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ESTRUCTURA POLÍTICA DE LA REPÚBLICA: LAS MAGISTRATURAS ROMANAS Cuestiones: Repasa el organigrama de la estructura política de época republicana y responde a estas preguntas: 1.− ¿Cuántos tipos de comicios había?. Comicios tributos, curiados y centuriados. • Comicios trubutos: Como el nombre indica, en estas asambleas el populus se dividía por tribus: 4 urbanas y 17 rurales. Las reuniones se celebraban en el Foro y en el Campo de Marte. En un principio sus funciones se limitaban a aprobar o rechazar las propuestas de los pretores y de los tribunos de la plebe y a elegir los ediles, cuestores y tribunos de la plebe. A partir del s. III se convirtieron en auténticos órganos de la soberanía del pueblo, ya que se votaron en ellos la mayoría de las leyes. Fueron los que, en última instancia, tuvieron más pervivencia. • Comicios curiados: Su origen se remonta a la época de los reyes. Las reuniones, exclusivamente de patricios, se celebraban en el Foro. Su función se limitaba a conferir el imperium a los magistrados elegidos en los comicios centuriados y a resolver asuntos privados (testamentos, adopciones, problemas religiosos...). Los presidía el Sumo Pontífice o los cónsules. • Comicios centuriados: Son las asambleas que celebraba el Pueblo (populus) distribuido por clases y centurias, de acuerdo con la reforma de Servio Tulio: 5 clases divididas en 193 centurias. Se celebraban en el Campo de Marte, a las afueras de Roma. Hacían las veces de tribunal supremo y poseían el poder legislativo. Su función consistía en votar las proposiciones de ley y las declaraciones de guerra, ratificar o rechazar las sentencias de muerte o destierro que habían sido apeladas, elegir los magistrados con imperium (cónsules y pretores) y los censores, etc. Podían ser convocados y presididos solamente por los cónsules y pretores. 2.− ¿Quiénes integraban el senado?, Todos los integrantes del senado eran patricios. Su parecer era decisivo para todas las grandes cuestiones de gobierno; incluso todas las decisiones de los comicios debían ser sometidas a la aprobación del Senado −patrum auctoritas− para tener validez. Eran nombrados por los Cónsules, pero, en el siglo IV, esta prerrogativa fue concedida a los censores. Sus atribuciones eran innumerables: se encargaban directamente de las finanzas del Estado, de la política exterior, de la organización y administración de las provincias, y de la religión nacional... Las reuniones se celebraban en la Curia Hostilia. El sistema de votación era muy original, por desplazamiento, es decir, cada senador se unía al grupo que representaba su opinión, y se aceptaba la mayoría. ¿en qué número?, Durante la monarquía lo formaban 100 miembros, en un principio. En tiempos de Tarquinio el Antiguo se aumentaron a 300 y eran elegidos por el rey.
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Durante la República, era constituido por 300 patres, 100 por cada una de las 3 tribus. ¿de dónde procede el término senado?. De Senex−senis: viejo. 3.− Explica con tus propias palabras las diferencias que encuentras entre el modelo de gobierno de la monarquía y el de la república. En la monarquía, todos los poderes los poseía el rey y era de carácter vitalicio asistido por el senado. En la República, el poder está descentralizado y es vitalicio. Se mantiene el Senado. El poder supremo es el magistrado. Dura su cargo un año. 4.− Diferencia entre magistraturas ordinarias y extraordinarias. Magistraturas ordinarias: La carrera política cursus honorum de un romano debía pasar por diferentes magistraturas, en un orden determinado, hasta alcanzar el consulado, que era la magistratura suprema. Este cursus honorum se iniciaba a los 27 años, después de haber cumplido el servicio militar. Tenían que pasar 3 años entre el ejercicio de una magistratura y al inmediatamente superior. Eran las que habían normalmente. Magistraturas extraordinarias: Se recurría a estas magistraturas en casos excepcionales, cuando la República se hallaba en peligro o cuando los cónsules estaban ausentes y se precisaba alguien que ejerciera sus funciones. Éstas funciones las realizaban un dictador y un maestre de caballería. 5.− ¿Qué magistraturas eran mayores y cuáles menores? Eran mayores las dos extraordinarias y menores las demás. 6.− ¿Qué magistratura tenía más poder? La extraordinaria, porque el dictador tenía un poder absoluto e ilimitado. 7.− Explica los conceptos de imperium y cursus honorum. Imperium: potestad para tomar auspicios fuera de Roma, alistar y mandar al ejército y, lo más importante, decidir sobre la vida y la muerte de los ciudadanos. Cursus honorum: es una carrera política que se inicia a los 27 años, después del servicio militar, y se requiere que hayan pasado 3 años después de ejercer una magistratura para poder acceder a cada magistratura inmediata superior. 8.− ¿Quiénes podían acceder a la censura? Los censores porque eran los encargados de velar por la moral pública y las buenas costumbres. 9.− ¿Cuál era el primer escalón de cursus honorum? Era cuestor: Son los administradores del tesoro público bajo la tutela del Senado y los encargados de cobrar impuestos. En campaña llevan la administración del ejército a las órdenes del cónsul. Al principio, los elegían los cónsules entre los patricios y eran dos, pero a mediados del s.V fueron cuatro: dos plebeyos y dos patricios, y eran nombrados en los comicios tributos. En tiempos de César llegaron a 40. La edad requerida 2
era de 27 años y se precisaba poseer la ciudadanía y no haber sufrido condena alguna. 10.− ¿Quién defendía los derechos de la plebe? Los tribunos de la plebe. ¿Qué derechos importantes tenía? Los tribunos de la plebe se crean como consecuencia directa de la secesión de la plebe al Monte Sacro a principios del s. V. a.C. Sus atribuciones eran muy particulares: podían ejercer el ius auxilii, es decir, podían hacer soltar a los detenidos y liberar a los presos de las cárceles; gozaban también del ius intercessionis, o sea, tenían la facultad de vetar las decisiones de todos los magistrados (salvo las del dictador) y las del Senado, e incluso las votaciones de los comicios... en fin, podían paralizar las asambleas de la plebe (concicia plebis) y los comitia tributa. Gozaban, por otra parte, de inviolabilidad, es decir, se las consideraba sacrosantos, por lo que cualquiera que atentase contra ellos era tenido por sacrílego y maldito. 11.− ¿Quiénes se encargaban de administrar justicia? Los pretores: Son los representantes del poder judicial y los encargados de dirimir los pleitos. En ausencia de los cónsules asumían a sus atribuciones. Poseen el imperium. Al principio de su institución, s.IV, sólo se elegía uno (praetor urbanus), que se encargaba de los pleitos surgidos entre los ciudadanos; pero con la expansión romana fue necesario nombrar otro (praetor peregrinus), que se encargaba de las querellas habidas en Roma entre los extranjeros o entre un ciudadano y un extranjero. 12.− ¿Quiénes tenían una delimitación municipal? Los ediles: Son los encargados de la administración municipal: vigilan la buena marcha de los mercados (los aprovisionamientos, las ventas), las obras de construcción y las vías públicas; además se encargan de organizar los juegos. La edad mínima requerida es de 30 años, y se precisaba haber desempañado la cuestura. En el s.V se elegían dos (aediles plebeii), pero poco más tarde se introdujeron en el cursus honorum otros dos, patricios, llamados aediles curules. Se elegían en los comitia tributa. 13.− ¿Quiénes llevaban las cuentas? Los cuestores: son los administradores del tesoro público bajo la tutela del Senado y los encargados de cobrar impuestos. En campaña llevan la administración del ejército a las órdenes del cónsul. Al principio, los elegían los cónsules entre los patricios y eran dos, pero a mediados del s.V fueron cuatro: dos plebeyos y dos patricios, y eran nombrados en los comicios tributos. En tiempos de César llegaron a 40. La edad requerida era de 27 años y se precisaba poseer la ciudadanía y no haber sufrido condena alguna. 14.− ¿Quiénes elaboraban el censo? Los censores: Son los magistrados de más dignidad y prestancia entre los romanos, aunque no pertenezcan al cursus honorum; pero sólo puede ser censor quien haya sido cónsul. Sus Atribuciones más notables son: velar por la moral y buenas costumbres de los ciudadanos, llevar a cabo la realización del censo y confeccionar las listas de senadores, excluyendo los nombres de los desaparecidos e indignos (nota censoria). ¿Por cuánto tiempo eran elegidos? Se nombraban cada 5 años, pero sólo ejercían su cargo durante 18 meses. Al cabo de éstos, realizaban un gran sacrificio (lutrum) para clausurar el censo y para purificar a la comunidad de las faltas que se hubieren cometido durante los 5 años pasados. Aparece esta magistratura a mitad del s. V a. C. 3
15.− Diferencia entre cónsul y dictador. CÓNSUL Existe en las magistraturas ordinarias Su poder dura 1 año Comparte su poder con otro Presiden y convocan los comicios centuriados, tributos y el Senado. Representan al pueblo ante la divinidad.
DICTADOR Existe en las magistraturas extraordinarias Su poder dura 6 meses Su poder es total, absoluto e individual, pero gobierna con la ayuda de un magister equitum Eran nombrados por el senado (a propuesta del cónsul)
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