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CÁMARA DE COMERCIO, SERVICIOS Y TURISMO DE ALVARO OBREGÓN EN EL D.F. AV. INSURGENTES SUR # 1844 COL. FLORIDA C.P. 01030 TELS. Y FAX. 5661-0785 Y 5661-2401
MANUAL DE REQUISITOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES
MANUAL DE REQUISITOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES. EL PRESENTE MANUAL TIENE COMO FINALIDAD ENTERAR AL EMPRESARIO AFILIADO A LA CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO, SERVICIOS Y TURISMO DE ALVARO OBREGON, RESPECTO DE LOS REQUISITOS CON QUE DEBE CONTAR ANTES DE INICIAR SUS ACTIVIDADES EMPRESARIALES, LAS CUALES LO HABILITARAN LEGALMENTE PARA ELLO, ASÍ COMO LAS GESTIONES GUBERNAMENTALES QUE A SU VEZ DEBERA REALIZAR PARA OBTENERLOS. 1o .- INSCRIPCIÓN CONTRIBUYENTES (S.H.C.P. ).
AL
REGISTRO
FEDERAL
DE
Con base a lo dispuesto en el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, y los artículos. 14, 15 y 16 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, las personas morales, así como las personas físicas que deban presentar declaraciones periódicas o que estén obligadas a expedir comprobantes por las actividades que realicen, deberán solicitar su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico. REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN: 1.-
Solicitud de inscripción, formato R-1, en original y copia. (Única y exclusivamente Personas Morales)
2.Acta constitutiva en original o copia certificada, cuando es persona moral. 3.Acta de nacimiento original o copia certificada, cuando corresponde a persona física ó CURP (Clave Única de Registro de Población) cuando ya cuente con esta. 4.Identificación Oficial ( Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional). 5.Comprobante de domicilio donde se va a establecer el domicilio fiscal, mismo que debe ser reciente (comprobante de recibo telefónico, Predial, Estados de Cuenta Bancarios)
Estos documentos deberán ser presentados en la Administración de Recaudación que corresponda. (Cuando corresponda a la Jurisdicción Sur puede acudir a las oficinas que se ubican en la Calle de San Francisco y Félix Cuevas en la Colonia del Valle Delegación Benito Juárez. Siendo Persona Física debe comparecer personalmente ya que el trámite es directo.
2º-
CERTIFICADO DE ZONIFICACIÓN PARA USO ESPECIFICO (SEDUVI).
Se gestiona ante la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal , de acuerdo con el programa parcial de desarrollo urbano y el Reglamento de Zonificación para el D.F. aplicable a las Delegaciones Políticas del D.F. El Certificado de Zonificación tiene como objeto acreditar que el inmueble se encuentra debidamente autorizado para el funcionamiento de la actividad pretendida. REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN: 1.-
Solicitud de Certificado de Zonificación de uso de suelo.
2.Última boleta predial del Inmueble donde se pretende establecer el Negocio. 3.Copia de identificación del interesado con fotografía y firma. 4.Pago por derechos de certificado que deberá realizarse en la Tesorería del Gobierno del Distrito Federal, acompañado de la solicitud correspondiente. 5.Carta poder (únicamente en caso de que el tramite no lo realice el interesado)
3o.- CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE USO DEL SUELO POR DERECHOS ADQUIRIDOS. (SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA)
Para obtener el Certificado de Acreditación de Uso de Suelo por Derechos Adquiridos en términos de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, Los interesados deberán probar el origen legitimo del uso de suelo que pretenden se le reconozca, mediante documental pública expedida con antelación a la entrada en vigor de los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano aplicables, así como documentos que demuestren el ejercicio pleno y continuo del mismo, el cual se gestiona ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Departamento del Distrito Federal 3.1. Para acreditar la legitimación de derechos con anterioridad a la entrada en vigor del Plan o Programa de Desarrollo Urbano, el solicitante deberá presentar cualesquiera de los siguientes documentos que señalen el uso y domicilio respecto a los cuales se pretenden acreditar derechos: 1.Licencia de Construcción, planos arquitectónicos, manifestación de terminación de obra o autorización de uso y ocupación; 2.- Declaración de Apertura con sello de recepción de la autoridad delegacional correspondiente; 3.- Licencia de Funcionamiento debidamente refrendada; 4.- Licencia o Constancia de Zonificación de Uso de Suelo, expedida de conformidad a los Planes y Programas de Desarrollo Urbano vigentes al inicio de sus operaciones, 5.- Cédula de Micro industria en su caso, 6.- Escritura Pública que ampare, el uso y superficie del predio por acreditar. 3.2.- Para acreditar la continuidad y aprovechamiento del uso, al que se pretende se otorgue el Certificado de Usos del Suelo por Derechos adquiridos, deberá presentar cualesquiera de los siguientes documentos; que señalen el uso y domicilio respecto a los cuales se pretende acreditar derechos: a).- Solicitud de inscripción en el registro federal de causantes o contribuyentes, formatos de Declaraciones Anuales o Pagos Provisionales del impuesto in interrumpidos, que reflejen ingresos por concepto de actividad empresarial; en caso de locales comerciales deberán reflejar ingresos por
concepto de arrendamiento, con sello de recepción y/o de pago de caja receptora o institución bancaria autorizada.
b).- Contratos de arrendamiento debidamente registrados ante la Tesorería del Distrito Federal; c).-
Visto Bueno de Seguridad y Operaciones;
d).-
Visto Bueno de Prevención de Incendios;
e).-
Licencia Sanitaria:
f).Formato de Liquidaciones de cuotas obrero-patronales in interrumpidas, enteradas al Instituto Mexicano del Seguro Social en las cajas recaudadoras de dicha institución o de la institución bancaria autorizada; g).- Boletas Prediales en las que conste el uso habitacional y/o comercial en su caso, expedidas por la Tesorería del Distrito Federal.
OBSERVACIÓNES PARA EL TRAMITE DE CERTIFICACION DE ACREDITACIÓN DE DERECHOS DE USO DE SUELO.
a) Dado que los pagos provisionales de Impuestos Federales, no se contempla el uso y la ubicación del predio, el solicitante deberá proporcionar un documento alterno que ampare la actividad y la ubicación del inmueble (ver documentos alternos). b) Si en la Licencia de Construcción no aparece el uso solicitado, también se deberá proporcionar un documento alterno que ampare el mismo. c) Para los casos de Licencias de Construcción o Registro de Obra y cambio de uso sin modificación, la manifestación de terminación de obra, queda implícita en la misma licencia de construcción. d) Tratándose de régimen de propiedad en condominio deberá presentarse la licencia de construcción respectiva, plano arquitectónico y la Constitución de Régimen de Condominio en Escritura Pública. e) Los documentos fiscales deberán presentarse certificados por Notario Público del Distrito Federal , así como los documentos técnicos, que también puedan ser certificados por la Delegación correspondiente.
f) Solicitud de constancia de acreditación de uso de suelo por derechos adquiridos acompañada de la siguiente documentación: *
Carta compromiso
*
Comprobante de domicilio (Boleta Predial únicamente).
*
Copia de identificación del interesado.
*
Pago de derechos de constancia.
*
Carta poder (sólo en caso de que el trámite no lo realice el interesado).
El pago de los derechos, debe ser efectuado en las oficinas de la Tesorería del Distrito Federal, acompañado de la solicitud correspondiente. 4º. LICENCIA SANITARIA Y SU REVALIDACIÓN (INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL D.F.) En la Ley General de Salud vigente, se menciona que establecimientos Industriales, Comerciales o de Servicios están obligados o liberados del requisito de Licencia Sanitaria. Quedan obligados al requisito de obtener Licencia Sanitaria, única y exclusivamente los siguientes giros y establecimientos mercantiles. 1.-
Farmacias y Boticas en general.
2.-
Consultorios en General.
3.-
Los giros que utilicen fertilizantes, sustancias tóxicas y desperdicios en general.
4.-
Laboratorios en general.
REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN : 1.-
Solicitud de Licencia Sanitaria
2.-
Aviso de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
3.-
Identificación del propietario o representante legal.
4.Carta Poder (solo en caso de que el tramite no lo realice directamente el interesado). 5.Tratándose de revalidaciones se exigen los mismos documentos que en la apertura, además de la Licencia anterior. La documentación deberá ser presentada ante la Dirección General de los Servicios de Salud pública en el Distrito Federal, Dirección de Regulación Sanitaria. 6º.- AVISO DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO SERVICIOS DE SALUD DEL D.F.)
(INSTITUTO DE
En base al acuerdo numero 99, publicado en el Diario Oficial de la Federación en el año de 1991 y de conformidad con los artículos 198-200-Bis, de la Ley General de Salud, se hace mención de aquellos giros liberados que no requieren Licencia Sanitaria para su funcionamiento, únicamente la presentación del aviso de apertura de establecimiento para su verificación Sanitaria . REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN. 1.-
Solicitud de aviso de apertura de establecimiento (formato blanco)
2.-
Aviso de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
3.-
Copia simple de identificación del propietario o representante legal.
4.-
Carta poder (sólo en caso de que el interesado no realice el trámite).
5.En caso de cambio de giro, domicilio o propietario, se llenara el formato blanco de cambio de situación. La documentación se presenta ante la Dirección General de los Servicios de Salud Pública en el Distrito Federal, de Reglamentación Sanitaria. 7º
MANIFESTACIÓN ESTADÍSTICA Y SU ACTUALIZACION (INEGI).
En cumplimiento al articulo 8º de la Ley de Informática, Estadística y Geografía, toda empresa o establecimiento deberá realizar una manifestación de estadística anual para efectos de actualizar su registro, con el propósito de cumplir con esta obligación, se presentara la forma F-3-3, en original y copia ante el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, debiendo actualizarse dentro de los tres primeros meses de cada año.
8º.- VERIFICACIÓN DE PESAS Y MEDIDAS Y SU REVALIDACIÓN ANUAL (PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR). La manifestación de instrumentos de medir y pesar, tiene fundamento en la Norma Oficial de Instrumentos de Medición y Calibración. Para cumplir con este requisito, deberá presentarse ante la Dirección General de Verificación y Vigilancia, dependiente de la Procuraduría Federal del Consumidor, la forma respectiva, previo pago de derechos correspondientes a las características previas de los instrumentos por verificar. 9º.-
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO (DELEGACIÓN ALVARO OBREGON)
Con fundamento en el articulo 19, 20, 24 y demás relativos de la Ley de Establecimientos Mercantiles en el D.F.. quedan obligados al requisito de Licencia de Funcionamiento, única y exclusivamente los siguientes giros y establecimientos mercantiles:
Licencias tipo A : 1.- Salones de Fiesta; 2.-Restaurantes; 3.- Establecimientos de Hospedaje; y Salas de Cine, teatros y auditorios. Licencias Tipo B 1.- Cervecerías, 2.- Pulquerías; 3.- Bares; 4.- Cantinas; 4.- Discotecas; 5.- Salones de Baile; 6.- Peñas; 7.- Salas de cine con venta de bebidas alcohólicas; y 8.- Cabarets.
Este trámite deberá efectuarse en la Ventanilla única o la de gestión Delegación Política de su Jurisdicción.
de la
REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN: 1.-
Solicitud de Licencia nueva (en original y dos copias)
2.-
Aviso de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes en original.
3.Certificado de Zonificación para uso especifico, permitido, o por derechos adquiridos en original y copia. 4.Visto Bueno de seguridad y operación expedido por un Director Responsable de Obra, o 5.-
Manifestación de uso y ocupación del inmueble.
6.Documento que acredite que el establecimiento cuenta con cajones de estacionamiento que instruyen para cada uso los Programas Delegacionales Presentar un estudio de Impacto ambiental o riesgo, expedido por autoridad competente cuando sea necesaria su presentación de conformidad con lo establecido por la Ley ambiental y los demás ordenamientos jurídicos aplicables. 7.-
7.Para la expedición de la Licencia de funcionamiento tipo B la demarcación territorial a través de notificación, dará vista al comité Vecinal y demás vecinos interesados de la unidad territorial correspondiente dentro de tres días hábiles siguientes después de que recibió la solicitud, misma que deberá ser atendida y desahogada dentro de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se haya notificado. 8.Cuando se trate de la solicitud de la Licencia Tipo B para cabaret, la Delegación deberá realizar una consulta vecinal en la unidad territorial, observándose el procedimiento que establece la ley de participación ciudadana del D.F.; para efectos de esta fracción, los resultados de la consulta vecinal tendrán carácter vinculatorio. 9.Poder Notarial o Carta poder (sòlo en caso de que el trámite no lo realice directamente el interesado). 10..
Acta Constitutiva en su caso.
10º.- REGISTRO DE LA DECLARACIÓN DELEGACIONAL ALVARO OBREGON).
DE
APERTURA
(PADRÓN
Con fundamento en los artículos 38, 39 y demás relativos y aplicables de la Ley de Establecimientos Mercantiles en el D.F.. deberán los establecimientos cuya actividad no estén consideradas dentro de los giros que requieran Licencia de Funcionamiento, están obligados a presentar su aviso de declaración de apertura para que se les registre. REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN: 1.-
Solicitud de declaración de apertura (debidamente requisitada).
2.-
Original del aviso de Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
3.Original de Constancia de Zonificación de Uso del Suelo autorizada y copia simple 4.-
Croquis de localización.
5.Documento con el que acredite la calidad jurídica del poseedor (Boleta predial, contrato de arrendamiento o contrato de comodato) 6.Poder Notarial o Carta poder (solo en caso de que el trámite no lo realice directamente el interesado). 7.-
Acta Constitutiva en su caso.
8.- Documento que acredite que el establecimiento cuenta con los cajones de estacionamiento que instruyen para cada uso los programas delegacionales o parciales de desarrollo urbano y el reglamento de construcciones. 9.- Aquellos establecimientos cuya superficie sea mayor a 400 metros cuadrados, deberan contar con el Visto Bueno de Seguridad y Operaciones expedido por un Director Responsable de Obra, en los casos de edificaciones construidas con anterioridad a agosto de 1993; o la autorización de ocupación otorgada por la delegación correspondiente, en los demás casos. 11º.- LICENCIA DE ANUNCIO (DELEGACIÓN ALVARO OBREGON).
Con base en lo dispuesto en los Artículos. 63, 64, 65 del Reglamento de Anuncios para el D.F.. toda persona que desee fijar, instalar o colocar anuncios en su establecimiento, deberá contar con la Licencia respectiva, la cual se tramitará en la Ventanilla única o de Gestión de la respectiva Delegación Política .
REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN: 1.-
Solicitud (en original y dos copias, debidamente requisitada)
2.Comprobante de domicilio (boleta predial o contrato de arrendamiento o contrato de comodato). 3.-
Copia de registro de perito (de requerirse)
4.-
Dos fotografías a color del anuncio (en caso de renovación o registro).
5.-
Croquis de localización.
6.-
Copia de la Licencia anterior.
7.-
Croquis a color del tipo de anuncio (si èste no se ha colocado)
8.-
Memoria de càlculo firmada ( si el caso lo requiere).
9.-
Copia de aviso de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
10.-
Constancia de Zonificación de uso de suelo.
11.-
Licencia de Funcionamiento o declaración de apertura.
12.- Los establecimientos domiciliados en zonas típicas o colonias, deberán tramitar en forma preliminar una solicitud en la Oficina de Licencias del Instituto Nacional de Antropología e Historia, ubicado en el exconvento de Churubusco. 13.- En caso de encontrarse ubicado en zona cultural deberá tramitar previamente la solicitud de intervención de monumentos artísticos ante el I.N.B.A. 14.- Carta poder (sòlo en caso de que el tràmite no lo realice directamente el interesado) 15.-
Copia de identificación del interesado.
16.-
Acta Constitutiva en su caso.
17.- Registro de marca ante la SE para texto de anuncio en otro idioma en su caso.
18.- En ciertos casos deberá presentar póliza global de seguro de responsabilidad. 19.- Dictamen técnico favorable en materia de protección civil. 20.- Dictamen estructural favorable por parte de la Secretaria de Obras y Servicios. 21.-. Dictamen estructural favorable por parte del Organo Político- Administrativo. 22. Comprobante de pago de derechos.| 12º
REGISTRO DEL VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN DE INMUEBLES.
Es el documento por el cual se hace constar que las edificaciones e instalaciones correspondientes, reúnen las condiciones de seguridad para su operación que señala el Reglamento de Construcciones para el D.F.. REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN: 1.-
Alta de Hacienda.
2.-
Licencia de Construcción y planos autorizados.
3.-
Constancia de Zonificación de uso de suelo.
4.-
Copia de cédula de director responsable de obra vigente.
5.-
Croquis de localización.
6.-
Boleta predial o contrato de arrendamiento.
7.-
Antecedentes.
8.-
Solicitud, presentada en original y dos copias con firmas autógrafas.
NOTA: El director responsable de obra y el propietario del giro, serán responsables de la operación del mismo, así como de la buena estabilidad del inmueble.
13º REGISTRO AL MEXICANO (SIEM).
SISTEMA
DE
INFORMACION
EMPRESARIAL
Con fundamento en el artículo 30 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, todo Empresa, debe proporcionar en el primer bimestre de cada año la información actualizada que determine la Secretaria de Economía, para cumplir con esta obligación, la Cámara Nacional de Comercio Servicios y Turismo de Álvaro Obregón y D.F., cuenta con la infraestructura requerida para tal objeto, motivo por el cual se obtuvo la autorización por parte la Dependencia oficial que nos rige. REQUISITOS DE OBTENCIÓN 1.-
Solicitud de Registro al SIEM.
2.Pago del Registro anual que le corresponda, de acuerdo a su numero de empleados.
PARA MAYORES INFORMES ACUDE AL DEPARTAMENTO DE SERVICIO A SOCIOS DE TU CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO, SERVICIOS Y TURISMO DE ALVARO OBREGÓN.
ACUDE A TU CAMARA TE ESPERAMOS
“EL COMERCIO ES SERVICIO”
CÁMARA DE COMERCIO, SERVICIOS Y TURISMO DE ALVARO OBREGÓN EN EL D.F. AV. INSURGENTES SUR # 1844 COL. FLORIDA C.P. 01030 TELS. Y FAX. 5661-0785 Y 5661-2401