Distrito Federal en la página: www.contraloria.df.gob.mx, ubicada en Calle Tlaxcoaque No. 8, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc. IX. Mecanismos de Evaluación e Indicadores IX.1. Evaluación La Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Sociales, dependiente de la Dirección de Servicios Sociales y Programas Comunitarios, adscrita a la Dirección General de Desarrollo Social, será la responsable de realizar la Evaluación Interna de la Actividad Institucional. XI. 2. Indicadores

Fin

niv el

objetivo

indicador

Formula de calculo

Tipo de indicador

Contribuir a que las y los jóvenes inscritos en el nivel de educación básica, secundaria, mejoren su alimentación

población beneficiada por la Actividad en relación a la población con carencia por acceso a la alimentación.

(Total de alumnas y alumnos en escuelas secundarias públicas de la Delegación Tláhuac con apoyo otorgado / alumnas y alumnos en escuelas secundarias públicas de la Delegación Tláhuac total en estado de vulnerabilidad)*100

Eficacia

Unidad de medida

Porcentaje

Medios de verificación Datos Estadísticos SEP/Informe trimestral.

Unidad responsabl e Jefatura de Unidad Departame ntal de Servicios Sociales

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Componentes

Propósito

Buscar un orden social más justo, bajo la premisa fundamental de que la alimentación es un derecho.

C1. Paquetes Alimentarios Entregados

Actividades

C2 Orientaciones Nutricionales

A1.1 Visitas de supervisión a los planteles inscritos en el programa

A.2.1. Atención en la operación y calidad del programa

Porcentaje de las alumnas y alumnos con apoyo asignado al programa de las escuelas secundarias públicas de la Delegación Tláhuac, preferenteme nte en las unidades territoriales del Índice de Desarrollo Social bajo y muy bajo. Porcentaje de paquetes alimentarios distribuidos respecto del total de paquetes alimentarios programados Porcentaje de Visitas de Asistencia Técnica realizadas en los planteles escolares inscritos en el Programa Porcentaje de planteles supervisados en el trimestre, respecto al total de planteles escolares programados Porcentaje de atención en la operación y calidad del programa

Eficacia (Total de las alumnas y alumnos inscritos en escuelas secundarias públicas de la Delegación Tláhuac, solicitantes con apoyo asignado entre el total de alumnas y alumnos secundarias públicas de la Delegación Tláhuac de Desarrollo Social bajo y muy bajo Apoyos Otorgados) x 100

Porcentaje

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Subsistema de Educación Básica de la Administració n Federal de Servicios Educativos del Distrito Federal (AFSEDF)

Jefatura de Unidad Departame ntal de Servicios Sociales

(Número de paquetes alimentarios distribuidos/ Total de paquetes alimentarios programados) x 100

Eficiencia

Porcentaje

Programación s total anual del área

Jefatura de Unidad Departame ntal de Servicios Sociales

(Número de Visitas de Asistencia Técnica realizadas/número de Visitas de Asistencia Técnica programadas) X 100 (Total de planteles supervisados en el trimestre/ total de planteles escolares programados en el trimestre)x 100

Eficiencia

Porcentaje

Informes de Metas trimestrales

Jefatura de Unidad Departame ntal de Servicios Sociales

Eficiencia

Porcentaje

Informes de Metas Mensuales de la JUD de Operación y Supervisión

Jefatura de Unidad Departame ntal de Servicios Sociales

(Total de planteles escolares atendidos/ total de planteles escolares supervisados en el trimestre)x 100

Eficiencia

Porcentaje

Reporte mensual de Modulo

Jefatura de Unidad Departame ntal de Servicios Sociales

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X. Formas de Participación Social Se promoverá y apoyará la participación de la comunidad y los derechohabientes madres, padres, tutores(as), directivos y personal docente de las escuelas del programa “Por amor a la comunidad, una alimentación mejor”, para mejorar su operación, a fin de que coadyuven en la operación y desarrollo del Programa, dándoles información a través orientaciones nutricionales, en los puntos de entrega de los apoyos mediante información que oriente a los beneficiarios y mejoren la calidad de los alimentos que consumen. XI.- Articulación con otras Actividades Institucionales La Actividad Institucional “Por amor a la comunidad, una alimentación mejor” se articula con el programa de desayunos escolares, del sistema para el desarrollo integral de la familia del Distrito Federal, alineándose con el derecho a la educación y la alimentación en materia de derechos humanos implementados por el Gobierno del Distrito Federal. TRANSITORIO .Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México Tláhuac, Ciudad de México a 30 de marzo de 2016. C. HÉCTOR JIMENEZ GARCES (Firma) DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL EN TLAHUAC

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SERVICIOS METROPOLITANOS, S.A. DE C.V. Marco Antonio Gutiérrez Martínez, en mi carácter de Secretario del Consejo de Administración de Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V., de conformidad con lo establecido por las Cláusulas Trigésimo Sexta, Trigésima Séptima y Trigésima Octava de los Estatutos Sociales de dicha sociedad, y de lo dispuesto en los artículos 182, 183, 186, 187, 190 y demás relativos y aplicables de la Ley General de Sociedades Mercantiles, convoco a los Accionistas de la Sociedad, a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, que se llevará en esta Ciudad de México, donde se encuentra establecido el domicilio social, a las 10:00 horas, del día 15 de abril de 2016, solicitado su presencia en el Salón Independencia, ubicado en Plaza de la Constitución, número 1, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06068, bajo el siguiente: ORDEN DEL DÍA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA 1.- Lista de asistencia. 2.- Elección de Secretario. 3.- Reforma parcial de Estatutos Sociales, en concordancia con el Decreto del 29 de enero de 2016, por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de sustituir el nombre Distrito Federal, por la denominación Ciudad de México. 4.- Reforma parcial de Estatutos Sociales en cuanto a su Objeto, a efecto de modificarlo y ampliarlo. 5.- Reforma parcial de Estatutos Sociales, el cuanto al valor nominal de las acciones. 6.- Designación del Delegado Especial de la Asamblea.

El depósito de las acciones se comprobará con los correspondientes certificados de depósito expedidos por el área Jurídica de Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V., responsable de la Caja de la Sociedad, presentados antes de que principie la Asamblea; dicho certificado de depósito servirá para asistir y tomar parte en las deliberaciones, en los términos establecidos en la Cláusula Cuadragésima de los Estatutos Sociales. Ciudad de México, a 15 de marzo de 2016 (Firma) _______________________________ Marco Antonio Gutiérrez Martínez Secretario del Consejo de Administración

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

SUBSECRETARÍA DE SISTEMA PENITENCIARIO Licitación Pública Nacional Convocatoria: 002

El Mtro. Francisco Javier Rodríguez Mijarez, Director Ejecutivo de Administración en la Subsecretaría de Sistema Penitenciario, en cumplimiento a lo que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 26, 27, inciso A, 28, 30, fracción I, 32, 33, 34, 36, 37, 43 y 63, fracción I, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y el artículo 36 de su Reglamento, y con fundamento en lo establecido en la fracción IX del artículo 101G del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional Número 30001004-002-16, correspondiente al Suministro de Combustible Diesel Industrial Bajo Azufre. No. de licitación

Costo de las bases

Fecha límite para adquirir bases

Junta de aclaraciones

Presentación de propuestas

Acto de fallo

30001004-002-16

$2,000.00 En compraNET: $1,700.00

13/abril/2016

14/abril/2016 11:00 horas

15/abril/2016 11:00 horas

18/abril/2016 11:00 horas

Cantidad

Unidad de medida

1

Contrato Abierto

Partida 1

Clave CABMS

Descripción

2611000022 Suministro de Combustible Diésel industrial Bajo Azufre.

Eventos de la Licitación: Se llevarán a cabo en el domicilio de la convocante: en San Antonio Abad Número 124, 4to. Piso, Colonia Tránsito, C. P. 06820, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, Teléfono: 51 32 54 00 y 01 Ext. 1312, 1315 y 1322. Bases de la Licitación: Estarán disponibles, para consulta y venta, a partir de la fecha de la publicación de esta convocatoria en la Gaceta Oficial de la Ciudad de la Ciudad de México y hasta el día 13 de abril del año 2016, en el domicilio de la convocante: en San Antonio Abad Número 124, 4to. Piso, Colonia Tránsito, C. P. 06820, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, de 9:00 a 15:00 horas. En COMPRANET: http://www.compranet.gob.mx, en las fechas mencionadas anteriormente. Las fechas que regirán los eventos de esta licitación se computarán a partir de la publicación de esta convocatoria en la fecha prevista en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Pago de Bases: En el domicilio de la convocante, mediante cheque certificado ó de caja a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal. En COMPRANET, mediante el pago en ventanilla del banco Scotiabank Inverlat, a la cuenta número 105899699 a favor del Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Finanzas/Tesorería del Distrito Federal y con la siguiente referencia 02010510 (clave del Registro Federal de Contribuyentes del interesado).

Propuestas: Deberán ser idóneas y solventes, redactarse en idioma español y cotizar precios fijos, unitarios y en moneda nacional. Pago de los Bienes: Dentro de los 20 días naturales siguientes a la presentación de la factura debidamente requisitada. Anticipos: No se otorgará anticipo. Tratados: No se efectuarán bajo la cobertura de ningún tratado. Negociación: Ninguna de las condiciones contenidas en las bases, ni en las propuestas presentadas, serán negociadas. Lugar de entrega: Conforme a lo estipulado en las Bases Plazo de entrega: Conforme a lo estipulado en las Bases.

Responsable de los procesos: Lic. Julio Alberto Barbosa Neri, Subdirector de Recursos Materiales, y el C. Eduardo Pablo Juárez Ramírez, Jefe de la Unidad Departamental de Adquisiciones. No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

México, D. F., a 05 de abril del 2016. (Firma) MTRO. FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ MIJAREZ DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN

SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO GERENCIA DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Convocatoria: 004 Mauricio Rojano Ibarra, Encargado de la Gerencia de Adquisiciones y Contratación de Servicios, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con los artículos 26, 27 inciso (a), 28, 30 fracción I, 32, 33, 34, 36, 41, 43, 49 y 63 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 36 de su Reglamento, y en apego a las atribuciones y facultades conferidas en el artículo 53 del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, se convoca con la finalidad de conseguir mejores precios y condiciones en la prestación del servicio, a todos los interesados en participar en el proceso para la “Contratación del Servicio de Control de Flora y Fauna Nociva en las instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo y Desinfección de Policlínicas, Consultorios, Talleres, CENDI y Trenes del Sistema” de conformidad con lo siguiente: Licitación Pública Nacional

No. de licitación

30102015-004-16 Partida

        

Clave CABMS

Presentación y apertura del sobre de la documentación legal y administrativa, propuesta (s) técnica (s) y económica (s)

Visita a instalaciones de los Licitantes

19/04/2016 10:00 horas

20/04/2016 21/04/2016

Descripción

Cantidad

Fallo . 26/04/2016 10:00 horas Unidad de medida

“Contratación del Servicio de Control de Flora y Fauna Nociva en las Servicio instalaciones del Sistema de Transporte Colectivo y Desinfección de 1 Policlínicas, Consultorios, Talleres, CENDI y Trenes del Sistema” Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta en: Delicias 67 PB. Anexo Casona en la Coordinación de Normatividad y Contratación de Servicios, Colonia Centro, C.P. 06070, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, teléfono: 56274993 y 56274502, los días 11, 12 y 13 de abril de 2016, con el siguiente horario: 09:00 a 14:00 horas y en el sitio de Internet http://www.metro.cdmx.gob.mx La forma de pago es: en efectivo o mediante cheque de caja o certificado a favor del Sistema de Transporte Colectivo, mismo que deberá efectuarse en las cajas receptoras de la Gerencia de Recursos Financieros en un horario de 09:00 a 14:00 horas. La junta de aclaraciones, el acto de presentación de proposiciones y apertura del sobre que contiene la documentación legal y administrativa, propuestas técnicas y económicas y el acto de fallo se llevarán a cabo conforme a lo establecido en las bases de la licitación; lugar: Auditorio “Lázaro Cárdenas del Rio”, ubicado en: Delicias 67 Anexo Casona Planta Baja, Colonia Centro, C.P. 06070, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal. Las bases de la licitación, no se realizan bajo la cobertura de ningún tratado. El idioma en que deberá presentar la proposición será español. La moneda en que deberá cotizarse la proposición será peso mexicano. El lugar y plazo de la prestación de los servicios, así como las condiciones de pago se llevarán a cabo conforme a lo establecido en las bases de la licitación. El pago se realizará 20 días hábiles posteriores a la aceptación de la facturación. No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de la licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas. 1



Visita a Fecha límite Instalaciones Costo de para Junta de del Sistema de las bases adquirir Aclaraciones Transporte bases Colectivo 14/04/2016 $10,000.00 13/04/2016 No Habrá 10:00 horas

0000000

 Responsables de la Licitación: Mauricio Rojano Ibarra, Encargado de la Gerencia de Adquisiciones y Contratación de Servicios. Leonardo Ponce Oropeza, Encargado de la Subgerencia de Normatividad y Contratos. Dra. Irene Emilia Trejo Hernández, Subgerente de Adquisiciones y Lic. Javier Rubio Rangel, Coordinador de Compras en el Extranjero.  En la presente convocatoria, así como en la determinación y aplicación de sanciones derivadas de incumplimiento al contrato que en su oportunidad se asigne, está prohibida cualquier forma de discriminación, sea por acción u omisión, por razones de origen étnico o nacional, genero, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencia o identidad sexual o de género, estado civil, apariencia exterior o cualquier otra análoga. Para lo anterior, se entenderá como discriminación, toda distinción, exclusión o restricción que tenga efecto u objeto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, de los derechos y libertades fundamentales, así como la igualdad real de oportunidades de las personas, o que atente contra la dignidad humana o produzca consecuencias perjudiciales para los grupos en situación de discriminación.

México, D.F., a 8 de abril del 2016 Mauricio Rojano Ibarra Encargado de la Gerencia de Adquisiciones y Contratación de Servicios (Firma)

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SECCIÓN DE AVISOS ENSO LEGACY, S.A. DE C.V. PRIMERA CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

Con fundamento en la cláusula décimo primera de los Estatutos Sociales, así como en el artículo 186 Ley General de Sociedades Mercantiles, se realiza la primera convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas a TODOS LOS ACCIONISTAS DE ENSO LEGACY, S.A DE C.V., que se llevará a cabo el día 3 de mayo de 2016, en el domicilio ubicado en Paseo de la Reforma 403 interior 1201, colonia Cuauhtémoc, delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal a las 9:30 con el objeto de desahogar el siguiente: ORDEN DEL DÍA I.- Presentación, discusión y aprobación, en su caso, del informe presentado por el Administrador Único y del Comisario, respecto de las operaciones de la Sociedad así como de los Estados Financieros por los ejercicios sociales comprendidos del 1º de enero al 31 de diciembre de 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015. II.- Propuesta, discusión y en su caso, aprobación de la disolución anticipada de la Sociedad. III.- Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación del nombramiento del o los liquidadores de la Sociedad. IV.- Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación de los emolumentos del o los liquidadores. V.- Designación de delegados especiales y apoderados para que den cumplimiento a las resoluciones adoptadas por esta Asamblea.

Ciudad de México, a 29 de marzo de 2016. (Firma) _______________________________ Alejandro Sarabia Parra Administrador Único ENSO LEGACY, S.A DE C.V.

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“METRIX LABORATORIOS”, S.A. DE C.V. RFC: MLA901022JF7 AVISO DE EXCLUSIÓN

C. ROSARIO ALBO MARQUEZ Presente Para los efectos legales y estatutarios a que haya lugar y para el uso de sus derechos, por medio del presente aviso se le hace saber: Que en la asamblea general extraordinaria de accionistas de “METRIX LABORATORIOS”, S.A. DE C.V., celebrada el día 3 de Marzo de 2016 y en la continuación de dicha asamblea que se verificó el día 22 del citado mes y año, fueron tomados los acuerdos y resoluciones que a la letra dicen: “Con fundamento en los artículos trigésimo noveno bis de los estatutos sociales y 91 (noventa y uno) fracción VII (siete romano) inciso b) de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se aprueba la exclusión, como accionista de la sociedad, de la Señora Rosario Albo Márquez, tomando en cuenta lo deliberado y resuelto por los accionistas en la presente asamblea general extraordinaria.” “Tomando en consideración que la socia excluída no se encuentra presente en la asamblea ni persona alguna que la represente, no obstante haber sido debidamente convocada de conformidad con la ley y con los estatutos sociales, con fundamento en el artículo trigésimo noveno bis dos de los propios estatutos, se le da vista sobre dicha exclusión para el uso y ejercicio de sus derechos societarios a fin de que comparezca ante la asamblea general extraordinaria de accionistas de “METRIX LABORATORIOS”, S.A. DE C.V., a deducir sus derechos, quedando en el ínterin suspendida la presente asamblea, sin necesidad de publicar nueva convocatoria, a fin de resolver lo que en definitiva proceda, requiriéndose en cualquier caso el voto afirmativo de cuando menos el 90% (noventa porciento) de las acciones representativas del capital social para autorizar la mencionada exclusión.” “Tomando en consideración lo expuesto y asentado por el presidente del consejo de administración y presidente de la asamblea, publíquese por una sola vez el aviso de exclusión decretado en la persona de la Señora Rosario Albo Marquez en la Gaceta Oficial del Gobierno de la Ciudad de México.”

Ciudad de México, a 22 de Marzo de 2016. (Firma) Benjamín Mendelsberg Chejkier Presidente del Consejo de Administración

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NUEVAS CANTINAS MEXICANAS, S.A.P.I. DE C.V. ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Y ANUAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS CONVOCATORIA De conformidad con lo establecido en la cláusula décima quinta de los estatutos sociales, se convoca a los accionistas de la sociedad mercantil denominada Nuevas Cantinas Mexicanas, S.A.P.I. de C.V. (la Sociedad), en primera convocatoria, a la Asamblea General Extraordinaria y Anual Ordinaria de Accionistas, que se celebrará el día 25 de abril de 2016 a las 17:00 horas, en las oficinas de IZA Business Center Antara, en el domicilio ubicado en Av. Miguel Cervantes de Saavedra (sin número), Piso 5, Colonia Granada. Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11591. La Asamblea se celebrará de acuerdo con el siguiente: ORDEN DEL DÍA I.

Propuesta para ajustar los estatutos sociales de la Sociedad conforme a las últimas reformas a la Ley General de Sociedades Mercantiles, en relación a la forma de publicar las convocatorias para las asambleas de accionistas y, en su caso, reformar el artículo décimo quinto de los citados estatutos sociales. II. Informe del Consejo de Administración de la sociedad sobre la marcha de las operaciones y negocios de la Sociedad durante los ejercicios sociales comprendidos del 1º de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2015 y del primer trimestre de 2016. III. Presentación, revisión y, en su caso, aprobación de los estados financieros de la Sociedad durante los ejercicios sociales comprendidos del 1º de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2015 y del primer trimestre de 2016, tomando en consideración el informe del Comisario. IV. Designación o, en su caso, ratificación de los miembros del Consejo de Administración y al Comisario de la sociedad V. Resolución sobre emolumentos a los miembros del Consejo de Administración y al Comisario de la sociedad. VI. Designación de delegados que formalicen las resoluciones adoptadas por la Asamblea. En caso que no se reúna el quórum suficiente para instalar la Asamblea mencionada en primera convocatoria, por este medio, se convoca en segunda convocatoria a los accionistas de Nuevas Cantinas Mexicanas, S.A.P.I. de C.V. el mismo día, en el mismo domicilio y bajo el mismo Orden del Día pero a las 17:30 horas. Se les recuerda a todos los accionistas que para poder asistir a la Asamblea mencionada deberán acreditar su condición accionistas o, en su caso, podrán hacerse representar mediante simple carta poder firmada ante dos testigos. Finalmente, se les recuerda a todos los accionistas que los acuerdos adoptados por la Asamblea en cuestión obligan a todos los accionistas, incluyendo a los ausentes y disidentes. Atentamente, Ciudad de México, a 8 de abril de 2016

(Firma)

Carlos Mier y Terán López Sánchez Presidente del Consejo de Administración

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MOSHI ANTARA, S.A.P.I. DE C.V. ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Y ANUAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS CONVOCATORIA De conformidad con lo establecido en la cláusula décima quinta de los estatutos sociales, se convoca a los accionistas de la sociedad mercantil denominada Moshi Antara, S.A.P.I. de C.V. (la Sociedad), en primera convocatoria, a la Asamblea General Extraordinaria y Anual Ordinaria de Accionistas, que se celebrará el día 27 de abril de 2016 a las 10:30 horas, en las oficinas de IZA Business Center Antara, en el domicilio ubicado en Av. Miguel Cervantes de Saavedra (sin número), Piso 5, Colonia Granada. Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11591. La Asamblea se celebrará de acuerdo con el siguiente: ORDEN DEL DÍA I.

Propuesta para ajustar los estatutos sociales de la Sociedad conforme a las últimas reformas a la Ley General de Sociedades Mercantiles, en relación a la forma de publicar las convocatorias para las asambleas de accionistas y, en su caso, reformar el artículo décimo quinto de los citados estatutos sociales. II. Informe del Consejo de Administración de la sociedad sobre la marcha de las operaciones y negocios de la Sociedad durante los ejercicios sociales comprendidos del 1º de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2015 y del primer trimestre de 2016. III. Presentación, revisión y, en su caso, aprobación de los estados financieros de la Sociedad durante los ejercicios sociales comprendidos del 1º de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2015 y del primer trimestre de 2016, así como aprobación sobre el decreto de dividendos, tomando en consideración el informe del Comisario. IV. Designación o, en su caso, ratificación de los miembros del Consejo de Administración y al Comisario de la sociedad V. Resolución sobre emolumentos a los miembros del Consejo de Administración y al Comisario de la sociedad. VI. Designación de delegados que formalicen las resoluciones adoptadas por la Asamblea. En caso que no se reúna el quórum suficiente para instalar la Asamblea mencionada en primera convocatoria, por este medio, se convoca en segunda convocatoria a los accionistas de Moshi Antara, S.A.P.I. de C.V. el mismo día, en el mismo domicilio y bajo el mismo Orden del Día pero a las 11:00 horas. Se les recuerda a todos los accionistas que para poder asistir a la Asamblea mencionada deberán acreditar su condición accionistas o, en su caso, podrán hacerse representar mediante simple carta poder firmada ante dos testigos. Finalmente, se les recuerda a todos los accionistas que los acuerdos adoptados por la Asamblea en cuestión obligan a todos los accionistas, incluyendo a los ausentes y disidentes. Atentamente, Ciudad de México, a 8 de abril de 2016

(Firma)

Carlos Mier y Terán López Sánchez Presidente del Consejo de Administración

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REPRESENTACIONES MEX-AMERICA, S.A. DE C.V. CONVOCATORIA Con fundamento en las Cláusulas Décima Tercera y Décima Quinta de los Estatutos Sociales y en los artículos 181 y 186 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se cita a los señores Accionistas de Representaciones Mex-América, S.A. de C.V., a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas que se celebrará el día 29 de Abril de 2016, a las 12:00 horas en las oficinas ubicadas en Río Nazas No. 163, 2º Piso, colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad de México, en la que se tratará el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1.2.3.4.5.6.-

7.8.9.10.11.12.13.14.-

Designación de Presidente y Secretario de la Asamblea Designación de Escrutadores. Verificación del Quórum. Instalación de la Asamblea. Lectura y aprobación del orden del día. Informe del Consejo de Administración en relación con las actividades de la Sociedad, por el ejercicio que concluyo el 31 de diciembre de 2015, así como resoluciones al respecto. Presentación de los Estados Financieros de la Sociedad por el ejercicio que concluyó el 31 de diciembre de 2015, así como resoluciones al respecto. Informe del Comisario, así como resoluciones al respecto. Distribución de utilidades en relación con los estados financieros por el ejercicio que concluyó el 31 de diciembre de 2015. Designación del Consejo de Administración. Designación de Comisario. Emolumentos para los Consejeros y Comisario. Cualesquier otro asunto en relación con los puntos anteriores que se someta a la consideración de los señores accionistas. Autorización.

Se recuerda a los señores accionistas que para poder asistir a la Asamblea, deberán depositar sus acciones o la constancia de depósito que les expida alguna Institución de Crédito del país o del extranjero, en las oficinas ubicadas en Rio Nazas No. 163, 2º. Piso, colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad de México, Distrito Federal, por lo menos con 24 horas de anticipación a la fecha señalada para la Asamblea. Los accionistas podrán hacerse representar por mandatario constituido mediante poder general o especial, o carta poder. Ciudad de México, a 31 de Marzo de 2016. (Firma) _____________________________________________ Lic. Víctor Manuel Montoya Rivero Secretario del Consejo de Administración

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INOXIDABLES Y DISEÑOS ARQUITECTONICOS S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 15 DE MARZO DEL 2016 EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 247 FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES SE PUBLICA EL BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN ACTIVO EFECTIVO EN CAJA Y BANCOS $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR COBRAR $0.00 CONTRIBUCIONES A FAVOR $0.00 SUMA ACTIVO $0.00 CAPITAL SOCIAL $0.00 APORT. PARA FUT. AUMENTOS DE CAPITAL PERDIDAS ACUMULADAS $0.00 TOTAL DE CAPITAL CONTABLE TOTAL ACTIVO

PASIVO CUENTAS Y DOCUM POR PAGAR CONTRIBUCIONES POR PAGAR

$0.00 $0.00

SUMA PASIVO

$0.00

TOTAL PASIVO

$0.00

$0.00 $0.00 $0.00

(Firma) JOSE LUIS ZARATE GALLEGOS LIQUIDADOR

GRUPO PAPELERO R & R, S.A. DE C.V. ESTADO DE POSICIÓN FINANCIERA DE LIQUIDADACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 TOTAL DE ACTIVO

$ 0.00

TOTAL DE PASIVO

$0.00

CAPITAL SOCIAL

===========

APORTACIONES DE SOCIOS

===========

PÉRDIDAS ACUMULADAS

$ 2´´000,000.00

TOTAL CAPITAL CONTABLE

( 2´´000,000.00) $ 0.00

El presente balance final de liquidación se publica para los efectos y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Ciudad de México a 31 de Diciembre de 2015. Liquidador (Firma) C.P. ABEL CASTILLO GARCIA

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TECNICOS EN ASEO Y SERVICIOS S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 12 DE JUNIO DEL 2015 ACTIVO OTRAS CUENTAS POR COBRAR TOTAL ACTIVO PASIVO CUENTAS POR PAGAR TOTAL PASIVO CAPITAL CAPITAL SOCIAL TOTAL CAPITAL TOTAL PASIVO Y CAPITAL

50,000 50,000 0 0 50,000 50,000 50,000

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 24 de noviembre del 2015 (Firma) Liquidador: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA

GRUPO JUVESA S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2015 ACTIVO TOTAL ACTIVO TOTAL DE PASIVO CAPITAL CAPITAL SOCIAL PERDIDA DE EJERCICIOS ANTERIORES PERDIDA DEL EJERCICIO TOTAL DE CAPITAL SOCIAL TOTAL PASIVO MAS CAPITAL

53,128 53,128 192,781 0 50,000 79,895 109,758 -139,653 53,128

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 31 de diciembre del 2015 (Firma) Liquidador: C. CARMEN GUADALUPE CASTREJON IZQUIERDO

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COMERCIALIZADORA, DISTRIBUIDORA Y CONSTRUCTORA RELO S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 5 DE OCTUBRE DEL 2015 ACTIVO CAJA OTROS ACTIVOS TOTAL ACTIVO PASIVO CUENTAS POR PAGAR TOTAL PASIVO CAPITAL CAPITAL SOCIAL UTILIDADES ACUMULADAS PERDIDA DEL EJERCICIO TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

88,637 566,515 655,152 3,985,086 3,985,086 100,000 141,995 -3,571,929 -3,329,934 655,152

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 15 de octubre del 2015 (Firma) Liquidador: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA

FER’S CO S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE OCTUBRE DEL 2015 ACTIVO CAJA OTROS ACTIVOS TOTAL ACTIVO PASIVO CUENTAS POR PAGAR TOTAL PASIVO CAPITAL CAPITAL SOCIAL UTILIDADES ACUMULADAS UTILIDAD DEL EJERCICIO TOTAL CAPITAL CONTABLE

48,128 2,417,066 2,465,194 0 0 100,000 1,204,524 1,160,670 2,465,194

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles Ciudad de México a 3 de febrero del 2016 (Firma) Liquidador: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA

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PROMOCIONES AGUA MARINA S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 11 DE JUNIO DEL 2015 ACTIVO CAJA TOTAL ACTIVO PASIVO CUENTAS POR PAGAR TOTAL PASIVO CAPITAL CAPITAL SOCIAL TOTAL CAPITAL TOTAL PASIVO Y CAPITAL

100,000 100,000 0 0 100,000 100,000 100,000

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 24 de septiembre del 2015 (Firma) Liquidador: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA

INATAIC S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 11 DE SEPTIEMBRE DEL 2015 ACTIVO CAJA CUENTAS POR COBRAR TOTAL ACTIVO PASIVO CUENTAS POR PAGAR TOTAL PASIVO CAPITAL CAPITAL SOCIAL UTILIDAD DEL EJERCICIO PERDIDAS ACUMULADAS TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

378,468 522,564 901,032 1,945,321 1,945,321 50,000 163,330 -1,257,619 -1,044,289 901,032

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 19 de octubre del 2015 (Firma) Liquidador: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA

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ASESORIA POLITICA Y SERVICIOS EN COMUNICACION S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE JUNIO DEL 2015 ACTIVO CAJA TOTAL ACTIVO PASIVO CUENTAS POR PAGAR TOTAL PASIVO CAPITAL CAPITAL SOCIAL TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

0 0 0 0 0 0 0

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles México D.F. a 13 de agosto del 2015 (Firma) Liquidador: C. LAZARO OSORNIO ESCALONA

CORPORATIVO PROFIT POIN S.A. DE C.V. “EN LIQUIDACION” CPP060519E77 BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE ENERO DE 2016 CONCEPTO ACTIVO CIRCULANTE ACTIVO FIJO ACTIVO DIFERIDO TOTAL DE ACTIVOS

IMPORTE $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00

CONCEPTO PASIVO CORTO PLAZO TOTAL PASIVO CAPITAL SOCIAL TOTAL CAPITAL SUMA PASIVO MAS CAPITAL

IMPORTE $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00 $ 0.00

La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles Ciudad de México a 11 de Marzo de 2016 Liquidador: C. Domingo Cortes Olguín (Firma)

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E D I C T O S “Independencia Judicial, Valor Institucional y respeto a la autonomía” E D I C T O. EN EL CUADERNO DE TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO PROMOVIDO POR MIGUEL ANGEL ÁNGEL AGUIÑAGA RIVERO RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR FACTORING ANAHUAC, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE HOY SU CESIONARIO FELIPE ANTONIO BUJALIL SPINOLA EN CONTRA DE BINYAN SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE EXPEDIENTE NÚMERO A- 1416/1996, LA C. JUEZ TRIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DRA. RAQUEL MARGARITA GARCÍA INCLÁN. DICTÓ UN AUTO DE FECHA VEINTINUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECISEIS Y UNA SENTENCIA DEFINTIVA DE FECHA SIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISEIS, EN LA QUE SE ORDENÓ EN EL RESOLUTIVO CUARTO PUBLICAR LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA DEFINITIVA QUE SE SEÑALA EN LÍNEAS QUE ANTECEDEN, EN CONSECUENCIA.PRIMERO.- HA PROCEDIDO LA VÍA DE TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO, PROMOVIDA POR MIGUEL ÁNGEL AGUIÑAGA RIVERO, RESPECTO DEL INMUEBLE CONSISTENTE EN EL DEPARTAMENTO NÚMERO 12 (DOCE), UBICADO EN EL EDIFICIO SITO EN PARQUE DE CÁDIZ, NÚMERO 96 (NOVENTA Y SEIS), COLONIA PARQUES DE LA HERRADURA EN HUIXQUILUCAN, ESTADO DE MÉXICO, C.P 52786 (CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS), INSCRITO BAJO EL FOLIO REAL ELECTRÓNICO 00073977, DONDE NO JUSTIFICÓ SU LEGITIMACIÓN ACTIVA EN LA CAUSA DE PROMOVENTE; LA EJECUTANTE NO JUSTIFICÓ SUS EXCEPCIONES Y DEFENSAS, Y LA EJECUTADA SE CONSTITUYÓ EN REBELDÍA. SEGUNDO.- SE DECLARA IMPROCEDENTE LA PRESENTE TERCERÍA EXCLUYENTE DE DOMINIO, ATENTO AL CONSIDERANDO SEGUNDO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.- TERCERO.- NO SE HACE ESPECIAL CONDENA EN COSTAS A NINGUNA DE LAS PARTES AL NO HABERSE DADO LOS SUPUESTOS CONTENIDOS EN EL ARTÍCULO 1084 DEL CÓDIGO DE COMERCIO. CUARTO.- NOTIFÍQUESE Y PERSONALMENTE A BINYAN. S.A. DE C.V., LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA PRESENTE SENTENCIA, POR MEDIO DE EDICTOS QUE SE PUBLICARÁN POR TRES VECES CONSECUTIVAS EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y EXPÍDASE UNA COPIA PARA QUEDAR EN EL LEGAJO CORRESPONDIENTE. ASÍ DEFINITIVAMENTE JUZGANDO, LO RESOLVIÓ Y FIRMA LA C. JUEZ TRIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL, DRA. RAQUEL MARGARITA GARCÍA INCLÁN. ANTE EL SECRETARIO DE ACUERDOS LICENCIADO ARMANDO VÁZQUEZ NAVA, CON QUIEN ACTÚA, AUTORIZA Y DA FE. DOY FE. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”. (Firma) LIC. ARMANDO VÁZQUEZ NAVA. PARA SU PUBLICACIÓN EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, AHORA CIUDAD DE MÉXICO, POR TRES VECES CONSECUTIVAS.

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PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO. JUZGADO PRIMERO MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÉXICO. EDICTO BANCO ABOUNRAD, S. A. se le hace saber que LORENZO BETANCOURT ROSAS y SOFIA LOPEZ HERRERA también conocida como SOFIA LÓPEZ DE BETANCOURT parte actora en el Juicio ORDINARIO CIVIL sobre USUCAPIÓN, tramitado bajo el expediente número 523/11 de este Juzgado, les demanda las siguiente prestación: ÚNICA; A); LA USUCAPION del predio ubicado en LOTE 11, MANZANA 12, DEL FRACCIONAMIENTO BOSQUES DE ARAGÓN, MUNICIPIO DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO; fundándose en los siguientes hechos: 1.- En fecha ocho de septiembre de mil novecientos ochenta y tres, celebre contrato preliminar de compraventa con PROMOTORA HABITACIONAL SAN JUAN DE ARAGÓN, S.A., respecto del lote de terreno descrito en líneas anteriores, el cual cuenta con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE 17.00 METROS CON ANDADOR: AL SUR 20.00 METROS CON LOTE 12; AL ORIENTE 7.00 METROS CON BOSQUES DE TAILANDIA; AL PONIENTE 10.00 METROS CON LOTE 24; CON UNA SUPERFICIE DE 198.07 METROS CUADRADOS; 2 y 4.- Desde la fecha en que ocupe el predio lo he estado poseyendo con todos los atributos de ley, es decir en calidad de propietario, de manera pública, pacífica, continua, de buena fe e ininterrumpidamente, realizando actos de posesión y de dominio, realizando los pagos de servicios públicos como son el pago de predio y agua y otros; así como construcciones con dinero de mi propio peculio; 3.- Inmueble que se encuentra inscrito en el registro del Instituto de la Función Registral a nombre de BANCO ABOUNRAD, S.A., en los siguientes antecedentes, BAJO LA PARTIDA 370, VOLUMEN 56, SECCIÓN PRIMERA, LIBRO PRIMERO, DE FECHA 8 DE MAYO DE 1975, EL CUAL REPORTA LAS SIGUIENTES ANOTACIONES, BAJO EL ASIENTO 1450, VOLUMEN 47, LIBRO PRIMERO DE LA SECCIÓN PRIMERA, DE FECHA 21 DE MAYO DE 1975, FIDEICOMITENTES: ELENA PLIEGO VIUDA DE NORIEGA, FIDUCIARIO: BANCO ABOUNRAD, S.A., FIDEICOMISARIO; PROMOTORA HABITACIONAL SAN JUAN DE ARAGÓN, S.A.; por lo que ignorándose el domicilio de los demandados se les emplaza por EDICTOS para que dentro del plazo de TREINTA DÍAS contados a partir del día siguiente al de la última publicación contesten la demanda entablada en su contra con el apercibimiento que de no comparecer a juicio, por si por apoderado o gestor que pueda representarlos dentro del plazo antes indicado, se seguirá el juicio en su rebeldía y las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se les hará conforme a las reglas para las no personales, a través de Lista y Boletín Judicial, como las regulan los artículo 1.170 y 1.171 del Código de Procedimientos Civiles vigente en la Entidad. Quedando a disposición de los demandados las copias de traslado en la Secretaria de este Juzgado. PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS EN LA GACETA DE GOBIERNO Y EN EL BOLETÍN JUDICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO EN EL PERIÓDICO EL SOL DE MÉXICO, SE EXPIDE EL PRESENTE EN CIUDAD NEZAHUALCÓYOTL, MÉXICO, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.- DOY FE. AUTOS DE FECHA: veintiuno de agosto y veintiséis de noviembre del año dos mil quince. (Firma) LIC. MARIA CRISTINA MORA BARRERA EJECUTORA EN FUNCIONES DE SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO PRIMERO MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MEXICO.

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AVISO PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, siendo los siguientes:. 1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal, estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30 horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren. 2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como publicaciones se requieran. 3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones: I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. IX.

Página tamaño carta; Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2; Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3; Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10; Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo; No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento; Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word; Rotular el disco con el título del documento; No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar; X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación

Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México son de estricta responsabilidad de los solicitantes. 4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso. SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a partir de la primera emisión que se efectué a partir del 2 de febrero de 2016, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el Índice será la Décima Novena. TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio. AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

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DIRECTORIO Jefe de Gobierno de la Ciudad de México MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA Consejero Jurídico y de Servicios Legales MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones EDGAR OSORIO PLAZA Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ INSERCIONES Plana entera ...................................................................................... $ 1,753.70 Media plana............................................................................................ 943.30 Un cuarto de plana ................................................................................. 587.30 Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza. Consulta en Internet http://www.consejeria.df.gob.mx

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V., CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80 (Costo por ejemplar $73.00)

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