MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Lema principal para una sana convivencia: “Lo que es bueno para mí, es bueno para los demás, lo que no quiero para mí,

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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Lema principal para una sana convivencia:

“Lo que es bueno para mí, es bueno para los demás, lo que no quiero para mí, no lo quiero para los demás”.

INSTITUCIÓN EDUCATIVA AMBIENTAL ADELAIDA CORREA ESTRADA Sabaneta

TABLA DE CONTENIDO

PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.......................................................................................... 5 TÍTULO 1 ........................................................................................................................................................ 7 HORIZONTE INSTITUCIONAL ......................................................................................................................... 7 TÍTULO 2 ...................................................................................................................................................... 10 MARCO LEGAL ............................................................................................................................................. 10 CAPÍTULO 1 ............................................................................................................................................. 10 DEFINICIONES EN LA LEY 1620 Y EL DECRETO 1965 DE 2013 ................................................................. 10 CAPÍTULO 2 ............................................................................................................................................. 13 PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR ......................................................... 13 CAPÍTULO 3 ............................................................................................................................................. 15 COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. ................... 15 CAPÍTULO 4 ............................................................................................................................................. 15 RESPONSABILIDADES EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR ...................................... 15 CAPÍTULO 5 ............................................................................................................................................. 18 POLÍTICAS INSTITUCIONALES DE CONVIVENCIA ..................................................................................... 18 TÍTULO 3 ...................................................................................................................................................... 21 COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES ................................................................................................ 21 CAPÍTULO 1 ............................................................................................................................................. 21 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ........................................................................................................... 21 CAPÍTULO 2 ............................................................................................................................................. 22 DEBERES DE LOS ESTUDIANTES .............................................................................................................. 22 CAPÍTULO 3 ............................................................................................................................................. 23 PROHIBICIONES PARA LOS ESTUDIANTES ............................................................................................... 23 TÍTULO 4 ...................................................................................................................................................... 25 COMPORTAMIENTO DE LOS DOCENTES ..................................................................................................... 25 CAPÍTULO 1 ............................................................................................................................................. 25 DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES .............................................................................................. 25 CAPÍTULO 2 ............................................................................................................................................. 26 DEBERES DE LOS DIRECTORES DE GRUPO .............................................................................................. 26 CAPÍTULO 3 ............................................................................................................................................. 27

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PROHIBICIONES PARA LOS DOCENTES.................................................................................................... 27 TÍTULO 5 ...................................................................................................................................................... 28 COMPORTAMIENTO DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES ................................................................. 28 CAPÍTULO 1 ............................................................................................................................................. 28 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES ........................................................................... 28 CAPÍTULO 2 ............................................................................................................................................. 29 DERECHOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES ..................................................................................... 29 CAPÍTULO 3 ............................................................................................................................................. 29 PROHIBICIONES PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES ............................................................................. 29 CAPÍTULO 4 ............................................................................................................................................. 30 ACCIONES QUE SE IMPLEMENTAN CON PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES ....................................... 30 TÍTULO 6 ...................................................................................................................................................... 31 CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR ..................................... 31 SITUACIONES TIPO I ................................................................................................................................ 31 SITUACIONES TIPO II ............................................................................................................................... 33 SITUACIONES TIPO III .............................................................................................................................. 34 CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES ............................................................................................................. 35 CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES ............................................................................................................. 35 TÍTULO 7 ...................................................................................................................................................... 36 PROTOCOLOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA .......................................................................................... 36 CAPÍTULO 1 ............................................................................................................................................. 36 PROTOCOLO SITUACIONES TIPO I ........................................................................................................... 36 CAPÍTULO 2 ............................................................................................................................................. 37 PROTOCOLO SITUACIONES TIPO II .......................................................................................................... 37 CAPÍTULO 3 ............................................................................................................................................. 38 PROTOCOLO SITUACIONES TIPO III ......................................................................................................... 38 CAPÍTULO 4 ............................................................................................................................................. 39 ACCIONES PEDAGÓGICAS SITUACIONES TIPO I ...................................................................................... 39 CAPÍTULO 5 ............................................................................................................................................. 39 ACCIONES PEDAGÓGICAS SITUACIONES TIPO II ..................................................................................... 39 CAPÍTULO 6 ............................................................................................................................................. 40 ACCIONES PEDAGÓGICAS SITUACIONES TIPO III .................................................................................... 40

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CAPÍTULO 7 ............................................................................................................................................. 41 DEBIDO PROCESO ................................................................................................................................... 41 TÍTULO 8 ...................................................................................................................................................... 42 UNIFORMES ................................................................................................................................................ 42 TÍTULO 9 ...................................................................................................................................................... 44 REGLAMENTACIONES ESPECIALES .............................................................................................................. 44 TÍTULO 10 .................................................................................................................................................... 49 CONFORMACION DEL GOBIERNO ESCOLAR ............................................................................................... 49 TÍTULO 11 .................................................................................................................................................... 50 LA MEDIACION ESCOLAR UNA OPCION PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CONVIVENCIA .......................... 50 TITULO 12 .................................................................................................................................................... 52 ESTRATEGIAS O MECANISMOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ............................................................... 52 TÍTULO 13 .................................................................................................................................................... 53 ESTIMULOS PARA LA COMUNIDAD EDUCATIVA ......................................................................................... 53 TÍTULO 14 .................................................................................................................................................... 55 PERFILES DE NUESTRA COMUNIDAD EDUCATIVA ...................................................................................... 55 TÍTULO 15 .................................................................................................................................................... 60 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA ........................................................................................................... 60 CAPÍTULO 1 ............................................................................................................................................. 60 CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA ................................................................... 60 CAPÍTULO 2 ............................................................................................................................................. 60 FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. ........................................................................... 60 CAPÍTULO 3 ............................................................................................................................................. 61 REGLAMENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR ........................................................................ 61 ANEXOS ....................................................................................................................................................... 66 ANEXO 1 .................................................................................................................................................. 66 TERMINOS USADOS EN EL MANUAL DE CONVIVENCIA .......................................................................... 66 ANEXO 2 .................................................................................................................................................. 69 DIRECTORIO DE ENTIDADES PARA REPORTE Y REMISIÓN DE CASOS ..................................................... 69 ANEXO 3 .................................................................................................................................................. 70 ACUERDO Nº 005 ................................................................................................................................... 70

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PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Durante el 2013 el gobierno Nacional, con la expedición de la Ley 1620 y de su Decreto reglamentario 1965 de 2013, creó el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Esta ley establece los lineamientos generales para su aplicación en cada una de las instituciones educativas, y entre estos lineamientos incluye la actualización de los manuales de convivencia escolar y le reestructuración de los comité de convivencia escolar. La Ley 1620, de marzo 15 de 2013 define el Manual de convivencia como “ los derechos y obligaciones de los estudiantes y de cada uno de los miembros de la comunidad educativa, a través de los cuales se rigen las características y condiciones de interacción y convivencia entre los mismos y señala el debido proceso que debe seguir el establecimiento educativo ante el incumplimiento del mismo. Es una herramienta construida, evaluada y ajustada por la comunidad educativa, con la participación activa de los estudiantes y padres de familia, de obligatorio cumplimiento en los establecimientos educativos públicos y privados y es un componente esencial del proyecto educativo institucional.” El Manual de Convivencia de la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada se convierte en una herramienta para posibilitar el acercamiento y participación de los diferentes estamentos educativos en la construcción de una mejor convivencia. La orientación y formación de la disciplina y de la conducta como expresión del comportamiento, han de tener como fundamento particularmente en el ámbito de la Institución, los derechos individuales y colectivos, no la represión y el castigo y han de estar dirigidos a la consecución de la autonomía por parte de los estudiantes. Se pretende además, orientar a los estudiantes para que juzguen las situaciones con criterio propio y ordenen sus esfuerzos y acciones en aras de crear conciencia frente a la comunidad adquiriendo un compromiso responsable con las normas establecidas. OBJETIVO GENERAL Definir criterios que desde la normatividad propicien la sana convivencia y la formación integral de la consolidación de los nuevos proyectos de vida, que atiendan las necesidades sociales de nuestro contexto. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 1. Posibilitar a los estudiantes un verdadero espacio formativo, donde sea posible la implementación y el desarrollo de los valores como garantía de la formación de personas de bien. 2. Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida del futuro ciudadano, desde una educación mediada por la disciplina, el orden y el respeto.

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3. Propiciar el desarrollo de la libertad, la autonomía, el sentido crítico, el potencial intelectual, el afecto, el amor y el crecimiento personal y familiar. 4. Explicitar las sanciones, correctivos y estímulo que garanticen la corrección de las situaciones que afectan la convivencia y el reconocimiento por la rectitud y la grandeza de sus actos. Nota aclaratoria sobre perspectiva de género: En el manual de convivencia se tiene en cuenta la perspectiva de género, con el fin de no sobrecargar el texto, se empleará el término “niños” para incluir a las niñas y niños, el término “estudiantes” se refiere por igual a ambos géneros e incluye a las niñas, los niños, las adolescentes y los adolescentes. De igual forma con los términos docentes, educadores, acudientes, se refiere por igual a ambos géneros e incluye a hombres y mujeres

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TÍTULO 1 HORIZONTE INSTITUCIONAL MISIÓN: La Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada del municipio de Sabaneta, Antioquia, de carácter oficial, toma como centro de atención al estudiante en su política educativa, para que, haciendo uso de los avances del conocimiento, la ciencia, la tecnología, la informática y la técnica, se oriente hacia el mundo profesional, laboral y competitivo, desde una formación cimentada en valores, con aporte ético de educadores, padres, madres de familia y/o acudientes y comunidad en general. VISIÓN: La Institución educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada, será reconocida en el año 2020 como una institución humanista de formación integral, líder y cualificada en su oferta, donde los valores corporativos de amor, convivencia, disciplina y equidad, sean la constante para que los alumnos perfilen su proyecto de vida hacia el mundo laboral y competitivo. Buscamos la calidad en el servicio con la implementación de planes de mejoramiento, con un equipo de trabajo idóneo y comprometido, optimizando los recursos, procesos y respondiendo a las exigencias de la legalización educativa, buscando una mejor calidad en el servicio, y con el apoyo de la Secretaria de educación, el Núcleo Educativo, el sector productivo, y otras instituciones que favorecen a los estudiantes para ser gestores de su futuro y el de la comunidad Sabaneteña. Nos comprometemos con la educación para la niñez y la juventud autónoma, critica, creativa, responsable, estudiosa, capaz de transformar el entorno con valores y principios. LEMA INSTITUCIONAL “ Pensamos en el mañana, formamos con amor la niñez y la juventud de hoy “ VALORES CORPORATIVOS Amor - Convivencia - Disciplina Y

Equidad

Amor: Es la base de la convivencia social, es la fuente de la solidaridad; es la comprensión, es la fuente de la unidad, es la libertad, es la fuente del éxito. El amor es dar y recibir en la vida diaria, es la vida misma. Manifestado en la capacidad de servicio y solidaridad con el congénere (principio de beneficencia). Disciplina: Es responsabilidad y compromiso, conjunto de normas de comportamientos, estímulos, de recursos que se armonizan para que el individuo establezca cambios de conducta. La disciplina es la capacidad que tenemos los seres humanos que nos mueve a actuar por encima de las dificultades, los contratiempos y el estado de ánimo; es dejar de hacer actividades que nos gustan mucho, para cumplir con labores o deberes. Autonomía responsable: “Hacer lo que se tiene que hacer en el momento preciso”. Convivencia: Es el valor que fundamenta y guía el comportamiento humano individual y social; nos motiva a esforzarnos y a ser cada día mejores. Relaciones interpersonales: “No hago a nadie lo que no me gusta que me hagan” (principio de no maleficiencia).

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Equidad: Es el respeto a la diferencia, es dar oportunidad de acuerdo a las diferencias, Es tener en cuenta que las condiciones diferentes exigen un trato especial que les permitirá a las personas, disponer de las mismas garantías y derechos. “Dar a cada quien lo que corresponde” (principio de justicia). SIMBOLOS INSTITUCIONALES EL ESCUDO Una ciencia transversalizada por el Humanismo. La filosofía de la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada es Humanista. El Sol: Luz, vida, entendimiento, libertad. Dentro del mapa de Antioquia se encuentra un libro abierto el cual en uno de sus lados contiene ciencia y en el otro virtud. El mapa de Antioquia dentro de los círculos significa que trasciende al universo. LA BANDERA Bandera de forma rectangular 2 x 1, dividida por dos diagonales, una ascendente en alto y otra descendente en bajo, ambas diagonales nacen del centro de la vaina, la primera se prolongó hasta el ángulo superior del batiente y la otra se prolonga hasta el ángulo inferior del batiente. Los Colores: El triángulo superior resultante va de color verde, el centro amarillo y el inferior rojo. En el triángulo amarillo, centro de la mitad al pendiente, va una estrella azul de siete puntas: símbolo de la ciencia, el conocimiento, la sabiduría y trascendencia. Esta estrella recoge los proyecto de vida tanto en lo material como en lo espiritual; al figurar al final del amarillo alude a la proyección que queremos otorgar a nuestra misión formadora.

HIMNO INSTITUCIONAL Cual faro de saber inagotable y para nuestra niñez saber seguro germen de ciencia y de virtud confiable y para nuestra juventud futuro Como sonora y prístina campana A estudiar con equidad convida En este hogar de convivencia sana Don de amor y disciplina unidad.

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CORO: Tejemos de laureles tu corona Bajo el límpido cielo de zafir Te invitamos a creer en tu persona y en la Adelaida el edén a construir Somos templo de paz, amor y ciencia De sabaneta elocuente cumbre Estrella luminosa de conciencia Somos herencia de cadente lumbre Oh, virgen del socorro, madre y dueña Has dejado a tu colegio la virtud Para llegar al futuro con quien sueña Nuestra valiosa y pujante juventud.

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HORARIO JORNADA ACADÉMICA Hora de clase 1ªhora 2ª hora 3ª hora Descanso 4ª hora 5ª hora 6ª hora Total horas semanales

Nivel básica secundaria y media jornada mañana 6:00 a 7:00 am 7:00 a 8:00 am 8:00 a 9:00 am 9:00 a 9:30 am 9:30 a 10:30 am 10:30 a 11:30 am 11:30 a 12.30 pm 30 horas semanales

Nivel básica primaria jornada tarde 12:45 a.1:45 pm 1: 45 a 2:45 pm 2:45 a 3:45 pm 3:45 a 4:15 pm 4:15 a 5:15 pm 5:15 a 6:15 pm

Hora de clase 1ªhora 2ª hora Descanso 3ª hora 4ª hora Total horas semanales

Nivel transición jornada mañana 7:30 a 8:30 am 8:30 a 9:30 am 9:30 a 10:00 am 10:00 a 11:00 am 11:00 a 12:00 am 20 horas semanales

Nivel transición jornada tarde 12.30 a 1:30 pm 1:30 a 2.30 pm 2:30 a 3:00 pm 3:00 a 4:00 pm 4:00 a 5:00 pm 20 horas semanales

25 horas semanales

IDENTIFICACION DE LA INSTITUCION RAZON SOCIAL: DIRECCION: MUNICIPIO: DEPARTAMENTO: BARRIO: SECTOR: TELÈFONO: FAX: E-MAIL: DANE: NIT: NUCLEO EDUCATIVO:

Institución Educativa Adelaida Correa Estrada Cra. 43 C Nº 65 Sur 128 Sabaneta Antioquia Santa Ana Urbano 2880831 - 2880063 2880063 [email protected] 105631000050 811019757 – 2 0938

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TÍTULO 2 MARCO LEGAL

Este Manual de Convivencia hace parte del Proyecto Educativo Institucional, P.E.I. y se enmarca dentro de la Legislación Nacional, departamental, Municipal e Institucional así:             



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Constitución Política de Colombia, de 1991. Ley 115 de 1994 o Ley General de la Educación. Decreto 1860 de 1994. Decreto 1850 de agosto 13 de 2002 sobre jornada escolar y jornada laboral Ley 1098 de 2006, Código de la infancia y la adolescencia. Ley 1620 del 15 marzo de 2013, Sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Decreto 1965 de septiembre de 2013, que reglamenta la Ley 1620 de 2013. Decreto 2277 de 1979, o Estatuto Docente. Decreto 1278 de 2002, o Estatuto de profesionalización docente. Ley 734, de 2002 Código Disciplinario Único. Decreto 1290 de abril de 2009. Decreto 366 de 2009, sobre educación inclusiva. Artículo 87 de la Ley 115, Ley General de Educación: “Reglamento o manual de convivencia. Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones, de los estudiantes. Los padres o tutores y los estudiantes al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo.” Artículo 17 del Decreto 1860 de 1994, “Reglamento o manual de convivencia. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del proyecto educativo institucional, un reglamento o manual de convivencia.” Decreto 1423 de 1993. Establece el Manual de Convivencia para las Instituciones educativas. Los fallos de la Corte Constitucional y corte suprema de justicia en lo respectivo a la educación.

CAPÍTULO 1 DEFINICIONES EN LA LEY 1620 Y EL DECRETO 1965 DE 2013 El objetivo de estas definiciones es facilitar la aplicación de la ley, unificando criterios respecto a lo que significa cada una de estas palabras, que seguramente pueden querer decir también otras cosas, pero para evitar diferentes interpretaciones cuando se vaya a aplicar el manual, se dan estos conceptos con el contenido que les ha asignado el legislador. Eso significa que los integrantes de la comunidad educativa no puede apartarse de esos significados. Las siguientes definiciones son tomadas del artículo 2 de la Ley 1620, de marzo 15 de 2013 y del artículo 39 del Decreto 1965 de septiembre de 2013. Manual de convivencia: define los derechos y obligaciones de los estudiantes y de cada uno de los miembros de la comunidad educativa, a través de los cuales se rigen las características y condiciones de interacción y convivencia entre los mismos y señala el debido proceso que

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debe seguir el establecimiento educativo ante el incumplimiento del mismo. Es una herramienta construida, evaluada y ajustada por la comunidad educativa, con la participación activa de los estudiantes y padres de familia, de obligatorio cumplimiento en los establecimientos educativos públicos y privados y es un componente esencial del proyecto educativo institucional. Competencias ciudadanas: Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana; en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables. Acoso escolar o bullying: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes. ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo. Ciberbullying o ciberacoso escolar: forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. Conflictos: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. Conflictos manejados inadecuadamente: Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. a. Agresión escolar: Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. b. Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

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c. Agresión verbal: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. d. Agresión gestual: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. e. Agresión relacional: Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. f. Agresión electrónica: Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. Violencia sexual: De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor". Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. Situaciones Tipo I: Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Situaciones Tipo II: Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b.Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. Situaciones Tipo III: Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

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CAPÍTULO 2 PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Los principios son tomados del artículo 5 de la Ley 1620, de marzo 15 de 2013. Son principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar: 1. Participación: En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales. 2. Corresponsabilidad: La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia. 3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones 4. Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes. 5. Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes. PRINCIPIOS RECTORES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 1. Debido proceso: El estudiante disciplinable deberá ser investigado por la persona competente y con observancia formal y material de las normas que determinen la ritualidad del proceso, en los términos del Manual de convivencia, la Constitución y la Ley. 2. Legalidad: El estudiante sólo será investigado y sancionado disciplinariamente por comportamientos que estén descritos como falta o situación que afecta la convivencia en el Manual de Convivencia vigente al momento de su realización. 3. Reconocimiento de la dignidad humana: Quien intervenga en la actuación disciplinaria será tratado con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.

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4. Presunción de inocencia: Al estudiante que se le atribuya una falta disciplinaria se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad en resolución rectoral ejecutoriada. 5. Gratuidad de la actuación disciplinaria: Ninguna actuación procesal causará erogación quien intervenga en el proceso, salvo el costo de las copias solicitadas por los intervinientes. 6. Culpabilidad: En materia disciplinaria queda proscrita toda forma de responsabilidad objetiva. Las situaciones que afectan la convivencia sólo son sancionables a titulo de dolo o culpa. 7. Favorabilidad: En materia disciplinaria la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de referencia a la restrictiva o desfavorable: Este principio rige también para quien esté cumpliendo la sanción. 8. Igualdad ante el manual de convivencia: Las autoridades disciplinarias trataran de modo igual a los destinatarios de la ley disciplinaria, sin establecer discriminación alguna por razones de sexo, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. 9. Motivación: Toda decisión de fondo deberá motivarse. 10. Función de la sanción disciplinaria: La sanción a que es sometido el estudiante tiene función preventiva y correctiva, para garantizar la efectividad de los principios y fines previstos en la Constitución, la Ley y los Tratados Internacionales, que se deben observar en el ejercicio de las funciones disciplinarias. 11. Derecho a la defensa: Todo estudiante podrá estar acompañado en el trámite de un proceso disciplinario de los Padres de Familia o Acudientes, así mismo, del Personero Estudiantil los cuales participaran activamente en el mismo con el fin de garantizar el derecho de defensa consagrada en la Constitución Política. 12. Ejercicio de los derechos y responsabilidades, art. 15 de la ley de infancia y adolescencia. El niño, la niña o el adolescente tendrán o deberán cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo. 13. Responsabilidad parental, Art. 14 Ley de Infancia y Adolescencia. La responsabilidad parental es un complemento de la patria potestad establecida en la legislación civil. Es además, la obligación inherente a la orientación, cuidado, acompañamiento y crianza de los niños, las niñas y los adolescentes durante su proceso de formación. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidaria del padre y la madre de asegurarse que los niños, las niñas y los adolescentes puedan lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos. En ningún caso el ejercicio de la responsabilidad parental puede conllevar violencia física, psicológica o actos que impidan el ejercicio de sus derechos. 14. El derecho fundamental al Libre Desarrollo de la Personalidad, aparece consagrado en el Art. N° 16 de la Constitución Política, que señala: “Artículo. 16. Libre desarrollo de la personalidad. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.” Desde el enfoque jurídico, el libre desarrollo de la personalidad no es un derecho absoluto, es un derecho relativo, y por lo tanto ninguna persona alegando su libre desarrollo de la personalidad puede destruirse a sí misma, perjudicarse a sí misma. El libre desarrollo de la personalidad solo opera en aquellas cosas que beneficien el desarrollo cabal e integral de la persona. El Derecho Fundamental al Libre Desarrollo de la Personalidad, solo será posible ejercerlo, cuando el ser humano concluya el proceso educativo, cuando adquiera la capacidad plena para poder, de forma autónoma, decidir su propio proyecto de vida y pueda asumir las responsabilidades propias de sus actos, es decir, cuando llegue a su madurez educativa, física y moral.

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CAPÍTULO 3 COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. Los componentes de la ruta son tomados del artículo 30 de la Ley 1620, de marzo 15 de 2013. La Ruta de Atención Integral tendrá como mínimo cuatro componentes: de promoción, de prevención, de atención y de seguimiento. El componente de promoción se centrará en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones 1e acuerdo con sus responsabilidades. El componente de prevención deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el contexto escolar. El componente de atención deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia ú acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo. El componente de seguimiento se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados.

CAPÍTULO 4 RESPONSABILIDADES EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Las responsabilidades son tomadas de los artículos 17, 18, 19 y 22 de la Ley 1620, de marzo 15 de 2013. RESPONSABILIDADES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la

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sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y I que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades: 1) Garantizar a sus estudiantes, docentes, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 2) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la presente Ley. 3) Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes. 4) Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan. 5) Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia. 6) Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo. 7) Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes. 8) Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 9) Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

RESPONSABILIDADES DEL DIRECTOR O RECTOR DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades: 1) Liderar el comité, escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la presente Ley.

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2) Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 3) Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 4) Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades: 1) Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 2) Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 3) Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. 4) Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.

PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA. La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá: 1) Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 2) Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

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3) Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad. 4) Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo. 5) Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas. 6) Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas

CAPÍTULO 5 POLÍTICAS INSTITUCIONALES DE CONVIVENCIA Las políticas de convivencia son acciones cotidianas que permiten a los miembros de la comunidad educativa aprender a vivir juntos e incorporar formas de ser y de hacer, que forjen una convivencia pacífica y permitan la INCLUSIÓN. La convivencia escolar en la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada, tiene como fundamento el respeto a los derechos humanos y a la Constitución Política de Colombia y está orientada a la formación de sujetos sociales y ciudadanos. La convivencia es el escenario para el cumplimiento de la visión y la misión plasmadas en el PEI. La convivencia escolar es la oportunidad para que en la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada, se promuevan los procesos de producción y ampliación del conocimiento. La regulación de la convivencia en el manual de convivencia, pretende optimizar los procesos formativos de los estudiantes, que permitan cambios significativos en las relaciones y se reflejen en los ambientes de aprendizaje. El conflicto como inherente a la condición humana se gestiona a partir del diálogo, la concertación, la mediación y el respeto a la diferencia, criterios desde los cuales se construye la escuela, se estructura la institucionalidad y la cultura escolar en todos sus procesos.

POLÍTICAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR   

El nivel de convivencia institucional mejorará con el apoyo y control del COMITÉ DE CONVIVENCIA. La asistencia a las escuelas de familia deberá ser de obligatorio cumplimiento para padres, madres y/o acudientes, buscando que adquieran estrategias de apoyo a la formación de los hijos. La coordinación de convivencia estará atenta al debido proceso que los directores de grupo realizan a sus estudiantes (cuaderno de disciplina, registro de asistencia), cada período. En caso de situaciones tipo III, el caso se analiza inmediatamente.

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La institución exigirá la asistencia a la citación de padres de familia y/o acudientes, para la verificación de los procesos pedagógicos de su hijo, bajo el anuncio que no se recibirán los estudiantes hasta que los padres de familia se hagan presentes. Para casos de estudiantes con comportamiento de alto riesgo, la continuidad en la institución, dependerá de certificación por escrito de asistencia al tratamiento recomendado. Para el ingreso de estudiantes nuevos a la institución, su hoja de vida o ficha de seguimiento deberá ser revisada y analizada por el comité de convivencia. Para casos graves de falta de respeto hacia personas de la comunidad educativa de parte de los y las estudiantes se exigirá la presencia inmediata de padres, madres y/o acudientes. La institución verificará la inclusión real de estudiantes que presenten diferencias a nivel de género, raza, ideología, desplazamiento; estructurando acciones encaminadas a la erradicación de la discriminación.

PRINCIPIOS DE UNA SANA CONVIVENCIA Los siguientes son principios básicos, para el logro de una auténtica convivencia social en la Institución Educativa y están estructurados hacia el logro de una Institución sana, agradable, acogedora, que promueve los deberes y defiende los derechos de todas las personas. Proclamamos como principio fundamental de nuestra convivencia social la defensa de la vida como máxima expresión de la convivencia. Cobijamos en este principio, acciones mediante las cuales la comunidad pueda: 1. Evitar la agresión física y psicológica a los superiores, compañeros, padres de familia, vecinos y demás miembros de la sociedad. 2. Afrontar de manera adecuada las situaciones difíciles en la relación con los demás. 3. Valorar la vida del otro, como la propia vida. 4. Valorar la autenticidad de los demás, todos tenemos la libertad de pensar, sentir y ver las cosas desde su propio punto de vista, cada ser humano es único e irrepetible. 5. Respetar la propiedad ajena, caracterizándose por su honradez. 6. Tener como lema principal: “LO QUE ES BUENO PARA MÍ, ES BUENO PARA LOS DEMÁS, LO QUE NO QUIERO PARA MÍ, NO LO QUIERO PARA LOS DEMÁS”. “Rescatamos el valor del diálogo, como el principal medio de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa. Mediante su aprendizaje se puede: 1 2

Proponer la creación de espacios, donde los jóvenes puedan dialogar entre sí, con sus docentes, con su familia, con su comunidad. Percibir a los demás como personas que evolucionan y cambian, sin que esto sea motivo de conflicto.

Buscamos la concertación a través del equilibrio de intereses entre los diferentes estamentos mediante: 1 2

La concertación en grupo para encontrar el interés general o bien común. Es establecimiento de reglas que permitan la convivencia participativa a todo nivel.

Velar por un adecuado desarrollo del cuerpo. Este principio posibilita: 1

La valoración de las normas preventivas y curativas de higiene y seguridad.

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No fumar, no consumir drogas, ni bebidas alcohólicas dentro y fuera de la Institución: en actividades institucionales como paseos, convivencias, actividades deportivas, culturales o recreativas. O cuando esté portando el uniforme.

Aprender a cuidar el entorno. A través de este principio podemos: 1 2 3

Comprender que dependemos de la naturaleza y somos responsables de su preservación. Mantener nuestros lugares bien presentados y aseados. Asumir el compromiso de la defensa y el cuidado del espacio público.

Necesidad del cultivo de valores sociales y culturales. A través de este principio se pretende formar ciudadanos más racionales, que conozcan su entorno y quieran participar en la construcción de la historias de su municipio, partiendo del conocimiento de prácticas, destrezas, procedimientos, valores, símbolos, ritos y sentidos que nuestra sociedad sabaneteña juzgue válidos para convivir como conglomerado humano y para proyectarse en el tiempo.

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TÍTULO 3 COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES

CAPÍTULO 1 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES El Manual de Convivencia de la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada, se acoge en sus principios y actuación, a las normas contenidas en la Constitución Política, en la legislación vigente y en los tratados o convenios internacionales de sobre los Derechos de niños, niñas y adolescentes; entre otros los enumerados a continuación:    

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Constitución Política de Colombia de 1991, artículo 44 sobre derechos de los niños. Convención de los derechos del niño, adoptada por la ONU el 20 noviembre de 1989. Ley N° 12 de 1991 Por la cual el Congreso de la República aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño. Ley 765 de 2002 Por medio de la cual se aprueba el "Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía", adoptado en Nueva York, el veinticinco (25) de mayo de dos mil (2000). Ley 1098 de 2006 Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia. Ley 1620 de 2013 por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Decreto 1965 de 2013 Por medio del cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013.

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 1. Recibir una educación que propicie su formación integral acorde con su desarrollo biopsico-social 2. Toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, como aparece consagrado en el Art. N° 16 de la Constitución Política de Colombia de 1991. (Ver #14 de Principios rectores del manual de convivencia escolar, página 13 del presente manual) 3. Recibir de los docentes y compañeros un buen trato a la altura de su dignidad como persona dentro y fuera de la Institución 4. Expresar libre y respetuosamente sus inquietudes y manifestaciones propias de su persona. 5. Disfrutar responsablemente de las instalaciones, dotación y servicios de la Institución Educativa y que corresponden a las actividades tanto curriculares como extracurriculares debidamente planeadas. 6. Recibir cuidado, asistencia y protección dignos, sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, lengua, religión, opinión política o filosófica. 7. Que se le propicie el descanso, el esparcimiento, el juego y la participación en la vida artística, cultural, científica y política de la institución y su entorno. 8. Participar activamente en grupos establecidos que persiguen el propósito de desarrollo y bienestar estudiantil y/o comunitario. 9. Conocer su estado académico y formativo antes de efectuar los registros legales. 10. Valoración de sus éxitos en los diferentes campos de su formación

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11. Ser tratado con dignidad ante sus fracasos y recibir las orientaciones pertinentes para la superación de los mismos. 12. Hacer propuestas que conllevan al mejoramiento de la institución 13. Ser respetado en su integridad física y moral como persona, dentro y fuera de la Institución. 14. Tener un ambiente de aprendizaje sano, estético y confortable. 15. Ser orientado en la construcción de su autonomía tanto intelectual como moral y ser respetado en el ejercicio de la misma. 16. Al cumplimiento puntual de los compromisos adquiridos previamente por administrativos y docentes. 17. Que situaciones problemáticas tanto en lo académico como disciplinario y social, sean tratados con cordura, mediante la utilización del diálogo racional y democrático, y cumpliendo con el debido proceso. 18. Cuando falte a la Institución Educativa y presente excusa en el formato oficial, tiene derecho a presentar los trabajos o evaluaciones realizadas durante su ausencia. La excusa debe tener firma de aprobación de los coordinadores.

CAPÍTULO 2 DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 1. Asumir con responsabilidad los compromisos generados por su proceso de formación integral, orientado por la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada en la cual se matriculó. 2. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 3. Dar un buen trato a sus superiores y compañeros a la altura de su dignidad como persona. 4. Escuchar y comprender sana y humanamente el punto de vista del otro. 5. Hacerse responsable de daños y pérdidas ocurridas en las instalaciones, dotaciones y servicios a cuyo disfrute haya tenido acceso, lo que incluye aulas especializadas, ascensores, bibliotecas, laboratorios y demás espacios. 6. Brindar cuidado, asistencia y protección dignos a los miembros de la comunidad educativa. 7. Participar responsablemente, racional y sanamente en el descanso, el esparcimiento, el juego, el deporte, el arte, la cultura, la ciencia y la política. 8. Participar activa y responsablemente en grupos constituidos en la Institución Educativa o comunidad con propósitos desarrollistas, acatando sus estatutos y reglamentos. 9. Disponerse respetuosa y racionalmente para acceder a su estado académico y formativo. 10. Destacarse positivamente en el desempeño escolar, para obtener el reconocimiento. 11. Comportarse con grandeza y espíritu de superación ante los fracasos. 12. Plantear argumentada y respetuosamente sugerencias que apunten a la modificación del currículo y sus actividades. 13. Respetar la vida íntima de compañeros, profesores, o de cualquier miembro de la Institución Educativa. 14. Contribuir con el mantenimiento de un medio de aprendizaje adecuado, sano, estético, confortable, a través de una correcta presentación personal, permanente práctica del aseo, uso adecuado del vestido y de una adecuada decoración e higiene del aula. 15. Respetar las diferencias individuales y grupales de compañeros, profesores, padres de familia y comunidad en general. 16. Ser puntual en las obligaciones inherentes a su condición de estudiantes y ano perturbar el normal desarrollo de las actividades escolares.

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17. Proceder con cordura apelando al dialogo racional y democrático, a solucionar los problemas académicos, disciplinarios y sociales de la Institución respetando el conducto regular. 18. Cuando falte a la Institución Educativa, el día que regrese debe presentar excusa en el formato oficial, explicando el motivo de la inasistencia y anexar excusa médica. 19. Conocer y cumplir el reglamento de las aulas especializadas. 20. Conservar en óptimas condiciones el material disponible en cada una de las aulas. 21. Hacer uso racional de los servicios públicos, teniendo en cuenta las campañas fomentadas por el proyecto ambiental escolar. 22. No tocar sin autorización aparatos tecnológicos instalados en las aulas especializadas. 23. Velar por el orden, aseo y silencio en las aulas de clase. 24. Evitar contaminación visual en el aula de clase, haciendo uso de las carteleras habilitadas para publicar todo tipo de información. 25. No presentarse a la institución cuando se encuentran enfermos, con enfermedades infectocontagiosas como todo tipo de virosis, enfermedades gastrointestinales, piojos, varicela y otras eruptivas. Y situaciones de salud que requieran cuidados especiales 26. Responder por la silla asignada, dándole buen trato.

CAPÍTULO 3 PROHIBICIONES PARA LOS ESTUDIANTES 1. Presentarse a la Institución bajo el efecto de bebidas alcohólicas, estupefacientes o cualquier sustancia no permitida, usarlas o distribuirlas, fumar o llevar cigarrillos a la Institución. 2. Llevar a la Institución, mirar o hacer circular dentro de la misma, revistas, libros, folletos, o cualquier otro material de tipo pornográfico o que inciten a la violencia. 3. Uso del celular o teléfonos móviles: la Institución Educativa no puede sustraerse a los avances de la ciencia y la tecnología, por lo tanto no prohíbe el celular o teléfonos móviles al interior de la Institución Educativa, pero debe quedar regulada su utilización bajo los siguientes parámetros:  Durante las horas de clase y actividades pedagógicas debe permanecer apagado, en tono de silencio. Y no recibir ni realizar llamadas.  Su uso debe restringirse a los descansos pedagógicos.  El porte de los celulares debe ser autorizado por los acudientes.  La Institución Educativa no se hace responsable por pérdidas, daños o cualquier otra situación que se derive de la tenencia de los celulares o teléfonos móviles dentro de ella. 4. Robar, esconder, tomar libros, objetos o pertenencias de sus compañeros, profesores, directivas, empleados o visitantes sin su consentimiento. 5. Incurrir en cualquier otra conducta violatoria de la disciplina y la moral exigidas por la Institución. 6. Entrar o salir de la Institución en horas distintas de las establecidas o en días no hábiles, excepto cuando programen actividades especiales o medie autorización del funcionario competente. 7. Ingresar a zonas restringidas, salvo que medie autorización expresa del funcionario competente 8. Comercializar artículos dentro de la Institución, a menos que se trate de actividad comunitaria programada por la Institución o exista autorización expresa o escrita. Por Rectoría 9. Manifestaciones exageradas de afecto que evidencie relación de pareja y/o acoso.

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10. Alterar o falsificar documentos. 11. Incurrir en fraude o en cualquier conducta que constituya contravención o infracción penal o policial según la legislación Colombiana. 12. Portar, suministrar o utilizar armas o elementos con los que se pueda en contra de la integridad física, social o psicológica que las personas que constituyen la comunidad Educativa. 13. Realizar acto o acceso carnal con otra persona, inducirla a prácticas abusivas, denigrantes, deshonrosas o de cualquier manera atentar o violar su libertad sexual. 14. Inducir, manipular, constreñir u obligar a otra persona a cometer actos que constituyan infracción académica o de convivencia o que de cualquier manera atente contra la moral, la ley, la salud y las buenas costumbres. 15. Realizar amenazas o agresiones verbales o físicas a directivos, docentes o personal de apoyo, dentro o fuera de la Institución Educativa. 16. Realizar actos de violencia escolar, acoso escolar, bullying o ciberbullying. 17. Para celebraciones, actividades de comunidad o actividades de compartir no pueden ingresar ni consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos y sustancias psicoactivas, solas o mezcladas con otro tipo de alimentos o bebidas. 18. Presentarse a la institución cuando se encuentran enfermos, con enfermedades infectocontagiosas como todo tipo de virosis, enfermedades gastrointestinales, piojos, varicela y otras eruptivas. Y situaciones de salud que requieran cuidados especiales.

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TÍTULO 4 COMPORTAMIENTO DE LOS DOCENTES Los docentes y directivos docentes están regidos por Ley 734 de 2002 Código Disciplinario Único de servidores públicos.

CAPÍTULO 1 DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES Dependen del Rector y por relación de autoridad funcional de la Coordinación Académica y de Disciplinaria y les corresponde además de los consagrados en la Constitución y las leyes, los siguientes: N° 1

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DERECHOS Recibir información por parte de los directivos docentes sobre el Proyecto Educativo Institucional: Planes de estudios, Evaluación, Proyectos, etc. Recibir por parte de todos los miembros de la comunidad educativa un trato digno. Ser informado oportunamente sobre las actividades programadas por la Institución. Conocer las políticas pedagógicas, académicas y de convivencia de la institución. Conocer las políticas de evaluación y estrategias metodológicas por parte de la coordinación académica y previamente aprobadas por el consejo Académico. Conocer con anticipación las fechas de entrega de los informes y los respectivos formatos.

DEBERES Programar y organizar las actividades para el desarrollo curricular de las áreas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en el Proyecto Educativo Institucional. Brindar un trato cortes y respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa.

Participar en la realización de las actividades cívicas, culturales, religiosas, recreativas programadas por la Institución. Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes conforme a las políticas institucionales. Aplicar oportunamente las estrategias metodológicas a que dé lugar el análisis de resultados de la evaluación, comunicadas por la coordinación académica y aprobadas previamente por el Consejo Académico. Elaborar y presentar a la Coordinación Académica, los informes del rendimiento académico de los estudiantes a su cargo, al período establecido en el calendario escolar, refrendados con su firma. Conocer el manual de convivencia e Cumplir y hacer cumplir el manual de implementar los protocolos cumpliendo convivencia. con el debido proceso. Conocer con anticipación las fechas de Presentar periódicamente informe al entrega de los informes y los Coordinador Académico, sobre el desarrollo de respectivos formatos. las actividades propias de su cargo. Ser postulado para los organismos de Elegir y ser elegido para ocupar los cargos elección. establecidos en el gobierno escolar. A que se le respete su tiempo y lugar de Cumplir la jornada laboral y la asignación descanso, absteniéndose de solicitar académica de acuerdo con las normas atención sobre asuntos de la Institución, vigentes. en casa del docente o por fuera de la

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jornada laboral. Conocer con anticipación las zonas de vigilancia y el apoyo de disciplina por semana. Informársele oportunamente los actos, reuniones y demás actividades convocadas por la Institución. Concertar en su jornada laboral la atención a padres de familia. Recibir dotación de muebles, enseres, materiales, equipos propios para el desempeño de sus funciones. Recibir trato respetuoso y cordial por parte de todos los miembros de la comunidad educativa, sin discriminaciones de ninguna especie. Que sus méritos les sean reconocidos.

Cumplir los turnos de vigilancia en las zonas asignadasy el apoyo de disciplina por semana. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las directivas del plantel. Atender a los padres de familia de acuerdo con el horario establecido en el plantel. Responder por uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. Ofrecer un trato respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa.

Cumplir con responsabilidad y calidad de excelencia las actividades curriculares y extracurriculares que haya asumido. Disfrutar de un ambiente de aprendizaje El docente que este en el salón a la última hora agradable y aseado. de clase velará por el aseo y organización del aula. Recibir las planillas de cada grupo Tomar asistencia diaria en cada clase de acuerdo a su horario.

CAPÍTULO 2 DEBERES DE LOS DIRECTORES DE GRUPO Además del cumplimiento de los anteriores deberes como docentes, los directores de grupo cumplirán con las siguientes funciones: 1. Participar en la distribución y organización de los grupos de los estudiantes, teniendo en cuenta sus condiciones socioeconómicas y características personales. 2. Ejecutar programas de inducción de los estudiantes del grupo confiados en su dirección. 3. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes. 4. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar. 5. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas. 6. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa. 7. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los estudiantes del grupo a su cargo, en coordinación con los servicios de bienestar y las respectivas Coordinaciones Académica y Disciplinaria. 8. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo. 9. Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados a los coordinadores del plantel. 10. Conformar la comisión de evaluación y promoción por grados. 11. Cumplir y hacer cumplir el manual de convivencia.

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CAPÍTULO 3 PROHIBICIONES PARA LOS DOCENTES 1. Los contemplados en el Código Único Disciplinario (Ley 734 de 2002). 2. Presentarse a la Institución bajo el efecto de bebidas alcohólicas, estupefacientes o cualquier sustancia no permitida, usarla o distribuirla. 3. Incumplir los deberes o abusar de los derechos o extralimitar las funciones legalmente establecidas. 4. Delegar funciones propias de su cargo a estudiantes y/o acudientes, como llenar planillas, calificar exámenes, elaborar diarios de campo, diligenciar fichas, entre otros. 5. Ocupar o tomar indebidamente las instalaciones del plantel. 6. Ejecutar actos de violencia contra estudiantes, superiores, subalternos, compañeros de trabajo y otros miembros de la comunidad educativa o injuriarlos o calumniarlos. 7. Ejecutar en la Institución actos que atenten contra la moral o las buenas costumbres. 8. Proporcionar datos inexactos o presentar documentos falsos u omitir información que se requiere para obtener reconocimientos o estímulos. 9. Ocasionar daño o dar lugar a la pérdida de bienes elementos o documentos inherentes a su cargo o que pertenezcan a la institución. 10. Excluir o preferir con base en motivos de raza, linaje u origen, género y religión que tengan por objeto impedir el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos humanos y libertades fundamentales. 11. Suministrar información sobre miembros de la comunidad educativa sin estar autorizado. 12. Fumar en los espacios cerrados o de alta circulación. 13. Manifestaciones que conlleven el acoso sexual, la distribución de revistas o materiales pornográficos. 14. Utilizar el cargo para participar en las actividades de los partidos y movimientos políticos y en controversias políticas sin perjuicio de los derechos previstos en la constitución y la ley. 15. Manifestaciones exageradas de afecto que evidencien relaciones de pareja. 16. Ausentarse de la institución sin la previa autorización escrita de la rectora o en su ausencia de algunos de los coordinadores. 17. Desacatar o no hacer cumplir a los estudiantes, las normas del manual de convivencia con respeto a los requerimientos sobre el porte de gorras, buzos diferentes, utilización de aparatos distractores y entre otras. 18. Consumir alimentos durante la hora de clase, en el aula de clase. 19. Recibir llamadas telefónicas al celular durante las clases, o ausentarse del aula para atender dichas llamadas. 20. Sacar o dejar por fuera del aula de clase a los estudiantes, cualquier irregularidad se debe informar a coordinación. 21. Presentarse a la institución con vestuario que conlleven a mal ejemplo o irrespeto a la comunidad educativa, como escotes pronunciados, faldas cortas, prendas extrafalarias. 22. Incumplir con la participación y el horario de las reuniones programadas por los comités de la institución.

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TÍTULO 5 COMPORTAMIENTO DE LOS PADRES, MADRES Y ACUDIENTES

CAPÍTULO 1 DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES 1. Cumplir el artículo 67º de la Constitución Política de Colombia de 1991: “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura... El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.” 2. Cumplir el artículo 14º de la Ley 1098 de 2006, ley de Infancia y Adolescencia: “La responsabilidad parental es un complemento de la patria potestad establecida en la legislación civil. Es además, la obligación inherente a la orientación, cuidado, acompañamiento y crianza de los niños, las niñas y los adolescentes durante su proceso de formación. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidaria del padre y la madre de asegurarse que los niños, las niñas y los adolescentes puedan lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos. En ningún caso el ejercicio de la responsabilidad parental puede conllevar violencia física, psicológica o actos que impidan el ejercicio de sus derechos.” 3. Cumplir el artículo 7º de la Ley 115 de 1994, Ley general de educación: “La familia. A la familia como núcleo fundamental de la sociedad y primer responsable de la educación de los hijos, hasta la mayoría de edad o hasta cuando ocurra cualquier otra clase o forma de emancipación, le corresponde: a) Matricular a sus hijos en instituciones educativas que respondan a sus expectativas, para que reciban una educación conforme a los fines y objetivos establecidos en la Constitución, la ley y el proyecto educativo institucional; b) Participar en las asociaciones de padres de familia; c) Informarse sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos, y sobre la marcha de la institución educativa, y en ambos casos, participar en las acciones de mejoramiento; d) Buscar y recibir orientación sobre la educación de los hijos; e) Participar en el Consejo Directivo, asociaciones o comités, para velar por la adecuada prestación del servicio educativo; f) Contribuir solidariamente con la institución educativa para la formación de sus hijos, y g) Educar a sus hijos y proporcionarles en el hogar el ambiente adecuado para su desarrollo integral.” 4. Conocer, apropiarse y poner en práctica el Manual de convivencia de la institución. 5. Apoyar los procesos académicos y de convivencia de sus hijos y/o acudidos 6. Acudir a los llamados que le haga la institución en relación con sus hijos de manera oportuna y diligente. 7. Convertirse en un canal asertivo de comunicación entre el docente y el estudiante, brindar un trato respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa. 8. Acompañar a sus hijos en el proceso formativo de manera directa y en corresponsabilidad con la institución educativa 9. Estar atentos a la manera como se presentan sus hijos a la institución, en relación con la buena presentación personal, orden e higiene.

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10. Brindar la máxima atención a la revisión y preparación de las tareas diarias de los hijos o acudidos. 11. Justificar por escrito las ausencias y tardanzas; cambios de transporte 12. Proveer a sus hijos y/o acudidos de lo necesario para desempeñarse en las diferentes actividades escolares. 13. Cumplir con los horarios para la entrada y salida de sus hijos y/o acudidos, cuando corresponda recogerlos 14. Cooperar con la aplicación de la disciplina de sus hijos y acudidos. 15. Participar, colaborar con las actividades programadas por la Institución Educativa. 16. Comunicar a la Institución Educativa el cambio de dirección o teléfono cuando sea el caso y que la información suministrada sea verídica. 17. Ser responsable, justo y veraz al formular juicios sobre las personas que conforman la comunidad educativa. 18. Desarrollar un sentido de pertenencia con la institución y las actividades programadas. 19. Seguir el conducto regular y respetar el debido proceso en los casos necesarios. 20. Conocer las diferentes funciones de los comités al cual pertenecen. 21. Para preservar la salud de su hijo y de la comunidad educativa, no enviarlo cuando se encuentran enfermos, con enfermedades infecto-contagiosas como todo tipo de virosis, enfermedades gastrointestinales, piojos, varicela y otras eruptivas. Y situaciones de salud que requieran cuidados especiales. 22. Dotar a los hijos desde el primer día de clase de los uniformes y útiles escolares. CAPÍTULO 2 DERECHOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES 1. Ser tratados con respeto y amabilidad por parte de los miembros de la Comunidad Educativa. 2. Ser informados oportunamente sobre las actividades y/o eventos programados por la Institución educativa. 3. La entrega oportuna de informes académicos y de comportamiento de los estudiantes o acudidos 4. Formar parte de los diferentes órganos de participación de padres de familia 5. Solicitar entrevistas con las directivas y docentes cuando lo crean necesario. 6. Presentar sugerencias, iniciativas y proyectos que contribuyan al bienestar y progreso de la Institución. CAPÍTULO 3 PROHIBICIONES PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES 1. Interrumpir el normal desarrollo de las clases y actividades académicas.Acción correctiva: Solicitar la cita de atención previa. 2. Ingreso de armas a la Institución a cualquier diligencia en la Institución 3. Ingreso de mascotas cuando sean requeridos en la Institución 4. La disciplina o reprensión de sus hijos o acudidos de manera violenta frente a los compañeros o docentes de la Institución. 5. Realizar visitas a la Institución bajo efectos del alcohol o sustancias psicoactivas. 6. Enviar a los hijos cuando se encuentran enfermos, con enfermedades infecto-contagiosas como todo tipo de virosis, enfermedades gastrointestinales, piojos, varicela y otras eruptivas. Y situaciones de salud que requieran cuidados especiales.

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CAPÍTULO 4 ACCIONES QUE SE IMPLEMENTAN CON PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES

1. Cuando se identifican dificultades en el ejercicio de la autoridad por parte de los padres o acudientes, se remitirán para que participen activamente en los talleres quincenales de formación dictados por Comisaría de Familia, llamados “Escuela de familias, aprendiendo a ser padres”. Después de que los padres o acudientes firman el compromiso en coordinación de la Institución Educativa, su participación es obligatoria en los talleres y deben traer constancia firmada de su asistencia. 2. Cuando en la Institución Educativa se identifican el presunto incumplimiento del artículo 67º de la Constitución Política de Colombia de 1991, del artículo 14º de la Ley 1098 de 2006, o del artículo 7º de la Ley 115 de 1994, se hará el reporte a las entidades competentes (Comisaría de familia, Personería, Secretaria de Educación). 3. Cuando en la Institución Educativa se identifican casos en el que se presume cualquier forma de vulneración de derechos de los estudiantes o situaciones de alto riesgo psicosocial, se hace el reporte del caso a las instituciones pertinentes, cumpliendo con nuestra corresponsabilidad como Institución Educativa, en la garantía y restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes, como lo contempla el Ley 1098 de 2006 en el artículo 44. En estos casos los funcionarios de la Institución Educativa no realizan interrogatorio o entrevista, ni verificación de la situación con el estudiante o la familia, esto con el fin de evitar revictimizar al estudiante, así como evitar alterar las pruebas testimoniales.

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TÍTULO 6 CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR

La clasificación de situaciones que afectan la convivencia escolar es tomada del artículo 40 del Decreto 1965 de septiembre de 2013. Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos: 1. Situaciones Tipo I: Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. 2. Situaciones Tipo II: Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. 3. Situaciones Tipo III: Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. A continuación se enumeran las situaciones más comunes que se presentan y su clasificación por tipos.

SITUACIONES TIPO I 1. Comportarse de manera imprudente en los distintos espacios de la institución educativa. 2. Reiteradas llegadas tarde a la institución educativa, sin justificación alguna (hasta 3 veces). 3. Presentación inadecuada del uniforme. Falta de aseo personal. Incumplimiento de alguna de las disposiciones del Título 8: Uniforme. 4. Salir y/o permanecer fuera del aula de clases sin la debida autorización. 5. Arrojar residuos y desechos en sitios no especificados para ello. 6. Comercializar en la institución sin la debida autorización, incluyendo apuestas y juegos de azar. 7. Ingerir alimentos, bebidas o golosinas, en clase o durante la realización de eventos oficiales de la institución, sin la debida autorización. 8. Incumplir actividades de aseo en el aula y otros espacios utilizados.

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9. Utilizar elementos distractores en espacios y momentos no autorizados para ello. 10. Permanecer en salones de clase, laboratorios o sitios no autorizados durante los descansos. 11. Ingresar sin la debida autorización a: rectoría, secretarías, coordinaciones, aulas especializadas, laboratorios, salas de profesores, oratorio, servicio de alimentación, oficina de orientación escolar, enfermería, consultorio médico, archivo, salas de reuniones. 12. Presentarse sin uniforme durante el desarrollo de actividades académicas, salidas pedagógicas en actividades extracurriculares relacionadas con la institución como Preicfes, catedra constitucional, media técnica del Sena, visitas a universidades, talleres, capacitaciones, seminarios, etc. 13. Permanecer en el plantel en horarios diferentes a la jornada escolar, salvo actividades extracurriculares, alfabetización o autorización previa. 14. Presentarse sin excusas y sin las actividades académicas a la orden del día, después de haber faltado a la institución o a actos programados por la comunidad educativa. 15. Perturbar el normal desarrollo de clases o actividades académicas o culturales dentro de la institución, mediante conversaciones, gritos, risas, burlas, gestos, juegos, silbidos, remedos, circulación por el aula o auditorio en momentos inadecuados, etc. 16. Desinterés por las actividades escolares y extra-clase programadas por la institución educativa. 17. Asistir a clases sin los útiles escolares necesarios para desarrollar las diferentes actividades académicas. 18. Dejar de entregar las informaciones, citaciones o circulares enviadas a padres y/o acudientes. 19. Demostrar actos o acciones de sexualidad de manera exagerada dentro de la institución o en actos oficiales, actividades extracurriculares, salidas pedagógicas, eventos deportivos y actos culturales. Incurrir en manifestaciones eróticas o lascivas dentro de la institución. 20. Negarse sin causa justificada a ocupar el puesto asignado por el profesor en el aula o fuera de ella. 21. Permanecer o recibir clase en el aula de un grupo y horario diferente al asignado, sin la debida autorización. 22. Tocar el timbre sin la debida autorización 23. Hacer uso del servicio del restaurante sin estar inscrito. 24. Incumplir los reglamentos especificados en el Título 9: Reglamentaciones especiales.

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SITUACIONES TIPO II 1. Utilizar un vocabulario descomedido, soez u ofensivo. 2. Dar uso indebido a los bienes de la institución o de los compañeros. Incluye rayar paredes, carteleras, mobiliario y baños de la institución. 3. Presentarse a la institución en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicoactivas. 4. Alteración en documentos públicos o privados y falsificación de firmas. 5. Dejar de asistir o retirarse del colegio sin la debida autorización de directivos, padres o acudientes, ya que se pone en riesgo la vida e integridad del estudiante. 6. Responder con violencia

ante decisiones u observaciones hechas por docentes o directivos de la institución, desacatar sus instrucciones y órdenes y/o negarse a firmar las anotaciones disciplinarias.

7. Realizar de manera reiterativa acciones que constituyan acoso escolar (también conocido

como hostigamiento escolar, matoneo escolar o por su término inglés bullying), es decir, cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre estudiantes de forma reiterada, intencional, a lo largo de un tiempo determinado. (Ver definición y características en el Título 2, Capítulo 1, Definiciones) 8. Ciberbullying, ciberacoso o agresiones por internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online. (Ver definición y características en el Título 2, Capítulo 1, Definiciones)

9. La práctica de juegos agresivos o violentos dentro y fuera del aula en la institución. Hacer charlas agresivas e irrespetuosas con los compañeros y miembros de la Institución educativa. 10. Menospreciar o irrespetar los símbolos de la institución, departamento y nación, tales como: bandera, escudo e himno. 11. Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeros o miembros de la comunidad educativa. 12. Encubrir o ser cómplice de otro compañero en la realización de hechos que vayan contra la verdad, la moral, la filosofía de la institución y su manual de convivencia. 13. Inducir, manipular u obligar a otras personas a realizar actos indebidos de cualquier tipo. 14. Presentar un comportamiento indebido durante los actos fuera de la institución, como actos oficiales, actividades extracurriculares, salidas pedagógicas, eventos deportivos y actos culturales, deteriorando el buen nombre de la institución. 15. Lanzar objetos como: agua, botellas, frutas, balones, comida, saliva, chicles, etc. a las personas de la comunidad educativa durante el descanso o después de este. 16. Participar o realizar ritos satánicos, santerismo, brujería entre otros, que ponen en riesgo la salud física, mental y social de los miembros de la comunidad educativa.

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SITUACIONES TIPO III 1. Violencia escolar o agresión física y/o verbal con cualquier miembro de la comunidad educativa. 2. Actos que atenten de manera grave contra la integridad personal o contra el derecho a la vida. (secuestro, sicariato, corrupción de menores, lesiones personales) 3. Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la comunidad educativa en actos como acceso carnal, acoso sexual y/o divulgación de material no autorizado en la web. 4. Todas las formas de delitos informáticos. 5. Porte, uso y/o tráfico de armas blancas o de fuego, artefactos explosivos u objetos similares que pongan en peligro su integridad o la de otras personas, sean verdaderas o simuladas. 6. Distribuir, traficar, consumir o incitar al consumo de cualquier droga con efectos alucinógenos o psicoactivo y/o bebidas embriagantes dentro y fuera de la Institución. En el caso de menores de edad, no aplica el concepto de dosis personal. 7. Realizar cualquier tipo de amenaza, chantaje o extorsión directa o a través de terceros, utilizando cualquier medio, que vaya en contra de la integridad de la comunidad educativa. 8. Atentar contra la planta física, zonas verdes y/o enseres de la institución, destrucción de registros de secretaría y material de exclusivo uso de los docentes y directivos docentes de la institución Educativa. 9. Portar, distribuir o traficar material pornográfico y toda otra forma de vulneración de los derechos sexuales y reproductivos, como: prostitución forzada, explotación sexual comercial, y todas las demás consagradas en la ley penal colombiana vigente relativas al proxenetismo. 10. Hurtos que atenten contra el patrimonio institucional o personal de cualquier miembro de la comunidad educativa y .que ameriten investigación por entidades externas a la Institución Educativa. 11. Incitar o participar en protestas violentas dentro o en sitios aledaños a la institución educativa, lo que incluye ocupar o tomar indebidamente las instalaciones de la institución. 12. Tener relaciones sexuales dentro de la institución. 13. Alteración en documentos públicos o privados y/o falsificación de firmas. 14. Dar información falsa a los docentes o directivos docentes. 15. Ingresar, consumir o incitar al consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas, solas o mezcladas con otro tipo de alimentos o bebidas, para celebraciones, actividades de compartir con el grupo o actividades de comunidad.

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PARÁGRAFO 1. Los estudiantes del grado 11º que cometan situaciones tipo 2 y 3 dentro o fuera de la Institución, aún el mismo día de los grados, pueden ser sancionados con la no proclamación de bachilleres y se graduarán una semana después en la Secretaría de la Institución. Lo mismo sucederá con aquel estudiante de 11º que finalice el año con comportamiento inadecuado y/o que tengan dificultades académicas del año escolar en curso o de años anteriores. Para la proclamación de bachilleres deberá estar a paz y salvo por todo concepto con la institución educativa. Servicio social, pruebas SABER y 50 horas de democracia. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Los siguientes hechos permitirán considerar la acción pedagógica o sanción al estudiante: 1. El buen comportamiento, cumplimiento de los deberes y responsabilidades en la Institución. 2. La confesión voluntaria cuando en la Institución no se tiene aún conocimiento de la situación que afecta la convivencia, y además, no existe acumulación de situaciones que afectan la convivencia. 3. El haber sido intimidado o amenazado para cometer la situación que afecta la convivencia. 4. El haber actuado por defender sus derechos personales y/o comunitarios. 5. El proceso de superación de las situaciones que afectan la convivencia anteriores. 6. La colaboración que brinda a la institución con el reporte de hechos que ocurren dentro y fuera de la Institución Educativa, en aras a buscar la convivencia pacífica dentro y fuera de la Institución. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES Los siguientes hechos harán más grave una falta o situación que afecta la convivencia: 1. El haber mentido para justificar las situaciones que afectan la convivencia tipo I, tipo II o tipo III. 2. El haber sido sancionado con anterioridad por situaciones tipo I, tipo II o tipo III, que afectan la convivencia a los compromisos y deberes estipulados en este manual de convivencia. 3. La premeditación de la situación que afecta la convivencia. 4. El haber obrado en complicidad con otro u otros, o haber sido coautor. 5. El efecto perturbador que su comportamiento produzca en los demás miembros de la comunidad educativa, o cuando los bienes comprometidos sean de mayor cuantía. 6. El haber ocultado situaciones tipo I, tipo II o tipo III. 7. El cometer situaciones tipo I, tipo II o tipo III, para obtener provecho ilícito personal o de un tercero. 8. El cometer situaciones tipo I, tipo II o tipo III, abusando de la confianza depositada en él por los directivos, docentes y compañeros. 9. Cuando comprometa al buen nombre de la Institución. 10. La reincidencia en situaciones que afectan la convivencia tipo I, tipo II o tipo III. 11. Cuando se derive de la comisión de situaciones tipo II o tipo III, agresiones físicas con consecuencias físicas, mentales, psicológicas al miembro de la comunidad educativa. 12. Actos terroristas, que ponen en peligro la integridad física y emocional de la comunidad educativa. 13. El atentar contra el buen nombre de algún miembro de la comunidad educativa, utilizando para ello el chisme, calumnia, redes sociales. 14. Amenazar o coaccionar a otro miembro de la comunidad educativa para que cometa una situación tipo I, tipo II o tipo III.

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TÍTULO 7 PROTOCOLOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Los protocolos de los establecimientos educativos estarán orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. En cada protocolo se especifican los quien es la persona competente para atender cada una de las etapas del protocolo y cuales son los documentos que se deben elaborar y firmar como evidencia de que se está respetando el derecho al debido proceso.

CAPÍTULO 1 PROTOCOLO SITUACIONES TIPO I PROCEDIMIENTO

PERSONA COMPETENTE

1. Atención inmediata de la situación para Docente inmediato, o evitar o minimizar los riesgos. miembro de la comunidad educativa (mayor de edad) que presencie la situación. 2. Diálogo y orientación, aclarando que Docente inmediato. cometió una situación Tipo I y que se requiere un protocolo y una sanción. 3. Se deja por escrito el registro de la Docente inmediato. situación. Se debe tener firma del estudiante de que se hizo llamado de atención verbal. Si no quiere firmar, se trae un testigo y se deja por escrito que no quiso firmar. 4. El estudiante tiene el derecho de dejar Docente inmediato. por escrito sus descargos. 5. El docente trabaja las acciones Docente inmediato. pedagógicas con el estudiante para que no se repita la situación que afecta la convivencia.

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Documentos que evidencian el debido proceso

Notificación en libro de acuerdos. o Ficha de proceso disciplinario.

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CAPÍTULO 2 PROTOCOLO SITUACIONES TIPO II PROCEDIMIENTO 1. Atención inmediata de la situación para evitar o minimizar los riesgos.

2. Adoptar medidas preventivas a los afectados para evitar posibles acciones en su contra.

3. Diálogo y orientación, aclarando que cometió una situación Tipo II y que se requiere un protocolo y una sanción. Aclarar y conscientizar sobre consecuencia de sus actos. 4. Se deja por escrito el registro de la situación. Se debe tener firma del estudiante de que se hizo llamado de atención verbal. Si no quiere firmar, se trae un testigo y se deja por escrito que no quiso firmar. 5. El estudiante tiene el derecho de dejar por escrito sus descargos. 6. Generar compromisos entre los involucrados y dejarlos por escrito

PERSONA COMPETENTE Docente inmediato, o miembro de la comunidad educativa (mayor de edad) que presencie la situación. Docente inmediato, o miembro de la comunidad educativa (mayor de edad) que presencie la situación. Docente inmediato

Documentos que evidencian el debido proceso

Notificación en libro de acuerdos. o

Docente inmediato

Ficha de proceso disciplinario.

Docente inmediato

Docente inmediato Docente director de grupo Coordinador 7. Llamado al acudiente, para firma de Docente inmediato compromisos Docente director de grupo Coordinador 8. Aplicación de acción pedagógica o Coordinador sanción para situaciones tipo II. Rector 9. En el caso de que no se cumplan los Coordinador acuerdos o compromisos, se recurre a Rector las instancias competentes dentro y fuera de la institución

Hoja de vida u observador del estudiante. Resoluciones

Reporte.

PARÁGRAFO 1: Cuando el estudiante se presente a la institución en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicoactivas, de inmediato se llamará al acudiente para llevarlo fuera de la institución. Si no se encuentra al acudiente Se llama a una entidad competente.

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CAPÍTULO 3 PROTOCOLO SITUACIONES TIPO III PROCEDIMIENTO 1. Atención inmediata de la situación para evitar o minimizar los riesgos. Atender las posibles consecuencias fisicas, en caso de lesiones físicas que requieran atención médica llamar a bomberos. En caso de situaciones que pongan en riesgo a la comunidad educativa, llamar a policía de infancia y adolescencia. 2. Adoptar medidas preventivas a los afectados para evitar posibles acciones en su contra.

3. Diálogo y orientación, aclarando que cometió una situación Tipo III y que se requiere un protocolo y una sanción. Aclarar y conscientizar sobre consecuencia de sus actos. 4. Llamado inmediato a los acudientes para firma de compromisos y acciones con la Institución Educativa o con otras instituciones. 5. Se deja por escrito el registro de la situación. Se debe tener firma del estudiante de que se hizo llamado de atención verbal. Si no quiere firmar, se trae un testigo y se deja por escrito que no quiso firmar. 6. El estudiante tiene el derecho de dejar por escrito sus descargos. 7. Se analizan los hechos ocurridos, así como los atenuantes, agravantes e intencionalidad y determinar si la situación se debe atender y sancionar al interior de la Institución Educativa o si debe ser reportado a las entidades competentes. 8. Reporte de la situación a las entidades competentes y pertinentes: Policía de infancia y adolescencia, Fiscalía, Comisaría de familia, Personería.

PERSONA COMPETENTE Docente inmediato, o miembro de la comunidad educativa (mayor de edad) que presencie la situación.

Docente inmediato, o miembro de la comunidad educativa (mayor de edad) que presencie la situación. Docente inmediato

Notificación en libro de acuerdos. o Ficha de proceso disciplinario.

Docente inmediato o Docente director de grupo o Coordinador Docente inmediato

Docente inmediato Comité de convivencia o Coordinador o Rector

Docente inmediato o Docente director de grupo o Coordinador o Rector 9. Dar conocimiento del caso al comité de Coordinador o convivencia escolar. Rector

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Documentos que evidencian el debido proceso

Hoja de vida u observador del estudiante. Resoluciones

Reportes o denuncias a las entidades competentes y pertinentes. Notificación en libro de acuerdos.

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10. Dejar por escrito todas las medidas que Coordinador o se adoptaron en el proceso. Rector 11. Generar compromisos entre los Docente inmediato o involucrados y dejarlos por escrito Docente director de grupo o Coordinador 12. Realizar seguimiento por parte del Comité de convivencia o comité de convivencia escolar y las Coordinador autoridades que asuman conocimiento. 13. En el caso de que no se cumplan los Coordinador o acuerdos o compromisos, se recurre a Rector las instancias competentes dentro y fuera de la institución

Ficha de proceso disciplinario. Hoja de vida u observador del estudiante. Resoluciones

Reporte.

PARÁGRAFO 2: Como una actividad preventiva, ante la sospecha de un presunto porte de sustancias psicoactivas, bebidas embriagantes, armas blancas o de fuego, explosivos, y otros que puedan atentar contra la integridad de cualquier miembro de la comunidad educativa, las directivas podrán realizar las requisas a estudiantes en cualquier espacio de la institución con presencia del personero y el representante del grupo. También como medida preventiva se podrá solicitar y ejecutar requisas pedagógicas con las instituciones competentes, dentro o fuera de la institución cuando se estén realizando actividades institucionales. CAPÍTULO 4 ACCIONES PEDAGÓGICAS SITUACIONES TIPO I 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Llamado de atención en público o en privado. Anotación en la ficha u observador. Comparendos pedagógicos. Valoración de actividades académicas con menor peso porcentual. Responder con su propio peculio por los daños ocasionados. Retención de objetos y entrega a los acudientes y/o padres de familia. Llamados al acudiente y/o padre de familia. Elaboración de compromisos pedagógicos. Colaborar con el aseo de la institución educativa. CAPÍTULO 5 ACCIONES PEDAGÓGICAS SITUACIONES TIPO II

1. Realizar disculpa pública. (En algunos casos y después de un trabajo de concientización que sea educativo y no sancionatorio) 2. Llamado al acudiente, para firma de compromisos 3. Anotación en la ficha u observador. 4. Elaboración de compromisos pedagógicos. 5. Responder de su propio dinero por los daños y pérdidas ocasionadas. 6. No participación en salidas pedagógicas ni en actos que represente a la institución fuera o dentro de la misma. 7. Trabajos pedagógicos en jornadas contrarias. 8. Suspensión temporal de uno a cinco días, según el caso (con actividades pedagógicas).

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CAPÍTULO 6 ACCIONES PEDAGÓGICAS SITUACIONES TIPO III 1. Anotación en la ficha u observador. 2. Llamados al acudiente para firma de compromisos y acciones con la Institución Educativa o con otras instituciones. 3. Elaboración de compromisos pedagógicos. 4. Realizar disculpa pública En algunos casos y después de un trabajo de concientización que sea educativo y no sancionatorio) 5. Responder de su propio dinero por los daños y pérdidas ocasionados. 6. No participación en salidas pedagógicas ni en actos que represente a la institución fuera o dentro de la misma. 7. Trabajos pedagógicos en jornadas contrarias. 8. Suspensión temporal de tres a ocho días, según el caso (con actividades pedagógicas). 9. Cancelación de la matricula (según el caso). 10. Exclusión de 1 a 3 años. Parágrafo 1: Casos de estudiantes que no están recibiendo tratamiento médico requerido. En el caso de estudiantes que por causa de la ausencia de tratamiento o de un inadecuado tratamiento médico, presentan problemas de convivencia y/o que alteran el desarrollo del trabajo en el aula o que sean un riesgo psicosocial, como medida preventiva para la integridad del propio estudiante y de la comunidad educativa, estará escolarizado con la modalidad de talleres para realizar en la casa, por fuera de la institución educativa, hasta que reciba el tratamiento médico, psicológico, farmacológico y terapias requeridas y se tengan resultados de dichos tratamientos, por ejemplo los casos de trastornos de comportamiento y de conducta (trastorno disocial, trastorno oposicionista desafiante, comportamientos disruptivos, etc). Los docentes estarán en la obligación de reportar cualquier cambio o alteración del comportamiento, para que los padres puedan tener elementos para consultar nuevamente al profesional y definir el tratamiento que sea efectivo frente a la patología diagnosticada. Es obligación de los padres cumplir con las remisiones realizadas desde la institución educativa y los tratamientos requeridos por el estudiante. Los acudientes y el estudiante deben presentar a coordinación y orientación escolar, las constancias entregadas por la EPS de inicio del tratamiento y la asistencia a cada una de las citas. Si no presenta las constancias se da por entendido que está incumpliendo el compromiso. Parágrafo 2: Casos de abuso y dependencia a sustancias psicoactivas. Cumpliendo con nuestra corresponsabilidad en la identificación de situaciones de riesgo psicosocial de los estudiantes y teniendo en cuenta que el consumo de sustancias psicoactivas en todas las personas y especialmente en niños y adolescentes, tiene efectos nocivos sobre la salud física y mental. Cuando se identifiquen casos de abuso y dependencia a sustancias psicoactivas, se entregará al acudiente remisión a la EPS para iniciar proceso de desintoxicación, en la citas de valoración en la EPS, determinarán el tratamiento de requerido según el tipo de consumo. Es obligación de las EPS cubrir todo lo relacionado con evaluación, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación en salud mental, según la legislación vigente en salud, Ley 1616 de 2013, Ley de salud mental y Acuerdo 29 de 2011, Artículo 17: Atención en salud mental. Con la entrega de la remisión también se firmará compromiso del estudiante y su familia con fecha máxima de plazo para gestionar las citas a través de la EPS iniciar proceso de desintoxicación. Los acudientes y el estudiante deben presentar a coordinación y orientación escolar, las constancias entregadas por la EPS de inicio del tratamiento y la asistencia a cada una de las citas. Si no presenta las constancias se da por entendido que está incumpliendo el compromiso y como medida preventiva para la integridad del propio estudiante y de la comunidad educativa; estará escolarizado con la modalidad de talleres para realizar en la casa,

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por fuera de la institución educativa, hasta que reciba el tratamiento de desintoxicación requerido.

CAPÍTULO 7 DEBIDO PROCESO En la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada el derecho al debido proceso está enmarcado legalmente en la Constitución Política de Colombia, en su Art. 29, como un derecho fundamental y como tal se rige por sus elementos y principios, traducidos en derecho a la defensa, derecho a la notificación y conocimiento de los procesos que se adelantan a su favor, derecho de representación por parte de sus padres y/o acudientes e inclusive la representación de autoridad que proteja sus derechos fundamentales, derecho a la intimidad y la protección de su nombre, por lo que los procesos han de contar con la debida reserva. Busca, de acuerdo a la Filosofía Institucional, garantizar la formación integral de los estudiantes, mediante unas relaciones basadas en el afecto y la comunicación dialógica. En todo caso, los procesos que se adelantan, tendrán el único objeto de proteger a los estudiantes logrando su formación y protección integral, como deber funcional de la Institución Educativa. Con el fin de asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas:   



 

Derecho a la oportunidad de ser escuchado. Derecho a presentar sus descargos. Derecho de defensa: durante todo el proceso, el estudiante tiene derecho a defenderse, de ser acompañado por su acudiente. La defensa tiene que ver también, con el derecho a pedir pruebas, controvertir las existentes, hacerse presente en las citaciones, revisar el expediente, pedir copias, interponer recursos y presentar alegaciones. Se garantiza el derecho a la defensa cuando se haga con respeto y sinceridad, que lleven a esclarecer la gravedad de la situación. Responsabilidad: las conductas establecidas como situaciones que afectan la convivencia en el presente manual sólo pueden sancionarse como dolo o como culpa. Se entiende por dolo, la intención del estudiante de causar, con el hecho u omisión, daño a la convivencia escolar; se entiende por culpa, la falta de previsión, diligencia o cuidado suficientes para evitar el daño a la convivencia. Sólo podrá sancionarse una conducta a título de culpa cuando ésta es de carácter grave; es decir, cuando quien cometió el hecho u omisión no observó el mínimo de cuidado para prever sus consecuencias negativas. Necesidad de la prueba: la responsabilidad que se le atribuye a él o la estudiante disciplinado en el proceso, debe fundamentarse, en todos los casos, en hechos que le han sido debidamente comprobados por la Institución, en uso de cualquier medio probatorio. Proporcionalidad: la sanción que se imponga al estudiante, debe ser proporcional a la situación cometida. Para graduar la sanción, se aplicarán los criterios establecidos en el presente manual.

Cuando se inicie un proceso disciplinario a un estudiante, la institución tendrá en cuenta además, las circunstancias personales del mismo, en términos de necesidades educativas especiales, etnia o cultura a la que pertenece, a efectos de disponer de los recursos requeridos para garantizar su derecho de defensa y la debida aplicación de correctivos.

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TÍTULO 8 UNIFORMES El uniforme constituye una de las maneras de identificar a los integrantes de la comunidad educativa y permite incentivar el sentido de pertenencia. La institución educativa adopta, para el preescolar, la básica primaria, secundaria y la media un uniforme cuyo diseño fue aprobado por el Consejo Directivo. El uniforme de gala se usa siempre en actividades extracurriculares relacionadas con la institución como Preicfes, catedra constitucional, media técnica del Sena, visitas a universidades, talleres, capacitaciones, seminarios, etc. El uso del uniforme es para la preservación del orden en cuanto la presentación personal, es respeto a los símbolos institucionales. Las pautas de presentación personal buscan preservar a los estudiantes de discriminación por razones de apariencia. Los uniformes de gala y de educación física para los estudiantes de la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada, serán con las siguientes especificaciones. UNIFORME DE GALA FEMENINO:  Jumper a cuadros de color azul y vino tinto. El largo del jumper irá justo a media rodilla.  Camisa blanca manga corta.  Medias azul oscuro hasta la rodilla y zapatos negros. MASCULINO:  Jean clásico tradicional de color azul oscuro bota recta sin ningún estampado.  Camiseta tipo polo en tela lacoste blaca, con escudo bordado de la Institución al lado izquierdo del pecho y cuello en rib con el nombre de Institución, el rib del cuello y de las mangas con rayas color amarillo, verde, rojo y azul. La camiseta debe ir metida en el pantalón.  Medias azul oscuro y zapatos o tenis completamente negros.  Correa negra o azul oscura, con hebilla pequeña y sencilla. UNIFORME DE EDUCACIÒN FISICA (FEMENINO Y MASCULINO)  Sudadera en tela impermeable (náutica) de color azul oscuro, bota recta y sesgo con alma blanco en los lados y tira azul interna, en la pierna izquierda tiene bordado en blanco las letras iniciales del nombre de la Institución educativa.  Pantaloneta hasta la rodilla, tela impermeable (náutica) de color azul oscuro, sesgo con alma blanco en los lados y tira azul interna, en la pierna izquierda tiene bordado en blanco las letras iniciales del nombre de la Institución educativa.  Camiseta tipo polo en tela lacoste blaca, con escudo bordado de la Institución al lado izquierdo del pecho y cuello en rib con el nombre de Institución, el rib del cuello y de las mangas con rayas color amarillo, verde, rojo y azul.  Tenis totalmente blancos, sin adornos y medias blancas, no tobilleras. El uniforme de educación física, solo debe vestirse el día que este asignado en el horario o actividades que así lo requieran y lo autoricen.

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CHAQUETA DEL UNIFORME (FEMENINA Y MASCULINA)  En tela impermeable (náutica) de color azul oscuro, con una franja blanca a la altura del pecho, donde va bordado el escudo de la Institución al lado izquierdo; sesgo blanco en ambas mangas y cierre frontal. Capucha oculta en el cuello.  En ningún momento se debe portar otro buzo, saco o chaqueta con el uniforme, se debe usar exclusivamente la chaqueta de la Institución.  Los estudiantes del grado once podrán usar el buzo o chaqueta distintiva que eligieron para su promoción. Es de uso exclusivo del grado once, no la debe utilizar otro estudiante de otro grado. LLEVAR DIGNAMENTE EL UNIFORME El uniforme es uno de los símbolos de la Institución, por lo tanto se exige tener en cuenta las siguientes disposiciones de una impecable presentación personal:        

Higiénicamente presentados todos los días (bañados, peinados, los hombres afeitados). Zapatos limpios. Uniforme limpio, en buen estado y completo, según especificaciones dadas. No se permite pintar o rasgar las prendas del uniforme. La talla del uniforme debe ajustarse a la contextura física del estudiante. Y no deben seguir ni llevar modas que lo desvirtúen, tanto para los hombres como para las mujeres. El uniforme de educación física, solo debe vestirse el día que este asignado en el horario o actividades que así lo requieran y lo autoricen, de lo contrario deberá presentarse excusa por escrito al coordinador para su análisis y luego al docente del área. La cabeza debe permanecer descubierta: sin cachuchas, gorras, sombreros o boinas. No usar de collares, manillas, pulseras, prendedores, piercing, expansores y otros accesorios que demeriten la buena presentación del uniforme (dentro o fuera de la institución). No se permite el ingreso ni el uso de buzos, sacos o chaquetas diferentes a la chaqueta del uniforme. Con excepción del grado once que tienen su chaqueta distintiva. Cuando realicen las actividades físicas en la clase de educación física, no deben usar ningún tipo de accesorio, por el riesgo de accidentes que se puedan presentar, como rasgado y heridas en la piel ocasionados por aretas, collares, cadenas, pulseras, piercing, relojes, anillos, etc.

Parágrafo 1: No hace parte del uniforme establecido y aprobado por la comunidad educativa en los hombres los aretes, piercing, expansores, manillas y otros accesorios. Los hombres deben llevar un motilado clásico, o cabello recogido y sin tintes de colores extravagantes, llamativos o no convencionales (azul, morado, verde, naranja, fuscia, rosado). Las mujeres podrán usar hebillas, bambas y balacas blancas, negras o azules oscuras, aretes pequeños, blancos, dorados, plateados, negros o azules oscuros. No hace parte del uniforme los piercing, expansores, las manillas y otros accesorios; y en el cabello los tintes de colores extravagantes llamativos o no convencionales (azul, morado, verde, naranja, fuscia, rosado) Parágrafo 2: Cuando el estudiante se encuentre fuera de la Institución y lleve puesto el uniforme su comportamiento se tendrá en cuenta como si estuviese dentro de ella, y cualquier situación que afecta la convivencia cometida será sancionada de acuerdo con lo estipulado en el Manual de Convivencia Escolar. Si el estudiante sin el uniforme comete cualquier acto de incumplimiento al manual de convivencia la institución también deberá tomar correctivos teniendo en cuenta que el acudiente le renovó al estudiante la matricula por un año. Parágrafo 3: Con el fin de evitar situaciones de violencia relacionada con los hinchas de los equipos, se sugiere que los estudiantes no porten con el uniforme y de forma visible los artículos alusivos a los equipos deportivos como camiseta, bandera, pañoletas, morral.

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TÍTULO 9 REGLAMENTACIONES ESPECIALES

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES EN EL COMEDOR La comunidad estudiantil usuaria del servicio del comedor estará obligada a:  Entrar al comedor por grupos en fila, con orden y tranquilidad, sin correr, sin empujar a los compañeros ni gritar.  Lavarse y secarse las manos antes de entrar al comedor.  Consumir por completo el menú ofrecido en el día.  No arrojar pan, agua o restos de comida al suelo ni a otros estudiantes.  Permanecer en su sitio hasta que el docente acompañante lo indique  Mantener un adecuado comportamiento durante la prestación del servicio, como: no pelear, no usar términos soeces.  Forma parte de este comportamiento comer en un ambiente tranquilo y relajado, por lo que nunca se dirigirá a los demás gritando, sino hablando en un tono de voz adecuado.  Cumplir las orientaciones y respetar al personal encargado del servicio.  Mostrar respeto, cooperación y solidaridad con sus compañeros.  Respetar las instalaciones y utilizar correctamente mobiliario y enseres.  Cada estudiante debe mantener en perfecto estado el aseo y el orden en las mesas, las sillas y pisos del local.  El ingreso y permanencia en el comedor debe ser estrictamente con el uniforme completo de la institución, sin prendas que no correspondan al uniforme del día.  Esperar el turno mostrando orden y disciplina para el ingreso al comedor, ya que la prioridad en la atención es de menor a mayor, de acuerdo a las sugerencias recibidas desde secretaria de familia y MANA escolar.  Los estudiantes esperan afuera, en fila por orden de grados. El profesor encargado será quien invite a seguir a tomar el almuerzo o refrigerio de acuerdo con un horario de ingreso establecido.  El grupo de estudiantes llevan la vajilla completa que hayan usado hasta el sitio indicado, dejando su lugar en la mesa en orden y aseo.  Finalizado el almuerzo o refrigerio los estudiantes deben retirarse inmediatamente del comedor y así permitir el buen desarrollo del siguiente turno.  Restringir el ingreso de padres de familia hacia el restaurante.  El espacio físico destinado para el servicio de restaurante escolar , no podrá ser utilizado para otras actividades diferentes a las ya especificadas. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES EN EL TIENDA ESCOLAR  Utilizar la tienda escolar en los horarios estipulados para ello. Horario de descanso.  Dirigirse en forma correcta y adecuada a la persona encargada de la tienda escolar.  Mantener el orden y la compostura para comprar los artículos que se expendan.  Devolver en buen estado los implementos que así lo requieran como vasos, botellas, etc.  El grupo de estudiantes debe conservar la limpieza de la parte externa de la tienda escolar.  El grupo de estudiantes debe hacer la fila correspondiente y respetar su turno y el de los demás.  El grupo de estudiantes, al comprar sus alimentos, no debe jugar con ellos, ni arrebatarlos a sus otros compañeros.  Es obligación del grupo de estudiantes, informar a los docentes y directivos docentes, cuando la prestación del servicio no es adecuado en el trato que les brindan y en la calidad de los productos.

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La comunidad de estudiantes no puede pedir dinero a sus compañeros bajo ninguna excusa. El grupo de estudiantes solo pueden comprar el consumo personal de los productos de la tienda.

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES EN EL TRANSPORTE La institución educativa no cuenta con el servicio de transporte, las siguientes son recomendaciones para los estudiantes que tienen contratado el servicio particular de transporte.  Mantener un trato cordial y respetuoso con el monitor, conductor y sus compañeros, de acuerdo a los parámetros de comportamiento para crear un ambiente de armonía.  Dentro del vehículo no está permitido pararse, gritar, sacar alguna parte del cuerpo por una ventana, lanzar objetos por las ventanas, dirigirse verbalmente o realizar actos que atenten contra la integridad moral y física de los funcionarios y peatones.  Prohibido realizar compras a vendedores en paradas de semáforo.  Abstenerse en las rutas de subir mascotas y consumir víveres dentro de las mismas.  Ocupar siempre la silla que asigne la monitora del vehículo y responder por los daños que le ocasione por su comportamiento.  Colaborar con el aseo interno del vehículo, evitando botar basura dentro de él.  Cuando la comunidad estudiantil haga uso de transporte en una salida pedagógica debe responder por los daños ocasionados en el vehiculo.  El grupo de estudiantes que hace uso de transporte escolar deben cumplir con el horario establecido por la institución educativa para el ingreso y salida de los estudiantes a la jornada escolar.  Las personas que realizan los transportes de los estudiantes de la casa al colegio o viceversa deben esperar los estudiantes que hacen el aseo en el día indicado.

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES EN LAS ZONAS DEPORTIVAS  Utilizar las instalaciones, servicios y equipamientos con un buen trato y cuidado correcto.  No impedir y no obstaculizar el uso legítimo de las instalaciones a las demás estudiantes.  Guardar el debido respeto a las demás estudiantes, observando el comportamiento adecuado para la buena convivencia.  Hacer un uso adecuado de baños, duchas y vestuarios, observando las debidas medidas de higiene y bajo la autorización del docente encargado  Comunicar a los docentes y directivos docentes las anomalías de funcionamiento, daños, deficiencias o incumplimiento de lo dispuesto en las normas.  Las zonas deportivas no podrán ser utilizadas fuera de los horarios indicados.  Las áreas deportivas de la institución son los sitios que se encuentran adaptados y equipados para la realización de actividades deportivas que propicien en los estudiantes la práctica de estilos de vida saludables.  Tener un lenguaje adecuado en los eventos deportivos que allí se realizan.  Los espacios deportivos deben ser utilizados con el vestuario adecuado de acuerdo a la actividad que vaya a realizar DEBERES DE LOS ESTUDIANTES EN LAS ZONAS COMUNES  Las zonas de tránsito, como pasillos, rampas y el patio central, deben permanecer libres de equipo, muebles, basura y objetos ajenos a ellos.

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La comunidad requiere de un ambiente de calma para desarrollar su trabajo. El ruido excesivo, correr y gritar en las áreas comunes alteran el buen desempeño del trabajo del personal y deberán evitarse. El uso de radios y aparatos similares está estrictamente prohibido. Las áreas comunes son zonas libres de fumadores y masticar chicle. La basura debe depositarse en los sitios designados. Se debe mantener orden y disciplina en todo momento o en caso de emergencia. Se deben respetar las áreas verdes, no se permite pisar o sentarse sobre el pasto, se debe salvaguardar y conservar en todo momento los árboles y las plantas; Para hacer uso de estas áreas en cuestiones académicas, debe ser informado y solicitado previamente a la Coordinación Académica. El desplazamiento en las zonas comunes siempre se debe hacer caminando por su lado derecho. La comunidad e estudiantes deben evitar los juegos bruscos y el vocabulario soez en estas zonas.

REGLAMENTO DEL USO DEL SISTEMA DE SONIDO.  Los estudiantes no utilizaran el sistema de sonido sin la debida autorización.  Los decibeles no deben sobrepasar los límites normales, sin llegar a la contaminación auditiva.  Utilizar el sonido solo en eventos institucionales y en situaciones de suma importancia, evitando interrupciones innecesarias, tales como: llamar a estudiantes, docentes, encontrar objetos perdidos, llamadas telefónicas, etc.  El sonido se utilizará como herramienta de apoyo en el proceso de aprendizaje y en algunas actividades que requieran música de ambientación.

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES EN LAS SALIDAS PEDAGÓGICAS  La comunidad de estudiantes debe presentar por escritos el permiso de sus padres para la salida pedagógica.  Las salidas pedagógicas deben ser con el uniforme de la institución educativa indicado por docente responsable y conservarlo hasta su regreso.  Cuando la salida requiera aporte económico de los padres de familia, este deberá estar cancelado en el momento de la salida.  En espacios abiertos o cerrados, conservar un comportamiento acorde a las normas institucionales y del lugar visitado.  El grupo de estudiantes no puede llevar ni consumir bebidas alcohólicas, cigarrillos y sustancias psicoactivas.  La comunidad de estudiantes deberá cumplir con los horarios establecidos para las salidas y regresos.  El grupo de estudiantes debe permanecer en el lugar asignado para la salida pedagógica, hasta que sea el momento del regreso. REGLAMENTO PARA USAR EL ASCENSOR  Usar el ascensor en forma racional, eficaz y oportuna; teniendo en cuenta que este es un servicio para personas en condición de discapacidad física o motora, adultos mayores y personas con impedimentos físicos certificados.  Respetar la capacidad máxima del ascensor, teniendo en cuenta que una vez completo el cupo el estudiante no debe ingresar al ascensor.

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Brindar un trato preferencial a adultos mayores, personas en condición de discapacidad y visitantes para ingresar primero al ascensor. Conocer el reglamento de uso del ascensor, el cual está ubicado en su interior. Conservar un comportamiento adecuado en el interior del ascensor: no saltar, evitar movimientos bruscos, no accionar el botón de emergencia. No utilice la llave de apertura de las puertas. Evitar exceder el cupo máximo establecido. Respetar la fila para ingresar al ascensor. Mantenerse alejados de las puertas

REGLAMENTO PARA EL PARQUEADERO  Los estudiantes no deben permanecer en los parqueaderos en ningún momento de la jornada escolar.  Evitar parquear en las vías externas a la institución.  Ningún vehículo carros o motos pueden amanecer en los parqueaderos de la Institución.  Evite parquear sobre las cebras y senderos peatonales.  Parquear solo en los sitios delimitados para ello. REGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA  Para garantizar la adecuada presentación de sus servicios, la Biblioteca de la institución ha establecido normas a las cuales todos los usuarios deben acogerse sin excepción:  Ingresar a la biblioteca sobrio, con una buena presentación personal, evitando el uso de prendas sugestivas, pantalonetas, chanclas, faldas muy cortas, entre otras.  Registrarse en el sistema de préstamo de material en la biblioteca.  Trabajar en orden y en silencio.  Ser cuidadoso en la manipulación del material bibliográfico.  Dejar mesas y demás espacios limpios y ordenados.  Dar trato cordial al personal de la biblioteca.  Devolver el material prestado, en el plazo establecido.  Por razones de higiene y seguridad, no se debe ingerir alimentos. bebidas, ni masticar chicles.  No se debe ingresar ni utilizar aparatos tecnológicos para otros fines distintos a la consulta.  Dar buen uso a los equipos tecnológicos que pertenecen a la biblioteca.  La entrada a la biblioteca es libre y gratuita. Sólo se exige conocer y respetar los reglamentos.  Los libros son de uso común: no los raye ni mutile, ni escriba sobre ellos.  Todo intento de hurto comprobado o de atentado contra los bienes de la Biblioteca será sancionado.  La agresión física y/o verbal en contra de los usuarios o de empleados, será sancionada con el retiro de la biblioteca y la suspensión del servicio.  Guardar sus pertenencias en la recepción y reclamar el ficho con el cual se le devolverá. REGLAMENTO PARA EL LABORATORIO Y AULAS ESPECIALIZADAS  Asistir al laboratorio con los implementos que solicite el docente.  Dar buen uso de los espacios e implementos del laboratorio.  Uso de ropa adecuada para evitar salpicaduras de sustancias químicas.  No se debe comer ni beber en el laboratorio.

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Elementos de seguridad y vías de evacuación: Es necesario familiarizarse con los elementos de seguridad: localización de los extintores, duchas de seguridad y lavaojos, así como localizar todas las salidas, sean o no de emergencia. Es aconsejable no vestir con minifalda ni pantalones cortos. También se recomienda llevar zapatos cerrados y no sandalias. Los cabellos largos suponen un riesgo que se puede evitar recogiéndolos. Condiciones del área de trabajo: Se debe mantener siempre limpia y sin libros, abrigos, bolsos, etc. Los productos derramados se tienen que limpiar inmediatamente y el exceso de recipientes de productos químicos se eliminará de la zona de trabajo. En caso de rotura de termómetros, avisa inmediatamente al responsable para eliminar el mercurio. Conducta en el laboratorio: No abandones el sitio de trabajo mientras se esté llevando a término alguna reacción o destilación. La conducta personal tiene que ser correcta y ejercitar el sentido común. No se deben hacer bromas, correr, jugar, empujar, gritar,... Experimentos no autorizados: No se deben realizar nunca experimentos que no sean autorizados por el profesorado. Utilización de equipos y aparatos: No utilices nunca un equipo o aparato sin conocer perfectamente su funcionamiento. En caso de duda, pregunta siempre al responsable. Los equipos y aparatos deben estar en perfectas condiciones de uso, y los materiales y aparatos que se utilicen se deben dejar siempre limpios y en perfecto estado para ser utilizados otra vez. Manipulación de productos químicos: Los productos químicos pueden ser peligrosos por sus propiedades tóxicas, corrosivas, inflamables o explosivas, por lo cual se deben manipular con mucho cuidado. El peligro más grande en el laboratorio es el fuego. Se debe evitar la presencia de llamas abiertas siempre y cuando sea posible. Si el uso de un mechero bunsen es inevitable, asegúrate de la no existencia de productos inflamables a su alrededor, en especial disolventes. No inhales los vapores de los productos utilizados.

REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS BAÑOS:  El baño es el lugar donde manifiestas, principalmente, el grado de cultura que posees. Antes de hacer uso de él, asegúrate de que no haya nadie dentro. No seas impaciente.  Las necesidades corporales son naturales y necesarias y el ejecutarlas requiere de muchas molestias.  Evitar pararse sobre la taza, ésta sirve para sentarse no para subirse.  Arroja el papel usado a los recipientes dispuestos para este fin, jamás fuera de ellos.  El escribir y rayar las paredes es señal de bajísima cultura y moralidad.  No hagas del baño lugar de esparcimiento y lectura, porque no es de tu uso exclusivo.

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TÍTULO 10 CONFORMACION DEL GOBIERNO ESCOLAR DEMOCRACIA Dando cumplimiento a la Ley 115 de 1994 (Capítulo II, Artículo 142 y Capítulo IV, Artículo 19, 20) donde se orienta la conformación del Gobierno escolar, la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada, procede a elegir de forma Democratice y con la participación de todos y cada uno de los estamentos de la comunidad, los órganos del Gobierno Escolar, como son: Consejo Directivo y consejo Académico, además de los órganos de apoyo como son: Consejo de Estudiantes, Junta de Asociación de Padres de Familia, Personero de los Estudiantes y Consejo de Padres. Siguiendo el debido proceso, cada uno de los estamentos nombrara sus representantes a través de la elección por voto secreto, teniendo en cuenta que exista quórum en el momento de elegir  La elección del Personero de los Estudiantes (Capítulo IV, Art. 28), con la participación del 100 % de los estudiantes, cumpliendo con el trabajo de campaña previo, con varios candidatos del grado 11º como último grado que ofrece la Institución, con el apoyo y trabajo del área de Sociales.  La elección del Consejo Académico (Capítulo IV, Art. 24), se hace con la participación en pleno de los Docentes que conforman la planta Docente de la Institución, se presentan las áreas con los docentes de mayor intensidad horaria en cada una de ellas y se procede a la elección por acuerdo entre ellos mismos.  Para los miembros del Consejo Directivo, (Capítulo IV, Art. 21) los docentes de la Jornada de la Mañana eligen su representante a través del voto secreto, de igual manera lo hacen los docentes de la jornada de la tarde, los demás miembros del Consejo Directivo serán nombrados en los espacios respectivos por los estamentos competentes.  El Consejo de Estudiantes (Capítulo IV, Art. 29), se constituye previo trabajo desarrollado por los directores de grupo y el área de sociales, quienes en orientaciones de grupo socializan el perfil de un representante y en la fecha respectiva en esta orientación de grupo se hace la elección de su representante.  Para los grados preescolar, primero, segundo y tercero se nombra un representante común del grado tercero para conformar el Consejo de Estudiantes.  Para la elección del estudiante Representante al Consejo Directivo, se procederá citando al Consejo de Estudiantes, quienes escucharan las propuestas por cada uno de los candidatos del grado 11º como último grado de la Institución y procederán a votar en forma secreta.  El Consejo de Padres (Capítulo IV, Art. 31), en reunión previa, cada director de grupo orientará entre los padres de familia la elección de aquellos que deseen participar del Consejo de Padres, dando a conocer las funciones e importancia de pertenecer a dicho estamento. Serán citados para la Jornada Democrática y entre ellos elegirán su representante al Consejo Directivo.  La Junta Directiva de Asociación de Padres de Familia (Capítulo IV, Art. 30), en Asamblea citada y dirigida por la junta anterior en el término del tiempo que dispone la Ley (cuarenta y cinco días calendario siguiendo al de la iniciación de clases), se hace la elección de la nueva junta, la cual será citada para la Jornada Democrática y entre ellos elegirán el representante al Consejo Directivo. De esta forma se concluye el proceso Democrática para la conformación de los órganos del Gobierno Escolar.

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TÍTULO 11 LA MEDIACION ESCOLAR UNA OPCION PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CONVIVENCIA PROCESO APOYADO POR LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA (Ajuste del Manual de Convivencia en la agenda escolar del 2009) La Universidad de Antioquia y la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada del municipio de Sabaneta, han celebrado un convenio que permite la ejecución del proyecto “el juego de la democracia”, financiando por la vicerrectora de extensión y puesto en marcha por la facultad de derecho y ciencias políticas y el grupo base de la estrategia municipio saludable; con este proyecto se busca posicionar la mediación como una forma auto compositiva, es decir, que las partes ligadas por un conflicto le encuentran salida por ellas mismas, sea de forma directa o a través de la intervención de un tercero (el mediador) quien facilita la comunicación y las acerca para lograr acuerdos, aunque lo mas importante no es el acuerdo sino la posibilidad de reconocimiento del otro y el fortalecimiento de la relación (mediación transformativa), lo cual constituye un aporte a la disminución de las violencias y a la paz. Se pretende también con el proyecto:  Presentar un plan de mejoramiento que tenga como producto los ajustes necesarios al manual de convivencia, en lo relacionado con la POLITICA DE CONVIVENCIA y la GESTION DEL CONFLICTO ESCOLAR.  Dar respuesta a las prescripciones normativas contenidas en los artículos 41, 45 y 103 de la constitución política y a los artículos 14, 20 y 93 de la ley general de educación, respecto a la obligatoriedad del estudio de la constitución política y el aprovechamiento del tiempo libre, que posibilitan el fomento de las prácticas democráticas: el reconocimiento y respeto de la dignidad humana, la participación, la paz, la equidad, la tolerancia, la justicia, la solidaridad, y en general el cultivo de los valores ciudadanos.  Implementar como lo dispone la ley 1020 de 2006, que modifica el articulo 14 de la ley general de educación, nociones básicas de mecanismos alternativos de solución de conflictos, es este caso la mediación.  Hacer visible la necesidad de espacios flexibles en la escuela, donde la punitivo se relegue a un segundo plano y se de paso a la comunicación, al afecto, a la participación y al desarrollo de la autonomía como bases para una educación con sentido humano, que posibiliten el mejoramiento de los ambientes de aprendizaje y den cabida a una escuela socializadora y democrática.  Posicionar la palabra y el cumplimiento de ésta m como la posibilidad de entendimiento con el otro en condiciones de equidad, donde el dialogo permita: exponer argumentos y someterlos a la crítica, exteriorizar sentimientos, criterios propios, negociar intereses y llegar a acuerdos. El proyecto aprovecha el espacio deportivo como un escenario de convivencia pues allí jugadores y jugadoras se enfrentan con situaciones y problemas que los llevan a polemizar y defender posiciones entre los otros, a confrontar, rechazar o asumir las ideas de las demás personas, a proponer y aceptar metas, reglas y soluciones que al ser construidas por ellos mismos, adquieren condición de legitimidad y posibilitan mayor identidad y apropiación de la norma acordada. La mediación se propone como estrategia para la convivencia en la medida en que las habilidades y actitudes que incorpora, contribuyen a la formación política de estudiante, permiten restablecer la convivencia a partir de un aprendizaje significativo de la importancia del

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cumplimiento de los compromisos, del respeto a la integridad del otro y del reconocimiento de los daños causados a la convivencia con la trasgresión de la norma. Así un tercero facilita y apoya a los actores en conflictos para que ellos construyan sus propias formulas de justicia bajo el esquema gana-gana y el presupuesto del reconocimiento y respeto de la dignidad humana. La alianza entre la Universidad de Antioquia y la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada, permite que la universidad cumpla su función misional de realizar aportes al mejoramiento de los niveles procedentes a la educación superior y también contribuya al mejoramiento de la calidad de educación en términos de democratización de la escuela. MODELO DE GESTIÓN ESCOLAR FAVORABLE A LA CONVIVENCIA En el 2008 el Municipio de Sabaneta realizó convenio con el IPC, Instituto Popular de Capacitación, para asesoría educativa a la convivencia escolar, transformación del conflicto y democratización en la escuela. Dentro de las recomendaciones al manual de convivencia escolar de la IEACE, estuvo incluir un modelo de gestión escolar favorable a la convivencia escolar, con las siguientes estrategias. ESTRATEGIA DEFINICIÓN Comunicación Emprender la ampliación, y participación profundización y cualificación de la participación y las interacciones comunicativas, a través de procesos, de toma de decisiones y de la promoción de expresiones estéticas y creativas en diferentes espacios y escenarios.

Investigación e innovación

Constituir la organización escolar en un centro de producción de conocimientos, mediante programas y proyectos de investigación, sistematización para orientar, recrear e innovar permanentemente los procesos pedagógicos organizacionales. Alianzas Articulación, cooperación, estratégicas intercambio con diversas organizaciones para el desarrollo de iniciativas, programas y proyectos que mejoren su impacto social. Desarrollo Consolidar un soporte para la organizacional gestión estratégica que contemple: La consolidación de equipos estratégicos. Una visión compartida, acorde a los retos globales y específicos.

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LINEAS DE ACCION 1. Desarrollo y fortalecimiento del gobierno. 2. Construcción y cualificación de escenarios para la promoción de la convivencia escolar y el tratamiento dialogado de los conflictos. 3. Creación y facilitación es espacios y medios para las expresiones artísticas, estéticas, creativas, académicas o científicas. 1. Investigación en:  Pedagogía y metodologías de aprendizaje.  Entornos y contextos.  Construcción de subjetividades. 2. Sistematización 3. Evaluación. 1. Convenios de cooperación. 2. Constitución de redes temáticas y programáticas.

1. Instalar en la institución un proyecto que fortalezca y desarrolle el liderazgo colectivo en la comunidad. 2. Formación y capacitación de los y las docentes para abordar una gestión de la docencia acorde a los retos cotidianos que se les presente.

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TITULO 12 ESTRATEGIAS O MECANISMOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

MECANISMOS DE ACCESO:   

Promocionando la institución a través de medios de comunicación, como Institución Educativa Ambiental, futuro referente ambiental en el municipio. Potenciando la calidad educativa hacemos de la Institución Educativa un lugar de acceso significativo. Con el fortalecimiento de los valores institucionales nuestra institución será reconocida y elegida por las familias para la educación integral de sus hijos.

MECANISMOS DE RETENCIÓN:    

Acogida al estudiante en el proceso integral de formación que se brinda en la Institución Educativa. Vincular a las familias o acudientes en el proceso formativo de los hijos. Oferta de servicios y apoyos profesionales para los estudiantes y las familias, como la UAI, orientación escolar, apoyo de secretaria de familia. Servicio de restaurante escolar con 420 cupos, que incluye refrigerio y almuerzo. Auxilio de transporte brindado con recursos del municipio de Sabaneta.

MECANISMOS DE PERMANENCIA:   

Oferta educativa de todos los grados de básica y media, desde preescolar hasta once. Ofertas de Media Técnica en convenio con el SENA. Vincular la orientación vocacional con el proyecto de vida trabajado en la institución.

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TÍTULO 13 ESTIMULOS PARA LA COMUNIDAD EDUCATIVA

ESTIMULOS PARA LOS Y LAS ESTUDIANTES 1. Mención de Honor: a. Al estudiante por grupo que al finalizar cada período se destaquen por su alto rendimiento académico y comportamental. b. A los tres estudiantes por grupo que al finalizar el año escolar, se destaquen en cumplir los valores Institucionales de amor, convivencia, disciplina y equidad. c. Al estudiante que obtenga el mejor puntaje en las pruebas SABER. d. Al estudiante que sea el mejor bachiller de su promoción. Otras distinciones. Cuadro de Honor en Cartelera: En cada período académico del año se publicará a manera de cuadro de honor, el nombre de del o de los estudiantes por grado que se destaquen en cada una de las áreas, con valoraciones entre alto y superior. Representar a la Institución: Los estudiantes que se destaquen por sus habilidades académicas, deportivas, artísticas, culturales, científicas serán nombrados para representar la Institución en los eventos Municipales, Departamentales o Nacionales. Monitor de Área: El estudiante que se destaque por su rendimiento académico, comportamiento y colaboración será nombrado monitor de área por grupo. Izar en pabellón Nacional: Los estudiantes que se destaquen en los aspectos académicos, valores, actitudes y de acuerdo con el tema o celebración del acto cívico o cultural será seleccionado para la distinción. Imposición del escudo de la Institución: A los bachilleres que hayan cursado todos los grados de estudio en la Institución. Notas de alto o superior: Para los estudiantes que participen destacadamente en eventos o actividades que la que haya sido invitada la Institución, se le dará una nota en el área que corresponda dicha participación. Los estudiantes de grado 11º que obtengan desempeños altos o superiores en la prueba SABER, les será tenida en cuenta como una nota en el área o sea eximido de presentar las pruebas de período. ESTIMULOS PARA LOS DOCENTES A los docentes que se destaquen entre sus compañeros, se les reconocerán los siguientes estímulos: 1. Mención de Honor escrita: Al docente que su área se destaque con el mayor puntaje en las pruebas SABER a nivel Institucional. 2. Reconocimiento en público ante la comunidad educativa 3. Representar a la Institución en eventos. Se harán merecedores a cualquiera de los anteriores estímulos por la investigación en su campo de trabajo, producción de artículos, textos, módulos y publicaciones en libros y revistas.

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Porque se destaquen con una actitud de respeto, responsabilidad y solidaridad. y/o porque se destaquen en lo deportivo, artístico, cultural, ecológico, no solo en el ámbito institucional, sino a nivel Municipal, Departamental o Nacional. ESTIMULOS PARA LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES 1. Mención de Honor: a. A los padres de familia o acudientes que se destaquen por su colaboración y apoyo permanente en las actividades y programaciones Institucionales. b. A la Asociación de Padres de Familia y Consejo de Padres por su constante asesoría y apoyo Institucional.

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TÍTULO 14 PERFILES DE NUESTRA COMUNIDAD EDUCATIVA

PERFIL DEL ESTUDIANTE El estudiante de la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada debe descubrir y practicar los valores propios que la identifican (amor, convivencia, disciplina y equidad), como agente activo en el hogar; la Institución Educativa y en la sociedad en busca de un cambio social humano. Para la formación integral del estudiante la institución educativa brindará un ambiente de unión y solidaridad que le permita el libre desarrollo de su personalidad, llevándolo a ser responsable consigo mismo y con los demás, permitiendo un compromiso de desarrollo con la ciencia y la virtud El estudiante de la Institución Educativa se destacará dentro de la comunidad por un conjunto de valores que dan muestra de un ser:  Analítico y crítico que contribuya al engrandecimiento de su país.  Con autocuidado, con alto grado de autoestima, eficacia y responsabilidad buscando la excelencia y la ética donde se desempeñe.  Afectivo, emocional y físicamente sano logrando un equilibrio personal y social.  Autónomo futuras, con capacidad para decidir su propia vida asumiendo las responsabilidades futuras, capaz de identificar aquello que es necesario transformar o reemplazar.  Líder con capacidad de decidir, para expresarse, comprender, asimilar y aplicar conocimientos en el desarrollo del pensamiento tecnológico.  Con esfuerzo personal, buen rendimiento académico demostrado en su intelectualidad, dedicación y esfuerzo por alcanzar su proyecto de vida.  Equilibrado haciendo uso racional y consiente de los recursos naturales.

PERFIL DEL DOCENTE El docente es un orientador del proceso enseñanza aprendizaje que se une a la familia en su misión de formar personas integras, teniendo en cuenta sus diferencias individuales, ofreciendo apoyo, comprensión, dialogo, confianza y posibilitándole a toda la comunidad educativa un acompañamiento permanente en este proceso. El docente de la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada debe estar en continuo proceso de capacitación y fortalecimiento de sus propios estímulos que permitan el avance en su realización plena. Se destaca por ser una persona:  Equilibrada que reconozca los cambios biopsíquicos en el desarrollo del ser humano, que practique los valores humanos para orientar los múltiples comportamientos de sus estudiantes.  Con calidad humana en la solución de los conflictos que se presenten en la institución poniendo sus capacidades al servicio de la comunidad.  Líder con sus estudiantes demostrándolo con su seguridad, conocimientos, respeto por la identidad de sus estudiantes, compañeros y del padre de familia promoviendo los valores institucionales y sociales.  Comprometido y responsable en el ejercicio de su profesión con prudencia, buen manejo de la comunicación, actitud de cambio, permanente capacitación y superación intelectual.  Ético acatando la autoridad del establecimiento, de la constitución y las leyes de su país; con identidad y sentido de pertenencia por su institución.  Idóneo en su áreas, diseñando y proponiendo actividades significativas que estimulen al estudiante en el proceso de aprendizaje.

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Equitativo siendo honesto, imparcial, justo y prudente en palabras y acciones dentro y fuera de la Institución.

PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE El padre de familia como primer educador de sus hijos, formador en valores en la sociedad e identificado con la filosofía de la Institución Educativa se caracteriza por ser:  Ético: Convencido que la familia es el punto de apoyo en la formación de sus hijos durante toda la vida.  Progresista: Enseñando a sus hijos el respeto y gratitud hacia las personas que lo rodean con sanas costumbres de convivencia, el trabajo, la honestidad y el progreso de su comunidad.  Motivador: Estimula en sus hijos el valor del estudio como único medio para alcanzar la superación personal y social  Comprometido: Con las actividades educativas que la institución planea ayudando a sus hijos al proceso académico y formativo.  Leal: Hacia la institución buscando que sea cada día mejor y ayudando a superar las dificultades que puedan obstaculizarla  Sociable: Con excelentes relaciones humanas con los padres de familia, los docentes y las personas de la comunidad educativa brindando un dialogo cordial, la práctica de valores y el respeto por el otro.  Valorativo: Educando a sus hijos en valores como herramienta para la convivencia en sociedad.  Equitativo: Haciendo uso racional de los recursos naturales.

PERFIL DEL DIRECTIVO DOCENTE  Investigador de la naturaleza humana y de las relaciones interpersonales  Motivador constante con el ejemplo y las acciones del trabajo docente.  Creador de ideas, actividades, estrategias y pautas de trabajo.  Orientador de los procesos de desarrollo curricular  Solidario con el docente, estudiantes y personal administrativo en el marco de la verdad, la libertad, el derecho y la dignidad.  Acompañante del estudiante en los procesos de aprendizaje y formación.  Abierto a las diferencias individuales y colectivas que se presente PERFIL DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES Es un estudiante del último grado existente en la institución, que los estudiantes eligen democráticamente con la responsabilidad de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes que consagra la Constitución Política de Colombia, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia. Ésta responsabilidad la ejerce participando como líder comprometido en todas las actividades que se realicen en la comunidad educativa. El personero actúa como veedor y mediador de los derechos de los estudiantes promoviendo relaciones de sana convivencia. (Ajuste del Manual de Convivencia en la agenda escolar del 2009) El personero, como líder de la Institución Educativa, debe ser de una gran calidad humana, comprometido con la solidaridad, la tolerancia, la participación y la equidad para el desarrollo de adecuadas relaciones interpersonales. Debe además, saber y conocer:

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                  

Sus roles y competencias El Manual de Convivencia y el Proyecto educativo Institucional La realidad de su Comunidad Educativa. La Constitución Política de Colombia. La Ley General de Educación, (115 de 1994), y su decreto reglamentario 1860 de 1994 Los espacios y mecanismos de participación democrática Mecanismo de defensa de los derechos (Derechos de petición, acción de tutela, acción de cumplimento, recurso de reposición y recurso de apelación) La Ley de la Juventud Los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario, (DIH) Metodologías para el tratamiento de los conflictos para la convivencia social Manifestar en sus actitudes amor por el grupo y por la institución educativa. Dar prueba de actividad y dinamismo Ser responsable y honesto Tener capacidad de liderazgo Tener buen rendimiento académico Tener capacidad de escucha y entrega Que su programa se oriente al bien de la IE Su comportamiento general debe ser excelente, es decir que no tenga procesos disciplinarios. Gozar de aceptación y aprecio de sus compañeros.

Parágrafo: La Institución Educativa apoyara la capacitación del personero en los asuntos aquí enunciados.

REQUISITOS PARA SER ELEGIDO PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES Para ser precandidato a la personería de la Institución Educativa los aspirantes deben cumplir con los siguientes requisitos:  Haber demostrado una buena trayectoria académica y disciplinaria en la institución.  Llevar, como mínimo, dos (2) años de permanencia en el plantel.  No haber violado el manual de convivencia en aspectos como: suspendido del plantel, desescolarizado, amonestado por escrito o haber incurrido en actos como robo y agresión física a compañeros y superiores.  Tener una buena presentación personal y distinguirse por portar el uniforme de acuerdo con el manual de convivencia.  Poseer capacidad de liderazgo, gestión y diligencia personal.  Buena proyección en la comunidad educativa.  Tener buena fluidez verbal y respetuoso de sus apreciaciones.  Presentar ante los delegados un proyecto comunitario y las estrategias para ponerlo en marcha. SOBRE EL PERSONERO Personero de los estudiantes (cf. Ley 115, art. 94) será el estudiante del último grado, elegido por los estudiantes para que lleve su personería y actué como promotor de sus derechos y deberes. El personero de los estudiantes será elegido de acuerdo con lo contemplado en la ley general y el decreto 1860de 1994, y además de las funciones que le otorga la ley, deberá:

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Cumplir con el programa propuesto. Tener un alto sentido de pertenencia por la institución educativa. Presentar informe periódico del avance de su programa al consejo directivo y al consejo de estudiantes. Coordinar su trabajo con los representantes de grupo, evaluando permanentemente cada una de las actividades. Adelantar proyectos acorde a la filosofía de la institución. Mantener las condiciones del perfil que caracteriza a todo estudiante que porta la investidura otorgada por sus compañeros. Tener desempeño académico superior.

PERFIL DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL: EL CONTRALOR ESCOLAR: esta figura no está dentro del Gobierno Escolar, pues la Ley 115 y el Decreto 1860 no han sido modificados. PERFIL ASPIRANTES A CONTRALOR ESTUDIANTIL: 

      

Será un estudiante matriculado en la institución educativa, que curse el grado décimo del nivel de educación media, o del grado noveno o quinto en caso de que la institución educativa sólo ofrezca hasta el nivel de educación básica, elegido democráticamente por los estudiantes matriculados Es requisito para ser candidato a Contralor Escolar presentar el plan de trabajo Estudiantes con capacidad de liderazgo, respetuosos de la convivencia y buen desempeño académico. No tener situaciones que afectan la convivencia tipo II dentro de los dos años anteriores a su postulación. Capacidad de diálogo, concertación y resolución pacífica de conflictos. Manifiesto sentido de pertenencia por la institución educativa. Reconocimiento dentro de la comunidad educativa por respeto y valor hacia los pares y demás miembros de la comunidad educativa. Capacidad y criterio de argumentación.

PERFIL DEL REPRESENTANTE DE GRUPO         

Excelente sentido de liderazgo para dirigir, gestionar y desarrollar actividades para el bienestar del grupo que representa. Poseer buenas relaciones humanas. Tener buen nivel académico. Ser discreto en el manejo de situaciones conflictivas. Mediar entre los estudiantes y docentes o directivos en la solución pacífica de los conflictos. Tener capacidad de escucha y entrega. Tener sentido de pertenencia por la INSTITUCIÓN EDUCATIVA Poseer una buena presentación personal y distinguirse por portar el uniforme de acuerdo con el manual de convivencia. Cumplir con todas la normas del manual de convivencia.

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PERFIL DEL ESTUDIANTE EGRESADO En este capítulo nos referimos específicamente a lo que la Institución busca formar en sus estudiantes, para lo cual tomaremos en cuenta nuestra filosofía. Así mismo, nuestro proyecto Pedagógico o Plan de estudios y dentro de las normas establecidas en la Constitución Política y la Ley 115 de 1994, Ley General de Educación, para lo cual pretendemos.  Formar un individuo ético autónomo, con capacidad de liderazgo, con iniciativa personal para la resolución de problemas, predispuesto a los cambios, con alta calidad académica y profesional, para que preste sus servicios a la sociedad, a su patria y especialmente a su familia con honra y con decoro, bajo la práctica de sus derechos y deberes y el respeto de las diferencias individuales, la conciliación y la justicia dentro de los derechos humanos, amante y respetoso de la naturaleza, conservador del Medio Ambiente. 

Que bajo los componen entes del trabajo pedagógico en la Comunidad Estudiantil, formar individuos con capacidad crítica y cuestionadora de su mundo real.

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TÍTULO 15 COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA CAPÍTULO 1 CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA Reglamentado en el artículo 12 de la Ley 1620, de marzo 15 de 2013. El comité escolar de convivencia estará conformado por:       

El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité El coordinador cuando exista este cargo El personero estudiantil El docente con función de orientación El presidente del consejo de padres de familia El presidente del consejo de estudiantes Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

PARÁGRAFO: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

CAPÍTULO 2 FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. Reglamentado en el artículo 13 de la Ley 1620, de marzo 15 de 2013. Son funciones del comité: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que

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no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. Parágrafo: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. (Ver anexo)

CAPÍTULO 3 REGLAMENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR Capítulo I: carácter, conformación y domicilio Artículo 1. El comité de convivencia de la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada, es la instancia que fomenta la armonía y la convivencia en la comunidad educativa promuéveme actividades para fortalecer el crecimiento en valores de los integrantes de la Comunidad Educativa., evalúa y media los conflictos que se presenten dentro de la Institución, lleva a cabo el seguimiento del cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia. Artículo 2. Composición comité de convivencia: de acuerdo a lo reglamentado en el artículo 12 de la Ley 1620, de marzo 15 de 2013, el comité escolar de convivencia estará conformado por: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité El coordinador cuando exista este cargo El personero estudiantil El docente con función de orientación El presidente del consejo de padres de familia El presidente del consejo de estudiantes Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

Parágrafo 1º Se podrán tener invitados quienes tendrán voz pero no voto. Parágrafo 2º Cuando una persona representa dos cargos del comité de convivencia, su voto será contado por uno (1) solo.

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Artículo 3. El domicilio del comité de convivencia será en Sabaneta y su sede en la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada. Capitulo II: Funciones del comité de convivencia y sus miembros 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presentan entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes entre estudiantes y docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias programadas y actividades. 4. Promover la vinculación del establecimiento educativo a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad. 5. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. 6. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 7. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 8. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier otro tipo de conducta, contrario a la sana convivencia escolar. Requerir a la dirección, a los profesores o a quien corresponda informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar. 9. Determinar con alcance general, que tipo de situaciones que afectan la convivencia y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso. 10. Aplicar sanciones en los casos fundamentales y pertinentes. APARTADO ESPECIAL: Casos que tratará el comité de convivencia: Todos aquellos casos que sean únicamente de orden convivencial entre cualquier integrante de la comunidad, es decir: estudiantes, padres de familia, docentes y directivas; en los cuales se haya seguido y agotado estrictamente el conducto regular, y se efectuará por solicitud de cualquiera de los implicados y aprobada por rectoría; esta solicitud debe hacerse por escrito y presentada a la rectoría o a quién cumpla sus funciones. Todos los casos en los cuales la rectoría o quién cumpla sus funciones lo solicite.

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Artículo 4. Son funciones del coordinador: 1. 2. 3. 4.

Presidir las reuniones y ejercer la representación del Comité. Nombrar las comisiones permanentes o temporales que apruebe el Comité. Citar a las reuniones ordinarias y extraordinarias. Preparar el orden del día, darle el trámite correspondiente a cada una de las actas elaboradas, llevar los archivos del Comité (Citaciones, Control de Asistencia, Actas, Correspondencias y documentos que soportan la filosofía del currículo).

Parágrafo 1: La elaboración de las actas, será realizada por la secretaria asignada del comité Artículo 5. Es deber de todos los miembros del Comité de convivencia:   

Asistir puntualmente a todas las reuniones. Presentar y considerar las iniciativas de los miembros de la Comunidad educativa que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar. Presentar las sugerencias de los estamentos de la comunidad educativa para asesorar al Rector en la toma de decisiones de convivencia; y mantener informados a sus representados.

Capítulo III: Condiciones y Elección de los miembros Artículo 6. Los miembros del Comité de convivencia, son de dos clases: Por derecho propio y por elección. Son miembros por derecho propio:   

El director administrativo o quien haga sus veces. El coordinador representante de la institución o quien haga sus veces. Orientador escolar

Son miembros por elección:    

Los representantes de los profesores. Los representantes de los Padres de familia de primaria y secundaria. El personero estudiantil. El representante del Consejo estudiantil.

Artículo 7. Para pertenecer al Comité de convivencia, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:     

Estar vinculado al Colegio o a la Comunidad Educativa Demostrar actitudes y valores, con autenticidad y congruencia con el Proyecto Educativo Institucional. Demostrar alto grado de Pertenencia, compromiso con el Colegio y entrega al servicio educativo del plantel. Comulgar con la filosofía del Colegio y con sus principios y haber manifestado siempre respeto por la institución y sus componentes. Disponer del tiempo para el servicio, las reuniones y las actividades.

Capítulo IV: Deberes, Derechos y Prohibiciones

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Artículo 8. Son deberes de los miembros del Comité de convivencia:       

Asistir puntualmente a todas las reuniones. Cumplir cabalmente el reglamento y demás normas que prescriban la legislación y el Comité de convivencia. Guardar discreción y prudencia sobre los asuntos que trate o estudie el Comité. Participar activamente en las reuniones y en las comisiones que le asigne el Comité de convivencia. Asegurar el trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa. Informar veraz, objetiva y oportunamente a sus representados sobre los asuntos tratados por el Comité. Los demás que le sean asignados por el Comité, siempre que sean de su incumbencia.

Artículo 9. Son derechos de los miembros del Comité de convivencia:    

Presentar iniciativas y sugerencias para asesorar al Rector en la toma de decisiones y para lograr la práctica de la participación y la buena convivencia en la vida escolar. Recibir trato cortés y participar en igualdad de condiciones con los demás miembros del Comité. Participar en todas las deliberaciones con voz y voto. Ser estimulado por su labor en beneficio de la Comunidad Educativa.

Artículo 10. Se establecen las siguientes prohibiciones, a los miembros del Comité de convivencia:    

Revelar información sobre temas tratados en el Comité. Distorsionar las decisiones tomadas en el Comité. Entorpecer sistemáticamente la buena marcha de las deliberaciones y/o de las actividades del Comité. Disociar las relaciones entre los integrantes del Comité.

Capítulo V: Sanciones Artículo 11. Al miembro del Comité de convivencia que falte sistemáticamente al cumplimiento de sus funciones, deberes y prohibiciones, se le sancionará de acuerdo con lo estipulado en el régimen disciplinario único, en el estatuto docente y en el reglamento interno del colegio, según sea el caso. Parágrafo 10: La competencia para sancionar, recae en el mismo Comité y en el inmediato superior. Artículo 12. Se consideran causales para exclusión o pérdida de investidura como representante al Comité convivencia, las siguientes:   

Inasistencia a dos (3) sesiones sin justa causa. Llamada de atención por escrito, por negligencia en el cumplimiento de sus deberes, por segunda vez. Orden de autoridad competente.

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Capítulo VI: Reuniones, Quórum Artículo 13. Las reuniones del Comité de convivencia, serán de dos (2) clases:  

Ordinarias, que se convocan mensualmente para el día y hora acordados por los integrantes del Comité de convivencia. Extraordinarias, que se convocan en forma excepcional para tratar un asunto específico.

Artículo 14. Constituye quórum para deliberar, la mitad más uno de los miembros que conforman el Comité. Parágrafo 10: Las decisiones exigen, mayoría de las dos terceras partes de los asistentes. Capítulo VII: Disposiciones generales Artículo 15: Invitados: Cualquier miembro de la comunidad educativa, podrá participar de las deliberaciones del Comité de convivencia con voz pero sin voto. Esta participación se hará por invitación o por solicitud personal debidamente aprobada por la entidad. Artículo 16. El Comité de convivencia convocará y nombrará comisiones temporales cuando lo considere necesario para estudio y actividades de situaciones que ameriten éste tipo de atención. Artículo 17. Los asuntos que lleguen a consideración del Comité de convivencia, sólo serán considerados después de haber seguido el conducto regular establecido en el Manual de Convivencia del plantel. Parágrafo 10: Cuando un asunto sea de competencia de otra autoridad, el Comité se abstendrá de considerarlo. Artículo 18. Recursos Contra las decisiones del Comité de convivencia, procede el derecho de defensa del cual se podrá hacer uso, recurriendo al mismo Comité dentro de los tres (3) días siguientes a la comunicación de una decisión. Surtido éste recurso, no procede ningún otro. Artículo 19. El voto es personal e indelegable, para todos los efectos. Capítulo VIII: Vigencia Artículo 20. El Comité de convivencia, ejercerá sus funciones por un año contado a partir del momento en que fue elegido y hasta cuando se designe el nuevo Comité mediante la aplicación del procedimiento correspondiente. Artículo 21. El presente reglamento rige a partir de su publicación y estará vigente hasta cuando sea modificado total o parcialmente por el mismo Comité de convivencia. Dado en sabaneta a los 11 días del mes de marzo de 2014.

BEATRIZ ELENA RODRIGUEZ ARBELAEZ Rectora

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ANEXOS

ANEXO 1 TERMINOS USADOS EN EL MANUAL DE CONVIVENCIA

Ámbito de aplicación: Se aplicara al estudiante que infrinja la norma dentro del establecimiento como también aquel que lo hiciere por fuera causando perjuicios a la Institución y a sus bienes o en los espacios o lugares que por razones de la actividad (es) este algún integrante de la comunidad educativa en representación de la Institución. En temporal, la acción disciplinaria tiene una vigencia de dos años calendario a partir de la comisión de hecho cuando sea de ejecución instantánea. En los de la ejecución continua, se encuentra desde el último acto constitutivo del hecho. Autor de la falta o situación que afecta la convivencia: El que cometa la falta disciplinaria, incite o determine a otro a cometerla. Cosa juzgada: Ningún estudiante puede ser investigado o sancionado dos veces por el mismo hecho. El hecho puede ser por acción o por omisión. Por acción cuando se hace algo prohibido. Por omisión cuando se dejó de hacer algo que se tenía el deber de realizarlo. El hecho está demarcado por las circunstancias de lugar, tiempo y modo. Culpabilidad: Es calificar la responsabilidad del autor del hecho. El estudiante es responsable de su actuar a título de dolo o culpa. Se entiende dolo cuando el estudiante actúa con plena conciencia, voluntad e intención del hecho y su respaldo. Se entiende por culpa cuando la conducta y el resultado son producto de un actuar negligente, es decir, no hay plena voluntad del estudiante. Deber: Concepto que está íntimamente ligado al anterior y hace referencia a los compromisos escolares en el ámbito personal, social y familiar, los cuales adquiere el individuo en el momento que se matricula en la Institución. Busca orientar la formación integral del individuo a través de la convivencia con los demás. Derecho: Capacidad o facultad que tienen los individuos para hacer o exigir algunas cosas de acuerdo con las normas que rigen el comportamiento social. Facultad natural del hombre para hacer, legítimamente lo que conduce a su realización como persona. Derecho al debido proceso: está enmarcado legalmente en la Constitución Política de Colombia, en su Art. 29, como un derecho fundamental y como tal se rige por sus elementos y principios, traducidos en derecho a la defensa, derecho a la notificación y conocimiento de los procesos que se adelantan a su favor, derecho de representación por parte de sus padres y/o acudientes e inclusive la representación de autoridad que proteja sus derechos fundamentales, derecho a la intimidad y la protección de su nombre, por lo que los procesos han de contar con la debida reserva. Busca, de acuerdo a la Filosofía Institucional, garantizar la formación integral de los estudiantes, mediante unas relaciones basadas en el afecto y la comunicación dialógica. (Ver Título 7, Capítulo 7. Debido proceso). Derecho de defensa: El estudiante (s) que sea objeto de una acusación, tendrá derecho a que se le explique con claridad en qué consiste la presente violación de prohibiciones o el supuesto incumplimiento de los deberes que se le endilgan, que se escuche lo que tiene que decir al

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respecto, pedir que se practiquen pruebas, solicitar la presencia de acudiente frente al procedimiento por situaciones tipo III e interponer los recursos establecidos en este manual: (Constitución Política de Colombia, Art. 29). Derecho de petición: Toda persona tiene derecho a presentar petición respetuosa a las autoridades, por motivo de interés general o particular y a obtener pronta solución, (Constitución Política de Colombia, Art. 23). Estímulo: Serie de reconocimientos en el ámbito individual y colectivo con miras a exaltar los compromisos positivos dignos de ser conservados en los miembros de la Institución. Favorabilidad: Cuando existan dos o más normas que regulen una circunstancia se preferirá la más favorable para el estudiante. Legalidad: Es actuar o proceder a hacer las cosas como manda la norma. Los estudiantes serán investigados, sancionados conforme a las normas previamente establecidas que tipifican las conductas elevadas a las categorías de situaciones que afectan la convivencia o infracciones por la persona u organismo competente con las formalidades establecidas y aplicando las sanciones disciplinarias. Libre Desarrollo de la Personalidad, aparece consagrado en el Art. N° 16 de la Constitución Política, que señala: “Artículo. 16. Libre desarrollo de la personalidad. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.” Desde el enfoque jurídico, el libre desarrollo de la personalidad no es un derecho absoluto, es un derecho relativo, y por lo tanto ninguna persona alegando su libre desarrollo de la personalidad puede destruirse a sí misma, perjudicarse a sí misma. El libre desarrollo de la personalidad solo opera en aquellas cosas que beneficien el desarrollo cabal e integral de la persona. El Derecho Fundamental al Libre Desarrollo de la Personalidad, solo será posible ejercerlo, cuando el ser humano concluya el proceso educativo, cuando adquiera la capacidad plena para poder, de forma autónoma, decidir su propio proyecto de vida y pueda asumir las responsabilidades propias de sus actos, es decir, cuando llegue a su madurez educativa, física y moral. Prescripción del proceso: La acción disciplinaria prescribe en dos años calendario contados a partir de la sucesión del hecho. Cuando sea de ejecución instantánea y del último acto, cuando se trate de hecho de ejecución continúo. La sanción disciplinaria prescribe cuatro meses calendario y se cuanta a partir de la ejecutoria de la misma. Presunción de inocencia: El estudiante (s) investigado se presume inocente hasta que no se demuestre lo contrario mediante la aplicación del debido proceso. Principio de la defensa: El estudiante en desarrollo de la investigación disciplinaria tiene derecho a declarar sobre los hechos investigados, presentar pruebas y solicitar prácticas de pruebas, conocer todos los elementos componentes de la investigación, tener apoderado y representante, presentar descargos, interponer recursos de reposición y apelación. Principio de publicidad: Al estudiante (s) se le dará a conocer mediante notificación todas las acciones que se adelanten en la investigación.

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Principio de reserva: La investigación adelantada solo la debe conocer el estudiante, su apoderado y el investigador. Principio de resolución de la duda: Cuando en una investigación a un estudiante, exista dudas razonables que no sean posibles de eliminar con los medios de pruebas existentes, se resolverá a favor del estudiante por falta de pruebas. Reconocimiento de la dignidad humana: El estudiante (s) objeto de la investigación disciplinaria tendrá derecho a recibir trato digno conforme a su condición de ser humano. Recurso de apelación: Derecho de recurrir a una instancia superior para que califique, revoque, enmiende o anule la sanción aplicada por una instancia inferior. Se presenta en los tres días hábiles siguientes a la aplicación de la sanción por escrito. Recurso de reposición: Derecho de solicitar estudio o reconsideración del caso. Se presenta ante al instancia que emitió la sanción, por escrito. Sanciones denigrantes: (Constitución Política de Colombia, Art. 12): No se podrán imponer sanciones que comporten escarnio para el estudiante o que de alguna manera afecten su dignidad personal. Nadie podrá ser sometido a torturas ni a tratos o sanciones crueles, Inhumanos o degradantes.

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ANEXO 2 DIRECTORIO DE ENTIDADES PARA REPORTE Y REMISIÓN DE CASOS INSTITUCIÓN

COMISARIA DE FAMILIA

PERSONERÍA

BOMBEROS SABANETA HOSPITAL VENANCIO DÍAZ SABANETA SECRETARIA DE GOBIERNO Y DESARROLLO CIUDADANO FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN DE INFANCIA DE ENVIGADO

INSPECCIÓN DE POLICÍA

TELÉFONO

DIRECCIÓN

2884645

Carrera 45 # 68sur 47 2º piso

2885230 - 2888890

Cra 45 Nº 68 Sur 61

CORREO ELECTRÓNICO [email protected] ov.co

288-14-46 - 28835-66

Cll 67 SUR Nº 48 B 46

bomberossabaneta@ep m.net.co

2889701

Cra. 46B No. 77 sur 36

[email protected]

CRA 45 Nº 68 SUR 61

secgobierno@sabaneta. gov.co

Cll 40 SUR Nº 24 F-106, Envigado, Ant.

f011casjusenvmed@fisc alia.gov.co

3010173

3394000 Ext. 4737

288-80-11 . 28810-65

Cra 45 Cll 68Sur 61 Al lado del comando de policía. CLL 71 Nº 6520 Medellin, Ant

POLICIA NACIONAL

COMANDO DE POLICIA INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ( I.C.B.F) ITAGUÍ

Línea atención de emergencias 123

Línea de atención al ciudadano 018000-910600

medalv.esabaneta@poli cia. gov.co

288 0023- 2886204 28147472815365- 2816764 Fax: 373 6342

DEFENSA CIVIL DE SABANETA

3010173 Ext 19

MEDICINA LEGAL DE MEDELLIN

4429136 –4548230

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ANEXO 3 INSTITUCIÓN EDUCATIVA “ADELAIDA CORREA ESTRADA” DANE: 105631000050 – NIT: 811.019.757-2 “PENSAMOS EN EL MAÑANA, FORMAMOS CON AMOR LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD DE HOY”

Acuerdo por medio del cual se adopta el nuevo Manual de Convivencia. ACUERDO Nº 005

(Marzo 11 de 2014) Por medio del cual se deroga totalmente el acuerdo del Consejo Directivo No 07 del 27 de noviembre de 2012 que aprobaba el manual de convivencia y se adopta un nuevo Manual de Convivencia Escolar para la Institución Educativa Ambiental Adelaida Correa Estrada. El Consejo Directivo de la Institución Educativa Adelaida Correa Estrada, de conformidad con lo aprobado en el Acta Nº 05 de marzo 11 de 2014, con fundamento en la Constitución Política de Colombia, en las directrices dadas por la Corte Constitucional Colombiana, la Ley 1098 de 2006, Código de la infancia y la adolescencia, la Ley General de Educación Nº 115 de febrero 8 de 1994 y sus Decretos reglamentarios, especialmente el 1860 de agosto 3 de 1994, la Ley 1029 de 2006, modifica el artículo 14 de la Ley 115 y en la Ley 1620 de 2013 y su Decreto reglamentario 1965 de 2013.

CONSIDERANDO: 1. Que el Decreto 1860 de 1994, Artículo 17 y el Decreto Departamental Nº 1423 de mayo de 1993 en el Artículo 1º prescriben, que cada Institución oficial o privada constituirá con la participación de los distintos estamentos de la comunidad educativa conforme a las pautas establecidas en estos decretos, su propio reglamento interno o Manual de convivencia, que oriente y regule el ejercicio de las libertades, derechos y responsabilidades de sus miembros. 2. Que con la expedición de la Ley 1620 y de su Decreto reglamentario 1965 de 2013, creó el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Esta ley establece los lineamientos generales para su aplicación en cada una de las instituciones educativas, y entre estos lineamientos incluye la actualización de los manuales de convivencia escolar y le reestructuración de los comité de convivencia escolar. 3. Que según el artículo 30 del Decreto 1965 de 2013, el plazo que tienen los establecimientos educativos para actualizar los manuales de convivencia seis meses a partir de la publicación del mencionado decreto, los cuales se cumplen el 11 de marzo de 2014.

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4. Que en la Guía 49 – Guías pedagógicas para la convivencia escolar, explica las razones por las cuales se debe ajustar el manual de convivencia: “En este momento los establecimientos educativos ya cuentan con un manual de convivencia. Lo que se propone con el Decreto 1965 de 2013 es que a partir de este manual se realice un proceso de actualización teniendo en cuento una serie de lineamientos que permiten incorporar las definiciones, principios y responsabilidades planteadas por la ley 1620 de 2013. En términos prácticos, lo que se pretende es aprovechar esta oportunidad que dan las disposiciones normativas para que los establecimientos educativos, reflexionen sobre el ejercicio de los DDHH, DHSR y la convivencia, revisen de manera colectiva lo que está ocurriendo en su contexto y tomen decisiones paro lo construcción de acuerdos. Este proceso de actualización forma parte de lo revisión anual que debe realizar lo comunidad educativa en sus procesos de mejoramiento continuo. Lo anterior, porque los pactos que constituyen el manual de convivencia, al ser construidos de manera colectiva, responden o la manera cómo las personas que conforman lo comunidad educativa se relacionan y, por lo tanto, deben ser revisados y refrendados continuamente.” (Capítulo 2, pág. 28) 5. Que el manual de convivencia debe revisarse y ajustarse en un plazo no mayor a 6 meses; ya que los temas que se tratan en el manual, al referirse a las relaciones entre personas son dinámicos, complejos y cambiantes, y es necesario hacer las modificaciones que sean requeridas para la implementación de la Ley 1620 de 2013. 6. Que el traslado a la nueva planta física de la Institución Educativa, va a implicar nuevas dinámicas y formas de actuar y relacionarse, así como nuevos espacios físicos para habitar y cuidar. Los nuevos espacios y los cambios en las dinámicas institucionales quedan pendientes por incluirse en el Manual de Convivencia Escolar.

RESUELVE: Artículo 1. Adoptar mediante el presente acuerdo el nuevo Manual de Convivencia Escolar, sujeto a las modificaciones que sean requeridas.. Artículo 2. Aprobar el actual Manual de Convivencia Escolar. Artículo 3. El nuevo Manual de Convivencia Escolar rige a partir de la fecha de expedición y promulgación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Sabaneta a los doce (12) días del mes de Marzo del año dos mil catorce (2014).

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