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I.- OPERACIONES BANCARIAS DE PASIVO 1. Las operaciones y las cuentas bancarias. 1.1 Las operaciones bancarias. 1.2 Las normas de las cuentas bancarias. o Apertura de cuentas. o Tipos de cuentas. o Cancelación de cuentas. 2. Cuentas corrientes a la vista. 2.1 Derechos y obligaciones. 3. Cuentas de ahorro. 4. Imposiciones a plazo y certificados de depósito.
1. Las operaciones y las cuentas bancarias. Las entidades financieras bancarias reciben dinero del público (cuentas corrientes, de ahorro, etc.) que posteriormente dedican a la concesión de préstamos, créditos, etc. Además proporcionan determinados servicios de custodia, mediación, etc. Todas estas operaciones reciben la denominación de operaciones bancarias. 1.1 Las operaciones bancarias. Existen tres clases de operaciones bancarias: -
Operaciones pasivas: Consisten en los depósitos de dinero que realiza el cliente en las oficinas bancarias. Como son cantidades que el banco le debe a sus clientes figurarán en el pasivo de su balance, por eso se denominan operaciones pasivas. • Cuenta corriente. • Cuenta de ahorro. • Imposiciones a plazo.
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Operaciones activas: Consisten en que la entidad bancaria presta dinero a sus clientes. Como son cantidades que estos le deben al banco, figurarán en el activo de su balance, de ahí que se denominen operaciones activas. • Préstamos. • Cuenta de crédito. • Descuento de efectos. • Aval bancario.
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Operaciones de servicios. Se denominan también operaciones neutras. Agrupan todos los servicios que la entidad bancaria puede ofrecer a sus clientes. • Tarjetas bancarias. • Domiciliaciones de cobros y pagos. • Transferencias y operaciones similares. • Cajas de seguridad en alquiler. • Buzón permanente de ingresos.
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Compraventa de moneda extranjera. Negociación de efectos, etc.
1.2 Normas de las cuentas bancarias. Cuando una empresa o particular decide acudir a una entidad bancaria para depositar su dinero, lo hace porque cree que el mismo va a estar debidamente custodiado, que podrá disponer de él en el momento que crea oportuno y además que va a recibir un interés. o Apertura de cuentas. Tienen la capacidad legal para abrir una cuenta los mayores de edad. Los menores tienen que estar autorizados por sus representantes legales. Proceso de apertura: Solicitud de apertura: en el impreso correspondiente se han de aportar los datos de los titulares (NIF, estado civil, tipo de cuenta). El impreso de solicitud junto con las condiciones generales y particulares de la cuenta, conforman el contrato de apertura de cuenta. Registro de firmas: Se recogerán las firmas de los titulares y de aquellos que estén autorizados para disponer de la cuenta. Bastanteo: Es el estudio de la documentación requerida para el caso de que la cuenta corresponda a una sociedad. Ingreso inicial en la cuenta Entrega de la documentación: Copia del contrato, condiciones de uso, tarifa de comisiones, etc. o Tipos de cuentas. Según el titular de la cuenta, esta puede ser: Individuales: El titular de una cuenta es una sola persona. Indistintas: Cualquiera de los titulares puede Colectivas disponer de los fondos Conjuntas: Se requiere de la firma de todos o de varios titulares de la cuenta para poder retirar dinero. En el caso de que no se especifique nada se supone que la cuenta es indistinta. En todas las cuentas se puede otorgar poder a otras personas no titulares para poder disponer de los fondos (autorizados). A cada cuenta abierta en una entidad bancaria se le asigna un código cuenta cliente (CCC) que se compone de 20 números y cuya estructura es la siguiente: Entidad 4 dígitos
Oficina 4 dígitos
Dígito control 2 dígitos
Nº cuenta 10 dígitos
o Cancelación de cuentas Significa la interrupción definitiva de las relaciones que la entidad bancaria mantenía con su cliente. En principio se supone que la duración de la cuenta corriente o de ahorro es indefinida pudiendo ser canceladas a solicitud de la entidad bancaria o del titular. La entidad bancaria acostumbra a reservarse el derecho de cancelar la cuenta en los siguientes casos: - Fallecimiento de la persona física titular. - Disolución de la persona jurídica titular de la cuenta. - Declaración de quiebra. - Firma de cheques o domiciliación de recibos por parte del titular sin disponer de fondos en la cuenta. Lo más frecuente es que sea el cliente el que decida cancelar la cuenta. En este caso deberá entregar el talonario de cheques, si se trata de una cuenta corriente o la libreta de ahorro, en el caso de una cuenta de ahorro. 2. Cuentas corrientes a la vista Es un contrato de depósito de dinero entre una entidad bancaria y un particular o empresa, en virtud del cual el titular realiza ingresos de fondos y la entidad se obliga a custodiarlos, ponerlos a su disposición, realizar pagos requeridos por este y pagar el interés convenido. La disposición de fondos en esta cuenta se puede realizar mediante cheques, cajeros y banca electrónica. En el mismo momento de la apertura de la cuenta, se puede solicitar el talonario de cheques, las tarjetas bancarias y las claves de acceso a la cuenta a través de internet. El contrato de cuenta corriente obliga a la entidad bancaria a realizar, por cuenta del cliente, todas las operaciones del denominado servicio de caja: pagos, cobros, domiciliaciones de recibos y efectos, transferencias, etc. Características: -
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Disponibilidad de los fondos sin previo aviso a la entidad bancaria. No obstante algunas entidades tienen establecida la condición de que el cliente avise con antelación a partir de una determinada cantidad. Pago por parte de la entidad bancaria de los intereses. Envío de los extractos bancarios con el detalle de las operaciones realizadas por los clientes.
2.1 Derechos y obligaciones Derechos • • • • •
Disponer del saldo de la cuenta. Realizar transferencias, órdenes de pago y de abono. Librar cheques contra su saldo acreedor. Recibir periódicamente los intereses. Recibir periódicamente el extracto de la cuenta.
Obligaciones • • • •
No ordenar operaciones en descubierto. Pagar los gastos y comisiones convenidos. Comunicar los cambios de domicilio. Conservar los talonarios de cheques y comunicar su hurto o extravío.
3. Cuentas de ahorro En la actualidad la única diferencia con la cuenta corriente es la manera en que se puede disponer de los fondos. En la cuenta de ahorro, el titular recibe una libreta o cartilla de ahorro. Si la retirada de fondos se realiza de forma presencial, el titular deberá presentar el DNI. Para retirar fondos en los cajeros automáticos bastará con operar en el puesto con la introducción de la cartilla, que lleva incorporada una cinta magnética, siguiendo las instrucciones marcadas. 4. Imposiciones a plazo y certificados de depósito Las imposiciones a plazo son contratos de depósito de dinero, mediante los cuales los clientes se comprometen a mantener (sin disponer) en la entidad bancaria, hasta el vencimiento, los importes de los depósitos que van realizando. Estas cuentas se documentan en libreta, especificando en su primera página los datos exigidos para cualquier otra cuenta bancaria y, además, el plazo de las imposiciones. La libreta es nominativa e intransferible, no pudiendo hacer disposiciones libremente ni librarse contra ella cheques, no órdenes de pago, Además, no pueden domiciliarse pagos o cobros. Como compensación el tipo de interés que paga el banco es mayor que en la cuenta corriente o de ahorro. El plazo por el que se compromete el cliente a mantener el fondo puede ser variable. Los intereses son abonados en la cuenta que el titular tenga abierta en la entidad. Cuando el titular quiera disponer de los fondos antes del plazo acordado el banco puede penalizarlo recortando los intereses. Los certificados de depósito son documentos o resguardos acreditativos de imposiciones a plazo fijo, emitidos por las entidades bancarias y que se pueden transmitir mediante endoso en cualquier momento. La ventaja frente a
las imposiciones a plazo es que se pueden hacer efectivos sin sufrir penalización. II.- OPERACIONES BANCARIAS DE ACTIVO 1. El descuento de efectos comerciales. 2. El préstamo bancario. Clasificación. 2.1 Préstamos personales. 2.2 Préstamos hipotecarios. 2.3 Contratación, resolución y cancelación de un préstamo. 3. La cuenta de crédito. 4. El aval bancario. 1. El descuento de efectos comerciales Las operaciones de activo de las entidades de crédito son aquellas que implican prestar recursos (dinero) a sus clientes, quienes a su vez, se comprometen a devolver esos recursos más los intereses generados por los mismos en el periodo establecido en el contrato.. Las empresas siguen dos tipos de actuaciones a la hora de convertir en efectivos los documentos de cobro (letras de cambio, pagare, etc.) • Si la empresa no tiene necesidad urgente de liquidez, espera a su vencimiento y cobra la letra mediante el servicio que le presta el banco de gestión de cobro. En este caso la entidad bancaria le cobra al cliente una comisión por gestionar el cobro de las letras. • Si la empresa quiere disponer de forma inmediata del importe de las letras utiliza el descuento comercial, que consiste en que el banco adelanta al cliente el importe de las letras, sin esperar al vencimiento. En este caso el banco además de cobrarle al cliente la comisión le deduce también el interés (según el tiempo que le esté adelantando el pago) y otros gastos derivados de la operación. 2. El préstamo bancario. Clasificación. Es la operación financiera de activo que consiste en la entrega de una cantidad de dinero por parte de la entidad bancaria (prestamista) a un cliente (prestatario) quien se compromete a devolver dicha cantidad más los intereses en los plazos y formas acordados. La cantidad que se entrega se abona por el total concedido en una cuenta bancaria (cuenta corriente o de ahorro) en el momento de la firma del contrato. Los préstamos se pueden clasificar según distintos criterios: Criterios Según su destino
Tipos de préstamos Consumo: son los concedidos a las familias para la compra de un coche, equipamiento y arreglo de la vivienda, etc. Producción: son los concedidos a las empresas para financiar sus inversiones.
Según la garantía
Por su forma
Según el tipo de interés
Según la amortización
Personales: Son aquellos que el banco concede confiando en la solvencia del cliente o de otra persona que lo avale. Reales: Cuando el banco exige algún bien como garantía de que el cliente devolverá el préstamo En póliza de préstamo. Se firma el contrato de préstamo ante un corredor de comercio. En escritura pública. Se firma ante notario. Interés fijo. El tipo de interés no varía durante la vigencia del préstamo. Interés variable. El tipo de interés varía a lo largo de la vigencia del préstamo. Se calcula sumándole al tipo de referencia (Euribor) un margen fijo diferencial. Se puede revisar al trimestre, semestre o al año. De reembolso único. En un solo pago se devuelve el préstamo y los intereses. De cuotas periódicas. Periódicamente se va devolviendo el préstamo y los intereses.
2.1 Préstamos personales. Son aquellos que se conceden a partir de la garantía de la solvencia económica del cliente (ingresos periódicos suficientes) y/o la solvencia de otras personas que actúan como avalistas de la operación. Los avalistas o fiadores contraen la obligación de pago del préstamo en caso de que no lo haga el prestatario. Las entidades bancarias siguen unas reglas de actuación a la hora de conceder un préstamo personal: - Comprobar los ingresos del solicitante así como sus compromisos de pago actuales y futuros. - Analizar la historia del solicitante si es cliente de la entidad. - Recabar informes de fuentes oportunas. - Informarse de la antigüedad en el trabajo o de la empresa y sus perspectivas de futuro. - Establecer una correlación lógica entre el importe del préstamo y los plazos de amortización. Se formaliza en un documento denominado Póliza de préstamo, que es el contrato mediante el cual la entidad bancaria y el cliente se comprometen a cumplir las condiciones generales y particulares de la operación. Se firma ante un corredor de comercio que da fe de la operación y convierte al contrato en un documento público. Los gastos que originan son los siguientes: - Comisión de apertura: - Comisión de gastos de estudio - Corretaje: Son los gastos de intervención del corredor de comercio - Seguro de vida temporal de amortización del préstamo.
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Comisión de cancelación: Es aplicada en el caso de que se cancele el préstamo de forma anticipada.
2.2 Préstamos hipotecarios Son los concedidos con garantía hipoteca inmobiliaria sobre los bienes inmuebles (edificios y terrenos) propiedad del cliente. Mediante la hipoteca inmobiliaria, la entidad bancaria, en caso de que el cliente no cumpla con sus obligaciones de pago, puede embargar los bienes inmuebles y posteriormente venderlos en pública subasta para cobrarse la deuda. Se formalizan en escritura pública, redactada por un notario y firmada por este, la entidad bancaria y el cliente. La escritura se inscribe en el Registro de la Propiedad. Son concedidos a personas físicas o jurídicas, quienes lo destinan a financiar la compra de viviendas y de inmovilizado respectivamente. Su devolución es a largo plazo, entre 5 y 40 años. En el estudio de concesión del préstamo, la entidad bancaria sigue las mismas reglas de actuación que en los préstamos personales, con especial atención a la situación de los bienes inmuebles, valor de tasación, libre de cargas, etc. Los gastos que origina la concesión de estos préstamos son los siguientes: - Tasación de la vivienda. - Comisión de apertura. - Gastos de notaría. - Inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad. - Seguro multirriesgo del hogar. - Seguro temporal de vida que garantiza indemnización por muerte o invalidez permanente absoluta a favor de la entidad bancaria. - Comisión de cancelación anticipada. - Gastos de notaría de cancelación del préstamo. - Inscripción de la escritura de cancelación en el Registro de la Propiedad. 2.3. Contratación, resolución y cancelación anticipada de préstamos A) Contratación: Cuando una persona tiene necesidades de financiación y decide solicitar un préstamo, el procedimiento a seguir debe ser el siguiente: - Visitar a varias entidades financieras, en primer lugar los bancos o cajas en los que tenga cuenta abierta y solicitar información sobre las condiciones que pone cada uno de ellos, tanto para conceder un préstamo como para amortizarlo. - Estudiar las siguientes condiciones: • Gastos de concesión • Seguros y otros gastos exigidos por el banco. • Avales o garantías. • Tipo de interés • Formas de amortización, es decir como se va a devolver el préstamo. - Tomar la decisión adecuada para las necesidades financieras del prestatario.
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Dirigirse a la entidad solicitada con la documentación requerida. Leer detenidamente el contrato o póliza de préstamo y, si está de acuerdo, firmar la solicitud.
B) Resolución: Cuando la entidad bancaria decide terminar con el préstamo y exigir la deuda. Algunas de las causas son: • El no pago por amortización del principal, en los plazos establecidos en el contrato. • Incumplimiento en los intereses, gastos y comisiones bancarias. • Sí hay disminución de la solvencia económica, ya sea del titular o su aval. • Sí el prestatario o su aval muere. En este caso, el titular del préstamo puede presentar un nuevo aval. • Falsedad en la documentación, o sí se oculta información que pueda ser relevante para el préstamo. C) Cancelación: Supone la devolución de todo o parte de la cantidad recibida en el préstamo antes del plazo pactado. En tal caso el cliente vendrá obligado a pagar a la entidad bancaria, a modo de indemnización, la cantidad que resulte de aplicar un porcentaje sobre la suma que se abona anticipadamente, ya que sobre ella la entidad bancaria dejará de percibir intereses durante el tiempo que se pactó inicialmente. 3. La cuenta de crédito. Es la operación financiera de activo mediante la cual la entidad bancaria se obliga a poner a disposición del cliente sumas de dinero hasta alcanzar un límite y durante un determinado periodo de tiempo. Existen dos diferencias fundamentales respecto al préstamo: - Con la firma del préstamo, la entidad entrega y abona el importe total en una cuenta del cliente. Sin embargo, en la apertura del crédito la entidad no entrega nada, sino que se compromete a tener dinero a disposición del cliente hasta un cierto límite, que el cliente irá retirando periódicamente según lo vaya necesitando. - En el préstamo se pagan los intereses por la totalidad del importe entregado. En el crédito, únicamente por las cantidades que va disponiendo el cliente. 3. El aval bancario. Es un contrato de garantía en virtud del cual la entidad bancaria se compromete, de forma subsidiaria, a cumplir las obligaciones contraídas con terceras personas por el cliente solicitante del aval. Se trata de operaciones de activo conocidas también como créditos de firma, pues las entidades financieras no entregan dinero a sus clientes, sino únicamente garantizan con su firman que contarán con su respaldo en caso de incumplimiento. Esto supone indirectamente una forma de financiación, ya que
si el cliente no cumple con su obligación, entonces la entidad financiera si tendrá que pagar las deudas avaladas. Por esta operación la entidad financiera cobra una serie de comisiones: por estudio de la operación, por el riesgo y por la formalización y apertura. III. SERVICIOS BANCARIOS 1. Tarjetas bancarias A. Tarjetas de débito B. Tarjetas de crédito 2. Domiciliaciones bancarias. 3. Transferencias y operaciones similares. 4. Gestión de cobro de efectos comerciales. 5. Compraventa de moneda extranjera. 6. Servicios bancarios. A. Intermediación en valores mobiliarios. B. Cajas de seguridad en alquiler. C. Buzón permanente de ingresos. D. Cheques de viaje. E. Otros servicios. 1. Las tarjetas bancarias Las tarjetas bancarias son medios de pago que permiten a sus titulares adquirir bienes o servicios en los establecimientos que acepten esta forma de pago y realizar determinadas operaciones en cajeros automáticos. Por el material de que están hechas se conocen como dinero de plástico. Las ventajas que ofrecen son: • Para las entidades financieras: Por un lado reducir el coste de personal y por otro aumentar los ingresos por intereses y comisiones. • Para los clientes: Es un medio sencillo y cómodo de realizar pagos y obtener dinero en efectivo. • Para el establecimiento: En la medida en que se facilitan las ventas, aumentan su volumen de negocio. A. Tarjetas de débito Son aquellas que permiten a sus titulares retirar fondos y hacer uso de otros servicios que prestan los cajeros, así como pagar las compras y servicios siempre que se disponga de dinero suficiente en la cuenta a la que va asociada. La entidad bancaria envía al cliente la tarjeta, si previamente la ha solicitado en la apertura de la cuenta, junto con el Número de Identificación Personal (PIN) que permite utilizar los servicios del cajero automático y realizar los pagos. Cada entidad bancaria tiene su propia tarjeta, sin embargo, de la emisión de las tarjetas se encargan unas pocas sociedades que gestionan la red de cajeros automáticos (Servired, Red 6000 y Telebanco).
El titular de la tarjeta puede utilizarla en cualquier cajero de las redes existentes, pero solo el uso en la red a la que está asociada su entidad bancaria es gratuito. Algunas de las operaciones que se pueden realizar con las tarjetas son: - Disponer de dinero en efectivo hasta un límite. - Consultar movimientos y saldo de la cuenta. - Depositar o ingresar dinero. - Recarga de teléfonos móviles. - Compra de localidades de espectáculos. Los costes de las tarjetas son: - Cuota anual de emisión o renovación. - Comisiones que se aplican por el uso de cajeros fuera de la red. - Comisiones que se aplican por el uso en el extranjero. B. Tarjetas de crédito Son medios de pago con cargo aplazado. Los titulares pueden adquirir bienes o servicios sin necesidad de tener dinero suficiente en la cuenta puesto que los importes no se cargan inmediatamente sino de forma aplazada, según se haya acordado. El titular de las tarjetas puede solicitar tarjetas adicionales a nombre de otras personas. Antes de conceder la tarjeta la entidad bancaria realiza un estudio de las condiciones personales y económicas del solicitante. Las prestaciones y operaciones más usuales de las tarjetas de crédito son: - Adquirir bienes o servicios en España y en el extranjero. - Disponer de dinero en efectivo. - Pago de productos o servicios comprados a través de Internet. - Asistencia en viajes. - Seguros gratuitos. Los costes de la tarjeta son: - Cuota anual por emisión o renovación. - Intereses por pago aplazado. El titular debe reembolsar cada mes las cantidades utilizadas y pagar los intereses y las comisiones. Las modalidades de reembolso son: - Pago total: Consiste en pagar la totalidad de las cantidades dispuestas en el mes anterior. - Pago aplazado porcentual: Consiste en devolver un porcentaje de las cantidades utilizadas. - Pago fijo mensual: Consiste en devolver una cantidad fija acordada entre un máximo y un mínimo. 2. Domiciliaciones bancarias Consiste en la sustitución del domicilio particular de una persona por el del banco para hacer efectivos sus cobros y pagos. - Domiciliaciones de cobro: Son órdenes de ingresos en las cuentas bancarias dadas por sus titulares a empresas para que abonen nóminas, pensiones, devoluciones de impuestos, etc.
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Domiciliaciones de pago: Son órdenes-autorizaciones por parte del cliente al banco para que atienda pagos como teléfono, luz, agua, comunidad, impuestos, seguros sociales, etc. Estos servicios suelen ser gratuitos y reportan ventajas para ambas partes. - Para el banco supone retener clientes y dinero en sus cuentas. - Para el cliente son servicios cómodos, eficaces y seguros. 3. Transferencias bancarias y operaciones similares •
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La transferencia es una operación de traslado de fondos de una cuenta a otra de diferentes titulares de la misma o de distinta entidad. El traslado de fondos se ejecuta por las entidades bancarias mediante una orden por escrito. Además del banco intervienen dos personas: El ordenante: es el titular de la cuenta que da la orden al banco para que transfiera fondos que serán cargados en su cuenta. El beneficiario: es la persona que recibe los fondos mediante su abono en cuenta. El traspaso es el traslado de dinero entre cuentas del mismo titular, abiertas en la misma entidad (en una sola oficina o en dos). La orden de abono es la transferencia en la qu el ordenante realiza el pago en efectivo y el beneficiario lo recibe en cuenta. La orden de pago en cuando el beneficiario recibe el dinero en efectivo y el ordenante lo entrega en efectivo o con cargo en cuenta.
4. Gestión de cobro de efectos comerciales Consiste en el cobro de los efectos comerciales (letra, pagarés, etc) en el momento del vencimiento, que previamente han sido entregados por los clientes a la entidad bancaria. El banco cobrará las letras entregadas por el cliente cuando llegue el vencimiento y abonará su importe en cuenta una vez que le deduce la comisión por gestión de cobro, el IVA correspondiente y otros gastos (correo, fotocopias, etc.) Supone menos gasto que el descuento al no soportar los intereses de descuento. Sin embargo, tiene el inconveniente de menor liquidez, ya que hay que esperar al vencimiento de los efectos para tener dinero en efectivo. 5. Compraventa de moneda extranjera Los servicios que ofrecen las entidades bancarias en esta materia son: - Emisión y recepción de cheques, letras, transferencias, etc., en moneda extranjera para pagos y cobros en las operaciones de importación y exportación. - Compra y venta de billetes extranjeros a personas nacionales y extranjeras por motivos de viaje de ocio, de negocio, etc. - Apertura y mantenimiento de cuentas bancarias en diferentes monedas.
6. Servicios diversos A. Intermediación en valores mobiliarios Las entidades bancarias actúan de intermediarios entre sus clientes y las empresas para la compra de valores mobiliarios (acciones, obligaciones, fondos públicos, etc.). También se encargan de la custodia y administración de valores (cobro de intereses, dividendos, etc.). B. Cajas de Seguridad en alquiler Son compartimentos blindados de diferentes tamaños, con cerradura individual y un nº de identificación ubicados en el interior de una cámara acorazada de la entidad bancaria para el uso del cliente mediante el pago de una comisión. La ventaja para el cliente son la seguridad y el secreto en la conservación de documentos, objetos, valores, etc. La entidad no conoce el contenido de la caja. La utilización se realiza siempre en horario de atención al público y la apertura requiere dos llaves, una que tiene el cliente y otra que tiene la entidad, Además el cliente debe firmar en el libro de registro de visitas tanto a la entrada como a la salida. C. Buzón permanente de ingresos Son cajas fuertes instaladas en las fachadas de las oficinas bancarias en las que los clientes y usuarios (comercios, bares, etc.) pueden depositar las recaudaciones diarias de su actividad a cualquier hora. Es un servicio gratuito formalizado en un contrato mediante el cual se entrega al cliente una llave del buzón de ingresos y un recipiente numerado y con llave. Al mismo tiempo se proporciona al cliente un seguro que cubre los riesgos de robo durante el transporte de los fondos desde el establecimiento hasta el ingreso en el buzón. El cliente debe introducir en el recipiente, junto con el dinero, una hoja de abono con su firma, especificando la cantidad. El banco comprueba diariamente los recipientes y el resguardo que acredita la cantidad entregada y lo abona en la cuenta del cliente. D. Cheque de viaje Son cheques librados por el banco en moneda extranjera convertible en moneda nacional que son utilizados por los clientes en sus viajes al extranjero, evitando así llevar grandes sumas de dinero.´ Son un medio de pago que se utiliza cada vez menos siendo sustituidos por las tarjetas de crédito. E. Otros servicios - Intermediación con la Administración: Las entidades bancarias prestan a sus clientes servicios de intermediación con las Administraciones
fiscales y de la Seguridad Social, colaborando con la elaboración y presentación de declaraciones tributarias y seguros sociales. - Informes y referencias comerciales sobre particulares y empresas - Recogida y entrega de efectivos en los domicilios de sus clientes mediante la utilización de empresas especializadas en transportes blindados de fondos.