Patentabilidad de Invenciones Biotecnológicas.
INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL M. en C. Emelia Hernández Priego Subdirectora Divisional de Examen de Fondo de Patentes Áreas Biotecnológica, Farmacéutica y Química Octubre 22,2007
QUE ES UNA PATENTE El derecho de patente es un derecho para producir o usar un invento en forma exclusiva No autoriza la explotación Es un derecho para prohibir a un tercero de explotarlo para propósitos industriales y comerciales.
QUE ES UNA PATENTE
La concesión de una patente implica un derecho exclusivo para el titular del derecho, y a cambio por medio de la publicación del documento de patente se ofrece al público en general la información tecnológica implícita en la invención concedida
QUE ES UNA PATENTE
• El derecho de patente no es una herramienta para prevenir abusos o riesgos asociados a la tecnología que se protege. • Ej: Fármacos (efectos secundarios) Plantas transgénicas (riesgos ecológicos)
PATENTES EN BIOTECNOLOGÍA Las patentes para invenciones biotecnológicas no son recientes: En 1873 Louis Pasteur obtuvo una patente reclamando una levadura libre de gérmenes como un producto.
PATENTES EN BIOTECNOLOGÍA Biotecnología. Herramientas de Biología Molecular: PCR. ONCOMOUSE
DOLLY
ERITROPOYETINA VIRUS ANTICUERPOS
INVENCION/DESCUBRIMIENTO Los descubrimientos no son patentables. Ej: Cruza de dos variedades A y B de maíz para producir plantas C con mazorcas mas grandes y preferiblemente en las partes altas de la planta Reivindicando: el factor genético que produce una planta C El factor genético: pude ser una nueva mutación, una combinación de características, un solo gen? Varios? No se aisló un gen responsable, por lo tanto se encuentra como en la naturaleza y no es posible identificarlo, ni asociarlo a una función concreta.
INVENCION/DESCUBRIMIENTO Si una sustancia biológica es aislada o producida técnicamente y se demuestra que produce un efecto técnico, entonces es patentable. Para conferir un derecho de patente, es necesario que exista una invención, que exista una intervención humana de carácter técnico. Ej: Aislar un virus Identificar sus genes y proteínas Su uso para diagnóstico Actividad inmunogénica (vacunas)
REQUISITOS DE PATENTABILIDAD Novedad Actividad Inventiva Aplicación Industrial Descripción clara y completa para guiar a un técnico en la materia a su realización Reivindicaciones claras, concisas, y soportadas en la descripción
Caso 1: Cepa de Streptomyces con actividad insecticida y el método de uso como un insecticida. Finalidad de la invención: Obtención de una nueva cepa de Streptomyces galbus que produce un nuevo metabolito con actividad pesticida contra insectos y lepidópteros. Antecedentes: 1.-Los biopesticidas microbianos que exiten son las toxinas: a) δ-endotoxinas de Bacillus thuringiensis b) avermectina de Streptomyces avermitilis c) espinosinas del actinomicete Saccharopolyspora spinosa 2.-Por lo tanto, los Streptomyces son una fuente reconocida de productos naturales como biopesticidas. 3.- En este caso, Streptomyces galbus, es reconocido por su producción de potentes macrólidos antibotritis, galbonólido A y galbonólido B.
En ésta invención se describe: a) Un compuesto novedoso obtenido de la cepa de Streptomyces galbus con No. de acceso NRRL 30232 y mutantes de la misma para usarse como insecticida contra Lepidópteros . b) Métodos para tratar plantas o frutas para controlar las infestaciones de Lepidópteros utilizando la cepa novedosa y/o el compuesto. c) Métodos para incrementar la bioactividad insecticida de la cepa novedosa.
Reivindicaciones originales (35) 1.- Un cultivo puro de una cepa que tiene las características de Streptomyces galbus con No. de acceso NRRL 30232, sus variantes y mutantes, caracterizado porque tiene actividad insecticida. 2.- Una composición que comprende el cultivo puro de la reivindicación 1 y un portador. 3.- Un metabolito aislado del cultivo puro. 4.- El sobrenadante separado del cultivo puro. 5.- Una composición que comprende el metabolito aislado. 6.- El metabolito que comprende un pesticida químico o biológico. 7.- Una composición que comprende el metabolito aislado del cultivo puro. 8.- Un método para prevenir o tratar una planta, raíz o fruta de una infestación de Insectos.
Presenta dos enmiendas voluntarias con nuevos capítulos reivindicatorios con 9 y 16 reivindicaciones respectivamente, donde: a) Reclama el cultivo puro, la composición, el metabolito aislado, el sobrenadante y el método para prevenir o tratar una planta, raíz o fruta de una infestación de insectos (como en el capítulo reivindicatorio original). b) Además reclama, un método para mejorar la bioactividad del cultivo puro y un método para producir un sobrenadante activo como insecticida. Estado de la técnica 1.- No se encontraron documentos relevantes. Objeciones realizadas 1.- Suficiencia de la descripción: No presentó evidencia técnica y científica para mejorar la bioactividad del cultivo puro, ni tampoco, para producir un sobrenadante activo como insecticida.
Materia otorgada 1.-Una cepa de Streptomyces galbus , con No. de acceso NRRL 30232, sus variantes y mutantes, caracterizado porque tiene actividad insecticida. 2.- Una composición que comprende el cultivo puro de la reivindicación 1 y un portador. 3.- Un cultivo que comprende una cepa de Streptomyces galbus. 6.- Un método para prevenir o tratar una planta, raíz o fruta de una infestación de insectos.
NO SERA PATENTABLE Las invenciones contrarias al orden publico, la moral o a las buenas costumbres (art. 4º LPI) 9 Los procedimientos de clonación de seres humanos 9 Los procedimientos de modificación de la identidad genética germinal del ser humano 9 La utilización de embriones humanos para fines industriales o comerciales 9 Los procedimientos de modificación de la identidad genética de animales que provoque sufrimiento sin utilidad medica para el hombre o el animal, así como los animales obtenidos por esos procedimientos
MATERIAL BIOLOGICO COMO OBJETO DE UNA REIVINDICACION
Productos I. Químicos pépticos y proteínas Anticuerpos (incluidos los monoclonales) Genes Secuencias de ADN, ARN: promotores, enhancers, oligonucleótidos, secuencias antisentido, plasmidos, etc. Productos farmacéuticos (que incluyan los anteriores)
MATERIAL BIOLOGICO COMO OBJETO DE UNA REIVINDICACION II. Material biológico Microorganismos clásicos : bacterias, hongos, levaduras, algas virus, fagos Líneas celulares animales y humanas Líneas celulares vegetales hibridomas III. Organismos superiores animales (no humanos y no razas) Plantas (no las variedades)
MATERIAL BIOLOGICO COMO OBJETO DE UNA REIVINDICACION
IV.
Aparatos Fermentadores, kits
V.
Procesos procesos para preparar proteínas, genes, moléculas de ADN o ARN, microorganismos, líneas celulares, virus, plantas o animales, productos médicos Procesos para producir productos por fermentación.
NO SE CONSIDERA INVENCION ARTICULO 19 LPI
9 Las creaciones estéticas y las obras literarias y artísticas 9 Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnostico aplicables al cuerpo humano y los relativos a animales 9 La yuxtaposición de invenciones.
PROTECCION POR PATENTE DE PRIMEROS Y SEGUNDOS USOS FARMACEUTICOS.
Primer uso farmacéutico si un compuesto o una composición son nuevos, y se les encuentra un primer uso o aplicación medica, entonces dicho uso puede ser patentado siempre que la protección este dada en términos de reivindicaciones de primer uso farmacéutico: el compuesto o la composición x.... Para usarse como/en .... ....Medicamento, analgésico, etc ....El tratamiento, la profilaxis de la enfermedad y
PROTECCION POR PATENTE DE PRIMEROS Y SEGUNDOS USOS FARMACEUTICOS Segundo uso farmacéutico Si un compuesto o composición no son nuevos y además, ya son conocidos en el ámbito medico, pero se les encuentra otra aplicación o uso medico distinto no descrito ni sugerido anteriormente, entonces dicho nuevo uso puede ser patentado, siempre que la protección sea en términos de reivindicaciones de segundo uso farmacéutico. El uso del compuesto o la composición x...Para preparar un medicamento para...El tratamiento....La cura, la profilaxis, de la enfermedad.
TRATAMIENTO QUIRURGICO, TERAPEUTICO O DE DIAGNOSTICO
Los métodos de tratamiento de animales (Tratamiento para promover crecimiento, incrementar calidad de la carne o rendimiento de la lana) son patentables. Métodos de medición o monitoreo de las características del cuerpo humano o animal son patentables. Métodos cosméticos, son patentables. No si involucran cirugía. Métodos de diagnóstico.
EXCEPCIONES A LA PATENTABILIDAD I. Los procesos esencialmente biológicos para la producción, reproducción y propagación de plantas y animales; II El material biológico y genético tal y como se encuentra en la naturaleza; III. Las razas animales; IV. El cuerpo humano y las partes vivas que lo componen, V. Las variedades vegetales.
PROCESO ESENCIALMENTE BIOLOGICO Los procesos esencialmente biológicos son aquellos en que la intervención humana juega solamente un papel de apoyo. La actividad clásica de ganaderos o agricultores, es decir el cruzamiento y la selección de razas animales o de variedades vegetales.
PROCESO TECNICO Por el contrario los procesos técnicos son aquellos en los que la intervención humana juega un papel indispensable. Y sin intervención humana el resultado final seria diferente: por ejemplo un proceso de producción y propagación de plantas transgénicas es un proceso técnico aun y cuando comprenda etapas biológicas. Un proceso para la producción de plantas y animales que comprenda por lo menos un paso técnico, el cual no se pueda llevar a cabo sin la intervención del hombre y que tenga un impacto decisivo en el resultado final... No caerá dentro de esta excepción a la patentabilidad.
EL MATERIAL BIOLOGICO Y GENETICO TAL Y COMO SE ENCUENTRA EN LA NATURALEZA. Si descubrimiento es la acción de “dar a conocer o revelar Algo que ya existía en la naturaleza” (articulo 19), entonces El material biológico y genético excluido por este inciso puede ser considerado como el objeto de dicha acción. La secuencia (total o parcial) de un gen si ha sido aislada y caracterizada por un procedimiento técnico es patentable a condición que su aplicación técnica sea expuesta en la descripción de la solicitud.
VARIEDADES VEGETALES Y RAZAS ANIMALES.
La exclusión no engloba a todas las plantas y animales en general, incluye solamente el nivel taxonómico de variedad vegetal y raza animal Protección “sui generis” para variedad vegetal por medio de la “Ley de variedades vegetales” (UPOV)
NULIDAD DE PATENTE
NULIDAD El procedimiento de declaración administrativa de nulidad de patente es llevado a cabo ante el IMPI, presentando la solicitud en la Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Industrial. Puede ser iniciado de oficio o a petición de quien tenga interés jurídico
CAUSALES DE NULIDAD. La patente será nula cuando haya sido otorgada en contravención a las disposiciones y condiciones para el otorgamiento de patentes. (artículo 78 de la LPI) Novedad, actividad inventiva y aplicación industrial (art. 16) Excepciones a la patentabilidad (art. 19) Las no invenciones (art. 19) Suficiencia descriptiva Mejor método conocido (art 47)
NULIDAD La nulidad podrá declararse sobre la totalidad de las reivindicaciones o sobre algunas, Podrá declarase en forma de una limitación o presición de la reivindicación correspondiente.
OPINIONES TECNICAS. En un procedimiento administrativo de nulidad de patente, si la DPPI lo considera necesario solicita una opinión técnica a la DDP. La opinión técnica es asignada a un examinador de patentes especialista en el campo técnico de la invención, en las Subdirecciones de Examen de Fondo a a través de la Coordinación Departamental de Control de Calidad y Opiniones Técnicas.
OPINIONES TECNICAS. La opinión técnica es emitida y enviada a la DPPI una vez que ha sido revisada en la CCCOT y por la Subdirección de Examen correspondiente. Cuando es necesario se revisa colegidamente en la DDP y con la DDPPI.
OPINIONES TECNICAS. Causales técnicas mas frecuentes: Novedad, actividad inventiva Segundos Usos farmacéuticos – Métodos de tratamiento
OPINIONES TECNICAS. AREAS TECNICAS: Mecánica Textil (pañales) Farmacia (fármacos, composiciones) Biotecnología ( proteínas recombinantes, vacunas)
TRATADO DE COOPERACION EN PATENTES
ANTECEDENTES Presentación de solicitudes de patentes en México, con crecimiento promedio mayor al 10 %
Competencia Internacional: Integración de bloques comerciales Globalización de la economía mundial Protección al desarrollo tecnológico
JUSTIFICACIONES DE POLITICA PARA LA ADHESION DE MEXICO AL PCT Es un tratado acorde con la política de internacionalización de la economía mexicana Fortalece el prestigio internacional alcanzado por México en materia de propiedad industrial Contribuye al proceso de internacionalización de las empresas mexicanas al facilitar la protección de su propiedad industrial en los mercados internacionales
… JUSTIFICACIONES
DE POLITICA PARA LA ADHESION DE MEXICO AL PCT México realiza su comercio internacional con países miembros del PCT Facilita a las empresas extranjeras tramitar la solicitud de protección desde sus oficinas, nacionales o regionales Permite lograr mayores niveles de seguridad internacional en las patentes otorgadas en México
MODERNIZACION DEL SISTEMA DE PROPIEDAD INDUSTRIAL EN MEXICO Nueva legislación en materia de propiedad industrial:
Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Industrial (Junio 1991). Reformada (1º de Octubre 1994) Creación del Instituto Mexicano Industrial (Diciembre 1993)
de
la
Propiedad
Adhesión a los Tratados Internacionales en la materia
IMPACTO DE LA ADHESION AL PCT
Protección de las invenciones mexicanos en el extranjero
de
Solicitudes presentadas en México Impacto en el procedimiento de examen de solicitudes de patente en México
VENTAJAS PARA EL INVENTOR MEXICANO
Facilitar la presentación de una solicitud internacional desde México en el idioma español
Hacer mas económico el tramite en su FASE INICIAL (Internacional) ya que a partir de enero de 1996, los inventores mexicanos gozan de un 75% de descuento de las tasas ante la OMPI, la OEPM y la EPO
RESULTADOS DE LA ADHESION AL PCT EN MEXICO
Fortalecimiento del propio sistema de propiedad industrial Mayor intercambio industrial
entre
oficinas
de
propiedad
Utilización de informe de búsqueda internacional y reporte de examen preliminar Mayores niveles de protección Mayor flujo de tecnología, mayor presencia en los mercados
SOLICITUDES PRESENTADAS EN MEXICO ANTES DE LA ADHESION AL PCT. 10000 9000 8000 7000 6000 5000 4000 3000 2000 1000 0
9944 7695
4400
4574
1988
1989
5061
5271
1990
1991
1992
TOTAL SOLICITUDES
8212
1993
1994
SOLICITUDES EN FASE INTERNACIONAL DE INVENTORES MEXICANOS AÑO
P. FISICA
P. MORAL
UNIV./C. INVEST.
TOTAL
1995
5
2
2
9
1996
17
4
1
22
1997
31
6
3
40
1998
35
19
5
59
1999
31
7
3
41
2000
41
13
3
57
2001
79
11
2
92
2002
100
15
7
122
2003
83
21
8
112
2004
79
11
6
96
2005
95
11
10
116
2006
92
21
6
119
688
141
56
885
SOLICITUDES NORMALES Y PCT INGRESADAS EN MÉXICO (1995-2007) 16,000
14,000
12,000
10,000
8,000
6,000
4,000
2,000
0
1995
1996
1997
1998
1999
2000
SOLICITUDES NORMALES
5,246
4,183
3,964
3,693
3,503
3,399
SOLICITUDES PCT
147
2,568
6,567
7,200
8,607
9,662
2001
2002
2003
2004
2,974
2,663
2,431
2,542
10,592
10,399
9,776
10,652
2005
2006
...2007
2,681
2,574
1,320
11,755
12,926
6,792
SOLICITUDES NORMALES Y PCT INGRESADAS EN MÉXICO (1995-2007)
16,000
14,000
12,000
10,000
8,000
6,000
4,000
2,000
0
1995
1996
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
...2007
NORMALES MEXICANOS
428
379
418
442
447
418
522
510
452
531
549
524
256
NORMALES EXTRANJEROS
4,818
3,804
3,546
3,251
3,056
2,981
2,452
2,153
1,979
2,011
2,132
2,050
1,064
4
7
2
11
8
13
12
16
16
34
35
50
24
143
2,561
6,565
7,189
8,599
9,649
10,580
10,383
9,760
10,618
11,720
12,876
6,768
PCT MEXICANOS PCT EXTRANJEROS
PATENTES NORMALES Y PCT CONCEDIDAS EN MÉXICO (1995-2007)
10,000 9,000 8,000 7,000 6,000 5,000 4,000 3,000 2,000 1,000 0 PATENTES NORMALES PATENTES PCT
1995
1996
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
...2007
3,538
3,186
3,944
3,046
3,355
4,002
2,437
2,247
1,886
1,836
2,096
2,345
869
0
0
0
173
544
1,517
3,042
4,364
4,122
5,002
6,002
7,287
3,064
GRACIAS POR SU ATENCIÓN www.impi.gob.mx
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