LEY REGULA EL CIERRE DE FAENAS E INSTALACIONES MINERAS. Aspectos Generales

LEY 20.551 REGULA EL CIERRE DE FAENAS E INSTALACIONES MINERAS Aspectos Generales CONSIDERACIONES PREVIAS LEY N° 20.551 REGULA EL CIERRE DE FAENAS E

0 downloads 113 Views 3MB Size

Story Transcript

LEY 20.551 REGULA EL CIERRE DE FAENAS E INSTALACIONES MINERAS Aspectos Generales

CONSIDERACIONES PREVIAS LEY N° 20.551 REGULA EL CIERRE DE FAENAS E INSTALACIONES MINERAS

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

1. Necesidad de una Nueva Regulación: El Porqué  Ausencia de una normativa específica, que regulara los aspectos negativos de la Industria Minera Extractiva.  Porque “el que contamina paga” por lo cual es la empresa minera quien debe hacerse cargo de dichas externalidades, de manera de incorporarlo como un elemento más dentro del negocio minero.

 Impedir la producción de nuevos Pasivos Mineros.  Ausencia de una garantía financiera que asegurara al Estado, la disponibilidad de fondos para cubrir, en forma exclusiva, los costos de las acciones contempladas en los planes de cierre, cuando la empresa incumpliera sus obligaciones.

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

3. Principales Diferencias •Obligación de presentar Plan de Cierre para la aprobación por el SNGM.

• Obligación de presentar un Plan de Cierre para la aprobación de SNGM.

•Regula los aspectos técnicos de seguridad aplicables a las medidas de cierre.

• Considera aspectos medidas de cierre.

•Regulación de Estabilidad Física

• Regulación Estabilidad Física y Química.

•Contempla actualizaciones c/5 años.

• Contempla actualizaciones periódicas.

•No contempla la realización de auditorías .

• Contempla la realización de auditorías.

•No considera el establecimiento de ninguna garantía que permita asegurar la ejecución de los planes de cierre.

• Considera el establecimiento de una Garantía a fin de asegurar el cumplimiento del plan de cierre.

•No existe fondo post-cierre.

• Crea el fondo post-cierre.

•Sanciones poco rigurosas .

• Establece sanciones más rigurosas.

REGLAMENTO SEGURIDAD MINERA

LEY N° 20.551

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

técnicos

de

las

ESCENARIO BAJO LA LEY N°20.551 Aspectos Relevantes- 11 de noviembre de 2012

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

2.Objetivos

CREAR UN FONDO POSTCIERRE PARA EL MONITOREO DE FAENAS

MEDIDAS DESTINADAS A MITIGAR EFECTOS INDUSTRIA EXTRACTIVA MINERA Y LA EXPLOTACION DE HIDROCARBUROS

CERRADAS

ASEGURAR LA ESTABILIDAD FÍSICA Y QUÍMICA DE FAENAS MINERAS

PLAN DE CIERRE

ESTABLECER GARANTÍAS PARA EL CIERRE EFECTIVO DE MINAS E INSTALACIONES

RESGUARDAR LA VIDA, SALUD Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y DEL MEDIO AMBIENTE

EVITAR EL ABANDONO DE MINAS Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

3. Procedimientos

PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN Proyectos Nuevos

Procedimiento de Aplicación General

Procedimiento Simplificado

Proyectos en Operación

Régimen Transitorio

Procedimiento de Aplicación General

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN GENERAL Aspectos Procedimentales

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN

1. Ámbito de Aplicación

Empresas cuya cap. de extracción sea superior a 10.000 ton. mensuales por faena minera.

Procedimiento de Aplicación General

Régimen Transitorio

2. Estructura 1.

2.

3.

4.

Resumen Ejecutivo

Índice

Antecedentes Generales

Compromisos ambientales

5.

6.

7.

8.

Descripción de las Instalaciones

Descripción del Entorno

Estimación Vida útil

Evaluación de Riesgos

Medidas y Actividades de Cierre

10.

11.

Costo Medidas de Cierre

Costos Medidas Post-Cierre

13.

14.

Información Estratégica

Programa de Difusión

9.

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

15. Anexos

12. Garantías

3. Requisitos Técnicos Deberán ser determinados por la empresa minera, considerando los siguientes criterios: EVALUACIÓN DE RIESGO a la faena e instalaciones mineras

Características Propias de la Faena Minera

Ubicación Geográfica

Cercanía a los poblados

Tipo de Instalación de que se trate. Atributos Relevantes

Considerando aspectos:

los siguientes Riesgos Sísmicos

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

4. Examen de Admisibilidad EXAMEN DE ADMISIBILIDAD

Solicitud de aclaraciones, rectificaciones y enmiendas a la empresa

0

5

15

Subsanación de errores

Requerir correcciones errores u omisiones formales

Notificación a la empresa

Presentación Plan de Cierre No subsana

Subsana

Se tiene por no presentado

Examen de Fondo

5. Examen de Fondo EXAMEN DE FONDO

La empresa deberá presentar la información solicitada.

Solicitud de aclaraciones, rectificaciones y enmiendas

15

60

30

Requerir correcciones errores u omisiones formales

Se SUSPENDE el Plazo de Pronunciamiento que tiene el Servicio

Notificación a la empresa

90

100

Continua CORRIENDO el Plazo para Pronunciarse que tiene el Servicio

Ampliación del plazo por resolución fundada

Entrega o No de Información al Servicio

Subsana Pronunciamiento

Aprueba

Rechaza

6. Cumplimiento Plan de Cierre Obligación • La aprobación del plan de cierre, obliga a la empresa a implementarlo íntegramente.

Quién • Por la empresa minera o por un tercero por cuenta de ella, durante la operación minera. Tipos • Cumplimiento Parcial • Liberación Gradual de la Garantía 30% +30% • Entrega Certificado de Cierre Parcial

• Cumplimiento Total • Devolución de remantes de garantías y excedentes si existieren • Entrega Certificado de Cierre Final , previo aporte al Fondo Post Cierre Incumplimiento • Imposición de sanciones • Se ejecuta la garantía • Implementación Plan de Cierre Certificación • Ejecución Auditoría Final Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Aspectos Procedimentales

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

1. Ámbito de Aplicación

PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN

Empresas cuya cap. de extracción sea menor o igual a 10.000 ton. mensuales por faena minera.

Procedimiento Simplificado

Exploraciones Mineras que deban ingresar al SEIA

Voluntariamente

Prospecciones

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

Obra o actividad que se encuentre en el artículo 3 letra p, (que se realice en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales y demás zonas)

2. Estructura

• El Plan de Cierre que se presente para la aprobación del Servicio, deberá observar la estructura establecida en la GUÍAS METODOLÓGICAS que dicte el Servicio Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

3. Requisitos Técnicos Deberán ser determinados por la empresa minera, considerando los siguientes aspectos: EVALUACIÓN DE RIESGO que se deberá realizar a la faena e instalaciones mineras

Descripción de la faena minera

Individualización de la Empresa

Tipo de Instalación de que se trate. Considerando los aspectos que se establezcan las GUÍAS METODOLÓGICAS.

Con todo, deberá contar al menos con los siguientes aspectos:

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

Medidas y Actividades de Cierre

Resolución de calificación ambiental si procediere

4. Revisión EXAMEN DE ADMISIBILIDAD

EXAMEN DE FONDO

La empresa deberá presentar la información solicitada.

Solicitud de aclaraciones, rectificaciones y enmiendas

0

5

Requerir correcciones errores u omisiones formales

15

30

Se SUSPENDE el Plazo de Pronunciamiento que tiene el Servicio

60

Continua CORRIENDO el Plazo para Pronunciarse que tiene el Servicio

90

100

Subsanación de errores

Notificación

Notificación

Ampliación del plazo por resolución fundada

Entrega o No de Información

Presentación Plan de Cierre

Pronunciamiento

No subsana

Subsana Aprueba

Se tiene por no presentado

Garantías - Ley de cierre - Sernageomin

Examen de Fondo

Rechaza

5. Cumplimiento Plan de Cierre Obligación • La aprobación del plan de cierre, obliga a la empresa a implementarlo íntegramente. Quién • Por la empresa minera o por un tercero por cuenta de ella, durante la operación minera. Tipos

• Cumplimiento Parcial • Entrega Certificado de Cierre Parcial • Cumplimiento Total • Informe Final • Entrega Certificado de Cierre Final , previo aporte al Fondo Post Cierre Incumplimiento • Imposición de sanciones • Implementación Plan de Cierre Certificación • Fiscalización Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

PRINCIPALES INNOVACIONES Nuevas Regulaciones

 AUDITORÍAS  ACTUALIZACIONES  PARALIZACIONES  GARANTÍA  CERTIFICADOS DE CIERRE  FONDO POST-CIERRE

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

AUDITORÍA

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

1.Antecedentes A QUIENES • A Planes de Cierre presentados bajo el Procedimiento de Aplicación General.

OBJETIVO • Certificar al Servicio la adecuación y cumplimiento del contenido del plan de cierre.

FINANCIAMIENTO • La Empresa PERIODICIDAD • Periódicas (cada 5 años) • Voluntarias. • Extraordinarias (en situaciones graves que serán calificadas por el Servicio) QUIÉNES • Auditores inscritos en el Registro Público de Auditores Externos que llevará el Servicio. Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

2.Procedimiento de Ejecución Auditoría Plazo de Pronunciamiento Servicio Distintas Etapas de la Auditoría

-30

-15

0

Revisión

Plazo de Entrega

25

Relación

40

Ejecución

Descargos u observaciones de la empresa

50

100 Revisión

Elaboración de Informe

Preparación Auditoría

Pronunciamiento Servicio

Termino Ejecución

Presentación Programa de Auditoría Inicio Auditoría

Garantías - Ley de cierre - Sernageomin

Entregar Informe

Aprobación o Rechazo de la Auditoría

3. Ejecución Auditoría Final

Implementada la totalidad de las medidas de cierre

Día X

Distintas Etapas de la Auditoría

0

Plazo de Entrega

40

25

Plazo de Pronunciamiento Servicio

Relación

50

Descargos u observaciones de la empresa

Ejecución de la auditoria

80

110

Revisión

Elaboración de Informe

Inicio Auditoría Final

Aprobación o Rechazo de la Auditoría

Entregar Informe

Termino Ejecución

Garantías - Ley de cierre - Sernageomin

Cumplimiento

Incumplimiento

Ampliación excepcional

ACTUALIZACIÓN

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

1.

Actualizaciones OBLIGACIÓN • Todo plan de cierre aprobado por el Servicio, podrá ser actualizado.

CUÁNDO • Durante la operación minera.

TIPOS • Periódicas • Extraordinarias

PROCEDIMIENTO • La empresa deberá presentar un proyecto de actualización ante el Servicio, el que deberá pronunciarse sobre el mismo en el plazo de 30 días. Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

2. Periódicas La empresa minera Cada cinco años Con el mérito de la auditoría periódica y lo resuelto por el Servicio al respecto. Contenidos: • Materia técnicas • Materias económicas • Materias Ambientales Presentación de Proyecto de Actualización

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

3. Extraordinaria La empresa minera Cuando el Servicio lo estime necesario Con el mérito de la auditoría extraordinaria o voluntarias, y lo resuelto por el Servicio al respecto.

Contenidos: • Materia técnicas • Materias económicas • Materias Ambientales Causales • Modificaciones Sustanciales del Proyecto Minero original. • Modificaciones a la fase de cierre que se consignaren en una RCA, en conformidad a lo establecido en la Ley N° 19.300 y en el RSEIA. • Luego de reiniciadas las operaciones al cabo de una Paralización Temporal, • Casos debidamente calificados por el Servicio.

Presentación de Proyecto de Actualización

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

4. Procedimiento de Actualización

Plazo de Entrega

0

Aclaraciones, rectificaciones y enmiendas

90 Elaboración Proyecto de Actualización

Presentación proyecto de Actualización Resolución Aprobación o Rechazo de la Auditoría o que exige actualización extraordinaria

Garantías - Ley de cierre - Sernageomin

100

Se SUSPENDE el Plazo de Pronunciamiento

Notificación a la empresa

130

Continua CORRIENDO el Plazo para Pronunciarse

Entrega o No de Información al Servicio

150

Resolución Aprobación o Rechazo Proyecto

PARALIZACIÓN

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

1. Presentación • Toda empresa minera que desee paralizar temporalmente sus operaciones, deberá presentar previamente un plan de cierre temporal para la aprobación del Servicio. • El plan de cierre deberá contener: – – – –

Estructura Medidas que se implementarán Requisitos técnicos Plazo de paralización

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

2. Plazo • Regla General: – El plazo de paralización no podrá ser superior a 2 años.

• Causa Justificada: – Ampliación del plazo de paralización hasta por un máx. de 3 años. – Presentación nuevo plan de cierre con 60 días de anticipación al vencimiento del plazo original.

• Razones Calificadas: – Ampliación que no podrá superar la vida útil. – Presentación nuevo plan de cierre con 60 días de anticipación al vencimiento del plazo original. – Previa disposición de un monto adicional de garantía del 30% del total inicial, en instrumentos A.1. Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

3. Otros Antecedentes REVISIÓN

• Se realizará conforme el procedimiento establecido para el P.A.G. o P.S., según corresponda

PRONUNCIAMIENTO

• 30 días desde la presentación del plan de paralización temporal.

EJECUCIÓN DE OBRAS

• Deberán encontrarse implementadas en el plazo autorizado por el Servicio, el que no podrá exceder de un año.

REAPERTURA

• Las faenas deberán ser reanudadas trascurrido el plazo establecido. De no hacerlo, el Servicio ejecutará y hará efectiva la garantía conforme lo establece la ley.

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

GARANTÍA

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

1. ¿Qué la constituye?

CONTINGENCIAS % aplicado según los criterios internacionales.

ADMINISTRACIÓN costo de la administración de quien ejecuta el cierre.

COSTOS DE CIERRE implementación de todas las medidas de cierre contempladas en el Plan

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

COSTOS POST CIERRE Medidas de seguimiento y control

Garantía

2. Quién, Cuánto y Cuándo

OBLIGATORIEDAD

• Empresas sometidas al Procedimiento de Aplicación General

DETERMINACIÓN MONTO

•A partir de la estimación Costos de implementación de las medidas de cierre.

PLAZO DISPOSICIÓN

• Vida Útil < a 20 años: dentro de los 2/3 de la vida útil de la faena.

• Vida Útil > a 20 años: en un plazo máximo de 15 años.

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

3. Instrumentos

A.1

A.2

• Certificados de depósitos a la vista.

• Instrumentos financieros representativos de captación o deuda comprendidos en el artículo 45 del DL 3.500, con clasificación de riesgo de a lo menos clase A nacional o equivalente internacional.

• Boletas bancarias de garantía a la vista. • Certificado de depósito menos de 360 días.

con

• Carta de crédito stand by emitida por un banco, con clasificación de riesgo al menos A.

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

A.3 • Cesión de contratos de venta de minerales. • Prenda sobre retorno de exportación. • Fianza solidaria con riesgo al menos A nacional o equivalente internacional.

4. Montos a Constituir Proyectos Nuevos Procedimiento Aplicación General: A partir del aviso al servicio del inicio de las operaciones de explotación. (Art. 21 del Reglamento de Seguridad Minera).

30 días-1año: deberá constituir una garantía no inferior al 20% del valor presente del costo total de las medidas de cierre. A partir 2 año: se otorgará en forma proporcional y a prorrata del plazo establecido par constituirla o ponerla a disposición.

Régimen Transitorio Para proyectos en funcionamiento: La Faena Minera tiene 2 años a partir del 12/11/12 para valorizar su plan aprobado conforme el RSM. Valorizado, deberá presentar dicha valorización junto al plan de cierre para la aprobación del Servicio. Aprobada, comenzará a constituir la garantía a partir del 1 día hábil después del 6°mes.

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

41

5. Composición

1°Tercio % de constitución

Año

20% 1



2

2°Tercio

3

4

5

6

80% 7

8

-

3°Terci o -

9

10

11

12

13

A.1.

Al Menos 40%

Al menos 60%

100%

A.2.

Hasta 40%

Hasta 40%

N/A

A.3.

Hasta 20%

N/A

N/A

*Ejemplo para una Faena minera de mas de 20 años.

Garantías - Ley de cierre - Sernageomin



14

15

6. Liberaciones Graduales

Previa verificación del Servicio

Inicio de ejecución de cierre

30%

Entrega del Certificado de Cierre Parcial

Cumplido los hitos significativos y permanentes

30%

Aporte al fondo Post Cierre

40%

Entrega de certificado de cierre final

Garantías - Ley de cierre | Sernageomin

CERTIFICADOS DE CIERRE

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

1. Tipo de Certificados

CERTIFICADO DE CIERRE PARCIAL: • Implementadas la totalidad de las medidas comprometidas para el cierre definitivo de una o más instalaciones o de una parte de una Faena Minera. • Resolución Fundada del Servicio.

CERTIFICADO DE CIERRE FINAL: • • • •

Implementadas la totalidad de las obras, medidas y actividades comprometidas Implementadas las obras que permitan desarrollar el programa de Post-Cierre Se haya materializado el aporte al Fondo Post Cierre Resolución Fundada del Servicio Garantías - Ley de cierre | Sernageomin

2. Efecto de Certificados P. Aplicación General

P. Simplificado

CERTIFICADO DE CIERRE PARCIAL: • Acredita el cumplimiento integro y oportuno de las obligaciones • Reducción Monto Garantía • Modificación de Instrumentos • Devolución de excedentes

CERTIFICADO DE CIERRE FINAL:

• Acredita el cumplimiento integro y oportuno de las obligaciones • Fin de la obligación de mantener garantía • Devolución de excedentes

CERTIFICADO DE CIERRE PARCIAL: • Acredita el cumplimiento integro y oportuno de las obligaciones

CERTIFICADO DE CIERRE FINAL:

• Acredita el cumplimiento integro y oportuno de las obligaciones

Garantías - Ley de cierre | Sernageomin

FONDO POST-CIERRE

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

1. Antecedentes

FINALIDAD

COMPOSICIÓN •Aportes mineras

de

las

empresas

•Producto de las multas • Financiar las Actividades de Post Cierre

•Donaciones •Asignaciones •Erogaciones •Subvenciones.

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

ADMINISTRACIÓN

• Institución Profesional en la administración de activos financieros, acreditada por la SVS, la que será elegida por medio de licitación-

2. Aporte Fondo Post Cierre QUIÉN • La empresa minera sometidas al Procedimiento de Aplicación General CUÁNDO

• Al término de la realización de las obras de cierre, previo a la entrega del Certificado de Cierre Final CÓMO • En dinero • Instrumentos A.1 CUÁNTO • Representativo de los recursos necesarios para financiar las actividades de post-cierre.

EFECTO • La empresa se libera de la responsabilidad de ejecutar las medidas de post-cierre, y el responsable pasa a ser el Estado. Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

REGIMEN TRANSITORIO

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

1. Requisitos Plan de Cierre Régimen Transitorio Toda empresa minera sometida al P.A.G. y que se encontrare en operación a la entrada en vigencia de la Ley cumplir con los siguientes requisitos.

VALORIZAR EL PLAN DE CIERRE aprobado conforme el RSM, en el plazo de dos años.

PRESENTAR PARA SU APROBACIÓN LA PROPUESTA DE VALORIZACIÓN, juntos al Plan de Cierre, informe de vida útil, la RCA aprobatoria de la fase de cierre, cuando la hubiere, indicando el tipo de instrumentos en que se otorgará la garantía.

Aprobada la valorización, SE DEBERÁ OTORGAR Y PONER A DISPOSICIÓN DEL SERVICIO LA GARANTÍA, a partir del primer día hábil posterior al sexto mes de aprobada.

Gobierno de Chile | SERNAGEOMIN

2. Procedimiento 12 nov. 2012

PLAZO PARA VALORIZAR PLAN DE CIERRE APROBADO CONFORME RSM

2 años

0

Entrada en Vigencia Ley 20.551

Presentación Plan de Cierre RSM. Valorización e instrumentos

Mes 6

1 Día Hábil

Se comienza a disponer la Garantía

MUCHAS GRACIAS Sernageomin Octubre 2012

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.