INFORME SOBRE PRINCIPALES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN ECUADOR (CEDHU-2008)

INFORME SOBRE PRINCIPALES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN ECUADOR (CEDHU-2008) A pesar de que el Ecuador en su Constitución establece que el má

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INFORME SOBRE PRINCIPALES VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN ECUADOR (CEDHU-2008) A pesar de que el Ecuador en su Constitución establece que el más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos humanos y que es suscriptor de varios Convenios Internacionales que establecen su obligación de respetar y garantizar la plena vigencia de los derechos humanos a favor de toda la población que se encuentra sujeta a su territorio, en la práctica aquello no ocurre. En efecto durante el año hemos recibido denuncias que se refieren a tres desapariciones forzadas efectuada por agentes del Estado, 32 homicidios, 50 agresiones físicas, 17 torturas, 6 incomunicaciones, 57 detenciones arbitrarias, entre otras violaciones cometidas por agentes estatales, a más de que la lentitud judicial y la facilidad con que se emiten órdenes de prisión preventiva por parte de la administración de justicia, permite que la población carcelaria esta sobrepasada, por cuanto hay aproximadamente 16.000 personas detenidas en instalaciones que tienen capacidad para 7.000, lo cual genera hacinamiento con su correspondiente violencia interna que ha provocado varias muertes de personas bajo custodia del Estado, sin que las misma sean investigadas. Esta situación además ha provocado que ante la falta de espacio físico en las cárceles, los detenidos permanezcan en lúgubres calabozos policiales sin las más mínimas condiciones de higiene. Debemos tomar en cuenta que el número de denuncias que recibe la CEDHU son apenas un referente y en ninguna forma representan el total de violaciones a los derechos humanos que ocurren a nivel nacional, pues muchas permanecen en el anonimato por desconocimiento de las personas de que dichos actos se pueden denunciar o por temor de las víctimas o sus familiares, también ocurre que las violaciones no se denuncian por las amenazas que han recibido o por que desconfian de la administración de justicia en cuanto a que haya una real investigación de los hechos o también por cuanto consideran que las autoridades encubrirán a los responsables. Durante este año se ha constatado que las acciones de protesta efectuadas por la población en contra del Gobierno especialmente en oposición a la realización de actividades extractivas como la minería han sido duramente reprimidas, lo cual obviamente ha causado personas lesionadas, detenidas y enjuiciadas penalmente. Evidenciando una represión sistemática que se está empleando para evitar la protesta social en contra de las transnacionales mineras, y es otra muestra de la criminalización de la lucha que se viene dando en contra de las personas que defienden su derecho a vivir en un ambiente sano, libre de contaminación y a que se les consulte cuando ciertas actividades públicas o privadas van a afectarles en el ejercicio de sus derechos garantizados en la nueva Constitución Política aptrobada ediante referendum en septiembre de 2008, al momento muchas de estas personas son enjuiciadas por supuestos delitos de sabotaje.

Este año la Asamblea Constituyente aprobó una Amnistía general a las y los enjuiciados penalmente por "acciones de resistencia y de protesta que ciudadanos y ciudadanas han llevado adelante en defensa de sus comunidades y de la naturaleza, frente a proyectos de explotación de los recursos naturales, y que por ello han sido enjuiciados penalmente por delitos comunes tipificados en el Código Penal." (Art. 1 de la Amnistía). Este reconocimiento de la protesta popular como legítima deben considerar tanto autoridades de gobierno, como policías, fiscales y jueces al momento de conocer y resolver los nuevos casos de detenidos por protestar en defensa del ambiente y de su derecho a vivir en dondiciones dígnas, pues las comunidades están firmes en su decisión de defender su vida y la soberanía. A continuación narramos algunos casos de los más graves que se ha recibido en nuestra institución en torno a las violaciones manifestadas.

HOMICIDIO CASO 1 El 30 de diciembre de 2007 Daniel, un joven de la parroquia PacayacuSucumbios que estaba realizando el servicio militar y por fin de año se encontraba franco, fue asesinado por guardías de seguridad de la Compañía SEPRIV, encargados de la custodia del pozo SECOYA No. 14 de Petroecuador. La autopsia practicada evidenció que Daniel fue disparado a quemaropa, fue torturado y ahorcado. Ese día aproximadamente a las 22H00, Daniel con dos amigos regresaban a sus domicilios ubicados en la Parroquia Pacayacu, después de haber estado cazando toda la tarde. Al momento que pasaban por el pozo SECOYA No. 14 de propiedad de Petroecuador escucharon el ruido de un vehículo que ingresaba a esa dirección, al que se le acercaron para pedirles que les llevarán. Al aproximarse el carro se percatan que era un carro de patrulla de la Compañía se Seguridad SEPRIV que se encarga de custodiar el pozo. Inesperadamente los guardias se bajan con la orden simultánea de disparar, por lo que los jóvenes se asustan y corren hacia la vegetación mientras las guardias disparaban. Uno de los amigos de Daniel lo escucho gritar “que no lo maten”, uno de los guardias dio “¡ah es un ciudadano!” . Momentos después se escucharon los quejidos de Daniel, seguramente estaba herido. Se escucho otra voz que ordenaba que le amarren las manos. Los dos amigos de Daniel temerosos por sus vidas se internaron en la selva volviéndose a encontrar dos horas más tarde, estuvieron perdidos, buscando una salida hasta las 05H00 del siguiente día en que lograron retornar a sus casas y contar lo sucedido.

Los familiares se dirigieron a las oficinas de la Compañía de Seguridad donde un capitán Soria les envió a hablar con el jefe de seguridad de Petroproducción quien negó que lo tengan detenido y desconocer los hechos, sugiriéndoles lo busquen en el lugar de los hechos. Cuando llegaron al sitio encontraron la carabina de caza y el machete de Daniel y había gotas de sangre y casquillos de las municiones. Fueron a la Tenencia Política para poner la denuncia y solicitar ayuda para encontrar a Daniel pero no les quisieron ayudar por lo que recurrieron a l campamento de Cooper de los militares (ya que Daniel era conscripto que esos días se encontraba franco por fin de año) ellos les indicaron exija a la Tenienta política y a la Policía vayan al lugar de los hechos. El 01 de enero se realizó la inspección del lugar de los hechos con la Tenienta Política, la Policía y militares, ahí se recogieron los casquillos que se encuentran en custodia de la Policía. Desde ese día con apoyo de la comunidad se empezó la búsqueda de Daniel sin tener resultados. El 03 de enero al ver que Daniel no aparecía, el padre pode la denuncia en la Fiscalía. El 06 de enero la Policía les comunico que un cuerpo ha sido ubicado en el río Aguarico y que lo busquen desde el puente que esta ubicado en la vía que va al Coca hacia abajo. Con la ayuda de la comunidad iniciaron la búsqueda encontrando el cuerpo a los ocho días de desaparecido. La autopsia practicada evidenció que Daniel fue disparado a quemaropa, fue torturado y ahorcado. Manifiestan que la compañía SEPRIV hizo contacto con ellos a través de una persona que se identificó como miembro de las Fuerzas Armadas de Quito, diciéndoles que el caso es de su competencia ya que Daniel era conscripto. También dice que la compañía les propuso hacer un arreglo si llevar el caso a mayores problemas, ofreciéndoles mil dólares. Indican que hasta el momento no hay resultados de la denuncia de la Fiscalía y no hay culpables de la muerte de Daniel. Por lo que solicitan apoyo par que esta violación a los dd,hh no quede en la impunidad. CASO 2 El 15 de enero a las 17H30 Carlos policía en servicio activo, junto a su amigo José se dirigieron al hotel Estuario a cobrar un dinero a la señora Mariaelisa Benítez, quien les había citado en el mencionado lugar y hora para proceder al pago. Según versión de la Policía la señora Benítez habría realizado una llamada a la Policía indicando que horas antes estas mismas personas habían ido al hotel en su busca con el fin de amenazarle y extorsionarle, pidiendo 5000 dólares caso contrario la secuestraban y mataban. La Policía armo un operativo al interior del hotel donde esperaron a los supuestos extorsionadores. Cuando Carlos y José ingresaron, los policías sin realizar ninguna averiguación o esperar justificación procedieron a disparar a

quemarropa a José y luego a Carlos. Por versiones de algunos testigos que han llamado a un programa de radio llamada “la voz del amigo” se conoce que Carlos se encontraba arrodillado con los brazos extendidos (abiertos) y pedía clemencia, que no lo maten, que él no sabía nada; y además se había identificado como policía en servicio activo, sin embargo fue disparado a quemarropa. La autopsia corrobora esta versión ya que se señala que presentaba una herida mortal producida por arma de fuego (9 mm) en el hueso occipital parte inferior a la altura del cuello, lo que le provocó la muerte. La Policía argumenta que Carlos y José estaban armados y que dispararon primero por lo que se vieron obligados a dispararles pero la versión de los testigos y los lugares por donde ingresaron las balas confirman que fueron disparados a quemarropa. Carlos había alzado los brazos en señal de rendición pero fue disparado, lo que constituye una ejecución extrajudicial. En el supuesto caso que habrían estado cometiendo un delito debían ser apresados, detenidos y presentados ante la autoridad competente para su juzgamiento. CASO 3 El 15 de mayo de 2008 KLÉVER ARCE TORO en Esmeraldas junto a unos amigos y un familiar salió a festejar estando franco de la conscripción. A la salida de un night club, uno de los muchachos debido a que no tenía su cédula de identidad se puso nervioso al ver el carro policial con placas EWA-054, marca Chevrolet, modelo Rodeo en el que se movilizaban dos agentes de policías. Kléver y los otros muchachos participando del susto corrieron, ese fue el inicio de la tragedia, pues los policías dispararon contra los muchachos. Hirieron a Marcelo Rodríguez que bañado en sangre consiguió llegar hasta su casa, en cambio Kléver salió de un escondite presentando el documento que lo acreditaba como conscripto. Los policías lo detuvieron sin que presentara ninguna lesión en su cuerpo y se lo llevaron, su cadáver apareció al tercer día en la vía Esmeraldas-Atacames. La causa de la muerte se produce por las lesiones de arma de fuego de carga única disparada a muy corta distancia que impacta y penetra la cavidad craneal, con orificios de entrada y salida, desde esa fecha su familia ha recibido llamadas amenazantes e incluso hostigamiento. CASO 4 Durante un operativo policial desarrollado en la vía a la Costa el 7 de junio de 2008 efectuado por elementos del Grupo de Apoyo Operacional (GAO) en que murieron cuatro personas y quedó herido Braulio Barco Bermeo, el informe policial dice que los ocupantes dle vehículo iban a asaltar un furgón ya que se movilizaban en actitud sospechosa, sin embargo el sobreviviente contradice la versión policial y dice que no hubo enfrentamiento, que ellos venían de la playa y fueron sin aviso atacados por los policías.

CASO 5 El 29 de noviembre en horas de la tarde en el sector de Alangasi, vía a Pintag, diagonal a la entrada al sector San Francisco de Aphuma, Distrito Metropolitano de Quito, agentes del GAO de la policía nacional procedieron a ejecutar a 9 personas que se movilizaban en dos vehículos. La policía sostiene que los fallecidos venían asaltando una fábrica y que al ser informados acudieron en vehículos policiales al lugar dando alcance a los delincuentes que al percatarse de su presencia los recibieron a tiros por lo cual en legítima defensa debieron responder resultando abatidos todos los delincuentes. Sin embargo personas del lugar que por temor no se identifican manifiestan que: los dos vehículos fueron rodeados y detuvieron los autos su marcha, momentos en que aquellos que se movilizaban en un taxi y una camioneta les dispararon de atrás, de frente y de los costados y que tras los hechos incluso uno de los individuos se bajó y disparó en contra de quienes aún estaban vivos, incluso se afirmó que uno de los ocupantes de los dos vehículos cuyo origen es colombiano de rodillas solicitó que no lo maten e igualmente le dispararon. Manifiestan que los policías al momento de los hechos estaban de civil y se movilizaban en vehículos particulares. CASO 6 En Solanda al sur de Quito, en la casa de la familia Torres Piña el sábado 7 de junio había fiesta por la primera comunión que hizo el hijo mayor de Jairo Torres, había normalidad hasta que minutos antes de la medianoche se terminó el trago, por lo que Jairo en compañía de un familiar se dirigieron a una tienda para comprar más licor, en el momento en que pasaban por el parque Alto, sector 4, se encontraron con el subteniente de policía Stalin Armijos vestido de civil, les quedó viendo mal, por lo que Marco Granja dijo que pasa y continuaron a la tienda, como les falto dinero regresaron a casa y de ahí otra vez a la tienda, pero esta vez el policía estaba acompañado de dos chicas y otro sujeto, al estar pasando el policía sacó su arma y le apunto a Marco, dando origen a una pelea y el policía disparó a Jairo que cayó al piso luego la prima de 15 años le disparó cuatro veces más. En tanto el policía dice que falso, que esa noche salió con su sobrina a pasear a una mascota, luego observó por el balcón que los policías del barrio retiraron a unas ocho personas que estaban tomando. Pensado que era seguro salir luego de la actuación de los gendarmes, pues en ese parque se reúnen los miembros de la pandilla Batos Locos, él bajó y mientras su can hacía sus necesidades, arrumó la basura que dejaron los bebedores al pie de su casa y comenzó a quemarla, momentos en que el occiso y su acompañante comenzaron a insultarlo y a acorralarlo. Su cuñado y su otra sobrina bajaron para auxiliarlo, pero él se estaba defendiendo. Al ver el relajo, los otros miembros del grupo comenzaron a pegarle a su cuñado, mientras él estaba en el piso peleando y sus sobrinas veían todo. De pronto escuchó disparos y se levantó corriendo. Su cuñado sangraba por la cabeza y por una herida en su mano. Al ver esa escena, el policía los hizo entrar en la casa y desde arriba vieron a un hombre acostado en el piso. Llamó a la Policía mientras los amigos del fallecido destrozaban los cristales de su casa y

fue detenido junto a la menor de sus sobrinas y a su cuñado para investigaciones. El policía dijo a sus compañeros que no disparó ya que su arma estaba en su habitación de la PJ, por lo que los policías fueron al 7º piso dela policía judicial y al llegar encontraron la puerta abierta y al padre del policía acusado, agitado en el interior del cuarto y encontraron el arma en el velador. CASO 7 En la Ciudad de Yaguachi, Provincia del Guayas, el 27 de julio de 2008, Luis apareió flotando en el río, la población acusó a agentes de policía del lugar como responsables del hecho, manifestando que lo detuvieron y golpearon para luego arrojarlo al río, por lo cual la población enardecida fue al recinto policial en busca de los policías responsables, llegando a causar daños a la istitución y lesiones a los agentes que debieron ser rescatados por sus compañeros y trasladados a la Ciudad de Milagro. CASO 8 El 19 de Enero Kevin su hermano y tío se transportaban en una motocicleta que fue impactada por el vehículo del Concejal de Quininde Walter Coello quien se encontraba en estado etílico. Producto del impacto Kevin falleció y las otras dos personas se encuentran heridas. El Juez Segundo de tránsito Alirio Rosales emitió la orden de detención en contra del Concejal, diez días después la revoca sin ningún fundamento. Se nos informa que existieron muchas presiones debido a que se trata de un concejal y tiene dinero. Es una persona influyente que a utilizado sus amistades para que se le revoque la orden de detención además el juez es amigo por lo que le facilitaron las cosas.

TORTURA CASO 1 El jueves 27 de marzo Miguel, Asdrúbal y Luis, fueron subidos al sexto piso a las ex oficinas del GAO acusados de haber participado en otro delito (asalto y robo a una joyería en el Centro Comercial El Bosque) diferente al cual fueron detenidos. Los policías del Grupo de Apoyo Operacional (GAO) quienes se encontraban cubiertos sus rostros con pasamontañas los esposaron con los brazos hacia atrás y les empezaron a golpear presionándoles para que declaren que son parte de la banda y que participaron en el robo a la joyería. Les obligaban inclusive a que acusen a los que ya estaban detenidos por el asalto, buscando que declaren donde estaba la demás gente de la banda y las cosas robadas. Luego les daban golpes especialmente en los brazos, glúteos y piernas, como lo específica el examen médico legal realizado dos días después de los hechos. Como los tres detenidos negaban su participación en el robo les pusieron una tela negra que

casi les cubría toda la cara, apenas podían ver, sosteniendo la misma con cinta de embalaje para luego botarles al suelo y ponerles una silla sobre su pecho poniendo las patas delanteras de la silla en el ángulo que formaban los brazos al haber sido esposados hacia atrás para de esa forma inmovilizarles. Seguidamente empezaron a regar agua sobre la tela la misma que entraba por las fosas nasales provocando ahogo, obligándoles a que abran la boca para respirar y arrojando más agua que volvía a ahogarles. Está tortura que no deja huellas es la más grave por los daños psicológicos que dejan en los individuos. Inducir ahogo, provoca desesperación, angustia, impotencia al no poder defenderse. De esta forma los investigadores del GAO obtuvieron la inculpación de los tres acusados, quienes después de haber sufrido una noche de tortura y hostigamiento estuvieron dispuestos a declarar y firmar cualquier tipo de confesión y acusación. Una vez que aceptaron autoinculparse e involucrar a los otros detenidos por el asalto, debido a las torturas, los bajaron a rendir versión no sin antes amenazarles que si cambiaban la versión los iban a subir nuevamente al sexto piso y la tortura iba a ser peor ya que lo que les hicieron en la noche no era nada frente a lo que ellos pueden hacer. El señor Cadena manifestó que al momento de rendir la versión ellos no dijeron nada, los mismos agentes redactaron la supuesta confesión, trajeron un abogado que ellos no conocían, quien no les dijo nada, ni pregunto nada, tampoco leyó la supuesta declaración, solo firmo. Luego se les extendió los papeles para que firmen devolviéndoles al calabozo, lugar en el que permanecen e indican que los agentes del GAO fueron varias veces a amenazarlos para que se mantengan en las versiones. A Miguel le realizaron el examen médico legal en el que se especifica que presenta equimosis en diversas partes de los brazos, glúteos, piernas. La incapacidad para el trabajo es de cuatro a ocho días lo que constituye un delito. Los otros dos jóvenes no tienen examen médico legal. ANTECEDENTES El 25 de marzo Miguel, Asdrúbal y Luís se encontraban en Carapungo tomando con unos amigos. Decidieron regresar a Tabacundo lugar donde residen por lo que subieron al vehículo de Miguel dispuestos a hacerlo. A la salida de Carapungo uno de ellos saco la mano por la ventana y volteo uno de los conos que la Policía ubica en las vías para seguridad. Un Policía del lugar se percato del hecho y les ordenó parquearse pidiendoles documentos; en ese momento se percato que Miguel quien manejaba tenía aliento a licor por lo que los detiene y conduce hasta la unidad de vigilancia de Carapungo. En el lugar proceden a la revisión del vehículo y encuentran dos revólveres por lo que son trasladados a la P.J donde le juez ordena la prisión preventiva por tratarse del delito de tenencia ilegal de armas. Cuando el aboga ya realizó el trámite para su libertad, miembros del Gao que estaban a cargo de la investigación del robo a la joyería de el Centro Comercial

El Bosque, entran a los calabozos de la PJ a ver a los detenidos del caso y de manera impulsiva señalan a Miguel y dicen este se parece a uno de los ladrones que esta en el video. A partir de entonces empezaron las acusaciones, los insultos y el amedrentamiento para que declaren que ellos son parte de la banda, más aún cuando los otros dos jóvenes eran colombianos. CASO 2 Diego realizaba la conscripción en una de las unidades militares de la ciudad de Guayaquil, faltándole apenas una semana para graduarse. El 25 de abril Diego fue castigado por un superior debido a que a criterio de éste no habría cumplido a cabalidad con un trabajo encomendado (colocar focos en el sector de la piscina). Se le obligó a trotar alrededor de la piscina con pesas de 50 kilos, Presenta además hematomas en el cráneo y rostro por lo que se presume que fue golpeado en la cabeza lo que posiblemente le hizo perder el conocimiento y caer a la piscina donde estuvo a punto de ahogarse y perder su vida. Estas agresiones lo mantuvo por seis días en terapia intensiva, presentando dificultad al hablar, perdida de la visión en uno de sus ojos y parálisis en la pierna derecha. Los militares han manifestado que sufrió un accidente sin dar mayores detalles.

CASO 3 Holger Becerra trabaja en calidad de guardia en el SENRES y que ahí se asesinó a un guardía que el 20 de diciembre le llamaron de SENRES diciendo que vaya a dejar la carpeta por cuanto querían contratarlo directamente que juntos acudieron el entro a las oficinas u ella se fue a pagar en el banco que queda cerca, que regresó y {el no apareció que pregunto en SENRES y nadie le dijo nada, que desesperada regresó a la casa y a las 21h30 se entro que él estaba detenido, acudió a la PJ y el agente Carlos Jumbo le permitió solo que le vea un momento y pudo observar que él estaba con la camisa mojada y tenía las manos y cara enrojecidas, que lo volvió a ver cuando fue llevado al CDP u le contó que el policía Carlos Jumbo junto a otros cuatro policías le torturaron en presencia del fiscal Henry Estrada, el cual incluso le había dado un golpe, que le pusieron una funda negra con deja y gas y le golpearon con patadas en diversas partes del cuerpo. Dice él que ha pesar del tiempo transcurrido le duele la cabeza, columna, cpostilla, pies y estómago y que al comer le duele mucho. Sin embargo no se realizó ningún examen médico que señale las lesiones sufridas. CASO 4

El 15 de julio de 2008 el menor Orlyn Fernando Rivadeneira Cedeño salia de clases del Colegio “Klever Franco Cruz” en la Ciudad de Machala y fue abordado por los policías Sgtos. JOSE AQUILINO CHACON CHACON; Cbop. EDISON SALVADOR BARRAGAN QUEZADA y el policía KLEVER ORDOÑEZ JUMBO que a la fuerza lo subieron a bordo de una camioneta policial y le acusaron de ser pandillero, le subieron a la fuerza al vehículo y le colocaron maskin en los ojos para llevarlo a lugares desconocidos. Le decían que él es pandillero y que hable a que pandilla pertenece, como negaba la acusación lo golpeaban en varias partes del cuerpo, para posteriormente llevarlo al hospital donde nuevamente lo golpean. Como en dicho lugar se niegan a extender un certificado médico, llevan al menor cerca de una gasolinera por la vía a Pajonal donde le quitan una cadena de plata, un reloj un celular W300 número 091489265, además de romperle su prótesis dental y dejarlo abandonado en el lugar. La madre junto al menor acudieron al Comando logrando identificar a los responsables, se hicieron el respectivo examen médico legal y presentaron además denuncia ante la fiscalía.

AGRESION FISICA CASO 1 Angel dice que el 1 de junio del año en curso, a las 11h30 aproximadamente en la Cardenal de La Torre y Pasaje S25A esquina del sector la isla (Solanda) José manuel Tipan Quishpe estaba conversando con Wilmer Arteaga, Alex Maigua; Gabriel Ortiz, y Fabián Tipán, momentos en que llegan en un chevrolet swift blanco de placas IBP-442 los policías Manuel Santiago Minda Zura y William Fernando Palacios Espinoza, armados de un tolete y una piedra y sin explicación alguna comienzan a dar golpes de pies y puño y con el tolete a José Tipán, lanzándolo varias veces contra un vehículo fiat rojo, placas PLE-024 que estaba parquedao en el lugar, provocándole varias heridas de gravedad, entre ellas de su mano derecha por corte al impacto contra el faro de dicho auto. Llega un policía uniformado (E. Yépez) que puso contra la pared a las cuatro personas sin prestar auxilio al herido que se desangraba y se pone a conversar con los agresores y esconden el tolete en el vehículo chevrolet swift, llegan más policías que se ponen a conversar con los agresores, quienes intentan retirarse del lugar diciendo si nosotros fuimos,, veánnos, que nos van a hacer, por lo cual los vecinos del lugar exigen a los uniformados procedan a detenerlos, negándose bajo el argumento de que también son policías, llegando a detenerlos por la presión ciudadana que observó la agresión. Las personas que conversaban con José solicitan acompañar a la fiscalía en calidad de testigos a fin de declarar ante el fiscal de delitos flagrantes, llegados a la PJ el teniente Antonio Mora les informa que quedan en calidad de detenidos, por cuanto los policías han hecho un parte diciendo que los civiles los agredieron, por lo cual son trasladados hasta la UVS hasta las 12h30 del

siguiente día, sin que se de la audiencia de cargos por varias evasivas del fiscal Dr. Franco, lo cual permitió que los policías agresores se rían de ellos. La denuncia que él presentó el 8 de junio la conoce el Dr. Germán Hermida, fiscal de la unidad de delitos contra la vida, que ordenó investigue el policía Paulo Ortega que tras varias evasivas argumentando estar muy ocupado cita para versiones el 15 de septiembre diligencia en que los agresores se dedican a intimidar a los testigos. El examen médico legal establece una incapacidad de 30 a 90 días CASO 2 Darwin indica que el 22 de abril de 2007 él juntamente con sus amigos Marcos y César fueron detenidos por agentes de la Policía Nacional por un supuesto robo de un celular. Aproximadamente a las 20H00 salieron de un bar y caminaban por el sector del parque Rotario-Quevedo, cuando de un patrullero se bajaron varios policías y empezaron a golpearles con puñetazos y patadas e insultándoles, sin darles ninguna explicación. Por tal razón Darwin reclamo y se dio un cruce de palabras entre ellos por lo que el policía dijo “ con que bravito, te voy a sacar la bravura a golpes, hijo de puta” por lo que Darwin reaccionó al escuchar que lo insulto de esa forma y el policía acotó “ vas a ver lo que te pasa por respondón, te vamos a poner una arma de fuego para que te pudras en la cárcel desgraciado” y apunte de golpes, patadas y toletazos los embarcaron en el patrullero y llevados a la P.J, donde fueron nuevamente agredidos física y verbalmente por varios uniformados. En represalia los policías hacen aparecer en el parte policial como evidencia una cartuchera recortada de fabricación nacional, así como tres celulares supuestamente robados, sin mencionar que los dos celulares que ponen de evidencia eran de propiedad de ellos y el otro supuestamente robado. En base a este informe el Fiscal los acuso, también la Jueza y el tribunal les pone el máximo de la sentencia para robo agravado que son seis años de reclusión lo que consideran es algo injusto por basarse en evidencias forjadas y en una falsa acusación, sentencia de la cual han interpuesto recurso de casación para ante el supremo. CASO 3 El 22 de agosto de 2007 aproximadamente 100 miembros de la Policía a los que se sumaban 30 personas contratadas por el señor Jorge Navarrete, el Intendente y el Secretario acudieron a la Cooperativa de Vivienda “Los Vencedores”, ubicada en el Cantón Cumanda, Provincia de Chimborazo y de forma violenta sin portar orden legal y sin previa notificación, procedieron a desalojarlos cometiendo una serie de arbitrariedades en contra de las personas que intentaban proteger de la destrucción los pocos bienes que con gran esfuerzo habían logrado obtener. Denuncian además que durante el desalojo fueron

víctimas de agresión física y destrucción de sus bienes la gente contratada por Navarrete quien dice ser el propietario del terreno metió grúas y después de destruir las 31 casa procedieron a incendiarlas con todo lo que había dentro. Indican que venían manteniendo diálogos con la municipalidad para llegar a un acuerdo y poder comprar los predios en los cuales han construido sus viviendas y se han alojado con sus familias. Sin embargo, por alguna situación desconocida para ellos el diálogo se suspendió. CASO 4 El 29 de abril aproximadamente a las 21H15 Luis y un grupo de amigos que pertenecen a la Agrupación Moghus, se encontraban a la altura de la parada del trole dirección sur-norte (sector El Ejido) intentando cruzar la Av. 10 de Agosto con dirección a la parada norte-sur del trole. De forma inesperada un policía que, se les informó, responde al nombre de Luís Guerrero salió de detrás de un poste de luz y sin realizar pregunta alguna o dar explicación procedió a empujar a Luís contra la camioneta de la policía que se encontraba estacionada en la vereda. Inmediatamente salieron del vehículo dos policías más un hombre y una mujer que responde al nombre de Paulina Ortiz quien dijo ser de la Comisión de Tránsito. Seguidamente el policía Guerrero agredió a Luís con dos golpes en el rostro, provocándole una fisura en la parte interna del labio inferior. Entre los tres policías le obligaron a ingresar al patrullero mientras le insultaban y acusaban de delincuente, pese a que no lo habían encontrado cometiendo ningún tipo de infracción. Luís pregunto a que se debía la agresión y la arbitraria detención recibiendo en respuesta que él y sus amigos habrían intentado atracar a una persona, pese a que nadie les acusaba, por el contrario el guardia de la parada del trole manifestó a los policías que los jóvenes eran conocidos y nunca provocan problemas. Los policías empezaron a dar vueltas al parque en el vehículo. A la altura del puente del Guambra encontraron con otro de los jóvenes del grupo y le subieron al cajón de la camioneta mientras buscaban a los demás muchachos que decían habían estado atracando. Cuando llegaron a la parada de la Ecovía visualizaron al grupo de jóvenes que habían ido en búsqueda de la camioneta que se llevó a Luís. Al verlos los policías estacionaron la camioneta, se bajaron y detuvieron a dos personas más. Ante la protesta de los muchachos volvieron a agredir a uno de los jóvenes que se encontraba un poco tomado, llamado Andrés. Luego de amenazarles y acusarles de delincuentes los subieron a la patrulla y los llevaron a la Policía Judicial. En la Policía Judicial los policías de la prevención les manifestaron a sus compañeros que no había motivo para la detención. Sin embargo los llevaron a la oficina del Fiscal, los dejaron afuera como 10 minutos, cuando salieron los llevaron al patio de entrada a la PJ y los dejaron con el Policía Guerrero. Después de otros 10 minutos salieron y les dijeron que “por buenas gentes esta vez los

iban a dejar libres y que se vayan“. Ellos sostienen que todo este mal procedimiento policial es realizado en su contra por su condición sexual. CASO 5 El 09 de mayo Javier se acercó a la Sala de Conjueces de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema a entregar algunos escritos para que sigan sustanciando la causa hasta que se falle sobre la recusación. A los mencionados escritos adjuntaron copias de la denuncia que ex empleados del Banco Central del Ecuador, realizaron en contra de los tres magistrados de la mencionada Sala por el delito de prevaricato y falsedad documental y copia del informe presentado por el Econ. Robert Andrade, presidente del directorio del Banco al Presidente de la República en el que se menciona que la supresión de partidas realizadas el 09 de febrero de 2004 fueron realizadas en forma injusta e inhumana. Al momento que Javier se disponía a abandonar la Sala, una de las funcionarias procedió a cerrarle la puerta, diciéndole que esperará un momento, que habían llamado a la policía, sin dar explicación de por qué el llamado. Momentos después ingresaron dos policías de la guardia de seguridad de la Corte, el Sargento Marco Sánchez y el Cabo Chuquitarco, cuando se disponían a averiguar lo sucedido de forma intempestiva el Dr. Hernán Salgado sale de su oficina y de manera violenta se dirige a Javier gritándole que le están injuriando con ese “pasquín”, refiriéndose a la denuncia, rompe la copia de la misma, tira los pedazos al suelo y los pisa. No conforme con ello le lanza un trompón en el lado derecho del rostro, a la vez que le gritaba con palabras amenazadoras”“cuídese en la calle” para seguidamente volver a lanzarle otro trompón que le impacta en el lado izquierdo del rostro. Todo esto en presencia de los policías, otro de los magistrados, Dr. Jorge Endara y de los funcionarios de la Sala quienes no hicieron nada para evitar la agresión. Seguidamente los policías llamaron al Jefe de Seguridad, Tcrnel. Ludwin Coronel a quien el señor Espinosa explicó lo sucedido e inmediatamente se dirigió al despacho del magistrado saliendo momentos después para indicarle que se encontraba detenido. Al inquirirle el motivo le leyó brevemente algún artículo de una ley que había sacado de la oficina del Dr. Salgado la cual no fue explicada, trasladándole a la sala de la guardia donde espero leguen los miembros de la Policía Judicial que habían sido llamados para que trasladen a los calabozos de esa entidad. Cuando los miembros de la P.J. llegaron le subieron a un patrullero y se dirigieron al lugar indicado donde fue conducido ante un médico quien se limito a preguntarle sus datos y llenar un formulario sin realizarle ningún chequeo o tomar nota de la agresión de la cual fue víctima. Seguidamente se lo presentó ante el fiscal quien al conocer lo sucedido se excuso diciendo que se había terminado su turno y debía salir, omitiendo de esta forma su responsabilidad de conocer y dar solución al caso. Se lo presentó ante la jueza e turno quien

manifestó que no podía pronunciarse porque iba a prevaricar. Ante la negativa de las autoridades de conocer el caso, seguramente porque sabían que no existía fundamento legal, el Teniente coronel debió recurrir a la última opción que tenía, el Jefe de la Policía Técnica Judicial. Ingreso a la oficina y momentos después salió de la jefatura para simplemente dejarle en libertad, configurándose de esta forma una serie de violaciones por acción y omisión a los derechos humanos y garantías constitucionales de Javier. CASO 6 En el juzgado primero de lo penal del Azuay, a cargo del Dr. Miguel Antonio Arias, el 3 de abril DE 2008 se realizó la audiencia de las y los detenidos durante el paro preventivo en la parroquia Victoria del Portete, siendo puestos en libertad al no ser procedente el pedido de prisión preventiva solicitada por el Fiscal Dr. Hugo Barros Arízaga. De los 17 detenidos que se presentaron a la audiencia 16 salieron inmediatamente, menos la estudiante Fernanda Campos, quien fue liberada el viernes 4, luego de que los decanos de las Facultades de Jurisprudencia y Medicina, junto con estudiantes de la Universidad de Cuenca iniciaran una huelga de hambre a la que se estaban sumando otros sectores, así como dirigentes de la Coordinadora Nacional. En esta audiencia se resuelve iniciar la instrucción fiscal en contra de las y los compañeros detenidos, acusándolos de SABOTAJE A SERVICIOS PUBLICOS, y están siendo llamados los imputados a rendir sus declaraciones al igual que los miembros de la policía. Ayer dio su versión la policía, en el sentido que de ellos actuaron porque supuestamente los manifestantes cerca de las 12 del día 2 de abril, comenzaron a insultarles y agredirles con palos y piedras. En tanto los acusados sostienen que las versiones dadas por los uniformados son totalmente falsas, pues el paro preventivo era absolutamente pacífico, además por qué razón habrían esperado hasta las 12 del día para agredirles, cuando el paro inició desde la 5 de la mañana. Lo único que busca la policía es justificar la represión brutal, ordenada por el Ministro de Gobierno, que les dio carta blanca para que se lanzaran contra la población en forma inhumana utilizando bombas lacrimógenas, balas de goma, deteniendo a hombres y mujeres en forma violenta, con puñetes, patadas, lanzándolos al piso como vulgares delincuentes, donde continuaban golpeándolos, las huellas de los maltratos quedaron impregnadas en los cuerpos de los detenidos, en especial de las compañeras estudiantes, lesiones que fueron debidamente reconocidas por el medico legista. Además se ha denunciado que los detenidos han sido objeto de vejámenes y trato degradante, que han sido torturados, humillados, obligados a desvestirse, especialmente las mujeres, en el casino de la Policía Nacional, que han quedado en ropa interior a la vista de varios policías varones que ingresaban a ese local. El párroco de Victoria del Portete, no compareció a la audiencia del 2 de abril por encontrarse en una casa de salud, debido a las lesiones que sufrió al defender a las muejeres que eran agredidas por lso policías durante el operativo. La instrucción fiscal en contra de las y los compaeñeros: Julia Judith Chuchuca Quito, Lauro Camilo Aguilar Aguilar, Angel Mayahuari Morocho, Luis Alejandro

Nugra Jaro, José David Chimbo Guaraca, Miguel Efraín Lituma Shuño, Luis Alejandro Shiña Pumaguala, Miguel Angel Suqui Soconota, María Francisca Zhagüi Chucuca, Juan Carlos Guayllas Lata, Medardo Flavio Tenezaca Muñoz, José Mauricio Baculima Tenesaca, Jessenia Abigail Heras Bermeo, María Graciela Merchán Coronel, María Ignacia Pérez Arpi, María del Carmen Ordoñez Zhunio, Fernanda Noemi Campos Mendieta. CASO 7 El 29 de mayo la prensa trae la noticia de Vivian una turista sudafricana que decide conocer una ciudad de Guayaquil. Según la prensa la mujer contrata un taxi conducido por un chofer de apariencia tranquila quien la lleva a través de un recorrido que los turistas denominan ‘city tour’. El chofer, sube al auto a dos de sus secuaces. La turista fue golpeada salvajemente, violada, vejada y humillada en medio de las risas de los violadores. Poco después, herida y traumada, la turista es dejada en un puesto de vigilancia armada. El taxista argumentó que la mujer, que no tenía documentos en ese instante, rehusó pagarle la carrera. Desde esa dependencia armada fue enviada a otra y finalmente va a parar a la cárcel donde pasó casi 10 meses recluida bajo la acusación de no pagar una carrera de taxi y carecer de identificación, sujeta por ende al trámite de deportación. CASO 8 Segundo dice que el 4 de marzo de 2008 al medio día en momentos en que junto a Luis y Carmen se encontraban vendiendo frutas en el sector de la nueva vía periférica, exactamente en el sector de la esquina de Santa Rosa, llegó un piquete de policías municipales del cantón Mejía, Provincia de Pichincha, les insultaron y les dijeron que o tenían derecho a vender en ese lugar, les lanzaron bombas lacrimógenas y les agredieron físicamente con patadas y puñetes, sin respetar que Carmen se encuentra embarazada, por lo cual el presenta varias lesiones en el cuerpo, la brutal agresión hizo que gente del lugar salga en su defensa y pasajeros de un bus interprovincial que pasaba por el lugar. Dice que no es la primera vez que les hacen esto y que unas seis veces les han agredido, les quitan las cosas y no les devuelven . CASO 9. Los funcionarios de la superintendencia de compañías hicieron públicas las denuncias de corrupción y malos tratos que reciben del superintendente y exigen su renuncia o que el gobierno proceda a su destitución. Tras varios días de reclamos y paralizacionesl el superintendente renunció al cargo, pero el 30 de mayo contando con el apoyo del gobierno decidió retomar su despacho acudiendo a las oficinas acompañado de personal policial que uso en forma discrimada gas

lacrimógeno y la fuerza para desalojar a las personas que se encuentran en el edificio de la Superintendencia de Compañías de Quito. El uso excesivo de gases lacrimógenos, afectó no solo a los manifestantes sino también a las personas que se encuentran en las instituciones cercanas CASO 10. El 18 de enero de 2008 el policía FERNANDO SANTIAGO MORENO CHARRO en compañía de otros policías, con la finalidad de agredir físicamente a la señorita Nadia Cristina Traslaviña Bossano estudiante la Salesiana debido a problemas personales que mantiene con su hija Nataly Moreno ingresa a la universidad y agrede a Nadia, al ver la agresión de que era objeto la señorita Traslaviña, salen en su defensa Paola Barreno y Juan Pablo Guarderas que también son objeto de agresiones por parte de los policías. De conformidad con el certificado médico legal realizado a la señorita Traslaviña, ella tiene una incapacidad física de 4 a ocho días, por los golpes recibidos del referido policía. Además los mentados policías invadieron predios universitarios para efectuar dicho acto ilegal De éstos actos de agresión e invasión a los predios universitarios son testigos varios estudiantes y profesores de la universidad. CASO 11 En santo Domingo de los Tsachilas Reinaldo Reina, Tony Moreira y Fausto Yánez fueron apresados por elementos del Batallón Montúfar por estar acusados de invasión de terrenos del ISSFA y fueron trasladados a la cárcel para las respectivas investigaciones. Dice que el incidente se produjo el 1 de junio en horas de la tarde cuando 150 personas interntaron retomar las tierras supuestamente de propiedad de Raúl Ontaneda Burbano y destruyeron alambrada y estacas, según fuentes policiales. Produciéndose de inmediato un forcejeo con los militares que hace dos meses custodian los terrenos, por lo cual varias personas resultaron heridas entre ellas dos a causa de impactos de bala Luis Costa y José Sanmartín

CASO 12 El miércoles 23 de julio moradores de la Comuna Shuar Yamanunka, perteneciente a la Parroquia Limoncocha del Cantón Shushufindi, constituida por más de 360 familias, organizada en 10 comunidades, iniciaron una medida de hecho pacífica con el objeto reclamar el respeto de sus derechos como nacionalidades, exigiendo a la petrolera estatal la suspensión inmediata de los trabajos de instalación de un gaseoducto que va desde la estación Suroeste. Este gaseoducto cruza por medio del casco poblado en el que viven más de 72 familias de las nacionalidades Shuar y Kichwa. La estatal está a cargo de las

instalaciones que operaba anteriormente la petrolera Occidental durante 19 años, sin que la comunidad haya sido consultada por la empresa privada ni por la estatal para efectuar acciones de extracción petrolera dentro de su territorio. En ningún momento las autoridades les han presentado el estudio de impacto ambiental, incumpliendo gravemente los derechos constitucionales de las nacionalidades indígenas sobre sus territorios. Frente al reclamo iniciado por la Comuna, desde las 9H00 del 24 de julio alrededor de 150 militares del BOES 54 - CAPITÁN CALLES han reprimido a los pobladores Kichwa y Shuar que se encontraban en la medida de hecho. Los militares han arrojado de manera indiscriminada gases lacrimógenos contra las viviendas provocando que una recién nacida de 3 días se asfixie y tenga que ser trasladada de urgencia al Hospital de Shushufindi, asegurando que la ilegal instalación del gaseoducto continúe. De igual manera un grupo de 6 militares capturaron al Defensor de Derechos Humanos Andrés Malla y lo arrastraron por la vía acusándolo del supuesto delito de portar armas. Ante la exigencia de la comunidad para que lo liberaran explicando que era defensor de DD.HH los militares lo dejaron.

DETENCION ARBITRARIA CASO 1 En septiembre de 2007 Rosa se enteró que supuestamente tenía una orden de detención emitida por el Juez II de lo Penal de Tungurahua por una supuesta estafa. Con la seguridad de no haber cometido delito alguno y teniendo la seguridad que se trataba de algún homónimo o montaje Rosa a través de su abogado saco certificados de antecedentes penales todos negativos. Averiguo en el Juzgado donde se le indicó verbalmente que no existía ninguna orden de detención en su contra por lo que solicitaron a través de escritos se aclare su situación legal los mismos que hasta la presente fecha no han sido despachados por el Juez. El 25 de enero Rosa viajó a Quito, a pedido de su abogado, para sacar una certificación en la Policía Judicial y verificar si constaba o no con antecedentes en esa entidad. En el centro de computo de la Policía Judicial explicaron el caso y solicitaron una certificación que no se les entrego debido a que requerían escrito de abogado o una orden del Juzgado. Inmediatamente que salieron dos policías le siguieron y deteniéndola le obligaron a subir a un patrullero, dieron muchas vueltas por la ciudad mientras le amenazaban con llevarle detenida a los calabozos de la PJ, pese a que no portaban ninguna orden de detención, ni se trataba de un delito flagrante. Al ver la actitud amenazante de los policías el hermano de Rosa les ofreció dinero que fue aceptado por éstos, entregarles $300,oo dólares para que la dejen ir. Existe en el Juzgado Cuarto de lo Penal de Tungurahua una denuncia de 1997 por supuesto robo de ganado en contra de Rosa y otras dos personas. En este proceso se declaro la prescripción en el año 2002, pese a ello ésta sería la que

aparece en el sistema computarizado de la Policía Nacional y de la que se aprovecharon los malos elementos de la policía para extorsionar a Rosa y sus familiares. En el juzgado Segundo no existe ningún proceso legal, mucho menos orden de prisión en contra de ella. Este hecho le ha ocasionado una serie de problemas legales, impidiéndole realizar cualquier trámite e incluso salir a la calle por temor a ser privada de su libertad. CASO 2 Alvar esta detenido en el CRSV No.- 1 hasta el momento a pesar de que en noviembre de 2007 la Corte Suprema concedió su extradición a España y en Febrero de este año el Tribunal Penal del Tena emitió sentencia absolutoria a su favor, recibiendo la boleta de libertad en marzo. El 16 de febrero Alvar y su esposa recibieron sentencia absolutoria en el Tribunal Penal del Tena, el Fiscal distrital presento recurso de casación. El 17 de marzo fueron emitidas las boletas de libertad a nombre de los dos cónyuges, la esposa de Alvar salió libre pero él sigue detenido hasta la presente fecha debido a que en noviembre del 2007 se ordenó su extradición. Ante este hecho en junio Alvar presenta un amparo de libertad ante la Corte Suprema de justicia, el mismo que es concedido. La Resolución dice textualmente que …”se encuentra ilegalmente privado de su libertad, se acepta la acción de amparo…., ordenando su inmediata libertad y se lo ponga a disposición de las autoridades de migración a fin de que se extraditado al reino de España, en cumplimiento a la sentencia dictada el 05 de noviembre de 2007…” Pese a todo no se le ha concedido su libertad ni se ejecuta la orden de extradión ya que no existe autoridad que quiera hacerse responsable y a la fecha continúa detenido.

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