Story Transcript
LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Es un privilegio que el Estado concede a los titulares de invenciones, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, avisos y nombres comerciales, para la explotación exclusiva de los mismos, por el titular o a través de terceros. En la Ley de la Propiedad Industrial quedan comprendidos los medios de defensa tendientes a prevenir y preservar la explotación de los derechos exclusivos en favor de sus legítimos titulares. Esta seguridad jurídica, se traduce en un factor atractivo para la inversión extranjera.
MARCA COLECTIVA Las asociaciones o sociedades de productores, fabricantes, comerciantes o prestadores de servicios, legalmente constituidas, podrán solicitar el registro de marca colectiva para distinguir, en el mercado, los productos o servicios de sus miembros respecto de los productos o servicios de terceros.
VENTAJAS DE LA MARCA COLECTIVA 1. Una solicitud para toda la colectividad. 2. Reduce el gasto y honorarios por registro. 3. Mas productores, mejor distribución y Posicionamiento en el mercado. 4. El consumidor reconoce: calidad, características, procedencia empresarial y en algunos casos territorial. 5. El consumidor tiene confianza en la marca, no teme el fraude o engaño.
DENOMINACIÓN DE ORIGEN Es el nombre de una región geográfica del país con la que se identifica, o designa un producto, en razón de sus atributos inconfundibles (calidad o característica), conferidos por el medio geográfico (factores naturales y humanos).
DENOMINACIÓN DE ORIGEN El estado Mexicano es el sujeto de la protección. La protección consiste en impedir el uso abusivo y no autorizado de la denominación de origen con el fin de: Impedir la competencia desleal en el mercado No permitir que se defraude o engañe a los consumidores Evitar que la denominación de origen protegida, se convierta en una designación usual o genérica.
DENOMINACIONES DE ORIGEN MEXICANAS 1
TEQUILA
2
MEZCAL
3
OLINALÁ
4
TALAVERA
5
BACANORA
6
ÁMBAR DE CHIAPAS
7
CAFÉ VERACRUZ
8
SOTOL
9
CHARANDA
10
MANGO ATAULFO DEL SOCONUSCO CHIAPAS
11
CAFÉ CHIAPAS
12
CHILE HABANERO DE YUCATÁN
13
VAINILLA DE PAPANTLA
DIFERENCIA ENTRE MARCA COLECTIVA Y DENOMINACIÓN DE ORIGEN MARCA COLECTIVA
DENOMINACIÓN DE ORIGEN
TITULAR: Asociaciones o sociedades de productores, fabricantes, comerciantes o prestadores de servicios.
TITULAR: El Estado Mexiano. El IMPI otorga autorización para su uso
Aplica a productos y servicios
Aplica únicamente productos
Características de lo productos o servicios no necesariamente vinculadas al área geográfica
Características y cualidades del producto ligadas exclusivamente al medio geográfico (factores naturales y humanos)
Menor tiempo para su otorgamiento, formato, preestablecido
Mayor tiempo en su trámite. Requisitos complejos y poco flexibles. Necesario acreditar vínculo: DO – producto – territorio
Auto regulación (reglas de uso)
Necesaria la creación de una NOM y su organismo regulador. Mayor costo de operación
Su protección internacional se somete a las legislaciones de cada país.
Su protección en otros países se somete a cada legislación internacional como el Arreglo de Lisboa
CONSIDERACIONES Las figuras de protección como las marcas, marcas colectivas y denominaciones de origen son la puerta para los pequeños y medianos productores. Estos signos distintivos podrán dar confianza comercial tanto al consumidor final como al propio productor. El interés de los pequeños y medianos productores podrá definir cuál figura de protección es la conveniente. Debe existir la mayor cooperación posible entre productores. La diferenciación de los productos promueve una mejor elección por los consumidores.
DENOMINACION DE ORIGEN
TEQUILA
OLINALÁ
MEZCAL
TALAVERA BACANORA
REGION PROTEGIDA
PUBLICACIÓN DE LA DECLARATORIA D.O.F.
ORGANISMO CERTIFICADOR AUTORIZADO POR LA ENTIDAD CORRESPONDIENTE
09/12/1974 13/10/1977
NOM-006-SCFI-2005 BEBIDAS ALCOHÓLICAS TEQUILA ESPECIFICACIONES. (CONTIENE UNA MODIFICACION)
CONSEJO REGULADOR DEL TEQUILA, A.C. (C.R.T) STATUS: VIGENTE (25-06-11’)
28/11/1994
NO LA HAY
NO LO HAY
28/11/1994
NOM-070-SCFI-1994, BEBIDAS ALCOHOLICAS-MEZCALESPECIFICACIONES
CONSEJO MEXICANO REGULADOR DE LA CALIDAD DEL MEZCAL A.C. (COMERCAM) STATUS: VIGENTE (13-08-11’)
17/03/1995 11/09/1997
NOM 132 SCF1 1998 TALAVERAESPECIFICACIONES
SONORA (33 MUNICIPIOS)
06/11/2000
VERACRUZ
15/11/2000
CHIAPAS
15/11/2000
NOM-168-SCFI-2004 BEBIDAS ALCOHOLICASBACANORAESPECIFICACIONES DE ELABORACION, ENVASADO Y ETIQUETADO. NO HA ENTRADO EN VIGOR (falta aviso de DGN- Consejo Regulador). NOM-149-SCFI-2001 CAFÉ VERACRUZ – ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA NOM-152-SCFI-2003 AMBAR DE CHIAPASESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA. NO HA ENTRADO EN VIGOR (falta aviso de DGN- Consejo Regulador).
CONSEJO REGULADOR DE TALAVERA A.C. STATUS: CANCELADO (12-0508’) NO LO HAY
JALISCO, NAYARIT (8 MUNICIPIOS), TAMAULIPAS (11 MUNICIPIOS), MICHOACÁN (30 MUNICIPIOS), GUANAJUATO (7 MUNICIPIOS) GUERRERO (1 MUNICIPIO) GUERRERO, OAXACA (PART. 7 MUNICIPIOS), DURANGO, SAN LUIS POTOSI, ZACATECAS, GUANAJUATO (1 MUNICIPIO), TAMAULIPAS (11 MUNICIPIOS). PUEBLA (4 MUNICIPIOS) Y TLAXCALA (1 MUNICIPIO)
CAFÉ VERACRUZ AMBAR DE CHIAPAS
NORMA OFICIAL MEXICANA VIGENTE
CONSEJO REGULADOR DEL CAFÉ VERACRUZ A. C. STATUS: VIGENTE (02-0612’) NO LO HAY
NUMERO DE USUARIOS AUTORI-ZADOS VIGENTES 211
---
155
13
---
3
---
DENOMINACION DE ORIGEN
REGION PROTEGIDA
PUBLICACIÓN DE LA DECLARATORIA D.O.F.
NORMA OFICIAL MEXICANA VIGENTE
ORGANISMO CERTIFICADOR AUTORIZADO POR LA ENTIDAD CORRESPONDIENTE
CAFÉ CHIAPAS
CHIAPAS (12 MUNICIPIOS)
27/08/2003
MANGO ATAULFO DEL SOCONUSCO CHIAPAS VAINILLA DE PAPANTLA
CHIAPAS (13 MUNICIPIOS)
27/08/2003
NOM-159-SCFI-2004 BEBIDAS ALCOHÓLICASSOTOL-ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA. NO HA ENTRADO EN VIGOR (falta aviso de DGN- Consejo Regulador). NOM-144-SCFI-2000 BEBIDAS ALCOHÓLICAS CHARANDA – ESPECIFICACIONES. NO HA ENTRADO EN VIGOR (falta aviso de DGN- Consejo Regulador). NOM-169-SCFI-2007 CAFÉ CHIAPASESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA. NO HA ENTRADO EN VIGOR (falta aviso de DGN- Consejo Regulador). NO LA HAY
VERACRUZ (20
5/03/2009
NO LA HAY
NO LO HAY
---
04/06/2010
NO LA HAY
NO LO HAY
---
CHIHUAHUA, COAHUILA Y SOTOL
CHARANDA
08/08/2002
DURANGO
MICHOACÁN (16 MUNICIPIOS)
27/08/2003
NO LO HAY
NUMERO DE USUARIOS AUTORI-ZADOS VIGENTES
NO LO HAY
NO LO HAY
NO LO HAY
---
---
---
---
MUNICIPIOS) Y PUEBLA (19 MUNICIPIOS) CHILE HABANERO DE LA PENINSULA DE YUCATÁN
YUCATÁN, CAMPECHE, Q.ROO.