INFLUENCIA DE LA TECNOLOGÍA EN LA PROPIEDAD INTELECTUAL

INFLUENCIA DE LA TECNOLOGÍA EN LA PROPIEDAD INTELECTUAL “Enforcement u observancia como herramienta fundamental para la vigilancia estatal de la prop

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INFLUENCIA DE LA TECNOLOGÍA EN LA PROPIEDAD INTELECTUAL

“Enforcement u observancia como herramienta fundamental para la vigilancia estatal de la propiedad industrial”

MARCO NORMATIVO

NACIONAL

INTERNACIONAL -

Convenio de Paris

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ADPIC – Parte 3 – Ley 170 /94

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Decisión 486 de 2000

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Mandato constitucional “ARTICULO 61. El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley.”

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Código Penal – art. 306- Usurpación de Derechos de Propiedad Industrial y derechos de obtentores de variedades vegetales. Ley 1032/2006

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Código General del Proceso – Ley 1564

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Información, destrucción e indemnización preestablecida – Ley 1648/2013 – Decreto 2264/2014 Medidas en frontera – Decreto 4540

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SITUACIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

TM

¿NUEVO ESCENARIO EN OBSERVANCIA? • MEDIDAS EN FRONTERA – No existe difusión – No existe integracion entre entidades – No se ajusta a la realidad nacional

• ACCIONES PENALES - SANCIONES PENALES – Unidad - Casos específicos

• ACCIONES CIVILES – Decisión 486 – Ley 256 – Actos de Competencia Desleal

• ¿ACCIONES ADMINISTRATIVAS?

UN NUEVO ESCENARIO • Competencia Jurisdiccional a las autoridades administrativas (CGP)  Especialidad  Técnica  Celeridad

– Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)  Infracción de Derechos de Propiedad Industrial  Acciones de Competencia Desleal – Dirección Nacional de Derechos de Autor – Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)

ACCIÓN DE INFRACCIÓN DE MARCA Proceso Civil donde discute: • •

Infracción de un derecho y; pago de indemnización de perjuicios

• Solicitud de medidas cautelares previas al proceso, en conjunto con la demanda o en trámite de la misma (Decisión 486 y Art. 590 del CGP): CGP - Cualquiera medida que el Juez encuentre razonable para la protección del derecho objeto del litigio, impedir su infracción o evitar las consecuencias derivadas de la misma, prevenir daños, hacer cesar los que se hubieren causado o asegurar la efectividad de la pretensión. (Innominadas)  Las medidas son de aplicación inmediata  La interposición de recursos no la suspende.  Si son medidas cautelares relacionadas con pretensiones pecuniarias, se podrá impedir su práctica o solicitar levantamiento o modificación mediante la prestación de una caución para garantizar el cumplimiento de la eventual sentencia o la indemnización de los perjuicios. No podrá prestarse caución cuando las medidas cautelares no estén relacionadas con pretensiones económicas o procuren anticipar materialmente el fallo.

NUEVAS FORMAS DE INDEMNIZACIÓN Cuantía del daño no tradicionales (Avance trascendental) -

Daños prestablecidos - La indemnización de 3 salarios mínimos mensuales, hasta un máximo de 100, por cada marca infringida. Se incrementará hasta 200 salarios, si la marca es declarada “notoria”, se demuestra la mala fe, se puso en peligro la vida y/o salud de las personas o se dé una reincidencia.

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Juramento Estimatorio. Juramento hará prueba de cuantía mientras no sea objetada por la parte. Solo se considerará objeción que especifique razonadamente inexactitud estimación. Si la cantidad estimada excediere en el cincuenta por ciento (50%) a la que resulte probada, se condenará a quien hizo el juramento estimatorio a pagar una suma equivalente al diez por ciento (10%) de la diferencia entre la cantidad estimada y la probada, a favor del C.S.J.

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Tradicional – daño probado (si existe objeción) Solo se considerará objeción que especifique razonadamente inexactitud estimación.

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CONSIDERACIONES GENERALES DE LA ACCIÓN DE INFRACCIÓN DE MARCA • Proceso: Puede tomar 12 meses desde la notificación de la demanda. Art. 121 CGP. • Apelación: Ante el Tribunal Superior de Bogotá. • Prescripción: 2 años desde que se tuvo conocimiento o 5 desde que ocurrió el último acto (continuado).

COMPETENCIA DESLEAL • Objeto: Proceso civil para prevenir o prohibir los actos de competencia desleal, no la infracción de la marca. • Puede ser adelantado ante la SIC • Acciones: (i) declarativa y de condena y (ii) preventiva o de prohibición. • Medidas Cautelares. Mismas del GCP

¿CUAL? Acción Civil Acción de Competencia Desleal

Acción penal Acción administrativa

PELIGROS Y DUDAS • Nuevas formas de infracción – Ventas por internet – Portales de venta por internet – Responsabilidad de proveedores de merketplace • Acciones administrativas rápidas y eficaces ¿existen? – Multas – Acciones administrativas de incautación

“EL ARMAGEDON” El Tribunal Andino de Justicia • Proceso de Intepretación Prejudicial 382-IP-2015

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ANTECEDENTES • •

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Demanda por infracción de derechos de Propiedad Industrial sobre diseño industria. Expediente 2014-232627 /Babyliss SARL Vs. Impobe Aliss Group Corporation S.A.S Conoce la SIC SIC solicitó intepretación del Tribunal de los artículos 115 y 129 de la Decisión 486: – Art. 115 “En el marco de un proceso por infracción al derecho de Propiedad Industrial, se puede discutir el cumplimiento de los requisitos de registro del diseño” – Art. 129 “Cómo se analiza el carácter secundario o principal entre características del diseño industrial”

LO CONCEPTUADO • Las diferencias secundarias están determinadas por la percepción del consumidor medio. Si le son indiferentes los cambios, son sólo diferencias secundarias • No resulta pertinente para la autoridad judicial analizar si el registro cumplía o no los requisitos para el registro.

EL ARMAGEDON DE LO ABSURDO • Sin haberlo preguntado conceptuó: – La acción de infracción sólo se dirige contra actos de infracción actuales o inminentes. – El Juez debe establecer si al momento de interponerse la demanda se encontraban vigentes los actos presuntamente infractores, o si por el contrario fueron objeto de cesación. – Conclusión: si cesaron los actos al momento de la infracción, ésta no cabe.

¿QUÉ PASA CON? •

La prescripción del art. 244 de la Decisión 486



Los daños y perjuicios causados cuando cesa la infracción de forma previa a la infracción



Con las acciones previas al inicio de la infracción

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