Manual de Planes Keogh

Manual de Planes Keogh Misión Colegio CPA La misión del Colegio es servir al colegiado y promover su excelencia profesional. El Colegio de Contadores
Author:  Rocío Rojo Martin

4 downloads 87 Views 159KB Size

Recommend Stories


Resumen Semanal. Planes Profesionales. Planes Corporativo. Planes Corporativo Plus. Recuerda Algunas Utilidades de los Planes Transaccionales
AGOSTO 02 DE 2013 Resumen Semanal Contenido Claro Empresarial Sector Empresarial Seamos Claro Profesional Todo Destino 2 Seamos Claro Corporativ

6.2 PLANES DE NEGOCIOS
6.2 PLANES DE NEGOCIOS Como respuesta a los altos índices mundiales de contaminación, degradación de los recursos naturales, extinción de la especies

Story Transcript

Manual de Planes Keogh

Misión Colegio CPA La misión del Colegio es servir al colegiado y promover su excelencia profesional. El Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico ofrece los siguientes servicios: Programa de Educación Continuada Programa de Revisión de Calidad Asesoría Técnica de Contabilidad y Auditoría Asesoría Contributiva Asesoría en Recursos Humanos Biblioteca Seguros para sus miembros Publicaciones Colegio de CPA de Puerto Rico Edif. Capital Center I 239 Ave. Arterial Hostos, Suite 1401 San Juan, PR 00918-1400 Tel. (787) 622-0900 Fax (787) 753-0212 Fuera del área metropolitana: 1-800-981-9942 http://www.colegiocpa.com

Mensaje del presidente

Estimados(as) amigos(as): Cumpliendo con nuestro compromiso de orientar a la comunidad sobre asuntos técnicos y de interés público relacionados a la profesión de Contabilidad, el Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico se complace en presentar este “Manual de Planes Keogh”. El mismo contiene las preguntas y respuestas más comunes sobre los planes de retiro para individuos que trabajan por cuenta propia. También sirve para aquellos individuos que poseen y/u operan negocios noincorporados, o son dueños de más de un 10% de una sociedad especial o corporación de individuos. Al igual que otro plan de retiro cualificado, su plan Keogh debe establecerse no más tarde del 31 de diciembre del año en curso. Agradecemos al Westernbank su colaboración para la publicación de este manual, el cual sabemos será de mucha utilidad para todos. Atentamente,

CPA Rolando López Presidente Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico

1. ¿Qué es un Plan KEOGH? Un Plan Keogh es un plan de retiro calificado para individuos que trabajan por cuenta propia, aquellos que poseen y/u operan negocios noincorporados, son dueños de más de 10% de una sociedad especial o corporación de individuos, o reciben una porción sustancial de su ingreso de trabajo por cuenta propia.

2. ¿Cuáles son los beneficios de un Plan KEOGH? Sujeto a ciertas limitaciones, dependiendo el tipo de plan, las aportaciones al plan son deducibles al determinar su ingreso neto tributable sujeto a contribución sobre ingresos. El Fideicomiso que recibe las aportaciones está exento del pago de contribuciones sobre el ingreso generado por las inversiones que se mantienen. Al momento de su retiro, los fondos acumulados pueden ser tributados a una de las siguientes tasas preferenciales, sólo si se reciben dentro de un año contributivo y se cumplen con aquellas condiciones que sean aplicables: 10%*, 20%** y 12.5%*** El participante puede escoger entre varias alternativas de inversión. El dinero acumulado bajo el plan está exento de contribuciones sobre herencia. El Fideicomiso, como entidad legal separada, provee una protección adicional contra reclamaciones de terceros.

*Si los fondos se reciben después del 30 de junio de 2005, y antes del 1 de enero de 2006, y el beneficiario tiene 55 años de edad, o más, al momento de hacerle la distribución. ** Si los fondos se reciben después del 30 de junio de 2005 y antes del 1 de enero de 2006, y el beneficiario tiene menos de 55 años de edad al momento de hacerle la distribución. ***Si los fondos se reciben después del 31 de diciembre de 2005.

3. ¿Qué tipos establecerse?

de

planes

calificados

pueden

Los planes calificados incluyen planes de pensiones, de bonificación en acciones (“stock options”) y de participación en ganancias (“profit sharing”). Los planes de pensiones pueden ser de beneficios definidos o de aportaciones definidas.

4. ¿Qué es un Plan de Aportaciones Definidas? Este tipo de plan tiene estipulaciones que definen la aportación que se va a hacer al plan anualmente. El monto del beneficio de retiro de los participantes será igual a las aportaciones hechas al plan, más los beneficios que dichas aportaciones devenguen hasta la fecha de retiro.

5. ¿Qué es un Plan de Beneficios Definidos? Un plan de Beneficios Definidos ofrece a los participantes un beneficio igual a una cantidad específica, determinada a base de una fórmula. La aportación a dicho plan se establece actuarialmente a base de los beneficios que ofrece el plan, las circunstancias particulares de los participantes y en ingreso que se estime se genera de las inversiones.

6. ¿Qué es un Plan “Money Purchase”? Es un plan de pensión donde: Un porciento fijo de la compensación o una cantidad fija se contribuye al plan anualmente, sin importar las ganancias. La aportación deducible máxima es 25% del ingreso neto de la profesión.

7. ¿Quién debe tener un Plan de Pensión “Money Purchase” Una entidad o individuo que: Tenga un flujo de efectivo bueno y estable. Necesite una deducción contributiva sustancial. Tenga capacidad de hacer las aportaciones fijas anuales.

8. ¿Qué es un Plan “Profit Sharing”? Es un plan de Compensación Definida establecido por un patrono para proveer beneficios definidos a sus empleados o sus beneficiarios. Se determina la cantidad a aportar dependiendo del ingreso neto anual de la profesión o el negocio. La aportación anual es discrecional, pero la cantidad máxima deducible es 15% del ingreso neto de la profesión. Cuando las aportaciones de un año sean menores del 15% del ingreso neto de profesiones para dicho año, la diferencia puede aportarse en los años contributivos subsiguientes en orden de tiempo, sujeto a dicha limitación del 15%.

9. ¿Quién debe tener un Plan “Profit Sharing”? Una entidad o individuo que: Necesite aportaciones anuales flexibles.

10. ¿Cuánto puede aportar al plan anualmente? Depende del tipo de plan escogido: TIPO DE PLAN A. “Profit Sharing”

APORTACIÓN ADMISIBLE Hasta un 15% del ingreso neto determinado después

de la aportación, que equivale al 13.04% del ingreso neto antes de la aportación. B. “Money Purchase”

Hasta un 25% del ingreso neto después de la aportación, que equivale al 20% del ingreso neto antes de la aportación.

C. Plan de Beneficios Definidos

Costo normal del plan por servicios del año más 10% del costo de beneficios atribuibles a años anteriores.

D. Combinación de A y B ó A y C Hasta 25% del ingreso neto después de la aportación, que equivale al 20% del ingreso neto antes de la aportación.

11. ¿Se puede integrar un Plan KEOGH con los beneficios del Seguro Social? Sí, esta es una opción que debe definirse al establecer el plan. Esta opción le permite reducir la aportación necesaria.

12. ¿Cuándo se considera elegible al empleado para participar en el plan? No obstante lo anterior, bajo una ley federal que le aplica a estos tipos de planes, el requisito mínimo de elegibilidad es que el empleado tenga 21 años de edad y 1 año de servicio, en el cual haya trabajado 1,000 horas o más.

13. ¿Tiene el empleado elegible derecho a los fondos inmediatamente? No, el patrono tiene la opción al momento de establecer el plan de escoger entre varias alternativas de cuándo el empleado adquiere derechos en el plan.

14. ¿Cuáles son estas alternativas? El patrono puede escoger que el empleado adquiera beneficios en el plan inmediatamente, luego de 5 años de servicio o entre un período de 3 a 7 años de servicio.

15. ¿Cuánto ahorraría en contribuciones si aporta el máximo permitido a un plan combinado? El ahorro contributivo dependerá del ingreso neto de su profesión. Si asumimos que usted informa más de $50,000 de ingreso neto de su profesión y está en la tasa contributiva del 33%, por cada dólar aportado se ahorraría en contribuciones 33 centavos. Veamos la siguiente tabla: INGRESO NETO DE PROFESIÓN ANTES DE APORTACIÓN

APORTACIÓN MÁXIMA PERMITIDA

AHORRO CONTRIBUTIVO*

$50,000

$10,000

$3,300

$75,000 $100,000 $150,000 $300,000

$15,000 $20,000 $30,000 $60,000

$4,950 $6,600 $13,200 $19,800

16. ¿Cuánto tendré acumulado cuando me retire, en un Plan de Aportaciones Definidas? Esto dependerá de los años que faltan para su retiro, del rendimiento obtenido en las inversiones y de las cantidades aportadas durante los años. Al pensar en un plan calificado, piense en términos de tiempo. Hágase estas preguntas: ¿Cuántos años faltan para mi retiro? ¿Qué tiempo tiene mi plan para crecer? APORTACIÓN ANUAL DE $15,000



INVERTIDO AL 8%

Edad Actual

Años para Retiro

Valor de la Cuenta a 65

30 35 40

35 30 25

$2,791,532.22 $1,835,188.02 $1,184,316.23

45

20

$741,343.82

50

15

$439,864.25

Note que mientras más años tenga una cuenta para recibir aportaciones y crecer mediante el diferimiento contributivo, mayor será el balance final.

17. ¿Hasta qué fecha tengo para acogerme a los beneficios de este plan? Al igual que cualquier otro plan de retiro calificado, éste tiene que establecerse en o antes del 31 de diciembre del año en curso para el cual tomará la deducción contributiva ( el último día del año contributivo).

18. ¿Hasta qué fecha tengo para hacer la aportación al plan? Las aportaciones al plan pueden hacerse hasta la fecha de radicar la planilla de contribución sobre ingresos, incluyendo las prórrogas, si alguna.

19. ¿En qué puedo invertir los fondos aportados en este plan? La reglamentación federal requiere de usted cuidado, destreza, prudencia y diligencia al escoger las inversiones. Algunos puntos clave para recordar al hacer las inversiones son: Mantenga liquidez para permitir la distribución de beneficios a participantes que se retiran o renuncian. Diversificación para minimizar los riesgos de pérdida. Busque inversiones conservadoras, diseñadas para proveer crecimiento predecible, sin riesgos indebidos. ¿CÓMO TRABAJA EL PLAN? Las aportaciones son hechas a un fideicomiso. Las aportaciones son deducibles de su planilla de contribución sobre ingresos. FIDEICOMISO DEL PLAN DE RETIRO Las aportaciones pueden ser invertidas en cualquier tipo de inversión que sea prudente. Las aportaciones se acumulan sin tener que pagar contribuciones hasta su retiro. Las aportaciones no son tributables a los participantes hasta su retiro. Participante A

Participante B

Participante C

Participante D

Los beneficios pueden ser pagados a los participantes en caso de: Retiro Incapacidad Muerte Separación del Empleo

20. ¿Qué actividades debe proveer el administrador del plan? Cada año la existencia y operación de su plan de retiro tiene que ser informada a varias agencias federales y locales, al igual que a los

participantes del plan. Estas son algunas de las actividades de administración requerida. Recopilación anual de datos de los empleados, tales como el número de horas trabajadas, compensación y fechas de reclutamiento y separación de empleo. Estas son las bases para los cálculos de ingreso al plan, aportación requerida, derechos adquiridos y distribuciones a cada participante. Recopilación anual de datos de los activos del plan. Estos informes son solicitados por las entidades reguladoras, las que requieren que se señale lo que ocurrió con los activos durante el año. Calcular las aportaciones para el plan. Llevar a cabo prueba(s) de no-discriminación en ciertos planes. Proveer los informes pertinentes a los participantes del plan y a las agencias reguladoras.

21. ¿De qué es responsable el Fiduciario del plan? Todo plan calificado requiere un Fiduciario designado. Por reglamentación, el Fiduciario es responsable por velar que los fondos se manejen, inviertan y se distribuyan adecuadamente.

22. Si dejo de trabajar por cuenta propia, ¿puedo mantener el plan? Sí. Usted puede mantenerlo o transferir los beneficios acumulados a otras alternativas de retiro, sin pagar contribuciones.

23. ¿Cuáles son esas alternativas? Si su nuevo patrono le ofrece un plan de retiro calificado, usted puede transferir el dinero a ese plan o a una IRA.

24. ¿Tengo que haber recibido el dinero para efectuar la transferencia? No. Usted puede solicitar al Fiduciario de su plan actual que efectúe una transferencia directa al Fiduciario del nuevo plan, o a la IRA a la cual usted desea transferir sus fondos.

25. ¿ Existen algunas condiciones para efectuar la transferencia? Sí. Para efectuar la transferencia se deberá cumplir con ciertos requisitos. Estos son: La transferencia tendrá que ser por la cantidad total. Deberá ser de un Plan Calificado a otro Plan Calificado, o a una Cuenta IRA. Habrá que evidenciar que el dinero proviene de una plan calificado en Puerto Rico.

26. ¿Cómo puedo recibir los beneficios del plan durante el retiro? Al momento del retiro, usted puede escoger un pago global o pagos periódicos de los beneficios acumulados.

27. ¿Cómo tributan los beneficios recibidos? Si usted escoge recibir un pago global y lo recibe por separación de empleo (renuncia o despido), el total recibido podrá ser tributado a una tasa preferencial*. Si escoge pagos periódicos, las cantidades tributarán como ingreso ordinario a las tasas regulares. Sin embargo, si usted opta por recibir las distribuciones en pagos periódicos, y tiene 60 años o más, los primeros $11,000 por año estarán exentos de contribuciones.

28. ¿Dónde puedo conseguir más información sobre los planes Keogh? Para más información sobre planes Keogh y otros productos de inversión que Westernbank ofrece, puede comunicarse con el CPA Andrés Morgado al 787-707-0800 ext. 240 ó [email protected] .

*Véase la pregunta No. 2 en este Manual.

Derechos de Autor 2005. Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico.

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.