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Índice 1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................. 4 SISTEMAS DE GESTIÓN ENERGÉTICA............................................................... 4 2. SISTEMAS DE GESTIÓN ENERGÉTICA .............................................................. 5 2.1 La norma ISO 50001...................................................................................... 6 2.2 Implantación de un SGEn.............................................................................. 6 Responsabilidad de la Dirección y Política energética: ������������������������������ 7 Planificación:............................................................................................. 7 Implementación y Operación:.................................................................... 8 Verificación:............................................................................................... 8 Revisión por la Dirección:.......................................................................... 9 3. PREGUNTAS FRECUENTES.............................................................................. 10 3.1 ¿Qué exige a las empresas el Real Decreto 56/2016? ���������������������������������10 3.2 ¿Quién debe cumplir con el RD 56/2016? ....................................................11 3.3 ¿Qué ocurre si una gran empresa no realiza auditoría energética ni implanta sistema de gestión? ................................................12 3.4 ¿Qué se entiende por auditoría energética de acuerdo adirectrices mínimas legales o reglamentarias? ������������������������������������������12 3.5 ¿Es obligatorio contratar una empresa externa para cumplir con el capítulo II “auditorias energéticas” del RD? �������������������������13 3.6 ¿Cuál es el plazo del que dispongo para dar cumplimiento legal al actual marco normativo?.................................................................14 3.7 ¿Cuánto tarda una organización en implantar y certificar un sistema de gestión de la energía de acuerdo a la norma ISO 50001? .....................................................................................14 3.8 ¿Es obligatoria la realización de una auditoría energética para la implantación de un SGEn? .............................................................14
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3.9 ¿Es necesario remitir los resultados de la auditoría a la Administración? .........................................................................................14 3.10 Si una organización dispone de certificado energético de acuerdo al RD 235/2013. ¿Está eximida de la obligación de cumplir con los requisitos del actual RD en lo relacionado con las auditorías energéticas?.................................................15 3.11 ¿Es el perfil de mi empresa compatible con los Sistemas de Gestión de Energía? ..............................................................................15 3.12 ¿Qué es más aconsejable, implantar la norma ISO 50001 o hacer una auditoría energética cada 4 años? �����������������������������������������15 3.13 ¿Cuál es la relación de la norma ISO 50001 con otras normas energéticas?...................................................................................16 3.14 ¿Cómo encaja la norma ISO 50001 con otros sistemas de gestión existentes (por ejemplo, ISO 9001 o ISO 14001)? ���������������������17 3.15 ¿Puede la certificación ISO 14001 ser una alternativa a la ISO 50001? ................................................................................................18 3.16 ¿Es necesaria la certificación de un SGEn de acuerdo a ISO 50001 para mejorar la gestión de la energía de una organización? ............................................................................................18 3.17 ¿Quién puede certificar el SGEn de acuerdo a la norma ISO 50001? 19 3.18 ¿Existe un registro de empresas certificadas? ............................................19 3.19 ¿Existen ayudas o subvenciones para la implantación de la Norma ISO 50001? .................................................................................19
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La herramienta para optimizar el uso y consumo de la energía En cualquier organización, de cualquier sector de actividad y para todos los tamaños.
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1. INTRODUCCIÓN ||SISTEMAS DE GESTIÓN ENERGÉTICA Este documento tiene por objeto presentar el potencial de los sistemas de gestión energética, en adelante SGEn, como solución para mejorar de manera continua el consumo energético de las organizaciones. Desde hace años los SGEn se presentan como una herramienta para optimizar el uso y consumo de la energía en cualquier organización, sin importar el sector de actividad y tamaño de que se trate. Son muchos los beneficios que las organizaciones obtienen con la implantación de un SGEn, destacando entre otros:
• Ahorro energético • Aumento de competitividad • Menor exposición al aumento de precios de la energía • Aumento del compromiso con la sostenibilidad y responsabilidad ambiental • Apoyo a los planes de reducción de emisiones de CO2 y lucha contra el cambio climático • Contribución a los objetivos europeos 20/20/20 y 40/27/27 a través de disminuciones en las emisiones y aumento de la eficiencia energética • Posicionamiento adelantado a favor de los compromisos nacionales e internacionales derivados del acuerdo COP21 • Cumplimiento con el RD 56/2016 • Sistematización de la identificación y puesta en marcha continua de oportunidades de ahorro energético • Promoción de una mayor conciencia y compromiso del personal en el proceso de gestión de la energía • Uso como publicidad positiva tangible: mejora de la imagen de la marca corporativa • Reconocimiento y recompensa a la gestión y al personal por su compromiso por un desarrollo sostenible
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2. SISTEMAS DE GESTIÓN ENERGÉTICA Un Sistema de Gestión Energética (SGEn) se puede definir como el conjunto formado por una política, unos objetivos y unos procedimientos establecidos en una organización para mejorar el uso que se hace de la energía. Esta gestión se da desde distintas áreas, con una visión holística y siendo la propia organización quien se marca los objetivos de mejora.
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||2.1 La norma ISO 50001
La ISO 50001 es la norma que especifica los requisitos de un SGEn basándose en el ciclo de mejora continua. Se publicó en 2011 bajo la petición de las Naciones Unidas, que detectó la necesidad de dar un reconocido marco de trabajo a las organizaciones para mejorar la eficiencia energética y disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero. La adopción de la norma ISO 50001 implica establecer un enfoque más sistemático y sostenible del uso y consumo de la energía de una organización. La conformidad con la norma proporciona una prueba de que una empresa ha implementado un sistema de gestión energética adecuado, mejorando su consumo energético de manera continua. Los sistemas de gestión basados en las normas ISO son bien conocidos por su capacidad de mejora continua en los campos de la Calidad, Seguridad y Salud y el Medio Ambiente. La variable energética es fácilmente integrable en los sistemas ya existentes, por lo que la base estructural es aprovechable y la carga documental y burocrática es mínima.
||2.2 Implantación de un SGEn El SGEn no es un proyecto en sí mismo, con un principio y un fin, sino una forma de trabajar que implica cinco etapas que se repiten cíclicamente:
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Responsabilidad de la Dirección y Política energética: La Norma ISO 50001 exige que la Dirección de la organización demuestre su compromiso con la mejora continua de la gestión de la energía. El desarrollo de una política energética, es el motor para implantar un SGEn. La política supone el compromiso con la mejora continua de la eficiencia energética establecido por la alta dirección de la organización y puede verse integrado dentro de su Política Ambiental o de gestión, de ámbito más global. Además, la organización deberá nombrar a un representante para dirigir y ejecutar el SGEn, así como reportar a la alta dirección las mejoras obtenidas con el mismo.
Planificación:
Esta es la parte más técnica de la norma, que incluye la revisión energética. Para una planificación adecuada se tendrán en cuenta los requisitos legales y otros requisitos que la organización pueda tener en materia de energía. La revisión energética implica la recopilación de los datos de consumos de los que disponga la organización y la identificación de aquellas áreas donde son mayores y/o con mayor potencial de mejora (estos serán los llamados “usuarios significativos de la energía”). Una vez establecidos los usuarios significativos de la energía, se identifican las variables que afectan a sus consumos, es decir, aquellos factores que cambian en el tiempo y hacen variar los consumos, como por ejemplo el volumen de producción, la temperatura externa o la ocupación en un edificio. Con los datos de consumos y de las variables externas se calcula la línea base, que será con la que la organización se comparará en el futuro para demostrar su mejora en los consumos. A partir de este momento se conoce la situación de partida de la organización.
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Si bien la norma ISO 50001 no exige la realización de una auditoría energética, los requisitos de la norma en este apartado se asemejan mucho a lo que una auditoría energética recoge, buscando oportunidades de ahorro energético, y la convierten en un buen punto de partida para una organización que desee poner en marcha un SGEn. Los planes de acción ayudarán a conseguir los objetivos y metas marcados por la propia organización.
Implementación y Operación:
En este apartado de la norma se tratan muchos aspectos y requisitos que son comunes a otras normas de sistemas de gestión como la ISO 9001 y la ISO 14001: • Competencia, formación y toma de conciencia • Comunicación • Documentación Además, la norma incluye otros requisitos específicos de gestión energética: • Control operacional: Operaciones productivas, servicios y actividades de mantenimiento relacionadas con el uso de la energía, estableciendo criterios eficaces de consumo energético. • Diseño y adquisición de servicios, productos, equipos y energía, considerando oportunidades de mejora en el diseño y compras desde el punto de vista del consumo energético.
Verificación:
La norma ISO 50001 precisa de la mejora continua del “desempeño energético”, lo que significa que la organización debe mejorar su comportamiento energético (manifestado, por lo general, a través de una disminución de su consumo) si quiere conservar la certificación.
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Para medir esta mejora se tienen en cuenta las variables que afectan a estos consumos: una organización puede haber aumentado sus consumos energéticos si por ejemplo ha aumentado su producción u ocupación, pero aún así haber mejorado su “desempeño energético”. Para ello se evalúa el consumo real de la organización frente al esperado, teniendo siempre en cuenta esas variables, y se define un conjunto de indicadores de comportamiento energético adecuados. Para medir estos consumos cada organización definirá los medios, que pueden ir desde las facturas mensuales de suministro energético hasta sistemas más completos de seguimiento y medición. El objetivo de esta verificación es asegurar que la organización mejora su comportamiento energético y responder a desviaciones de los consumos. En esta fase se evalúa también el cumplimiento de los requisitos legales así como los requisitos del propio SGEn a través de una auditoría interna.
Revisión por la Dirección:
Finalmente, como cierre del ciclo de mejora continua, la norma exige que la Dirección de la organización haga una revisión global del SGEn y los resultados de su implantación, proponiendo nuevas directrices que faciliten y extiendan su aplicación con el objetivo de seguir mejorando su desempeño energético.
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3. PREGUNTAS FRECUENTES ||3.1 ¿Qué exige a las empresas el Real Decreto 56/2016? La publicación del RD 56/2016, por el que se transpone parcialmente la directiva 2012/27/ UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, promoción de la eficiencia energética y contabilización de consumos energéticos, crea un marco común para fomentar la eficiencia energética y establece acciones concretas que lleven a la consecución del potencial de ahorro de energía en las organizaciones. En relación a esta nueva normativa, en el capítulo II “Auditorías energéticas” del citado RD, se establece el ámbito de aplicación, en consonancia con el artículo 8.4 de la Directiva: “Las grandes empresas, entendiendo como tales tanto las que ocupen al menos 250 personas como las que, aun sin cumplir dicho requisito, tengan un volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros y, a la par, un balance general que exceda de 43 millones de euros. De igual modo, será también de aplicación a los grupos de sociedades, definidos según lo establecido en el artículo 42 del Código de Comercio, que, teniendo en cuenta las magnitudes agregadas de todas las sociedades que forman el grupo consolidado, cumplan los referidos requisitos de gran empresa”. “Quedan excluidas del ámbito de aplicación, las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES), de acuerdo con el título I del anexo de la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas” Y en el artículo 3 se delimita el alcance: “Las grandes empresas o grupos de sociedades incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 2, deberán someterse a una auditoría energética cada cuatro años a partir de la fecha de la auditoría anterior, que cubra, al menos, el 85% del consumo total de energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en el territorio nacional que formen parte de las actividades industriales, comerciales y de servicios que dichas empresas y grupos gestionan en el desarrollo de su actividad económica”.
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“A efectos de justificar el cumplimiento de la obligación anterior, las empresas o grupos de sociedades obligados podrán utilizar algunas de las dos alternativas siguientes: a)
Realizar una auditoría energética que cumpla las directrices mínimas que se indican en el apartado 3
b) Aplicar un sistema de gestión energética o ambiental, certificado por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales correspondientes, siempre que el sistema de gestión de que se trate incluya una auditoría energética realizada conforme a las directrices mínimas que se indican en el apartado 3”.
||3.2 ¿Quién debe cumplir con el RD 56/2016?
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||3.3 ¿Qué ocurre si una gran empresa no realiza auditoría energética ni implanta sistema de gestión? Actualmente, con la publicación de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, existe legislación vigente en la que se establece el régimen de sanciones aplicable en caso de incumplimiento de las disposiciones adoptadas para la transposición de la citada Directiva 2012/27/UE. En concreto en el Artículo 80, se establece un rango de infracciones en materia de auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, promoción de la eficiencia del suministro de energía y contabilización de consumos energéticos. En el Artículo 82, se fijan las sanciones por las infracciones tipificadas en el anterior artículo en el ámbito del sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética. De este modo, en relación al NO cumplimiento del actual RD que se somete a revisión en este documento, puede incurrirse en importancia de infracción desde muy grave, grave a leve, imponiéndose multas que van desde: • 10.001 a 60.000 euros, para las muy graves • 1.001 a 10.000 euros, para las graves • Y de 300 a 1.000 euros para las leves No obstante, estas cuantías podrán verse incrementadas cuando la infracción sancionable haya derivado perjuicio para terceros, para las Administraciones Públicas o para el medioambiente, o lucro para el infractor, e incluso, tratándose de infracciones muy graves, además de la multa correspondiente, podrá ocasionar la inhabilitación para el ejercicio de la actividad por un periodo no inferior a dos años ni superior a cinco años en función de las circunstancias concurrentes.
||3.4 ¿Qué se entiende por auditoría energética de acuerdo a directrices mínimas legales o reglamentarias? En el artículo 3 del Real Decreto 56/2016, se establecen los requisitos mínimos de una Auditoría Energética, de modo que: • Deben estar basadas en datos operativos actualizados, medidos y verificables, de consumo de energía y, en el caso de la electricidad, de perfiles de carga siempre que se disponga de ellos.
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• Deben abarcar un examen pormenorizado del perfil de consumo de energía de los edificios o grupos de edificios, o de las operaciones o instalaciones industriales o comerciales, o de un servicio privado o público, con inclusión del transporte dentro de las instalaciones o, en su caso, flotas de vehículos. • Deben estar fundamentadas, siempre que sea posible en criterios de rentabilidad en el análisis del coste del ciclo de vida, antes que en periodos simples de amortización, a fin de tener en cuenta el ahorro a largo plazo, los valores residuales de las inversiones a largo plazo y las tasas de descuento. • Deberán ser proporcionadas y suficientemente representativas para que se pueda trazar una imagen fiable del rendimiento energético global, y se puedan determinar de manera fiable las oportunidades de mejora más significativa. Si los puntos indicados se comparan con los requisitos que establece la norma ISO 50001 para la gestión energética, puede verse que a través de un SGEn se consigue abarcar con creces las directrices mínimas establecidas en el apartado 3 del artículo 3 del mencionado RD, ofreciendo además un enfoque sistemático para controlar y reducir el consumo de energía de una organización.
||3.5 ¿Es obligatorio contratar una empresa externa para cumplir con el capítulo II “auditorias energéticas” del RD? No necesariamente. Si bien en el Art. 4 se establece que las auditorías energéticas deben ser siempre realizadas por auditores energéticos debidamente cualificados, estos podrán ser técnicos de la propia organización que no estén directamente implicados en las actividades auditadas y pertenezcan a un departamento de control interno. En cualquier caso, y según se establece en el capítulo III, el auditor energético deberá cumplir una de las siguientes condiciones: 1
Estar en posesión de una titulación universitaria oficial en la que se impartan conocimientos energéticos.
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Disponer de un título de formación profesional o certificado de profesionalidad cuyo ámbito competencial incluya materias relativas a las auditorías energéticas.
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Tener reconocida competencia profesional por experiencia laboral en auditorías energéticas.
Además, en los casos 2 y 3, debe haber recibido y superado un curso específico de auditorías energéticas impartido por una entidad reconocida por el órgano competente de la comunidad autónoma.
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||3.6 ¿Cuál es el plazo del que dispongo para dar cumplimiento legal al actual marco normativo? Las grandes empresas incluidas en el ámbito de aplicación del artículo 2, deben someterse a una auditoría energética o disponer del Sistema de Gestión certificado a más tardar el 14 de noviembre de 2016.
||3.7 ¿Cuánto tarda una organización en implantar y certificar un sistema de gestión de la energía de acuerdo a la norma ISO 50001? La opción de implantar y certificar un Sistema de Gestión de la Energía de acuerdo a la Norma ISO 50001 precisa de unos tiempos de implantación y de certificación. La fase de implantación incluye la planificación energética, el desarrollo documental y puesta en marcha de los procedimientos. El tiempo necesario para esta etapa puede variar mucho de una organización a otra en función de variables como son el tipo de organización; tamaño de las instalaciones; complejidad de los sistemas y procesos existentes; situación de partida en relación a la gestión de energía, el hecho de disponer de otros sistemas de gestión implantados que puedan servir de base y recursos dedicados a su implementación; etc. En términos generales la implantación de un sistema de gestión suele invertir entre 4 y 8 meses.
||3.8 ¿Es obligatoria la realización de una auditoría energética para la implantación de un SGEn? Para implementar un SGEn es necesario dar cumplimiento al requerimiento de revisión energética de las instalaciones. Una auditoría energética es un buen punto de partida para un SGEn aun no siendo el único método de llevar a cabo la revisión energética requerida por la Norma.
||3.9 ¿Es necesario remitir los resultados de la auditoría a la Administración? Sí. Con la aprobación del RD, se crea, en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo un registro Administrativo de Auditorías Energéticas, de carácter público y gratuito, en el que quedará reflejada la información comunicada por aquellas grandes empresas sujetas al ámbito de aplicación del artículo 2, así como de manera voluntaria, las comunicadas por el resto de empresas, en relación con las auditorías llevadas a cabo.
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Las empresas obligadas a la realización de las auditorías energéticas, y de manera voluntaria, el resto de empresas, deben remitir al órgano de la comunidad autónoma competente en materia de eficiencia energética, a efectos de cumplimiento del artículo 5, una comunicación, para lo que se podrá adoptar el modelo del anexo I, en un plazo máximo de tres meses desde que la citada auditoría fue realizada. En el caso de empresas que disponen de un Sistema de Gestión de la Energía Certificado, se aconseja además, que se indique en el comunicado entregado al organismo competente y se adjunte copia del mismo.
||3.10 Si una organización dispone de certificado energético de acuerdo al RD 235/2013. ¿Está eximida de la obligación de cumplir con los requisitos del actual RD en lo relacionado con las auditorías energéticas? No. Cuando la empresa o grupo de sociedades disponga de un certificado de eficiencia energética en vigor, obtenido de acuerdo con el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, éste podrá formar parte de la auditoría energética con relación a la parte edificatoria cubierta por el certificado de eficiencia energética, siempre y cuando dicho certificado incluya recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética, siguiendo las directrices indicadas en el apartado 3 del RD 56/2016.
||3.11 ¿Es el perfil de mi empresa compatible con los Sistemas de Gestión de Energía? La energía es un componente crítico de las operaciones de una organización y puede ser uno de los mayores costos controlables, dependiendo de las actividades. En ese sentido cualquier organización es susceptible de obtener una mejora en la gestión de la energía, y la norma ISO 50001 proporciona beneficios para las organizaciones grandes y pequeñas, tanto del sector público como privado, en los sectores industriales o de servicios.
||3.12 ¿Qué es más aconsejable, implantar la norma ISO 50001 o hacer una auditoría energética cada 4 años? Cada organización debe estudiar en función de sus circunstancias y necesidades qué es lo más conveniente. Para ello deben analizarse los objetivos perseguidos y las variables que favorecen una u otra opción.
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En términos generales, el hecho de disponer ya de un sistema de gestión ambiental y/o de la calidad implantado, supone una ventaja que favorece la implantación de la norma ISO 50001. Otro factor a tener en cuenta es el camino recorrido en materia de eficiencia energética por la organización que puede ser la clave que lleve a la empresa a decantarse por un SGEn, para sistematizar las acciones de mejora del comportamiento energético que hasta la fecha se venían realizando. En los casos en los que la organización lo que persigue es la identificación y rápida puesta en marcha de medidas de ahorro, la opción de comenzar por la realización de una auditoría energética es lo más aconsejable y podría terminar con la implantación a posteriori de un Sistema de Gestión que exima la repetición de la auditoría a los 4 años.
||3.13 ¿Cuál es la relación de la norma ISO 50001 con otras normas energéticas? La norma ISO 50001 data del año 2011. Anteriormente existieron otros referenciales a nivel local en diferentes países, hasta que en el año 2009 se aprobó la Norma Europea EN 16001. Todas ellas fueron anuladas y sustituidas por la ISO 50001. Esta norma, especifica los requisitos de un SGEn a partir del cual la organización puede desarrollar e implementar una política energética, permitiéndole establecer y alcanzar el compromiso fijado para mejorar su desempeño energético.
DS 2403:2001 Gestión de la Energía Especificación (Danish Standards Association)
2000
2001
ANSI 2000 Energy Management System (American National StandardsI nstitute (ANSI) 2000, revisado 2008)
I.S. 393:2005 Sistemas de Gestión de Energí a Requisitos y Guía para su Uso (NSAI, NationalS tandards Authorityo f Ireland)
2004
2005
Sistema de Gestión de la Energía Especificación con Guía para su Uso. (2004, SenterNovem, theN etherlands)
Sistemas de Gestión de la Energía. Requisitos UNE EN 16001: 2009 (Europa)
2007
2009
HLS ISO 50001
ISO 50001:2011
2013
2017-2018
Sistemas de Gestión de la Energía Requisitos UNE 216301:2007
Actualmente, la UNE-EN-ISO 50001 de Sistemas de Gestión de la Energía es el pilar sobre el que se sustentan además una serie de normas que se resumen a continuación: • ISO 50002:2014. Auditorías energéticas. Especifica los principios de la realización de auditorías energéticas, los requisitos para los procesos comunes durante las mismas y sus resultados. • ISO 50003:2014. Requisitos para los organismos que realizan las auditorías y certificación de sistemas de gestión de la energía. Está diseñada para ayudar a los organismos que
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ofrecen auditorías y certificaciones, proporcionándoles los requisitos para asegurar la competencia, la coherencia y la imparcialidad en el proceso de auditoría y certificación. • ISO 50004:2014. Directrices para la implementación, mantenimiento y mejora de un sistema de gestión energética. Provee de una guía práctica y ejemplos para establecer, mantener y mejorar un sistema de gestión de la energía de acuerdo con la aproximación de la ISO 50001. • ISO 50006:2014. Medición del desempeño energético usando líneas base e indicadores de desempeño energético. Provee una guía a las organizaciones de cómo establecer, usar y mantener indicadores de desempeño energético y líneas base como parte del proceso de medir el desempeño energético. • ISO 50015:2014. Medida y verificación (M&V) de la eficiencia energética en las organizaciones. Establece los principios generales y guía para el proceso de la medida y verificación del desempeño energético y sus componentes.
||3.14 ¿Cómo encaja la norma ISO 50001 con otros sistemas de gestión existentes (por ejemplo, ISO 9001 o ISO 14001)? La norma ISO 50001 puede ser utilizada de forma independiente pero también permite su integración en otros sistemas de gestión, ya que se basa en el mismo modelo de sistema de gestión de la mejora continua (planificar-hacer-verificar-actuar) utilizado para la norma ISO 9001 y 14001, por lo que puede ser integrada fácilmente en el funcionamiento habitual de cualquier organización que ya tenga establecido alguno de estos sistemas de gestión. Debe tenerse en cuenta que la norma ISO 50001 incorpora nuevas secciones de carácter específicamente energético relacionadas con la planificación de la energía, el control operacional y la medición y seguimiento. El integrar un SGEn dentro de una organización que ya tenga implantado un Sistema de Gestión de la Calidad o Medioambiental, aporta ventajas como: Simplifica la gestión de documentos, haciéndola más ágil y fluida. La documentación de los avances logrados por la organización permite mejorar la eficacia del seguimiento en aquellos sistemas donde se han implantado mejoras. Disminución de costes en auditorías, aprovechando que estas comparten estructura y se pueden hacer de forma conjunta. Gestión global de la organización, mejorando el control sobre la actividad de esta o sobre procesos. La implantación de un sistema ISO 50001 dentro de una organización en la que ya están implantados los sistemas ISO 14001 e ISO 9001 no requiere un gran esfuerzo ni tiempo ya que se aprovechan las infraestructuras comunes.
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||3.15 ¿Puede la certificación ISO 14001 ser una alternativa a la ISO 50001? El RD admite la aplicación de un sistema de gestión ambiental certificado como el basado en ISO 14001 siempre que en este se incluya, al igual que para ISO 50001, una auditoría energética. Sin embargo, aunque los sistemas basados en ambas normas comparten algunos aspectos de gestión y pueden conducir a actividades de medida y mejoras coincidentes, sus objetivos, rutas, requisitos y beneficios son diferentes. La norma ISO 14001 trata a la energía como uno de los aspectos para gestionar el impacto ambiental y la eficiencia en el empleo de recursos, proporcionando un modelo de gestión ambiental estructurado. En cambio, la norma ISO 50001 está enfocada al desarrollo de un sistema eficiente del uso de la energía, poniendo así el foco en la disminución del consumo, con los beneficios que ello conlleva tanto en emisiones como en costes para las empresas. La diferente finalidad de ambas normas hace que puedan ser implantadas en una misma organización de manera complementaria como un serio compromiso de la misma con el medio ambiente y aumentando su competitividad.
||3.16 ¿Es necesaria la certificación de un SGEn de acuerdo a ISO 50001 para mejorar la gestión de la energía de una organización? No, no es necesaria la certificación para obtener las ventajas y beneficios que aporta un SGEn. Sin embargo, la certificación proporciona una prueba de que una organización ha implementado un Sistema de Gestión Energética adecuado en la cultura de la empresa, estableciendo una línea de base de su uso de energía y se ha comprometido con la mejora continua de la eficiencia energética, consiguiendo un ahorro de energía continuo y mejoras en el rendimiento energético en el tiempo. Esto puede ayudar a justificar las inversiones iniciales en proyectos de energía y garantizar la rentabilidad de la inversión. Sin un enfoque estructurado, no hay garantía de que el ahorro de energía se mantendrá o que el retorno de la inversión se ve incrementado. Si lo que la organización quiere es acogerse a la exención a la obligación de repetir cada 4 años una auditoría energética, según se establece en el punto 2 del artículo 3 del Real Decreto 56/2016 (numeral 6 del artículo 8 de la de la Directiva 27/2012 de eficiencia energética), el sistema sí que ha de ser obligatoriamente certificado.
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||3.17 ¿Quién puede certificar el SGEn de acuerdo a la norma ISO 50001? La certificación es la acción llevada a cabo por una entidad independiente de las partes interesadas mediante la que se manifiesta que una organización, producto, proceso o servicio, cumple los requisitos definidos en unas normas o especificaciones técnicas. Por otra parte, planteada por parte de la organización la posibilidad de la certificación del SGEn, es importante saber que existe la posibilidad de obtener certificación integrada con sistemas de gestión como ISO 14001 o ISO 9001, por lo que resulta una herramienta complementaria, compatible e integrable con estos otros sistemas de gestión.
||3.18 ¿Existe un registro de empresas certificadas? Sí, en el sitio web de A3E puede consultarse un listado de empresas que han decidido implantar un sistema de gestión certificado de acuerdo a la norma ISO 50001, como herramienta para la mejora de la eficiencia energética en su organización.
||3.19 ¿Existen ayudas o subvenciones para la implantación de la Norma ISO 50001? El Ministerio de Industria, Energía y Turismo a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía inició en 2015 una línea de ayuda directa dirigida a las PYMES y grandes empresas del sector industrial para facilitar la adopción de medidas de ahorro energético, con actuaciones que conduzcan a una mejora de la eficiencia energética mediante la sustitución de tecnologías y procesos y la implantación de sistemas de gestión energética. Habitualmente las ayudas son gestionadas por las Comunidades Autónomas y presentan modificaciones de forma anual. Esta información puede ser consultada en las páginas web de las correspondientes Agencias Regionales u organismos destinado para ello por las Direcciones Generales.
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Este documento es una actualización realizada a partir de la versión del año 2015 del Grupo de Trabajo de Sistemas de Gestión Energética. En 2016 el grupo está constituido por las siguientes empresas inscritas como expertas:
AENOR Azul y Verde Blacktogreen Creara DNV GL Energea Energy Minus Energylab Eurocontrol Fundación f2e GEN Europe ITE Marwen Ingeniería Seinon SinCeO2 Socomec
www.asociacion3e.org