LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO XIX CONGRESO INTERNACIONAL DE INVESTIGACION EN CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

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LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO

XIX CONGRESO INTERNACIONAL DE INVESTIGACION EN CIENCIAS ADMINISTRATIVAS A.C. (ACACIA) “De la regionalización a la globalización”

“LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO” Mesa de trabajo: Contabilidad, Auditoría y Fiscal

Autores

CP Jorge Alberto Ramírez Graciano [email protected] CP Ofelia Santos Torres [email protected] LAE María Eugenia Castillo Torres [email protected]

Institución: Universidad Autónoma de Tamaulipas

I.

Universidad Juárez del Estado de Durango (UJED) 21 de abril del 2015

1

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO

RESUMEN

Es obligación de los contribuyentes en México llevar una contabilidad, misma que esta normada y unificada mediante las Normas de Información Financiera (NIF), dicha normatividad conlleva a brindar información financiera de manera confiable, relevante, comprensible y comparable mediante una serie de postulados básicos que demuestran y justifican la totalidad de las operaciones de los contribuyentes. Durante el ejercicio de las facultades de comprobación del SAT (Secretaria de Administración Tributaria) en las deducciones autorizadas de los contribuyentes, resulta comúnmente que rechazan algunas operaciones con motivos de que consideran que estas no son estrictamente indispensables en las actividades, o porque no ven que dicha erogación persiga una razón de negocio, es decir, que sea necesaria para la consecución de sus fines u actividades preponderantes. Más sin embargo durante la presente investigación se considera que las NIF pueden ser una fuente auxiliar en los métodos de interpretación fiscal durante los medios de defensa interpuestos por los contribuyentes ante el SAT. Es así como en la primera parte se analizara la constitución de las norma de Información financiera (NIF) y su naturaleza, en una segunda parte como las NIF pueden ser fuentes de derecho fiscal, para así pasar a una tercera parte las NIF como apoyo en defensa fiscal para en la última parte dar paso a las conclusiones de cómo las NIF pueden ser auxiliares en defensa fiscal en México.

Palabras Claves: NIF (Normas de Información Financiera), Derecho Fiscal, Medios de Defensa

2

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO

INTRODUCCION

Derivado de las revisiones que efectúa la Servicio de Administración Tributaria (SAT) a las

deducciones

autorizadas

de

los

contribuyentes,

se

ha

observado

que

arbitrariamente rechazan diversas operaciones con motivos de que consideran que estas no son estrictamente indispensables en las actividades de los contribuyentes, o porque no ven que dicha erogación persiga una razón de negocio o sea necesaria para la consecución de sus fines u actividades preponderantes.

Así mismo es obligación de los contribuyentes llevar una contabilidad, misma que esta normada y unificada mediante las Normas de Información Financiera (NIF), dicha normatividad conlleva a brindar información financiera de manera confiable, relevante, comprensible y comparable mediante una serie de postulados básicos que demuestran y justifican la totalidad de las operaciones de los contribuyentes.

Durante el ejercicio de las facultades de comprobación del SAT en las deducciones autorizadas de los contribuyentes, resulta comúnmente que rechazan algunas operaciones con motivos de que consideran que estas no son estrictamente indispensables en las actividades, o porque no ven que dicha erogación persiga una razón de negocio, es decir, que sea necesaria para la consecución de sus fines u actividades preponderantes. Más sin embargo durante la presente investigación se considera que las NIF pueden ser una fuente auxiliar en los métodos de interpretación fiscal durante los medios de defensa interpuestos por los contribuyentes ante el SAT. Ante esta situación planteada es necesario establecer la siguiente pregunta: ¿Las NIF pueden ser fuentes auxiliares en los Métodos de Interpretación Fiscal? ¿Pueden ser medios definitivos para ganar un medio de defensa ante el SAT? Las cuales analizaremos a través del método de investigación hipotético deductivo el cual se origina del análisis de la lectura para dar paso a una solución o interpretación que a juicio de los investigadores puede darse como un punto de partida.

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LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO

Es así como en la primera parte se analizara la constitución de las norma de Información financiera (NIF) y su naturaleza, en una segunda parte como las NIF pueden ser fuentes de derecho fiscal, para así pasar a una tercera parte las NIF como apoyo en defensa fiscal para en la última parte dar paso a las conclusiones de cómo las NIF pueden ser auxiliares en defensa fiscal en México.

II.

Las Normas de Información Financiera (NIF)

Para poder comprender la manera en que las NIF pueden ser parte importante en la defensa fiscal, primeramente definiremos estos a manera de poder interpretar y posteriormente relacionarlos como fuente de derecho y auxiliares en los medios de defensa.

La contabilidad y el derecho fiscal, aunque parecieran diferentes se encuentran relacionadas debido al nacimiento del hecho tributario, es decir, el derecho fiscal, mediante leyes y reglamentos se interrelaciona con la contabilidad para establecer los cálculos necesarios que le facilitará al contribuyente cumplir con su obligación de contribuir al gasto público como lo establece nuestra Constitución. Así pues la contabilidad es de gran importancia para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, dado que hasta en la Constitución en su artículo 16, párrafo 11, nos indica que los contribuyentes deberán aportar los libros y papeles (contabilidad) indispensables para corroborar que se han acatado las disposiciones fiscales.

De esta manera podemos ver que existe una relación entre la contabilidad y las leyes fiscales, siendo las Normas de Información Financiera, la fuente formal de la contabilidad, misma que se analizara si estas pueden ser parte de las fuentes del derecho, que sirvan como auxiliar en el desarrollo de la defensa fiscal.

Entrando en materia, las NIF nacieron a partir del 1 de enero de 2006 dado que con anterioridad eran nombradas como principios de contabilidad generalmente aceptados. 4

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO Las Normas de Información Financiera están compuestas por cuatro diferentes aparatados1: a) Normas de Información Financiera Conceptuales o Marco Conceptual b) Normas de Información Financiera Particulares o NIF Particulares c) Interpretaciones de las NIF o INIF d) Orientaciones a las NIF o ONIF

Las Normas de información financiera conceptuales establece los conceptos fundamentales que sirven de sustento para la elaboración de las NIF particulares. Las NIF particulares establecen las bases específicas de valuación, presentación y revelación de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a la entidad, que son sujetos de reconocimiento contable en la información financiera2.

Las interpretaciones a las NIF tienen por objeto:

a) Aclarar o ampliar temas ya contemplados dentro de alguna NIF b) Proporcionar oportunamente guías sobre nuevos problemas detectados en la información financiera que no son tratados específicamente en las NIF, o bien, sobre aquellos problemas sobre los que se gayan desarrollado o que se desarrollen, tratamientos poco satisfactorios o contradictorios.

Así mismo eventualmente, se pueden emitir orientaciones sobre asuntos emergentes que vayan surgiendo y que requieran de atención rápida, las cuales no son sometidas a auscultación, por lo que no son obligatorias.

1

Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C., Normas de Información Financiera, Edición 2014 2 Ibídem

5

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO De esta manera podemos decir que las NIF no son leyes ni reglamentos obligatorios, sino que son bases de una técnica como es la contabilidad, es decir un método de valuación de las operaciones de las empresas, teniendo sus bases en el primer apartado denominado Marco Conceptual o Postulados Básicos, los cuales son por mencionar algunas, sustancia económica, entidad económica, negocio en marcha, devengacion contable, asociación de costos y gastos a los ingresos, valuación, dualidad económica y consistencia.

Los postulados básicos

anteriormente mencionados, son esenciales para la

interpretación y cuantificación de la contabilidad, así pues los postulados de Entidad Económica y la Devengación Contable identifican y delimitan a la entidad económica; los referentes a Valuación, Negocio en Marcha, Sustancia Económica y Dualidad Económica establecen las bases para la valuación de las transacciones celebradas por las entidades y el postulado referente a la Consistencia representa los requisitos generales aplicables a la contabilidad en su conjunto.

III.

NIF COMO FUENTE DE DERECHO FISCAL

La presente investigación tratara la forma de que manera las NIF pueden ser auxiliares en los medios de defensa que interponen los contribuyentes ante las autoridades fiscales, puesto como bien se sabe, las NIF son las normas que regulan la contaduría, o sea, manifiesta aquellos hechos que han ocurrido en una entidad económica.

La contaduría y el derecho, aunque parezcan diferentes se encuentran estrechamente relacionadas. El derecho tributario, mediante leyes y reglamentos se apoya de la contaduría para establecer los cálculos necesarios que le facilitará al contribuyente, para cumplir con su obligación de contribuir para el gasto público como lo establece nuestra Constitución.

6

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO Así púes la contabilidad es un elemento de importancia para el correcto pago y cumplimiento de las obligaciones tributarias. La Constitución además en su artículo 16, como parte de cercioramiento, nos indica que la contabilidad, para efectos de comprobación, aportará los libros y papeles indispensables para corroborar que se han acatado las disposiciones fiscales, siendo de esta manera el punto que da nacimiento a la contabilidad como parte de defensa ante las autoridades fiscales3. De esta manera se puede observar que existe una relación estrecha entre la contabilidad y las leyes fiscales.

Así pues tenemos que el derecho tributario, mediante leyes y reglamentos se apoya de la contaduría para establecer los cálculos necesarios que le facilitará al contribuyente cumplir con su obligación de contribuir para el gasto público. Dicha técnica contable está regida por las Normas de Información Financiera, que si bien se puede decir que estas no son reglas o normas de conducta obligatoria, sino son bases de una técnica como es la contabilidad, que resulta auxiliar en el manejo mismo de las empresas, es decir, como un método de valuación propio de las empresas que aporta resultados uniformes y que permite exámenes de comprobación, de seguimiento aconsejable4.

Por lo anterior se analizara, como la contabilidad mediante las NIF puede ser fuentes materiales del derecho, pues son factores y elementos que pueden provocar la aparición y determinar el contenido de las normas jurídicas. Esto es así, en razón de que las NIF pueden llegar a constituir antecedentes del derecho, prefigurando su contenido y encierran en potencia las soluciones que han de adoptar las normas jurídicas fiscales5.

3

Las Normas de Información Financiera (Antes Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados) como Fuente del Derecho Fiscal, recuperada de http://www.tfjfa.gob.mx/investigaciones/pdf/lasnormasdeinformacion.pdf 4 Óp. Cit. P. 40 5 Ibídem

7

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO La contabilidad en materia tributaria se define como el conjunto de sistemas y métodos que los contribuyentes están obligados a utilizar para la clasificación, ordenación y registro de los actos o actividades que producen movimiento o modificaciones en su patrimonio y que son tomados en cuenta por las leyes fiscales para el pago de los impuestos.

Esto se puede ver enmarcado en el Código Fiscal de la Federación y su reglamento en los cuales se puede observa que la normatividad tributaria trae consigo parte de los postulados básicos de las NIF, con el fin de garantizar objetividad y veracidad de los registros contables.

Como se comento el Código Fiscal de la Federación estatuye en su artículo 28 la obligatoriedad de llevar contabilidad, así mismo se constata que en el artículo referido, el concepto de contabilidad se integra por los sistemas y registros contables que señala el Reglamento del Código Fiscal de la Federación, en su artículo 26, fracciones I y VI.

De esta manera la contabilidad en la legislación fiscal, encuentra justificación en virtud de que la contabilidad es la base para la liquidación de los tributos por parte del contribuyente, requiere que la misma refleje fielmente la realidad contributiva del sujeto pasivo al patentizar conforme a la realidad económica, las modificaciones y movimiento en el patrimonio del sujeto pasivo.

6

Es por ello que se advierte que el fin de la

contabilidad es la representación cualitativa y cuantitativa de los elementos que forman ese patrimonio, debidamente descritos y valorados, al inicio de un ejercicio económico, para que posteriormente se registren las variaciones que en el citado patrimonio se vayan produciendo.

6

Óp. Cit. P. 40

8

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO Ahora bien, para que la contabilidad constituya un eficaz instrumento de análisis económico y fiscal debe cumplir con una serie de condiciones. Entre ellas es que toda la anotación contable tenga una justificación lógica, legal y económica basada en una operación soportada documentalmente, de acuerdo a los principios de veracidad y objetividad recogidos en los artículos 28, fracción II, del Código Fiscal de la Federación y 26, fracción VI, de su reglamento, respecto de la contabilidad7.

La contabilidad juega un papel fundamental para que la autoridad pueda conocer la situación económica de los sujetos pasivos, pues ésta es la base de la autodeterminación de los tributos según se advierte del artículo 6o., párrafo tercero, del Código Fiscal de la federación, y al revelar la misma, las modificaciones o movimientos del patrimonio de los contribuyentes8. Dicha autoliquidación se realiza a través de un adecuado sistema de contabilidad llevado por el contribuyente, pues a través de ésta se registran los movimientos o modificaciones del patrimonio de los causantes, lo cual hace factible una adecuada autodeterminación de los tributos.

De todo lo anterior se puede observar la obligatoriedad de la contabilidad y de los instrumentos integrantes y documentación que soporta tal técnica, así pues la contabilidad tiene para obtener un norma uniforme las NIF, que resultan ser bases y auxiliar en el manejo mismo de las empresas, es decir, como un método de valuación propio de las empresas que aporta resultados uniformes y que permite exámenes de comprobación, de seguimiento aconsejable mas no obligatorio, tan es así que no existe normatividad alguna que prevea una sanción por la no aplicación de dichos principios. 9

7

Ibídem Ibídem 9 Óp. Cit. P. 40 8

9

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO Por tanto, no resulta indispensable que esos principios se encuentren precisados en ley, máxime que no es la función de ésta el determinar el contenido y alcance de las técnicas contables, sino el de tomar en cuenta sus resultados para poder determinar la situación fiscal del contribuyente; a lo que debe agregarse que, de cualquier manera, es inconcuso que el conocimiento de esos principios es del dominio público.

En esta razón las Normas de Información Financiera, son fuentes materiales del derecho, pues son factores y elementos que pueden provocar la aparición y determinar el contenido de las normas jurídicas. Es decir, la norma jurídica puede traducir en forma más o menos perfecta, el contenido de alguna cuestión técnica contable contenida en las Normas de Información Financiera.

Esto es así, en razón de que las Normas de Información Financiera son en realidad ajenas al derecho, sin embargo, pueden llegar a constituir sus antecedentes, prefigurando su contenido y encierran en potencia las soluciones que han de adoptar las normas jurídicas fiscales. 10

IV.

NIF APOYO EN LA DEFENSA FISCAL

Como se vio anteriormente, consecuentemente las autoridades fiscales no respetan o no les parecen correctas algunas operaciones que realizan los contribuyentes, por lo cual se ve la necesidad de interponer algún medio defensa para inconformar su malestar, los daños económicos y para demostrar que se encuentran dentro del marco normativo de las leyes.

En razón a lo anterior, los contribuyentes al interponer sus medios de defensa, requieren explicar, fundar y motivar el porqué de las operaciones, y por que representan necesarias para sus actividades o el por qué del existir de estas, es por esto que la contabilidad puede resultar ser un pilar fundamental para comprobar a las autoridades la totalidad de las operaciones. 10

Óp. Cit. P. 40

10

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO

Así pues consecuentemente las autoridades, emiten resoluciones derivadas de revisiones al ejecutar sus facultades de comprobación, donde rechazan o desechan a su criterio operaciones realizadas por los contribuyentes, esto en razón de que para la autoridad resultan innecesarias para la consecución de los objetos de los contribuyentes.

De esta manera podemos decir, que una de las probanzas para estas resoluciones es la contabilidad, puesto que esta de alguna manera se encuentra relacionada a la normatividad tributaria dentar del Código Fiscal de la Federación y su reglamento, en las cuales ambas se basan en los principios contables de objetividad y veracidad al señalar que los registros contables están integrados por la documentación correspondiente.

Esto mismo ha sido ratificado por los tribunales mediante la siguiente tesis: “Las normas de información financiera sirven para elaborar información que satisfaga las necesidades comunes de usuarios en el área contable-financiera, estableciendo las bases concretas para reconocer contablemente y dar valor o significado a los datos que integran los estados financieros de una entidad o empresa. Así, dichas normas tienen como características básicas las siguientes: a) surgen como generalizaciones o abstracciones del entorno económico en que se desenvuelve el sistema de información contable; b) derivan de la experiencia, de las formas de pensamiento y políticas o criterios impuestos por la práctica de los negocios en un sentido amplio; c) se aplican en congruencia con los objetivos de la información financiera y sus características cualitativas; d) vinculan al sistema de información contable con el entorno en que éste opera, permitiendo al emisor de la normativa, al preparador y usuario de la información financiera, una mejor comprensión del ambiente en que se desenvuelve la práctica contable; y, e) sirven de guía de la acción normativa conjuntamente con el resto de los conceptos básicos que integran el marco conceptual, dado que deben emplearse como apoyo para elaborar reglas específicas de información financiera, dando pauta para 11

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO explicar 'en qué momento' y 'cómo' deben reconocerse los efectos derivados de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos que afectan económicamente a una entidad de tipo económico-financiero”.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 763/2010. Professional Advertising México, S.A. de C.V. 12 de mayo de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretaria: Alma Flores Rodríguez11.

Y es en razón a esto que se puede observar que las NIF mediante sus postulados básicos pueden ser fuente material para poder dar probanza a hechos u operaciones que

suceden en el desarrollo económico de los contribuyentes, dado que estos

contienen armónicamente el funcionar de sus actividades, esto se puede ver en el siguiente cuadro:

Como se observa las NIF son normas que permiten observar de que manera efectúa sus operaciones, y así mismo mediante sus boletines en actividades específicas, se puede vincular la manera de como demostrar el actuar de los contribuyentes, como ejemplo a esto podemos citar la deducción del Costo de lo vendido, mismo que a raíz de su inclusión como deducción ha tenido muchas inconsistencia, debido a los procedimientos de cálculo, las diferencias contables-fiscales, etc., es por dicha situación que muchos contribuyentes han tenido problemas en la determinación debido a que falta normatividad de carácter doctrinario para complementar los procedimientos para determinarlo.

Tal ha sido el debate en cuanto a la deducción del costo de lo vendido entre el SAT y los contribuyentes que se han emitido diversos criterios acerca de la determinación en base a costeos absorbente o directo, efectos de revaluación de inventarios, entre otros, pero de entre todas estas resoluciones emitidas a favor de los contribuyentes y que nos

11

Óp. Cit. P. 55

12

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO da un contexto de cómo las NIF (antes principios de contabilidad generalmente aceptados) puede invariablemente ser parte material y auxiliar para determinar los procedimientos de la determinación del costo de lo vendido es la siguiente tesis: Costo de lo vendido.- para determinar los conceptos que lo integran es válido atender la técnica contable, específicamente la prevista en el boletín c-4 inventarios de los principios de contabilidad generalmente aceptados. Ley del impuesto sobre la renta vigente en 2005.

De lo anterior se puede observar que las NIF pueden jurídicamente un medio de probanza en los medios de defensa, puesto que aunque no sean una normatividad legal, da argumentos sólidos para el entendimiento de la legislación fiscal.

Así pues siguiendo los antecedentes que las NIF han dejando en los medios de defensa, podemos citar también en materia aduanal la forma en que se puede determinar el valor de aduana de mercancía de procedencia extranjera, tal fue el resultado que se determinaron precedentes que originaron una jurisprudencia a favor de los Principios de Contabilidad (Ahora NIF), dicha jurisprudencia a la letra dice: “Valor en aduana de mercancías de procedencia extranjera conforme al acuerdo relativo a la aplicación del artículo vii del acuerdo general sobre aranceles aduaneros y comercio de 1994 (gatt de 1994). Caso en el que debe determinarse sobre la base de datos disponibles en el país de importación”.

Por lo expuesto anteriormente se puede ver que las NIF, pueden ser valoradas de amplia magnitud de probanza, tan es así que el mismo SAT, ha tomado sus bases como medios de comprobación y de fiscalización, tal y como se puede sustentar en el ámbito del Dictamen Fiscal. Con lo que con esto podemos concluir que efectivamente las NIF pueden ser fuentes auxiliares en los Métodos de Interpretación Fiscal y pueden ser medios definitivos para ganar un medio de defensa ante el SAT.

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LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO Así pues, el dictamen fiscal es una herramienta al alcance de las empresas que les da la certeza de que su información financiera está presentada de manera adecuada de conformidad con las normas de información financiera establecidas por la contaduría pública organizada, el cual goza de una gran credibilidad en el medio empresarial, financiero y fiscal. También se puede decir que este es reconocido por las autoridades hacendarias como un documento fidedigno y confiable que da cuenta de la situación fiscal del contribuyente y tiene validez legal, el cual le da seguridad de que está cumpliendo de forma correcta con el pago de sus impuestos.

Dicho dictamen como se menciono da la certeza que la información financiera sea presentada de manera adecuada con las NIF (antes principios de contabilidad generalmente aceptados), tan esa así que el SAT corrobora este decir con la siguiente tesis: Código Fiscal de la Federación, Dictamen Contable.- Cuando no se elabora bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados carece de valor probatorio.- de los artículos 154 y 211 del código federal de procedimientos civiles.

Y como se menciono, el mismo SAT sustenta también sus medios de fiscalización mediante las NIF, dado que los tribunales han resulto que debido a que el Código Fiscal de la Federación establece con toda precisión que los contribuyentes deben llevar contabilidad,

y

que

las

normas

de

información

financiera,

son

las

reglas

consuetudinarias que preferentemente debe acatar esa técnica. Entonces, queda claro que la autoridad sí puede citar como parte de las consideraciones que le llevaron a emitir una liquidación, que la contabilidad no se apegó a las normas de información financiera, dicha sentencia a su letra dice: “Normas de Información Financiera.- Pueden ser utilizadas por las autoridades fiscales como sustento de sus determinaciones”.

Es de esta manera como se puede observar que las NIF son una base solida que puede permitir resolver a favor de los contribuyentes inconformidades que se tengan ante las autoridades fiscales.

14

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO V.

CONCLUSIONES

Como se ha visto especificado a lo largo de la investigación, se externo el por qué se considera por que las NIF son fuentes de derecho, y como estas pueden ser de gran apoyo en la resolución de medios de defensa interpuestos en contra de las autoridades fiscales.

Por lo anterior, se tiene que las NIF se entienden como normas que se realizan consuetudinariamente en el accionar de las empresas sin que exista sanción por su incumplimiento, ya que lo importante para la ley son los resultados contables que permitan conocer la situación fiscal del contribuyente, resultando las NIF importantes para determinar el contenido y alcance de las técnicas contables.

Es de esta manera que las NIF tiene gran significado para la defensa fiscal de los contribuyentes puesto que el juzgador está obligado a analizar todas las pruebas ofrecidas por las partes para resolver adecuadamente un caso en estudio.

Por todo lo anterior y una vez analizadas como las NIF han dejado huella en diversas resoluciones, y una vez también explicado como estas realmente pueden ser fuente formal del derecho, se puede concluir que el emplear las NIF como medio de probanza en los medios de defensa, estas puedan resultar pieza fundamental para que los contribuyentes obtengan sentencias a su favor en las impugnaciones realizadas en contra de las autoridades fiscales.

Las NIF son consideradas como una herramienta útil, en casos jurídicos con contenido contable, por lo que deben considerarse con la finalidad de que prevalezca la sustancia económica sobre la forma, de tal manera que cuando no coincida la realidad económica con la forma legal, se debe privilegiar la realidad económica.

15

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO Es además la manera que nuestra

Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos prevé el derecho de audiencia con el que cuenta todo gobernado, así como la obligación de la autoridad de fundar y motivar los actos que emita, por lo que si los actos de autoridad se emiten en contravención a la ley, el particular puede ejercer su derecho argumentando lo que considere para la defensa de sus derechos y ofreciendo las pruebas que a su juicio demuestren la ilegalidad del acto reclamado, entre las cuales pueden estar las NIF, las cuales son creadas por una Institución de alto prestigio a nivel internacional y bajo un estricto procedimiento, lo que permite considerarlas como herramientas de gran utilidad que permitirán conocer la realidad económica, sin que ello signifique que dejen de considerarse todas las pruebas exhibidas en un procedimiento con la finalidad de conocer la verdad material12.

12

Los Boletines Contables como Fuente de Derecho y su valoracion en una Sentencia emitida por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, recuperada de http://www.tfjfa.gob.mx/investigaciones/pdf/losboletinescontables.pdf

16

LAS NIF (Normas de Información Financiera) MEDIOS DE DEFENSA FISCAL EN MÉXICO BIBLIOGRAFÍA Código

de

Comercio,

recuperada

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/3_130614.pdf Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C., Normas de Información Financiera, Edición 2014. Constitución

Política

de

los

Estados

Unidos

Mexicanos,

recuperada

de

recuperada

de

http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf. Do Fiscal editores, S.A. de C.V., Compilación Fiscal, Edición 2014. Resolución

Miscelánea

Fiscal

para

2014

y

su

anexo

19,

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Documents/RMF2014_1.doc Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, recuperada

de

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Documents/TerceraRMF_19082 014.doc Tesis

y

Jurisprudencias,

recuperado

de

http://www.fiscalia.com/tesis_jurisprudencias.html Normas de Información Financiera (Antes Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados)

como

Fuente

del

Derecho

Fiscal,

recuperada

de

http://www.tfjfa.gob.mx/investigaciones/pdf/lasnormasdeinformacion.pdf Boletines Contables como Fuente de Derecho y su valoración en una Sentencia emitida por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, recuperada de http://www.tfjfa.gob.mx/investigaciones/pdf/losboletinescontables.pdf Defensa

Fiscal:

importancia

y

trascendencia,

http://www.intelegis.com.mx/PDFs/201005/201005-defensaFiscal.pdf

17

recuperado

de

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