Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma. 24 de septiembre de 2015

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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma. 24 de septiembre de 2015.

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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

Ministerio Hacienda, primer informe de avance implementación Reforma Tributaria

0,52%

Renta IVA 0,37%

3,0% PIB

0,12%

1,46%

ILA Impto Verd Otros

0,19%

Evasión y elusión 0,36%

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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

Agenda

► Interpretaciones del SII. ► Regímenes Generales de Tributación y su interacción. ► Reforma a la reforma. ¿Nuevas Propuestas?

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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

¿Que dijo el SII?

The better the question. The better the answer. The better the world works.

Interpretaciones SII



El SII completó la emisión de 50 Circulares.



SII se pronuncio en 9 resoluciones.



Además de 20 pronunciamientos en IVA y 15 pronunciamientos en Renta.

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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

Interpretaciones SII ►

Aumento de Impuesto Renta (artículo 20° y 84° LIR) ► ►



Circular N°52 de 2014 Ajuste de la tasa de PPMO de los meses de enero, febrero y marzo de los años respectivos.

Modificaciones normas de Gastos, artículo 31 LIR. ► ►

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Circular 62° de 2014 Procede la deducción como gasto de los intereses y demás gastos financieros provenientes de créditos destinados a la adquisición de derechos sociales, acciones, bonos y otros capitales mobiliarios, en tanto cumplan con los demás requisitos generales establecidos para tal efecto. Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

Interpretaciones SII ►

Modificaciones normas de Gastos, artículo 31 LIR. ► ►



Circular 62° de 2014 Contribuyentes con promedio anual (3 años) de ingresos del giro = o < a 25.000 UF, depreciación en 1 año. (Bienes nuevos o usados). Contribuyentes con promedio anual (3 años) de ingresos del giro > a 25.000 UF y < a 100.000 UF depreciación en 1/10 de la vida útil fijada por la Dirección o D.R. (Bienes nuevos o importados).

Nota: Régimen de depreciación de bienes del activo inmovilizado especial para micro, pequeñas y medianas empresas, respecto de bienes adquiridos o terminados de construir a contar del 1° de octubre de 2014. Page 8

Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

Interpretaciones SII ►

Gastos supermercado (artículo 31° LIR y 23° IVA) ► ►

► ►



Circular N°51 de 2014 y N° 01 de 2015. Siempre debe ser necesario para el desarrollo del giro habitual del contribuyente. “Supermercado” = Comestibles y no comestibles, de autoatención. Sanción 200% artículo 97 N°20 LIR (Circular N°67 de 2014).

IVA en la venta de inmuebles ► ►

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Circular 42° de 2015 Promesas de venta suscritas antes del 01.01.16 y venta efectuada con posterioridad a dicha fecha, SII puede aplicar normas antielusivas si tiene como único objeto obtener la liberación del pago de IVA. Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

Interpretaciones SII ►

Requisitos adicionales para la deducción de gastos a que se refiere el art. 59 LIR. ► ►

► ►



Nuevo tratamiento tributario del menor valor de la inversión o goodwill no distribuido . ► ► ► ►

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Circular N° 01 de 2015. Cuando se originen en operaciones con partes directa o indirectamente relacionadas en el exterior. Pago, abono en cuenta o puesta a disposición. Declarado y pagado impuesto adicional (CDTI)

Fusión de sociedades, cuando no puede distribuirse. Capital Propio Tributario. Término de Giro. Procesos de fusión 31/12/2014 hasta 01.01.2016 (DDJJ, Res N°111 de 2014) Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

Interpretaciones SII ►

Régimen opcional transitorio de pago de tributo sustitutivo sobre rentas acumuladas. ► ► ► ► ► ► ►

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Circular N°70 de 2014 Contribuyentes sujetos al impuesto de primera categoría sobre la base de balance general, según contabilidad completa. Iniciado actividades antes al 01/01/2013 y que tengan FUT al 31/12/2014. La opción puede ejercerse durante año comercial 2015. Impuesto se aplicará con tasa 32%, “hasta” por FUT que exceda el promedio anual de retiros, remesas o distribuciones 2011, 2012 y 2013 “o” existencia efectiva. Paso de FUT a FUNT. El impuesto sustitutivo no es gasto ni se afecta con art. 21 LIR. Impuesto sustitutivo con tasa equivalente al promedio ponderado, de acuerdo a la participación de cada socio o accionista, de las tasas más altas del IGC de los AT 2012, 2013 y 2014. Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

Interpretaciones SII ►

Régimen opcional transitorio de pago sobre retiros en exceso. ►

Circular N°70 de 2014 y N° 10 de 2015.



Los contribuyentes antes referidos, con retiros en exceso al 31/12/2014. Opción de gravar parte o el total de RE, siempre que se hayan efectuado antes del 31/12/2013. Opción debe ser ejercida durante el año comercial 2015. Impuesto en carácter de único y sustitutivo. Tasa de 32%. Se extinguen obligaciones tributarias socios o cesionarios.

► ► ► ► ►

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Interpretaciones SII Artículo 14 LIR (Comercial 2015 y 2016). ►

Limitaciones a la Reinversión de Utilidades. ►

Circular N° 10 de 2015.

► ► ►

Tributación de los retiros reinvertidos (Enajenación). Fortalecimiento del FUR o RR (Reinversiones no ingresan a FUT). Igual norma se aplicará en “conversión” de E.I. en sociedad de cualquier clase o en la división o fusión de sociedades. Cambio de criterio en asignación del FUT en Divisiones. “Capital Propio Tributario”.



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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

Regímenes Generales de Tributación y su interacción.

The better the question. The better the answer. The better the world works.

Aumento gradual tasa primera categoría 2014

2015

2016

2017

2018

27% 25,5%

25% 24% 22,5% 21%

20%

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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

REGÍMENES GENERALES DE TRIBUTACIÓN NUEVO ARTÍCULO 14 DE LA LIR ►

Los contribuyentes podrán optar por aplicar las disposiciones de las letras A) o B) del artículo 14 de la LIR. Contribuyentes que no ejerzan la opción: Empresarios Individuales, Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, Comunidades y Sociedades de Personas (*) se sujetarán a las disposiciones de la letra A). Los demás contribuyentes a las reglas de la letra B)

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REGÍMENES GENERALES DE TRIBUTACIÓN NUEVO ARTÍCULO 14 DE LA LIR Plazos para ejercer la opción: Inicio de actividades Los acogidos a los demás sistemas de tributación deberán presentar declaración dentro de los 3 meses anteriores al cierre del ejercicio que precede a aquél que se acogerán. (Norma transitoria Junio a Diciembre del 2016). Permanencia: Durante a lo menos 5 años comerciales consecutivos. Podrán cambiarse luego de este plazo debiendo mantenerse a lo menos durante 5 años comerciales consecutivos.

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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

REGÍMENES GENERALES DE TRIBUTACIÓN NUEVO ARTÍCULO 14 DE LA LIR

Requisitos formales: Declaración y en SP y SpA, escritura pública de acuerdo unánime de socios y accionistas. En S.A.A. y S.A.C. aprobación en junta extraordinaria de accionistas con quórum de a los menos dos tercios de las acciones emitidas con derecho a voto, junto a declaración acompañada de acta reducida a escritura pública de dicha junta.

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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

REGÍMENES GENERALES DE TRIBUTACIÓN

Artículo 14 A (Rentas Atribuidas) ►

Este sistema busca gravar a los propietarios de las sociedades con los impuestos finales en el mismo ejercicio en que se genera la renta.



Utilización del 100% de los créditos. Artículo 14 B (Sistema de Imputación Parcial)



Este sistema difiere el pago de los impuestos finales, hasta que los dueños de las sociedades retiren, remesen o distribuyan utilidades.



Utilización parcial del 65% de los créditos, a través de una restitución por parte de los contribuyentes del impuesto final.

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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

Nuevos regímenes de impuesto a la renta

Renta Atribuida

•Soc. de personas •EIRL, EI. •Comunidades

Período de permanencia Opción 5 años calendarios consecutivos

2 regímenes

Renta Presunta 14 Ter Contabilidad Simplificada Page 20

Renta Retirada

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• Soc. Anónimas • SpA. • Soc. con socios personas jurídicas o no residentes

Nuevo Artículo 14 letra A)

E1 (A)

RLI

Impto. Global  complementario Con  Crédito 

100%

E2 (A)

RLI

1ra Categoría 25%

1ra Categoría 25%

Acumulación de rentas

Acumulación de rentas

Retiros o Distribuciones

Retiros o Distribuciones

RRA

RRA

Impto.  adicional

Page 21

%

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REGÍMENES GENERALES DE TRIBUTACIÓN NUEVO ARTÍCULO 14 DE LA LIR

Reglas para la atribución de rentas: a)

En la forma que los socios, comuneros o accionistas hayan acordado repartir o se repartan sus utilidades, siempre que se deje constancia del acuerdo respectivo en el contrato social, los estatutos y se cumpla con información al SII.

b)

En caso de no aplicar lo anterior, la misma proporción de suscripción y pago efectivamente del capital de la sociedad y se cumpla con información al SII.

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REGISTROS DEL NUEVO ARTÍCULO 14 LETRA A)

a)

Rentas Atribuidas Propias (RAP)

b)

Rentas Atribuidas de Terceros (RAT)

c)

Rentas Exentas e INR (REX)

d)

Rentas o cantidades afectas a IGC o IA cuando sean retiradas, remesadas o distribuidas. (RAI)

e)

Retiros, Remesas o Distribuciones (RET)

f)

Saldo acumulado de crédito. (SAC)

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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

IMPUTACIONES AL NUEVO ARTÍCULO 14 LETRA A) ► Saldo de registro a), c) y d) (**) provenientes del ejercicio anterior. ► Si existe diferencia no imputada al remanente del ejercicio anterior de los registros a), c) y d), entonces se imputará al saldo de los registros a), c) y d) al término del ejercicio en curso.

Disposiciones Transitorias Artículo Tercero, I.-, letra c) Saldo FUT y FUNT histórico.

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ORDEN DE IMPUTACIÓN

1)

Rentas Atribuidas Propias (RAP)

2)

Rentas Exentas e INR (REX)

3)

FUT – FUNT

4)

Rentas o cantidades afectas a IGC o IA cuando sean retiradas, remesadas o distribuidas. (RAI)

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Nuevo Artículo 14 letra B)

Contribuyentes sujetos al régimen de primera categoría con deducción parcial de crédito en los impuestos finales.

Quedarán gravados con los impuestos global complementario o adicional, según corresponda, sobre todas las cantidades que a cualquier título retiren, les remesen, se les atribuyan o les sean distribuidas desde la empresa.

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Nuevo Artículo 14 letra B)

E1 (B)

RLI

ICG o IA

Con  Crédito 

65% Restitución

Page 27

%

E2 (B)

RLI

1ra Categoría 27%

1ra Categoría 27%

Acumulación de rentas

Acumulación de rentas

Retiros o Distribuciones

Retiros o Distribuciones

Integración  Parcial

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Integración  Parcial

Nuevo Artículo 14 letra B) Sujetos al régimen de primera categoría con deducción parcial de crédito en los impuestos finales. Registros: a)

Rentas exentas e ingresos no constitutivos de renta.

b)

Saldo acumulado de crédito. i) Crédito sujeto a restitución (2da. Imputación) ii) Crédito no sujeto a restitución (1ra. Imputación)

c)

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Retiros, remesas o distribuciones.

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IMPUTACIONES AL NUEVO ARTÍCULO 14 LETRA B) ► A la suma de rentas o cantidades afectas a impuestos finales que mantenga la empresa y luego a registro a) en el orden cronológico en que se efectúen, provenientes del ejercicio anterior. ► Si existe diferencia no imputada al remanente del ejercicio anterior, se imputará a las rentas o cantidades que se determinen al término del ejercicio respectivo. (En el orden anterior). Disposiciones Transitorias Artículo Tercero, I.-, letra c) Saldo FUT y FUNT histórico.

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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

ORDEN DE IMPUTACIÓN

1)

Rentas o cantidades afectas a IGC o IA cuando sean retiradas, remesadas o distribuidas. (RAI)

2)

Rentas Exentas e INR (REX)

3)

FUT – FUNT

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NORMAS QUE RIGEN DEL 1º DE ENERO DE 2017 Artículo 14 ter, LIR. C. Incentivo al ahorro para medianas empresas. Incentivo a empresas art. 14 A) o B), con ventas de hasta 100.000 UF, deducción como gasto en la RLI.

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a)

20% de utilidades que reinviertan en Régimen de Renta Atribuida, con tope de 4.000 UF anuales.

b)

50% de utilidades que reinviertan en Régimen parcialmente integrado, con tope de 4.000 UF anuales. (No otorga derecho al Crédito de Primera Categoría por la parte ahorrada).

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Combinaciones de sistemas

Atribuye

Atribuye

Sistema Atribuido

Sistema Atribuido

Pago Impuesto

Atribuye Retiro

Sistema Atribuido

Page 32

Semi Integrado

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Atribuye

Semi Integrado

Retiro

Semi Integrado Atribuye

Sistema Atribuido

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Retiro

Semi Integrado

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Reforma a la reforma ¿Nuevas propuestas?

The better the question. The better the answer. The better the world works.

Cambios anunciados Ministerio Hacienda

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Cambios anunciados Ministerio Hacienda ►

¿Qué se conoce?



1) Que sólo podrán optar por el sistema de renta atribuida aquellas empresas que tengan socios, propietarios o accionistas que sean exclusivamente personas naturales contribuyentes del impuesto global complementario.



2) Corregir algunos efectos indeseados (que se graven ciertas operaciones que no se previó gravar o que pueden limitar el acceso a beneficios previstos en la reforma)

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Interpretaciones del SII y cambios a la Reforma.

Gracias por su atención!!

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