LOS NUEVOS RETOS DE LA IGUALDAD DE GÉNERO EN LA ERA INTERNET. Carmen F. Morillo CONSEJO AUDIOVISUAL DE ANDALUCÍA

LOS NUEVOS RETOS DE LA IGUALDAD DE GÉNERO EN LA ERA INTERNET Carmen F. Morillo CONSEJO AUDIOVISUAL DE ANDALUCÍA I. LA TELEVISIÓN CONECTADA, UN NUEVO

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NUEVOS RETOS, MISMA ILUSIÓN
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LOS NUEVOS RETOS DE LA IGUALDAD DE GÉNERO EN LA ERA INTERNET Carmen F. Morillo CONSEJO AUDIOVISUAL DE ANDALUCÍA

I. LA TELEVISIÓN CONECTADA, UN NUEVO DESAFÍO La enorme capacidad de influencia de los medios de comunicación en la población, su incidencia en la formación de la opinión, en la construcción de las mentalidades, es una realidad incontestable. Internet no ha hecho más que incrementar la importancia que, desde el siglo XIX, han ido adquiriendo los medios de comunicación para las sociedades y la democracia, sobre todo a la hora de garantizar la libertad de información, la diversidad de opinión, el pluralismo y el desarrollo de la educación y de la cultura. Las tecnologías de la información y de la comunicación han generado un nuevo ecosistema al que en estos momentos se están adaptando los medios que ofrece inéditos modelos de negocio que están revolucionado la industria audiovisual. Pero, en esencia, la función de los medios de comunicación de masas sigue siendo la misma, independientemente del canal que empleen para su difusión: informar, entretener y educar al público general financiándose mediante la publicidad o a través de fondos públicos. Estas funciones deben desarrollarse desde la responsabilidad y el respeto a una serie de valores fundamentales y obligaciones recogidos en el ordenamiento jurídico y en códigos éticos. El escenario es, sin embargo, muy diferente. Internet ha propiciado la convergencia de espacios compartidos complejos y emergentes en los que confluyen programas audiovisuales, comunicaciones comerciales y redes sociales que está provocando un enorme cambio en el consumo televisivo, consumo que se incrementa año tras año en España y Europa, contra todo pronóstico. La actual coexistencia de los medios audiovisuales tradicionales, que utilizan el espacio radioeléctrico, con los medios que transmiten a través de Internet genera de momento más preguntas que respuestas. Estamos en un proceso de tránsito hacia la denominada televisión híbrida, que brinda grandes oportunidades pero que plantea importantes desafíos.1 La televisión conectada ofrece al espectador un auténtico mando libre para acceder a cualquier contenido audiovisual usando servicios a la carta. El usuario puede interactuar con una infinidad de aplicaciones multimedia y recibir, por ejemplo, información de última hora o incorporar la potencia de las redes sociales en la manera de consumir el audiovisual. Es la convergencia de los contenidos, las redes y las aplicaciones. Se prevé que, dentro de diez años, la audiencia de televisión on line supere a la TDT, es decir, los ciudadanos recibirán mayoritariamente sus programas de televisión 1

Ver Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y al Comité de las Regiones sobre la aplicación de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual (Directiva 2010/13/UE).

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vía Internet en lugar de por aire. Aunque muchos de los televisores modernos pueden conectarse, no existen datos reales sobre el uso de esta nueva tecnología si bien se estima que, en Europa, el número de televisores realmente conectados oscila entre el 20% y el 30%.2 El botón rojo del nuevo mando que incorporan los modernos aparatos de televisión permite acceder a la radiodifusión tradicional y la conexión de todos los dispositivos. Es decir, se puede elegir un programa a la carta para empezar a verlo en el salón y seguirlo en el teléfono móvil, la tableta o la consola al mismo tiempo que se participa en las redes sociales. Los expertos aseguran que esta mediamorfosis supone el regreso al futuro de la televisión, que ya revitalizó la TDT con la multiplicación de oferta de canales. Por ejemplo, RTVE ha puesto inicialmente en marcha el mayor archivo de contenidos audiovisuales en español con más de 60.000 programas completos de televisión, 80.000 de radio y 100.000 noticias multimedia. Si los menores de doce años pasaban 990 horas al año ante el televisor y 960 horas en la escuela ¿qué sucederá ahora que pueden seguir sus programas en todo momento y lugar? Por otra parte, el 40% de la población ve más de seis horas al día la televisión convencional. Son razones de peso para que la ciudadanía se preocupe porque los contenidos que circulen por la red estén cargados de valores y principios democráticos, de manera que no obstaculicen el objetivo ampliamente compartido de alcanzar una sociedad saludable: libre, respetuosa, plural, solidaria, pacífica e igualitaria. La cuestión es que sólo dos años después de su nacimiento, la TDT parece ya historia y con ella el incipiente esfuerzo de regulación de los medios audiovisuales que iniciamos en España. En la estrategia trazada por la Unión Europea para el desarrollo de las TIC, la televisión inteligente se percibe como un nuevo modelo de negocio que generará riqueza y empleo, que favorecerá la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación audiovisual y que, por lo tanto, debe potenciarse pero garantizando unas condiciones óptimas de competitividad y de regulación para salvaguardar intereses sociales de importancia primordial, entre los que se encuentran la protección de los menores de edad y la prohibición de la instigación al odio por razón de raza, sexo, religión o nacionalidad. Este escenario nos sitúa ante dos problemas muy complejos: 1.- La paradoja que supone la convergencia de un sistema de acceso a contenidos audiovisuales regulado con otro no sujeto a reglas o, en el mejor de los casos, sujeto a muy pocas reglas. 2.- Si es posible establecer reglas en este nuevo modelo donde convive la interactividad. La Comisión Europea ha abierto un debate sobre los desafíos y las oportunidades que ofrece la convergencia donde se plantean los siguientes retos: 

2

Evaluar si el actual marco regulador permite el equilibrio y la convivencia de ambos sistemas, protegiendo los intereses de las empresas y de la ciudadanía.

No todos los prestadores ofrecen libre acceso al contenido audiovisual de Internet.

2

   

Garantizar la calidad de los contenidos audiovisuales on line. Establecer reglas para asegurar la protección de los menores de edad y el respeto de los derechos fundamentales. Realizar un mayor esfuerzo de desarrollo, apoyo y creación de buenas prácticas en el ámbito de la publicidad. El futuro de las autoridades reguladoras existentes en la UE, centradas en la regulación y vigilancia de los contenidos que se emiten a través del espacio radioeléctrico.

Nuestro país tiene además problemas y retos añadidos:   

La inexistencia de tradición regulatoria sobre el sector audiovisual. El fracaso de la autorregulación de los medios para alcanzar los objetivos o normas establecidas en nuestro ordenamiento jurídico y mejorar su calidad. La ausencia de una autoridad reguladora de ámbito estatal y la fragmentación de competencias sobre el sector audiovisual. En estos momentos, sólo Cataluña y Andalucía disponen de consejos audiovisuales.

Andalucía afronta a su vez dos retos inminentes:  

La traslación a la realidad de la comunidad autónoma de la legislación estatal y comunitaria sobre servicios de comunicación audiovisual, paso que ya ha dado Cataluña. La adaptación del Consejo Audiovisual de Andalucía a la nueva realidad de un sector audiovisual convergente. Se da la paradoja de que la autoridad audiovisual autonómica sólo tiene competencias sobre los medios que dispongan de licencia administrativa, lo que deja sin vigilancia y control todos aquellos servicios de comunicación audiovisual que operen exclusivamente a través de Internet. Esta circunstancia también se ha resuelto en Cataluña, donde el Consejo Audiovisual ha creado un registro de medios en los términos previstos en la legislación3.

II. EL CONSEJO AUDIOVISUAL DE ANDALUCÍA COMO ORGANISMO PARA LA IGUALDAD El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) es una autoridad reguladora de los medios audiovisuales que nace en el 2005 como institución independiente y paritaria, con potestad sancionadora, para velar porque la radio y la televisión respeten los principios constitucionales y estatutarios, cumplan la legislación y adopten las normas éticas y deontológicas necesarias para promover los valores que hoy propugna la sociedad. Entre sus diferentes funciones está la promoción de actividades, modelos

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A efectos de aplicación de la Ley General de Comunicación Audiovisual, la definición servicio de comunicación audiovisual abarca a los medios de comunicación de masas en su función de informar, entretener y educar al público en general, incluyendo las comunicaciones comerciales que difundan. Excluye a todos los servicios cuyo principal objeto no sea proporcionar programas, es decir, aquellos cuyo contenido audiovisual sea meramente incidental y no constituya la finalidad principal. La Directiva 2010/13/UE, de 10 de marzo, define el concepto de servicio de comunicación audiovisual, que excluye a los periódicos digitales y las emisiones exclusivamente sonoras. La radio sí se ha incluido en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual que traspone la directiva a nuestro ordenamiento jurídico.

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sociales y comportamientos no sexistas en el conjunto de las programaciones que se ofrecen en Andalucía, así como en la publicidad que se emita.4 El Consejo tiene asimismo asignada la obligación de impulsar estos valores en el sector audiovisual mediante las diferentes funciones encomendadas y que abarcan tres grandes áreas. 1. La defensa de los derechos de la ciudadanía. 2. La vigilancia y control en el cumplimiento de las leyes. 3. La ordenación y regularización del mercado audiovisual. Los objetivos legales encomendados al Consejo se llevan a cabo mediante A. Su capacidad de ordenación y control de los contenidos emitidos en y para Andalucía, a través de la adopción de decisiones, instrucciones y recomendaciones que pueden ser vinculantes para los medios. B. Su potestad sancionadora. La institución cuenta en estos momentos con dos instrumentos esenciales para realizar sus funciones: 1.

2.

El sistema de seguimiento y control de medios. El CAA graba cada año 379.000 horas de radio y televisión, de las que cataloga 86.200 para realizar estudios e informes. En estos momentos podemos acceder a los contenidos de 169 emisoras de radio y 136 de televisión. La Oficina de Defensa de la Audiencia, que recibe y tramita las quejas ciudadanas.

III. LA IMAGEN DE HOMBRES Y MUJERES A TRAVÉS DE LOS MEDIOS Desde el 2007, el fomento de la igualdad a través de la imagen que de hombres y mujeres transmiten los medios de comunicación es una línea estratégica del Consejo, junto con la defensa de los derechos de los menores de edad, el pluralismo y la función de servicio público de los medios audiovisuales. Partimos para ello de la vigencia, pese al tiempo transcurrido, del diagnóstico realizado en 1995 por Naciones Unidas en la IV Conferencia Mundial de la Mujer celebrada en Beijing. Se dio entonces un impulso definitivo al movimiento crítico gestado en torno a la mujer y los medios de comunicación, evidenciando problemas graves en relación con la difusión de estereotipos sexistas, de imágenes que perpetúan la violencia hacia las mujeres y su invisibilidad en los medios de comunicación, especialmente en los puestos decisorios y de responsabilidad.

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Ley 1/2004, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Audiovisual de Andalucía. Art. 4.7 Funciones del CAA.

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Las Naciones Unidas plantearon dos objetivos estratégicos: 1.- Aumentar el mayor acceso y participación de las mujeres en la expresión de sus ideas y en los puestos de decisión de los medios, así como en las nuevas tecnologías de la comunicación 2.- Y fomentar una imagen equilibrada y no estereotipada de la mujer. ¿Qué balance podemos hacer diecisiete años después? 3.1 No se ha roto el techo de cristal en los medios de comunicación Sin lugar a dudas la mirada, el trabajo y la experiencia de las mujeres alimenta hoy como nunca los medios de comunicación, otorgándoles un valor añadido y revolucionario en la historia al mismo nivel que la revolución derivada del desarrollo tecnológico. Se han roto barreras que parecían insuperables en ámbitos periodísticos como el deporte, la economía, el reporterismo internacional o la opinión. Cada techo de cristal roto ha mejorado la calidad democrática de los medios y, por ende, de la sociedad. Sin embargo, no se han resuelto tres problemas fundamentales que impiden erradicar la discriminación de las mujeres como profesionales de los medios de comunicación: 1.- El acceso a los puestos de responsabilidad. 2.- La desigualdad salarial entre hombres y mujeres. 3.- Las dificultades para conciliar la vida familiar y laboral.

Los obstáculos que aún sufren las mujeres para acceder a los puestos directivos de los medios de comunicación se acrecientan en los momentos de crisis económica y está originando una pérdida alarmante de talento femenino que la sociedad no se

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puede permitir. El Parlamento Europeo ha exigido el fin de la marginación de la mujer en la dirección dando un inédito ultimátum a las empresas. Si no revierten la histórica exclusión femenina de los puestos de mando empresarial, el ejecutivo comunitario impondrá en el 2015 una cuota por ley: En 2015, al menos un 30% de los miembros de consejos de administración deberán ser mujeres. En 2020, la cifra deberá aumentar hasta el 40%. 3.2

Diferencias en el uso de las nuevas tecnologías

El Consejo Audiovisual de Andalucía realiza desde 2007 una encuesta de opinión anual sobre la regulación de los medios, el uso de las nuevas tecnologías audiovisuales y la valoración de los contenidos que ofrecen a la ciudadanía.5 Este Barómetro Audiovisual define desde el 2009 el perfil de ciudadanía digital utilizando una serie de variables (mediante la aplicación de un análisis factorial) relacionadas con la disposición de nuevas tecnologías, el “uso audiovisual” de estas y el acceso a la información a través de Internet: -V13. INTERNET.- como medio de comunicación que suele utilizar para informarse sobre noticias de actualidad. -V15. INTERNET.- como medio de comunicación que prefiere para entretenerse. -V42.- Disposición de nuevos formatos de comunicación y entretenimiento. -V42.- USO.- “Uso audiovisual” de los nuevos formatos de comunicación y entretenimiento. - V43.- ¿Suele ver la televisión a través de Internet? En base a estos criterios y mediante el análisis de conglomerados, se han obtenido dos grupos: el primero abarca el 55,9% de la población andaluza y lo hemos denominado ciudadanía digital ; el segundo, algo menos numeroso, ocupa un 44,1% de la población, y lo calificamos como ciudadanía no digital. La variable sexo es, después de la variable edad y del nivel de estudios, la que mayor peso otorga a esta clasificación y ofrece el siguiente resultado:

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http://www.consejoaudiovisualdeandalucia.es/actividad/publicaciones/barometro

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Ciudadanía digital por sexo 100%

90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0%

50,4%

37,3%

No digital

62,7%

49,6%

Mujer

Digital

Hombre

Como se observa en la gráfica, la brecha en la disposición y uso de las nuevas tecnologías y el uso de Internet (para informarse y entretenerse) se sitúa por encima de los 13 puntos porcentuales a favor de los hombres. Sólo cuando hablamos de la disposición y uso de las redes sociales, tanto para informarse como para entretenerse, la brecha (digital) es favorable a la mujer.

3.3 Los medios suspenden en igualdad La ONU decidió realizar periódicamente un examen exhaustivo y la evaluación de todos los acuerdos adoptados en 1995, acuerdo que también fue asumido por la Unión Europea.6 Así, a instancias del Consejo europeo, con el propósito de analizar la aplicación en los Estados miembros de la Plataforma de Acción de Beijing, desde 1999, las sucesivas presidencias de la Unión Europea han elaborado un conjunto de indicadores cuantitativos y cualitativos en nueve de las doce esferas de especial preocupación donde se considera imprescindible mejorar las condiciones de igualdad de hombres y mujeres. Es importante resaltar que los 27 países que integran la Unión Europea han situado a los medios de comunicación en quinto lugar entre los doce ámbitos estratégicos en los que debe incidirse para alcanzar la igualdad real. En febrero de 2010 se presentó en Cádiz el tercer informe europeo sobre los objetivos de Beijing, coincidiendo con la presidencia española. Sus resultados son desalentadores en relación con los medios de comunicación: A la ausencia de 6

El documento oficial adoptado por la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en Beijing en 1995 se denomina Declaración y plataforma de acción para la igualdad, el desarrollo y la paz.

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indicadores específicos para evaluar los logros alcanzados en el ámbito de los medios de comunicación hay que sumar un balance pesimista sobre un sector estratégico para avanzar en igualdad.7 El informe no plantea ningún logro significativo. Por el contrario, señala que los medios y la publicidad reflejan y ayudan a consolidar las desigualdades aún existentes entre los sexos, así como que las investigaciones apuntan a que las imágenes y el idioma se han vuelto más ordinarios en los últimos diez años. Incide en la necesidad de combatir esta situación y de propiciar un diálogo con el sector sobre su papel y su responsabilidad en la influencia que ejercen, especialmente en menores y jóvenes:

La radio y la televisión públicas pueden desempeñar una importante función no difundiendo imágenes estereotipadas de hombres y mujeres y no reproduciendo ni consolidando las estructuras de poder y los roles establecidos en función del sexo.8 Las desalentadoras conclusiones del informe europeo coinciden con la impresión de la ciudadanía. La confianza sobre la contribución de los medios a la igualdad ha caído un 50% en nuestra comunidad autonómica desde el 2007, según los sucesivos Barómetros del CAA.9

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Informe Beijing+15:La Plataforma de acción y la Unión Europea. Pag. 153 La mujer y los medios de difusión. 9 En el 2007, el 60% de la población opinaba que los medios estaban contribuyendo a alcanzar la igualdad de hombres y mujeres. La ciudadanía se muestra ahora sin embargo negativa: sólo el 33% considera que los medios fomentan la igualdad. 8

8

3.4 La igualdad vista desde el Consejo Audiovisual de Andalucía Por otra parte, de los diferentes estudios e informes realizados por el Consejo Audiovisual de Andalucía se pueden extraer dos conclusiones generales: 1. Persiste un importante desequilibrio entre hombres y mujeres en la programación informativa, no acorde con la competencia y el papel que tiene la mujer en la sociedad andaluza. 2. La programación y la publicidad, especialmente la dirigida a menores de edad, sigue transmitiendo una imagen estereotipada de hombres y mujeres y presentando a estas como las personas encargadas de asumir íntegra o principalmente tareas de cuidado de la casa y la familia. Desde el 2008, el Consejo Audiovisual de Andalucía se ha planteado cinco objetivos concretos: 1. Conocer el grado de visibilidad y equilibrio de hombres y mujeres en la programación informativa. 2. Identificar y evaluar los estereotipos que trasmite la publicidad. 3. Velar por el cumplimiento de la normativa. 4. Promover la autorregulación para avanzar en igualdad y contribuir a erradicar la violencia de género. 5. La regulación de la publicidad de servicios sexuales y de prostitución, que ha experimentado un notable incremento en el sector audiovisual ligado al uso de teléfonos y sms de tarificación adicional y a las nuevas tecnologías. Invisibilidad y desequilibrio en los informativos La ONU constató en 1995 que los medios de comunicación no están reflejando los cambios reales que han protagonizado las mujeres en nuestra sociedad, planteando como objetivo estratégico que los medios representen adecuadamente, sin prejuicios ni estereotipos, las imágenes, discursos y conocimientos que generan las mujeres. Más de 70 países colaboran desde entonces en el Proyecto de Monitoreo Global de Medios (GMMP), que publica un informe mundial cada cinco años. En el caso de Andalucía, el Consejo Audiovisual inició en el 2009 la monitorización de la programación informativa de televisiones públicas para elaborar informes trimestrales y anuales de pluralismo político, si bien el análisis de las noticias genera una base de datos que permite realizar otros informes relacionados con las funciones de la institución, en este caso las relacionadas con el pluralismo social y la defensa de la igualdad. Así, se han elaborado informes específicos sobre la presencia de colectivos necesitados de mayor protección, como los menores, inmigrantes, la población de etnia gitana y personas de avanzada edad, o la presencia de Andalucía en los informativos. En el 2011, se publicó el primer Informe sobre la distribución por sexo de tiempos de palabra, con el propósito de conocer la presencia de hombres y mujeres en

los informativos de las televisiones públicas y –en consonancia con las iniciativas de otras instituciones internacionales- coadyuvar así a valorar si la progresiva incorporación de la mujer en la vida pública y laboral y la superación de los estereotipos sexistas se reflejan en una mayor proyección en los medios de

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comunicación, teniendo en cuenta su papel crucial como motor de cambio hacia una sociedad sin discriminación de género. 10 Para elaborar este informe, el Consejo Audiovisual de Andalucía ha analizado los 128.444 tiempos de palabra (631 horas) contenidos en 115.560 noticias de 6.926 informativos (2.845 horas) emitidos en 2010 por catorce cadenas de televisión públicas. El informe refleja las siguientes conclusiones generales: 1.- Persiste una subrepresentación de las mujeres en la información, tanto en términos absolutos como en relación a su presencia real en la sociedad andaluza. Tres de cada cuatro tiempos de palabra están protagonizados por hombres (72,5%) frente al 27,5% de las mujeres. Estos datos no han cambiado desde el 2009, cuando el CAA comenzó a publicar informes trimestrales pese a las recomendaciones dirigidas a los medios. Es significativo que una de cada cinco mujeres que intervienen lo hace sin identificar, como actor ocasional, generalmente entrevistada en la calle para dar su testimonio u opinión sobre un hecho. En el caso de los hombres, sólo uno de cada diez no es identificado en los informativos analizados. 2.- La mayor presencia de mujeres en ámbitos concretos, como el político, conlleva un reflejo en su presencia informativa. La apuesta por la paridad como forma de representación en las instituciones parlamentarias y de gobierno autonómico, local y provincial implica un peso específico de mujeres en los informativos. 3.-Los informativos no reflejan el cambio social operado en sectores donde el papel de la mujer ha adquirido una notable relevancia, como la Universidad y, sobre todo, el deporte, en los que existe una subrepresentación de mujeres. La brecha más importante se refleja en el ámbito del deporte, donde persiste la invisibilidad de las deportistas detectada por el Consejo en el 2008. En general, el deporte ocupa el 20% del tiempo de los informativos de las televisiones públicas. El 98,3% de los deportistas que intervienen en los informativos son hombres frente a 1,7% de mujeres.11 4.- Se evidencia una mayor concentración de mujeres en determinados ámbitos y roles tradicionalmente asociados a la mujer, lo que contribuye a reproducir una imagen estereotipada de hombres y mujeres. Cuando se analizan los asuntos de mayor relevancia informativa en el 2010, los hombres protagonizan las noticias políticas mientras que las mujeres aquellas relacionadas con asuntos sociales y sanitarios. Las mujeres hablan sobre todo de aquellos asuntos que les atañen directamente, como la violencia de género o el aborto. Sigue existiendo, por tanto, una distinción notable entre el rol femenino y masculino en la sociedad. Publicidad ilícita y estereotipos en las comunicaciones comerciales

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http://consejoaudiovisualdeandalucia.es/actividad/actuaciones/informes/2011/09/informe-sobre-ladistribucion-por-sexo-de-los-tiempos-de-pala 11 http://consejoaudiovisualdeandalucia.es/actividad/publicaciones/contenidosdiscriminatorios/2008/10/estudio-sobre-genero-y-deporte-en-televi

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La lucha contra los estereotipos de género ha sido una prioridad del Consejo de Europa al entender que aún es uno de los mayores escollos que debemos superar las mujeres para incorporarnos a determinadas esferas de poder e integrarnos plenamente en el ámbito del trabajo. En 2008, se insistió en el papel crucial que para ello desempeñan los medios de comunicación y la industria publicitaria, animando a promover la investigación, los estudios y el análisis con el fin de seguir evaluando el efecto que los estereotipos sexistas tienen en la igualdad. Ese mismo año, el CAA realizó un amplio estudio sobre la publicidad de productos de limpieza y del hogar, constatando que un 79% de los anuncios reproducen estereotipos sexistas masculinos o femeninos.12 Tres de cada cuatro anuncios contienen diferentes marcas distintivas de género que pudieran emplearse como indicadores para evaluar el mayor o menor grado de sexismo en la publicidad. La publicidad sigue presentando a la mujer como la persona encargada de asumir íntegra o principalmente tareas de cuidado de la casa y la familia, idea que como sabemos es uno de los mayores obstáculos que deben superarse para alcanzar la igualdad en determinados ámbitos, como el laboral o el empresarial. A ello se suman otras imágenes preconcebidas como que carecemos de capacidad de liderazgo, que somos incapaces de controlar nuestras emociones, dependientes o complicadas. Sin embargo, no encontraríamos argumentos para retirar la mayor parte de los anuncios estereotipados pese al sexismo que desprenden las campañas en su conjunto: Asumir responsabilidades familiares y la limpieza del hogar no es en sí mismo discriminatorio, aunque sí lo sea que casi exclusiva o mayoritariamente se atribuya a la mujer dicho rol.13 Más polémica aún resulta la trasmisión de estos estereotipos en la publicidad dirigida a menores de edad. Es el caso de los anuncios de juguetes, que suelen segregar a niños y niñas en el juego a unos niveles que no se tolerarían en otras esferas de la sociedad. El Consejo ha realizado dos estudios correlativos, evidenciando que la publicidad de juguetes es profundamente sexista y discriminatoria, aunque resulte difícil encajar los anuncios en los supuestos de publicidad ilícita.14 El 82,5% de la población andaluza cree que la televisión utiliza a la mujer por su atractivo físico.15 La ciudadanía se muestra también muy crítica con la imagen que la publicidad proyecta de hombres y mujeres (Barómetro 2009).

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Elegimos este sector porque lidera las quejas ciudadanas y las alertas por sexismo del propio Consejo. La publicidad del sector de limpieza: modelos y representaciones de género. Consejo Audiovisual de Andalucía. 14 Los estudios sobre la publicidad de juguetes se realizaron en las campañas navideñas 2006-2007 y 2008-2009. 15 Barómetro del Consejo Audiovisual de Andalucía (2011). 13

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Los hombres aparecen desempeñando profesiones de prestigio

La mujer aparece vinculada al trabajo de la casa y al cuidado de la familia ...

Se presenta una imagen activa y poderosa de los hombres

Habitualmente

Ocasionalmente

84,6%

11,2%

63,0%

26,7%

57,8%

32,3%

56,2%

Raramente

31,5%

No sabe

8,1%

9,1%

9,9%

No contesta

Verdaderamente difícil resulta concretar e intervenir en los supuestos de publicidad ilícita o prohibida enunciados en nuestro ordenamiento jurídico, debido sobre todo a la ausencia de criterios universalmente válidos en materia de publicidad discriminatoria por razón de sexo. No se disponen de indicadores que permitan medir con precisión el sexismo y argumentarlo técnicamente. Los casos flagrantes e incontrovertibles son excepcionales porque en general el sexismo se presenta de forma sutil. Los consejos audiovisuales nos vemos en la situación de pronunciarnos sobre la posible ilicitud de conceptos que como el estereotipo de género o la dignidad humana son jurídicamente indeterminados y se prestan a diferentes interpretaciones. La experiencia demuestra que la legislación resulta inaplicable e ineficaz cuando sus previsiones se limitan a enunciar conceptos jurídicos indeterminados o dejan lagunas que impide, como sucede en España, sancionar a un medio de comunicación que difunde publicidad que fomente la discriminación si el medio audiovisual no ha elaborado el anuncio16. Al respecto, elevamos en el 2009 un informe muy crítico al Parlamento de la nación porque la Ley General de Comunicación Audiovisual no desarrolla suficientemente la discriminación por razón de sexo en relación con los medios de comunicación cuando tanto la normativa comunitaria como la propia normativa estatal, consideran que la eliminación de estereotipos, del lenguaje sexista y de conductas que perpetúan la transmisión de valores discriminatorios es esencial para alcanzar la igualdad17.

16

Artículo 61.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Las leyes de igualdad y de prevención de la violencia de género de ámbito estatal y autonómico reconocen la responsabilidad de los medios de comunicación, su influencia social y la importancia de su contribución a los cambios sociales necesarios para hacer realidad la igualdad de derechos de hombres y mujeres: Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección contra la Violencia de 17

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3,5%

Se utiliza el atractivo físico de la mujer como gancho

El paso dado en el 2004 para erradicar la publicidad discriminatoria por razón de sexo ha sido importante pero insuficiente. Básicamente, lo que hace el apartado a) del art. 3 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad es tipificar como ilícita un supuesto concreto de publicidad discriminatoria incluyendo los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria en el contexto de presentación de la mujer como mero objeto y de difusión de comportamientos estereotipados que, atendiendo a la literalidad del texto normativo, deben coadyuvar a la violencia de género.18 La Comisión Europea ha advertido en el 2012 que la asociación sistemática de una determinada categoría de la población con actitudes o papeles específicos en las comunicaciones comerciales es discriminatorio y vulnera la Directiva Europea de Servicios de Comunicación Audiovisual. En ese sentido, se ha llevado a cabo un análisis de la discriminación por motivos de sexo y de los estereotipos de género en los cien anuncios publicitarios más frecuentes en ocho Estados miembros. Se ha observado una representación estereotipada del rol de hombres y mujeres en un 21% a un 36% de los anuncios analizados. Ninguno de los países analizados se libra de tales representaciones estereotipadas.19 El Consejo Audiovisual de Andalucía acudió en el 2008 a la Fiscalía Superior de Andalucía al objeto de dilucidar si podíamos considerar ilícita la publicación de anuncios y mensajes de prostitución en los medios audiovisuales, teniendo en cuenta que diferentes instituciones internacionales advierten que la prostitución vulnera la dignidad de las personas, supone una manifestación de la violencia de género y quiebra la libertad personal, incluso si se cuenta con la anuencia de las mujeres prostituidas que, en este país, tienen la consideración de víctimas. Remitimos un amplio informe con una muestra de los mensajes emitidos en televisiones locales de Andalucía. El Ministerio Fiscal determinó que, al no existir en el ámbito del Estado y de la Comunidad Autónoma de Andalucía una regulación específica, sólo se puede prohibir esta publicidad en horario infantil. Sólo pueden considerarse ilícitos aquellos mensajes que promuevan la discriminación de la mujer frente al hombre, la situación de dominio en el ámbito sexual, conductas humillantes y de alguna otra forma, bien por las frases en que se concrete el anuncio o por la imagen, se favorezca este tipo de abusos o de violencia sobre la mujer. En cualquier caso, las autoridades reguladoras y judiciales sólo pueden requerir el cese. No existen, por otra parte códigos éticos ni normas de autorregulación que, más allá de los límites que establece el ordenamiento jurídico, contribuyan al desarrollo de una publicidad responsable desde la perspectiva de la protección de los derechos y la imagen de la mujer, el respeto a la dignidad humana y la voluntad de erradicar la violencia de género en todas sus manifestaciones. Género, Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, Ley 12/2007, de 26 de noviembre, de Promoción de la igualdad de género, Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género de Andalucía.

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La LGP considera sólo ilícitos los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia a que se refiere la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

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Informe de la Comisión Europea sobre aplicación de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual. Página 9. Bruselas 4 de mayo de 2012.

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IV CONCLUSIÓN El debate sobre la conveniencia de regular la igualdad de género en el ámbito de los medios de comunicación y la publicidad ha estado presente desde hace décadas en la sociedad, si bien es un asunto controvertido sobre el que no se han alcanzado acuerdos normativos vinculantes en el derecho derivado europeo. En España, el propio sector ha defendido siempre que la autorregulación, junto con la concienciación de la población, son los mejores instrumentos para mejorar la calidad de los medios y asegurar el respeto a los valores y principios que la sociedad propugna al tiempo que se respeta la libertad empresarial, la libertad de expresión y de información. De ahí que puedan considerarse verdaderos hitos que las leyes de igualdad y de prevención de la violencia de género de ámbito estatal y de la comunidad autónoma de Andalucía reconozcan la responsabilidad de los medios de comunicación, su influencia social y la importancia de su contribución a los cambios sociales necesarios para hacer realidad la igualdad de derechos de hombres y mujeres. Eso implica eliminar los estereotipos, tópicos, el lenguaje y todas aquellas representaciones degradantes y humillantes que constituyen un atentado contra la dignidad de la persona y contribuyen a la discriminación de la mujer. Los medios deben asumir además un papel activo e implicarse en la promoción de actividades, modelos sociales y comportamientos no sexistas. Los límites jurídicos establecidos frente a los medios de comunicación se asientan sobre un pilar básico del Estado de Derecho: el ejercicio de las libertades de expresión y de información, que la legislación española y comunitaria sólo acota para proteger otros bienes y derechos fundamentales: al honor, la intimidad personal y familiar, la imagen o los derechos del menor. La libertad de expresión y de información es una garantía democrática pero se ha convertido también en un muro con el que tropieza cualquier intento de prohibir o limitar determinados contenidos y de establecer obligaciones positivas de emitir ciertos contenidos para asegurar que se respetan valores que, como la igualdad, son básicos en una democracia avanzada. La Directiva del Consejo de Europa por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres al acceso a bienes y servicios (2004) excluye expresamente en su artículo 3 a los medios de comunicación y a la publicidad, sectores que fueron eliminados de la primera propuesta porque los representantes de los medios sostenían que cualquier intento de regularles atentaba contra la libertad de prensa. El proyecto de Ley Integral de Igualdad de Trato que preparó el Gobierno socialista incidía en la autorregulación como camino para asegurar que los medios tratan por igual a hombres y mujeres. Es necesario que las disposiciones destinadas en nuestra legislación a incentivar la autorregulación o la corregulación tengan una aplicación efectiva. Hasta ahora no hemos sido capaces de trasladarlas al limitado ámbito de los medios tradicionales por lo que parece aún más difícil adoptar estas medidas en el ciberespacio.

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Teniendo en cuenta lo anterior, tanto la Comisión Europea como las autoridades reguladoras consideran prioritario promover la alfabetización mediática. Educar a los menores de edad para que desarrollen la capacidad de acceder, comprender y evaluar críticamente distintos aspectos de los medios de comunicación y de la publicidad, contribuyendo a que la población conozca la reglamentación. La alfabetización mediática es uno de los ejes de actuación del Consejo Audiovisual de Andalucía que ha abierto un debate para llevar esta iniciativa a la escuela.20 El poder que ya han demostrado tener las redes sociales, ejercido por una población crítica a través de la televisión conectada, podría lograr lo que no ha conseguido ni la regulación ni décadas de diálogo con los medios. Es preciso también seguir de cerca la evolución tecnológica. El Consejo Audiovisual de Andalucía se ha incorporado al grupo de trabajo de las autoridades reguladoras sobre la televisión conectada con el objetivo de hacer frente a los desafíos que plantea Internet y el imparable avance de las nuevas tecnologías. Su impacto en la comunicación, en el ámbito de la información y en la vida de la ciudadanía puede fortalecer pero también debilitar valores y principios que como la igualdad avanzan muy lentamente y no son aún asumidos por toda la sociedad.

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http://consejoaudiovisualdeandalucia.es/actividad/actuaciones/recomendaciones/2012/01/recomendacione s-del-caa-para-el-fomento-de-la-alfabeti

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