LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE LA ESTRATEGIA INTEGRAL DE ASISTENCIA SOCIAL ALIMENTARIA. DEL ESTADO DE TLAXCALA

LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE LA ESTRATEGIA INTEGRAL DE ASISTENCIA SOCIAL ALIMENTARIA. DEL ESTADO DE TLAXCALA Marzo, 2011 VIGENC

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LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE LA ESTRATEGIA INTEGRAL DE ASISTENCIA SOCIAL ALIMENTARIA. DEL ESTADO DE TLAXCALA

Marzo, 2011 VIGENCIA INDEFINIDA.

1

ÍNDICE

Página

1.

Introducción

3

2.

Objetivo General

4

3.

Marco Legal

4

4.-

Ámbito de Aplicación

10

4.1

Atribuciones y Deberes del SEDIF y SMDIF

11

5.

Lineamientos Generales y Específicos de la Estrategia Integral de la Asistencia Social Alimentaria del Estado de Tlaxcala

16

5.1.

Visión

16

5.1.

Misión

16

5.1.

Objetivo General

16

5.2

Estructura

17

5.3

Programa de Desayunos Escolares

17

5.3.1

Desayunos Escolares modalidad Frio

17

5.3.2

Desayunos Escolares modalidad Caliente

19

5.3.3

Programa de Atención a Menores de 5 Años en Riesgo

23

5.3.4

Programa de Asistencia Alimentaria a Sujetos Vulnerables

24

5.3.5

Programa de Asistencia Alimentaria a Familias en Desamparo

26

6

Cuotas de Recuperación

27

7

Derechos y obligaciones de los beneficiarios

29

7.1

Causas de incumplimiento, retención y suspensión de los programas

29

8

Definiciones

31

2

1. INTRODUCCIÓN La asistencia social es un derecho de todos los mexicanos y le corresponde al Estado brindarla en cumplimiento a la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social. Esta última confiere al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) la facultad de coordinar el Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada, y fijar las bases sobre las cuales se sustentará la coordinación y concertación de acciones del mismo, integrando, entre otras instancias, por los Sistemas Estatales DIF, Con éstos el SNDIF se coordina para la operación de programas, prestación de servicios y la realización de acciones en materia de asistencia social.

Es en este contexto, que el Gobierno del C.P. Mariano González Zarur, asume con mucha responsabilidad la prestación de servicios de carácter asistencial, cuyo principal objetivo es contribuir a mejorar el estado de nutrición de la niñez y las familias tlaxcaltecas, con políticas públicas que impacten el mejoramiento de la alimentación y de la economía familiar de los sujetos vulnerables en el Estado,

por ello es de suma importancia que se realice una

adecuada selección de los beneficiarios, que haya transparencia, que haya sustentabilidad, que los programas de la estrategia de asistencia alimentaria sean debidamente focalizados con la intención de beneficiar a quien realmente lo necesite.

Por ello es necesario que la asistencia social alimentaria contemple no sólo la desnutrición y deficiencias específicas, sino también la mala nutrición generada por los estilos de vida poco saludables, para ello habremos de implementar cambios sustanciales en la composición de los apoyos alimentarios, lo que constituye la primera acción de mejora de la “calidad nutricia” de los mismos, a través de la integración de menús que promuevan y garanticen una alimentación correcta con alimentos de los tres grupos, enfatizando el consumo de verdura y fruta, y la disminución del aporte de grasa, azúcar y sodio.

En este sentido, plasmaremos claramente las acciones a impulsar en materia de alimentación en Plan Estatal de Desarrollo 2011 – 2016, que nos permitan cumplir con los objetivos planteados en esta administración en congruencia con la Política Social del Gobierno Federal “vivir mejor” y con el “Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria: Estrategia contra la obesidad y el sobrepeso”, el cual tiene por objeto integrar y orientar la política pública del Gobierno Federal y de los estados, para prevenir y atender la problemática de obesidad y sobrepeso en la población mexicana y las consecuencias que de ella se derivan.

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En el marco de este Acuerdo Nacional, la Secretaría de Salud y la Secretaría de Educación Pública, emitieron los “lineamientos Generales para la distribución y expendio de alimentos y bebidas en los centros de consumo escolar de los planteles d educación básica”.

2.- OBJETIVO GENERAL Proporcionar, a los Sistemas Municipales DIF, lineamientos generales y específicos para la operación de los programas de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria que les permita otorgar servicios de calidad a la población vulnerable sujeta de atención. 3.- MARCO LEGAL

Los Lineamientos para la Operación de los Programas de la Estrategia Integral de Asistencia social Alimentaria del Estado de Tlaxcala, se contemplan dentro de un marco de leyes, normas, acuerdos y planes. Por tal motivo resulta conveniente señalar y transcribir cada uno de los fundamentos legales de la asistencia social y de salud, acotándolos a aquellos que servirán como soporte jurídico y normativo para una adecuada planeación y operación de los programas alimentarios, y que señalan: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Art. 2°. El cual hace mención a facilitar el acceso a servicios de salud, apoyo a proyectos productivos y apoyo en alimentación a familias migrantes. Art. 4°. El varón y la mujer son iguales ante la ley, esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud…..” así como “los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo infantil” LEY GENERAL DE SALUD Art. 2°. El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades: V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población; Art. 3° En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general: IV. La atención materno-infantil; IV Bis. El programa de nutrición materno-infantil en los pueblos y comunidades indígenas;

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X. La promoción de la formación de recursos humanos para la salud; XIII. La educación para la salud; XIV. La orientación y vigilancia en materia de nutrición; XVIII. La prevención y el control de enfermedades no transmisibles y accidentes; XX. La asistencia social;

Art. 114. Para la atención y mejoramiento de la nutrición de la población, la Secretaría de Salud participará, de manera permanente, en los programas de alimentación del Gobierno Federal. La Secretaría de Salud, las entidades del sector salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, formularán y desarrollarán programas de nutrición, promoviendo la participación en los mismos de los organismos nacionales e internacionales cuyas actividades se relacionen con la nutrición, alimentos, y su disponibilidad, así como de los sectores sociales y privado.

Art. 115 La Secretaria de Salud tendrá a su cargo: II. Normar el desarrollo de los programas y actividades de educación en materia de nutrición, prevención, tratamiento y control de la desnutrición y obesidad, encaminados a promover hábitos alimentarios adecuados, preferentemente en los grupos sociales más vulnerables.

Art. 172 El Gobierno Federal contará con un organismo que tendrá entre sus objetivos la promoción de la asistencia social, prestación de servicios en ese campo y la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables. Dicho organismo promoverá la interrelación sistemática de acciones que en el campo de la asistencia social lleven a cabo las instituciones públicas. LEY DE ASISTENCIA SOCIAL ART. 7. Los servicios de salud en materia de asistencia social que presten la Federación, los Estados, los Municipios y los sectores de social y privado, forman parte del Sistema Nacional de Salud, a través del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada.

Los que se presten en los Estados por los gobiernos locales y por los sectores social y privado, formarán parte de los sistemas estatales de salud en lo relativo a su régimen local. De acuerdo a lo dispuesto en la Ley General de Salud corresponde a los gobiernos de las entidades federativas en materia de salubridad general, como autoridades locales y dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales, organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salud en materia de asistencia social, con base en las Normas Oficiales Mexicanas que al efecto expida la Secretaria de Salud o el Sistema Nacional para el Desarrollo

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Integral de la Familia.

Art. 11. Los sujetos y las familias, en la medida de sus posibilidades, participarán en los distintos procesos de la asistencia social, como la capacitación, rehabilitación e integración. Los familiares de los sujetos de la asistencia social, serán corresponsables de esa participación y aprovechamiento.

Art. 12. Se entienden como servicios básicos de salud en materia de asistencia social los siguientes: I.

Los señalados en el Articulo 168 de la Ley General de Salud.

VIII. La orientación nutricional y la alimentación complementaria a población de escasos recursos y a población de zonas marginadas; XIII. La promoción de acciones y de la participación social para el mejoramiento comunitario, y

Art. 14. Son facultades de la Federación en materia de asistencia social:

VII. La instrumentación de mecanismos de coordinación para la operación, control y evaluación de los programas de asistencia social que las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios realicen apoyados total o parcialmente con recursos federales;

Art. 15 Cuando, por razón de la materia, se requiera de la intervención de otras dependencias o entidades, el organismo denominado Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, en lo sucesivo El Organismo, ejercerá sus atribuciones en coordinación con ellas.

Art. 19. La Secretaría de Salud a Través del Organismo, y en su caso, con la intervención de otras dependencias y entidades, podrá celebrar acuerdos de coordinación en materia de asistencia social con los gobiernos de las –entidades Federativas y del Distrito Federal.

El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia es el Organismo Público Descentralizado, con patrimonio y personalidad jurídica propios, será, como lo establecen los artículos 9° y 28° de la Ley de Asistencia Social, el Coordinador del Sistema Nacional de – Asistencia Social Pública y Privada por lo que tendrá las siguientes funciones, las que se adecuarán al ámbito de alimentación, Salud y Desarrollo Comunitario:

b) Elaborar un Programa Nacional de Asistencia Social conforme a las disposiciones de la Ley

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de Planeación, los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo, y demás instrumentos de planeación de la Administración Pública Federal; F) Proponer para su aprobación a la Secretaria de Salud, la formulación de las Normas Oficiales Mexicanas en la materia y apoyarla en la vigilancia de la aplicación de las mismas; j) Supervisar y evaluar la actividad y los servicios de asistencia social que presten las instituciones de asistencia social pública y privada, conforme a lo que establece la Ley General de Salud y el presente ordenamiento; NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-169-SSA1-1998, PARA LA SISTENCIA SOCIAL ALIMENTARIA A GRUPOS DE RIESGO. La asistencia social alimentaria debe ser indistinta, tener como fin apoyar a los grupos en riesgo y grupos vulnerables de manera temporal, a través de la participación comprometida de la población en los programas de desarrollo comunitario y de autocuidado de la salud.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-043-SSA2-2005, SERVICIOS BÁSICOS DE SALUD. PROMOCIÓN Y ADECUACIÓN PARA LA SALUD EN MATERIA ALIMENTARIA, CRITERIOS PARA BRINDAR ORIENTACIÓN. Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria para la implementación de la EIASA.

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2007-2012. EJE 2 – ECONOMIA COMPETITIVA Y GENERADORA DE EMPLEOS Acciones agropecuarias y pesqueras encaminadas a brindar oportunidades de empleo e incrementar la producción de alimentos. EJE 3 – IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Reducir condiciones de desventajas en salud, alimentación, educación y vivienda, a través de Programas de apoyo alimentario y programas de desarrollo comunitario, con la participación activa de la comunidad. EJE 4 – SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL Manejo adecuado de recursos naturales con el propósito de fortalecer la sobrevivencia de la especie humana, a través de acciones de impulso a la educación y respeto al medio ambiente, como son proyectos agropecuarios, acuícolas y pesqueros con manejo integral y sustentable en pro del equilibrio ecológico.

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ACUERDO NACIONAL PARA LA SALUD ALIMENTARIA: ESTRATEGIA CONTRA EL SOBREPESO Y LA OBESIDAD Objetivo prioritario 8. “Disminuir el consumo diario de grasas saturadas en la dieta y reducir al mínimo la producción de grasas trans de origen industrial”. Objetivo prioritario 10: “Disminuir el consumo diario de sodio, reduciendo la cantidad de sodio adicionado y aumentando la disponibilidad y accesibilidad de productos de bajo contenido o sin sodio”.

LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL EXPENDIO O DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN LOS CENTROS DE CONSUMO ESCOLAR Artículo Primero.- El presente Acuerdo tiene por objeto:

I.

Promover que en los establecimiento de consumo escolar de los planteles de educación básica se preparen y expendan alimentos y bebidas que faciliten una alimentación correcta;

II. Encaminar los esfuerzos y acciones para que en las entidades federativas se regule, de manera coordinada y unificada, la operación de los establecimientos de consumo escolar, a fin de constituir

normas claras sobre el tipo de productos que se

recomienda elaborar, expender o distribuir en las escuelas de educación básica y las medidas de higiene que deberán acatarse para hacer de éstas espacios saludables, III. Impulsar una cultura de hábitos alimentarios saludables y una formación alimentaria que permita a las niñas, niños y adolescentes que cursan la educación básica desarrollar aprendizajes hacia una vida más sana y una actitud crítica ante las prácticas que tienen efectos negativos en la salud individual y colectiva, y IV. Propiciar la reflexión y el análisis entre las autoridades educativas, la comunidad educativa, los consejos escolares de participación social, y demás actores que participan en el quehacer educativo para reconocer a la salud como un componente básico en la formación integral de niñas, niños y adolescentes como una forma de contribuir al mejoramiento de su calidad de vida. LEY DE ASISTENCIA PARA EL ESTADO DE TLAXCALA Art. 2. La asistencia social es el conjunto de acciones de promoción, prevención, protección y rehabilitación, dirigidas a propiciar el apoyo para la integración social y el sano desarrollo de los individuos, familias o grupos de población vulnerable o en situación de riesgo por su condición

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de desamparo, marginación, discriminación, abandono o de desventaja física, mental, jurídica o social.

Art. 3. Las acciones del Sistema de Asistencia Social se encaminarán prioritariamente al desarrollo integral de la familia y al apoyo de los individuos con carencias familiares esenciales no superables en forma autónoma por ellos.

Art. 5. El Sistema de Asistencia Social tiene como objeto planear, coordinar, concertar, evaluar, promover y apoyar, con la participación de los sectores público, social y privado, las acciones de asistencia social a que se refiere esta ley. Art. 10. Son beneficiarios de los servicios de asistencia social:

I.

Menores en situación de riesgo o afectados por: a) Abandono, desamparo, ausencia o irresponsabilidad de progenitores o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela, curatela o custodia; b) Desnutrición; c) Víctimas de violencia, maltrato, abuso o cualquier tipo de explotación; d) Vivir en la calle o ser hijos de padres en condiciones precarias; e) Tener problemas de patria potestad, tutela o curatela; f) Víctimas de tráfico de personas, pornografía y comercio sexual; g) Niñas, niños y adolescentes que sean responsables de derecho penal en términos de la legislación aplicable; h) Trabajar en condiciones que afecten su desarrollo e integridad física y mental, e i) Repatriados o víctimas de persecución étnica o religiosa.

II.

Mujeres en período de gestación o lactancia;

III.

Adultos en plenitud, en estado de desamparo, abandono, incapacidad, marginación o sujetos a maltrato o violencia;

IV. Personas con alguna discapacidad en desamparo y con problemas de salud, por causa de invalidez, ceguera, debilidad

visual, sordera, mudez,

alteraciones del sistema neuromuscular-esquelético, deficiencias mentales, problemas de lenguaje, audición u otras deficiencias;

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V.

Personas que, por su ignorancia, requieran de servicios asistenciales o que dependan económicamente de quienes se encuentren detenidos por causas penales y que queden en estado de abandono;

VI. Personas marginadas del medio rural o urbano, que carezcan de lo indispensable para su subsistencia o afectadas por desastres o siniestros naturales; VII. Personas, víctimas de violencia, comisión de delitos, en estado de abandono o carentes de recursos económicos, y VIII. Indigentes, alcohólicos, farmacodependientes, y personas en condiciones de vagancia.

4.- AMBITO DE APLICACIÓN

Los presentes Lineamientos para la Operación de los Programas de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria del Estado de Tlaxcala, establecen los criterios que deberán adoptarse para operar los programas alimentarios por parte del Sistema Estatal DIF y Sistemas Municipales DIF, delimitando las responsabilidades generales de cada uno de ellos. Su ámbito de aplicación es en todo el territorio estatal, así como aquellos organismos no gubernamentales que ejercen actividades en la materia y se relacionen directamente con la operación de programas de asistencia alimentaria.

Los Lineamientos para la Operación de los Programas de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria del Estado de Tlaxcala, tienen una vigencia indefinida a partir de la fecha de su publicación, su actualización será bajo la responsabilidad de la Dirección General del Sistema Estatal DIF, en coordinación con la Dirección de Atención a Población Vulnerable del propio Sistema Estatal DIF.

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4.1 Atribuciones y Deberes del Sistema Estatal DIF y Sistemas Municipales DIF. Sistema Estatal

Con la intención de dejar claros cada uno de los niveles de intervención en la operación de los programas alimentarios se han definido las siguientes funciones a desarrollar por el Sistema Estatal. Corresponde al Sistema Estatal DIF Tlaxcala, a través de las áreas responsables de los Programas de Asistencia Social Alimentaría:  Elaborar Conforme a los Lineamientos emitidos por el SNDIF, los instrumentos para la planeación, operación, seguimiento y evaluación de los programas alimentarios a nivel estatal y municipal.  Elaborar Reglas de Operación dirigidas a los SMDIF para transparentar y normar la distribución y entrega de los apoyos alimentarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Estas reglas de operación deben enviarse a los SMDIF, así como difundirse entre los beneficiarios de los programas.  Elaborar el diagnóstico y análisis de la situación actual del Estado en materia de salud y nutrición para apoyar la toma de decisiones en la implementación de los programas alimentarios.  Operar los programas alimentarios de desayunos escolares en ambas modalidades, atención a menores de 5 años en riesgo, no escolarizados, asistencia alimentaria a sujetos vulnerables y asistencia alimentaria a familias en desamparo, en todo el Estado y coordinar a las instancias participantes en esta operación, lo cual implica:

a) Administrar, ejercer y aplicar los recursos provenientes del Ramo 33 fondo V.I. de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal, la normatividad nacional y estatal vigente.

b) Determinar la composición de sus apoyos alimentarios y menús para desayunos escolares, de acuerdo con los Criterios de Calidad Nutricia que emite el SNDIF.

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c) Adquirir insumos alimentarios que cumplan con especificaciones técnicas de calidad para asegurar la inocuidad de los mismos.

d) Asegurar el correcto almacenaje y distribución de los insumos.

e) Llevar a cabo actividades de focalización para determinar a los municipios más vulnerables, con base en indicadores de vulnerabilidad, seguridad alimentaria y estado de nutrición.

f)

Coordinar la entrega de los apoyos alimentarios a la población beneficiaria con los SMDIF a través de convenios de colaboración y conforme a lo establecido en estas reglas de operación. El SEDIF promoverá que los apoyos sean entregados en tiempo y forma en los lugares correspondientes.

Los desayunos escolares deberán ser entregados dentro del plantel escolar, de acuerdo a la calendarización y conforme a los menús planeados por el SEDIF. g) Diseñar y coordinar la implementación de las acciones de Orientación alimentaria a fin de promover una alimentación correcta.

h) Promover la participación social a través de los SMDIF en la formación de comités entre la población beneficiaria para la recepción, preparación, entrega y vigilancia de los apoyos alimentarios. i)

Realizar sesiones periódicas de coordinación con los SMDIF a fin de orientarlos, y para valorar los avances de los programas en todos los niveles operativos, con el fin de analizar cualitativamente y cuantitativamente el cumplimiento de objetivos y metas, y coadyuvar a la toma de decisiones que permitan el logro de los mismos.



Dar seguimiento y evaluar la operación e impacto de los programas alimentarios, lo que implica:

a) Brindar atención a las dudas e inconformidades que se presenten por parte de los beneficiarios o de los actores participantes.

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b) Realizar el seguimiento y monitoreo de la calidad e inocuidad de los insumos alimentarios, desde el proceso de selección, almacenamiento, distribución, preparación y aceptación por parte de los beneficiarios. c) Supervisar las acciones de orientación alimentaria. d) Diseñar indicadores de impacto de los programas alimentarios. e) Coordinar y propiciar la supervisión de los programas alimentarios con los SMDIF a través de convenios de colaboración y Lineamientos de operación f)

Promover la formación y operación de grupos de contraloría social para el seguimiento de los programas.



Fortalecer la operación de los programas alimentarios, lo que implica: a) Implementar estrategias para que los SMDIF, focalicen los apoyos alimentarios entre quienes realmente lo requieran. b) Promover la inclusión de verdura y fruta en los desayunos escolares y comedores comunitarios a través de los menús elaborados, y generar estrategias para su adquisición y distribución. c) Fomentar la producción de verdura y fruta a través de huertos escolares y/o comunitarios. d) Promover la adaptación, instalación, remodelación y equipamiento de comedores, desayunadores o cocinas escolares con la finalidad de impulsar los desayunos escolares calientes. e) Impulsar la participación de otras instituciones en las acciones de orientación alimentaria para promover la correcta selección, preparación y consumo de alimentos.



Informar al SNDIF sobre el avance y desempeño de los programas, bajo los siguientes criterios. a) Proporcionar al SNDIF la información específica que éste solicite, que puede ser requerida en diferentes situaciones y tiempos.



Implementar acciones preventivas para dar certidumbre y transparencia al ejercicio de los recursos, sobretodo en tiempos electorales.

Sistemas Municipales En el mismo tenor y, convencidos de que son los Sistemas Municipales DIF un elemento fundamental en el proceso de operación de los programas alimentarios se definen las siguientes funciones:

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 Administrar, ejercer y aplicar los recursos que le sean asignados para operar los Programas de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria del Estado de Tlaxcala, con transparencia y en congruencia con la normatividad nacional y estatal vigente.  El participar de manera conjunta con el Sistema Estatal DIF en el establecimiento de mecanismos y estrategias a seguir para la detección, selección, focalización y atención de beneficiarios. 

Realizar diagnósticos para la selección de la población vulnerable a atender; identificando los diferentes tipos beneficiarios de los programas alimentarios, para ello se apoyara de herramientas tales como el estudio socioeconómico, cedula de integración familiar, diagnósticos médicos emitidos por el sector salud, formatos de padrones establecidos por el SEDIF, etc.



Elaborar los padrones de beneficiarios de los programas alimentarios en cumplimiento a la normatividad establecida por el SEDIF, en los tiempos y formas señaladas, la omisión de esta información cancelara la operación de cualquiera de los programas alimentarios según sea el caso.

 Promover y coordinar directamente la participación social

a través de la formación de

comités comunitarios, integrados por padres de familia o grupos organizados; con la finalidad de recibir, preparar, entregar y vigilar los apoyos alimentarios.  Privilegiar las acciones de los Programas de Asistencia Alimentaría con un enfoque integral en los espacios físicos donde operen;  Operar los programas de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria con observancia y apego a las reglas de operación emitidas por el Sistema Estatal DIF;  Operar modelos alternativos de atención alimentaría acordes a las necesidades locales;  Coordinarse con el Sector Salud, para

realizar

acciones de vigilancia nutricional y

orientación alimentaría que coadyuven a la atención integral de la población beneficiaria;  Remitir la información de avance de los programas alimentarios en forma mensual al Sistema Estatal DIF, a efecto de medir cuantitativa y cualitativamente el desempeño del SMDIF;

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 Realizar acciones de asesoría y seguimiento a las partes involucradas en la operación de los Programas alimentarios; conforme a las reglas de operación establecidas por el Sistema Estatal DIF.  Los SMDIF deberán acotarse e implementar las estrategias necesarias en cada uno de sus municipios a fin de atender al Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria: Estrategia contra el Sobrepeso y la obesidad, promoviendo:

a) La reducción del consumo de azucares, grasas saturadas y grasas trans en la dieta de los beneficiarios. b) La disminución del consumo de sodio, reduciendo la cantidad de sodio adicionado y aumentando la disponibilidad y accesibilidad de productos de bajo contenido en sodio. c) Aumentar la disponibilidad, accesibilidad y el consumo de agua simple potable, en las instituciones escolares, así como con los demás beneficiarios que atienden los programas alimentarios. d) La disponibilidad, acceso y consumo de verduras y frutas, cereales integrales y leguminosas en los desayunadores escolares y con los demás beneficiarios que atienden los programas alimentarios. e) Una cultura de hábitos alimentarios saludables, cuya finalidad permita a los niños, niñas y adolescentes tener una vida más saludable. f)

Acciones de actividad física.

 Los Sistemas Municipales DIF, también deberán implementar acciones congruentes, en relación a los Lineamientos Generales para el Expendio o Distribución de Alimentos y Bebidas en los Centros Escolares, por lo que se obligarán a:

a) Promover y desarrollar una cultura de hábitos alimentarios saludables, a través de la reflexión y el análisis entre las autoridades educativas, la comunidad educativa y los comités escolares de participación social y demás actores, reconociendo a la salud como un componente básico en la formación integral de niñas, niños y adolescentes que cursan el nivel básico, como una forma de contribuir al mejoramiento de su calidad de vida. b) Promover que en los establecimientos de consumo escolar de los planteles de educación básica se preparen y expendan alimentos y bebidas que faciliten una alimentación correcta.

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 Los Sistemas Municipales DIF, deberán contratar a un nutriólogo o nutrióloga a fin de apoyar las acciones de orientación alimentaria y diseñar los planes y programas anuales dentro de esta estrategia en coordinación con el SEDIF, con la finalidad de promover estilos de vida saludables, basados en una alimentación correcta y en la promoción de hábitos de higiene.

5. LINEAMIENTOS GENERALES Y ESPECIFICOS DE LA ESTRATEGIA INTEGRAL DE ASISTENCIA SOCIAL ALIMENTARIA DEL ESTADO DE TLAXCALA.

5.1 Visión, misión y objetivo general de los programas alimentarios Visión  Contribuir a mejorar la calidad de vida de los individuos, familias y comunidades en el Estado de Tlaxcala, que viven en riesgo y vulnerabilidad, con esquemas nutricionalmente adecuados, pertinentes, con servicios de calidad, con participación consciente y organizada de la población y su familia, dentro de un enfoque integrador, que logre beneficios sostenibles para superar las condiciones de vulnerabilidad de la población y propiciando el desarrollo integral de la Familia a través de la integración de una alimentación correcta con los recursos y alimentos disponibles..

Misión  Mejorar la condición nutricional de los individuos, familias y comunidades en condiciones de riesgo y vulnerabilidad en el Estado de Tlaxcala, fomentando una alimentación correcta, a través de la entrega de apoyos alimentarios de calidad nutricia en el contexto de salud, con perspectiva familiar y comunitaria, regional, de género y como apoyo a la seguridad alimentaria en el hogar y la familia. Objetivo General Contribuir a mejorar las condiciones nutricias de los individuos, familias y comunidades tlaxcaltecas, mediante la implementación de programas alimentarios con esquemas de calidad nutricia, acciones de orientación alimentaria y de desarrollo comunitario, promoviendo una alimentación correcta entre la población atendida.

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5.2 Estructura Los lineamientos para operación de los programas de la estrategia integral de asistencia social alimentaria del Estado de Tlaxcala, está integrada por 4 programas:

Desayunos Escolares Atención a Menores de 5 Años en Riesgo, no Escolarizado Asistencia Alimentaria a Sujetos Vulnerables Asistencia Alimentaria a Familias en Desamparo

Los programas alimentarios se acompañan de acciones de: Orientación Alimentaria Aseguramiento de la Calidad, y Desarrollo Comunitario

5.3 Programa de Desayunos Escolares

Objetivo

Promover una alimentación correcta en población escolar, sujeta de asistencia social, mediante la entrega de desayunos fríos, calientes o comidas, diseñados base en los Criterios de Calidad Nutricia, y acompañados de acciones de orientación alimentaria y de desarrollo comunitario.

Población Objetivo

Niñas, Niños y adolescentes en condiciones de riesgo y vulnerabilidad, que asisten a planteles oficiales del Sistema Educativo Nacional, ubicados en zonas indígenas, rurales y urbanomarginadas preferentemente. 5.3.1 DESAYUNOS ESCOLARARES MODALIDAD FRIO (DEF). Beneficiarios o

o

Niñas y Niños de preescolar y primaria (1 2 y 3º grado), que asisten a planteles oficiales del Sistema Educativo Nacional, ubicados en zonas indígenas, rurales y urbano-marginadas preferentemente.

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Requisitos y criterios de selección 

Solicitud por escrito del Director de la Escuela dirigida al SMDIF,

para que

los

alumnos de la institución sean beneficiarios del programa. 

Contar con un espacio adecuado para la elaboración y distribución de los desayunos.



La institución educativa solicitante no deberá contar con el programa de Desayunos modalidad Caliente.



Selección de comunidades prioritarias y evaluadas por el SMDIF, para su aceptación al programa conforme a la normatividad del SEDIF y SNDIF.



Elaboración y entrega de padrones por parte del SMDIF conforme a los menores o

o

inscritos al ciclo escolar correspondiente de Preescolar y Primaria (1 2 y 3º grado). 

Responsabilidad de los directivos de la institución escolar y del comité de padres de familia.



La inclusión al Programa estará sujeta a la disposición de los recursos financieros.

Operación del programa 1. Se deberá conformar un comité de padres de familia, quienes serán responsables de la recepción, almacenamiento y entrega de los productos. 2. El programa de desayuno escolar modalidad frio se rige por el calendario escolar vigente, por lo que no se les entregaran las raciones cuando sean días festivos e inhábiles. 3. El consumo del Desayuno Frío deberá ser única y exclusivamente dentro de las instalaciones del plantel escolar, promoviendo que sea al inicio de las labores escolares. 4. Queda prohibido el aumento de la cuota de recuperación del desayuno escolar frio, de lo contrario causara la suspensión temporal o definitiva

del programa en la

institución educativa. 5. El comité de padres de familia en coordinación con los profesores deberán vigilar que los menores consuman el desayuno con las medidas higiénicas necesarias. 6. El SMDIF deberá realizar visitas de supervisión a los Desayunadores para la correcta operación de los mismos.

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Conformación del Desayuno

El desayuno escolar frío se compone de la siguiente manera:  Leche semidescremada de vaca (250 ml.),  Cereal (galletas integrales, barras de cereales )  Fruta fresca o deshidratada

5.3.2 DESAYUNOS ESCOLARES MODALIDAD CALIENTE (DEC).

Beneficiarios

Niñas, Niños y adolescentes en condiciones de riesgo y vulnerabilidad, que asisten a planteles oficiales del Sistema Educativo Nacional, ubicados en zonas indígenas, rurales y urbanomarginadas preferentemente.

Requisitos y criterios de selección 

Solicitud por escrito del Director de la Escuela dirigida al SMDIF,

para que

los

alumnos de la institución sean beneficiarios del programa. 

Selección de comunidades prioritarias y evaluadas por el SMDIF, para su aceptación al programa conforme a la normatividad del SEDIF y SNDIF. (Plantel educativo ubicado en localidades con índices de vulnerabilidad).



La institución educativa solicitante deberá acreditar al SMDIF, que cuenta con un inmueble para el área de desayunador con las condiciones requeridas por el SEDIF.



El inmueble para el desayunador deberá contar con un espacio apropiado para su instalación que no afecte la impartición de clases y que disponga de los servicios básicos (electricidad, agua potable y drenaje) para su operación.



Disposición y compromiso de padres de familia y autoridades escolares para participar de manera voluntaria en la operación del mismo.



La inclusión al Programa estará sujeta a la disposición de los recursos financieros y número de equipos disponibles.

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Operación del Programa  Los Sistemas Estatales y Municipales

Promoverán

la organización de los grupos

comunitarios, quienes a través de su participación se constituirán en comités comunitarios responsables de la operación de los desayunadores en los planteles escolares.  El número de integrantes de la organización de padres de familia en comité, y el periodo en el que habrán de permanecer en él, así como la asignación de funciones específicas como parte del mismo, deberá ser definido en asamblea comunitaria.  El Comité funcionará de manera democrática y designará a los integrantes de la mesa directiva, como responsables directos de la operación del programa y sus correspondientes funciones de coordinación, administración y procuración de servicios integrales. En ella sólo podrán participar padres de familia o tutores de los menores beneficiarios del Programa.  En los casos en que por sus características socioeconómicas, el SEDIF en coordinación con los SMDIF determinen la exención del pago de cuota a una determinada comunidad o a un Municipio, la Asamblea General deberá determinar el mecanismo de corresponsabilidad a seguir, con la intención de fortalecer la operación del programa: aportación en especie o económica pero destinada a la adquisición de insumos, mantenimiento del equipo, pago de servicios etc.  A efecto de contar con información oportuna y confiable sobre la operación del Programa, el Sistema DIF Estatal y Municipal proporcionarán asesoría a los Comités, para el manejo de la información y el llenado de los formatos de registro correspondientes.  Los Sistemas Municipales DIF se encargarán de recopilar la información por cada institución escolar o comité, con la finalidad de elaborar el concentrado municipal y turnarlo oportunamente al Sistema Estatal DIF.  Asegurar que los productos alimentarios del programa de desayunos escolares, se encuentren bajo su resguardo y condiciones de almacenaje que permitan garantizar la calidad de los mismos.  Los integrantes del comité de padres de familia se apegaran al reglamento interno para desayunos escolares modalidad caliente (anexo 1)

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Con el objeto de reforzar las acciones del programa de desayuno escolar modalidad caliente los Sistemas Municipales DIF, deberán:  Informar mensualmente al DIF Estatal, del número de raciones distribuidas diaria y mensualmente, por institución escolar, localidad y beneficiarios atendidos.  Capacitar al Comité de padres de familia, con la estrategia de orientación alimentaria en materia de nutrición y manejo de alimentos.  Dar preferencia a la instalación de desayunadores escolares en localidades consideradas vulnerables.  Valoración y seguimiento del estado de nutrición de los beneficiarios, para lo que puede solicitarse el apoyo de instituciones del sector salud

Conformación del Desayuno

El desayuno o comida escolar caliente deberá componerse de:

1.- Leche semidescremada, 2.- Un platillo fuerte que incluya verduras, cereal integral, leguminosas y/o alimentos de origen animal, y 3.- fruta fresca.

Para ello, el SEDIF otorgará a través de los SMDFI una despensa de manera mensual con insumos alimentarios básicos, para preparar menús en base a los criterios de calidad nutricia que a continuación se describen:

En la elaboración del platillo fuerte el comité de padres deberá considerar lo siguiente:



Incluir como máximo dos cereales diferentes por menú (tortilla, avena, arroz, papa con cáscara, tortilla de harina integral, pasta integral, galletas integrales, etc). Preferir la tortilla de maíz, por su alto aporte de calcio y fibra. En caso de incluir arroz, deberá acompañarse sin excepción de verduras, ya que su aporte de fibra es poco.

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Dar prioridad a los platillos que no requieran grasa en su preparación o que la requieran en muy pequeñas cantidades, como los guisados en salsa, asados, horneados, tostados, cocidos al vapor, evitando los platillos fritos, capeados o empanizados. En caso de requerirse, usar siempre aceites vegetales para su preparación (con bajo contenido de grasas saturadas y grasas trans).



No rebasar la frecuencia permitida para las preparaciones de atole, licuados de frutas y aguas de fruta, así como hot cakes integrales. En caso de incluir atole en un menú este deberá ser preparado a base de cereales de grano entero (avena, amaranto, cebada, arroz) y con máximo 20 gramos (2 cucharadas soperas) de azúcar por litro de leche. En caso de incluir un licuado, éste deberá ser preparado con fruta natural y máximo 20 gramos por litro de azúcar.



En caso de no incluir la leche como debida dentro del desayuno, se deberá integrar en el menú un derivado de lácteo (excepto crema) u otra fuente de calcio, como tortilla de maíz nixtamalizado.



Ofrecer agua simple, y en caso de integrar un agua de fruta, ésta deberá cumplir con las siguientes características:

Prepararla con fruta natural únicamente. Añadir como máximo 20 g/l de azúcar, es decir 2 cucharadas soperas por litro. Considerarla como debida de baja frecuencia. Incluir fruta (fresca o deshidratada) sin adición de azúcares, grasas o sal. 

Evitar ofrecer alimentos de origen animal junto con leguminosas, así como una leguminosa con otra leguminosa (por ejemplo, sopa de lentejas y tacos de frijol), y promover la combinación entre un cereal y una leguminosa, para un mejor aprovechamiento de los alimentos de la dotación.



Integrar preparaciones que incluyan verdura y fruta disponibles en la región, para facilitar su adquisición y distribución.



Que la ración de fruta y verdura sea de preferencia fresca con base en la adquisición y distribución por parte de los padres de familia, o los comités de desayunos escolares.

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5.3.3 ATENCIÓN A MENORES DE 5 AÑOS EN RIESGO, NO ESCOLARIZADOS.

Objetivo

Promover una alimentación correcta en los menores de cinco años, en condiciones de riesgo y vulnerabilidad, mediante la entrega de apoyos alimentarios adecuados a la edad del niño o niña, y brindando orientación alimentaria a sus padres.

Población Objetivo

Niñas y Niños entre seis meses y cuatro años once meses, no escolarizados, en condiciones de riesgo y vulnerabilidad, que habiten en zonas indígenas, rurales y urbano-marginadas preferentemente y, que no reciban apoyo de otros programas.

Se recomienda al SMDIF que la operación de este programa forme parte de una estrategia conjunta con el sector salud, especialmente en lo que respecta a la valoración del estado de salud y nutrición de los beneficiarios, sobre todo si la entrega del apoyo se encuentra condicionada a la detección de desnutrición en el (la) niño (a).

Beneficiarios

Niños y Niñas de 12 meses a 4 años 11

meses no escolarizados, con algún grado des

desnutrición o en riesgo de padecerla.

Requisitos y criterios de selección: 

Selección de niños menores de 5 años con algún grado de desnutrición y no escolarizados



Solicitud de los padres o tutores del menor dirigida al SMDIF para que sea beneficiario del programa



Diagnóstico médico nutricional del menor en el que se indique el grado de desnutrición o está en riesgo de padecerlo, el cual deberá contener el número de cédula profesional del médico que lo practica y deberá estar firmado por él.



Copia de la CURP.



Copia del acta de nacimiento.



Copia de la cartilla de vacunación

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Copia de la Credencial de elector de los padres o tutores.



Diagnóstico médico nutricional



La inclusión al Programa estará sujeta a la disposición de los recursos financieros y número beneficiarios asignados a municipios.

Conformación del apoyo

El apoyo alimentario para este programa es: 

Leche fluida entera de vaca

Acciones complementarias

Es importante señalar que invariablemente el programa deberá ir acompañado de:



Orientación alimentaria con perspectiva familiar y comunitaria dirigida a la madre del menor.



Promover la lactancia materna exclusiva en los niños menores de seis meses e informar a los padres sobre la correcta introducción de alimentos distintos a la leche.



Informar a los padres de familia sobre la forma correcta de incorporar al menor en la dieta familiar.



Vigilancia nutricional.



Promoción de hábitos de higiene y salud.



Rescate de la cultura alimentaria de la región.

5.3.4 ASISTENCIA ALIMENTARIA A SUJETOS VULNERABLES

Objetivo

Promover una alimentación correcta en sujetos en condiciones de riesgo y vulnerabilidad, mediante la entrega de apoyos alimentarios diseñados bajo criterios de calidad nutricia, acompañados de acciones de orientación alimentaria y de desarrollo comunitario, que contribuyan a satisfacer otras necesidades básicas.

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Población Objetivo

Grupos de riesgo, sujetos de asistencia social alimentaria, preferentemente niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, mujeres en periodo de lactancia, personas con discapacidad y adultos mayores.

Conformación del apoyo

Se otorga despensas con insumos alimentarios básicos

Otras acciones:  Actividades de desarrollo comunitario.  Orientación alimentaria a familias.  Hábitos de higiene y salud a familias.

OPERACIÓN 

Los SMDIF deberá realizar un diagnóstico de comunidades y colonias, etc., para detectar a los sujetos vulnerables que por su situación socioeconómica requieran del apoyo alimentario.

 La selección de los beneficiarios.  Elaborar calendario de entrega de apoyos a los beneficiarios del programa el cual deberá ser remito al SEDIF, en los tiempos señalados.  Informar al Sistema Estatal DIF, de manera mensual de la distribución de apoyos a los beneficiarios atendidos de manera mensual.  Capacitar a los integrantes del Comité (si procede integrar un comité) en materia de nutrición y manejo de alimentos (sólo en casos de desastre).  Operar y dar seguimiento a las estrategias de apoyo al programa de Asistencia Alimentaria a Sujetos Vulnerables, conforme a lo establecido por la normatividad vigente.  Garantizar la distribución mensual de los apoyos alimentarios a los beneficiarios.

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 Asegurar que los productos alimentarios del Programa de Asistencia Alimentaria a Sujetos Vulnerables, se encuentren bajo su resguardo y en condiciones de almacenaje que permitan garantizar la calidad de los mismos.

5.3.5 ASISTENCIA ALIMENTARIA A FAMILIAS EN DESAMPARO

Objetivo

Contribuir a la dieta de las familias en situación de desamparo, a través de una dotación temporal, diseñada bajo criterios de calidad nutricia, acompañada de acciones de orientación alimentaria y de desarrollo comunitario, para promover una alimentación correcta en el núcleo familiar.

Población Objetivo

Familias en situación de marginación, pobreza extrema o desastre natural

El apoyo se otorgará en todos los casos, siempre y cuando no cuenten con el apoyo de otro programa similar. En caso de situación de desamparo, la entrega será temporal, con duración máxima de un año, pasado el cual se buscará la incorporación de los beneficiarios a otros programas que incidan en el mejoramiento de su situación.

Este programa tendrá como variante la atención a aquellas familias que estén afectadas por desastres naturales, en cuyo caso se proporcionará el primer alimento en coordinación con las instituciones a cargo de la emergencia, de acuerdo al “Manual Operativo de Atención a Población en Condiciones de Emergencia” publicado por el SNDIF. El apoyo se dejará de otorgar toda vez que la emergencia haya terminado.

Operación del programa 

Los SMDIF realizarán un diagnóstico, de comunidades y colonias, etc., para detectar a las familias que por su situación socioeconómica requieran del apoyo alimentario.

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 Realizar un diagnóstico de las comunidades que sean susceptibles de tener desastres naturales para dar apoyo alimentario en el momento que lo requieran.  Realizar la selección de los beneficiarios.  Conformar un comité de atención a población en condiciones de emergencia.  Capacitar a los integrantes del Comité en materia de nutrición y manejo de alimentos (sólo en casos de desastre).  Recopilar la información por cada Comité y la integrará en su concentrado municipal, para remitirla a el Sistema Estatal DIF, según corresponda.  Informar al Sistema Estatal DIF, el número de

apoyos distribuidos por

beneficiarios

atendidos, cuando se genere una contingencia.  Garantizar la distribución mensual de los apoyos alimentarios y en casos de desastre cuando sea necesario.  Asegurar que los productos del

Programa de Asistencia Alimentaria a Familias en

Desamparo, se encuentran bajo resguardo y en condiciones de almacenaje que permitan garantizar la calidad de los mismos.

Acciones complementarias  Orientación Alimentaria  Por las características de los beneficiarios, la participación se dará principalmente en torno a acciones de orientación alimentaria a

familias y

de hábitos de higiene y salud,

considerando aquellas de desarrollo comunitario en las que puedan participar.

6.- CUOTAS DE RECUPERACIÓN

Es de importancia mencionar que todos los programas alimentarios son operados mediante la participación, corresponsabilidad y/o contraprestación denominada cuotas de recuperación, el apoyo alimentario es otorgado a cambio de una aportación económica por parte del beneficiario, la cual se denomina cuota de recuperación y cuyo objetivo es fortalecer a los programas que le dan origen.

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Es atribución del Sistema Estatal DIF, el establecer el monto de la cuota de recuperación de los Programas Alimentarios Desayunos Escolares, Atención a Menores de 5 Años en Riesgo, no Escolarizados, Asistencia Alimentaria a Sujetos Vulnerables y Familias en Desamparo, a partir de los siguientes criterios:

Las cuotas de recuperación que deberán aplicarse por cada programa son las siguientes:

Para el programa de desayunos escolares en su modalidad frío, la cuota de recuperación será de $ 0.70

(setenta centavos M.N.) diarios. La cual será cubierta por cada uno de los

beneficiarios, por conducto del Comité de Padres de Familia o Responsable de recibir y entregar los desayunos escolares quién a su vez entregará dicha cuota de recuperación al distribuidor autorizado por el proveedor.

En el programa de desayunos calientes, el Comité deberá pagar una cuota de recuperación de $ 200.00 (doscientos pesos 00/100 M.N.) por despensa de Abarrotes y de $ 15.00 (quince pesos 00/100.m.n.) por kilo de leche al SMDIF. La cuota de recuperación que deberán de pagar los padres o tutores de las niñas y niños beneficiarios del programa de desayunos escolares modalidad caliente lo determinara el comité de padres de familia de $ 4.00 (cuatro pesos 00/100) a $ 6.00 (seis pesos 00/100 M.N.).

Para los beneficiarios del Programa de Atención a Niños Menores de 5 Años en Riesgo, no Escolarizados la cuota de recuperación será la que fije el SEDIF y para el presente ejercicio se otorgara bajo la cantidad de $ 3.00, (tres pesos 00/100 M.N.) sin variación alguna por parte del SMDIF. Las cuotas de recuperación con respecto de los apoyos alimentarios del Programa de Asistencia Alimentaría a Sujetos Vulnerables y Familias en Desamparo será determinada por el SEDIF la cuota de recuperación de este programa será de $ 10.00 (diez pesos 00/100 M.N.) por despensa.

Programa de Asistencia Alimentaria a Familias en Desamparo, la cuota asignada para este programa es de $ 10.00 (diez pesos 00/100 M.N.), por despensa entregada al beneficiario, excepcionalmente se otorgara en donación cuando se genere alguna contingencia o siniestro.

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7.- Derecho y Obligaciones de los beneficiarios Para la consecución del objetivo de los apoyos de asistencia alimentaria, los beneficiarios a los programas tendrán los siguientes derechos y obligaciones. Derechos a) A recibir el apoyo de los programas alimentarios, siempre y cuando pertenezca a la población objetivo de los programas previamente descritos. Obligaciones a) Participar activamente en las actividades establecidas en los programas. b) Tener continuidad permanente en el programa hasta la conclusión del periodo establecido. 7.1 Causas de Incumplimiento, Retención y Suspensión de Recursos de los programas

Del beneficiario:

1.- No entregar la documentación solicitada para su ingreso.

1. No entregar la documentación solicitada para su ingreso. 2. Dos faltas injustificadas en la fecha y hora señaladas para la entrega del producto. 3. Que el beneficiario no asista o este dado de baja de la Escuela ó padrón de beneficiarios. 4. Inasistencia a la toma de peso y talla del menor, indispensable para permanecer en el Programa (Desayunos Escolares, Atención a menores de 5 años ene riesgo, no escolarizados) 5. Serán dados de baja del padrón único de beneficiarios de manera definitiva, aquellos beneficiarios, que hagan uso indebido de los insumos proporcionados, que no participen en las actividades derivadas de la operación del programa en que se encuentre, y de manera particular, aquellos que proporcionen información falsa, que contravenga al cumplimiento del objetivo del programa. 6. Inobservancia a los Lineamientos establecidos por el SEDIF De la escuela (Desayunos Escolares):

1. Alterar la lista de menores inscritos. 2. No entregar la cantidad exacta de la dotación escolar. 3. Utilizar las dotaciones para fines distintos a los establecidos en el convenio. 4. No presentar la documentación solicitada en el tiempo establecido. 5. No levantar la toma de peso y talla de los menores beneficiarios en coordinación con el

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SMDIF.

Del municipio:

1. Incrementar las cuotas de recuperación autorizadas por el SEDIF. 2. Dividir o fraccionar las dotaciones otorgadas al municipio. 3. Emplearlas para actividades y fines distintos para los que fue creado el programa (proselitismo, campaña política, lucro, tequio, religión, etc.) 4. Cuando el Sistema Municipal DIF realice la entrega de insumos a través de líderes o representantes de grupos u organizaciones políticas o sociales. 5. Si al realizar visitas de supervisión, se encuentra discrepancia en la información enviada a SEDIF y la contenida en el informe mensual y/o en el padrón de beneficiarios respaldo de los apoyos de asistencia alimentaria, 6. Cuando el Sistema Municipal DIF, no entregue la documentación requerida por cada apoyo de asistencia alimentaria recibido en la forma y las fechas señaladas por Sistema SEDIF.

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DEFINICIONES

Para efectos de este documento, se entiende por (SEDIF) al Sistema Estatal Para el Desarrollo Integral de la Familia y a los 60 (SMDIF) Sistemas Municipales DIF, así mismo se presenta a continuación un glosario de términos relacionados con los Lineamientos Para la Operación de los Programas de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria del Estado de Tlaxcala. 1.- Abasto.- Provisión de alimentos que se hace llegar a los grupos en riesgo y grupos vulnerables de la institución al consumidor. 2.- Alimentación Complementaria.- Apoyo alimentario (en especie, procesado o preparado), que no satisface sus necesidades alimentarias en cantidad y calidad, adecuadas conforme a las recomendaciones nacionales. 3.- Análisis. – Examen detallado de los hechos para conocer sus elementos constitutivos, sus características representativas, así como sus interrelaciones y la relación de cada elemento con el todo. 4.- Asistencia Social. – Conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impiden al individuo su desarrollo integral, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. 5.- Asistencia Social Alimentaria. – Acción de proporcionar a grupos en riesgo y a grupos vulnerables ayuda alimentaria directa, orientación alimentaria, promoción de la salud, vigilancia de la nutrición y fomento a la producción de alimentos, para contribuir a mejorar las circunstancias por las que atraviesa esta población. 6.- Asistente Social.- Persona que actúa con los grupos vulnerables en apoyo a los criterios rectores que garantizan los beneficios de la Asistencia social, vista ésta como un derecho inalienable e impostergable. 7.- Asesorar.- Actividad que da pauta a orientar en las acciones y los hechos, a fin de que se alcancen los objetivos propuestos. 8.- Ayuda Alimentaria Directa.- Acción de proporcionar alimentación complementaria a grupos de población que no satisfacen sus necesidades alimentarias en cantidad y calidad, adecuadas conforme a las recomendaciones nacionales. 9.- Beneficiarios.- Población que recibirá los beneficios de las acciones de asistencia social alimentaria. 10.- Calidad.- Propiedades y características de un producto o servicio para satisfacer las necesidades especificas o implícitas de los consumidores. 11.- Capacitación.- Proceso de formación del personal en el que se proporcionan los elementos para la adquisición de las habilidades y actividades necesarias para desempeñar sus funciones eficientes, para que a través de ellos se lleve esta acción a los municipios y de estos a las localidades, involucrando a la comunidad. 12.- Comité.- Grupo de personas con representación de la comunidad (beneficiarios de los programas de asistencia alimentaria).

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13.- Comunidad.- Es una unidad de relación donde cada persona se considera a sí mismo un elemento perteneciente a una totalidad, en constante vinculación, ya que, al buscar su propio bien busca el bien de todo. La comunidad tiene por fundamento el bien común. 14.- Comunidad Escolar.- Grupo humano reunido con el propósito de fomentar formalmente la educación entre sus miembros. 15.- Control.- Proceso cuyo objetivo es la detección de logros y desviaciones para evaluar la ejecución de programas y acciones, así como aplicar las medidas correctivas necesarias. La acción de control puede producirse permanentemente, periódica o eventualmente durante un proceso determinado o parte de éste, a través de la medición de resultados. 16.- Control de Calidad.- Proceso técnico que se lleva a cabo para verificar la calidad de un producto o servicio. 17.- Crecimiento.- El proceso fisiológico por el cual se incrementa la masa celular de un ser vivo, mediante el aumento en el número de células (hiperplasia), en el volumen de las células (hipertrofia) y en la sustancia intercelular. 18.- Cultura Alimentaria.- Manifestación singular de un grupo social relativa a sus hábitos de consumo alimentarios, con base a su acervo culinario, el cual está conformado por factores geográficos, económicos, sociales, religiosos e históricos. 19.- Cultura de la Salud.- Conjunto de concepciones, ideologías y conocimientos que los grupos humanos tienen acerca de la salud y lo manifiestan a través de símbolos, ritos, prácticas y conductas sociales, para elevar su calidad de vida. 20.- Cuota de recuperación.- Monto representativo que se cobra a los beneficiarios por la entrega de un bien o la prestación de un servicio. 21.- Desarrollo fisiológico.- La diferenciación progresiva de órganos y sistemas. Se refiere a funciones, adaptaciones, habilidades y destrezas psicomotoras, relaciones afectivas y socialización. 22.- Desayuno caliente.- Combinación de alimentos que constituyen una preparación caliente sometiéndose a cocción previa al consumo, y que deberá proporcionar del 25 al 30 % de la recomendación diaria de energía y proteína de la dieta de la población objetivo. 23.- Desayuno escolar.- Ración alimentaria que el DIF proporciona a preescolares y escolares, en el centro educativo y que operan en la modalidad fría y caliente. 24.- Desayuno frío.- Integración de diferentes alimentos procesados y naturales, los cuales deberán proporcionar del 25 % de las recomendaciones diarias de energía y proteína de un individuo. 25.- Desconcentración.- Implica la transferencia de funciones a cargo de un órgano central del ayuntamiento, en el caso de municipio, a órganos y funcionarios distribuidos en diversas comunidades del municipio, las cuales dependen de la autoridad municipal que les transfieren dichas funciones. Es decir, está jerárquicamente subordinado a un órgano administrativo. 26.- Descentralización.- Es una forma de organización mediante la cual se crean organismos independientes con personalidad jurídica, administración y recursos propios. Es decir goza de autonomía propia.

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27.- Despensa.- La porción de 4 o más productos alimenticios básicos, asignados a una familia para un periodo que debe representar un 20 % de las recomendaciones energéticas y proteicas diarias. 28.- Diagnóstico.- Proceso de acercamiento gradual al conocimiento analítico de un hecho o problema administrativo, que permite destacar los elementos más significativos de una alteración en el desarrollo de las actividades de una institución. 29.- Diagnóstico situacional.- Detección de características y necesidades de una población en particular. 30.- Dotación familiar.- Distribución y entrega de alimentos básicos en apoyo al gasto familiar como facilitador para otras acciones que incidan en la calidad de vida de los beneficiarios. 31.- Etapa escolar.- Grupo de edad de cinco a nueve años once meses. 32.- Educación para la salud.- Proceso organizado y sistemático con el cual se busca orientar a las personas a reforzar, modificar o sustituir conductas por aquellas que son saludables en lo individual, lo familiar y lo colectivo y en su relación con el medio ambiente. 33.- Eficacia.- Es lograr el efecto deseado a partir de los objetivos establecidos y como resultado de las acciones emprendidas. Se aplica a los medios o herramientas. 34.- Eficiencia.- Es la capacidad de producir el máximo de resultados con el mínimo de recursos humanos, financieros, materiales y técnicos. Ser aplica a personas. Organismos e instituciones. 35.- Equidad.- “Es la cualidad por la que ninguna de las partes es favorecida de manera injusta en perjuicio de otra”. Es decir, en cuanto a la capacidad básica y oportunidades para todos, por ejemplo equidad en el acceso a la educación, a la salud, a los derechos políticos, etc. 36.- Especificación.- Característica o requisitos que debe cumplir un producto o un servicio. 37.- Estilos de vida.- Manera general de vivir, basada en la interacción entre las condiciones de vida en su sentido más amplio y las pautas individuales de conducta determinadas por factores socioculturales y características personales. 38.- Estrategia.- Se denomina al método para resolver o controlar un problema. 39.- Esquema alimentario.- Conjunto de acciones sistematizadas y encaminadas a brindar apoyo alimentario a un grupo de población en específico. Se caracteriza por cubrir en promedio del 25 % de las recomendaciones diarias de nutrimentos, de acuerdo con el grupo de población objetivo a atender, (menores de 5 años no escolarizados, niños preescolares y escolares, mujeres embarazadas o en período de lactancia, adultos mayores y discapacitados). 40.- Evaluación.- Investigación que analiza la estructura, el funcionamiento y los resultados de un programa con el fin de proporcionar información de la cual se deriven criterios útiles para la toma de decisiones en relación con su administración y desarrollo. 41.- Evaluación de impacto.- Evaluación de resultados que miden el efecto neto a largo plazo, atribuible a un modelo de intervención. 42.- Exclusión.- La suma de factores geográficos, culturales, políticos, económicos y sociales que determinan que los individuos, las familias y comunidades no reciban los servicios básicos. “enfoque de los conceptos de Pobreza, Vulnerabilidad, Exclusión y Marginación”.

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43.- Familia.- Unidad básica de crecimiento de nuestra sociedad, en donde las personas se relacionan a través de lazos conyugales, filiales, fraternales o aparéntales, con funciones naturales y sociales orientadas hacia el desarrollo integral de sus miembros y el bien común de la sociedad y recibir los fundamentos básicos de su desarrollo. 44.- Focalización.- Técnica mediante la que se determinan las prioridades de asistencia alimentaria y que apoya el proceso de planeación y presupuestario. 45.- Fomento a la producción de alimentos.- Participación de los grupos beneficiarios en actividades productivas, tales como huertos, granjas, proyectos agropecuarios o de procesamiento cuyo producto se destina al autoconsumo o para el enriquecimiento de los apoyos alimentarios. 46.- Fomento de la salud.- Proceso que promueve la corresponsabilidad social en el cuidado de la salud y del ambiente, mediante políticas preventivas, reorientación de los servicios de salud y de los estilos de vida, con la plena participación de la población, instituciones y autoridades. 47.- Fondo de ahorro.- Recurso monetario que proviene de las cuotas de recuperación de los Programas de Asistencia Alimentaría cuya finalidad es financiar proyectos comunitarios, tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población beneficiaria. 48.- Grupo escolar.- De acuerdo a las disposiciones educativas, se refiere a tres subgrupos, que son los preescolares, cuyas edades van de los 4 a los 5 años, escolares de primaria, de 6 a 14 años y escolares de secundaria de 12 a 15 años. 49.- Grupos en riesgo.- Quienes tienen dificultad de disponer y acceder a los alimentos, para satisfacer sus necesidades alimentarias básicas debido a fenómenos hidrometeoro lógicos, geológicos y socio-organizativos, o bien están asentados en localidades con características socioeconómicas deficientes en forma permanente. 50.- Grupos vulnerables.- Condición de riesgo que padece un individuo, una familia o una comunidad, resultado de la acumulación de desventajas sociales, de manera que esta situación impide que esas condiciones no sean superadas por ellos mismos y queden limitados para incorporarse a las oportunidades de desarrollo. Este concepto es utilizado como criterio para focalizar y orientar la política de asistencia social alimentaria, cuyo principio básico es transformar esa condición. 51.- Grupo de edad.- Conjunto de individuos que se caracteriza por pertenecer al mismo rango de edad. Se establecen por diversos estándares estadísticos y su clasificación permite señalar características especiales para el mismo. También se denomina grupo atareo. 52.- Índice de vulnerabilidad social.- Fórmula utilizada para identificar las áreas geográficas que por las características económicas, sociales, culturales y de salud de su población, son susceptibles de recibir asistencia social alimentaria por parte del Sistema Nacional DIF. EI IVS es uno de los componentes de la fórmula para la distribución de los recursos. 53.- Instrumento.- Es el recurso técnico empleado para alcanzar un propósito. 54.- Integridad.- Conjunto de acciones diversas orientadas a fortalecer el desarrollo individual y familiar.

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55.- Inclusión.- Suma de factores que determinan que los individuos. Las familias y comunidades se involucren y reciban los servicios básicos que garanticen el cumplimiento de sus derechos individuales y sociales de bienestar y desarrollo. 56.- Lineamientos.- son las orientaciones y directrices generales de una política o de una estrategia. 57.- Longitud, estatura o talla.- Medida o talla del eje mayor del cuerpo. La longitud se refiere a la talla obtenida con la persona en decúbito o acostada, en tanto que la estatura se refiere a la talla obtenida con el paciente de pie. 58.- Marginación social.- Se refiere a la población caracterizada por su aislamiento, respecto al crecimiento económico y que involucra a los sectores que carecen de oportunidades de educación y trabajo, así como de la satisfacción de sus necesidades básicas. La marginación es un fenómeno estructural que se origina en la modalidad, estilo o patrón histórico de desarrollo. Los procesos que modelan la marginación conforman una precaria estructura de oportunidades sociales para los ciudadanos, sus familias y comunidades, y los expone a privaciones, riesgos y vulnerabilidades sociales que a menudo escapan al control personal, familiar y comunitario y cuya reversión requiere el concurso activo de los agentes públicos, privados y sociales (CONAPO). 59.- Monitoreo.- Es la observación, registro y análisis de los posibles cambios que se detectan en los indicadores elegidos, con el fin de determinar si corresponden a variaciones propias del sistema o a variaciones producto de los impactos. 60.- Operación.- Acción de poner en marcha algo que ha sido previamente planeado y autorizado o que se ejecuta por rutina en el medio laboral, también se denomina operación de la actividad sustantiva de una Institución relacionada directamente con el cumplimiento de los objetivos y metas de producción de bienes y/o servicios. 61.- Papilla.- Mezcla de dos o más ingredientes alimentarios que se utilizan para revertir el proceso de desnutrición en personas que lo padecen especialmente la población infantil con desnutrición. 62.- Participación social.- Proceso que permite involucrar a la población, a las autoridades locales, a las instituciones públicas y a los sectores social y privado en la planeación, programación, ejecución y evaluación de los programas y acciones de salud, con el propósito de lograr un mayor impacto y fortalecer el Sistema Nacional de Salud. 63.- Personal docente.- Recursos humanos cuya preparación académica les permite dedicarse profesionalmente a la enseñanza, en los niveles preescolares, escolares primarias o escolares secundarias. 64.- Personal de salud.- Recursos humanos de los establecimientos de salud, que realizan acciones de educación, prevención, atención a la salud y rehabilitación, así como de apoyo y de participación social. 65.- Perspectiva familiar y comunitaria.- Es el enfoque que revalora a la persona a través de su dimensión familiar y comunitaria, parte del reconocimiento a la dignidad de la persona humana, como fin en sí mismo, y opera mediante el desarrollo integral de la familia y la relación con otras instancias en especial, con la comunidad. 66.- Pertinencia.específica.

Que responde de manera armónica e integral a una problemática

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67.- Peso.- Medida de la masa corporal. 68.- Padrón de beneficiarios.alimentaria que otorga el DIF.

Registro nominal de los beneficiarios de la asistencia social

69.- Preescolar.- Niñas y niños entre los 2 y los 5 años de edad que asisten al sistema de educación básica del país. 70.- Procedimiento.- Serie de actividades sucesivas y concatenadas entre sí, por medio de las cuales las organizaciones logran el cumplimiento de objetivos y atribuciones que tienen conferidas. Es la forma especificada de desarrollar una actividad. 71.- Procesos.- Desarrollo de las fases sucesivas de un fenómeno. Método, sistema usado para llegar a un fin. 72.- Ración alimentaria.- Apoyo alimentario temporal, que deberá proporcionar el 25 % de las recomendaciones diarias de nutrimentos. 73.- Recomendación nutrimental.- Es la cantidad de un nutrimento que las autoridades en materia de nutrición de un país, recomiendan ingerir a los distintos grupos de población, para cubrir sobradamente los requerimientos de ese nutrimento. 74.- Riesgo social.- Conjunto de contingencias de daños (enfermedad, incapacidad, desempleo, ect.) que pueden afectar al ser humano en su aspecto social. 75.- Seguimiento.- La observación, registro y sistematización de la ejecución de las actividades y tareas de un proyecto social en términos de los recursos utilizados, as metas intermedias cumplidas, así como los tiempos, presupuestos previos, la estrategia y las tácticas. 76.- Seguimiento y vigilancia.- Procesos permanentes destinados a medir el grado de avance de las acciones (seguimiento) y cuidar la dirección del proceso (vigilancia). 77.- Sistema de calidad.- Conjunto coherente de disposiciones coordinadas (estructura organizacional, responsabilidades, procedimientos, procesos, técnicas y recursos) para el establecimiento del aseguramiento de calidad. 78.- Supervisión.- Proceso para determinar lo que se está llevando a cabo, valorizándolo y si es necesario aplicando medidas correctivas, de manera que la ejecución se lleve a cabo de acuerdo a lo planeado. La idea esencial es conceptuar a la supervisión como un proceso continuo de seguimiento y verificación de las acciones establecidas en un programa, detectando oportunamente “situaciones problema”, de manera que la ejecución se lleve a cabo de acuerdo a lo planeado; además de ubicar las necesidades de capacitación y asesoría del personal operativo. 79.- Vigilancia del estado nutricional.- Al conjunto de procedimientos sistemáticos que permiten identificar, seguir y evaluar las condiciones de nutrición en forma individual y colectiva, indispensable para la toma de decisiones. 80.- Vocalía.- Personas que apoyan al comité de los programas de asistencia alimentaría. 81.- Vulnerabilidad.- Fenómeno social que implica la presencia de una condición de riesgo que padece un individuo o una familia, resultado de la acumulación de desventajas sociales, de manera que esa situación impide que esas condiciones no sean superadas por ellos mismos y queden limitados para incorporarse a las oportunidades de desarrollo.

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82.- Vulnerabilidad familiar.- Las condiciones de riesgo que se presentan en una familia derivadas de la pobreza, la carencia de seguridad social, la carencia de servicios básicos y el hacinamiento, que pueden generar otros riesgos sanitarios y que limitan la incorporación de los individuos a las oportunidades de desarrollo. 83.- Vulnerabilidad social.- Es la situación de debilidad en la que se encuentran personas, familias y grupos por razones de su edad, género, origen étnico, carencia de nexos familiares, así como por limitaciones físicas, precariedad económica o debilidad jurídica, que implican la presencia de riesgos acumulados para su salud, su integridad física y moral, sus derechos y sus oportunidades de vida.

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ANEXO 1 REGLAMENTO INTERNO PARA DESAYUNADORES ESCOLARES MODALIDAD CALIENTE: INTRODUCCIÓN. El numero de desayunadores escolares en los últimos años, ha registrado un aumento considerable, actualmente el programa tiene presencia en 57 de los 60 municipios del estado, de igual manera el número de personas que se benefician con estos programas se ha incrementado atendiéndose un promedio de 32,800 personas diarias, a quienes se les otorga una ración de alimentos con calidad nutricia a bajo costo. El programa de desayunos escolares en su modalidad caliente, independientemente de otorgar una ración de alimentos con calidad nutricia, también tiene la finalidad de modificar los hábitos alimenticios de la población escolar, mejorando su calidad de vida, su aprovechamiento y disminuyendo el ausentismo en las aulas. C L A U S U L A S O P E R A T I V A S. PRIMERA El presente reglamento tiene como finalidad la coordinación entre el SEDIF y los SMDIF para aplicar los lineamientos del programa y dar seguimiento del mismo en los municipios del estado de Tlaxcala, o bien donde se encuentren instalados estos. SEGUNDA Para efectos del presente reglamento, entiéndase por desayunador escolar, al centro comunitario de actividades de desarrollo social y cultural, que se instala en los centros escolares de nivel preescolar, escolar y medio superior, con la participación entusiasta y voluntaria de los miembros de una comunidad, esencialmente padres de familia contando con la asesoría y apoyo del Gobierno del Estado a través del Sistema Estatal DIF y Sistemas Municipal DIF, contribuyendo así a satisfacer las necesidades básicas de alimentación y salud, sobre todo de los menores de edad escolar con índices de desnutrición y mala nutrición. TERCERA Para instalar un desayunador escolar se requiere lo siguiente:  Solicitud inicial  Local adecuado que cuente con luz, agua, drenaje, instalación para gas, ventilación y espacio suficiente, así mismo es necesario construir una barra que divida el área del comedor del área de cocina y un fregadero.  Para instituciones escolares, el local deberá estar independiente de las aulas y este no debe afectar la impartición de clases al alumnado y contar con la autorización expresa del director de la escuela.  Acta constitutiva del comité del desayunador.  Convenio de colaboración entre el DIF Estatal, Municipal, Escuela y Comité del desayunador  Contrato en comodato de equipo y utensilios entre DIF Estatal, Municipal y Comité.  Buena disposición de padres de familia, autoridades escolares y beneficiarios para participar en el programa.

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 Que exista un comité formado por personas de la comunidad interesadas en participar en el programa de manera voluntaria y sin lucro alguno. CUARTA Compete al SEDIF el aplicar y observar lineamientos del programa en coordinación con los Sistemas Municipales DIF, para el buen desarrollo y funcionamiento del mismo, la presente normatividad deberá de ser acatada por los comités que representan a cada desayunador escolar y demás participantes (autoridades locales, municipales y profesores, etc). QUINTA El comité de la cocina estará integrado por un numero indispensable de personas, (4) cuatro necesarias para que el desayunador escolar funcione de manera adecuada, las cuales participaran voluntariamente en el programa, nombrándose en asamblea de grupo (padres de familia) un comité, el cual deberá estar constituido por coordinador, administrador, vocal de apoyo y asistentes. Las funciones que tendrá el comité serán las siguientes:  Planeación  Organización  Elaboración de alimentos con base en los menús integrados con calidad nutricia.  Buen trato a los beneficiarios de los servicios del desayunador  Aplicar las norma de higiene, salud y seguridad  Cuidar y dar buen uso al equipo de utensilios de cocina.  Administrar de manera adecuada las cuotas de recuperación.  Aportar el 10% de las cuotas de recuperación al DIF Municipal correspondiente, para que a su vez este las deposite en el fondo de ahorro establecido en el DIF Estatal, los cinco primero días hábiles de cada mes.  Incrementar la asistencia al desayunador sobre todo de la población con grados de desnutrición o de malnutrición.  Rendir un informe mensual el primer día hábil de cada mes al SMDIF.  Elaborar inventario de despensa y utensilios de la cocina cada cambio de comité del desayunador en coordinación con DIF Municipal.  Llevar un control estricto de los recibos de depósito del 10% de fondo de ahorro mensual con el SMDIF.  Vigilar que los utensilios y despensa de la cocina permanezcan siempre completos, en caso de pérdida o merma el comité deberá implementar las acciones para reponerlos a la brevedad posible.

SEXTA: DE LAS CUOTAS DE RECUPERACIÓN.  El programa de desayuno escolar caliente, no tiene fines lucrativos.  La cuota de recuperación para los niños por desayuno será de $ 4.00 a $6.00, el costo para los profesores lo determinará el comité de manera conjunta con DIF Estatal y Municipal.  De la cuota de recuperación el 90% se destinara para la adquisición de productos perecederos que se utilicen en la elaboración de los desayunos, para el pago de gas y reponer utensilios dañados, perdidos o comprar otros que falten y el 10% restante se depositara en el DIF Estatal, como fondo de ahorro, el cual se reintegrara a la cocina después de haber depositado una cantidad específica durante un plazo establecido mediante convenio con el comité y DIF Estatal, presentando para ello un proyecto de inversión en mejoras al propio desayunador y comprobación a este Sistema Estatal con facturación original.

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 Las cuotas de recuperación deberán ser administradas de manera transparente, el Sistema DIF Estatal y Municipal supervisará la correcta aplicación de estas.  El comité anotara en una libreta diariamente la cantidad total de las cuotas de recuperación que se hayan obtenido y en que son aplicadas, el DIF estatal y municipal tendrán la facultad de revisar dichas anotaciones para evitar desvíos de recursos. SEPTIMA. APOYOS OTORGADOS A LAS COCINAS.  Los apoyos de productos alimenticios otorgados a las cocinas por parte del DIF Municipal o por el Gobierno del Estado o por el Municipal, deberán de ser utilizados exclusivamente para la elaboración de desayunos calientes en beneficio de los sujetos de atención.  Queda rigurosamente prohibido comerciar con dichos apoyos o utilizarlos para un fin distinto al que se menciona en este reglamento, en caso de sorprender a cualquier persona o comité se le aplicara la sanción respectiva en la materia. Los puntos no tratados en este reglamento deberán de ser resueltos de manera conjunta entre el comité y los representantes del Sistema Estatal DIF y Sistema Municipal DIF.

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