MANUAL DE MANEJO AMBIENTAL Y SOCIAL PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO PARA AREAS METROPOLITANAS DE LA ARGENTINA MUNICIPALIDAD DE MENDOZA

Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized Public Disclosure Authorized E2244 VOL. 25 MANUAL DE MANEJ

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MANEJO Y TRANSPORTE DE MATERIALES Estructura de contenidos Mapa conceptual............................................................................

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VOL. 25

MANUAL DE MANEJO AMBIENTAL Y SOCIAL

PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO PARA AREAS METROPOLITANAS DE LA ARGENTINA

MUNICIPALIDAD DE MENDOZA

MMAyS - Mun;cipalidad de Mendoza

INTRODUCCION

La Secretaria de Transporte de la Naci6n, en el marco del Programa de Transporte Urbano de Buenos Aires (PTUBA), esta preparando una serie de proyectos para mejorar el Transporte Urbano en las Areas Metropolitanas de la Argentina y capitalizar para las ciudades del interior de la Argentina las experiencias positivas que el proyecto PTUBA brind6 para el Area Metropolitana de Buenos Aires. A tal efecto, se buscara el financiamiento del Banco Mundial para implementar el Proyecto de Transporte Urbano para Areas Metropolitanas de la Argentina (PTUMA). EI Objetivo General del Proyecto es el mejoramiento de las condiciones de movilidad y seguridad de la poblaci6n de las areas metropolitanas y, en particular, la de menores recursos, a traves de la planificaci6n, desarrollo e implementaci6n de soluciones para la remediaci6n de los principales conflictos que se registran en el transporte de superficie y que afectan la seguridad, los costos, la calidad de vida urbana y el medio ambiente, aplicando para ello recursos publicos nacionales, provinciales y municipales en complementaci6n con fondos provenientes de los organismos multilaterales de credito, a traves de una organizaci6n especializada en la tematica, la que actuara concertadamente con todos los niveles institucionales intervinientes. En consecuencia,' el estudio y la programaci6n de las acciones sera integral, considerando todos los medios y modos de transporte de superficie, publicos y privados, compatibilizandolos en un funcionamiento arm6nico y equilibrado y en un contexte de planificaci6n y desarrollo de los sistemas y/o agencias regionales de transporte. De alii que la intervenci6n de la Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP) se centrara en la implementaci6n de las soluciones desarroliadas, en un contexte de participaci6n concertada de los distintos acto res institucionales presentes: • la Secreta ria de Transporte (ST); • el Organismo Nacional de Bienes del Estado (ONABE); • Comisi6n Nacional de Regulaci6n del Transporte (CNRT) • las Municipalidades; • los Operadores Ferroviarios (concesionarios); • los Empresarios de APP; • los Vecinos; • ONGs. u otros entes involucrados Los beneficios del proyecto, tienen un importante componente social y ambiental, toda vez que sus acciones impactan positivamente en la disminuci6n de los riegos que amenazan las vidas humanas y los bienes; la generaci6n de apreciables ahorros en los tiempos de traslado de personas; el aumento en la capacidad, eficiencia, accesibilidad y en la calidad de los servicios de transporte; la reducci6n de los costos de operaci6n vehicular; la reducci6n de la contaminaci6n ambiental; la conservaci6n de la infraestructura publica; la valuaci6n inmobiliaria de la zona; el mejoramiento del modelo de ciudad y del paisaje en los entornos; el mejoramiento de las condiciones de salud de la poblaci6n; la elevaci6n en la calidad de vida de la poblaci6n; el mayor crecimiento econ6mico y el uso eficiente de energias y combustibles En base a 10 antes enunciado, el Proyecto comprenderia las acciones que apuntan a:

a. mejorar la seguridad y las facilidades para los usuarios de menores recursos, atendiendo los problema de aquel caracter que afrontan cotidianamente los habitantes que se desplazan en bicicleta hasta abordar los sistemas de trans porte publico y las necesidades de una guarda segura

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de sus movilidades en los puntos de conexi6n, 10 que requiere el desarrollo e implementaci6n de soluciones especificas y apropiadas para cada caso; b. integrar los sistemas de transporte, construyendo mejores instalaciones para el trasbordo entre los servicios ferroviarios de pasajeros, entre estos y los servicios de autotransporte, entre estos servicios entre sf y entre las distintas formas de integraci6n del transporte personal con los sistemas publicos, contemplando el mejoramiento de los accesos y la seguridad en las estaciones ferroviarias; c. mejorar la seguridad vial y la calidad ambienta/, mediante la construcci6n de pasos ferroviarios a distinto nivel en los cruces actuales de gran volumen de transito, el mejor control en los pasos ferroviarios a nivel y el desarrollo de programas complementarios de seguridad vial; d. forta/ecer la planificacion y el marco instituciona/, de manera de aumentar el conocimiento especifico, asegurar para el Estado la planificaci6n de las acciones a desarrollar, su seguimiento y control, el monitoreo de la evoluci6n de las necesidades y el desarrollo de una ingenieria de proyectos acorde con las modalidades de ejecuci6n de obras seleccionadas. A tal efecto, se definiran los siguientes componentes: • Integracion del Sistema de Transporte Urbano, que posibilitara mejorar las condiciones actuales de trasbordo a traves de una adecuada integraci6n de los sistemas • Mejoramiento de la Seguridad Vial y del Medio Ambiente, a efectos de disminuir el numero de accidentes y disminuir la poluci6n aerea y sonora • Fortalecimiento Institucional, que permitira una mayor eficiencia en la utilizaci6n y aplicaci6n de los recursos y una mayor eficacia en las soluciones especificas identificadas

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. 1. Antecedentes EI gobierno provincial, desde 1980, viene realizando un esfuerzo para la elaboracion de un Plan de Ordenamiento Territorial a nivel de "Gran Mendoza", comprendido por las areas urbanas de los departamentos de la Ciudad de Mendoza, Godoy Cruz, Guaymallen, Las Heras, Lujan de Cuyo y Maipu, que Ie permita una planificacion del territorio para mejorar la calidad de vida de la poblacion y obtener ventajas competitivas a nivel regional. significativ~

Los estudios y propuestas desarrolladas hasta el momento se sintetizan a continuacion: • Estudio y propuestas para el Ordenamiento Urbano del Gran Mendoza. Gobierno de Mendoza. 1980. • Mendoza 2000. Facultad de Ciencias Agrarias. Universidad Nacional de Cuyo.1993. • Esquema de Ordenamiento Ambiental y Urbano de la Region Metropolitana Mendoza. Convenio de Municipalidades del Gran Mendoza, Gobierno de la Provincia y Universidad de Mendoza. 1994. • Pautas integrales de Ordenamiento Urbano para la Ciudad de Mendoza. GEPUR. 1994 • Formulacion de una Estrategia de Ordenacion Territorial, Provincia de Mendoza. DOADU (Direccion de Ordenamiento Ambiental y Desarrollo Urbano)1994. • Desarrollo Estrategico de Mendoza. DEM. 1998. • Plan Estrategico Mendoza 2010. Consejo Empresario Mendocino. 1999. • Proyecto de jerarquizacion vial e interfases de conflicto del area del Gran Mendoza. Convenio Junta de Andalucia - DOADU. Agosto 2007. 1 En la Provincia de Mendoza, el Transporte Publico de Pasajeros (TPP) y la red semaforica se encuentra bajo la jurisdiccion del Gobierno Provincial, siendo la Direccion de Vias y Medios de Transporte el organismo competente a cargo de regular el transporte publico de la provincia. EI Transporte Publico de Pasajeros (TPP) del Gran Mendoza es prestado p~r empresas privadas y por la Empresa Provincial de Transporte (EPT), conformado por unidades motorizadas (diesel) operados p~r empresas privadas (85%) y el 15% restante operado por el Estado Provincial, de los cuales el 7% corresponde a trolebuses. . EI diserio del TPP, tanto de recorridos como de frecuencias, no ha experimentado grandes modificaciones en los ultimos 20 arios. EI mismo contempla el ingreso al area central de la mayor parte de las unidades 1 Este proyeeto posibilit6 la aetualizaei6n cartografiea del area de estudio, la propuesta de jerarquizaci6n vial, eonsensuada eon los munieipios y el esquema de interfases de conflieto eon correspondientes obras a realizar para su soluei6n.

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En el ario 2005 se realizo la licitacion para la concesion de la operacion de los servicios publicos de trans porte colectivo de pasajeros del Gran Mendoza mediante omnibus, otorgada p~r Grupo de Lineas, p~r un plazo de DIEZ (10) arios computables a partir de la puesta en marcha de los servicios. Este sistema tiene una nueva modalidad contractual, que considera el pago p~r kilometro recorrido, siendo el Estado Provincial quien fija las frecuencias, tarifas, y horarios. Ademas, la actual concesion preve la renovacion paulatina del parque automotor existente (plazo maximo de 3 arios para la renovacion total del parque automotor) y con una vida uti I de las unidades renovadas de 15 alios. Si bien esta nueva modalidad trajo algunos beneficio.s, la misma no ha cubierto las expectativas del Municipio en cuanto a soluciones necesarias a la problematica del TPP en el area central, ya que practicamente se han mantenido los recorridos anteriores y se tiene una excesiva cantidad de frecuencias que perjudican la calidad de vida urbana, las actividades economicas y el medio ambiente, deteriorando la infraestructura vial (principal mente arterias, cuyo mantenimiento deben afrontar las Comunas) y generando desvalorizacion de los inmuebles afectados, principalmente en las areas de micro y macrocentro. A partir de la nueva licitacion de transporte publico, el diserio de la red estatica y dinamica no ha experimentado grandes modificaciones, manteniemdose el ingreso al area central de la Ciudad de Mendoza la mayor parte de las unidades, con las respectivas consecuencias negativas, tales como: Transporte publico poco eficiente Sobrecarga desmedida de las arterias del micro-centro de la Ciudad Conflictos de transito Contaminacion p~r emanaciones de gases y partfculas. Contaminacion sonora Contaminacion visual Depreciacion de los inmuebles afectados por la problematica Perdida de calidad urbana de vida Colapso de la infraestructura vial disponible Deterioro del patrimonio arboreo de la Ciudad A los mencionados problemas de recorridos y frecuencias, se deben agregar los problemas de infraestructura urbana que incrementan los conflictos del TPP, tales como: Estado de deterioro y colapso de los pavimentos e infraestructura vial y urbana Semaforizacion obsoleta y/o no sincronizada Paradores 0 refugios insuficientes e inseguros Falta de desarrollo de medios alternativos y complementarios al transporte publico motorizado (bicisendas).

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Ademas estan las obras ferro-urbanisticas las que implican el mejoramiento integral de 740.000 m2 de faja urbana de vias e incorporan la renovacion de la infraestructura ferroviaria en 37,2 km. Este proyecto ha sido formulado con la asistencia de la Facultad Regional Mendoza de la Universidad Tecnologica Nacional. Macro modelo de transporte (Estraus) calibrado:. EI Gran Mendoza cuenta con un macro modele (Estraus) calibrado en sus cuatro etapas, con toda la informacion de la encuesta de Origen y Destino realizada en el ario 2005, con los recorridos de transporte publico, tiempos de viaje en las arterias troncales y capacidad de la red vial.

EI mismo se realizo a traves del Programa de Asistencia Tecnica y Cooperacion entre el Ministerio de Ambiente y Obras Publicas de la Provincia de Mendoza y la Facultad de Ingenierfa de la Universidad Nacional de Cuyo, en junio del ario 2005. Dentro del contexte del estado actual del Transporte Publico de Pasajeros, la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza ha realizado en julio del 2006, en el marco del Proyecto de Transporte Urbano para Areas Metropolitanas (PTUMA), un analisis de Transporte y Pobreza y un Programa PTUMA Mendoza incluyendo componentes de estudios, obras y fortalecimiento institucional. Dentro del componente "estudios" se encuentra previsto el denominado "Estudio Integral del Transporte Publico del Area Metropolitana de Mendoza" que es abordado en el presente lIamado. La situacion actual plantea la necesidad de disponer de un Estudio Integral de la problematica del Transporte Publico, circunscrito al Gran Mendoza, que contemple la integracion modal, y desarrolle una polftica consensuada p~r todas las partes involucradas. Un sistema de transporte eficiente y sustentable debe asegurar un adecuado nivel de accesibilidad de la poblacion, contribuir a mejorar la calidad de vida, otorgando prioridad al transporte publico sobre el transporte particular, integrando los distintos modos de transporte, desarrollando polfticas de uso del suelo en relacion al transporte y promoviendo un crecimiento del uso del transporte no motorizado, compatibilizando y coordinando con las previsiones de los planes Urbanos locales y regionales y disminuyendo los efectos negativos sobre el medio ambiente. La planificacion de un sistema de transporte supone no solamente el diserio geometrico y funcional de la red sino una vision integral, que considere la articulacion intermodal en todas sus dimensiones teniendo en cuenta criterios de tipo social, ambiental, urbano, economico, financiero, institucional. En consecuencia, resulta necesario desarrollar un SISTEMA INTEGRAL DE TRANS PORTE, que incluya tanto la ingenieria y funcionamiento, como el analisis de factibilidad de su implementacion en 'etapas y las herramientas de capacidad institucional que gcrranticen su concrecion en el tiempo.

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PROGRAMA PROYECTO PTUMA MENDOZA

COMPONENTES

transporte publico del area metropolitana de 2. Estudios de ingenierfa, desarrollo de documentaci6n, pliegos licitatorios 3. Estudio de seguridad vial. Plan de educaci6n vial. Campana de difusi6n concientizaci6n 4. Estudio de un modelo de dispersi6n atmosferico. Experiencia piloto de medici6n de caUdad del aire a nivel de inmisi6n. Soporte institucional para estudios, diagn6sticos y conformaci6n de infonmaci6n base. ·%lJ.t;1.2· :');"()BRA 1. Repavimentaci6n, carriles preferenciales, demarcaci6n y paradores. 1ra.Eta a

250.000 790.000

2da.Etapa 2. Eje de vinculaci6n Colector Papagayos. Pavimentaci6n laterales. Puente sobre el Colector Pa a a os 3. Zona La Favorita. So San Martin. . Me'oramiento de la infraestructura urbana red vial ara el TPP Mejoramiento de la accesibilidad y seguridad de usuarios de menores recursos al TPP

2.900.000 1.900.000 400.000 100.00

4. Desarrollo de Ciclovias

250.000

Mejoramiento de la red semaf6rica vinculada al TPP

2.000.000

Obras de infraestructura urbana Area MetropoUtana

17.650.000

FORTAt:EClMIE

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2a m~"~~etivo del Manual Se presenta este Manual de Manejo Ambiental y Social para garantizar que el Proyecto de Transporte Urbano Para Areas Metropolitanas de la Argentina (PTUMA) se desarrolle en el marco de la proteccion del medioambiente y sea consistente con las politicas de salvaguardia del Banco Mundial. Por 10 tanto, se detallaran los procedimientos tecnicos, tanto los referidos a la evaluacion ambiental y social, como los correspondientes a los procesos de consulta publica. Con el uso del manual se procura mejorar la eficiencia y eficacia de los procedimientos, estudios tecnicos y consultas publicas para detectar y tomar medidas para mitigar los problemas que surgen con las obras a realizar. Este Manual de Manejo Ambiental y Social (MMAyS) servira para guiar las acciones de la Unidad Ejecutora del Proyecto PTUMA (UEPTUMA), de los municipios, de los contratistas de obra y de los encargados de supervisar las mismas. EI objetivo principal del MMAyS es establecer las acciones de gestion ambiental a ser implementadas en los proyectos desarrollados en el marco del Proyecto PTUMA.

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2.1. EI MMAyS se orienta a:

Ofrecer los instrumentos para identificar, ponderar y evaluar los impactos ambientales y sociales potenciales durante las diferentes eta pas de los proyectos: planificacion, construccion y operacion. Para ello se presentan los instrumentos que conforman el primer modulo del presente manual. EI Modulo A - Sistema de Evaluacion Ambiental y Social esta desarrollado para ofrecer herramientas adecuadas para la mejor evaluacion ambiental y social de las obras a ejecutar por el PTUMA, incorporando ademas la dimension institucional de los diferentes actores. Ofrecer instrumentos para la adecuada gestion social de las obras, las cuales podrian lIegar a incluir la necesidad de desplazamientos 0 reasentamientos de la poblacion, ademas de las afectaciones indirectas a la poblacion local. Para atender la dimension social de las obras, se presenta el Modulo B - Gestion Social de las Obras que incluye el Marco de Politica de Reasentamiento y Adquisicion de Inmuebles y la Guia para la Informacion y Consulta Publica. Ofrecer una bateria de herramientas de manejo con medidas detalladas (objetivos, metodologia, procedimientos, instrumentos, etc.) para prevenir, mitigar, y/o compensar los impactos potenciales negativos y potenciar los positiv~s durante las diferentes etapas de los proyectos: planificacion, construccion y operacion. Para ello se presentan: EI Modulo C - Manejo de la Vegetacion y el Paisaje. EI Modulo D - Manejo del Transito y la Serializacion. EI Modulo E - Manejo del Patrimonio Historico Cultural. EI Modulo F - Manejo de las Actividades Constructivas. EI Modulo G - Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental. En el Modulo H - Seguimiento y Evaluacion, se presentan los instrumentos para la mejora continua de la gestion de los proyectos del PTUMA, en el marco de una politica de desarrollo sostenible.

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3. Marco Institucional Secretaria de Transporte

Con base en el Decreto 1824/04, entre los objetivos de la Secretaria de Transporte de la Nacion se encuentran: "1.- Entender en /a e/aboracion, propuesta yejecucion de /a po/mca nacional en materia de transporte terrestre, aerocomercial, fluvial y maritimo y actividades portuarias y de las vias navegables, supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecucion. (. .. ) 3.- Entender en el funcionamiento de un sistema integrado de transporte elaborando las medidas y coordinando las acciones que perm/tan el desarrollo de los modos aereo, terrestre, fluvial y maritimo, asi como del transporte multimodal, en condiciones de eficiencia, de conformidad con la legis/acion y la normativa vigente. Promover los estudios y acciones que tiendan al perfeccionamiento del sistema. (. ..) 7. - Coordinar la elaboracion de politicas y ejecucion de acciones en materia de

seguridad vial.

(. . .)

9.- Entender en la aprobacion de los p/iegos de bases y condiciones para IIamados a concursos ylo licitaciones, asi como tambien en tender en los procesos licitatorios que se efectUen con motivo de las acciones vinculadas al area de su competencia. (. ..) 11.- Intervenir en la gestion y obtencion de cooperacion tecnica y financiera internacional que parses y organism os internacionales ofrezcan para el cumplimiento de objetivos y politicas de la Secretaria." Unidad Ejecutora del Proyecto

Dada la relacion existente a nivel de financiamiento y a nivel de proyectos entre el Proyecto de Transporte Urbano de Buenos Aires' (PTUBA) y el proyecto actualmente en etapa preparatoria de Transporte Urbano para Areas Metropolitanas de Argentina (PTUMA), el proyecto PTUMA sera ejecutado por la unidad ejecutora existente encargada del proyecto PTUBA. Por 10 tanto, nos referiremos a la Unidad Ejecutora de este proyecto como UEPTUMA. Comision Nacional de Regulacion del Transporte (CNRT)

Es un ente autarquico que, en el ambito de la Secretaria de Transporte, control a y fiscaliza el trans porte terrestre de jurisdiccion nacional. Tiene competencia en: EI transporte automotor de pasajeros: Urbano de las lineas 1 a la 199 Interjurisdiccional de media y larga distancia Los trenes y subterraneos de la Region Metropolitana

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Los trenes de pasajeros de larga distancia EI transporte automotor y ferroviario de cargas La Estaci6n Terminal de Omnibus de Retiro La Comisi6n tiene como funciones el control y fiscalizaci6n de los operadores de los servicios de transporte automotor y ferroviario de jurisdicci6n nacional, asi como la protecci6n de los derechos de los usuarios. Su misi6n es Intervenir en nombre del Estado Nacional, en todo 10 que sea relativo al transporte automotor y ferroviario y entender en la regulaci6n relativa a la seguridad del transporte automotor y ferroviario en todo el territorio de la Republica Argentina, incluyendo los servicios cuya explotaci6n se transfiere en concesi6n tanto a las Provincias como al sector privado.

Nivel Provincial·Municipal • Ministerio de Medio Ambiente Provincia de Mendoza

Urbanismo V Vivienda del Gobierno de la

Autoridad de Aplicaci6n en la ejecuci6n de proyectos de obras 0 actividades sometidas al Proceso de Evaluaci6n de Impacto Ambiental, de acuerdo a 10 preceptuado en la Ley N° 5961 (Punto I del Anexo); la que ademas, yen coordinaci6n con los municipios provinciales, debe procurar la preservaci6n del ambiente en todo el territorio de la provincia de Mendoza a traves del resguardo del equilibrio ecol6gico y del desarrollo sustentable (art. 1°y 27° Ley N° 5961) II Consejo Provincial del Ambiente

Organo asesor del Poder Ejecutivo Provincial que, en el ambito del Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Vivienda, tiene a su cargo la emisi6n opiniones sobre los problemas del ambiente, asesorando no solo al Poder Ejecutivo Provincial, sino al Ministerio de Medio Ambiente y a cualquier otro organismo que se 10 requiera. Constituye parte fundamental de sus funciones las de incentivar y desarrollar la investigaci6n y la difusi6n de los conocimientos sobre el medio ambiente. (art. 6° a 12° Ley N° 5961) III Direcci6n de Gesti6n Ambientaf y Desarrollo (Municipalidad de fa Ciudad de

Mendoza)

Autoridad de Aplicaci6n, dentro del referido ambito municipal (Ordenanza N° 3396/15508/99 punta II del Anexo), encargada de dar cumplimiento a todo 10 referido al Procedimiento de Evaluaci6n de Impacto Ambiental, en el marco de 10 estipulado por el Titulo V de la Ley N° 5961. Su funci6n primordial consiste en el otorgamiento de la Declaraci6n de Impacto Ambiental (DIA) una vez determinada la factibilidad ambiental y conveniencia de la realizaci6n de todo proyecto 0 actividad muniCipal, publico 0 privado, referido tanto al desarrollo urbanfstico, comercial, industrial 0 energetico sujeto a dicho procedimiento, como as! tambien el monitoreo, control y mitigaci6n de aquellos que se lIeven ala practica (art. 1° a 7° Ord.3396/99).

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3.1. Marco Normativo Nivel Nacionar Protecci6n Ambiental segun la Constituci6n Nacional En general, muchos paises incorporan alguna norma referente a la proteccion ambiental en su Constitucion, en cuanto esta constituye la cuspide de su piramide juridica, 10 que de alguna manera asegura a sus habitantes una apropiada utilizacion del medio ambiente y una adecuada calidad de vida. Esta tendencia se ha visto reforzada por la gran cantidad de naciones cuyas Constituciones, de reciente factura 0 reforma, han incluido a la variable ambiental. En su modificacion de 1994, la Constitucion Argentina ha incorporado en forma explicita, a traves de su Articulo N° 41, el contenido que antes de tal reforma figuraba implicitamente al enunciar:

"Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. EI dano ambiental generara prioritariamente la obligaci6n de recomponer, segun 10 establezca la ley. Las autoridades proveeran a la proteccion de este derecho, a la utilizacion racional de los recursos naturales, a la preservacion del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biologica, y a la informacion y educacion ambientales. Corresponde a la Nacion dictar las normas que contengan los presupuestos mlmmos de proteccion, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohibe el ingreso al territorio nacional de residuos actual 0 potencialmente peligrosos, y de los radioactivos. " Se trata de un derecho mas social que individual, cuya reglamentacion

debe armonizar dos terminos importantes: el derecho a un medio ambiente sano, con el derecho a desarrollar actividades productivas que obviamente repercutiran en el progreso de la comunidad y el bienestar individual. Compete al Estado y tam bien a todos sus habitantes, pero para aquel se trata de una obligacion primaria de la Nacion ya que las Provincias solo se limitaran a dictar normas complementarias a las que emanen del Gobierno Nacional. Por otro lado, el Articulo N° 43 de la Nueva Constitucion Nacional establece, entre otras cosas, la acci6n de amparo en 10 relativo a los derechos que protegen al ambiente. Aunque este recurso disfrutaba tambien de un amplio reconocimiento en el regimen constitucional argentino, tanto que fue reglamentado p~r la Ley 16.986, la jerarquia de la norma que actualmente 10 reconoce refuerza su eficacia sobre todo en este tema.

2 Ing. Lorenzo Gonzalez Videla. Marco Institucional Legal en Evaluaciones de Impacto Ambiental de distintos proyectos de infraestructura y de energia.

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En otro orden de cosas, el articulo N° 121 establece que las provincias conservan todo el poder no delegado p~r la Constitucion al Gobierno Federal, y el que expresamente se hubieran reservado por pactos especiaJes al tiempo de su incorporacion. Del reparto de competencias entre el Estado Federal y las Provincias que se mantiene en la Constitucion Nacional, la materia ambiental resulta ser una facultad concurrente. incluso en los municipios a los que ahora considera autonomos (Articulos 5 y 123), pero siempre dentro del ambito de sus respectivas ju risd icciones. Segun el· Articulo N° 124, las provincias estan capacitadas para crear regiones para el desarrollo economico, social y para establecer organos con facultades para el cumplimiento de sus fines, pudiendo tambiem celebrar convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la pOlitica exterior de la Nacion y no afecten las facultades delegadas al Gobierno Federal o al credito publico de la Nacion, con conocimiento del Congreso Nacional. Cabe destacar finalmente, que el dominic originario de los recursos naturales existentes en su territorio corresponde, segun el nuevo texto constitucional, a las provincias. Los Tratados Internacionales suscriptos por la Naci6n Argentina aprobados por el Congreso se encuentran en un mismo plano jerarquico con la Constituci6n Nacional. Puede decirse entonces que tanto la ley nacional como el tratado aprobado por el Congreso, y que ha entrado en vigor con relaci6n al Estado Argentino, se encuentran en un mismo nivel. Los Tratados Internacionales y las correspondientes leyes nacionales aprobatorias que adquieren dicha jerarquia son, para algunos de los temas ambientales relacionados con el Proyecto, los que a continuaci6n se indican: Ley 24.295: (7-12-93) Aprobaci6n Convenci6n Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico Global. Ley 26.011 (16-12-04) Aprobaci6n Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Organicos Persistentes. Legislacion Ambiental Nacional

En 10 que hace a la legislaci6n nacional, cabe hacer una distinci6n entre la legislaci6n de fondo, integrada por los artfculos aplicables de los C6digos Civil y Penal, y los demas instrumentos normativos referidos a los distintos aspectos ambientales sujetos a dicha regulaci6n. Leqislaci6n de Fondo Artfculos del C6digo Civil Nuestro Codigo Civil, de aplicaci6n en todo el territorio de la Republica Argentina por constituir una codificaci6n de fondo, provee cierta tutela del medio ambiente, aunque sin constituir una defensa aut6noma y especifica del mismo, a traves de las siguientes normas: -.. Articulo 1113: Se refiere al dano causado p~r el riesgo 0 dano de la cosa, es el regimen objetivo de la responsabilidad. Esta norma presupone una actividad humana que incorpora al medio social una cosa peligrosa

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por su naturaleza 0 por su forma de utilizacion. Los danos tipicos son los producidos por actividades que contaminan y degradan al medio ambiente, derivando su capacidad de dano de una actividad que, por sus caracteristicas, genera un riesgo 0 peligro para terceros modificando y/o alterando el entorno 0 habitat humano. La responsabilidad debe recaer sobre quien genera, fiscaliza, supervisa, controla 0 potencia la actividad riesgosa. La obligacion del que ha causado un dana se extiende a los que causaren los que estan bajo su dependencia, 0 por las cosas de que se sirve 0 tiene a su cuidado. Para eximirse de la responsabilidad, el dueno 0 guardian debe demostrar que de su parte no hubo culpa; si el dana hubiese sido causado por el riesgo 0 vicio de la cosa, podra eximirse total 0 parcialmente de responsabilidad si puede acreditar que la culpa Ie cupo a la victima 0 a un tercero por quien no debe responder. No sera responsable, por otro lado, si la casa hubiese side usada contra su voluntad expresa 0 presunta. -... Articulo 2499: En su segunda parte, este articulo habilita a todo aqual que tema que de un edificio 0 de otra casa pueda derivar un dano a sus bienes a denunciar el hecho ante el juez a fin de que se adopten las pertinentes medidas cautelares. -... Articulo 2618: Se refiere a las inmisiones inmateriales 0 incorporeas y a las propagaciones nocivas que, provenientes de un inmueble, se difundenen otro por el ejercicio de actividades ilfcitas 0 permitidas. Segun la norma, cualquier vecino puede accionar ante las molestias que Ie ocasionen el humo, calor, olores, luminosidad, ruidos, vibraciones 0 darios similares que excedan la normal tolerancia, teniendo en cuenta las condiciones del lugar y aunque mediare autorizacion administrativa para aquallas. La expresion darios similares, por su parte, permite la posibilidad de ampliar a otros darios semejantes 0 analogos aunque provengan de otras causas distintas de la enumeracion legal. Segun las circunstancias del caso, los jueces pueden disponer la indemnizaci6n de los darios

0

la cesaci6n de tales molestias. En la

aplicacion de asta disposicion, el juez debera contemporizar las exigencias de la produccion y el respeto debido al uso regular de la propiedad, teniendo asimismo en cuenta la prioridad en el uso. -... Articulo 2621: Establece que no se puede construir cerca de una pared medianera 0 divisoria, pozos, cloacas, letrinas, acueductos que causen humedad; establos, depositos de sal 0 de materias corrosivas, artefactos que se mueven por vapor u otras fabricas 0 empresas peligrosas a la seguridad, solidez y salubridad de los edificios 0 nocivas a los vecinos, sin guardar las distancias prescriptas por los reglamentos y usos del pais. A falta de reglamentos se recurrira a juicios de peritos. -... Articulo 2625: Establece que, aun separados de las paredes medianeras o divisorias, nadie puede tener en su casa depositos de aguas estancadas que puedan ocasionar exhalaciones infestantes 0 infiltraciones nocivas, ni hacer trabajos que transmitan a las casas vecinas gases fatidos 0 perniciosos que no resulten de las necesidades 0 usos

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ordinarios, ni fraguas ni maquinas que lancen humo excesivo a las propiedades vecinas. Estas cuatro ultimas norm as prohiben el uso abusivo e irregular, anormal 0 antifuncional de la propiedad, hablandose de dominio con funci6n social, no debiendo prevalecer la conducta antisocial 0 inadecuada, contra ria al bien comun, sobre el resto de la comunidad. Articulos del C6digo Penal

EI C6digo Penal, cuya redacci6n original es de 1921, cuenta con algunas disposiciones que tipifican ciertos aspectos de la problematica ambiental. AI momento de la codificaci6n, el concepto ambiental se hallaba ligado mas al concepto de "salud publica" 0 a la noci6n de "seguridad com un" que a 10 que hoy entendemos por ambiente. Sin embargo, en este caso es dable mencionar: ~ Articulo 182: Este articulo establece reprensiones para:

el que ilfcitamente y con el prop6sito de causar perjuicio a otro saque aguas de represas, estanques u otros depositos, rios, arroyos, fuentes, canales 0 acueductos, 0 10 haga en mayor cantidad que aquella a que tenga derecho; el que estorbe el ejercicio de los derechos que un tercero tenga sobre dichas aguas; el que ilicitamente y con el prop6sito de causar perjuicio a otro represe, desvie 0 detenga las aguas de los rios, arroyos, canales y fuentes 0 usurpe un derecho cualquiera referente al curso de elias. La pena debera aumentar en aquellos casos en que, para cometer los delitos antes enunciados, se rompieran 0 alterasen diques, esclusas, compuertas u otras obras similares en los rios, arroyos, fuentes, dep6sitos, canales 0 acueductos a que se hiciera referencia. ~ Articulo 200: En este caso, la acci6n punible es la de envenenar 0 adulterar, de un modo peligroso para la salud, aguas potables 0 sustancias alimenticias 0 medicinales. Tanto las aguas, alimentos 0 medicinas deben estar destinadas al uso publico 0 al consumo de una colectividad de personas. Existe dalio potencial 0 situaci6n de peligro, 10 que por si solo configurarfa delito. Los vertidos de liquidos residuales podrian eventualmente quedar encuadrados en 10 establecido por este Articulo 200. Por otra parte, los c6digos de agua promulgados en los ultimos treinta alios incorporan capitulos 0 algunos articulos destinados a la prevenci6n y control de la contaminaci6n, basados en la prevalencia del interes general sobre el particular. Definen "usos comunes 0 domesticos" y "usos especiales". Los primeros no requieren autorizaci6n y son los referidos a la satisfacci6n de las necesidades minimas. Todos los otros usos estan sujetos a reglamentaci6n, deben estar registrados y autorizados. Entre estos ultimos estan los vertidos de liquidos residuales.

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Si un usuario produce contaminacion de las aguas, los Codigos autorizan al organismo de aplicacion a suspender las actividades del causante. Asimismo, cabe serialar las siguientes normativas: I.t La Ley N° 25.675 - General del Ambiente - establece los presupuestos

minimos para el logro de una gestion sustentable y adecuada del ambiente, la preservacion y proteccion de la diversidad biologica y la implementacion del desarrollo sustentable, estipulando ademas que la polftica ambiental nacional debera cumplir los objetivos que a continuacion se enuncian: a) Asegurar la preservacion, conservacion, recuperacion y mejoramiento de la calidad de los recursos ambientales, tanto naturales como culturales, en la realizacion de las diferentes actividades antropicas; b) Promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras, en forma prioritaria; c} Fomentar la participacion social en los procesos de toma de decision; d) Promover el uso racional y sustentable de los recursos naturales; e) Mantener el equilibrio y dinamica de los sistemas ecologicos; f) Asegurar la conservacion de la diversidad biologica; g) Prevenir los efectos nocivos 0 peligrosos que las actividades antropicas generan sobre el ambiente para posibilitar la sustentabilidad ecologica, economica y social del desarrollo; h) Promover cambios en los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo sustentable, a traves de una educacion ambiental, tanto en el sistema formal como en el no formal; i) Organizar e integrar la informacion ambiental y asegurar el libre acceso de la poblacion a la misma; j) Establecer un sistema federal de coordinacion interjurisdiccional, para la implementacion de politicas ambientales de escala nacional y regional k) Establecer procedimientos y mecanismos adecuados para la minimizacion de riesgos ambientales, para la prevencion y mitigacion de emergencias ambientales y para la recomposicion de los darios causados por la contaminacion ambiental. Luego de establecer los principios de la politica ambiental, instaura

como "Instrumentos de la politica y la gestion ambiental" a los

siguientes:

a) EI ordenamiento ambiental del territorio

b) La evaluacion de impacto ambiental.

c) EI sistema de control sobre el desarrollo de las actividades

antropicas.

d) La educacion ambiental.

e) EI sistema de diagnostico e informacion ambiental.

f) EI regimen economico de promocion del desarrollo sustentable.

Asimismo, la Ley establece el Sistema Federal Ambiental con el objeto de desarrollar la coordinacion de la politica ambiental, tendiente al logro del desarrollo sustentable, entre el gobierno nacional, los gobiernos provinciales y

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el de la Ciudad de Buenos Aires, estipulando que el mismo sera instrumentado a traves del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA). Por otro lado, la Ley define como dano ambiental a toda alteraci6n relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, 0 los bienes 0 valores colectivos, estableciendo que todo aquel que cause el dana ambiental sera objetivamente responsable de su restablecimiento al estado anterior a su produccion y, en caso de que ello no sea tecnicamente factible, define que la indemnizacion sustitutiva que determine la justicia ordinaria interviniente, debera depositarse en el Fondo de Compensacion Ambiental que se crea a traves del mismo Instrumento juridico. Se estipula que el Fondo de Compensacion Ambiental sera administrado por la autoridad competente de cada jurisdiccion y estara destinado a garantizar la calidad ambiental, la prevencion y mitigacion de efectos nocivos 0 peligrosos sobre el ambiente, la atencion de emergencias ambientales; asimismo, a la proteccion, preservacion, conservacion 0 compensacion de los sistemas ecologicos y el ambiente. Quedan facultadas las autoridades para poder determinar que dicho fondo contribuya a sustentar los costos de las acciones de restauracion que puedan minimizar el dano generado. -

La Ley 25.831 - Regimen de Libre Acceso a la Informacion Publica Ambiental brinda los presupl"lestos minimos de proteccion ambiental para garantizar el derecho de acceso a la informacion ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ambito nacional como provincial, municipal y de la Ciudad de Buenos Aires, como asi tam bien de entes autarquicos y empresas prestadoras de servicios publicos, sean publicas, privadas 0 mixtas. Define como informacion ambiental toda aquella informacion en cualquier forma de expresion 0 soporte relacionada con el ambiente, los recursos naturales 0 culturales y el desarrollo sustentable. En particular: a} EI estado del ambiente 0 alguno de sus componentes naturales 0 culturales, incluidas sus interacciones reciprocas, asi como las actividades y obras que los afecten 0 puedan afectarlos significativamente; b) Las politicas, planes, programas y acciones referidas a la gestion del

ambiente. Determina que el acceso a la informacion ambiental sera libre y gratuito para toda persona fisica 0 juridica, a excepcion de aquellos gastos vinculados con los recursos utilizados para la entrega de la informacion solicitada y que. para acceder a la informacion ambiental. no sera necesario acreditar razones ni interes determinado. Como "Sujetos obligados" se define a las autoridades competentes de los organismos publicos, y los titulares de las empresas prestadoras de servicios publicos, sean publicas. privadas 0 mixtas. estan obligados a facilitar la informacion ambiental requerida en las condiciones establecidas por la presente ley y su reglamentacion. Se establece como procedimiento que las autoridades competentes nacionales, provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, concertaran en

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el ambito del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) los criterios para establecer los procedimientos de acceso a la informaci6n ambiental en cada jurisdicci6n. En cuanto a la denegaci6n de la informaci6n, esta s610 podra ocurrir en los siguientes casos: a) Cuando pudiera afectarse la defensa nacional, la seguridad interior 0 las relaciones internacionales; b) Cuando la informaci6n solicitada se encuentre sujeta a consideraci6n de autoridades judiciales, en cualquier estado del proceso, y su divulgaci6n 0 uso p~r terceros pueda causar perjuicio al normal desarrollo del procedimiento judicial; c) . Cuando pudiera afectarse el secreto comercial 0 industrial, 0 la propiedad intelectual; d) Cuando pudiera afectarse la confidencialidad de datos personales; e) Cuando la informaci6n solicitada corresponda a trabajos de investigaci6n cientifica, mientras estos no se encuentren publicados; f) Cuando no pudiera determinarse el objeto de la solicitud p~r falta de datos suficientes 0 imprecisi6n; g) Cuando la informaci6n solicitada este clasificada como secreta 0 confidencial p~r las leyes vigentes y sus respectivas reglamentaciones. Se consideran infracciones a la ley, la obstrucci6n, falsedad, ocultamiento, falta de respuesta en los plazos establecidos, 0 la denegatoria injustificada a brindar la informaci6n solicitada, y todo acto u omisi6n que, sin causa justificada, afecte el regular ejercicio del derecho que esta ley establece. En dichos supuestos quedara habilitada una via judicial directa, de caracter sumarisima ante los tribunales competentes. Por otra parte, la Ley indica que las empresas de servicios publicos que no cumplan con las obligaciones exigidas en la misma, seran pasibles de las sanciones previstas en las normas 0 contratos que regulan la concesi6n del servicio publico correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que pudieren corresponder. -. La Ley 25.612- GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS INDUSTRIALES Y DE ACTIVIDADES DE SERVICIOS, prorrlulgada parcialmente mediante Decreto N° 1343/02 de fecha 25 de Julio de 2002, establece los presupuestos minimos de proteccion ambiental sobre la gestion integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicio, que sean generados en todo el territorio nacional, y sean derivados de procesos industriales 0 de actividades de servicios. Luego define 10 que se entiende p~r proceso industrial a toda actividad, procedimiento, desarrollo u operacion de conservacion, reparaci6n 0 transformacion en su forma, esencia, calidad 0 cantidad de una materia prima 0 material para la obtencion de un producto final mediante la utilizacion de metodos industriales.

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Se entiende por actividad de servicio a toda actividad que complementa a la industrial 0 que por las caracteristicas de los residuos que genera sea asimilable a la anterior, en base a los niveles de riesgo que determina la presente. Se entiende por residuo industrial a cualquier elemento, sustancia u objeto en estado s6lido, semis6lido, Ifquido 0 gaseoso, obtenido como resultado de un proceso industrial, por la realizaci6n de una actividad de servicio, 0 por estar relacionado directa 0 indirectamente con la actividad, incluyendo eventuales emergencias 0 accidentes, del cual su poseedor productor 0 generador no pueda utilizarlo, se desprenda 0 tenga la obligaci6n legal de hacerlo. Y por ultimo define 10 que se entiende p~r gesti6n integral de residuos industriales y de actividades de servicio al conjunto de actividades interdependientes y complementarias entre si, que comprenden las etapas de generaci6n, manejo, almacenamiento, transporte, tratamiento o disposici6n final de los mismos, y que reducen 0 eliminan los niveles de riesgo en cuanto a su peligrosidad, toxicidad 0 nocividad, segun 10 establezca la reglamentaci6n, para garantizar la preservaci6n ambiental y la calidad de vida de la poblacion. Ademas establece cuales son los objetivos a cumplir r~alizando una

enumeraci6n de los mismos y que a continuaci6n se detallan:

a) Garantizar la preservaci6n ambiental, la proteccion de los recursos

naturales, la calidad de vida de la poblaci6n, la conservaci6n de la

biodiversidad, y el equilibrio de los ecosistemas;

b) Minimizar los riesgos potenciales de los residuos en todas las etapas

de la gesti6n integral;

c) Reducir la cantidad de los residuos que se generan;

d) Promover la utilizaci6n y transferencia de tecnologias limpias y

adecuadas para la preservacion ambiental y el desarrollo sustentable;

e) Promover la cesaci6n de los vertidos riesgosos para el ambiente.

Luego establece que los residuos biopatogenicos, domiciliarios;

radiactivos y los derivados de las operaciones normales de los buques y

aeronaves quedan expresamente excluidos del regimen de la presente

ley y sujetos a normativa especifica.

AI promulgarse parcial mente se mantiene la vigen cia del regimen penal

establecido en la Ley 24.051- Residuos Peligrosos

20.284/73 de calidad de aire - no reglamentada - contiene en su texto las "Normas para la Preservaci6n de los Recursos del Airel! para todas las fuentes capaces de producir contaminaci6n atmosferica ubicadas en jurisdicci6n federal. Si bien la Ley 20.284 no fue nunca reglamentada, resulta un hito inevitable cuando se habla de normas de calidad de aire ya que su texto incluye las

10.0+ La Ley

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• • •







normas de calidad de aire a nivel nacional antes enunciadas. Por ello, se entiende necesario comentar sus puntos mas sobresalientes: EI ambito de su aplicaci6n son todas las fuentes de contaminaci6n atmosferica ubicadas en jurisdicci6n federal y en las provincias que deseen adherirse. La autoridad de aplicaci6n esta constituida por las autoridades sanitarias nacional, provincial y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, en sus respectivas jurisdicciones. Crea un Registro Catastral de Fuentes Contaminantes a cargo de la autoridad sanitaria nacional. Cada autoridad sanitaria local esta autorizada a fijar por cada zona niveles maximos de emisi6n para los distintos tipos de fuentes fijas y m6viles. Cada autoridad sanitaria local debe establecer un plan de preservaci6n de situaciones criticas de contaminaci6n atmosferica en base a tres niveles de concentraci6n de contaminantes correspondientes a estados de alerta, alarma y emergencia. Para resolver situaciones interjurisdiccionales, la autoridad sanitaria nacional 0 cualquiera de las jurisdicciones comprendidas en un problema de contaminaci6n atmosferica puede solicitar la creaci6n de una comisi6n interjurisdiccional. Esta debe funcionar en el ambito del Poder Ejecutivo Nacional y debe estar integrada por un representante de cada una de las jurisdicciones involucradas y por uno del PEN. Establece multas, clausuras temporales 0 definitivas de las fuentes contaminantes e inhabilitaciones temporales 0 definitivas de los permisos de circulaci6n, en el caso de unidades de transporte aereo, terrestre, maritimo 0 fluvial. Para el caso de Capital Federal, dispone que el Tribunal Municipal de Faltas tiene a su cargo el juzgamiento de las infracciones .

... La Ley 19.587/72 - Seguridad, Higiene y Medicina del Trabajo - las normas de la cual resultan de aplicaci6n en el ambito de todo el territorio de la Republica Argentina. La materia legislada esta definida, esencialmente, por la preocupaci6n de proteger y preservar la integridad de los trabajadores, pretendiendo prevenir y disminuir los accidentes y enfermedades del trabajo, neutralizando 0 aislando los riesgos y sus factores mas determinantes. Esta ley, actualizada mediante Decreto 911/96, especificamente referido a las actividades en la construcci6n, contiene en su texto, disposiciones de "saneamiento del medio ambiente laboral' que protegen a los trabajadores contra los riesgos inherentes a sus tareas especificas. Entre otras cosas: • Dispone que la higiene y seguridad en el trabajo comprende normas tecnicas y medidas sanitarias de variada indole, orientadas a proteger la vida de los trabajadores, preservar su integridad psicofisica, prevenir, reducir, eliminar 0 aislar los riesgos de los distintos centros 0 puestos de trabajo y estimular la prevenci6n de las posibles enfermedades 0 accidentes . • Declara necesaria la institucionalizaci6n gradual de un sistema de reglamentaciones, generales 0 particulares, atendiendo a condiciones

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ambientales a factores ecologicos y a la incidencia de las areas a factores de riesgo. Considera basica, asimismo, la aplicacion de tecnicas de correccion de los ambientes de trabajo en los casas en que los niveles de los elementos agresores nocivos para la salud sean permanentes durante la jornada laboral. • Dispone tambien cuales deberan ser los contenidos de las reglamentaciones de las condiciones de higiene en los ambientes de trabajo. • Impone al empleador la obligacion de adoptar medidas referidas a la construccion, adaptacion y equipamiento de los edificios y lugares de trabajo para mantener condiciones ambientales y sanitarias adecuadas. Se refiere, en particular, a la renovacion del aire en los interiores, eliminando gases y vapores nocivos; la remocion de desechos; y la eliminacion de ruidos y vibraciones. • Impone al trabajador, par otra parte, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad impuestas en las disposiciones dictadas en consonancia .. La Ley 24.557 - Riesgos del Trabajo -que entr~ en vigencia en julio de 1996 y su posterior reglamentacion, establece el sistema vigente en materia de prevision y prevencion de los riegos del trabajo y de reparacion de los danos derivados del mismo. Esta norma resulta de cumplimiento obligatorio para la in mensa mayoria de los empleadores en todo el territorio nacional y tiene como objetivo fundamental reducir la siniestralidad laboral a traves de la prevencion de riesgos derivados del trabajo. Para cumplir can tal proposito, preve la implementacion de Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo en los establecimientos laborales, cuyas caracteristicas dependen sabre todo del tipo de riesgos asociadas a la actividad desarrollada. EI Sistema de la Ley de Riesgos de Trabajo bascula sabre: a) un regimen de prevencion; b) el otorgamiento de prestaciones en especie y dinerarias; c) la obligatoriedad respecto del empleador de contratar un "segura de accidentes" can una aseguradora de riesgos de trabajo (ART). En efecto, la L.RT. prescribe un segura obligatorio, es decir, el empleador se encuentra compelido a asegurarse a un sujeto creado por esta ley que se denomina Aseguradora de riesgos del trabajo (A.RT.), salvo el supuesto del autoseguro (apartado 2 del articulo 3 de la L.R.T.). EI sistema de la ley 24.557 no solo es novedoso por incorporar a la legislacion un regimen de segura obligatorio sino tam bien por la creacion de sujetos como: ~ • la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.RT.), ';,j • la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y ~ • el Comite Consultivo Permanente. 'S Dicha ley mantiene el sistema de reparacion tarifada el dano establecido por la leyes 9688 y 24028. En cuanto a la opcion por la via civil, en el regimen de la L.R.T. ni el trabajador ni sus derechohabientes pueden recurrir a la

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via civil para reclamar la indemnizacion integral, salvo el caso de que hubiese existido dolo del empleador. ~ En cuanto a las contingencias cubiertas, la L.R.T. excluye: ~ • las enfermedades profesionales no incluidas en el listado previsto por esta ley; ~ • las enfermedades accidentes y ~ • los accidentes y enfermedades profesionales causados por dolo del trabajador 0 fuerza mayor extraria al trabajo. En cuanto a las prestaciones que otorga la ley, el trabajador que sufre un accidente 0 enfermedad profesional en forma inmediata tiene a traves de la ART contratada por el empleador, una "prestadora medica" a su disposicion que debe darle las prestaciones medicas ("en especie") que correspondan, sin perjuicio que posteriormente dicha ART Ie otorgue las "prestaciones dinerarias" en relacion a la incapacidad que pudiera haber resultado del accidente 0 enfermedad. Finalmente, la ley 24557 de riesgos del trabajo da competencia a las comisiones medicas que creadas por la ley 24241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) para resolver distintas controversias que se susciten, en materia de infortunios laborales, entre la victima 0 sus derechohabientes y la aseguradora de riesgos del trabajo 0 el empleador autoasegurado Finalmente, cabe destacar otras Normas sobre Sustancias Peligrosas: En materia de Transporte:

• • • • •

Resolucion N° 195/97 de la Secretaria de Obras Publicas y Transporte, Resoluciones N° 720/87 Y 4/89 de la Subsecretaria de Transporte, Decreto N° 779/95 del Ministerio del Interior. En materia de Uso y Manipuleo: Resolucion MTSS (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social) N° 369/91 sobre PCB's; • Resolucion MTSS N° 877/91 sobre amianto; • Disposici6n DNSST (Direcci6n Nacional de Seguridad Social y Trabajo) N° 1/95 (Iistado de sustancias cancerigenas); • Disposicion N° 2/95 DNSST (Registro de PCB's); '. Disposicion N° 8/95 DNSST (Registro Nacional para la Prevencion de Accidentes Industriales Mayores); • Disposici6n N° 9/95 DNSST (Comision Nacional de Seguimiento de las Disposiciones Nos 1/95, 2/95 Y 8/95 DNSST); • Resolucion Conjunta: N° 209/2001 Y 437/2001 de Ministerio de Trabajo, Empleo y Formacion de Recursos - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que prohibe en todo el territorio del pais la produccion, importacion y comercializacion de bifenilos policlorados y productos y/o equipos que los contengan.

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Hivel Provincial

La Constitucion de la Provincia de Mendoza, sancionada el 11 de Febrero de 1916, no preve en su articulado disposicion expresa referida al reconocimiento y proteccion de los "intereses difusos", comprensivos, entre otros, de los derechos ambientales, consagrados sl en la Constitucion Nacional de 1994. No obstante, tales derechos surgen implicitamente del art. 10, donde se declara que "Ia Provincia de Mendoza es parte integrante e inseparable de la Nacion Argentina y la Constitucion Nacional es su Ley Suprema"; y del art. 47°, por el que ilia enumeracion y reconocimiento de derechos que contiene esta Constitucion, no importa denegacion de los demas que se derivan de la forma republicana de gobierno y de la condicion natural del hombre". Sin embargo, y adelantandose dos anos al establecimiento de los denominados "Nuevos Derechos y Garantias" de la constitucion nacional , fundamentalmente en los art. 41, 42 Y 43 , la provincia de Mendoza consagro por Ley N° 5.961 "el derecho de todo habitante de la provincia a gozar de un ambiente sana y ecologicamente equilibrado" (art. 5 inc. e); como asi tambien la defensa jurisdiccional de los intereses difusos y los derechos colectivos en salvaguarda de la calidad de la vida social (art. 16) mediante las acciones de proteccion para la prevencion de dano grave e inminente y la accion de reparacion de los danos colectivos (art. 17), confiriendo, a tales efectos, legitimacion activa indistinta y conjunta a las autoridades provinciales 0 municipales, a las agrupaciones privadas legalmente reconocidas constituidas para la defensa de los intereses colectivos para promover tales acciones, ya las personas fisicas ante fiscalia de estado (art. 20 y 23) Legislacion ambiental provincial La citada Ley N° 5961, sancionada el26 de agosto de 1992, complementaria al decreto ley N° 4.416/80 Obras Publicas, y de la ley no 1.079/34 Organica de Municipalidades, tiene por objeto la preservacion del ambiente en todo el territorio de la provincia de Mendoza, a los fines de resguardar el equilibrio ecologico y el desarrollo sustentable (art. 1°), declarando de interes provincial las acciones y actividades destinadas a la preservacion, conservacion, defensa y mejoramiento de los ambientes urbanos, agropecuarios y naturales y todos sus elementos constitutivos (art. 2°), quedando comprendida en este marco legal de conservacion, defensa y mejoramiento del ambiente, toda actividad de ordenamiento territorial y de planificacion de los procesos de urbanizacion; orientacion, tomento y desarrollo de estudios e investigaciones ambientales; el control, reduccion 0 eliminacion de factores, procesos, actividades 0 componentes del medio que ocasionen 0 puedan ocasionar perjuicios al ambiente, a la vida del hombre y a los demas seres vivos; la coordinacion de las obras y acciones de la administracion publica y de los particulares en cuanto tengan vinculacion con el ambiente (art. 3°). Ademas, se establecen los principios ambientales fundamentales que tanto el Poder Ejecutivo provincial y los Municipios estan obligados a garantizar en toda ejecucion de actos de gobierno de contenido economico social en general, y de planiticacion ambiental en particular, consistentes en el uso y aprovechamiento no danese para las generaciones presentes y futuras del ambiente y de los recursos

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naturales; la utilizacion integral, armonica y equilibrada de los ecosistemas y sus elementos integrantes asegurando un desarrollo optimo y sustentable; la aplicacion con criterio ambientalista del ordenamiento normativo provincial y municipal y de los actos administrativos; la utilizacion p~r parte los organismos publicos de enfoques cientifico inter y multidisciplinarios al desarrollar actividades que directa 0 indirectamente puedan impactar al medio ambiente (art. 5°) Establece como autoridades de aplicacion al Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Vivienda, 0 las Municipalidades de la provincia (art. 27), segun la categorizacion de los proyectos que establezca la reglamentacion y de conformidad con el Anexo I dela ley, quienes coordinadamente elaboraran planes ambientales (art. 7), colaborando con tales autoridades, dentro del ambito ministerial mencionado, el Consejo Provincial del Medio Ambiente, organo asesor del Poder Ejecutivo provincial (art. 9). Se dispone en forma categorica la obligatoriedad de la obtencion de la declaracion de impacto ambiemtal en todos los proyectos de obras 0 actividades capaces de modificar, directa 0 indirectamente el ambiente del territorio provincial (art. 27), y que puedan afectar directa 0 indirectamente el equilibrio ecologico de diferentes jurisdicciones territoriales (Anexo I. 14. Mod. Ley 6649 art. 1 10 dado por ley 6866, art. 20), 0 que exijan intervenciones edilicias, apertura de calles y remodelaciones viales (Anexo II. 1, d). Tal certificacion, a su vez, es expedida por las respectivas autoridades de aplicacion (art. 27°) y exigida por los organismos centralizados 0 descentralizados de la administracion publica provincial y/o municipal con competencia en la obra y/o actividad (art. 28°). En lineas generales, el procedimiento de evaluacion de impacto ambiental comprende la presentacion de la manifestacion general y especifica de impacto ambiental; la audiencia publica de los interesados y afectados; el dictamen tecnico; y la declaracion de impacto ambiental (art. 29°). Por Decreto N° 2109/94, se reglamenta el Procedimiento de Evaluacion de Impacto Ambiental (PEIAM) a partir de la presentacion de la Manifestacion General de Impacto Ambiental en el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Vivienda, procedimiento en el que reviste particular importancia los requisitos a cumplir por los proyectos a ser evaluados (art. 14° y ss.); el Registro de Consultores y Centr~s de Investigacion en Evaluacion de Impacto Ambiental, el que por Resolucion N° 22-AOP-95 presta asesoramiento integral en todas las disciplinas involucradas en el proyecto sometido a dictamen (art. 15°); la etapa de Audiencia Publica (art. 18 y 19) que por Resolucion 109-AOP-96 se erige en instancia administrativa no vinculante a la que debe recurrir el proponente de un proyecto de obra 0 de actividad y todo interesado que se crea eventualmente perjudicado 0 beneficiado por tales proyectos, a fin de que la Autoridad Ambiental reciba informaciones, opiniones u objeciones sobre el proyecto en cuestion (art. 2 a 4); y el sistema de Vigilancia y Control a cargo de los organismos sectoriales competentes, facultados para el otorgamiento de la autorizacion tecnica del proyecto de obra 0 de la actividad, el seguimiento y la

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vigilancia del cumplimiento de 10 establecido en la Declaraci6n de Impacto AmbientaJ (art. 21°). En todos los casos, la Declaraci6n de Impacto Ambiental del Ministerio determinara, al solo efecto ambientaJ, la conveniencia 0 no de realizar el proyecto, revistiendo el caracter de acto administrativo causante de ejecutoria en los terminos del art. 81 ° de Ley N° 3909 de Procedimiento Administrativo (art. 20°) Por el Decreto Acuerdo N° 1939/96 se establece un Plan de Acci6n de Desarrollo Sustentable con eJ objeto de garantizar el pleno cumplimiento de 10 preceptuado por Ley N° 5961, entre cuyos objetivos de gesti6n ambiental se encuentra el Plan Trienal de Obras dirigido, entre otros, al mantenimiento, mejoramiento y desarrollo de las vias de transporte, debiendo el Ministerio de Ambiente y Obras Publicas priorizar tales objetivos en la programaci6n de toda obra provincial (art. 6° inc. 2). A su vez, destaca la creaci6n del Registro de Mediadores Ambientales con el objeto de prestar servicios destinados a la resoluci6n de conflictos en el procedimiento de Evaluaci6n del Impacto Ambiental, en coordinaci6n con el Ministerio de Gobierno (art. 28°). Por Ley N° 5.761 se establece una Zona de Reserva Ambiental Urbana a fin de asegurar un espacio para la satisfacci6n de las necesidades ambientales y de regular los usos apropiados para la preservaci6n del lugar como espacio abierto (art. 1°). Los limites de esta zona se encuentran definidos en el Anexo I de la Ley. Se establecen dos zonas, la Sub-zona "A" (SUR: POR UNA LINEA QUE PARTE DES DE AVENIDA LAS HERAS Y SIGUE POR JUAN B. JUSTO, CORNELIO MOYANO Y JOAQUIN V. GONZALEZ HASTA CALLE TIBURCIO BENEGAS, OESTE: POR CALLE TIBURCIO BENEGAS HASTA CALLE SUIPACHA, NORTE: DESDE SUIPACHA POR CALLE TIBURCIO BENEGAS­ PELLEGRINI HASTA CALLE PERU Y ESTE: DESDE CALLE PERU HASTA AVENIDA LAS HERAS). La Sub-zona "B" (SUR: POR UNA LINEA QUE PARTE DE CALLE CORONEL PLAZA, SIGUE POR MITRE­ VENDIMIADORES HASTA CALLE PERU, OESTE: DESDE CALLE PERU HASTA CALLE CARLOS PELLEGRINI, NORTE: POR CALLE CARLOS PELLEGRINI, HASTA AVENIDA ESPANA Y ESTE: POR AVENIDA ESPANA HASTA CALLE CORONEL PLAZA. Por Ley N° 5970 se establece como obligaci6n de todos los Municipios de la Provincia la erradicaci6n de todos los basurales a cielo abierto y de los microbasurales en terrenos baldios (art. 1°) especificandose como sistema de tratamiento e de los procesos de estabilizaci6n biol6gica, incineraci6n de residuos sanitarios con tratamiento de gases, y en general cualquier otro sistema que cumpla con las normas de protecci6n ambiental y sanitaria; las que comprenderan las fases de generaci6n, recolecci6n, transporte, tratamiento y disposici6n final de los residuos, sean de origen domiciliario, vial, industrial, sanitario y/o comercial (art. 2° y 3°), Por Decreto 2404/1989, reglamentario de la Ley N° 5100, se procura la preservaci6n del aire, comprensiva de todas las acciones dirigidas a controlar toda modificaci6n de la atm6sfera que altere la cantidad (degrade) 0 la calidad

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(contamine) del recurso aire que rodea V cubre al territorio del Estado provincial (art. 2°) a traves del Sistema de Monitoreo V Control Ambiental provincial (art. 3°), quien promueve V ejecuta las medidas de monitoreo V control ambiental tendiente a la preservacion del recurso aire V elementos asociados (art. 4°), el que a su vez esta compuesto por el Subsistema de Gestion Ambiental, encargado del control ambiental en su nivel de instrumentacion legal V politica y prevencion general (ejecucion de politicas ambientales) , coordinado por el Ministerio de Bienestar Social (art. 4° y 7°); el SUbsistema de Area Ambiental Temprana, encargado el monitoreo y de las funciones derivadas operativas del monitoreo V control ambiental, pronostico y seguridad ambiental, bajo la coordinacion del ministro de Bienestar social a traves del Departamento de saneamiento Ambiental (art. 4 V 10); V por el Subsistema de Investigacion y Desarrollo, encargado de proponer, conducir y ejecutar las tareas multidisciplinarias relativas al medio ambiente (art. 4° V 14°). Se califica como "hecho ilicito" a todo acto u omision cuVas consecuencias traigan aparejadas un dana por degradacion 0 contaminacion del aire que supere el nivel de riesgo admitido por degradante 0 contaminante en los anexos tecnicos de la lev, y la responsabilidad por todo dana efectivo 0 potencial por el que se degrade y contamine el aire es determinada de manera "objetiva"(art. 22°). A su tiempo, se establece para los Municipios la obUgacion de garantizar la seguridad ambiental mediante la vigilancia de las norma que delimitan los niveles de riesgo admitidos para la preservacion de todo elemento viviente en sus ejidos, colaborando en la realizacion de las campanas de monitoreo, debiendo adoptar tam bien las medidas cautelares preventivas 0 compensatorias V resarcitorias que surjan de la misma (art. 23/24) Por Ley N° 5.711 se establece la obligatoriedad de la medicion V difusion de los niveles de contaminacion ambiental existentes en el microcentro, como asi tambien en cualquier otra Zona de Mendoza en la que el Poder Ejecutivo considere toxicos 0 peligrosos los niveles de concentracion 0 emanacion (art. 1), cuvos datos seran aprobados por el Ministerio de Medio Ambiente, Urbanismo y Vivienda (art. 2) Por Ley N° 6366 0 Lev de Ministerios del 2 de Enero de 1996, se crea al Ministerio de Ambiente y Obras Publicas, estableciendose como competencias propias encaminadas a alcanzar un desarrollo sustentable V mejoramiento continuo de la calidad de vida de sus habitantes, las de elaborar las politicas destinadas a preservar, proteger V mejorara el ambiente del territorio provincial; promover, coordinar y fomentar el desarrollo de obras y servicios publicos (art. 14°), V en particular, el de ejecutar V controlar el cumplimiento de las normas de impacto ambiental (art. 14° inc. a) Por ultimo, la Ley N° 3766 de Ordenamiento Edilicio, Disposiciones Urban[sticas V Edilicias que establece disposiciones urban[sticas V edilicias de fraccionamientos ubicados a 800 m de parques 0 en costados de caminos (Modificada por Lev N° 5.239); la Ley N° 6.045 sobre Regimen de Areas Naturales Provincial V sus Ambiente Silvestres; la Ley N° 6.034 de Declaracion

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de Interes Provincial, Proteccion, Conservacion, Restauracion y Acrecentamiento Bienes Patrimonio Cultural de Mendoza; la Ley N° 5.917 de adhesion a la ley nacional nO 24.051 sobre Generacion, Manipulacion, Transporte, Tratamiento y Disposicion Final de Residuos Peligrosos; la Ley N° 5.665 Regimen para la Fabricacion y Comercializacion de Productos Agroquimicos; la Ley N° 2.088 de adhesion a la ley nacional nO 13.273 sobre Defensa y Acrecentamiento de la Riqueza Forestal; la Ley N° 4.609 de Proteccion de la Flora de la Provincia; la Ley N° 5.100 de adhesion a la ley nacional nO 20.284 sobre Preservacion de los Recurso del Aire; la Ley N° 4.602 de adhesion a la ley nacional nO 22.421 sobre Proteccion, Conservacion, Propagacion, Repoblacion y Aprovechamiento Racional de la Fauna silvestre; la Ley N° 5.330 sobre Prospeccion, Exploracion, Cateo y Extraccion Yacimientos y Minerales Nucleares; la Ley N° 6.207 sobre Prohibicion de Construccion de Repositarios, Depositos, Almacenamientos de Desechos y Basura Nuclear en Territorio Provincial; el Decreto Ley N° 4.597/81 de adhesion a la ley nacional nO 22.428 de Fomento de la Conservacion y Recuperacion de la Capacidad Productiva de Suelos; la Resoluci6n N° 778­ DGI-96 Reglamento General para el Control de Contaminacion Hidrica; entre otras normas ambientales, terminan p~r configurar la legislacion ambiental de la provincia de Mendoza.

Nivel Municipal Conforme a la Ordenanza. N° 3396/15508/99 se regia menta el Procedimiento de Evaluacion de Impacto Ambiental, en el marco de 10 estipulado p~r el Titulo V y el punto II del Anexo de la Ley N° 5961, destinado, fundamentalmente, a determinar la factibilidad ambiental y conveniencia de la realizacion de toda proyecto 0 actividad municipal, publico 0 privado, referido tanto al desarrollo urbanistico, comercial, industrial 0 energetico sujeto a dicho procedimiento, como asi tambien el monitoreo, control y mitigacion de aquellos que se lIeven a la practica, para la que deberan contar con la Declaracion de Impacto Ambiental (DIA), que sera otorgada p~r la Autoridad de Aplicacion, esto es, la Direccion de Gestion Ambiental y Desarrollo, quien se halla facultada, ademas, para disponer la paralizacion, demolicion 0 destruccion de las obras 0 actividades realizadas sin la obtencion del DIA (art. 1/7). En lineas generales, el procedimiento se inicia a instancia de los interesados en cierta actividad 0 proyecto mediante la presentacion de la Solicitud de Categorizacion del Proyecto (art. 8/9), la que podra ser de Gran, Medio 0 Bajo impacto segun criterio de la autoridad de aplicacion (art.10), requiriendose en los dos primeros casos la presentacion de la Manifestacion General de Impacto Ambiental (art. 11), pudiendo requerir a terceros la elaboracion del Dictamen Tecnico pertinente (art. 14), y tambien, si el caso 10 amerita, solicitar la Manifestacion Especifica de Impacto Ambiental (art. 15), siendo obligatorio la realizacion de la Audiencia Publica (art. 17). En el tercer tipo de categorizacion se exige la presentacion de un Informe Ambiental (art. 19). En todos los casos, la obtencion del DIA supone la viabilidad ambiental del proyecto, el que sera explicitado mediante Resolucion pertinente (art. 21/22). En cuanto a las obras,

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instalaciones 0 actividades existentes, sea en operacion 0 en etapa de construccion, deberan presentar un Informe de Partida de Situacion Ambiental, si a juicio de la autoridad de aplicacion pudieran ocasionar riegos significativos en el ambiente en general, a fin de identificar y corregir posibles impactos reales 0 potenciales que no fueran contemplados durante la elaboracion y evaluacion del proyecto (art. 24/25). De no se factible tales correcciones, la autoridad de aplicacion podra disponer la paralizacion de tales actividades, la ciausura del establecimiento, 0 la demolicion y destruccion de las obras causantes del impacto ambiental (Art. 25 y 29). En cuanto a las actividades objeto de la EIAM, estan comprendidas las previstas en el punto II, inciso 2 del Anexo de la Ley N° 5961, y las enunciadas en el Anexo nO 1 de la presente Ordenanza, enunciacion que no constituye "numerus clausus" (art. 4 y Anexo

n° 1)

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4. Estructura Organizacional Organigrama de la Unidad Ejecutora PTUBA

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4.1. Recursos Humanos de la Organizaci6n del PTUMA Para lIevar a cabo estas actividades la UEPTUMA cuenta con un equipo conformado por 18 profesionales, liderados por el Coordinador General de la Unidad Ejecutora. EI equipo de profesionales se encuentra conformado en general p~r arquitectos e ingenieros que se encargan del analisis integral de los proyectos que conforman el PTUBA, el apoyo para el diseiio (en algunos casos) y el desarrollo de los proyectos, control de los procesos de construcci6n, desarrollo (en algunos casos) y revisi6n de los procedimientos de Evaluaci6n de Impacto Ambiental y Consulta Publica, la preparaci6n de los pliegos de licitaci6n y evaluaci6n de las ofertas, y de mas tareas necesarias para lIevar a cabo la ejecuci6n de los proyectos. Asimismo cuenta con profesionales especificamente dedicados a los aspectos legales, econ6mico administrativos, sociales y ambientales de los proyectos y personal temporario a traves de sistemas de pasantias. EI profesional en temas ambientales y sociales es el encargado de guiar la aplicaci6n de los instrumentos que se presentan en este Manual, controlando y haciendo el seguimiento de las acciones lIevadas a cabo por tercer os y de todas aquellas gestiones vinculadas a los aspectos ambientales y sociales que implican los proyectos. 4.2. Estructura organizacional para el Cicio de

Pr()~ecto

Actividades basica~para el desarrollo de los proyectos: A continuaci6n se presenta un esquema de las actividades basicas generales que deben desarrollarse para la ejecuci6n de los proyectos que son de aplicaci6n del presente MMAyS.

FASE PRELIMINAR

Deflnlci6n conceptual del

Definici6n conceptual del proyecto

Evaluacion del proyecto, su factibilidad y eficiencia

Guia para la Definici6n Conceptual del Proyecto

Proyecto

Screening Preliminar.

en la planificacion

Guia de Screening

regional. Evaluar alternativas. Brindar insumos para el concepto operacional y anteproyecto preliminar Informar sobre las caracteristicas del proyecto.

preliminar. Guia de informaci6n y consulta publica (reuniones y talleres, pagina web, correo electr6nico, boletin informativ~, etc.).

Evaluar impactos positivos y negativos especificos en las diferentes eta pas del proyecto. Determinar necesidad de estudios adicionales.

Guia de Evaluaci6n Expeditiva. Esquema de TDR para estudios adicionales.

. Procedimientos de informacion y consulta publica.

Anteproyecto prelimlnar

Evaluaci6n Expeditiva

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/,~",,4;

o Presentacion del Plan de Reasentamiento Abreviado

o mcorporaclon medidas de manejo ambiental y social a los pliegos de licitacion para la construccion y la supervisi6n de obras

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o Necesidad de estudios adicionales (EsIAyS)

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BANCO MUNOIAL

o Implementacion del Plan de Reasentamiento Abreviado o Presentaci6n del Plan Especifico de Manejo

Ambiental y Social (PEMAyS) o Presentacion del Programa de Manejo del Paisaje

(PMP) o Presentacion del Programa de Manejo de Transito

Serializacion (PMTyS)

------I

y ...tI­...........

o Presentacion del Programa de Manejo del

Patrimonio Historico Cultural y Hallazgos Arqueol6gicos (PMPHCyH) o Presentaci6n del Programa de Manejo de las

Actividades Constructivas (PMAC) o Presentaci6n del Programa de Manejo de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental (PMHMLySA) o Presentaci6n del Programa de Informacion

Comunicacion en la Etapa de Obra o Taller de informacion a la comunidad o Gestion y coordinaci6n con empresa ferroviaria o Gestion y coordinaci6n con otras entidades

o Instalacion de obrador o Talleres de capacitacion ambiental y social

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"""~------.--.---~

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BANCO MUNDIAL

o Implementacion del Plan Especifico de Manejo Ambiental y Social (PEMAyS) o Implementaclon del Programa de Manejo del PaiSaje (PMP) o Implementacion del Programa de Manejo de Transito y Sefializacion (PMTyS) o Implementacion del Programa de Manejo del

Patrimonio Historico Cultural y Hallazgos Arqueologico,? IDMt: o Implementacion del Programa de Manejo de las

Actividades Constructivas (PMAC) o Implementacion del Programa de Manejo de Higiene, Medicina Laboral y Seguridad Ambiental (PMHMLySA) o Implementacion del Programa de Informacion y Comunicacion en la Etapa de Obra (PICEO)

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7. BiblioQ~afia Para este manual se us6 como base el Manual de Manejo Ambiental y Social preparado para el Proyecto de Transporte Urbano de Buenos Aires (PTUBA) por Brunstein, Fernando; Pedersen, Lilian; Rodriguez, Francisco. Las referencias utilizadas son las siguientes: Brunstein, Fernando, Pedersen, Lilian, Rodriguez, Francisco. Manual de Manejo Ambiental y social. Programa de Transporte Urbano de Buenos Aires (PTUBA) ­ 4163-AR. 2007 Constituci6n de la Republica Argentina Constituci6n de la Provincia de Mendoza

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MODULO A - SISTEMA DE EVALUACION AMBIENTAL YSOCIAL Descrip~~~,1!

EI Sistema de Evaluacion Ambiental y Social se incorpora al Manual de Manejo Ambiental y Social de los proyectos desarrollados en el marco del PTUMA, para garantizar que los impactos que genera cada uno de dichos proyectos sean identificados, ponderados y evaluados convenientemente, a los efectos de establecer una adecuada gestion ambiental y social de los mismos. La evaluacion ambiental y social debe ser entendida como un proceso, y no como la mera aplicacion de instrumentos, p~r ello debe incorporar a todos los actores involucrados en el desarrollo de los mismos y desde las etapas mas tempranas de su formulacion. Ello aporta a la prosecucion de los proyectos innumerables beneficios, evitando que se presenten obstaculos en las etapas mas avanzadas, minimizando los problemas devenidos p~r reclamos de la comunidad involucrada y optimizando la accion y la inversion del Estado en el desarrollo sustentable de las actividades economicas y la mejor conformacion del territorio. Los proyectos PTUMA tienen como objetivo mejorar la sustentabilidad del transporte y reducir la emision de gases de efecto invernadero. Por 10 tanto, los proyectos estan orientados a reducir el transito vehicular privado y mejorar y promover el trans porte publico as! como otros medios de trans porte alternativos y sustentables como el uso de bicicletas 0 la movilidad a pie. Por otra parte, es menester coordinar las acciones del Estado en los proyectos de infraestructura, para evitar superposiciones de las acciones de los diferentes organismos que desarrollan proyectos de infraestructura, evitando inversiones contrapuestas que malgasten los recursos de la comunidad y se traduzcan en una gestion ineficaz de los mismos. Asimismo, es necesario que se identifiquen y evaluen convenientemente las necesidades, percepciones e intereses de la comunidad afectada directa e indirectamente p~r el proyecto. Los procesos de informacion y consulta a la comunidad aportan a optimizar los beneficios del proyecto, minimizar los efectos negativos indeseables y encontrar soluciones en el diseno de los proyectos que resultan en una mejor gestion. Para atender 10 antedicho, el Sistema de Evaluacion Ambiental y Social incorpora los siguientes instrumentos:

Definicion conceptual del Proyecto: La Municipalidad de Mendoza debe presentar una definicion conceptual del Proyecto que incluya alternativas de solucion. Junto con esta, debe informar p~r escrito que no existe superposicion del proyecto presentado, con otras propuestos p~r otros organismos segun corresponda. La UEPTUMA pondra en conocimiento del proyecto a los organismos encargados de la planificacion de transporte regional segun corresponda. Tambien debe darse intervencion a los posibles concesionarios involucrados.

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Relevamiento Institucional Local: se trata de identificar la capacidad de la Municipalidad de Mendoza para afrontar la evaluacion y gestion ambiental y social del proyecto propuesto. Para ello se cuenta con la guia de Relevamiento de Capacidad Institucional del Municipio. La UEPTUMA, a traVElS de los profesionales ambientales y sociales que conforman su planta, debe efectuar este relevamiento en forma expeditiva enviando a la Municipalidad de Mendoza el formulario correspondiente. De no contar la misma con areas destinadas a abordar las dimensiones ambientales y sociales, la UEPTUMA debe solicitar al mismo la designacion de personal para recibir capacitacion en tal sentido. Dicho personal debe pertenecer a un area diferente a la promotora del Proyecto. Screening Preliminar. consiste en la evaluacion ambiental y social preliminar, basada en el levantamiento y recopilacion de informacion basica que permita detectar los principales impactos negativos y positiv~s derivados de las diferentes alternativas de proyecto. Identifica, entre otros, necesidad de desplazamiento de poblacion residente 0 comercios tanto form ales como informales, necesidad de extraccion de forestacion existente, principales flujos de trans ito automotor publico y privado, afectaciones a frentistas, riesgos de inundacion, ruptura del espacio urbano, afectacion a valores 0 sitios de importancia patrimonial y de equipamientos urbanos (educativos, de salud, sociales y culturales), etc. Para el desarrollo de esta actividad se cuenta con la Ficha de Screening Preliminar. Prioritariamente, esta actividad debe ser lIevada a cabo por las areas de la Municipalidad de Mendoza distintas a aquellas encargadas del Proyecto. De no contar con las capacidades institucionales para hacerlo, los profesionales responsables de la dimension ambiental y social de UEPTUMA deben abordar las actividades de Screening Preliminar en conjunto con personal designado por el municipio, de modo que funcione como una forma de fortalecimiento institucional local. Ello se orienta en alguna medida a fomentar la incorporacion de la dimension ambiental y social para la mejor gestion local. De contar con las capacidades institucionales para hacerlo, el Screening Preliminar debe ser revisado y aprobado por el personal de UEPTUMA En caso de haberse identificado la necesidad de desplazamientos de poblacion, el Screening Preliminar debera identificar ademas, las areas de la administracion municipal que tienen responsabilidad en los procesos de expropiacion, asi como los procedimientos que se aplican a tales fines. Evaluaci6n Expeditiva: el objetivo de esta etapa es evaluar impactos ambientales y sociales positiv~s y negativos especfficos del proyecto seleccionado en la etapa anterior y para las diferentes eta pas de la obra, identificando, en caso que se requiera, la necesidad de formulacion de estudios adicionales. Para ello se cuenta con la Gufa de Evaluacion Expeditiva. Esta actividad debe ser lIevada a cabo preferentemente por areas de la Municipalidad de Mendoza distintas a aquellas encargadas de la planificacion de las obras del Proyecto, con ingerencia en el desarrollo social y el ambiente. La Evaluacion Expeditiva debe ser revisada y aprobada por el personal responsable de las dimensiones ambiental y social de UEPETUBA De no contar el municipio con las capacidades institucionales para ello, los responsables ambientalistas y sociales del PTUMA deben abordar las actividades de la Evaluacion Expeditiva en conjunto con personal del

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municipio designado a tal fin, igualmente de areas diferentes a las encargadas de la planificacion del Proyecto. Procedimientos de Informacion y Gonsulta Publica: Esencialmente se pretende: i) asimilar los niveles de informacion de los miembros de la comunidad con los de los tecnicos y funcionarios involucrados con el Proyecto respecto de las caracteristicas esenciales del mismo (naturalmente exceptuando los detalles tecnicos de realizacion) y las entidades responsables; Ii) identificar impactos ambientales y sociales positiv~s y negativos percibidos p~r las comunidades; iii) validar los impactos de los tipos citados, identificados p~r el equipo tecnico; IV) establecer canales bilaterales y permanentes de comunicacion comunidad - responsables del proyecto. Para ello se cuenta con la Guia de Informacion y Consulta Publica (puntos de informacion en el frente de obra, rd. en puntos satelites, comisiones de vecinos, reuniones y talleres, pagina web, correo electronico, boletfn informativ~, etc.). Como parte del proceso de informacion y consulta publica debe ponerse a disposicion, previo a la realizacion de los talleres, los documentos del Screening Preliminar (para los encuentros al principio de la planificacion) y de la Evaluacion Expeditiva (para los encuentros cuando la planificacion ya esta avanzada), en ambos casos para ser consultados en sitios de facil acceso para la comunidad en su conjunto y en especial para del area de implantacion del proyecto, como son el frente de obra y los puntos satelites. (Ver Modulo B - Sistema de Gestion Social) Necesidad de Estudios Adicionales: en aquellos casos en que de la Evaluacion Expeditiva y el Proceso de Informacion y Consulta Publica surja la necesidad de estudios adicionales, debera efectuarse un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA). Para ello se presentan mas adelante Terminos de Referencia para la elaboracion de los mismos. ~

1. Guia de Relevamiento

de~!p~l:idades

Institucionales

1.1. Descripcion

Las actividades que desarrollan los municipios vinculadas a su ordenamiento territorial, como los proyectos que son objeto del presente MMAyS, pueden producir impactos no buscados que podrian afectar negativamente a vecinos 0 al ambiente, y que es menester evitar, mitigar 0 compensar. Para abordar una adecuada gestion ambiental y social de los proyectos, se presentan en este MMAyS una bateria de procedimientos, instrumentos y dispositivos orientados a evaluar y gestionar ambiental y social mente en forma adecuada el tipo de intervenciones como las citadas que se desarrollan en el marco del PTUMA. Para ello es necesario identificar las capacidades de las que dispone la Municipalidad de Mendoza para afrontar la evaluacion y gestion arnbiental y social de los proyectos. Generalmente, las administraciones locales cuentan con un area especifica relacionada a obras y servicios publicos. Normalmente, estas son las promotoras de los proyectos de infraestructura objeto del presente Manual, y disponen, en mayor 0 menor medida, de las capacidades necesarias para afr!?ntar dichos proyectos. Sin embargo, no

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siempre existen en las administraciones locales, areas destinadas a abordar la dimension ambiental 0 social de los proyectos. En el caso de la municipalidad de Mendoza, la parte social de los proyectos es evaluada por la direccion general de desarrollo territorial y economia social que se cuyo objetivo principal es el desarrollo economico local para la municipalidad de Cordoba, en particular para los sectores vulnerables. Para IIevar a cabo la gestion ambiental y social de las obras se requieren profesionales con experiencia en evaluacion y gestion ambiental y social de proyectos, por 10 que de ser necesario, se deberan implementar algunas de las opciones que se indican a continuacion del siguiente formulario guia. Para identificar si las administraciones locales cuentan con este tipo de profesionales y con las capacidades institucionales requeridas, se presenta, entonces, la siguiente guia. 1.2. Formulario de Relevamiento de las Capacidades Institucionales

Nombre

Nombre

Cargo AntigOedad cargo AntigOedad Municipio

en

el

en

el

en

el

en

el

Personal permanente (Indlcar sl pertenece a planta estable) Personal contratado " ',<

~,~

,

Nota: Repetir el cuadro tanlas veces como personas se

l.Dispone de procedimlentos de Evaluaci6n de Impacto Ambiental? (en caso afirmativo incluir detalles) l.Dispone de Procedimientos de Informaci6n y Consulta Publica, por ejemplo Audiencia , Publica? (en caso afirmativo incluir detalles)

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Indicar algun otro procedimiento de Interes /,Dispone de un area dedicada a los aspectos ambientales? (en caso afirmativo incluir detalles) /,Dispone de un area dedlcada a los aspectos sociales? (en caso afirmativo incluir detalles) /,Dlspone de un area dedicada a resolver los problemas de expropiaci6n? (en caso afirmativo ,. incluir detalles

Nombre:

(por ejemplo: Obras Publicas)

/,Dispone de procedimientos de evaluaci6n ambiental de proyectos de obras publicas? (en caso afirmativo incluir detalles) /,Dlspone de procedimientos especificos de . participaci6n publica en este tipo de :: proyectos? (en caso afirmativo incluir detalles) /,Dispone de areas 0 profesionales con , experiencla en temas ambientales y sociales? (en caso afirmativo incluir detalles) /, Tiene experlencia en desarrollo de proyectos '., en coordlnaci6n con areas ambientales y . sociales del municipio? (en caso afirmativo incluir detalles)

/,C6mo actua en caso de requerir asistencia

para aspectos sociales y ambientales? (incluir

detalles)

/,C6mo actua en relaci6n con reclamos

durante los procesos de obra? (incluir detalles)

Indicar otros procedimientos de interes

Indicar otros datos de Interes u observaciones

Nombre:

(por ejemplo: Ambiente y Desarrollo Sustentable)

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Misiones y Funciones Marco legal del area (5i es autoridad de aplicaci6n de normatlva existente a nivel . provincial 0 municipal) Ubicaci6n en la estructura del Municipio (indicar el rango y la dependencia) Ublcacl6n flsica (detal1ar) Datos de contacto: telefono, fax, correo electr6nico Recursos humanos

Recursos flslcos

Cantidad

Localizaci6n fislca

51 son profesionales indicar la profesi6n

Facilidades de Oficlna

Indicar sl dlsponen de

facilidades de oficina

(escritorios,

computadoras,

telefono, fax, Internet,

correo electr6nico, etc.)

y las caracteristicas de

cada uno.

Cargo que desempenan Misl6n que desempenan AntigOedad en el Municipio

Indicar sl disponen de

vehicul08 de

transporte de la

repartlci6n

. AntigOedad en la repartlci6n (citar proyectos realizad08)

Observaciones

Nombre: (por ejemplo: Desarrollo Social) Misiones y Funclones Marco legal del area (sl es autoridad de aplicacl6n de normativa ex/stente a nivel provincial o municipal) Ublcacl6n en la estructura del Municipio

(indicar el rango y la dependencia)

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Ubicaci6n fisica (detallar) Datos de contacto: telilfono, fax, correo electr6nico

Recursos ffsicos

Localizaci6n fislca SI son profesionales Indicar la profesi6n Cargo que desempenan Misi6n que desempenan Antiguedad en el Municipio Antiguedad en la repartici6n (citar proyectos realizados)

Facilidades de Oficina Indicar sl dlsponen de facilidades de oficina (escritorios, computadoras, tehMono, fax, Intemet, correo electr6nico, etc.) y las caracterlsticas de cada uno.

Indicar si disponen de vehiculos de transporte de la repartici6n

Observaciones

1.3. Requisitos del personal existente en la administraci6n local Para 'el area ambienta/: tener formacion en alguna profesion afin, con experiencia minima de tres (3) alios en evaluacion y gestion ambiental de proyectos, 0 ser licenciado 0 ingeniero ambiental con cinco (5) alios de experiencia. Para el area social: tener formacion en ciencias sociales con experiencia minima de tres (3) alios en evaluacion y gestion social de proyectos, 0 ser sociologo, antropologo 0 especialista en trabajo social con cinco (5) alios de experiencia. Por la importancia que se asigna a los procesos de informacion y comunicacion publica en el presente MMAyS es conveniente tambien que tenga experiencia en trabajo con organizaciones y comunidades

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1.4; Requi~i!,?s p~~~~,:!uev~p!~~~l1al En caso de tener que contratar personal que no revista actualmente en el Municipio, debera hacerse segun los terminos de las Ordenanza correspondientes. EI personal contratado debe ser capacitado por el personal ambiental y social de la UEPTUMA en 10 referido a los requerimientos del presente MMAyS.

2. Pautas para la Evaluaci6n Ambiental y Social de los Pr()y~ctos

Las soluciones de transporte presentadas por la Municipalidad de Mendoza al PTUMA pueden implicar diferentes niveles de riesgo ambiental y social en funci6n de las caracteristicas propias del Proyecto y las particularidades 0 la sensibilidad ambiental y social del area en que se habran de implementar. En consecuencia, resulta necesario categorizar los proyectos en funci6n del riesgo socioambiental que representan, identificar el tipo de estudios que en cada caso corresponde desarrollar y formular las medidas de prevenci6n, mitigaci6n 0 compensaci6n mas adecuadas segun la experiencia acumulada. En el marco de la UEPTUMA el analisis de la interacci6n de las acciones constructivas y el contexto, se inicia en una etapa temprana del cicio de Proyecto y se organiza en torno ados instrumentos: el Screening Preliminar y la Evaluaci6n Expeditiva.

2.1. Screening Preliminar Comprende el levantamiento, la recopilaci6n e interpretaci6n de informaci6n socioambiental basica para identificar los principales impactos positiv~s y negativos en base a los conceptos alternativos de proyecto. Los objetivos del screening son: evaluar las alternativas de concepto de proyecto, y, aportar informaci6n relevante en anteproyecto detallado de la obra.

la etapa de preparaci6n del

En la ficha de Screening Preliminar se sistematiza la informaci6n disponible sobre los conceptos alternativos de proyecto, se describen las condiciones ffsicas del sitio de implantaci6n, las dimensiones socio ambientales y los impactos que puede desencadenar el mismo. Las dimensiones sobrelas cuales se recopila y ordena la informaci6n, son la necesidad de desplazar poblaci6n residente, comercios, industrias u otras actividades,' la afectaci6n a frentistas, afectaci6n de espacios publicos, perdida de forestaci6n, alteraci6n de la calidad del aire y niveles sonoros, ruptura del espacio urbano, afectaci6n de sitios con importancia cultural y/o patrimonial, entre otras.

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La caracterizaci6n del area en que se produciran los impactos sociales y ambientales del Proyecto se realiza a partir del reconocimiento en terreno y de informaci6n secunda ria. Durante el recorrido por el area, los especialistas ambiental y social lIevaran a cabo una observaci6n no participante, documentaran a traves de fotografias los aspectos significativos y prepararan croquis 0 mapas del area en los que se identifiquen las situaciones problematicas (zonas con forestaci6n que es preciso remover, ubicaci6n de puestos de venta informal que es necesario reasentar, entre otras) y los lugares donde son esperables conflictos potenciales. Como producto de estas actividades se formularan las sugerencias para el diseno y desarrollo del anteproyecto detallado. Para la realizaci6n de esta actividad se cuenta con la ficha de Screening Preliminar. 2.2. Evaluaci6n Expeditiva Los objetivos de la Evaluaci6n Expeditiva son: evaluar los impactos positivos y negativos especfficos del proyecto seleccionado a partir del Screening Pre/iminar, e, identificar la necesidad de formular estudios adicionales. La Evaluaci6n Expeditiva comprende las sjguientes actividades: ... la caracterizaci6n del Proyecto (escala y tipo de proyecto, demandas sobre el medio en las fases de construcci6n y operacion), ... la descripcion del contexto natural y social (destacando los elementos del medioambiente con valor), y, ... la identificaci6n de los potenciales impactos del proyecto (tipo, magnitud y momento en el que se produciran) y de las posibles medidas de mitigacion. La descripci6n del area afectada desde los puntos de vista ambiental y social por el proyecto se realiza -de manera detallada-- para un area de impactos directos, inmediata al sitio de la inversi6n fisica y para otra de impactos indirectos -con menor nivel de detalle--, mediante la busqueda y analisis de la informacion secundaria existente (censos, estudios, etc.), la observaci6n directa del area (observaci6n no participante), el registro fotografico de los puntos y actividades de interes, teniendo en cuenta los potenciales impactos del proyecto y la preparacion de mapas/croquis del area con la identificacion de situaciones problematicas y de conflictos potenciales. 2.3. Criterios generales para realizar el Screening Preliminar y la Evaluaci6n Expeditiva ."'"

Tanto el Screening Preliminar como la Evaluaci6n Expeditiva seran realizados, en forma conjunta, por el personal designado por la Municipalidad de Mendoza como responsables de las dimensiones ambiental y social del Proyecto, 0 bien, si este ultimo no cuenta con capacidad MMAyS - Municipalidad de Mendoza

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institucional para eilo, por los especialistas ambiental y social de la UEPTUMA (MMAyS). La participacion de especialistas de ambos campos de conocimiento permitira una comprension mas profunda y completa de los impactos esperables. Es conveniente que en el recorrido del area, los especialistas social y ambiental esten acompariados p~r uno de los ingenieros/arquitectos que diseriaron la obra. Cuando esto no fuera posible se deberan analizar los resultados de la observacion con ellos para asi clarificar los impactos que causaran las obras. Mas alia de la participacion en el reconocimiento, de uno de los integrantes del area del municipio que promueve el proyecto, la responsabilidad de ambas actividades -Screening Preliminar y Evaluacion Expeditiva. recae exclusivamente en los especialistas social y ambiental del municipio 0 de la UEPTUMA. Una vez concluida la visita al area, ambos especialistas deben disponer de un tiempo para la discusion y sistematizacion de las observaciones realizadas En el informe que resulta de cada una de estas actividades deben asentarse todas las cuestiones que consideren relevantes los dos evaluadores. Se/ecci6n del momenta para el reconocimiento de campo

EI tipo de actividades que ocurren en el sitio de las inversiones fisicas, su complejidad y densidad dependen de los momentos del dia (horas pico, horario de funcionamiento de las entidades bancarias, entrada y salida de las instituciones educativas, actividades diurnas y nocturnas, por ejemplo), del dia de la semana (dias laborables y fines de semana) y ciclos mayores (celebraciones y rituales que se realizan con determinada periodicidad). Estos "tiempos sociales" cambian la fisonomia de las areas afectadas social y ambientalmente por el proyecto y por consiguiente deben ser analizados antes de la realizacion del Screening Preliminar y de la Evaluacion Expeditiva para definir el momento apropiado para la observacion. Es conveniente que el recorrido p~r el area afectada se real ice cuando se observa mayor numero de actividades, mayor movimiento y utilizaci6n de los espacios publicos. En esos momentos del dia y la semana se registran los niveles mas complejos de actividad sociocultural y economica y, por 10 tanto, permiten identificar exhaustivamente los impactos y conflictos potenciales que desencadenara el Proyecto. En los casos en que en el area se observan acontecimientos puntuales pero periodicos (por ejemplo ferias de fin de semana) es conveniente que para el Screening Preliminar y la Evaluacion Expeditiva se incluya un recorrido por el area en ese momento. Criteriosp~r~definir el Area de Impacto Ambiental y Social de los proyectos

Es necesario diferenciar entre Area de Influencia del proyecto, respecto de las Areas de Impacto Ambiental y Social del mismo. EI Area

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59

de Influencia se refiere al territorio amplio en el que sus residentes se preve serim beneficiados por el mismo, tal como habra sido definido, de manera explfcita 0 implicita, en el desarrollo conceptual del mismo. Es el territorio de los impactos buscados. Las Areas de Impacto Ambiental y Social del Proyecto, estan incluidas dentro del Area de Influencia, pero suelen ser mas reducidas y son afectadas por los impactos -positiv~s 0 negativos- no buscados en el Desarrollo Conceptual del Proyecto. En el caso del proyecto de ampliacion de la red de Ciclovias para la Ciudad de Mendoza, el Area de Influencia tiene una amplitud regional, ya que normalmente son aprovechadas tam bien por personas cuyo origen y/o destin~ se encuentra a varios kilometros de distancia del sitio de localizacion del proyecto. Contrariamente, las Areas de Impacto Ambiental y Social, normal mente involucran un entorno de algunas pocas manzanas del sitio de localizacion citado. A su vez las Areas de Impacto Ambiental y Social pueden ser categorizadas en aquellas de Impacto Directo, normal mente adyacentes al Proyecto, con efectos importantes y muy evidentes durante los procesos de obra y la operacion. En cambio, las Areas de Impacto Ambiental y Social Indirecto, sufren efectos generalmente menos evidentes, y menores durante las obras que durante la operacion, y muchas veces con efecto retardado (cambios en precios de los inmuebles, cambio de usos, procesos migratorios, cambios en la calidad de los espacios, etc.). Dado que el objetivo de este MMAyS esta orientado a los impactos ambientales y sociales, no se tomara en cuenta, mas que en 10 que hace a los objetivos y justificacion del Proyecto, el Area de Influencia, poniendo todo el enfasis sobre las Areas de Impacto Ambiental y Social del Proyecto. a. Se considera Area de Impacto Ambiental y Social Directo del Proyecto, a la que involucra a todos los predios frentistas a la localizacion del mismo, del obrador, y de los corredores de transito, tanto entre el sitio del Proyecto y el sitio del obrador, como los resultantes de los desvios necesarios para el proceso constructivo. b. Se considera Area de Impacto Ambiental y Social Indirecto del Proyecto, a todos los predios situados en un entorno aproximado (a ser ajustado en cada caso) de 100 m. a 200 m. de la localizacion del mismo. La identificacion del Area de Impacto Ambiental y Social Indirecto se ajustara teniendo en cuenta los siguientes criterios: Ubicacion de los barrios afectados proyecto;

p~r

el desarrollo del

Definicion a traves de informacion secundaria (Censo Nacional de Poblacion 2001, relevamientos y/o estadisticas municipales, etc.) de las caracteristicas socioeconomicas y culturales de la

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

60

poblacion ubicada en el area, teniendo en cuenta como criterios el estrato socio-economico, franja eta rea , ocupacion y actividad economica de ta poblacion; Identificacion de las organizaciones de representacion ciudadana como Sociedades de Fomento, Clubes Barriales, Organizaciones Profesionales, Organizaciones de Comerciantes y/o Industriales y de ONGs que trabajan sobre problemas ambientales y sociales e; Identificacion de los aspectos socioculturales y ambientales sensibles a afectar con el desarrollo del proyecto y las acciones de mitigacion y potenciacion. Adicionalmente, el municIpIo establecera contacto con los representantes de estas organizaciones para ampliar y fortalecer las actividades de informacion y convocatoria para las acciones de participacion en los procesos decisorios.

3. Guiapara el Scr!~~"i"r:!~ Preliminar SCREENING PRELIMINAR TiTULO DEL PROYECTO. NOMBRE:

LOCALIDAD:

MUNICIPIO:

Modo de transporte:

Fecha del screening:

Responsables del screening:

Direcciones de contacto:

Descripcion breve del Concepto 0 Anteproyecto Preliminar

Objetivos

Observaciones al Concepto 0 Anteproyecto Preliminar

MMAyS

Municipalidad de Mendoza

61

NOTA: repetir esta tabla tantas veces como desarroilos conceptuales de proyecto altemativos se d'Isponga

EI Area de implantacion en el ejido de la Ciudad de Mendoza.

0

AGREGAR FOTO SATELITAL CIUDAD DE MENDOZA Localizaci6n del proyecto

Ubicacion del Proyecto en el Microentorno

Descripcion

Subregi6n dentro del municipio.

Descripcion Microentorno

del

(plano con identificaci6n de calles)

(imagen satelital) AGREGAR FOTO SATELITAL MENDOZA

Observaciones sobre la solucion propuesta Identificaci6n de los tramos de ciclovias existentes: Utilizaci6n de los tramos de ciclovias existentes: Senalizaci6n V mobiliario urbano existente: Frecuencia de uso de los tramos existentes Lineas de deseo no servidas Qor otros medios de transl20rte

Observaciones sobre las condiciones fisicas del sitio de implantacion Ancho de calzada en localizaci6n nuevo troncal: Ancho de vereda en localizaci6n nuevo troncal: Canerias I ductos (localizaci6n, diametro, til2o): Longitud de la cuadras adyacentes: Diseno de la trama amanzanada: Existencia de zonas inundables:

• Esto esta a modo de ejemplo, debera adaptarse de acuerdo a la obra en cuesti6n para que los tecnicos puedan realizar sus observaciones pertinentes.

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

62

Viabilidad ambiental y social del concepto de Proyecto I Anteproyecto Preliminar e insumos para el disefio

Afectaci6n de actividades de venta ambulante y comercio local oermanente v oeri6dico.

Observaciones:

MMAyS - Municipalidad de Cordoba

63

Afectaci6n de instituciones vulnerables al incremento de los ruidos en el areat Afectaci6n de los frentes de viviendas y negocios (incluyendo araies Ruptura de la continuidad del espacio urbano {efecto barrera).'*' Cambios en los precios del suelo en el sitio del proyecto y en su zona de afectacion Afectaci6n de areas con alto valor cultural, arqueologico, hist6rico, 0 deotr()tillo

Afectaci6n~d~e~lu~g~a~re~s~q~ue~h~a~c~en~a-+-------r----------~--------~----~------_4--------------~----------------~----~

la identidad barrial Afecta las interacciones sociales 10 practicas culturales en el sitio

t Hospitales, geriatricos, instituciones educativas, equipamientos culturales

:t: Instituciones que concentran/atraen ala poblaci6n del area opuesta de las vias ferreas y del nuevo paso vial (Bomberos, policfa y servicios de urgencias medicas)

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

64

ANEXO I. Diagnostico visual del iuea de ejecucion del Proyecto

Localizacion (brevisima referencia)

Observaciones

Fotografia No.

2

3 4

5 6 7 8 9 10 11 12

13 14

15 16 17

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

65

4. Guia~para la E"aluacion Expeditiva

PROYECTO DE TRANSPORTE PARA AREAS

METROPOLITANAS DE LA ARGENTINA (PTUMA)

Documento de Evaluaci6n Ambiental y Social

Proyecto

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

66

CARACTERIZACION AMBIENTAL Y SOCIAL DE LA ZONA DE AFECTACION

Proyecto:

Descripcion tecnica sintetica del Proyecto y sus componentes

Localidad, Municipiol Departamento y Provincia:

Plano de Ubicacion del Provecto

Fecha de la evaluacion expeditiva:

Recorrido de los evaluadores:

Responsables Evaluacion:

Direcciones de contacto de los evaluadores

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

67

I. AREA DE IMPACTOS AMBIENTALES Y SOCIALES DIRECTOS

A. EI ambiente construido 1. DESCRIPCION DEL AMBIENTE PRIVADO Densidad de ocupaci6n poblacional Alta densidad (predominio de edificios de mas de 3 pisos, ausencia de terrenos baldios) Densidad Media (predominio de edificios de hasta tres pisos, escasos baldios)

0 0 0

Baja densidad (ausencia de edificios, numerosos baldios) Estado general de los edificios del area de impactos directos:

Proporci6n a :>roximada de tipos de uso del suelo Comercio

Vivienda %

-

%

-

>'>:> '> (1J

c 0

u

OJ

-

(aprox.)

-

%

""Yivienda:Caracteristicas

,

Sectores altos

%

(aprox.)

Mercado privado formal

u

'E

Otros casos (% aprox. y descripcion)

Baldfos

%

-

(aprox.)

(aprox.)

'0

Industria y Talleres

y Servicios

Sectores medios

Sectores bajos

Planes habitacionales publicos

I

,

"

Mercado informal (villas miseria, asentamientos, etc.)

_% (aprox.)

0

'0 0 en (1J

',::: 0

Cl

Otros

-

%

(aprox.)

-

%

(aprox.)

-

%

(aprox.)

Especificar: _% (aprox.)

_% (aprox.)

OJ

ro

u

In>dustrias y TalleresExclusivos 0 Mixtos: Caracteristicas:'

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

68

Servicios existentes Proporcl6n de cobertura En .'.' En par:te todala .de la ,. zona zona %(aprox.) _% Energia electrica 0 0

0

Agua carriente

0

Rlesgc:l'dedesastOls loealizados

o

Inundacianes Otros (explicitar?

%

0 0 % Frecuencia _ 0 0 Gas par red 1 - - - ' - - - - - - - - - - - - 1 - -___--+-----1 desastres: 0 _% TV par cable 0 _% 0 Recolecci6n residuas 0 0 _% OesagOes pluviales 0 Oesagoes claacales

estimada anual a plurianual de

Otro (explicitar)

0

1--%

Inmuebles parcial 0 totalmentea,fec;Jadospor el Proyec:\o (eventual necesidad de . compensaci6n 0 expropiaci6ri}.i·' Tipo de uso

Vivienda

N° total de afectados

N° con afectac. total

Casos seg(m arado de afectaci6n Con afectaci6n parcial N°

Descripci6n tipos de afectaci6n

0

Camercias y servicias

0

Industrias a talleres Otras Especificar:

0 0 TOTAL

.. procedimlentospara E,xPJ"opiaclones' . .•.•.

'..

En caso de requerir expropiaciones identificar la repartici6n municipal que lIeva a cabo las

mismas, detallando los procedimientos que se siguen.

§

Incluir desastres tecnol6gicos si fuera el caso. MMAyS - MunicipaHdad de Mendoza

69

Mercado inmobiliario Precios del mercado inmobiliario

Suelo baldio

con

1 ambiente

$-

Observaciones:

Caracterizacion socioeconomica: Nivel socioecon6mico de la poblaci6n, situaciones de pobreza y marginalizaci6n observables a 10 largo del trayecto.

Observaciones:

2. DESCRIPCI6N DEL AMBIENTE PUBLICO

Presencia de plazas, paseos, parques, vias peatonalizadas, etc. (describir)

Ancho predominante veredas Sin veredas

Hasta 2 metros Entre 2 y 3 metros Mas de 3 metros Ancho medio de la send a transitable:

Forestacion veredas

o o

o o

Estado fisico predominante de las veredas Bueno 0 Regular 0 Malo 0

Tipo (especies reconocidas):

Edad y estado (arboles predominantes):

Forestacion 0 no de las veredas: predominio Con forestaci6n (minimo 1 arbol c/10m) 0

0

Sin forestaci6n

Observaciones complementarias (estado del cesped donde corresponda, sistemas de enrejados, etc.), describir:

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70

Bancos

Bueno

Cestos para basura

Bueno

Telefonos publicos

Bueno

lIuminaci6n

Bueno

Bebederos

Bueno

Refugios paradas 6mnibus

Bueno

Senaliz. vertical, carteleria.

Bueno

Pasos peatonales a desnivel

Bueno

Garitas de vigilancia

Bueno

Rampas P/discapacitados

Bueno

Juegos infantiles

Bueno

Monumentos y fuentes (especificar):

Bueno

Otros

Bueno

o Regular o Regular o Regular o Regular o Regular o Regular o Regular o Regular o Re ular o Regular o Regular o Regular o Regular

Existencia de redes troncales de infraestructura de servicios Ouctos'sUHf.rraneoi'yJo Agua corriente

. ' / •· . . .'•. t.!,', •........•.

redesa,teai"";:'!:

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Malo

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Malo

0

Malo Malo Malo Malo Malo Malo Malo Malo Malo Malo Malo

.~~;·i·;.".;

••... ;;.•. . •.

0 0 0 0 0 0 0

OesagOes cloacales Alcantarillado pluvial Gas natural Sistemas de Telefonfa m6vil Fibra 6ptica fCable -Internet -telefonia fija Redes de alta tensi6n

.

.

0;

'.

0

",'.",.!;.

Buses (1) Taxis (1) (2) Remises (1) (2) Comb is (1) (2) Otros (1)

Medias detransporteque!ciiculan eriehirea Numero de Lfneas: 0

0 0 0 0

..'i···.i~;

•.'

.~.' .~•

N° unidades estimadas: N° unidades estimadas:

~ades estimadas: Especificar:

.. Aclarar los casos en los que se observan servlclos de trans porte Informal 0 no reglstrado .

(2) En los casos de taxis y remises realizar un conteo durante 15 minutos, en 10 posible en los momentos de mayor movimiento yen el sitio mas transitado por tales tipos de vehiculos.

Existencia de Vias ferreas (describir):

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

71

':.'

Malo Malo

Bueno Pavimento Otro Especificar:

Bueno

0

Bueno

0

Ma

Regular

0

Malo

0

Existencia de zonas anegables (describir):

Ancho predominante de las calzadas:

Jurisdiccion de la via (Municipio, Provincia, Nacion):

Existencia de senalizacion vertical y horizontal (incluyendo semaforos) Si 0 No 0

Existencia de reguladores de velocidad (pian ito, lomo de burro, resonadores, etc.) Si 0 No 0

Calles y cruces de mayor congestion de vehiculos (identificar, en 10 posible, variaci6n a 10 largo del dia y dias de la semana), describir: Veredas y cruces de mayor congestion de peatones (nO de personas aproximadas circulando por cuadra en el momento del relevamiento), describir:

Zonas y puntos de mayor frecuencia de violacion de las normas de trans ito por vehiculos y peatones, describir:

Zonas y puntos de riesgo de accidentes para peatones, ciclistas, carros de traccion a sangre y automotores, describir:

Puntos de mayor contaminacion del aire y sonora (identificar, en 10 posible, variacion a 10 largo del dia y dias de la semana), describir:

Tipo de vehiculos y proporcion (bicicietas, motos, autom6viles, traccion a sangre, camiones, etc.), describir:

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

72

Presencia de asentamientos informales: Indicar la existencia de viviendas en terrenos, veredas y calles a ser afectados por el Proyecto incluyendo una descripci6n sintetica de los mismos {numero, superficie, materiales de construcci6n, rubro 0 actividad en el caso de los negocios, etc.}.

Vendedores ambulantes Puestos de venta Servicios {lavado de autos, lustrabotas, paseadores de perros, reparaciones calzado, etc. Estacionamiento en veredas Carteles y propagandas comerciales. Enjambres de cables aereos Otros

o o

Ninguno 0 uno 0 dos 0 tres y mas 0 Ninguno 0 uno 0 dos 0 tres y mas 0

o

Ninguno

0

uno

0

dos 0 tres y mas 0

Cuales?:

Observaciones: Grado en que las actividades informales obstaculizan el movimiento peatonal y la calidad del espacio com un, describir:

Religiosas Politicas Conmemoraciones y reuniones publicas oficiales Lugares valorados por la memoria social Deportivas Recreativas pasivas Recreativas nocturnas Lugares de juego Artisticas Otras Presencia de construcciones inmuebles 0 sitios de valor hist6rico, social y cultural: Identificaci6n de estructuras 0 lugares con valor hist6rico, arqueol6gico, social 0 cultural para la comunidad local y que deben ser preservados y /0 que presentan gran vulnerabilidad a los posibles cam bios generados por el proyecto.

Observaciones:

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

73

B. La naturaleza modificada 1. ASPECTOS SENSIBLES DE ORIGEN NATURAL

Existencia 0 no de rios, arroyos, canales, lagos, lagunas, etc.:

Observaciones:

o o o

Mediana contaminaci6n Baja contaminaci6n *En base a parametros de calidad tecnica

0

descargas

U

otros criterios a describir.

Existencia de aguas subterraneas subsuperficiales. Profundidad de la capa

freatica.

Observaciones:

Vegetacion. Existencia de bosquecillos de interes Observaciones:

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74

II. AREA DE INDIRECTOS

IMPACTOS

AMBIENTALES

Y

SOCIALES

A. EI ambiente construido 1. DESCRIPCI6N DEL AMBIENTE PRIVADO Densidad de 0~~J.)aci6n poblacional Alta densidad (predominio de edificios de mas de 3 pisos, ausencia de terrenos baldros) Densidad Media (predominio de edificios de hasta tres pisos, escasos baldfos) Baja densidad (predomino de construcciones bajas, ausencia de edificios, numerosos baldios) Estado general de los edificios:

0 0 0

roximada de ti os de us os del suelo

Industria y

Talleres

Comercio

Vivienda

y Servicios

% (aprox.)

% (aprox.)

Otros casos (% aprox. y descripci6n)

Baldlos

% (aprox.)

Observaciones: ,

i~,

,

,i"

,

.

Vivienda: CaracteriSticas Mercado privado formal

C\l

(.)

'E '0

Sectores altos

c: 0

(.)

(\)

Sectores medios

Sectores bajos

"

Mercado informal (villas miseria, asentamientos, etc.)

Planes habitacionales publicos

Otros

I

_% (aprox.)

0

'0 0

II)

C\l

';:: 0

en

.lB C\l

- % (aprox.)

% (aprox.)

% (aprox.)

-

-

Especificar:

_% (aprox,)

_% (aprox.)

U

Mercado inmobiliario Precios del mercado inmobiliario

Suelo baldlo

$

Suelo + construcci6n

$

1 ambiente

$

2

3

ambientes

ambientes

$

3 ambientes

$

Caracterizaci6n socioeconomlca predominante: Nivel socioecon6mico de la

poblaci6n, situaciones de pobreza y marginalizaci6n observables a 10 largo del

trayecto.

Observaciones:

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

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2. DESCRIPCI6N DEL AMBIENTE PUBLICO Existencia de zonas anegables (describir)

Presencia de asentamientos informales: Indicar la existencia de viviendas en terrenos, veredas y calles a ser afectados por el Proyecto incluyendo una descripci6n sintetica de los mismos (numero, superficie, materiales de construcci6n, rubro 0 actividad en el caso de los negocios, etc.).

Observaciones: En aquellos casos en los que el equipo de evaluadores considere importante el analisis de dimensiones 0 componentes del ecosistema con valor que no hayan sido planteados en el formulario, se recomienda se los incluya y describa a continuaci6n.

Responsable de la Evaluaci6n (aclarar si es funcionario municipal 0 representante de la UEPTUMA)

Responsable de la Revisi6n (aclarar si es funcionario municipal 0 representante de la UEPTUMA)

Firma:

Firma:

Aclaraci6n:

Aclaraci6n:

Fecha:

Fecha:

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

76

ANEXO I. Diagnostico visual del area de ejecucion del Proyecto Anexo1.· Diagn6s~ico visuald~1

jWfa de ej~cuci6t1del Ptoyect~....

..• i

Durante el recorrido de campo se deben identificar los puntos mas significativos en relaci6n a los aspectos del ambiente construido, la naturaleza modificada y las practicas econ6micas y socioculturales que tienen lugar en la zona. Se deben tambien identificar los puntos criticos en cuanto a posibles conflictos que generaran la construcci6n y operaci6n de las obras planteadas en el proyecto.

Localizaci6n (brevfsima referencia)

Observaciones

Fotografia No.

1 2

3 4 5

6 7

8 9

10

11 12 13 14

...

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

77

ANEXO II. Croquis, Pianos, Fotos aereas, Imagenes satelitales

MMAyS - Municipalidad de Mendoza

78

ANEXO III. Ficha de Informacion Secundaria"

1. Poblaci6n del municipio afectado:

2. Poblaci6n en las areas de impactos ambientales y sociales directos e indirectos: 3. Actividad econ6mica principal en las areas de impacto del Proyecto (Industria, comercio, turismo): 4. Porcentaje de la poblaci6n con Necesidades Sasicas Insatisfechas en las areas de impacto:

Se incluyen en esta secci6n lodos los datos socioecon6micos y cullurales secundarios disponibles sobre el corredor 0 el area del Proyecto que permitan una mejor caracterizaci6n de la poblaci6n, sus actividades econ6micas; interacciones sociales y practicas culturales, Esto incluye la informacion censal como la procedenle de estudios y diagn6sticos sociales y econ6micos existenles,

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79

IMPACTOS POTENCIALES DEL PROYECTO

Obliga al desplazamiento de Talleres, comercios, instituciones en el sitio de construcci6n Afectaci6n de accesiblildad a viviendas y comercios, de manera temporal, durante la

Afectaci6n de actividades de venta ambulante y comercio local n",rm:;m,!!iso

Las Actas de Compromiso se suscribiran entre el contratista y el propietario del predio cuando la ejecucion de la obra requiera de un permiso particular del propietario 0 inquilino para realizar una actividad de obra, como por ejemplo la construccion de una rampa de acceso vehicular en solo uno de los frentes del predio, el retiro de las tapas de los contadores de agua en un tiempo determinado 0 la definicion del nivel de acceso a cada predio, entre otros. Registro Filmico de las viaspf:!ra P~!ys

EI Contratista debera levantar un registro filmico de las vias que seran utilizadas como desvios durante la implementacion del PMTyS. EI contratista debera entregar a la supervision una programacion detallada para el levantamiento de dicho registro en el cual incluya fecha, via, hora y responsable de la filmacion; esta programacion debera ser entregada para su correspondiente aprobacion cinco (5) dias antes de la fecha de inicio de la filmacion. EI registro filmico debera ser entregado a la supervision en el primer informe del contrato. Las vias deberan ser filmadas en pianos abiertos 0 generales y desde puntos altos de tal forma que las tomas sean panoramicas, (de tal manera que se pueda apreciar el estado de la via). EI registro fflmico debera estar levantado cinco (5) dias antes del inicio de la adecuaci6n de desvios correspondiente a la ejecuci6n de la obra. Informes de Gesti6n

EI Contratista enviara a la Supervisi6n de obra el resumen de actividades mensuales a mas tardar el ultimo dia habil de cada mes. AI finalizar el contrato debera entregar un informe final donde incluya el consolidado de la implementacion del Plan de Informaci6n y Comunicaci6n en la obra, asi como el analisis y las recomendaciones que surjan y permitan el mejoramiento continuo del Plan. Este ultimo, en fases de planificacion y ejecucion de obra y de operacion sera evaluado y aprobado por la supervision de obra. Para estos efectos el contratista entregara el Plan y su correspondiente cronograma de

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Municipalidad de Mendoza

138

ejecuci6n cinco (5) dlas antes del inicio de la Fase de Planificaci6n. Para adelantar la evaluaci6n y el seguimiento a la ejecuci6n del Plan por parte del contratista, se realizara una reuni6n mensual de evaluaci6n del mismo en la cual participaran el responsable de supervisi6n de obra, y el especialista social del contratista. En esta reuni6n el contratista debera entregar el informe mensual de Informaci6n y Consulta Publica en donde presente las actividades y avance en el cumplimiento del cronograma.

8.3. Fase de Construcci6n EI contratista debe informar a la comunidad, muy particularmente a la ubicada en el Area de Impacto Ambiental y Social Directo del Proyecto, a traves de dos talleres informativos y de consulta: uno de avance de obra, y otro de finalizaci6n de la misma. EI 3° Taller de Informaci6n y Consulta Publica, referido al estado de avance de la construcci6n la debe realizar al 50% de la Fase de Construcci6n y el 4° Taller, de finalizaci6n, al 95%, de la misma fase. Si el Proyecto tuviera una duraci6n inferior a tres (3) meses en la Fase de Construcci6n, el Contratista realizara s610 un 3° Taller. AI taller 0 a los dos tipos de talleres se convocara a los residentes, comerciantes formales e informales, industriales, organizaciones comunitarias, autoridades locales y propietarios que esten ubicados, prioritariamente, en el Area de Impacto Ambiental y Social Directo del Proyecto, aunque estaran igualmente abiertos a todo el publico. Para la realizaci6n de estos talleres el contratista debera contar con la asesoria y seguimiento de la supervisi6n de obra, igualmente debera atender las sugerencias del area social del Municipio. Los objetivos de este 3° Taller de Informaci6n y Consulta Publica, enfocado en el avance de obra, convocado por el contratista y que debera ser aprobado por la supervisi6n de obra y se presentara con anterioridad a la realizaci6n del mismo a la UEPTUMA y al MunicipiO son, por una parte, exponer: EI estado de avance tecnico, social y ambiental del Proyecto. Los tiempos previstos para las actividades restantes. Ajustes al diserio definitivo de la obra vial y caracterlsticas de diserio urbano, tendientes al mejoramiento del Proyecto y/o minimizaci6n de sus impactos. Eventuales ajustes al Plan de Manejo de Transito y Serializaci6n (PMTyS) - Plan de desvlos y accesibilidad al lugar y diserios de serializaci6n provisional, en funci6n de los mismos motivos indicados en el ftem previo. Eventuales cambios en las facilidades para desplazamientos peatonales, por los mismos motivos indicados en los dos Items previos.

MMAyS

Municipalidad de Mendoza

139

Por otra parte, evaluar y proponer ajustes, en conjunto con los concurrentes al taller, acerca de: Las medidas de mitigacion ambiental y social que integran el Plan correspondiente en la Fase de Construccion. Los mecanismos de recepcion de quejas y reclamos. Los accidentes ocurrido. p~r

0

molestias imprevistos que pudieran haber

Los objetivos del 4° Taller, de finalizacion de la construccion, consisten, una parte, en: La presentacion, Proyecto e.

p~r

parte del contratista del estado final del

Informacion de la fecha de finalizacion de la construccion. Por otra parte: Recepcion de inquietudes (sugerencias quejas y/o reclamos) de los vecinos concurrentes, a fin de darles respuesta adecuada, previo seguimiento y verificacion de la supervision, la que debera remitirla a la Secreta ria de Desarrollo Social y Participacion Ciudadana de la Municipalidad de Mendoza, para atender 10 requerido p~r la comunidad en el taller. Este informe es requisito para suscribir el acta de cierre socio-ambiental, Realizacion de un recorrido por la obra con los integrantes de la Comision Vecinal del Proyecto, como parte de la entrega formal de la obra. Estos talleres tendran, en los aspectos organizativos, las mismas caracteristicas que el lIevado a cabo durante la Fase de Planificacion de la Construccion. 8.4. Fase de 0e!~;:a,ci6n del ~!:

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