Los procesos intermedios de la cadena son la fabricación de hilos (hilatura), el tejido (plano y de punto) y el teñido y acabado de telas

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Inteligencia de mercados- Sector textil - confecciones en Colombia

Sector textil - confecciones en Colombia/Inteligencia de mercados Clasificación de la industria Por: Legiscomex.com Febrero 13 del 2008 La estructura productiva de la cadena de algodón – textil – confecciones comienza con el cultivo de algodón y la elaboración de fibras manufacturadas, continúa con la fabricación de la hilaza, el acabado y la confección de las prendas, y finaliza con la venta y comercialización del producto terminado. Los eslabones iniciales de la cadena están directamente relacionados con el sector agropecuario, a partir de la demanda de fibras de origen natural como el algodón y la lana, y con la industria petroquímica, de la cual consume fibras sintéticas como el nailon y el poliéster. Aunque los productos característicos son los hilados y los tejidos para la confección de prendas de vestir y artículos para el hogar, esta cadena también incluye la producción de fibras técnicas utilizadas por otras industrias como por ejemplo, los textiles para empaque, las fibras para revestimiento, las alfombras y los geotextiles, entre otros. La fabricación de este tipo de productos utiliza como materia prima fibras sintéticas e inorgánicas como el vidrio, el metal, el carbón, la cerámica y el asbesto. Los procesos intermedios de la cadena son la fabricación de hilos (hilatura), el tejido (plano y de punto) y el teñido y acabado de telas. Del tejido plano se elaboran telas que deberán ser moldeadas y cortadas para confeccionar prendas de vestir. Por su parte, el tejido de punto se realiza simultáneamente con la confección, como es el caso de las medias, las camisetas y los suéteres que son trabajados tubularmente.

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Inteligencia de mercados- Sector textil - confecciones en Colombia Gráfica 1: Estructura simplificada de la cadena algodón - textil - confecciones

Fuente: Departamento Nacional de Planeación (DNP)

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Según el Arancel Armonizado de Colombia, la industria textil se clasifica desde el capítulo 50 al 60 de la siguiente manera:

Tabla 1: Clasificación arancelaria de la industria textil

Capítulo 50:Seda

Partida 5001 5002

5003

5005

5006

Hilados de seda o de desperdicios de seda, acondicionados para la venta al por menor; pelo de mesina (crin de Florencia).

5007

5101 5102

Tejidos de seda o de desperdicios de seda.

5109

Lana sin cardar ni peinar. Pelo fino u ordinario, sin cardar ni peinar. Desperdicios de lana o de pelo fino u ordinario, incluidos los desperdicios de hilados, excepto las hilachas. Hilachas de lana o de pelo fino u ordinario. Lana y pelo fino u ordinario, cardados o peinados (incluida la lana peinada a granel). Hilados de lana cardada sin acondicionar para la venta al por menor. Hilados de lana peinada sin acondicionar para la venta al por menor. Hilados de pelo fino cardado o peinado, sin acondicionar para la venta al por menor. Hilados de lana o pelo fino, acondicionados para la venta al por menor.

5110

Hilados de pelo ordinario o de crin (incluidos los hilados de crin entorchados), aunque estén acondicionados para la venta al por menor.

5103 5104 5105 5106 5107 5108

5111

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Desperdicios de seda (incluidos los capullos no aptos para el devanado, desperdicios de hilados e hilachas). Hilados de seda (excepto los hilados de desperdicios de seda) sin acondicionar para la venta al por menor. Hilados de desperdicios de seda sin acondicionar para la venta al por menor.

5004

51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

Descripción Capullos de seda aptos para el devanado. Seda cruda (sin torcer)

Tejidos de lana cardada o pelo fino cardado.

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Capítulo

52: Algodón

Partida 5112 5113 5201 5202 5203 5204

5205 5206 5207

5208

Descripción Tejidos de lana peinada o pelo fino peinado. Tejidos de pelo ordinario o de crin. Algodón sin cardar ni peinar. Desperdicios de algodón (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas). Algodón cardado o peinado. Hilo de coser de algodón, incluso acondicionado para la venta al por menor. Hilados de algodón (excepto el hilo de coser) con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso, sin acondicionar para la venta al por menor. Hilados de algodón (excepto el hilo de coser) con un contenido de algodón inferior al 85% en peso, sin acondicionar para la venta al por menor. Hilados de algodón (excepto el hilo de coser) acondicionados para la venta al por menor. Tejidos de algodón con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso, de peso inferior o igual a 200 g/m2.

5211 5212

Tejidos de algodón con un contenido de algodón superior o igual a 85% en peso, de peso superior a 200 g/m2. Tejidos de algodón con un contenido de algodón inferior al 85% en peso, mezclado exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, de peso inferior o igual a 200 g/m2. Tejidos de algodón con un contenido de algodón inferior al 85% en peso, mezclado exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, de peso superior a 200 g/m2. Los demás tejidos de algodón.

53: Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de papel 5301

Lino en bruto o trabajado, pero sin hilar; estopas y desperdicios de lino (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas).

5302

Cáñamo (cannabis sativa L) en bruto o trabajado/ pero sin hilar; estopas y desperdicios de cáñamo (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas).

5303

Yute y demás fibras textiles del líber (excepto el lino, cáñamo y ramio), en bruto o trabajados, pero sin hilar; estopas y desperdicios de estas fibras (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas).

5209

5210

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Capítulo

Partida

5304

5311

5401

Hilo de coser de filamentos sintéticos o artificiales, incluso acondicionado para la venta al por menor.

5402

Hilados de filamentos sintéticos (excepto el hilo de coser) sin acondicionar para la venta al por menor, incluidos los monofilamentos sintéticos de título inferior a 67 decitex.

5403

Hilados de filamentos artificiales (excepto el hilo de coser) sin acondicionar para la venta al por menor, incluidos los monofilamentos artificiales de título inferior a 67 decitex.

5404

Monofilamentos sintéticos de título superior o igual a 67 decitex y cuya mayor dimensión de la sección transversal sea inferior o igual a 1 mm; tiras y formas similares (por ejemplo: paja artificial) de materia textil sintética, de anchura aparente inferior o igual a 5 mm.

5307 5308 5309 5310

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Sisal y demás fibras textiles del género Agave/ en bruto o trabajados, pero sin hilar; estopas y desperdicios de estas fibras (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas).

Coco, abacá (cáñamo de manila [musa textilis nee]), ramio y demás fibras textiles vegetales no expresadas ni comprendidas en otra parte, en bruto o trabajados, pero sin hilar; estopas y desperdicios de estas fibras (incluidos los desperdicios de hilados y las hilachas). Hilados de lino. Hilados de yute y demás fibras textiles del líber de la partida 5303. Hilados de las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel. Tejidos de lino. Tejidos de yute y demás fibras textiles del líber de la partida 5303. Tejidos de las demás fibras textiles vegetales||| tejidos de hilados de papel.

5305 5306

54: Filamentos sintéticos o artificiales; tiras y formas similares de materia textil sintética o artificial

Descripción

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Capítulo

55: Fibras sintéticas o artificiales discontinuas

Partida

5405

Monofilamentos artificiales de título superior o igual a 67 decitex y cuya mayor dimensión de la sección transversal sea inferior o igual a 1 mm; tiras y formas similares (por ejemplo: paja artificial) de materia textil artificial/ de anchura aparente inferior o igual a 5 mm.

5406

Hilados de filamentos sintéticos o artificiales (excepto el hilo de coser), acondicionados para la venta al por menor.

5407

Tejidos de hilados de filamentos sintéticos, incluidos los tejidos fabricados con los productos de la partida 5404.

5408

Tejidos de hilados de filamentos artificiales, incluidos los fabricados con productos de la partida 5405.

5501 5502

Cables de filamentos sintéticos. Cables de filamentos artificiales.

5503

Fibras sintéticas discontinuas, sin cardar, peinar ni transformar de otro modo para la hilatura.

5504

Fibras artificiales discontinuas, sin cardar, peinar ni transformar de otro modo para la hilatura.

5505

Desperdicios de fibras sintéticas o artificiales (incluidas las borras, los desperdicios de hilados y las hilachas)

5506

Fibras sintéticas discontinuas, cardadas, peinadas o transformadas de otro modo para la hilatura.

5508

Fibras artificiales discontinuas, cardadas, peinadas o transformadas de otro modo para la hilatura. Hilo de coser de fibras sintéticas o artificiales, discontinuas, incluso acondicionado para la venta al por menor.

5509

Hilados de fibras sintéticas discontinuas (excepto el hilo de coser) sin acondicionar para la venta al por menor.

5510

Hilados de fibras artificiales discontinuas (excepto el hilo de coser) sin acondicionar para la venta al por menor.

5507

Febrero 13 del 2008

Descripción

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Capítulo

Partida

5511

Hilados de fibras sintéticas o artificiales, discontinuas (excepto el hilo de coser), acondicionados para la venta al por menor.

5512

Tejidos de fibras sintéticas discontinuas con un contenido de fibras sintéticas discontinuas superior o igual al 85% en peso.

5513

Tejidos de fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras inferior a 85% en peso, mezcladas exclusiva o principalmente con algodón, de peso inferior o igual a 170 g/m2.

5514

Tejidos de fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras inferior al 85% en peso, mezcladas exclusiva o principalmente con algodón, de peso superior a 170 g/m2.

5515 5516 56: Guata, fieltro y tela sintejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería

Los demás tejidos de fibras sintéticas discontinuas. Tejidos de fibras artificiales discontinuas.

5603

Guata de materia textil y artículos de esta guata; fibras textiles de longitud inferior o igual a 5 mm (tundizno), nudos y motas de materia textil. Fieltro/ incluso impregnado, recubierto, revestido o estratificado. Tela sin tejer, incluso impregnada, recubierta, revestida o estratificada

5604

Hilos y cuerdas de caucho revestidos de textiles; hilados textiles, tiras y formas similares de las partidas 5404 ó 5405, impregnados, recubiertos, revestidos o enfundados con caucho o plástico.

5605

Hilados metálicos e hilados metalizados, incluso entorchados, constituidos por hilados textiles, tiras o formas similares de las partidas 5404 ó 5405, combinados con metal en forma de hilos, tiras o polvo/ o revestidos de metal.

5606

Hilados entorchados, tiras y formas similares de las partidas 5404 ó 5405/ entorchadas (excepto los de la partida 5605 y los hilados de crin entorchados); hilados de chenilla; hilados de cadeneta.

5601 5602

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Descripción

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Capítulo

57: Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de material textil

Partida

5607

Cordeles, cuerdas y cordajes, estén o no trenzados, incluso impregnados, recubiertos, revestidos o enfundados con caucho o plástico.

5608

Redes de mallas anudadas, en paño o en pieza, fabricadas con cordeles, cuerdas o cordajes; redes confeccionadas para la pesca y demás redes confeccionadas, de materia textil.

5609

Artículos de hilados, tiras o formas similares de las partidas 5404 ó 5405, cordeles, cuerdas o cordajes, no expresados ni comprendidos en otra parte.

5701

Alfombras de nudo de materia textil, incluso confeccionadas.

5703

Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil, tejidos, excepto los de mechón insertado y los flocados, aunque estén confeccionados, incluidas las alfombras llamadas “kelim” o “kilim”, “schumacks” o “soumak”, “karamanie” y alfombras similares hechas a mano. Alfombras y demás revestimientos para el suelo/ de materia textil, con mechón insertado, incluso confeccionados

5704

Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de fieltro, excepto los de mechón insertado y los flocados, incluso confeccionados.

5705

Las demás alfombras y revestimientos para el suelo, de materia textil, incluso confeccionados.

5801

Terciopelo y felpa, excepto los de punto, y tejidos de chenilla, excepto los productos de las partidas 5802 ó 5806.

5702

58: Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados

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Descripción

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Capítulo

Partida

5803

Tejidos con bucles del tipo toalla, excepto los productos de la partida 5806; superficies textiles con mechón insertado, excepto los productos de la partida 5703. Tejidos de gasa de vuelta, excepto los productos de la partida 5806.

5804

Tul/ tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas; encajes en pieza, en tiras o en aplicaciones, excepto los productos de las partidas 6002 a 6006.

5805

Tapicería tejida a mano (gobelinos, flandes, aubusson, beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de “petit point” de punto de cruz), incluso confeccionadas

5806

Cintas, excepto los artículos de la partida 5807; cintas sin trama, de hilados o fibras paralelizados y aglutinados.

5807

Etiquetas, escudos y artículos similares, de materia textil, en pieza, cintas o recortados, sin bordar.

5808

Trenzas en pieza; artículos de pasamanería y artículos ornamentales análogos/ en pieza, sin bordar, excepto los de punto; bellotas, madroños, pompones, borlas y artículos similares.

5809 5810

Tejidos de hilos de metal y tejidos de hilados metálicos o de hilados textiles metalizados de la partida 5605, de los tipos utilizados en prendas de vestir, tapicería o usos similares, no expresados ni comprendidos en otra parte. Bordados en pieza, tiras o motivos.

5811

Productos textiles acolchados en pieza, constituidos por una o varias capas de materia textil combinadas con una materia de relleno y mantenidas mediante puntadas u otro modo de sujeción, excepto los bordados de la partida 5810.

5802

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Descripción

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Capítulo

59: Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil

Partida

5901

Telas recubiertas de cola o materias amiláceas, de los tipos utilizados para encuadernación, cartonaje, estuchería o usos similares; transparentes textiles para calcar o dibujar; lienzos preparados para pintar; bucarán y telas rígidas similares de los tipos utilizados en sombrerería.

5902

Napas tramadas para neumáticos fabricadas con hilados de alta tenacidad de nailon o demás poliamidas, de poliésteres o de rayón viscosa.

5903

Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas con plástico, excepto las de la partida 5902.

5904

Linóleo, incluso cortado; revestimientos para el suelo formados por un recubrimiento o revestimiento aplicado sobre un soporte textil, incluso cortados.

5905

Revestimientos de materia textil para paredes.

5906

Telas cauchutadas, excepto las de la partida 5902

5907

Las demás telas impregnadas, recubiertas o revestidas; lienzos pintados para decoraciones de teatro, fondos de estudio o usos análogos.

5909

Mechas de materia textil tejida, trenzada o de punto, para lámparas, hornillos, mecheros, velas o similares; manguitos de incandescencia y tejidos de punto tubulares utilizados para su fabricación, incluso impregnados. Mangueras para bombas y tubos similares, de materia textil, incluso con armadura o accesorios de otras materias.

5910

Correas transportadoras o de transmisión de materia textil, incluso impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas con plástico o reforzadas con metal u otra materia.

5911

Productos y artículos textiles para usos técnicos mencionados en la Nota 7 de este capítulo.

5908

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Descripción

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Capítulo

60: Tejidos de punto

Partida

Descripción

6001

Terciopelo, felpa (incluidos los tejidos de punto “de pelo largo”) y tejidos con bucles, de punto.

6002

Tejidos de punto de anchura inferior o igual a 30 cm, con un contenido de hilados de elastómeros o de hilos de caucho superior o igual al 5% en peso, excepto los de la partida 6001.

6003

Tejidos de punto de anchura inferior o igual a 30 cm, excepto los de las partidas 6001 o 6002.

Tejidos de punto de anchura superior a 30 cm, con un contenido de hilados de elastómeros o de hilos de caucho superior o igual al 5% en peso, excepto los de la partida 6004 6001. Tejidos de punto por urdimbre (incluidos los obtenidos en telares de pasamanería), excepto los de las partidas 6001 6005 a 6004. 6006 Los demás tejidos de punto. Fuente: Arancel Armonizado de Colombia. Según el Arancel Armonizado de Colombia, la industria de confección se clasifica desde el capítulo 61 al 63 de la siguiente manera: Tabla 2: Clasificación arancelaria de la industria de la confección

Capítulo

Partida

Descripción

61: Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto 6101

Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, de punto, para hombres o niños, excepto de los artículos de la partida 6103.

6102

Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, de punto, para mujeres o niñas, excepto los artículos de la partida 6104.

6103

Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y “shorts” (excepto de baño), de punto/ para hombres o niños.

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Capítulo

Partida

6106

Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y “shorts” (excepto de baño), de punto para mujeres o niñas. Camisas de punto para hombres o niños. Camisas, blusas y blusas camiseras, de punto, para mujeres o niñas.

6107

Calzoncillos (incluidos los largos y los “slips”), camisones, pijamas, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, de punto, para hombres o niños.

6108

Combinaciones, enaguas, bragas (bombachas, calzones) (incluso las que no llegan hasta la cintura), camisones, pijamas, saltos de cama, albornoces, batas de casa y artículos similares, de punto, para mujeres o niñas.

6104 6105

6109

“T-shirts” y camisetas interiores, de punto

6111

Suéteres (jerseys), “pullovers”, “cardiganes”, chalecos y artículos similares, de punto. Prendas y complementos (accesorios)/ de vestir, de punto, para bebés.

6112

Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte (chándales), monos (overoles) y conjuntos de esquí y bañadores, de punto.

6110

6115 6116

Prendas de vestir confeccionadas con tejidos de punto de las partidas 5903, 5906 ó 5907. Las demás prendas de vestir, de punto Calzas “panty-medias”, leotardos, medias, calcetines y demás artículos de calcetería, incluso para várices, de punto. Guantes, mitones y manoplas, de punto.

6117

Los demás complementos (accesorios) de vestir confeccionados, de punto; partes de prendas o de complementos (accesorios), de vestir, de punto.

6113 6114

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Descripción

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Capítulo 62: Prendas y complementos (accesorios) de vestir, excepto los de punto

Partida

6201

Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para hombres o niños, excepto los artículos de la partida 6203.

6202

Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras, y artículos similares, para mujeres o niñas, excepto los artículos de la partida 6204.

6203

Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y “shorts” (excepto los de baño), para hombres o niños.

6206

Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y “shorts” (excepto de baño), para mujeres o niñas. Camisas para hombres o niños. Camisas, blusas y blusas camiseras, para mujeres o niñas.

6207

Camisetas interiores, calzoncillos (incluidos los largos y los “slips”), camisones, pijamas, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, para hombres o niños.

6204 6205

6209

Camisetas interiores, combinaciones, enaguas/ bragas (bombachas, calzones) (incluso las que no llegan hasta la cintura), camisones, pijamas, saltos de cama, albornoces de baño, batas de casa y artículos similares, para mujeres o niñas. Prendas y complementos (accesorios), de vestir, para bebés.

6210

Prendas de vestir confeccionadas con productos de las partidas 5602, 5603, 5903, 5906 ó 5907.

6211

Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte (chándales), monos (overoles) y conjuntos de esquí, y bañadores; las demás prendas de vestir.

6208

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Descripción

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Capítulo

Partida

Descripción

6214 6215 6216

Sostenes (corpiños), fajas, corsés, tirantes (tiradores), ligas y artículos similares/ y sus partes, incluso de punto. Pañuelos de bolsillo. Chales, pañuelos de cuello, bufandas, mantillas, velos y artículos similares. Corbatas y lazos similares. Guantes, mitones y manoplas.

6217

Los demás complementos (accesorios) de vestir confeccionados; partes de prendas o de complementos (accesorios), de vestir, excepto las de la partida 6212.

6212 6213

63: Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos 6301 6302 6303

Mantas Ropa de cama, mesa, tocador o cocina.

6304 6305

Visillos y cortinas; guardamalletas y rodapiés de cama. Los demás artículos de tapicería, excepto los de la partida 9404. Sacos (bolsas) y talegas/ para envasar

6306

Toldos de cualquier clase; tiendas (carpas); velas para embarcaciones, deslizadores o vehículos terrestres; artículos de acampar.

6307

Los demás artículos confeccionados, incluidos los patrones para prendas de vestir.

6308 6309

Juegos constituidos por piezas de tejido e hilados, incluso con accesorios, para la confección de alfombras, tapicería, manteles o servilletas bordados o de artículos textiles similares, en envases para la venta al por menor. Artículos de prendería.

Trapos; cordeles, cuerdas y cordajes, de materia textil, 6310 en desperdicios o en artículos inservibles. Fuente: Arancel Armonizado de Colombia.

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