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CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, CELEBRADO EN EL MARCO DEL “ACUERDO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL COMPARTIDA” Contrato Colectivo de Trabajo que, dentro del marco del “Acuerdo de Responsabilidad Social Compartida”, celebran por una parte, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en lo sucesivo,”El Infonavit”, representado por su Director General, C.P. Víctor Manuel Borrás Setién, y por la otra, el Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en lo sucesivo, “El Sindicato”, representado por su Secretario General, Arq. Rafael Riva Palacio Pontones, de conformidad con lo siguiente: CONTRATANTES “El Infonavit” es un organismo de servicio social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con domicilio legal en Barranca del Muerto número 280, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01029, en la Ciudad de México, Distrito Federal, cuya finalidad fundamental es la Administración del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. “El Sindicato” es una organización legalmente constituida como sindicato de empresa, con número de registro 4298, según constancia que obra a fojas 460 del libro respectivo, de la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; con domicilio en Minerva número 30, Colonia Crédito Constructor, Delegación Benito Juárez, C.P. 03940 en la Ciudad de México, Distrito Federal.

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PRINCIPIOS Y VALORES I ntegridad N obleza F ortaleza O ptimismo N acionalismo cultural A prendizaje permanente V ocación social y de servicio I nnovación y T ransparencia

Lo anterior, en los términos del “Acuerdo de Responsabilidad Social Compartida”, firmado por las partes. “El Infonavit” y “El Sindicato” están de acuerdo en constituir el Comité Mixto de Profesionalización y Desarrollo, que vigilará la instrumentación y operación de la capacitación o adiestramiento del personal técnico. El Comité, de acuerdo al Sistema Infonavit de Profesionalización y Desarrollo tomará como base, criterios orientados a la estrategia Institucional y al logro de su Misión y Visión, para mejorar la calidad de vida, eficiencia, productividad y desempeño de los trabajadores, conforme a nuestros principios y valores de actuación.

TITULARIDAD Cláusula 1ª “El Infonavit” reconoce expresamente que “El Sindicato”, representa el interés profesional y mayoritario de sus trabajadores y, por tanto, es titular y administrador de este Contrato, cuyo objeto es determinar las condiciones, conforme a las cuales deberá prestarse el trabajo, en todos los establecimientos de “El Infonavit” que existan o lleguen a existir dentro del territorio nacional. CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO Cláusula 2ª “El Infonavit” y “El Sindicato” están de acuerdo que el desarrollo profesional del personal de ese Instituto se base en los siguientes principios: a. Marco para el crecimiento profesional permanente y sostenible b. Protocolo de Compensación Variable c. Fortalecimiento de la capacitación profesional. 4

“El Infonavit” se obliga a proporcionar a sus trabajadores capacitación o adiestramiento en su trabajo, de conformidad con lo establecido en la fracción XIII del Apartado “A”, del Artículo 123 Constitucional y disposiciones relativas de la Ley Federal del Trabajo, conforme a los planes y programas que para tal efecto se establezcan. Cláusula 3ª Las partes se fijan el objetivo conjunto de buscar de manera permanente, el perfeccionamiento de sistemas y procedimientos que permitan la modernización de las estructuras administrativas y la superación y desarrollo del personal, a efecto de contribuir de una manera decisiva en la elevación de la productividad y la calidad en las metas institucionales. Cláusula 4ª Las partes se comprometen a desarrollar y fomentar en el personal la conciencia sobre la necesidad de elevar la productividad y calidad, a través de acciones encaminadas a la simplificación administrativa, racionalización de los recursos y reducción de gastos. 5

“El Infonavit” proporcionará los recursos materiales y la capacitación que sean necesarios para estos fines, de acuerdo al presupuesto autorizado. Cláusula 5ª Las partes, están de acuerdo en generar un grupo de reclutamiento, “Semillero”, para brindar una oportunidad de empleo temporal, que se ofrezca a jóvenes talentos recién egresados de licenciatura, con el objeto de desarrollar en ellos, las competencias Institucionales y los conocimientos necesarios que les permitan en un futuro, incorporarse definitivamente a “El Infonavit” constituyéndose como líderes e impulsores del cambio.

a. Incrementar la vocación social y de servicio de nuestro personal b. Promover la excelencia basada en la satisfacción de servir con eficiencia a nuestros usuarios, principalmente a los de bajos ingresos c. Fomentar una actitud de excelencia en el servicio hacia nuestros usuarios internos, en beneficio de los usuarios externos d. Incrementar la productividad en nuestras actividades de manera que, contribuyamos a reducir costos y tiempos de respuesta e. Ejercer la vocación del deber de servicio que define a “El Infonavit” y a quienes tenemos el orgullo de formar parte de él f. Contagiar la excelencia en el servicio a lo largo y ancho de la organización.

EXCELENCIA EN EL SERVICIO

PAZ LABORAL

Cláusula 6ª

Cláusula 7ª

Con el fin de asegurar el compromiso de excelencia en el servicio, contraído por “El Infonavit”, con sus derechohabientes, acreditados, patrones y para con la sociedad en general, las partes están conscientes de la necesidad que tiene el Instituto de modernizarse y adaptarse al continuo cambio; en ese sentido, “El Infonavit” deberá contar con estructuras flexibles y funcionales, que le permitan responder de manera eficiente a las necesidades y expectativas de servicio de sus usuarios. Las partes están de acuerdo, en que el personal debe contar con las capacidades, conocimientos y competencias requeridas, para desempeñar su trabajo, de acuerdo con las necesidades de la institución.

“El Infonavit” y “El Sindicato” convienen en garantizar que en todos los establecimientos del Instituto, a nivel nacional, se logre la paz laboral, entendida ésta como las condiciones colectivas laborales, para que se pueda ejercer el trabajo, como son: posibilidad de ejercicio del liderazgo institucional, personal que acepte ese liderazgo y un Sindicato convencido de que sus agremiados deben respetarlo.

En base a ese compromiso, las partes acuerdan cumplir cabalmente los lineamentos rumbo a la excelencia en el servicio Infonavit, con el propósito de lograr que nuestro personal responda eficientemente a las necesidades y expectativas de servicio de nuestros derechohabientes, acreditados, patrones y para la sociedad en general, para lograrlo adoptan como objetivos específicos: 6

JORNADA DE TRABAJO Cláusula 8ª La jornada semanal de trabajo será de 40 horas, distribuidas de lunes a viernes de cada semana, salvo que las necesidades de “El Infonavit” requieran de otra distribución; el trabajador disfrutará de 30 minutos para alimentos y descanso, al final de la jornada, teniendo prohibido laborar tiempo extraordinario, salvo autorización electrónica u orden por escrito de “El Infonavit”. El horario general de “El Infonavit”, será de 8:00 a 16:00 horas. 7

LICENCIAS Cláusula 9ª Las partes están de acuerdo en que los trabajadores sindicalizados que sean designados por “El Infonavit” para ocupar una plaza no sindicalizada, podrán solicitar licencia a su plaza sindicalizada, en los términos de los estatutos del Sindicato o separarse del mismo, para poder ser designados al cargo propuesto. En caso de haber solicitado la licencia a su plaza sindicalizada, el trabajador en cuestión ocupará el puesto no sindicalizado por un término máximo e improrrogable de un año, concluido el cual, podrá optar por separarse del Sindicato para seguir ocupando la plaza no sindicalizada o regresar a la plaza sindicalizada que tenía. CALIDAD DE VIDA DEL TRABAJADOR Y SU FAMILIA Cláusula 10ª

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COMPENSACIÓN FIJA Y VARIABLE Cláusula 11ª La compensación total del personal sindicalizado estará integrada por un Componente Fijo y otro Variable: a. Compensación Fija (Lo que somos) La Compensación Fija será de acuerdo al tabulador de salarios de dieciseis puestos, con sus respectivos niveles certificados que forman parte de este Contrato Colectivo de Trabajo.

• Adicionalmente,

cada trabajador podrá recibir hasta 15 días de salario al año, dependiendo de la Evaluación Global de la Delegación, Coordinación o Subdirección General correspondiente. Esta compensación se otorga de acuerdo a la siguiente tabla:

b. Compensación Variable (Lo que aportamos individual y colectivamente al cumplimiento de los objetivos del Instituto) TRANSITORIA Con el objetivo de promover el desempeño personal, el de los equipos de trabajo y la productividad, se establece la Compensación Variable bajo los siguientes lineamientos: Cada trabajador podrá recibir por este concepto hasta 30 días de salario tabulado anuales, compuestos por:

• Hasta 15 días de salario al año, sujeto a la Evaluación de

Desempeño Individual que realiza el jefe inmediato. Esta compensación se otorga de acuerdo a la siguiente tabla:

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El presente Contrato se celebra por tiempo indeterminado; su vigencia comprenderá de las 00:01 horas del día uno de febrero del año dos mil ocho, a las 24:00 horas del día treinta y uno de enero del año dos mil diez. En el caso del tabulador salarial se revisará conforme a lo expresado anteriormente en este Contrato. Enteradas del contenido y alcance del presente Contrato, ambas partes lo firman de conformidad en la Ciudad de México, Distrito Federal, el día uno del mes de febrero de dos mil ocho. 13

TESTIGO DE HONOR

Lic. Javier Lozano Alarcón Secretario del Trabajo y Previsión Social

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Por “El Infonavit”

Por “El Sindicato”

El Contrato Colectivo de Trabajo se terminó de imprimir en agosto de 2008. El tiraje constó de 4000 ejemplares. La coordinación, integración, revisión y edición de esta obra estuvo a cargo de la Subdirección General de Planeación y Finanzas, Gerencia Relaciones Laborales, del Infonavit.

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