La Inclusión Financiera: Un Instrumento para la Formalización y la Tributación Octubre de 2015
Agenda • Introducción al nuevo marco normativo de Uruguay • Impactos logrados en el mercado
• Aspectos pendientes de implementación • Desafíos y oportunidades del nuevo marco • Cierre y Preguntas
Agenda • Introducción al nuevo marco normativo de Uruguay • Impactos logrados en el mercado • Aspectos pendientes de implementación • Desafíos y oportunidades del nuevo marco • Cierre y Preguntas
Acceso universal y continuo de la población a un
¿Qué es inclusión financiera?
servicios financieros de calidad, conjunto básico de
junto a la posibilidad de uso efectivo
precios y cobertura adecuados. de los mismos, con
Fuente: www.inclusionfinanciera.uy
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¿Cuáles son los objetivos que persigue la Ley 19.210? Mensaje del Poder Ejecutivo
Universalización de Derechos Fomento de la competencia, mejora de la eficiencia del sistema de pagos
Promoción del ahorro
Seguridad, formalización de la economía y rebaja del IVA
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• Acceso a servicios financieros de sectores excluidos. • Cuentas bancarias gratuitas para cobros de sueldos, jubilaciones, pensiones y pequeñas empresa. • • • •
Accesos a más servicios, por más público. Reducción de costos de servicios financieros. Nuevos actores en el mercado. Limitación a prácticas oligopólicas.
• Programa de promoción al ahorro joven para acceso a soluciones de vivienda.
• Menor circulación de dinero en efectivo. • Reducción en la tasa de IVA para pagos con medios de pagos que se pretenden incentivar. • Fortalecimiento de controles por lavado de dinero.
Fuente: El País
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Nuevas reglas de juego en el mercado El 24/04/2014 se aprueba la Ley de Inclusión Financiera (N° 19.210). La misma tiene como cometido principal ampliar la bancarización mediante los siguientes medios:
Ahorro Joven para Vivienda
Medios de pago electrónicos
Cuentas bancarias simplificadas
Rebajas de la tasa de IVA
Crédito de Nómina
Bancarización Prioridades para las retenciones
Fijación de tasas de interés
Fijación de precios de las transferencias
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Gratuidad en las cuentas para el pago de remuneraciones
Fuente: El País
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Otras medidas tomadas para promover la inclusión financiera Medidas tomadas por BCU • Creación de la figura de los corresponsales financieros • Creación de la licencia de banca minorista • Creación de cuentas básicas de ahorro • Programa de educación financiera
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Medidas tomadas por el MEF • Promoción de la expansión de la red de puntos de venta (POS) de los comercios. o Promoción de inversiones o Subsidio al arrendamiento o Rebaja de aranceles cobrados a comercios
• Sistema de garantías para PYMES (SIGA)
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¿En Uruguay cómo estamos?
Fuente: www.inclusionfinanciera.uy © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
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Definiciones relacionadas con Dinero Electrónico y Medios de pago
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tarjetas de débito
tarjetas de crédito
¿Qué son los medios de pago electrónicos? instrumentos de dinero electrónico
…que permitan efectuar pagos a través de
otros instrumentos análogos (a definir por la reglamentación)
transferencias electrónicas de fondos
cajeros automáticos, por
Internet o por otras vías (que establezca la reglamentación).
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¿Qué se entiende por dinero electrónico? Instrumentos análogos
Tarjetas prepagas Billeteras electrónicas
-
Débitos automáticos Pagos electrónicos efectuados por ATM, celulares o internet
… son instrumentos representativos de un valor monetario exigible a su emisor © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
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Características del dinero electrónico
1 23 4 5
El valor monetario es almacenado en medios electrónicos
Es aceptado como medio de pago y tiene efecto cancelatorio
Es convertible a efectivo por el emisor
Es emitido por un valor igual a los fondos recibidos por el emisor contra su entrega
No genera intereses
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Definiciones relacionadas con pagos de remuneraciones y otras partidas
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Todos los pagos de remuneraciones y otras partidas de dinero estarán bancarizados Los pagos de remuneraciones, honorarios profesionales, nuevas jubilaciones, beneficios
cuentas bancarias o en instrumentos de dinero electrónico. sociales y otras prestaciones deberán realizarse en
• Hay derecho a elegir la institución (de intermediación financiera o emisora de dinero electrónico) en la cual desea cobrar las partidas de dinero que le correspondan. Si no lo hace el empleador queda facultado a elegir por él. • Una vez transcurrido un año de la elección, la persona podrá cambiar la institución elegida. • Los acuerdos prexistentes de pagos de remuneraciones entre el empleador y una institución se mantendrán vigentes por un plazo máximo de un año. • Las sumas acreditadas por concepto de remuneraciones, pasividades o beneficios sociales tendrán el régimen de Inembargabilidad por 180 días.
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Disposiciones de impacto para las instituciones financieras
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Los instrumentos para el pago de remuneraciones y otras partidas tendrán las siguientes características Libre extracción de fondos Gratuitas Las cuentas bancarias e instrumentos de valor electrónico no tendrán costo para el trabajador (sin costo de apertura, adquisición, mantenimiento, cierre ni exigencia de saldos mínimos). Y seguramente para las empresas.
La persona podrá realizar extracción de fondos en cualquier momento.
Productos asociados Para el caso de las cuentas, las mismas tendrán asociadas una tarjeta de débito habilitada para realizar retiros en efectivo, pagos electrónicos y transferencias entre las instituciones.
Transacciones gratuitas Cuenta única La cuenta para el cobro de remuneraciones es única en el sistema y tiene que ser en la misma moneda en que se percibe el sueldo.
Se permitirá realizar consultas de saldo gratuitas e ilimitadas, 5 extracciones gratis por mes, y además para 8 transferencias electrónicas.
Acceso a una red amplia La persona tendrá acceso a una red con múltiples puntos de extracción en todo el territorio nacional.
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Las empresas pequeñas también tendrán acceso a cuentas simplificadas Se prevé la creación de cuentas simplificadas para que las empresas de reducida dimensión puedan tener una cuenta sin cargo en las instituciones de intermediación financiera para el pago a sus trabajadores. (Aplican las mismas condiciones mínimas mencionadas anteriormente)
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Se generaliza el concepto de Créditos de Nómina Los trabajadores y pasivos podrán solicitar a su banco o Institución emisora de dinero electrónico, el otorgamiento de un Crédito de Nómina • Consentimiento expreso del trabajador o pasivo
Moneda
• Créditos con Retención de Haberes - Operaciones con una tasa implícita que no supere en un 20%, la tasa media de interés de los créditos al consumo, o la tasa media de interés de los créditos para vivienda del BCU en el caso de hipotecarios.
< 20% de Haberes nominales Hasta 35% para hipotecarios
Cuota
• Mínimo intangible Ninguna persona podrá percibir una suma < al 30% del sueldo o pasividad nominal deducidos los impuestos. (este % aumentará en un 5% anualmente hasta llegar a 50% en 2018) – Para los actos cooperativos se mantendrá en 30%.
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Misma moneda que la remuneración o en UI
Tasa interés
No supere en más de 20% la tasa media de interés de créditos al consumo
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Respecto a la prioridad de retenciones… Tendrán prioridad las dispuestas por Juez competente destinadas a servir pensiones alimenticias y luego… A. Garantía de alquileres (CGN y Cias. de Seguros) B. Cuota sindical C. Cuotas de crédito social del BROU D. Cuotas de créditos del BHU, ANV, MEVIR E. Cuotas contratación seguros de vida colectivos con BSE u otras compañías de seguros autorizadas F. Cuotas de afiliación a instituciones de asistencia médica colectiva
y otras en régimen de prepago G. Cuotas de créditos de nómina otorgados por instituciones habilitadas y a actos cooperativos realizados por sus socios en Cooperativas de Consumo © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
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Se establecen medidas que aseguran la transparencia en las operaciones de contratación y de crédito Las entidades que ofrezcan productos y servicios financieros no podrán condicionar su prestación a la contratación de otros servicios o productos de carácter no financiero.
Deberán informar al cliente el derecho de contratar únicamente los productos y servicios financieros, así como el monto de la cuota y el monto total a abonar por otros conceptos.
Se ajustan los topes a los efectos de considerarse la tasa de usura para préstamos inferiores al equivalente a 2.000.000 UI ($ 6.367.600 aprox.): Tasa de interés implícita: hasta un 55% por encima de la tasa media del mercado. Tasa de interés por mora: hasta 80% por encima de la tasa media del mercado. © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
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Medidas para fomentar el uso de medios de pagos electrónicos
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Se restringe el uso del efectivo como forma de pago con el propósito de aumentar el volumen de transacciones electrónicas
¿Las restricciones al uso de efectivo se aplican luego de un monto mínimo, determinando multas y responsabilizando a los Escribanos por su cumplimiento en algunos casos Multa: hasta 25% del monto pagado en infracción
Multa: hasta 25% del monto pagado en infracción
Restricción al uso Medios de pago del efectivo en para operaciones ciertos pagos de monto elevado
Adquisiciones de vehículos motorizados
Pagos del Estado a Proveedores de bienes y servicios
Multa: 3 meses del arrendamiento mensual y otros riesgos
Arrendamientos
Enajenaciones y otros negocios
Pago de los Tributos nacionales
Adquisiciones con regímenes tributarios especiales
Multa: hasta 25% del monto pagado en infracción. Responsabilidad del escribano
Multa: hasta 25% del monto pagado en infracción. Responsabilidad del escribano
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Fuente: www.inclusionfinanciera.uy
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Con el fin de fomentar el uso de medios de pago electrónicos las compras realizadas con éstos tendrán una rebaja del IVA
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El Decreto Reglamentario regula la documentación de las operaciones de venta y el acceso a consultas por parte de los beneficiarios Las operaciones de venta de bienes o prestación de servicios en las condiciones establecidas en el régimen de reducción de IVA, deberán ser documentadas por el importe en comprobantes destinados al consumo El comprobante
total
final.
de pago debe incluir:
- el número de comprobante - leyenda “aplica la reducción de IVA según la Ley 19,210” - importe total de la operación, monto de la reducción y el importe neto.
Los beneficiarios deberán disponer la posibilidad de
consultar el detalle de las operaciones realizadas y el monto total acumulado de las reducciones dispuestas por el presente régimen. © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
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Disposiciones generales La reducción se hace efectiva en el momento
de
utilización de la tarjeta de crédito, débito o instrumento de pago correspondiente.
En servicios
de tracto sucesivo con facturación mensual o periódica , la reducción aplicará sobre cada documento considerado individualmente.
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Si la operación se paga
parcialmente con los instrumentos de pagos electrónicos, la reducción se aplicará en proporción al monto abonado con tales instrumentos respecto al importe total de la operación. Para aplicar el tope de 4.000 UI (aproximadamente $12.734) se considerará el importe total de la operación.
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Reducción del IVA
Reducción de IVA a consumidores finales siempre que paguen con tarjeta de débito, instrumentos de dinero electrónico o análogos.
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2 puntos
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Reducción adicional transitoria para tarjetas de débito y dinero electrónico Para operaciones realizadas con tarjetas
de débito o instrumentos de dinero electrónico cuyo importe total sea menor a 4.000 UI (aproximadamente $ 12.734) se aplicarán las siguientes reducciones adicionales
2 punto de IVA entre 1 de agosto de 2014 y el 31 de julio de 2015 1 punto de IVA entre 1 de agosto de 2015 y el 31 de julio de 2016 NO aplica en cobranzas a través de terceros y a intereses de operaciones de crédito o financiación © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
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Reducción transitoria para tarjetas de crédito
Para operaciones realizadas con tarjetas
de crédito cuyo importe total sea
menor a 4.000 UI (aproximadamente $ 12.734) se aplicarán las siguientes reducciones adicionales
2 punto de IVA entre 1 de agosto de 2014 y el 31 de julio de 2015 1 punto de IVA entre 1 de agosto de 2015 y el 31 de julio de 2016 NO aplica a operaciones procesadas total o parcialmente de manera manual © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
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Resumen reducción de IVA aplicable según medio de pago utilizado AÑO 1 Agosto/14 a Julio/15
AÑO 3 Agosto/16 a Julio/17
AÑO 2 Agosto/15 a Julio/16
TD/DE
IA
TC
TD/DE
IA
TC
TD/DE
IA
TC
Compras directas < a 4.000 UI
4
2
2
3
2
1
2
2
0
Facturas de terceros < a 4.000 UI
2
2
2
2
2
1
2
2
0
Operaciones > a 4.000 UI
2
2
0
2
2
0
2
2
0
TD: tarjeta de débito DE: instrumentos de dinero electrónico IA: instrumentos análogos (débitos automáticos en IIF y en instrumentos de dinero electrónico, tarjetas prepagas que no sean dinero electrónico, pagos electrónicos a través de cajeros automáticos, teléfonos celulares o por internet) TC: tarjeta de crédito © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
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Operaciones con contribuyentes de reducida dimensión económica (Monotributo y pequeñas empresas) Cuando las adquisiciones sean realizadas a contribuyentes incluidos en el Monotributo o en el literal E) del Art. 52 del Titulo 4 (pequeñas empresas) las reducciones aplicarán según el siguiente detalle: AÑO 3 Agosto/16 a Julio/17
AÑO 2 Agosto/15 a Julio/16
AÑO 1 Agosto/14 a Julio/15
TD/DE
IA
TC
TD/DE
IA
TC
TD/DE
IA
TC
Tasa básica
3,28
1,64
1,64
2,46
1,64
0,82
1,64
1,64
0
Tasa mínima
3,64
1,82
1,82
2,73
1,82
0,91
1,82
1,82
0
Facturas de terceros Tasa básica < a 4.000 UI Tasa mínima
1,64
1,64
1,64
1,64
1,64
0,82
1,64
1,64
0
1,82
1,82
1,82
1,82
1,82
0,91
1,82
1,82
0
Tasa básica
1,64
1,64
0
1,64
1,64
0
1,64
1,64
0
Tasa mínima
1,82
1,82
0
1,82
1,82
0
1,82
1,82
0
Compras directas < a 4.000 UI
Operaciones > a 4.000 UI
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Otros aspecto vinculados con el uso de tarjetas de crédito y débito
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Responsables por obligaciones tributarias de terceros – Decreto 94/002 Cuando se paguen las ventas de bienes o prestaciones de servicios mediante el uso de tarjetas de crédito, de
débito, de compra y de instrumentos de dinero electrónico, las entidades administradoras de dichos medios de pagos retendrán el 5% o el 2% del monto total de la operación a los comercios a quienes deban pagarse dichas operaciones.
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Otros beneficios de reducción de IVA anteriores a la Ley de Inclusión Financiera Reducción de 9% de IVA a los servicios gastronómicos, servicios de catering, servicios para fiestas y eventos, alquiler de vehículos sin chofer, y servicios de mediación en el arrendamiento de inmuebles con destino turístico, cuando sean abonadas mediante la utilización de tarjetas de crédito, tarjetas de débito u otros instrumentos análogos Reducción total del IVA para los servicios mencionados (excepto la mediación en el arrendamiento de inmuebles) cuando se realicen en alta temporada, los adquirentes sean personas físicas no residentes y sean abonadas mediante tarjetas de débito o crédito, emitidas en el exterior. Reducción total del IVA para la enajenación de bienes y prestaciones de servicios a consumidores finales cuando el pago se efectúe mediante la utilización de tarjetas de débito de Uruguay Social y tarjetas de débito BPS Prestaciones para cobro de Asignaciones Familiares 34
Nuevas condiciones para deducción de gastos en el IRAE Arrendamientos, subarrendamientos y contratos de crédito de uso sobre inmuebles
Honorarios profesionales y fletes.
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Acreditados en cuenta en institución financiera a nombre del titular o administrador. La identificación de la cuenta debe constar en el contrato. Vigencia: ejercicios iniciados a partir del 1 de diciembre de 2015
Acreditados en cuenta en institución financiera, en instrumentos de dinero electrónico o pagos con medios electrónicos. El medio de pago debe estar en la factura. Vigencia: ejercicios iniciados a partir del 1 de mayo de 2016 (pagos mayores a 60.000 UI) , o a partir del 1 de mayo de 2017.
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Nuevas condiciones para cómputo de créditos en IRPF Crédito de 6% por arrendamiento de vivienda permanente.
Cómputo del costo por subarrendamiento de inmuebles
Cómputo del costo de inmuebles superiores a 40.000 UI
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Deben acreditarse en cuenta en institución financiera local. Vigencia: Ejercicios iniciados a partir del 1 de diciembre de 2015
Deben acreditarse en cuenta en institución financiera local. Vigencia: Ejercicios iniciados a partir del 1 de diciembre de 2015
La adquisición debe haberse pagado con medios de pago electrónico, cheques certificados cruzados no a la orden o letras de cambio cruzadas. Vigencia: Compras posteriores al 1 de diciembre de 2015
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Beneficios tributarios para la instalación y puesta en funcionamiento de terminales POS (Decreto 319/014) Se exonera de IRAE, IP (por un monto de entre un 40% y un 100% de la inversión), de
tasas y tributos en la importación y se otorga un crédito de IVA a las inversiones en terminales POS, teclados numéricos y otros accesorios, y en sistemas de
facturación (esto último sólo para empresas con ingresos inferiores a 4.000.000 UI) realizadas entre el 1 de agosto de 2014 y el 31 de diciembre de 2015.
Para acceder a los beneficios las empresas propietarias de los POS no podrán cobrar arrendamientos mensuales a los comercios mayores a 90, 120, 140 o 200 UI (dependiendo de las características del dispositivo arrendado).
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Beneficios tributarios para la instalación y puesta en funcionamiento de terminales POS (Decreto 319/014) Se otorga un crédito fiscal a quienes arrienden terminales POS por un monto del 70% (hasta 31/12/15) o del 40% (hasta el 31/12/16) sobre el costo del arrendamiento considerando como importe máximo del arrendamiento 90, 120, 140 o 200 UI.
Aplica a los contribuyentes que inicien actividades o cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan superado la cifra equivalente a 4.000.000 UI.
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Medidas para fomentar el Ahorro Joven para Vivienda
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Se crea un programa de Ahorro Joven para Vivienda con el fin de fomentar el ahorro de los trabajadores menores de 29 años Se podrá inscribir una única Cuenta Vivienda en el programa (cuenta de ahorro preexistente o nueva cuenta). No puede ser en moneda extranjera. El programa tendrá una duración de 6 años. La Cuenta Vivienda deberá registrar los siguientes requisitos: Recibir depósitos en no menos de dieciocho meses (monto igual o superior a $ 1.547 aprox.) y no haber registrado retiros. El beneficio económico consistirá en un aporte de dinero equivalente al 30% del saldo final computable. Se faculta al PE a cerrar el programa si supera los 50.000 inscriptos. 40
Agenda • Introducción al nuevo marco normativo de Uruguay
• Impactos logrados en el mercado • Aspectos pendientes de implementación • Desafíos y oportunidades del nuevo marco • Cierre y Preguntas
La normativa establece un cronograma de incorporación gradual en 3 etapas 1 Rebaja del IVA
Programa Ahorro Joven para Vivienda Interoperabilidad redes POS Fomento inversión en redes POS
2
3
Pago de salarios, beneficios sociales y nuevas jubilaciones en cuentas bancarias o en instrumentos de dinero electrónico.
Restricciones al uso de efectivo para pagos superiores a UI 40 mil ($127.340 aprox.) y al uso de cheques comunes para pagos superiores a UI 160 mil ($509,360 aprox.)
Pago de tickets alimentación a través de instrumentos de dinero electrónico. Pago de servicios profesionales y otros trabajadores no dependientes por medios de pago electrónicos.
Arrendamiento de inmuebles Enajenación de bienes inmuebles Adquisición de vehículos motorizados Proveedores del Estado Tributos nacionales
En etapa de implementación © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
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¿Cuáles son las medidas ya implementadas? Reglamentación Etapa 1 1 Rebaja del IVA
Agosto 2014
Programa Ahorro Joven para Vivienda
Setiembre 2014
Interoperabilidad redes POS
Octubre 2014
Fomento inversión en redes POS
Noviembre 2014
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Tarjetas de débito en Uruguay
1,3millones
2
millones
2015
2010 Fuente: www.inclusionfinanciera.uy © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
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Las operaciones con débito se acercaron a 10 millones en el segundo semestre de 2014, triplicándose en términos interanuales Cantidad de operaciones –
Tarjetas de débito
Miles de operaciones Variación Cantidad deinteranual operaciones - En miles
Variación interanual Variación interanual
12.000 260%
253%
253%
260%
220%
303 220% 10.000 210%
Emitidas en Uruguay
210%
Emitidas en el extranjero
Emitidas en el extranjero
8.000 160%
Emitidas en Uruguay
Total
Total
160%
9.801
6.000
110%
110%
4.000
2.777
10% 0
3.586
60%
60% 2.000
10% -20%
-40%
2012.I 2012.II 2013.I 2013.II 2014.I 2014.II © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
14.178
-40%
-20% 2012.I 2012.II 2013.I 2013.II 2014.I 2014.II 45
Lo mismo que la intensidad en el uso de las tarjetas, aunque todavía es menor que en tarjetas de crédito Intensidad de uso –
Cantidad de operaciones por mes por tarjeta
Tarjetas de crédito bancarias
Tarjetas de débito
Tarjetas de crédito no bancarias
T. Crédito: Bancarias
T. Crédito: No. Bancarias
3,0
3,0
T. Débito 2,83,0
2,7 2,5
2,5
2,5
2,0
2,0
2,0
En los plásticos de crédito no hubo cambios 1,5 muy significativos en relación a la tendencia previa 1,0
1,5
1,0
1,5
1,0
0,5
0,5
0,5
0,81
La intensidad de uso más que se duplicó en débito 0,35
0,0 2010.II
2011.II
2012.II
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2013.II
0,0 2014.II 2010.II
2011.II
2012.II
2013.II
0,0 2014.II 2010.II
2011.II
2012.II
2013.II
2014.II
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Resultados obtenidos Programa Ahorro Jóven
750
Cuentas abiertas hasta el momento y a un ritmo creciente desde Octubre 2014
Prácticamente todas las instituciones de banca minorista del país, pública y privada se encuentran adheridos al programa.
Fuente: Nota realizada al Ec. Martín Vallcorba por el Diario La República el 19 de Enero de 2015.
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47
Promoción de la inversión en POS…
x3
Incremente en cantidad de POS en los últimos 3 años
“producto de los fuertes incentivos que se le brindaron a los comercios para la incorporación de dichas terminales.”
50%
Reducción de la brecha con Chile
“en relación a la cantidad de POS cada 1.000 habitantes” © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
Fuente: www.inclusionfinanciera.uy
48
Algunos otros impactos aun no cuantificados …
• Se empieza a extender una “nueva” modalidad de tarjeta “prepagas” que puede ser emitidas por diversos actores (p.e. Las empresas de servicios financieros). • Los costos de las transferencias interbancarias se han ajustado a la baja aunque el sistema es aún “imperfecto”. • Los costos para las empresas para el pago de nomina se han ajustado, llegandose al “costo 0” en algunos casos como forma de adelantarse a la puesta en práctica de la Ley. • El desarrollo de los servicios moviles se están acelerando (aun con cierto letargo).
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Agenda • Introducción al nuevo marco normativo de Uruguay • Impactos logrados en el mercado
• Aspectos pendientes de implementación • Desafíos y oportunidades del nuevo marco • Cierre y Preguntas
¿Cuáles son los próximos temas a implementar? Reglamentación Etapa 2 Reglamentación emitida en 2 Pago de salarios, beneficios sociales y nuevas jubilaciones en cuentas bancarias o en instrumentos de dinero electrónico. Pago de tickets alimentación a través de instrumentos de dinero electrónico. Pago de servicios profesionales y otros trabajadores no dependientes por medios de pago electrónicos.
setiembre/2015 – Decreto 263/015
Cronograma Octubre 2015 a Mayo 2017
Marzo 2016
Mayo 2016 / Mayo 2017
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51 Fuente: www.inclusionfinanciera.uy
¿Cuáles son los próximos temas a implementar? Reglamentación Etapa 3 3 Restricciones al uso de efectivo para pagos de operaciones superiores a UI 40 mil ($127. 340 aprox. y al uso de cheques comunes para el pago de operaciones superiores a UI 160 mil ($509.360 aprox.)
La tercera etapa comienza a implementarse a partir del 1 de diciembre de 2015, y se va a asegurar que cualquier beneficiario tenga acceso a un medio electrónico de pago.
Arrendamiento de inmuebles Enajenación de bienes inmuebles Adquisición de vehículos motorizados Proveedores del Estado
Tributos nacionales © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
Fuente: www.inclusionfinanciera.uy
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¿Cuáles son los próximos temas a implementar? Reglamentación Etapa 3 Para operaciones de enajenación >= $ 127.340 aprox. (40.000 UI) (*) Vigencia: Diciembre 2015
Para operaciones de enajenación >= $ 509.360 aprox. (160.000 UI) Vigencia: Diciembre 2015
Restricción al uso Medios de pago del efectivo en para operaciones ciertos pagos de monto elevado
Adquisiciones de vehículos motorizados
Para vehículos de importe >= $ 127.340 aprox. (40.000 UI). Vigencia: Diciembre 2015
Pagos del Estado a Proveedores de bienes y servicios
Para importes de arrendamiento > 40 BPC ($ 122.080 aprox.) Vigencia: Diciembre 2015
Arrendamientos
Enajenaciones y otros negocios
Pago de los Tributos nacionales
Adquisiciones con regímenes tributarios especiales
Vigencia: Julio 2015
Para bienes cuyo importe sea > $ 127.340 aprox. (40.000 UI). Vigencia: Diciembre 2015
Pagos >= $ 31.835 aprox. (10.000 UI) Vigencia: Enero 2016
(*) Cuando al menos una de las partes es una PJ o PF que actúe en calidad de titular de una empresa unipersonal o socio de una sociedad. En la mayoría de los casos, se debe utilizar medio de pago electrónico o cheques. © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
Fuente: www.inclusionfinanciera.uy
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Resumiendo… La normativa establece un cronograma de incorporación gradual que habilitará nuevas oportunidades, hay que estar atento para transformarlas en ventajas competitivas 1 Rebaja del IVA Programa Ahorro Joven para Vivienda Interoperabilidad redes POS Fomento inversión en redes POS
2 Pago de salarios, beneficios sociales y nuevas jubilaciones en cuentas bancarias o en instrumentos de dinero electrónico.
Pago de tickets alimentación a través de instrumentos de dinero electrónico.
3 Restricciones al uso de efectivo para pagos de operaciones superiores a UI 40 mil ($124. 790 aprox. y al uso de cheques comunes para el pago de operaciones superiores a UI 160 mil ($495.179 aprox.) Arrendamiento de inmuebles
Enajenación de bienes inmuebles Pago de servicios profesionales y otros trabajadores no dependientes por medios de pago electrónicos.
Adquisición de vehículos motorizados Proveedores del Estado Tributos nacionales
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Agenda • Introducción al nuevo marco normativo de Uruguay • Impactos logrados en el mercado
• Aspectos pendientes de implementación
• Desafíos y oportunidades del nuevo marco • Cierre y Preguntas
La Lay de Inclusión Financiera tendrá impactos en la operativa de las empresas y personas físicas POSIBLES IMPACTOS POSITIVOS •
Bancos
Empresas administradoras de crédito y cooperativas
Empresas
Personas Físicas © 2015 Deloitte S.C. Todos los derechos reservados
• •
Mayor seguridad en el cobro de los créditos de nómina otorgados por los bancos, mediante mecanismos de retención por parte de las empresas. Aumento potencial de clientes (tanto de captación como de colocación). Aumento del uso del producto de tarjeta de crédito/débito que derive en más condiciones.
• Oportunidad de crear nuevos negocios paralelos con nuevas sociedades que sean instituciones emisoras de dinero electrónico. • Con el crédito de nomina entran en el orden de retención (esto no aplica para el caso particular de ANDA). • Oportunidad de convertirse en instituciones emisoras de dinero electrónico. • Reducción de costos de mantenimiento y uso de las cuentas de nómina • Reducción de costos de transferencias de fondos.
• Acceso al sistema financiero con posibilidad de elegir la institución a través de la cual recibirá su remuneración. • Gratuidad de servicios (consultas, retiros, transferencias). • Mayor acceso al crédito con tope de tasa de interés para créditos de nómina. • Reducción del IVA. • Acceso a instrumentos que fomentan el ahorro de jóvenes para la vivienda. • Mayor formalización, regulando la forma de pago de remuneraciones. 56
La Ley de Inclusión Financiera tendrá impactos en la operativa de las empresas y personas físicas POSIBLES IMPACTOS NEGATIVOS
Bancos
Empresas administradoras de crédito y cooperativas
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• Pérdida de ingresos actuales, p.e. obligatoriedad de brindar un determinado número gratis de consultas, retiros, transferencias. • Pérdida de control de su base de clientes • Ingreso de nuevos agentes al mercado (emisoras de dinero electrónico). • Mayores costos por mayor información al BCU (cuentas de nomina, cuentas reducidas de empresas, etc.) • Aumento de competencia para el otorgamiento de créditos. • Pérdida de prioridad en la retención sobre haberes (sólo para Cooperativas y ANDA). • Prohibición de realizar venta cruzada de productos financieros con productos no financieros (por ejemplo: cuota social). • Mayor complejidad administrativa por libre elección de cada trabajador de la institución en la que recibirá el pago. • Pérdida de capacidad de negociación con los bancos. • Mayores costos por gestión de las retenciones por créditos de nómina. • Obligatoriedad para realizar ciertas operaciones únicamente por transacciones bancarias. • Escribanos: mayores responsabilidades en ciertas operaciones de compra venta de inmuebles y automotores. 57
Tenemos por delante desafíos y oportunidades
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Tenemos por delante desafíos y oportunidades
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El espacio de crecimiento de las transacciones sigue siendo enorme si lo comparamos con otros paises de la región.
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Fuente: Presentación realizada por el Ec. Martín Vallcorba “ Ley de inclusión financiera: implementación, resultados y próximos pasos”.
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Tenemos por delante desafíos y oportunidades
1
El espacio de crecimiento de las transacciones sigue siendo enorme si lo comparamos con otros paises de la región.
2
Los ahorros en terminos monetarios por dejar de usar efectivo son fundamentales (ademas de otras mejoras).
3
Los pagos electronicos son el futuro y de eso no hay dudas.
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La transaccionalidad será clave, y los costos de “salida” van a ser menores, la transparencia es fundamental y la sencillez igual.
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El éxito estará en convertise en “la primera opción” para los clientes.
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Agenda • Introducción al nuevo marco normativo de Uruguay • Nuevos actores que se incorporan al mercado financiero
• Impactos logrados en el mercado • Aspectos pendientes de implementación • Desafíos y oportunidades del nuevo marco
• Cierre y Preguntas
¿Preguntas? Gracias!
Contacto: Gonzalo Lucas (
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