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From the SelectedWorks of Francisco García Sánchez
Spring March 8, 2012
Los medios de impugnación en el Derecho Penal Mexicano Francisco García Sánchez
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GoldbergyS S.C. DOCUMENTO DE TRABAJO
ABOGADOS & CONSULTORES
LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN EL DERECHO PENAL MEXICANO
Francisco García Sánchez Max G. Sánchez
México, D.F. Mayo de 2012.
© Derechos Reservados, GoldbergyS S.C.
http://www.goldbergys.com
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Contenido 1
Introducción ............................................................................................................................. 4
2
Del concepto de impugnación ............................................................................................... 4
3
Diferencia entre medios de impugnación y recursos ....................................................... 5
4
De la justificación de los medios de impugnación ............................................................ 6
5
Del objeto y fin de la impugnación ...................................................................................... 6
6
De los efectos del procedimiento de impugnación ............................................................ 7
7
De la naturaleza jurídica de la impugnación .................................................................... 7
8
Ante quien y por quienes deben impugnarse las resoluciones judiciales ................... 8
9
De la clasificación de los medios de impugnación ............................................................ 9
10
De los medios de impugnación: recursos........................................................................ 9
10.1
Recurso de revocación .................................................................................................. 10
Quienes pueden interponer el recurso.............................................................................. 11 Interposición y admisión del recurso ................................................................................ 11 Tramitación legal .................................................................................................................. 11 Resolución y efectos .............................................................................................................. 11 10.2
Recurso de apelación .................................................................................................... 12
Quienes pueden apelar ........................................................................................................ 13 Interposición y admisión del recurso ................................................................................ 13 Tramitación legal .................................................................................................................. 13 Suplencia y ausencia de los agravios del procesado ...................................................... 14 Resolución y efectos .............................................................................................................. 14 10.3
Recurso de denegada apelación ................................................................................. 14
Tramitación legal .................................................................................................................. 15 Resolución y efectos .............................................................................................................. 16 10.4
Recurso de queja............................................................................................................ 16
Tramitación ............................................................................................................................ 16 Resolución y sus efectos ....................................................................................................... 17 10.5
Recurso de reposición del procedimiento ................................................................. 17 2 de 21
Trámite .................................................................................................................................... 19 Efectos ..................................................................................................................................... 19 11
Medios de impugnación: Amparo .................................................................................. 20
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Bibliografía ............................................................................................................................ 21
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1 Introducción En este trabajo se abordan los elementos indispensables de los medios de defensa: recursos y amparo que se pueden interponer ante una resolución judicial que nos perjudica; se denominan medios de impugnación. Se aborda la revocación, apelación, denegada apelación, reposición de procedimiento y amparo.
2 Del concepto de impugnación En relación al concepto de impugnación, Colín Sánchez (2010: p. 606) hace notar que los subórganos de la jurisdicción dan a conocer sus determinaciones a través de resoluciones judiciales, que deben responder a las diversas promociones de los intervinientes principales del proceso. Así mismo dice que, el contenido de esas resoluciones, es de importancia capital para el desenvolvimiento normal del proceso y para definir la pretensión punitiva estatal; pero dicha resolución puede afectar en su derechos: al Agente del Ministerio Público, al probable autor del delito, y, al ofendido…por eso las leyes consagran el derecho a inconformarse, a través de diversos medios de impugnación, cuya finalidad es evitar la marcha de un proceso por cauces indebidos; o bien, que éste llegue a facilitar una resolución o hecho ilícito. En esta misma tesitura, es necesario mencionar que la palabra impugnar ha sido definida por diversos autores, dependiendo del aspecto que quieran matizar. A decir deLópez Betancourt (2009: p. 215 y 216), tenemos que: “impugnar significa resistir, atacar o combatir. Con la impugnación quien se sienta agraviado por algún acto judicial censura el susodicho acto, siguiendo una serie de pasos jurídicos, cuya finalidad es que la autoridad modifique, revoque o anule su conducta.”
Así mismo, los siguientes autores1, también definen a los medios de impugnación: Fix Zamudio dice que los medios de impugnación: “son los instrumentos jurídicos consagrados por las leyes procesales para corregir, modificar o anular los actos y las resoluciones judiciales, cuando adolecen de deficiencias, errores, ilegalidad o injusticia”.
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Íbidem.
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Por su parte, Florián considera que los medios de impugnación: “son actos del sujeto procesal orientados a anular o reformar jurisdiccionalmente una resolución anterior mediante un nuevo examen, total o parcial de la causa, por el mismo u otro diferente o por otro superior”.
Para Hernández Acero, los medios de impugnación se refieren a: “los recursos que la ley procedimental concede a las partes para lograr que una determinada resolución se revise”.
yAlcalá Zamora lo define como: “los actos procesales de las partes dirigidos a obtener un nuevo examen, total o limitado a determinados extremos, y un nuevo procedimiento acerca de una resolución judicial que el impugnador no estima ajustada a derecho, en el fondo o en la forma, o que reputa errónea en cuanto a la fijación de los hechos”.
De las definiciones anteriores respecto de los medios de impugnación se observa que, independientemente de cual sea el aspecto que utilizan en su definición, es decir, si son instrumentos jurídicos, actos del sujeto procesal, recursos de la ley procedimental, etc., lo cierto es que sededuce que hay un resultado (resolución judicial) que implica una revisión (un nuevo examen) misma que trae aparejada un efecto (pj. Modificar, revocar, anular, etc.); misma que puedecorregir aspectos tales como ilegalidad e injusticia.
3 Diferencia entre medios de impugnación y recursos Si no se tiene claro que son los medios de impugnación y cuales los recursos, pueden cometerse errores que pueden costarle muy caro al cliente, que en materia penal puede ser que al cliente le den una pena corporal injustamente. De acuerdo con Colín Sánchez (2010: p. 607), se concluye que recurso: “Son medios establecidos por la ley para impugnar las resoluciones judiciales que, por alguna causa fundada, se consideran ilegales o injustas, garantizando, de esa manera, en forma más abundante, el buen ejercicio de la función judicial. ”
Los medios de impugnación son el género y los recursos la especie. Así, se puede decir que, los recursos más los “procedimientos” o “juicios”, cuya finalidad es impugnativa (como el amparo y la nulidad de las actuaciones), conforman los medios de impugnación. Los medios de impugnación no pueden darse por sí mismo, se necesita de algo que le de origen y que lo lleve a cabo. Es decir, éstos requieren de un impulso 5 de 21
procesal que los actualice (acto donde se manifiesta la inconformidad) y de un procedimiento (conjunto de actos, formas y formalidades previstos en la ley para su tramitación y resolución).
4 De la justificación de los medios de impugnación Pueden ser varios los propósitos de los medios de impugnación; lo cierto es que éstos son creaciones del legislador, que sirve como punto de equilibrio entre la decisión tomada por el juez y la decisión que debería de ser, con apego a principios tales como legalidad y justicia; considerando que el juez es un ser humano y que dichas decisiones pueden afectarse por situaciones de sentimientos, pasiones, intereses, que no le permitan decidir objetivamente. De acuerdo con Rivera Silva (2009: p. 319), se tiene que: “el camino marcado por la ley, no siempre es respetado por el órgano jurisdiccional”. Bien puede suceder que el juez, en cuanto ser falible, equivoque sus interpretaciones y no decida lo que la ley ordena, o que, llevado por intenciones dolosas, salte conscientemente las fronteras de la equidad y tampoco decida lo que la propia ley ordena. Ahora bien, sentada la posibilidad de una indebida aplicación de la ley.”
En ese mismo sentido, Colín Sánchez (2010: p. 607) menciona que: “[…] restaurar el ordenamiento jurídico que pudo haberse quebrantado por el juez en agravio de los sujetos principales de la relación procesal, restituyendo o reparando el derecho violado.
El mismo autor concluye que: “[…] el procedimiento de impugnación se justifica en tanto garantice la enmienda de los actos procesales contrarios al principio de legalidad y, con ellos, una mayor efectividad de justicia en las resoluciones judiciales.
5 Del objeto y fin de la impugnación De acuerdo con Colín Sánchez (2010, p. 609), el objeto de la impugnación: “es la resolución judicial que contiene la motivación del agravio, siempre y cuando así se reconozca en la ley. Así, atendiendo a la clasificación de las resoluciones judiciales de Colín, son objeto de impugnación: los autos y las sentencias.”
ypor el fin que se persigue en la impugnación: “el restablecimiento del equilibrio perdido en el proceso; es decir, al examinarse de nueva cuenta la resolución se repara el daño producido, ordenando las medidas que para el caso se prevé en la ley.”
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Éste mismo autor, menciona que,también es objeto de impugnación la resolución impugnada, y en él se observarán un conjunto de actos, formas y formalidades, legalmente establecidos, para así, estar en posibilidades de examinar o estudiar: “la ley penal”, con los consiguientes problemas a que da lugar; los elementos del delito (conducta o hecho, tipicidad, etc.); el delincuente; las penas y medidas de seguridad decretadas en la sentencia; y, las omisiones o errores cometidos en la aplicación de las normas procedimentales.
6 De los efectos del procedimiento de impugnación Los efectos del proceso deimpugnaciónpueden ser: Se manifiestan: Inmediato s
Efectos del proceso de impugnación
Mediatos
cuando interpuesto el recurso el juez de la causa lo admite e inicia el trámite correspondiente para su sustanciación. si interpuesto el recurso, el juez instructor del proceso, remite la causa al Tribunal Superior de Cuando impide que la resolución del juez inferior pueda ser ejecutada; es decir, la jurisdicción del inferior queda en suspenso, por haber sido transferida al superior, y, en consecuencia, lo mismo sucede con el procedimiento.
Se traducen en la confirmación, revocación o modificación de la resolución judicial impugnada.
7 De la naturaleza jurídica de la impugnación La naturaleza de la impugnación varía de acuerdo con el sujeto involucrado:
Probable autor del delito: procesado, acusado o sentenciado. Para el Ministerio Público
Facultades
Defensor
Facultaddiscre cional
Para algunos terceros
Derecho Naturaleza de la impugnación
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8 Ante quien y por quienes deben impugnarse las resoluciones judiciales El acto procesal en el que manifiesta la inconformidad con la resolución judicial, debe realizarse dependiendo del tipo derecursode que se trate:
Ante el juez instructor. Ordinario
Ante el Magistrado del Tribunal Superior de Justicia.
Recursos
Extraordinario
Ante el Magistrado del Tribunal Superior de Justicia. Ante la autoridad federal correspondiente
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9 De la clasificación de los medios de impugnación Los medios de impugnación pueden clasificarse según el criterio que se tome para tal fin. Así, se pueden clasificar como a continuación se especifica: Clasificación Tomando como punto de partida la autoridad que conoce del asunto
Devolutivos
son los recursos en los que interviene una autoridad diferente a la que dicta la resoluciónrecurrida.
Nodevolutivos
son los recursos en los que interviene una sola autoridad.
Ordinarios
Medios de impugnación
Tomando en cuenta la resolución impugnada
Tomando en cuenta los efectos
Extraordinarios
Invocan en contra de las resoluciones que aun no han adquirido el rango de “cosa juzgada”. Si han alcanzado la situación de “cosa juzgada”.
Ej. Revocación, apelación, denegada apelación y queja Ej. El reconocimiento de inocencia del sentenciado y el amparo
Suspensivos
cuando suspenden el curso del procedimiento.
Devolutivos
cuando no suspenden el curso de éste, pero en caso de que el recurso prospere, devuelven la secuela procesal hasta la resolución modificada.
10 De los medios de impugnación: recursos De acuerdo con Rivera Silva (2009: p. 319), se tiene que: “el recurso viene a ser, en términos sencillos, un segundo estudio sobre un punto que se estima resuelto de manera no apegada al Derecho. Este segundo estudio no se hace en forma anárquica, pues está sujeto a los siguientes principios o restricciones. ”
Los principios o restricciones a los que está sujeto el recurso son: restricción del número de los recursos, restricción en lo tocante a la clase de la resolución recurrida, restricción del recurso concedido, restricción de tiempo, restricción referente a la necesidad de interponer el recurso, restricción relativa a que únicamente las partes pueden interponer recursos.
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Los recursos pueden ser: Características
Medios de impugnación
Revocación os
Es un recurso ordinario, no devolutivo, quetiene por finalidad anular o dejar sin efecto una resolución.
Apelación
Es un recurso ordinario, devolutivo, en virtuddel cual un tribunal de segunda instancia confirma, revoca o modifica una resolución impugnada.
Denegada apelación
Es un recurso devolutivo, ordinario, que se concede cuando se niega la apelación.
Recursos
Queja
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El recurso de queja es de carácter ordinario y devolutivo.
Recurso de revocación
La revocación para Colín Sánchez (2010: p. 646) es: “un medio deimpugnación ordinario, instituido para las resoluciones judiciales (autos), en contra de los cuales no procede o no está instituido el recurso de apelación, cuyo objeto es que, el juez o los Magistrados integrantes de la sala del TSJ correspondiente, que las dictó, los prive sus efectos, en todo o en parte, o las substituya por otra.”
Es importante remarcar que el hecho de que el recurso de revocación sea ordinario, quiere decir que procedente contra resoluciones judiciales que no han causado estado. Por su parte, el conocimiento de este recurso corresponde a la misma autoridad que emitió la resolución judicial (no devolutivo). Considerando su utilización, de acuerdo con Rivera Silva (2010: p. 327), a decir de Acero, manifiesta: "sin embargo, en los casossencillos, de trámites sin trascendencia, por razones claramentesupervenientes, puede ser más fácilmente confiar en laecuanimidad y presunta buena fe del juzgador y atenersea él sólo para las rectificaciones relativas, evitando las demorasy molestias de otra instancia para todos los pasos. Delprocedimiento y hasta por reclamaciones de decretos fútiles."
El recurso de revocación aplica: “solamente los autos contra los cuales no se conceda por este Código el recurso de apelación, serán revocables por el tribunal que los dictó. También lo serán las resoluciones que se dicten en segunda instancia antes de la sentencia (art. 361 del CFPP)”. 10 de 21
Quienes pueden interponer el recurso
Pueden interponer el recurso el indicado, el ofendido y el Ministerio Público, toda vez que el recurso de revocación es un derecho de las partes. Interposición y admisión del recurso
El plazo para interponer el recurso de revocación y ofrecer pruebas será de cinco días, contados a partir de que surta efecto la notificación de la resolución que se impugne (art. 362 del CFPP). Por su parte, en el Distrito Federal, se instituye que deberá interponerse el recurso en el acto de la notificación o al día siguiente hábil, y el tribunal o juez ante quien se interponga lo admitirá o desechará de plano, si creyere que no es necesario oír a las partes. En caso contrario, las citará a una audiencia verbal, que se celebrará dentro de los dos siguientes días hábiles y dictará en ellas su resolución, contra la que no se admite recurso alguno (art. 413 del CPPDF). Tramitación legal
De conformidad con el art. 362 del Código Federal de Procedimientos Penales se tiene que “el tribunal resolverá el recurso oyendo a las partes en una audiencia que se efectuará dentro de las cuarenta y ochohoras siguientes a la notificación que se haga a la parte que no interpuso el recurso, acerca de la admisión de éste. En la audiencia se desahogarán las pruebas ofrecidas, se escuchará a las partes y se dictará resolución, contra la que no procede recurso alguno. Si no es posible que en esa audiencia concluya el desahogo de pruebas, el juez podrá convocar, por una sola vez, a otra audiencia.” Resolución y efectos
Las resoluciones que produce el recurso de revocación son: Medios de impugnación
Retentiva No retentiva
Así mismo, es importante mencionar que la revocación es ejecutiva, toda vez que puede ejecutarse la resolución impugnada a pesar de su estado de impugnación.
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Con respecto a la resolución, el tribunal decidirá si confirma o revoca su resolución inicial. Esta decisión pondrá fin al recurso de revocación y no se admitirá ningún otro medio de impugnación al respecto.
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Recurso de apelación
A juicio de Colín Sánchez (2010: p. 619) la apelación: “es un medio de impugnación ordinario, a través del cual el agente del Ministerio Público, el procesado, acusado o sentenciado, o el ofendido, manifiestan inconformidad con la resolución judicial que se les ha dado a conocer, originado con ello que,….dicten una nueva resolución judicial: confirmando, modificando o revocando aquella que fue impugnada.”
Por su parte, para López Betancourt (2010: p. 219) la apelación es: “un recurso ordinario, cuyo fin es dejar sin efecto un auto o una resolución judicial que no haya causado estado o en el caso de sentencia.
Las resoluciones que son apelables en el Distrito Federal (art. 448, CPPDF): I.
Las sentencias definitivas, incluyendo aquellas que se pronuncien en los procesos sumarios;
II. Los autos que se pronuncien sobre cuestiones de jurisdicción o competencia; los que mandan suspender o continuar la instrucción; el de ratificación de la detención; el de formal prisión o de sujeción a proceso o el que los niegue; el que se conceda o niegue la libertad; III. Los que resuelvan las excepciones fundadas en alguna de las causas que extinguen la acción penal; los que declaran no haber delito que perseguir; los que concedan o nieguen la acumulación o los que decreten la separación de los procesos; IV. Los asuntos en los que se niegue la orden de aprehensión o de comparecencia, sólo por el Ministerio Público; y V. Todas aquellas resoluciones en que este Código conceda expresamente el recurso.
A su vez, en el ámbito federal “son apelables en ambos efectos solamente las sentencias definitivas en que se imponga alguna sanción” (art. 366 del CFPP) y en efecto devolutivo (art. 367 del CFPP): I. Las sentencias definitivas que absuelven al acusado, excepto las que se pronuncien en relación con delitos punibles con no más de seis meses de prisión o con pena no privativa de libertad, en los términos del primer párrafo del artículo 152; II.- Los autos en que se decrete el sobreseimiento en los casos de las fracciones III a VI del artículo 298 y aquéllos en que se niegue el sobreseimiento. III.- Los autos en que se niegue o conceda la suspensión del procedimiento judicial; los que concedan o nieguen la acumulación de autos; los que decreten o nieguen la separación de autos; los que concedan o nieguen la recusación; III bis.- Los autos que ratifiquen la constitucionalidad de una detención a que se refiere el párrafo sexto del artículo 16 constitucional;
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IV.- Los autos de formal prisión; los de sujeción a proceso; los de falta de elementos para procesar; y aquéllos que resuelvan situaciones concernientes a la prueba.
Quienes pueden apelar
Tiene derecho de apelar el Ministerio Público, el indiciado y su defensor, así como el ofendido o a sus legítimos representantes cuando hayan sido reconocidos por el juez de primera instancia, como coadyuvante del Ministerio Público, para la reparación de daños y perjuicios (art. 365 del CFPP y art. 417 del CPPDF) Interposición y admisión del recurso
El plazo para presentar la apelación (por escrito o por comparecencia) comprende desde el acto de la notificación hasta los cinco días siguientes si se tratare de sentencia, tres días si se interpusiere contra un auto o dos contra cualquier otra resolución (art. 365 del CFPP y art. 416 del CPPDF). El tribunal que dictó la resolución apelada lo admitirá o lo desechará de plano, según cumpla o no con los requisitos establecidos por la ley. Entre los supuestos que menciona Silva Silva, a decir de López Betancourt (2009: p. 225), por los que puede el juez denegar la apelación se encuentran:
Que el apelante carezca de legitimación procesal para apelar. Que la resolución impugnada no sea apelable. Que no se impugnó dentro del plazo que la ley concede. Que existió previa conformidad con la resolución impugnada Que considere frívolo e improcedente el recurso interpuesto.
Es importante mencionar que si la apelación fuera presentada por el indiciado, se le informará ante el tribunal de segunda instancia. Tramitación legal
Con relación a la tramitación legal, se tiene que: “una vez establecido el proceso, el duplicado autorizado de constancias o el testimonio, en su caso, el tribunal lo pondrá a la vista de las partes por el plazo de tres días; y si dentro de ellos no promovieren prueba, se señalará día para la vista, que se efectuará dentro de los treinta siguientes a la conclusión del primer plazo, si se tratare de sentencias definitivas, y dentro de cinco días si se tratare de autos (art. 373 del CFPP)”.
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Suplencia y ausencia de los agravios del procesado
López Betancourt (2009: p. 227) define el agravio como: “el daño o perjuicio que ocasiona la sentencia definitiva o el auto impugnado a quien interpone el recurso”
En este sentido, se tiene que“en caso de que la defensa o el procesado presenten el recurso y los agravios no sean formulados adecuadamente, ya sea por torpeza o ignorancia, el Tribunal de apelación suplirá la deficiencia de los agravios, para hacerlos valer debidamente.” Resolución y efectos
En materia federal se tiene que declarado visto el asunto, quedará cerrado el debate y el tribunal de apelación pronunciará el fallo que corresponda, a más tardar, dentro de ocho días, confirmando, revocando o modificando la resolución apelada (art. 383 del CFPP) y dentro de diez días en el Distrito Federal (art. 425 del CPPDF) Por otro lado, si en la segunda instancia se decide imponer una sanción, se tramitará la reaprehensión del indiciado e iniciará el término de la prescripción.
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Recurso de denegada apelación
Al respecto, Colín Sánchez (2010: p. 671) dice que la denegada apelación: “es un medio de impugnación ordinario, cuyo objeto ordinario inmediato es la manifestación de inconformidad del agraviado con la resolución del juez, negando la admisión de la apelación, o del efecto devolutivo en que fue admitida, siendo procedente en ambos”.
Para López Betancourt (2009: p. 236) la denegada apelación es: “un recurso de inconformidad de carácter ordinario, que se concede cuando se ha negado la apelación, aunque es procedente también cuando la apelación se admite únicamente en el efecto devolutivo.
En el ámbito Federal, el recurso de denegada apelación procede cuando ésta se haya negado, o cuando se conceda sólo en el efecto devolutivo siendo procedente en ambos, aun cuando el motivo de la denegación sea que no se considera como parte al que intente el recurso (art. 392 CFPP). De acuerdo con Colín Sánchez (2010:p.642), en casi todos los ordenamientos procedimentales, el recursos de denegada procede:
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Cuando no se admite la apelación. Cuando se admite en un solo efecto.
Tramitación legal
Con respecto a la tramitación legal, se tiene que el recurso se interpondrá verbalmente o por escrito. En materia federal, será dentro de los tres días siguientes al en que se notifique la resolución que niegue la apelación y de dos en el Distrito Federal (art. 393 del CFPP y art. 436 del CPPDF). Por otra parte, de conformidad con el art. 3942 del Código Federal de Procedimientos Penales se tiene que una vez interpuesto el recurso, el tribunal, sin más substanciación, mandará expedir dentro de tres días, certificado en el que brevemente expondrá la naturaleza y estado de las actuaciones, el punto sobre que recayó el auto apelado e insertará éste a la letra, así como el que lo haya declarado inapelable. Por otra parte, “cuando el tribunal de primera instancia no cumpliere con lo prevenido en el artículoanterior, el interesado podrá ocurrir por escrito ante el de apelación, el cual mandará que el inferior remitael certificado dentro de veinticuatro horas3, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar (art. 395 del CFPP)”. Una vez que el promovente recibió el certificado,deberá presentarlo ante el tribunal deapelación dentro del término de tres días contados desde que se le entregue, si el tribunal reside en elmismo lugar. Si reside en otro, el de primera instancia señalará además de los tres días, el término quesea necesario, atendidas las distancias y los medios de comunicación, sin que el término total puedaexceder de treinta días (art. 396 CFPP).El tribunal de apelación, sin más trámite, citará para sentencia y pronunciará éstadentro de los cinco días siguientes a la notificación (art. 397 CFPP). En el ámbito del Distrito Federal, el proceso se pondrá a la vista de las partes por cuarenta y ocho horas para que manifiesten si faltan o no actuaciones sobre las que tengan que alegar (art. 440 del CPPDF). Recibidos los certificados, en su caso, el tribunal citará para sentencia y pronunciará este dentro de tres días de hecha la última notificación. Las partes podrán presentar por escrito, dentro de este término, sus alegatos (art. 441 del código referido).
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Art. 437 del CPPDF. De 48 horas en el Distrito Federal.
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Resolución y efectos
La resolución de dicho recurso determinará si el tribunal de primera instancia actuó o no adecuadamente al admitir o rechazar el recurso de apelación, según lo establecido en la legislación, es decir, si la apelación procede o no.
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Recurso de queja
Con respecto al recursos de queja, de acuerdo con LópezBetancuort (2009: p. 238),la queja: “es un recurso que se interpone contra resoluciones que carecen de la importancia necesaria para que se presente una apelación.”
Para Colín Sánchez (2010: p. 649) la queja: “es un recursos ordinario, que procede en contra de las conductas omisivas de los jueces, que no admiten las resoluciones correspondientes a las promociones, o no realicen las diligencias dentro de los plazos señalados en la ley, o que no cumplan las formalidades, o no despachen los asuntos, de acuerdo a lo establecido en el Código de Procedimientos Penales.”
En el ámbito federal, “el recurso de queja procede contra las conductas omisivas de los Jueces de Distrito que no emitan las resoluciones o no señalen la práctica de diligencias dentro de los plazos y términos que señale la ley, o bien, que no cumplan las formalidades o no despachen los asuntos de acuerdo a lo establecido en este Código (art. 398 BIS del CFPP)”. En el Distrito Federal, “el recurso de queja procede contra las conductas omisas de los jueces que no emitan las resoluciones o no ordenen la práctica de diligencias dentro de los plazos y términos que señale la ley o bien, que no cumplan las formalidades o no despachen los asuntos de acuerdo a lo establecido en este Código (art. 422Bis, CPPDF). Tramitación
La queja podrá interponerse en cualquier momento a partir de que se produjo la situación que la motiva, y se interpondrá por escrito ante el Tribunal Unitario de Circuito que corresponda. El Tribunal Unitario de Circuito, en el plazo de cuarenta y ocho horas, le dará entrada al recurso yrequerirá al Juez de Distrito (o ante la sala penal del Tribunal Superior de Justicia, en el caso del Distrito Federal), cuya conducta omisiva haya dado lugar al recurso, para que rinda informedentro del plazo de tres días (art. 398 Bis y art. 442Bis, respectivamente).
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Resolución y sus efectos
En materia federal, con informe o sin él, se dictará la resolución que proceda, si estimafundando el recurso, el Tribunal Unitario requerirá al Juez de Distrito para que cumpla las obligacionesdeterminadas en la ley. La falta del informe al que se refiere el párrafo anterior, establece la presunciónde ser cierta la omisión atribuida y hará incurrir al juez en multa de diez a cien veces el salario mínimovigente en el momento y lugar en que hubiese ocurrido la omisión4. En el Distrito Federal, se establece un plazo de dos días. Además, podrá imponerse al juez una multa de diez a cien veces el salario mínimo vigente en el momento y lugar en que hubiese ocurrido la omisión5.
10.5
Recurso de reposición del procedimiento
López Batancourt(2009: p. 241) dice que la reposición del procedimiento: “es un recurso ordinario, por medio del cual, el juez de segunda instancia nulifica el proceso realizado en la primera, y se reanuda aquél a partir del acto que se ha anulado.”
Este mismo autor, a decir de Hernández, lo define como: “un acto procesal por el cual el superior jerárquico de la autoridad judicial, imposibilitado para entrar al estudio y análisis del fondo del asunto sometido a la apelación, anula o invalida determinada actuación judicial apartada de la legalidad u ordena al inferior que lo haga, para que se reanude el procedimiento a partir de ese acto que ha sido dejado sin efecto.”
En el ámbito federal, “la reposición del procedimiento se decretará a petición de parte, debiendo expresarse los agravios en que se apoye la petición. No se podrán alegar aquellos con los que la parte agraviada se hubiere conformado expresamente, ni los que cause alguna resolución contra la que no se hubiere intentado el recurso que la ley conceda o, si no hay recurso, si no se protesta contra dichos agravios al tenerse conocimiento de ellos en la instancia en que se causaron (art. 386, CFPP). Por su parte, en el ámbito del Distrito Federal, se tiene que, habrá lugar a la reposición del procedimiento por alguna de las causas siguientes (art. 431, CPPDF): I. Por no haber procedido el juez durante la instrucción y después de ésta hasta la sentencia,acompañado de su secretario, salvo el caso del artículo 30;
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Íbidem
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Íbidem
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II. Por no haberse hecho saber al acusado durante la instrucción ni al celebrarse el juicio elmotivo del procedimiento y el nombre de su acusador, si lo hubiere; III. Por no haberse permitido al acusado nombrar defensor, en los términos que establece laley o por no haberse cumplido con lo dispuesto en los artículos 294, 326, 338 y 339; III Bis. Por haber omitido la designación del traductor al inculpado que no hable o no entiendasuficientemente el idioma castellano, en los términos que señala esta ley. IV. Por no haberse practicado las diligencias pedidas por alguna de las partes; V. Por haberse celebrado el juicio sin asistencia del juez que debe fallar, del agente delMinisterio Público que pronuncie la requisitoria o del secretario respectivo; VI. Por haberse citado a las partes para las diligencias que este Código señala, en otra formaque la establecida en él, a menos que la parte que se dice agraviada hubiere concurrido ala diligencia; VI bis. Por existir omisiones graves de la defensa en perjuicio del sentenciado; se reputan comoomisiones graves de la defensa: a) No haber asesorado al inculpado sobre la naturaleza y las consecuencias jurídicasde los hechos imputados en el proceso, b) No haber asistido a las diligencias que se practicaron con intervención del inculpadodurante la averiguación previa y durante el proceso; c) No haber ofrecido y aportado las pruebas necesarias para la defensa del inculpado; d) No haber hecho valer las circunstancias probadas que en el proceso favorecieran ladefensa del inculpado; e) No haber interpuesto los medios de impugnación necesarios para la defensa delinculpado, y f) No haber promovido todos aquellos actos procesales que fuesen necesarios para eldesarrollo normal del proceso y el pronunciamiento de la sentencia. VII. Por haberse hecho alguna de las insaculaciones en otra forma que laprevenida en ésteCódigo, o por haberse sorteado un número menor o mayor de jurados que el que en él sedetermina; VIII. Por no haberse aceptado la recusación de los jurados, hecha en la forma y términoslegales; IX. Por haberse declarado contradictorias algunas de las conclusiones en los casos del artículo363, sin que tal contradicción existiera; X. Por no haberse permitido al Ministerio Público, al acusado o a su defensor, retirar omodificar sus conclusiones o establecer nuevas, en los casos de los artículos 319, 355 y358, si hubo motivo superveniente y suficiente para ello; XI. Por haberse declarado, en el caso del artículo 325, que el acusado o su defensor habíanalegado sólo la inculpabilidad, si no había transcurrido el término señalado en este artículo; XII. Por haberse omitido en el interrogatorio alguna de las preguntas que conforme a esteCódigo debieron hacerse al jurado, o por haberse suprimido todo un interrogatorio, en elcaso de la fracción IV del artículo 363;
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XIII. Por no haberse formado el jurado del número de personas que esté Código dispone, oporque alguna de ellas le faltare un requisito legal; XIV. Por haber contradicción notoria y substancial en las declaraciones del jurado, si por talcontradicción no pueden tomarse en cuenta en la sentencia los hechos votados; XV. En todos los casos en que este Código declare expresamente la nulidad de algunadiligencia;
Trámite
De conformidad con el art. 3866 del Código Federal de Procedimientos Penales, “los agravios en que se apoye la petición. No se podrán alegar aquellos con los que la parte agraviada se hubiere conformado expresamente, ni los que cause alguna resolución contra la que no se hubiere intentado el recurso que la ley conceda o, si no hay recurso, si no se protesta contra dichos agravios al tenerse conocimiento de ellos en la instancia en que se causaron.” Por otra parte, “no obstante lo dispuesto en el artículo anterior si el tribunal de apelación encuentra que hubo violación manifiesta del procedimiento, que haya dejado sin defensa al procesado, y que sólo por torpeza o negligencia de su defensor no fue combatida debidamente, deberá suplir la deficiencia y ordenar que se reponga dicho procedimiento (art. 387 del CFPP).” Efectos
De conformidad con el art. 390 del Código Federal de Procedimientos Penales, “siempre que el tribunal de apelación encuentre que se retardó indebidamente el despacho del asunto o que se violó la ley durante el procedimiento judicial, si esas violaciones no ameritan que sea repuesto el procedimiento ni que se revoque o modifique la resolución de que se trate, llamará la atención al inferior y podrá imponerle una corrección disciplinaria, o consignarlo al Ministerio Público si la violación constituye delito”7. Así mismo, “cuando el tribunal de apelación notare que el defensor faltó a sus deberes: por nohaber interpuesto los recursos que procedían; por haber abandonado los interpuestos, cuando de las constancias de autos apareciere que debían prosperar; por no haber alegado circunstancias probadas enel proceso y que habrían favorecido notablemente al inculpado, o por haber alegado hechos no probadosen autos, podrá imponerle una corrección disciplinaria o consignarlo al Ministerio Público si procediere. Siel defensor fuere de oficio, el tribunal deberá, además, dar cuenta al superior de aquél, llamándole laatención sobre la negligencia o ineptitud de dicho defensor (art. 391 del CFPP y art. 434 del CPPDF). 66 77
Art. 430 del CPPDF Art.433 del CPPDF
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11 Medios de impugnación: Amparo Para Martínez Ramírez (2011: p. 17), el juicio de amparo es una de las figuras más destacables en el ordenamiento jurídico nacional, representa una de las garantías constitucionales por excelencia, pues es a través de su garantía procesal que los gobernados pueden darle cumplimiento a la protección federal de las garantías individuales. De acuerdo con López Betancourt (2009: p. 245), el amparo: “es un medio de impugnación, un recurso extraordinario, que se interpone en contra de los actos de la autoridad que violen alguna garantía constitucional.”
Este mismo autor, a decir de Fix-Zamudio, quien acepta la doble función del amparo como proceso y como recurso, le define como: “es un proceso, puesto que constituye un procedimiento armónico, autónomo y ordenado a la composición de los conflictos entre las autoridades y personas individuales y colectivas, por violación, desconocimiento e incertidumbre de las normas fundamentales, y que se caracteriza por conformar un remedio procesal de invalidación”.
Se distinguen dos tipos de amparo:
Medios de impugnación
Directo o uniinstancial
Se impugnarán directamente las sentencias judiciales.
Indirecto o biinstancial
Pueden interponerse contra las resoluciones dictadas durante el procedimiento.
Amparo
De conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (frac. I, art. 107), se tiene que el juicio de amparo deberá promoverse a petición de parte agraviada. Por otro lado, de acuerdo con López Betancourt (2009: p. 246), el amparo directo, se interpondrá ante la Corte de Justicia de la Nación y los tribunales colegiados de circuito. Éste procederá en contra e sentencias definitivas por
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violación a las garantías individuales cometidas por dichas sentencias, o por quebrantos a leyes procesales que afecten la defensa del quejoso. Por su parte, el amparo indirecto se presentará ante los jueces de distrito y los tribunales unitarios de circuito y procede no sólo contra actos o resoluciones que dicte el juzgador durante el proceso, siempre que no sean de imposible reparación, sino también contra actos realizados fuera del proceso o terminado el juicio.
12 Bibliografía Colín Sánchez, Guillermo, “Derecho mexicano de procedimientos penales”, vigésima edición, Editorial Porrúa, México, 2010. López Betancourt, Eduardo, “Derecho procesal penal”, primera edición, Editorial IURE EDITORES, México, 2009. Martínez Ramírez, Fabiola, “El juicio de amparo a 16 años de la primera sentencia, Tomo II, González Oropeza y Ferrer Mac-Gregor coordinadores, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM 2011. Rivera Silva, Manuel, “El procedimiento penal”, trigésima octava edición actualizada por Rodolfo Barrera Alvarado, Editorial Porrúa, México, 2009. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal. Código Federal de Procedimientos Penales.
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