INFORME DE RESTAURACIÓN DE EXPLOTACIONES MINERAS EN ANDALUCIA

INFORME DE RESTAURACIÓN DE EXPLOTACIONES MINERAS EN ANDALUCIA BORRADOR 1.- DEL SECTOR EXTRACTIVO DE ARIDOS EN ANDALUCÍA. Las explotaciones activas de

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INFORME DE RESTAURACIÓN DE EXPLOTACIONES MINERAS EN ANDALUCIA BORRADOR 1.- DEL SECTOR EXTRACTIVO DE ARIDOS EN ANDALUCÍA. Las explotaciones activas de Andalucía en el año 2.007 eran 852, según datos de la Dirección General de Industria Energía y Minas. Para el diagnóstico del sector minero se han considerado las 823 explotaciones que se corresponden con sustancias objeto de análisis del Plan de Ordenación de Recursos Minerales de Andalucía, ya que se han excluido las explotaciones pertenecientes a las sales, escombreras y recursos geotérmicos que suponen un total de 29. Las explotaciones de áridos en Andalucía se reparten de manera muy heterogénea por todo el territorio de Andalucía. Analizando la distribución de dichas explotaciones por las Unidades Territoriales (U.T.) definidas por el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA), se obtiene que las unidades UT (15) Campiña y Sierra Sur de Sevilla, UT (16) Serranías de Cádiz y Ronda, UT (19) Depresiones de Antequera y Granada y UT (20) Campiña y Subbético de Córdoba-Jaén aglutinan el 25,1% de las explotaciones. Por el contrario las unidades territoriales de (11) Costa Noroeste de Cádiz y UT (22) Montoro con tres explotaciones, UT (5) Sierra Norte de Sevilla con dos y UT (1) Sierra de Aracena con una son las que menor número de explotaciones tienen. Las unidades territoriales con mayor número de explotaciones se corresponden con las de mayor producción destacando la unidad UT (15) Campiña y Sierra Sur de Sevilla con el 10,57% de la producción andaluza, UT (16) Sierra de Cádiz y Ronda con el 9,29%, UT (9) Centro Regional de Sevilla con el 8,47% y UT (19) Depresiones de Antequera y Granada con el 8,02%, sumando todas ellas el 36,35% del total de la producción de Andalucía. Por el contrario, las de menor producción destacan la UT (29) Costa Tropical con 0,26%, la UT (2) Andévalo y Minas con 0,24%, la UT (22) Montoro con 0,22%, la UT (1) Sierra de Aracena 0,18% y la UT (11) Costa Noroeste de Cádiz con el 0,17%, sumando todas ellas sólo el 1,08% del total de la producción. Otra característica de la distribución territorial de la actividad minera relativa a los áridos es que las explotaciones se encuentran muy concentradas por municipios al igual que la producción. Los municipios andaluces con más explotaciones son: Arcos de la Frontera con 12, 13 en Moguer, existiendo otras 17 entre La Rinconada y su pedanía San José de la Rinconada y, por último, la Sierra de San Cristóbal entre Jerez de la Frontera (21) y el Puerto de Santa María (3) con un total de 24 explotaciones. Sin embargo, el municipio que cuenta con mayor producción es Casares con el 4,62% del total de la Comunidad, seguido de Alhaurín de la Torre con el 3,70%, Pedrera con el 3,43%, La Rinconada con el 3,26% y Jerez de la Frontera con el 2,66%. Relacionando las toneladas de áridos producidas, en cada una de las áreas que define el POTA para el territorio andaluz, con la población que las habita, se obtiene una producción por habitante muy dispar entre unos ámbitos territoriales y otros. Concretamente, este indicador, para el año 2007, oscila entre las 58,85 Tm/hab/año de la UT (30) Alpujarras-Sierra Nevada y

el 1,5 Tm/hab/año de la UT (11) Costa Noroeste de Cádiz. El valor promedio para Andalucía es de 13,40 Tm/hab/año. Desde un aspecto más gráfico se pueden reflejar en cuadros ideas de la realidad del sector. Así se puede reflejar en cuadros:

1.- EXPLOTACIONES MINERAS ACTIVAS EN ANDALUCIA 2007 Provincias

tanto por ciento

Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla

24,06% 11,18% 7,53% 3,73% 8,26% 11,18% 8,38% 15,67%

Fuente: Información aportada por la DGIEM, 2007

2.- EXPLOTACIONES ACTIVAS EN ANDALUCÍA Provincia



Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla

198 92 62 113 68 92 69 129

Andalucía

823

Explotaciones% Total

Andalucía

24,06% 11,18% 7,53% 13,73% 8,26% 11,18% 8,38% 15,67% 100,00%

Fuente: Dirección General de Industria, Energía y Minas (DGIEM), 2007

En cuanto a la distribución provincial de las explotaciones andaluzas, destaca la provincia de Almería, que aglutina el 24,06% de las mismas, seguida de Sevilla(15,67%), Granada (13,73%) y Cádiz (11,18%). Le siguen Jaén (11,18%) y Málaga (8,38%), siendo Huelva (8,26%) yCórdoba (7,53%) las que menos explotaciones activas concentran.

Atendiendo a la distribución de las explotaciones por grupos de sustancias , en el año 2007 un 68,89% de las explotaciones activas corresponden a rocas industriales, en su mayoría áridos, y un 22,24% a rocas ornamentales, esencialmente explotaciones de mármol y caliza ornamental, por tanto el 91,13% de las explotaciones activas corresponden a canteras de áridos o mármol y caliza ornamental. El 8,87% restante corresponde a minerales industriales, siendo en términos porcentuales muy escasas la representación de explotaciones de minerales metálicos y energéticos, aunque hay que destacar la importancia económica y social de este tipo de explotaciones en Andalucía, a lo largo de su historia, dando lugar a importantes distritos mineros como la Faja Pirítica de Huelva y el Valle del Guadiato en Córdoba.

3.- NÚMERO DE EXPLOTACIONES POR MATERIAS PRIMAS. Rocas Ornamentales 183 Metales Preciosos 0 Rocas Industriales 567 Metales Base 2 Minerales Industriales 69 Energéticos 2 TOTAL 823 Fuente: DGIEM, 2007 La distribución de las explotaciones por grupos de materias primas minerales a nivel provincial refleja el predominio de las rocas ornamentales en Almería y la presencia de explotaciones de rocas industriales, principalmente áridos, en todas las provincias andaluzas.

4.- GRUPO DE MATERIAS MINERALES EN EL AÑO 2007 ENERGÉTICOS METALES BASE ROCASORNAMENTALES ROCAS INDUSTRIALES MINERALES INDUSTRIALES METALES PRECIOSOS Fuente: DGIEM, 2007

0,24% 0,24% 22,24% 68,89% 8,38% 0,00%

Al analizar con mayor detalle la distribución provincial de las explotaciones por los grandes grupos de sustancias (roca ornamental, roca industrial y minerales industriales), que suman el 99,54% de las explotaciones activas en Andalucía en el año 2007. Cabe observar un alto grado de especialización de Almería en roca ornamental, llegando a concentrar el 67,76% de las explotaciones, cifra muy superior a la de la siguiente provincia, Granada, que aglutina al 20,22%. Ambas provincias suman conjuntamente el 87,98 % de las explotaciones de rocas ornamentales en Andalucía. En Almería se concentran en la Comarca del Mármol, mientras que en Granada se sitúan en las Sierras Subbéticas del norte de la provincia. Por lo que se refiere a minerales industriales, el número de explotaciones se reparten de forma más equitativa entre las ocho provincias, destacando Sevilla (27,54%) y Almería (24,64%). En cuanto a rocas industriales, el número de canteras se reparte de manera muy proporcionada entre las ocho provincias. Se trata del árido y su equitativa distribución responde a su presencia por todo el territorio andaluz y a la necesidad de reducir costes, por lo que la zona de explotación ha de estar cerca de la zona de consumo. 2.1.3.2 Indicios Minerales La base de datos obtenida de indicios minerales en Andalucía arroja un total de 5.709 registros. Una tercera parte de ellos (38,89%) corresponden a 32 metales base (consecuencia de la elaboración sistemática de registro de indicios de la minería metálica en Andalucía), otra tercera parte (37,92%) a rocas industriales y el resto se distribuye entre minerales industriales (13,94%), rocas ornamentales (5,89%), energéticos (1,87%) y metales preciosos (1,49%).

5.- INDICIOS POR GRUPOS DE SUSTANCIAS Rocas Industriales Minerales Industriales Metales Preciosos Rocas Ornamentales Minerales Energéticos Metales Base

37,92% 13,94% 1,49% 5,89% 1,87% 38,89%

Fuente: Mapa Geológico y Minero de Andalucía 1/400.000

2.- DE LA RESTAURACIÓN DE EXPLOTACIONES MINERASLa restauración de las explotaciones mineras responde a dos grandes principios rectores que aparecen reflejados en la legislación y doctrina jurisprudencial, a saber, el uso racional de los recursos naturales y la ponderación o armonización de los diversos intereses generales que concurren en las actividades extractivas y mineras. A continuación se expresa una relación de las diversas disposiciones normativas y principales normativa específica . “La Ley de Minas de 1973, se halla imbuida de filosofía conservadora del medio ambiente, en la idea de que la obtención de un recurso natural, como es el producto minero, sólo debe comprometer en la menor cuantía posible la utilización y conservación de otros bienes, como el espacio en el que se sitúan las explotaciones, procurando, al mismo tiempo, que las legítimas medidas de protección de dichos bienes han de evitar ser excesivamente maximalistas, de tal forma que no hagan económica o técnicamente inviable el desarrollo de las actividades extractivas, ya que ello supondría un importante deterioro social y económico que el país no puede permitirse. La necesidad de guardar el preciso equilibrio entre los dos fines indicados, obliga al estudio particular de cada uno, con objeto de ponderar las numerosas y muy diversas circunstancias -algunas de ellas difícilmente posibles de prever- que concurren en cada explotación y los requerimientos que se derivan de las características de su entorno natural, que presentan grandes diferencias de un lugar a otro”. Por tanto, sendos principios rectores (protección del medio ambiente, por un lado, y desarrollo social y económico sostenible, por otro) son plenamente compatibles y la función de los distintos operadores consiste en garantizar el necesario equilibrio entre ambos, de tal forma que ninguno de ellos prevalezca o anule por completo al otro. A) LEGISLACION BASICA QUE CONTIENE LOS MENCIONADOS PRINCIPIOS RECTORES. Pasamos a analizar la pirámide normativa del ordenamiento jurídico español que demuestra la clara voluntad del legislador de compatibilizar el uso racional de los recursos mineros con el desarrollo económico sostenible: 1º/ La Constitución Española. - El artículo 45.2 dispone que “Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva”. Dicho precepto contiene el primero de los principios rectores comentados, declarando como bien constitucional objeto de protección el medio ambiente. - El artículo 128 dispone que “Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general”. - El artículo 130.1 establece que “Los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos”.

Dichos preceptos constitucionales, ubicados dentro del Título VII denominado “Economía y Hacienda”, prescriben que la riqueza nacional, entre la que se encuentran los recursos mineros, queda subordinada al interés general y que el desarrollo de, entre otros, el sector minero debe ser objeto de atención por parte de los poderes públicos. 2º/ La Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas. Dicha Ley, de carácter preconstitucional, también armoniza el uso racional de los recursos mineros con el interés general de las actividades mineras y así: - Los artículos 5.3, 17.2, 34.3, 66, 69.1 y 81 recogen referencias expresas a la protección del medio ambiente y uso racional de las explotaciones mineras, y al mismo tiempo, - El artículo 122, añadido por la reciente Ley 12/2007, de 2 de julio, dispone que “Cualquier prohibición contenida en los instrumentos de ordenación sobre actividades incluidas en la Ley de Minas deberá ser motivada y no podrá ser de carácter genérico”, donde subyace que las actividades mineras, al estar subordinadas al interés general, no pueden ser prohibidas sin que previamente se haya efectuado un juicio de prevalencia entre todos los intereses en juego.

B) NORMATIVA ESPECIFICA EN MATERIA DE RESTAURACION DE EXPLOTACIONES MINERAS.

1º/ Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre sobre Restauración del espacio natural afectado por actividades mineras. Dicho Real Decreto regula el denominado Plan de Restauración, instrumento que tiene por finalidad garantizar el equilibrio entre los intereses generales contrapuestos (la protección del medio ambiente y el desarrollo del sector económico minero). Podemos destacar los siguientes artículos: - Art. 2: “Con carácter previo al otorgamiento de una autorización de aprovechamiento o de una concesión de explotación, el solicitante deberá presentar ante la Dirección Provincial del Ministerio de Industria y Energía, o, en su caso, ante el órgano competente en minería de las Comunidades Autónomas un Plan de Restauración del espacio natural afectado, por las labores. Dicho Plan deberá acompañar a la documentación correspondiente a la solicitud de autorización o concesión”. - Art. 3: “El Plan de Restauración contendrá: 1. Información detallada sobre el lugar previsto para las labores mineras y su entorno incluyendo, como mínimo, las siguientes especificaciones: a. Descripción del medio físico, con referencia a la geología, hidrología, hidrogeología, climatología, superficie vegetal, paisaje y demás elementos que permitan definir la configuración del medio.

b. Definición del medio socioeconómico, que incluya la relación de usos y aprovechamientos preexistentes, propiedades, obra de infraestructura, instalaciones y regímenes jurídicos especiales, en su caso, aplicables a la zona. c. Descripción de las características del aprovechamiento minero previsto, así como de sus servicios e instalaciones. d. Planes y documentación relativos a los aspectos contemplados en los párrafos anteriores. 2. Medidas previstas para la restauración del espacio natural afectado por el aprovechamiento o explotación, conteniendo. como mínimo, las siguientes especificaciones: a. Acondicionamiento de la superficie del terreno, ya sea vegetal o de otro tipo. b. Medidas para evitar la posible erosión. c. Protección del paisaje. d. Estudio del impacto ambiental de la explotación sobre los recursos naturales de la zona y medidas previstas para su protección. e. Proyecto de almacenamiento de los residuos mineros que generen y sistemas previstos para paliar el deterioro ambiental por este concepto. El Plan de Restauración contendrá asimismo el calendario de ejecución y coste estimado de los trabajos de restauración”. - Art. 4: “La aprobación del Plan de Restauración, se hará juntamente con el otorgamiento de la autorización de aprovechamiento o la concesión de explotación, y tendrá la consideración de condición especial de dichos títulos. No podrán otorgarse éstos si a través del Plan de Restauración no queda debidamente asegurada la restauración del espacio natural. En todo caso, la restauración se graduará en función de la fisonomía, configuración, características, valor y utilización del suelo, antes del inicio de las explotaciones”. - Art. 5: “El titular del aprovechamiento o explotación o, en su caso, el explotador, si lo hubiere, asume la obligación de realizar con sus medios el Plan de Restauración con arreglo al programa de ejecución previsto en el mismo. La Administración podrá exigir la garantía suficiente para asegurar el cumplimiento de aquél”. 2º/ Orden de 20 de noviembre de 1984 por la que se desarrolla el anterior Real Decreto. Dicha orden desarrolla el artículo 5 del R.D. y regula la forma de constitución de los denominados “avales de restauración” que garantizan frente a la Administración la ejecución del Plan de Restauración a la finalización del correspondiente permiso o concesión minera.

Conclusiones: - El titular de una solicitud de las previstas en la Ley de Minas, debe presentar, con carácter previo al otorgamiento de una autorización o de una concesión de explotación, un Plan de Restauración del Espacio Natural, afectado por las labores extractivas. - El Plan, una vez aprobado por la Administración, se convierte en obligatorio para el titular del derecho minero, para lo cual lo garantiza mediante el "Aval de Restauración".

2.2 Explotaciones mineras en Andalucía según situación de la actividad y grado de restauración. 2005

Número de explotaciones mineras en Andalucía según situación de la actividad y grado de restauración. 2005

Situación Explotación inactiva Explotación inactiva Explotación inactiva Explotación activa Explotación activa Explotación activa Restaurada Total

Grado de restauración Sin definir Sin Restaurar Restauración iniciada Sin definir Sin Restaurar Restauración iniciada Restauración acabada

Cada una de las explotaciones mineras está asignada a aquella provincia en la que ocupa mayor superficie.

Fuente: Consejería de Medio Ambiente. 2008

Numero de Explotaciones 1 1650 665 1 660 199 636 3.812

L L L L L

A A A A A

2.3 Explotaciones mineras en Andalucía según situación de la actividad y grado de restauración, por provincias. 2005

Número de explotaciones mineras en Andalucía según situación de la actividad y grado de restauración, por provincias. 2005 Provincia ALMERIA ALMERIA ALMERIA ALMERIA ALMERIA CADIZ CADIZ CADIZ CADIZ CADIZ CORDOBA CORDOBA CORDOBA CORDOBA CORDOBA GRANADA GRANADA GRANADA GRANADA GRANADA GRANADA HUELVA HUELVA HUELVA HUELVA HUELVA HUELVA JAEN JAEN JAEN JAEN JAEN MALAGA MALAGA

Situación Explotación inactiva Explotación inactiva Explotación activa Explotación activa Restaurada Explotación inactiva Explotación inactiva Explotación activa Explotación activa Restaurada Explotación inactiva Explotación inactiva Explotación activa Explotación activa Restaurada Explotación inactiva Explotación inactiva Explotación inactiva Explotación activa Explotación activa Restaurada Explotación inactiva Explotación inactiva Explotación activa Explotación activa Explotación activa Restaurada Explotación inactiva Explotación inactiva Explotación activa Explotación activa Restaurada Explotación inactiva Explotación inactiva

Grado de restauración Sin Restaurar Restauración iniciada Sin Restaurar Restauración iniciada Restauración acabada Sin Restaurar Restauración iniciada Sin Restaurar Restauración iniciada Restauración acabada Sin Restaurar Restauración iniciada Sin Restaurar Restauración iniciada Restauración acabada Sin definir Sin Restaurar Restauración iniciada Sin Restaurar Restauración iniciada Restauración acabada Sin Restaurar Restauración iniciada Sin definir Sin Restaurar Restauración iniciada Restauración acabada Sin Restaurar Restauración iniciada Sin Restaurar Restauración iniciada Restauración acabada Sin Restaurar Restauración iniciada

N explotaciones 117 19 142 10 54 103 33 97 38 104 91 333 49 38 176 1 328 46 118 8 94 132 21 1 62 18 75 258 105 75 28 21 338 53

MALAGA MALAGA MALAGA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA

Explotación activa Explotación activa Restaurada Explotación inactiva Explotación inactiva Explotación activa Explotación activa Restaurada

Sin Restaurar Restauración iniciada Restauración acabada Sin Restaurar Restauración iniciada Sin Restaurar Restauración iniciada Restauración acabada

Cada una de las explotaciones mineras está asignada a aquella provincia en la que ocupa mayor superficie.

Fuente: Consejería de Medio Ambiente. 2008

58 7 13 283 55 59 52 99

INFORME DE RESTAURACIÓN DE EXPLOTACIONES MINERAS EN ANDALUCIA

Málaga, Diciembre de 2009

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