LA CONVIVENCIA ESCOLAR

LA CONVIVENCIA ESCOLAR ORIENTACIONES LEGALES DE LA LEY DE VIOLENCIA ESCOLAR Fuente: La ley y material elaborado por el Ministerio de Educación OBJET

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Colegio Teresa de Los Andes- Algarrobo El Molle 1390, Fono 35-2481057 [email protected] Reglamento de Convivencia Escolar El Colegio

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LA CONVIVENCIA ESCOLAR ORIENTACIONES LEGALES DE LA LEY DE VIOLENCIA ESCOLAR Fuente: La ley y material elaborado por el Ministerio de Educación

OBJETIVOS Y CONCEPTO CENTRAL A DESARROLLAR • El17 de septiembre de 2011fue publicada la Ley sobre Violencia Escolar N° 20.536 (LSVE), que modificó algunos artículos de la Ley General de Educación. Esta Ley incorpora una mirada formativa -por sobre una punitiva- frente al tratamiento de la violencia escolar • La LSVE obliga a todos los establecimientos educacionales del país a diseñar estrategias de promoción de la buena convivencia escolar y de prevención de la violencia escolar, estableciendo protocolos de actuación frente a estas situaciones.

EJE DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR •

Poner la atención en el estudiante como persona: su formación social, moral, ética, intelectual y física;



Desarrollar en conjunto y a la vez, los Objetivos Fundamentales Transversales y los Verticales, tal como está previsto en el curriculum;



Comprometer en el proceso formativo a toda la comunidad educativa: a las familias, los docentes, los directivos y técnicos, sostenedores, estudiantes, asistentes de la educación.

LA FORMACIÓN INTEGRAL

DEFINICIÓN DE EDUCACIÓN LEY GENERAL DE EDUCACIÓN •

Es el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas;



Tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas.



Se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional;



Capacita a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para contribuir al desarrollo del país. Art. 2º

Una educación de calidad trasciende la asimilación de un conjunto de contenidos disciplinarios, se refiere también, y principalmente, a la posibilidad de formar personas íntegras e integradas, capaces de vivir en sociedad, sosteniendo relaciones humanas respetuosas y significativas en la construcción de su propia identidad.

Para ello, es necesario enseñar a los niños, niñas y jóvenes a “vivir con otros” en un marco de respeto y de solidaridad recíproca; un contexto en el que niños, niñas y jóvenes sean vistos como personas, con capacidad para desarrollar en plenitud su capacidad afectiva, emocional y social, y aprender valores y principios éticos que contribuyan a la construcción de una sociedad más justa y solidaria. La convivencia escolar supone un aprendizaje progresivo y permanente en que los adultos de la comunidad educativa, particularmente los docentes y las familias, tienen el rol fundamental y decisivo de constituirse en modelos de comportamiento y acompañantes en esta etapa crucial del proceso de socialización de los estudiantes.

LOS CODIGOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Los códigos de convivencia se construyen. A convivir sólo se aprende conviviendo: participando, aprendiendo y creando nuevos códigos. Depende de las oportunidades y formas de variar los contextos de aprendizaje (hay que poner escenario)

CONVIVENCIA / CLIMA ESCOLAR 

El clima escolar es producto y fruto de la enseñanza y el aprendizaje de la convivencia.



Es un indicador del aprendizaje de la convivencia y es una condición para la apropiación de los conocimientos, habilidades y actitudes, establecidos en el curriculum nacional.



El clima escolar no se asocia exclusivamente con la disciplina y la autoridad, sino más bien con la conformación de un ambiente propicio para enseñar y para aprender, en el que se pueden identificar distintos componentes:

CONVIVENCIA / DISCIPLINA •

La disciplina es un componente central del clima escolar, pero no debe ser entendida como una actitud de obediencia y acatamiento sin reflexión.



La disciplina es el cumplimiento de los roles, DERECHOS Y DEBERES, que CORRESPONDE a cada miembro de la comunidad educativa.



La indisciplina no debe ser mirada exclusivamente en relación a los y las estudiantes, sino también respecto de los adultos que forman parte de la comunidad escolar: docentes, padres, madres y apoderados, directivos, etc. ( comentarios, critica)



Cada actor tiene responsabilidades que cumplir y dar cuenta a los demás para alcanzar una meta común.



EN UN CONTEXTO FORMATIVO LA DISCIPLINA Y LOS REGLAMENTOS DEBEN SER ENTENDIDOS COMO INSTANCIAS DE CRECIMIENTO Y DE FORMACIÓN PERSONAL Y SOCIAL DE LOS ESTUDIANTES.

NUDOS / PROBLEMAS AGRESIVIDAD

CONFLICTO

VIOLENCIA

Corresponde a un comportamiento defensivo natural, es una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad.

Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles, donde las emociones y los sentimientos tienen especial preponderancia

El uso ilegítimo del poder y de la fuerza, sea física o psicológica;

ES UN HECHO NATURAL

ES UN HECHO SOCIAL

ES UN APRENDIZAJE

El daño al como consecuencia

otro una

- El bullying una forma violencia.

es de

# TÉCNICAS DE RESOLUCIÓN ESTABLECIDAS EN LA POLÍTICA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

FINALIDAD NEGOCIACIÓN

ARBITRAJE

MEDIACIÓN

Establecer diálogo y una comunicación entre los involucrados

Búsqueda da de una solución formativa para ambas partes

Restablecer relación entre los involucrados

INTERVENCIÓN

RESOLUCIÓN

RESULTADO

No hay

Los involucrados

Acuerdo consensuado en que ambos ceden en favor del bien común

Un adulto legitimado

Un árbitro con atribuciones

Compromiso de los involucrados de respetar La solución planteada

Uno o más mediadores

Los Involucrados

Compromiso de mejorar sus respectivos Procesos formativos

ESTUDIO NACIONAL DE BULLYING MINEDUC 2011

El estudio se aplicó a 225 mil alumnos de segundo medio, de 2.658 colegios.

El análisis, que consistió en un cuestionario de 26 preguntas que respondía en forma anónima, arrojó datos concluyentes: - el 86% de los estudiantes asegura haber visto "algunas veces y casi siempre" insultos y burlas en sus colegios. - el 71% declara haber visto peleas; un 69% fue testigos de robos o hurtos. - el 50% reconoce amenazas y hostigamientos en sus establecimientos.

Pero el dato que más preocupa al Ministerio de Educación es que 13 mil estudiantes afirman que en sus establecimientos ocurren agresiones con armas de fuego.

Buena convivencia escolar Definición: 'Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes.‘ ( Art.16 A, LSVE). • Comentarios: • Generar ambientes de confianza. • Resulta particularmente relevante que la LSVE plantee, desde su inicio, una comprensión de la convivencia escolar que involucra y responsabiliza a todos los miembros de la Comunidad Educativa. • Esta comprensión resulta coherente con los planteamientos de la Política Nacional de Convivencia Escolar y también lo establecido en la Ley sobre Calidad y Equidad de la Educación referido al derecho de los docentes a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo2('Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. Del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral)

Acoso escolar • Definición: 'Toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado [o bullying], realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición (Art. 16 B LSVE).

Formas de Maltrato

Ciberbullying

Amenazar a un compañero Insultar, burlarse y aislar a otro

Pegar o empujar

Romper cosas de otro

UN FENÓMENO DE GRUPO, EN DONDE LA MAYORÍA DESEMPEÑA PAPELES ENTRE LOS QUE SE DISTINGUEN

Agresor

Victima

Seguidores

Observadores

ACTORES PARTICIPANTES Agresor/Victimario

Agredido/Víctima

 Acosa

Soporta amenazas

Molesta y pega

Se vuelve peleador

Amenaza

Observados/Cómplice Actúa de manera incorrecta e injustas. Puede ser insensible frente al dolor de otras personas.

Agrede

 Sin solución, cree que lo merece. Se vuelve COMPLICE del agresor Se ve temeroso y retraído.

Poder ante la víctima

Se siente indefenso

Aíslan a otro

TIPOLOGÍA DE BULLYING 1. Directo o explícito: Se subdividen en físicos (patadas, puñetazos, empujones, amenazas con armas, otros) y verbales (insultos, chantajes, otros) 2. Indirecto o encubierto: También se subdividen en físicos (esconder propiedades, dañar materiales, robar) y verbales (poner apodos, expandir rumores) 3. Relacional: Tienen como objetivo la destrucción de las relaciones interpersonales de la víctima provocando el aislamiento con referencia al grupo de iguales y una progresiva exclusión social

TIPOS DE AGRESORES El activo, que realiza la agresión personalmente y establece relaciones directas con la víctima.

El social-indirecto, que logra dirigir el comportamiento de sus seguidores, a los que induce a actos de violencia y persecución de otros compañeros

Agresores pasivos, generalmente seguidores del agresor, grupo que no interviene

TIPOS DE VICTIMAS Víctima activa o provocativa

Víctima pasiva

- Combina un modelo de ansiedad y de reacción agresiva. - Utilizado por el agresor para excusar su propia conducta -Suele actuar como el agresor, mostrándose violenta y desafiante - NO respeta autoridad alguna (responde al adulto para llamar la atención) Llora con llanto desesperado ”usted no entiende nada” -La más común. -Sujetos inseguros, que se muestran poco y que sufren calladamente el ataque del agresor. Generalmente no miran de frente a nadie - Signo de su inseguridad y desprecio al no responder al ataque y al insulto

EFECTOS DEL BULLYING EN LAS VICTIMAS Académicos

• No participación en clases y menos en trabajo grupales. • Escaso interés por asistir a escuela • Ausentismo, abandono

Interacción con pares

• Aislamiento social progresivo

Sintomatología emocional

• No denunciar situaciones de abuso • Baja credibilidad en estrategias de resolución de conflicto

Interacción con profesores

• Elevados niveles de agresividad • Sintomatología de carácter ansioso y depresivo • Autoestima más baja, Mayor deseo de muerte

Las características centrales del hostigamiento o bullying y que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia, son: i. Se produce entre pares; i. Existe abuso de poder (Simetría de poder: edad, académico, s-ec) ii. Es sostenido en el tiempo, es decir, es un proceso que se repite. El hostigamiento presenta diversos matices, desde los más visibles (de tipo físico, insultos, descalificaciones) hasta los más velados (aislamiento, discriminación permanente, rumores), lo que hace de este fenómeno un proceso complejo, que provoca daño profundo y sufrimiento en quien lo experimenta iii. Lugares: Incorpora no solo las acciones ocurridas al interior del establecimiento educacional, sino también fuera de éste, que sean protagonizadas o que afecten a estudiantes de esa comunidad educativa.

Uso de medios tecnológicos en el acoso escolar • Definición: El citado artículo 16 B especifica que el uso de los medios tecnológicos también constituye una vía para el acoso escolar, por lo que se cuenta entre los ámbitos de acción de esta ley. • Comentarios: Al incorporar los medios tecnológicos, la LSVE identifica la relevancia de este soporte como vía de comunicación entre los niños, niñas y jóvenes, asumiendo las diversas vías con las que se comunican en la actualidad (celular, chat, blogs, redes sociales virtuales, etc.).

Especial gravedad en el ejercicio de la violencia de parte de un adulto en contra de un estudiante • Definición: Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante‘ (Art.16 O, LSVE) • Comentarios: Este artículo viene a ratificar la calidad de sujetos de derecho de los niños, niñas y jóvenes, y el deber de los adultos de procurarles protección y cuidado.

Reglamento Interno •





Definición: Todos los establecimientos educacionales deberán contar con un reglamento interno, que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar. Dicho reglamento, en materia de convivencia escolar; deberá incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y diversas conductas que constituyan falta a la buena convivencia escolar; graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. De igual forma, establecerá las medidas disciplinarías correspondientes a tales conductas, que podrán incluir desde una medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. En todo caso, en la aplicación de dichas medidas deberá garantizarse en todo momento el justo procedimiento, el cual deberá estar establecido en el reglamento.'(Art. 46 letra F, LSVE)

Comentarios: La LSVE, que constituye parte de la Ley General de Educación, viene a ratificar la obligatoriedad de que los establecimientos educacionales cuenten con un Reglamento Interno. A lo anterior, agrega criterios específicos respecto de las medidas disciplinarias cuando ocurran conductas que constituyan faltas a la buena convivencia, incluyendo medidas pedagógicas, es decir de carácter formativo, y que en su aplicación se deberá garantizar un justo procedimiento, el que deberá estar establecido en el reglamento.

Sanción contra el establecimiento • Definición: • 'Si las autoridades del establecimiento no adoptaren las medidas correctivas, pedagógicas o disciplinarias que su propio reglamento interno disponga, podrán ser sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de este cuerpo legal(Art. 16, letra D, LSVE). • • Comentarios: • La sanción se encuentra prevista en el Artículo 16° de la LGE, con una multa de hasta 50 UTM. • La LGE establece esta misma sanción, además, para todos aquellos casos en que el establecimiento educacional vulnere la normativa relativa al ingreso y permanencia de estudiantes madres o embarazadas; discriminación en los procesos de admisión de estudiantes, por repitencia, rendimiento escolar o no pago de obligaciones contraídas por las familias, entre otras infracciones.

Obligación de informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante •

Definición: 'Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales, deberán informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo ello conforme al reglamento interno del establecimiento (Art.16 D LSVE).



Comentarios: Esta consideración refuerza lo establecido en el artículo 175 del Código Procesal Penal, que señala: 'Estarán obligados a denunciar los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento .

COMITÉ DE BUENA CONVIVENCIA IDEAS FUERZAS •

Promover acciones, medidas y estrategias que fortalezcan la convivencia escolar en el establecimiento.



Promover acciones, medidas y estrategias orientadas a prevenir las diversas manifestaciones de violencia entre los miembros de la comunidad educativa.



Elaborar, en conjunto con el Encargado de Convivencia Escolar, un Plan de Gestión para promover la buena convivencia y prevenir las diversas manifestaciones de violencia en el establecimiento.



Conocer el Proyecto Educativo Institucional y participar de su elaboración y actualización, considerando la convivencia escolar como un eje central.



Participar en la elaboración de la programación anual y actividades extracurriculares del establecimiento, incorporando la convivencia escolar como contenido central.



Participar en la elaboración de las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos en el área de convivencia escolar.



Participar en la elaboración y actualización del Reglamento de Convivencia, de acuerdo al criterio formativo planteado en la Política Nacional de Convivencia Escolar.

PLAN de GESTION para la PROMOCION de la BUENA CONVIVENCIA y PREVENCION de la VIOLENCIA ESCOLAR •

El Plan de Gestión de la Convivencia Escolar contiene las tareas necesarias para promover la convivencia y prevenir la violencia escolar, estableciendo responsables, prioridades, plazos de tiempo, recursos y formas de evaluación, con el fin de alcanzar el o los objetivos que el Consejo Escolar o el Comité de Buena Convivencia han definido como relevantes. Este Plan de Gestión debe establecerse por escrito y ser conocido por todos los estamentos de la comunidad educativa. TALLER DE DESARROLLO



EL Plan de Gestión de la Convivencia Escolar debería responder a Las siguientes preguntas: 1.¿Qué se quiere alcanzar? (objetivo) 2.¿Cómo se quiere lograr? (tareas) 3.¿Cuándo se quiere lograr? (plazo) 4.¿Dónde se quiere realizar el programa? (lugar) 5.¿Con quién y con qué se desea lograrlo? (personal, recursos financieros) 6.¿Cómo saber sise está alcanzando el objetivo? (evaluación de proceso) 7.¿Cómo determinar sise logró el objetivo? (evaluación de resultados)

Reglamento Interno • • • • • • • • •

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Requisito para reconocimiento oficial El reglamento interno debe contener como mínimo las siguientes materias: Las normas sobre uniforme escolar que regirán en esa comunidad escolar; Las normas de convivencia en el establecimiento; Las sanciones que originan la infracción a dichas normas o el reconocimiento por su destacado cumplimiento; Los procedimientos por los cuales se determinarán las conductas que ameritan sanciones; Las instancias de revisión correspondiente Políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y diversas conductas que constituyen falta a la buena convivencia escolar, graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad Medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas, que podrán incluirse desde una medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. En todo caso, en la aplicación de dichas medidas deberá garantizarse en todo momento el justo procedimiento, el cual deberá estar establecido en el reglamento. Sólo podrán aplicarse sanciones o medidas disciplinarias contenidas en el Reglamento Interno. El reglamento y sus modificaciones deberán estar publicado en el sitio web del establecimiento educacional o estar disponible en dicho recinto para los estudiantes, padres y apoderados y comunidad educativa en general. Mantener actualizado su Reglamento Interno en el sistema SIGE

Gráfica: Prensa y Vía Pública Convivencia Escolar

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