LA REGULACIÓN DE LAS TARIFAS DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL EN MÉXICO Un modelo estocástico. José Carlos Ramírez y Juan Rosellón*

LA REGULACIÓN DE LAS TARIFAS DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL EN MÉXICO Un modelo estocástico José Carlos Ramírez y Juan Rosellón* RESUMEN El artículo

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LA REGULACIÓN DE LAS TARIFAS DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL EN MÉXICO Un modelo estocástico José Carlos Ramírez y Juan Rosellón* RESUMEN

El artículo exainiíia el cstablecbnipnlo de precios niaximizadores de ganancias segíni una versión estilizada del plan de precios to()e utilizado por la Comisión Reguladora de Energía de México (CKE) para regidar el transporte y la distribución de gas natural. En este pian, el ingrescj promedio de la empresa se calcula en cada [)eriodo como la proporción del ingreso total entre el producto del periodo contemporáneo. El documento sostiene que esta restricción reguladora da incentivos a (jue la empresa establezca sus precios no lineales de manera estratt'gica. Sin embargo, a pesar de este inconveniente, también se demuestra, mediante una simulación basada en los proyectos de distribución de gas natural en México, que este régimen puede permitir valores positivos del excedente del consumidor en ambientes estocásticos de la demanda. ABSTRACT

We examine profit-maximizing pricing under a stylized versión of the price-cap plan used by the Mexican E^nergy Regidatory Commission (CRE) to regúlate transportation and distribution in the natural gas iiuhistry. When average revenue in eadi period is calculated as the ratio of total revenue to outj)ut in that period (as in the (^RE'S plan), mcentives for strategic nonlijiear pricing may be created. However, in spite of its drawbacks, we also show that tbis regulatory regime might ailow positive valúes of consumer surplus under stochastic-demand enviroinnents. This is proved through a simulation exercise with data from the natural gas distribution {)rojects in Mexit'o.

INTRODICCIóN

Los sectores de infraestructura han experimentado recientemente profundos procesos de reforma estructural v reforma reguladora * División de Economía del (dentro de Invesligatioii y Docencia Económicas (i:il)K). IJOS autores aijiadecen lo.- comentarios de lugo \ ogelsaiig. Jean-Jac(jues Laffont y un dictaniinador anónimo de El. TUIMKS I KK EcioMiMICO. Este documento forma parte del convenio de colaboración académica entre la Comisión Regruladora de Energía (("HK) y el CIDK. 239

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EL TRIMESTRE ECONÓMICO

en varios países.' Estos procesos han requerido una regjulación por "■precios máximos" en áreas en las que subsiste poder de mercado natural o legal aun después de las reformas. De las posibles metodologías basadas en precios máximos, el "ingreso promedio" máximo se ha utilizado preferentemente para regular los precios de empresas en las que los costos dependen del producto total y cuyos productos son conmensurables." Por ejemplo, el ingreso promedio se ha empleado para regular las tarifas de trans{)orte y distribución de gas natural de la Gran Bretaña y México. La regulación por ingreso promedio fija un tope a los ingresos por unidad v no establece ponderadores que limiten la variación de precios relativos. Esto le confiere mayor flexibilidad en el reetjuilibrio de tarifas que otros regímenes reguladores, como los englobados en el concepto de canasta de tarifas, cuyo criterio se basa en el establecimiento de ponderadores para los precios de distintos productos o servicios.' La bibliografía demuestra que, en ausencia de perturbaciones en los costos y en la demanda, la restricción del ingreso promedio da incentivos a la empresa para que fije precios ineficientes, restrinja el área de abasto y manipule estratégicamente las tarifas no lineales; todo lo cual provoca disminuciones en el excedente del consumidor.^ Más aún, establece que la regulación por canasta de tarifas es ' Como tíjeniplo se pueden citar los sectores eléctricos de .Argentina, Chile, Gran Bretaña, Nueva Zelanda, Australia, Estados Unidos y España, así como a las de gas natural en México, Estados Unidos, Gran Bretaña, Argentina y Colombia. ^ Los bienes producidos por una empresa multiproducto se dicen conmensurables si se producen por ima metodología caracterizada por:C(^|,..., Q^,) = C(Z, Q,). en la (jue C es la función de costos yQ¿ es el i-ésimo producto,! = 1, 2, ..., n. En el caso de los bienes no conmensurables se presentan problemas prácticos en el cálculo del ingreso promedio debido a que el ingreso total debe dividirse por un solo tipo de unidad de producto. Por ejemplo, el uso de kWli en la trasmisión de electricidad enmascara diferencias en los voltajes, la confiabilidad del servicio, la hora del día o la localización. Por tanto, es difícil conocer qué tan distintos son los ponderadores resultantes con la regulación por ingreso promedio respecto a los ponderadores óptimos. ' En el régimen de canasta de tarifas se establece un máximo sobre un índice /(/)) = S, - | if¡ p¡, en el que p¿ son los precios y u'i los ponderadores. Los ponderadores más importantes estudiados en la bibliografía son: cantidades del periodo previo (índice encadenado de Laspeyres), cantidades del periodo corriente (ponderadores de Paasche), ponderadores intertemporahnente fijos (ponderadores fijos de Laspeyres) y cantidades proyectadas (ponderadores de Laffont-Tirole). Se ha demostrado que, en condiciones estables de costos y demanda, el índice encadenado de Laspeyres posee las propiedades más deseables ya que converge en ponderadores óptimos (de Ramsey). Veáse Vogelsang (1999), sección 4.3.4. 4 Véase Bradley y Price (1998, 1991), Law (199.5) y Sappington y Sibley (1992).

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superior a la de ingreso promedio en ambientes estáticos, dinámicos pero estables en costos y demanda, o en maximización mioj)e de ganancias.' No obstante, hasta ahora no se ha estudiado la restricción de ingreso promedio en escenarios dinámicos y cambiantes de la demanda. En este artículo realizamos esta tarea y demostramos que, en condiciones estocásticas de demanda, la regulación por ingreso promedio puede generar montos positivos en el excedente del consumidor. Con esto presente, desarrollamos una versión estilizada del plan de precios máximos instrumentado por la CRE para regular las tarifas de transporte y distribución de gas natural de proyectosgreenfield, en los (¡ue los riesgos y la incertidumbre respecto a los costos y la demanda tienden a ser mayores en las primeras etapas que en las restantes." De acuerdo con el plan, el ingreso promedio de las empresas transportistas y distribuidoras no debe exceder a un tope determinado. El ingreso promedio se calcula cada año con el j)roducto Q, del periodo corriente, lo que origina un jirolilema práctico de aplicación, ya que si bien los jirecios se fijan al inicio del periodo el volumen real no puede ser conocido sino hasta el final del mismo. Esto obliga a que la empresa regulada estime el volumen al principio del año y a que el regulador ajuste los errores de estimación al final del año.' De manera similar al análisis desarrollado por Sap|)ington y Sibley (1992)," demostramos que el régimen por ingreso promedio puede dar incentivos a las empresas reguladas para que establezcan precios no lineales de manera estratégica. Al establecer bajos cargos por uso en un periodo, la empresa puede trasladar el incremento del cargo fijo del periodo corriente a otro posterior. Sin embargo, con■' ibid. '' La CHK utiliza el ingreso [jronifdid para regular las tarifas de transporte y distribución de gas natural durante el primer rezago regulador de cinco años. Después de ese periodo la CHi: puede utilizar un régimen de canasta de tarifas (véase (".HK. 1996, artículo 6.12). ' Según el plan de la CHK, el manejo del riesgo por parte de las empresas puede ser más importante que las posibles reducciones en el excedente del consumidor cuando se busca atraer inversión a proyectos nuevos (véase Rosellón, 1998. sección 2.1). En realidad, la (.Hí. utiliza este tipo de regulación durante los primeros años del desarrollo de un proyecto «rcefi/ieW. debido a que, como ya vimos, el ingreso piomedio otorga mayor flexibilidad en el reequilibrio de tarifas. En los proyectos de distribución la IKK otorga un permiso exclusivo al licitante que ofrezca el menor ingreso promedio. F^sla competencia por el mercado busca también minimizar las posibles pérdidas en el exceilente del coiisumiilor (véase Rosellón. 199.5 v 1998: IK\. 1996). " Sappington v Sibley llegan a conclusiones similares usando el plan de la Federal Comnuinications Commission (H:; c^-if--*

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