La castidad, el celibato y las responsabilidades del clérigo relativas a la paternidad espiritual

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M A N UA L F O RM A T IVO PA R A LO S S E M INA R IS TA S D E LA D IÓ CE S IS DE A R E CI BO

“La castidad, el celibato y las responsabilidades del clérigo relativas a la paternidad espiritual”

Primera edición: 2014 Obispado de Arecibo PO Box 616 Arecibo, PR 00613 Teléfono: 787-878-3180/ 787-878-3110• www.diocesisdearecibo.org

Introducción El 3 de mayo de 2011, la Congregación para la Doctrina de la Fe emitió la Carta Circular: “Subsidio para las Conferencias Episcopales en la preparación de Líneas Guía para tratar los casos de abuso sexual de menores por parte del cleroi”. Como parte de estas guías, la Congregación estableció en el punto c, sobre “la formación de futuros sacerdotes y religiosos”: En el año 2002, Juan Pablo II dijo: "no hay sitio en el sacerdocio o en la vida religiosa para los que dañen a los jóvenes" (cf. Discurso a los Cardenales Americanos, 23 de abril de 2002, n. 3). Estas palabras evocan la específica responsabilidad de los Obispos, de los Superiores Mayores y de aquellos que son responsables de la formación de los futuros sacerdotes y religiosos. Las indicaciones que aporta la Exhortación Pastores dabo vobis, así como las instrucciones de los competentes Dicasterios de la Santa Sede, adquieren todavía mayor importancia en vista de un correcto discernimiento vocacional y de la formación humana y espiritual de los candidatos. En particular, debe buscarse que éstos aprecien la castidad, el celibato y las responsabilidades del clérigo relativas a la paternidad espiritual. En la formación debe asegurarse que los candidatos aprecien y conozcan la disciplina de la Iglesia sobre el tema. Otras indicaciones específicas podrán ser añadidas en los planes formativos de los Seminarios y casas de formación por medio de las respectivas Ratio Institutionis sacerdotalis de cada nación, Instituto de Vida consagrada o Sociedad de Vida apostólica. Se debe dar particular atención al necesario intercambio de información sobre los candidatos al sacerdocio o a la vida religiosa que se trasladan de un seminario a otro, de una Diócesis a otra, o de un Instituto religioso a una Diócesis. En la sección sobre el acompañamiento a los sacerdotes, la Circular añade que el Obispo: Debe cuidar también con especial atención la formación permanente del clero, particularmente en los primeros años después de la ordenación, valorizando la importancia de la oración y de la fraternidad sacerdotal. Los presbíteros deben ser advertidos del daño causado por un sacerdote a una víctima de abuso sexual, de su responsabilidad ante la normativa canónica y la civil y de los posibles indicios para reconocer posibles abusos sexuales de menores cometidos por cualquier persona.

La diócesis de Arecibo, en unión con la Iglesia universal, posee una política de “cero tolerancia” contra el abuso sexual. Acorde con las líneas guías establecidas por la Congregación para la Doctrina de la Fe, se emite el presente Manual, que será parte de la formación de todos los seminaristas de la diócesis, ya sea que cursen sus estudios en Puerto Rico o fuera del país.

Índice Capítulo I: Pastores Dabo Vobis (extractos) ..................................................1-3 Capítulo II: La Castidad ................................................................................4-36 Capítulo III: El Celibato ...............................................................................37-60 Capítulo IV: La paternidad espiritual ..........................................................61-66 Capítulo V: la oración y la fraternidad sacerdotal.......................................67-71 Capítulo VI: La gravedad del abuso sexual de menores .........................72-106 I. Introducción: Carta Pastoral de S.S. Benedicto XVI a los Católicos de Irlanda…72-81 Sección 1: El daño causado a la víctima ........................................... 82-86 Sección 2: responsabilidad canónica ................................................. 87-96 Sección 3: responsabilidad civil ....................................................... 97-104 Sección 4: Indicadores del abuso sexual ....................................... 105-106

Referencias ...........................................................................................107-109 Apéndice Procedimiento de la Conferencia Episcopal Puertorriqueña para los casos de alegada conducta impropia (quinta revisión, mayo 2012)

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M A N U A L

F O R M A T I V O

P A R A

S E M I N A R I S T A S

Capítulo

1 Exhortación Apostólica Postsinodal Pastores Dabo Vobis de Su Santidad Juan Pablo II (1992)ii (Extracto)

I.

DIMENSIONES DE LA FORMACIÓN SACERDOTAL La formación humana, fundamento de toda la formación sacerdotal

43. «Sin una adecuada formación humana, toda la formación sacerdotal estaría privada de su fundamento necesario».(123) Esta afirmación de los Padres sinodales expresa no solamente un dato sugerido diariamente por la razón y comprobado por la experiencia, sino una exigencia que encuentra sus motivos más profundos y específicos en la naturaleza misma del presbítero y de su ministerio. El presbítero, llamado a ser «imagen viva» de Jesucristo, Cabeza y Pastor de la Iglesia, debe procurar reflejar en sí mismo, en la medida de lo posible, aquella perfección humana que brilla en el Hijo de Dios hecho hombre y que se transparenta con singular eficacia en sus actitudes hacia los demás, tal como nos las presentan los evangelistas. Además, el ministerio del sacerdote consiste en anunciar la Palabra, celebrar el Sacramento, guiar en la caridad a la comunidad cristiana «personificando a Cristo y en su nombre», pero todo esto dirigiéndose siempre y sólo a hombres concretos: «Todo Sumo Sacerdote es tomado de entre los hombres y está puesto en favor de los hombres en lo que se refiere a Dios» (Heb 5, 1). Por esto la formación humana del sacerdote expresa una particular importancia en relación con los destinatarios de su misión: precisamente para que su ministerio sea humanamente lo más creíble y aceptable, es necesario que el sacerdote plasme su personalidad humana de manera que sirva de puente y no de obstáculo a los demás en el encuentro con Jesucristo Redentor del hombre; es necesario que, a ejemplo de Jesús que «conocía lo que hay en el hombre» (Jn 2, 25; cf. 8, 3-11), el sacerdote sea capaz de

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conocer en profundidad el alma humana, intuir dificultades y problemas, facilitar el encuentro y el diálogo, obtener la confianza y colaboración, expresar juicios serenos y objetivos. Por tanto, no sólo para una justa y necesaria maduración y realización de sí mismo, sino también con vistas a su ministerio, los futuros presbíteros deben cultivar una serie de cualidades humanas necesarias para la formación de personalidades equilibradas, sólidas y libres, capaces de llevar el peso de las responsabilidades pastorales. Se hace así necesaria la educación a amar la verdad, la lealtad, el respeto por la persona, el sentido de la justicia, la fidelidad a la palabra dada, la verdadera compasión, la coherencia y, en particular, el equilibrio de juicio y de comportamiento.(124) Un programa sencillo y exigente para esta formación lo propone el apóstol Pablo a los Filipenses: «Todo cuanto hay de verdadero, de noble, de justo, de puro, de amable, de honorable, todo cuanto sea virtud y cosa digna de elogio, todo eso tenedlo en cuenta» (Flp 4, 8). Es interesante señalar cómo Pablo se presenta a sí mismo como modelo para sus fieles precisamente en estas cualidades profundamente humanas: «Todo cuanto habéis aprendido —sigue diciendo— y recibido y oído y visto en mí, ponedlo por obra» (Flp 4, 9). De particular importancia es la capacidad de relacionarse con los demás, elemento verdaderamente esencial para quien ha sido llamado a ser responsable de una comunidad y «hombre de comunión». Esto exige que el sacerdote no sea arrogante ni polémico, sino afable, hospitalario, sincero en sus palabras y en su corazón,(125) prudente y discreto, generoso y disponible para el servicio, capaz de ofrecer personalmente y de suscitar en todos relaciones leales y fraternas, dispuesto a comprender, perdonar y consolar (cf. 1 Tim 3, 1-5; Tit 1, 7-9). La humanidad de hoy, condenada frecuentemente a vivir en situaciones de masificación y soledad sobre todo en las grandes concentraciones urbanas, es sensible cada vez más al valor de la comunión: éste es hoy uno de los signos más elocuentes y una de las vías más eficaces del mensaje evangélico. En dicho contexto se encuadra, como cometido determinante y decisivo, la formación del candidato al sacerdocio en la madurez afectiva, como resultado de la educación al amor verdadero y responsable. 44. La madurez afectiva supone ser conscientes del puesto central del amor en la existencia humana. En realidad, como señalé en la encíclica Redemptor hominis, «el hombre no puede vivir sin amor. Él permanece para sí mismo un ser incomprensible, su vida está privada de sentido si no se le revela el amor, si no se encuentra con el amor, si no lo experimenta y no lo hace propio, si no participa en él vivamente».(126) Se trata de un amor que compromete a toda la persona, a nivel físico, psíquico y espiritual, y que se expresa mediante el significado «esponsal» del cuerpo humano, gracias al cual una persona se entrega a otra y la acoge. La educación sexual bien entendida tiende a la comprensión y realización de esta verdad del amor humano. Es necesario constatar una situación social y cultural difundida que «"banaliza" en gran parte la sexualidad humana, porque la interpreta y la vive de manera reductiva y empobrecida, relacionándola únicamente con el cuerpo y el placer egoísta».(127) Con frecuencia las mismas situaciones familiares, de las que proceden las vocaciones sacerdotales, presentan al respecto no pocas carencias y a veces incluso graves desequilibrios. En un contexto tal se hace más difícil, pero también más urgente, una educación en la sexualidad que sea verdadera y plenamente personal y que, por ello, favorezca la estima y el amor a la castidad, como

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«virtud que desarrolla la auténtica madurez de la persona y la hace capaz de respetar y promover el "significado esponsal" del cuerpo».(128) Ahora bien, la educación para el amor responsable y la madurez afectiva de la persona son muy necesarias para quien, como el presbítero, está llamado al celibato, o sea, a ofrecer, con la gracia del Espíritu y con la respuesta libre de la propia voluntad, la totalidad de su amor y de su solicitud a Jesucristo y a la Iglesia. A la vista del compromiso del celibato, la madurez afectiva ha de saber incluir, dentro de las relaciones humanas de serena amistad y profunda fraternidad, un gran amor, vivo y personal, a Jesucristo. Como han escrito los Padres sinodales, «al educar para la madurez afectiva, es de máxima importancia el amor a Jesucristo, que se prolonga en una entrega universal. Así, el candidato llamado al celibato, encontrará en la madurez afectiva una base firme para vivir la castidad con fidelidad y alegría».(129) Puesto que el carisma del celibato, aun cuando es auténtico y probado, deja intactas las inclinaciones de la afectividad y los impulsos del instinto, los candidatos al sacerdocio necesitan una madurez afectiva que capacite a la prudencia, a la renuncia a todo lo que pueda ponerla en peligro, a la vigilancia sobre el cuerpo y el espíritu, a la estima y respeto en las relaciones interpersonales con hombres y mujeres. Una ayuda valiosa podrá hallarse en una adecuada educación para la verdadera amistad, a semejanza de los vínculos de afecto fraterno que Cristo mismo vivió en su vida (cf. Jn 11, 5). La madurez humana, y en particular la afectiva, exigen una formación clara y sólida para una libertad, que se presenta como obediencia convencida y cordial a la «verdad» del propio ser, al significado de la propia existencia, o sea, al «don sincero de sí mismo», como camino y contenido fundamental de la auténtica realización personal.(130) Entendida así, la libertad exige que la persona sea verdaderamente dueña de sí misma, decidida a combatir y superar las diversas formas de egoísmo e individualismo que acechan a la vida de cada uno, dispuesta a abrirse a los demás, generosa en la entrega y en el servicio al prójimo. Esto es importante para la respuesta que se ha de dar a la vocación, y en particular a la sacerdotal, y para ser fieles a la misma y a los compromisos que lleva consigo, incluso en los momentos difíciles. En este proceso educativo hacia una madura libertad responsable puede ser de gran ayuda la vida comunitaria del Seminario.(131) Íntimamente relacionada con la formación para la libertad responsable está también la educación de la conciencia moral; la cual, al requerir desde la intimidad del propio «yo» la obediencia a las obligaciones morales, descubre el sentido profundo de esa obediencia, a saber, ser una respuesta consciente y libre — y, por tanto, por amor— a las exigencias de Dios y de su amor. «La madurez humana del sacerdote — afirman los Padres sinodales— debe incluir especialmente la formación de su conciencia. En efecto, el candidato, para poder cumplir sus obligaciones con Dios y con la Iglesia y guiar con sabiduría las conciencias de los fieles, debe habituarse a escuchar la voz de Dios, que le habla en su corazón, y adherirse con amor y firmeza a su voluntad».(132)

Ejercicio: Elabora un ensayo de tres páginas sobre el extracto de la Exhortación Apostólica que acabas de leer, destacando lo que más te llamó la atención y por qué.

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Capítulo

2 La Castidad

(Extractos)

I.

EXHORTACIÓN APOSTÓLICA FAMILIARIS CONSORTIO DE SU SANTIDAD JUAN PABLO II (1981)iii

El hombre imagen de Dios Amor 11. Dios ha creado al hombre a su imagen y semejanza[20]: llamándolo a la existencia por amor, lo ha llamado al mismo tiempo al amor. Dios es amor[21] y vive en sí mismo un misterio de comunión personal de amor. Creándola a su imagen y conservándola continuamente en el ser, Dios inscribe en la humanidad del hombre y de la mujer la vocación y consiguientemente la capacidad y la responsabilidad del amor y de la comunión[22]. El amor es por tanto la vocación fundamental e innata de todo ser humano. En cuanto espíritu encarnado, es decir, alma que se expresa en el cuerpo informado por un espíritu inmortal, el hombre está llamado al amor en esta su totalidad unificada. El amor abarca también el cuerpo humano y el cuerpo se hace partícipe del amor espiritual. La Revelación cristiana conoce dos modos específicos de realizar integralmente la vocación de la persona humana al amor: el Matrimonio y la Virginidad. Tanto el uno como la otra, en su forma propia, son una concretización de la verdad más profunda del hombre, de su «ser imagen de Dios». (…)

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Matrimonio y virginidad 16. La virginidad y el celibato por el Reino de Dios no sólo no contradicen la dignidad del matrimonio, sino que la presuponen y la confirman. El matrimonio y la virginidad son dos modos de expresar y de vivir el único Misterio de la Alianza de Dios con su pueblo. Cuando no se estima el matrimonio, no puede existir tampoco la virginidad consagrada; cuando la sexualidad humana no se considera un gran valor donado por el Creador, pierde significado la renuncia por el Reino de los cielos. En efecto, dice acertadamente San Juan Crisóstomo: «Quien condena el matrimonio, priva también la virginidad de su gloria; en cambio, quien lo alaba, hace la virginidad más admirable y luminosa. Lo que aparece un bien solamente en comparación con un mal, no es un gran bien; pero lo que es mejor aún que bienes por todos considerados tales, es ciertamente un bien en grado superlativo»[38]. En la virginidad el hombre está a la espera, incluso corporalmente, de las bodas escatológicas de Cristo con la Iglesia, dándose totalmente a la Iglesia con la esperanza de que Cristo se dé a ésta en la plena verdad de la vida eterna. La persona virgen anticipa así en su carne el mundo nuevo de la resurrección futura[39]. En virtud de este testimonio, la virginidad mantiene viva en la Iglesia la conciencia del misterio del matrimonio y lo defiende de toda reducción y empobrecimiento. Haciendo libre de modo especial el corazón del hombre[40], «hasta encenderlo mayormente de caridad hacia Dios y hacia todos los hombres»[41], la virginidad testimonia que el Reino de Dios y su justicia son la perla preciosa que se debe preferir a cualquier otro valor aunque sea grande, es más, que hay que buscarlo como el único valor definitivo. Por esto, la Iglesia, durante toda su historia, ha defendido siempre la superioridad de este carisma frente al del matrimonio, por razón del vínculo singular que tiene con el Reino de Dios[42]. Aun habiendo renunciado a la fecundidad física, la persona virgen se hace espiritualmente fecunda, padre y madre de muchos, cooperando a la realización de la familia según el designio de Dios. Los esposos cristianos tienen pues el derecho de esperar de las personas vírgenes el buen ejemplo y el testimonio de la fidelidad a su vocación hasta la muerte. Así como para los esposos la fidelidad se hace a veces difícil y exige sacrificio, mortificación y renuncia de sí, así también puede ocurrir a las personas vírgenes. La fidelidad de éstas incluso ante eventuales pruebas, debe edificar la fidelidad de aquéllos[43].

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Estas reflexiones sobre la virginidad pueden iluminar y ayudar a aquellos que por motivos independientes de su voluntad no han podido casarse y han aceptado posteriormente su situación en espíritu de servicio. I.

Catecismo de la lglesia Católicaiv

TERCERA PARTE LA VIDA EN CRISTO SEGUNDA SECCIÓN LOS DIEZ MANDAMIENTOS CAPÍTULO SEGUNDO «AMARÁS A TU PRÓJIMO COMO A TI MISMO» ARTÍCULO 6 EL SEXTO MANDAMIENTO «No cometerás adulterio» (Ex 20, 14; Dt 5, 17). «Habéis oído que se dijo: “No cometerás adulterio”. Pues yo os digo: Todo el que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su corazón» (Mt 5, 27-28). 3. “Hombre y mujer los creó…” 2331 “Dios es amor y vive en sí mismo un misterio de comunión personal de amor. Creándola a su imagen […] Dios inscribe en la humanidad del hombre y de la mujer la vocación, y consiguientemente la capacidad y la responsabilidad del amor y de la comunión” (FC 11). “Dios creó el hombre a imagen suya; […] hombre y mujer los creó” (Gn 1, 27). “Creced y multiplicaos” (Gn 1, 28); “el día en que Dios creó al hombre, le hizo a imagen de Dios. Los creó varón y hembra, los bendijo, y los llamó “Hombre” en el día de su creación” (Gn 5, 1-2). 2332 La sexualidad abraza todos los aspectos de la persona humana, en la unidad de su cuerpo y de su alma. Concierne particularmente a la afectividad, a la capacidad de amar y de procrear y, de manera más general, a la aptitud para establecer vínculos de comunión con otro. 2333 Corresponde a cada uno, hombre y mujer, reconocer y aceptar su identidad sexual. Ladiferencia y la complementariedad físicas, morales y espirituales, están orientadas a 6

los bienes del matrimonio y al desarrollo de la vida familiar. La armonía de la pareja humana y de la sociedad depende en parte de la manera en que son vividas entre los sexos la complementariedad, la necesidad y el apoyo mutuos. 2334 «Creando al hombre “varón y mujer”, Dios da la dignidad personal de igual modo al hombre y a la mujer» (FC 22; cf GS 49, 2). “El hombre es una persona, y esto se aplica en la misma medida al hombre y a la mujer, porque los dos fueron creados a imagen y semejanza de un Dios personal” (MD 6). 2335 Cada uno de los dos sexos es, con una dignidad igual, aunque de manera distinta, imagen del poder y de la ternura de Dios. La unión del hombre y de la mujer en el matrimonio es una manera de imitar en la carne la generosidad y la fecundidad del Creador: “El hombre deja a su padre y a su madre y se une a su mujer, y se hacen una sola carne” (Gn 2, 24). De esta unión proceden todas las generaciones humanas (cf Gn 4, 1-2.25-26; 5, 1). 2336 Jesús vino a restaurar la creación en la pureza de sus orígenes. En el Sermón de la Montaña interpreta de manera rigurosa el plan de Dios: «Habéis oído que se dijo: “no cometerás adulterio”. Pues yo os digo: “Todo el que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su corazón”» (Mt 5, 27-28). El hombre no debe separar lo que Dios ha unido (cf Mt 19, 6). La Tradición de la Iglesia ha entendido el sexto mandamiento como referido a la globalidad de la sexualidad humana. II. La vocación a la castidad 2337 La castidad significa la integración lograda de la sexualidad en la persona, y por ello en la unidad interior del hombre en su ser corporal y espiritual. La sexualidad, en la que se expresa la pertenencia del hombre al mundo corporal y biológico, se hace personal y verdaderamente humana cuando está integrada en la relación de persona a persona, en el don mutuo total y temporalmente ilimitado del hombre y de la mujer. La virtud de la castidad, por tanto, entraña la integridad de la persona y la totalidad del don. La integridad de la persona 2338 La persona casta mantiene la integridad de las fuerzas de vida y de amor depositadas en ella. Esta integridad asegura la unidad de la persona; se opone a todo comportamiento que la pueda lesionar. No tolera ni la doble vida ni el doble lenguaje (cf Mt 5, 37). 7

2339 La castidad implica un aprendizaje del dominio de sí, que es una pedagogía de la libertad humana. La alternativa es clara: o el hombre controla sus pasiones y obtiene la paz, o se deja dominar por ellas y se hace desgraciado (cf Si 1, 22). “La dignidad del hombre requiere, en efecto, que actúe según una elección consciente y libre, es decir, movido e inducido personalmente desde dentro y no bajo la presión de un ciego impulso interior o de la mera coacción externa. El hombre logra esta dignidad cuando, liberándose de toda esclavitud de las pasiones, persigue su fin en la libre elección del bien y se procura con eficacia y habilidad los medios adecuados” (GS 17). 2340 El que quiere permanecer fiel a las promesas de su Bautismo y resistir las tentaciones debe poner los medios para ello: el conocimiento de sí, la práctica de una ascesis adaptada a las situaciones encontradas, la obediencia a los mandamientos divinos, la práctica de las virtudes morales y la fidelidad a la oración. “La castidad nos recompone; nos devuelve a la unidad que habíamos perdido dispersándonos” (San Agustín, Confessiones, 10, 29; 40). 2341 La virtud de la castidad forma parte de la virtud cardinal de la templanza, que tiende a impregnar de racionalidad las pasiones y los apetitos de la sensibilidad humana. 2342 El dominio de sí es una obra que dura toda la vida. Nunca se la considerará adquirida de una vez para siempre. Supone un esfuerzo reiterado en todas las edades de la vida (cf Tt 2, 1-6). El esfuerzo requerido puede ser más intenso en ciertas épocas, como cuando se forma la personalidad, durante la infancia y la adolescencia. 2343 La castidad tiene unas leyes de crecimiento; éste pasa por grados marcados por la imperfección y, muy a menudo, por el pecado. “Pero el hombre, llamado a vivir responsablemente el designio sabio y amoroso de Dios, es un ser histórico que se construye día a día con sus opciones numerosas y libres; por esto él conoce, ama y realiza el bien moral según las diversas etapas de crecimiento” (FC 34). 2344 La castidad representa una tarea eminentemente personal; implica también un esfuerzo cultural, pues “el desarrollo de la persona humana y el crecimiento de la sociedad misma están mutuamente condicionados” (GS 25). La castidad supone el respeto de los derechos de la persona, en particular, el de recibir una información y una educación que respeten las dimensiones morales y espirituales de la vida humana. 2345 La castidad es una virtud moral. Es también un don de Dios, una gracia, un fruto del trabajo espiritual (cf Ga 5, 22). El Espíritu Santo concede, al que ha sido regenerado por el agua del bautismo, imitar la pureza de Cristo (cf 1 Jn 3, 3).

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La integridad del don de sí 2346 La caridad es la forma de todas las virtudes. Bajo su influencia, la castidad aparece como una escuela de donación de la persona. El dominio de sí está ordenado al don de sí mismo. La castidad conduce al que la practica a ser ante el prójimo un testigo de la fidelidad y de la ternura de Dios. 2347 La virtud de la castidad se desarrolla en la amistad. Indica al discípulo cómo seguir e imitar al que nos eligió como sus amigos (cf Jn 15, 15), a quien se dio totalmente a nosotros y nos hace participar de su condición divina. La castidad es promesa de inmortalidad. La castidad se expresa especialmente en la amistad con el prójimo. Desarrollada entre personas del mismo sexo o de sexos distintos, la amistad representa un gran bien para todos. Conduce a la 9ccessibl 9ccessibl. Los diversos regímenes de la castidad 2348 Todo bautizado es llamado a la castidad. El cristiano se ha “revestido de Cristo” (Ga 3, 27), modelo de toda castidad. Todos los fieles de Cristo son llamados a una vida casta según su estado de vida particular. En el momento de su Bautismo, el cristiano se compromete a dirigir su afectividad en la castidad. 2349 La castidad “debe calificar a las personas según los diferentes estados de vida: a unas, en la virginidad o en el celibato consagrado, manera eminente de dedicarse más fácilmente a Dios solo con corazón indiviso; a otras, de la manera que determina para ellas la ley moral, según sean casadas o célibes” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Decl. Persona humana, 11). Las personas casadas son llamadas a vivir la castidad conyugal; las otras practican la castidad en la continencia. «Se nos enseña que hay tres formas de la virtud de la castidad: una de los esposos, otra de las viudas, la tercera de la virginidad. No alabamos a una con exclusión de las otras. […] En esto la disciplina de la Iglesia es rica» (San Ambrosio, De viduis 23). 2350 Los novios están llamados a vivir la castidad en la continencia. En esta prueba han de ver un descubrimiento del mutuo respeto, un aprendizaje de la fidelidad y de la esperanza de recibirse el uno y el otro de Dios. Reservarán para el tiempo del matrimonio las manifestaciones de ternura específicas del amor conyugal. Deben ayudarse mutuamente a crecer en la castidad.

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Las ofensas a la castidad 2351 La lujuria es un deseo o un goce desordenados del placer venéreo. El placer sexual es moralmente desordenado cuando es buscado por sí mismo, separado de las finalidades de procreación y de unión. 2352 Por masturbación se ha de entender la excitación voluntaria de los órganos genitales a fin de obtener un placer venéreo. “Tanto el Magisterio de la Iglesia, de acuerdo con una tradición constante, como el sentido moral de los fieles, han afirmado sin ninguna duda que la masturbación es un acto intrínseca y gravemente desordenado”. “El uso deliberado de la facultad sexual fuera de las relaciones conyugales normales contradice a su finalidad, sea cual fuere el motivo que lo determine”. Así, el goce sexual es buscado aquí al margen de “la relación sexual requerida por el orden moral; aquella relación que realiza el sentido íntegro de la mutua entrega y de la procreación humana en el contexto de un amor verdadero” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Decl.Persona humana, 9). Para emitir un juicio justo acerca de la responsabilidad moral de los sujetos y para orientar la acción pastoral, ha de tenerse en cuenta la inmadurez afectiva, la fuerza de los hábitos contraídos, el estado de angustia u otros factores psíquicos o sociales que pueden atenuar o tal vez reducir al mínimo la culpabilidad moral. 2353 La fornicación es la unión carnal entre un hombre y una mujer fuera del matrimonio. Es gravemente contraria a la dignidad de las personas y de la sexualidad humana, naturalmente ordenada al bien de los esposos, así como a la generación y educación de los hijos. Además, es un escándalo grave cuando hay de por medio corrupción de menores. 2354 La pornografía consiste en sacar de la intimidad de los protagonistas actos sexuales, reales o simulados, para exhibirlos ante terceras personas de manera deliberada. Ofende la castidad porque desnaturaliza la finalidad del acto sexual. Atenta gravemente a la dignidad de quienes se dedican a ella (actores, comerciantes, público), pues cada uno viene a ser para otro objeto de un placer rudimentario y de una ganancia ilícita. Introduce a unos y a otros en la ilusión de un mundo ficticio. Es una falta grave. Las autoridades civiles deben impedir la producción y la distribución de material pornográfico. 2355 La prostitución atenta contra la dignidad de la persona que se prostituye, puesto que queda reducida al placer venéreo que se saca de ella. El que paga peca gravemente contra sí mismo: quebranta la castidad a la que lo comprometió su bautismo y mancha su cuerpo, templo del Espíritu Santo (cf 1 Co 6, 15-20). La prostitución constituye una lacra social. Habitualmente afecta a las mujeres, pero también a los hombres, los niños y los adolescentes (en estos dos últimos casos el pecado entraña también un escándalo). Es 10

siempre gravemente pecaminoso dedicarse a la prostitución, pero la miseria, el chantaje, y la presión social pueden atenuar la imputabilidad de la falta. 2356 La violación es forzar o agredir con violencia la intimidad sexual de una persona. Atenta contra la justicia y la caridad. La violación lesiona profundamente el derecho de cada uno al respeto, a la libertad, a la integridad física y moral. Produce un daño grave que puede marcar a la víctima para toda la vida. Es siempre un acto intrínsecamente malo. Más grave todavía es la violación cometida por parte de los padres (cf. Incesto) o de educadores con los niños que les están confiados. Castidad y homosexualidad 2357 La homosexualidad designa las relaciones entre hombres o mujeres que experimentan una atracción sexual, exclusiva o predominante, hacia personas del mismo sexo. Reviste formas muy variadas a través de los siglos y las culturas. Su origen psíquico permanece en gran medida inexplicado. Apoyándose en la Sagrada Escritura que los presenta como depravaciones graves (cfGn 19, 1-29; Rm 1, 24-27; 1 Co 6, 10; 1 Tm 1, 10), la Tradición ha declarado siempre que “los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Decl. Persona humana, 8). Son contrarios a la ley natural. Cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso. 2358 Un número apreciable de hombres y mujeres presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas. Esta inclinación, objetivamente desordenada, constituye para la mayoría de ellos una auténtica prueba. Deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de discriminación injusta. Estas personas están llamadas a realizar la voluntad de Dios en su vida, y, si son cristianas, a unir al sacrificio de la cruz del Señor las dificultades que pueden encontrar a causa de su condición. 2359 Las personas homosexuales están llamadas a la castidad. Mediante virtudes de dominio de sí mismo que eduquen la libertad interior, y a veces mediante el apoyo de una amistad desinteresada, de la oración y la gracia sacramental, pueden y deben acercarse gradual y resueltamente a la perfección cristiana.

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II.

Catecismo de la Iglesia Católica v

SEGUNDA SECCIÓN LOS DIEZ MANDAMIENTOS CAPÍTULO SEGUNDO «AMARÁS A TU PRÓJIMO COMO A TI MISMO» ARTÍCULO 9 EL NOVENO MANDAMIENTO «No codiciarás la casa de tu prójimo, ni codiciarás la mujer de tu prójimo, ni su siervo, ni su sierva, ni su buey, ni su asno, ni nada que sea de tu prójimo» (Ex 20, 17). «El que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su corazón» (Mt 5, 28). 2514 San Juan distingue tres especies de codicia o concupiscencia: la concupiscencia de la carne, la concupiscencia de los ojos y la soberbia de la vida (cf 1 Jn 2, 16 [Vulgata]). Siguiendo la tradición catequética católica, el noveno mandamiento prohíbe la concupiscencia de la carne; el décimo prohíbe la codicia del bien ajeno. 2515 En sentido etimológico, la “concupiscencia” puede designar toda forma vehemente de deseo humano. La teología cristiana le ha dado el sentido particular de un movimiento del apetito sensible que contraría la obra de la razón humana. El apóstol san Pablo la identifica con la lucha que la “carne” sostiene contra el “espíritu” (cf Ga 5, 16.17.24; Ef 2, 3). Procede de la desobediencia del primer pecado (Gn 3, 11). Desordena las facultades morales del hombre y, sin ser una falta en sí misma, le inclina a cometer pecados (cf Concilio de Trento: DS 1515). 2516 En el hombre, porque es un ser compuesto de espíritu y cuerpo, existe cierta tensión, y se desarrolla una lucha de tendencias entre el “espíritu” y la “carne”. Pero, en realidad, esta lucha pertenece a la herencia del pecado. Es una consecuencia de él, y, al mismo tiempo, confirma su existencia. Forma parte de la experiencia cotidiana del combate 12ccessibl: «Para el apóstol no se trata de discriminar o condenar el cuerpo, que con el alma espiritual constituye la naturaleza del hombre y su subjetividad personal, sino que trata de las obras — mejor dicho, de las disposiciones estables—, virtudes y vicios, moralmente buenas o malas, que son fruto de sumisión (en el primer caso) o bien de resistencia (en el segundo caso) a la acción salvífica del Espíritu Santo. Por ello el apóstol escribe: “Si vivimos según el Espíritu, obremos también según el Espíritu” (Ga 5, 25) (Juan Pablo II, Carta enc. Dominum et vivificantem, 55). 12

3. La purificación del corazón 2517 El corazón es la sede de la personalidad moral: “de dentro del corazón salen las intenciones malas, asesinatos, adulterios, fornicaciones” (Mt 15, 19). La lucha contra la concupiscencia de la carne pasa por la purificación del corazón: «Mantente en la simplicidad y en la inocencia, y serás como los niños pequeños que ignoran la perversidad que destruye la vida de los hombres» (Hermas, Pastor 27, 1 [mandatum 2, 1]). 2518 La sexta bienaventuranza proclama: “Bienaventurados los limpios de corazón porque ellos verán a Dios” (Mt 5,8). Los “corazones limpios” designan a los que han ajustado su inteligencia y su voluntad a las exigencias de la santidad de Dios, principalmente en tres dominios: la caridad (cf 1 Tm 4, 3-9; 2 Tm 2 ,22), la castidad o rectitud sexual (cf 1 Ts 4, 7; Col 3, 5; Ef 4, 19), el amor de la verdad y la ortodoxia de la fe (cf Tt 1, 15; 1 Tm 3-4; 2 Tm 2, 23-26). Existe un vínculo entre la pureza del corazón, la del cuerpo y la de la fe: Los fieles deben creer los artículos del Símbolo “para que, creyendo, obedezcan a Dios; obedeciéndole, vivan bien; viviendo bien, purifiquen su corazón; y purificando su corazón, comprendan lo que creen” (San Agustín, De fide et Symbolo, 10, 25). 2519 A los “limpios de corazón” se les promete que verán a Dios cara a cara y que serán semejantes a Él (cf 1 Co 13, 12, 1 Jn 3, 2). La pureza de corazón es el preámbulo de la visión. Ya desde ahora esta pureza nos concede ver según Dios, recibir al otro como un “prójimo”; nos permite considerar el cuerpo humano, el nuestro y el del prójimo, como un templo del Espíritu Santo, una manifestación de la belleza divina. II. El combate por la pureza 2520 El Bautismo confiere al que lo recibe la gracia de la purificación de todos los pecados. Pero el bautizado debe seguir luchando contra la concupiscencia de la carne y los apetitos desordenados. Con la gracia de Dios lo consigue — mediante la virtud y el don de la castidad, pues la castidad permite amar con un corazón recto e indiviso; — mediante la pureza de intención, que consiste en buscar el fin verdadero del hombre: con una mirada limpia el bautizado se afana por encontrar y realizar en todo la voluntad de Dios (cf Rm 12, 2; Col 1, 10); — mediante la pureza de la mirada exterior e interior; mediante la disciplina de los sentidos y la imaginación; mediante el rechazo de toda complacencia en los pensamientos impuros

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que inclinan a apartarse del camino de los mandamientos divinos: “la vista despierta la pasión de los insensatos” (Sb 15, 5); — mediante la oración: «Creía que la continencia dependía de mis propias fuerzas, las cuales no sentía en mí; siendo tan necio que no entendía lo que estaba escrito: […] que nadie puede ser continente, si tú no se lo das. Y cierto que tú me lo dieras, si con interior gemido llamase a tus oídos, y con fe sólida arrojase en ti mi cuidado» (San Agustín,Confessiones, 6, 11, 20). 2521 La pureza exige el pudor. Este es parte integrante de la templanza. El pudor preserva la intimidad de la persona. Designa el rechazo a mostrar lo que debe permanecer velado. Está ordenado a la castidad, cuya delicadeza proclama. Ordena las miradas y los gestos en conformidad con la dignidad de las personas y con la relación que existe entre ellas. 2522 El pudor protege el misterio de las personas y de su amor. Invita a la paciencia y a la moderación en la relación amorosa; exige que se cumplan las condiciones del don y del compromiso definitivo del hombre y de la mujer entre sí. El pudor es modestia; inspira la elección de la vestimenta. Mantiene silencio o reserva donde se adivina el riesgo de una curiosidad malsana; se convierte en discreción. 2523 Existe un pudor de los sentimientos como también un pudor del cuerpo. Este pudor rechaza, por ejemplo, los exhibicionismos del cuerpo humano propios de cierta publicidad o las incitaciones de algunos medios de comunicación a hacer pública toda confidencia íntima. El pudor inspira una manera de vivir que permite resistir a las solicitaciones de la moda y a la presión de las ideologías dominantes. 2524 Las formas que reviste el pudor varían de una cultura a otra. Sin embargo, en todas partes constituye la intuición de una dignidad espiritual propia al hombre. Nace con el despertar de la conciencia personal. Educar en el pudor a niños y adolescentes es despertar en ellos el respeto de la persona humana. 2525 La pureza cristiana exige una purificación del clima social. Obliga a los medios de comunicación social a una información cuidadosa del respeto y de la discreción. La pureza de corazón libera del erotismo difuso y aparta de los espectáculos que favorecen el exhibicionismo y las imágenes indecorosas. 2526 Lo que se llama permisividad de las costumbres se basa en una concepción errónea de la libertad humana; para llegar a su madurez, esta necesita dejarse educar previamente por la ley moral. Conviene pedir a los responsables de la educación que impartan a la juventud una enseñanza respetuosa de la verdad, de las cualidades del corazón y de la dignidad moral y espiritual del hombre. 14

2527 “La buena nueva de Cristo renueva continuamente la vida y la cultura del hombre caído; combate y elimina los errores y males que brotan de la seducción, siempre amenazadora, del pecado. Purifica y eleva sin cesar las costumbres de los pueblos. Con las riquezas de lo alto fecunda, consolida, completa y restaura en Cristo, como desde dentro, las bellezas y cualidades espirituales de cada pueblo o edad” (GS 58). Resumen 2528 “Todo el que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su corazón” (Mt 5, 28). 2529 El noveno mandamiento pone en guardia contra el desorden o concupiscencia de la carne. 2530 La lucha contra la concupiscencia de la carne pasa por la purificación del corazón y por la práctica de la templanza 2531 La pureza del corazón nos alcanzará el ver a Dios: nos da desde ahora la capacidad de ver según Dios todas las cosas. 2532 La purificación del corazón es imposible sin la oración, la práctica de la castidad y la pureza de intención y de mirada. 2533 La pureza del corazón requiere el pudor, que es paciencia, modestia y discreción. El pudor preserva la intimidad de la persona.

III.

JUAN PABLO II AUDIENCIA GENERAL ,Miércoles 14 de noviembre de 1984 (Extracto)vi

La castidad conyugal 1. A la luz de la Encíclica Humanae vitae, el elemento fundamental de la espiritualidad conyugal es el amor derramado en los corazones de los esposos como don del Espíritu Santo (cf. Rom 5, 5). Los esposos reciben en el sacramento este don juntamente con una particular “consagración”. El amor está unido a la castidad conyugal que, manifestándose como continencia, realiza el orden interior de la convivencia conyugal. La castidad es vivir en el orden del corazón. Este orden permite el desarrollo de las “manifestaciones afectivas” en la proporción y en el significado propios de ellas. De este modo, queda confirmada también la castidad conyugal como “vida del Espíritu” (cf. Gál 5, 25), según la expresión de San Pablo. El Apóstol tenía en la mente no sólo las energías inmanentes del espíritu humano, sino, sobre todo, el influjo santificante del Espíritu Santo y sus dones particulares.

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2. En el centro de la espiritualidad conyugal está, pues, la castidad, no sólo como virtud moral (formada por el amor), sino, a la vez, como virtud vinculada con los dones del Espíritu Santo —ante todo con el don del respeto de lo que viene de Dios (“don pietatis”)—. Este don está en la mente del autor de la Carta a los Efesios, cuando exhorta a los cónyuges a estar “sujetos los unos a los otros en el temor de Cristo” (Ef 5, 21). Así, pues, el orden interior de la convivencia conyugal, que permite a las “manifestaciones afectivas” desarrollarse según su justa proporción y significado, es fruto no sólo de la virtud en la que se ejercitan los esposos, sino también de los dones del Espíritu Santo con los que colaboran. La Encíclica Humanae vitae en algunos pasajes del texto (especialmente 21, 26), al tratar de la específica ascesis conyugal, o sea, del esfuerzo para conseguir la virtud del amor, de la castidad y de la continencia, habla indirectamente de los dones del Espíritu Santo, a los cuales se hacen sensibles los esposos en la medida de su maduración en la virtud. 3. Esto corresponde a la vocación del hombre al matrimonio. Esos “dos”, que —según la expresión más antigua de la Biblia— “serán una sola carne” (Gén 2, 24), no pueden realizar tal unión al nivel propio de las personas (communio personarum), si no mediante las fuerzas provenientes del espíritu, y precisamente, del Espíritu Santo que purifica, vivifica, corrobora y perfecciona las fuerzas del espíritu humano. “El Espíritu es el que da vida, la carne no aprovecha para nada” (Jn 6, 63). De aquí se deduce que las líneas esenciales de la espiritualidad conyugal están grabadas “desde el principio” en la verdad bíblica sobre el matrimonio. Esta espiritualidad está también “desde el principio» abierta a los dones del Espíritu Santo. Si la Encíclica “Humanae vitae” exhorta a los esposos a una “oración perseverante” y a la vida sacramental (diciendo: “acudan sobre todo a la fuente de gracia y de caridad en la Eucaristía; recurran con humilde perseverancia a la misericordia de Dios, que se concede en el sacramento de la penitencia”, Humanae vitae, 25), lo hace recordando al Espíritu Santo que “da vida” (2 Cor 3, 6). 4. Los dones del Espíritu Santo, y en particular el don del respeto de lo que es sagrado, parecen tener aquí un significado fundamental. Efectivamente, tal don sostiene y desarrolla en los cónyuges una singular sensibilidad por todo lo que en su vocación y convivencia lleva el signo del misterio de la creación y redención: por todo lo que es un reflejo creado de la sabiduría y del amor de Dios. Así, pues, ese don parece iniciar al hombre y a la mujer, de modo particularmente profundo, en el respeto de los dos significados inseparables del acto conyugal, de los que habla la Encíclica (Humanae vitae, 12) con relación al sacramento del matrimonio. El respeto a los dos significados del acto conyugal sólo puede desarrollarse plenamente a base de una profunda referencia a ladignidad personal de lo que en la persona humana es intrínseco a la masculinidad y feminidad, e inseparablemente con referencia a la dignidad personal de la nueva vida, que puede surgir de la unión conyugal del hombre y 16

de la mujer. El don del respeto de lo que es creado por Dios se expresa precisamente en tal referencia. 5. El respeto al doble significado del acto conyugal en el matrimonio, que nace del don del respeto por la creación de Dios, se manifiesta también como temor salvífico: temor a romper o degradar lo que lleva en sí el signo del misterio divino de la creación y redención. De este temor habla precisamente el autor de la Carta a los Efesios: “Estad sujetos los unos a los otros en el temor de Cristo” (Ef 5, 21). Si este temor salvífico se asocia inmediatamente a la función “negativa” de la continencia (o sea, a la resistencia con relación a la concupiscencia de la carne), se manifiesta también —y de manera creciente, a medida que esta virtud madura— como sensibilidad plena de veneración por los valores esenciales de la unión conyugal: por los “dos significados del acto conyugal” (o bien hablando en el lenguaje de los análisis precedentes, por la verdad interior del mutuo “lenguaje del cuerpo”). A base de una profunda referencia a estos dos valores esenciales, lo que significa unión de los cónyuges se armoniza en el sujeto con lo que significa paternidad y maternidad responsables. El don del respeto de lo que Dios ha creado hace ciertamente que la aparente “contradicción” en esta esfera desaparezca y que la dificultad que proviene de la concupiscencia se supere gradualmente, gracias a la madurez de la virtud y a la fuerza del don del Espíritu Santo. 6. Si se trata de la problemática de la llamada continencia periódica (o sea, del recurso a los “métodos naturales”), el don del respeto por la obra de Dios ayuda, de suyo, a conciliar la dignidad humana con los “ritmos naturales de fecundidad”, es decir, con la dimensión biológica de la feminidad y masculinidad de los cónyuges; dimensión que tiene también un significado propio para la verdad del mutuo “lenguaje del cuerpo” en la convivencia conyugal. De este modo, también lo que —no tanto en el sentido bíblico, sino sobre todo en el “biológico”— se refiere a la “unión conyugal en el cuerpo”, encuentra su forma humanamente madura gracias a la vida “según el Espíritu”. Toda la práctica de la honesta regulación de la fertilidad, tan íntimamente unida a la paternidad y maternidad responsables, forma parte de la espiritualidad cristiana conyugal y familiar; y sólo viviendo “según el Espíritu” se hace interiormente verdadera y auténtica.

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IV.

JUAN PABLO II AUDIENCIA GENERAL Miércoles 23 de noviembre de 1994 vii

La castidad consagrada en la unión nupcial de Cristo y de la Iglesia Los religiosos, según el decreto conciliar Perfectae caritatis, «evocan ante todos los fieles aquelmaravilloso connubio, fundado por Dios y que ha de revelarse plenamente en el siglo futuro, por el que la Iglesia tiene por esposo único a Cristo» (n. 12). En este connubio se descubre el valor fundamental de la virginidad o celibato con respecto a Dios. Por esta razón, se habla de «castidadconsagrada». La verdad de este connubio se revela a través de numerosas afirmaciones del nuevo Testamento. Recordemos que ya el Bautista designa a Jesús como el esposo que tiene a la esposa, es decir, el pueblo que acude a su bautismo; mientras que él, Juan, se ve a sí mismo como «el amigo del esposo, el que asiste y le oye», y que «se alegra mucho con la voz del esposo» (Jn 3, 29). Esta imagen nupcial ya se usaba en el antiguo Testamento para indicar la relación íntima entre Dios e Israel: especialmente los profetas, después de Oseas (1, 2 ss), se sirvieron de ella para exaltar esa relación y recordarla al pueblo, cuando la traicionaba (cf. Is 1, 21; Jr 2, 2; 3, 1; 3, 6-12; Ez. 16; 23). En la segunda parte del libro de Isaías, la restauración de Israel se presenta como la reconciliación de la esposa infiel con el esposo (cf. Is 50, 1; 54, 5-8; 62, 4-5). Esta imagen de la religiosidad de Israel aparece también en el Cantar de los cantares y en el salmo 45, cantos nupciales que representan las bodas con el Rey-Mesías, como han sido interpretados por la tradición judía y cristiana. 2. En el ambiente de la tradición de su pueblo, Jesús toma esa imagen para decir que él mismo es el esposo anunciado y esperado: el Esposo-Mesías (cf. Mt 9, 15; 25, 1). Insiste en esta analogía y en esta terminología, también para explicar qué es el reino que ha venido a traer. «El reino de los cielos es semejante a un rey que celebró el banquete de bodas de su hijo» (Mt 22, 2). Parangona a sus discípulos con los compañeros del esposo, que se alegran de su presencia, y que ayunarán cuando se les quite el esposo (cf. Mc 2, 19-20). También es muy conocida la otra parábola de las diez vírgenes que esperan la venida del esposo para una fiesta de bodas (cf. Mt 25, 1-13); y, de igual modo, la de los siervos que deben vigilar para acoger a su señor cuando vuelva de las bodas (cf. Lc 12, 35-38). En este sentido, puede decirse que es significativo también el primer milagro que Jesús realiza en Caná, precisamente durante un banquete de bodas (cf. Jn 2, 1-11). Jesús, al definirse a sí mismo con el título de Esposo, expresó el sentido de su entrada en la historia, a la que vino para realizar las bodas de Dios con la humanidad, según el anuncio profético, a fin de establecer la nueva Alianza de Yahveh con su pueblo y derramar un nuevo don de amor divino en el corazón de los hombres, haciéndoles gustar su alegría. Como Esposo, invita a responder a este don de amor: todos están llamados a responder con amor al 18

amor. A algunos pide una respuesta más plena, más fuerte, más radical: la de la virginidad o celibato por el reino de los cielos. 3. Es sabido que también san Pablo tomó y desarrolló la imagen de Cristo Esposo, sugerida por el antiguo Testamento y adoptada por Jesús en su predicación y en la formación de sus discípulos, que constituirían la primera comunidad. A quienes están casados, el Apóstol les recomienda que consideren el ejemplo de las bodas mesiánicas: «Maridos, amad a vuestras mujeres como Cristo amó a la Iglesia» (Ef 5, 25). Pero también fuera de esta aplicación especial al matrimonio, considera la vida cristiana en la perspectiva de una unión esponsal con Cristo: «Os tengo desposados con un solo esposo para presentaros cual casta virgen a Cristo» (2 Co 11, 2). Pablo deseaba hacer esta presentación de Cristo-Esposo a todos los creyentes. Pero no cabe duda de que la imagen paulina de la virgen casta tiene su aplicación más plena y su significado más profundo en la castidad consagrada. El modelo más espléndido de esta realización es la Virgen María, que acogió en sí lo mejor de la tradición esponsalicia de su pueblo, y no se limitó a la conciencia de su pertenencia especial a Dios en el plano socioreligioso, sino que llevó la idea del carácter nupcial de Israel hasta la entrega total de su alma y de su cuerpo por el reino de los cielos, en su forma sublime de castidad elegida conscientemente. Por esta razón, el Concilio puede afirmar que la vida consagrada en la Iglesia se realiza en profunda sintonía con la bienaventurada Virgen María (cf. Lumen gentium, 41), a quien el magisterio de la Iglesia presenta como «la más plenamente consagrada» (cf. Redemptionis donum, 17). 4. En el mundo cristiano una nueva luz brotó de la palabra de Cristo y de la oblación ejemplar de María, que las primeras comunidades conocieron muy pronto. La referencia a la unión nupcial de Cristo y de la Iglesia confiere al mismo matrimonio su dignidad más alta. En particular, el sacramento del matrimonio hace entrar a los esposos en el misterio de unión de Cristo y de la Iglesia. Pero la profesión de virginidad o celibato hace participar a los consagrados, de una manera más directa, en el misterio de esas bodas. Mientras que el amor conyugal va a Cristo-Esposo mediante una unión humana, el amor virginal va directamente a la persona de Cristo a través de una unión inmediata con él, sin intermediarios: un matrimonio espiritual verdaderamente completo y decisivo. Así, en la persona de quienes profesan y viven la castidad consagrada la Iglesia realiza plenamente su unión de Esposa con Cristo-Esposo. Por eso, se debe decir que la vida virginal se encuentra en el corazón de la Iglesia. 5. También en la línea de la concepción evangélica y cristiana, se debe añadir que esa unión inmediata con el Esposo constituye una anticipación de la vida celestial, que se caracterizará por una visión o posesión de Dios sin intermediarios. Como dice el concilio Vaticano II, la castidad consagrada «evoca […] aquel maravilloso connubio, fundado por Dios y que ha de revelarse plenamente en el siglo futuro» (Perfectae caritatis, 12). En la Iglesia el estado de 19

virginidad o celibato reviste, pues, un significado escatológico, como anuncio especialmente expresivo de la posesión de Cristo como único Esposo, que se realizará plenamente en el más allá. En este sentido pueden leerse las palabras que Jesús pronunció sobre el estado de vida propio de los elegidos después de la resurrección de los cuerpos: «Ni ellos tomarán mujer ni ellas marido, ni pueden ya morir, porque son como ángeles, y son hijos de Dios, siendo hijos de la resurrección [resucitados]» (Lc 20, 35-36). La condición de la castidad consagrada, aunque entre las oscuridades y dificultades de la vida terrena, anuncia la unión con Dios, en Cristo, que los elegidos tendrán en la felicidad celestial, cuando la espiritualización del hombre resucitado sea perfecta. 6. Si se considera esa meta de la unión celestial con Cristo-Esposo, se comprende la profunda felicidad de la vida consagrada. San Pablo alude a esa felicidad cuando dice que quien no está casado se preocupa completamente de las cosas del Señor y no está dividido entre el mundo y el Señor (cf. 1 Co 7, 32-35). Pero se trata de una felicidad que no excluye y no dispensa en absoluto del sacrificio, puesto que el celibato consagrado implica siempre renuncias, a través de las cuales llama a conformarse cada vez más con Cristo crucificado. San Pablo recuerda expresamente que en su amor de Esposo, Jesucristo ofreció su sacrificio por la santidad de la Iglesia (cf. Ef 5, 25). A la luz de la cruz comprendemos que toda unión con Cristo-Esposo es un compromiso de amor con el Crucificado, de modo que quienes profesan la castidad consagrada saben que están destinados a una participación más profunda en el sacrificio de Cristo para la redención del mundo (cf.Redemptionis donum, 8 y 11). 7. El carácter permanente de la unión nupcial de Cristo y de la Iglesia se expresa en el valor definitivo de la profesión de la castidad consagrada en la vida religiosa: «La consagración será tanto más perfecta cuanto, por vínculos más firmes y más estables, represente mejor a Cristo, unido con vínculo indisoluble a su Iglesia» (Lumen gentium, 44). La indisolubilidad de la alianza de la Iglesia con Cristo-Esposo, participada en el compromiso de la entrega de sí a Cristo en la vida virginal, funda el valor permanente de la profesión perpetua. Se puede decir que es una entrega absoluta a aquel que es el Absoluto. Lo da a entender Jesús mismo cuando dice que «nadie que pone la mano en el arado y mira hacia atrás es apto para el reino de Dios» (Lc 9, 62). La permanencia, la fidelidad al compromiso de la vida religiosa se iluminan a la luz de esta parábola evangélica. Con el testimonio de su fidelidad a Cristo, los consagrados sostienen la fidelidad de los mismos esposos en el matrimonio. La tarea de brindar este apoyo está incluida en la declaración de Jesús sobre quienes se hacen eunucos por el reino de los cielos (cf. Mt19, 1012): con ella el Maestro quiere mostrar que no es imposible observar la indisolubilidad del matrimonio –que acaba de anunciar-, como insinuaban sus discípulos, porque hay personas que, con la ayuda de la gracia, viven fuera del matrimonio en una continencia perfecta.

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Por tanto, puede verse que el celibato consagrado y el matrimonio, lejos de oponerse entre sí, están unidos en el designio divino. Juntos están destinados a manifestar mejor la unión de Cristo y de la Iglesia. V.

PONTIFICIO CONSEJO PARA LA FAMILIA, SEXUALIDAD HUMANA VERDAD Y SIGNIFICADO Orientaciones educativas en familia (1995) (Extracto)viii

4. En la óptica de la redención y en el camino formativo de los adolescentes y de los jóvenes, la virtud de la castidad, que se coloca en el interior de la templanza —virtud cardinal que en el bautismo ha sido elevada y embellecida por la gracia—, no debe entenderse como una actitud represiva, sino, al contrario, como la transparencia y, al mismo tiempo, la custodia de un don, precioso y rico, como el del amor, en vistas al don de sí que se realiza en la vocación específica de cada uno. La castidad es, en suma, aquella « energía espiritual que sabe defender el amor de los peligros del egoísmo y de la agresividad, y sabe promoverlo hacia su realización plena ».2 El Catecismo de la Iglesia Católicadescribe y, en cierto sentido, define la castidad así: « La castidad significa la integración lograda de la sexualidad en la persona, y por ello en la unidad interior del hombre en su ser corporal y espiritual ».3 5. La formación a la castidad, en el cuadro de la educación del joven a la realización y al don de sí, implica la colaboración prioritaria de los padres también en la formación de otras virtudes como la templanza, la fortaleza, la prudencia. La castidad, como virtud, no subsiste sin la capacidad de renuncia, de sacrificio y de espera. VI.

ALOCUCIÓN DEL SANTO PADRE JUAN PABLO II A LAS RELIGIOSAS ix reunidas en el jardín de Rue du Bac. Sábado 31 de mayo de 1980 (Extracto)

3. Seguir a Cristo es algo muy distinto de admirar un modelo, aun en el caso de que tengáis buen conocimiento de las Escrituras y de la teología. Seguir a Cristo es algo existencial. Es quererimitarlo hasta el extremo de dejarse configurar con El, asimilarse a El, hasta el punto de ser “como otra humanidad suya”, según las palabras de sor Isabel de la Trinidad. Y ello en su misterio de castidad, pobreza y obediencia. ¡Tal ideal rebasa el entendimiento y extralimita las fuerzas humanas! Sólo es realizable gracias a tiempos fuertes de contemplación silenciosa y ardiente en el Señor Jesús. Las religiosas llamadas “activas”, a ciertas horas deben ser “contemplativas” siguiendo el ejemplo de las monjas de clausura a las que hablaré en Lisieux. La castidad religiosa, hermanas mías, es querer ser de verdad como Cristo; todas las razones que se pueden argüir se desvanecen ante esta razón esencial: Jesús era casto. Este estado de Cristo no sólo era superación de la sexualidad humana, prefigurando el mundo futuro, sino 21

igualmente una manifestación, una “epifanía” de la universalidad de su oblación redentora. El Evangelio no cesa de indicar cómo vivió Jesús la castidad. En sus relaciones humanas, singularmente ampliadas en comparación con las tradiciones de su ambiente y de su época, llegó perfectamente hasta lo profundo de la personalidad del otro. Su sencillez, respeto y bondad, y su arte de suscitar lo mejor en el corazón de las personas con quienes se encontraba, sobrecogieron a la samaritana, a la mujer adúltera y a tantas otras personas. ¡Ojalá que vuestro voto de virginidad consagrada —profundizado y vivido en el misterio de la castidad de Cristo—, y que transfigura ya vuestras personas, os empuje a llegar de verdad a vuestros hermanos y hermanas en humanidad, en sus situaciones concretas! ¡Hay tantas personas en nuestro mundo que están como extraviadas, abrumadas, desesperadas! Con fidelidad a las reglas de la prudencia, hacedles sentir que las amáis a la manera de Cristo, depositando en su corazón la ternura humana y divina que El les trae. VII.

SAGRADA CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE DECLARACIÓN ACERCA DE CIERTAS CUESTIONES DE ÉTICA SEXUAL (1975) (Extracto)x

1. La persona humana, según los datos de la ciencia contemporánea, está de tal manera marcada por la sexualidad, que ésta es parte principal entre los factores que caracterizan la vida del hombre. Verdaderamente, en el sexo radican las notas características que constituyen a las personas como hombres y mujeres en el plano biológico, psicológico y espiritual, teniendo así mucha parte en su evolución individual y en su inserción en la sociedad. Por esto, como se puede comprobar fácilmente, la sexualidad es en nuestros días tema abordado con frecuencia en libros, semanarios, revistas y otros medios de comunicación social. Al mismo tiempo ha ido en aumento la corrupción de costumbres, una de cuyas mayores manifestaciones consiste en la exaltación inmoderada del sexo; en tanto que con la difusión de los medios de comunicación social y de los espectáculos, tal corrupción ha llegado a invadir el campo de la educación y a infectar la mentalidad de las masas. Si, en este contexto, educadores, pedagogos o moralistas han podido contribuir a hacer que se comprendan e integren mejor en la vida los valores propios de uno y otro sexo, ha habido otros que, por el contrario, han propuesto condiciones y modos de comportamiento contrarios a las verdaderas exigencias morales del ser humano, llegando a favorecer un hedonismo licencioso. De ahí ha resultado que doctrinas, criterios morales y maneras de vivir conservados hasta ahora fielmente han sufrido en algunos años una fuerte sacudida aun entre los cristianos, y son hoy numerosos los que, ante tantas opiniones contrarias a la doctrina que han recibido de la Iglesia, llegan a preguntarse qué es lo que deben considerar todavía como verdadero. 22

2. La Iglesia no puede permanecer indiferente ante semejante confusión de los espíritus y relajación de las costumbres. Se trata, en efecto, de una cuestión de máxima importancia para la vida personal de los cristianos y para la vida social de nuestro tiempo[1]. Los obispos constatan cada día las dificultades crecientes que, particularmente en materia sexual, experimentan los fieles para adquirir conciencia de la sana doctrina moral, y los Pastores para exponerla con eficacia. Son conscientes de que por su cargo pastoral están llamados a responder a las necesidades de sus fieles sobre este punto tan grave; y algunos de entre ellos, e incluso Conferencias Episcopales, han publicado notables documentos sobre este tema. Sin embargo, como las opiniones erróneas y las desviaciones que de ellas se siguen continúan difundiéndose en todas partes, la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, en virtud de su misión en favor de la Iglesia universal[2] y por mandato del Sumo Pontífice, ha juzgado necesario publicar la presente declaración. 3. Los hombres de nuestro tiempo están cada vez más persuadidos de que la dignidad y la vocación humanas piden que, a la luz de su inteligencia, ellos descubran los bienes y potencialidades inscritos en la propia naturaleza, que los desarrollen sin cesar y que los realicen en su vida para un progreso cada vez mayor. Pero en sus juicios morales el hombre no puede proceder según su arbitrio personal: «En lo más profundo de su conciencia descubre el hombre la existencia de una ley, que él no se dicta a sí mismo, pero a la cual debe obedecer […] Tiene una ley escrita por Dios en su corazón, en cuya obediencia consiste la dignidad humana y por la cual será juzgado personalmente»[3]. Además, a nosotros los cristianos, Dios nos ha hecho conocer, por su revelación, su designio de salvación; nos ha propuesto a Jesucristo, Salvador y Santificador, como la ley suprema e inmutable de la vida, mediante la enseñanza y los ejemplos de quien dijo: «Yo soy la luz del mundo; el que me sigue no anda en tinieblas, sino que tendrá luz de vida»[4]. No puede haber, por consiguiente, verdadera promoción de la dignidad del hombre si no se respeta el orden esencial de su naturaleza. Es cierto que en la historia de la civilización han cambiado, y todavía cambiarán, muchas condiciones concretas y muchas necesidades de la vida humana; pero toda evolución de las costumbres y todo género de vida deben ser mantenidos en los límites que imponen los principios inmutables fundados sobre los elementos constitutivos y sobre las relaciones esenciales de toda persona humana; estos elementos y relaciones trascienden las contingencias históricas. Estos principios fundamentales comprensibles por la razón están contenidos en «la ley divina, eterna, objetiva y universal, por la que Dios ordena, dirige y gobierna el mundo y los caminos de la comunidad humana según el designio de su sabiduría y de su amor. 23

Dios hace partícipe al hombre de esta su ley, de manera que el hombre, por suave disposición de la divina Providencia, puede conocer más y más la verdad inmutable»[5]. Esta ley divina es 24ccessible a nuestro conocimiento. 4. Se equivocan, por tanto, los que ahora sostienen en gran número que, para servir de regla a las acciones particulares, no se puede encontrar ni en la naturaleza humana, ni en la ley revelada, ninguna norma absoluta e inmutable fuera de aquella que se expresa en la ley general de la caridad y del respeto a la dignidad humana. Como prueba de esta aserción aducen que, en las que llamamos normas de la ley natural o preceptos de la Sagrada Escritura, no se deben ver sino formas de una cultura particular, expresadas en un momento determinado de la historia. Sin embargo, cuando la Revelación divina y, en su orden propio, la sabiduría filosófica, ponen de relieve exigencias auténticas de la humanidad, están manifestando necesariamente, por el mismo hecho, la existencia de leyes inmutables inscritas en los elementos constitutivos de la naturaleza humana; leyes que se revelan idénticas en todos los seres dotados de razón. Además, Cristo ha instituido su Iglesia como «columna y fundamento de la verdad»[6]. Con la asistencia del Espíritu Santo, ella conserva sin cesar y transmite sin error las verdades del orden moral e interpreta auténticamente no sólo la ley positiva revelada, sin también «los principios de orden moral que fluyen de la misma naturaleza humana»[7] y que afectan al pleno desarrollo y santificación del hombre. Es un hecho que la Iglesia, a lo largo de toda su historia, ha atribuido constantemente a un cierto número de preceptos de la ley natural valor absoluto e inmutable, y ha considerado que la transgresión de los mismos se opone a la doctrina y al espíritu del Evangelio. 5. Puesto que la ética sexual se refiere a ciertos bienes fundamentales de la vida humana y de la vida cristiana, a ella se le aplica de igual modo esta doctrina general. En este campo existen principios y normas que la Iglesia ha transmitido siempre en su enseñanza sin la menor duda, aunque las opiniones y las costumbres del mundo se opusieran a ellas. Estos principios y estas normas no deben, en modo alguno, su origen a un tipo particular de cultura, sino al conocimiento de la ley divina y de la naturaleza humana. Por lo tanto, no se los puede considerar como caducados, ni cabe ponerlos en duda bajo pretexto de una situación cultural nueva. Estos principios son los que han inspirado las orientaciones y las normas dadas por el Concilio Vaticano II para una educación y una organización de la vida social que tengan en cuenta la igual dignidad del hombre y de la mujer, respetando sus diferencias[8]. Hablando de «la índole sexual del hombre y (de) la facultad generativa humana», el Concilio ha hecho notar que «superan admirablemente lo que de esto existe en los grados 24

inferiores de la vida»[9]. A continuación expone en particular los principios y los criterios que conciernen a la sexualidad humana en el matrimonio, y que tienen su razón de ser en la finalidad de la función propia del mismo. A este propósito declara que la bondad moral de los actos propios de la vida conyugal, ordenados según la verdadera dignidad humana, «no dependen solamente de la sincera intención y apreciación de los motivos, sino de criterios objetivos, tomados de la naturaleza de la persona y de sus actos, que guardan íntegro el sentido de la mutua entrega y de la humana procreación, en el contexto del verdadero amor»[10]. Estas últimas palabras resumen brevemente la doctrina del Concilio —expuesta más ampliamente con anterioridad en la misma constitución[11]— sobre la finalidad del acto sexual y sobre el criterio principal de su moralidad: se asegura la honestidad de este acto cuando se respeta su finalidad. Este mismo principio, que la Iglesia deduce de la Revelación y de su interpretación auténtica de la ley natural, funda también aquella doctrina tradicional suya, según la cual el uso de la función sexual logra su verdadero sentido y su rectitud moral tan sólo en el matrimonio legítimo[12]. 6. La presente declaración no se propone tratar de todos los abusos de la facultad sexual, ni de todo lo que implica la práctica de la castidad, sino más bien recordar el juicio de la Iglesia sobre ciertos puntos particulares, vista la urgente necesidad de oponerse a errores graves y a normas de conducta aberrante, ampliamente difundidas. 7. Muchos reivindican hoy el derecho a la unión sexual antes del matrimonio, al menos cuando una resolución firme de contraerlo y un afecto que en cierto modo es ya conyugal en la mente de los novios piden este complemento, que ellos juzgan connatural; sobre todo cuando la celebración del matrimonio se ve impedida por las circunstancias, o cuando esta relación íntima parece necesaria para la conservación del amor. Semejante opinión se opone a la doctrina cristiana, según la cual todo acto genital humano debe mantenerse dentro del matrimonio. Porque, por firme que sea el propósito de quienes se comprometen en estas relaciones prematuras, es indudable que tales relaciones no garantizan que la sinceridad y la fidelidad de la relación interpersonal entre un hombre y una mujer queden aseguradas, y sobre todo protegidas, contra los vaivenes de las pasiones y de la libertad. Ahora bien, Jesucristo quiso que fuese estable la unión y la restableció a su primitiva condición, fundada en la misma diferencia sexual. «¿No habéis leído que el Creador, desde el principio, los hizo varón y mujer y que dijo: Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su esposa, y los dos se harán una carne? Pues bien, lo que Dios unió, no lo separe el hombre»[13]. San Pablo es más explícito todavía cuando declara que si los célibes y las viudas no pueden vivir en 25

continencia, no tienen otra alternativa que la de la unión estable en el matrimonio: «Mejor es casarse que abrasarse»[14]. En efecto, el amor de los esposos queda asumido por el matrimonio en el amor con el cual Cristo ama irrevocablemente a la Iglesia[15], mientras la unión corporal en el desenfreno[16]profana el templo del Espíritu Santo, en el que el mismo cristiano se ha convertido. Por consiguiente, la unión carnal no puede ser legítima sino cuando se ha establecido una definitiva comunidad de vida entre un hombre y una mujer. Así lo entendió y enseñó siempre la Iglesia[17], que encontró, además, amplio acuerdo con su doctrina en la reflexión de la sabiduría humana y en los testimonios de la historia. Enseña la experiencia que el amor tiene que tener su salvaguardia en la estabilidad del matrimonio, para que la unión sexual responda verdaderamente a las exigencias de su propia finalidad y de la dignidad humana. Estas exigencias reclaman un contrato conyugal sancionado y garantizado por la sociedad; contrato que instaura un estado de vida de capital importancia tanto para la unión exclusiva del hombre y de la mujer como para el bien de su familia y de la comunidad humana. En realidad, las relaciones sexuales prematrimoniales excluyen las más de las veces la prole. Lo que se presenta erróneamente como un amor conyugal no podrá desplegarse, tal como debería ser, en un amor paternal y maternal; o, si eventualmente se despliega, lo hará con detrimento de los hijos, que se verán privados de la convivencia estable en la que puedan desarrollarse adecuadamente y encontrar el camino y los medios necesarios para integrarse en la sociedad. Por tanto, el consentimiento de las personas que quieren unirse en matrimonio tiene que ser manifestado exteriormente y de manera válida ante la sociedad. En cuanto a los fieles, es menester que, para la instauración de la sociedad conyugal, expresen según las leyes de la Iglesia su consentimiento, que hará ciertamente de su matrimonio un sacramento de Cristo. 8. En nuestros días —fundándose en observaciones de orden psicológico— han llegado algunos a juzgar con indulgencia, e incluso a excusar completamente, las relaciones entre personas del mismo sexo, contra la doctrina constante del Magisterio y contra el sentido moral del pueblo cristiano. Se hace una distinción —que no parece infundada— entre los homosexuales cuya tendencia, proviniendo de una educación falsa, de falta de normal evolución sexual, de hábito contraído, de malos ejemplos y de otras causas análogas, es transitoria o a lo menos no incurable, y aquellos otros homosexuales que son irremediablemente tales por una especie de instinto innato o de constitución patológica que se tiene por incurable.

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Ahora bien, en cuanto a los sujetos de esta segunda categoría, piensan algunos que su tendencia es natural hasta tal punto que debe ser considerada en ellos como justificativa de relaciones homosexuales en una sincera comunión de vida y amor semejante al matrimonio, en la medida en que se sienten incapaces de soportar una vida solitaria. Indudablemente, esas personas homosexuales deben ser acogidas en la acción pastoral con comprensión y deben ser sostenidas en la esperanza de superar sus dificultades personales y su inadaptación social. También su culpabilidad debe ser juzgada con prudencia. Pero no se puede emplear ningún método pastoral que reconozca una justificación moral a estos actos por considerarlos conformes a la condición de esas personas. Según el orden moral objetivo, las relaciones homosexuales son actos privados de su ordenación necesaria y esencial. En la Sagrada Escritura están condenados como graves depravaciones e incluso presentados como la triste consecuencia de una repulsa de Dios [18]. Este juicio de la Escritura no permite concluir que todos los que padecen esta anomalía por esta causa incurran en culpa personal; pero atestigua que los actos homosexuales son por su intrínseca naturaleza desordenados y que no pueden recibir aprobación en ningún caso. 9. Con frecuencia se pone hoy en duda, o se niega expresamente, la doctrina tradicional según la cual la masturbación constituye un grave desorden moral. Se dice que la psicología y la sociología demuestran que se trata de un fenómeno normal de la evolución de la sexualidad, sobre todo en los adolescentes, y que no se da culpa verdadera sino en la medida en que el sujeto ceda deliberadamente a una auto-satisfacción cerrada en sí misma (ipsación); entonces sí que el acto es radicalmente contrario a la unión amorosa entre personas de sexo diferente, siendo tal unión, a juicio de algunos, el objetivo principal del uso de la facultad sexual. Tal opinión contradice la doctrina y la práctica pastoral de la Iglesia Católica. Sea lo que fuere de ciertos argumentos de orden biológico o filosófico de que se sirvieron a veces los teólogos, tanto el Magisterio de la Iglesia, de acuerdo con una tradición constante, como el sentido moral de los fieles, han afirmado sin ninguna duda que la masturbación es un acto intrínseca y gravemente desordenado[19]. La razón principal es que el uso deliberado de la facultad sexual fuera de las relaciones conyugales normales se opone esencialmente a su finalidad, sea cual fuere el motivo que lo determine. Le falta, en efecto, la relación sexual requerida por el orden moral; aquella relación que realiza el sentido íntegro de la mutua entrega y de la procreación humana en el contexto de un amor verdadero[20]. A esta relación correcta debe quedar reservada toda actuación deliberada de la sexualidad. Aunque no se puede asegurar que la Sagrada Escritura reprueba este pecado bajo una denominación particular del mismo, la tradición de la Iglesia ha entendido, con justo motivo, que está condenado en el Nuevo Testamento cuando en él se habla de «impureza», de «lascivia» o de otros vicios contrarios a la castidad y a la continencia. 27

Las encuestas sociológicas pueden indicar la frecuencia de este desorden según los lugares, la población o las circunstancias que tomen en consideración; y de esta manera se constatan hechos. Pero los hechos no constituyen un criterio que permita juzgar del valor moral de los actos humanos[21]. La frecuencia del fenómeno en cuestión ha de ponerse indudablemente en relación con la debilidad innata del hombre a consecuencia del pecado original, pero también con la pérdida del sentido de Dios, con la depravación de las costumbres engendrada por la comercialización del vicio, con la licencia desenfrenada de tantos espectáculos y publicaciones, así como también con el olvido del pudor, custodio de la castidad. La psicología moderna ofrece diversos datos válidos y útiles en el tema de la masturbación para formular un juicio equitativo sobre la responsabilidad moral y para orientar la acción pastoral. Ayuda a ver cómo la inmadurez de la adolescencia, que a veces puede prolongarse más allá de esa edad, el desequilibrio psíquico o el hábito contraído pueden influir sobre la conducta, atenuando el carácter deliberado del acto, y hacer que no haya siempre culpa subjetivamente grave. Sin embargo, no se puede presumir como regla general la ausencia de responsabilidad grave; eso sería desconocer la capacidad moral de las personas. En el ministerio pastoral deberá tomarse en cuenta, en orden a formar un juicio adecuado en los casos concretos, el comportamiento de las personas en su totalidad, no sólo en cuanto a la práctica de la caridad y de la justicia, sino también en cuanto al cuidado en observar el precepto particular de la castidad. Se deberá considerar en concreto si se emplean los medios necesarios, naturales y sobrenaturales, que la ascética cristiana recomienda en su experiencia constante para dominar las pasiones y para hacer progresar la virtud. 10. El respeto de la ley moral en el campo de la sexualidad, así como la práctica de la castidad, se ven comprometidos en una medida no pequeña, sobre todo en los cristianos menos fervorosos, por la tendencia actual a reducir hasta el extremo, al menos en la existencia concreta de los hombres, la realidad del pecado grave, si no es que se llega a negarla. Algunos llegan a afirmar que el pecado mortal que separa de Dios sólo se verifica en el rechazo directo y formal de la llamada de Dios, o en el egoísmo que se cierra al amor del prójimo completa y deliberadamente. Sólo entonces tendría lugar una «opción fundamental», es decir, una de aquellas decisiones que comprometen totalmente una persona, y que serían necesarias para constituir un pecado mortal; mediante ella tomaría o ratificaría el hombre, desde el centro de su personalidad, una actitud radical en relación con Dios o con los hombres. Por el contrario, las acciones que llaman «periféricas» —en las que niegan que se dé por lo regular una elección decisiva— no llegarían a cambiar una opción fundamental; y tanto menos cuanto que, según se observa, con frecuencia 28

proceden de los hábitos contraídos. De esta suerte, esas acciones pueden debilitar las opciones fundamentales, pero no hasta el punto de poderlas cambiar por completo. Ahora bien, según esos autores, un cambio de opción fundamental respecto de Dios ocurre más difícilmente en el campo de la actividad sexual donde, en general, el hombre no quebranta el orden moral de manera plenamente deliberada y responsable, sino más bien bajo la influencia de su pasión, de su debilidad, de su inmadurez; incluso, a veces, de la ilusión que se hace de demostrar así su amor por el prójimo; a todo lo cual se añade con frecuencia la presión del ambiente social. Sin duda, la opción fundamental es la que define en último término la condición moral de una persona; pero una opción fundamental puede ser cambiada totalmente por actos particulares, sobre todo cuando éstos hayan sido preparados, como sucede frecuentemente, con actos anteriores más superficiales. En todo caso, no es verdad que actos singulares no son suficientes para constituir un pecado mortal. Según la doctrina de la Iglesia, el pecado mortal que se opone a Dios no consiste en la sola resistencia formal y directa al precepto de la caridad; se da también en aquella oposición al amor auténtico que está incluida en toda transgresión deliberada, en materia grave, de cualquiera de las leyes morales. El mismo Jesucristo indicó el doble mandamiento del amor como fundamento de la vida moral. Pero de este mandamiento depende toda la ley y los profetas[22]; incluye, por consiguiente, todos los demás preceptos particulares. De hecho, al joven rico que le preguntaba: «¿Qué debo hacer de bueno para obtener la vida eterna?», Jesús le respondió: «Si quieres entrar en la vida eterna, guarda los mandamientos […]: no matarás, no adulterarás, no robarás, no levantarás falso testimonio; honra a tu padre y a tu madre y ama al prójimo como a ti mismo»[23]. Por lo tanto, el hombre peca mortalmente no sólo cuando su acción procede de menosprecio directo del amor de Dios y del prójimo, sino también cuando consciente y libremente elige un objeto gravemente desordenado, sea cual fuere el motivo de su elección. En ella está incluido, en efecto, según queda dicho, el menosprecio del mandamiento divino: el hombre se aparta de Dios y pierde la caridad. Ahora bien, según la tradición cristiana y la doctrina de la Iglesia, y como también lo reconoce la recta razón, el orden moral de la sexualidad comporta para la vida humana bienes tan elevados, que toda violación directa de este orden es objetivamente grave[24]. Es verdad que en las faltas de orden sexual, vista su condición especial y sus causas, sucede más fácilmente que no se les dé un consentimiento plenamente libre; y esto invita a proceder con cautela en todo juicio sobre el grado de responsabilidad subjetiva de las mismas. Es el caso de recordar en particular aquellas palabras de la Sagrada Escritura: «El hombre mira las apariencias, pero Dios mira el corazón»[25]. Sin embargo, recomendar esa prudencia en el juicio sobre la gravedad subjetiva de un acto pecaminoso 29

particular no significa en modo alguno sostener que en materia sexual no se cometen pecados mortales. Los Pastores deben, pues, dar prueba de paciencia y de bondad; pero no les está permitido ni hacer vanos los mandamientos de Dios, ni reducir desmedidamente la responsabilidad de las personas: «No menoscabar en nada la saludable doctrina de Cristo es una forma de caridad eminente hacia las almas. Pero esto debe ir acompañado siempre de la paciencia y de la bondad de que el mismo Señor dio ejemplo en su trato con los hombres. Venido no para juzgar, sino para salvar, El fue ciertamente intransigente con el mal, pero misericordioso con las personas»[26] . 11. Como se ha dicho más arriba, la presente declaración se propone llamar la atención de los fieles, en las circunstancias actuales, sobre ciertos errores y desórdenes morales de los que deben guardarse. Pero la virtud de la castidad no se limita a evitar las faltas indicadas. Tiene también otras exigencias positivas y más elevadas. Es una virtud que marca toda la personalidad en su comportamiento, tanto interior como exterior. Esta virtud debe enriquecer a las personas según los diferentes estados de vida: a unas, en la virginidad o en el celibato consagrado, manera eminente de dedicarse más fácilmente a Dios solo con corazón indiviso[27]; a otras, de la manera que determina para ellas la ley moral, según sean casadas o solteras. Pero en ningún estado de vida se puede reducir la castidad a una actitud exterior: debe hacer puro el corazón del hombre, según la palabra de Cristo: «Habéis oído que fue dicho: No adulterarás. Pero yo os digo que todo el que mira a una mujer deseándola, ya adulteró con ella en su corazón»[28]. La castidad está incluida en aquella «continencia» que san Pablo menciona entre los dones del Espíritu Santo, mientras que condena la lujuria como un vicio que excluye del reino de los cielos[29]. «La voluntad de Dios es vuestra santificación: que os abstengáis de la fornicación; que cada uno sepa tener a su mujer en santidad y honor, no con afecto libidinoso, como los gentiles que no conocen a Dios; que nadie se atreva a ofender a su hermano […] Que no nos llamó Dios a la impureza, sino a la santidad. Por tanto, quien estos preceptos desprecia, no desprecia al hombre, sino a Dios, que os dio su Espíritu Santo»[30]. «Cuanto a la fornicación y cualquier género de impureza o avaricia, que ni siquiera pueda decirse que lo hay entre vosotros, como conviene a santos […] la indecencia, las conversaciones tontas, la chabacanería, que desentonan; más bien las acciones de gracias. Porque habéis de saber que ningún fornicario, o impuro, o avaro, que es adorador de ídolos, tendrá parte en la heredad del reino de Cristo y de Dios. Que nadie os engañe con palabras de mentira, pues por éstos viene la cólera de Dios sobre los hijos de la rebeldía. No tengáis parte con ellos. Fuisteis algún tiempo tinieblas, pero ahora sois luz en el Señor; andad, pues, como hijos de la luz»[31].

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El Apóstol precisa, además, la razón propiamente cristiana de la castidad, cuando condena el pecado de fornicación no solamente en la medida en que perjudica al prójimo o al orden social, sino porque el fornicario ofende a quien lo ha rescatado con su sangre, Cristo, del cual es miembro, y al Espíritu Santo, de quien es templo: «¿No sabéis que vuestros cuerpos son miembros de Cristo? […] Cualquier pecado que cometa un hombre, fuera de su cuerpo queda; pero el que fornica, peca contra su propio cuerpo. O ¿no sabéis que vuestro cuerpo es templo del Espíritu Santo, que está en vosotros y habéis recibido de Dios, y que, por tanto, no os pertenecéis? Habéis sido comprados por un gran precio. Glorificad, pues, a Dios en vuestro cuerpo»[32]. Cuanto más comprendan los fieles la excelencia de la castidad y su función necesaria en la vida de los hombres y de las mujeres, tanto mejor percibirán, por una especie de instinto espiritual, lo que ella exige y aconseja; y mejor sabrán también aceptar y cumplir, dóciles a la doctrina de la Iglesia, lo que la recta conciencia les dicte en los casos concretos. 12. El apóstol san Pablo describe en términos patéticos el doloroso conflicto que experimenta interiormente el hombre, siervo del pecado entre la ley de su mente y la ley de la carne en sus miembros, que lo tiene cautivo[33]. Pero el hombre puede lograr la liberación de su «cuerpo de muerte» por la gracia de Jesucristo[34]. De esta gracia gozan los hombres que ella misma ha justificado, aquellos que la ley del espíritu de vida en Cristo libró de la ley del pecado y de la muerte[35]. Por eso les conjura el Apóstol: «Que ya no reine, pues, el pecado en vuestro cuerpo mortal, sometido a sus concupiscencias»[36]. Esta liberación, aunque da aptitud para servir a una vida nueva, no suprime la concupiscencia que proviene del pecado original ni las incitaciones al mal de un mundo «que todo está bajo el maligno»[37]. Por ello anima el Apóstol a los fieles a superar las tentaciones mediante la fuerza de Dios[38], y a «resistir a las insidias del diablo»[39] por la fe, la oración vigilante[40] y una austeridad de vida que someta el cuerpo al servicio del Espíritu[41]. La vida cristiana, siguiendo las huellas de Cristo, exige que cada cual «se niegue a sí mismo, y tome cada día su cruz»[42] sostenido por la esperanza de la recompensa: «Que si padecemos con Él, también viviremos con Él; si sufrimos con Él, reinaremos con Él»[43]. En la línea de estas invitaciones apremiantes hoy también, y más que nunca, deben emplear los fieles los medios que la Iglesia ha recomendado siempre para mantener una vida casta: disciplina de los sentidos y de la mente, prudencia atenta a evitar las ocasiones de caídas, guarda del pudor, sobriedad en las diversiones, ocupación sana, recurso frecuente a la oración y a los sacramentos de la Penitencia y de la Eucaristía. Los jóvenes, 31

sobre todo, deben empeñarse en fomentar su devoción a la Inmaculada Madre de Dios y proponerse como modelo la vida de los santos y de aquellos otros fieles cristianos, particularmente jóvenes, que destacaron en la práctica de la castidad. En particular es importante que todos tengan un elevado concepto de la virtud de la castidad, de su belleza y de su fuerza de irradiación. Es una virtud que hace honor al ser humano y que le capacita para un amor verdadero, desinteresado, generoso y respetuoso de los demás. 13. Corresponde a los obispos enseñar a los fieles la doctrina moral que se refiere a la sexualidad, cualesquiera que sean las dificultades que el cumplimiento de este deber encuentre en las ideas y en las costumbres que hoy se hallan extendidas. Esta doctrina tradicional debe ser profundizada, expresada de manera apta para esclarecer las conciencias ante las nuevas situaciones, enriquecida con el discernimiento de lo que de verdadero y útil se puede decir sobre el sentido y el valor de la sexualidad humana. Pero los principios y las normas de vida moral reafirmadas en la presente declaración se deben mantener y enseñar fielmente. Se tratará en particular de hacer comprender a los fíeles que la Iglesia los conserva no como inveteradas tradiciones que se mantienen supersticiosamente (tabús), ni en virtud de prejuicios maniqueos, según se repite con frecuencia, sino porque sabe con certeza que corresponden al orden divino de la creación y al espíritu de Cristo, y, por consiguiente, también a la dignidad humana. Misión de los obispos es, asimismo, la de velar para que en las facultades de teología y en los seminarios sea expuesta una doctrina sana a la luz de la fe y bajo la dirección del Magisterio de la Iglesia. Deben igualmente cuidar de que los confesores iluminen las conciencias, y de que la enseñanza catequética se dé en perfecta fidelidad a la doctrina católica. A los obispos, a los sacerdotes y a sus colaboradores corresponde poner en guardia a los fieles contra las opiniones erróneas frecuentemente propuestas en libros, revistas y conferencias públicas. Los padres en primer lugar, pero también los educadores de la juventud, se esforzarán por conducir a sus hijos y alumnos a la madurez psicológica, afectiva y moral por medio de una educación integral. Para ello les enseñarán con prudencia y de manera adaptada a su edad, y formarán asiduamente su voluntad para las costumbres cristianas, no sólo con los consejos, sino sobre todo con el ejemplo de su propia vida, mediante la ayuda de Dios que les obtendrá la oración. Tendrán también cuidado de protegerlos de tantos peligros que los jóvenes no llegan a sospechar. Los artistas, los escritores y cuantos disponen de los medios de comunicación social deben ejercitar su profesión de acuerdo con su fe cristiana, conscientes de la enorme 32

influencia que pueden alcanzar. Tendrán presente que «todos deben respetar la primacía absoluta del orden moral objetivo»[44], y que no se puede dar preferencia sobre él a ningún pretendido objetivo estético, ventaja material o resultado satisfactorio. Ya se trate de creación artística o literaria, ya de espectáculos o de informaciones, cada cual en su campo debe dar prueba de tacto, de discreción, de moderación y de justo sentido de los valores. De esta manera, lejos de favorecer el permisivismo creciente de las costumbres, contribuirán a frenarlo e incluso a sanear el clima moral de la sociedad. Por su parte, todos los fieles laicos, en virtud de su derecho y de su deber de apostolado, tomarán en serio el trabajar en el mismo sentido. Finalmente, conviene recordar a todos que el Concilio Vaticano II «declara que los niños y los adolescentes tienen derecho a que se les estimule a apreciar con recta conciencia los valores morales y a prestarles su adhesión personal y también a que se les estimule a conocer y amar más a Dios. Ruega, pues, encarecidamente a todos los que gobiernan los pueblos, o están al frente de la educación, que procuren que nunca se vea privada la juventud de este sagrado derecho»[45]. VIII. CONGREGACIÓN PARA LA EDUCACIÓN CATÓLICA INSTRUCCIÓN SOBRE LOS CRITERIOS DE DISCERNIMIENTO VOCACIONAL EN RELACIÓN CON LAS PERSONAS DE TENDENCIAS HOMOSEXUALES ANTES DE SU ADMISIÓN AL SEMINARIO Y A LAS ÓRDENES SAGRADAS (31 de agosto de 2005)xi 1. Madurez afectiva y paternidad espiritual Según la constante Tradición de la Iglesia recibe va válidamente la Sagrada Ordenación exclusivamente el bautizado de sexo masculino.[4] A través del sacramento del Orden el Espíritu Santo configura al candidato, por un título nuevo y específico, con Jesucristo: el sacerdote, en efecto, representa sacramentalmente a Cristo Cabeza, Pastor y Esposo de la Iglesia. [5] Por razón de esta configuración con Cristo, la vida toda del ministro sagrado debe estar animada por la entrega de su persona a la Iglesia y por una auténtica caridad pastoral.[6] El candidato al ministerio ordenado debe, por tanto, alcanzar la madurez afectiva. Tal madurez lo capacitará para situarse en una relación correcta con hombres y mujeres, desarrollando en él un verdadero sentido de la paternidad espiritual en relación con la comunidad eclesial que le será confiada.[7] 2. La homosexualidad y el ministerio ordenado

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Desde el Concilio Vaticano II hasta hoy diversos documentos del Magisterio y especialmente elCatecismo de la Iglesia Católica han confirmado la enseñanza de la Iglesia sobre la homosexualidad. El Catecismo distingue entre los actos homosexuales y las tendencias homosexuales. Respecto a los actos enseña que en la Sagrada Escritura éstos son presentados como pecados graves. La Tradición los ha considerado siempre intrínsecamente inmorales y contrarios a la ley natural. Por tanto, no pueden aprobarse en ningún caso. Por lo que se refiere a las tendencias homosexuales profundamente arraigadas, que se encuentran en un cierto número de hombres y mujeres, son también éstas objetivamente desordenadas y con frecuencia constituyen, también para ellos, una prueba. Tales personas deben ser acogidas con respeto y delicadeza; respecto a ellas se evitará cualquier estigma que indique una injusta discriminación. Ellas están llamadas a realizar la voluntad de Dios en sus vidas y a unir al sacrificio de la cruz del Señor las dificultades que puedan encontrar.[8] A la luz de tales enseñanzas este Dicasterio, de acuerdo con la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, cree necesario afirmar con claridad que la Iglesia, respetando profundamente a las personas en cuestión,[9] no puede admitir al Seminario y a las Órdenes Sagradas a quienes practican la homosexualidad, presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas o sostienen la así llamada cultura gay.[10] Dichas personas se encuentran, efectivamente, en una situación que obstaculiza gravemente una correcta relación con hombres y mujeres. De ningún modo pueden ignorarse las consecuencias negativas que se pueden derivar de la Ordenación de personas con tendencias homosexuales profundamente arraigadas. Si se tratase, en cambio, de tendencias homosexuales que fuesen sólo la expresión de un problema transitorio, como, por ejemplo, el de una adolescencia todavía no terminada, ésas deberán ser claramente superadas al menos tres años antes de la Ordenación diaconal. 3. El discernimiento de la idoneidad de los candidatos por parte de la Iglesia Dos son los aspectos inseparables en toda vocación sacerdotal: el don gratuito de Dios y la libertad responsable del hombre. La vocación es un don de la gracia divina, recibido a través de la Iglesia, en la Iglesia y para el servicio de la Iglesia. Respondiendo a la llamada de Dios, el hombre se ofrece libremente a Él en el amor.[11] El solo deseo de llegar a ser sacerdote no es suficiente y no existe un derecho a recibir la Sagrada Ordenación. Compete a la Iglesia, responsable de establecer los requisitos necesarios para 34

la recepción de los Sacramentos instituidos por Cristo, discernir la idoneidad de quien desea entrar en el Seminario,[12] acompañarlo durante los años de la formación y llamarlo a las Órdenes Sagradas, si lo juzga dotado de las cualidades requeridas.[13] La formación del futuro sacerdote debe integrar, en una complementariedad esencial, las cuatro dimensiones de la formación: humana, espiritual, intelectual y pastoral.[14] En ese contexto, se debe anotar la particular importancia de la formación humana, base necesaria de toda la formación.[15]Para admitir a un candidato a la Ordenación diaconal, la Iglesia debe verificar, entre otras cosas, que haya sido alcanzada la madurez afectiva del candidato al sacerdocio.[16] La llamada a las Órdenes es responsabilidad personal del Obispo[17] o del Superior Mayor. Teniendo presente el parecer de aquellos a los que se ha confiado la responsabilidad de la formación, el Obispo o el Superior Mayor, antes de admitir al candidato a la Ordenación, debe llegar a formarse un juicio moralmente cierto sobre sus aptitudes. En caso de seria duda a este respecto, no debe admitirlo a la Ordenación.[18] Es también un grave deber del rector y de los demás formadores del Seminario el discernimiento de la vocación y de la madurez del candidato. Antes de cada Ordenación, el rector debe expresar su juicio sobre las cualidades requeridas por la Iglesia.[19] Corresponde al director espiritual una tarea importante en el discernimiento de la idoneidad para la Ordenación. Aunque vinculado por el secreto, representa a la Iglesia en el fuero interno. En los coloquios con el candidato debe recordarle de modo muy particular las exigencias de la Iglesia sobre la castidad sacerdotal y sobre la madurez afectiva específica del sacerdote, así como ayudarlo a discernir si posee las cualidades necesarias.[20] Tiene la obligación de evaluar todas las cualidades de la personalidad y cerciorarse de que el candidato no presenta desajustes sexuales incompatibles con el sacerdocio. Si un candidato practica la homosexualidad o presenta tendencias homosexuales profundamente arraigadas, su director espiritual, así como su confesor, tienen el deber de disuadirlo en conciencia de seguir adelante hacia la Ordenación. Ciertamente el candidato mismo es el primer responsable de la propia formación.[21] Debe someterse confiadamente al discernimiento de la Iglesia, del Obispo que llama a las Órdenes, del rector del Seminario, del director espiritual y de los demás formadores a los que el Obispo o el Superior Mayor han confiado la tarea de educar a los futuros sacerdotes. Sería gravemente deshonesto que el candidato ocultara la propia homosexualidad para acceder, a pesar de todo, a la Ordenación. Disposición tan falta de rectitud no corresponde al espíritu de verdad, de lealtad y de disponibilidad que debe caracterizar la personalidad de quien cree que ha sido llamado a servir a Cristo y a su Iglesia en el ministerio sacerdotal. 35

Preguntas de discusión 1. Elabora un ensayo de dos páginas sobre la doctrina de la Iglesia relacionada a la castidad, su fundamento en las Sagradas Escrituras y la persona de Jesucristo. 2. Enumera y explica lo que debe existir siempre en la vida diaria del sacerdote, para que sea posible su vivencia de la castidad. 3. ¿Es la ética sexual de la Iglesia una imposición para las personas? 4. Explica qué relación tiene la ética sexual de la Iglesia con la enseñanza de la Iglesia sobre la persona humana. 5. ¿Por qué la masturbación es incompatible con la castidad? 6. ¿Constituye un discrimen contra las personas con tendencias homosexuales arraigadas el que no puedan ser admitidos al Orden? Explique.

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Capítulo

3 El Celibato

ENCÍCLICA SACERDOTALIS CAELIBATUS DE SU SANTIDAD PABLO VI SOBRE EL CELIBATO SACERDOTAL (1967) (Extracto)xii II ASPECTOS PASTORALES 1.LA FORMACIÓN SACERDOTAL Una formación adecuada 60. La reflexión sobre la belleza, importancia e íntima conveniencia de la sagrada virginidad para los ministros de Cristo y de la Iglesia impone también al que en ésta es maestro y pastor el deber de asegurar y promover su positiva observancia, a partir del momento en que comienza la preparación para recibir un don tan precioso. 37

De hecho, la dificultad y los problemas que hacen a algunos penosa, o incluso imposible la observancia del celibato, derivan no raras veces de una formación sacerdotal que, por los profundos cambios de estos últimos tiempos, ya no resulta del todo adecuada para formar una personalidad digna de un hombre de Dios (1Tim 6, 11). La ejecución de las normas del concilio 61. El Sagrado Concilio Ecuménico Vaticano II ha indicado ya a tal propósito criterios y normas sapientísimas, de acuerdo con el progreso de la psicología y de la pedagogía y con las nuevas condiciones de los hombres y de la sociedad contemporánea [37]. Nuestra voluntad es que se den cuanto antes instrucciones apropiadas, en las cuales el tema sea tratado con la necesaria amplitud, con la colaboración de personas expertas, para proporcionar un competente y oportuno auxilio a los que tienen en la Iglesia el gravísimo oficio de preparar a los futuros sacerdotes. Respuesta personal a la vocación divina 62. El sacerdocio es un ministerio instituido por Cristo para servicio de su cuerpo místico que es la Iglesia, a cuya autoridad, por consiguiente, toca admitir en él a los que ella juzga aptos, es decir, a aquéllos a los que Dios ha concedido, juntamente con las otras señales de la vocación eclesiástica, también el carisma del sagrado celibato (cf. n. 15). En virtud de este carisma, corroborado por la ley canónica, el hombre está llamado a responder con libre, decisión y entrega total, subordinando el propio yo al beneplácito de Dios que lo llama. En concreto, la vocación divina se manifiesta en individuos determinados, en posesión de una estructura personal propia, a la que la gracia no suele hacer violencia. Por tanto, en el candidato al sacerdocio se debe cultivar el sentido de la receptividad del don divino y de la disponibilidad delante de Dios, dando esencial importancia a los medios sobrenaturales. El proceso de la naturaleza y el proceso de la gracia 63. Pero es también necesario que se tenga exactamente cuenta de su estado biológico para poderlo guiar y orientar hacia el ideal del sacerdocio. Una formación verdaderamente adecuada debe por tanto coordinar armoniosamente el plano de la gracia y el plano de la naturaleza en sujetos cuyas condiciones reales y efectiva capacidad sean conocidas con claridad. Sus reales condiciones deberán ser comprobadas apenas se delineen las señales de la sagrada vocación con el cuidado más escrupuloso, sin fiarse de un apresurado y superficial juicio, sino recurriendo inclusive a la asistencia y ayuda de un médico o de un psicólogo competente. No se deberá omitir una seria investigación anamnésica para comprobar la idoneidad del sujeto aun sobre esta importantísima línea de los factores hereditarios.

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Los no aptos 64. Los sujetos que se descubran física y psíquica o moralmente ineptos, deben ser inmediatamente apartados del camino del sacerdocio: sepan los educadores que éste es para ellos un gravísimo deber; no se abandonen a falaces esperanzas ni a peligrosas ilusiones y no permitan en modo alguno que el candidato las nutra, con resultados dañosos para él y para la Iglesia. Una vida tan total y delicadamente comprometida interna y externamente, como es la del sacerdocio célibe, excluye, de hecho, a los sujetos de insuficiente equilibrio psicofísico y moral, y no se debe pretender que la gracia supla en esto a la naturaleza. Desarrollo de la personalidad 65. Una vez comprobada la idoneidad del sujeto, y después de haberlo recibido para recorrer el itinerario que lo conducirá a la meta del sacerdocio, se debe procurar el progresivo desarrollo de su personalidad, con la educación física, intelectual y moral ordenada al control y al dominio personal de los instintos, de los sentimientos y de las pasiones. Necesidad de una disciplina 66. Esta educación se comprobará en la firmeza de ánimo con que se acepte una disciplina personal y comunitaria, cual es la que requiere la vida sacerdotal. Tal disciplina, cuya falta o insuficiencia es deplorable, porque expone a graves riesgos, no debe ser soportada sólo como una imposición desde fuera, sino, por así decirlo, interiorizada, integrada en el conjunto de la vida espiritual como un componente indispensable. La iniciativa personal 67. El arte del educador deberá estimular a los jóvenes a la virtud sumamente evangélica de la sinceridad (cf. Mt 5, 37) y a la espontaneidad, favoreciendo toda buena iniciativa personal, a fin de que el sujeto mismo aprenda a conocerse y a valorarse, a asumir conscientemente las propias responsabilidades, a formarse en aquel dominio de sí que es de suma importancia en la educación sacerdotal. El ejercicio de la autoridad 68. El ejercicio de la autoridad, cuyo principio debe en todo caso mantenerse firme, se inspirará en una sabia moderación, en sentimientos pastorales, y se desarrollará como en un coloquio y en un gradual entrenamiento, que consienta al educador una comprensión cada vez más profunda de la psicología del joven y dé a toda la obra educativa un carácter eminentemente positivo y persuasivo.

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Una elección consciente 69. La formación integral del candidato al sacerdocio debe mirar a una serena, convencida y libre elección de los graves compromisos que habrá de asumir en su propia conciencia ante Dios y la Iglesia. El ardor y la generosidad son cualidades admirables de la juventud, e iluminadas y promovidas con constancia, le merecen, con la bendición del Señor, la admiración y la confianza de la Iglesia y de todos los hombres. A los jóvenes no se les ha de esconder ninguna de las verdaderas dificultades personales y sociales que tendrán que afrontar con su elección, a fin de que su entusiasmo no sea superficial y fatuo; pero a una con las dificultades será justo poner de relieve, con no menor verdad y claridad, lo sublime de la elección, la cual, si por una parte provoca en la persona humana un cierto vacío físico y psíquico, por otra aporta una plenitud interior capaz de sublimarla desde lo más hondo. Una ascesis para la maduración de la personalidad 70. Los jóvenes deberán convencerse que no pueden recorrer su difícil camino sin una ascesis particular, superior a la exigida a todos los otros fieles y propia de los aspirantes al sacerdocio. Una ascesis severa, pero no sofocante, que consista en un meditado y asiduo ejercicio de aquellas virtudes que hacen de un hombre un sacerdote: abnegación de sí mismo en el más alto grado — condición esencial para entregarse al seguimiento de Cristo (Mt 16, 24; Jn 12, 25)—; humildad y obediencia como expresión de verdad interior y de ordenada libertad; prudencia y justicia, fortaleza y templanza, virtudes sin las que no existir una vida religiosa verdadera y profunda; sentido de responsabilidad, de fidelidad y de lealtad en asumir los propios compromisos; armonía entre contemplación y acción; desprendimiento y espíritu de pobreza, que dan tono y vigor a la libertad evangélica; castidad como perseverante conquista, armonizada con todas las otras virtudes naturales y sobrenaturales; contacto sereno y seguro con el mundo, a cuyo servicio el candidato se consagrará por Cristo y por su reino. De esta manera, el aspirante al sacerdocio conseguirá, con el auxilio de la gracia divina, una personalidad equilibrada, fuerte y madura, síntesis de elementos naturales y adquiridos, armonía de todas sus facultades a la luz de la fe y de la íntima unión con Cristo, que lo ha escogido para sí para el ministerio de la salvación del mundo. Períodos de experimentación 71. Sin embargo, para juzgar con mayor certeza de a idoneidad de un joven al sacerdocio y para tener sucesivas pruebas de que ha alcanzado su madurez humana y sobrenatural, teniendo presente que es más difícil comportarse bien en la cura de las almas a causa de los peligros externos [38] será oportuno que el compromiso del sagrado celibato se observe 40

durante períodos determinados de experimento, antes de convertirse en estable y definitivo con el presbiterado [39]. La elección del celibato como donación 72. Una vez obtenida la certeza moral de que la madurez del candidato ofrece suficientes garantías, estará él en situación de poder asumir la grave y suave obligación de la castidad sacerdotal, como donación total de sí al Señor y a su Iglesia. De esta manera, la obligación del celibato que la Iglesia vincula objetivamente a la sagrada ordenación, la hace propia personalmente el mismo sujeto, bajo el influjo de la gracia divina y con plena conciencia y libertad, y como es obvio, no sin el consejo prudente y sabio de experimentados maestros del espíritu, aplicados no ya a imponer, sino a hacer más consciente la grande y libre opción; y en aquel solemne momento, que decidirá para siempre de toda su vida, el candidato sentirá no el peso de una imposición desde fuera, sino la íntima alegría de una elección hecha por amor de Cristo. 2. LA VIDA SACERDOTAL Una conquista incesante 73. El sacerdote no debe creer que la ordenación se lo haga todo fácil y que lo ponga definitivamente a seguro contra toda tentación o peligro. La castidad no se adquiere de una vez para siempre, sino que es el resultado de una laboriosa conquista y de una afirmación cotidiana. El mundo de nuestro tiempo da gran realce al valor positivo del amor en la relación entre los sexos, pero ha multiplicado también las dificultades y los riesgos en este campo. Es necesario, por tanto, que el sacerdote, para salvaguardar con todo cuidado el bien de su castidad y para afirmar el sublime significado de la misma, considere con lucidez y serenidad su condición de hombre expuesto al combate espiritual contra las seducciones de la carne en sí mismo y en el mundo, con el propósito incesantemente renovado de perfeccionar cada vez más y cada vez mejor su irrevocable oblación, que la compromete a una plena, leal y verdadera fidelidad. Los medios sobrenaturales 74. Nueva fuerza y nuevo gozo aportará al sacerdote de Cristo el profundizar cada día en la meditación y en la oración los motivos de su donación y la convicción de haber escogido la mejor parte. Implorará con humildad y perseverancia la gracia de la fidelidad, que nunca se niega a quien la pide con corazón sincero, recurriendo al mismo tiempo a los medios naturales y sobrenaturales de que dispone. No descuidará, sobre todo, aquellas normas ascéticas que garantiza la experiencia de la Iglesia, que en las circunstancias actuales no son menos necesarias que en otros tiempos [40]. 41

Intensa vida espiritual 75. Aplíquese el sacerdote en primer lugar a cultivar con todo el amor que la gracia le inspira su intimidad con Cristo, explorando su inagotable y santificador misterio; adquiera un sentido cada vez más profundo del misterio de la Iglesia, fuera del cual su estado de vida correría el riesgo de aparecerle sin consistencia e incongruente. La piedad sacerdotal, alimentada en la purísima fuente de la palabra de Dios y de la santísima eucaristía, vivida en el drama de la sagrada liturgia, animada de una tierna e iluminada devoción a la Virgen Madre del sumo eterno sacerdote y reina de los apóstoles [41], lo pondrá en contacto con las fuentes de una auténtica vida espiritual, única que da solidísimo fundamento a la observancia de la sagrada virginidad. El espíritu del ministerio sacerdotal 76. Con la gracia y la paz en el corazón, el sacerdote afrontará con magnanimidad las múltiples obligaciones de su vida y de su ministerio, encontrando en ellas, si las ejercita con fe y con celo, nuevas ocasiones de demostrar su total pertenencia a Cristo y a su Cuerpo místico por la santificación propia y de los demás. La caridad de Cristo que lo impulsa (2Cor 5, 14), le ayudará no a cohibir los mejores sentimientos de su ánimo, sino a volverlos más altos y sublimes en espíritu de consagración, a imitación de Cristo, el sumo Sacerdote que participó íntimamente en la vida de los hombres y los amó y sufrió por ellos (Heb 4, 15); a semejanza del apóstol Pablo, que participaba de las preocupaciones de todos (1Cor 9, 22; 2Cor 11, 29), para irradiar en el mundo la luz y la fuerza del evangelio de la gracia de Dios (Hch 20, 24). Defensa de los peligros 77. Justamente celoso de la propia e íntegra donación al Señor, sepa el sacerdote defenderse de aquellas inclinaciones del sentimiento que ponen en juego una afectividad no suficientemente iluminada y guiada por el espíritu, y guárdese bien de buscar justificaciones espirituales y apostólicas a las que, en realidad, son peligrosas propensiones del corazón. Ascética viril 78. La vida sacerdotal exige una intensidad espiritual genuina y segura para vivir del Espíritu y para conformarse al Espíritu (Gál 5, 25); una ascética interior exterior verdaderamente viril en quien, perteneciendo con especial título a Cristo, tiene en él y por él crucificada la carne con sus concupiscencias y apetitos (Gál 5, 24), no dudando por esto de afrontar duras largas pruebas (cf.1Cor 9, 26-27). El ministro de Cristo podrá de este modo manifestar mejor al mundo los frutos del Espíritu, que son: «caridad, gozo, paz, paciencia, benignidad, bondad, longanimidad, mansedumbre, fidelidad, modestia, continencia, castidad» (Gál 5, 22-23). 42

La fraternidad sacerdotal 79. La castidad sacerdotal se incrementa, protege y defiende también con un género de vida, con un ambiente y con una actividad propias de un ministro de Dios; por lo que es necesario fomentar al máximo aquella «íntima fraternidad sacramental» [42], de la que todos los sacerdotes gozan en virtud de la sagrada ordenación. Nuestro Señor Jesucristo enseñó la urgencia del mandamiento nuevo de la caridad y dio un admirable ejemplo de esta virtud cuando instituía el sacramento de la eucaristía y del sacerdocio católico (Jn 13, 15 y 34-35), y rogó al Padre celestial para que el amor con que el Padre lo amó desde siempre estuviese en sus ministros y él en ellos (Jn 17, 26). Comunión de espíritu y de vida de los sacerdotes 80. Sea, por consiguiente, perfecta la comunión de espíritu entre los sacerdotes e intenso el intercambio de oraciones, de serena amistad y de ayudas de todo género. No se recomendará nunca bastante a los sacerdotes una cierta vida común entre ellos, toda enderezada al ministerio propiamente espiritual; la práctica de encuentros frecuentes con fraternal intercambio de ideas, de planes y de experiencias entre hermanos; el impulso a las asociaciones que favorecen la santidad sacerdotal. Caridad con los hermanos en peligro 81. Reflexionen los sacerdotes sobre la amonestación del concilio [43], que los exhorta a la común participación en el sacerdocio para que se sientan vivamente responsables respecto de los hermanos turbados por dificultades, que exponen a serio peligro el don divino que hay en ellos. Sientan el ardor de la caridad para con ellos, pues tienen más necesidad de amor, de comprensión, de oraciones, de ayudas discretas pero eficaces, y tienen un título para contar con la caridad sin límites de los que son y deben ser sus más verdaderos amigos. Renovar la elección 82. Queríamos finalmente, como complemento y como recuerdo de nuestro coloquio epistolar con vosotros, venerables hermanos en el episcopado, y con vosotros, sacerdotes y ministros del altar, sugerir que cada uno de vosotros haga el propósito de renovar cada año, en el aniversario de su respectiva ordenación, o también todos juntos espiritualmente en el Jueves Santo, el día misterioso de la institución del sacerdocio, la entrega total y confiada a Nuestro Señor Jesucristo, de inflamar nuevamente de este modo en vosotros la conciencia de vuestra elección a su divino servicio, y de repetir al mismo tiempo, con humildad y ánimo, la promesa de vuestra indefectible fidelidad al único amor de él y a vuestra castísima oblación (cf. Rom 12, 1).

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I.

CONGREGACIÓN PARA EL CLERO REFLEXIONES DEL CARDENAL CLAÚDIO HUMMES CON MOTIVO DEL XL ANIVERSARIO DE LA CARTA ENCÍCLICA «SACERDOTALIS CAELIBATUS» DEL PAPA PABLO VI (2007) xiii La importancia del celibato sacerdotal

Al entrar en el XL aniversario de la publicación de la encíclica Sacerdotalis caelibatus de Su Santidad Pablo VI, la Congregación para el clero cree oportuno recordar la enseñanza magisterial de este importante documento pontificio. En realidad, el celibato sacerdotal es un don precioso de Cristo a su Iglesia, un don que es necesario meditar y fortalecer constantemente, de modo especial en el mundo moderno profundamente secularizado. En efecto, los estudiosos indican que los orígenes del celibato sacerdotal se remontan a los tiempos apostólicos. El padre Ignace de la Potterie escribe: "Los estudiosos en general están de acuerdo en decir que la obligación del celibato, o al menos de la continencia, se convirtió en ley canónica desde el siglo IV (...). Pero es importante observar que los legisladores de los siglos IV o V afirmaban que esa disposición canónica estaba fundada en una tradición apostólica. Por ejemplo, el concilio de Cartago (del año 390) decía: "Conviene que los que están al servicio de los misterios divinos practiquen la continencia completa (continentes esse in omnibus) para que lo que enseñaron losApóstoles y ha mantenido la antigüedad misma, lo observemos también nosotros"" (cf. Il fondamento biblico del celibato sacerdotale, en: Solo per amore. Riflessioni sul celibato sacerdotale. Cinisello Balsamo 1993, pp. 14-15). En el mismo sentido, A.M. Stickler habla de argumentos bíblicos en favor del celibato de inspiración apostólica (cf. Ch. Cochini, Origines apostoliques du Célibat sacerdotal, Prefacio, p. 6). Desarrollo histórico El Magisterio solemne de la Iglesia reafirma ininterrumpidamente las disposiciones sobre el celibato eclesiástico. El Sínodo de Elvira (300-303?), en el canon 27, prescribe: "El obispo o cualquier otro clérigo tenga consigo solamente o una hermana o una hija virgen consagrada a Dios; pero en modo alguno plugo (al Concilio) que tengan a una extraña" (Enrique Denzinger, El Magisterio de la Iglesia, ed. Herder, Barcelona 1955, n. 52 b, p. 22); y en el canon 33: "Plugo prohibir totalmente a los obispos, presbíteros y diáconos o a todos los clérigos puestos en ministerio, que se abstengan de sus cónyuges y no engendren hijos y quienquiera lo hiciere, sea apartado del honor de la clerecía" (ib., 52 c).

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También el Papa Siricio (384-399), en la carta al obispo Himerio de Tarragona, fechada el 10 de febrero de 385, afirma: "El Señor Jesús (...) quiso que la forma de la castidad de su Iglesia, de la que él es esposo, irradiara con esplendor (...). Todos los sacerdotes estamos obligados por la indisoluble ley de estas sanciones, es decir, que desde el día de nuestra ordenación consagramos nuestros corazones y cuerpos a la sobriedad y castidad, para agradar en todo a nuestro Dios en los sacrificios que diariamente le ofrecemos" (ib., n. 89, p. 34). En el primer concilio ecuménico de Letrán, año 1123, en el canon 3 leemos: "Prohibimos absolutamente a los presbíteros, diáconos y subdiáconos la compañía de concubinas y esposas, y la cohabitación con otras mujeres fuera de las que permitió que habitaran el concilio de Nicea (325)" (ib., n. 360, p. 134). Asimismo, en la sesión XXIV del concilio de Trento, en el canon 9 se reafirma la imposibilidad absoluta de contraer matrimonio a los clérigos constituidos en las órdenes sagradas o a los religiosos que han hecho profesión solemne de castidad; con ella, la nulidad del matrimonio mismo, juntamente con el deber de pedir a Dios el don de la castidad con recta intención (cf. ib., n. 979, p. 277). En tiempos más recientes, el concilio ecuménico Vaticano II, en el decreto Presbyterorum ordinis(n. 16), reafirmó el vínculo estrecho que existe entre celibato y reino de los cielos, viendo en el primero un signo que anuncia de modo radiante al segundo, un inicio de vida nueva, a cuyo servicio se consagra el ministro de la Iglesia. Con la encíclica del 24 de junio de 1967, Pablo VI mantuvo una promesa que había hecho a los padres conciliares dos años antes. En ella examina las objeciones planteadas a la disciplina del celibato y, poniendo de relieve sus fundamentos cristológicos y apelando a la historia y a lo que los documentos de los primeros siglos nos enseñan con respecto a los orígenes del celibato-continencia, confirma plenamente su valor. El Sínodo de los obispos de 1971, tanto en el esquema presinodal Ministerium presbyterorum(15 de febrero) como en el documento final Ultimis temporibus (30 de noviembre), afirma la necesidad de conservar el celibato en la Iglesia latina, iluminando su fundamento, la convergencia de los motivos y las condiciones que lo favorecen (Enchiridion del Sínodo de los obispos, 1. 1965-1988; edición de la Secretaría general del Sínodo de los obispos, Bolonia 2005, nn. 755-855; 1068-1114; sobre todo los nn. 11001105). La nueva codificación de la Iglesia latina de 1983 reafirma la tradición de siempre: "Los clérigos están obligados a observar una continencia perfecta y perpetua por el Reino de los cielos y, por tanto, quedan sujetos a guardar el celibato, que es un don peculiar de Dios mediante el cual los ministros sagrados pueden unirse más fácilmente a Cristo con un 45

corazón entero y dedicarse con mayor libertad al servicio de Dios y de los hombres" (Código de derecho canónico, can. 277, 1). En la misma línea se sitúa el Sínodo de 1990, del que surgió la exhortación apostólica del siervo de Dios Papa Juan Pablo II Pastores dabo vobis, en la que el Sumo Pontífice presenta el celibato como una exigencia de radicalismo evangélico, que favorece de modo especial el estilo de vida esponsal y brota de la configuración del sacerdote con Jesucristo, a través del sacramento del Orden (cf. n. 44). El Catecismo de la Iglesia católica, publicado en 1992, que recoge los primeros frutos del gran acontecimiento del concilio ecuménico Vaticano II, reafirma la misma doctrina: "Todos los ministros ordenados de la Iglesia latina, exceptuados los diáconos permanentes, son ordinariamente elegidos entre hombres creyentes que viven como célibes y que tienen la voluntad de guardar el celibato por el reino de los cielos" (n. 1579). En el más reciente Sínodo, sobre la Eucaristía, según la publicación provisional, oficiosa y no oficial, de sus proposiciones finales, concedida por el Papa Benedicto XVI, en la proposición 11, sobre la escasez de clero en algunas partes del mundo y sobre el "hambre eucarística" del pueblo de Dios, se reconoce "la importancia del don inestimable del celibato eclesiástico en la praxis de la Iglesia latina". Con referencia al Magisterio, en particular al concilio ecuménico Vaticano II y a los últimos Pontífices, los padres pidieron que se ilustraran adecuadamente las razones de la relación entre celibato y ordenación sacerdotal, respetando plenamente la tradición de las Iglesias orientales. Algunos hicieron referencia a la cuestión de los viri probati, pero la hipótesis se consideró un camino que no se debe seguir. El pasado 16 de noviembre de 2006, el Papa Benedicto XVI presidió en el palacio apostólico una de las reuniones periódicas de los jefes de dicasterio de la Curia romana. En esa ocasión se reafirmó el valor de la elección del celibato sacerdotal según la tradición católica ininterrumpida, así como la exigencia de una sólida formación humana y cristiana tanto para los seminaristas como para los sacerdotes ya ordenados. Las razones del sagrado celibato En la encíclica Sacerdotalis caelibatus, Pablo VI presenta al inicio la situación en que se encontraba en ese tiempo la cuestión del celibato sacerdotal, tanto desde el punto de vista del aprecio hacia él como de las objeciones. Sus primeras palabras son decisivas y siguen siendo actuales: "El celibato sacerdotal, que la Iglesia custodia desde hace siglos como perla preciosa, conserva todo su valor también en nuestro tiempo, caracterizado por una profunda transformación de mentalidades y de estructuras" (n. 1). Pablo VI revela cómo meditó él mismo, preguntándose acerca del tema, para poder responder a las objeciones, y concluye: "Pensamos, pues, que la vigente ley del sagrado celibato debe, también hoy, y firmemente, estar unida al ministerio eclesiástico; ella debe 46

sostener al ministro en su elección exclusiva, perenne y total del único y sumo amor de Cristo y de la dedicación al culto de Dios y al servicio de la Iglesia, y debe cualificar su estado de vida tanto en la comunidad de los fieles como en la profana" (n. 14). "Ciertamente —añade el Papa—, como ha declarado el sagrado concilio ecuménico Vaticano II, la virginidad "no es exigida por la naturaleza misma del sacerdocio, como aparece por la práctica de la Iglesia primitiva y por la tradición de las Iglesias orientales" (Presbyterorum ordinis, 16), pero el mismo sagrado Concilio no ha dudado en confirmar solemnemente la antigua, sagrada y providencial ley vigente del celibato sacerdotal, exponiendo también los motivos que la justifican para todos los que saben apreciar con espíritu de fe y con íntimo y generoso fervor los dones divinos" (n. 17). Es verdad. El celibato es un don que Cristo ofrece a los llamados al sacerdocio. Este don debe ser acogido con amor, alegría y gratitud. Así, será fuente de felicidad y de santidad. Las razones del sagrado celibato, aportadas por Pablo VI, son tres: su significado cristológico, el significado eclesiológico y el escatológico. Comencemos por el significado cristológico. Cristo es novedad. Realiza una nueva creación. Su sacerdocio es nuevo. Cristo renueva todas las cosas. Jesús, el Hijo unigénito del Padre, enviado al mundo, "se hizo hombre para que la humanidad, sometida al pecado y a la muerte, fuese regenerada y, mediante un nuevo nacimiento, entrase en el reino de los cielos. Consagrado totalmente a la voluntad del Padre, Jesús realizó mediante su misterio pascual esta nueva creación introduciendo en el tiempo y en el mundo una forma nueva, sublime y divina de vida, que transforma la misma condición terrena de la humanidad" (n. 19). El mismo matrimonio natural, bendecido por Dios desde la creación, pero herido por el pecado, fue renovado por Cristo, que "lo elevó a la dignidad de sacramento y de misterioso signo de su unión con la Iglesia. (...) Cristo, mediador de un testamento más excelente (cf. Hb 8, 6), abrió también un camino nuevo, en el que la criatura humana, adhiriéndose total y directamente al Señor y preocupada solamente de él y de sus cosas (cf. 1 Co 7, 3335), manifiesta de modo más claro y complejo la realidad, profundamente innovadora del Nuevo Testamento" (n. 20). Esta novedad, este nuevo camino, es la vida en la virginidad, que Jesús mismo vivió, en armonía con su índole de mediador entre el cielo y la tierra, entre el Padre y el género humano. "En plena armonía con esta misión, Cristo permaneció toda la vida en el estado de virginidad, que significa su dedicación total al servicio de Dios y de los hombres" (n. 21). Servicio de Dios y de los hombres quiere decir amor total y sin reservas, que marcó la vida de Jesús entre nosotros. Virginidad por amor al reino de Dios.

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Ahora bien, Cristo, al llamar a sus sacerdotes para ser ministros de la salvación, es decir, de la nueva creación, los llama a ser y a vivir en novedad de vida, unidos y semejantes a él en la forma más perfecta posible. De ello brota el don del sagrado celibato, como configuración más plena con el Señor Jesús y profecía de la nueva creación. A sus Apóstoles los llamó "amigos". Los llamó a seguirlo muy de cerca, en todo, hasta la cruz. Y la cruz los llevará a la resurrección, a la nueva creación perfeccionada. Por eso sabemos que seguirlo con fidelidad en la virginidad, que incluye una inmolación, nos llevará a la felicidad. Dios no llama a nadie a la infelicidad, sino a la felicidad. Sin embargo, la felicidad se conjuga siempre con la fidelidad. Lo dijo el recordado Papa Juan Pablo II a los esposos reunidos con él en el II Encuentro mundial de las familias, en Río de Janeiro. Así se llega al tema del significado escatológico del celibato, en cuanto que es signo y profecía de la nueva creación, o sea, del reino definitivo de Dios en la Parusía, cuando todos resucitaremos de la muerte. Como enseña el concilio Vaticano II, la Iglesia "constituye el germen y el comienzo de este reino en la tierra" (Lumen gentium, 5). La virginidad, vivida por amor al reino de Dios, constituye un signo particular de los "últimos tiempos", pues el Señor ha anunciado que "en la resurrección no se tomará mujer ni marido, sino que serán como ángeles de Dios en el cielo" (Sacerdotalis caelibatus, 34). En un mundo como el nuestro, mundo de espectáculo y de placeres fáciles, profundamente fascinado por las cosas terrenas, especialmente por el progreso de las ciencias y las tecnologías —recordemos las ciencias biológicas y las biotecnologías—, el anuncio de un más allá, o sea, de un mundo futuro, de una parusía, como acontecimiento definitivo de una nueva creación, es decisivo y al mismo tiempo libra de la ambigüedad de las aporías, de los estrépitos, de los sufrimientos y contradicciones, con respecto a los verdaderos bienes y a los nuevos y profundos conocimientos que el progreso humano actual trae consigo. Por último, el significado eclesiológico del celibato nos lleva más directamente a la actividad pastoral del sacerdote. La encíclica Sacerdotalis caelibatus afirma: "la virginidad consagrada de los sagrados ministros manifiesta el amor virginal de Cristo a su Iglesia y la virginal y sobrenatural fecundidad de esta unión" (n. 26). El sacerdote, semejante a Cristo y en Cristo, se casa místicamente con la Iglesia, ama a la Iglesia con amor exclusivo. Así, dedicándose totalmente a las cosas de Cristo y de su Cuerpo místico, el sacerdote goza de una amplia libertad espiritual para ponerse al servicio amoroso y total de todos los hombres, sin distinción. "Así, el sacerdote, muriendo cada día totalmente a sí mismo, renunciando al amor legítimo de una familia propia por amor de Cristo y de su reino, hallará la gloria de una vida en Cristo plenísima y fecunda, porque como él y en él ama y se da a todos los hijos de Dios" (n. 30). 48

La encíclica añade, asimismo, que el celibato aumenta la idoneidad del sacerdote para la escucha de la palabra de Dios y para la oración, y lo capacita para depositar sobre el altar toda su vida, que lleva los signos del sacrificio (cf. nn. 27-29). El valor de la castidad y del celibato El celibato, antes de ser una disposición canónica, es un don de Dios a su Iglesia; es una cuestión vinculada a la entrega total al Señor. Aun distinguiendo entre la disciplina del celibato de los sacerdotes seculares y la experiencia religiosa de la consagración y de la profesión de los votos, no cabe duda de que no existe otra interpretación y justificación del celibato eclesiástico fuera de la entrega total al Señor, en una relación que sea exclusiva, también desde el punto de vista afectivo; esto supone una fuerte relación personal y comunitaria con Cristo, que transforma el corazón de sus discípulos. La opción del celibato hecha por la Iglesia católica de rito latino se ha realizado, desde los tiempos apostólicos, precisamente en la línea de la relación del sacerdote con su Señor, teniendo como gran icono el "¿Me amas más que estos?" (Jn 21, 15), que Jesús resucitado dirige a Pedro. Por tanto, las razones cristológicas, eclesiológicas y escatológicas del celibato, todas ellas arraigadas en la comunión especial con Cristo a la que está llamado el sacerdote, pueden tener diversas expresiones, según lo que afirma autorizadamente la encíclica Sacerdotalis caelibatus. Ante todo, el celibato es "signo y estímulo de la caridad pastoral" (n. 24). La caridad es el criterio supremo para juzgar la vida cristiana en todos sus aspectos; el celibato es un camino del amor, aunque el mismo Jesús, como refiere el evangelio según san Mateo, afirma que no todos pueden comprender esta realidad: "No todos entienden este lenguaje, sino aquellos a quienes se les ha concedido" (Mt 19, 11). Esa caridad se desdobla en los clásicos aspectos de amor a Dios y amor a los hermanos: "Por la virginidad o el celibato a causa del reino de los cielos, los presbíteros se consagran a Cristo de una manera nueva y excelente y se unen más fácilmente a él con un corazón no dividido" (Presbyterorum ordinis, 16). San Pablo, en un pasaje al que aquí se alude, presenta el celibato y la virginidad como "camino para agradar al Señor" sin divisiones (cf. 1 Co 7, 32-35): en otras palabras, un "camino del amor", que ciertamente supone una vocación particular, y en este sentido es un carisma, y que es en sí mismo excelente tanto para el cristiano como para el sacerdote. El amor radical a Dios, a través de la caridad pastoral, se convierte en amor a los hermanos. En el decreto Presbyterorum ordinis leemos que los sacerdotes "se dedican más libremente a él y, por él al servicio de Dios y de los hombres y se ponen al servicio de su reino y de la obra de la regeneración sobrenatural sin ningún estorbo. Así se hacen más aptos para aceptar 49

en Cristo una paternidad más amplia" (n. 16). La experiencia común confirma que a quienes no están vinculados a otros afectos, por más legítimos y santos que sean, además del de Cristo, les resulta más sencillo abrir plenamente y sin reservas su corazón a los hermanos. El celibato es el ejemplo que Cristo mismo nos dejó. Él quiso ser célibe. Explica también la encíclica: "Cristo permaneció toda la vida en el estado de virginidad, que significa su dedicación total al servicio de Dios y de los hombres. Esta profunda conexión entre la virginidad y el sacerdocio en Cristo se refleja en los que tienen la suerte de participar de la dignidad y de la misión del mediador y sacerdote eterno, y esta participación será tanto más perfecta cuanto el sagrado ministro esté más libre de vínculos de carne y de sangre" (Sacerdotalis caelibatus, 21). La existencia histórica de Jesucristo es el signo más evidente de que la castidad voluntariamente asumida por Dios es una vocación sólidamente fundada tanto en el plano cristiano como en el de la común racionalidad humana. Si la vida cristiana común no puede legítimamente llamarse así cuando excluye la dimensión de la cruz, cuánto más la existencia sacerdotal sería ininteligible si prescindiera de la perspectiva del Crucificado. A veces en la vida de un sacerdote está presente el sufrimiento, el cansancio y el tedio, incluso el fracaso, pero esas cosas no la determinan en última instancia. Al escoger seguir a Cristo, desde el primer momento nos comprometemos a ir con él al Calvario, conscientes de que tomar la propia cruz es el elemento que califica el radicalismo del seguimiento. Por último, como he dicho, el celibato es un signo escatológico. Ya desde ahora está presente en la Iglesia el reino futuro: ella no sólo lo anuncia, sino que también lo realiza sacramentalmente, contribuyendo a la "nueva creación", hasta que la gloria de Cristo se manifieste plenamente. Mientras que el sacramento del matrimonio arraiga a la Iglesia en el presente, sumergiéndola totalmente en el orden terreno, que así se transforma también él en lugar posible de santificación, la virginidad remite inmediatamente al futuro, a la perfección íntegra de la creación, que sólo alcanzará su plenitud al final de los tiempos. Medios para ser fieles al celibato La sabiduría bimilenaria de la Iglesia, experta en humanidad, ha identificado constantemente a lo largo del tiempo algunos elementos fundamentales e irrenunciables para favorecer la fidelidad de sus hijos al carisma sobrenatural del celibato. Entre ellos destaca, también en el magisterio reciente, la importancia de la formación espiritual del sacerdote, llamado a ser "testigo de lo Absoluto". La Pastores dabo vobis afirma: "Formarse para el sacerdocio es aprender a dar una respuesta personal a la 50

pregunta fundamental de Cristo: "¿Me amas?" (Jn 21, 15). Para el futuro sacerdote, la respuesta no puede ser sino el don total de su vida" (n. 42). En este sentido, son absolutamente fundamentales tanto los años de la formación remota, vivida en la familia, como sobre todo los de la próxima, en los años del seminario, verdadera escuela de amor, en la que, como la comunidad apostólica, los jóvenes seminaristas mantienen una relación de intimidad con Jesús, esperando el don del Espíritu para la misión. "La relación del sacerdocio con Jesucristo, y en él con su Iglesia, —en virtud de la unción sacramental— se sitúa en el ser y en el obrar del sacerdote, o sea, en su misión o ministerio" (ib., 16). El sacerdocio no es más que "vivir íntimamente unidos a él" (ib., 46), en una relación de comunión íntima que se describe como "una forma de amistad" (ib.). La vida del sacerdote, en el fondo, es la forma de existencia que sería inconcebible si no existiera Cristo. Precisamente en esto consiste la fuerza de su testimonio: la virginidad por el reino de Dios es un dato real; existe porque existe Cristo, que la hace posible. El amor al Señor es auténtico cuando tiende a ser total: enamorarse de Cristo quiere decir tener un conocimiento profundo de él, frecuentar su persona, sumergirse en él, asimilar su pensamiento y, por último, aceptar sin reservas las exigencias radicales del Evangelio. Sólo se puede ser testigos de Dios si se hace una profunda experiencia de Cristo. De la relación con el Señor depende toda la existencia sacerdotal, la calidad de su experiencia de martyria, de su testimonio. Sólo es testigo de lo Absoluto quien de verdad tiene a Jesús por amigo y Señor, quien goza de su comunión. Cristo no es solamente objeto de reflexión, tesis teológica o recuerdo histórico; es el Señor presente; está vivo porque resucitó y nosotros sólo estamos vivos en la medida en que participamos cada vez más profundamente de su vida. En esta fe explícita se funda toda la existencia sacerdotal. Por eso la encíclica dice: "Aplíquese el sacerdote en primer lugar a cultivar con todo el amor que la gracia le inspira su intimidad con Cristo, explorando su inagotable y santificador misterio; adquiera un sentido cada vez más profundo del misterio de la Iglesia, fuera del cual su estado de vida correría el riesgo de parecerle sin consistencia e incongruente" (Sacerdotalis caelibatus, 75). Además de la formación y del amor a Cristo, un elemento esencial para conservar el celibato es la pasión por el reino de Dios, que significa la capacidad de trabajar con diligencia y sin escatimar esfuerzos para que Cristo sea conocido, amado y seguido. Como el campesino que, al encontrar la perla preciosa, lo vende todo para comprar el campo, así quien encuentra a Cristo y entrega toda su existencia con él y por él, no puede menos de vivir trabajando para que otros puedan encontrarlo.

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Sin esta clara perspectiva, cualquier "impulso misionero" está destinado al fracaso, las metodologías se transforman en técnicas de conservación de una estructura, e incluso las oraciones podrían convertirse en técnicas de meditación y de contacto con lo sagrado, en las que se disuelven tanto el yo humano como el Tú de Dios. Una ocupación fundamental y necesaria del sacerdote, como exigencia y como tarea, es la oración, la cual es insustituible en la vida cristiana y, por consecuencia, en la sacerdotal. A la oración hay que prestar atención particular: la celebración eucarística, el Oficio divino, la confesión frecuente, la relación afectuosa con María santísima, los ejercicios espirituales, el rezo diario del santo rosario, son algunos de los signos espirituales de un amor que, si faltara, correría el riesgo de ser sustituido con los sucedáneos, a menudo viles, de la imagen, de la carrera, del dinero y de la sexualidad. El sacerdote es hombre de Dios porque está llamado por Dios a serlo y vive esta identidad personal en la pertenencia exclusiva a su Señor, que se documenta también en la elección del celibato. Es hombre de Dios porque de él vive, a él habla, con él discierne y decide, en filial obediencia, los pasos de su propia existencia cristiana. Los sacerdotes, cuanto más radicalmente sean hombres de Dios, mediante una existencia totalmente teocéntrica, como subrayó el Santo Padre Benedicto XVI en su discurso a la Curia romana con ocasión de las felicitaciones navideñas, el 22 de diciembre de 2006, tanto más eficaz y fecundo será su testimonio y tanto más rico en frutos de conversión será su ministerio. No hay oposición entre la fidelidad a Dios y la fidelidad al hombre; al contrario, la primera es condición de posibilidad de la segunda. Conclusión: una vocación santa La Pastores dabo vobis, hablando de la vocación del sacerdote a la santidad, después de subrayar la importancia de la relación personal con Cristo, presenta otra exigencia: el sacerdote, llamado a la misión del anuncio, recibe el encargo de llevar la buena nueva como un don a todos. Sin embargo, está llamado a acoger el Evangelio ante todo como don ofrecido a su propia existencia, a su propia persona y como acontecimiento salvífico que lo compromete a una vida santa. Desde esta perspectiva, Juan Pablo II habló del radicalismo evangélico que debe caracterizar la santidad del sacerdote. Por tanto, se puede decir que los consejos evangélicos tradicionalmente propuestos por la Iglesia y vividos en los estados de la vida consagrada, son los itinerarios de un radicalismo vital al que también, a su modo, el sacerdote está llamado a ser fiel. La exhortación afirma: "Expresión privilegiada del radicalismo son los varios consejos evangélicosque Jesús propone en el sermón de la montaña (cf. Mt 5-7), y entre ellos los 52

consejos, íntimamente relacionados entre sí, de obediencia, castidad y pobreza: el sacerdote está llamado a vivirlos según el estilo, es más, según las finalidades y el significado original que nacen de la identidad propia del presbítero y la expresan" (n. 27). Más adelante, refiriéndose a la dimensión ontológica en la que se funda el radicalismo evangélico, dice: "El Espíritu, consagrando al sacerdote y configurándolo con Jesucristo, cabeza y pastor, crea una relación que, en el ser mismo del sacerdote, requiere ser asimilada y vivida de manera personal, esto es, consciente y libre, mediante una comunión de vida y amor cada vez más rica, y una participación cada vez más amplia y radical de los sentimientos y actitudes de Jesucristo. En esta relación entre el Señor Jesús y el sacerdote — relación ontológica y psicológica, sacramental y moral— está el fundamento y a la vez la fuerza para aquella "vida según el Espíritu" y para aquel "radicalismo evangélico" al que está llamado todo sacerdote y que se ve favorecido por la formación permanente en su aspecto espiritual" (n. 72). La nupcialidad del celibato eclesiástico, precisamente por esta relación entre Cristo y la Iglesia que el sacerdote está llamado a interpretar y a vivir, debería dilatar su espíritu, iluminando su vida y encendiendo su corazón. El celibato debe ser una oblación feliz, una necesidad de vivir con Cristo para que él derrame en el sacerdote las efusiones de su bondad y de su amor que son inefablemente plenas y perfectas. A este propósito, son iluminadoras las palabras del Santo Padre Benedicto XVI: "El verdadero fundamento del celibato sólo puede quedar expresado en la frase: "Dominus pars (mea)", Tú eres el lote de mi heredad. Sólo puede ser teocéntrico. No puede significar quedar privados de amor; debe significar dejarse arrastrar por el amor a Dios y luego, a través de una relación más íntima con él, aprender a servir también a los hombres. El celibato debe ser un testimonio de fe: la fe en Dios se hace concreta en esa forma de vida, que sólo puede tener sentido a partir de Dios. Fundar la vida en él, renunciando al matrimonio y a la familia, significa acoger y experimentar a Dios como realidad, para así poderlo llevar a los hombres" (Discurso a la Curia romana con ocasión de las felicitaciones navideñas, 22 de diciembre de 2006: L'Osservatore Romano, edición en lengua española, 29 de diciembre de 2006, p. 7).

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II.

JUAN PABLO II, AUDIENCIA GENERAL, sábado 17 de julio de 1993 xiv

La lógica de la consagración en el celibato sacerdotal (Lectura: capítulo 19 del evangelio según san Mateo, versículos 10-12) 1. En los evangelios, cuando Jesús llamó a sus primeros Apóstoles para convertirlos en "pescadores de hombres" (Mt 4, 19; Mc 1, 17; cf. Lc 5, 10), ellos, "dejándolo todo, le siguieron" (Lc 5, 11; cf.Mt 4, 20.22; Mc 1, 18.20). Un día Pedro mismo recordó ese aspecto de la vocación apostólica, diciendo a Jesús: "Ya lo ves, nosotros lo hemos dejado todo y te hemos seguido" (Mt 19, 27; Mc10, 28; cf Lc 18, 28). Jesús, entonces, enumeró todas las renuncias necesarias, "por mí y por el Evangelio" (Mc 10, 29). No se trataba sólo de renunciar a ciertos bienes materiales, como la casa o la hacienda, sino también de separarse de las personas más queridas: "hermanos, hermanas, madre, padre e hijos" —como dicen Mateo y Marcos—, y de "mujer, hermanos, padres o hijos" —como dice Lucas (18, 29). Observamos aquí la diversidad de las vocaciones. Jesús no exigía de todos sus discípulos la renuncia radical a la vida en familia, aunque les exigía a todos el primer lugar en su corazón cuando les decía: "El que ama a su padre o a su madre más que a mí, no es digno de mí; el que ama a su hijo o a su hija más que a mí no es digno de mí" (Mt 10, 37). La exigencia de renuncia efectiva es propia de la vida apostólica o de la vida de consagración especial. Al ser llamados por Jesús, "Santiago el de Zebedeo y su hermano Juan", no dejaron sólo la barca en la que estaban "arreglando sus redes", sino también a su padre, con quien se hallaban (Mt 4, 22; cf. Mc 1, 20). Esta constatación nos ayuda a comprender mejor el porqué de la legislación eclesiástica acerca delcelibato sacerdotal. En efecto, la Iglesia lo ha considerado y sigue considerándolo como parte integrante de la lógica de la consagración sacerdotal y de la consecuente pertenencia total a Cristo, con miras a la actuación consciente de su mandato de vida espiritual y de evangelización. 2. De hecho, en el evangelio de Mateo, poco antes del párrafo sobre la separación de las personas queridas que acabamos de citar, Jesús expresa con fuerte lenguaje semítico otra renuncia exigida por el reino de los cielos, a saber, la renuncia al matrimonio. "Hay eunucos —dice— que se hicieron tales a sí mismos por el reino de los cielos" (Mt 19, 12). Es decir, que se han comprometido con el celibato para ponerse totalmente al servicio de la "buena nueva del Reino" (cf.Mt 4, 23; 9, 35; 24, 34).

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El apóstol Pablo afirma en su primera carta a los Corintios que ha tomado resueltamente ese camino, y muestra con coherencia su decisión, declarando: "El no casado se preocupa de las cosas del Señor, de cómo agradar al Señor. El casado se preocupa de las cosas del mundo, de cómo agradar a su mujer; está por tanto dividido" (1 Co 7, 32.34). Ciertamente, no es conveniente que esté dividido quien ha sido llamado para ocuparse, como sacerdote, de las cosas del Señor. Como dice el Concilio, el compromiso del celibato, derivado de una tradición que se remonta a Cristo, "está en múltiple armonía con el sacerdocio [...]. Es, en efecto, signo y estímulo al mismo tiempo de la caridad pastoral y fuente peculiar de fecundidad espiritual en el mundo" (Presbyterorum ordinis, 16). Es verdad que en las Iglesias orientales muchos presbíteros están casados legítimamente según el derecho canónico que les corresponde. Pero también en esas Iglesias los obispos viven el celibato y así mismo cierto número de sacerdotes. La diferencia de disciplina, vinculada a condiciones de tiempo y lugar valoradas por la Iglesia, se explica por el hecho de que la continencia perfecta, como dice el Concilio, "no se exige, ciertamente, por la naturaleza misma del sacerdocio" (ib.). No pertenece a la esencia del sacerdocio como orden y, por tanto, no se impone en absoluto en todas las Iglesias. Sin embargo, no hay ninguna duda sobre su conveniencia y, más aún, su congruenciacon las exigencias del orden sagrado. Forma parte, como se ha dicho, de la lógica de laconsagración. 3. El ideal concreto de esa condición de vida consagrada es Jesús, modelo para todos, pero especialmente para los sacerdotes. Vivió célibe y, por ello, pudo dedicar todas sus fuerzas a la predicación del reino de Dios y al servicio de los hombres, con un corazón abierto a la humanidad entera, como fundador de una nueva generación espiritual. Su opción fue verdaderamente "por el reino de los cielos" (cf. Mt 19, 12). Jesús, con su ejemplo, daba una orientación, que se ha seguido. Según los evangelios, parece que los Doce, destinados a ser los primeros en participar de su sacerdocio, renunciaron para seguirlo a vivir en familia. Los evangelios no hablan jamás de mujeres o de hijos cuando se refieren a los Doce, aunque nos hacen saber que Pedro, antes de que Jesús lo hubiera llamado, estaba casado (cf. Mt 8, 14; Mc 1, 30; Lc 4, 38). 4. Jesús no promulgó una ley, sino que propuso un ideal del celibato para el nuevo sacerdocio que instituía. Ese ideal se ha afirmado cada vez más en la Iglesia. Puede comprenderse que en la primera fase de propagación y de desarrollo del cristianismo un gran número de sacerdotes fueran hombres casados, elegidos y ordenados siguiendo la tradición judaica. Sabemos que en las cartas a Timoteo (1 Tm 3, 2.3) y a Tito (1, 6) se pide que, entre las cualidades de los hombres elegidos como presbíteros, figure la de ser buenos padres de familia, casados con una sola mujer (es decir, fieles a su mujer). Es una fase de la Iglesia en vías de organización y, por decirlo así, de experimentación de lo que, como disciplina de los estados de vida, corresponde mejor al ideal y a los consejos que el Señor propuso. Basándose en la experiencia y en la reflexión, la disciplina del celibato ha ido afirmándose 55

paulatinamente, hasta generalizarse en la Iglesia occidental, en virtud de la legislación canónica. No era sólo la consecuencia de un hecho jurídico y disciplinar: era la maduración de una conciencia eclesial sobre la oportunidad del celibato sacerdotal por razones no sólo históricas y prácticas, sino también derivadas de la congruencia, captada cada vez mejor, entre el celibato y las exigencias del sacerdocio. 5. El concilio Vaticano II enuncia los motivos de esa conveniencia íntima del celibato respecto al sacerdocio: "Por la virginidad o celibato guardado por amor del reino de los cielos, se consagran los presbíteros de nueva y excelente manera a Cristo, se unen más fácilmente a él con corazón indiviso, se entregan más libremente, en él y por él, al servicio de Dios y de los hombres, sirven más expeditamente a su reino y a la obra de regeneración sobrenatural y se hacen más aptos para recibir más dilatada paternidad en Cristo [...]. Y así evocan aquel misterioso connubio, fundado por Dios y que ha de manifestarse plenamente en lo futuro, por el que la Iglesia tiene por único esposo a Cristo. Conviértense, además, en signo vivo de aquel mundo futuro, que se hace ya presente por la fe y la caridad, y en el que los hijos de la resurrección no tomarán ni las mujeres maridos ni los hombres mujeres" (Presbyterorum ordinis, 16; cf. Pastores dabo vobis, 29; 50; Catecismo de la Iglesia católica, n.1579). Esas son razones de noble elevación espiritual, que podemos resumir en los siguientes elementos esenciales: una adhesión más plena a Cristo, amado y servido con un corazón indiviso (cf. 1 Co 7, 32.33); una disponibilidad más amplia al servicio del reino de Cristo y a la realización de las propias tareas en la Iglesia; la opción más exclusiva de una fecundidad espiritual (cf. 1 Co 4,15); y la práctica de una vida más semejante a la vida definitiva del más allá y, por consiguiente, más ejemplar para la vida de aquí. Esto vale para todos los tiempos, incluso para el nuestro, como razón y criterio supremo de todo juicio y de toda opción en armonía con la invitación a dejar todo, que Jesús dirigió a sus discípulos y, especialmente, a sus Apóstoles. Por esa razón, el Sínodo de los obispos de 1971 confirmó: "La ley del celibato sacerdotal, vigente en la Iglesia latina, debe ser mantenida íntegramente" (L'Osservatore Romano, edición en lengua española, 12 de diciembre de 1971, p. 5). 6. Es verdad que hoy la práctica del celibato encuentra obstáculos, a veces incluso graves, en las condiciones subjetivas y objetivas en las que los sacerdotes se hallan. El Sínodo de los obispos las ha examinado, pero ha considerado que también las dificultades actuales son superables, si se promueven "las condiciones aptas, es decir: el incremento de la vida interior mediante la oración, la abnegación, la caridad ardiente hacia Dios y hacia el prójimo, y los demás medios de la vida espiritual; el equilibrio humano mediante la ordenada incorporación al campo complejo de las relaciones sociales; el trato fraterno y los contactos con los otros presbíteros y con el obispo, adaptando mejor para ello las estructuras pastorales y también con la ayuda de la comunidad de los fieles"(ib.).

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Es una especie de desafío que la Iglesia lanza a la mentalidad, a las tendencias ya las seducciones de este siglo, con una voluntad cada vez más renovada de coherencia y de fidelidad al ideal evangélico. Para ello, aunque se admite que el Sumo Pontífice puede valorar y disponer lo que hay que hacer en algunos casos, el Sínodo reafirmó que en la Iglesia latina " "no se admite ni siquiera en casos particulares la ordenación presbiteral de hombres casados" (ib.). La Iglesia considera que la conciencia de consagración total madurada a lo largo de los siglos sigue teniendo razón de subsistir y de perfeccionarse cada vez más. Asimismo la Iglesia sabe, y lo recuerda juntamente con el Concilio a los presbíteros y a todos los fieles, que "el don del celibato, tan en armonía con el sacerdocio del Nuevo Testamento, será liberalmente dado por el Padre, con tal que, quienes participan del sacerdocio de Cristo por el sacramento del orden e incluso toda la Iglesia, lo pidan humilde e insistentemente" (Presbyterorum ordinis, 16). Pero quizá, antes, es necesario pedir la gracia de comprender el celibato sacerdotal, que sin duda alguna encierra cierto misterio: el de la exigencia de audacia y de confianza en la fidelidad absoluta a la persona y a la obra redentora de Cristo, con un radicalismo de renuncias que ante los ojos humanos puede parecer desconcertante. Jesús mismo, al sugerirlo, advierte que no todos pueden comprenderlo (cf. Mt 19, 10.12). "Bienaventurados los que reciben la gracia de comprenderlo y siguen fieles por ese camino! III.

JUAN PABLO II AUDIENCIA GENERAL miércoles 16 de noviembre de 1994xv

La castidad consagrada 1. Entre los consejos evangélicos, según el concilio Vaticano II, sobresale el precioso don de la «perfecta continencia por el reino de los cielos»: don de la gracia divina, «concedido a algunos por el Padre (cf. Mt 19, 11; 1 Co 7, 7) para que se consagren a solo Dios con un corazón que se mantiene más fácilmente indiviso (cf. 1 Co 7, 32-34) en la virginidad o en el celibato..., señal y estímulo de la caridad y como un manantial extraordinario de espiritual fecundidad en el mundo» (Lumen gentium, 42). Tradicionalmente, se solía hablar de los tres votos ―pobreza, castidad y obediencia―, comenzando por la pobreza como desapego de los bienes exteriores, colocados en un nivel inferior con relación a los bienes del cuerpo y a los del alma (cf. santo Tomás, Summa Theol., II-II, q. 186, a. 3). El Concilio, por el contrario, habla expresamente de la «castidad consagrada» antes que de los otros dos votos (cf. Lumen gentium, 43; Perfectae caritatis, 12, 13 y 14), porque la considera el compromiso decisivo para el estado de la vida consagrada. También es el consejo evangélico que manifiesta de forma más evidente el poder de la gracia, que eleva el amor por encima de las inclinaciones naturales del ser humano. 57

2. El evangelio pone de relieve su grandeza espiritual, porque Jesús mismo dio a entender el valor que atribuía al compromiso del celibato. Según Mateo, Jesús hace el elogio del celibato voluntario inmediatamente después de reafirmar la indisolubilidad del matrimonio. Dado que Jesús prohíbe al marido repudiar a su mujer, los discípulos reaccionan: «Si tal es la condición del hombre respecto de su mujer, no trae cuenta casarse». Y Jesús responde, dando al «no trae cuenta casarse» un significado más elevado: «No todos entienden este lenguaje, sino aquellos a quienes se les ha concedido. Porque hay eunucos que nacieron así del seno materno, y hay eunucos que se hicieron tales a sí mismos por el reino de los cielos. Quien pueda entender, que entienda» (Mt 19, 10-12). 3. Al afirmar esta posibilidad de entender un camino nuevo, que era el que seguía él y sus discípulos, y que tal vez suscitaba la admiración o incluso las críticas del entorno, Jesús usa una imagen que aludía a un hecho muy conocido, la condición de los eunucos. Éstos podían serlo por una deficiencia de nacimiento, o por una intervención humana; pero añade inmediatamente que había una nueva clase, la suya, es decir, los eunucos por el reino de los cielos. Era una referencia clarísima a la elección realizada por él y sugerida a sus seguidores más íntimos. Según la ley de Moisés los eunucos quedaban excluidos del culto (cf. Dt 23, 2) y del sacerdocio (cf. Lv 21, 20). Un oráculo del libro de Isaías había anunciado el fin de esta exclusión (cf. Is 56, 3-5). Jesús abre una perspectiva aún más innovadora: elegir voluntariamente por el reino de los cielos esa situación considerada indigna del hombre. Desde luego, las palabras de Jesús no quieren aludir a una mutilación física, que la Iglesia nunca ha permitido, sino a la libre renuncia a las relaciones sexuales. Como escribí en la exhortación apostólica Redemptionis donum, se trata de una «renuncia ―reflejo del misterio del Calvario―, para volver a encontrarse más plenamente en Cristo crucificado y resucitado; renuncia, para reconocer en él plenamente el misterio de la propia humanidad y confirmarlo en el camino de aquel admirable proceso, del que el mismo Apóstol escribe: «mientras nuestro hombre exterior se corrompe, nuestro hombre interior se renueva de día en día (2 Co 4, 16)» (n. 10). 4. Jesús es consciente de los valores a los que renuncian los que viven en el celibato perpetuo: él mismo los había afirmado poco antes, hablando del matrimonio como de una unión cuyo autor es Dios y que por eso no puede romperse. Comprometerse al celibato significa, ciertamente, renunciar a los bienes propios de la vida matrimonial y de la familia, pero no dejar de apreciarlos en su valor real. La renuncia se realiza con vistas a un bien mayor, a valores más elevados, resumidos en la hermosa expresión evangélica reino de los cielos. La entrega total a este reino justifica y santifica el celibato. 5. Jesús atrae la atención hacia el don de luz divina que es necesario incluso para entender el camino del celibato voluntario. No todos lo pueden entender, en el sentido de que no todos soncapaces de captar su significado, de aceptarlo y de ponerlo en práctica. Este don de luz y de decisión sólo se concede a algunos. Es un privilegio que se les concede con vistas a un amor mayor. No hay que asombrarse, por tanto, de que muchos, al no entender el valor del 58

celibato consagrado, no se sientan atraídos hacia él, y con frecuencia ni siquiera sepan apreciarlo. Eso significa que hay diversidad de caminos, de carismas de funciones, como reconocía san Pablo, el cual hubiera deseado espontáneamente compartir con todos su ideal de vida virginal. En efecto escribió: «Mi deseo sería que todos los hombres fueran como yo; mas cada cual ―añadía― tiene de Dios su gracia particular: unos de una manera, otros de otra» (1 Co 7, 7). Por lo demás, como afirmaba santo Tomás, «de la variedad de los estados brota la belleza de la Iglesia» (Summa Theol., II-II, q. 184, a. 4). 6. Al hombre se le pide un acto de voluntad deliberada, consciente del compromiso y del privilegio del celibato consagrado. No se trata de una simple abstención del matrimonio, ni de una observancia no motivada y casi pasiva de las reglas impuestas por la castidad. El acto de renuncia tiene su aspecto positivo en la entrega total al reino, que implica una adhesión absoluta a Diosamado sobre todas las cosas y al servicio de su reino. Por consiguiente, la elección debe ser bien meditada y ha de provenir de una decisión firme y consciente, madurada en lo más íntimo de la persona. San Pablo enuncia las exigencias y las ventajas de esta entrega al reino: «El no casado se preocupa de las cosas del Señor, de cómo agradar al Señor. El casado se preocupa de las cosas del mundo, de cómo agradar a su mujer; está por tanto dividido. La mujer no casada, lo mismo que la doncella, se preocupa de las cosas del Señor, de ser santa en el cuerpo y en el espíritu. Mas la casada se preocupa de las cosas del mundo, de cómo agradar a su marido» (1 Co 7, 32-34). El Apóstol no quiere pronunciar condenas contra el estado conyugal (cf. 1 Tm 4, 1-3), ni «tender un lazo» a alguien, como él mismo dice (cf. 1 Co 7, 35); pero, con el realismo de una experiencia iluminada por el Espíritu Santo, habla y aconseja ―como escribe― «para vuestro provecho..., para moveros a lo más digno y al trato asiduo con el Señor, sin división» (1 Cor 7, 35). Es la finalidad de losconsejos evangélicos. También el concilio Vaticano II, fiel a la tradición de los consejos, afirma que la castidad es «medio aptísimo para que los religiosos se consagren fervorosamente al servicio divino y a las obras de apostolado» (Perfectae caritatis, 12). 7. Las críticas al celibato consagrado se han repetido a menudo en la historia, y en varias ocasiones la Iglesia se ha visto obligada a llamar la atención sobre la excelencia del estado religioso bajo este aspecto: basta recordar aquí la declaración del concilio de Trento (cf. Denz.-S., 1810), recogida por el Papa Pío XII en la encíclica Sacra virginitas por su valor magisterial (cf. AAS 46 [1954] 174). Eso no equivale a arrojar una sombra sobre el estado matrimonial. Por el contrario, conviene tener presente lo que afirma el Catecismo de la Iglesia católica: «Estas dos realidades, el sacramento del matrimonio y la virginidad por el reino de Dios, vienen del Señor mismo. Es él quien les da sentido y les concede la gracia indispensable para vivirlos conforme a su voluntad. La estima de la virginidad por el reino y el sentido cristiano del matrimonio son inseparables y se apoyan mutuamente» (n. 1.620; cf. exhortación apostólica Redemptionis donum, 11). 59

El concilio Vaticano II advierte que la aceptación y la observancia del consejo evangélico de la virginidad y del celibato consagrados exige «la debida madurez psicológica y afectiva» (Perfectae caritatis, 12). Esta madurez es indispensable. Por consiguiente, las condiciones para seguir con fidelidad a Cristo en este aspecto son: la confianza en el amor divino y su invocación, estimulada por la conciencia de la debilidad humana; una conducta prudente y humilde; y, sobre todo, una vida de intensa unión con Cristo. En este último punto, que es la clave de toda la vida consagrada , estriba el secreto de la fidelidad a Cristo como esposo único del alma, única razón de su vida. Ejercicio: 1. Basado en las lecturas anteriores, fundamenta tu opción por el celibato. ¿Qué medidas son necesarias para mantener la fidelidad a la castidad consagrada? Explica cómo las vivirías tú.

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Capítulo

4 La paternidad espiritual

I.

DISCURSO DEL SANTO PADRE JUAN PABLO II A LA COMUNIDAD CATÓLICA CONGREGADA EN LA IGLESIA DE NOTRE DAME DE TREICHVILLE Abiyán, Costa de Marfil Domingo 11 de mayo de 1980 (Extracto)xvi

A vosotros, queridos hijos que habéis recibido la gracia incomparable de la ordenación sacerdotal, expreso ante todo mi profundo gozo porque sé que vivís muy unidos entre vosotros, bien que hayáis nacido en este país o procedáis de otros, y vivís también en confiada colaboración con vuestros obispos. ¡Que el grito del Corazón de Cristo "que todos sean uno" arda siempre en vuestro propio corazón! La credibilidad del Evangelio y la eficacia de la labor apostólica dependen en gran parte de la unidad de los Pastores, llamados a formar un solo presbiterio, sean cualesquiera el puesto y las responsabilidades de cada uno. En este momento, tan emocionante para mí y para vosotros, quisiera por encima de todo reforzar en vosotros una convicción absolutamente esencial: Cristo os ha elegido (cf. Flp 3, 12-14) y os ha hecho especialmente conformes a Él por el carácter sacerdotal, para servir a la Iglesia y a los hombres de hoy, consagrándoles todas vuestras fuerzas físicas y espirituales. El misterio del sacerdocio no está determinado por los análisis sociológicos, se hagan donde se hagan. Es en el seno de la Iglesia, con los responsables de la Iglesia, donde es posible profundizar y vivir este don del Señor Jesús. Yo os lo suplico: ¡tened fe en vuestro sacerdocio! Me interesa añadir otra palabra de aliento, capital también. ¡Que Cristo sea como la respiración de vuestra vida cotidiana! Vuestra fidelidad de todos los días y vuestro ejemplo tienen este precio. Seguid desarrollando vuestra fraternidad entre sacerdotes, en vuestros 61

equipos parroquiales, en vuestros encuentros de reflexión y de proyectos apostólicos y más todavía en vuestros momentos de oración y de retiro. Estas dos dimensiones, con el Señor y entre vosotros, serán el baluarte de vuestro celibato sacerdotal y la garantía de su fecundidad. Vivid esa renuncia evangélica a la paternidad carnal, en la perspectiva constante de la paternidad espiritual que llena el corazón de los sacerdotes totalmente entregados a su pueblo. Vivid esas exigencias y esas alegrías con el espíritu de los apóstoles de todos los tiempos. I.

DISCURSO DE BIENVENIDA A LOS SACERDOTES EMO. CARDENAL DARÍO CASTRILLÓN HOYOS, PREFECTO DE LA CONGREGACIÓN PARA EL CLERO, DOMINGO 14 MAYO 2000xvii

En nombre del Santo Padre les doy a mis Hermanos Sacerdotes, acudidos aquí de todo el mundo, la bienvenida más cordial y cariñosa en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo. En vosotros quiero saludar a los Hermanos Sacerdotes de los cinco continentes y de los tantos países que representáis, junto con los religiosos y los fieles de vuestras parroquias y comunidades. Quiero saludar con veneración especial a los Sacerdotes ancianos, que nos brindan el testimonio de la fidelidad con su larga vida sacerdotal. Sé que algunos de ellos superaron los 90 años de edad y que todavía, providencialmente, siguen comprometidos en su ministerio. A los jóvenes sacerdotes que, no obstante las dificultades y las tentaciones del mundo, se dedicaron al Señor, ¡les tributamos toda nuestra estima! Ellos tienen la responsabilidad entusiasmante de la continuidad del Evangelio en el tercer milenio. Y cómo podría no expresar sentimientos de estima para quien, en el pleno de su juventud, y la madurez sacerdotal, desde años lleva el dulce peso de la Iglesia. ¡Sean todos bienvenidos! El Jubileo, que nos llama a celebrar, en profundo espíritu de gratitud, conversión y reconciliación, el gran misterio de la Encarnación del Verbo, después de 2000 años su nacimiento, para nosotros sacerdotes tiene un sentido especial. En efecto, como guías del pueblo santo y solidarios en lo fragilidad del pecado personal, debemos presentarnos delante de los hermanos en estrechamente unidos con el Papa y los Obispos, para superar con fe y esperanza la Puerta santa que nos abre el amor de Dios, invitándonos a vivir la caridad con Él y los hermanos. De nuestro interés personal y de nuestro convencimiento de fe, depende, en gran medida, el hecho de que este año jubilar sea «realmente año de gracia, año de perdón de los pecados y de los castigos por los pecados, año de reconciliación entre los adversarios, año de múltiples conversiones y penitencia sacramental y extrasacramental " (Tertio Millennio Adveniente, n. 14). Como evangelizadores, como el Sumo Pontífice, «al cruzar el umbral de la Puerta santa, le enseñaremos a la Iglesia y al mundo el Santo Evangelio, fuente de vida y esperanza para el tercer milenio " (Ibid.). "Por la Puerta santa (n. 13), Cristo nos va a introducir más profundamente en la Iglesia, su Cuerpo y su Esposa". Así se puede entender la riqueza de significado de la llamada del apóstol Pedro, al escribir él que, unidos a Cristo, nosotros también, tan como piedras vivas, entramos en la construcción de un edificio espiritual, para un sacerdocio santo, para brindar sacrificios espirituales, gratos a Dios (cf. 1Pd 2,5).

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Es motivo di alegría empezar nuestro itinerario jubilar en esta Basílica venerable de Santa María Mayor, casa de la Santísima Virgen. Ella, plena de gracia, plena de Espíritu Santo, abre su casa, o mejor dicho, abre a sí misma, "Ianua coeli", abre su corazón inmaculado para acoger a sus hijos dilectos, en su Hijo, sumo y eterno Sacerdote. "!En su seno, el Verbo se hizo carne! La afirmación de la centralidad de Cristo se acompaña armónicamente con el reconocimiento del papel desempeñado por su Santísima Madre. Su culto, aunque precioso, de ninguna forma debe disminuir la dignidad y la eficacia de Cristo, único Mediador " (ibid. n. 28). María, constantemente dedicada a su Hijo divino, se propone a todos los cristiano como modelo de fe. La Iglesia, meditando sobre Ella con amor, y contemplándola a la luz del Verbo, hecho hombre, penetra más íntimamente el misterio de la Encarnación, identificándose cada vez más con su propio Esposo (cf. T.M.A. n. 43). En la casa de la Madre están todos los valores, y en especial, la fraternidad, la unión de los corazones, de santos intereses e intenciones, y de misión. Buscamos todo eso para llegar a esa nueva evangelización que a todos nos mueve para la fructificación del Gran Jubileo, y que encuentra en nosotros su mano de obra fundamental. En efecto, como señaló el Santo Padre: «el misterio jerárquico, signo sacramental de Cristo pastor y jefe de la Iglesia, es el responsable principal de la edificación de la Iglesia en la comunión y de la dinamización de su acción evangelizadora» (Puebla 659). En las últimas décadas del siglo, hablamos mucho del episcopado, muchísimo de los laicos y muy poco de los presbíteros. Sin embargo, no podemos olvidar que, a fin de tener buenos Obispos y buenos fieles laicos, lo fundamental es tener santos presbíteros. Alguien llegó a teorizar que la escasez numérica de los sacerdotes, en algunas áreas, era providencial para la formación de los laicos, o que a tal penuria se debía responder enfatizando aun más los laicos. No se había entendido que esos análisis, acompañados por prácticas consiguientes, sólo servían para agravar la sintomatología del fenómeno. Hoy, domingo del Buen Pastor, en la casa de la Madre, entre hermanos, hace falta reconocer que la nueva evangelización, a la que no podemos renunciar, ni siquiera podría encaminarse y que sólo quedaría en su forma de «slogan» estéril " si no se privilegiara la pastoral vocacional de manera motivada, fuerte y universal. Los primeros responsables somos nosotros, conforme con nuestra convencida adhesión, interior y exterior, a nuestra identidad y a la consiguiente especificidad espiritual y apostólica que nos caracteriza. Los sacerdotes son los propulsores de todas las vocaciones: al ministerio ordenado, a la vida consagrada en sus distintas formas, al matrimonio etc. Es suficiente ser realista para que resulte evidente. Además, el Sacerdote es absolutamente insustituible. En algún caso, pueden darse formas de "suplencia " respetuosa, así como se perfilan en la reciente Instrucción interdicasterial "de Ecclesia Mysterio" y que, por cierto, bien conocéis, pero la suplencia no es un ideal y en el tiempo debemos tender a crear una situación que ya no requiera más la «suplencia». El laico debe poder ser plenamente laico según la perspectiva doctrinal y disciplinaria de la Exhortación apostólica post-sinodal "Christifideles laici", y el clérigo debe poder ser plenamente clérigo, desde el punto de vista del Directorio para el ministerio y la vida de los presbíteros, y del Directorio para el ministerio y la vida de los diáconos permanentes, y también de la mencionada Instrucción. Aquí estamos para que la Santa Virgen nos ayude en esta empresa, que parte de la santificación personal para luego irradiarse en todo lo demás. Encaminémonos, entonces, hermano queridos, por los senderos de María Santísima, por el justo camino de la conversión y estar así a la altura de lo que tiene que proponerse un jubileo sacerdotal. 63

Nosotros sacerdotes apostamos todo en el amor más grande, y por lo tanto renunciamos al amor terreno de una mujer, así como la siempre Virgen, hizo con el amor terreno por un hombre. Nuestro "no tener relaciones con ninguna mujer " equivale al "no tener relaciones con ningún hombre " de María (cf. Lc 1,34). El Sacerdote no puede vivir sin amor: si tiene que ser un "padre" que engendra a otros en Cristo, debe haber amor... el mismo amor de la Santa Virgen. Como en María, que reunía armónicamente en sí virginidad y maternidad, así en el Sacerdote tiene que encontrarse la unión de la virginidad y la paternidad. La maternidad espiritual de María no fue un privilegio ajeno a lo humano, como no lo es la paternidad espiritual del Sacerdote. Cuando uno es visitado por la Gracia divina, nada impulsa al servicio de los demás cuanto el sentido de su propia escasez. El apurarse de María para la visitación, nos revela como Ella, la Sierva del Señor, se volvió la Sierva de Isabel. Para el Sacerdote María representa el ejemplo más espléndido: el de escuchar la voz del Cristo que está en él, sugiriéndole entregarse a todos los que «nos quieren en la fe» (Tit 3,15) y a toda la humanidad. En las bodas de Caná, María nos enseña en qué medida, como Sacerdotes, pertenecemos a la Iglesia y cuanto poco a nosotros mismos. Hasta ese momento, incluso durante el banquete, había sido llamada «la madre de Jesús» (Jn 2,1-3). Sin embargo, desde aquel entonces, se vuelve la «mujer» (Jn 2,5). En Caná, la «madre de Jesús» le pide una manifestación de su papel mesiánico y de su divinidad. Nuestro Señor Le contesta que cuando haga un milagro y empezará su vida pública, entonces habrá llegado su «Hora», la Cruz. En el momento en que el agua, delante de sus mirada, «se convierte en vino», la Beata Virgen desaparece como madre de Jesús para convertirse en la Madre de todos los que en Él serán redimidos. En la Sagrada Escritura ya no se menciona ninguna palabra suya. Había pronunciado sus últimas palabras en un espléndido saludo de despedida que va a dejar sus ecos en nuestros corazones hasta el fin de los siglos: «Haced lo que él os diga» (Jn 2,5). Ahora es la «Madre universal», una mujer cuyos hijos son más numerosos que los granos de arena del mar. Con el ejemplo y el benéfico influjo de María, nos damos cuenta cada vez más – en cuanto a la apertura interior y el estilo de vida – de que actuamos en una comunidad particular, que estamos engoznados en una Diócesis o en un Instituto de vida consagrada o en una Prelacía, que aunque estamos en un pueblo o en una ciudad, pero pertenecemos al mundo, a la misión, y nuestro horizonte se pierde en más allá de cualquier campanario. Y sin embargo, sabemos que en el perímetro de aquel campanario, de ese sector particular, actuamos católica y universalmente. Más vivimos la misión del Cristo, más amamos todos y a cada uno. Como la Virgen, que a los pies de la Cruz se convirtió en la «madre» de todos los hombres, el Sacerdote se convierte en el «padre». El amor a María, la unión con Ella nos preserva de los grandes males del funcionalismo (cf. Directorio para el ministerios y la vida de los Presbíteros, n. 44) y del democraticismo (cf. Ibid, n. 17). Para nosotros no puede existir un «horario fuera de servicio». Estamos en servicio de caridad pastoral, siempre, en cualquier lugar y para cualquier hermano: en el altar, en el confesionario, en el púlpito, pero también en los hospitales, en las cárceles, en los aviones, en las estaciones, en un restaurante, en un campo deportivo, en la calle. Nada de lo que es humano nos es ajeno. Cada alma es, potencialmente, o un convertido o un santo. 64

María, en la Pasión, nos enseña la compasión. Los santos menos indulgentes con sí mismos son los más indulgentes con los demás. Si tuviéramos que vivir una vida secularizada o tan sólo aguada, no podríamos ser Pastores verdaderos, seríamos incapaces de alumbrar y de aliviar. El Sacerdote que mira hacia el ejemplo del corazón del Buen Pastor, ve a María en las cenizas de la vida humana: La ve vivir en el medio del terror, entre los pobres, los marginados y los pecadores de cada tipo. La Inmaculada está con los manchados, la Inocente está con los pecadores. No lleva rencor ni amargura, sólo piedad, piedad y piedad porque ellos no entienden o no saben que amar es advertir ese Amor que están condenando a muerte. En la pureza, María está en la cumbre de la montaña; en la compasión está en el medio de las maldiciones, las celdas de los condenados a muerte, las camas de los enfermos, y las miserias de todo tipo. Un ser humano puede llegar a obsesionarse hasta el punto de rechazar pedir perdón a Dios, pero ¡no puede exentarse de invocar la intercesión de la Madre di Dios! Como Sacerdotes, cada pena, cada llaga del mundo es nuestra pena, nuestra llaga. Mientras esté un Sacerdote inocente encerrado en una prisión, en los lugares donde ser ministro de Dios, fiel al Vicario de Cristo es delito, también yo estaré en la cárcel. Mientras haya un misionero sin techo, yo tampoco tendré una casa. ¡Si no hay coparticipación, tampoco puede haber compasión! El Sacerdote nunca se quedará mirando, sin intervenir, la hostilidad del mundo hacia Dios, a sabiendas que la colaboración de María fue real y activa hasta los pies de la cruz. En todas las representaciones de la Crucificción, la Magdalena está postrada; al contrario, María, está parada, de pie. Y para nosotros esto es una enseñanza. Finalmente, estamos en el tiempo de nuestra muerte. Miles de veces le habremos pedido a María que rezara para nosotros "en la hora de nuestra muerte". Cotidianamente habremos anunciado la muerte del Señor en la Eucaristía, proclamando su Resurrección, en la espera de su llegada (cf. 1 Cor 11,26). Llegaremos al final, per no al final de nuestro sacerdocio, porque éste no va acabar nunca: «Tú eres para siempre sacerdote a la manera de Melquisedec» (Sal 110,4; Heb 5,6). Será el finalde la prueba. Será el momento cuando miraremos más intensamente hacia nuestra Reina para conseguir su intercesión. Veremos con los ojos de la fe, el Crucificado delante de nosotros y una vez más podremos escuchar esas palabras maravillosas: «Ahí tienes a tu madre» (Jn 19,27). Dos son las palabras que salen repetidas veces de los labios del sacerdote: «Jesús» y «María». Él siempre ha sido Sacerdote. Ahora, en el tiempo de la muerte, es también víctima. El Sumo Sacerdote ha sido víctima dos veces: al venir en el mundo y al dejarlo. María estaba presente en ambos altares: en Belén y en el Calvario.. Estaba presente también en el Altar de nosotros Sacerdotes en el día de nuestra ordenación y volverá a estar a nuestro lado también en la hora de nuestra muerte. María, ¡Madre de los Sacerdotes! En Su vida siempre hubo dos amores: el amor por la vida del Hijo, el amor por la muerte del Hijo. Los mismos dos amores que prueba por cada Sacerdote, por cada uno de nosotros. En la Encarnación fue el eslabón de unión entre Israel y Cristo. En la Cruz y en la Pentecostés, fue el eslabón de unión entre Cristo y Su Iglesia. Ahora es el eslabón de unión entre Sacerdote-víctima y Aquel que «siempre intercede para nosotros en el Cielo».

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En punto de muerte, seguramente cada uno de nosotros querrá ser puesto en los brazos de la Santa Madre, como lo fue Cristo, al que somos configurados y del que extendemos la acción redentora en el tiempo. Sabemos bien, hermanos, que las palabras constitutivas del sacerdocio, «haced esto en memoria mía» – están vinculadas de forma indisoluble a la tarea de la Cruz, - «ahí tienes a tu madre» – y en especial se dirigen al amado discípulo, sobre todo como representante de los Apóstoles. Para volver a nuestras raíces, para volver a descubrir nuestra identidad, para convertirnos y realizar nuestro Jubileo, para movernos con entusiasmo, de forma misionera, en la obra de nueva evangelización, tenemos que acoger a María en nuestra casa. De ahí tenemos partir nuevamente para ser fieles a Cristo. De este Altar, bajo la mirada de nuestra Madre, en el seguimiento de los miles de santos Hermanos que nos precedieron y en las huellas del ejemplo luminoso del Santo Padre, deseo recoger la buena voluntad de todo hermano ordenado y gritar, con toda mi alma, y en nombre de todos, la riquísima expresión de Montfort: «totus tutus ego sum et omnia mea sunt. prahebe mihi cor tuum, maria». Me parece, queridos hermanos, que es en esta total entrega a la Virgen que podemos volver a encontrar la actitud más fiel a la consigna del divino Crucificado en el momento supremo del Santo Sacrificio. Y aquí nos encontramos en las fuentes de nuestra identidad de «Sacerdos et Hostia". ¡Sí, acojamos a María en nuestra casa para ser fieles a nuestra ontología!

Ejercicio: 1. A base de las lecturas anteriores, describe la paternidad espiritual del sacerdote y delimita las responsabilidades del clérigo relativas a la paternidad espiritual.

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Capítulo

5 La oración y la fraternidad sacerdotal

I.

CONGREGACIÓN PARA EL CLERO – DIRECTORIO PARA EL MINISTERIO Y LA VIDA DE LOS PRESBITEROS - LIBRERIA EDITRICE VATICANA (1994) (Extractos)xviii

27. El presbiterio, lugar de santificación

El presbiterio es el lugar privilegiado en donde el sacerdote debiera poder encontrar los medios específicos de santificación y de evangelización; allí mismo debiera ser ayudado a superar los límites y debilidades propios de la naturaleza humana, especialmente aquellos problemas que hoy día se sienten con particular intensidad. El sacerdote, por tanto, hará todos los esfuerzos necesarios para evitar vivir el propio sacerdocio de modo aislado y subjetivista, y buscará favorecer la comunión fraterna dando y recibiendo — de sacerdote a sacerdote el calor de la amistad, de la asistencia afectuosa, de la comprensión, de la corrección fraterna, bien consciente de que la gracia del Orden « asume y eleva las relaciones humanas, psicológicas, afectivas, amistosas y espirituales..., y se concreta en las formas más variadas de ayuda mutua, no sólo espirituales sino también materiales »,(76) Todo esto se expresa en la liturgia de la Misa in Cena Domini del Jueves Santo, la cuál muestra cómo de la comunión eucarística — nacida en la Ultima Cena — los sacerdotes reciben la capacidad de amarse unos a otros como el Maestro los ama(77). 28. Amistad sacerdotal El profundo y eclesial sentido del presbiterio, no sólo no impide sino que facilita las responsabilidades personales de cada presbítero en el cumplimiento del ministerio particular, que le es confiado por el Obispo.(78) La capacidad de cultivar y vivir maduras y profundas amistades sacerdotales se revela 67

fuente de serenidad y de alegría en el ejercicio del ministerio; las amistades verdaderas son ayuda decisiva en las dificultades y, a la vez, ayuda preciosa para incrementar la caridad pastoral, que el presbítero debe ejercitar de modo particular con aquellos hermanos en el sacerdocio, que se encuentren necesitados de comprensión, ayuda y apoyo. 29. Vida en común Una manifestación de esta comunión es también la vida en común, que ha sido favorecida desde siempre por la Iglesia ; (80) recientemente ha sido reavivada por los documentos del Concilio Vaticano II,(81) y del Magisterio sucesivo,(82) y es llevada a la práctica positivamente en no pocas diócesis. Entre las diversas formas posibles de vida en común (casa común, comunidad de mesa, etc.), se ha de dar el máximo valor a la participación comunitaria en la oración litúrgica.(83) Las diversas modalidades han de favorecerse de acuerdo con las posibilidades y conveniencias prácticas, sin remarcar necesariamente laudables modelos propios de la vida religiosa. De modo particular hay que alabar aquellas asociaciones que favorecen la fraternidad sacerdotal, la santidad en el ejercicio del ministerio, la comunión con el Obispo y con toda la Iglesia.(84) Es de desear que los párrocos estén disponibles para favorecer la vida en común en la casa parroquial con sus vicarios,(85) estimándolos efectivamente como a sus cooperadores y partícipes de la solicitud pastoral; por su parte, para construir la comunión sacerdotal, los vicarios han de reconocer y respetar la autoridad del párroco.(86) 30. Comunión con los fieles laicos Hombre de comunión, el sacerdote no podrá expresar su amor al Señor y a la Iglesia sin traducirlo en un amor efectivo e incondicionado por el Pueblo cristiano, objeto de sus desvelos pastorales.(87) Como Cristo, debe hacerse « como una transparencia suya en medio del rebaño » que le ha sido confiado,(88) poniéndose en relación positiva y de promoción con respecto a lo fieles laicos. Ha de poner al servicio de los laicos todo su ministerio sacerdotal y su caridad pastoral,(89) a la vez que les reconoce la dignidad de hijos de Dios y promueve la función propia de los laicos en la Iglesia. Consciente de la profunda comunión, que lo vincula a los fieles laicos y a los religiosos, el sacerdote dedicará todo esfuerzo a « suscitar y desarrollar la corresponsabilidad en la común y única misión de salvación; ha de valorar, en fin, pronta y cordialmente, todos los carismas y funciones, que el Espíritu ofrece a los creyentes para la edificación de la Iglesia ».(90) Más concretamente, el párroco, siempre en la búsqueda del bien común de la Iglesia, favorecerá las asociaciones de fieles y los movimientos, que se propongan finalidades religiosas,(91) acogiéndolas a todas, y ayudándolas a encontrar la unidad entre sí, en la oración y en la acción apostólica. En cuanto reúne la familia de Dios y realiza la Iglesia-comunión, el presbítero pasa a ser el pontífice, aquel que une al hombre con Dios, haciéndose hermano de los hombres a la vez que quiere ser su pastor, padre y maestro.(92) Para el hombre de hoy, que busca el sentido de su existir, el sacerdote es el guía que lleva al encuentro con Cristo, encuentro que se realiza como anuncio y como realidad ya presente — aunque no de forma definitiva — en la Iglesia. De ese modo, el presbítero, puesto al servicio del Pueblo 68

de Dios, se presentará como experto en humanidad, hombre de verdad y de comunión y, en fin, como testigo de la solicitud del Unico Pastor por todas y cada una de sus ovejas. La comunidad podrá contar, segura, con su dedicación, con su disponibilidad, con su infatigable obra de evangelización y, sobre todo, con su amor fiel e incondicionado. El sacerdote, por tanto, ejercitará su misión espiritual con amabilidad y firmeza, con humildad y espíritu de servicio; (93) tendrá compasión de los sufrimientos que aquejan a los hombres, sobre todo de aquellos que derivan de las múltiples formas — viejas y nuevas —, que asume la pobreza tanto material como espiritual. Sabrá también inclinarse con misericordia sobre el difícil e incierto camino de conversión de los pecadores : a ellos se prodigara con el don de la verdad ; con ellos ha de llenarse de la paciente y animante benevolencia del Buen Pastor, que no reprocha a la oveja perdida sino que la carga sobre sus hombros y hace fiesta por su retorno al redil (cfr. Lc 15, 4-7).(94) (…) Estar con Cristo en la oración 38. La primacía de la vida espiritual. Se podría decir que el presbítero ha sido concebido en la larga noche de oración en la que el Señor Jesús habló al Padre acerca de sus Apóstoles y, ciertamente, de todos aquellos que, a lo largo de los siglos, participarían de su misma misión (cfr. Lc ó, 12; Jn 17, 15-20). La misma oración de Jesús en el huerto de Getsemaní (cfr. Mt 26, 36-44), dirigida toda ella hacia el sacrificio sacerdotal del Gólgota, manifiesta de modo paradigmático « hasta qué punto nuestro sacerdocio debe esta profundamente vinculado a la oración, radicado en la oración ».(107) Nacidos como fruto de esta oración, los presbíteros mantendrán vivo su ministerio con una vida espiritual a la que darán primacía absoluta, evitando descuidarla a causa de las diversas actividades. Para desarrollar un ministerio pastoral fructuoso, el sacerdote necesita tener una sintonía particular y profunda con Cristo, el Buen Pastor, el único protagonista principal de cada acción pastoral. 39. Medios para la vida espiritual Tal vida espiritual debe encarnarse en la existencia de cada presbítero a través de la liturgia, la oración personal, el tenor de vida y la práctica de las virtudes cristianas; todo esto contribuye a la fecundidad de la acción ministerial. La misma configuración con Cristo exige respirar un clima de amistad y de encuentro personal con el Señor Jesús y de servicio a la Iglesia, su Cuerpo, que el presbítero amará, dándose a ella mediante el servicio ministerial a cada uno de los fieles.(108) Por lo tanto, es necesario que el sacerdote organice su vida de oración de modo que incluya: la celebración diaria de la eucaristía (109) con una adecuada preparación y acción de gracias; la confesión frecuente(110) y la dirección espiritual ya practicada en el Seminario; "' la celebración íntegra y fervorosa de la liturgia de las horas,(ll2) obligación cotidiana; (113) el examen de conciencia; (114) la oración mental propiamente dicha; (115) la lectio divina;(116) Los ratos prolongados de silencio y de diálogo, sobre todo, en ejercicios y retiros espirituales periódicos; (117) las preciosas expresiones de 69

devoción mariana como el Rosario; (118) el Via Crucis y otros ejercicios piadosos; (119) la provechosa lectura hagiográfica. (120) Cada año, como un signo del deseo duradero de fidelidad, los presbíteros renuevan en la S. Misa de Jueves Santo, delante del Obispo y junto con él, las promesas hechas en la ordenación.(l2l) El cuidado de la vida espiritual se debe sentir como una exigencia gozosa por parte del mismo sacerdote, pero también como un derecho de los fieles que buscan en él — consciente o inconscientemente — al hombre de Dios, al consejero, al mediador de paz, al amigo fiel y prudente y al guía seguro en quien se pueda confiar en los momentos más difíciles de la vida para hallar consuelo y firmeza.(l22) 40. Imitar a Cristo que ora A causa de las numerosas obligaciones muchas veces procedentes de la actividad pastoral, hoy más que nunca, la vida de los presbíteros está expuesta a una serie de solicitudes, que lo podrían llevar a un creciente activismo exterior, sometiéndolo a un ritmo a veces frenético y desolador. Contra tal tentación no se debe olvidar que la primera intención de Jesús fue convocar en torno a sí a los Apóstoles, sobre todo para que « estuviesen con él » (Mc 3, 14). El mismo Hijo de Dios ha querido dejarnos el testimonio de su oración. De hecho, con mucha frecuencia los Evangelios nos presentan a Cristo en oración: cuando el Padre le revela su misión (Lc 3,21-22), antes de la llamada de los Apóstoles (Lc 6,12), en la acción de gracias durante la multiplicación de los panes (Mt14,19; 15, 36; Mc 6, 41; 8,7; Lc 9, 16;Jn 6,11), en la transfiguración en el monte (Lc 9, 28-29), cuando sana al sordomudo (Mc 7, 34) y resucita a Lázaro (Jn 11, 41 ss), antes de la confesión de Pedro (Lc 9, 18), cuando enseña a los discípulos a orar (Lc 11, 1), cuando regresan de su misión (Mt 11,25 ss; Lc 10,21), al bendecir a los niños (Mt19, 13) y al rezar por Pedro (Lc 22,32). Toda su actividad cotidiana nacía de la oración. Se retiraba al desierto o al monte a orar (Mc l, 35; 6,46;Lc 5, 16; Mt 4,1; 14, 23), se levantaba de madrugada (Mc 1, 35) y pasaba la noche entera en oración con Dios (Mt 14,23.25; Mc 6, 46.48; Lc 6, 12). Hasta el final de su vida, en la última Cena (Jn 17, 1-26), durante la agonía (Mt 26,36-44), en la Cruz (Lc 23,34.46; Mt 27,46; Mc 15,34) el divino Maestro demostró que la oración animaba su ministerio mesiánico y su éxodo pascual. Resucitado de la muerte, vive para siempre e intercede por nosotros (Hebr 7,25).(l23) Siguiendo el ejemplo de Cristo, el sacerdote debe saber mantener — vivos y frecuentes — los ratos de silencio y de oración, en los que cultiva y profundiza en el trato existencial con la Persona viva de Nuestro Señor Jesús. 41. Imitar a la Iglesia que ora

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Para permanecer fiel al empeño de « estar con Jesús », hace falta que el presbítero sepa imitar a la Iglesia que ora. Al difundir la Palabra de Dios, que él mismo ha recibido con gozo, el sacerdote recuerda la exhortación del evangelio hecha por el obispo el día de su ordenación: « Por esto, haciendo de la Palabra el objeto continuo de tu reflexión, cree siempre lo que lees, enseña lo que crees y haz vida lo que enseñas. De este modo, mientras darás alimento al Pueblo de Dios con la doctrina y serás consuelo y apoyo con el buen testimonio de vida, será constructor del templo de Dios, que es la Iglesia ». De modo semejante, en cuanto a la celebración de los sacramentos, y en particular de la Eucaristía: « Sé por lo tanto consciente de lo que haces, imita lo que realizas y, ya que celebras el misterio de la muerte y resurrección del Señor, lleva la muerte de Cristo en tu cuerpo y camina en su vida nueva ». Finalmente, con respecto a la dirección pastoral del Pueblo de Dios, a fin de conducirlo al Padre: « Por esto, no ceses nunca de tener la mirada puesta en Cristo, Pastor bueno, que ha venido no para ser servido, sino para servir y para buscar y salvar a los que se han perdido ».(124) 42. La Oración como comunión Fortalecido por el especial vinculo con el Señor, el presbítero sabrá afrontar los momentos en que se podría sentir solo entre los hombres; además, renovará con vigor su trato con Jesús, que en la Eucaristía es su refugio y su mejor descanso. Así como Jesús, que, mientras estaba a solas, estaba continuamente con el Padre (cfr. lc 3,21; Mc l, 35), también el presbítero debe ser el hombre, que, en la soledad, encuentra la comunión con Dios,(125) por lo que podrá decir con San Ambrosio: « Nunca estoy tan poco solo como cuando estoy solo » (126) Junto al Señor, el presbítero encontrará la fuerza y los instrumentos para acercar a los hombres a Dios, para encender la fe de los demás, para suscitar esfuerzo y coparticipación. Ejercicio 1. 2. 3. 4.

¿Qué debe hacer el sacerdote para evitar sentirse solo? ¿Cómo debe ser su actitud ante el presbiterio? ¿Cómo debe ser su actitud ante los fieles? ¿Qué debe hacer si sus sentimientos de soledad, frustración o cansancio se intensifican?

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Capítulo

6 La gravedad del abuso sexual de menores

I.

CARTA PASTORAL DEL SANTO PADRE BENEDICTO XVI A LOS CATÓLICOS DE IRLANDA, Vaticano, 19 de marzo de 2010xix.

1. Queridos hermanos y hermanas de la Iglesia en Irlanda, os escribo con gran preocupación como Pastor de la Iglesia universal. Al igual que vosotros, estoy profundamente consternado por las noticias que han salido a la luz sobre el abuso de niños y jóvenes vulnerables por parte de miembros de la Iglesia en Irlanda, especialmente sacerdotes y religiosos. Comparto la desazón y el sentimiento de traición que muchos de vosotros habéis experimentado al enteraros de esos actos pecaminosos y criminales y del modo en que los afrontaron las autoridades de la Iglesia en Irlanda. Como sabéis, invité hace poco a los obispos de Irlanda a una reunión en Roma para que informaran sobre cómo abordaron esas cuestiones en el pasado e indicaran los pasos que habían dado para hacer frente a esta grave situación. Junto con algunos altos prelados de la Curia romana escuché lo que tenían que decir, tanto individualmente como en grupo, mientras proponían un análisis de los errores cometidos y las lecciones aprendidas, y una descripción de los programas y procedimientos actualmente en curso. Nuestras reflexiones fueron francas y constructivas. Confío en que, como resultado, los obispos estén ahora en una posición más fuerte para continuar la tarea de reparar las injusticias del pasado y afrontar las cuestiones más amplias relacionadas con el abuso de menores de manera conforme con las exigencias de la justicia y las enseñanzas del Evangelio. 2. Por mi parte, teniendo en cuenta la gravedad de estos delitos y la respuesta a menudo inadecuada que han recibido por parte de las autoridades eclesiásticas de vuestro país, he 72

decidido escribir esta carta pastoral para expresaros mi cercanía a vosotros, y proponeros un camino de curación, renovación y reparación. En realidad, como han indicado muchas personas en vuestro país, el problema de abuso de menores no es específico de Irlanda ni de la Iglesia. Sin embargo, la tarea que tenéis ahora por delante es la de hacer frente al problema de los abusos ocurridos dentro de la comunidad católica de Irlanda y de hacerlo con valentía y determinación. Que nadie se imagine que esta dolorosa situación se va a resolver pronto. Se han dado pasos positivos pero todavía queda mucho por hacer. Se necesita perseverancia y oración, con gran confianza en la fuerza sanadora de la gracia de Dios. Al mismo tiempo, también debo expresar mi convicción de que para recuperarse de esta dolorosa herida, la Iglesia en Irlanda debe reconocer en primer lugar ante Dios y ante los demás los graves pecados cometidos contra niños indefensos. Ese reconocimiento, junto con un sincero pesar por el daño causado a las víctimas y a sus familias, debe desembocar en un esfuerzo conjunto para garantizar que en el futuro los niños estén protegidos de semejantes delitos. Mientras afrontáis los retos de este momento, os pido que recordéis la "roca de la que fuisteis tallados" (Is 51, 1). Reflexionad sobre la generosa y a menudo heroica contribución que han dado a la Iglesia y a la humanidad generaciones de hombres y mujeres irlandeses, y haced que esa reflexión impulse a un honrado examen de conciencia personal y a un convencido programa de renovación eclesial e individual. Rezo para que la Iglesia en Irlanda, asistida por la intercesión de sus numerosos santos y purificada por la penitencia, supere esta crisis y vuelva a ser una vez más testigo convincente de la verdad y la bondad de Dios todopoderoso, que se han manifestado en su Hijo Jesucristo. 3. A lo largo de la historia, los católicos irlandeses han demostrado ser, tanto en su patria como fuera de ella, una fuerza motriz del bien. Monjes celtas como san Columbano difundieron el Evangelio en Europa occidental y sentaron las bases de la cultura monástica medieval. Los ideales de santidad, caridad y sabiduría trascendente, nacidos de la fe cristiana, se plasmaron en la construcción de iglesias y monasterios, y en la creación de escuelas, bibliotecas y hospitales, que contribuyeron a consolidar la identidad espiritual de Europa. Aquellos misioneros irlandeses debían su fuerza y su inspiración a la firmeza de su fe, al fuerte liderazgo y a la rectitud moral de la Iglesia en su tierra natal. A partir del siglo XVI, los católicos en Irlanda sufrieron un largo período de persecución, durante el cual lucharon por mantener viva la llama de la fe en circunstancias difíciles y peligrosas. San Oliverio Plunkett, arzobispo mártir de Armagh, es el ejemplo más famoso de una multitud de valerosos hijos e hijas de Irlanda dispuestos a dar su vida por la fidelidad al Evangelio. Después de la Emancipación Católica, la Iglesia fue libre para volver a crecer. Las familias y un sinfín de personas que habían conservado la fe en el momento de la prueba 73

se convirtieron en la chispa de un gran renacimiento del catolicismo irlandés en el siglo XIX. La Iglesia escolarizaba, especialmente a los pobres, lo cual supuso una importante contribución a la sociedad irlandesa. Entre los frutos de las nuevas escuelas católicas se cuenta el aumento de las vocaciones: generaciones de misioneros -sacerdotes, hermanas y hermanos- dejaron su patria para servir en todos los continentes, sobre todo en el mundo de habla inglesa. Eran admirables no sólo por la vastedad de su número, sino también por la fuerza de su fe y la solidez de su compromiso pastoral. Muchas diócesis, especialmente en África, América y Australia, se han beneficiado de la presencia de clérigos y religiosos irlandeses, que predicaron el Evangelio y fundaron parroquias, escuelas y universidades, clínicas y hospitales, abiertas tanto a los católicos como al resto de la sociedad, prestando una atención particular a las necesidades de los pobres. En casi todas las familias irlandesas ha habido siempre alguien —un hijo o una hija, una tía o un tío— que ha entregado su vida a la Iglesia. Con razón, las familias irlandesas tienen un gran respeto y afecto por sus seres queridos que han dedicado su vida a Cristo, compartiendo el don de la fe con otros y llevando esa fe a la práctica con un servicio amoroso a Dios y al prójimo. 4. En las últimas décadas, sin embargo, la Iglesia en vuestro país ha tenido que afrontar nuevos y graves retos para la fe debidos a la rápida transformación y secularización de la sociedad irlandesa. El cambio social ha sido muy veloz y con frecuencia ha repercutido adversamente en la tradicional adhesión de las personas a la enseñanza y los valores católicos. Asimismo, a menudo se dejaban de lado las prácticas sacramentales y devocionales que sostienen la fe y la hacen capaz de crecer, como la confesión frecuente, la oración diaria y los retiros anuales. También fue significativa en ese período la tendencia, incluso por parte de sacerdotes y religiosos, a adoptar formas de pensamiento y de juicio de las realidades seculares sin suficiente referencia al Evangelio. El programa de renovación propuesto por el concilio Vaticano ii a veces fue mal entendido y, además, a la luz de los profundos cambios sociales que estaban teniendo lugar, no era nada fácil discernir la mejor manera de realizarlo. En particular, hubo una tendencia, motivada por buenas intenciones, pero equivocada, a evitar los enfoques penales de las situaciones canónicamente irregulares. En este contexto general debemos tratar de entender el desconcertante problema del abuso sexual de niños, que ha contribuido no poco al debilitamiento de la fe y a la pérdida de respeto por la Iglesia y sus enseñanzas. Sólo examinando cuidadosamente los numerosos elementos que dieron lugar a la crisis actual es posible efectuar un diagnóstico claro de sus causas y encontrar remedios eficaces. Ciertamente, entre los factores que contribuyeron a ella, podemos enumerar: procedimientos inadecuados para determinar la idoneidad de los candidatos al sacerdocio y a la vida religiosa; insuficiente formación humana, moral, intelectual y espiritual en los seminarios y noviciados; una tendencia en la sociedad a favorecer al clero y otras figuras de autoridad y una preocupación fuera de lugar por el buen nombre de la Iglesia y por evitar escándalos, 74

cuyo resultado fue la falta de aplicación de las penas canónicas en vigor y la falta de tutela de la dignidad de cada persona. Hay que actuar con urgencia para contrarrestar estos factores, que han tenido consecuencias tan trágicas para la vida de las víctimas y sus familias y han obscurecido la luz del Evangelio como no lo habían logrado ni siquiera siglos de persecución. 5. En varias ocasiones, desde mi elección a la Sede de Pedro, me he encontrado con víctimas de abusos sexuales y estoy dispuesto a seguir haciéndolo en futuro. He hablado con ellos, he escuchado sus historias, he constatado su sufrimiento, he rezado con ellos y por ellos. Anteriormente en mi pontificado, preocupado por abordar esta cuestión, pedí a los obispos de Irlanda, durante la visita "ad limina" de 2006, "establecer la verdad de lo sucedido en el pasado, dar todos los pasos necesarios para evitar que se repita en el futuro, garantizar que se respeten plenamente los principios de justicia y, sobre todo, curar a las víctimas y a todos los afectados por esos crímenes abominables" (Discurso a los obispos de Irlanda, 28 de octubre de 2006: L'Osservatore Romano, edición en lengua española, 3 de noviembre de 2006, p. 3). Con esta carta quiero exhortaros a todos vosotros, como pueblo de Dios en Irlanda, a reflexionar sobre las heridas infligidas al cuerpo de Cristo, sobre los remedios necesarios, a veces dolorosos, para vendarlas y curarlas , y sobre la necesidad de unidad, caridad y ayuda mutua en el largo proceso de recuperación y renovación eclesial. Me dirijo ahora a vosotros con palabras que me salen del corazón, y quiero hablar a cada uno de vosotros y a todos vosotros como hermanos y hermanas en el Señor. 6. A las víctimas de abusos y a sus familias Habéis sufrido inmensamente y eso me apesadumbra en verdad. Sé que nada puede borrar el mal que habéis soportado. Vuestra confianza ha sido traicionada y vuestra dignidad ha sido violada. Muchos habéis experimentado que cuando teníais el valor suficiente para hablar de lo que os había pasado, nadie quería escucharos. Los que habéis sufrido abusos en los internados debéis haber sentido que no había manera de escapar de vuestros sufrimientos. Es comprensible que os resulte difícil perdonar o reconciliaros con la Iglesia. En su nombre, expreso abiertamente la vergüenza y el remordimiento que sentimos todos. Al mismo tiempo, os pido que no perdáis la esperanza. En la comunión con la Iglesia es donde nos encontramos con la persona de Jesucristo, que fue él mismo víctima de la injusticia y del pecado. Como vosotros, aún lleva las heridas de su sufrimiento injusto. Él entiende la profundidad de vuestro dolor y la persistencia de su efecto en vuestra vida y en vuestras relaciones con los demás, incluyendo vuestra relación con la Iglesia. Sé que a algunos de vosotros les resulta difícil incluso entrar en una iglesia después de lo que ha sucedido. Sin embargo, las heridas mismas de Cristo, transformadas por sus sufrimientos redentores, son los instrumentos que han roto el poder del mal y nos hacen renacer a la vida y la esperanza. Creo firmemente en el poder curativo de su amor sacrificial —incluso en las situaciones más oscuras y sin esperanza— que trae la liberación y la promesa de un nuevo comienzo. 75

Al dirigirme a vosotros como pastor, preocupado por el bien de todos los hijos de Dios, os pido humildemente que reflexionéis sobre lo que he dicho. Ruego para que, acercándoos a Cristo y participando en la vida de su Iglesia —una Iglesia purificada por la penitencia y renovada en la caridad pastoral— descubráis de nuevo el amor infinito de Cristo por cada uno de vosotros. Estoy seguro de que de esta manera seréis capaces de encontrar reconciliación, profunda curación interior y paz. 7. A los sacerdotes y religiosos que han abusado de niños Habéis traicionado la confianza depositada en vosotros por jóvenes inocentes y por sus padres. Debéis responder de ello ante Dios todopoderoso y ante los tribunales debidamente constituidos. Habéis perdido la estima de la gente de Irlanda y arrojado vergüenza y deshonor sobre vuestros hermanos sacerdotes o religiosos. Los que sois sacerdotes habéis violado la santidad del sacramento del Orden, en el que Cristo mismo se hace presente en nosotros y en nuestras acciones. Además del inmenso daño causado a las víctimas, se ha hecho un daño enorme a la Iglesia y a la percepción pública del sacerdocio y de la vida religiosa. Os exhorto a examinar vuestra conciencia, a asumir la responsabilidad de los pecados que habéis cometido y a expresar con humildad vuestro pesar. El arrepentimiento sincero abre la puerta al perdón de Dios y a la gracia de la verdadera enmienda. Debéis tratar de expiar personalmente vuestras acciones ofreciendo oraciones y penitencias por aquellos a quienes habéis ofendido. El sacrificio redentor de Cristo tiene el poder de perdonar incluso el más grave de los pecados y de sacar el bien incluso del más terrible de los males. Al mismo tiempo, la justicia de Dios nos pide dar cuenta de nuestras acciones sin ocultar nada. Admitid abiertamente vuestra culpa, someteos a las exigencias de la justicia, pero no desesperéis de la misericordia de Dios. 8. A los padres Os habéis sentido profundamente conmocionados al conocer los hechos terribles que sucedían en el que debía haber sido el entorno más seguro de todos. En el mundo de hoy no es fácil construir un hogar y educar a los hijos. Se merecen crecer en un ambiente seguro, con cariño y amor, con un fuerte sentido de su identidad y su valor. Tienen derecho a ser educados en los auténticos valores morales, enraizados en la dignidad de la persona humana, a inspirarse en la verdad de nuestra fe católica y a aprender modos de comportamiento y acción que los lleven a una sana autoestima y a la felicidad duradera. Esta tarea noble pero exigente está confiada en primer lugar a vosotros, sus padres. Os invito a desempeñar vuestro papel para garantizar a los niños los mejores cuidados posibles, tanto en el hogar como en la sociedad en general, mientras la Iglesia, por su parte, sigue aplicando las medidas adoptadas en los últimos años para proteger a los jóvenes en los ambientes parroquiales y 76

escolares. Os aseguro que estoy cerca de vosotros y os ofrezco el apoyo de mis oraciones mientras cumplís vuestras importantes responsabilidades 9. A los niños y jóvenes de Irlanda Quiero dirigiros una palabra especial de aliento. Vuestra experiencia de la Iglesia es muy diferente de la de vuestros padres y abuelos. El mundo ha cambiado mucho desde que ellos tenían vuestra edad. Sin embargo, todas las personas, en cada generación, están llamadas a recorrer el mismo camino durante la vida, cualesquiera que sean las circunstancias. Todos estamos escandalizados por los pecados y fallos de algunos miembros de la Iglesia, en particular de los que fueron elegidos especialmente para guiar y servir a los jóvenes. Pero es en la Iglesia donde encontraréis a Jesucristo, que es el mismo ayer, hoy y siempre (cf. Hb 13, 8). Él os ama y se entregó por vosotros en la cruz. Buscad una relación personal con él dentro de la comunión de su Iglesia, porque él nunca traicionará vuestra confianza. Sólo él puede satisfacer vuestros anhelos más profundos y dar pleno sentido a vuestra vida, orientándola al servicio de los demás. Mantened vuestra mirada fija en Jesús y en su bondad, y proteged la llama de la fe en vuestro corazón. Espero en vosotros para que, junto con vuestros hermanos católicos en Irlanda, seáis discípulos fieles de nuestro Señor y aportéis el entusiasmo y el idealismo tan necesarios para la reconstrucción y la renovación de nuestra amada Iglesia. 10. A los sacerdotes y religiosos de Irlanda Todos nosotros estamos sufriendo las consecuencias de los pecados de nuestros hermanos que han traicionado una obligación sagrada o no han afrontado de forma justa y responsable las denuncias de abusos. A la luz del escándalo y la indignación que estos hechos han causado, no sólo entre los fieles laicos sino también entre vosotros y en vuestras comunidades religiosas, muchos os sentís personalmente desanimados e incluso abandonados. También soy consciente de que a los ojos de algunos aparecéis tachados de culpables por asociación, y de que os consideran como si fuerais de alguna forma responsable de los delitos de los demás. En este tiempo de sufrimiento quiero reconocer la entrega de vuestra vida sacerdotal y religiosa, y vuestros apostolados, y os invito a reafirmar vuestra fe en Cristo, vuestro amor a su Iglesia y vuestra confianza en la promesa evangélica de redención, de perdón y de renovación interior. De esta manera, demostraréis a todos que donde abunda el pecado, sobreabunda la gracia (cf. Rm 5, 20). Sé que muchos estáis decepcionados, desconcertados e irritados por la manera en que algunos de vuestros superiores han abordado esas cuestiones. Sin embargo, es esencial que cooperéis estrechamente con los que desempeñan cargos de autoridad y colaboréis a fin de garantizar que las medidas adoptadas para responder a la crisis sean verdaderamente evangélicas, justas y eficaces. Os pido, sobre todo, que seáis cada vez más claramente hombres y mujeres de oración, siguiendo con valentía el camino de la conversión, la 77

purificación y la reconciliación. De esta manera, la Iglesia en Irlanda cobrará nueva vida y vitalidad gracias a vuestro testimonio del poder redentor de Dios que se hace visible en vuestra vida. 11. A mis hermanos obispos No se puede negar que algunos de vosotros y de vuestros predecesores habéis fallado, a veces gravemente, a la hora de aplicar las normas, codificadas desde hace largo tiempo, del derecho canónico sobre los delitos de abusos de niños. Se han cometido graves errores en la respuesta a las acusaciones. Reconozco que era muy difícil captar la magnitud y la complejidad del problema, obtener información fiable y tomar decisiones adecuadas a la luz de los pareceres divergentes de los expertos. No obstante, hay que reconocer que se cometieron graves errores de juicio y hubo fallos de gobierno. Todo esto ha socavado gravemente vuestra credibilidad y eficacia. Aprecio los esfuerzos que habéis llevado a cabo para remediar los errores del pasado y para garantizar que no vuelvan a ocurrir. Además de aplicar plenamente las normas del derecho canónico concernientes a los casos de abusos de niños, seguid cooperando con las autoridades civiles en el ámbito de su competencia. Está claro que los superiores religiosos deben hacer lo mismo. También ellos participaron en las recientes reuniones en Roma con el propósito de establecer un enfoque claro y coherente de estas cuestiones. Es necesario revisar y actualizar constantemente las normas de la Iglesia en Irlanda para la protección de los niños y aplicarlas plena e imparcialmente, en conformidad con el derecho canónico. Sólo una acción decidida llevada a cabo con total honradez y transparencia restablecerá el respeto y el aprecio del pueblo irlandés por la Iglesia a la que hemos consagrado nuestra vida. Debe brotar, en primer lugar, de vuestro examen de conciencia personal, de la purificación interna y de la renovación espiritual. El pueblo de Irlanda, con razón, espera que seáis hombres de Dios, que seáis santos, que viváis con sencillez y busquéis día tras día la conversión personal. Para ellos, en palabras de san Agustín, sois obispos, y sin embargo, con ellos estáis llamados a ser discípulos de Cristo (cf. Sermón 340, 1). Os exhorto, por tanto, a renovar vuestro sentido de responsabilidad ante Dios, para crecer en solidaridad con vuestro pueblo y profundizar vuestra solicitud pastoral por todos los miembros de vuestro rebaño. En particular, preocupaos por la vida espiritual y moral de cada uno de vuestros sacerdotes. Servidles de ejemplo con vuestra propia vida, estad cerca de ellos, escuchad sus preocupaciones, ofrecedles aliento en este momento de dificultad y alimentad la llama de su amor a Cristo y su compromiso al servicio de sus hermanos y hermanas. Asimismo, hay que alentar a los laicos a que desempeñen el papel que les corresponde en la vida de la Iglesia. Asegurad su formación para que puedan dar razón del Evangelio, de modo articulado y convincente, en medio de la sociedad moderna (cf. 1 P 3, 15), y cooperen más plenamente en la vida y en la misión de la Iglesia. Esto, a su vez, os ayudará a volver a ser guías y testigos creíbles de la verdad redentora de Cristo. 78

12. A todos los fieles de Irlanda La experiencia que un joven hace de la Iglesia debería fructificar siempre en un encuentro personal y vivificador con Jesucristo, dentro de una comunidad que lo ama y lo sustenta. En este entorno, hay que animar a los jóvenes a alcanzar su plena estatura humana y espiritual, a aspirar a altos ideales de santidad, caridad y verdad, y a inspirarse en la riqueza de una gran tradición religiosa y cultural. En nuestra sociedad cada vez más secularizada, en la que incluso los cristianos a menudo encontramos difícil hablar de la dimensión trascendente de nuestra existencia, tenemos que encontrar nuevos modos de transmitir a los jóvenes la belleza y la riqueza de la amistad con Jesucristo en la comunión de su Iglesia. Al afrontar la crisis actual, las medidas para contrarrestar adecuadamente los delitos individuales son esenciales, pero por sí solos no bastan: hace falta una nueva visión que inspire a la generación actual y a las futuras a atesorar el don de nuestra fe común. Siguiendo el camino indicado por el Evangelio, observando los mandamientos y conformando vuestra vida cada vez más a la persona de Jesucristo, experimentaréis seguramente la renovación profunda que necesita con urgencia nuestra época. Os invito a todos a perseverar en este camino. 13. Queridos hermanos y hermanas en Cristo, profundamente preocupado por todos vosotros en este momento de dolor, en que la fragilidad de la condición humana se revela tan claramente, os he querido ofrecer estas palabras de aliento y apoyo. Espero que las aceptéis como un signo de mi cercanía espiritual y de mi confianza en vuestra capacidad de afrontar los retos del momento actual, recurriendo, como fuente de renovada inspiración y fortaleza, a las nobles tradiciones de Irlanda de fidelidad al Evangelio, perseverancia en la fe y determinación en la búsqueda de la santidad. Juntamente con todos vosotros, oro con insistencia para que, con la gracia de Dios, se curen las heridas infligidas a tantas personas y familias, y para que la Iglesia en Irlanda experimente una época de renacimiento y renovación espiritual 14. Quiero proponeros, además, algunas medidas concretas para afrontar la situación. Al final de mi reunión con los obispos de Irlanda, les pedí que la Cuaresma de este año se considerara tiempo de oración para una efusión de la misericordia de Dios y de los dones de santidad y fortaleza del Espíritu Santo sobre la Iglesia en vuestro país. Ahora os invito a todos a ofrecer durante un año, desde ahora hasta la Pascua de 2011, las penitencias de los viernes para este fin. Os pido que ofrezcáis vuestro ayuno, vuestras oraciones, vuestra lectura de la Sagrada Escritura y vuestras obras de misericordia para obtener la gracia de la curación y la renovación de la Iglesia en Irlanda. Os animo a redescubrir el sacramento de la Reconciliación y a aprovechar con más frecuencia el poder transformador de su gracia. Hay que prestar también especial atención a la adoración eucarística, y en cada diócesis debe haber iglesias o capillas específicamente dedicadas a este fin. Pido a las parroquias, seminarios, casas religiosas y monasterios que organicen tiempos de adoración eucarística, 79

para que todos tengan la oportunidad de participar. Con la oración ferviente ante la presencia real del Señor, podéis llevar a cabo la reparación por los pecados de abusos que han causado tanto daño y, al mismo tiempo, implorar la gracia de una fuerza renovada y un sentido más profundo de misión por parte de todos los obispos, sacerdotes, religiosos y fieles. Estoy seguro de que este programa llevará a un renacimiento de la Iglesia en Irlanda en la plenitud de la verdad misma de Dios, porque es la verdad la que nos hace libres (cf. Jn 8, 32). Además, después de haber orado y consultado sobre esta cuestión, tengo la intención de convocar una visita apostólica en algunas diócesis de Irlanda, así como en seminarios y congregaciones religiosas. La visita tiene por finalidad ayudar a la Iglesia local en su camino de renovación y se hará en cooperación con las oficinas competentes de la Curia romana y de la Conferencia episcopal irlandesa. Los detalles se anunciarán a su debido tiempo. También propongo que se convoque una Misión a nivel nacional para todos los obispos, sacerdotes y religiosos. Espero que gracias a la competencia de predicadores expertos y organizadores de retiros de Irlanda y de otros lugares, y examinando nuevamente los documentos conciliares, los ritos litúrgicos de la ordenación y la profesión, y las recientes enseñanzas pontificias, lleguéis a un aprecio más profundo de vuestras vocaciones respectivas, a fin de redescubrir las raíces de vuestra fe en Jesucristo y de beber en abundancia en las fuentes de agua viva que os ofrece a través de su Iglesia. En este Año dedicado a los sacerdotes, os propongo de forma especial la figura de san Juan María Vianney, que comprendió tan profundamente el misterio del sacerdocio. "El sacerdote —escribió— tiene la llave de los tesoros del cielo: él es quien abre la puerta; es el administrador del buen Dios; el administrador de sus bienes". El cura de Ars entendió perfectamente la gran bendición que supone para una comunidad un sacerdote bueno y santo: "Un buen pastor, un pastor según el corazón de Dios, es el tesoro más grande que el buen Dios puede conceder a una parroquia, y uno de los dones más preciosos de la misericordia divina". Que por la intercesión de san Juan María Vianney se revitalice el sacerdocio en Irlanda y toda la Iglesia en Irlanda crezca en la estima del gran don del ministerio sacerdotal. Aprovecho esta oportunidad para dar las gracias anticipadamente a todos aquellos que se implicarán en la tarea de organizar la visita apostólica y la Misión, así como a los numerosos hombres y mujeres que en toda Irlanda ya están trabajando para proteger a los niños en los ambientes eclesiales. Desde que se comenzó a entender plenamente la gravedad y la magnitud del problema de los abusos sexuales de niños en instituciones católicas, la Iglesia ha llevado a cabo una cantidad inmensa de trabajo en muchas partes del mundo para hacerle frente y ponerle remedio. Aunque no se debe escatimar ningún esfuerzo para mejorar y actualizar los procedimientos existentes, me anima el hecho de que las prácticas vigentes de 80

tutela adoptadas por las Iglesias locales se consideran en algunas partes del mundo un modelo para otras instituciones. Quiero concluir esta carta con una Oración especial por la Iglesia en Irlanda, que os envío con la solicitud de un padre por sus hijos y con el afecto de un cristiano como vosotros, escandalizado y herido por lo que ha ocurrido en nuestra amada Iglesia. Que, cuando recéis esta oración en vuestras familias, parroquias y comunidades, la santísima Virgen María os proteja y guíe a cada uno a una unión más íntima con su Hijo, crucificado y resucitado. Con gran afecto y firme confianza en las promesas de Dios, de corazón os imparto a todos mi bendición apostólica como prenda de fortaleza y paz en el Señor. Vaticano, 19 de marzo de 2010, solemnidad de San José. Ejercicio 1. Resume cuál es el sentir de la Iglesia en relación al abuso sexual de menores por parte del clero.

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Sección 1: El daño causado a la víctima / sobreviviente El abuso sexual es, a todas luces, dañino para niños y adolescentes de ambos sexos. Para efectos de ley 246 del 16 de diciembre de 2011, el abuso sexual es “incurrir en conducta sexual en presencia de un menor y/o que se utilice a un menor, voluntaria o involuntariamente, para ejecutar conducta sexual dirigida a satisfacer la lascivia o cualquier acto que, de procesarse por la vía criminal, configuraría cualesquiera de los siguientes delitos: agresión sexual, actos lascivos, comercio de personas para actos sexuales, exposiciones obscenas, proposición obscena, producción de pornografía infantil, posesión y distribución de pornografía infantil, utilización de un menor para pornografía infantil; envío, transportación, venta, distribución, publicación, exhibición o posesión de material obsceno y espectáculos obscenos según han sido tipificados en el Código Penal de Puerto Rico”. (Ley 246 del 2011, Artículo 3-b). La ley define como “menor” a “toda persona que no haya cumplido los dieciocho (18) años de edad”. (Artículo 3-y) De acuerdo con el estudio de la Unidad de Estadísticas e Investigación del Centro de Ayuda a Víctimas de Violación del Departamento de Salud (2007)xx: “A pesar de que las estadísticas [de abuso sexual en Puerto Rico] no representan la magnitud real de la problemática, las tasas de incidencia son alarmantes, 7.4 casos de violencia sexual por cada 10,000 personas, alrededor de 8 casos diarios. Más preocupante aún es el hecho de que las consecuencias físicas y emocionales de estos hechos, si no son tratados a tiempo, pueden perdurar para toda la vida”. El estudio agrega que “Si pensamos entonces que la mayoría de los hechos están ocurriendo a personas menores de 19 años, que están en el principio de su vida y que son el futuro de nuestra sociedad, nos damos cuenta de que tenemos que trabajar arduamente con esta problemática y darle la prioridad que esta problemática amerita”. A continuación, varios extractos del estudio del CAVV que reflejan la magnitud de la problemática en la Isla: Durante el 2005-2006 se atendieron en el CAVV un total de 443 casos nuevos, de los cuales un 83.7% de las participantes atendidos eran mujeres mientras que un 16.3% eran individuos del sexo masculino. Por otro lado, alrededor del 52.6% de los casos de agresión sexual atendidos en los centros correspondieron a participantes menores de 14 años. Al analizar la edad de los(as) sobrevivientes al momento de los hechos observamos que el 57.8% de las víctimas atendidas en el CAVV eran menores de 14 años al momento de cometerse los hechos de agresión sexual. De estos, el 7.4% pertenecían al grupo de edad entre 0 a 4 años, el 20.3% tenían de 5 a 9 años al momento de la agresión sexual, mientras que un 30.0% tenían entre 10 y 14 años. En la Gráfica 4.9 se presenta la distribución de los casos por edad al momento de los 82

hechos y género de las(os) participantes. En la misma se observa una gran diferencia en la distribución por edad entre ambos géneros. El 100.0% de los varones atendidos en el CAVV tenían 19 años o menos al momento de los hechos mientras que las mujeres se distribuyen a través de todos los grupo de edad, estando la mayor parte de ellas (51.2%) entre las edades de 10 a 19 años. Al analizar los datos que corresponden al lugar de los hechos de agresión sexual, se encontró que el mayor porciento de los casos ocurrieron en la Residencia de Víctima Victimario (21.9%), seguido de la Residencia del Victimario, la Residencia de la Víctima y la Residencia de Familiares, Vecinos y/o Amistades, 19.9%, 15.1% y 9.7% respectivamente. En el 90.4% de los casos de agresión sexual los hechos ocurrieron a manos de una sola persona y en el 95.6% el(los) agresor(es) eran varones. …el 1.5% de los agresores tenía 9 años o menos, un 27.0% tenían entre 10-19 años, un 26.2% eran jóvenes adultos entre los 20 y los 29 años de edad. Esto refleja entonces que la mayoría de los agresores son menores de 29 años (55.2%), este dato nos indica que los esfuerzos de prevención primaria para evitar que las personas sean agresores sexuales deben estar dirigidos a estas poblaciones jóvenes. Al analizar la relación de la víctima con el agresor se encontró en el 43.1% de los casos los hechos ocurrieron a manos de un familiar, en el 35.4% de los casos por una persona conocida y el 13.0% de los casos el agresor era o fue pareja o esposo de la víctima. En el 25.3% de los casos el agresor o agresores lograron contacto con la víctima en el momento de la agresión sexual debido a que ambos habitaban en la misma casa. Este dato coincide con el hecho de que en la mayoría de los casos el atacante es algún familiar de la víctima por lo que se le hace más fácil el acceso. En el 21.7% de los casos la manera de lograr acceso fue que el agresor era conocido de la víctima mientras que en 13.1% la víctima visitaba la residencia de algún familiar, amigo o vecino y es atacado. Mientras que sólo en el 8.6% de los casos el victimario atacó sorpresivamente a la víctima en algún lugar público. Como se ha mencionado anteriormente, una gran mayoría de los casos atendidos en el Centro de Ayuda a Víctimas de Violación corresponden a menores de 14 años. Este hecho en conjunto con otras características de las víctimas, podrían hacerlas más vulnerables a los hechos de agresión sexual cometidos. Este dato es de gran importancia porque nos permite determinar qué grupo es el que se encuentra más susceptible a este delito. Al llevar a cabo el análisis de esta variable se encontró que el 62.8% eran menores de 14 años y que el 3.5% presentaban algún tipo de impedimento físico y/o mental, mientras que el 3.5% de los casos indicó que estaba bajo efectos de drogas y/o alcohol al momento de cometerse los hechos de violencia sexual. Por otro lado, el 23.7% de las víctimas no informaron ninguna característica que las hiciera más vulnerables a los hechos de agresión sexual. Cabe destacar que 83

algunas de las víctimas reportaron más de una circunstancia que afectaba la vulnerabilidad de ésta a los hechos de agresión sexual.xxi Según la Licenciada Pilar Ponce de León del Departamento de Psicología de la Universidad del Valle de Bolivia (2006), cuando el agresor no emplea la fuerza, ni la violencia, las consecuencias del abuso son aún mayores. En palabras de la licenciada: “Hay casos de abuso sexual en los que no se emplea la violencia pero sí manipulación, amenaza o engaño, como suele suceder en los casos en los que el agresor es conocido por la víctima para evitar que ésta revele el abuso, que tienen efectos mucho más profundos y dañinos en el desarrollo del niño de lo que puede tener una agresión sexual puntual, aunque haya violencia física”xxii. Según el antiguo supervisor y agente especial del Negociado Federal de Investigaciones (FBI), Kenneth Lanning (2001), cuando el agresor es un conocido, como un amigo de la familia, un maestro, el pediatra, o un voluntario que esté en contacto directo con los niños o niñas, rara vez utiliza la fuerza física. Sino que el autor explica, que el agresor puede ganarse la confianza de la víctima al tratarlo o tratarla mejor que la mayoría de los adultos, escucharlo (la), jugar con él o ella, demostrarle comprensión, hablar su mismo idioma y xxiii convertirse en su mejor amigo o amiga, en los casos en que la agresora es una mujer . “Los niños que son ‘seducidos’ en ocasiones participan activamente en su victimización. Se sienten culpables y se culpan a ellos mismos porque no hicieron lo que se suponía que hicieran”, comenta el ex agente. El autor plantea que, aunque la víctima participe e incluso inicie la victimización, en las relaciones entre un adulto y un menor, el niño siempre es la víctima. “La falta de consentimiento existe simplemente porque el niño es legalmente incapaz de dar su consentimiento”, explicó Lanning. De acuerdo con el ex agente, en las relaciones intrafamiliares, la víctima / sobreviviente más común de abuso sexual son las féminas. Sin embargo, en los casos de explotación sexual, muchas veces la víctima / sobreviviente es un varón, entre los 10 y los 16 años, según comentó. Para la licenciada Ponce de León, “Cuanto más frecuente y más prolongado en el tiempo es el abuso, más graves son sus consecuencias”. A su vez, comenta que “las consecuencias de un abuso son siempre mucho más graves cuando existía una relación afectiva previa entre el agresor y la víctima y, como habíamos dicho, mucho más si es un miembro de la familia”. Entre los efectos del abuso sexual citados por la licenciada, se encuentran “los sentimientos de culpa, vergüenza y/o miedo, los lleva algunas veces a la retractación, habiendo una intervención efectiva o no”. A corto plazo, la licenciada menciona como consecuencias físicas: “pesadillas y problemas de sueño, desde dormir mucho a no poder dormir; cambio de hábitos de comida, comer mucho y con ansiedad, hasta dejar de comer; pérdida de control de 84

esfínteres (‘Músculo anular que abre y cierra algún orificio del cuerpo, como el de la vejiga de la orina o el del ano’xxiv), generalmente en niños o niñas menores de 7 años, debido a un debilitamiento del yo y sus capacidades”. A nivel conductual, cita: “consumo de drogas y alcohol, como un intento de olvidar el daño; fugas, ante el miedo o vergüenza; conductas autolesivas o suicidas, por sentirse sucias, inservibles; hiperactividad; bajada [disminución] del rendimiento académico, ya que su energía está siendo utilizada para tratar de entender lo acontecido”. A nivel emocional, la licenciada añade: “Miedo generalizado; agresividad; culpa y vergüenza; aislamiento; ansiedad; depresión, baja autoestima y sentimientos de estigmatización; rechazo al propio cuerpo”. En el área de la sexualidad, delimita: “conocimiento sexual precoz o inapropiado de la edad; masturbación compulsiva; exhibicionismo; problemas de identidad sexual; podemos encontrar también déficit en habilidades sociales, retraimiento social y conductas antisociales”. A largo plazo, Ponce De León menciona que hay consecuencias que permanecen “o, incluso, pueden agudizarse con el tiempo, hasta llegar a configurar patologías definidas”. Entre ellas, cita que el niño o el adolescente puede manifestar intentos de suicidio, consumo de drogas y alcohol y trastorno disociativo de identidad. Además, a nivel emocional menciona la depresión, ansiedad, baja autoestima, el “Síndrome de estrés postraumático” y dificultad para expresar sentimientos. Según la información del servicio de información de la Biblioteca Nacional de Medicina de Estados Unidos MedLinePlus (2012), el trastorno de estrés postraumático (PTSD, por sus siglas en inglés) provoca que la persona se sienta “estresado y asustado después de pasado el peligro”. La información de MedLine amplía que el trastorno afecta la vida de la víctima y a la gente que le rodea, pues puede causar problemas como: “flashbacks o el sentimiento de que el evento está sucediendo nuevamente; dificultad para dormir o pesadillas; sentimiento de soledad; explosiones de ira; sentimientos de preocupación, culpa o tristeza”. La información de MedLine agrega que hay personas que desarrollan síntomas nuevos y más serios hasta años más tardexxv. Otras consecuencias a largo plazo delimitadas por Ponce de León incluyen “fobias sexuales; disfunciones sexuales; falta de satisfacción sexual; alteraciones de la motivación sexual y dificultad para establecer relaciones sexuales, autovalorándose como objeto sexual”. A nivel social, Ponce de León cita “problemas de relación interpersonal. aislamiento. dificultades de vinculación afectiva con los hijos y mayor probabilidad de sufrir revictimización, como víctima de violencia por parte de la pareja”. 85

La licenciada concluye que en los adultos, puede ocurrir la negación del abuso durante años. “La emergencia del recuerdo puede venir con el primer embarazo, acompañado de cambios fuertes de carácter, ideas suicidas o sentimientos de rabia [ira] y venganza respecto al agresor. También puede suceder que el recuerdo se mantenga reprimido hasta que el hijo tenga la edad que tenía la víctima cuando sufrió el abuso o que la víctima se convierta en agresor”, resume.

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Sección 2: responsabilidad canónica del agresor I.

Sacramentorum Sanctitatis Tutela, CARTA APOSTÓLICA en forma de motu proprio por la que se promulgan Normas sobre los delitos más graves reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe dada en la Ciudad Vaticana en 2001 xxvi LA TUTELA DE LA SANTIDAD DE LOS SACRAMENTOS, especialmente de la Santísima Eucaristía y de la Penitencia, así como de los fieles en orden a la preservación de los llamados por el Señor en la observancia del sexto precepto del Decálogo, postulan que, para procurar la salvación de las almas «que en la Iglesia debe ser siempre la suprema ley» (Código de Derecho Canónico, can. 1752), intervenga la propia Iglesia en su solicitud pastoral para precaver los peligros de violación Y así, ya se ha provisto a la santidad de los sacramentos, especialmente de la penitencia, por nuestros Predecesores mediante las oportunas Constituciones Apostólicas, como la Constitución Sacramentum Poenitentiae del Papa Benedicto XIV (1), publicada el día 1 de junio de 1741; igualmente los cánones del Código de Derecho Canónico promulgado en el año 1917, con sus fuentes, que había establecido sanciones canónicas contra los delitos de esta especie, perseguían esta finalidad (2). En tiempos más recientes, para prevenir estos delitos y conexos, la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio estableció el modo de proceder en estas causas mediante la Instrucción que comienza por las palabras Crimen sollicitationis, dirigida a todos los Patriarcas, Arzobispos, Obispos y otros Ordinarios de lugar «incluso de Ritos orientales» del día 16 de marzo de 1962, por la cual le era concedida en exclusiva la competencia judicial en esta materia, tanto en la vía administrativa, como en la vía judicial. Debe ser considerado que dicha Instrucción tenía fuerza legal cuando el Sumo Pontífice, según la norma del can. 247 § 1 del Código de Derecho Canónico promulgado en el año 1917, presidía la Congregación del Santo Oficio y la Instrucción procedía de su propia autoridad, mientras que el Cardenal que había en cada momento cumplía sólo una función de Secretario. El Sumo Pontífice Pablo PP. VI, de feliz memoria, confirmó, mediante la Constitución Apostólica sobre la Curia Romana Regimini Ecclesiae Universae, publicada el día 15 de agosto del año 1967, la competencia judicial y administrativa en el procedimiento «según sus normas enmendadas y aprobadas» (3). Y por fin, mediante Nuestra autoridad, en la Constitución, expresamente establecimos: «los delitos contra la fe, así como los delitos más graves cometidos tanto contra las costumbres como en la celebración de los sacramentos, que le fueran comunicados, los conoce [la Congregación para la Doctrina de la Fe], y procede, cuando sea necesario, a declarar o irrogar sanciones canónicas, según la norma del derecho, tanto común como 87

propio» (4), confirmando posteriormente y determinando la competencia judicial de la misma Congregación para la Doctrina de la Fe como Tribunal Apostólico. Aprobada por Nosotros la Ratio de actuar en el examen de doctrinas (5) era necesario definir con más precisión no sólo «los delitos más graves cometidos tanto contra las costumbres como en la celebración de los sacramentos» para los cuales permanece en exclusiva la competencia de la Congregación para la Doctrina de la Fe, sino también las normas procesales especiales «para declarar o irrogar sanciones canónicas». Así pues, por estas Nuestra Carta Apostólica dada en forma de Motu Proprio, realizamos, y mediante ella promulgamos, las Normas de los Delitos más graves reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe, divididas en dos partes, la primera de las cuales contiene Normas sustanciales, y la segunda Normas procesales, ordenando a todos los que tienen interés que las observen eficaz y fielmente. Estas Normas obtienen fuerza de ley el mismo día que sean promulgadas. No obstante cualquier cosa contraria, incluso digna de especial mención. Dado en Roma, junto a San Pedro, el día 30 de abril, memoria de San Pío V, del año 2001, vigesimotercero de Nuestro Pontificado. JUAN PABLO PP. II

II.

Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe enviada a los obispos de toda la Iglesia Católica y otros ordinarios y superiores interesados: de los delitos más graves reservados a la misma Congregación para la Doctrina de la Fe xxvii

Para el cumplimiento de la ley eclesiástica, que en el artículo 52 de la Constitución Apostólica de la Curia Romana enuncia: «los delitos contra la fe, así como los delitos más graves cometidos tanto contra las costumbres como en la celebración de los sacramentos, que le fueran comunicados, los conoce [la Congregación para la Doctrina de la Fe], y procede, cuando sea necesario, a declarar o irrogar sanciones canónicas, según la norma del derecho, tanto común como propio» (1) era necesario ante todo definir el modo de proceder en los delitos contra la fe: lo cual fue realizado mediante las normas, que se titulan Ratio de actuar en el examen de doctrinas, promulgadas y confirmadas, e igualmente aprobadas en forma específica en los artículos 28-29 (2). Casi al mismo tiempo la Congregación para la Doctrina de la Fe daba obra, mediante una Comisión constituida a este efecto a un diligente estudio de los cánones de los delitos, tanto en el Código de derecho canónico, como en el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales, para determinar «los delitos más graves tanto contra las costumbres 88

como contra la celebración de los sacramentos» para adecuar también normas procesales especiales «para declarar o irrogar sanciones canónicas», porque la Instrucción Crimen sollicitationis hasta ahora en vigor, promulgada por la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio el día 16 de marzo del año 1962 (3), debía ser reconocida por los nuevos Códigos canónicos. Examinados atentamente los votos particulares y hechas las oportunas consultas, el trabajo de la Comisión llegó a su fin; los Padres de la Congregación de la Doctrina de la Fe lo examinaron gravemente, sometiendo al Sumo Pontífice las conclusiones acerca de la determinación de los delitos más graves y el modo de proceder para declarar o irrogar sanciones, permaneciendo firme la competencia exclusiva del Tribunal Apostólico de la misma Congregación. Aprobado todo ello por el Sumo Pontífice, se confirman y aprueban por Letras Apostólicas dadas Motu Proprio, cuyo inicio se toma de las palabras Sacramentorum sanctitatis tutela. Los delitos más graves tanto en la celebración de los sacramentos como contra las costumbres, reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe, son: - Delitos contra la santidad del augustísimo Sacrificio y sacramento de la Eucaristía, es decir: 1º Llevar o retener con fines sacrílegos, o arrojar las especies consagradas (4); 2º Atentado de la acción de la liturgia del Sacrificio eucarístico o su simulación (5); 3º Concelebración prohibida del Sacrificio eucarístico simultáneamente con ministros de comunidades eclesiales, que no tienen sucesión apostólica ni reconocen la dignidad sacramental de la ordenación sacerdotal (6). 4º Consagración con fin sacrílego de una materia sin la otra en la celebración eucarística, o también de cualquiera de las dos, fuera de la celebración eucarística (7); - Delitos contra la santidad del sacramento de la Penitencia, es decir: 1º Absolución del cómplice en pecado contra el sexto precepto del decálogo (8); 2º Solicitación en el acto, o con ocasión, o con el pretexto de la confesión, a un pecado contra el sexto precepto del Decálogo, si se dirige a pecar con el propio confesor (9); 3º Violación directa del sigilo sacramental (10); - Delitos contra las costumbres, es decir: delitos contra el sexto precepto del Decálogo con un menor de dieciocho años cometido por un clérigo.

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Se reservan al Tribunal Apostólico de la Congregación para la Doctrina de la Fe sólo estos delitos, que se indican arriba con su definición. Cada vez que un Ordinario o Superior tenga noticia al menos verosímil de un delito reservado, una vez realizada una investigación previa, comuníquelo a la Congregación para la Doctrina de la Fe, la cual, a no ser que por las peculiares circunstancias de la causa avoque a sí, ordena al Ordinario o Superior a proceder mediante el propio Tribunal emanando normas oportunas; el derecho de apelar válidamente contra la sentencia de primer grado, sea por parte del reo o de su Patrono, sea por parte del Promotor de Justicia, permanece únicamente y sólo ante el Supremo Tribunal de la misma Congregación. Debe recordarse que la acción criminal de los delitos reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe, se extinguen por prescripción a los diez años (11). La prescripción corre según las normas del derecho universal y común (12); en el delito cometido por un clérigo con un menor la prescripción comienza a correr desde el día en que el menor cumple dieciocho años. En los Tribunales constituidos ante los Ordinarios o Superiores, solamente sacerdotes pueden cumplir válidamente para estas causas el oficio de Juez, de Promotor de justicia, de Notario y de Patrono. Terminada la instancia de cualquier modo en el Tribunal, todas las actas de la causa se deben transmitir de oficio cuanto antes a la Congregación para la Doctrina de la Fe. Todos los Tribunales de la Iglesia Latina y de las Iglesias Orientales Católicas están obligados a observar los cánones de los delitos y de las penas tanto en lo que se refiere al proceso penal de sus respectivos Códigos, como las normas especiales emanadas para cada caso singular por la Congregación para la Doctrina de la Fe. Todas estas causas están sometidas al secreto pontificio. Mediante esta Carta, enviada por mandato del Sumo Pontífice a todos los Obispos de la Iglesia Católica, a los Superiores Generales de los institutos religiosos clericales de derecho pontificio, y de las sociedades de vida apostólica clericales de derecho pontificio y a otros Ordinarios y superiores con interés, se tiene el deseo no sólo de evitar en absoluto los delitos más graves, sino principalmente que se tenga una solícita cura pastoral por parte de los Ordinarios y Superiores, procurando la santidad de los clérigos y fieles también mediante las necesarias sanciones. En Roma, en la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el día 18 de mayo de 2001.

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+ JOSE Card. RATZINGER Prefecto + Tarsicio BERTONE, S.D.B Arz. Em. Vercelli A Secretis III.

El significado de la publicación de las nuevas “Normas sobre los delitos más graves” Nota del padre Federico Lombardixxviii

En 2001, el Santo Padre Juan Pablo II promulgó un decreto de importancia capital, el Motu Proprio “Sacramentorum sanctitatis tutela”, que atribuía a la Congregación para la Doctrina de la Fe la competencia para tratar y juzgar en el ámbito del ordenamiento canónico una serie de delitos particularmente graves, cuya competencia en precedencia correspondía también a otros dicasterios o no era del todo clara. El Motu Proprio (la “ley”, en sentido estricto), estaba acompañado por una serie de normas aplicativas y de procedimiento denominadas “Normae de gravioribus delictis”. La experiencia acumulada en el transcurso de los nueve años sucesivos sugirió la integración y actualización de dichas normas con el fin de agilizar o simplificar los procedimientos, haciéndolos más eficaces, o para tener en cuenta problemáticas nuevas. Este hecho se debió principalmente a la atribución por parte del Papa de nuevas “facultades” a la Congregación para la Doctrina de la Fe que, sin embargo, no se habían incorporado orgánicamente en las “Normas” iniciales. Esta incorporación es la que tiene lugar ahora en el ámbito de una revisión sistemática de dichas “Normas”. Los delitos gravísimos a los que se refería esa normativa atañen a realidades claves para la vida de la Iglesia, es decir a los sacramentos de la Eucaristía y de la Penitencia, pero también a los abusos sexuales cometidos por un clérigo con un menor de 18 años. La vasta resonancia pública en los últimos años de este tipo de delitos ha sido causa de gran atención y de intenso debate sobre las normas y procedimientos aplicados por la Iglesia para el juicio y el castigo de los mismos. Por lo tanto, es justo que haya claridad plena sobre la normativa actualmente en vigor en este ámbito y que dicha normativa se presente de forma orgánica para facilitar así la orientación de todos los que se ocupen de estas materias. Una de las primeras aportaciones para la clarificación –muy útil sobre todo para los que trabajan en el sector de la información– fue la publicación, hace pocos meses, en el sitio Internet de la Santa Sede de una breve “Guía a la comprensión de los procedimientos básicos de la Congregación para la Doctrina de la Fe respecto a las acusaciones de abusos sexuales”.

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Sin embargo, la publicación de las nuevas Normas es diversa ya que presenta un texto jurídico oficial actualizado, válido para toda la Iglesia. Para facilitar la lectura por parte del público no especializado que se interesa principalmente en la problemática relativa a los abusos sexuales, destacamos algunos aspectos. Entre las novedades introducidas respecto a las normas precedentes, hay que subrayar ante todo las que tienen como fin que los procedimientos sean más rápidos, así como la posibilidad de no seguir “el camino procesal judicial”, sino proceder “por decreto extrajudicial”, o la de presentar al Santo Padre, en circunstancias particulares, los casos más graves en vista de la dimisión del estado clerical. Otra norma encaminada a simplificar problemas precedentes y a tener en cuenta la evolución de la situación en la Iglesia, es la de que sean miembros del tribunal, o abogados o procuradores, no solamente los sacerdotes, sino también los laicos. Análogamente, para desarrollar estas funciones ya no es estrictamente necesario el doctorado en Derecho Canónico. La competencia requerida se puede demostrar de otra forma, por ejemplo con un título de licenciatura. También hay que resaltar que la prescripción pasa de diez a veinte años, quedando siempre la posibilidad de deroga superado ese periodo. Es significativa la equiparación a los menores de las personas con uso de razón limitado, y la introducción de una nueva cuestión: la pedo-pornografía, que se define así: “la adquisición, posesión o divulgación” por parte de un miembro del clero “en cualquier modo y con cualquier medio, de imágenes pornográficas que tengan como objeto menores de 14 años”. Se vuelve a proponer la normativa sobre la confidencialidad de los procesos para tutelar la dignidad de todas las personas implicadas. Un punto al que no se hace referencia, aunque a menudo es objeto de discusión en estos tiempos, tiene que ver con la colaboración con las autoridades civiles. Hay que tener en cuenta que las normas que se publican ahora forman parte del reglamento penal canónico, en sí completo y plenamente distinto del de los Estados. En este contexto se puede recordar, sin embargo, la “Guía para la comprensión de los procedimientos…” publicada en el sito de la Santa Sede. En esta “Guía”, la indicación: “Deben seguirse siempre las disposiciones de la ley civil en materia de información de delitos a las autoridades competentes”, se ha incluido en la sección dedicada a los “Procedimientos preliminares”. Esto significa que en la praxis propuesta por la Congregación para la Doctrina de la Fe es necesario adecuarse desde el primer momento a

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las disposiciones de ley vigentes en los diversos países y no a lo largo del procedimiento canónico o sucesivamente. La publicación de estas normas supone una gran contribución a la claridad y a la certeza del derecho en un campo en el que la Iglesia en estos momentos está muy decidida a actuar con rigor y con transparencia, para responder plenamente a las justas expectativas de tutela de la coherencia moral y de la santidad evangélica que los fieles y la opinión pública nutren hacia ella, y que el Santo Padre ha reafirmado constantemente. Naturalmente, también son necesarias otras muchas medidas e iniciativas, por parte de diversas instancias eclesiásticas. La Congregación para la Doctrina de la Fe, por su parte, está estudiando cómo ayudar a los episcopados de todo el mundo a formular y poner en práctica con coherencia y eficacia las indicaciones y directrices necesarias para afrontar el problema de los abusos sexuales de menores por parte de miembros del clero o en el ámbito de actividades o instituciones relacionadas con la Iglesia, teniendo en cuenta la situación y los problemas de la sociedad en que trabajan. Los frutos de las enseñanzas y de las reflexiones maduradas a lo largo del doloroso caso de la “crisis” debida a los abusos sexuales por parte de miembros del clero serán un paso crucial en el camino de la Iglesia que deberá traducirlas en praxis permanente y ser siempre consciente de ellas. Para completar este breve repaso de las principales novedades contenidas en las “Normas”, también hay que citar las relativas a delitos de otra naturaleza. De hecho, también en estos casos, no se trata tanto de determinaciones nuevas en la sustancia, sino de incluir normas ya en vigor, a fin de obtener una normativa completa más ordenada y orgánica sobre los “delitos más graves” reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe. Más concretamente, se han incluido: los delitos contra la fe (herejía, apostasía y cisma), para los cuales son normalmente competentes los ordinarios, pero la Congregación es competente en caso de apelación; la divulgación y grabación –realizadas maliciosamente– de las confesiones sacramentales, sobre las que ya se había emitido un decreto de condena en 1988; la ordenación de las mujeres, sobre la cual también existía un decreto de 2007. IV.

NORMAS SUSTANCIALESxxix (Extracto) Art. 6

§ 1. Los delitos más graves contra la moral, reservados al juicio de la Congregación para la Doctrina de la Fe, son:

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1º El delito contra el sexto mandamiento del Decálogo cometido por un clérigo con un menor de 18 años. En este número se equipara al menor la persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón; 2º La adquisición, retención o divulgación, con un fin libidinoso, de imágenes pornográficas de menores, de edad inferior a 14 años por parte de un clérigo en cualquier forma y con cualquier instrumento. § 2. El clérigo que comete los delitos de los que se trata en el § 1 debe ser castigado según la gravedad del crimen, sin excluir la dimisión o la deposición. Art. 7 § 1. Sin perjuicio del derecho de la Congregación para la Doctrina de la Fe de derogar la prescripción para casos singulares la acción criminal relativa a los delitos reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe se extingue por prescripción en 20 años. § 2. La prescripción inicia a tenor del can. 1362 § 2 del Código de Derecho Canónico y del can. 1152 § 3 del Código de Cánones de las Iglesias Orientales. Sin embargo, en el delito del que se trata en el art. 6 § 1 n. 1, la prescripción comienza a correr desde el día en que el menor cumple 18 años.

V.

Guía para comprender los procedimientos fundamentales de la Congregación para la Doctrina de la Fe (CDF) cuando se trata de las acusaciones de abusos sexualesxxx

La legislación que se debe aplicar es el motu proprio «Sacramentorum sanctitatis tutela» de 30 de abril de 2001, junto con el Código de derecho canónico de 1983. Esta es una guía introductoria que puede ser útil a los laicos y no canonistas. A. Procedimiento previo La diócesis local investiga todas las denuncias de abuso sexual de un menor por parte de un clérigo. Si la acusación es verosímil el caso se remite a la CDF. El obispo local transmite toda la información necesaria a la CDF y expresa su opinión sobre los procedimientos que hay que seguir y las medidas que se han de adoptar a corto y a largo plazo. Debe seguirse siempre el derecho civil en materia de información de los delitos a las autoridades competentes. 94

Durante la etapa preliminar y hasta que el caso se concluya, el obispo puede imponer medidas cautelares para salvaguardar a la comunidad, incluidas las víctimas. De hecho, el obispo local siempre tiene el poder de proteger a los niños mediante la restricción de las actividades de cualquier sacerdote de su diócesis. Esto forma parte de su autoridad ordinaria, que le lleva a tomar cualquier medida necesaria para asegurar que no se haga daño a los niños, y este poder puede ser ejercido a discreción del obispo antes, durante y después de cualquier procedimiento canónico. B. Procedimientos autorizados por la CDF La CDF estudia el caso presentado por el obispo local y, cuando sea necesario, también pide información complementaria. La CDF tiene una serie de opciones: 1. Procesos penales La CDF puede autorizar al obispo local a incoar un proceso penal judicial ante un tribunal local de la Iglesia. Todo recurso en estos casos se presentará a un tribunal de la CDF. La CDF puede autorizar al obispo local a incoar un proceso penal administrativo ante un delegado del obispo local con la asistencia de dos asesores. El sacerdote acusado está llamado a responder a las acusaciones y a revisar las pruebas. El acusado tiene derecho a presentar recurso a la CDF contra el decreto que lo condene a una pena canónica. La decisión de los cardenales miembros de la CDF es definitiva. En caso de que el clérigo sea juzgado culpable, los dos procesos —el judicial y el administrativo penal— pueden condenarlo a una serie de penas canónicas, la más grave de las cuales es la expulsión del estado clerical. La cuestión de los daños también se puede tratar directamente durante estos procedimientos. 2. Casos referidos directamente al Santo Padre En casos muy graves, en los que el proceso penal civil haya declarado al clérigo culpable de abuso sexual de menores, o cuando las pruebas son abrumadoras, la CDF puede optar por llevar el caso directamente al Santo Padre con la petición de que el Papa promulgue con un decreto «ex officio» la expulsión del estado clerical. No hay recurso canónico contra esa decisión pontificia. La CDF también presenta al Santo Padre solicitudes de sacerdotes acusados que, habiendo reconocido sus delitos, piden la dispensa de la obligación del sacerdocio y desean volver al

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estado laical. El Santo Padre concede estas peticiones por el bien de la Iglesia («pro bono Ecclesiae»). 3. Medidas disciplinarias En los casos en que el sacerdote acusado haya admitido sus delitos y haya aceptado vivir una vida de oración y penitencia, la CDF autoriza al obispo local a emitir un decreto que prohíba o restrinja el ministerio público de dicho sacerdote. Esos decretos se imponen a través de un precepto penal que implica una pena canónica en caso de violación de las condiciones del decreto, sin excluir la expulsión del estado clerical. Contra esos decretos es posible el recurso administrativo ante la CDF. La decisión de la CDF es definitiva. C. Revisión del «motu proprio» Desde hace algún tiempo la CDF ha emprendido una revisión de algunos de los artículos del motu proprio Sacramentorum sanctitatis tutela, con el fin de actualizar dicho motu proprio de 2001 a la luz de las facultades especiales concedidas a la CDF por los Papas Juan Pablo II y Benedicto XVI. Las modificaciones propuestas, que se están examinando, no cambiarán los procedimientos antes mencionados.

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Sección 3: responsabilidad civil Ley 246 del 16 de diciembre de 2011xxxi

I.

(b) "Abuso Sexual" - incurrir en conducta sexual en presencia de un menor y/o que se utilice a un menor, voluntaria o involuntariamente, para ejecutar conducta sexual dirigida a satisfacer la lascivia o cualquier acto que, de procesarse por la vía criminal, configuraría cualesquiera de los siguientes delitos: agresión sexual, actos lascivos, comercio de personas para actos sexuales, exposiciones obscenas, proposición obscena, producción de pornografía infantil, posesión y distribución de pornografía infantil, utilización de un menor para pornografía infantil; envío, transportación, venta, distribución, publicación, exhibición o posesión de material obsceno y espectáculos obscenos según han sido tipificados en el Código Penal de Puerto Rico. Artículo 58.-Maltrato Todo padre, madre o persona responsable por el bienestar de un menor o cualquier otra persona que por acción u omisión intencional incurra en un acto que cause daño o ponga en riesgo a un menor de sufrir daño a su salud e integridad física, mental o emocional, incluyendo pero sin limitarse a incurrir en conducta constitutiva de abuso sexual, incurrir en conducta constitutiva de violencia doméstica en presencia de menores, incurrir en conducta obscena o la utilización de un menor para ejecutar conducta obscena, será sancionado con pena de reclusión por un término fijo de cinco (5) años o multa que no será menor de cinco mil (5,000) dólares ni mayor de diez mil (10,000) dólares, o ambas penas, a discreción del Tribunal. De mediar circunstancias agravantes, la pena fija establecida podrá ser aumentada hasta un máximo de ocho (8) años; de mediar circunstancias atenuantes, la pena fija podrá ser reducida hasta un máximo de tres (3) años. Cuando se incurre en conducta constitutiva de abuso sexual en presencia de un menor o se utilice a un menor para ejecutar conducta de naturaleza obscena o para ejecutar conducta constitutiva de delito sexual dirigida a satisfacer la lascivia ajena, la pena de reclusión será por un término fijo de diez (10) años. La pena con agravantes podrá ser aumentada a doce (12) años de reclusión y de mediar circunstancias atenuantes, la pena podrá ser reducida a ocho (8) años de reclusión. Se considerarán agravantes en estos casos las siguientes circunstancias: (a)

Si la víctima es ascendiente o descendiente en cualquier grado, incluyendo las relaciones adoptivas o por afinidad.

(b)

Si la víctima es colateral hasta el cuarto (4to.) grado de consanguinidad, de vínculo doble o sencillo, incluyendo relaciones por adopción o por afinidad. 97

(c)

Si la víctima ha sido compelida al acto mediante el empleo de fuerza física irresistible, amenaza de grave e inmediato daño corporal acompañada de la aparente aptitud para realizarlo o anulando o disminuyendo sustancialmente su capacidad de resistencia a través de medios hipnóticos, narcóticos, deprimentes, estimulantes o sustancias químicas, o induciéndola al acto por cualquier medio engañoso.

(d)

Si la víctima padece de alguna condición especial física o mental de naturaleza temporera o permanente.

(e)

Cuando el delito sea cometido, en el ejercicio de sus funciones ministeriales, por un operador de un hogar temporero o por cualquier empleado o funcionario de una institución pública, privada o privatizada, según definidas en esta Ley.

Cuando la conducta tipificada en los párrafos anteriores se produzca mediante un patrón de conducta, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de doce (12) años o multa que no será menor de cinco mil (5,000) dólares ni mayor de diez mil (10,000) dólares o ambas penas a discreción del Tribunal. De mediar circunstancias agravantes, la pena fija establecida podrá ser aumentada hasta un máximo de quince (15) años; de mediar circunstancias atenuantes, la pena podrá ser reducida hasta un mínimo de diez (10) años. Cuando el delito de maltrato a que se refiere este Artículo se configure bajo circunstancias agravantes a que se refiere el inciso (e) de éstas, el Tribunal, además, impondrá una multa a la institución pública o privada, la cual no será menor de cinco mil (5,000) dólares ni mayor de diez mil (10,000) dólares. El Tribunal también podrá revocar la licencia o permiso concedido para operar dicha institución. Ninguna convicción bajo el presente inciso, cualificará para el beneficio de desvío. II.

Código Penal de Puerto Rico (2012)xxxii

Artículo 130.- Agresión sexual. Será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de cincuenta (50) años, toda persona que lleve a cabo, o que provoque que otra persona lleve a cabo, un acto orogenital o una penetración sexual vaginal o anal ya sea ésta genital, digital, o instrumental, en cualquiera de las circunstancias que se exponen a continuación: (a) Si la víctima al momento del hecho no ha cumplido dieciséis (16) años de edad. (b) Si por enfermedad o incapacidad mental, temporal o permanente, la víctima está incapacitada para comprender la naturaleza del acto en el momento de su realización. (c) Si la víctima fue compelida al acto mediante el empleo de fuerza física, violencia, intimidación o amenaza de grave e inmediato daño corporal. 98

(d) Si a la víctima se le ha anulado o disminuido sustancialmente, sin su conocimiento o sin su consentimiento, su capacidad de consentir a través de medios hipnóticos, narcóticos, deprimentes o estimulantes o de sustancias o medios similares. (e) Si al tiempo de cometerse el acto, la víctima no tuviera conciencia de su naturaleza y esa circunstancia fuera conocida por el acusado. (f) Si la víctima se somete al acto mediante engaño, treta, simulación u ocultación en relación a la identidad del acusado. (g) Si a la víctima se le obliga o induce mediante maltrato, violencia física o psicológica a participar o involucrarse en una relación sexual no deseada con terceras personas. (h) Cuando la persona acusada se aprovecha de la confianza depositada en ella por la víctima por existir una relación de superioridad por razón de tenerla bajo su custodia, tutela, educación primaria, secundaria, o especial, tratamiento médico o psicoterapéutico, consejería de cualquier índole, o por existir una relación de liderazgo de creencia religiosa o de cualquier índole con la víctima. Se impondrá la pena con circunstancias agravantes cuando se cometa este delito en cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) se cometa en el hogar de la víctima, o en cualquier otro lugar donde ésta tenga una expectativa razonable de intimidad; (2) resulte en un embarazo; o (3) resulte en el contagio de alguna enfermedad venérea, siendo este hecho conocido por el autor. (4) si la conducta tipificada en el inciso (c) de este Artículo se comete en contra de la persona de quien el autor es o ha sido cónyuge o conviviente, o ha tenido o tiene relaciones de intimidad o noviazgo, o con la que tiene un hijo en común. Si la conducta tipificada en el inciso (a) se comete por un menor que no ha cumplido dieciocho (18) años de edad, será sancionado con pena de reclusión por un término fijo de ocho (8) años, de ser procesado como adulto. Artículo 132.- Circunstancias esenciales de los delitos de agresión sexual e incesto. El delito de agresión sexual o de incesto consiste esencialmente en la agresión inferida a la integridad física, síquica o emocional y a la dignidad de la persona. Cualquier acto orogenital o penetración sexual, vaginal o anal, ya sea ésta genital, digital o instrumental, por leve que sea, bastará para consumar el delito. Artículo 133.- Actos lascivos. Toda persona que, sin intentar consumar el delito de agresión sexual descrito en el Artículo 130, someta a otra persona a un acto que tienda a despertar, excitar o satisfacer la pasión o deseos sexuales del imputado, en cualquiera de las circunstancias que se exponen a continuación, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de ocho (8) años. (a) Si la víctima al momento del hecho es menor de dieciséis (16) años de edad. 99

(b) Si la víctima fue compelida al acto mediante el empleo de fuerza, violencia, amenaza de grave o inmediato daño corporal, o intimidación, o el uso de medios hipnóticos, narcóticos, deprimentes o estimulantes o sustancias o medios similares. (c) Si la víctima, por enfermedad o defecto mental temporero o permanente, estaba incapacitada para comprender la naturaleza del acto. (d) Si la víctima fue compelida al acto mediante el empleo de medios engañosos que anularon o disminuyeron sustancialmente, sin su conocimiento, su capacidad de consentir. (e) Si al tiempo de cometerse el acto, la víctima no tuviera conciencia de su naturaleza y esa circunstancia fuera conocida por el acusado. (f) Si el acusado tiene una relación de parentesco con la víctima, por ser ascendiente o descendiente, por consanguinidad, adopción o afinidad, o colateral por consanguinidad o adopción, hasta el tercer grado, o por compartir o poseer la custodia física o patria potestad. (g) Cuando la persona acusada se aprovecha de la confianza depositada en ella por la víctima por existir una relación de superioridad por razón de tenerla bajo su custodia, tutela, educación primaria, secundaria, universitaria o especial, tratamiento médico o psicoterapéutico, consejería de cualquier índole, o por existir una relación de liderazgo de creencia religiosa o de cualquier índole con la víctima. Cuando el delito se cometa en cualquiera de las modalidades descritas en los incisos (a) y (f) de este Artículo, o se cometa en el hogar de la víctima, o en cualquier otro lugar donde ésta tenga una expectativa razonable de intimidad, la pena del delito será de reclusión por un término fijo de quince (15) años. SECCIÓN CUARTA De la obscenidad y la pornografía infantil Artículo 143.- Definiciones. A los efectos de esta Sección, los siguientes términos o frases tienen el significado que a continuación se expresa: (a) Conducta obscena. Es cualquier actividad física del cuerpo humano, bien sea llevada a cabo solo o con otras personas, incluyendo, pero sin limitarse, a cantar, hablar, bailar, actuar, simular, o hacer pantomimas, la cual considerada en su totalidad por la persona promedio y, según los patrones comunitarios contemporáneos: (1) apele al interés lascivo, o sea, interés morboso en la desnudez, sexualidad o funciones fisiológicas; (2) represente o describa en una forma patentemente ofensiva conducta sexual; y (3) carezca de un serio valor literario, artístico, religioso, científico o educativo. La atracción de la conducta al interés lascivo se juzgará en relación al adulto promedio, a menos que se desprenda de la naturaleza de dicha conducta o de las circunstancias de su producción, presentación, o exhibición que está diseñada para grupos de desviados sexuales, en cuyo caso la atracción predominante de la conducta se juzgará con referencia al grupo a quien va dirigido.

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En procesos por violación a las disposiciones de esta Sección en donde las circunstancias de producción, presentación o exhibición indican que el acusado está explotando comercialmente la conducta obscena por su atracción lasciva, dichas circunstancias constituyen prueba prima facie de que la misma carece de un serio valor literario, artístico, religioso, científico o educativo. Cuando la conducta prohibida se lleve a cabo para o en presencia de menores, será suficiente que el material esté dirigido a despertar un interés lascivo en el sexo. (b) Conducta sexual. Comprende: (1) representaciones o descripciones patentemente ofensivas de actos sexuales consumados, normales o pervertidos, actuales o simulados, incluyendo relaciones sexuales, sodomía y bestialismo, o (2) representaciones o descripciones patentemente ofensivas de masturbación, copulación oral, sadismo sexual, masoquismo sexual, exhibición lasciva de los genitales, estimular los órganos genitales humanos por medio de objetos diseñados para tales fines, o funciones escatológicas, así sea tal conducta llevada a cabo individualmente o entre miembros del mismo sexo o del sexo opuesto, o entre humanos y animales. (c) Material. Es cualquier libro, revista, periódico u otro material impreso, escrito, o digital, o cualquier retrato, fotografía, dibujo, caricatura, película de movimiento, cinta cinematográfica u otra representación gráfica; o cualquier representación oral o visual transmitida o retransmitida a través de cables, ondas electromagnéticas, computadoras, tecnología digital o cualesquiera medios electrónicos o de comunicación telemática; o cualquier estatua, talla o figura, escultura; o cualquier grabación, transcripción o reproducción mecánica, química o eléctrica o cualquier otro artículo, equipo o máquina. (d) Material nocivo a menores. Es todo material que describa explícitamente la desnudez del cuerpo humano, manifestaciones de conducta sexual o excitación sexual, o de una manera que al considerarse en parte o en la totalidad de su contexto: (1) apele predominantemente al interés lascivo, vergonzoso o morboso en los menores; (2) resulte patentemente ofensivo de acuerdo a los criterios contemporáneos de la comunidad adulta conforme a los mejores intereses de los menores; y (3) carezca de un serio valor social para los menores. (e) Material obsceno. Es material que considerado en su totalidad por una persona promedio y que al aplicar patrones comunitarios contemporáneos: (1) apele al interés lascivo, o sea, a un interés morboso en la desnudez, sexualidad o funciones fisiológicas; (2) represente o describa en una forma patentemente ofensiva conducta sexual; y (3) carezca de un serio valor literario, artístico, religioso, científico o educativo. La atracción del material al interés lascivo en el sexo se juzga en referencia al adulto promedio, a menos que se desprenda de la naturaleza del material, o de las circunstancias de su diseminación, distribución o exhibición, que está diseñado para grupos de desviados sexuales, en cuyo caso dicha atracción se juzgará con referencia al grupo a quien va dirigido. En procesos de violación a las disposiciones de esta Sección, donde las circunstancias de producción, presentación, venta, diseminación, distribución, o publicidad indican que el acusado está 101

explotando comercialmente el material por su atracción lasciva, la prueba de este hecho constituirá prueba prima facie de que el mismo carece de serio valor literario, artístico, religioso, científico o educativo. Cuando la conducta prohibida se lleve a cabo para o en presencia de menores será suficiente que el material esté dirigido a despertar un interés lascivo en el sexo. (f) Pornografía infantil. Es cualquier representación de conducta sexual explícita, todo acto de masturbación, abuso sadomasoquista, relaciones sexuales reales o simuladas, relaciones sexuales desviadas, bestialismo, homosexualismo, lesbianismo, actos de sodomía, o exhibición de los órganos genitales llevados a cabo por personas menores de dieciocho (18) años de edad. (g) Abuso sadomasoquista. Son actos de flagelación o tortura por parte de una persona a otra o a sí misma, o la condición de estar encadenado, atado o de cualquier otro modo restringido, como un acto de gratificación o estimulación sexual. Artículo 144.- Envío, transportación, venta, distribución, publicación, exhibición o posesión de material obsceno. Toda persona que a sabiendas envíe o haga enviar, o transporte o haga transportar, o traiga o haga traer material obsceno a Puerto Rico para la venta, exhibición, publicación o distribución, o que posea, prepare, publique, o imprima cualquier material obsceno en Puerto Rico, con la intención de distribuirlo, venderlo, exhibirlo a otros, o de ofrecerlo para la distribución o la venta, incurrirá en delito menos grave. Si el delito descrito en el párrafo anterior se lleva a cabo para o en presencia de un menor o se emplea o usa a un menor para hacer o ayudar en la conducta prohibida, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años. Las disposiciones de este Artículo, en relación con la exhibición de, o la posesión con la intención de exhibir cualquier material obsceno, no se aplican a ningún empleado, proyeccionista u operador de un aparato cinematográfico, que ha sido empleado y quien está desempeñándose dentro del ámbito de su empleo, siempre y cuando tal empleado, proyeccionista u operador no tenga interés propietario de clase alguna en el lugar o negocio en donde está empleado. Artículo 145.- Espectáculos obscenos. Toda persona que a sabiendas se dedique a, o participe en la administración, producción, patrocinio, presentación o exhibición de un espectáculo que contiene conducta obscena o participe en una parte de dicho espectáculo, o que contribuya a su obscenidad, incurrirá en delito menos grave. Si el comportamiento descrito en el párrafo anterior se lleva a cabo para o en presencia de un menor será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años. Artículo 146.- Producción de pornografía infantil. Toda persona que a sabiendas promueva, permita, participe o directamente contribuya a la creación o producción de material o de un espectáculo de pornografía infantil será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de quince (15) años.

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Artículo 147.- Posesión y distribución de pornografía infantil. Toda persona que a sabiendas posea o compre material o un espectáculo de pornografía infantil será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de doce (12) años. Toda persona que a sabiendas imprima, venda, exhiba, distribuya, publique, transmita, traspase, envíe o circule material o un espectáculo de pornografía infantil será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de quince (15) años. Artículo 148.- Utilización de un menor para pornografía infantil. Toda persona que use, persuada o induzca a un menor a posar, modelar o ejecutar conducta sexual con el propósito de preparar, imprimir o exhibir material de pornografía infantil o a participar en un espectáculo de esa naturaleza será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de quince (15) años. Será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de veinte (20) años: (a) cuando el acusado tenga relaciones de parentesco con la víctima, por ser ascendiente o descendiente, por consanguinidad, adopción o afinidad, hasta el tercer grado, o por compartir o poseer la custodia física o patria potestad; o (b) cuando se cometa en el hogar o lugar dedicado al cuidado de la víctima. Artículo 149.- Exhibición y venta de material nocivo a menores. Incurrirá en delito menos grave: (a) Toda persona a cargo de la supervisión, control o custodia de un establecimiento comercial o de negocios que a sabiendas exhiba, despliegue o exponga a la vista cualquier material nocivo a los menores en aquellas áreas del establecimiento o áreas circundantes donde un menor de edad tiene acceso como parte del público en general. (b) Toda persona a cargo de la supervisión, custodia o control de una sala de teatro donde se proyectan cintas cinematográficas que contengan material nocivo a menores y que a sabiendas venda un boleto de entrada o de otra manera permita la entrada de un menor a dicho establecimiento. (c) Toda persona que a sabiendas venda, arriende o preste a un menor material conteniendo información o imágenes nocivas a éstos, será sancionada con una pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años. Para fines de este Artículo, establecimiento comercial o de negocios incluye, sin limitarse, a barras, discotecas, café teatro y otros lugares de diversión afines. Conforme a lo dispuesto en el Artículo 46 de este Código, se impondrá responsabilidad criminal a la persona jurídica titular o responsable de la administración del establecimiento. Artículo 150.- Propaganda de material obsceno o de pornografía infantil. Incurrirá en delito menos grave toda persona que prepare, exhiba, publique, anuncie o solicite de cualquier persona que publique o exhiba un anuncio de material obsceno o que en cualquier otra forma promueva la venta o la distribución de tal material. Si la conducta descrita en este párrafo, ocurre en presencia de un menor, la persona será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años. 103

Cuando el material sea de pornografía infantil, la persona será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de ocho (8) años. Artículo 151.- Venta, distribución condicionada. Incurrirá en delito menos grave toda persona que, como condición para la venta, distribución, consignación o entrega para la reventa de cualquier diario, revista, libro, publicación u otra mercancía: (a) requiera que el comprador o consignatario reciba cualquier material obsceno; (b) deniegue, revoque o amenace con denegar o revocar una franquicia; o (c) imponga una penalidad monetaria o de otra clase por razón de tal persona negarse a aceptar tal material o por razón de la devolución de tal material. Cuando el material sea de pornografía infantil, la persona será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de ocho (8) años. Artículo 152.- Transmisión o retransmisión de material obsceno o de pornografía infantil. Toda persona que a sabiendas distribuya cualquier material obsceno a través de cualquier medio de comunicación telemática u otro medio de comunicación, incurrirá en delito menos grave. Cuando el material sea de pornografía infantil, la persona será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de ocho (8) años.

Ejercicio: 1. A base de la Ley 246 del 2011 y del Código Penal de Puerto Rico, calcula las penas (cantidad de años de cárcel o multas) para los siguientes delitos: a. Exhibir los órganos genitales de un adulto a un menor de edad. b. Retratar a menores de edad sin ropa. c. Grabar pornografía infantil en la computadora. d. Proponerle a un menor de edad que sostenga relaciones sexuales. e. Sostener relaciones sexuales con un menor de edad, aún cuando el menor de edad acepte.

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Sección 4: Indicadores del abuso sexual De acuerdo con el material informativo de la campaña preventiva contra el abuso sexual elaborado por la diócesis de Arecibo (2011), las señales físicas del abuso sexual no son comunes, aunque pueden incluir síntomas como infecciones en el tracto urinario, sangrado o enfermedades de transmisión sexual. Pueden ocurrir problemas asociados con la ansiedad, como dolores estomacales crónicos o de cabeza. La información añade que los síntomas emocionales o de comportamiento son más comunes. Pueden variar desde un comportamiento “demasiado perfecto”, hasta el aislamiento. También pueden surgir fluctuaciones en el estado de ánimo como depresión, ansiedad, ira o coraje inexplicables. Además, pueden ocurrir cambios en los patrones de sueño y alimentarios o un regreso a etapas que ya habían sido superadas (por ejemplo, hacerse sus necesidades encima). Otro síntoma puede ser comportamiento y lenguaje sexual que no es apropiado para su edad. Sin embargo, en algunos niños no se manifiestan síntomas.xxxiii El taller preparado como parte de la misma campaña añade como indicadores psicosociales: conocimiento sobre conducta sexual adulta, dibujos explícitos de conducta sexual, conducta agresiva o sumisa, impulsividad, seudo madurez (por ejemplo, el menor es responsable de tareas adultas en su casa como cocinar y cuidar a los hermanos) y abuso de sustancias. Además, conducta autodestructiva---automutilación, sentimientos suicidas--aislamiento, problemas de concentración, hiper vigilancia o respuesta de alerta exagerada, prostitución en adolescencia o verbalización del menor de que ha sido sexualmente abusado. Otras fuentes, como el material tomado del libro de Karp y Butler y preparado por el Centro de Ayuda a Víctimas de Violación del Departamento de Salud (CAVV) (2005)xxxiv, incluyen si un niño o niña de cero a cuatro años explora su cuerpo en forma de repetición de una actividad adulta. Otra señal de abuso infantil durante esa edad, descrita en la información, es si la conducta del niño o la niña envuelve coerción dirigida a otros o daño a ellos mismos. En niños y niñas de cinco a diez años, se considera altamente anormal que se envuelvan en penetración sexual, besos genitales o copulación oral, según detallado en la información de Karp y Butler. En los de cinco a siete años se considera anormal el coito simulado, según el escrito. Además, el folleto detalla que es altamente inusual para preadolescentes de 10 a 12 años y para adolescentes el envolverse en juegos sexuales con niños menores. El escrito también señala que la conducta sexual agresiva, explotativa o coercitiva se considera anormal para todos los grupos de edades. El material del CAVV también señala la inhabilidad para hacer amigos, la falta de confianza (el o la menor expresa que no puede confiar en nadie), comportamiento seductor con el sexo opuesto o escaparse de la casa.

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Ejercicio: 1. Descarga el material preventivo contra el abuso sexual disponible www.diocesisdearecibo.org y determina qué harías si sospechas que un menor de la parroquia o de la comunidad está siendo abusado.

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Referencias

Congregación para la Doctrina de la Fe. Carta Circular: Subsidio para las Conferencias Episcopales en la preparación de Líneas Guía para tratar los casos de abuso sexual de menores por parte del clero. Roma, 3 de mayo de 2011.(Letra c: La formación de futuros sacerdotes y religiosos) i

ii

S.S. Juan Pablo II. Exhortación Apostólica Postsinodal Pastores Dabo Vobis. Roma, 1992. (Núms. 43-44)

iii

S.S. JUAN PABLO II .EXHORTACIÓN APOSTÓLICA FAMILIARIS CONSORTIO, 1981. (Núms. 11 y16)

iviv

Catecismo de la lglesia Católica. Números 2331-2359.

v

Ibid. Números 2514-2533.

vi

S.S. Juan Pablo II. Audiencia General Miércoles 14 de noviembre de 1984. (Núms. 1-6)

vii

S.S. Juan Pablo II. Audiencia General. Miércoles 23 de noviembre de 1994. (Núms. 17)

viii

Pontificio Consejo para la Familia. Sexualidad humana verdad y significado Orientaciones educativas en familia, 1995. (Núms. 4-5)

ix

S.S. Juan Pablo II .Alocución a las Religiosas reunidas en el jardín de Rue du Bac. Sábado 31 de mayo de 1980. (Núm. 3)

x

Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe. Declaración acerca de ciertas cuestiones de ética sexual, 1975. (Núms. 1-13)

xi

Congregación para la Educación Católica. Instrucción sobre los Criterios de Discernimiento Vocacional en Relación con las Personas de Tendencias Homosexuales antes de su Admisión Al Seminario y a las Órdenes Sagradas, 31 de agosto de 2005. (Núms. 1-3)

xii

Pablo VI. Encíclica Sacerdotalis Caelibatus sobre el Celibato Sacerdotal, 1967 (Núms.60-82).

xiiixiii

Congregación para el Clero. Reflexiones del Cardenal Claúdio Hummes con motivo del XL Aniversario de la Carta Encíclica «Sacerdotalis Caelibatus» del Papa Pablo VI, 2007. 107

xiv xv

S.S. Juan Pablo II, Audiencia General, sábado 17 de julio de 1993. (Núms. 1-6)

S.S. Juan Pablo II. Audiencia General, miércoles 16 de noviembre de 1994. (Núms. 17)

xvi

S.S. Juan Pablo II. Discurso a la comunidad católica congregada en la iglesia de Notre Dame de Treichville. Abiyán, Costa de Marfil, Domingo 11 de mayo de 1980 (Extracto)

xvii

Discurso de bienvenida a los sacerdotes Emo. Cardenal Darío Castrillón Hoyos, Prefecto de la Congregación para el Clero, domingo 14 mayo 2000.

xviii

Congregación para el Clero – Directorio para el Ministerio y la Vida de los Presbiteros - Libreria Editrice Vaticana, 1994. (Núms. 27-30, 38-42).

xix

S.S. Benedicto XVI. Carta Pastoral a los católicos de Irlanda, Vaticano, 19 de marzo de 2010.

xx

“Violencia Sexual en Puerto Rico”. Departamento de Salud, Centro de Ayuda a Víctimas de Violación. Enero de 2007.

xxi

Ibid.

xxii

“Abuso sexual ilnfantil y sus consecuencias”. Ponce De León, Pilar. Revista de la Universidad del Valle de Bolivia “Brújula”, edición número 19, abril-mayo 2006. En línea: http://www.univalle.edu/publicaciones/brujula/brujula19/pagina09.htm.

xxiii

Lanning, Kenneth. “Violadores de niños: un análisis de comportamiento”, cuarta edición: septiembre 2001. Citado en Maldonado Miranda, Vivian. “Miles los menores víctimas de abuso sexual en Puerto Rico”. El Visitante, 13 de marzo de 2005.

xxiv Diccionario de la lengua española © 2005 Espasa-Calpe. xxv “Trastorno de estrés postraumático”. NIH: Instituto Nacional de Salud Mental. Actualizado el 11 de julio de 2012. En línea: http://www.nlm.nih.gov/medlineplus/spanish/posttraumaticstressdisorder.html xxvi S.S. Juan Pablo II. Sacramentorum Sanctitatis Tutela, CARTA APOSTÓLICA en forma de motu proprio por la que se promulgan Normas sobre los delitos más graves reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe dada en la Ciudad Vaticana en 2001. En línea: http://www.arquidiocesisdeibague.org/actividad-pastoral/tribunalinterdiocesano/16-tribunal-interdiocesano/309-sacramentorum-sanctitatis.html xxvii

Jozef Cardenal Ratzinger. Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe enviada a los obispos de toda la Iglesia Católica y otros ordinarios y superiores interesados: de los delitos más graves reservados a la misma Congregación para la Doctrina de la Fe, 18 de mayo de 2001. En línea: http://www.iuscanonicum.org/index.php/recursos/category/6-.html. 108

xxviii

Padre Federico Lombardi. Nota del significado de la publicación de las nuevas “Normas sobre los delitos más graves”. En línea: http://www.vatican.va/resources/resources_lombardi-nota-norme_sp.html.

xxix

NORMAS SUSTANCIALES (Arts. 6 y 7) En línea: http://www.vatican.va/resources/resources_norme_sp.html

xxx

Guía para comprender los procedimientos fundamentales de la Congregación para la Doctrina de la Fe (CDF) cuando se trata de las acusaciones de abusos sexuales. En línea: http://www.vatican.va/resources/resources_guide-CDF-procedures_sp.html.

xxxi

Ley 246 del 16 de diciembre de 2011. En línea: www.lexjuris.com

xxxii

Código Penal de Puerto Rico (2012). En línea:www.lexjuris.com

xxxiii

“El abuso sexual es asunto de todos”. En línea: www.diocesisdearecibo.org.

xxxiv

Maldonado Miranda, Vivian. “Miles los menores víctimas de abuso sexual en Puerto Rico”. El Visitante, 13 de marzo de 2005.

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