LA DIÓCESIS DE ALBACETE DEL CONCILIO VATICANO II AL FINAL DE LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA DE LA IGLESIA ESPAÑOLA

LA DIÓCESIS DE ALBACETE DEL CONCILIO VATICANO II AL FINAL DE LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA DE LA IGLESIA ESPAÑOLA Pablo Martín DE SANTA OLALLA SALUDES. De

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LA DIÓCESIS DE ALBACETE DEL CONCILIO VATICANO II AL FINAL DE LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA DE LA IGLESIA ESPAÑOLA Pablo Martín DE SANTA OLALLA SALUDES. Departamento de Historia Contemporánea Universidad Autónoma de Madrid 1. EL CONCILIO VATICANO 11: LA IGLESIA ACEPTA Y CONSUMA UNA RENOVACIÓN NECESARIA A nuestro parecer, es imposible entender la realidad que vive el conjunto de la Iglesia española y la diócesis de Albacete en particular sin tener en cuenta lo que el Concilio Vaticano 11, convocado en 1959 y celebrado entre 1962 y 1965, supuso para el catolicismo. Los resultados finales del concilio ecuménico pueden considerarse de gran trascendencia2, en tanto en cuanto atacaban de manera reiterada la concepción de las relaciones Iglesia-Estado del Régimen, que, desde el inicio de la Guerra Civil, había tenido en la Iglesia, junto con el Ejército y la Falange, uno de los pilares fundamentales para su sostenimiento en el futuro. Especialmente polémico era, en este sentido, el Decreto sobre el deber pastoral de los obispos, en el cual se decía, textualmente: "el sacrosanto Concilio Ecuménico declara que el derecho de nombrar e instituir a los obispos es propio, peculiar y de suyo exclusivo de la competente autoridad eclesiástica. Por lo tanto, con el fin de defender debidamente la libertad de la Iglesia y de promover más apta y expeditamente el bien de los fieles, es deseo del sacrosanto Concilio que, en lo sucesivo, no se concedan a las autoridades civiles más derechos o privilegios de elección, nombramiento, presentación o designación para el cargo del episcopado; en cuanto a las autoridades civiles, cuya obediente voluntad para con la Iglesia reconoce y altamente estima el Concilio, humanísimamente se les ruega que quieran renunciar espontáneamente, después de consultada la Sede Apostólica, a los derechos o privilegios susodichos, de que, por pacto o costumbre, gozan hasta el presente"3. Podemos suponer el estado de shock en que quedaron las autoridades franquistas. Sólo hacía doce años que se había fir-

mado el Concordato (en 1953), y menos de veinticinco que había sido restablecido el derecho de Patronato, y la Santa Sede hacía público a todos los efectos su deseo de reformar un acuerdo que consideraba anacrónico. Por otra parte, no sólo se atacaba la potestad de Franco para presentar obispos, sino que se concedía a los seglares la posibilidad de participar mucho más activamente en las tareas de la Iglesia (10 cual algunos entendieron como capacidad para exigir una transición hacia la democracia) y se apostaba por la libertad religiosa, aunque Franco, en vida, no admitió mas que un desarrollo de la tolerancia religiosa, dejando la convivencia igualitaria entre confesiones para tiempos futuros 4 • En España, el órgano oficial de la Acción Católica, la revista Ecclesia, recogió las palabras del pontífice 5, con lo que los españoles, sin censura por medio, pudieron tener pleno conocimiento del movimiento vaticano para desmarcarse del Régimen. La jerarquía católica, no obstante, mantuvo su apoyo a Franco durante la celebración del concilio ecuménic06 : a partir de entonces, las cosas serían mucho más difíciles 7• Con estas premisas, era sólo cuestión de tiempo el que se produjera una petición personal por parte de Pablo VI hacia Franco. Ya antes, Fernando Quiroga Palacios, recién elegido primer presidente de la Conferencia Episcopal y un hombre que no tenía por qué despertar sospechas al haber sido preconizado obispo en 1945 (es decir, con Franco dándole el plácet para ostentar tal cargo), reconocía en marzo de 1966 que, "después del Concilio, algunos de los puntos del nuestro (Concordato) habrán de ser sometidos a revisión", esperando que tal proceso no hubiera de presentar "excesivas dificultades"8.

Esta cOlnunicación ha sido posible gracias a una beca de Formación del Personal Investigador (EP.I.) otorgada por la Comunidad de Madrid. Arturo Tabera y Araoz, prinler Obispo de Albacete y hombre de gran preparación, fue posiblemente uno de los pocos prelados españoles que pudo preveer el impacto del Concilio. De hecho, ya en junio de 1962 había declarado lo siguiente: "El gran problema y la gran realidad, y la gran urgencia digamos tanlbién, del apostolado seglar es hoy una de las cuestiones más hondas e incitantes del pensamiento, de la espiritualidad y de la pastoral de la Iglesia, que ha encontrado eco en las preocupaciones del período preparatorio y encontrará cauce en las decisiones del próximo Concilio Ecuménico". Boletín Oficial del Obispado de Albacete (en adelante BOOA), n° 6, junio de 1962, pp. 199-202. 3

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Concilio Vaticano //. Constituciones. Decretos. Declaraciones. Documentos pontificios complementarios. Madrid, BAC, 1966, pp. 374 Y 375. Martín de Santa Olalla Saludes, P.: "El desarrollo de la libertad religiosa en un Estado confesional: dos momentos y una misma realidad histórica (1953-1967)", en /// Encuentro de investigador@s sobre el franquismo y la transición, Sevilla, Muñoz-Moya editor, 1998, pp. 403-408.

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"La Iglesia sólo pide a los gobiernos la libertad para predicar el Evangelio", en Ecclesia, n° 1271, 11 de diciembre de 1965, p. 17.

6

Quizá por ello el obispo de Albacete, tras haber concluído su estancia en Roma, fue recibido en olor de ll1ultitudes en Minaya, acudiendo a tal acto (10 de diciembre de 1965), "las primeras autoridades provinciales y nUlnerosas representaciones de la Iglesia". BOOA, n° 11, diciembre de 1965, p. 415.

7

Arturo Tabera es un excelente exponente de este hecho anteriormente señalado. De hecho, en junio de 1963 hacía pública su "Carta del prelado sobre "El Día de la Prensa e Información de la Iglesia", afirmando, sin titubeos, "las circunstancias favorables en que, gracias a Dios, se desenvuelve hoy la vida católica en España" (BOOA, n° 6, junio de 1963, p. 177). No nos ha de extrañar, por tanto, el que Arturo Tabera fuera premiado por el mismísimo Caudillo con la Gran Cruz de San Raimundo de Peñafort, en un decreto firmado por el ministro de Justicia y exhibido por el BOOA, n° 7, octubre de 1964, p. 161. Tal orden le sería impuesta en septiembre de 1966: en su discurso, Tabera diría que su gratitud era "sin límites y empapada en emoción" hacia Franco, el Gran Canciller de la Orden que decidió premiarle (Antonio Iturmendi, Ministro de Justicia), el presidente de la Audiencia Territorial y los sacerdotes y fieles. BOOA, n° 8, septiem-

8

"Declaraciones a "Ecclesia" del Cardenal Quiroga Palacios, Presidente de la Conferencia Episcopal Española", en Ecclesia, 26 n° 1281, 5 de marzo de 1966, p. 18.

bre de 1966, pp. 372-376.

368 Siguiendo la pauta marcada por Quiroga Palacios, los 69 españoles presentes en la III Asamblea plenaria del episcopado declararon su disposición oficial a renunciar al estatuto particular que el Concordato de 1953 les ofrecía, después de haber obtenido la aprobación del Nuncio Apostólico, Antonio Riberi 9 • Arturo Tabera, a quien ya le quedaba lTIUY poco tiempo al frente de la diócesis de Albacete, comenzaba a apercibirse de la gravedad de ciertos desórdenes. El referido al apostolado seglar no pudo ser ocultado por más tiempo fuera de las temáticas tratadas por el Boletín, por lo que en junio de 1967 hacía pública una carta a los consiliarios y dirigentes de la A.C. y movimientos especializados con ocasión de su "día", en la cual decía lo siguiente: "Para nadie es un misterio las inquietudes y las tensiones, las desilusiones y los sobresaltos, las críticas y las protestas, a veces encrespadas, que se han ido sucediendo a lo largo de esta última temporada en el seno de los Movimiento especializados de Acción Católica y que han llenado columnas en la prensa nacional e internacional, que están en las conversaciones de los círculos católicos y no tan católicos, y pesan en la balanza sensibilísima de la opinión pública". También dirá: "Siempre creí, y muchas veces lo he repetido, que las tensiones en la Iglesia, no deben preocuparnos ni desorientarnos, cuando ellas son bien intencionadas, y no se salen de los horizontes y de la zona de influencia de lo sobrenatural. Siempre y en última instancia resultan fecundas. y estoy convencido también de que estas tensiones que nos trabajan y angustian, y que a veces nos desconciertan, las tensiones actuales entre movimientos de Acción Católica y Jerarquía, habrán de ser fecundas, providencialmente fecundas por las aportaciones e influencias mutuas que de ellas broten, y de que contribuirán a lograr el equilibrado estatuto de obediencia y responsabilidad que requiere, en la época posconciliar, el apostolado seglar en sus diversas organizaciones y Movimientos"lO. El talante emintentemente político de Tabera era mostrado, una vez más, y sólo hubo de transcurrir un año para comprobar que no eran más que buenas palabras. En efecto, al hablar del "Día de la Acción Católica", en mayo de 1968 (esto es, en plena rebelión y deserción), Tabera no hizo la más mínima mención a la crisis y escribió como si se tratara de un año más 11. Arturo Tabera era, así pues, tan responsable del desastre ocurrido en su diócesis como el resto de sus colegas de jerarquía. Todos ellos, o la mayor parte de ellos, iban contra corriente: estaban, sencillamente, desbordados por un inusual progresismo por parte de la Santa Sede. Su nuevo Nuncio Apostólico en España, Luigi Dadaglio, difícilmente podía engañar sobre cuáles iban a ser sus objetivos. Fuera de su espíritu aperturista, Dadaglio traía como bagaje particular al llegar a España, donde tomará posesión de su cargo el 14 de octubre de 1967, el mérito de haber conseguido que Venezuela renunciara al derecho de presentación de obispos que en otros tiempos le había otorgado la Santa Sede. Por si hiciera falta confirmarlo, a comienzos de 1968 dirigía un mensaje radiofónico a los catalanes donde reconocía los problemas de esta comunidad espa-

ñola y daba su promesa de intentar solucionarlos 12. Le seguiría el propio pontífice, Pablo VI, quien, en una carta de 29 de abril de 1968, se dirigiría al mismísimo Franco para recordarle que el conjunto de la Iglesia (obispos, clérigos y fieles) deseaba tener total libertad a la hora de designar los candidatos para las sedes episcopales 13. Las convulsiones en que vivía el propio catolicismo español no ayudaban nada a mejorar las relaciones entre Franco y Pablo VI. En los tres años posteriores al Concilio Vaticano II (1966-1968) se había producido la crisis y desmantelamiento de la Acción Católica española, la mayor organización de laicos existente hasta aquel momento, muy superior numéricamente a la Asociación Católica Nacional de Propagandistas (ACNP) y al Opus Dei. El clero joven y de mediana edad, por su parte, tampoco compartía el espiritu de Cruzada que todavía imperaba en la mayoría de la jerarquía eclesiástica. Especialmente sintomático de ésto último fueron las detenciones de sacerdotes vascos en el otoño de 1968, así como las dos peticiones dirigidas por clérigos a la XIII Asamblea Plenaria del Episcopado en noviembre de este mismo año: una, firmada por 500 sacerdotes, denunciaba el procedimiento para nombrar obispos, mientras que una segunda, presentada por 635 eclesiásticos, solicitaba el que la Iglesia renunciara 10 antes posible al sueldo que el Estado otorgaba a sus miembros. Las demandas no cayeron en saco roto e influyeron a la propia jerarquía, lo cual no quiere decir que ésta retirara su apoyo a Franco. En octubre de 1968 la Nunciatura Apostólica de Madrid, siguiendo las instrucciones de la Secretaría de Estado, comienza a dar los primeros pasos con el fin de revisar el Concordato de 1953. En este sentido, solicita a un grupo de personas, muchos de ellos profesores universitarios, su opinión sobre lo que debe revisarse o no, o si es necesario crear un nuevo concordato. También en enero de 1969 se decidió hacer una encuesta a los obispos españoles para saber su opinión sobre los privilegios jurídicos del clero. Contestaron 51, lo cual habla de que, aunque se tratara de un número reducido, había unos cuantos prelados que estaban obstinados en mantener una posición integrista. De los que contestaron, más de la mitad (31) se declaró favorable a renunciar a este privilegio en lo referido a acciones judiciales que pudieran incoarse contra cualquier prelado: tal cifra aumentaba hasta el número de 35 si las acciones iban dirigidas contra sacerdotes. Destaca el hecho de que sólo siete decidieron manifestarse a favor del privilegio jurídico en lo referido a obispos, y tres tan sólo si se trataba de sacerdotes l4 . Era evidente que en el seno de la propia jerarquía católica, a pesar de lo tardío con respecto al clero o a los fieles, algo estaba comenzando a cambiar l5 . El Régimen trató de buscar una posición conciliadora. De hecho, en abril de 1969, el diario Arriba recogía unas palabras de Franco según las cuales el Caudillo admitía la posibilidad de modificar los principios del Movimiento Nacional en lo referido a las relaciones entre la Iglesia y el Estado 16. En ese mismo mes, la Santa Sede anunciaba que España se sumaba a Francia, Italia y Portugal a la hora de renunciar a su privilegio

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"III Asamblea Plenaria del Episcopado de España", en Ecclesia, 26 n° 1320, 10 de diciembre de 1966, p. 21.

JO

BOOA, n° 6, junio de 1967, pp. 213-220.

11

Veáse BOOA, n° 3, mayo de 1968, pp. 98-100.

12

Hermet, G.: Los católicos en la Españafranquista. Madrid, CIS, 1986, Vol. 11, p. 379.

13

El texto completo de la carta se encuentra en Martínez Cuadrado, M.: Anuario político espaiiol 1970, Madrid, Editorial Cuadernos para el Diálogo, 1971, pp. 793 Yss.

14

Martín Descalzo, J.L.: "La postura de la jerarquía española en torno al Privilegio del Fuero se inclina a la renuncia con algunas importantes matizaciones", en ABe, 28 de mayo de 1972, pp. 25 Y ss.

15

Enrique y Tarancón, V.: Confesiones. Madrid, PPC, 1996, p. 235.

16

Arriba, 1 de abril de 1969, pp. 2 Y 3.

369 de imponer el birrete a los cardenales. Por último, uno de los católicos Inás notables del Régimen, Antonio María de Oriol y Urquijo, manifestaba su confianza en que se solucionaran las alteraciones en las relaciones Iglesia-Estado17. Pura fachada, o, mejor dicho, vana ilusión. Sólo dos días después de las declaraciones de Iturmendi, el diario católico El Correo de Andalucía respondía al político franquista con el tono más irónico posible l8 • Peor sería la respuesta de Pablo VI, quien pronunciará un discurso ante el colegio de los cardenales (23 de junio de 1969) donde quizá el calificativo más nl0derada para denominarlo es el de despectivo con el Régimen: el pontífice no tendrá reparos en comparar la situación política y religiosa de España con la de... Vietnam, Biafra, Oriente Medio, América Latina o la Europa del Este l9 • Comparar a un país que está en pleno desarrollismo y entre los más industrializados del mundo con naciones en guerra, como Vietnam, o con estados practicantes de políticas ateas, era, ciertamente, un hecho duro. Pero muy gráfico de la actitud de Pablo VI hacia Franco. En este sentido, posiblemente una de las razones que llevaron a un cambio en el Palacio de Santa Cruz fuera el deseo de mantener a toda costa la confesionalidad católica del Estado español y el derecho de presentación de obispos como buques "insignia" de la Iglesia en tanto en cuanto familia "institucional" del Régimen. En efecto, en octubre de 1969 el nuevo gobierno nombrado por Franco, en el que destacaba Luis Carrero Blanco ya ostentando el cargo de vicepresidente, era posible observar la sustitución del que había sido artífice del Concordato de 1953 y ministro de Asuntos Exteriores desde 1957, Fernando María de Castiella y Maíz, por Gregario López Bravo. Este tecnócrata del Opus Dei había de protagonizar una política exterior de mayor aperturislno, pero en la cuestión religiosa debía buscar una salida lo más airosa posible al conflicto Iglesia-Estado. El nOlnbralniento de este ministro nos proporciona la oportunidad de llevar a cabo un acto de justicia con Arturo Tabera. Si bien es cierto que a lo largo de su etapa tanto en Barbastro como en Albacete había mostrado un talante dócil para con las autoridades del Régimen, en su etapa de Arzobispo de Pamplona demostró que, si bien nunca fue partidario de romper con Franco, tampoco estaba dispuesto a las habituales injerencias del poder civil en la labor de la jerarquía católica. Fue precisamente Tabera el encargado de responder por medio de un borrador (calificada por Tarancón de "contestación clara, valiente a la vez que delicada") a Oriol y Urquijo cuando el ministro se atrevió a exigir que, en cuestiones de cáracter nacional, los obispos no pudieran hablar por su cuenta, considerando que la única voz que se debía escuchar era la de la Conferencia Episcopal 2o . Más aún, como recogería en sus Confesiones Tarancón, en una entrevista que éste y Tabera mantuvieron con el Cardenal Villot, Secretario de Estado de Pablo VI (comienzos de 1970), el ya Arzobispo de Pamplona y Cardenal (alcanzó tal grado un año antes, junto con el propio Tarancón) dejó clara su absoluta disconformidad con un hipotético nuevo Concordato: no tenía sentido firmar nada con un Régimen visto para sentencia21 . Años después, Tarancón recor-

daría que Tabera salió un "poco acomplejado" de aquella entrevista, ya que pudo percibir cómo Villot estaba mucho más interesado en lo que pensaba Tarancón 22 . Algo en cierto modo lógico, pues Tarancón era en realidad el auténtico líder de la Iglesia española y Tabera interesaba más por sus conocimientos en cuestiones jurídica, posiblemente, que por su escaso carisma. En cualquier caso, es evidente que Tabera había experimentado un giro en su posición hacia al Régimen. Nunca abanderaría la ruptura ni ) levaría a cabo salidas de tono: sin embargo, para él siempre estaría por encima del resto la defensa del clero. De hecho, con motivo de la proliferación de multas a sacerdotes Uustificadas por el Gobierno porque éstos habían degradado su oficio), llegó a decir lo siguiente ante Monseñor Casaroli: "Mientras no tengamos la seguridad de que el Gobierno cese en la persecución contra los sacerdotes no podemos renunciar a la única arma que le queda al obispo para defender a sus sacerdotes: negar el permiso para que sean procesados por un tribunal civil"23. Arturo Tabera sería llamado también a formar parte de la Comisión Episcopal del Clero, presidida por Fernando Quiroga e integrada por los dos citados y por Vicente Enrique y Tarancón, Angel Suquía (Obispo de Málaga) y Ángel Marta (Obispo auxiliar de Madrid-Alcalá). Esta comisión tenía como objetivo dar una respuesta adecuada al fenómeno contestatario del clero, y Tabera era considerado, según Tarancón, uno de los hombres con más ascendiente sobre el clero joven. La misma razón que le llevaría a formar parte de la Comisión Episcopal del Clero en la polémica Asalnblea Conjunta de Obispos y Sacerdotes 24 • En 1973 Tabera ya era obispo de curia residente en Roma y llegó a congraciarse de tal manera con el espíritu de Pablo VI que no dudaría en señalar a Monseñor Casaroli, como veremos un hombre de muy buenas relaciones con el Régimen, como el auténtico "enemigo". No nos ha de extrañar, por tanto, que Tarancón recuerde a Tabera como un hombre de "máxima confianza"25. Lo que queremos concluir, por tanto, es que el Tabera que estuvo al frente de la diócesis de Albacete era un hombre mucho más conservador y adicto al Régimen que el que luego hizo acto de presencia tanto en Pamplona como, sobre todo, en Roma: contrariamente a lo habitual, el paso de los años dejó en él una notable impronta aperturista. La relación entre el Régimen y la Iglesia se deteriorará en estos años a un ritmo galopante, casi tanto como la salud del propio General Franco, quien era ya un octogenario y quien se vería obligado a delegar la presidencia del Gobierno en su gran hombre de confianza, Carrero Blanco, en 1973, tras más de tres décadas ejerciéndola. El Concilio Vaticano 11 había herido de muerte la confesionalidad católica del Estado español, proporcionando al clero más progresista la justificación para rebelarse contra algo que veían anacrónico e incoherente con sus propia creencias religiosas. Albacete no fue, en este sentido, niguna excepción, a pesar de que el Boletín de la diócesis trataría de dar una imagen de tranquilidad y normalidad.

17

Pueblo, 3 de junio de 1969, p.16.

18

"No, señor ministro, no le entendemos", en El Correo de Andalucía, 4 de junio de 1969, p.1.

19

"Algunas diíicultades de nuestro pontificado esconden peligros para la Iglesia", en Ecclesia, 29, n° 1446, 28 de junio de 1969, pp. 7-13.

20

Enrique y Tarancón, V., Op. Cit., pp. 257 Y258.

21

lbidem, p. 305.

22

Ibidem, p. 306.

23

lbidem, p. 3] O.

24

Veáse al respecto lbidem, pp. 424-523.

25

lbidem, p. 724.

370

2. IRENEO GARCÍA ALONSO, SUCESOR DE TABERA AL FRENTE DE LA DIÓCESIS DE ALBACETE El 11 de diciembre de 1968 L /Osservatore Romano, órgano de difusión de la Santa Sede, anunciaba que Ireneo García Alonso había sido nombrado por Pablo VI nuevo Obispo de Albacete, sustituyendo al que hasta ahora había sido el único obispo, Arturo Tabera y Araoz. El nuevo prelado electo era, en aquel momento, penitenciario de la Catedral de Toledo y su curriculunl, sin ser malo, era inferior al de su predecesor en el cargo. García Alonso había nacido en Quintanilla de Vivar (Burgos) el 25 de marzo de 1923, cursando sus estudios de seminarista en Burgos (aquí hizo el seminmio menor y los cinco años de Latín y Humanidades, además de comenzar el seminario mayor y Filosofía) y Toledo (donde concluye el mayor y Filosofía), incorporándose a esta última diócesis. De allí, pasa a la Universidad Pontificia de Salamanca (1942, recién restaurada), donde inicia Teología, y más tarde (1955-57) a la Pontificia Universidad Gregoriana de Roma, lo cual se concretó en una licenciatura en Derecho canónico y un doctorado en Teología. Por último, fue ordenado sacerdote el 27 de marzo de 1948 en Salamanca. Su primer destino será Helechosa de los Montes, una parroquia pacense cuya jurisdicción, unos sesenta kilómetros, mostraba un panorama fuertemente subdesarrollado. Cuando regresa a Toledo, trabaja con el Obispo auxiliar de Toledo, Francisco Miranda, a quien ayuda a hacer funcionar el Secretariado Nacional de Liturgia. En 1958 es nombrado Canónigo Penitenciario de la Catedral Primada de Toledo, líder, y en 1960 el Cardenal-Arzobispo de Toledo y jefe de la Iglesia católica española, Enrique Pla y Deniel, le hace su Canciller-Secretario, lo que le permitirá conocer en profundidad los problemas más destacados de dos arciprestazgos de la diócesis de Albacete, Alcaraz y Elche de la Sierra. De manera simultánea, ejercerá como Penitenciario en la Catedral y como Secretario del Arzobispado, desempeñando el cargo de Consiliario de la Acción Católica y colaborando con el Secretariado Nacional de Liturgia como consultor de él. Compartía, así pues, similitudes con su predecesor en el obispado de Albacete (Tabera, por cierto, siendo ya Arzobispo de Pamplona, ejerció de Administrador Apostólico de la de Albacete hasta la llegada de Ireneo García)26, pues ambos eran castellanos, poseían un doctorado y habían estudiado en Roma. Una vez sacerdote, lo primero que hizo fue ejercer el cargo de cura ecónomo de una parroquia, siendo luego profesor del Seminario de Toledo y consiliario diocesano de la Acción Católica y canciller secretario de la curia arzobispal. Pero posiblemente lo más positivo para el Régimen a la hora de producirse el nombramiento de García Alonso es que éste había sido durante ocho años la "mano derecha" de un prelado con buenas relaciones con Régimen, el citado Pla y Deniel. En cualquier caso, Ecclesia, a la hora de hablar del nuevo obispo, destacaría que Don Ireneo había "visitado numerosos pueblos de la diócesis toledana, que en la actualidad forman parte de la nueva sede de Albacete, lo que supone que el recién nombrado obispo conoce los problemas de una parte de la diócesis y del clero que regentaría" 27 • Ireneo García Alonso sería presentado ante el Caudillo por uno de los más prominentes católicos del Régimen, el ministro

26

Ecclesia, n° 1401, 3 de agosto de 1968, p. 31.

27

Ecclesia, n° 1421, 21 Y28 de diciembre de 1968, p. 2.

de Justicia Antonio María de Oriol y Urquijo, quien hizo tal acto en calidad de notario mayor del reino. Ecclesia se encargaría de recoger la foto de tal act0 28 , dando la habitual imagen de normalidad. Aunque Don Ireneo no era una personalidad brillante ni estaba al frente de una diócesis de especial notoriedad, se esperaba bastante de él, ya que su talante podía conseguir apaciguar los exaltados ánimos de unos diocesanos que no querían ser menos en sus reivindicaciones con respecto al resto del país. La consagración del nuevo obispo se llevó a cabo en la Catedral de Albacete el 25 de enero de 1969, estando presente el propio Nuncio, el Arzobispo de Pamplona, Anastasio Granados (quien había sido ellnáximo colaborador de Gomá en Toledo), Mauro Rubio Repullés (Obispo de Salamanca y natural de Albacete) y Gabino Díaz-Merchán (Obispo de Guadix-Baza y con el tiempo segundo presidente de la Conferencia Episcopal): se trataba de un hecho histórico para Albacete, pues, por primera vez un obispo de su diócesis era consagrado en el nuevo cargo en el templo principal de la provincia (Tabera había sido consagrado obispo en San Francisco el Grande, de Madrid)29. A pesar de esta nueva demostración pública de la unión Iglesia-Estado, la división entre la Iglesia oficial y la Iglesia real era cada vez más palpable. Si el 30 de mayo de 1969 tuvo como hecho protagonista el encierro de cinco sacerdotes vascos en las oficinas del obispado de Bilbao, siendo el objetivo una condena pública de las torturas practicadas sobre los opositores al Régimen (aunque son expulsados tres días después por las fuerzas del orden, es especialmente simbólico la visita que Monseñor Cirarda3o , a la sazón responsable de la diócesis bilbaína, les hizo a la prisión), en abril de 1970, menos de un año después, once mujeres y seis hombres, entre los cuales se encontraba un sacerdote, se encerraron en la catedral de Barcelona para protestar contra la represión. Un mes conflictivo, pues en aquellas semanas, en la orilla exactamente contraria, El Ferro1, fue posible presenciar el encierro por parte de un centenar de huelgistas en la iglesia más importante de la localidad que, ironías de la vida, había visto nacer al Caudillo en 1892. En julio, 300 obreros pertenecientes al sector de la construcción, en ese momento protagonistas de una huelga, ocuparon una iglesia en Granada, aunque ésta vez la historia tuvo un final bien distinto: en lugar de ser acogidos por las autoridades clericales, los huelguistas serían expulsados del centro por el párroco. Sin embargo, lo que destaca es lo simbólico de la actuación por parte de la clase trabajadora, al considerar a la Iglesia protectora y defensora de sus reivindicaciones. Por cierto, esta misma acción se repetiría tan sólo dos días después, pero con la diferencia de que el encierro se produjo en la catedral de Granada y con un millar de huelguistas protagonizándola, destacando la presencia de varios sacerdotes obreros. Para concluir el que, sin duda con un inevitable tono irónico, fue un bautismo "glorioso" para el nuevo Gobierno, unas cincuenta esposas de militantes vascos decide encerrarse en la iglesia de Eibar el 30 de noviembre, permaneciendo allí hasta el último día del mencionado año 1970. En Albacete, el Boletín Oficial, muy seguramente siguiendo las consignas marcadas por el obispo que mandaba en la

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Ecclesia, n° 1424, 18 de enero de 1969, p. 32.

29

Ecclesia, n° 1426, 1 de febrero de 1969, p. 69.

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Cirarda dejaría constancia escrita de su apoyo a los insurgentes sólo unos meses después, y además en el luáximo órgano de expresión de la Acción Católica española cuando se supone que en el seno de la organización de laicado apenas quedaban disidentes de la línea oficial del Régimen. Al respecto, ver Cirarda, J. Ma : "Dolorosa situación pastoral en nuestras diócesis", en Ecclesia, n° 1495, 13 de junio de 1970, pp. 11 Yss.

371 diócesis, trató de seguir dando imagen de normalidad. Aún asÍ, es posible encontrar rastros de conflictos latentes en el seno del catolicismo español. Uno de los más notables, el referido a la deserción de la Acción Católica, quedó perfectamente reflejado en una carta que el presidente de A. C. de Albacete, Alberto Martínez Lázaro, y el Consiliario, Ramón Roldán Collados, enviaban el 23 de abril de 1970 a los curas párrocos, encargados de iglesias y superiores de casas religiosas. En tal misiva se señalaba la urgente necesidad de una sintonización entre sacerdotes y seglares, en concordancia con los nuevos tiempos y con la necesidad de estrechar de manera real la colaboración entre ambas partes 31 . El propio Ireneo García tendría que reconocer la realidad de sus diocesanos, en una serie de entrevistas que le harían La Verdad de Murcia y La voz de Albacete. El periodista del primer rotativo, con un estilo suelto y directo, preguntará a Ireneo las razones por las cuales las asociaciones apostólicas no resultaban en ese momento atractivas, siendo más que perceptibles los graves problemas de la Iglesia para encontrar nuevos militantes y el hecho de tener que actuar en campos sumamente reducidos ("en pocas palabras", dirá el reportero, "que en las asociaciones apostólicas, hoy por hoy, no se alista casi nadie"32): Ireneo, ante una pregunta con tanto estilo retórico, afirmaría que "es un planteamiento que depende del concepto de Iglesia. Si se mira la Iglesia como estructural, no se le ve el sentido a estas asociaciones, y quedan como algo superpuesto que a nadie agrada. Pero si se cala en el concepto conciliar de Iglesia-comunión, el planteamiento varÍa"33. Sin embargo, cuando se le preguntó por el problema más importante que tenía planteado la Iglesia en esos momentos, Ireneo sería claro y contundente, posiblemente muy a su pesar: "La necesidad de la incoporación viva de los seglares. Mientras los seglares no se incorporen, no se podrá decir que esté perfeccionada la obra de la Iglesia"34. Ireneo al igual que su predecesor Arturo Tabera, también denunciaría los problemas sociales que sufría la diócesis, aunque ello no supusiera, en ningún momento, un cuestionamiento del Régimen de Franco. Para él, en el corto tiempo que llevaba mandando en la diócesis manchega, el problema más sobresaliente era el de la emigración, fenómeno que vinculaba al subdesarrollo que afectaba a la mayoría de sus diocesanos y que se encontraba en todos los campos (subdesarrollo rural, cultural, económico, industrial,...). En este sentido, consideraba Ireneo que se estaba tomando ya conciencia de este problema: "se aspira", diría, "a que la emigración pueda ser absorbida dentro de la misma provincia. Pero sólo hay algún centro, como Almansa, que lo logre. En la ciudad de Albacete ha surgido la iniciativa de un amplio polígono industrial con este fin. Los pasos han sido

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efectivos, si bien queda aún mucho camino por recorrer"35. La diócesis, a pesar de estar España sumida en pleno desarrollo económico y social, mostraba aún sus carencias en muchos sentidos, y uno de ellos era el de la propia religiosidad de quienes la componían. Ireneo afirmaría a La voz de Albacete: "Seguimos con una religiosidad tradicional", pues en algunas manifestaciones de este tipo "hay muchas lagunas: un tanto por ciento bastante amplio que está ausente de las prácticas más fundamentales, por ejemplo, la misa dominical. En los que practican, no todo es positivo. Es una religiosidad con muchas limitaciones. Suele encerrarse en lo individual. Falta proyección misionera, preocupación social cristiana, eficacia apostólica, responsabilidad de promoción evangélica"36. Era la constatación, en el ámbito local, del relativo fracaso del nacionalcatolicismo. Tal hecho debía palparse en un elemento que había sufrido un gran auge durante los años cincuenta y sesenta: el seminario. En un Infornle al Presbiterio Diocesano sobre la concentración de nuestro Seminario Mayor ( filósofos y teólogos)37, se señalaba el comienzo del descenso del número de seminaristas diocesanos. Tras unos años relativamente estables, los transcurridos entre 1953 y 1961, en los cuales la cifra rondaba entre los ochenta y cinco y los noventa y cinco alumnos, hubo un incremento bastante destacado que llevó a alcanzar una cifra récord, la de 125 seminaristas en el curso 1966-67. Sin embargo, la cima se desplomó rápido, y ya en el segundo año de Ireneo al frente de la diócesis (1969-70, el primero completo) se había reducido a noventa alumnos. Tal realidad obligó a los encargados del seminario a hacer encuestas entre el propio alumnado con la idea de saber las razones de tal descenso, siendo las principales la: escasez de profesorado (con poca preparación, nulo interés por estar al día y métodos docentes absolutamente anticuados), las dudas sobre la figura del sacerdote en la sociedad actual, y el confusionislno de ideas, así como indecisiones vocacionales. De esta manera, Ireneo se vio obligado a acometer una reestructuración que no sólo afectaba a personas, sino también a instituciones, pues el seminario mayor de la diócesis era trasladado a Moncada (Valencia, a donde irían treinta y dos seminaristas) y el seminario menor pasaba de Hellín a Albacete (cambiando de población ciento ochenta alumnos): el Delegado Episcopal para ambos seminarios sería Alberto Iniesta38 . El traslado del seminario menor de Hel1ín a Albacete se justificó por las siguientes razones: mayores posibilidades de soluciones académicas para los alumnos de Bachiller Elemental (1); mayor facilidad para contratar profesorado auxiliar (2); al unificar los gastos generales se producía un considerable ahorro económico (3); y se hacían lnás cómodas las comunicaciones entre alumnos y familiares (4)39.

BODA, n° 3, abril de 1970, p. 16. "Se hace necesario (imprescindible, diríamos), el que cada día sintonicemos más y más, sacerdotes y seglares, circunstancia

que es una realidad que no descubriInos, pero quizá no hayamos meditado suficiente para hacer saltar el círculo vicioso que algunas veces impide el avance en este sentido. Existen una serie de condicionamientos, históricos y actuales en la vida del seglar que dificultan en gran parte ese logro rápido de sincronismo. Para ello (perdonen nuestro atrevimiento, pero esta es la petición que hace la Acción Católica en su "día"), tres cosas en mayor grado: COlnprensión, dedicación y paciencia. No siempre los años son signo de mayoría de edad y ustedes sí la tienen y por ello se la pedimos y la esperamos". 32

Ibídem, p. 101.

33

Ibídem, p. 101.

34

Ibídeln, p. 102. "Como en el mismo Concilio se dijo, no estará verdaderamente formada la Iglesia en tanto no trabaje con la jerarquía un laicado propialnente dicho; si la Iglesia está demasiado c1ericalizada, le faltará algo: la presencia activa del hombre de la calle. Es preciso, pues, catalogar el problema más importante, la figura apostólica del seglar". Tmnbién reconocerá que "por lo que respecta a España, hemos tenido más apego a la tradición, lo que quiere decir que nos queda más campo por recorrer para la aplicación del Concilio. Nuestras circunstancias históricas han impuesto una menor apertura en la Iglesia" (el subrayado es nuestro).

35

Ibídern, p. lOS.

36

Ibídem, p. 108.

37

BODA, n° S, agosto de 1970, pp. 171-180.

38

Ibídeln, pp. 20S-207.

39

BODA, n° 3, abril-mayo de 1971, p. 142.

372 Mientras, el problema fundamental de Ireneo García y de sus colegas de jerarquía es que seguían sin dar soluciones concretas a los problemas que se habían planteado. Los seglares estaban más que cansados de las buenas palabras del episcopado español: no les bastaba con que se les reconociera la importancia de su papel, en consonancia con el Concilio Vaticano 11, sino que querían una delimitación clara y novedosa de sus funciones. Pero Ireneo, tratando de sostener la tradición contra viento y marea, seguía con el mismo discurso de siempre4o . Curiosamente, en el tan difícil año 1970, concretamente en el mes de abril, ya se redactó el primer borrador de un nuevo concordato, al que algunos llamaron, sin saberse la razón exacta de ello, el Proyecto Benelli. El texto destacaba por su sobriedad, pragmatismo y funcionalidad. Dado que el Proyecto Benelli fracasó, Gregario López Bravo trabajó intensamente para tratar de llegar a un acuerdo. Sólo tres meses después, nacía el llamado Anteproyecto Casaroli-Garrigues (julio de 1970), el cual parece que también recibía la influencia del Concordato entre la Santa Sede y Argentina. En agosto era presentado al Consejo de Ministros, tratándose de un texto ad referendum. Pero, por razones desconocidas, el documento pasa a la prensa, recibiendo una amplia difusión y, por lo tan-

to, permitiéndose la discusión entre la propia población española. El 28 de septiembre de 1970 el Ministro de Asuntos Exteriores viajaría a Roma acompañando al príncipe Juan Carlos I y se encontraría con la negativa del Consejo para los Asuntos Públicos de la Iglesia al Anteproyecto Casaroli-Garrigues, aunque ésto no quería decir que se hubiera agotado el último cartucho: todavía era posible su discusión. Fue el episcopado español al que se adelantó a 10 que finalmente acabaría sucediendo. De hecho, los trabajos de la 14a Asamblea Plenaria, celebrada en febrero de 1971, hicieron público el deseo de la jerarquía española de caminar hacia el desmantelamiento del Concordato de 1953 por medio de una serie de acuerdos parciales41 , exactamente lo que se haría entre 1976 y 1979: por el 90% de los votos quedaba rechazado el Anteproyecto Casaroli-Garrigues, al considerarlo inhábil para regular jurídicamente las relaciones entre la Iglesia y el Estado. Sabemos, por otra parte, que la Santa Sede consultaría al . episcopado español su opinión sobre si renunciar o no al privi1egio judicial del cler042 , intentado conocer la opinión de quien sería el principal perjudicado en caso de renuncia del Estado español al derecho de Patronato. De todas maneras, la cuestión quedó estancada y no se reactivaría hasta julio de 1973.

3. LOS ÚLTIMOS AÑOS DE,L RÉGIMEN, LOS MÁS INTENSOS PARA LA IGLESIA CATOLICA: EL CASO DE ALBACETE Los conflictos entre católicos y franquistas cada día se agravaban más. Fue precisamente este el período en que Ireneo García Alonso estuvo más activo, una vez que le había tomado ya el pulso a la diócesis: al menos así se deduce del protagonismo que el máximo órgano de difusión de la Acción Católica, Ecclesia, le otorgó en el período 1971-1972. La crisis de la Acción Católica de los años 1966-1968 supuso un duro golpe para aquellos que defendían contra viento y marea la confesionalidad católica del Estado español y el régimen de privilegios en que vivía la Iglesia desde la Guerra Civil. La consecuencia fue una rebelión que devino en deserción, y que hizo perder de manera total a la Acción Católica su protagonismo entre ellaicado, pasando el testigo al Instituto Secular Opus Dei43 . En este sentido, Ireneo García Alonso declaró a la Voz de Albacete, en unas palabras recogidas por Ecclesia, que las asociaciones seglares misioneras sufrían "la indecisión de la juventud actual", afrrmando al mismo tiempo, que no es cierto que no hicieran falta misioneros44 • Ireneo sabía, al mismo tiempo, que la revolución en ellaicado era, sencillamente, imparable. Pero a lo que no estaba dispuesto de ninguna manera era a que siguiera abriéndose la brecha entre el clero y una parte de la jerarquía. Ello fue lo que llevó a denunciar la existencia de una serie de circunstancias sociológicas que establecían, de manera indebida, la "separación entre obispos y presbíteros"45. En cualquier caso, los intentos de Ireneo García Alonso por intentar recuperar a los laicos son, como en la mayoría de sus compañeros de prelatura, bastante tibios. La revista Ecclesia

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publicó un conjunto de artículos titulado "Orientaciones del episcopado español para la Acción Católica" y donde participan el sector del clero que se encontraba entre ultras como Guerra Campos y progresistas como Tarancón. Quizá por su carácter moderado, la única firma realmente notoria era de la José María Cirarda, a la sazón obispo de Córdoba. También participaban Ona de Echave (Lugo), Peralta (Vitoria), Argaya (San Sebastián), Dorado Soto (Guadix-Baza) y el propio Ireneo García Alonso. Decía el Obispo de Albacete: "Al terminar el ciclo de los misterios de Cristo con la Ascensión, el don por antonomasia que el Padre y el Hijo dan a la Iglesia es el Espíritu Santo: don divino personal, que trae consigo todos los demás dones. Uno de estos dones singulares es suscitar vocaciones apostólicas en todos los bautizados y confIrmados. y entre las vocaciones apostólicas la Iglesia viene estimando como de las más importantes la de Acción Católica. En nuestra pastoral diocesana venimos insistiendo sobre la participación de los laicos, según su misión, en las diversas actividades del pueblo de Dios. No es una táctica simplemente humana (el subrayado es nuestro). Hemos de contar con la luz y la fortaleza del Espíritu Santo. Aprovechemos esta jornada pastoral para agradecer a Dios "la hora del seglar" en la vida de la Iglesia, y para despertar la responsabilidad laical en la vida de cada comunidad eclesial"46. Esa vía intermedia que Ireneo estaba buscando se encontraba condenada al fracaso, por cuanto la participación más activa de los laicos en las tareas de la Iglesia se había encontrado con la negativa rotunda de la

BODA, n° 4,junio de 1971, pp. 194 Y 195."Una cosa es cierta: que laA.C. debe pensar en la responsabilidad pastoral de los obispos, como una de las tareas más

urgentes y eficientes". También añadirá que "un instrumento de los más válidos sigue siendo la A.C., no obstante sus limitaciones. Está avalada por un siglo de historia y por el refrendo de un Concilio". 41

Hermet, G., Op. Cit., Vol. I1, pp. 446 Y447.

42

ABe, 25 de mayo de 1971, p. 41.

43

Veáse al respecto Martín de Santa OIalla Saludes, P.: "El Iaicado contra Franco: la crisis de la Acción Católica española a través de Ecclesia", en Tiempos de silencio. Actas del IV Encuentro de Investigadores sobre el franquismo. Valencia, Fundació d "Estudis e Iniciatives Sociolaborals, 1999, pp. 633-641.

44

Ecclesia, n° 1527, 30 de enero de 1971, p. 28.

45

Ecclesia, n° 1529, 13 de febrero de 1971, p. 28. "En una Iglesia-comunión", recoge Ecclesia, "más que en una Iglesia de poderes, dijo también (Ireneo), hay que superar las posibles separaciones entre obispos y sacerdotes, y denunciar no por demagogia, sino por solidaridad fraterna, los males de la pobreza".

46

Ecclesia, 32 n° 1605, 19 de agosto de 1972, p. 17.

373 jerarquía católica española, o al menos de una parte de ella47 • Si Ireneo tenía no pocas preocupaciones con los seglares de la diócesis, mayores aún se las ocasionaron sus propios religiosos, alcanzando el punto más álgido en una polémica Asa111blea del Presbiteriado Diocesano. Tan polémica y tan abierta fue la disputa entre el sector conservador y el progresista que esta quedó perfectalnente plasmada en un instrumento hasta entonces totalmente al servicio de la moderación y de la normalidad: el Boletín diocesano. Francisco Galindo, vicerector del Seminario Menor y hombre propicio para narrar las tensiones de la asamblea (hay que tener en cuenta contaba con tan sólo treinta y cinco años y había sido ordenado sacerdote en pleno Concilio Vaticano 11), lo contó de esta manera: "Tras la relación de ambos temas (Econonlía y Celibato), el señor obispo lee un escrito en el que manifiesta que la Asamblea y él mismo son incompetentes para pronunciarse sobre temas que, como el celibato, se ha reservado el Papa. Por lo cual deben declararse nulas una serie de enmiendas al Doc. Nac. 111, que estan aprobadas en la votación correspondiente, la propuesta núm. 20 y algunas de las diocesanas presentadas por la Comisión. Se registra entonces un momento de gran tensión (el único, por otra parte). Tras un momento de silencio tenso, se reanuda el debate, con dificultad, con intervenciones relativas a los dos temas propuestos. Se habla de excesivas diferencias económicas entre sacerdotes, de parcialidad en la exposición del temacelibato... e, incluso, algún asambleísta pregunta si tiene sentido continuar, a la vista de la intervención del señor Obispo. En el tiempo que, según lo previsto, se concede para la reunión de grupos, los ánimos excitados y caldeados: ¿seguir o no seguir?, se preguntan algunos. ¿Cómo salvar la situación?, se preguntan otros. Y al final, ésta será la postura que prevalezca"48. En el Inomento de hacer la votación, se reconocería el valor del celibato, pero se negaría, al mismo tiempo, que este fuera el único camino válido de ejercer el ministerio sacerdotal. En consecuencia, se solicitaba la desvinculación de estas dos vocaciones, evidenciándose una división en dos bloques: 22 "síes" a la moderación en el tema, y 13 "noes" a la situación actual. Al llegar el momento de hacer públicas las conclusiones de la asamblea, la única propuesta que alcanzó la unanimidad (treinta y cinco votos a favor y ninguno en contra) es la que decía lo siguiente: "'Se desea que los actuales estudios teológicos, históricos, sociológicos y psicológicos sobre el celibato y la posible evolución futura de su legislación se continúe con seriedad y serenidad, PARA NO LLEGAR TARDE, COMO

TANTAS VECES HA LLEGADO TARDE LA IGLESIA". Una frase francamente llamativa y definidora de la brusca transformación en el seno de la institución49 . Retomando el hilo de la relación Iglesia-Estado en España,

posiblemente el golpe más duro para Franco fue el que le propinó la Asamblea conjunta de obispos y sacerdotes, celebrada entre el 13 y el 18 de septiembre de 1971. Los augurios no podían ser peores para el Régimen, sobre todo cuando los clérigos llamados a participar en esta reunión decidieron hacerlo en el seminario de Madrid, y no en el Palacio de Congresos y Exposiciones ofrecido por el Gobierno. El quorU111 era bastante amplio, pues iban a tomar parte todos los obispos (incluidos los dimisionarios), 167 elegidos por las asambleas diocesanas y 126 religiosos o invitados laicos para asistir como oyentes pero sin voz. Sobre la lTIeSa, tres temas destacaban por su carácter conflictivo: la conclusión relativa a la acción de la Iglesia en la Guerra Civil (la llamada "guerra de liberación") en la que se reconocía que la Iglesia no había actuado como instrumento de reconciliación; la discusión sobre el celibato~ y la cuestión de la asistencia religiosa a militares. Pronto se vio el intento del clero conservador de hacer fracasar la Asalnblea, al filtrarse a la opinión pública una moción frrmada por once obispos que se negaban a tratar el tema del celibato y a reconocer el error cometido por la Iglesia durante la Guerra Civil. El hecho de que fuera publicado al día siguiente en los periódicos Arriba y Nuevo Diario, siempre tratados de una manera tendenciosa, encrespó el clima de la reunión 50 • Pero el clero más adicto al Régimen no logró su objetivo de socavar la imagen de Tarancón y sus colaboradores ante la Santa Sede. Al solicitar la Iglesia Católica española perdón público por haberse inclinado por uno de los dos bandos en litigio durante la Guerra Civil, desvinculándose totalmente de la Cruzada y del nacionalcatolicislno y dejando en evidencia a los firmantes de la Carta Colectiva del episcopado espaíiol de 1 de julio de 1937, el catolicismo español se sUlnaba a la postura de la Santa Sede y hacía más facil el camino hacia la revisión o anulación del Concordato, así como a la renuncia al derecho de Patronat05 ). Mientras, Ireneo García Alonso no podía ocultar su gran preocupación ante el continuo vaciamiento de los seminarios: si los seglares habían desertado, aún se estaba a tiempo para evitar que sucediera lo mismo con los religiosos, punto a partir del cual podría iniciarse la reconquista del apostolado seglar52 • Al mismo tiempo, mostraba su total abandono de cualquier opción progresista: el Obispo de Albacete renegaría a oponerse al Régimen hasta sus últimos días y aplicaría lo más moderadamente posible las disposiciones del Concilio Vaticano 11, a pesar de lo cual no tendría más remedio que publicar en el Boletín los documentos de sus superiores jerárquicos aunque ellos fueran contra su opinión 53 • La Asanlblea conjunta afianzó de una manera muy Ílnportante la figura de Vicente Enrique y Tarancón como líder de la Iglesia Católica española. Ante esta perspectiva, y a la espera de que se confirmara al castellonense como cabeza del catoli-

47

Enrique y Tarancón, V., Op. Cit., p. 248.

48

BODA, n° 5, Extraordinario de la Asamblea del Presbiterio Diocesano, pp. 260 Y 261.

49

Ibídem, pp. 338-342. Otra propuesta estuvo a punto de conseguir la unanimidad (le faltó tan sólo un voto), y decía lo siguiente: "Debe desterrarse entre nosotros el lenguaje duro y peyorativo con los sacerdotes que han abandonado el ministerio".

50

Enrique y Tarancón, V., Op. Cit., p. 463.

51

El Comunicado sobre las conclusiones de la Asamblea conjunta de obispos y sacerdotes se encuentra publicado en Documentos de la Conferencia Episcopal

52

BODA, n° 3, abril de 1972, p. 90. Dice Ireneo: "El problema más urgente de la Iglesia ha llamado Pablo VI al de las vocaciones, "la situación vocacional es evi-

Espaíiola. Madrid, BAC, 1984, pp. 214 y 215. dentemente Inás grave", ha dicho también el Cardenal Garrone. ¿Qué hacer? ¿Lamentarnos?¿Encogernos de hOlnbros? Pero seríamos "culpables de vileza", afirma el Papa. ,O ensanchar la puerta? ¿Recortar las exigencias echar por la borda el celibato como un obstáculo a las vocaciones? .¡,NQl La verdadera solución la encontraremos por otros caminos: Caminos de Evangelio, rutas del Concilio, direcciones que marca el Espíritu.

Pero a condición de que todos colaboremos; el problema es tan eclesial como urgente". 53

Uno de los Inás polémicos sería, sin duda, el titulado "La Iglesia y la Comunidad Política", hecho público en enero de 1973: era tal su grado de conflictividad que atacaba frontalmente las relaciones Iglesia-Estado existentes en España y abogaba por la elin1inación del derecho de Presentación. BODA, n° 1, enero-febrero de 1973, pp. 9-38.

374 cismo hispano (cosa que se haría en marzo de 1972, al elegirle Presidente de la Conferencia Episcopal), los más conservadores y reaccionarios miembros del clero decidieron tenderle una trampa a través de la cual conseguir su desprestigio total. Sin embargo, la sucia maniobra, en la cual llegó a tomar parte la propia Sagrada Congregación del Clero de Roma (por medio de su Prefecto), fracasó, sobre todo por una razón fundamental: porque Tarancón contaba con el apoyo de Pablo VI. Así, celebradas nuevas elecciones, era visible observar que la nueva composición de la cúpula directiva de la Conferencia Episcopal mostraba el signo de los cambios y, sobre todo, el poder de Tarancón. En efecto, de la anterior lista, la correspondiente al año 1969, desaparecían nada menos que nueve miembros. Y no eran todos casualidad. Dos pesos pesados, el Arzobispo Morcillo (presidente entre 1969 y 1971) Y el Cardenal Quiroga (en el mismo cargo desde 1966 a 1969) habían fallecido a lo largo de 1971, Y poco antes, en 1970, también había muerto el Obispo de Córdoba, Fernández Conde. Arturo Tabera, por su parte, al pasar a la Curia romana era lógico que se prescindiese de él para los citados cargos. Sin embargo, era más que evidente la existencia de una serie de nombres que debían caer por la necesidad de una auténtica renovación. Citamos cuatro: José Guerra Campos, Pablo Barrachina, Pedro Cantero y Segundo García de Sierra. De Guerra todo ésta dicho, y que hay que señalar que los más conservadores hicieron un último intento a la desesperada para mantenerle en la secretaría. Al final se impuso la opción de Elías Yanes, quien, por cierto, acabaría convirtiéndose más de veinte años después en el cuarto presidente de la Conferencia Episcopal. Barrachina, por su parte, era considerado uno de los más reaccionarios: de él diría la revista Vida Nueva que pertenecía "a la línea más conservadora del episcopado español"54, con lo que se esfumaban todas sus posibilidades. El curriculum de Pedro Cantero como colaborador del Régimen no podía ser más amplio: en 1967 y en 1971 Franco le había designado procurador en Cortes y, al retirarse Casimiro Morcillo, había sucedido a éste como miembro del Consejo del Reino y del Consejo de Regencia. Y Segundo García de Sierra era el hombre que se había opuesto a Tarancón pocos meses antes con motivo de la Asamblea Conjunta. Curiosamente, uno de los más reconocidos detractores de Tarancón, Laureano Castán, seguía formando parte del Ejecutivo, encargándosele la Comisión para la Doctrina de la Fe. Y Marcelo González, Primado de España, mantenía su puesto. Pero ello no era obstáculo para ver una renovación muy notable: Elías Yanes, Romero de Lema, González Moraleja, Gabino Díaz Merchán, Pont y Gol, Jase María Cirarda, Antonio Dorado, Antonio Añoveros y Jacinto Argaya, todos ellos nuevos en sus cargos, confirmaban una trayectoria ya iniciada y venían a ayudar en su difícil caminar a hombres tan consolidados como Tarancón, Bueno Momeal o Jubany. Lo más importante es, no obstante, que la figura del Cardenal-Arzobispo de Madrid-Alcalá se había agrandado aún más, y que, por tanto, muy pocos habían puesto en duda que él debía ser el hombre encargado de sustituir a Morcillo como presidente. El grupo de oposición a éste decidió vincularse en su totalidad a una nueva figura emergente, Marcelo González Martín ("Don Marcelo"), Arzobispo primado de Toledo y receptor de unos veinte votos. El sector más conservador, al verse imposibilitado por una mera cuestión numérica para colocar a Gonzá-

54

Vida Nueva, 26 de febrero-4 de marzo de 1972, nos. 821-822, p.57.

55

Enrique y Tarancón, V., Op. Cit., 527 y 528.

lez Martín en la presidencia, lo volvieron a intentar con ocasión de la votación de la vicepresidencia, pero fueron nuevamente derrotados y ésta fue a parar a otro aperturista, el CardenalArzobispo de Sevilla José María Bueno Momea!. No sintiéndose derrotados, aunaron todos sus esfuerzos por captar el voto menos radical del conservadurismo en la elección del secretario, a sabiendas de que Guerra Campos había ostentado este cargo bajo la protección de Casimiro Morcillo. Llegaron a conseguir treinta votos, pero por tercera vez consecutiva su candidato no llegó a buen puerto y tuvieron que torcer el brazo ante la llegada de un nuevo secretario poco conocido hasta entonces, el ya citado Yanes. En enero de 1973 Gregorio López Bravo se entrevistó con el Papa, aunque la conversación fue tensa como consecuencia de un hecho acaecido durante la audiencia. López Bravo entregó al comienzo de la conversación una carta dirigida por Franco al pontífice, pero, éste en lugar de leerla, la dejó encima de su mesa: como se negaba a abrirla, al ministro no se le ocurrió mejor alternativa que la de contarle de viva voz lo que la misiva contenía, además de otras cuestiones que ofendieron gravemente al pontífice55 . En la famosa carta se contenía una petición del Caudillo al Papa para que éste llloderara la actitud de los prelados españoles 56 : Pablo VI no respondería hasta finales de julio, siendo su postura de muy relativa cooperación. Mientras, Luigi Dadaglio retornó a Roma durante un tiempo para hacer consultas, al mismo tiempo que Tarancón y Franco se entrevistaban secretamente el 31 de enero. También hubo encuentros en los que participaron el Ministro de Asuntos Exteriores, López Bravo, y el de Justicia, Antonio María Oriol y Urquijo, por parte gubernalnental, y Vicente Enrique y Tarancón, por parte eclesiástica, añadiéndose en una ocasión Marcelo GÓnzález. El 11 de junio de 1973 Carrero Blanco confirmaba de manera total su poderoso ascendiente sobre Franco al delegar en él, por primera vez, la presidencia del gobierno. Posiblemente lo que más llamaba la atención en el nuevo gobierno que se formó fue la sustitución de López Bravo, liquidado por la Santa Sede, por otro tecnócrata del Opus Dei, Laureano López Rodó. A pesar de que eran evidentes las diferencias entra ambos ("al deseo de eficacia inmediata de López Bravo, ingeniero, sucedía la habilidad calculadora del profesor"57, recordará Tarancón), y que desde el primer momento López Rodó trató de imprimir un nuevo rumbo a las relaciones entre España y la Santa Sede, se acabarían vislumbrando elementos de continuidad entre ambos. López Rodó intentó comenzar con buen pie su gestión, y parece que las circunstancias le favorecían. El hombre con el que tendría que negociar, Monseñor Casaroli, a la sazón secretario del Consejo para Asuntos Públicos de la Iglesia, era un viejo conocido suyo de cuando el tecnócrata ejercía la docencia en la Universidad de Santiago de Compostela. Ambos coincideron en la Conferencia para la Cooperación y Seguridad de Helsinki de julio de 1973, cenando juntos el día 5 de este mes. El ambiente fue cordial y distendido, lográndose, en opinión de López Rodó, una especie de turning-point en las relaciones entre ambos estados 58 . Al menos se logró que antes de concluir julio el Caudillo recibiera respuesta pontificia a su carta de enero. En ella, como hemos señalado anteriormente, la actitud de Pablo VI era un tanto tibia, destacando dos elementos: por un lado, la necesidad de

56

La carta se encuentra reproducida en López Rodó, L.: Testimonio de una política de Estado. Barcelona, Planeta, 1987, pp. 46 Y47.

57

Enrique y Tarancón, V., Op. Cit., p. 528.

58

La entrevista la conocemos gracias a López Rodó, L., Op. Cit., pp. 521-524.

375 revisar el marco legal de las relaciones Iglesia-Estado, y, por otro lado, la solicitud ya expuesta en otras ocasiones por Roma de que Franco renunciara al derecho de presentación de obispos. Como contrapartida, el pontífice aseguraba al Caudillo que los nuevos candidatos serían elegidos bajo criterios exclusivamente "pastorales"59. La actitud de López Rodó era, ciertamente, bastante inteligente: la conciliación era su meta. Prueba de ello fue el almuerzo que celebró en San Sebastián y en el cual estuvieron invitados Juan Pablo de Lojendio y el Nuncio Apostólico, Luigi Dadaglio. Se intentó que estuviera presente Casaroli, pero le fue imposible. El que también pasaría por la residencia de López Rodó un día para almorzar fue Angel Suquía, Arzobispo de Santiago de Compostela y a quien el ministro español recomendaría para el Consejo de Estado, puesto que pasaría a disfrutar a partir del 20 de agosto de 1973. Sin embargo, el ambiente no tardó en crisparse de nuevo. En septiembre, Franco y López Rodó se reunieron a bordo del yate Azor, en el cual el Caudillo le hizo saber su malestar por los últimos candidatos designados para las sedes episcopales: precisamente por ello, ordenó a su ministro que hiciera saber al Cardenal Villot que el Concordato debía ser aplicado en toda su extensión 6o • No obstante, lo más importante era la futura visita de Monseñor Casaroli, quien pisó suelo español elide noviembre de 1973. Ello fue posible a pesar de la postura de algunos prelados como Bueno Monreal, opuestos a que se negociara un nuevo Concordato y a que Casaroli visitara España. Este se entrevistaría con Tarancón, González Martín, Carrero Blanco, López Rodó y Ruiz Jarabo, nuevo Ministro de Justicia, y se puede decir que resulta un pequeño triunfo diplomático para López Rodó: quedaba, en teoría, anulada cualquier posibilidad de sustituir el Concordato por una serie de acuerdos parciales, a la vez que se reconocía el inicio de la revisión del Concordato, en concreto, y de las relaciones Iglesia-Estado, en general. Además, se otorgaba por ambas partes un grado altamente positivo al desarrollo de las negociaciones y las buenas intenciones de que hacían gala las dos potestades 61 . Para el Régimen, la repercusión internacional que la visita no oficial de Casaroli tuvo fue lo ¡nejor que podía ocurrirle dada su maltrecha imagen, destacando los comentarios de JI Tempo (5 de noviembre), Frankfurter Allgemeine (6 de noviembre), Die Welt (7 de noviembre) y Journal de Geneve (8 de noviembre)62. Las alegrías para la gestión de López Rodó duraron poco. En efecto, los días 10 y 11 de noviembre se producía el encierro en la Nunciatura de un centenar de personas que, además, hicieron públicos varios con1unicados. En uno de ellos se arremetía duramente contra Casaroli, a quien se consideraba como intelocutor no válido en las negociaciones Iglesia-Estado (los únicos que podían actuar eran el pueblo cristiano español y la Conferencia Episcopal), y contra cualquier tipo de fórmula concordataria: era evidente que el grupo de exaltados sólo pretendía la ruptura con el Régimen. El hecho de que a este encierro se sumaran otros en la Universidad Pontífica Comillas, en la Facultad de Teología de Deusto y en una parroquia de Bilbao, alcanzando incluso a otros países (lo mismo sucedería en Berna, Bonn y París), volvía a poner las cosas en el mismo

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punto delicado de antes. Por si ésto no fuera suficiente, la muerte de Carrero Blanco en diciembre acabó con la gestión de López Rodó, pues en el nuevo gobierno, ahora con Carlos Arias Navarro al frente, el tecnócrata del Opus Dei sería sustituído por Pedro Cortina, quien ya había sido subsecretario con Castiella. De todas maneras, la diplomacia había vuelto a demostrar nuevamente sus limitaciones, haciendo ver, una vez más, lo distanciado de ambas posturas. Era evidente que el matrimonio casi indisoluble que el Régimen y la Iglesia habían formado en 1936 estaba a punto de romperse de manera definitiva. Y no hay momento más algido de la división que la que se produjo a raiz del asesinato de Luis Carrero Blanco el 20 de diciembre de 1973. Fue Tarancón, en calidad de jefe de la Iglesia española, a quien le correspondió oficiar el entierro y el funeral por la memoria del más íntimo colaborador de Franco. A pesar de lo crispado de las relaciones Iglesia-Estado, Tarancón reconoce que nunca hubiera esperado escuchar gritos cotno los de "Tarancón al paredón" o "Asesino", aunque la posibilidad existiera63 : sin embargo, cualquier sorpresa anterior quedó rebasada con creces cuando en el funeral, al día siguiente, Julio Rodríguez, Ministro de Educación y Ciencia, se negó a dar la paz al insigne purpurado español. A pesar de que ministros presentes en el acto afirman condenar la actitud de Rodríguez y la seguridad de que el más indignado por el desaire fue el propio Franc064 , y que el presidente en funciones, Torcuato Fernández-Miranda obligó al ministro a pedir perdón al prelado por lo sucedido (y así hizo)65, lo cierto es que el incidente personificaba mejor que nada lo delicado de la situación: seguía sin haber duda de que el ejército y la Falange seguían constituyendo las familias institucionales del Régimen, pero sobre si la Iglesia permanecía ostentando este papel las dudas se aclaraban cada día más, pero en el sentido contrario del derecho. Hubo un incidente de gran relevancia que constituyó el punto álgido en el enfrentamiento entre la Iglesia y el Estado: el "caso Añoveros", el cual casi conduce a la excomunión del propio Franco. Antonio Añoveros era un obispo que estaba al frente de la diócesis de Bilbao desde hacía poco años, pues antes se había encargado de dirigir la de Cádiz-Ceuta. A pesar de ello, no tardó en sensibilizarse ante el problema vasco, por lo que hará leer en el último domingo de febrero de 1974 una pastoral donde apoyaba las reivindicaciones del nacionalismo, ya que solicitaba una organización sociopolítica que asegurara la "justa libertad" del pueblo vasco. El gobierno reaccionó de manera inmediata y confinó a Añoveros y a su vicario general, Ubieta, en su domicilio, a la vez que hacía público un comunicado donde acusaba a Añoveros de poner en peligro la unidad nacional consagrada por las Leyes Fundamentales del Estado 66 . Tarancón, a la sazón máxima cabeza de la Iglesia española, a pesar de que reconoce que era contrario a la difusión de la pastoral y que así se lo hizo saber a Añoveros, se puso del lado de su prelado y exigió la puesta en libertad de Añoveros, así como su reintegración a la dirección de la diócesis de Bilbao. Aunque no era el primer incidente de gran relieve entre el RégiInen y la Iglesia, Tarancón recordaría en sus Confesiones el conflicto Añoveros como "un caso límite en las relaciones

Ibídem, pp. 53-55.

60

Ibídem, pp. 56 Y 57.

61

ABC, 6 de noviembre de 1973, p. 19.

62

López Rodó, L., Op. Cit., p. 64.

63

Enrique y Tarancón, Y., Op. Cit., pp. 611-614.

64

Fuente, L. de la: "Valió la pena". Memorias. Madrid, EDAF, 1998, pp. 202 Y 203.

65

López Rodó, L.: Mernorias. Volmnen JII, El principio del fin, Barcelona, Plaza&Janés, 1992, p. 533.

66

ABC, 5 de marzo de 1974, pp. 21 Y 23.

376 Iglesia-Estado en España"67. El gobierno tenía claras sus reivindicaciones: en primer lugar, Añoveros debía hacer una declaración de "españolismo" que dejara satisfecho a Franco, y, en segundo lugar, el prelado español debía ser trasladado (aunque no de manera inmediata) a otra diócesis. Pero la Comisión Permanente del Episcopado se puso del lado de Añoveros, haciendo público su apoyo al clérig068 . Con una posible excomunión del Caudillo por medio (la expulsión por la fuerza tipificaba como sanción en el Derecho Canónico esta medida hacia quienes firmaran la orden), el gobierno tendrá que acabar consintiendo el retorno, tras unas breves vacaciones, de Añoveros a la diócesis de Bilbao: para Tusell, el conflicto jamás hubiera llegado a las cotas de peligrosidad que alcanzó si Carrero Blanco hubiera sido en aquel momento todavía presidente69 . Ironías del destino, esta diócesis había sido creada por Decreto-Ley de 9 de enero de 1950 junto a la de San Sebastián (además de otras), con la intención de dispersar los fuertes focos nacionalistas existentes en la diócesis de Vitoria: sin embargo, en lugar de dispersarlos, casi un cuarto de siglo después quedaba demostrado que lo que se había hecho era multiplicarlos. En Albacete tampoco iban las cosas mucho mejor. En febrero de 1974 el Boletín hacía oficial un Informe sobre los Seminarios de Albacete al presbítero y a toda la C0111unidad Diocesana 70 donde era posible constatar el fuerte descenso del número de seminaristas.Ya en el año 1970-71 el número de seminaristas mayores era tan sólo de treinta y cuatro, habiéndose producido ocho abandonos y tan sólo tres ordenaciones, reduciéndose a treinta en el curso 1973-74, a pesar de lo cual el Boletín no desiste en su actitud optimista y afirma que se esperaban durante ese año un mínimo de siete ordenaciones. En lo que se refiere al seminario menor, el número de alumnos era de 121 en el curso 1973-74, constatándose que la mayor parte de ellos procedían del mundo rural: tanto Albacete capital como los pueblos mayores de la diócesis (aquellos que

cuentan con Instituto de Enseñanza Media o centros siInilares) apenas daban seminaristas. Albacete demostraba, así pues, y una vez lnás, encontrándose plenamente integrado en la problemática de la Iglesia nacional. Lo cierto es que el caso Añoveros proporcionó el justificante perfecto para abordar una posible revisión de las relaciones Iglesia-Estado, mientras Franco asistía con total perplejidad y dolor, según uno de sus colaboradores más cercanos, al distancialniento total entre católicos y franquistas71. En efecto, el 16 de marzo de 1974 el gobierno hizo público a la conclusión de un Consejo de Ministros un comunicado donde se aseguraba la necesidad de una revisión de las relaciones IglesiaEstado, ya que el último incidente había demostrado las contradicciones del marco legal establecido entre ambas potestades 72 . No sería precisamente Tarancón quien negaría esta opinión, pues el 18 de marzo escribía al Presidente del Gobierno, Carlos Arias NavalTO, para señalarle lo siguiente: "Es evidente que se impone un calnbio bastante profundo en el estatuto jurídico que regulan las relaciones Iglesia-Estado. El concordato de 1953 (creo que ajuicio de todos) está bastante desfasado"73. El gobierno, como reconoce Licinio de la Fuente, no respondía a las expectativas creadas, aunque intentaba salir de la crisis en que se encontraba74 . Así pues, no es de extrañar que la gran conflictividad interna tuviera su reflejo en las negociaciones concordatarias. Tarancón considera que la gravedad de los sucesos permite que en Roma se percaten "todos (incluso los que, como monseñor Casaroli, tenían sumo interés en minimizar los acontecimientos político-religiosos) de que en este clima no se puede negociar con serenidad"75. El prelado español se muestra sorprendido especialmente con la actitud de Carlos Arias, quien, a pesar de que le hace llegar constantemente muestras de afecto y le propone reunirse un día completo para hablar en profundidad de las relaciones Iglesia-Estado, nunca llegaría a emplazarle.

4. DE FRANCO A JUAN CARLOS 1: ESPAÑA INICIA EL TRÁNSITO HACIA LA DEMOCRACIA CON EL APOYO DE LA IGLESIA La crisis de finales del franquismo, a pesar del interés de Ireneo García Alonso por dar la mayor imagen posible de normalidad, también se palpaba en Albacete. Y los incidentes llegaron a estar presente en las páginas de las principales revistas de difusión católica. El mejor ejemplo de lo dicho anteriorlTIente nos lo vuelve a ofrecer Ecclesia, la cual recogió el siguiente incidente: "El pasado 26 de octubre, el párroco del Espíritu Santo, don Narciso Baguna Golobar, le fue impuesta una sanción gubernativa de 75.000 pesetas por determinadas expresiones de la "oración universal de los fieles". En relación con el hecho, el obispo de Albacete, monseñor Ireneo García

67

Alonso, ha dirigido una carta al presbíterio y fieles diocesanos en la que afirma que el padre Narciso Baguna leyó la citada oración sin comentario alguno; en dicha oración (tomada de una nota litúrgica editada en Barcelona, con el correspondiente depósito legal) se invita a los fieles a pedir por diversas personas Que sufren o se encuentran en difícil situación, y cita a los parados y a otros dos grupos de personas"76. Ireneo, en esta ocasión, como por otra parte fue muy habitual entre sus colegas de jerarquía, protegió a su párroco, pero muy seguramente debía encontrarse muy molesto por lo sucedido. El fallecimiento de Franco se produjo, como es bien sabido,

Enrique y Tarancón, V., Op. Cit., p. 627.

68

Documentos de la Conferencia Episcopal Española, Op. Cit., pp. 287-289.

69

Tusell, J.: Carrero. La eminencia gris del Régimen de Franco. Madrid, Telnas de Hoy, 1993, p. 457.

70

BODA, nO 2, febrero de 1974, pp. 32-48.

71

Fuente, L. de, Op. Cit., p. 137. El ex-Vicepresidente del Gobierno recuerda que "Franco era un ferviente católico al que yo veía que angustiaban este tipo de conflictos, que amargaban los últimos años de su vida, carente ya de flexibilidad para adaptarse a la nueva situación. Pude comprobarlo en muchas ocasiones en despachos en que me transmitió su amargura por actitudes del Nuncio o de Obispos COlno Iniesta, Cirarda, Añoveros, Setién... el propio Tarancón, de quien no comprendía que no fuera capaz de itnponer un mayor orden y respeto".

72

ABC, 16 de marzo de 1974, p. 25.

73

La misiva se encuentra reproducida en Enrique y Tarancón, V., Op. Cit., p. 691.

74

Fuente, L. de, Op. Cit., pp. 213-215.

75

Enrique y Tarancón, V., Op. Cit., p. 740.

76

Ecclesia, 35 (1766), 22 de noviembre de 1975, p. 30.

377 en la madrugada del 20 de noviembre de 1975, pero ni siquiera en la muerte del Caudillo se olvidaron los pleitos entre la Iglesia y el Estado. De hecho, no fue Tarancón, a pesar de ser el Presidente de la Conferencia Episcopal española y el Arzobispo de Madrid-Alcalá, a quien los últimos colaboradores de Franco solicitaron que presidiera su entierro y funeral, sino al Primado de Toledo, Marcelo González. Afortunadamente para los intereses de la Iglesia, no volvieron a repetirse bochornosas escenas como las vistas dos años antes con Carrero Blanco. Mientras, el Presidente de la Conferencia Episcopal asumió la tarea de dar la bienvenida a la nueva era que se abría pronunciando una memorable homilía en la Misa de Coronación. celebrada en la Iglesia de San Jerónimo el Real el 27 de noviembre de 1975. En ella Tarancón solicitó a Juan Carlos I que fuera el "rey de todos los españoles"77, al contrario que su predecesor, que había obligado a exiliarse a un alto número de españoles por no comulgar con sus ideas: la Iglesia apostaba por la democracia como sistema de convivencia, pudiendo contar con los católicos para que en España reinara "la verdad"78. Lo ciel10 es que, en las primeros semanas, las expectativas de calnbio se frustaron un poco. No había lnejor prueba de ello que en el nuevo Gobierno el hombre encargado de presidirlo fuera el último presidente de Franco: es decir, Carlos Arias Navarro. El 4 de diciembre Juan Carlos I confirmaba a Arias en su puesto y el 11 se producía la presentación del Ejecutivo, en el cual dos hombres destacaban por encima del resto, y ambos por el mismo motivo su talante aperturista José María de Areilza, Ministro de Asuntos Exteriores, y Manuel Fraga, Vicepresidente segundo y Ministro de Gobernación. Tarancón no duda en mostrarse fuertemente desencantado por la continuidad de Carlos Arias. Sí le gustó, no obstante, ver a Areilza encabezando Asuntos Exteriores y, más aún, a Marcelino Oreja integrando el equipo del Conde de Motrico (era subsecretario) y a Antonio Garrigues al frente del Ministerio de Justicia79 . El hecho de que, además, Eduardo Zulueta fuera nombrado Director General de

Asuntos Eclesiásticos, confirmando lo que para el prelado español era una "bendición de Dios"80, consiguió despertar, en este sentido, las esperanzas continuamente frustradas durante los últimos años de la vida de Franco. Por ello, lo que observaremos será un contraste entre el progresivo fracaso de la gestión del gobierno Arias y el avance lento pero positivo de las negociaciones entre la Iglesia y el Estado español. Como recuerda Alvaro Soto, el primer gobierno de la monarquía constituyó una pennanente lucha entre el proyecto pseudo-reformista, confundido ante la opinión pública con el proyecto continuista, y el proyecto rupturista, el cual decidió impulsar durante el primer trimestre de 1976 una movilización destacada8). Mientras esta lucha se producía, los encargados de dirigir la política internacional referida a la Santa Sede trabajaban eficazmente. Por otra parte, siempre fue importante el continuo diálogo que Tarancón por medio de su mano derecha, el jesuíta José María Martín Patino, mantuvo con los que serían líderes políticos a lo largo de la Transición: Fraga, Areilza, Tierno Galván, Morodo, los generales Diéz Alegría y Gutiérrez Mellado, Felipe González (siendo "Isidoro", en plena clandestinidad, Martín Patino ya se había reunido en varias ocasiones antes de morir Franco)... Eran los famosos encuentros de las "monjas de Patino", una residencia de monjas benedictinas pertenecientes a la Congregación de la Presentación de María donde el cardenal mantuvo diversas comidas con estos líderes políticos 82 . En junio de 1976 un desacreditado (por el propio Rey) Arias Navarro acabó dimitiendo como presidente del Gobierno. Tarancón considera que, a pesar del evidente fracaso de la relación entre Arias Navarro y la Iglesia, no puede culparse a la última de haber sido la causante o una de las causantes de la caída del Presidente del Gobierno: lo que realmente obligó a Juan Carlos I a buscar la dimisión de Arias fue la imperiosa necesidad de consolidar a la monarquía, en aquel momento todavía una institución muy cuestionada83 .

5. EL NOMBRAMIENTO DE ADOLFO SUÁREZ: SE PRODUCE LA DEFINITIVA RUPTURA CON EL PASADO Era el momento de emprender la reforma: si ésta no se llevaba a cabo, el fracaso podía conllevar la caída de la propia monarquía. La designación del sucesor de Arias Navarro causó una sorpresa mayúscula: Adolfo Suárez, Secretario General del Movimiento, fue el elegido por el Rey para encabezar el nuevo gobierno. Suárez y sus ministros, a pesar del clima netamente adverso que hubieron de sufrir en sus comienzos, demostraron estar capacitados para acometer una reforma que el gabinete Arias Navarro no supo o no quizo llevar a cabo. Las relaciones Iglesia-Estado no constituirían una excepción, y en menos de un mes las negociaciones llevadas a cabo por Areilza serán concluídas por Marcelino Oreja.

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En efecto, el 15 de julio de 1976 el Marqués de Mondéjar, jefe de la Casa del Rey Juan Carlos 1, viajaba a Roma, siendo recibido inmediatamente por Pablo VI. No tardaría en saberse el contenido de la entrevista, pues, tras ella, se hacía público un comunicado oficial donde se decía lo siguiente: "Su Majestad el Rey ha comunicado a Su Santidad el papa Pablo VI su intención de no utilizar el privilegio de presentación de obispos, encomendando al Gobierno la instrumentación jurídica de tal propósito dentro del conjunto de las nuevas relaciones del Estado español con la Santa Sede"84. Para Tarancón, "se había dado el paso decisivo para que se pudiesen encauzar las relaciones con la Santa Sede de una manera digna y fácil"85 .

ABe, 28 de noviembre de 1975, pp.7 Y 8. "Pido para Vos, Señor, un amor entrañable y apasionado a España. Pido que seáis el Rey de todos los españoles, de todos lo que se sienten hijos de la madre patria, de todos cuantos desean convivir, sin privilegios ni distinciones, en el ITIutuO respeto y amor. Amor que, como nos enseñó eJ Concilio, debe extenderse a quienes piensan de manera distinta de la nuestra. pues nos urge la ohligación de hacernos prójimos de todo hOITIbres".

Pero también habrá una alusión a la necesidad de instituir la denlocracia: "Pido para Vos acierto y discreción para abrir caminos del futuro de la Patria para que, de acuerdo con la naturaleza humana y la voluntad de Dios, las estructuras jurídico-políticas ofrezcan a todos los ciudadanos la posibilidad de participar libre y activamente en la vida del país, en las medidas concretas de gobierno que nos conduzcan, a través de un proceso de madurez creciente, hacia una Patria plenalTIente justa en lo social y equilibrada en lo económico". Ibídem, p. 8. Enrique y Tarancón, V., Op. Cit., pp. 868 Y 869. Ibídem, p.869. Soto, A.: La transición a la democracia. Esparza, J975- J982. Madrid, Alianza Editorial, 1998, p. 27. Hernández, A.: El Quinto Podel: La Iglesia de Franco a Felipe. Madrid, Temas de Hoy, 1995, pp. 100-102. Enrique y Tarancón, V., Op. Cit., p. 887. Ecclesia, 24 de julio de 1976, p. 1058. Enrique y Tarancón, V., Op. Cit., p. 892.

378 Sin embargo, la diócesis de Albacete seguía presentando iInportantes problemas internos. El más fuerte, y que no sólo afectaba a ésta sino al conjunto de la Iglesia española, era la ausencia de vocaciones, obligando a Ireneo a reconocer las dificultades existentes a la hora de suplir las ausencias 86 . En todo el año 1975 no se habían producido más que cinco ordenaciones sacerdotales, y el futuro amenazaba con ser aún peor. De hecho~ si en 1974 la diócesis contaba con 211 sacerdotes 87 , tres años después, en 1977, ya se habían reducido a 191, y no precisamente por causas naturales, sino debido, fundamentalmente, a un fuerte aumento de las secularizaciones. Entre las principales causas para poder explicar esta crisis Ireneo señaló al problema del celibato, la obsesión por los resultados pastorales, la pérdida de la espiritualidad sacerdotal o el problema económico ("el complejo de ganar menos que un peón"88, diría sorprendentemente el Obispo de Albacete). La Iglesia comenzaba a pagar el precio de tantos excesos conservadores y la falta de naturalidad: no era normal, verdaderamente, el que no se autorizara hasta marzo de 1976 a dar la comunión en la mano, y que, además, Ireneo considerara necesaria una catequesis previa para poder asumir mentalmente el cambi0 89 . El proceso de democratización del país iba paralelo al desbloqueo de las relaciones Iglesia-Estado. Suárez se confirmó corno una figura política de relieve al lograr que las Cortes franquistas aprobaran la Ley para la reforn1a política en noviembre de 1976. Por medio de ella, la antigua clase política del Régimen firmaba su defunción y abría la puerta a la institucionalización del sistema democrático, al obligar a la convocatoria de elecciones generales. Éstas, celebradas en junio de 1977, no sólo dieron paso a un nuevo Gobierno, encabezado al igual que el anterior por Adolfo Suárez, sino que casi de lnanera inmediata permitió comenzar el proceso constituyente. Tras diversas negociaciones, el 2 de agosto de 1977 eran elegidos los siete miembros de la Ponencia Constitucional encargados de redactar el borrador del nuevo texto. Sólo veinte días después se iniciaba la elaboración del Anteproyecto, y el 17 de noviembre quedaba redactado en su primera lectura: ya en esos meses se demostró que la cuestión religiosa no sería la lnás difícil, sino la referida a las autonomías. No obstante, la cuestión educativa, donde la Iglesia sí tenía mucho que decir, también fue objeto de polémicas entre los ponentes, como recordarían los citados Herrero de Miñon 9o y Peces-Barba91 . De hecho, éste último abandonará la Ponencia a tan sólo diez días de concluir el borrador, aunque finalmente lo firmaría dejando constancia del alcance de su firma 92 . Mientras, el Grupo Socialista del Congreso hizo llegar a la Comisión de Asuntos Exteriores de las Cortes una proposición, con fecha de 27 de septiembre de 1977, en la que, recordando que eran de conocimiento público las negociaciones entre el gobierno español y

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la Santa Sede para llegar a una serie de acuerdos parciales cuya función sería modificar o sustituir el todavía vigente Concordato de 1953, realizaban dos propuestas teniendo en cuenta que las relaciones entre la Iglesia y el Estado poseían un alcance indudablemente constitucional: el gobierno debía informar detalladamente a las Cortes sobre las negociaciones en curso con la Santa Sede para lnodificar o sustituir el Concordato de 1953 (1), y debían suspenderse tales negociaciones hasta que no quedaran definidos los principios que debían regir las relaciones entre el Estado y las iglesias, dejando clara el Grupo Socialista su postura en favor de la aconfesionalidad del Estado y la superación del sistema concordatario(2)93. Poco a poco se iba caminando hacia el desmantelamiento del Concordato de 1953. Prueba de ello era la orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 20 de diciembre de 1977 por la cual la enseñanza de la religión en la universidad dejaba de ser materia obligatoria, estableciéndose en su lugar un servicio de asistencia y formación religiosa con carácter voluntario. Igual sucedió con lo referido a las fiestas religiosas con efectos laborales (artículo 5 del Concordato), que fue regulado por el Ministerio de Trabajo, previo acuerdo con el Secretariado de la Conferencia Episcopal: a ello le había precedido el consentimiento de la Santa Sede para abolir la prescripción de no trabajar y oir misa en las fiestas de la Ascensión y de los apóstoles Pedro y Pablo. La Iglesia, como recuerda Herrero de Miñón, se mantuvo prácticamente al margen durante el trabajo en ponencia. Sólo el 26 de noviembre de 1977, cuando la fórmula constitucional era firme en lo referido a la cuestión religiosa, el episcopado hizo llegar al propio Herrero una copia de la declaración colectiva del episcopado español, de la que, según el ponente, era posible extraer muy poco a la hora de redactar el texto legal. En ese momento, algunos de los ponentes ya habían dado su propia opinión de cómo debían ser redactados los artículos: Hererro de Miñón destaca que el 30 de agosto "Peces-Barba y Manuel Fraga propusieron introducir en el texto constitucional la misma triste expresión de la Constitución de 1931: "España no tiene religión oficial". Si para el primero se trataba de un criterio de partido, a juicio del segundo era ineludible conclusión de la actitud mantenida desde los últiInos tiempos del franquismo por el cardenal Tarancón y la Conferencia Episcopal"94. El ponente comunista fue el tercero en sumarse a esta postura, pero los tres miembros de la VCD se negaron a ello considerando que repetir la Historia, recordando los infaustos tiempos de la II República, podría dañar unas relaciones Iglesia-Estado que en este mOlnento podían ser consideradas como francamente buenas. Al final, previa intervención del propio Adolfo Suárez, los ponentes centristas lograron que la decisión fuera aplazada para sesiones posteriores.

BODA, n° 2, marzo-abril de 1976, pp. 16 Y 17. "De diversos modos, unas veces en silencio y en paciencia, otras veces de manera pública, nuestra Iglesia diocesana vive con máxima tensión la problen1ática de la vocaciones sacerdotales y junto con ellas de nuestros Seminarios Menor y Mayor".

87

Además, más de treinta se encontraban residiendo fuera de la diócesis, en lugares tan diversos COIno Madrid, Alicante, Barcelona, París (Francia), Lovaina (Bélgica), Freising (Alelnania), Puerto Rico o Martínez-Buenos (Argentina).

88

Ibídern, pp. 39-42.

89

La comunión en la mano había estado en vigor desde las primitivas comunidades cristianas hasta el siglo VIII, a partir de ]0 cual las concepciones Inaniqueas del clero y el alejamiento del pueblo de la liturgia llevaron a un can1bio negativo. Porque no cOInulgar con la mano era contradecir a los propios santos de la Iglesia, como San Cirilo, que en 386 había dicho: "Cuando te acerques a recibir el Cuerpo del Señor, no te acerques con las manos de las pahnas extendidas ni con los dedos separados, sino haciendo de tu mano izquierda como un trono para tu derecha donde se sentará el Rey. Con la cavidad de la mano recibe el Cuerpo de Cristo y responde Amén".

90

Herrero

91

Peces-Barba, G.: La elaboración de la Constitución de 1978. Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1988, p. 133.

d~

Miñón, M.: Memorias de estío. Madrid, Temas de Hoy, 1993, p. 121.

92

Alzaga, O.: Comentario sistemático a la Constitución espai10la de 1978. Madrid, Ediciones del Foro, 1978, p. 56.

93

Corral, C.: "El sistema constitucional y el régÍlnen de acuerdos específicos", en Corral, C. y Echevarría, L. (Dirs.): Los Acuerdos entre la Iglesia y el Estado. Madrid, BAC, 1980, p. ]OO.

94

Herrero de Miñón, M., Op. Cit., p. 145.

379 Ireneo, siguiendo las consignas de la Conferencia Episcopal, se lnantuvo alejado de cualquier posicionamiento político. Ahora bien, una cuestión era no declararse a favor de ningún partido político y otra muy distinta era olvidar su pasado como obispo adicto al Régimen. En función de esto último, era obligación suya atacar el marxismo, por lo que recordó a sus sacerdotes que no debían confundir la liberación proclamada en el Evangelio con la aceptación del sistema socialista-marxista95 . Ya por aquel entonces el Cardenal Tarancón se había reunido con Felipe González. El pritner encuentro se produjo el 21 de junio de 1977: de carácter breve, se vería seguido por otros que sirvieron para mostrar la buena sintonía del cardenal español con la izquierda política. La Iglesia dejó claro que aceptaba la renuncia a la confesionalidad católica del Estado, pero exigió que se reconociera en la Constitución la libertad religiosa y de culto no sólo de los individuos, sino también de las comunidades y confesiones religiosas. Los socialistas, por su parte, admitían sin problemas el derecho a la libertad religiosa individual: sin embargo, se mostraron nada dispuestos a extender este derecho en el texto constitucional a las instituciones religiosas, siendo especialmente rotunda su negativa a que se lnencionara expresamente a la Iglesia Católica en la Constitución. Según Abel Hernández, Tarancón no tenía especial interés en que tal mención se produjera: no obstante, consideraba innegociable el hecho de que las confesiones religiosas contaran con el respaldo constitucional 96 . El borrador definitivo del Anteproyecto constitucional, concluido el 15 de diciembre, fue entregado por la Ponencia a la Presidencia del Congreso el 23 de diciembre de 1977. EllO de abril de 1978 era firmado, como hemos señalado anteriormente, el borrador por los siete miembros de la Ponencia. El 5 de mayo se iniciaban las sesiones de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas del Congreso de los Diputados, bajo la presidencia de Emilio Attard. Comenzaba, así pues, el debate general. En el Anteproyecto la cuestión religiosa quedaba ubicada principalmente en el artículo 15, titulado "Libertad religiosa y de cultos". Sin llegar a realizar un aná-

lisis de las distintas intervenciones, señalaremos que realnlente no hubo una auténtica polémica en torno a la cuestión religiosa: lo que sí hubo, fundamentalmente, fueron discusiones de carácter meramente gramatical, surgiendo las diferencias sobre cómo debía ser la redacción exacta. No obstante, los principios fundamentales quedaron ya delimitados por la propia ponencia constitucional: España sería un Estado aconfesional, pero no laico en el sentido más estricto, pues debía evitarse el error cometido casi cincuenta años antes por la república de ignorar totalmente la realidad religiosa del pueblo español. España no volvería a adoptar como propia la confesión católica: sin embargo, tampoco olvidaría la fuerte impronta de la religión católica sobre los españoles. También en la Cámara Alta, el Senado, se discutieron los puntos conflictivos referidos a la religión (24 de agosto de 1978). A pesar de que la propia Constitución le acabaría condenando a convertirse tan sólo en una cámara de segunda lectura (dado que no constituye una auténtica cámara de representación territorial), durante la legislatura constituyente vivió sus cotas más altas de protagonism0 97 . Los senadores encargados de intervenir eran de mucha menor entidad política que los que habían participado en meses anteriores en el Congreso de los Diputados, aunque los había con una amplia talla intelectual (Camilo José Cela, Antonio Pedrol Rius) o con un conocimiento destacado de la cuestión religiosa (el sacerdote José Luis Martín Descalzo). Para aquel momento, Ireneo se encontraba ya bastante alejado de las cuestiones políticas, pues el problema de las vocaciones absorbía la mayor parte de su tiempo. En 1977 se había ordenado a cinco nuevos sacerdotes, cifra totalmente insuficiente para garantizar el relevo generacional: a pesar de este panorama tan preocupante, Ireneo podía sentirse satisfecho, porque en otros lugares de la geografía española la situación era aún peor. De hecho, diría lo siguiente: "Comparado este número con la media nacional por habitantes de cada Diócesis es un porcentaje, que nos obliga a dar gracias a Dios, de cuya llamada y providencia depende la incorporación de nuevos operarios a su viña"98.

6. LA APROBACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978 ABRE EL CAMINO HACIA UNA NUEVA Y DEFINITIVA CONFIGURACIÓN DE LAS RELACIONES IGLESIA-ESTADO Tras haber pasado el Proyecto de Constitución por el Congreso, el Senado y por una Comisión Mixta, el texto fue votado en una solemne sesión 99 celebrada en ambas cámaras el 31 de octubre de 1978. En el Congreso, con sólo cinco de los 350 diputados ausentes, 325 votaron a favor, 14 se abstuvieron (destacando los nacionalistas vascos y tres miembros de Alianza Popular) y 6 en contra (uno de Euskadiko Ezquerra y cinco del partido de Fraga). De los 239 que votaron en

95

el Senado, 226 lo hicieron a favor, 8 se abstuvieron y 5 en contra (entre ellos el polémico Luis María Xirinacs). La Constitución debía ser refrendada por el pueblo español, y éste le dio el sí el 6 de diciembre de 1978 por un margen muy amplio (casi 88% votaron a favor). Todavía no había quedado finalizado el problema Iglesia-Estado, pues aún debían negociarse los nuevos acuerdos parciales entre ambas potestades: sin embargo, se había dado un paso muy importante hacia el

BODA, n° 6, septiembre-octubre de 1977, pp. 109 Y 110. "No tiene justificación el comprometer a la Iglesia por caminos ajenos al Evangelio. En nombre de una

"eclesiología secularista", se querría identificar la fe cristiana con la praxis política de la liberación; tendría que enrolarse la Iglesia en el juego político, optando por el sistema socialista-marxista y condenando el pluralismo político; debería hacer suya la lucha de clases, como único método de progreso social; tendría que desaparecer la distinción entre lo natural y lo sobrenatural, entre sagrado y profano, entre Iglesia y mundo, sacerdotes y laicos. Espero, sobre todo de los sacerdotes, sepan defenderse de estas aberraciones, lamentablemente difundidas en algunas publicaciones y aIubientes. La irrupción de lo político al primer plano de nuestra actualidad española nos obliga a todos a prever el alcance de nuestras ideas y de nuestros comportamientos. Obrarímuos en contra de la misión de la Iglesia, si damos tanto relieve a la acción por la liberación social y política que relegamos al último lugar el culto a Dios, la oración, los sacratuentos, la moral individual, la lucha contra el pecado, la fe ante los novismos. Al luismo tiempo que procuramos evitar la participación en las intrigas de los que buscan el poder, no podemos adoptar una postura "neutralista" o desentendernos de la política. Ya recordamos los Obispos con anterioridad a las elecciones de Junio cuál es la verdadera postura de la Iglesia". 96

Hernández, A.: Crónica de la Cruz y de la Rosa. Barcelona, Argós Vergara, 1984, pp. l 1- l 3.

97

Veáse al respecto Soto, A.: "El Senado en la Transición democrática", en Pérez Ledesma, M.(Coord.): El Senado en la Historia. Madrid, Temas del Senado, 1998, pp. 419-479.

98

BODA, n° 2, marzo de 1978, p. 21.

99

Alzaga, O., Op. Cit., p. 65.

380 desmantelamiento total y definitivo del Concordato de 1953. Nos gustaría señalar que, a pesar de que el artículo 16 constituye la columna vertebral de la nueva realidad religiosa española, el sistema español de las relaciones Iglesia-Estado no puede encerrarse exclusivamente en lo que estipula el artículo 16. En efecto, tal artículo debe constituir el precepto esencial, al que se unirían los preceptos complementarios (la no discriminación e igualdad jurídica ante la ley (Art. 14), libertad de expresión (Art. 20), derecho de reunión (Art. 21), derecho de asociación (Art. 22), libertad de enseñanza (Art. 27), garantía de la estabilidad del matrimonio (Art. 32), derecho de propiedad (Art. 33) garantía de la estabilidad de la familia (Art. 39) y los preceptos remisivos (en cuanto pudieran tener conexión con éstos»loo. En lo que se refiere estrictamente al artículo 16, es necesario distinguir el contenido de los principios inforn1adores. Tal contenido consta de dos componentes: la garantía de la libertad religiosa (puntos primero y segundo del artículo), y la fijación del sistema político-religioso del Estado (punto tercero). Mientras, los principios informadores serían cuatro: la libertad religiosa individual (1); la libertad religiosa institucional (2); la aconfesionalidad del Estado (3), y la cooperación con la Iglesia y demás confesiones (4). El 27 de diciembre de 1978, día de la solemne sesión plenaria de las Cortes Generales para ratificar la nueva Constitución, bajo la presidencia de los monarcas españoles, se produjo un hecho que mostraba de manera absolutamente gráfica el fin de los privilegios de la Iglesia Católica en el Estado español. Las cámaras de televisión enfocaron en un lnomento dado la tribuna de invitados, pudiéndose observar al Cardenal Tarancón, a la sazón Presidente de la Conferencia Episcopal, sentado entre un rabino y un representante de la Iglesia evangélica, como si se tratase de tres hombres en situación de igualdad 1ol . Venía a reflejar, así pues, una nueva etapa en la Historia de España, en la cual la Iglesia Católica aceptaba colocarse en el mismo lugar que confesiones religiosas en otro lnomento perseguidas y marginadas. Al entrar en vigor los acuerdos parciales en diciembre de 1979, el proceso de pacificación y de normalización de las relaciones Iglesia-Estado parecía haber llegado a su culminación. Tales acuerdos eran los siguientes: el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre la asistencia religiosa a las Fuerzas Annadas y el servicio ¡nilitar de clérigos y religiosos de 3 de enero de 1979 se encargaba de reemplazar al

100

Corral, C.: "El sistema constitucionaL., Op. Cit., pp. 101 Y 102.

101

Hernández, A.: Crónica de..., Op. Cit., p. 15.

102

Ecclesia, n° 1980, 9 de agosto de 1980, p. 23.

103

Ecclesia, n° 2033, 6 de agosto de 1981, p. 20.

Convenio entre la Santa Sede y el Estado espaíiol sobre la jurisdicción castrense y asistencia religiosa de las Fuerzas Annadas de 5 de agosto de 1950; el Acuerdo entre el Estado espaíiol y la Santa Sede sobre ensellanza y actividades culturales de 3 de enero de 1979 anulaba el Convenio concertado el día 8 de dicien1bre de 1946 entre España y la Santa Sede sobre sen1inarios y universidades de estudios eclesiásticos y el Convenio entre la Santa Sede y el Estado español sobre el reconocbniento, a efectos civiles, de los estudios de ciencias no eclesiásticas realizados en España en universidades de la Iglesia de 29 de mayo de 1963, así como las disposiciones referidas a la educación contenidas en el Concordato de 1953; el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos econónzicos de 3 de enero de 1979 derogaba el Convenio de 16 de julio de 1946 entre la Santa Sede y el Gobierno español para la provisión de beneficios no consistoriales; y, por último, el Acuerdo entre el Estado espallo1 y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos de 3 de enero de 1979 anulaba el resto de claúsulas y disposiciones tanto del Concordato como de los distintos convenios, al menos en cuanto a su fundamento bilateral, destacando la cuestión de la reforma del sistelna matrimonial. La crisis de la VCD, la dimisión de Suárez y el fallido golpe de Estado coincidieron con el cambio de mando en la diócesis de Albacete: tras la marcha de Ireneo García Alonso, hecho que se produjo el 4 de agosto de 1980, y que, según Ecclesia, se debía a "motivos de salud" 102, confirmando un mal, el de Parkinson, que comenzó a sufrir en los primeros meses de la demoracia española, la diócesis pasó a ser administrada durante unos meses por el Obispo de Ciudad Real, Rafael Torija de la Fuente. Esta interinidad concluyó el 6 de agosto de 1981, cuando se anunció el nOlnbramiento de Victorio Oliver, turolense (el primer obispo de Albacete no castellano-leonés) y hasta ese momento Obispo de Tarazona (Zaragoza), para encabezar la diócesis de Albacete 1ü3 . Hasta aquel momento, ésta, ya fuera el clero o los fieles que la componían, había demostrado durante treinta años vivir con una sintonía casi total los defectos y virtudes que afectaban al catolicismo español. A partir de entonces, el crecimiento en importancia de Albacete y su provincia ha servido para consolidar la perspectiva nacional de su diócesis, que, como el resto de la Iglesia actual, a las puertas del siglo XXI, no ha solucionado muchos de los males que le afectan y que amenazan con hacer tambalear sus históricamente sólidas estructuras.

ARTURO TABERA ARAOZ, OBISPO DE ALBACETE, EN EL CONCILIO VATICANO II Julián ROS CÓRCOLES El 25 de enero de 1959 el papa Juan XXIII, a los tres meses escasos de su elección para la Cátedra de Pedro, anunció, en la Basílica Romana de San Pablo extramuros, su propósito de convocar un nuevo concilio ecuménico, el vigésimo en la historia de la Iglesia Católica). La diócesis de Albacete por aquella fecha apenas contaba con 10 años de existencia. Había sido erigida por Pio XII el 2 de noviembre de 1949 con la Constitución apostólica Inter praecipua 2• El nombramiento de su primer obispo no se produciría hasta el 13 de mayo de 19503 en la persona de Arturo Tabera Araoz4 , por entonces obispo de Barbastro. En esta comunicación pretendo exponer el elenco de las intervenciones del primer obispo de Albacete en el Concilio Vaticano 11. Se trata prácticamente de una sencilla enumera-

ción que ponga de manifiesto su activa participación y de dar a conocer al menos sucintamente los temas que abordó en la asamblea conciliar el entonces obispo de Albacete. Para otro momento queda el estudio teológico y canónico del contenido de sus intervenciones que aquí expondremos someramente desde la perspectiva histórica de este congreso. La fuente fundalnental de este estudio son las Actas del Concilio Vaticano 115 . Seguiré en la exposición un criterio cronológico atendiendo a las etapas de la celebración del Concilio. Éste, en efecto, se desarrolló en tres momentos o etapas: la antepreparatoria, la preparatoria y la expresamente conciliar que se prolongó desde el año 1962 al 1965 en cuatro períodos de sesiones.

1. ETAPA ANTEPREPARATORIA Anunciada la convocatoria del Concilio Vaticano II había que determinar los asuntos sobre los que debía deliberar la asamblea. Juan XXIII el 17 de mayo de 1959 instituyó la Pontificia Comisión Antepreparatoria del Concilio con la finalidad de: a) tomar contacto con el episcopado católico de todas las naciones para recibir consejos y sugerencias con vistas al Concilio; b) recoger las propuestas de los Dicasterios de la Curia Romana y, c) trazar las líneas generales de los asuntos a tratar, oyendo talnbién el parecer de las facultades de Teología y Derecho Canónico de las Universidades Católicas. Su presidente, el cardenal Tardini, envió a todos los obispos del mundo una carta, fechada el 18 de junio de 1959, en la que les invitaba a comunicar a la comisión, con libertad y sinceridad sus opiniones sobre los temas a tratar en el Concili06 .

Arturo Tabera respondió a esta petición con una carta de fecha 1 de septiembre de 1959 a la que acompañaba una amplia relación 7 • En la carta agrupa en torno a cuatro núcleos fundamentales los asuntos que propone, a saber: a) temas teológicos y bíblicos, b) cuestiones morales vinculadas a las nuevas condiciones de vida, c) temas de organización eclesiástica y, por último, d) algunas cuestiones referidas a la liturgia y los sacramentos. Considera además que el Vaticano II debe retolnar alguno de los temas que no pudieron llegar a tratarse en el Concilio Vaticano I por su inesperada interrupción. La relación que acompaña la carta es mucho más detallada en la descripción de los asuntos. Permítaseme al menos enumerar los epígrafes bajo

AD I/I, 5: «Venerabili Fratelli e Diletti Figli. Pronunciamo innanzi a voi, certo tremando un poco di commozione, ma insieme con umile risolutezza di proposito, il nome e la proposta della duplice celebrazione: di un Sinodo Diocesano per l'Urbe, e di un Concilio Ecumenico per la Chiesa universale» 2

AAS 42 (1950) 469-472. En aquel primer momento se creó la diócesis escindiendo algunos arciprestazgos de las de Cuenca y Cartagena, además de la parroquia de Caudete que pertenecía a la diócesis de Orihuela. Hasta algunos años después no se completó la configuración actual con los arciprestazgos que pertenecían a la archidiócesis de Toledo.

3

Cf. AAS 42 (1950).

4

Arturo Tabera Araoz nació en Barco de Ávila e129 de octubre de 1903. Fue educado en el colegio de los Hijos del Inmaculado Corazón de María de Don Benito (Badajoz). El 15 de agosto de 1920 profesó en esta misma congregación religiosa (conocida popularmente como claretianos) y se trasladó al seminario que la congregación tenía en Jerez de los Caballeros. Allí fue ordenado sacerdote el 22 de diciembre de 1928. En Roma continuó estudios de Derecho Canónico obteniendo el grado de Doctor en el Pontificio Ateneo Romano de San Apolinar. Fue director de la publicación especializada Ilustración del Clero y perteneció al consejo de redacción de la revista Commentarium pro religiosis de Roma; fundador además de la revista Vida religiosa. Dentro de su congregación ocupó los cargos de secretario de la prefectura de estudios y vicepostulador en la causa de beatificación del cardenal Marcelo Spinola Maestre. El 16 de febrero de 1946 recibió el nombramiento de obispo titular de Lirbe y administrador apostólico de Barbastro. Fue consagrado obispo el 5 de mayo de 1946 en Madrid. El 2 de febrero de 1950 fue nombrado obispo residencial de Barbastro, donde permaneció poco tielnpo pues fue transferido a la recién creada diócesis de Albacete el 13 de mayo de 1950. Asistió a todas las sesiones del Concilio Vaticano n. El 23 de julio de 1968 fue nombrado arzobispo de Pamplona -cargo al que renunció el 4 de diciembre de 1971- y creado Cardenal el 28 de abril de 1969 con el título romano de la Iglesia de San Pedro in Montorio junto a la embajada española en la Ciudad Eterna. El 20 de febrero de 1971 fue nonlbrado Prefecto de la Congregación para el Culto Divino. Participó en la II y III Asambleas ordinarias del Sínodo de los Obispos y fue legado papal en el 8° Congreso Eucarístico Nacional celebrado en Valencia el 22 de mayo de 1972. El 8 de septiembre de 1973 fue nOlnbrado Prefecto de la Congregación para los Religiosos. Murió en Roma el 13 de junio de 1975. Su cuerpo descansa en una pequeña capilla de la Basílica del Sagrado Corazón de María en Roma. Cf http://www.fiu.edu/-mirandas/bios-Lhtm#Tabera.

5

En tres series han sido publicadas todas las actas del Concilio recogiendo todas las intervenciones, orales y escritas, que en él se tuvieron. La publicación está dividida en tres series. La primera, llamada antepreparatoria, recoge todas las sugerencias que de todos los rincones de la Iglesia llegaron a Roma sugiriendo los argumentos a tratar en el Concilio: Acta et Documenta Concilio Oecumenico Vaticano l/ apparando. Series l. Ante-praeparatoria, Roma 1960-1961 (en adelante citado AD 1); la segunda serie recoge los trabajos de las comisiones preparatorias: Acta et Documenta Concilio Oecumenico Vaticano l/ apparando. Series JJ. Praeparatoria, Roma 1964-1969 (en adelante AD 11). Por último se encuentran las actas de las cuatros sesiones conciliares celebradas entre octubre de 1962 y diciembre de 1965: Acta Synodalia Sacrosancti Concilii Oecumenici Vaticani JJ, Roma 1962-1991 (en adelante AS).

6

AD 1-1, X: «Rogo igitur enixe Excellentiam Tuam ut communicare faveas huic Pontificiae Commissioni, omni cum libertate et sinceritate, animadversiones, consilia, et vota, quae pastoralis sollicitudo zelusque animarum Excellentiae Tuae suggerant circa res et arglllnenta quae in futuro Concilio tractari poterunt».

7

AD 1-11/11, 113-129.

382 los cuales el entonces obispo de Albacete presentó alguna de sus preocupaciones a la Comisión antepreparatoria. Éstos son: temas bíblicos, nuevos dogmas 8 , la necesidad y el valor del Magisterio y la Tradición, la teología del laicado, la suerte de los niños que mueren sin bautizar, las relaciones entre la Iglesia y el Estado, el ecumenismo, nuevos retos morales, la reforma de la Iglesia, el celibato de los clérigos y su obligación del Oficio divino, el llamado estado de perfección, la redistribución del clero, la conveniencia o no de órganos e instituciones supradiocesanos de carácter nacional, la figura canónica de la

exención de los religiosos, la excesiva extensión de las parroquias en las ciudades, el apostolado en el mundo obrero, la actividad apostólica de los laicos, la actividad misionera, el uso de las lenguas vernáculas en la liturgia, las leyes del ayuno y la abstinencia, la reforma del calendario litúrgico y los días festivos y, por último, la celebración de la Santa Misa y la distribución de la Comunión. El secretario de la Comisión Antepreparatoria, Pericles Felici fue el encargado, en nombre del cardenal Tardini, de responder la carta de D. Arturo Tabera agradeciendo su respuesta9 •

2. ETAPA PREPARATORIA Terminado el trabajo de consulta, de análisis y de coordinación de la comisión Antepreparatoria, el papa Juan XXIII el 5 de junio de 1960 con el «motu proprio» Superno Dei Nutu constituyó las comisiones y secretariados para la preparación inmediata el Concilio Vaticano 11. Arturo Tabera fue miembro desde el principio de una de esas comisiones 10, en concreto de la De Religiosis, presidida por el cardenal Valerio Valeri, entonces Prefecto de la Sagrada Congregación para los Religiosos. En su calidad de miembro de la comisión intervino en la elaboración del esquema conciliar De statibus perfectionis adquirendae 11. Discretamente alude a este trabajo suyo en las comisiones preconciliares en una circular del 18 de febrero de 1962 12 • Los esquemas elaborados por las distintas comisiones, y revisados por la comisión central, fueron enviados a los Padres conciliares antes del inicio de las sesiones. Arturo Tabera se puso pronto manos a la obra y antes de comenzar el Vaticano II ya envió unas observaciones a los esquemas 13. Hace dos observaciones generales. En la pritnera conside-

ra que el estilo de los esquemas ha de ser modificado para que respondan a la sobriedad y concisión que siempre ha caracterizado los documentos conciliares l4 • En su opinión los esquemas más necesitados de este cambio de estilo eran el de ordine nl0rali christiano y el de sacra Liturgia. La segunda observación general se refiere al modo de usar en los doculnentos las citas de la Sagrada Escritura y de los escritos de los Padres de la Iglesia. Aunque es consciente del principio metodológico según el cual las citas de la Sagrada Escritura elnpleadas en un documento no se proponen como interpretaciones auténticas, le parecería oportuno que expertos en la materia verificaran el uso que en los esquemas se hace de las citas bíblicas y patrísticas 15. Añade a estas observaciones generales varias sugerencias precisas para los esquemas de fontibus Revelationis, de sacra Liturgia y de instrLl1nentis cOlnn1unicationis socialis. Respecto a este último, por ejemplo, considera que hay que recordar el deber de los católicos, en el uso de los Inedias de comunicación social, de decir la verdad y guardar la caridad.

3. EL CONCILIO VATICANO II El 11 de octubre de 1962 fue solemnemente inaugurado el Vaticano JI. De forma inesperada se prolongó hasta el mes de diciembre de 1965. D. Arturo participaba de la opinión común de que el encuentro conciliar sería un trámite para ratificar los trabajos de las comisiones. Así lo testimonia nuestro ilustre paisano monseñor Alberto Iniesta: "Desde 1959 hasta 1972 yo formé parte del equipo de superiores del Seminario Mayor de Albacete. Monseñor Tabera venía con frecuencia a convivir y charlar amigablemente con nosotros. Cuando iba a salir para la primera sesión conciliar, nos reunió en el salón de actos a los seminaristas y a

8

los superiores para despedirse y para informarnos. Entonces nos dijo que, prácticamente, el Concilio ya estaba hecho~ que previamente todos los obispos habían estudiado los esquelnas, habían hecho sus sugerencias a las respectivas c0l11isiones, y ahora se trataba en realidad de ir a votar... Esta era la opinión general por entonces" 16. El propio D. Arturo expresa esta opinión en una pastoral dirigida a sus diocesanos con ocasión del Concilio: "El número y el cometido de las Comisiones Conciliares ... que han de preparar y elaborar Constituciones y Decretos conciliares, y que coinciden con las que prepararon el

No considera necesaria, ni oportuna ni conveniente la declaración de nuevos dogmas. Hace sin en1bargo una excepción a este principio: no le importaría que se definiera la maternidad espiritual de la Virgen María sobre el género humano.

9

AD 1-11/1, XII.

10

Cl'. Al1llUario Pontificio 1961,1113.

11

AD 11-111/1, 433-495. Cf. Schemata Constitutionum et Decretorum ex quibus argumenta in Concilio disceptanda seligentlu: Series Tertia (sub secreto), Roma 1962, 183-281.

12

A. TABERA ARAOZ, «Circular de S.E. Rvdma. sobre el Concilio Vaticano 1I», Boletfll Oficial del Obispado de Albacete 13 (1962) 142: «Estoy cierto que me creeis sin necesidad de juramentos, que el haber participado, aunque haya sido tan humilde y modestamente en las tareas preconciliares y mi futura participación, como obispo, en las deliberaciones y decisiones conciliares, es una de las mayores alegrías ... »

13

AS Appendix. Animadversiones a Patribus scripto exhibitae ante Concilium initium, 316-318.

14

Ibídem, 315: «Stylus, ni fallor, accurate esset castigandus et perpoliendus ut eam servaret sobrietateIll et concinnitatem quibus magna documenta conciliaria sem-

15

Ibfdem: «Etsi citationes fere omnes ex S. Scriptura desumptae non proponantur in schematibus ut interpretationes authenticae, tamen mihi peropportunum vide-

per enituere». tur ut ab auctoritatibus in re biblica peritis omnes et singulae iterum atque iterum exan1ini subiiciantur, ne aliqua aut praeopere aut minus recte adducta appareal. Idem dicendum est de citationibus SS. Patrum». 16

A. INIESTA, Memorandum. Ayer, hoy y manana de la Iglesia en España, Bilbao 1989, 24.

383

material en el período preconciliar, muestra el contenido,

podíamos ya decir

definitivamente~

de la futura y sorpren-

dente actividad y tarea del Concilio" 17. Incluso al final de la primera sesión, en enero de 1963, seguía pensando en un rápido desenlace del Concilio: ""Hay que dar tiempo al tiempo y pensar que se hace obra para siglos. De todos modos, con la experiencia lograda y con las nuevas normas, se espera que la nueva etapa proceda rápidamente y que el Concilio termine definitivamente su tarea para la Navidad del próximo año 1963"18. Los trabajos de la asamblea se desarrollaron en cuatro períodos de sesiones celebradas en los meses de octubre a diciembre de cada año. Seguiremos el orden cronológico de estos períodos en nuestra exposición.

3.1 EL

PRIMER PERÍODO

(1962)

La primera sesión pública del Concilio Vaticano JI tuvo lugar el 11 de octubre de 1962. A la solemnidad de la ceremonia de apertura había que unir la infinidad de detalles prácticos que hubieron de ponerse en marcha aquel día: asignación de lugares, procedimientos para el control de asistencias y votaciones ... Entre los numerosos papeles que los Padres recibieron aquel día estaba el Elenchus Patrum qui partenl habuerunt in COlnlnissionibus Praeparatoriis Concilii. En estas listas Arturo Tabera Araoz aparece como miembro de la comisión De Religiosis l9 • Por encargo del Papa se repartió esta relación para facilitar la elección de los miembros de las diversas comisiones del Concilio. Aquí se produjo una de las primeras sorpresas. Los cardenales Liénart y Frings solicitaron el retraso de las elecciones previstas para el día 13 de octubre para que las conferencias episcopales pudiesen presentar sus propias listas de candidatos. Se retrasó así la elección al día 16. Ese día se repartió un nuevo elenco: Patruln Conciliaruln indices sicut a Conferentiis Episcopalibus exhibiti sunt ad COlnissiones S. Concilii eligendas. D. Arturo aparece en la lista de la comisión de Religiosis presentada por las conferencias de Austria, Bélgica, Francia, Alemania, Suiza, Holanda, Yugoslavia y los Países Escandinavos 2o . También aparece en la lista presentada por el Patriarcado de los Caldeos 21 . El resultado de las elecciones -que tuvieron un iter complicado y sirvieron para poner a prueba los medios de escrutinio con tarjeta magnética- arrojó un total de 2.400 votos válidos emitidos. Para la Commissione de Religiosis D. Arturo obtuvo 1587 votos 22 . Fue el tercero más votado de esa comisión.

La Asamblea comenzó a funcionar y muy pronto el obispo de Albacete pidió la palabra. Fue el 14 de noviembre de 1962 en la XIX Congregación General, después de que el secretario del Concilio, Pericles Felici, anunciara el inicio de la discusión sobre el esquema de fontibus Revelationis 23 • No fue, sin embargo, hasta dos días después, en la congregación general XX el 16 de noviembre, cuando pudo tomar la palabra24 en presencia de 2.212 Padres conciliares 25 y la presidencia del cardenal Liénart. D. Arturo ocupó en el puesto decimotercero la tribuna de los oradores. Ante las fuertes críticas a las que había sido sometido el esquema, defiende su validez frente a otro que había comenzado a circular entre los Padres. Frente a quienes opinan lo contrario rechaza la calificación de escolástico. Después de disertar sobre su valor pastoral y ecuménico terminó su intervención exponiendo tres principios en los que, piensa, todos están de acuerdo: 1. "Ut Concilio non proponantur quae adhuc utili, immo necessaria controversia theologorum catholicarum agitantur. 2. Ut doctrina a Concilio proponenda intra eos lilnites contineatur, extra quos iam error, non doctrina catholica, versatur. 3. Ut haec tandem doctrina vere catholica harmonice, suaviter, sobrie quidelTI sed sincere proponatur omnium amore ... Dixi"26. El texto que entregó por escrito a la Secretaría del Concilio concluye con una imagen mucho más fuerte con la que pretende evitar el rechazo del esquema: " ... neque immature ab hoc schemate discedamus, ne forte Caribdim vitare cupientes, in Scylam cadamus, et ut anguem forse latentem in herba cautissime vitemus"27. No consta en las Actas del Concilio ninguna otra intervención del P. Tabera en los trabajos del primer período. En el tien1po transcurrido antes del comienzo del segundo período algunos lnielnbros del Concilio hicieron llegar a la Secretaría General observaciones por escrito sobre alguno de los esquemas. El obispo de Albacete envió, entre el 22 de abril y el 19 de julio unas observaciones sobre el esquema de Ecclesia 28 • En ellas afirma que, en general, aprueba el esquema y le parece adecuado al status y exigencia de la eclesiología. Después de esta afirmación de principio pasa a particulares observaciones siguiendo el orden sistemático del esquema. Sería muy interesante un análisis teológico que excede las pretensiones de esta comunicación. A modo de curiosidad hagalnos notar la oposición que D. Arturo presentó a aplicar la expresión «sacramentum» referida a la Iglesia por considerar que podía llevar a confusión. También trata del uso de la expresión «colegiuln» aplicada al grupo de todos los obispos y el Papa, ade-

17

A. TABERA ARAOZ, «Exhortación pastoral sobre el Concilio Ecuménico, en las proximidades de su apertura solemne», Boletín Oficial del Obispado de Albacete 13 (1962) 273-274.

18

A. TABERA ARAOZ, Entrevista publicada en La Voz de Albacete elIde enero de 1963, Boletín Oficial del Obispado de Albacete 13 (1963) 43.

19

AS 111, 33.

20

AS VI, 42.

21

AS 1/1, 71.

22

AS 1/1, 85. Los resultados se comunicaron públicamente a la asamblea el 22 de octubre de 1962 durante la cuarta Congregación General: «Nunc de nlandato praesidis (Card. Gilroy) -habla el cardo Felici- communicantur nOlnina electorum in tribus commissionibus quae remanent. ... Commissio De Religiosis ...Tabera Araoz Arthurus 1587 suffragia» (AS 111, 260).

23

AS 1/111, 9.

24

AS l/IlI, 89. Por cierto que el secretario al llamarlo para hablar ese día olvidó latinizar correctamente el nombre de nuestra diócesis y uso albacetensis en lugar del correcto albasitensis. (cf. AS 11111, 65).

25

AS VI, 132.

26

AS IIIIl, 91.

27

Ibídel11.

28

AS 1111, 729: Animadversiones quoad schema de Ecclesia inter primam el secumdam Concilii periodul1l a patribus scripto exhibitae. ... clasis vero altera congregat animadversiones scripto exhibitas quoad schema de Ecclesia emmendatum a commissione de doctrina fidei et morum, atque ad Patres diebus 22 aprilis et 19 iulii 1963 missum.

384 lantando una discusión que es muy conocida y actual dentro de la teología y el derecho canónico. Recoge una de las que luego serían consideradas novedades de la constitución conciliar sobre la Iglesia: la ordenación sistemática que antepone lo común a todos los miembros de la Iglesia al tratamiento de los derechos y deberes específicos de las distintas vocaciones 29 , incluso cambiando los nombres de los títulos pasando del De populo Dei et speciatinl de laicis a De populo Dei in genere. Propone otro cambio sistemático que también será acogido en parte en la redacción final: la colocación en el capítulo II de lo que se refiere a la vocación universal a la santidad, previsto en el capítulo IV del esquema donde se trataba de la vida religiosa. Su condición de religioso se deja traslucir en una amplia disertación sobre la vida religiosa. Se puede afirmar que estas anin1adversiones son un trabajo profundo cuya influencia real en la elaboración de la constitución conciliar sobre la Iglesia puede descubrirse en la historia de la redacción del documento. En el período entre sesiones, el 3 de junio de 1963, a las 19,49 horas, muere Juan XXIII. Su sucesor, Pablo VI continúa los trabajos del Concilio.

3.2

SEGUNDO PERÍODO

(1963)

Este período del Concilio comenzó bajo el signo de un nuevo Papa y algunas novedades Inetodológicas. En nuestro caso tenemos que hacernos eco de la novedad que supuso la posibilidad, no prevista por el reglamento del Concilio en el período anterior, de presentar propuestas a nombre de un grupo de Padres y con su firma. Esta posibilidad fue ampliamente aprovechada por O. Arturo Tabera. Pero consideremos antes su segunda, y última, intervención pública en el aula conciliar. Fue el 18 de octubre de 1963 en la LI congregación general y ante 2.225 padres conciliares asistentes. El moderador de la sesión fue el cardenal Oopfner, que comenzó advirtiendo a los Padres para que limitasen su intervención a diez minutos y no se enfadasen si se les advertía cuando el tiempo estaba por cumplirse. En general,' afirma el moderador, aprovecha más si es Inás breve y sirve para el progreso del Concili03o . Les comunicó también a los Padres que aquella misma tarde a las cinco en el Auditorio de la via della Conciliazione habría un concierto sinfónico para su deleite. En realidad la llamada para hablar se había producido el día anterior. Las actas recogen esta llamada y dan una posible explicación del motivo del retraso al día siguiente. Parece ser

que el reparto de unos sellos conmemorativos como regajos a los miembros del Concilio podría ser el causante 3]. El 18 de octubre de 1963, D. Arturo Tabera toma la palabra en el aula conciliar. Intervino en octavo lugar para hablar sobre el capítulo 111 del esquema de Ecclesia. Parece que tomó en serio la advertencia del moderador sobre el tiemp032, pues cOlnienza Inanifestando su propósito de hablar sólo sobre el n. 23 del esquema entregando por escrito a la Secretaría todo lo demás. Insistió en la idea, ya manifestada por escrito en el tiempo entre sesiones, de que el capítulo III debía convertirse en el II sobre el Pueblo de Dios. Mantiene con fuerza que el documento sobre la Iglesia debería incluir un capítulo específico para tratar de la vida religiosa33 . Arturo Tabera trabajó duramente en esta sesión conciliar para lograr lo que, con muchos otros miembros del concilio, consideraba justo sobre el modo de reflejar la vida religiosa en un documento tan importante como el de Ecclesia. Muestra de ello es su firma en muchas anilnadversiones presentadas sobre este tema por otros . padres conciliares. Así, por ejemplo, las entregadas por escrito por el P. Jansenss 34 , prepósito general de la Compañía de Jesús, sobre el valor de la vida religiosa en la Iglesia y, en consecuencia, su lugar dentro del esquema de Ecclesia. En la misma línea de asegurar una adecuada comprensión de la vida religiosa dentro de la Iglesia, firmó otra intervención de Jesús Serrano Pastor35 , vicario apostólico Darienensis, pidiendo una vez más que lo que se refería a la vocación universal a la santidad fuese tratado en lo que debería ser el capítulo II y que se dedicase un capítulo específico a la vida religiosa. Completa el cuadro de estos trabajos en colaboración sobre el mismo tema, las observaciones que firmó el obispo de Albacete con muchísimos Padres 36 -prácticamente todos los Superiores religiosos y muchísmos obispos-o La primera vez que el obispo de Albacete había usado la nueva oportunidad ofrecida por el Reglamento del Concilio fue el 8 de octubre de 1963. El arzobispo de Tarragona, cardenal AITiba, habló ante la asamblea sobre el capítulo II del esquema de Ecclesia, en concreto del sentido a conceder a la expresión Ecclesia pauperunl. Su intervención concluye con una petición muy concreta apoyada por la firma de O. Arturo: que en la Curia rOlnana se instituya una congregación para los temas sociales que promueva la justicia social en todo el mund0 3? Un rasgo de la espiritualidad de Arturo Tabera era sin duda su amor a la Virgen María. El Concilio decidió que lo referido a la Virgen se tratase dentro del documento sobre la Iglesia.

29

AS 11/1:«Prima pars quae nunc proponitur, nempe (De populo Dei in genere) separatum caput in schemate constituere deberet; immediate, utpote genericum, post cap. I (De mysterio Ecclesiae) collocandmTI antequam de singulis personarum ordinibus in Ecclesia iure divino existentibus sermo fiat. Hoc caput ea deberet continere quae, ut iura vel officia, omnibus populi Dei membris, sive ad hierarchiam pertineant sive non, communia sunt, quaeque in ipsos e charactere baptismatis et confirmationis dimanant».

30

AS 11II1l, 74: «... velint Patres benignis auribus audire haec: omnes Patres em.mi, exc.mi. et rev.ITIi enixe rogantur ut orationes suas intra decem momentorum spatium teneant. Si brevior fuent sermo, generatim proderit rei, sed semper serviet bono Concilii progressui. Se casus ferat, ne indignentur Patres se ad concludendum sermonem moneri. Item, Patres intra ambitum materiae nunc temporis trantandae maneant et repetitiones omittan!»

31

AS 1l/1I1, 10:«Versus finem huius congregationis generalis, distribuentur Patribus pictacia vehicularia, nempre «francobol1i», quae impressa sunt occasione coronationis Summi Pontiticis gloriose regnantis. Dt distributio regulariter fiat, praesertim apud peritos, qui locum mutant frequenter,rogantur iidem periti ut stent suis locis, si volunt hanc distributionem, neque petant a variis officialibus, ne confusio fiat. Hoc dicitur etiam de aliis distributionibus quoad peritos. Nunc lego nomina. Postulaverunt yerba facere circa cap. III schematis de Ecclesia... Arturus Tabera... »

32

Sobre la asignación del tiempo habló D. Arturo en una entrevista publicada elIde enero de 1963 en La Voz de Albacete: «por cierto que la presidencia fue ejemplarmente rigurosa en hacer cUI11plir esta norma limitativa del tiempo, y ello dio lugar a algún incidente ... », Boletín Oficial del Obispado de Albacete 13 (1963) 38.

33

AS I1/IIl, 76: «Si ergo in schemate de Ecclesia caput determinatum et speciale deesset. .. de personarum statum quae ... , eius nomine et ministerio professionem perfectionis a Christo in consiliis propositae sequuntur, schema imperfectum videretur, sicut mysterium Ecc1esiae mutilum videretur ac non completum si in ea Christi asseclae non essent qui, modo stabili et ut forma vitae, invitationem divini Magistri acceptarent ad eius perfectiorem sequelam ... »

34

AS IIIIV, 228.

35

AS I1/1V, 321.

36

AS IIIIV, 358.

37

AS IIIII, 309.

385 Una de las votaciones más ajustadas fue en la que se tomó esta decisión de la que no participaban la mayoría de los obispos españoles deseosos de ver un documento dedicado en exclusiva a la Madre de Jesucristo. Una vez se había tomado esta decisión D. Arturo presentó una amplia animadversion escrita en la que manifiesta su deseo de ver un epílogo sobre la Virgen en el documento sobre la Iglesia en lugar de un capítulo V138. En ocho largas páginas realiza un interesante recorrido mariológico que se nota forma parte de su más profunda raíz humana y cristiana. El rastro de D. Arturo en este segundo período conciliar concluye con su firma estampada en los dos documentos aprobados solemnemente en la VI sesión pública del Concilio celebrada el 4 de diciembre de 1963. Se trataba de la constitución sobre la sagrada Liturgia39 SacrosanctU111 Conciliuln y el decreto sobre los medios de comunicación social 40 Inter mir~fica.

3.3 TERCER

PERÍODO

(1964)

Antes de comenzar el tercer período de sesiones encontramos la firma de Arturo Tabera en unas observaciones de Dino Staffa41 sobre un problema interesantísimo y muy debatido en el Concilio: el origen de la potestad de régimen de los Obispos. La postura de D. Arturo en este momento parece muy clara: "Sane quod uni (Pedro) datum est, ceteris (los obispos) non potest provenire nisi ab ipso. Concludendum censeo proinde: neque doctrina de origine immediata iurisdictionis episcoporum, neque doctrina de collegio episcopali, tanquam subiecto plenae ac supremae postestatis in Ecclesia illa certitudine gaudent quae requiritur ut in constitutione Conciliari inserantur." También antes de la inauguración de la tercera sesión encontralnos la firma de D. Arturo en una aportación en colaboración con lnuchos padres conciliares42 en las que se pide que donde se trata del Pueblo de Dios en el esquema de Ecclesia se hable de la santidad como nota esencial del pueblo de Dios. Se proponen además dos soluciones respecto al orden de los capítulos para evitar que se pueda pensar que la vocación a la santidad está reservada a los religiosos. Concluye la aportación con dos sugerencias para resaltar el valor eclesiológico de la vida religiosa. El 6 de octubre de 1964, después de inaugurar la Iglesia de Los Anguijes, partió D. Arturo hacia Roma para participar en las tareas de la tercera etapa conciliar4 3. Ya durante las Congregaciones Generales de este tercer período, en concreto la LXXXIII el 18 septiembre 1964, un grupo de 80 padres conciliares, entre los que se cuenta el entonces obispo de Albacete, exponen su queja por la supresión del título Mater Ecclesiae en el capítulo dedicado a la Vir-

gen de la constitución de Ecclesia. A la queja se acompañan razones teológicas para pedir que la expresión se restituya. Fue D. Laureano Castán el encargado de poner voz a esta petición en el aula conciliarM. La amistad con el cardenal Arcadio Larraona, en cuya casa se alojó durante la lnayor parte de la celebración del Concilio, encuentra un reflejo en la firma de Arturo Tabera -solamente la suya- en una alÚ111adversión45 escrita presentada por aquel al esquema de la constitución sobre la Revelación para precisar en que sentido los hechos históricos pueden entenderse como obiectU111 fidei. Tan1bién sobre el esquema de divina revelatione presentó D. Arturo personalmente una aniJnadversión escrita46 muy detallada en la que aparece claramente reflejada su gran finura intelectual. Particularmente significativa me parece una aportación escrita del P. Tabera sobre el decreto de Oeculnenismo. No pudo ocultar su sorpresa ante el nuevo enfoque que el esquema introdujo en el tema de la libertad religiosa: "Cap. V schematis de Oeculnenismo, quod ex inopinato et quasi furtim, admiratione fere omnium Patrum, discussioni conciliari fuit propositum, non placet. Aut multum fallor, textus ex integro esset reficiendus et ab imis emendandus et castigandus"47. La crítica comienza por el carácter meramente jurídico y conceptualmente negativo -en cuanto la libertad religiosa viene presentada como una mera inmunidad de coacción- sin reflejar suficientemente, a su juicio, la suficiente dimensión teológica. Ofrece hasta nueve argumentos para oponerse a todo el capítulo V del decreto. Después, por si su propuesta de rehacerlo de nuevo no es aceptada, hace un elenco de propuestas de modificación a los siete números que componen el capítulo. De hecho, la cuestión de la libertad religiosa fue sacada el esquema de Oecumenismo para constituir un documento aparte que sería aprobado en la siguiente, y última, etapa conciliar. La firma de D. Arturo Tabera aparece en la solemne sesión pública V el 21 de noviembre 1964 en la que se aprobaron los doculnentos sobre la Iglesia, sobre Iglesias orientales y sobre Ecumenism048 . Acabamos el estudio de esta sesión conciliar refiriendo la primera intervención de Arturo Tabera en el esquema sobre la Iglesia en el mundo actual, la constitución pastoral conocida actualmente como Gaudiuln et spes. Se trata, una vez más, de una aportación colectiva presentada por D. Juan Hervás y Benet49 . Los firmantes piden, entre otras cosas, que el documento afirme que la eficacia de la acción de los cristianos en el mundo recibe su fuerza de su unión vital con Cristo. Esta afirmación la fundamentan en la misma naturaleza de las cosas y en las circunstancias actuales. Proponen también que se afirmen los límites del derecho a la propiedad privada50 .

38

AS 11/111, 800: «Cum ex decisione Concilii schema de B. Virgine inserendum sir in schelna de Eeelesia, quaestio ponitur de loco in quo intra hoc schema collocetur. Qua in re optandum videtur ut pars quae de B. Virgine agir ponatur non tarnquam cap. VI schematis, sed tamquam eius "epilogus"».

39

AS II/VI, 457.

40

AS II/VI, 523.

41

AS HUI, 780. Animadversiones seripto exhibitae quoad schema de Eeclesia post periodum II usque ad 10 iulii 1964.

42

AS 111/1, 788-791. El texto está en italiano y el nombre del obispo de Albacete viene mal recogido como «Tabera Araos».

43

Cf Boletín Oficial del Obispado de Albaeete 14 (1964) 164.

44

AS IIUII, 18.

4S

AS 1I1/1II, 425-426.

46

AS 111/111, 881-885. Animadversiones seripto exhibitae quoad schema eonstitutionis dogmatieae de divina revelatione. A.-ante diem 10 iulii 1964.

47

AS IIUlII, 749. Animadversiones scripto exhibitae eirea sehema Deereti de Oecumenismo post diem lO deeembris 1963, ante diem 20 nlaii 1964. La n. 45 es la de D. Arturo.

48

AS III/VIII, 874.

49

AS III/VII, 280-285.

50

Cf AS III/VII, 285.

386 De la intensidad de trabajo de esta tercera etapa tenemos un testimonio del propio D. Arturo en una circular sobre la organización pastoral de la diócesis: "Empecé a escribir esta exhortación pastoral con el alma en trance de Concilio, en aquellos días movidos que precedieron a mi viaje a Rotna para tomar parte en la tercera sesión del Concilio. Quería ser despedida, y al mismo tiempo, un preanuncio o adelanto del Plan de trabajo pastoral que maduraba para la vuelta. Las circunstancias de aquellos días, densos por el estudio y la preparación de los graves problemas conciliares, no me dejaron tiempo ni quietud suficientes para ello; como tampoco me han dejado este tiempo y quietud las tareas del Concilio, excepcionalmente absorbentes, durante esta última etapa"51.

3.4

CUARTO PERÍODO

(1965)

D. Arturo Tabera era un eminente canonista. Una anilnadversión al documentos sobre el sacramento del matrimoni0 52 -finalmente el Concilio no promulgó ningún documento específico sobre este tema sino que lo incluyó en la constitución sobre la Iglesia en el mundo actual- nos muestra esta faceta. Opinaba que muchos de los temas de ese esquema tendrían un lugar mucho más adecuado en el renovado Código de Derecho Canónico, anunciado el mismo día del primer anuncio del Concilio por Juan XXIII. No podía saber D. Arturo que no sería hasta 1983 cuando viese la luz el nuevo Código de Derecho Canónico deseado por Juan XXIII. Más arriba hablamos de la primera reacción de Tabera ante el capítulo sobre la libertad religiosa. El nuevo esquema declarationis de libertate religiosa, encontró una diferente actitud en el prelado: "Schema declarationis de libertate religiosa, quod nunc proponitur correctum et perpolitum quoad formam et quoad substantiam, valde differt ab anterioribus schematibus, longeque illos superat claritate, perspicuitate ac doctrinae veritate et praecisione"53. Sigue pensando no obstante que el texto refleja únicamente la dimensión negativa del concepto, es decir, la ausencia de

coacción y de impedimentos para ejercer la libertad religiosa. En su opinión se debería reflejar también la ditnensión positiva, esto es, que se dispongan las condiciones positivas para que pueda ejercerse 54 . La extensión -siete páginas del volumen de AS- y detalle de la anilnadversión que comentamos es un indicativo del difícil iter de la declaración y de la importancia dada por D. Arturo. La extensión es especialmente llamativa si la comparamos con los tres breves párrafos en que consiste la aniJnadversión n°. 24 al número 17 del esquema sobre la Iglesia en el tnundo actual 55 . En ella se hace eco del deseo de la Comisión Episcopal de Caridad y Asistencia Social del Episcopado Español, de que figure expresamente en el documento la grave obligación que tienen todos los fieles de una verdadera y eficaz comunicación de bienes materiales. Se propone que las conferencias episcopales nacionales determinen para su territorio, según las circunstancias, el modo y la suma mínima a aportar para cumplir esa obligación a favor de los pobres 56 . Sobre esta misma obligación firmó D. Arturo una propuesta con el entonces arzobispo de Santiago de Compostela, cardenal Quiroga y Palacios, y los obispos de Segorbe y Ahnería5? . La última intervención documental de Tabera en el Concilio Vaticano II es también una aportación firmada por varios padres y presentada oralmente el 13 de octubre de 1965 en la Congregación General CXLVIII por el P. Juan Bautista VelasC0 58 . Se discutía el decreto sobre la actividad misional de la Iglesia y les parecía a los firmantes que el esquema carecía de la precisión y claridad doctrinal que debería tener. Con sentido del humor se le compara a «carnes sin nervios ni huesos»59. En las sesiones públicas VII, VIII YIX (los días 28 de octubre, 18 de noviembre y 7 de diciembre de 1965, respectivamente) se aprobaron la tnayor parte de los documentos conciliares. La firma del entonces obispo de Albacete está en todos y cada uno de ellos, aunque un error material en los índices de AS le soslaye el honor de haber firmado la aprobación de Gaudiunl et spes, Presbiterorum ordinis y los decretos sobre libertad religiosa y sobre la actividad misionera de la Iglesia.

4. CONCLUSIONES El recorrido realizado hasta aquí nos lleva a una primera conclusión: Arturo Tabera trabajó muy seriamente en el Concilio Vaticano 11. Hemos podido documentar 21 intervenciones en la fase celebrativa del Concilio. Habría que añadir a este trabajo el realizado como miembro de una comisión preparatoria antes de la celebración del Concilio y el de miembro de la comisión de Religiosis durante las cuatro sesiones de la Asamblea. Muchas de estas intervenciones suponen un serio esfuer-

51

zo intelectual. Sobre la mayor parte de los temas importantes del Concilio podemos encontrar una palabra del Obispo de Albacete. Para otro momento quedan las valoraciones teológicas y canónicas de sus posturas. También podemos afirmar que la presencia de Arturo Tabera en Rotna durante todo el Concilio Vaticano II es, de algún tnodo, la presencia de la Iglesia de Albacete. Esta es la actitud que el propio D. Arturo describe poco antes de comenzar:

A. TABERA ARAüz, «Circular sobre la Organización pastoral de la Diócesis», Boletín Oficial del Obispado de Albacete 15 (1965) 65.

52

AS IV11, 603-604. Appendix. Animadversiones scripto exhibitae quoad schema voti de matrimonii sacramento post schematis disceptationem.

53

AS IV11, 848.

54

AS IV11, 849: «Textus schematis unum aspectum negativum quaestionis exhibet nen1pe, absentian1 coactionis et ilTIpediInentorum in libertate religiosa exercenda. Optandum ut etiam aspectus positivus, qui potior est appareat: nempe libertatis religiosae rationem exigere ut illae conditiones disponantur in quibus ipsa convenienter ab omnibus exerceri possit.».

55

AS IV111, 1068. Animadversiones scripto exhibitae quoad schema de Ecclesia in mundo huius temporis inter /JI et IV periodum Concilii.

56

AS IVIII, 1068: «Immo optandum esset ut, in quantum possibile est, expresse in schemate statuatur Conferentiarum Nationalium esse oficium, attentis loci, temporum ac personarum circumstantiis, tum huiusmodi obligationem statuendi tum minimam sumlnam determinandi quam unusquisque in remedium necessitatum egenorum erogare debet».

57

AS IVIIII, 409-410. Animadversiones scripto exhibitae quoad schema de Ecclesia in mundo huius temporis (partem JJ, capp. JI/-V).

58

AS IVIIV, 313-316.

59

AS IVIIV, 313: «Schema, quod decretum de activitate missionali Ecclesiae inscribitur. .. , nimis onustum esse videtur considerationibus generalibus, l10vae cuisdam theologiae: nec ... illa praecisione et claritate principia doctrinalia traduntur quae doctrinae theologicae certae et traditionalis propriae esse debent. De praecedente schemate dictum est quod "ossa arida" offerret; timeo ne de isto dicatur illud nobis offerre "carnes lTIolles absque nervis et ossibus"».

387 "Es verdad, como más arriba os decíamos, y bien lo sabéis vosotros, queridos sacerdotes, que los Obispos no asisten al Concilio con10 representantes y mandatarios del pueblo fiel, de la Iglesia discente como suele decirse, sino como sucesores de los Apóstoles, aunque esto no quiere decir que en realidad no le representen, ni lleven a él sus preocupaciones, sus anhelos, sus problemas y necesidades y hasta sus justas reivindicaciones, captadas, aun en sus matices, no sólo en las manifestaciones directas y explícitas de seglares representativos y responsables, sino, principalmente, en el diálogo de la vida -que es, por una parte, el más fecundo y más completo y, por otro, el más verídico y auténtico-, y en el ejercicio de su ministerio pastoral, que es también un diálogo sensible y abierto, bajo la acción de la gracia de estado, a toda vibración y a todo giro, por insignificante que pueda parecer, del pensamiento y de la vida. Presentes, pues, estarán en el Concilio, como preocupación principalísima, y en cierta manera única, los sacerdotes y los fieles"60. Pero quizás lo más significativo de la tarea de Arturo Tabera en el Concilio Vaticano II haya sido lo realizado después del Concilio. No cabe duda de la conmoción de ánimo que la experiencia conciliar dejó en el Obispo de Albacete. Ya al final de la primera sesión, tras describir el ambiente de libertad en el que se desenvolvieron los trabajos conciliares 61 , dice que una de sus mayores impresiones ha sido el «sentido de responsabilidad, también histórica, que a todos los obispos nos sobrecogía y subyugaba»62. De hecho, antes de terminar el Concilio, el año 1965, Arturo Tabera se apresuró a «adaptarse» y adaptar las estructuras de la diócesis de Albacete: "El Espíritu Santo, como siempre, ha soplado desde Roma sobre toda la Iglesia, cuyas velas se hinchen a este soplo espe-

60

ranzador y eficacísilTIo. Por una parte, todos hemos sentido en aquel clima singular una conversión del alma y una ansia irresistible de adaptarnos en todas nuestras responsabilidades y actividades al tono y ritmo que el Señor está señalando a la Iglesia en estos momentos históricos; y por otra, se han publicado y promulgado ya documentos conciliares, importantísimos a nuestro intento, y se han preparado otros, cuyo contenido conocemos, en la misma línea: en la pastoral"63. Ya el 13 de enero de 1963 en unas declaraciones hechas a Radio Popular resumía Arturo Tabera la finalidad del Concilio: «La '"pastoral" junto con la razón ecuménica, era la clave, la preocupación y la meta de toda la actividad conci liar»64. Permítaseme terminar con el testimonio de un excepcional testigo de aquel lTIOmento, monseñor Alberto Iniesta, que en pocos líneas condensa este peculiar fruto de los trabajos de Arturo Tabera Araoz en el Concilo Vaticano 11: '"Qué sorpresa les dio a los padres conciliares el Espíritu Santo, cuando una ráfaga de viento les arrancó de las manos sus papeles preparados, sus esquemas previos, previstos y preconcebidos, y allí mismo, en el "kairós" conciliar, les sugirió, les inspiró, les sopló -nunca mejor dicho- otros nuevos y renovadores que son los que al fin tenemos. Y aquel cristiano, fiel y obispo dócil a las orientaciones del Espíritu Santo en la Iglesia, reconocía después que la experiencia del Concilio había sido decisiva en su vida de cristiano y de pastor. Con una visión nueva y renovada de la eclesiología y de la pastoral, todo el resto de su vida, en los diferentes ministerios que ejerció, se consagró con entusiasmo a seguir plenamente las orientaciones conciliares y a aplicar totalmente las reformas postconciliares"65.

A. TABERA ARAÜZ, «Exhortación pastoral sobre el Concilio Ecuménico, en las proximidades de su apertura solelnne», Boletín Oficial del Obispado de Albacete

12 (1962) 274-275. 61

«Absoluta e ilimitada libertad para hablar y para exponer el propio pensamiento sobre los teInas propuestos. Ha sido éste quizás una de las experiencias 111ás interesantes del Concilio: a pesar de la meticulosidad y competencia técnica con que todos los Esquemas habían sido preparados por las comisiones preconciliares, han sido después sometidos por el Concilio a una crítica y a un examen libre, casi diría despiadado, al que solo la verdad y la caridad ponían tasa y límite, y en el que solo contaba un ansia angustiada de encontrar cauces para el afán pastoral en bien de las almas y de la Iglesia», Boletín Oficial del Obispado de

Albacete 13 (1963) 38. 62

Boletín Oficial del Obispado de Albacete 13 (1963) 37.

63

A. TABERA ARAüZ, «Circular sobre la Organización pastoral de la Diócesis», Boletín Oficial del Obispado de Albacete 15 (1965) 65.

64

A. TABERA ARAÜZ, Boletín Oficial del Obispado de Albacete 13 (1963) 48.

65

A. INIESTA, Memorandu111. Ayer, hoy y meliiana de la Iglesia en Espaíia, Bilbao 1989, 24.

388

4. APÉNDICE: ELENCO DE APARICIONES DE MONSEÑOR ARTURO TABERA ARAOZ, OBISPO DE ALBACETE EN LAS ACTAS DEL CONCILIO VATICANO II

Vol. 1-1

Paga

Contenido 33 Elenchus Patrum qui partem habuerunt in Commissionibus Praeparatoriis Concilji. Huiusmodi elenchus, ita statuente Summo Pontífice, distributus est Patribus die 11 octobris 1962, in prima sessione publica, una cum libello continenti nomina, sedes vel munera omnium Patrum, inter quos eligendi erant sodales commissionum conciliarium. 42 Patrum Conciliarum indices sicuta a Conferentiis Episcopalibus exhibiti sunt ad Comissiones S. Concilii eligendas. Huiusmodi opusculum Patribus distributum est in secunda congregatione generali, die 16 octobris 1962. D. Arturo aparece en la lista de la comisión de Religiosis presentada por las conferencias de Austria, Belgica, Francia, Alemania, Suiza, Holanda, Yugoslavia y los Paises Escandinavos. 71 También aparece en la lista presentada por el Patriarcado de

los Caldeos. 85 Instrumentum electionis centum sexaginta sodalium Cornmissionum Sacrosancti Oecumenici Concilio Vaticano Secundi. 1. La elección prevista para el dia 13 de octubre se retrasa a petición de los cardenales Liénart y Frings para que las conferencias episcopales presenten listas. Se atrasa la elección al día 16. 2. Para ahorrar tiempo el card. Ottaviani pide que valga a la primera votación la mayoria relativa. Como va contra el arte 39 § 1 del reglamento del Concilio se manda la cuestión al Santo Padre. Se autoriza la votación fuera de la congregación general. El Papa tuvo que sanarla mediante rescripto de la Secretaría de Estado. 3. Se recogieron «bis mille quadragientae» votos. La

mayoría absoluta eran 1201. 4. Hic ex ordine recensemus omnes Patres Conciliares, qui electi sunt membra Commissionum, ex praescripto arte 39 § 1 Ordinis Conc. Oecumenici Vaticani 11 Celebrandi veI ex benigna concessione Surnmi Pontificis, qui... indulsit ut electa membra cuisuque Commissionis haberentur sedicim Patres, qui maiorem quam ceteri

389

2

CONCILIO VATICANO 11

132

260

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9

65

suffragiorum numerum retulissent, dummodo ¡ídem non essent Cardinales Concilii Praesidentiae... Para la Commissione

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220 78 12 2298 2608 12023 502 3938 501274 517737 2345 370 268 21668 24651 672 33 59 7207 7971 362 34 49 1168 1613 11380 4704 398 160243 176725 215 3 2 1712 1932 1115 521 107 13379 15122 28332 6245 4833 708949 748359 30265 6 376 71143 101790 45 13 423 481 1116 6 15 3245 4382 1632 2 6455 8134 45 33058 14 449 81266 114787 13242 61 675 35413 49391 60 8 68 101 15 702 818 13403 61 690 36123 50277 824 7 11 2251 3093 2964 31 73 3720 6788 3788 38 84 5971 9881 8796 1165 299 11449 21709 140 641 8 8466 9255 75 201 57 333 196 86 25 3321 3628 65 135 200 794 85 147 876 1902 10567 1476 680 24304 37027 9670 5094 1178 3704 19646 58 9 17 333 417 5113 72 4653 9860 22 14841 5125 1267 8690 29923 1750 268 50 3283 5351 7186 589 154 18870 26799 8936 857 204 22153 32150 112925 13816 8207 887456 1022404

por sí sola el 46'7% del valor total de la producción en la provincia en 1959, esto es, prácticamente la mitad. Le sigue en importancia, dentro de las alimenticias, la elaboración de alcohales vínicos, que representa el 18' 6% del valor total de la producción industrial. Muy por detrás quedan las demás manifestaciones industriales, si bien, el conjunto de ramos manufactureros formado por la agrupación de "cuero y textil" llega a obtener un 10'9% del valor total de la producción. Aun cuando el mayor peso relativo se debe a la fabricación de calzado y alpargatas, actividad que supone por sí sola el 9' 4% del valor total: el 9' 1% debido a la fabricación de calzado en serie y tan sólo un O' 3% debido a la fabricación de alpargatas. En orden decreciente siguen después las industrias de transformados y manipulados de la madera, con un 5' 4% del valor total de la producción, las industrias químicas, con un 4'2%, las industrias metálicas, con un 4' 1%, la fabricación de diversos materiales de construcción, con un 3'5%, y finalmente el manipulado de cartón y papel y las artes gráficas, que sólo suponen

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20,62 67,47 33,97 13,38 20,35 60,28 47,18 31,52 53,52 4,36 11,70 23,23 23,31 6,14 12,00 35,50 46,83 12,22 31,61 7,45 14,04 19,29 72,19 12,29 58,37 14,31 7,80 22,59 12,96 19,82 12,96 13,10 16,20 31,87 29,63 22,20

19,14 4,23 30,70 24,74 19,96 14,57 9,46 11,59 12,21 4,47 48,09 16,12 28,83 19,55 21,71 15,27 33,21 17,40 2,85 15,36 5,85 4,50 11,22 12,98 11,61 14,07 3,90 15,14 5,85 11,87 14,20 30,00 23,42 16,83 5,96 11,92 14,79 16,16 3,84 21,79 7,04 20,26 11,97 20,46 37,30 20,68 11,00 4,41 48,22 10,32 15,50 5,00 3,50 22,69 13,91 19,39 6,18 17,24 11,62 3,41 6,02 20,05 6,22 17,82 10,13 21,88 14,79 14,97 14,28 15,96 12,49 16,00 Fuente: Estadística, 1959, elab. prop.

un l' 1% del valor total de la producción industrial provincial. Comparada esa participación con la del conjunto del Estado se observa un notable contraste en la importancia de los diferentes subsectores y ramos productivos, que ponen de manifiesto el notable desequilibrio del aparato industrial instalado en 1959 en la provincia con respecto a la media del país y, en general, el elevado peso de los subsectores menos dinámicos y más ligados a la producción agrícola: Frente a la importancia de las industrias alimenticias, la media estatal del valor de la producción de ese ramo sólo llega al 24' 2% del valor total de la producción industrial. Las industrias derivadas del trabajo del cuero y las textiles alcanzan menor porcentaje en el Estado que en la provincia. Más en concreto, la industria zapatera en el conjunto de España sólo alcanza e12' 4% del valor total de la producción industrial, mientras en la provincia se eleva hasta el 9'4%. Los transformados metálicos y las industrias básicas de hieITa y acero suponen el 36% del valor total de la producción nacional, mientras sólo alcanzaba el 4' 1% en la provincia.

454 observa la escasez de la oferta de empleo y ocupación industrial en Albacete entre 1955 y 1975. En 1955, la población activa empleada en la industria (descontada la construcción) ascendía a 27.439 personas, que suponían el 14'63% del total de la población empleada. A lo largo de los años del desarrollis1110 se observa un incremento paulatino del porcentaje de participación de la industria en el empleo total, que llega a cifrarse en el 28'61 % en 1975, cuando la media del país era del 26'9%. No obstante, el crecimiento real del número de empleados por la industria en la provincia fue de 9.880 efectivos en esos veinte años -un 36% de incremento respecto de los empleados en 1955-, mientras que el sector primario perdía 73.702 empleados -una pérdida del 52% respecto de los empleados en 1955- en su mayor parte impelidos hacia la emigración y hacia un cambio de ocupación, de agrícola a industrial, en otras regiones. De esa manera, puede decirse que el incremento relativo del empleo en la industria obedece más al descenso porcentual del sector primario por los efectos de la emigración que a la aparición de focos potentes de creación de empleo industrial.

También el valor de los productos químicos resulta una partida elevada en el Estado, con un 18' 9% de participación en el valor total de la producción, mientras en la provincia representaban un 4'2%. El papel y las artes gráficas en el estado multiplica por cuatro el valor de la provincia: 4'7% y l' 1% respectivamente. Por el contrario, la elaboración de materiales de construcción en el Estado, con un 2'3%, presenta una participación notablemente inferior a la de la provincia. Sólo existe un notable paralelismo en las industrias del ramo de la madera, donde el conjunto estatal alcanza un 5'9% del valor de la producción.

3.2. EL EMPLEO INDUSTRIAL. LA ESTRUCTURA DIMENSIONAL

La Estadística recoge un total de 7.061 empleados en la industria en Albacete, que suponen el 0'67% del total del empleo industrial que se asigna al País. Se trata de una participación en línea con la obtenida por la provincia en el valor total de la producción: un 0'68%. Si se cOlnparan las cifras reales de empleo por sectores, recogidas en el cuadro adjunto, se

ALBACETE, EVOLUCiÓN POBLACiÓN EMPLEADA 1955

1957

1960

1962

1964

1967

1969

1971

1973

1975

agricultura

92863

87957

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60394

57708

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49994

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industria construcción servicios

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17119 420 9589

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20280 1134 13499 90008

1238 12977 83895

20743 1301 11904 78963

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815 11176 99389

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47554

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42565

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37237

32399

31393

26215

23858

21700

industria

10123 365

10840

12503 560

13653

14052

14180

14661

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16576

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815

931

11176 63280

13257 60767

1134 13499 55798

1301

10448 68030

992 13487 60533

1238

10084 65712

12977 53276

11904 51481

140417 136007 121638 116522 103768 27439 27959 31226 33786 34919

92793

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34889

37319

construcción servicios

9480 67522

420 9589 68899

TOTAL agricultura

industria construcción servicios

730 840 1120 1354 1630 1862 1984 2268 2476 2602 18960 19178 20168 20896 22352 26514 26974 26998 25954 23808 187546 183984 174152 172558 162669 156279 154271 145806 137171 130444

% agricultura

industria construcción servicios

74,87 14,63

73,92

69,85

67,53 19,58

63,79

59,38

57,76

0,39

15,20 0,46

17,93 0,64-

21,47

22,47

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10,11

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100

11,58

12,11

13,74

16,97

100

100

100

100

Por otro lado, el proceso de emigración que afectó primero a los municipios más desfavorecidos y a los trabajadores asalariados -jornaleros- del campo, se extendió luego a todo el conjunto de la provincia, incluida la capital y algunos núcleos con un notable aparato industrial, como Almansa. En 1965, el Padrón de habitantes de Elda, núcleo zapatero receptor de un significativo contingente de emigrados de Albacete, consigna-

53,84

51,14-

23,47

55,77 24,16

25,43

1,29

1,56

1,81

28,61 1,99

17,48

18,52

18,92

18,25

100 100 100 100 Fuente: INE, BBV, 1991, elab. prop.

ba la presencia de 1.260 inmigrados de la provincia, de ellos 105 procedentes de Hellín, 99 de Almansa y 92 de Albacete capita}l4. Por otro lado, en el decenio 1950-1960, la ciudad de Almansa que contaba con un 47'5% de empleo industrial en el primer año y con un 56% en el segundo, seguía emitiendo eInigrantes y saldaba ese período con una pérdida neta de 2.103 efectivos en el balance entre emigración e inmigración 15.

14

ROMERO GONZALEZ, J., La despoblación de la Mancha, Albacete, lEA., 1980, p. 48.

15

PONCE HERRERO, G., 1989, Op. Cit., pp. 86-87.

455 Con los datos desagregados que ofrece la Estadística de 1959, se obtiene una media de empleo de 9' 1 trabajador por establecimiento industrial. No obstante, se registran valores diferentes en cada uno de los ramos considerados. Así, la media de empleo lnás elevada es la del ramo del calzado y textil, con 28' 4 trabajadores por establecimiento. De hecho, en un análisis porlnenorizado del grupo, se observa COlno el tamaño de las fábricas de calzado de cuero en serie en Albacete emplean una media de 64'7 trabajadores por unidad, mientras que la media desciende para el conjunto del Estado hasta 16'4 trabajadores por establecimiento. Tal circunstancia pone de manifiesto la importante estructura empresarial alcanzada por ese subsector en la provincia, que contaba con 2 empresas con más de 250 empleados y, en conjunto, con 16 fábricas con más de 25 trabajadores. Los otros ramos del trabajo del cuero -curtidos, guarnicionerías, boterías y otros- presentan por el contrario unas estructuras mucho más reducidas, encuadradas en general en establecimientos con menos de 5 trabajadores.

La proporclon entre asalariados y no asalariados en el empleo industrial evoluciona negativamente en el período, de lnanera que los asalariados descienden en representatividad desde el 63' 1% de 1955 hasta el 55'6% de 1975, evidenciando una importante merma en la capacidad de generar empleo por las industrias existentes, cada vez de menor tamaño y con mayor participación del empresario y de las ayudas familiares no remuneradas. 145000 140000 135000

130000 125000 120000 115000 110000 105000

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Evolución de la población activa en la provincia de Albacete Fuente: INE, Elab. Prop.

ALBACETE, 1959. ESTABLECIMIENTOS SEGÚN NÚMERO DE EMPLEADOS TOTAL

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envasado frutas y legumbres 3 36 fábricas de harinas 18 otros productos alimenticios 10 fábricas de chocolate bebidas carbónicas y jarabes 38 40 alcoholes vínicos 3 aguardientes y licores 10 derivados del aceite TOTAL ALIMENTICIAS 158 calzado y alpargatas 33 30 -calzado cuero en serie -calzado artesanía a medida 2 1 -calzado textil y alpargatas 4 fabricación curtidos 31 artrculos piel y guarnicionerra -guarnicionería 26 -taller de botería 3 9 confección textil en serie TOTAL CUERO Y TEXTIL 77 segunda transformación madera 333 Tonelería 1 chapas, tableros y maderas 1 MADERA 335 manipulados papel y cartón 6 artes gráficas 28 PAPEL YARTES GRAFICAS 34 Productos qu [micos 10 resinas naturales 2 hielo para la venta 7 Curtientes vegetales 2 5 Fabricación de lejías Industrias del caucho 1 QUíMICAS 27

TOTAL

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alfarería y tejeras Industrias de piedra natural Derivados del cemento MATERIALES CONSTRUCCiÓN Industrias básicas hierro y acero transformados metálicos METÁLICAS

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43 7 29 79 6 62

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52 486 161 58 81 706 11 73 1628 1971 1942 8 21 10 86 34 12 116 2183 1116 2 6 1124 51 136 187 430 31 17

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168 2303

90

565 1134

Fuente: Servicio Sindical de Estadistica, 1959, Elab, Prop.

456 Las industrias químicas presentan el siguiente umbral de empleo en importancia, con una media de 20'2 trabajadores por establecimiento. Se trata de una industria más compleja que precisa unas estructuras mínimas, dada su orientación principal hacia la obtención de metaloides y plásticos. De hecho, se consigna una empresa con más de 250 trabajadores y otra con más de 100 empleados. Con todo, las características de las demás empresas del subsector -venta de hielo, fabricación de lejías- hacen descender el tamaño de las empresas también por debajo de los 5 empleados. Las empresas dedicadas a la elaboración de materiales de construcción y las del subsector de las alhnenticias presentan medias de empleo similares, en torno a 10 trabajadores por unidad, si bien las fábricas de harinas presentan una media de empleo superior, con casi 14 trabajadores por unidad, y la moda estadística reflej a que el umbral más representativo es el de empresas comprendidas entre 6 y 25 trabajadores, cuando la moda para el resto de los ramos se generaliza entre las empresas con menos de 5 trabajadores. Las industrias metálicas alcanzan una media de 8' 3 trabajadores por empresa, aun cuando se consigna una gran fábrica con más de 200 trabajadores, por el peso de las pequeñas industrias con menos de 5 empleados, que vuelve a ser la moda estadística del grupo. Con medias de empleo inferiores quedan las industrias de manipulados de papel y artes gráficas y, también, las del trabajo de la madera, representadas por el umbral de menos de 5 trabajadores, ajustado al tipo de establecimiento característico: carpinterías y pequeños talleres de imprenta.

3.3. LA

PRODUCTIVIDAD APARENTE

Mediante los demás indicadores aportados por la Estadística de 1959 se puede medir la productividad aparente de los diferentes ramos de actividad industrial. Para ello, se compara el valor de la producción y el coste de los diferentes factores productivos empleados en el proceso. Conforme con el coste medio de los trabajadores, se observa que la productividad más elevada (coste medio lnás bajo) se da en el grupo de industrias de la madera, con 1.192.000 Ptas.lempleado, seguidas del grupo del calzado y textil, con 1.514.000 Ptas.lempleado, de las industrias metálicas, con 1.596.000 Ptas.lempleado, de las alimenticias, con 1.740.000 Ptas.lempleado, de las industrias de materiales de construcción, con 1.782.000 Ptas.lempleado, de las industrias químicas, con 1.939.000 Ptas.lempleado y, por último, de las de manipulado de papel y artes gráficas, que alcanzan los costes unitarios más elevados, con 2.026.000 Ptas.lempleado. No obstante, si se atiende al valor de las materias primas consumidas, el coste más elevado se da en el grupo de las industrias alimenticias, seguidas de las industrias de cuero y textil, de la madera, de las químicas, metálicas, de materiales de construcción y de papel y artes gráficas. Esto es, la distribución se altera sustancialmente respecto la primera variable utilizada. Por ello, resulta más eficaz contemplar en la relación la suma de todos los inputs que intervienen en el proceso de producción (los costes del personal, de los combustibles, de la energía eléctrica y de las materias primas), para obtener los costes totales y ponerlos en relación con el valor de la producción. Se obtiene así el valor de los beneficios obtenidos por

a

cada ramo, que se comparan con el número de empleados declarados, para conocer la rentabilidad aparente respecto a la variable más utilizada en este tipo de análisis -el empleo-o De esa manera, se observa como los beneficios obtenidos por cada trabajador declarado son más elevados en las industrias alimenticias, con 5.352.000 Ptas.ltrabajador, dado que este tipo de actividad emplea muy poca mano de obra en el proceso de transformación de los productos agrícolas, como en el caso de la fabricación de harinas o de alcoholes vínicos. Le siguen en rentabilidad las industrias metálicas y las guímicas, por el elevado valor unitario de sus productos en comparación con la mano de obra empleada en su elaboración: 2.963.000 Ptas.ltrabajador en el primer caso y 2.259.000 Ptas.ltrabajador en el segundo. La rentabilidad por empleado desciende en el caso de las industrias que emplean mayor cantidad de mano de obra por producto final unitario, esto es, desciende en los ramos productivos más "maniobreros", como ocurre, por ese orden, en el manipulado de papel y artes gráficas, en la elaboración de materiales de construcción y en los trabajos de la madera, alcanzado la rentabilidad más baja en el caso del grupo de cuero y textil, con 614.000 Ptas.ltrabajador empleado. Se trata de una distribución en ajustado paralelismo con la obtenida para el conjunto del país. Si se emplea el valor de los bienes producidos lnenos los costes del proceso y se relaciona con el número de horas trabajadas, lo que constituye el concepto más clásico de la productividad, los resultados obtenidos son similares, esto es, la productividad resulta mayor cuando el establecimiento industrial requiere menor cantidad de mano de obra por producto unitario. De esa manera, de nuevo la fabricación de calzado en serie obtiene uno de los lnás bajos indicadores de productividad, con un valor de 2'85 (beneficios/horas trabajadas), cuando ese indicador se eleva hasta el 33' 2 para las industrias aliInenticias, al 14'3 para las metálicas, al 13'9 para las químicas, al 7'0 para el manipulado de papel y las artes gráficas, al 6'2 para los materiales de construcción y al 5' 6 para las industrias de la madera. PRODUCTIVIDAD COMPARADA, 1959 ramos

ALBACETE

ESPAÑA

fabricación harinas

30'70

35'23

transformados metálicos

14'79

6'08

industrias químicas

13'91

43'20

25'8

papel y artes gráficas

7'04

alfarería y tejeras

6'18

7'30

industrias de la madera

5'96

12'87

2'85

5'67

calzado

Fuente: Estadística, 1959, Elab. Prop.

Comparadas esas cifras provinciales con la productividad media de España en algunos de los ramos más destacados, se observa como, en general, el nivel de productividad es superior en el conjunto del país que el observado en Albacete. Sólo la industria de la cuchillería (transformados metálicos) alcanza unos niveles superiores a la media del Estado, mientras que la productividad de subsectores tan destacados para la economía provincial, como la fabricación de harinas, las industrias químicas, la alfarería y tejeras e incluso el calzado, se hallan por debajo de la media estatal.

4. CONCLUSIONES De todo lo expuesto, se puede concluir que, por una parte, el origen de las manifestaciones industriales en la provincia de Albacete se halla íntimamente ligado a las necesidades básicas

de cada una de las poblaciones. En 1959 todavía dependían en gran medida de las demandas de los mercados locales. Por eso, cuanto mayor es el tamaño de la población más elevado es el

457 número de establecimientos fabriles, si bien, en pocos casos exceden de las dimensiones de pequeños talleres, menores de 5 empleados. El eje de comunicaciones Madrid-litoral mediterráneo, que atraviesa en diagonal la provincia con rumbo NOSE, ha sido responsable de las mayores concentraciones de población, al aunar las funciones agrícola y de mercado (de ámbito comarcal). De ese modo, también es responsable de las principales concentraciones industriales existentes en 1959. Con todo, algunas actividades presentan características propias de industrias de mercado, tanto por el volumen de la producción como por la estructura dimensional, tales como la cuchillería en la capital provincial, y el calzado en Almansa. No obstante, en 1959 presentaban una serie de condicionantes que han podido afectar sustencialmente su desarrollo posterior. En ese sentido, la cantidad y la calidad del equipo productivo instalado por trabajador empleado era inferior en la provincia que en el conjunto de España. Los resultados de las comparaciones indican también la existencia de unas pautas de organización empresarial menos eficientes en Albacete. Las economías de escala, la utilización de estructuras empresariales de dimensiones apropiadas, han permitido históricamente la introducción de procesos técnicos más eficientes. Sin embargo, la estructura dimensional de las empresas en Albacete manifestaban, en todos los ramos, una moda estadística centrada en el intervalo de estableciIuientos menores de 5 empleados, aun cuando existían algunas grandes fábricas, como se ha señalado. U no de los factores sustanciales para la mejora de la productividad consiste en la formación y especialización continuada de los trabajadores, que pueden de esa manera emplearse en procesos productivos más complejos y, en definitiva, hacer avanzar a las industrias por la senda de la innovación de los procesos. De igual manera, la repetición de iniciativas que han tenido éxito va fomentando un clima empresarial y el salto frecuente de trabajador cualificado a empresario (algo muy

16

común en las industrias manufactureras que precisan lUUY poco capital fijo, como en el calzado). Tales circunstancias no se han dado en Albacete, al menos en suficiente medida, por la sangría experimentada en esos años decisivos debida a la emigración hacia otras regiones. Incluso en Almansa, la iniciativa individual se vio condicionada por el sobredimensionamiento de Calzados Coloma l6 , la gran empresa zapatera que llegó a dar trabajo a más de 1.000 empleados y que, en 1955, sufrió una grave crisis por la caída de la demanda, que provocó su cierre, ante la inviabilidad de la macroestructura generada para hacer frente a los nuevos cambios de la economía española, impulsados por las políticas neoliberales, por la apertura de mercados, por la liberación del mercado interior y la extinción de los monopolios, por los problemas de inflación y por el fin del proteccionismo 17. Ante el drama social que supuso su cierre, en 1956 volvió a abrir, si bien con ayuda estatal, bajo la fórmula de una cooperativa de productores que asociaba a 416 antiguos trabajadores 18. Sin embargo, el excesivo peso que la empresa mantenía en el mercado local de trabajo fue causa de la reanudación de la emigración, ahora de zapateros cualificados, hacia las economías más dinámicas del Valle del Vinalopó, cuajadas de multitud de pequeñas y medianas empresas zapateras, mucho más ágiles para acomodarse a las nuevas circunstancias 19. En ese sentido, talnpoco la inversión industrial se ha visto suficientemente estimulada, ante las carencias generalizadas de las infraestructuras y del equipo industrial preexistente, orientado hacia productos sujetos a una gran debilidad en la demanda. Adeluás, las posibles ventajas cOluparativas de partida, mano de obra abundante y barata y productos agrícolas, fueron contrarrestados en otras regiones por la movilidad de la población activa y por la ubicuidad y las posibilidades de importación de las producciones agrícolas.

PIQUERA, R., GÓMEZ, J., SÁNCHEZ, M. J., "Orígenes de la industria del calzado en Almansa: el caso de la familia Coloma", Almansa siglo XX, Almansa, Ayto. Ahnansa, Asoc. Torre Grande, 1997, pp. 41-62.

17

MIRANDA ENCARNACIÓN, J. A., La industria del calzado en Espalza, Alicante, lEA., 1998, pp 303-305.

18

SÁNCHEZ SÁNCHEZ, J., Geografía de Albacete, Albacete, lEA., 1982, Vol 11, p. 121.

19

PONCE HERRERO, G., "La industrialización de un área periférica: El Corredor de Almansa", Estudios Geográficos, n° XLIX, 192, Madrid, CSIC, 1988, pp. 399-420.

UN NUEVO FONDO DOCUMENTAL PARA EL ESTUDIO DEL FRANQUISMO: LA COMISARÍA DE POLICÍA DE ALBACETE Rosa María SEPÚLVEDA LOSA INTRODUCCIÓN En las últimas décadas hemos asistido al aperturismo de la comunicación de la información contenida en los archivos, propio de un Estado de Derecho y de la facultad que tienen los ciudadanos de acceder a la información conservada en ellos. Este incremento de los investigadores en los archivos ha venido lnotivado por diversas razones: el acceso a la cultura de gran parte de la población; la cada vez n1ayor sensibilidad de nuestros gobernantes por la salvaguarda del patrimonio documental; el constante incremento de fondos documentales, algunos poco conocidos, que abren nuevas posibilidades desde diferentes calnpos de interés científico: historia, sociología, política, estadística, antropología, lingüística, etc.; la aparición de nuevos soportes documentales que permiten salvaguardar los originales sin restringir el acceso a los usuarios y la mejora de las técnicas de comunicación de la información; la aparición de nuevos métodos y de nuevos intereses de investigación. Pero sobre todo, la apertura a los investigadores de fondos docun1entales que por su proximidad en el tiempo estarían cerrados, ilnpidiendo u obstaculizando los estudios de nuestra "historia reciente". Es decir, la reducción de los plazos de reserva documental; sirvan de ejemplos los fondos de la extinta Organización Sindical, de la Sección Felnenina o del Frente de Juventudes, todos ellos de la etapa franquista. Aunque bien es cierto que esta apertura tiene ciertas lilnitaciones en pos de la salvaguarda de otros derechos fundamentales recogidos por preceptos legales como después veremos. El creciente acercamiento de los investigadores a temas próximos en el espacio y en el tiempo ha supuesto para los archivos un esfuerzo por compaginar dos intereses que a primera vista parecen contrapuestos: los derechos a la intimidad y a la información. Investigaciones que se complican al tratarse en la mayoría de los casos de expedientes personales, docu-

mentación de carácter reservado, consultable con ciertas restricciones. El Decreto 914/1969 de 8 de mayo, del Ministerio de Educación y Ciencia por el que se creaba el Archivo de la Administración Civil del Estado (AGA, ubicado en Alcalá de Henares), articulaba el Sistema Archivístico Nacional, estableciendo la transferencia de la documentación carente de valor administrativo y con valor histórico de los organismos de la Administración Central Periférica a los Archivos Históricos Provinciales, haciendo éstos funciones de archivos intermedios y definitivos. Lo que unido a la Ley de Amnistía de 15 de octubre de 1977 y al convenio firmado entre los Ministerios de Cultura e Interior, hizo que en 1994 se iniciaran las conversaciones y la preparación de la transferencia de fondos de la Con1isana Provincial de Policía de Albacete al Archivo Histórico Provincial de Albacete 1, remisión de la documentación que se materializó entre los años 1994 y 19962. Un conjunto documental integrado por dieciséis mil expedientes aproximadamente, los llamados "históricos"; expedientes previamente seleccionados por el personal encargado del archivo de la Comisaría de Policía, correspondientes a personas fallecidas en su lnayoría o que aún estando entre nosotros y que debido a su avanzada edad se presupone que ya están cerrados, reunidos en 160 legajos y conservados en 82 cajas. Esta comunicación consta de tres partes: la primera es un somero estudio del origen de la institución policial; en segundo lugar, quizás el capítulo más importante e interesante, en el que analizaremos la doculnentación: topes cronológicos, tipos documentales, lenguaje empleado y materias que se tratan en estos expedientes personales; y por último, una visión sobre el acceso a los archivos y las limitaciones legales que tiene este fondo.

1. HISTORIA DE LA INSTITUCIÓN El Cuerpo General de la Policía tiene definidos sus antecedentes en la Real Orden de 19 de septiembre de 1896 que creó en Madrid y Barcelona un cuerpo de Policía Judicial al que se encomendó la persecución de los delitos cometidos con explosivos y que fue suprimido con el Real Decreto de 23 de marzo de 1905. Dentro de la Policía había tres especialidades: Seguridad, Vigilancia y Servicios Especiales. Posteriores disposiciones legislativas fueron definiendo y perfeccionando la institución, de las que sólo apuntamos las que tuvieron mayor trascendencia para la configuración de la COlnisaría de Albacete. En 1908 3 se organizaba la Policía Gubernativa y en 19124 se 1

creaba, dentro del Ministerio de la Gobernación, la Dirección General de Seguridad que entendería de la organización, ejecución y coordinación de todos los asuntos que comprendían los Cuerpos de la Policía Gubernativa, Vigilancia y Seguridad. El Reglamento Orgánico de la Policía Gubernativa de 19305 establecía que en las capitales de provincia que no poseyeran Jefatura Superior y en aquellas localidades donde la Dirección General de Seguridad 10 estimase oportuno, existiría una Comisaría de Policía, correspondiendo a los Comisarios jefes provinciales o locales la dirección y organización de los servicios policiales. Las circunscripciones se adaptaban a las

Para conocer la historia y los fondos documentales que este Archivo conserva, SEPÚLVEDA LOSA, R.: "El Archivo Histórico Provincial de Albacete", AI-Basit n° 39, Diciembre 1996, pp. 347-364. Lo cual contradice a lo señalado por Carlos Flores Varela en "Documentación para el estudio del prinler franquismo en el Archivo Histórico Provincial de Toledo", El Franquismo: El Régimen y La Oposición. Toledo, ANABAD, 2000, pp. 367 Y370, en el que apunta que es el Archivo Histórico Provincial de Toledo posiblenlente el único en España en conservar fondos policiales, que por otra parte le fueron transferidos en 1998.

3

Ley de 27-febrero-19Ü8.

4

Real Decreto de 27-noviembre-1912.

5

Real Decreto de 25-novienlbre-1930.

460 correspondientes Regiones Militares. La Comisaría de Albacete quedó adscrita al Cuerpo de Investigación y Vigilancia, dependiente de la Jefatura Superior de Valencia; subordinación que se mantendría durante casi todo el tiempo, a excepción de algún breve período que pasó a depender de la de Madrid. Tras la Guerra Civil, se reorganiza la Dirección General de Seguridad6 y se crean cuatro Comisarías Generales: de Fronteras, de Información, de Orden Público y de Identificación; además de la Inspección General de las fuerzas de la Policía Arn1ada y de Tráfico. La Comisaría de Albacete quedaba encuadrada dentro de la COlnisaría General de Identificación. En 1941 7 se reorganizaban nuevamente los Servicios de Vigilancia y Seguridad, siendo sustituidos por el Cuerpo General de Policía y el Cuerpo de Policía Armada y de Tráfico, ambos dependientes de la Dirección General de Seguridad, y se fijaban las atribuciones de los Jefes de Policía: tramitar todo lo concerniente a las licencias de armas destinadas a la defensa personal y para la caza, los trámites para la expedición de pasaportes, procurar el cumplimiento del régimen de extranjería, la observancia de los aspectos policiales reglamentados de la

industria hostelera, la concesión de licencias a los particulares que solicitasen la autorización para albergar en su domicilio a huéspedes o realquilados, todo lo concerniente al régimen de tabernas, cafés, bares y demás establecimientos análogos, el cumplimiento de los reglamentos de espectáculos públicos y las normas de higiene y represión de la prostitución. La Ley de 30 de diciembre de 1941 refundía las cuatro Comisarías Generales en dos, Orden Público y Político-Social. A partir de 1942 la Comisaría de Albacete quedó integrada por cuatro brigadas policiales: de Investigación Crilninal, encargada de asuntos de delincuencia común; de Investigación Social, centrada en los delitos de tipo político; de Orden Público, para asuntos de tipo administrativo e incumplilniento de reglamentación; y Brigada Policial de Información, con destino a la averiguación de actividades políticas clandestinas. Esta distribución permanecerá, básicamente hasta 1977, año en que Rodolfo Martín Villa accede al Ministerio del Interior, quien iniciará las reformas del Cuerpo Superior de Policía que, en la década de los ochenta, se fusionará con la Policía Nacional, órgano de carácter militar, pasando a formar el actual Cuerpo Nacional de Policía.

2. DESCRIPCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERADA POR LA COMISARÍA PROVINCIAL DE POLICÍA DE ALBACETE8 La aprobación en los primeros años de nuestra joven democracia de sucesivas leyes que venían a paliar de forma material los sufrimientos vividos por aquellas personas acusadas de ~'delitos políticos" (privación de libertad, exilio, cuando no muerte) en los duros años de la postguerra española, supusieron un desafío para nuestros archivos ya que fueron muchas las personas que acudieron a ellos en busca de la documentación que acreditase tales circunstancias. El fondo documental al que ahora nos referimos no tiene demasiado interés en ese terreno ya que apenas aporta datos judiciales y penitenciarios, pero nos va a mostrar algunos aspectos de las situaciones vividas por la sociedad albacetense de los años cuarenta y cincuenta, pues debido al carácter misceláneo de este conjunto documental, junto a los expedientes de índole político nos encontramos los relativos a delitos comunes, producto de una sociedad pobre, carente de lo más mínimo, donde vivir cada día era casi un prodigio. Respecto a la cronología bien podríamos decir que se trata de documentación generada en las primeras décadas del franquismo, entre los años cuarenta y sesenta, pudiéndose encontrar algunos documentos posteriores, aunque no es lo más frecuente. Las fechas extremas son difíciles de precisar, ya que en los expedientes se acumulan los documentos desde que se le abre un expediente a una persona hasta que fallece o se considera que su "vida delictiva" ha finalizado. Así, en un único expediente podemos encontrar varios documentos relativos a la misma persona: informes elaborados en los primeros años cuarenta acerca de su comportamiento durante la Guerra Civil; sobre su detención por declaraciones políticas contrarias al régimen de Franco en la década de los cincuenta; y relativos a

su detención por hurto en los sesenta, por citar un ejemplo. De forma excepcional encontramos algunos expedientes en cuya carpetilla, escrito en rojo, aparece la anotación "Archivo Rojo", correspondiendo a diligencias abiertas por las autoridades de la República, en los días siguientes a la insurrección militar del 18 de julio de 1936, a personas de ideología facciosa que participaron en la sublevación en la capital. La totalidad del fondo lo integran expedientes personales, o mejor dicho, "expedientes policiales", cuyo criterio de ordenación no es alfabético o cronológico, sino numérico, es decir, de acuerdo al orden en que se fueron creando, correspondiendo los nún1eros al legajo y al expediente. Esto implica que la recuperación de la información es harto dificultosa, excepto si dispusiéramos del fichero alfabético que nos remita al expediente y que ha quedado en poder de la Comisaría de Policía de Albacete. Dependiendo de la causa o motivo por el que se iniciara el procedimiento, éstos contendrán diversos tipos documentales correspondientes a diligencias policiales y en algunos casos judiciales, COlno los mandamientos expedidos por el Juez Instructor de la capital para efectuar registros domiciliarios. La mayoría de la documentación son oficios de cOll1unicación elaborados por distintas instituciones y conteniendo diversos tipos de información, dependiendo de la institución generadora: de los Ayuntamientos (no olvidemos que el Alcalde era a la postre el Jefe local de la Falange)9; de las delegaciones de Hacienda y de entidades bancarias, informando acerca de los haberes de los encausados para averiguar la posible procedencia ilegal de ellos y proceder en algunos casos a su incautación o embargo; informes de párrocos referidos a los hábitos reli-

6

Ley de 23-septiembre-1939, quedando definidas las funciones de estos nuevos organisn10s en la Orden de 7-octubre-1939. Era Ministro de la Gobernación Ramón Serrano Suñer. Con igual fecha a la presente Ley, se disponía el cese de José Ungría Jiménez como Director General de Seguridad, siendo nombrado en sustitución José Finat y Escrivá de Romaní.

7

Leyes de 8-marzo-1941 y 2-septiembre-1941.

8

Aunque se denomina Comisaría Provincial de Policía de Albacete, a efectos prácticos su marco de actuación era únicaInente la ciudad de Albacete y su entorno, ya que en el resto de la provincia estas funciones las desarrollaba la Guardia Civil, quien luego remitía la documentación a la Comandancia de la Guardia Civil, para proseguir la vía judicial, si era oportuno; e igual se hacía con los expedientes iniciados por la Comisaría de Policía.

9

No olvidemos el papel que desempeñó la Falange en el régimen de Franco. Los Tribunales encargados de juzgar a las personas acusadas de delitos políticos, según la Ley de Responsabilidades Políticas de 1939 estaban integrados por militares, magistrados y miembros de la Falange Española Tradicionalista y de las J.O.N.S.

461 giosos y a la moralidad; y de las propias COlnisarías con las indagaciones oportunas recabadas de personas próximas a los encartados. También encontramos oficios de ren1lsión dirigidos a instancias superiores que, siguiendo el procedimiento policial, remitían los informes emanados de las instituciones antes mencionadas. Exposiciones que con frecuencia incluyen además de los habituales datos identificativos, otros de carácter privado, COlno valoraciones acerca de su ideología política, afi1iación a partidos, sindicatos u otras asociaciones, antecedentes familiares, moralidad, hábitos religiosos, sexualidad, salud física y mental... lo que Pomed Sánchez ha denominado el "núcleo duro de datos", en los que la propia Constitución de 1978 reconoce que no debería haber ninguna "penetración legítima" 1o. Los expedientes políticos se entremezclan con los correspondientes a delitos comunes. Los más interesantes son los políticos por referirse a los períodos de la Segunda República y la Guerra Civil: los abiertos a personas por su ideología (significativamente casi todos izquierdistas, por no decir todos), por responsabilidades políticas y de orden público, por adhesión o auxilio a la rebelión, por encubrimiento, asociación subversiva, propaganda ilegal o por insultos a las fuerzas armadas. Una característica común a todos ellos es que a los encausados izquierdistas se les tacha directamente de rojos, lnarxistas y masones, sin distinguir claramente su ideología, sin diferenciar entre socialistas, comunistas, anarquistas o republicanos de izquierdas, cuando las diferencias entre estas adscripciones políticas son bastante apreciables. También resulta llamativo el lenguaje utilizado para referirse a todo lo concerniente al período republicano, un lenguaje duro e implacable, en cuyo discurso abundan los calificativos de hordas rojas, subversión roja, terror lnarxista, indeseables, período anárquico, devastador, cabecillas, provocadores, instigador, odioso, extremista, bárbaro... los vencidos, sobre los que el régimen realiza una persecución implacable, tratándolos de insurrectos cuando la realidad es al revés. Léxico que venía a justificar la labor purificadora que se llevaba a cabo con los expedientes, primero administrativos y después judiciales. En contraste, al referirse a los fervolvsoS adeptos al Movimiento Nacional, se emplean términos como virtuoso, ,nárth; vícthna, perseguido... proliferando la utilización de sloganes de exaltación al régimen franquista, sobre todo en los expedientes abiertos en los primeros años de la postguerra: Viva Franco, Viva Espalia, Con Espalia y la Revolución Nacional Sindicalista, Por Dios, Espalia y su Revolución, Cuarto Alio de la Victoria, Cuarto Alio del Glorioso Movimiento, por citar algunos. La aplicación de la Ley de Responsabilidades Políticas promulgada el 9 de febrero de 1939 11 , casi dos meses antes de finalizar la guerra, por la que se revisarían las actuaciones de las personas que hubieran ostentado cargos políticos y sindicales y de las que hubieran colaborado voluntariamente a favor de los partidos integrantes del Frente Popular l2 , no ya desde el inicio de la guerra sino durante la República, exactamente desde elIde octubre de 1934 (vísperas de la Revolución de Octu-

bre), supuso la apertura de múltiples expedientes a personas que estaban dentro de la legalidad en el régimen democrático y que ellos los tachaban de "ilegales", o sea, la justicia al revés. Se expedientó no sólo a aquellas personas pertenecientes a instituciones políticas, sociales y culturales de ideología opuesta al Régimen, ya fueran republicanas, socialistas, comunistas, nacionalistas, anarquistas o masónicas, sino también a todas aquellas que se hubieran mostrado contrarias al Movitniento Nacional, para que pern1ita que los espaíioles que en haz apretado han salvado nuestro país y nuestra civilización y aquellos otros que borren sus yerros pasados lnediante el cU11'zplinliento de sanciones justas y lafirme voluntad de no volver a extraviarse l3 • Estas circunstancias generaron que muchos expedientes contengan una información valiosísima 14 que nos permite conocer rasgos de la vida de muchos pueblos: creación de los comités locales de los distintos partidos políticos de la Segunda República, composición de los comités directivos, la existencia y diversidad de sociedades obreras, los líderes políticos y sindicales, las actividades políticas, sindicales y culturales, las élites políticas locales y la pervivencia del caciquislno, versiones sobre hechos acontecidos... En este punto, el historiador, al acercarse a este tipo de fuentes, ha de mostrarse crítico con lo que aparece escrito en los documentos ya que ellos fueron redactados con una clara intencionalidad, por 10 que ha de ser cuidadoso en la interpretación, sin perder tampoco de vista que, en la mayoría de las ocasiones, el modo de trabajo de estas instituciones era y es a partir de denuncias. percepciones, meras hipótesis, carentes de una base sólida. El nuevo régimen hizo partícipe a los ciudadanos de la represión y consiguió que éstos se identificasen con él. Muestra de esta "solidez" a la que nos referimos es que, dentro de algunos expedientes, hay unos doculnentos tamaño "octavilla", manuscritos, en los que se anotaban los nombres de las personas que fueron testigos de cargo contra los encausados, junto a unos adjetivos que avalaban dichos testilnonios: persona afecta al Movbniento Nacional y de sign(ficado ,nártir izquierdista. En los expedientes de personas que gozaban de libertad condicional, encontramos en ocasiones un historial del penado, resúmenes de los sumarios, tiempo de permanencia en las cárceles, informes de la redención de las penas mediante jornadas de trabajo en las colonias penitenciarias militarizadas y de la conclusión de la condena (la Jefatura de Policía de cada provincia comunicaba a la Dirección General de Seguridad de Madrid la llegada del liberto condicional con sus antecedentes penales), así cOlno las hojas de firmas, prueba del cumplimiento de la obligación que tenía el penado de presentarse periódicamente en la Comisaría de Policía. Se prodigan los expedientes de traslados de presos de unas cárceles a otras y a centros sanitarios, circunstancia esta última frecuente dadas las malas condiciones higiénicas y alimentarias que se daban en ellas. También hay órdenes de búsqueda y captura de personas huidas en situación de libertad condicional y de los campos de concentración de Miranda de Ebro, Dueso, Ocaña, Moncofar... por citar algunos de los muchos centros de reclusión que adornaban la geografía española. Estos expedientes úni-

10

POMED SÁNCHEZ, L. A.: "La intimidad de las personas COIno línlite del derecho de acceso a la documentación adlninistrativa", Lligal n° 3, pp. 43-59.

11

Esta Ley se inicia con la frase Próxima la total liberación de Esp(111a ... Legislación que se vio reforzada por la Ley para la Represión de la Masonería y el Comunismo de 1 de marzo de 1940 y el Decreto del 26 abril del mismo año, del Ministerio de Justicia sobre la Causa General Informativa que examinaría los

12

Con anterioridad, el Decreto de 13 de septiembre de 1936 había declarado fuera de la Ley a todos los partidos y agrupaciones políticas y sociales que habían integrado el Frente Popular, a los que hubieran colaborado con ellos y a los que se hubieran mostrado opuestos al triunfo del Movimiento Nacional.

13

Boletín Oficial del Estado, l3-febrero-1939.

14

Máxinle teniendo en cuenta que toda la docmnentación correspondiente a la constitución y funcionamiento de partidos políticos y asociaciones de cualquier tipo existentes en esta provincia, hasta los años de la Guerra Civil, y que en su día estuvo en el Gobierno Civil de Albacete, se perdió por los múltiples circunstancias negativas que aún aquejan a Inuchos archivos, adelnás de las evidentes destrucciones masivas de documentos fruto de cualquier guerra.

hechos delictivos y otros aspectos de la vida en zona roja, desde el 18 de julio de 1936 hasta la liberación.

462 camente constan de un oficio o telegrama dirigido a la Comisaría de Albacete infonnando de la huida del penado y solicitando se realizasen indagaciones por si éste pudiera estar por la provincia. Para finalizar este apartado vamos a hacer una clasificación de los expedientes según los tipos de delitos. En pritner lugar citaremos los políticos, que consideramos los más importantes por permitirnos detectar hasta qué punto se ejerció la represión sobre las personas de pasado dudoso o que consideraban no suficientemente adeptas. Dentro de estos delitos podemos encontrar expedientes abiertos a personas acerca de su comportamiento durante el tiempo que duró la Guerra Civil; sobre su conducta político-social, antes y después de la guerra; sobre la residencia de determinados individuos el 18 de julio de 1936 y su actitud de aprobación o recelo ante el Glorioso Alzamiento; averiguaciones sobre el paradero de izquierdistas durante el tiempo que duró la guerra y una vez finalizada ésta; sobre personas que pasaron clandestinamente la frontera; antecedentes de personas que habían sido confidentes republicanos durante la contienda; por haber efectuado saqueos en domicilios de derechistas durante el conflicto bélico; sobre la ideología de ciertas personas y por avalar a otras políticamente dudosas; o si era oportuno conceder el beneficio de la libertad condicional a presos de la Prisión Provincial de Albacete 15. De los delitos contra la seguridad del Estado, los expedientes más frecuentes son por tenencia ilícita de armas, la inculpación de personas en asesinatos y en robos sacrílegos. Tambiénhay expedientes abiertos con la recogida de las impresiones digitales de determinados individuos. Junto a toda esta documentación de carácter político se encuentra la correspondiente a faltas comunes. De los delitos contra las personas podemos decir que la mayoría de ellos se desarrollaban en el ámbito familiar, con algunas denuncias por malos tratos, abandono del domicilio conyugal y agresiones entre menores y entre vecinos; a los que se unen los intentos de suicidio, las denuncias por haber recibido "anónimos amenazadores", y la detención de individuos por ser "jugadores de ventaja" y por la práctica de juegos prohibidos. También hay una amplia colección de delitos que lo son por llevar implícita una resistencia a la pobreza. Resultan sorprendentes los expedientes abiertos a los mendigos, encontrándose denuncias a personas por revolver la basura en la vía pública y "llevarse papeles en un saco", detenciones por ejercer la lnendicidad y evacuación de indigentes. Asimismo, hay algunos expedientes relativos a la estancia en Albacete de familias evacuadas de los distintos frentes de la guerra (especialmente procedentes de la zona de Córdoba) y su retorno a los lugares de origen. Los expedientes que

más abundan son los referidos a delitos contra la propiedad, prueba de una sociedad pobre, mísera, que encontraba en los pequeños robos y hurtos el único medio de vida. Existen denuncias por pequeñas estafas y por la colaboración en el "mercado negro" o la práctica del "straperlo"; detención de individuos por tenencia de mercancías sin justificar su procedencia, por robos en establecimientos comerciales (para los que se utilizaban a menores de edad, en ocasiones), por precios abusivos de productos básicos; por la entrada violenta en domicilios particulares y en los que se intentaba ver ciertas connotaciones de revanchismo político. Todo ello es prueba de las duras condiciones de vida en que quedó una parte itnportante de la población en los primeros años de la postguerra, al tielnpo que nos muestra la imagen que el Estado quería dar de España, desterrando lo nliserable. Así mismo encontramos averiguaciones sobre si existía o no intencionalidad en incendios producidos en casas de campo y fábricas y en accidentes ferroviarios. Aunque otra función policial era la persecución de la prostitución y la homosexualidad, pocos son los expedientes referidos a delitos contra la honestidad y el orden público, siendo estos la detención de individuos (sobre todo mujeres) que ejercían clandestinamente la prostitución y los referidos a escándalos y desórdenes públicos causados por embriaguez y peleas desarrolladas en prostíbulos y bares (teniendo por escenario, la mayoría de ellos, casas y establecimientos existentes en el Alto de la Villa). Por último los expedientes administrativos, en donde se mezclan algunas de las funciones propias de las cOlnisarías, como la solicitud de certificados de antecedentes penales para obtener los más diversos permisos (de conducir, pasapoltes, licencias de armas, licencias para tener máquina fotográfica...), concesión o denegación de permisos para ejercer detenninados trabajos, denuncias de pérdida o sustracción de documentos de identificación (Documento Nacional de Identidad, Pasaporte, Cédulas de Identificación, salvoconductos, Cartillas de Racionamiento...), autorizaciones para la apertura de cafés-bares y para contratar camareras, inspección de establecimientos por orden gubernativa, detención e ingreso en prisión de falsificadores de dinero, carecer de licencia para el transporte de mercancías, ejercer la reventa de localidades de espectáculos, etc., con los considerados delitos administrativos que, en algunos casos escondían un claro trasfondo político, contravenir al control impuesto por el Estado sobre la población y sus actividades: denuncias por viajar sin salvoconductos dentro y fuera de la provincia, y la no petición del salvoconducto a los viajeros por parte de los conductores o revisores de los trenes y autobuses.

3. CONDICIONES DE ACCESO En España, al igual que ocurriera en algunos países del entorno europeo como Francia o Inglaterra, en el siglo XIX se inicia una etapa aperturista en la que los archivos dejan de ser patrimonio exclusivo de la Administración y se reconoce el derecho de los investigadores a acceder a ellos. La pritnera disposición legal data del reinado de Isabel 11, una Real Orden de 20 de abril de 1844 del Ministerio de la Gobernación, que recogía el derecho de las personas a la investigación, y del Estado y los particulares a la protección de sus intereses, estableciéndose como límite cronológico el año 1700 para la consulta de la documentación y el acceso a determinadas materias como las referidas a propiedades del Estado, vida privada de la familia real y documentos que sólo serían de interés a corpo-

15

raciones, familias y personas. Como vemos, únicamente se abre el acceso a la documentación histórica (con casi siglo y medio de antigüedad) y se esbozan las dos limitaciones que van a pervivir en todas las disposiciones legislativas hasta la actualidad: la salvaguarda del Estado y la intimidad personal. Siguiendo el compás de los períodos históricos se fueron dando disposiciones legales, unas más restrictivas y otras lnás aperturistas, aunque en todas ellas se ha detectado la tendencia a acortar progresivamente los plazos de reserva. Aunque no se puede decir que el derecho de acceso común de los ciudadanos existiera hasta época lTIUY reciente, ya que algunos autores 10 han calificado como "un derecho de nueva generación". En Europa, después del Tratado de Maastricht, la transparencia

Francisco Moreno en "La represión de la posguerra", Víctimas de la Guerra Civil. Madrid, Telnas de Hoy, 1999, pp. 277-407, habla que la operación aval inundó todos los pueblos, en busca del cura párroco o la influyente persona de derechas (avalado sea Dios se decía, en vez de alabado), p. 279.

463 administrativa y el acceso a los documentos aparece recogido mayoritariamente por todos los países. La Constitución Española de 1978 en los artículos 44 y 46 16 recoge la conservación del Patrimonio Histórico Cultural y el acceso de los españoles a ese patrimonio, sin que ello suponga la vulneración de derechos individuales fundamentales o la destrucción de dicho patrimonio. Y el Art. 105.b) de forma más explícita reconoce: La Ley regulará el acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intin1idad de las personas. Derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, que aparecen recogidos en el artículo 18.1 de la Carta Magna y desarrollados en la Ley Orgánica de 5 de mayo de 1982. La Ley 16/1985 de 25 de junio del Patrimonio Histórico EspañoI 1?, recoge la protección y el enriquecimiento de todos los bienes que constituyen el Patrimonio Histórico Español, estableciendo las reglas que han de regir para la consulta del patrimonio documental: a) Con carácter general, tales docun1entos, concluida su tralnitación y depositados y registrados en los archivos centrales de las correspondientes entidades de derecho público conforn1e a las nOr/nas que se establezcan por vía reglamentaria, serán de libre consulta a no ser que afecten a materias clasificadas de acuerdo con la Ley de Secretos Oficiales o no deban ser públicamente conocidos por disposición expresa de la Ley, o que la difusión de su contenido pueda entrañar riesgos para la seguridad y defensa del Estado o la averiguación de delitos. b) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cabrá solicitar autorización ad,ninistrativa para tener acceso a los

doculnentos excluidos de consulta pública. Dicha autorización podrá ser concedida, en los casos de doculnentos secretos o reservados, por la Autoridad que hizo la respectiva declaración y en los delnás casos por el Jefe del Departalnento encargado de su custodia. c) Los doculnentos personales que tengan carácter policial, p,vcesal, clínico o de cualquier otra índole que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a la intinlÍdad de su vida privada y familiar y a su propia in1-agen, no podrán ser pública¡nente consultados sin que n1edie consentin1iento expreso de los afectados o hasta que haya transcurrido un plazo de veinticinco años desde su ¡nuerte, si su fecha es conocida, o en otro caso, de cincuenta años, a partir de los fecha de los docun1entos1 8 • Posteriormente en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999 de 14 de enero) recoge el derecho de acceso a archivos y registros administrativos (García de Enterría señala este derecho como transcendental, estando llamado a modificar los hábitos de la Administración, haciendo que ésta actúe con una gran transparencia) tanto de las personas implicadas en ellos como a terceros que acrediten interés legítimo y directo (Art. 37.3). En igual línea está la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, donde se habla del tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas. Al amparo de toda esta legislación de ámbito nacional, las respectivas Comunidades Autónomas están legislando en materia de patrimonio documental y del acceso a los archivos 19.

4. CONCLUSIONES Esta documentación nos permite conocer, en parte, el nivel de represión ejercido por el régimen franquista contra las personas que se apartasen de sus valores, ya fuese en el aspecto político o social. Una parte de los documentos muestra los esfuerzos que se realizaron para catalogar a las personas políticamente opuestas o no sÍlnpatizantes con el régimen, con el fin de ejercer sobre ellas una represión que pasaba por la cárcelo por no concederles alguna petición. En otras ocasiones la persecución fue sobre individuos que con su cOlnportamiento atentaban contra el orden social, a pesar de que estos actos fuesen por pura supervivencia como el robo de alimentos. A la hora de interpretar la información que nos aporta este fondo documental hemos de ser cautelosos y críticos ante la subjetividad con que fueron elaborados ya que pretenden justificar al régimen y denigrar a las personas que aparecen en los informes. Sin embargo, consideramos que estos datos son de interés para el investigador que debe utilizarlos de forma contrastada. Apuntar las posibilidades que este fondo ofrece a la investigación semántica en cuanto al estudio del significado de los adjetivos "descalificativos" empleados para designar a aquellas

16

personas que observaron un comportamiento contrario a la ideología dominante. Algunos ejemplos serían rojos, lnarxistas, ¡nasones, cabecillas, instigador, bárbaro, odioso..... para calificar a personas no identificadas con el franquismo. Señalar que cuando se transfirió la documentación de la Comisaría de Policía de Albacete al Archivo Histórico Provincial de Albacete se pensó que estaría a disposición de los investigadores, siempre que no se contraviniese ninguna disposición legal. Por tanto, la consulta de estos expedientes de carácter personal no requerirá de ninguna autorización cuando hayan transcurrido 25 años desde la fecha conocida del fallecimiento del interesado, o cuando hayan pasado 50 años desde la fecha en que se hizo el documento. Cuando no se hayan cumplido estos plazos se requerirá de una autorización de los interesados o de sus herederos mas directos, dando su aprobación para el acceso a tales documentos 2o • Por último decir que, para el correcto y ágil desempeño de las funciones del archivo, podría ser interesante diseñar una completa base de datos, donde constasen todas las particularidades de estos expedientes: número de documentos que inte-

El artículo 46, recogido en el preámbulo de la Ley 16/1985, dice: Los poderes públicos garantizarán la conservación y pro/11.overán el enriquecimiento del patrimonio histórico cultural y artístico de los pueblos de Espaíia y de los bienes que lo integran cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La Le.v penal sancionará los atentados contra este patrimonio. Y el Art. 44.1 establece que: Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura a la que todos tienen derecho.

17

Aparece recogido en el artículo 57.l.c). Esta Ley fue posteriormente desarrollada de modo parcial por el Real Decreto 111/1986.

18

El Art. 10.5 del borrador del proyecto de Real Decreto por el que se regulan los Archivos Judiciales se acoge a lo dispuesto en el artículo 57.1.c) de la Ley del Patrimonio Histórico Español.

19

Ley 4/90 del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha; Decreto 214/1991 por el que se organiza el Archivo Regional de Castilla-La Mancha; y próxitnamente la Ley de Archivos de Castilla-La Mancha.

20

Sirva de ejelnplo el recurso contencioso-administrativo número 880/1997 de la Audiencia Nacional y la sentencia de 10 de febrero de 1999, donde se compagina el acceso a la información con la salvaguarda de la intimidad personal.

464

gran cada expediente, topes cronológicos de cada procedimiento, asuntos o referencias históricas que se tratan en los documentos, etc. Todo ello para facilitar una posterior recuperación de la información: índices alfabéticos de las personas investigadas, variedad de asuntos, frecuencias ... Base de datos

que obviamente sería para uso del personal encargado de la custodia de estos documentos, y que además de facilitarle la recuperación de la información, le permitiría ir conociendo los expedientes que se abren progresivamente a la consulta de los investigadores una vez cumplidos los plazos antes citados.

ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL DE ALBACETE NUEVAS POSIBILIDADES DE INVESTIGACIÓN (IDENTIFICACIÓN ARCHIVÍSTICA E HISTORIA INSTITUCIONAL) Blanca R. PASCUAL GONZALO INTRODUCCIÓN Creados en principio como Archivos Históricos de los Protocolos Notariales centenarios de cada provincial, con el paso del tiempo sus fondos se fueron acrecentando gracias a la incorporación de la documentación proveniente de las Delegaciones de Hacienda y de las Audiencias Territoriales y juzgados2, así como de las Contadurías de Hipotecas 3, etc. Así fue como poco a poco, estos centros receptores de la documentación administrativa producida por buena parte de las instituciones más relevantes de cada provincia, se convirtieron de hecho en Archivos Históricos Provinciales. FinalInente, esta realidad se vio potenciada y tomó carta de naturaleza gracias al Decreto del Ministerio de Educación y Ciencia, de 8 de mayo de 19694 por el que quedaba establecido un verdadero sistema de transferencias en el ámbito de la administración periférica o provincial, paralelo al de la Administración central, cuyo esquema han seguido la práctica totalidad de normas posteriores, incluida la autonómica5 y que han conseguido que estos archivos sean de obligada consulta para todo aquel que quiera indagar sobre cualquier aspecto de la historia local y provincial. Así pues, bien se puede afirmar que los Archivos Históricos Provinciales, junto con los de las Diputaciones Provinciales, los Municipales existentes y los Diocesanos, son los centros de referencia donde se custodia la historia escrita de la provincia. Ni que decir tiene que la ya larga trayectoria del Archivo Histórico Provincial de Albacete -creado por Orden del Ministerio de Educación Nacional en 19626-, le hace sobradamente conocido para la mayor parte de cuantos participan en este Congreso. Sin embargo, existen nuevos y jóvenes investigadores, quizá interesados por la historia local, a los que la experiencia nos dice que no les resulta tan familiar. Por esta razón, la celebración de este II Congreso de His-

toria de Albacete ofrece una oportunidad inigualable para recordar a todos lo ya sabido, reseñar los fondos más conocidos y estudiados, siempre susceptibles de responder a nuevas interrogaciones; incidir en aquellos fondos que aún siendo de sobra conocidos, aún no han sido suficientemente explotados; dar a conocer los nuevos fondos documentales que de manera imparable enriquecen sus depósitos y mostrar los nuevos instrumentos descriptivos realizados merced a los nuevos medios técnicos, cuyo fin no es otro que facilitar el conocimiento y la consulta de los fondos. En definitiva, se persigue mostrar los trabajos que día a día ocupan a cuantos trabajan en él, encaminados a facilitar su conocimiento y acceso, de manera que permitan sugerir nuevas líneas y enfoques de investigación. Para los profesionales de archivos, es clara la convicción de que nuestro trabajo sólo tendrá sentido y valor en la medida en que llegue al mayor número posible de ciudadanos. Somos conscientes de que la investigación en archivos es ardua, costosa, a veces árida y poco productiva (se han de emplear muchas horas de búsqueda para obtener unos resultados nlínimamente satisfactorios); sabemos que es necesario aplicar una metodología de trabajo que en ocasiones no es fácilmente comprensible para los profanos o que choca con el interés del historiador que apremiado por la escasez de tiempo, desearía encontrar la información organizada según su personal y particular demanda en cada caso. Al principio puede resultar una tarea en modo alguno fácil, pero estamos convencidos de que los resultados compensan con creces a poco que nos esforcemos y tengamos un poquito de curiosidad. Por todo ello, si al leer esta comunicación logramos despertar esa curiosidad y sugerir el acercamiento de nuevos usuarios al archivo, habremos conseguido nuestro objetivo y habrá merecido la pena.

UN POCO DE HISTORIA... Aunque el Decreto de creación de los Archivos Históricos Provinciales data de 1931, como ya se dijo, el de Albacete no tuvo una plasmación legal hasta 1962 (Orden de 3 de abril del Ministerio de Educación Nacional), en la que se mencionaba expresalnente que funcionaría "provisionalInente" en la

Biblioteca Pública del Estado, sita por aquél entonces en el Instituto de Bachillerato. Esa "provisionalidad" determinó que desde el mismo monlento de su creación los traslados fueran numerosos: En 1963 se traslada del Instituto de Bachillerato a la segun-

1

Decreto de los Ministerios de Justicia e Instrucción Pública y Bellas Artes, de 12 de noviembre de 1931, sobre régimen y denominación de los Archivos Históricos de Protocolos e Históricos Provinciales (Gaceta de Madrid de 13 de noviembre de 1931; reiterado por el Decreto de 2 de marzo de 1945 de Presidencia del Gobierno por el que se reorganiza la sección histórica en los Archivos de Protocolos (B.O.E. de 19 de marzo).

2

Decreto del Ministerio de Educación Nacional, de 24 de julio de 1947 sobre ordenación de los archivos y Bibliotecas y del Tesoro histórico, documental y bibliográfico (B.O.E. de 17 de agosto de 1947).

3

Orden del Ministerio de Justicia de 14 de diciembre de 1957 (B.O.E. de 26 de diciembre).

Para Hacienda además, téngase en cuenta la Orden Circular de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda de 12 de enero de 1962.

4

Decreto 914/1969 de creación del Archivo General de la Administración.

5

Decreto de 26 de noviembre de 1991.

6

Orden de 3 de abril de 1962.

466 da planta de la nueva Casa de Cultura, junto a la Biblioteca Pública, el Centro Coordinador de Bibliotecas y el Museo Provincial, en la CI Isaac Peral, n° 2. En 1967 se instala en el sótano del mismo edificio de la el Isaac Peral, permaneciendo allí hasta 1982. En 1982 nuevo traslado a la sexta planta del edificio de la Avenida de la Estación, n° 2, ocupando también parte del sótano como depósito de documentación. En 1991 Independizado de la Biblioteca pasó a ocupar su actual emplazamiento ocupando un edificio construido ex profeso para su uso de archivo. El edificio ocupa la antigua casa de Dña. Filomena Flores, vistoso y clásico, dotado de un fuerte barroquismo y toques modernistas, construido en 1924 por el arquitecto Miguel Ortiz e Iribas 7 • En 1987 fue rehabilitado por Miguel Renta, arquitecto del Ministerio de Cultura, quien conservó la fachada antigua añadiéndole un solar anejoS, remodelando su interior para adaptarlo a las funciones de archivo. Este edificio moderno y fun-

cional, tiene una superficie aproximada de unos 3.500 m2 y dispone de unos 11.000 m. lineales de estanterías móviles. En 1997 (10 de noviembre) fue declarado Bien de Interés Cultural (B.I.C.), por el Ministerio de Educación y Cultura, lo que le hace objeto de la mayor protección como objeto de Patrimonio Histórico. En la actualidad, el Archivo es de titularidad estatal y gestión transferida en virtud del Real Decreto 3296/1983, de 5 de octubre, a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. A lo largo del tiempo, se tiene constancia que ha tenido como directores a: D. Vicente Llorca Zaragoza (1958-1961), Dña. Concepción Herrero Valdés (1963-1969), Dña. Armanda López Moreno (1969-1989), D. Christian Madsen Visiedo (1990-1993) YDña. Blanca Pascual Gonzalo desde 19969 • Asimismo, ha contado con la colaboración técnica de Dña. Pilar Serra Navarro (1962-1966) Y D. Francisco Fuster Ruiz (1966-1982), Auxiliares de Archivos y Bibliotecas y Dña. Rosa Sepúlveda Losa, Ayudante de Archivo 10.

LOS FONDOS En primer lugar y para que sirva de orientación, presentamos aquí el Cuadro de Clasificación de fondos actualizado a 1 de enero de 2001, pasando a continuación a hacer una descripción pormenorizada de aquellos fondos que presentan noveda-

des, bien porque han sido objeto de nuevos ingresos en los últimos cuatro años 11, bien porque gracias a los trabajos internos realizados por el archivo permiten nuevas posibilidades de investigación o cuentan con nuevos instrumentos descriptivos.

ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL DE ALBACETE CUADRO DE CLASIFICACIÓN12 Fondos documentales 1. ARCHIVOS PÚBLICOS 1.1. JUDICIALES ANTIGUO RÉGIMEN - Albacete - Hellín - Madrigueras - Munera - Ossa de Montiel - Tarancón - Tarazona - Tobarra - Documentación suelta de varias procedencias NUEVO RÉGIMEN 1.1.1. Administración de Justicia Territorial

fechas

unidades]3

1600-1834 1691-1855 1644-1864 1700-1870 1697-1834 1608-1856 1565-1864 1689-1918 1621-1918

7 uds. 2 uds. 16 uds. 2 uds. 8 uds. 3 uds. 37 uds. 2 uds. 7 uds.

7

Información proporcionada por la arquitecto Dña. Elia Gutiérrez Mozo.

8

Ambos cedidos por el Ayuntamiento siendo concejal de Cultura D. Jose Antonio García Cebrián, según consta en el Libro de actas de inspección y en el propio proyecto de obras-

9

Para algunos casos se trata de fechas aproximadas. En los períodos en que la plaza estuvo vacante desarrollaron funciones de dirección Dña. Pilar Serra Navarro y Dña. Rosa Sepúlveda Losa.

10

Fechas aproximadas.

11

Fecha de mi incorporación como directora del mismo (20 de mayo de 1996).

12

Para la elaboración del presente cuadro de clasificación nos hemos basado en la siguiente bibliografía: - GALLEGO DOMÍNGUEZ, OIga; LÓPEZ GÓMEZ, Pedro: Clasificación de fondos de los Archivos Históricos Provinciales. Subdirección General de Archivos Estatales. Madrid, 1980.

• Organización de fondos de los Archivos Históricos Provinciales. Comisión Técnica de Archivos Históricos de la ANABAD; Pedro López Gómez (coordinador). Madrid, 1994. • Archivo General de la Administración 1969·1994. Subdirección General de los Archivos Estatales. Madrid, 1995. - Guía de los Archivos Históricos Provinciales de Castilla y León. Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León. Valladolid, 1999. 13

Bajo el epígrafe unidades se recoge el número de unidades de instalación, que pueden responder indistintamente a: unidades documentales, libros, cajas, legajos, carpetas, etc.

467 - Audiencia Territorial 1.1.2. Administración de Justicia Provincial - Audiencia Provincial 1.1.3. Adn1inistración de Justicia de partido - Juzgados de 1a Instancia e Instrucción Albacete Albacete N° 2 Chinchilla 1.1.4. Ad,ninistración de Justicia Comarcal-Distrito - Juzgados Comarcales Chinchilla Peñas de San Pedro Administración de Justicia municipal - Juzgados Municipales Albacete Chinchilla Hellín Ossa de Montiel Documentación suelta de varios juzgados municipales Jurisdicciones especiales - Jurados Mixtos del Trabajo - Magistratura de Trabajo - Tribunal Contencioso Administrativo - Tribunal especial para la revisión de contratos de arrendaluiento de fincas rústicas (Albacete, Almansa y Chinchilla) - Tribunal especial popular - Tribunal de Responsabilidades Políticas - Tribunal Tutelar de Menores 1.1.7 Administración electoral - Junta electoral provincial - Junta electoral provincial (elecciones municipales de Albacete, 1976) 1.2. DE LA FE PÚBLICA 1.2.1. Notariales - Protocolos Notariales 1.2.2. Registrales 1.2.2.1. Contaduría de Hipotecas 1.2.2.2. Registros - Registro Civil Chinchilla - Registro de la Propiedad 1.3. ADMINISTRACION CENTRAL PERIFÉRICA 1.3.1. De ámbito provincial Economía y Hacienda - Delegación provincial de Estadística - Delegación provincial de Hacienda - Gerencia Territorial del Catastro Educación - Dirección Provincial del MO de Educación y Ciencia Interior - Comisaría provincial de Albacete - Gobierno Civil - Jefatura provincial del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales Sanidad y Asistencia Social

14

1834-1974

2490 uds.

1858-1956 14

1123 uds.

1910-1960 1970 1877-1971

591 uds. 2 uds. 141 uds.

1943-1969 1945-1960

54 uds. 7 uds.

1865-1961 1875-1962 1855-1921 1834-1945 1621-1949

276 uds. 20 uds. 1 uds. 19 uds. 7 uds.

1931-1938 1938-1946 1866-1949

48 uds. 9 uds. 57 uds.

1931-1932 1936-1939 1939-1944 1949-1982

1 udad. 47 uds. 3 uds. 172 uds.

1982-1999 1976

420 uds. 13 uds.

1523-1926

3431 uds.

1768-1862

312 uds.

1870-1989 1863-1897

53 uds. 28 uds.

1924-1984 1753-1993 16 1945-1990

4222 UdS. 15 23559 uds. 3264 uds. 1?

s. XX

346 m. 1. 18

1895-1960 1939-1993

82 uds. 2862 uds.

1940-1980

500 uds.

Como quedará explicado más adelante, no podemos hablar propiamente de Audiencia Provincial hasta 1892, fecha de la normativa de creación. Sin embargo, esta Audiencia Provincial recogía las anteriores funciones de justicia en materia penal o criminal desempeñadas desde 1882 por la Audiencia Criminal y anteriormente, por la Sala de lo Criminal de la Audiencia Territorial. De ahí que el periodo cronológico señalado exceda en sus inicios (1858), a la fecha de creación de dichas Audiencias Provinciales.

15

3545 uds. Corresponden a publicaciones y 677 uds. Son legajos de documentación.

16

Si bien el glueso de la documentación pertenece al periodo cronológico 1838-1993, conviene destacar la existencia de 222 libros correspondientes al Catastro del Marqués de la Ensenada que datan de 1753. Asimismo, hay que recordar que junto con los fondos de Hacienda ingresaron en su día en los Archivos Históricos Provinciales, aquellos documentos encautados a instituciones religiosas como consecuencia de la Desamortización y que aparecen reseñados más adelante bajo el epígrafe de Clero (1446-1899).

17

Nos referilnos sólo a documentación, además habría que tener en cuenta los 9373 planos catastrales que aparecen reseñados en el apartado de planos.

18

Pendientes de identificación y descripción.

468 - Patronato de protección a la mujer 1946-1985 1. 4. ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL 1.4. 1. Organismos autónomos 1940-1960 - Comisaría provincial de Abastecimientos y Transportes 1. 5. ADMINISTRACIÓN CORPORATIVA - Organización Sindical provincial (Delegación Provincial, 1939-1977 Comarcales y Sindicatos)19 1.6. ADMINISTRACIÓN DEL MOVIMIENTO NACIONAL (F.E.T. de las J.O.N.S.) 1939-1954 - Delegación provincial del Auxilio Social - Delegación provincial de.,Educación Física y Deportes 20 1966-1987 - Delegación provincial de la Juventud 21 1959-1977 - Delegación provincial de la Sección Femenina22 1941-1985 1.7. ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA Economía y Hacienda - Delegación provincial 1965-1991 Educación y Cultura 1977-1992 - Delegación provincial de Educación y Cultura23 Sanidad 1976-1992 - Delegación provincial 1.8. ADMINISTRACIÓN LOCAL 1. 8. 1. Archivos nlunicipales 1415-1992 1672 - Ayuntamiento de Albacete 1401-1854 48 - Ayuntamiento de Chinchilla 1532-1918 2 - Ayuntamiento de El Bonillo 1547-1939 23 - Ayuntamiento de Jorquera 1623-1874 15 - Ayuntamiento de Munera - Ayuntamiento de Ossa de Montiel 1600-1929 56 - Tarancón (Cuenca) 1609-1844 16 - Documentación suelta, diversos ayuntamientos 1515-1925 l. 8. 2. Diputaciones - Diputación Provincial de Albacete 1834-1954 2. ARCHIVOS PRIVADOS 2.1. ARCHIVOS PERSONALES - Archivo privado de Bienvenido Herreros Navarro 1919-1948 - Archivo privado de Francisco Mendoza Díaz-Maroto 1977-1990 2.2. ARCHIVOS DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES -Ateneo Albacetense 1908-1936 2.3. ARCHIVOS DE EMPRESAS - Café-Bar Ideal 1949-1952 - Cine Azul 1945 - Cine Plaza de Toros 1942-1965 - Cine Productor 1952-1953 - Compañía de teatro Ascaso (Madrid) 1937 - Teatro Cervantes 1925-1935 - Teatro Circo 1900-1985 - Sociedad Herreros-Pérez 1952-1954 2. 4. ARCHIVOS RELIGIOSOS - Clero 24 1446-1899 3. COLECCIONES 3.1. DOCUMENTOS TEXTUALES - Colección documental de las Brigadas Internacionales 1936-2000

2 uds.

49 uds.

6007 uds. 4 96 39 78

uds. uds. uds. uds.

1361 uds. 12 uds. 224 uds.

uds. uds. uds. uds. uds. uds. uds. 37 uds.

429 uds.

2 uds. 2 uds.

7 uds. 3 uds. 1 udad. 3 uds. 1 udad. 1 udad. 8 uds. 72 uds. 1 udad.

31 uds.

511

UdS. 25

19

Fondo acumulado sin que todavía haya sido posible cuantificar el volumen documental correspondiente a los diferentes organismos productores: Delegación Provincial, Delegaciones Comarcales y Sindicatos.

20

Según fechas extremas, se incluye documentación correspondiente a los Servicios provinciales de Cultura e incluso a la Delegación Provincial de Cultura ya de carácter autonómico. Queda pendiente la tarea de identificación para delimitar el volumen de fondos perteneciente a cada procedencia.

21

Según fechas extremas, se incluye documentación correspondiente a los Servicios provinciales de Cultura e incluso a la Delegación Provincial de Cultura ya de carácter autonómico. Queda pendiente la tarea de identificación para delhnitar el volumen de fondos perteneciente a cada procedencia.

22

Según fechas extremas, se incluye documentación correspondiente a los Servicios provinciales de Cultura e incluso a la Delegación Provincial de Cultura ya ele carácter autonómico. Queda pendiente la tarea de identificación para delimitar el volumen de fondos perteneciente a cada procedencia.

23

Según fechas extremas, se incluye documentación correspondiente no sólo a la Delegación Provincial de Educación y Cultura y autonómica, sino también parte de los antecedentes Servicios Provinciales de Cultura de carácter preautonómico. Queda pendiente la tarea de identificación para delimitar el volumen de fondos perteneciente a cada procedencia.

24

Documentación procedente de fondos de la Desamortización transferidos junto a los de la Delegación Provincial de Hacienda.

25

Esas 511 uds. están formadas por 461 libros, 25 cajas de dossieres, 3 carpetas, 20 libros de documentación encuadernada y 2 cintas de cassette a las que habría que añadirles 716 fotografías y un video que aparecen reseñados en los apartados correspondientes.

469 - Colección facticia de documentos en papel - Colección facticia de documentos en pergamino 3.2. DOCUMENTOS FIGURATIVOS - Mapas - Planos - Dibujos - Estampas - Carteles Cine Espectáculos taurinos Espectáculos varios Fiestas locales Teatro AUDIOVISUALES

-CD - Fotografías - Videos 3. 3. HEMEROTECA - Colección hemerográfica 3. 4. REPROGRAFÍA DE COMPLEMENTO - Microfilm - Microfichas 4. BIBLIOTECA AUXILIAR - Fondos bibliográficos local, general y profesional

s. XIII-XVII s. XIII-XVI

143 uds. 68 uds.

s. XIX-XX 1945-198.. s. f. s. XX

49 uds. 9373 uds. 26 1 udad. 1 udad.

1906-1997 1847-2000 1901-1965 1876-1945 1901-1984

447 uds. 1312 uds. 105 uds. 3 uds. 69 uds.

s. XX s. XX s. XX

100 uds. 1754 uds. 27 13 uds. 28

1894-1999

514 uds.

s. XX s. XX

582 uds. 11.500 uds. 6.500 uds.

HISTORIA INSTITUCIONAL, FONDOS E INVESTIGACIÓN El esquema a seguir en este apartado consiste primeramente, por más que de cara a este artículo pueda resultar un tanto árido, en presentar de manera somera la historia institucional del organismo en cuestión resultado del trabajo archivístico de identificación 29 ya que pensamos que el hecho del que el investigador conozca cuál ha sido su evolución puede ayudar mucho a orientar correctamente su trabajo, para posteriormente indicar cuál es su situación en el archivo, su grado de organización y descripción, así como las posibilidades de investigación o los asuntos sobre los que podemos encontrar información. FONDOS JUDICIALES

Desde nuestro punto de vista, uno de los grandes grupos de fondos documentales más interesantes, menos explotados y que mayor desarrollo han tenido en los últimos años dentro del conjunto del archivo, tanto por volumen de documentación ingresada, como por la atención que se les ha prestado en cuanto a trabajos de identificación, organización y descripción, es el de Justicia. Audiencia Territorial de Albacete Como es bien sabido, desde 1834 tras larga pugna con Murcia, Albacete se erigió en sede de la Audiencia Territoriapo, convertida ésta desde 1988 en Tribunal Superior de Castilla-La Mancha3l • Las Audiencias Territoriales, se crearon como tribunales superiores de distrito, abarcando su demarcación un conjunto de varias provincias -en el caso de Albacete, parte de las provincias de Murcia, Cuenca, Ciudad Real y Toledo-. Todas ellas eran herederas de las Chancillerías y Audiencias del antiguo régimen, excepto Burgos y Albacete creadas ex profeso.

26

Desde 1835 se regularon por el Reglamento Provisional para la Administración de Justicia, concebiéndose originalmente como tribunales de apelación, cuya principal función consistía en entender en segunda y tercera instancia en causas civiles y criminales respecto a las sentencias de los juzgados de su demarcación. A partir de 1882 sus competencias en materia criminal fueron asumidas por las Audiencias de lo Criminal y en 1893, por las Audiencias Provinciales. No obstante, las Audiencias Territoriaes incorporaron como continuación de la Sala de lo Criminal, la Audiencia Provincial de la provincia donde tenían su sede -en este caso la Audiencia Provincial de Albacete-, de manera que aun cuando las causas criminales del resto de las provincias de su demarcación le fueron sustraídas, aún siguió albergando y custodiando la documentación de la propia Audiencia Provincial de Albacete. Desempeñaron asiInismo, funciones gubernativas, respecto de los magistrados y demás personal de las Audiencias de lo Criminal y Provinciales del territorio que comprendían, -fundamentalmente nombramiento de jueces y magistrados, suplentes e interinos-. Con el paso del tiempo se les incorporaron nuevos órganos judiciales de carácter especial: - En 1868 asumieron la jurisdicción contencioso-administrativa, constituyéndose en 1894 los Tribunales Provinciales de lo contencioso-administrativo. - Desde 1908 albergaron los Tribunales industriales, antecedentes de los Jurados Mixtos (1931-1938) y las Magistraturas de Trabajo. - Durante el período de guerra civil tuvieron incorporados

Planos que acompañan a la documentación de la Gerencia Catastral. No aparecen fechados.

27

De éstas, 720 fotografías corresponden al fondo documental de las Brigadas Internacionales.

28

La mayor parte consiste en videos documentales de difusión, excepto 1 que pertenece al fondo documental de las Brigadas Internacionales.

29

Para este apartado de la Historia Institucional nos hemos ceñido a la Guía de los Archivos Históricos Provinciales de Castilla y León. Consejería de Cultura. Valladolid, 1999; publicación que presenta un extraordinario y riguroso trabajo de estudio institucional y recopilación legislativa válidos por su similitud, para todos los Archivos históricos Provinciales.

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Real Decreto de 26 de enero.

31

Ley de Planta de los Tribunales de 1988 por la que se desarrollaba la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985.

470 los Tribunales Regionales de Responsabilidades Políticas, Tribunales especiales populares, etc. Por último, la Ley de Planta de los Tribunales de 1988, que desarrollaba la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, sustituyó las Audiencias Territoriales por Tribunales Superiores de Justicia para así adaptarse a la realidad autonómica. Así es como las Audiencias Territoriales, -en este caso concreto la de Albacete-, han ido acumulando en sus archivos un gran volumen documental de extraordinaria riqueza cuyo valor e interés informativo supera y se extiende más allá de los límites provinciales. Como ya se dijo anteriormente, la relación entre los Archivos de las Audiencias Territoriales y los Históricos Provinciales, venía dada desde el Decreto de 2 de marzo de 1945 que determinaba el ingreso en estos centros de la documentación histórica judicial -audiencias y juzgados-, quedando por lo tanto a cargo del Cuerpo Facultativo de Archiveros. Con el paso del tiempo, el extraordinario incremento en cuanto a volumen de documentación producida por los órganos judiciales, la falta de espacios destinados a archivo en los edificios de la Administración de Justicia y la inexistencia de un sistema de archivos judiciales, ha hecho que en el lnejor de los casos, -cuando esta riquísima documentación ha logrado salvarse de expurgas indiscriminados o accidentales, si finalmente se encuentra bajo la responsabilidad de un gestor mínimamente concienciado-, haya ido a parar al Archivo Histórico Provincial correspondiente. De esta manera, una vez más, los Archivos Históricos Provinciales han cumplido su misión de preservación del patrimonio documental de la provincia rescatando y conservando esos fondos, evitando su destrucción, pero al mismo tiempo, han debido desarrollar tareas que en principio no les son propias y en segundo lugar que les exceden, tanto por las necesidades de espacio que se requiere para albergar tal volumen documental, como por la falta de medios personales y materiales. En concreto, esto ha sido lo ocurrido en el Archivo Histórico Provincial de Albacete. Debido a las gestiones realizadas por el actual Presidente del Tribunal Superior de Justicia, D. Emilio Frías Ponce, quien se puso en contacto con la Dirección del Archivo, a 10 largo de los años 1998 y 1999, se han recibido sendas transferencias que han venido a engrosar los fondos que ya existían previamente, fruto de anteriores rescates documentales, por 10 que pese a los trastornos que ello haya podido ocasionar, debemos felicitarnos por haber conseguido su preservación a la espera de que algún día exista ese ansiado y necesario sistema de archivos de la Administración de Justicia. Por parte del Archivo Histórico Provincial, gracias al convenio de contratación de personal para los archivos de la región entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el INEM, aunque la tarea pueda resultar ingente, se han puesto en marcha trabajos de identificación de los diferentes fondos documentales heredados y transferidos por el Tribunal Superior de Justicia, así como su organización y descripción. Todo ello ha obligado a revisar y volver sobre los fondos que ya custodiaba el archivo, de cara a darles a todos ellos un tratamiento homogéneo, ya que aun hallándose descritos muy pormenorizadamente en cuanto a contenido, sin embargo, no eran claros en lo relativo a identificación de los organismos productores, apareciendo camuflados bajo el epígrafe "Audiencia Territorial", diferentes juzgados, tribunales y juris-

dicciones especiales que estuvieron bajo su competencia, sin especificación alguna. El resultado de estos trabajos queda a la vista simplemente con observar en el Cuadro de Clasificación la mayor precisión otorgada a los fondos judiciales, esperando además disponer de los nuevos instrumentos de descripción resultantes en un corto espacio de tiempo, fruto de las tareas realizadas. No obstante, hay que decir que el vollunen de documentación que se ha descrito consiste en una mínima parte del total existente. En ese sentido, aun cuando todo el fondo trabajado presenta un interés lnanifiesto, nos parece interesante destacar la precisión en cuanto a la identificación de tribunales y jurisdicciones especiales tales como son los Tribunales especiales populares y de Responsabilidades Políticas del período de la guerra civil, o el propio Tribunal Tutelar de Menores o los Jurados Mixtos. Así pues, iremos refiriéndonos a cada uno de los fondos custodiados. 32 Justicia en el Antiguo Régimen Hay que tener en cuenta que se parte de una concepción completalnente diferente a la establecida como consecuencia de la recepción de los principios liberales instaurados en España a partir de la Constitución de 1812 y sobre todo, de la reorganización de la Justicia y los órganos judiciales a partir de 1834 y la creación de las Audiencias Territoriales. Se parte por un lado de la multiplicidad de jurisdicciones especiales 33 y la indivisión de poderes, con lo que era frecuente que la administración de justicia se ejerciera paralelamente a la administración territorial o local, o a funciones de tipo gubernativo, militar o hacendístico, siendo frecuente la ambigüedad y duplicidad de funciones y COlno consecuencia de ello, los conflictos de competencias. La Edad Media, estuvo caracterizada por figuras tales como el merino, máxima autoridad territorial y jurisdiccional por delegación real, en las merindades y merindades mayores: al sur del Duero existían las comunidades de villa y tierra y en otros casos los adelantamientos, todos ellos con funciones jurisdiccionales. Durante los s.XIV y XV las presiones de las oligarquías locales se hicieron tan fuertes que provocaron numerosos de-sórdenes sociales que la Corona tuvo que combatir mediante delegados especiales Uueces de salario, pesquisidores, jueces de residencia...) que desplazaban a los alcaldes de los municipios (alcaldes de fuero), en el conocimiento de los asuntos conflictivos o bien sOlnetían a control la actividad de los funcionarios locales. A mediados del s.XIV surgió igualmente la figura del corregidor como delegado regio, representante de la monarquía en el ámbito local, enviado a los concejos para reprimir arbitrariedades. El buen resultado de esta figura hizo que se generalizara bajo el reinado de los Reyes Católicos, continuando vigente hasta el s.XIX. Asimismo en el ámbito territorial, esto determinó la sustitución de los adelantamientos, merindades y merindades mayores por los corregimientos y las provi ncias. El corregidor gobernaba e impartía justicia en la cabeza de su corregimiento a través del alcalde mayor o del teniente de corregidor, lnientras en las aldeas o villas secundarias los alcaldes ordinarios ejercían una jurisdicción limitada. La adlninistración borbónica introdujo algunos cambios inspirados en el modelo francés, tales como la figura del intendente: intendentes de provincia y ejército creados por Felipe V

32

Acerca de las Audiencias Territoriales, véase LÓPEZ GÓMEZ, Pedro: "Los Archivos de la Administración de Justicia Territorial en las Edades Modernas y Contemporáneas. Las Reales Audiencias y las Audiencias Territoriales", en La Adl1linistración de Justicia en la Historia de España: Actas de las III Jornadas de CLM sobre investigación en Archivos. JCCM y ANABAD CLM, Toledo, 1999.

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Especiales en razón de los privilegios y prerrogativas de que disfrutaban los mielnbros de determinados grupos sociales', no "especializadas" en el sentido de la especialidad o especificidad de la materia que abordan.

471 en ]719, e intendentes corregidores según Ordenanza de 1748. Ambos intentaban conjugar la competencia gubernativa y judicial del corregidor con la gestión fiscal y control militar, incluso con el fomento de la producción, excesiva concentración de funciones que llevó a la ineficacia de tal institución. En 1766, corregidores e intendentes se separaron formando dos categorías independientes. Los intendentes siguieron ejerciendo funciones hacendísticas y de administración económica castrense, hasta su supresión en 1849 en que surgieron los intendentes lnilitares por una parte y los administradores de rentas, propiedades, bienes nacionales o Hacienda y ya en 1881, los Delegados de Hacienda. Los corregidores pervivieron y mantuvieron sus competencias administrativas y jurisdiccionales hasta que, con los principios liberales desaparecieron en 1834, cediendo la jurisdicción a los jueces profesionales letrados o jueces de primera instancia y la gestión de lo puramente gubernativo (representación del Gobierno, orden público, policía, fomento y administración periférica), a los Gobernadores Civiles. La docunlentación que se recoge bajo este apartado, comprende lo producido en relación con la administración de justicia previamente a la recepción de los principios liberales y la correspondiente reorganización judicial. La documentación aparece ordenada por municipios.

Audiencia Provincial Como ya se dijo lnás arriba al referirnos a las Audiencias Territoriales, la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1870 y su adicional de 1882 establecía la creación de Tribunales de Partido y de noventa y cinco Audiencias de lo Criminal. Sin embargo, la falta de presupuestos dejó sin efecto tal decisión. Sólo en 1892, al incluirse en la Ley de Presupuestos, se pudo llevar a efecto la creación de Audiencias para lo penal en las cincuenta capitales de provincia, incluso en aquellas que ya eran sede de Audiencia Territorial, donde funcionaron como continuación de su Sala de lo Criminal. Desde entonces hasta 1985 en que se dictó la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial, apenas sufrieron modificaciones: - En 1924, como consecuencia del Estatuto Municipal, entendieron durante un corto período de tiempo en recursos contencioso-administrativos de ámbito provincial. - En 1968 se amplió su competencia a las apelaciones civiles en procedimientos posesorio~, arrendamientos, desahucios en precario, propiedad horizontal, procesos ejecutivos de baja cuantía, actos de jurisdicción voluntaria y resoluciones en juicios de cognición de la Justicia Municipal. Con la nueva Ley de 1985 pasaron a conocer de apelaciones civiles y crilninales contra resoluciones de los Jueces de Primera Instancia (antes correspondiente a las Audiencias Territoriales) y Juzgados de lo Penal, así como el plenario y sentencia de las causas por delitos graves, intervenga o no el jurado. En cuanto a los fondos procedentes de la Audiencia Provincial de Albacete no existe problema alguno porque aparecen perfectamente delimitados.

Juzgados de 13 Instancia e Instrucción Los juzgados de Primera Instancia e Instrucción se crearon

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por la Ley Adicional a la Orgánica de 1882. Esta Ley ponía fin a los titubeos anteriores integrando bajo un solo juez, los Juzgados de Primera instancia y los de instrucción, cuyas competencias consistían por una parte en el conocimiento y resolución de todas las causas civiles (primera instancia) y tan sólo la fase sumarial de las penales (instrucción) por otra, de Inanera que quedase garantizada la independencia del juez que dictase sentencia en las causas criminales respecto a la fase SUlnarial. Con la Ley Orgánica de 1985 los Juzgados de Distrit0 34 pasaron a ser de Prilnera Instancia e Instrucción, al tiempo que se crearon los Juzgados unipersonales de lo Penal para la vista y sentencia de delitos menores. Toda esta nonnativa llevada al campo de los depósitos documentales producidos, hace que en los fondos transferidos por la Audiencia Territorial, se haya encontrado asimilada junto a la de la propia Audiencia, documentación producida por los diversos juzgados existentes a lo largo del tiempo, cuyas competencias, una vez desaparecidos, eran asumidas por la Audiencia Territorial. Éste es el caso de la documentación proveniente de los desaparecidos juzgados de Chinchilla en los que se incluían el Juzgado Municipal y Comarcal de Chinchilla y el Comarcal de Peñas de San Pedro, vinculados al de Primera Instancia e Instrucción de Chinchilla. Los asuntos abordados por este tipo de juzgados consisten en: juicios por desahucio, declaraciones de herederos, recuperación de terrenos rústicos, separaciones conyugales, multas, robos, muertes, suicidios, estupros, sobornos, abandono de familia, accidentes de circulación, accidentes ferroviarios, estafas, amenazas, etc. 35 .

Juzgados Comarcales Los Juzgados Comarcales se crearon por la Ley de Bases de la Justicia Municipal de 19 de Julio de 1944, que repartió la justicia municipal en Juzgados Municipales, Comarcales y de Paz, siendo la Orden de 24 de marzo de 1945, la que aprobó las demarcaciones de estos juzgados y el Decreto de 24 de enero de 1947 reguló sus competencias (civiles, penales y gubernativas). Tuvieron su sede en los municipios centros o capitales de comarcas cuyo censo de población no superara los 20.000 habitantes, aunque posteriormente se amplió a 30.000. Siempre en poblaciones de mayor entidad de aquellas en las que radicaban los juzgados y estaban subordinados a los Juzgados de PriInera Instancia e Instrucción. Los Juzgados Comarcales desaparecieron como consecuencia del Real Decreto de 29 de julio de 1977, que desarrollaba la Ley de Bases de 28 de noviembre de 1974, convirtiéndose muchos ellos en Juzgados de Distrito y éstos a su vez, como ya dijimos, pasaron a Juzgados de Primera Instancia e Instrucción con la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985. Esta razón ha hecho que junto con la documentación del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Chinchilla haya aparecido la documentación de los Comarcales de Chinchilla y Peñas de San Pedro. Los asuntos abordados por los Juzgados comarcales consisten en: hurtos, riñas, agresiones, estafas, pastoreo abusivo,

Los Juzgados de Distrito habían sido creados por la Ley de Bases sobre la estructura orgánica de la justicia 42/1974, de 28 de noviembre, aprobada por el Real Decreto 2140/1977, de 29 de julio y en virtud de la autorización contenida en el Real Decreto-Ley 24/1976, de 20 de noviembre. El sentido de estos juzgados residía en la intención de eliminar la diferenciación entre Administración de Justicia y Justicia Municipal. De esta manera se unificaban los Juzgados Municipales y los Comarcales, bajo la denominación genérica de Juzgados de Distrito, pudiendo ejercer su jurisdicción en uno o varios municipios. También existía la posibilidad de que si el volumen de trabajo 10 hacía necesario, se pudiesen crear varios juzgados en un mismo Distrito. La Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, convirtió los Juzgados de Distrito en Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. Esta conversión se llevó a efecto por la ley de Demarcación y Planta Judicial 38/1988, de 28 de diciembre.

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Acerca de las Audiencias Territoriales véase LÓPEZ GÓMEZ, Pedro: "Los Archivos de la Administración de Justicia Territorial en las Edades Modernas y Contemporáneas. Las Reales Audiencias y las Audiencias Territoriales", en La Administración de Justicia enZa Historia de Espaíia: Actas de las 111 Jornadas de CLM sobre investigación en Archivos. JCCM y ANABAD CLM, Toledo, 1999.

472 infracciones a la Ley de Caza, desahucio, malos tratos, venta de animales enfermos, multas, redención de deudas... etc. Juzgados Municipales La competencia de impartir justicia en primera instancia, dentro del ámbito municipal o local por parte de los Alcaldes, suponía una herencia del antiguo Régimen que se prolongó durante el s. XIX, siendo los encargados de administrarla los jueces municipales. Así en cada término municipal debería haber uno o más jueces, los cuales se denominarían Jueces Municipales. La Ley de Justicia Municipal de 5 de agosto de 1907, perfiló esta justicia creando los Juzgados Municipales. La Ley de Bases de la Justicia Municipal de 19 de julio de 1944 quiso crear una justicia municipal técnica e independiente, pero cercana al ciudadano para los asuntos de menor cuantía, diligencias previas, juicios conciliadores y Registro Civil. Al igual que los Juzgados Comarcales, se establecía que deberían radicar en las capitales de provincia y en los municipios de más de 20.000 habitantes (ampliados a 30.000 por la ley de 8 de abril de 1967). Conocían de los asuntos de su competencia (civil, penal y gubernativo) en primera instancia, quedando subordinados a los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. El Real Decreto de 29 de julio de 1977, que desarrollaba la Ley de Bases de 28 de noviembre 1974, supuso la desaparición de los Juzgados Municipales, convirtiéndose en Juzgados de Distrito. Los asuntos que se tratan en este tipo de juzgados son relativos a: tala de leña, entradas de ganado en propiedad ajena, estafas por viajar en tren sin billete, reclamaciones de deudas, etc. Jurisdicciones especiales Aun cuando se trata de una justicia única, se habla de jurisdicciones "especializadas" en función de la especialización de los asuntos que abordan. Tribunales Industriales, Jurados Mixtos y Magistraturas de Trabajo Los fondos transferidos al archivo bajo la denominación de Magistraturas de Trabajo, en realidad comprendían una mínima parte de documentación de los Tribunales Industriales creados en 1908; la mayor parte respondía a los Jurados Mixtos de época republicana (1931-1938)36 y finalmente el resto, que respondía efectivamente a las Magistraturas de Trabajo que funcionaron entre la Guerra Civil y 1988. El común denominador de todos ellos es que abordaban los conflictos en materia laboral, con las diferentes concepciones que ello implica según los diferentes períodos históricos. Si bien cabe recordar que los Jurados Mixtos no eran órganos propiamente judiciales, sino de naturaleza corporativo administrativa, existiendo múltiples ramas según el sector laboral. Las Magistraturas de Trabajo se crearon por el Decreto de 13 de mayo que desarrollaba el Fuero del Trabajo y fueron organizadas por la Ley Orgánica de 17 de octubre de 1940. En ésta se establecen las Magistraturas como tribunales unipersonales de primera instancia como "única institución jurisdiccional contenciosa en la rama social del Derecho" creándose una en cada provincia. Orgánicamente estaban integradas en el Ministerio de Trabajo aunque su función era indudablemente judicial. Su autonomía funcional, el procedimiento y la posibilidad de recurso ante el Tribunal Central de Trabajo y la Sala de 10 Social del Tribunal Supremo permite considerarlas como órganos propiamente judiciales.

Desde 1963 entendieron también en los conflictos sobre la aplicación del régimen de la Seguridad Social. De nuevo, tras la promulgación de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, quedaron integradas en el Poder Judicial con la Ley de Planta y Demarcación Judicial de 28 de diciembre de 1988 y cambiaron su nombre por el de Juzgados de lo Social. Hay que decir que este fondo es de extraordinario interés por cuanto no es muy habitual que se hayan conservado los fondos de los Jurados Mixtos en otros Archivos Históricos Provinciales. Nos permite estudiar los pleitos relativos a reclamaciones de salarios, despidos, incumplimiento de contratos, accidentes de trabajo, etc. Ofreciendo además la ventaja de la relativa continuidad de funciones respecto a los Jurados Mixtos anteriores, lo cual nos permite obtener una panorámica de épocas muy dispares Tribunal Contencioso-Administrativo Como ya se dijo anteriormente, desde 1868 las Audiencias Territoriales asumieron la jurisdicción contencioso-administrativa, constituyéndose en 1894 los Tribunales Provinciales de lo contencioso-administrativo. Como su nombre indica resuelven aquellos casos o contenciosos en que la Administración aparece como una de las partes litigantes. Los asuntos abordados suelen ser revocación de acuerdos de distintos órganos de la Administración, recursos contra actos administrativos, etc. Tribunal Thtelar de Menores Su origen hay que buscarlo en la Ley de Bases de Tribunales para Niños y su Real Decreto de desarrollo de 1918 37 , constando estos tribunales de un juez y dos vocales que paulatinamente fueron estableciéndose en todas las provincias. En 1925 se reorganizaron recibiendo el nombre de Tribunales Tutelares para Niños y en 1929 adoptan definitivamente el de Tribunal Tutelar de Menores. En 1940 vuelven a reestructurarse tnediante el establecimiento de tribunales colegiados no profesionales en las provincias que cuenten con establecimientos de protección y corrección, a excepción de Madrid, donde existe un solo juez retribuido. A partir de 1948 este modelo se aplica a todas las provincias, pasando a existir un tribunal unipersonal en las capitales de mayor población. En 1985 la Dirección General de Protección Jurídica del Menor asume las atribuciones sobre esta materia y la Ley Orgánica del Poder Judicial decide implantar en cada capital, e incluso en algunos partidos, los Juzgados de Menores atendidos por jueces de carrera, cuya competencia es reformada en 1992, para adaptarlos a la última regulación de la mayoría de edad penal y a algunas correcciones del Tribunal Constitucional. La obra de la Protección de Menores se concreta en un organismo directivo, encargado de marcar las iniciativas, señalar los medios y plasmar su propio cometido en realizaciones; el Consejo Superior, que reparte su actividad en Juntas y Tribunales Provinciales. Objetivos: "las Juntas Provinciales se encaminan a remediar las necesidades de los niños pobres y necesitados, de los huérfanos, de los mendicantes y dirigen su atención hacia las familias indigentes con niños que viven en la escasez o en la miseria o en un clima moral que pueda perjudicarlos". Para el aislamiento de estos niños, la Junta se sirve generalmente de diversas instituciones. Unas son propias, como el

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En el caso de Albacete, los Jurados Mixtos han sido estudiados en profundidad por OLIVER OLMO, Pedro: Control y negociación: los Jurados Mixtos de Trabajo en las relaciones laborales republicanas de la provincia de Albacete (1931-1936). Instituto de Estudios Albacetenses, Albacete, 1996. Véase además GENERELO LANASPA, Juan José: "La primera Jurisdicción Laboral: Los Tribunales Industriales y su documentación (1908-1938), en La Ad,ninistración de Justicia en la Historia de España: Actas de las 111 Jornadas de CLM sobre investigación en Archivos. JCCM y ANABAD CLM, Toledo, 1999.

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Antecedentes en la Ley de Protección a la infancia de 1904 y la Ley sobre prisión preventiva de menores de 1908.

473 Grupo Benéfico, que se divide en distintas secciones y otras son auxiliares. "El Tribunal Tutelar de Menores, órgano hermano de la Junta, tiene tres objetivos fundamentes: 1) La supresión de la "patria potestad", a los padres o tutores que la ejerzan indignamente, en este caso es el propio tribunal quien asume la tutela del menor que se encuentra en tales circunstancias. 2) La corrección de aquellos menores que se inicien en la vida con tendencias torcidas y peligrosas. El niño en cuestión será cuidadosamente observado por personal especializado; médicos y pedagogos centrarán en él su atención, determinando el régimen o sistema de readaptación que el niño precise 3) El enjuiciamiento de mayores que hayan cometido delitos o faltas contra menores de edad". Cabe recalcar que los menores dependientes de la Junta son perfectamente normales, sin que exista otro motivo determinante de su aislamiento que la indigencia u orfandad. Otro tanto puede decirse de la mayor parte de los niños acogidos por el Tribunal Tutelar. Solamente un reducido número de ellos ingresa en el mismo para su corrección y enmienda. Este fondo al igual que el correspondiente al Auxilio Social y al Patronato de Protección a la Mujer, fueron recuperados e ingresaron en el archivo a instancias de D. Luis Miguel Martínez-Gómez Simón, Director del Centro de acogida "Albaidel".

Tribunal especial para la revisión de contratos de arrendamiento de fincas rústicas Como su nombre indica se trata de un Tribunal especial para revisar contratos de arrendamiento al efecto de reducción de rentas en los partidos de Albacete, Almansa y Chinchilla. Creado en la II República (1931-1932), su existencia fue efímera, siendo asimismo escasa, prácticamente testimonial, la documentación conservada.

Tribunales especiales populares Fueron tribunales creados con un carácter de total excepcionalidad durante el período de Guerra Civil (1936-1939), para enjuiciar los delitos cometidos en tiempos de guerra, sedición y rebelión. Como se puede ver se trata de un fondo relativamente amplio que abarca el período completo de la Guerra Civil, por lo cual se convierte en una fuente inigualable para estudiar todo tipo de causas criminales y delictivas del períod0 38 •

Tribunal de Responsabilidades Políticas En 1937, por Decreto-Ley de 10 de enero, se crearon las Comisiones Provinciales de Responsabilidades Políticas, éstas funcionaron durante la contienda militar, renovándose ya adquiriendo carta de naturaleza por Ley de 9 de febrero de 1939 de Responsabilidades Políticas. La Ley pretendía establecer y liquidar las culpas contraídas por quienes habían pres-

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tado su apoyo a la causa republicana, incluso de aquellos que resultasen simplemente sospechosos, retrotrayendo los delitos hasta el primero de octubre de 1934. En 1942 esta Ley fue modificada y se derogó el 13 de abril de 1945, creándose a partir de esta fecha Comisiones liquidadoras de Responsabilidades Políticas que siguieron actuando hasta finales de los 50. Todos estos organismos generaron un considerable volumen de documentación de carácter administrativo-contable, que nunca ha llegado al Archivo Histórico Provincial. Sin embargo, esta actividad tuvo su versión judicial en los mencionados Tribunales. Por una parte, los Juzgados Instructores de Responsabilidades Políticas eran los encargados de instruir los expedientes o procesos judiciales. Éstos los enviaban a los Juzgados Regionales Especiales donde se sentenciaba. Para la ejecución de las sentencias se volvían a remitir a los Juzgados Instructores de Responsabilidades Políticas. Esta documentación se ha conservado en los archivos de los Jugados de Primera Instancia e Instrucción y en los de las Audiencias Provinciales y Territoriales 39 .

Posibilidades de investigación En general, ni que decir tiene que todos estos fondos judiciales ofrecen unas posibilidades tan ricas y variadas de investigación que no dudamos en decir que están infrautilizados y apenas explotados. A través de ellos podemos estudiar la evolución de la justicia y sus instituciones, el caso concreto de Albacete, estudiar los diferentes cargos judiciales, así como quiénes los desempeñaron a lo largo del tiempo (alguna tesis se está haciendo en ese sentido). Por otra parte, apenas queda algún aspecto de la vida política' social o personal que no se haya visto judicializado, lo cual nos permite también abordar aspectos concretos tanto políticos, sociales o de mentalidades. Si analizamos el contenido de cada expediente o sumario en su contexto histórico, nos aportan datos de una riqueza informativa tal, que difícilmente encontraremos otra fuente que la iguale. Es asimismo fundamental, el estudio de los casos pertenecientes a las jurisdicciones especiales ya que cada una de ellas suele responder a una materia o asunto concreto que los relaciona y precisamente el hecho de que se encuentren individualizados es reflejo de la relevancia que han cobrado en un momento concreto. Podemos encontrar información sobre bandolerismo, rebelión cantonal de Murcia, guerras carlistas, Brigadas Internacionales, actuación de los Tribunales especiales populares y Jurados de urgencia durante la Guerra Civil, actuación del Tribunal de responsabilidades políticas, etc. En general es una fuente indispensable para estudiar la historia social y económica de la provincia40 •

Para el estudio de las jurisdicciones especiales de la Guerra Civil pude resultar interesante consultar las siguientes publicaciones: Justicia en Guerra, (Actas de las "Jornadas sobre la administración de Justicia durante la Guerra Civil española: instituciones y fuentes documentales", celebradas en Salmnanca, novielnbre 1987), Ministerio de Cultura, Madrid 1990 y Espaiia franquista. Causa General y actitudes sociales ante la Dictadura, Ediciones de la Universidad de CastillaLa Mancha, Albacete, 1993.

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Para el caso de Albacete, estos fondos ya han sido objeto de investigación por parte de ORTIZ HERAS, Manuel: Violencia en la 11 Replíblica y el prilner franquismo. Siglo XXI, Madrid, 1996. Véase además ÁLVAREZ GARCÍA, Carlos: "Responsabilidades Políticas y Libertad Vigilada. El caso de Soria. Fuentes docUlnentales conservadas en el Archivo Histórico Provincial (1937-1972)" y SERRANO MORALES, Riánsares y CALVO BÓVEDA, Rosa: "Las instituciones de la represión franquista en el Archivo Histórico Provincial de Guadalajara", mnbos en El Franquisnlo: El Régilnen y la Oposición: Actas de las IV Jornadas de CLM sobre Investigación en Archivos. JCCM y ANABAD CLM, Toledo, 2000.

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En la actualidad, cuando muchos archivos de empresa se han perdido, son abundantes los estudios sobre la historia de la actividad empresarial que utilizan como fuente primordial los juicios por quiebra dado que el expediente judicial conserva toda la contabilidad de la empresa. Acerca de los fondos judiciales existentes en otros archivos pueden resultar de interés los siguientes artículos: ÁLVAREZ GARCÍA, Carlos: "El Archivo Histórico Provincial de Soria. Fondos Judiciales: Antiguo y Nuevo Régilnen. Organización y descripción". FLORES VARELA, Carlos: "Fondos Judiciales en el Archivo Histórico Provincial de Toledo". GAYÁN FÉLEZ, Xavier y RODRÍGUEZ MUÑOZ, Lluisa: "Archivos Judiciales e Investigación". HERRERO PASCUAL, Ana M3 y MONTOJO MONTOJO, Vicente: "Fondos Documentales de Instituciones Judiciales y Penitenciarias en el Archivo Histórico Provincial de Murcia".

474 FONDOS DE LA FE PÚBLICA

Respecto a los fondos de Protocolos Notariales, Contadurías de Hipotecas y su sucesor, el Registro de la Propiedad, los "clásicos" de los Históricos Provinciales, poco habría que añadir a lo ya conocido, dado que tampoco se han recibido nuevas transferencias. Tan sólo señalar que se está trabajando en la actualización de los instrumentos de descripción. No obstante, destacar el interés del fondo de Protocolos Notariales, tanto cuantitativalnente en cuanto a volumen documental conservado y amplitud cronológica (1523-1926), como cualitativamente por el valor intrínseco de la información que aporta. Aún cuando se trata de uno de los fondos más estudiados, seguimos pensando que está escasamente explotado ya que ofrece amplias posibilidades de investigación. A lo largo de los siglos han sido múltiples los aspectos de la vida social y económica de los que se ha querido dar fe o dejar testimonio mediante un acto notarial. Aún hoy en día, es difícil encontrar persona que no haya acudido al menos una vez en su vida a un notario. En esta documentación podemos encontrar información para el estudio de la propia institución notarial, de la evolución del cargo de notario y de quienes lo han desempeñado, estudio de genealogías, de la propiedad, oficios, industria, agricultura, actitudes religiosas, vida privada, etc. Destacar como novedosas algunas investigaciones que utilizando los protocolos notariales como fuente, han investigado la trayectoria de maestros organeros, de la indumentaria41 o de los utensilios domésticos. Registro Civil Otro de los fondos ingresado junto al del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Chinchilla, ha sido su Registro Civil. La institución tiene sus antecedentes en los Registros Parroquiales que se inician en la Edad Media generalizándose desde el s.XVI. En épocas en que la vida giraba en torno a la Iglesia, los párrocos hacían constar los bautismos, matrimonios y defunciones de sus fieles en los Registros Parroquiales. Las revoluciones liberales de los s.XVIII y XIX determinaron que esas funciones fueran asumidas por los Estados. En España no se conseguirá hasta 1870 con la Ley del Registro Civil de 17 de julio y su Reglamento publicado ese mismo año. La vigente hoy en día data de 1957 (8 de junio) y su Reglamento del 14 de noviembre de 1958. Como el nombre indica, su función es el registro de los actos que varían el estado civil de las personas: nacimiento, filiación, imposición y cambio de nombre, declaración de ausencia o fallecimiento, nacionalidad, vecindad, matrimonio y defunción, con el fin de darles publicidad (de cara a autoridades o particulares) y con carácter probatorio entre los propios interesados y ante terceros. Las secciones que 10 formaban eran cuatro: nacimientos, matrimonios, defunciones y desde 1957, tutelas y representaciones legales (anteriormente esta cuarta estaba dedicada a

nacionalidad y vecindad). Cada sección se lleva en libros distintos e independientes. El Registro se organiza a través del Registro Civil Central, único para toda España, los consulares -para residentes en el extranjero- y, en el territorio nacional, los registros civiles municipales cuyos responsables son los Jueces de Primera Instancia e Instrucción o bien 10sJueces de Paz. Así pues, además de su carácter probatorio, el Registro Civil nos permite estudiar todo lo relativo a los cambios de población, factor que puesto en relación con otros de tipo histórico económico y/o social ha sido muy utilizado por corrientes historiográficas basadas en la demografía. Pueden resultar fundamentales para el análisis de grandes catástrofes y su incidencia en la población. FONDOS DE PERIFÉRICA42

LA

ADMINISTRACIÓN

CENTRAL

En cuanto a los fondos relativos a la Administración Central periférica sólo señalaremos los nuevos fondos incorporados desde 1996. Delegación Provincial de Estadística Los antecedentes de esta institución hay que buscarlos en el Servicio Provincial de Estadística creado en 1877, dependiente del Instituto Geográfico y Estadístico. En 1938 las actividades estadísticas pasaron al Servicio Nacional de Estadística, dependiente del Ministerio de Organización y Acción Sindical. Ya en 1939 se creó la Dirección General de Estadística en el Ministerio de Trabajo. En 1945 la Ley 31 de diciembre creó el Instituto Nacional de Estadística (I.N.E.), adscrito a la Presidencia del Gobierno, con autoridad incluso en la Administración Local y la Organización Sindical y organizado en nuevas Delegaciones Provinciales. Estas Delegaciones pervivieron hasta la Orden de 19 de noviembre de 1981. Finalmente, según la Ley 12/1989 de Función Estadística Pública, desarrollada por Real Decreto 907/1989 de 21 de julio, el Instituto pasó a ser un organismo autónomo administrativo. En cuanto a los fondos existentes en el archivo, en los últimas años, a la documentación inicial consistente en 677 cajas, se han sumado 3.545 publicaciones estadísticas del INE de todo tipo, que pueden resultar muy útiles a la hora de llevar a cabo estudios comparativos de cifras globales, presentando como ventaja respecto a otro tipo de instituciones, el hecho de que aquí se encuentran colecciones completas para un período cronológico amplio. Delegación Provincial de Hacienda Creada por la Ley de 9 de diciembre de 1881 para el control de la actividad económica y fiscal provincial, comprendía la Administración de Contribuciones, Administración de propiedades e impuestos, Tesorería e Intervención, funciones que pervivieron hasta que se produjo el hecho autonómico, tan sólo la Administración de impuestos inmobiliarios se integró en el Centro de Gestión Catastral como organismo autónomo.

MADSEN VISIEDO, Christian e INFANTE PRIETO, Manuela: "Los fondos judiciales en el Archivo Histórico Provincial de Ciudad Real" . SERRANO MORALES, Riánsares y CABALLERO GARCÍA, Antonio:" Fondos Judiciales Contemporáneos en el Archivo Histórico Provincial de Guadalajara". Todos ellos en La Administración de Justicia enZa Historia de Espaíia: Actas de las III Jornadas de CLM sobre investigación en Archivos. JCCM y ANABAD CLM, Toledo, 1999. 41

Recuérdese la exposición La indumentaria en los documentos realizada en este archivo en 1997, basada en las investigaciones sobre protocolos notariales llevadas a cabo por el grupo folklórico de danza "Abuela Santa Ana de Albacete".

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El presente apartado del Cuadro de Clasificación denominado Administración Central Periférica es fiel reflejo de la estructura centralizada previa al Estado de las Autonomías, organizada en Delegaciones y/o Direcciones Provinciales de cada Ministerio, realidad que ha de variar forzosamente como consecuencia de la Ley 6/1997 de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (B.O.E. de 15 de abril 1997), conocida COITIO LOFAGE; Real Decreto 617/1997 de 25 de abril de Subdelegaciones de Gobierno y Direcciones Insulares de la Administración General del Estado y sobre todo, del Real Decreto 1330/1997 de 1 de agosto de integración de los servicios periféricos y estructura de las Delegaciones de Gobierno (B.O.E. de 20 de agosto de 1997).

475 A partir de 1991 se creó la Agencia Estatal de Administración Tributaria43 . La Delegación de Hacienda mantiene sus competencias en materia de intervención, tesorería y patrimonio, pasando las de materia tributaria y aduanera a la Agencia. En 199044 cambia su denominación y pasa a llamarse Delegación Provincial de Economía y Hacienda, nombre que se mantiene hasta nuestros días. En 1993 las Gerencias Provinciales de Gestión Catastral vuelven a integrarse en el ámbito de .' competencias de la Delegación, situación que persiste. Los fondos existentes se han visto incrementados en unas 7.000 unidades, en su mayor parte proce.dentes de la Agencia Tributaria -en la actualidad fuera de consulta por contener datos recientes de carácter personal-, así como del Tribunal Económico Administrativo. Dentro de estos fondos, tanto por su volumen como por su amplitud cronológica, se puede encontrar desde la documentación relativa al Catastro del Marqués de la Ensenada, hasta documentación reciente, pasando por la generada por la Delegación de Hacienda en los s.XIX y XX.

Gerencia Territorial del Catastro Dentro del grupo de fondos de Hacienda una parte fundamental y voluminosa ingresada en el archivo en los últimos años, es la compuesta por el Catastro del s.XX. Consiste en un volumen de unas 3.264 unidades de documentación, más 9.373 planos que reproducen pueblo a pueblo su organización catastral por polígonos y parcelas según la última parcelación anterior a la vigente actualmente. Esta documentación es sin duda una de las más consultadas, no tanto por investigadores o estudiosos, como por los propios ciudadanos titulares de derechos en relación con propiedades urbanas o rústicas. Como fuente de información es fundamental para conocer cómo ha evolucionado la propiedad de la tierra en la provincia de Albacete, cuál es su estructura, quiénes son sus propietarios, a qué tipo de cultivos se dedica y cuál ha sido la evolución de la producción agraria. También puede resultar de interés para conocer la evolución de la propiedad en las ciudades.

Jefatura Provincial del Servicio Nacional de Inspección y Asesoramiento de las Corporaciones Locales Organismo que se ha incluido dentro de los Servicios periféricos del Ministerio del Interior por cuanto ejerce una función de control sobre las Corporaciones Locales, siendo precisamente esa función de control la que le confiere identidad. Este Servicio hay que entenderlo dentro de la concepción franquista de un régimen local centralista, uniformista, no democrático y exento de autonomía. Heredero de las Secciones Provinciales de Administración Local, suponía un elemento de control férreo sobre las Corporaciones Locales, órgano de control económico y presupuestario, al tiempo que de inspección y asesoramiento. Las Jefaturas Provinciales quedaron reguladas por Decreto de 26 de julio de 1956 y bajo la dependencia administrativa del Gobernador Civil -lo que avala una vez más, su inclusión dentro de la administración periférica del Ministerio del Interior-. En 1978 fueron suprimidas, transfiriendo parte de sus competencias a las Diputaciones Provinciales, asumiendo sus escasas funciones las Unidades Básicas de Administración Local de los Gobiernos Civiles. Su desaparición definitiva se produjo al asumir las Comunidades Autónomas, competencias en materia de Administra-

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ción Local. En la actualidad, son los Servicios de Coordinación con las Haciendas Territoriales y Autonómicas quienes se encargan de funciones similares.

Patronato de Protección a la Mujer Finalmente, dentro de este apartado cabe señalar un pequeño fondo formado tan sólo por dos unidades, fruto de recientes transferencias de rescate realizadas a instancia de D. Luis Miguel Martínez-GÓlnez Simón. En 1902, el Real Decreto de 11 de julio, creaba el "Patronato Real para la Represión de la trata de blancas". Se disol vió por Decreto de 1 de junio de 1931 en época republicana, reorganizándose COlno "Patronato de Protección a la Mujer", hasta su disolución por Decreto de 25 de junio de 1935. En ese lnomento asumió sus funciones el Consejo Superior de Protección de Menores hasta la reorganización del Ministerio de Justicia por Decreto de 12 de marzo de 1938, por el que se adscribe a dicho Departamento el nuevamente denolninado Patronato de Protección a la Mujer, cuya organización data del Decreto del Ministerio de Justicia de 6 de noviembre de 1940. En ese Decreto se establecía la existencia en cada provincia de una Junta Provincial de Prote~ción de la Mujer, bajo la presidencia del Gobernador Civil, pudiendo establecerse, cuando se considerara conveniente, Juntas Locales en ciudades no capitales de provincia. En la actualidad esa documentación está siendo organizada y descrita, no descartándose que pueda aparecer nueva documentación y que se deposite en el archiv0 45 • FONDOS DE LA ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL y ADMINISTRACIÓN CORPORATIVA

Dentro de estos dos apartados conviene señalar que si bien no se han recibido nuevos ingresos, sí se han llevado a cabo tareas de identificación, organización y descripción documental de los fondos ya existentes.

Organización Sindical Provincial (Delegación Provincial, Comarcal y Sindicatos) y A.I.S.S. Institución netamente franquista como reacción al sindicalismo republicano de orientación política que quedó sustituido por un sindicalismo corporativo de encuadramiento, organizado por ralnos y en el que la pertenencia al sindicato era consustancial al hecho mismo de trabajar. La Ley de 30 de enero de 1938 creaba el Ministerio de Organización y Acción Sindical. En 1939 se suprilnió este Ministerio y la organiza~ión sindical pasó a depender del Movimiento Nacional. La Ley Orgánica de 16 de diciembre de 1940 creaba en las provincias las Delegaciones Provinciales de Sindicatos, dependientes a su vez, de la Delegación Nacional de Sindicatos. Vanas y sucesivas Órdenes y Decretos han desarrollado su estructura orgánica. En 1971 la Ley Sindical estableció la última estructura orgánica de las Delegaciones Provinciales de la Organización Sindical, regulada por Orden de 27 de enero de 1973. Las Delegaciones -Provinciales y Comarcales- constituían la línea política del Movimiento, dependiendo de ellas los Sindicatos. Éstos se concebían como corporaciones de derecho público, constituidas por la integración de todos los elementos que intervenían en el proceso económico organizados verticalmente. Con la Refonna Política, por Real Decreto-Ley de 8 de octubre de 1976 la Organización Sindical se transformó en un organismo autónomo adscrito a la Presidencia del Gobierno

Ley 31/90 de Presupuestos para 1991.

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Real Decreto de 30 de diciembre de 1990.

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Acerca de la Junta Provincial de Protección a la Mujer, puede resultar de interés la consulta de LÓPEZ RODRÍGUEZ, Olimpia y PEREIRA OLIVEIRA, M8 Dolores: "Una institución franquista en la provincia de Lugo: La Junta Provincial de Protección a la Mujer", en El Franquismo: El Régbllen y la Oposición: Actas de las IV Jornadas de CLM sobre Investigación en Archivos. JCCM y ANABAD CLM, Toledo, 2000.

476 con el nombre de Administración Institucional de Servicios Socio-Profesionales (AISS). A ella fueron a parar su personal, patrimonio y recursos hasta su total liquidación y absorción por la Administración del Estado. Como organismo heredero y liquidador de la Organización Sindical, se encargó de preservar los archivos de todas las entidades sindicales, debiéndose a ella la conservación de la documentación. En relación con los fondos de la Organización Sindical, en primer lugar se han intentado delimitar las diferentes procedencias por cuanto se vio que bajo el nombre genérico de "Sindicatos" aparecían indiscriminadalnente documentos de la Delegación Provincial, de las Delegaciones Comarcales y de los propios Sindicatos, al tiempo que por cronología, parte de la documentación, debía pertenecer a la Administración Institucional de Servicios Socio-Profesionales (AISS). Incluye, junto a las 4.997 cajas de documentación, habían permanecido al margen de todo tratamiento unos 1.010 libros contables de las diversas procedencias que han sido convenientemente identificados y descritos. Las posibilidades de investigación son muchas ya que no había actividad laboral que escapara al control de los Sindicatos. Se convirtieron además en instrumentos de socialización y transmisión de la doctrina política a través de actividades extralaborales 46 • ADMINISTRACIÓN DEL y DE LAS J.O.N.S.)

MOVIMIENTO

NACIONAL

(F.E.T.

Delegación Provincial del Auxilio Social Se creó en 1940 (Decreto de 17 de mayo), integrada en FET y de las JONS, como institución con fines asistenciales para ayuda de indigentes, huérfanos, pobres e infancia necesitada y dependiendo de ella se crearon establecimientos de asistencia y formación. La organización periférica repite el esquema de Delegaciones Provinciales, Comarcales y Locales. En 1970 (Orden de 9 de enero), todos los servicios de la antigua Delegación Nacional de Auxilio Social se integraron provisionalmente en el Servicio Nacional de Auxilio Social, pasando éste a denominarse Instituto Nacional de Auxilio Social. De nuevo, el Decreto de 5 de abril de 1974, establecía sus funciones al tiempo que cambiaba su denominación por el de Instituto Nacional de Asistencia Social (INAS). Ya en 1977, sus funciones y competencias fueron transferidas al Ministerio de Trabajo y posteriormente al Ministerio de Sanidad y Seguridad Social. En la actualidad sus competencias de asistencia social han sido asumidas por las Comunidades Autónomas. Al igual que lo que se dijo para el fondo del Patronato de Protección a la Mujer, el ingreso de este pequeño fondo en el archivo se debió al rescate y concienciación de D. Luis Miguel MartÍnez-Gómez Simón. De entre toda la documentación destaca el libro registro de entradas y salidas en el "Hogar Serrano Suñer", sumamente interesante por su amplitud cronológica (hasta 1983) Y porque aparecen reseñadas las causas para el ingreso. Delegación Provincial de Educación Física y Deportes, Delegación Provincial de la Juventud y Delegación Provincial de la Sección Femenina Se trata de tres fondos típicos de la Administración franquista cuyo nexo de unión o principal conexión se debe a que tras la transición se convirtieron en el grueso de las funciones

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que dieron contenido al nuevo Ministerio de Cultura y por lo tanto, a sus servicios periféricos. Posteriormente, con las autonomías, a la Delegación Provincial de Educación y Cultura o Cultura, alternativamente. La Delegación Nacional de Educación Física y Deportes de F.E.T. y de las J.O.N.S. se creó por Decreto de 22 de febrero de 1941. En mayo de 1956 pasó a denominarse simplemente Delegación Nacional de Educación Física y Deportes adscrita a la Secretaría General del Movimiento, pero hasta 1970 (Decreto de 21 de agosto), no se crearon las Delegaciones Provinciales. Su organización data de 1974 (Orden de 21 de junio). Con la transición, en 1977, el Real Decreto-Ley de 1 de abril puso fin a lo que había sido el Movimiento Nacional con todas sus dependencias, pasando las Delegaciones Provinciales de Educación Física y Deportes a denominarse Delegaciones Provinciales de Deportes, dependiendo orgánicamente del Ministerio de Cultura y funcionalmente del Consejo Superior de Deportes. En 1978 de nuevo se produce un cambio en la estructura orgánica y funcional, al tiempo que se crean y regulan los Consejos Provinciales de Deportes como órganos consultivos y de participación de la administración local. A partir de 1982 comenzaron las transferencias en lnateria de deportes a las Comunidades Autónomas. La documentación conservada en el archivo consiste en 96 cajas correspondiente al período cronológico 1970-1987. Como se advertía en nota, está claro que la fecha final de la documentación pertenece incluso a documentación autonómica. Esto es debido a que la transferencia, no ordenada cronológicamente, abarcaba sin solución de continuidad, documentación tanto de la Delegación Provincial de Educación Física y Deportes (franquista), de la Delegación Provincial de Deporte ya dependiente del Ministerio de Cultura (administración central periférica) y de la Sección de Deportes de la Delegación Provincial de Educación y Cultura (autonómica). Teniendo claro que se trata de organismos diferentes, nos sirve para ver la evolución y al mismo tiempo la continuidad de las funciones desarrolladas por los tres. De cualquier manera hay material suficiente para el estudio de la evolución de la actividad y práctica deportiva en la provincia a lo largo de casi dos décadas. En cuanto a la Delegación Provincial de la Juventud hay que decir que el Movimiento, desde sus primeros momentos, siempre contó con un organismo destinado al encuadramiento de la Juventud, primeramente con el nombre de Delegación Nacional de Organizaciones Juveniles hasta 1940, Frente de Juventudes (1940-1970) Y finalmente Delegación Nacional de la Juventud (1970-1977). Ahora bien, en todos estos casos se trataba sólo y exclusivamente de la juventud masculina, para el encuadramiento de las mujeres jóvenes se crearía Sección Femenina transmisora de unos valores completamente diferentes de los masculinos. Con la creación del Frente de Juventudes (6 de diciembre de 1940), se pretendía la "educación política, física y deportiva, cultural, moral, social y religiosa" de la juventud española. Con este argumento se hizo con el monopolio del control sobre la docencia de las disciplinas de Educación Política, Física y Deportiva en la enseñanza secundaria y universitaria. El instrumento fue el Servicio Nacional de Instructores, funcionarios del Frente de Juventudes que impartían esas enseñanzas en los centros de bachillerato, gestionaban los centros propios de la Delegación (colegios menores, residencias, etc.) y servían de dirigentes en la organización juvenil.

Acerca de la Organización Sindical puede resultar de interés CALVO BÓVEDA, Rosa Ma y SERRANO MORALES, Riánsares: "La Organización Sindical en el Régimen de Franco. Fuentes Documentales del Archivo Histórico Provincial de Guadal aj ara", en El Franquismo: El Régimen y la Oposición: Actas de las IV Jornadas de CLM sobre Investigación en Archivos. JCCM y ANABAD CLM, Toledo, 2000.

477 Además, existía una organizaclon juvenil, llamada así (O.J.) durante los años de la guerra, luego Falanges Juveniles de Franco (1940-1960) Y en sus últimos años (1960-1977), Organización Juvenil Española (O.J.E.) dedicada, sobre todo, a actividades al aire libre. De la Delegación Nacional dependía también el Sindicato Español Universitario (SEU), un instrumento más de control de la vida universitaria, si bien es cierto que con algo más de autonomía. Los fondos conservados consisten en 39 cajas de documentación comprendida entre 1969 y 1978, perteneciente enteramente a la etapa de la Delegación Provincial de la Juventud. La información que recogen se refiere, sobre todo a actividades deportivas, campamentos, colegios, residencias. albergues, actividades llevadas a cabo por la O.J.E., concursos, cursos de formación en diversas disciplinas... En definitiva todas aquellas actividades propuestas por el régimen para la juventud como una forma de transmitir su concepción social e ideología política. En cuanto a la Sección Femenina, el primer estatuto de la Sección FelTIenina de Falange data de 1934, pero no será hasta 1937 cuando mediante el Decreto de unificación y creación de F.E.T. y de las J.O.N.S., la Sección Femenina alcance cierta entidad como servicio dentro del llamado Movimiento Nacional. Hasta los años 70 las funciones fundamentales estaban relacionadas con la propaganda política entre la juventud de sexo femenino, con la extensión en los medios rurales de la formación sobre la higiene, hogar o alimentación, la educación física y con el Servicio Social, todo ello encaminado a formar un ideal de mujer tradicional, ama de casa y madre de familia. Organizada en "regidurías", intentó adaptarse a la evolución que marcaban los nuevos tielTIpOS incorporando temas relacionados con el mundo laboral, derechos de la mujer, su promoción o formación universitaria, etc., pero sin abandonar hasta el final la ideología dominante. Este esfuerzo de actualización culminó a principios de la década de los setenta en que se redactó la "Norma Orgánica" (XXVI Consejo Nacional), que creaba una nueva estructura -sustituyendo las antiguas regidurías por departamentos- y cuya principal novedad fue la neutralización de la terminología falangista. En 1977, el Decreto-Ley de 1 de abril decretaba el desmantelamiento de la Sección Femenina, cuyas actividades y personal quedarían en su mayoría, incluidas en el Ministerio de Cultura (1978). En el archivo se cuenta con un total de 78 cajas de documentación para los años 1941-1984. Una vez más, se observa que las fechas rebasan con creces el año 1977 en que se desmantela toda la administración franquista, llegando incluso, a la época autonómica. Señalar que la imposibilidad de deslinde se debe a las propias características de la transferencia, aun cuando se es consciente de que existe una continuidad de funciones desempeñadas por instituciones diferentes, si bien con filosofías diferentes. Los documentos nos aportan información relativa sobre

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todo a la organización interna de la Sección Femenina (correspondencia, circulares, instrucciones, informes...), así como a las actividades por ella desarrolladas (Escuelas-Hogares, cursos de prolTIoción profesional de trabajadoras P.P.T., cursos de moda y confección, cursos de socorrismo, concursos de Coros y Danzas... ). Todos ellos fuente inestimable para conocer la realidad de la mujer durante el franquism0 47 . FONDOS DE LA ADMINSTRACIÓN LOCAL

Fondo histórico de El Bonillo En relación con los fondos relativos a la administración local destacaremos el depósito en noviembre de 1997, de la documentación histórica de El Bonillo. Una vez más, dicho ingreso se debió sobre todo a la sensibilidad y concienciación del entonces alcalde, o. Juan Gil Gutiérrez, apoyado por el pleno del Ayuntamiento, quienes conscientes del valor que aquellos documentos representaban se puso en contacto con el entonces Delegado Provincial de Cultura, D. Federico Pozuelo Rumbo y la directora del Archivo para proceder al depósito de la documentación. Por parte del archivo, aprovechando que se estaba elaborando el Censo Guía de los archivos de la provincia, se procedió a censar el fondo documental del municipio de El Bonillo con lo que se comprobó el extraordinario valor de los citados documentos, cuya acta de entrega se firmó finalmente, el 20 de noviembre de 1997. Tal documentación consiste en dos cajas de documentación comprendida entre 1532 y 1918 Y su valor radica tanto por su contenido, antigüedad y estado de conservación, como por su valor artístico y rareza. Aun cuando toda ella es de extraordinario valor no sólo para la historia de El Bonillo, sino también para la de la provincia de Albacete, destacan de entre ella, varios privilegios de los s.XVI y XVII -algunos de ellos delicadamente iluminados-, así COlTIO un volumen encuadernado conteniendo documentos de diferentes fechas relativos a la historia de El Bonillo y lo que resultó más excepcional y raro un incunable datado en 1485. Todos estos documentos han sido sobradamente difundidos a través de los medios de comunicación, así como mediante la publicación facsímil de algunos de ellos y su estudio histórico por parte del Instituto de Estudios Albacetenses, estudio en el que el Archivo Histórico Provincial ha colaborado aportando la transcripción de los documeritos 48 . De cualquier modo, no nos cansaremos de resaltar la encomiable labor de lTIunicipios como el de El Bonillo para quienes por enCilTIa del fetichismo hacia los documentos, ha primado el deseo de que sean objeto de una conservación idónea y al mismo tielTIpO se permita una mayor difusión, teniendo en cuenta que la titularidad de la documentación pertenecerá por siempre al municipio como así se estableció en el acta de entrega.

Fondo Municipal del Ayuntamiento de Albacete Aun cuando se trata de uno de los fondos de mayor relevancia dentro de los municipales, además de ser uno de los más conocidos y valorados por los investigadores, se está trabajando con él en varios aspectos.

Para el conocimiento en profundidad de estos fondos véanse: FLORES VARELA, Carlos: "Documentación para el estudio del primer franquismo en el Archivo Hist6rico Provincial de Toledo". JARAMILLO GUERREIRA, Miguel Ángel: "Fuentes documentales para el estudio del franquismo". LASO BALLESTEROS, Ángel: "Fondos documentales de las Instituciones Franquistas en el Archivo Histórico Provincial de Valladolid". PASCUAL GONZALO, Blanca R.: "Fondos documentales para el estudio del Franquismo en el Archivo Histórico Provincial de Albacete". SERRANO MOTA, Ma Almudena: "Fuentes documentales para el estudio del franquismo en el Archivo Histórico Provincial de Cuenca". Todos ellos en El FrallquislllO: El Régilnell y la Oposición: Actas de las IV Jornadas de CLM sobre Illvestigación en Archivos. JCCM y ANABAD CLM, Toledo, 2000.

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La referencia es V.V.A.A.: Privilegios de El Bonillo del s.XVI. Facsímiles, estudios y transcripciones y MENDOZA DÍAZ-MAROTO, Francisco y PRETEL MARÍN, Aurelio: Cuaderno de Alcabalas de 1484, ambos publicados por Instituto de Estudios Albacetenses, Diputación Provincial de Albacete, 200 l.

478 Aprovechando la actualización informatizada del inventario, se ha aprovechado para llevar a cabo la descripción e inclusión en el mismo instrumento de los libros contables, que como había ocurrido en otras secciones del archivo, se habían dejado al margen del resto del fondo y no se habían llegado a incluir en el inventario. ARCHIVOS PERSONALES

Dentro de los archivos personales, destacar por una parte, la donación al Archivo Histórico Provincial de Albacete de la documentación utilizada por D. Francisco Mendoza Díaz-Maroto para la realización de su tesis, por el momento todavía pendiente de organización y descripción. En su mayor parte consistente en apuntes, borradores y notas tomadas en su trabajo de campo. En segundo lugar, se ha recogido en este apartado parte de la documentación ingresada en el archivo con motivo del rescate realizado en el local abandonado del Teatro Circo hace algunos años. Lamentablemente, en el momento de llevar a cabo dicho rescate la documentación ya se encontraba muy diezmada y deteriorada habiendo desaparecido gran parte de ella, según nos consta por los testimonios de personas muy allegadas a los propietarios del Teatro. No obstante, de entre esos fondos que se lograron salvar, se ha conservado esta documentación no relacionada con ninguna de las empresas de D. Bienvenido Herreros, sino estrictamente personal. ARCHIVOS DE EMPRESAS

Como archivos de empresas aparece reseñada la documentación correspondiente a cada una de las empresas en que tuvo participación D. Bienvenido Herreros y que como ya hemos explicado aparecieron en el marasmo documental rescatado de entre las ruinas del edificio del Teatro Circo. Se trata de una documentación muy parcial pero que puede dar idea de la actividad de este empresario albaceteño tanto en el sector de la hostelería como en el mundo del espectáculo al tiempo que puede ayudar a conocer más en profundidad la actividad teatral y representaciones cinematográficas en Albacete desde principios de siglo. COLECCIONES

Colección documental de las Brigadas Internacionales Dentro de este apartado de colecciones, encontramos uno de los fondos más relevantes y característicos de este Archivo Histórico Provincial de Albacete, quizá por el que es más conocido a nivel internacional. Se ha considerado como colección por cuanto es documentación que no responde a la actividad de una institución en el desarrollo de sus funciones, sino al afán recopilador de todo

aquél material que tenga relación con las Brigadas Internacionales por parte de la Asociación de Amigos de las Brigadas Internacionales (A.A.B.I.) con sede en Madrid. De ahí se deriva el que se trate tanto de documentación original, como de copias en papel y microfilm, publicaciones de todo tipo, fotografías, videos, cassettes, etc. La documentación ingresó a raíz del convenio de depósito establecido entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la A.A.B.I., firmado ellO de julio de 1998. Posteriormente, se ha visto enriquecido y engrosado gracias a donaciones de particulares entre los que encontramos a Hans Landauer -brigadista austriaco-, Dolly West Shaer -hija de brigadista británico-, Pauline Fraser o Jane Larson. El fondo consiste en 461 libros, 25 cajas de dossieres informativos, 3 carpetas, 716 fotografías, 20 libros de documentación encuadernada, 2 cintas de cassette y 1 video. En cuanto a las posibilidades de investigación destaca el papel de Albacete en la Guerra Civil española como base de las Brigadas Internaciones, sanidad en guerra, participación de mujeres en las brigadas, atención y cuidado de los niños en la retaguardia, vida cotidiana, armamento, estrategia militar, biografías de brigadistas, etc. Incluso va más allá por cuanto la documentación no se limita al período de guerra sino que se prolonga a la actividad vital de los brigadistas pudiéndose estudiar la vida en los campos de concentración, la actividad antifascista en la II Guerra Mundial o el exili049 •

Colección de carteles Finalmente, decir que recientemente se ha llevado a cabo la descripción informatizada de parte de la colección de carteles existentes en el Archivo Histórico Provincial, unos 5.000 si contamos los duplicados. Como aparece reseñado en el cuadro de clasificación se trata de carteles de cine en su mayoría donados por el periodista y cinéfilo D. Jesús García Rodrigo; de diferentes espectáculos taurinos ingresados en el archivo mediante donación de los ayuntamientos con motivo de la celebración de sus fiestas patronales y de particulares, a los que se han añadido -guardando su procedencia- los existentes dentro del fondo del Gobierno Civil en la sección de autorización de espectáculos taurinos. Los de teatro, fiestas y otros espectáculos proceden todos ellos de donaciones, ya sea por parte de las instituciones organizadoras o de particulares. Ni que decir tiene que aparte de su mayor o menor valor artístico o estético, a través de la colección se pueden seguir cada una de estas actividades a lo largo del siglo pasado y no sólo en Albacete capital, sino en la provincia, particularmente en el caso de los espectáculos taurinos.

CONCLUSIÓN Aun cuando somos conscientes de que cualquier fondo, por trabajado que haya sido, siempre es susceptible de diferentes interrogaciones según el interés particular y la óptica de cada investigador, con esta prolija descripción se ha querido dar a conocer el resultado de algunos de los trabajos de identificación, estudio institucional, organización y descripción llevados a cabo por el archivo en los último años y que esperamos contribuyan a un mayor conocimiento en profundidad de los fondos por él custodiados, así como de las instituciones que los

produjeron y que anteriormente podían pasar desapercibidos bajo descripciones genéricas. Por otra parte, señalar el extraordinario increnlento de fondos experimentado en los últimos años, muy particularmente, en lo tocante a fondos judiciales y catastrales, incremento, que sin embargo y lamentablemente, no se ha visto correspondido con la percepción de una mayor valoración de los archivos por parte de las instituciones productoras 5o . En general, las transferencias, cuando así se pueden llamar,

49

No obstante, para más información, véase PASCUAL GONZALO, Blanca: "Voluntarios de la libertad. Fondos documentales para el estudio de la lucha antifascista en el Archivo Histórico Provincial de Albacete" en El Franquismo: el Régimen y la oposición. Actas de las IV Jornadas de Castilla-La Mancha sobre investigación en archivos, JCCM y ANABAD Castilla-La Mancha, Toledo, 2000.

50

Salvando algunas honrosas excepciones y destacando, por el contrario, el interés mostrado por numerosos particulares que han demostrado su sensibilización y concienciación mediante la realización de numerosas donaciones.

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se siguen haciendo de forma irregular y formalmente, de manera casi inadmisible. No obstante, a pesar de la carencia de medios personales y materiales que caracterizan a estas instituciones, se han rescatado grandes volúmenes documentales, salvándolos de su segura pérdida y/o destrucción.

En definitiva, se ha llevado a cabo un gran esfuerzo que queríamos dar a conocer, esperando que con ello se abran nuevas posibilidades de investigación.

BIBLIOGRAFÍA Archivo Histórico Provincial (tríptico). Publicado por la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Delegación Provincial de Albacete. Albacete, 1999. Los Archivos Históricos Provinciales de Castilla-La Mancha. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Toledo, 2001. GENERELO LANASPA, Juan José: "Fuentes para la investigación en los Archivos Históricos Provinciales", en La investigación y las fuentes documentales de los archivos. ANABAD CLM. Guadalajara, 1996. LA TORRE MERINO, José Luis: "Fuentes para el estudio de la historia contemporánea: El Archivo General de la Administración", en La investigación y las fuentes documentales

de los archivos. ANABAD CLM. Guadalajara, 1996. MADSEN VISIEDO, Christian: "Los Archivos Histórico Provinciales de Castilla-La Mancha", en La investigación y las fuentes documentales de los archivos. ANABAD CLM. Guadalajara, 1996. RODRÍGUEZ CLAVEL, José Ramón: "Los archivos de Diputaciones Provinciales. Fuentes documentales e investigación", en La investigación y las fuentes doculnentales de los archivos. ANABAD CLM. Guadalajara, 1996. SERRANO MORALES, Riánsares: "El Archivo Histórico Provincial de Guadalajara. Historia y fondos documentales que custodia", en La investigación y las fuentes documentales de los archivos. ANABAD CLM. Guadalajara, 1996.

ALBACETE ¿CIUDAD DE MUSEOS? Juan RAMÍREZ DE LUCAS

PREÁMBULO Aún siendo Albacete la capital de la Comunidad de CastillaLa Mancha de lnayor población (más de 130.000 habitantes), la de más potencial económico y la de mejores perspectivas de progreso de futuro, es la menos atractiva en cuanto a monumentos y reliquias del pasado se refiere. Descartando a Toledo y a Cuenca (los dos emporios artístico-monumentales "Patrimonio de la Humanidad" ambas), Albacete ni siquiera puede compararse con las otras dos capitales restantes: Ciudad Real y Guadalajara que la superan en presencias artísticas del pasado. Poco tenía de monumental Albacete, pero ese poco se fue estúpidamente destruyendo entre la indiferencia de la población, en unos años recientes en los que el interés por la conservación del Patrimonio Artístico-Cultural era casi nulo. Entre esos edificios desaparecidos se encontraban los conventos de San Agustín, de San Francisco, de la Encarnación, de las Justinianas... Palacios como los de los Condes de Pino-Hermoso y casas palaciegas renacentistas o barrocas en las calles Mayor, Gaona, Rosario, Martínez Villena... Posadas como la de la Estrella y numerosas Ermitas, todas ellas desaparecidas. Albacete llegó a la primera mitad del siglo XX casi sin ninguno de sus vestigios antiguos, excepto su templo-catedral de San Juan, la lnansión Casa Perona, en la calle de La Feria, y la Posada del Rosario. Y con sólo un incipiente Museo Provincial instalado en los bajos de la Diputación y nutrido principalmente con los fondos arqueológicos obtenidos en las excavaciones realizadas por el entusiasta don Joaquín SánchezJiménez en diversos lugares de la provincia. Hasta años muy recientes Albacete (1978), no contó con un verdadero museo, el construido en el Parque de Abelardo Sánchez según el proyecto del arquitecto Antonio Escario, museo fundamentalmente arqueológico aunque también cuente con importante legado

pictórico efectuado por el pintor albaceteño Benjamín Palencia y muestras de otros pintores. Con la casi absoluta carencia monumental señalada, ya se comprende que Albacete no puede, no ya competir, ni siquiera poder compararse, con las otras capitales manchegas. ¿Tiene, por ello, que resignarse a tan lamentable pobreza? Estimamos que la única forma de que la importancia capitalina albaceteña sea competitiva es con la creacción de museos; instituciones del mayor prestigio, centros vivos de cultura y de arte y de investigación, y atractivo permanente para estudiosos, visitantes y turistas. ¿Pero tiene Albacete materias suficientes para formar otros lnuseos? Estimamos que sí y a continuación se enumeran los aspectos locales que podrían dar vida a las futuras instituciones museísticas, además de lo ya existente. l.-MUSEO PROVINCIAL en el Parque de Abelardo Sánchez (en funcionalniento). 2.-MUSEO DEL ALTOZANO (antiguo Ayuntamiento). 3.-MUSEü DE LA CIUDAD (posada del Rosario). 4.-MUSEü DE LA NAVAJA Y DE LA CUCHILLERÍA. 5.-MUSEO DE LA TAUROMAQUIA ALBACETEÑA. 6.-MUSEO DE LA FERIA. 7.-MUSEO DEL TEATRO. 8.-MUSEO DE ARTE CONTAMPORÁNEO. 9.-MUSEO DEL NIÑO. Albacete puede -y debe- contar en el futuro con un número de Museos igual al número de las Musas clásicas: nueve en total. Los Museos es la única posibilidad con la que Albacete podría compararse culturalmente con las otras capitales de Castilla-La Mancha y con otras ciudades cercanas, como Murcia, que actualmente tiene en activo once museos de temas muy diversos.

l.-MUSEO PROVINCIAL, EN EL PARQUE DE ABELARDO SÁNCHEZ El primer gran Museo construido en Albacete, grande no sólo por sus colecciones arqueológicas, también por la arquitectura con la que fue concebido, de gran originalidad de diseño y constantes efectos espaciales de espectaculares perspectivas. A esta obra del arquitecto Antonio Escario sólo se le puede señalar el inconveniente de su localización, que supuso merma de la superficie del Parque, el más extenso y el más antiguo de los espacios verdes albaceteños ("'Pinar bien plantado" dijo de él Miguel de Unalnuno). Aunque no se puede achacar al arquitecto la localización del Museo. Con respeto para la población arbórea existente, se creó un envolvente a varios niveles en los que tuvo cabida las importantes colecciones de restos arqueológicos, especiahnente abundantes las de las épocas de las culturas ibéricas y romana, que cada año se siguen incrementando con los resultados de las nuevas excavaciones provinciales. En este Museo también está representada con acierto la obra pictórica de Benjamín Palencia (1894-1980) que donó en vida extensa colección de sus obras de pintura y de dibujo, permitiendo con ello que pueda conocerse la creatividad de Palencia en todas sus épocas y las principales tendencias por las que pasó. Hasta la fecha es el mejor lugar existente para poder conocer y estudiar en conjunto la obra de este pintor tan creativo.

Como es sabido, el Museo Provincial tuvo su cOlnienzo gracias a la iniciativa del investigador Joaquín Sánchez-Jilnénez promotor de excavaciones arqueológicas y gran erudito de formación autodidacta, que en años anteriores había implantado en la Diputación Provincial el germen de lo que después sería gozosa realidad. A la gestión de su actual directora, la arqueóloga Rubí Sanz Gamo, se debe que los sótanos del Museo hayan sido acondicionados recientemente con instalaciones permanentes de carácter museístico, lo cual ha ampliado de manera muy considerable las zonas de exposición que permiten contemplar en buenas condiciones muchas de las piezas que antes se encontraban ocultas en los ahnacenes. Por su especial situación en el Parque, el Museo Provincial no tiene posibilidad de ser ampliado y como es de suponer que sus colecciones arqueológicas sigan creciendo en el futuro con el producto de las sucesivas campañas de excavación, la única solución que consideramos factible sería dejar el edificio actual sólo para albergar la Arqueología pasando sus fondos pictóricos, tanto los de Benjamín Palencia como los de los otros pintores representados a un Museo específicamente de pintura moderna, que tan indispensable se hace ya para la cultura de Albacete y sus numerosos pintores actuales.

482

2.-MUSEO DEL ALTOZANO En lo que puede considerarse como el principal centro urbano de Albacete, en la Plaza del Altozano, subsiste uno de los edificios más representativos de la ciudad, el antiguo Ayuntamiento, de curiosa arquitectura eclética de finales del siglo XIX. La mala calidad de la mayor parte de la construcción (tapial en las paredes y viguería de madera) lo habían llevado a un principio de ruina cada año más acusada. Con la construcción de la nueva Casa Consistorial, en la plaza de la Catedral, el viejo Ayuntamiento hubiese acabado por desaparecer en su ruina inminente si durante el mandato del Alcalde D. José Jerez Colino no se hubiese tomado la decisión de proceder a su restauración, rehabilitación y ampliación del viejo edificio. El destino al que se dedicaba era el de albergar las colecciones de Arte Popular conjuntadas por todo el mundo por el escritor, nacido en Albacete, Juan Ramírez de Lucas, que cedía más de catorce mil piezas para dichos fines museísticos. Aunque ya son bastantes los años que esas piezas están depositadas en los almacenes del Museo del Altozano, aún no se ha procedido a su instalación museística definitiva, aunque sí se han hecho numerosas exposiciones temáticas temporales, tanto en Albacete como en otras ciudades (Toledo, Madrid, Ciudad Real...).

La importancia de este Museo de Arte Popular estriba en que sus colecciones son únicas en España y abarcan todos los aspectos en los que se desarrollan las artes populares actuales: cestería, cerámica, forja, indumentaria, talla, pintura, orfebrería, juguetes, máscaras, música, teatro, estampería, arte religioso... No teniendo cabida en ellas todo lo que se consideren antigüedades, pues el propósito fundamental fue el conjuntar piezas realizadas en nuestros días: segunda mitad del siglo XX. En realidad, el Museo del Altozano tiene una doble función, la ya señalada de ser la sede del Museo de Arte Popular, de carácter internacional, y la de albergar las Salas Municipales de Exposiciones, para las que están habilitadas las dependencias del piso bajo del edificio. Hasta la fecha, han sido más utilizadas las posibilidades de exposiciones temporales de variado carácter del Museo del Altozano, en espera de la instalación definitiva de las colecciones de Arte Popular, finalidad para la que el edificio del viejo Ayuntamiento fue destinado. Por muchas exposiciones y muy buenas que en Albacete se hagan, su Museo del Altozano no trascenderá del ámbito local. Con el Museo de Arte Popular -único en España- sí que el nombre de Albacete figurará entre las ciudades de personalidad destacada.

3.-MUSEO DE LA CIUDAD El único vestigio de la arquitectura civil de los siglos XVIXVII que queda en Albacete es la antigua Posada del Rosario, en la calle del Tinte con vuelta a la del Rosario. Milagrosamente ha llegado hasta nuestros días, aunque no dejan de oirse algunas voces irresponsables de que más habría valido su derribo. Típica construcción de modelo toledano, con patio central y galería-corredor con barandillas de madera a la que se abren las respectivas estancias. Después de muchos años de ruina cada vez más acentuada, se procedió a su restauración y embellecimiento de una de sus fachadas al colocar en ella la portada pétrea de la llamada "Casa de los Picos", procedente de una casa palaciega derribada en la calle Gaona. Restauración, en algún aspecto nada afortunada, con la presencia de materiales constructivos modernos no adecuados a la cronología del edificio, tales como barandillas de acero inoxidable en el patio yen otros lugares de acceso. La Posada se salvó, pero podría haberse hecho con más respeto a su estilo arquitectónico peculiar. Aunque en realidad, los materiales no apropiados son fácilmente -y necesariamente- de urgente sustitución por los que corresponden al edificio. En la actualidad, la Posada del Rosario está provisionalmente ocupada por la Biblioteca Pública, que está previsto se

traslade a la que se ultima en el Depósito del Agua situado en la Calle del Sol, que desde hace tiempo se acondiciona para tal fin. Para que el museo de la ciudad pueda tener mayor efectividad hay que pensar en la necesidad de cubrir el patio con montera de cristal (tal como se hizo en el Centro Cultural de La Asunción) lo que permitiría suavizar los extremos rigores climáticos albaceteños, al mismo tiempo que se ampliaría la superficie expositiva. En este Museo Municipal de la ciudad estarán reunidos todos los aspectos que hagan referencia al devenir de los siglos que han conformado la ciudad actual, materializado en documentos, mapas, maquetas, dibujos, pinturas, estampería, esculturas, mobiliario, periódicos y fotografías... que de una u otra forma estén relacionados con la historia albaceteña. La finalidad principal es que el visitante pueda tener idea lo más completa posible de lo que principalmente sucedió desde que Albacete era un caserío en la llanura dependiente de la ciudad de Chinchilla, hasta que llegó, en el siglo XX, a ser la más populosa de las poblaciones de Castilla-La Mancha. Museo esencialmente didáctico, con textos explicativos, que permitan al visitante en su recolTido conocer el contenido de esa "maestra de la vida" a la que se llama Historia, referida a la capital albaceteña.

4.-MUSEO DE LA NAVAJA Y DE LA CUCHILLERÍA Si existe un objeto que él sólo pueda simbolizar la ciudad de Albacete, éste es la navaja, con su variedad de formas, alguna de ellas característicamente peculiar y que aún siguen realizándose en la actualidad, aunque sus procedimientos de fabricación ya no sean los exclusivamente artesanales que le dieron fama en toda España. Fama que tiene su reflejo literario en el libro de poemas de Federico García Larca "Romancero Gitano", cuando escribe: "En la mitad del camino, las navajas de Albacete..." Tal vez recuerdo del viajero que se despertaba adormilado en los trenes de la madrugada, cuando un hombre con arsenal de navajas repartidas por la cintura, musitaba: "Navajitas, cuchillitos".

y era precisamente, en la "mitad del camino" de Madrid a Valencia, en Albacete. La industria cuchillera albaceteña actual ya no está tan sólo polarizada en las navajas, sino que ha desplegado una diversificada actividad que alcanza a todos los aspectos relacionados con el servicio de la mesa, con fama internacional que llega a los más lejanos países, en los que pueden encontrarse cuberterías con la marca grabada de las diferentes factorías junto al internacional "Made in Albacete". Toda esta actividad, tanto la histórica, como la de la industria actual, bien merece ser recogida con la atención y el cuidado a que se ha hecho acreedora. Y para ello, nada mejor que

483 un museo, que a su vez pudiera ser exposición y venta directa al público de todo lo relacionado con la navaja antigua y la cuchillería actual. ¿Lugar de localización de este Museo de la Navaja? Las posibilidades son varias, pero estimamos que la solución tal vez más factible e inmediata podría ser el acondicionamiento de forma permanente de los salones situados en la parte superior del círculo interior del edificio de La Feria, en donde todos

los años se realizan exposiciones de cuchillería coincidiendo con las fiestas de Septiembre. Con las ampliaciones que fuesen necesarias, con la instalación museística apropiada, se podría conseguir este Museo tan útil y específicamente albaceteño. Al mismo tiempo que se daría utilidad diaria a un edificio tan singular que permanece cerrado la mayor parte del año.

S.-MUSEO DE LA TAUROMAQUIA ALBACETEÑA De sielnpre ha existido una estrecha vinculación entre Albacete y la fiesta taurina, no sólo por lo excepcional de sus carteles septembrinos, que convierten a Albacete en una de las ciudades de España de mayor y mejor número de corridas con la actuación de los principales "maestros" del momento. También, y principalmente, esa vinculación viene dada por los grandes toreros que han surgido en estas tierras, algunos de los cuales figuran en el escalafón de las más grandes figuras recientes a escala nacional, tales como Juan Montero, Pedrés, Chicuelo ll, Amador, Rafi de la Viña, Manuel Caballero... y la extensa nómina de los novilleros surgidos en los últimos años, cantera inagotable. Contando con esta excelente materia prima local ¿no es derroche nada práctico no sacarle la mayor rentabilidad posible? Albacete puede -y debe- contar con su correspondiente Museo Taurino, que al mismo tiempo que destacaba la importancia de sus "glorias" locales permite darle a la ciudad la oportunidad de contar con instalación museística que sea a la vez curiosa y atractiva. Lo mismo que se ha hecho en Madrid y en otras varias ciudades, el lugar idóneo para un Museo de la Tauromaquia es la

propia Plaza de Toros, que en el caso de Albacete está tan bien situada y con la suficiente personalidad arquitectónica para considerarla dentro de la categoría monumental. Con la creacción de este Museo se le daría vida permanente al edificio, el cual podría visitarse en cualquier día del año y sin tener que esperar a que en él se celebrasen los festejos taurinos. Albacete debe sacar partido de lo que tiene y potenciarlo de la forma máxima posible. El lugar de la exposición museística permanente serían los corredores de la planta baja que circundan los accesos al redondel. Con las vitrinas correspondientes apoyadas en el muro y dentro de ellas todos los objetos relacionados con la tauromaquia local: retratos de los más famosos matadores, sus trajes de luces, capotes de paseo, banderillas de lujo, carteles de las corridas, trofeos ganados en las diferentes plazas, fotografías de los éxitos y de los percances sufridos, informaciones sobre las ganaderías albaceteñas, cabezas disecadas de toros... En el Museo Taurino incluso podría contemplarse a los aprendices de toreo que se entrenan en el ruedo como alumnos de la escuela de tauromaquia local.

6.-MUSEO DEL TEATRO Después de años de abandono y de saqueo de sus instalaciones, que hacían temer su desaparición total, el Teatro Circo albaceteño resucita de sus cenizas con mayor prestancia y categoría arquitectónica que nunca tuvo. Y una manera de acrecentar más su importancia es dotándolo de las actividades que complementen las suyas específicas, teatrales, musicales, circenses y culturales en general. Conocidas son las fechas más importantes de la vida del Teatro Circo, su inauguración en 1887, su arquitecto, sus promotores, etc. Hasta 1919 el local funcionó tanto como teatro, como circo y en este año se reformó adoptando la forma de herradura o "a la italiana", más tarde se acondicionó para las proyecciones cinematográficas. La reforma actual, aún en marcha, resucitará la vieja fórmula de teatro y de circo, que lo convertirá seguramente en el único en su género en España, después de la incomprensible demolición del Teatro-Circo Price de Madrid. El nuevo Teatro-Circo albaceteño será de categoría muy superior a la que nunca tuvo y por ello es por lo que se sugiere que sus actividades teatrales podrían estar completadas con

la creacción del Museo del Teatro, instalado en sus corredores, vestíbulos y salas de uso común, en donde durante los descansos de las representaciones se podría conocer la historia que la actividad teatral ha tenido en la ciudad durante más de un siglo. Carteles, programas, fotografías de artistas, bocetos de decorados y de vestuario, planos antiguos, maquetas, noticias de sus principales efemérides (Miguel de Unamuno fue Mantenedor de los «Juegos Florales a principios de los años 30»), mítines políticos... El Museo del Teatro no lo sería tan sólo de la sala TeatroCirco, abarcaría información de todas las salas teatrales que han existido, o aún existen en Albacete: Teatro Cervantes, Salón Liceo, (el único que funcionaba durante los años 1866 a 1871). Y los más recientes del Capitol, Carlos 111, y el último de todos, el Teatro de La Paz. Como puede comprobarse, la historia teatral de Albacete es más extensa y variada de lo que pudiera suponerse, el recogerla en las dependencias del nuevo Teatro-Circo será fuente curiosa de información e instalación cultural importante en el panorama albaceteño.

7.-MUSEO DE LA FERIA La singularidad arquitectónica e histórica de Albacete más destacable tal vez sea su edificio de La Feria, que constituye un caso único entre las ciudades que de antiguo celebran este tipo de fiestas y mercados. En 1783 se inauguraba el recinto que aún subsiste, aunque algunas de sus posteriores reformas alterasen y desvirtuasen su original carácter inicial, tan peculiar. El arquitecto Josef Ximenez trazó el edificio con curiosa

planta recordando una "sartén", a la que en años posteriores se le fueron añadiendo otras edificaciones complementarias, como el kiosko "modernista" del centro del "redondel", y otros pabellones de ampliación que no han logrado quitarle del todo su inicial trazado, aún reconocible. y este extraordinario edificio resulta que apenas es utilizado fuera del mes de septiembre. Algún certamen agrícola o de

484 carácter industrial, lo ocupa algunos días de algunos años, los Festivales de España montan allí su escenario unos días de agosto. Y muy poco más, cuando podría ser la Feria atracción permanente de curiosos, de escolares y lugar visitable para el viajero turista que siempre desea conocer lo interesante de cada lugar. ¿Forma de conseguirlo? Con la instalación dentro de su recinto del Museo de la Feria, con alusión a su historia, los pleitos con el Convento de los Franciscanos de Los Llanos, junto a la ermita de la Patrona, origen de la Feria; su posterior traslado definitivo a la ciudad, la construcción del recinto ferial, sus sucesivas transformaciones... De todo ello existe la suficiente documentación para poder ser exhibida permanentemente, con el acompañamiento de la colección de carteles feriales (algunos de ellos

de importantes pintores), de la gran cantidad de fotografías de cada año, de la importancia que tuvo su mercado caballar y mular (en la famosa "Cuerda") sólo comparable con las mejores ferias de España. La localización del Museo debe ser dentro del edificio, en la zona que se considere más apropiada, la cual podría ser los dos pabellones existentes en la entrada del ("rabo de la sartén") junto a la Puerta de Hierro principal. Los dos pabellones sólo habría que adecuarlos a su nueva función museística, celTando los soportales y realizando la correspondiente instalación interior. Este Museo de la Feria sería complemento del de la Navaja y la Cuchillería, que también sugiere sea llevado al espacio ferial. Con ello se conseguiría que fuese rentable todo el año el más original de los edificios albacetenses y que su nómina de Museos se consolidase.

S.-MUSEO DE ARTE CONTEMPORÁNEO Hasta años muy recientes no podría asegurarse que en Albacete hubiesen florecido pintores de proyección nacional relevantes. El primero de ellos, indiscutible, Benjamín Palencia (Barrax 1900-Madrid 1980) autodidacta que supo asimilar las principales tendencias estéticas del siglo XX consiguiendo en todas ellas acentos propios memorables. La vida artística de Palencia transcurrió en Madrid, por lo que no puede decirse que influyese personalmente en la gran eclosión pictórica que se produjo en Albacete a partir de los años 50-60, en la que surgieron artistas de la pintura en todas sus modalidades, que siguen en activo con creciente valoración cada año. Con predominio de las tendencias figurativo-realistas, ello se complementa con la aportación de otros pintores de filiación abstracta, entre los que se encuentra la gran personalidad de Alfonso Quijada (Valdeganga 1937-Albacete 1994) cuya obra aún no ha sido reconocida en la excelsitud que se merece. y entre estos dos extremos: Palencia-Quijada, se expande una pléyade de pintores de gran calidad y con acento propio tan acusado que no puede decirse que formen "escuela local" de ningún género. Ellos son los pintores "en" Albacete, porque sus acentos son universales y nada localistas. Y son de tal importancia que bien merecen estar todos reunidos en el

Museo que les corresponde. Y'que antes o después habrá que llevar a cabo, para satisfacción de todos. A la obra de los pintores albacetenses hay que añadir las aportaciones que las Bienales de Pintura de Albacete han ido sumando desde el año 1986 en el que se celebró la primera patrocinada por el Excmo. Ayuntamiento. Entre todo lo reunido desde entonces, la cantidad y la calidad es considerable. El problema es el del espacio ¿En dónde se podrían reunir todos estos artistas en las condiciones que precisa una instalación didáctica adecuada? Se perdió la gran oportunidad de la Fábrica de Harinas Fontecha, con sus instalaciones fabriles intactas que podrían haber albergado un Museo pictórico y de arqueología industrial de grandísima personalidad y con pocos problemas de adaptación. La desidia oficial permitió que aquel lugar único en su género fuese saqueado y desmantelado con impunidad. Ahora parece que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha va a restaurar lo que quedó en pie, y que allí podría estar el Museo pictórico. Otra posible solución, tal vez mejor, sería la restauración y adaptación de edificio histórico-artístico. El único que queda ya disponible es el de Casa Perona, en la calle de la Feria. Sería un buen acomodo para el Arte Contemporáneo Albacetense.

9.-MUSEO INFANTIL O DEL NIÑO Para completar el número de las Musas, que nos habíamos propuesto al diseñar la necesaria dotación museística albacetense, se nos ocurre como el nueve final el Museo de los Niños, en donde la población infantil tuviese lugar permanente de entretenimiento y práctica de sus aptitudes pictóricas y manuales en general. De sobra es conocida la facilidad y el encanto de que son capaces los niños con cualquier clase de pinturas en las manos. Es predisposición natural que se pierde, gene-ralmente, con el paso de los años al alcanzar la adolescencia. El museo que se propone sería de acceso libre y de enseñanza gratuita. En él se dejaría al niño que crease con entera libertad. Y de toda esa posible obra se iría seleccionando lo que se considere mejor y más original que sería lo que pasase a

constituir los fondos permanentes a exibir en el Museo del Niño. Las pinturas se complementarían con otras secciones de modelado, cerámica, confección de máscaras, "collages"... pues en todas estas modalidades se manifiesta, también la libertad creativa innata en la infancia. Ya existe, en un centro escolar de Albacete, un inicio de Museo del Niño el cual podría servir de pauta para la creacción del definitivo, con sede en alguno de los Centros Culturales de barriada de reciente creación. El mundo de la infancia es un estado anímico de gran riqueza que la mayoría de los casos se deja perder, sin obtener de él la gran variedad de frutos seguros a los que puede dar lugar.

RESUMEN En estas nueve sugerencias presentadas para el equipamiento museístico de Albacete somos conscientes de sus dificultades para una posible realización, aunque todas ellas

son factibles. ¿Acaso sólo es soñar? Pero "lo mejor de los sueños es que alguna vez pueden realizarse" como bien dijo el arquitecto Le Corbusier.

PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO Y ESPACIOS NATURALES DE ALBACETE EN PELIGRO ANTE LAS CENTRALES EÓLICAS1 Jesús MARTÍNEZ-MORATALLA Luis PIQUERAS Pedro A. SERRANO

INTRODUCCIÓN El hecho de ver iniciar las obras de construcción de una central eólica en La Muela de Tortosilla en Alpera (Albacete) en el entorno de un importante núcleo de Arte Rupestre Levantino, nos llevó a realizar este trabajo para dar a conocer esta situación, que consideramos una grave agresión al Patrimonio Histórico. El increluento de la actividad industrial en el planeta y el aumento de la eluisión de gases contaminantes están produciendo efectos perniciosos en la atmósfera y en la superficie terrestre, con la consiguiente repercusión para el medio ambiente y los organismos vivos. Esta realidad ha llamado la atención internacional y así, en durante el convenio de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático en Kioto (Japón), se adoptó un protocolo internacional en el que se propuso la reducción global de la emisión de gases de efecto invernadero, idea que se pretendió reforzar, en la cUlubre de La Haya, celebrada en noviembre de con normas y medidas que conllevaran a un menor consumo energético.

1997,

2000,

De acuerdo con estas tendencias, en España ha adquirido un auge deslnedido la implantación de centrales eólicas, que no emiten gases contaminantes a la atmósfera, pero que, al construirse en determinados espacios de importancia cultural, naturalo paisajística, sí pueden contaminar visual y acústicamente estos lugares, alterando el paisaje y el entorno de los mismos. Así, hemos podido cOluprobar que en las proximidades de los yacimientos de Atapuerca (Burgos) se desestimó la instalación de una de estas centrales, ante la inclusión de los lnismos en la 1ista de Patrimonio Mundial. Posteriormente, fueron l. reconocidos como Patrin10nio de la Humanidad, en No ocurrió lo mismo con la central eólica de La Muela de Tortosilla, que ha sido autorizada y construida en el entorno de un importante núcleo de yacimientos prehistóricos y de un conjunto rupestre que, meses antes, había sido declarado Patrilnonio de la Humanidad por la UNESCO

200

(2-XII-1998).

RESEÑA HISTÓRICA

1910,

En Pascual Serrano descubre en Alpera, en el cerro de El Bosque, la Cueva de La Vieja o del Venado e, inmediatamente después, la Cueva del Queso, documentándose ambas en por el abate Henri Breuil Y en por Cabré Ese año Breuil publica un nuevo hallazgo en el mismo entorno: Los Carasoles del Bosque I y 11 (3). Otros autores, de los cuales citaremos los más actuales, se han ocupado posteriormente del Arte Rupestre Levantino desde una perspectiva regional (Hernández Pérez, (4) o global (Beltrán Martínez, En palabras de dos reconocidos expertos del Arte Rupestre, como son Anna Alonso y Alexandre Grimal, en el libro "Introducción al Arte Levantino a través de una estación singular: La cueva de La Vieja"(6): "Aquel (el descubrimiento de la Cueva de la Vieja) fue un hallazgo excepcionahnente iJl1portante por /nuchos aspectos. El prÍ/nero, por el contenido; se identificaban anim.ales de distintas especies (toros, cabras, ciervos), representaciones fe111eninas y, especial11zente, honlbres provistos de arcos que invadían todo el friso rocoso y que parecían relacionarse escénicanlente entre sí y con los anhnales. El segundo, que queda apuntado en cierta 111anera, era el,Iú11Iero tan relevante de figuras que aparecían, pues se acercaban al centenal; frente a las lbnitadas pinturas aparecidas en los yaciInientos turolense y catalán. El tercer aspecto que presentó la cueva alperina .fue el del estado de conservación de sus Í/nágenes y las características que Inostraban. En efecto, aunque el tiempo había hecho /nella en alguna de ellas, la Inayoría eran peifectamente visibles en aquella coloración roja tan especia!.

1912

(1),

1998) (5).

1

1995)

1915

(2).

Esta circunstancia de su aceptable conservaClon, la hemos podido cOlnprobar en cierta fonna, pues nos ha sido verificada por los ancianos del lugar, quienes recordaban identificar las pinturas bastante antes de llegar a la propia cavidad. A todos aquellos valores que aportaba la Cueva de la Vieja se le debía aFiadir uno 111ás, iguabnente Í/nportante, y es que a apenas 50 o 60 11Ietros de aquellas, se descubrió la Cueva del Queso, con varias docenas de Inotivos -y algo 11Iás lejos, los Abrigos de los Carasoles, uno de ellos con elenzentos figurativos selnejantes a los de la Vieja- y a los cuales se hlC01]JOrÓ poco tielnpo después una nueva estación en el ténnino fronterizo de Ayora (Valencia), la Cueva de Tortosilla. Todos estos yacbnientos en torno a la Cueva de la Vieja confinnaban, por prinzera vez, que los investigadores se hallaban ante un auténtico núcleo de arte rupestre, con las Í/nportantes ünplicaciones que ello conllevaba, pues a partir de dicha verificación se produce un decidido interés por estas expresiones artísticas, a la vez que se elnpiezan a fonnar los prÍ/neros especialistas. Los resultados de la investigación que se llevaron a cabo en la cueva albacetense serían publicados con sUlna celeridad, en 1912. Fueron unos trabajos excelentes para su InOlnento, que tuvieron, ade111ás, una difusión internacional, al ser publicados en una de las revistas francesas de Inás prestigio científico. El cuidado con que se elaboró la parte gráfica, pern1itió que sus Í/nágenes y el desarrollo general del fi~iso se hayan inco/porado a todos los nlanuales de Prehistoria y a las obras de carácter general sobre el arte prehistórico".

Este trabajo es el resultado de dos comunicaciones, independientes, de los mismos autores, presentadas en el 1I Congreso de Historia de Albacete. Una de ellas, titulada "Energía Eólica y yacilnientos arqueológicos", fue aceptada, y expuesta en el Museo de Albacete, sede de la Sección de Arqueología de dicho Congreso, pero posteriormente el Comité Científico creyó más adecuado presentarlas ambas refundidas en un solo trabajo, en esta Sección de Historia Contemporánea.

486

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Figura 1. Panel de La Cueva de la Vieja (Según A. Alonso y A. Grimal). El conjunto de dibujos de este abrigo es, posiblemente, el más importante de España, tanto por el número de figuras, como por la variedad y calidad de las mismas: arqueros, chamanes, escenas de caza, animales, mujeres y símbolos.

El reconocimiento de la Cueva de La Vieja como documento prehistórico fue ratificado en 1924, año en que fue declarado Monumento Histórico Artístico Nacional. En 1979 José Aparicio Pérez (7) hace un estudio en el Barranco de la Arena, en el entorno de La Muela de Tortosilla, donde descubre un yacimiento arqueológico epipaleolítico con gran cantidad de utillaje lítico (8), informando, además, que no encontraron los abrigos de los Carasoles del Bosque, descritos en el año 1915 por Henri Breuil. Posteriormente se han seguido descubriendo nuevos abrigos, como los Rincones de la Ortina (ya en el vecino término valenciano de Ayora), comunicados por Alonso y Grimal en 1990 a la Consellería de Cultura de la Generalitat Valenciana y se siguen informando nuevos redescubrimientos, como los propios Carasoles del Bosque I o La Fuente de la Arena I y los Carasoles del Bosque 11 o La Fuente de la Arena 11, ambos en el Barranco de la Arena, también dentro del núcleo del ceno de El Bosque, registrados en el Inventario de Arte Rupestre de la provincia de Albacete, encargado por la Consejería de Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (JCCM) a Anna Alonso y Alexandre Grimal. Estos investigadores, una vez concluido su trabajo, en 1987, entregaron en Toledo tres copias a D. Diego Peris, representante de la JCCM, para la propia Junta, para el Ministerio de Cultura, y para el Museo de Albacete.

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Figura 2. Uno de los arqueros representados en la Cueva de La Vieja. Según calco de Alonso y Grima!.

El conjunto parietal lo compone un grupo de ocho abrigos: la Cueva de La Vieja o del Venado (1), la Cueva del Queso (1), la Cueva de las Cruces (9 y 10), la Cueva Negra (2), Los Carasoles del Bosque I o Fuente de la Arena I (3) YLos Cal'asoles del Bosque 11 o Fuente de la Arena 11 (3) en la provincia de Albacete y la Cueva de Tortosilla y los Rincones de la Ortina, ya en la provincia de Valencia. Según el artículo 46 de la Constitución, "El Patrimonio Histórico Español es el principal testigo de la contribución de los españoles y de su capacidad creativa a la civilización universal. Su valor lo proporciona la estima que, como elemento de identidad cultural, merece a la sensibilidad de los ciudadanos. Su protección y el enriquecimiento de los bienes que la integran son obligaciones fundamentales que vinculan a todos los poderes públicos ". En 1985, el Estado Español concede al arte rupestre el más alto grado de protección que concede la legislación española, declarándolo Bien de Interés Cultural (ElC) (Art. 40.2 de la Ley del Patrimonio Histótico Español de 1985). En 1996 el gobierno de la JCCM consiguió reunir 93 yacimientos de arte rupestre (incluyendo los abrigos de Alpera), entre las provincias de Albacete, Cuenca y Guadalajara, en la Lista del Patrimonio Mundial, junto a otros yacimientos similares de Aragón, Cataluña, Valencia, Murcia y Andalucía. La UNESCO reconoció este conjunto de Arte Rupestre del Arco Meditenáneo de la Península Ibérica, el 2 de diciembre de 1998 en Kioto, como PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD basándose en que: "El conjunto del Arte Rupestre Levantino Español es el mayor grupo de Arte Rupestre de Europa y proporciona un marco excepcional de un periodo en la evolución de la vida humana" En 1999 se publicó el libro "Arte rupestre del Arco Meditenáneo de la Península Ibérica" (11), conmemorativo de dicho reconocimiento y en cuyo prólogo se subraya, en palabras de D. José Bono Martínez, presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: " ... Esta declaración de Patrimonio de la Humanidad afecta no sólo a los yacimientos y abrigos con Arte Rupestre, sino al territorio en el que se encuentran inmersos ". Coincidiendo con la máxima valoración internacional conseguida, el entonces Delegado Provincial de Educación y Cultura, D. Federico Pozuelo Rumbo, en el prólogo del libro "Introducción al Arte Levantino a través de una estación singular. La Cueva de La Vieja (Alpera, Albacete)" (6), indicaba como próxima meta: "... queda como tarea acometer la creación de un parque cultural -al amparo de la Declaración de la UNESCO- conjuntamente con todos los pueblos del entorno que tienen yacimientos, para plantear de manera mancomunada la explotación de nuestra riqueza arqueológica como recur-

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so cultural de cara al relanzamiento de la economía y el turismo de la zona". En mayo de 1999, cinco meses después del reconocimiento como Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, se

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aprueba la construcción de una instalación industrial de grandes proporciones, en la "Muela de Tortosilla", que además es una zona de gran valor natural y paisajístico.

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Figura 3. Algunos de los animales representados en grupo en la Cueva de La Vieja. (Alonso y Grimal)

OBJETIVOS Los objetivos que planteamos en este estudio son valorar la adecuación del emplazamiento elegido para la construcción de esta central eléctrica, comprobar si se ha instalado cumpliendo

la normativa correspondiente y si tiene repercusión sobre el Patrimonio Histórico, Cultural y Medio Ambiental.

METODOLOGÍA Para llevar a cabo este trabajo creímos conveniente hacer un estudio del entorno, revisar todo el material escrito de que pudiéramos disponer y visitar la instalación para su reconocimiento. Así, comenzamos haciendo una recopilación histórica y posteriormente examinamos las publicaciones informativas del grupo empresarial de Energías Hidroeléctricas de Navana (EHN), una de cuyas filiales, Energías Eólicas Europeas S.A. (EEE), es la empresa instaladora y propietaria de la central eólica. Continuamos revisando las normas sobre el patrimonio histórico, cultural y medioambiental de Castilla-La Mancha, del Estado Español, de la Unión Europea y de la UNESCO. Posteriormente sobcitamos, por esclito, acceso a los documentos del proyecto de la central eólica de la Muela de Tortosilla, en el Ayuntamiento de Alpera y finalmente, en Agosto de 2000, hicimos una visita a la central eléctrica para conocer las instalaciones.

Foto l. Vista parcial de los camjnos de acceso a los aerogeneradores, sobre la cumbre del cerro de El Bosque. La contamjnación visual es evidente, en un entorno que alberga un núcleo de Arte Rupestre Levantino reconocido por la UNESCO como Patrimonio de la Humanidad (-Kioto, 1998-).

EL MARCO FÍSICO El Cerro del Bosque está situado sobre una altiplanicie (elevada 850 sobre el nivel del mar) conformando una atalaya que se levanta hasta los 1.207 metros de altitud y que es bien visible desde decenas de kilómetros de distancia. Desde la Cueva de La Vieja, situada en la ladera del extremo sudoccidental del cerro, se divisan los yacimientos ibéricos de Meca, (en la cima del extremo nororiental de la Sierra del Mugrón) y el yacimiento, también de época ibérica, del celTO del Amarejo, en el pueblo vecino de Bonete. Entre los tres, conforman un triángulo desde cuyos vértices el observador puede contemplar una inmensa llanura, bordeada por estos importantes yacimientos arqueológicos.

Los montes cuyas cimas conforman la Muela de Tortosilla albergan una vegetación de tipo meditenáneo, compuesta por pino canasco (Pinus halepensis), quejigos (Quercus faginea), encinas (Quercus rotundifolia), coscojas (Quercus coccifera), enebros (Juniperus oxycedrus), sabinas negras (Juniperus phoenicea), aromáticas (romero, tomillo, pebrella, espliego, salvia, etc.), brezos (Erica multiflora), y especies endémicas como la Genista mugronensis. Entre la fauna presente en estos montes podemos citar: gato montés (Felis silvestris), gineta (Genetta genetta), comadreja (Mustela vulgaris), garduña (Mustela foina), tejón (Meles meles), ... Respecto al lince ibérico (Lynx pardina), existen

488 ejemplares capturados en la zona, así como citas de avistamientos próximos, relativamente recientes. Además, este área es limítrofe con una zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), la n° 182 (Pétrola-AlmansaYecla), con una extensión de 75.800 hectáreas (de Juana, 1990; SEO BirdLife 1992; Viada C. 1998). Es de destacar la importancia ornitológica de la zona, fundamentalmente debido a la presencia de interesantes comunidades de aves de montaña, entre las que destacan: águila-azor perdicera (Hieraaetus fasciatus), águila real (Aquila chrysaetos), águila culebrera (Circaetus gallicus), águila calzada (Hieraetus pennatus), halcón peregrino (Falco peregrinus), búho real (Bubo bubo) y chova piquirroja (PY1Thocorax pyrrhocorax), etc. Las especies mencionadas se encuentran incluidas en el anexo 1 de la Directiva Comunitaria 79/409/CEE relativa a las Conservación de las Aves Silvestres y, por tanto, como establece el artículo 4 de la misma " ... serán objeto de medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat con el.fin de asegurar su supervivencia y reproducción en su área de distribución ...". Estas aves se encuentran también catalogadas en el libro Rojo de los Vertebrados de España (Blanco y González, 1992) (12) como especies amenazadas. Por ello, además de la obligación demarcada por la legislación ambiental vigente, existe

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Aerogenendor Abrigo con piourras rupestres

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Caminos de nueva apmura

un compromiso adicional del Estado Español en cuanto se refiere a la conservación de las poblaciones de las especies amenazadas. La población del águila-azor perdicera (uno de cuyos más importantes enclaves está en esta zona de la provincia de Albacete) se encuentra en declive, en situación preocupante por el descenso del número de parejas en unos pocos años (Arroyo 1995) (Fernández y Col ]997) (Vélez 1998), entre otras razones, por la destrucción de su hábitat. Esta especie se encuentra contemplada en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha en la Categoría 1, especies catalogadas "en peligro de extinción". DESCRIPCIÓN DE LA CENTRAL La central de La Muela de TortosiJla está formada por un total de 54 aerogeneradores de 660 KW de potencia nominal, formados cada uno por una torre metálica tubular de varios metros de diámetro y de 46 metros de altura (la misma altura que un edificio de 15 plantas), una góndola sobre la cabeza de la torre y, unido a ella, un rotor giratorio con tres palas de 23 metros de longitud, dispuestas radia]mente. Las máquinas se distribuyen en cuatro alineaciones sobre dicha Muela. Veintisiete de ellas han sido instalados sobre la cima del Cen'o del Bosque.

. . Tendidos cl¿clricos de alta knsión

)( Yacimiento arqueológico [§] Subestación cléctrica transformadora

Figul'3 4. Mapa de situación de la central eólica de Tortosilla. Para confeccionar el mapa de situación de la central eólica y los yacimientos conocidos hemos utilizado los mapas del servicio Cartográfico del Ejército a escala 1: 50.000: - L Carcelén 26-30, 767. - L Alpera 26-31, 792.

Lectura del mapa: - Líneas rojas: tendidos eléctricos aéreos para evacuación de la energía eléctrica.

- Líneas amarillas: caminos de nueva apertura. - Puntos en azul: yacimientos rupestres. a: Cueva de La Vieja e: Carasoles de El Bosque l b: Cueva del Queso f: Carasoles de El Bosque 11 c: Cueva de las Cruces g: Cueva de Tortosilla d: Cueva Negra de El Bosque 11: Cueva del Barranco de la Ortina - s: subestación eléctrica. - v, y, x: Otros yacimientos arqueológicos.

489 Además, la construcción de la central ha supuesto la apertura de 9 Km. de nuevas pistas de unos 8 metros de anchura, incluyendo los arcenes y desagües, Jo que supone la roturación de unos 72.000 metros cuadrados y la perforación sobre la roca de fosas para albergar la zapata o base de los aerogeneradores de 10 x 10 x 3 metros de dimensiones, con una capacidad de unos 300 metros cúbicos, lo que sólo en los cimientos, equivale a 16.200 metros cúbicos de hormigón y la deforestación de otros 5.400 metros cuadrados más. Se han excavado también varios kilómetros de zanjas para enterrar el cableado que conecta los aerogeneradores con la subestación eléctrica, construida en La Muela de Tortosilla y, desde donde se evacúa la energía producida a la red general, por medio del cableado aéreo de alta tensión, soportado por enormes torres que, tras cubrir una distancia de 1.500 metros, se bifurca en dos líneas que se dirigen hacia Higueruela y hacia Bonete, atravesando la ZEPA n° 182. Todo esto supone una inundación de tendidos eléctricos en sus aledaños que repercutirá negativamente en las aves protegidas existentes en la zona, incluidas aves esteparias como avutardas (Otis tarda) y sisones (Tetrax tetrax), también contempladas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha. El paisaje que se puede contemplar desde estos lugares es de gran valor por la escasa antropización del área y la gran

Figura 5. Avutardas. Acuarela original de M. Warren, pintor naturalista inglés que ha sabido plasmar magistralmente el paisaje y las aves de la comarca del Altiplano de Almansa. amplitud de la cuenca visual. Todo ello ha quedado totalmente transformado desde que se construyó la central y las infraestructuras que conlleva. Desde varios de estos abrigos se observan las colosales dimensiones de las máquinas y las torres del cableado eléctrico, de forma que las proporciones del entorno quedan gravemente transformadas y, en cierta manera, empequeñecidas por estas instalaciones.

RESULTADOS A pesar de las dificultades encontradas para el acceso a determinado tipo de información y según los datos que hemos podido recoger durante 9 meses de seguimiento, documentamos el incumplimiento de diferentes normas que referimos a continuación. 1.- Compromisos de la Empresa: En las publicaciones informativas de la empresa podemos leer: "Respecto al medio ambiente y la calidad de la ejecución, son dos de las señas de identidad de los proyectos de energías renovables impulsados por EHN. Las energías limpias son, sin duda, un beneficio para el medio ambiente global, ya que generan energía sin contaminar, no producen residuos y evitan el agotamiento de las reservas de combustibles fósiles, sustituyendo la electricidad producida en fuentes de energías convencionales. Sin embargo, este tipo de energías, al implantarse en el medio natural, también ocasiona una afección o impacto al medio ambiente, que será tanto menor cuanto mayor cuidado se ponga en la elección del emplazamiento, en la ejecución de la obra y en la restauración del terreno una vez finalizados los trabajos". En dichas publicaciones de la empresa también podemos leer: "En el caso concreto de los parques eólicos, EHN y todas las empresas de su grupo tratan, en primer lugar, de elegir emplazamientos en los que la instalación de un parque eólico sea asumible desde parámetros medioambientales. En este sentido, se descartan las áreas de mayor valor ambiental y paisajístico, Zonas de Especial Protección de Aves (ZEPA), lugares de importante paso de aves migratorias y zonas de interés histórico, artístico o cultural". 2.- Normativa para Parques Eólicos de nuestra comunidad: Según el Decreto 58/1999, de 18-5-99, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica, a través de parques eólicos, en Castilla-La Mancha, la construcción de esta central incumple el preámbulo porque no aporta información transparente a la población afectada, y el capítulo m.15 en que se lee: "Los parques eólicos están sometidos al régimen de autorización administrativa y podrán instalarse en terrenos calificados como rústicos y sin ningún grado de protección especial que le haga incompatible con las instalaciones de explotación de la energía eólica".

3.- Normativa Europea: La Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985 relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos sobre el medio ambiente, considera que "La autorización de los proyectos públicos y privados que puedan tener repercusiones considerables sobre el medio ambiente sólo debería concederse después de una evaluación previa, sistemática, de los efectos importantes que dichos proyectos puedan tener sobre el medio ambiente. La evaluación de las repercusiones sobre el medio ambiente identificará, describirá y evaluará de forma apropiada, en función de cada caso particular los efectos directos e indirectos de un proyecto sobre los siguientes factores: - El hombre, la fauna y la flora, - El suelo, el agua, el aire, el clima y el paisaje - La interacción entre los factores mencionados en los guiones primero y segundo - Los bienes materiales y el patrimonio cultural". En el artículo 6 se puede leer; "Los estados miembros procurarán que toda solicitud de autorización sea disponible al público, que el público interesado tendrá la posibilidad de expresar su opinión antes de iniciarse el proyecto". Al parecer, quienes han autorizado a la empresa, y ésta misma, no han tenido en cuenta que el lugar elegido para la construcción de esta central y los tendidos eléctricos de alta tensión hacia Higueruela y Bonete tiene un alto valor natural y paisajístico en sí mismo, afecta a un área de indudable valor ecológico y que contienen uno de los más representativos conjuntos de Arte Rupestre Levantino con el reconocimiento de la UNESCO como Patrimonio de la Humanidad y considerado Bien de Interés Cultural por el Estado Español, lo que contraviene las normas por las que se regula el aprovechamiento de las energías eólicas mediante parques eólicos, en Castilla-La Mancha (Decreto 18/1999, de mayo de 1999), la Ley del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha, de 30 de mayo de 1990, la Ley del Patrimonio Histórico Español de 25-6-1985, de la CEE y de la UNESCO. 4.- Expediente administrativo: Antes de construir estas centrales, ha de contarse con la licencia administrativa pertinente. Para ello, antes debe aprobarse:

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Foto 2. Vista del cerro de El Bosque (1.207 m.), que alberga uno de los conjuntos de Arte Rupestre más importantes de España. Sobre él se observan 27 aerogeneradores que forman parte de la central eól ica de Tortosilla.

a) El expediente de actividades molestas, nocivas, insalubres, y peligrosas. b) El estudio de valoración de impacto ambiental del parque y del tendido aéreo de alta tensión, incluyendo en el mismo el estudio de afecciones sobre yacimientos arqueológicos y la repercusión de movimientos sísmicos sobre la propia instalación industrial. Meses después de estar en funcionamiento la instalación industrial, el 29 de mayo de 2000, y tras solicitud previa por escrito, tuvimos acceso a la documentación que sobre la central eléctrica obraba en poder del Ayuntamiento de Alpera. Detectamos que carecía de la licencia para establecer la actividad, ya que no disponía del expediente de actividades molestas, nocivas, insalubres y peligrosas, por no haber presentado, a su vez,

el estudio previo de valoración de impacto medioambiental a la Consejería de Sanidad de la Delegación Provincial de AJbacete, según un escrito de la vicepresidenta de la Comisión Provincial de Saneamiento, dirigido a la alcaldesa de Alpera. 5.- Valoración del impacto arqueológico. En relación con el estudio de afecciones arqueológicas es evidente, la alteración y degradación del paisaje a causa de la contaminación visual que produce la central eólica y sus infraestructuras (tendidos eléctricos de alta tensión, caminos nuevos de acceso, subestación eléctrica... ). La afección a estos yacimientos es crítica e inasumible, lo que nos induce a pensar que la estimación del entorno de los yacimientos no ha sido correctamente valorado por el equipo de arqueólogos, que fueron contratados por la propia empresa, o bien que ésta no los ha tenido en cuenta.

Foto 3. Vista parcial de la central eólica de la Muela de Tortosilla. También se observa el impacto visual que produce sobre el entorno, junto con el que producen las torres que sustentan las líneas de alta tensión que evacuan la electricidad producida en la central. Estos tendidos eléctricos atraviesan la ZEPA 182 (Pétrola-Almansa-Yecla), habiéndose construido sin estudio previo de impacto ambiental.

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6.- Resultado de la visita a la instalación industrial. Durante la visita a la central eléctrica nos llamó la atención la presencia en la cumbre de abundantes fragmentos de cerámica. El descubrimiento de estos restos nos llevó a realizar un análisis superficial en las inmediaciones de tres aerogeneradores, deliberadamente elegidos al azar entre los correspondientes a las dos primeras alineaciones, en la cima del Cerro de El Bosque, rodeados de yacimientos rupestres. Recogimos algunas piezas de la superficie (fragmentos de tejas y cerámica) con la intención de depositarlas en el Museo Arqueológico de Albacete, y dar a conocer el hecho en el presente Congreso. Este hallazgo nos inducía a pensar que estábamos sobre un yacimiento arqueológico o bien que los restos allí encontrados podían ser una deposición secundaria. Una de las arqueólogas que participó en la elaboración del informe para el proyecto de esta central, aseguraba durante la exposición pública de esta comunicación que sobre la Muela no había ningún yacimiento arqueológico antes de construir dicha central y que, para finalizar las obras, sí se había utilizado tieITa aportada procedente de otro lugar. Este último dato fue confirmado por testimonios de gran interés que obtuvimos gracias a algunos vecinos de Alpera. Según las informaciones verbales, las tierras utilizadas durante la fase de ejecución de la central eólica proceden de la explanada contigua a un antiguo caserío denominado "El Sej", -distante unos 1500 metros de la central- y próximo al Barranco y a la Fuente de la Arena. Las tieITas eran extraídas en

dicha explanada por medio de una pala giratoria sobre ruedas y transportadas en camiones hasta la propia central para recubrir las zonas que habían sido desprovistas de su capa de tieITa fértil durante la realización de las obras. Basándonos en estos argumentos pudimos comprobar que, efectivamente, existía una cantera de extracción de tierra junto al citado caserío, convirtiéndose en una prueba concluyente del lugar de origen del estrato arqueológico hallado en la cima de la Muela de Tortosilla. 7.- Restos arqueológicos encontrados. Queremos remarcar que el conjunto de materiales estudiados procede de un sector reducido del total de relleno aportado para el cubrimiento de las zanjas de los aerogeneradores. Por tanto, la potencialidad del yacimiento alterado durante el transcurso de las obras está aún por determinar. Los restos se dividen en dos grupos: Material de construcción y material de uso doméstico. Respecto al primero, hay abundantes fragmentos de tejas de cerámica, todas de tipología curva sin marcas. Destacan una serie de fragmentos de pasta rojiza y desengrasan te grueso. Entre el material de uso doméstico, encontramos fragmentos de vasijas cerámicas de diferentes tipos y usos entre los que destacan algunos fragmentos de bordes de cerámica fina de época ibérica, uno de ellos con restos de pintura roja en la zona del labio y en el cuello (fotos 4 y 5 YFig. 8, n° 1), así como un fragmento de cuerpo con decoración pintada de filetes de color rojo (Fig. 6, n° 4).

Foto 4. Tres de los fragmentos de cerámica encontrados en la central eléctrica instalada en la muela de Tortosilla, pertenecientes a la cultura ibérica (ss. V-I a. de C). Todos estos representados en la Fig. 8.

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Foto 5. Fragmento de cerámica ibérica hallado en el ceno de El Bosque, que se representa en la Fig. 6, n° l.

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Es de señalar también la presencia de otros bordes de cerámica de cocina (foto 4 y Fig. 8, n° 2 y 3) Y bases de posibles jarras y tinajas cuya tipología desconocemos debido al pequeño tamaño de los fragmentos (Fig. 6, n° 1 y 2). También hay que mencionar la presencia de piezas informes, la mayoría de cerámica fina. Las formas y decoraciones de estas vasijas se desarrollan a lo largo de toda la cultura ibérica, desde su etapa plena en el siglo V a. C. hasta su desaparición en el siglo 1 a. C. (13 y 14) La única pieza que no era cerámica es actual y no por ello de menor interés, es una punta metálica de las utilizadas por las máquinas zanjadoras de las que hemos visto utilizar en este tipo de obras, sin duda había sido desechada, al estar defectuosa (foto 6).

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