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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE DEBE REGIR LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA EL SERVICIO DE CATERING PARA LOS CENTROS SOCIOSANITARIOS DE SON GÜELLS, OLMOS, SAN MIGUEL Y LLUCMAJOR (11/2009 CONC/SERV).
ÍNDICE 1.OBJETO DEL CONTRATO 2. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 2.1. Cumplimiento de la normativa vigente en materia sanitaria y de higiene de los alimentos. 2.2. Otras obligaciones del adjudicatario. 3. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO 3.1. Previsión del consumo. 3.2. Funciones de la empresa adjudicataria. 3.3. Requisitos de presentación y distribución de las comidas. 3.4. Especificaciones generales. 3.5. Composición de los menús. 3.6. Horarios de los servicios. 4. ALIMENTOS EXTRAS 5.PERSONAL 6.SEGUIMIENTO DEL CONTRATO 7.FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO 8.NORMATIVA DE APLICACIÓN
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1. OBJETO DEL CONTRATO Objeto básico: El presente pliego tiene por objeto definir las características técnicas necesarias para la contratación de un servicio de catering para atender las necesidades en los centros sociosanitarios a continuación relacionados. -Residencia y centro de día de Son Güells (Camí Vell de Sineu, 12 Palma, 07007. -Residencia y centro de día de Olmos (Calle Olmos, 2 de Palma, 07003) -Residencia de San Miguel (Calle San Miguel, 71 de Palma, 07002) -Centro de día Can Clar, de Llucmajor (Calle ses Monges, 4 bajos) El servicio de catering comprende la elaboración y entrega en los centros mencionados de los servicios correspondientes a desayuno, comida, merienda y cena, en la forma y características que se desarrollan en el presente pliego, así como el suministro de alimentos extras destinados al desayuno y a la merienda de los usuarios. El adjudicatario garantizará el servicio durante todos los días del año y en las condiciones que se especifican en este pliego. En esta contratación se encuentran incluidos, entre otros, los siguientes cometidos: Confección de menús (según las distintas dietas de los usuarios) de acuerdo con la Dirección de los centros correspondientes, para garantizar una alimentación sana y equilibrada, así como todas las derivaciones terapéuticas que sean necesarias. El servicio comprenderá la comida y/o cena, así como desayuno y/o merienda, El suministro de alimentos extras que se soliciten. La manipulación y cocinado de las materias necesarias para la confección del menú y/o dietas en las instalaciones del adjudicatario, que necesariamente estarán ubicadas en Mallorca. Transporte debidamente acondicionado y distribución de las comidas a cada uno de los centros en recipientes isotérmicos, y posterior recogida de los mismos. Garantía del cumplimiento de las normas de higiene alimentaria y las condiciones organolépticas y nutritivas de los alimentos. Disponibilidad para realizar cualquier tipo de servicio especial, propio de la actividad de restauración (para celebraciones) que se acordará con la dirección de la Fundación con la suficiente antelación. En este sentido, el adjudicatario estará en todo momento dispuesto para la realización de dicho servicio, que será facturado de forma independiente. 2. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 2.1. Cumplimiento de la normativa vigente en materia sanitaria y de higiene de los alimentos 2
Será de obligado cumplimiento para la empresa que preste servicio, la legislación y normativa vigente que sea de aplicación o pudiera serlo durante la prestación de los servicios objeto del contrato. La empresa adjudicataria deberá garantizar que cumple con las disposiciones establecidas en materia de medidas sanitarias y de higiene y cualquier otra disposición legal que pueda afectar a la prestación del servicio. Previamente al inicio de la actividad, el adjudicatario deberá presentar a la Fundación acreditación de la inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos del Govern de les Illes Balears. La adjudicataria será la única responsable de la calidad y del buen estado de los alimentos. Además, la empresa adjudicataria dispondrá del procedimiento de APPCC (análisis de puntos críticos de control) supervisado por la Comunidad Autónoma competente y que presentará con carácter previo a la formalización del contrato. El adjudicatario se compromete a la instauración del libro Azul. 2.2.Otras obligaciones del adjudicatario El adjudicatario se obliga a : -
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Adaptarse en todo momento a las normas y a los cambios que desde la dirección de los centros o de la Fundación le propongan para mejorar el servicio, en este sentido la empresa deberá presentar el compromiso de que a petición del centro formulada con al menos dos horas de antelación a la hora prevista de la entrega del servicio, se introducirán los cambios de menús que se soliciten. Realizar directamente todas las prestaciones y servicios, no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder o traspasar, ni total o parcialmente, ni directa o indirectamente, el objeto del contrato, salvo en casos excepcionales debidamente justificados y autorizados por la Fundación, según lo preceptuado en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. No utilizar el nombre de los centros ni de la Fundación de modo indebido, ni actuar o aparecer ante terceros como representante o formando parte del centro o de la Fundación, salvo autorización expresa y escrita de esta última. Abstenerse de hacer cualquier tipo de publicidad dentro del centro correspondiente. A concertar y mantener actualizada durante la vigencia del contrato póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles riesgos que asume bajo este contrato y que específicamente cubra los riesgos de intoxicación alimentaria, daños y perjuicios derivados del incumplimiento de la normativa higiénicosanitaria ante la Fundación o terceros, por un importe mínimo de seiscientos mil euros (600.000,00 €). Una copia de la póliza será entregada a la Fundación, con carácter previo a la formalización del 3
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contrato. En caso de vencimiento del seguro, se presentará a la Fundación el recibo de pago de la nueva anualidad. Asumir la gestión de compras y provisión de todos los alimentos que sean necesarios para poder llevar a término la prestación objeto del presente contrato. El pago de proveedores de materias primas será realizado directamente y a cargo del adjudicatario. El adjudicatario siempre deberá disponer de los alimentos necesarios para la confección y realización de los menús, así como suficiente material de reserva por si surgiese alguna contingencia. Asegurar que las comidas lleguen en perfectas condiciones a cada uno de los centros, en lo referente a cantidades, ya sean prescritas o no, calidades, higiene, temperatura, presentación y puntualidad. De conformidad a lo establecido en el apartado 1, el adjudicatario estará obligado a la preparación de servicios necesarios para los eventos especiales que solicite la dirección de la Fundación. Estos serán facturados de forma independiente. Garantizar responsablemente que las prestaciones objeto del contrato reúnan los requisitos y condiciones profesionales de calidad y de cualquier otra índole que se imponen en este Pliego y en las disposiciones y normas vigentes en la materia, respecto a la Ley 30/2007, de 20 de octubre, de Contratos del Sector Público.
3. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO 3.1- Previsión de consumo A continuación se exponen algunos datos orientativos acerca de la actividad y organización de los centros. En ningún caso estos datos podrán utilizarse para eventuales reclamaciones por parte de la empresa contratista. El número de comidas que el adjudicatario deberá servir cada día será el que cada centro solicite semanalmente, que oscilarán en función del nivel de ocupación de los centros. Se debe tener en cuenta que el servicio en las residencias se deberá realizar todos los días del año (incluido domingos y festivos) con servicio de comida y cena, y que en los centros de estancias diurnas el servicio se deberá realizar de lunes a viernes (excluidos festivos), con servicio sólo de comida. Del mismo modo se servirán los desayunos y meriendas correspondientes. Las previsiones de servicios a atender diariamente por el adjudicatario en los centros sociosanitarios referenciados en cuanto a comidas y cenas son las siguientes:
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A fecha de hoy: Centro Núm. Comidas diarias de lunes a viernes Son Güells Llucmajor Sant Miquel y Olmos TOTAL
34 21 102
Núm. Cenas diarias de Lunes a viernes 25 0 90
Núm. Total comidas y/o cenas diarias de Lunes a viernes 59 21 192
Núm. Comidas diarias: Sábados y domingos
Núm. Cenas diarias: Sábados y domingos
Núm. Total comidas y cenas diarias: Sábados y domingos
25 0 90
25 0 90
50 0 180
270
Previsión capacidad 2010/ 2011: Centro Núm. Núm. Cenas Núm. Total Comidas diarias de comidas diarias de lunes a y/o cenas lunes a viernes diarias de viernes Lunes a viernes Son Güells 60 40 100 Llucmajor 30 0 30 Sant Miquel 116 96 212 y Olmos TOTAL 342
230 Núm. Comidas diarias Sábados y domingos
Núm. Cenas diarias Sábados y domingos
Núm. Total comidas y cenas Sábados y domingos
40 0 96
40 0 96
80 0 192 272
Las previsiones de servicios a atender diariamente por el adjudicatario en los centros sociosanitarios referenciados en cuanto a desayunos y meriendas son las siguientes: A fecha de hoy aproximadamente: Centro Núm. Núm. desayunos meriendas diarios de diarias de lunes a lunes a viernes viernes Son Güells Llucmajor Sant Miquel y Olmos TOTAL
34 20 102
33 20 102
Núm. Total desayunos y/o meriendas diarias
Núm. desayunos Sábados y domingos
Núm. meriendas Sábados y domingos
Núm. Total desayunos y meriendas Sábados y domingos
67 40 204
25 0 90
25 0 90
50 0 180
311
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3.2-Funciones de la empresa adjudicataria 5
Dado que el servicio de catering habrá de atender a los usuarios de atención continuada, las empresas oferentes presentarán una propuesta de garantía de funcionamiento de dicho servicio, previendo la cobertura a los usuarios en caso de que se produjeran averías en sus instalaciones o cualquier otro tipo de imprevistos. Deberá especificarse claramente en la oferta la garantía del servicio en supuestos imprevistos como averías en sus instalaciones, huelgas…, durante todos los días del año, en el caso de las residencias y de lunes a viernes (excepto festivos) para los centros de día, y de acuerdo con las condiciones que se especifican en este pliego. El servicio de catering incluirá: Servicio diario de comidas y/o cenas según corresponda Servicio diario de desayunos y meriendas, conforme se establezca previamente. Menús especiales para las festividades señaladas: -Día 1 de enero (comida) -Día de reyes (comida) -Jueves Santo (comida) -Viernes Santo (comida) -Lunes de Pascua (comida con “Mona de Pascua”) -Día de San Sebastián (comida) -Día de Todos los Santos (comida) -24 de diciembre (cena) -Día de Navidad (comida) -Fin de año (cena) En todas las fiestas el menú especial comprende, comida o cena, según el día que se trate. Correcta manipulación y elaboración de menús. En este apartado queremos hacer énfasis en la calidad y la temperatura de los menús servidos en los centros. Elaboración de fichas técnicas de los platos con definición de la materia prima, gramos y formas de cocción. En las carnes se deberá indicar la pieza o corte (lomo, cadera, babilla,…). Asimismo, se deberá detallar si el producto es fresco, congelado, precocinado, etc. Diariamente la empresa deberá realizar el servicio de transporte de la comida a los centros y retirar los recipientes donde ha sido trasladada. Será el personal propio de los centros el encargado de servir la comida a los usuarios. La recogida de los recipientes donde se ha trasladado la comida podrá realizarse en el momento de la entrega del siguiente servicio de comida, debiendo de efectuarse de una manera total, es decir sin dejar pieza alguna. La adjudicataria será la encargada de la limpieza de los recipientes. Servicio el último viernes de cada mes de una merienda especial para la celebración de los cumpleaños de los usuarios. Se deberá tener en cuenta en todo caso los distintos tipos de dietas (tal como la diabética). 6
3.3-Requisitos de presentación y distribución de las comidas La empresa adjudicataria es la encargada de la elaboración y preparación de las comidas solicitadas por los centros, la cual deberá realizarse en las instalaciones de la empresa adjudicataria, por el personal debidamente habilitado para ello, y en ningún caso en las cocinas de los centros, salvo que se acuerde expresamente lo contrario por el órgano responsable del contrato. El transporte de la comida se realizará en recipientes isotérmicos debidamente homologados para el transporte de alimentos así como por un medio de transporte adecuado para esta actividad, cumpliendo con la normativa vigente en materia de transporte de productos alimentarios, debiendo ocuparse asimismo la adjudicataria de la correcta limpieza de los recipientes, bandejas o material en general que se use para el transporte de los alimentos. El transporte se realizará hasta la cocina del centro por el personal de la empresa adjudicataria, debiendo ir debidamente uniformados. El pan deberá presentarse debidamente ensobrado. El servicio de aceite, vinagre y sal se hará en dosis individuales. El adjudicatario deberá disponer de los elementos auxiliares necesarios para el transporte, como carros, etc. La vajilla, los vasos y los cubiertos se proporcionarán por el centro socio sanitario correspondiente. 3.4-Especificaciones generales La comida deberá de prepararse, guisarse y condimentarse de forma adecuada, ajustándose a la dieta prescrita para cada usuario. La empresa adjudicataria deberá tener cocina central en las Illes Balears, en concreto en la isla de Mallorca. Se utilizará exclusivamente el sistema en caliente, manteniendo la cadena de calor con sistemas adecuados. Deberá disponer de los medios necesarios para la elaboración y distribución de las comidas describiendo los procesos de elaboración, almacenamiento, transporte y distribución que asegure las comidas que vayan a ser consumidas en caliente hayan sido mantenidas desde su elaboración y hasta su distribución a una temperatura superior a los 65º C en el centro de las mismas. Se registrarán sistemáticamente en un libro extendido al efecto, que permanecerá en los centros, los valores de las temperaturas de los vehículos de transporte o contenedores, o en su defecto, los tomados en las propias comidas con termómetro manual calibrado. 7
La empresa adjudicataria dispondrá de todo el conjunto de impresos (registro de temperatura, etc.) necesarios para el buen funcionamiento del servicio. La empresa adjudicataria atenderá exclusivamente y en todo momento las peticiones de dietas y de extras de comidas que vengan autorizadas de acuerdo con lo establecido por la dirección del centro. El centro correspondiente podrá establecer instrucciones, las cuales podrán decidir si las condiciones de cantidad, calidad, presentación e higiene de las materias primas, alimentos son los adecuados, y en caso negativo rechazarlos, proponiendo las modificaciones correspondientes, que el adjudicatario introducirá obligatoriamente. Se limitará el exceso de sopas y cubitos de caldo concentrado y frituras, dando preferencia a productos naturales. 3.5-Composición de los menús Los menús están destinados a personas mayores, enfermas de parkinson, enfermedades neurodegenerativas, alzheimer y otras demencias, personas con discapacidad, y con diversos problemas de salud, y en este sentido la composición tanto de las comidas en general, como de los alimentos en particular, deberá adecuarse al estado de salud de los usuarios de los centros bajo la supervisión del área sanitaria del centro. Las comidas que se sirvan deben asegurar las necesidades de las personas que la consuman en los siguientes puntos: Aportación energética, asegurando las calorías específicas de la dieta solicitada. Equilibrio adecuado entre los nutrientes energéticos (proteínas, líquidos, hidratos de carbono, etc.) Aportación asegurada de vitaminas y sales minerales. Frecuencia y variación en el consumo, de manera correcta, en los alimentos fundamentales como la carne, pescado, huevos, legumbres, patatas, verdura, fruta, cereales, pan, azúcar, etc. La empresa adjudicataria propondrá mensualmente a la Dirección del centro correspondiente, con al menos quince días de antelación al inicio del nuevo mes, los menús programados para el mes siguiente, dividido por semanas, y los cuales presentarán variaciones primavera-verano y otoño-invierno. Los menús deberán estar elaborados por un nutricionista, pudiendo modificarse los mismos por la dirección de los centros en función de las necesidades del servicio así como las características de los usuarios de los centros, temporada o cualquier otro criterio que se estime desde el centro correspondiente.
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Se especificará, por menú, la cantidad total de calorías, proporción de hidratos de carbono, grasas, vitaminas y minerales. La programación deberá ajustarse, por lo que hace a la calidad, variedad y composición a la presentada en el momento de la licitación. El nutricionista deberá ser un técnico de dietética y nutrición con formación legalmente habilitada para la realización del servicio descrito en los pliegos. Si por razones de fuerza mayor, debidamente justificadas, resultase la imposibilidad de confeccionar el menú inicialmente previsto, la empresa podrá cambiarlo, informando al centro con 24 horas de antelación como mínimo, siempre y cuando se respeten los niveles alimentarios establecidos. La cantidad de las raciones a servir serán las necesarias y suficientes para la correcta nutrición de los usuarios, independientemente de que el suministro de una parte del menú (como, por ejemplo, el caldo) se presente en un solo recipiente. En la programación de los menús, se deberá tener en cuenta las dietas específicas para cada usuario. Diariamente se preparará el correspondiente menú siguiendo las prescripciones médicas especificadas previamente. Los tipos de dietas solicitados será, en principio los siguientes: -
Basal Blanda Diabética Fácil masticación (aunque todas las dietas tendrán que ir enfocadas a alimentos de fácil masticación) Túrmix Dieta astringente, en momentos puntuales Sin sal (aunque todas las dietas tendrán que ser bajas en sal) Hipocalóricas Líquidas Dietas para usuarios con trastorno de la deglución. Cualquier otro tipo de dieta que sea necesaria.
Varios tipos de dietas podrán asociarse entre sí, por ejemplo: una dieta túrmix diabética sin sal. En cuanto a la dieta triturada, esta deberá ser una dieta de textura modificada, hiperproteica, liofilizada en polvo, con fibra y saborizada. Formulada con ingredientes naturales, con 9
contenido de proteínas de más del 25%, con un mínimo de un gramo de fibra por 100 kcal, exenta de gluten y lactosa. El modelo de menú, debiendo tener en cuenta siempre el tipo de dieta solicitado por el centro para cada usuario, será el siguiente: Comida: Primer plato: arroz, pasta, verduras, legumbres. Segundo plato: carne de ternera, pollo, cerdo, pescado, huevos, con guarnición (ensaladas, patatas, verduras). Postres: fruta natural o conservada, yogurt, helado. Pan/panecillo (normal, integral), pan de molde (normal o integral) o pan sin sal. Cena: Primer plato: caldos, verduras, cremas. Segundo palto: croquetas, pescado, huevos, muslo, con guarnición (ensaladas, patatas, verduras) Postres: fruta natural, helado, crema, flan, yogurt. Pan/panecillo (normal, integral), pan de molde (normal o integral) o pan sin sal. 3.6-Horarios de los servicios Deberán realizarse dos entregas diarias. El horario de entrega en los centros de los menús debidamente preparados y envasados será el siguiente: Comidas: 12:00h. aproximadamente Cenas: 18:00h. aproximadamente La Dirección del centro podrá modificar o ampliar dicho horario cuando lo considere conveniente que será comunicada al adjudicatario con un mínimo de siete días de antelación. 4.- ALIMENTOS EXTRAS Los alimentos solicitados que no estén recogidos en la pensión diaria serán considerados como extras y deberán ser ofertados de manera independiente. Sólo se abonarán los productos cuya petición haya sido formulada por el personal autorizado de cada centro. Se adjunta listado. La inclusión de nuevos productos y su precio deberá ser acordado con la Dirección de la Fundación. LISTADO DE ALIMENTOS EXTRAS
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Concepto Elementos básicos Leche semidesnatada Café soluble o asimilado Cacao soluble o asimilado Zumo (Naranja, pera, piña, manzana, coco, etc.) Azúcar Sacarina Panecillo Embutidos Jamón dulce Jamón salado Pechuga de pavo Queso mallorquín Queso de barra Bollería Biscotes (sin sal) Biscotes (con sal) Ensaimada Croissant Magdalenas Pan de leche Galletas saladas (normales o integrales) o asimilados Galletas dulces o asimilados Otros Yogurt Pieza de fruta Mantequilla Mermelada (sin azúcar) Mermelada (con azúcar) Gelatina Miel
Cantidad unitaria
Precio Unitario en euros(sin IVA)
1 litro 1 sobre (14 gr. aprox. por sobre) 1 sobre (18 gr. aprox. por sobre) 1 litro
0,90 0,086
1 sobre (6 gr. aprox. por sobre) 1 sobre (0,6 gr. aprox. Por sobre) 1 panecillo de 45 gr. aprox.
0,009
1 Kg. (en lonchas) 1 Kg. (en lonchas) 1 Kg. (en lonchas) 1 Kg. (en lonchas) 1 Kg. (en lonchas)
4,85 10,50 4,15 9,35 6,40
1 paquete (2 unidades) 1 paquete (2 unidades) 1 unidad (80-90 gr. aprox.) 1 unidad (50-60 gr. aprox.) 1 paquete (2 unidades) 1 pan de leche de 45 gr. aprox. 1 paquete (2 unidades)
0,057 0,057 0,596 0,155 0,200 0,077
1 paquete (5 unidades)
0,12
1 unidad 1 unidad (167 gr. aprox.) 1 porción (15-20 gr. aprox.) 1 porción (15-20 gr. aprox.) 1 porción (15-20 gr. aprox.) 1 unidad 1 porción (15-20 gr. aprox.)
0,160 0,170 0,045 0,078 0,078 0,14 0,077
0,170 0,825
0,017 0,077
0,09
5.- PERSONAL
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El adjudicatario deberá tener contratado el personal necesario para la realización de este servicio que deberá estar debidamente cualificado. Dicho personal estará a cargo de la empresa y dependerá única y exclusivamente del contratista. La empresa adjudicataria deberá nombrar una persona responsable de la ejecución del servicio y comunicarlo a la Dirección de la Fundación y de cada centro. Dicha persona deberá conocer claramente todas las responsabilidades y servicios incluidos en este contrato. La empresa adjudicataria deberá prever asimismo un representante sustituto, en caso de ausencia de encargado nombrado, para que el centro pueda localizar siempre a un responsable del servicio. La empresa adjudicataria, para garantizar la estabilidad del servicio, no podrá substituir la persona designada como responsable del servicio sin consultarlo previamente con la Dirección de cada centro. 6.- SEGUIMIENTO DEL CONTRATO La dirección de la Fundación designará una persona en cada centro que asumirá la responsabilidad del control de calidad, seguimiento y coordinación de la empresa adjudicataria, con la cual tratará directamente asuntos relacionados con el servicio ofrecido. Estas personas serán las encargadas de hacer los requerimientos al adjudicatario en los supuestos que los horarios, la cantidad, la calidad exigida de las comidas, etc. no se ajusten a lo establecido en estos pliegos. En este caso, el adjudicatario deberá hacer las correcciones pertinentes a los efectos de la adecuada prestación del servicio. Con una frecuencia determinada se analizarán el nivel de cumplimiento del contrato y el nivel de calidad objetivo logrado, mediante: -
Unos controles microbiológicos realizados por un laboratorio. Por cuenta del Contratista se realizará, cuando así lo disponga la dirección de la Fundación, un análisis microbiológico, realizado por un laboratorio de reconocido prestigio en base a muestras recogidas de productos elaborado. Las muestras y el laboratorio podrán ser elegidos por la Fundación y los gastos siempre serán a cargo del adjudicatario. Los resultados de los mencionados análisis le serán entregados a la Dirección de la Fundación, dentro de los veinte primeros días del mes siguiente.
Otros controles y comprobaciones, como: Cumplimiento de las cantidades y calidades estipuladas en función del menú previsto y el tipo de dieta Temperatura correcta de los alimentos Correcta asignación de menús, platos e ingredientes a los diferentes tipos dietas Horario de distribución de la comida a los centros
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7.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO La forma de pago será la establecida en la cláusula P del pliego de cláusulas administrativas particulares. El precio será efectivo por meses vencidos y servicios efectivamente prestados mediante presentación de factura mensual en función de precios unitarios, detallando el número de comidas y productos extras efectivamente servidos en cada uno de los centros. Las facturas se presentarán en la sede de la Fundación que las confirmará una vez se verifique el cumplimiento del servicio facturado. Cualquier otro servicio o suministro extraordinario que pueda solicitarse por los centros serán objeto de valoración y facturación independiente. Los pagos se llevarán a cabo mediante transferencia bancaria en el plazo de sesenta días a partir de la fecha de la factura. 8.- NORMATIVA DE APLICACIÓN La ejecución del servicio se ajustará a la normativa vigente en materia de higiene y seguridad alimentaria, especialmente serán de aplicación las siguientes normas: Real Decreto 2207/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene relativas a los productos alimenticios. - Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas. - Real Decreto 202/2000,d e 11 de febrero, por el que se regulan las normas relativas a los manipuladores de alimentos. Así como cualquier otra de aplicación en relación con el objeto del contrato. -
Palma, 9 de desembre de 2009 La gerente en funcions Margarita Colom Sabater
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