Medidas a tomar para la reestructuración de las explotaciones agrarias

Medidas a tomar para la reestructuración de las explotaciones agrarias Alberto Ballarín Marcial * ' No[ario y abogado. Miembro de la Academia de Agr

2 downloads 84 Views 573KB Size

Recommend Stories


MANUAL DE MEDIDAS. Para introducir las medidas va a necesitar:
MANUAL DE MEDIDAS Para introducir las medidas va a necesitar: • Una cinta métrica; • Otra persona que le ayude a tomar algunas de las medidas; • Las m

Niveles de incontinencia urinaria; tipos y medidas a tomar
Incontinencia Niveles de incontinencia urinaria; tipos y medidas a tomar. Decimos que hay incontinencia urinaria cuando se pierde orina en forma invol

( AUTOCONTROL 4 ) 3. La condicion indispensable para tomar con exactitud las medidas
( AUTOCONTROL 4 ) Marque con una X la tetra de la respuesta correeta. 1. Las cintas de los flex6metros vienen marcadas en: a. b. c. d. Kilometres

Apoyo a las cooperativas Agrarias
Apoyo a las cooperativas Agrarias Informe final Jos Bijman Constantine Iliopoulos Krijn J. Poppe Caroline Gijselinckx Konrad Hagedorn Markus Hanisch G

Prevención de riesgos laborales en las explotaciones agrarias. Villava, 25 de noviembre de 2008
Prevención de riesgos laborales en las explotaciones agrarias Villava, 25 de noviembre de 2008 ACPECTOS CLAVE • La agricultura es una actividad de

Story Transcript

Medidas a tomar para la reestructuración de las explotaciones agrarias

Alberto Ballarín Marcial *

' No[ario y abogado. Miembro de la Academia de Agricultura de Francia.

1. Juzgamos de todo punto necesaria una labor de reconsideración del Derecho vigente, en especial del Derecho que nos ha sido legado por otras épocas a la luz del espíritu que anima al movimiento actual por un nuevo Derecho agrario y agroalimentario. Este espíritu es bien sabido que atiende en primera línea a los aspectos económicos y sociales de los problemas, ahora también a los medio ambientales, en lugar de contentarse con objetivos de justicia formal. Los textos legales en vigor, por muy respetables que los haga su antigiiedad, deben ser contrastados con las necesidades del momento actual desde el punto de vista que nos interesa, el cual en esta ocasión es el de la reestructuración de las explotaciones agrarias contemplada con un criterio amplio que abarque las interacciones entre los aspectos meramente productivos y los de precios y comercialización en general así como los de protección del medio ambiente. 2. Parece obligado en este punto hacer una referencia crítica al llamado por la Agenda 2000 "modelo europeo" ya que en el mismo se incluye inevitablemente el modelo español. En efecto, los teóricos de la Comisión consideran ese "modelo" una auténtica novedad: agricultura multifuncional con un papel a la vez económico, medioambiental y de ocupación de] territorio, manténiendo en todo él una actividad agrícola debiendo preservarse la renta de los agricultores, a cuyo efecto Albert Massot propone -y hay que agradecerle su propuesta-, aumentar los medios financieros de la PAC desde el 1,2 actual al 2 ó al 2,5 ya que "una política supranacional a favor del mundo rural ha de ocupar imperativamente su lugar". Ahora bien, en relación es este pretendido modelo hay que decir: a) que está sin definir, como lo señala Jaime Lamo de Espinosa, pues ni se concreta el modelo de expltoación, ni el productivo, ni el comercial, ni el social; b) la 231

mayoría de los economistas sociólogos aluden no a un tipo sino a dos tipos o modelos de agricultura que existen grosso modo de la realidad europea y sobre los que procede actuar de forma distinta; el primero sería ese del agricultor multifuncional propio o más bien de la montaña o zonas desfavorecidas, que ha de recurrir a actividades complementarias para alcanzar una renta familiar mínima, pues se trata de explotaciones pequeñas con poca tierra y difíciles de cultivar sin costos elevados; el segundo modelo, es el de la agricultura empresarial, de llanura principalmente, con cultivos de regadío más o menos modernizados, mucho más productiva y cuyos empresarios se hallan menos ligados al mundo rural que ]os anteriores, aunque sufre, en no pocos casos, de falta de extensión suficiente para enfrentarse con las agriculturas "nuevo continente" que es con las que deberemos luchar cuando llegue la liberaliazación del año 2007 (y aun cabría citar un tercer tipo, el de la agricultura a tiempo parcial, a la que tampoco hay por qué castigar). Tienen razón esos autores en que debe apoyarse más a aquel tipo primero por la vía del desarrollo rural ahciendo que lo financie el FEOGA-Garantía, más por lo que se refiere a la agricultura del segundo tipo, que posee un gran peso en la economía de la Unión, como lo evidencia el volumen de las ayudas que recibe hoy ^e no son ningún regalo sino compensación de precios reducidos, por lo cual no cabe pedir que se redistribuyan y así lo afirme Massot, con toda su autoridad- a la cual habría que tratar como lo que es, una agricultura tan empresarial como la americana, que merece apoyo para competir, pero tal apoyo debe utilizarse de aquí al año fatídico del 2006 para inducir en ella una mejora de las estructuras, fundamentalmente mediante la modernización del regadío y la compra de tierras para ampliación de las explotaciones, propicidada por crédito abundante y a largo plazo, sin olvidar que la explotación familiar no es un modelo empresarial para el futuro de tal tipo de agricultura, sino qué la fórmula societaria es la recomendable a fin de superar el tamaño menguado que por lo general tiene aquella, de habituarla a la contabilidad rigurosa, etc. Las importantes ayudas comunitarias que reciben efectivamente un grupo de unidades deberían gozar de exenciones fiscales y 232

hasta ser exceptuadas de reducción en las ayudas PAC si se reinvirtieran en su mayor parte en la creación de empleo dentro o fuera de la explotación, én una consei•vera situada en el medio rural por ejemplo (GARCÍA AZCÁRATE, el otro teórico de la Comisión, ha subrayado que la creación de empleo merece una discriminación positiva); ese sería un medio de lograr la aplicación de una masa de fondos comunitarios al progreso del mundo rural y de la agricultura por obra de la iniciativa privada debidamente estimulada; pero hay que decir que en la Agenda 2000 no hallamos la menor preocupación por la agricultura empresarial. Ahora está previsto que un 25% del ahorro conseguido se destine al mundo rural; bien está pensar en él pero no cabe olvidar la reforma modernizadora de las estructuras productivas a que acabo de referirme. 3. Es comprensible que la Agenda 2000 haya recibido críticas desfavorables en los medios agrarios no sólo por parte de las Organizaciones Profesionales sino también por los más autorizadoos expertos en la materia. En un Seminario organizado en Madrid, en noviembre de 1998, por el Instituto de Estudios Económicos, donde participaron los citados García Azcárate y Albert Massot, en el papel de abogados llegados de Bruselas como defensores del texto comunitario, el conjunto de la participación española, Juan Iranzo, Lamo de Espinosa, Tió y Sumpsi la censuraron duramente por no contener una verdadera política de estructuras revelando una inferioridad manifiesta respecto de la Bill Farm americana de abril de 1996. En un Informe elaborado con todo rigor por el Consejo Económico Social de Aragón (diciembre de 1998) se dice: "En la UE la Agenda 2000 sigue primando a aquellos productos que considera más necesarios, independientemente de que tengan o no futuro. El empresario agrario seguirá mirando al Boletín Oficial para decidir sus producciones. Por el contrario, al agricultor norteamericano se le ayuda a que sea responsable de su explotación y, aún más, con el "Loan Rate" se le enseña a que comercialice de forma eficiente, dándole medios para que adquiera la autonomía financiera necesaria para comercializar con precios de mercado favorables (pág. 41). 233

4. Se comprende, pues, que cuando los agraristas españoles se plantean el reto de la competitividad señalen el "cambio estructural" como el más importante y quizá también el más difícil de alcanzar. Lamo de Espinosa se refería no hace mucho tiempo al ejemplo francés y europeo en general para concluir que "por toda Europa, disminuye el número de pequeños agricultores y paralelamente aumenta el de los mediano y grandes; respecto de 1993 ha habido una reducción del 12,5% del número de agricultores lo que se explica por la baja en el número de los pequeños, que han ido pasando del 62% al 53% en 1996 y otro dato curiosos es que el número de solicitudes de ayudas comunitaris presentado por agricultores individuales no deja de decrecer, mientras aumentan los de agricultores bajo diversas formas de asociación y se preguntaba luego si están las explotaciones españolas adaptándose con la misma velocidad y si nuestras leyes favorecen estos procesos de concentración y aumento o por el contrario siguen queriendo proteger una agricultura en vías de extinción" (Editorial enla revista "Vida Rural" del 15 de diciembre de 1997); deberían rectificarse aquellas de modo que abordasen una auténtica reforma de estructuras agrarias, pues la cuestión básica, de cara a la competencia que habremos de frontar en el próximo futuro, es la de que la explotación agraria europea tiene una media de 19 hectáreas, mientras la americana es de casi 300. Las ]lamadas "modulaciones" deberían preocuparse de esto, además de hacerlo muy justificadamente por el medio ambiente; habría en suma que aprovechar las ayudas para condicionarlas a la mejora de las unidades mediante compras de tierras, fusión de explotaciones, modernización de regadío, transformación de secanos, refoestando, etc. premiando a los que inviertan en ello todo o parte de los fondos recibidos, aplicándolos a consolidar o crear empleo en el medio rural. Hay que plantearse el tema de si hay que tomar en consideración una sola agricultura o más bien, como suele admitirse, nos hallamos ante una dualidad: a) la agricultura multifuncional, de pequeñas explotaciones difíciles de rentabilizar pero que cumplen una función indispensable para la subsistencia del mundo rural y también para el desarrollo del mismo a que aspiramos; b) la agricultura empresarial de 234

explotaciones rentables, capaz de producir lo necesario para el abastecimiento y, dentro de la cual algunos citan el caso de la agricultura de calidad, pequeñas o medianas unidades que, en razón de la especialidad de los productos que obtiene, también son rentables, como las hipótesis de invernaderos, cultivos familiares de agrios o frutas, producciones hortícolas en las zonas periurbanas, vino, aceite, leche y cereales de calidad. La agricultur debe ser tan empresarial como lo es cualquier otra rama productiva ^no ha llegado ya el momento para una regulación general de la empresa y del empresario sea éste un agricultor, un comerciante o un indush-ial? La agricultura a tiempo parcial puede darse en todas esas variantes, salvo en la "multifuncional" que parece requerir la "residencia" pero en cualquier caso merece protección porque supone mejora de rentabilidad. 5. Partiendo de las premisas anteriores ^no habrá llegado ya el momento de plantearse la supresión a todos los efectos del requisito de la profesionalidad? Lo lógico, ahora, parece ser que se distingan tan sólo dos situaciones: la normal o corriente y la que ahora se contempla como propia de los "pequeños productores" o de los residentes en las áreas desfavorecidas, para hacerles objeto de una protección especial; lo que no parece justificado es que se bae en la profesionalidad del empresario, pues ha llegado el momento de igualar a todos, si tenemos en cuenta que es una hipocresía considerar como tales a las anónimas que observen unos requisitos intrascendentes o estimar que un gran empresario merezca ayuda por su dedicación personal a la dirección... La profesionalidad no es más que un residuo de corporativismo, algo, pues, trasnochado. 6. Admitida aquella clasificación, consecuencia de la evolución ya señalada en la primera parte, hemos de señalar que la explotación familiar ya no es el modelo del futuro, al menos por lo que se refiere a la agricultura empresarial; la evolución tecnológica exige mayores dimensiones. Ahora bien, si la explotación familiar no es el modelo sí que nos puede servir para fijar el mínimo por debajo del cual no cabe admitir la división de ninguna unidad y en este sentido nos puede prestar un gran servicio. 235

7. Por ello, respecto a las explotaciones familiares, hay que preguntarse por la panoplia de instituciones jurídicas que podrían servirnos para conservarlas o potenciarlas, evitando que se fraccionen. ^Cómo definir la explotación familiar?, ^Cuáles serían esas instituciones? Aparece en primer término el tema de la atribución integral de la unidad de explotación en el fenómeno sucesorio en beneficio del hijo o hijos colaboradores del padre en el cultivo. La Ley del Estatuto de la Explotación Familiar y de los Agricultores Jóvenes (LEEFAJ), de 1981, lo había resuelto -aunque fuera con cierta timidez- estableciendo un sistema sucesorio agrario para las explotaciones familiares, no sólo para los lotes del IRYDA, que pecaba de complicado por ser demasiado "foralista"; se ha supritnido tal régimen por la LM sin sustituirlo por otro, lo que puede verse como un fallo ya que en toda Europa existe regulada de un modo u otro la atribución, en algún caso facilitando al máximo el acceso a la propiedad a través del escalón intermedio del arrendamiento forzoso impuesto a los herederos. Se dijo, sin probarlo, en la Exposición de Motivos de la Ley de Modernización que ese sistema había fracasado pero es que su aplicación -y ahí residió el error- requería la previa inscripción en el Registro de Explotaciones ad hoc creado por la Ley. La atribución integral en una y otra forma existe, desde luego, en Francia, también en Suiza, en Bélgica y recientemente se ha generalizado en Italia que padece problemas similares a los nuestros o aún más graves en cuanto al número de unidades insuficientes; en ninguno de esos países se establece el requisito previo de la inscripción. Por tanto í,sería conveniente establecer un régimen sucesorio especial de atribución integral al estilo europeo? Hay que admitir, además, el contrato sucesorio, con una nueva y valiente interpretación del art. 1056 del Código civil. 8. Relacionado con lo anterior se halla el tema de la indivisibilidad ex lege de las explotaciones familiares. El criterio de la parcela mínima ha de ser sustituido por el de la explotación mínima indivisible en su base territorial, la cual se calcularía atendiendo a la superf'icie necesaria para que con una unidad de trabajo dotada de los medios normales de producción pudiera obtenerse en ella la renta anual europea de referencia 236

que asciende a unos 3 millones de pesetas. Del mismo modo procede modificar la legislación sobre el retracto de colindantes para ampliarlo a la superficie básica de aprovechamiento de una explotación mínima. 9. Debemos pensar seriamente en las "sociedades agrarias" como elemento básico de la nueva estructura, aunque las explotaciones familiares amplias -en que la mano de obra sea familiar o prestada, además, por uno o dos asalariados-, sigan constituyendo objeto de una especial atención dentro del marco general de las leyes. Mas, como lo afirmaba el gran Garrigues, "nuestro tiempo es el de las sociedades". Se comprueba el aumento en Francia y en menor grado en España, de las explotaciones no individuales en forma de sociedad o de asociación sui generis como lo es el Groupement d'exploitation en commun (GAEC) semejante a nuestra SAT, pero con diferencias notables: 10 socios como máximo, todos trabajando en la explotación, etc. Nosotros no tenemos en toda España ni 8.000 explotaciones asociativas distintas de las sociedades mercantiles, o sea del tipo Cooperativa de Explotación en Común de la Tierra o SAT, aunque hay bastantes "comunidades de bienes" y muchas sociedades anónimas y, ahora, limitadas dueñas de fincas que las explotan y que pueden ser arrendatarias con los requisitos mínimos que exige el artículo 15 de la Ley de Arrendamientos Rústicos; en cambio los franceses tienen más de 60.000 GAECS y, gracias a eso, se llevan más ayudas comunitarias porque en el GAEC se estima que hay tantas explotaciones como socios, cosa que no puede ocurrir con las sociedades clásicas. Hay que abordar pues esta cuestión con vistas también a un eventual tope por explotación en las ayudas de la PAC. Los italianos lo están estudiando, los belgas hace ya algunos años que crearon el tipo de sociedad civil agraria. ^Tendríamos nosotros que hacer lo mismo o algo parecido dado que contamos, además, con la tradición interesante de la SAT? ^no parece necesario también regular de nuevo la cooperativa de explotación comunitaria de la tierra cuya rica normativa no parece haber trascendido a la práctica? 10. En busca de las finalidades anteriormente citadas y en vista del progreso realizado con la liberalización de los arrenda237

mientos, llevada a cabo por la Ley de Modernización, que está conduciendo a la celebración de nuevos contratos, es decir, a la revitalización del arrendamiento como forma de explotación que puede ser útil para una agricultura empresarial sería conveniente reformar ahora toda la Ley, basada en un sistema de prórrogas, para adaptarla a este criterio de libertad, suprimiendo el requisito de la profesionalidad y el tope de extensión de tierra susceptible de ser arrendada que no aparecen en ninguna ley europea comunitaria. ^No hemos visto cómo se ha reformado felizmente la Ley de Arrendamientos urbanos, que siempre ha guardado un cierto paralelismo con la de los rústicos? Podríamos llegar incluso a contemplar el traspaso de la explotación arrendaticia igual que se admite el de la explotación mercantil o industrial... 11. La f scalidad agraria debe apoyar no sólo a los muy pequeños como ahora sucede sino a pequeños y medianos, disponiendo por ejemplo que las exenciones en compras de tierras, permutas, etc. para agrandar unidades se apliquen a todos los casos en que no se rebase una cifra de hectáreas de 50 de regadío o de 250 de secano más o menos -que sería la superficie de la explotación mínima-, sin más requisito, sin necesidad de registrarse en ninguna parte; esas superficies parecen ser las adecuadas para absorber ia tecnología moden^a. 12. Siempre que el tamaño medio de la parcela en una zona determinada no llegue a la extensión que permitiría vivir a una familia, llevar a cabo en ella una operación tan costosa como la concentración parcelaria carece de sentido; se impone una concentración de explotaciones, pero el problema surgen entonces de modo inmediato: í,cómo realizarla? ya que en tal caso habría que ir a la asociación o agrupación de unidades o a la desaparición de unas en beneficio de otras mayores lo que nos conduce a preguntarnos cómo obtener el consentimiento de los agricultores afectados siempre reacios a asociarse unos con otros, como lo prueba el escaso número de sociedades existentes en el campo español. Cabría hasta plantear una cuestión de orden constitucional: ^podría una ley ordinaria hacer optar a los interesados entre asociarse y vender sus fincas obligatoriamente -o someterlas a expropia238

ción- en favor de una agrupación surgida al calor de esa concentración de explotaciones o de un Fondo de Tierras de carácter público? Este es e( gran dilema al que inevitablemente ]legamos si hemos de modernizar nuestros regadíos sustituyendo el riego de pie por el de aspersión, y a que no es concebible el cambio si todos los interesados no consienten en la mejora; en la actualidad basta con que ^mo de ellos se oponga para parar la intención de mejorar por la sencilla razón de que no se puede instalar, técnicamente hablando, un hidrante para cada uno. Hay que tener en cuenta que existe un interés en el ahorro de agua y quizá ello puede justificar que se recurra a la expropiación como último recurso, ya que el goteo puede llegar a suponer hasta el 50% de ahorro y el otro sistema de riego con cobertura total un 30. Ello estaría justtificado pero es evidente que precisaríamos de una ley. La solución valenciana y la navarra han sido respetuosas con la voluntad pues no llega a la expropiación pero en cualquier caso condiciona las ayudas ^ue Ilegan al 60% del costo de la transformación y en Navarra el 80- a que el agricultor en cuestión se halle integrado en una comunidad de regantes o en otra asociación. Esta fórmula tendría que ser la mínima adoptada pero habría que llegar más lejos todavía. 13. El problema del agua se ha planteado recientemente en términos de grave preocupación para los españoles ante la perspectiva de que se apruebe la directiva "Natura", la cual exige que para el año 2010 esté ultimada la nueva regulación que elevaría el precio de aquella al triple del actual y obligaría a los agricultores a pagar todos ]os costes de las obras de puesta en riego. Ello supondría un gravamen que haría imposible ]a competición con los agricultores europeos la mayoría de los cuales no han de preocuparse por este tipo de gasto ya que disfrutan de abundantes lluvias. Además afectaría a los derechos adquiridos. Nos hallamos en un momento crucial por lo que al agua se refiere, ya que hay un Plan de Regadíos y otro Plan Hidrológico Nacional pendientes de aprobación. Está pendiente de aprobación un Proyecto de reforma de la Ley de Aguas yue pretende la privatización de ese recurso en el sentido de crear un mercado del agua. 239

La aplicación en la práctica del nuevo Plan Nacional de Regadíos planteará graves problemas de muy difícil solución; si para modernizar aquellos se ha de pasar, buscando la economía del agua, (hasta de un 75% según los casos, si bien deba tenerse en cuenta que a niveles de cuenca hidrográfica resulta mucho menor), de un sistema de riego por inundación a otro de aspersión y goteo, í,cuál será la incidencia de semejante operación sobre las estructuras productivas actuales?... ^se podrá disponer, como se acaba de plantear que los pequeños agricultores que no se asocien de alguna forma, no obstante las importantes ventajas iiscales y de todo tipo como la subvención de la nueva instalación para regar por aspersión o por goteo, tengan que vender sus propiedades o arrendarlas a la sociedad o bien recibir a cambio de la tierra ya sea acciones si así lo aceptan o unas obligaciones de renta fija revisable añualmente con el IPC que serían negociables?... Ya podemos imaginar los cambios a introducir en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario. Hay que pedir que el Plan Nacional de Regadíos se apruebe lo antes posible lo mismo que el Plan Hidrológico Nacional. ^Cuál debe ser el ritmo anual de puesta en rigo, las 60.000 hectáreas, de que habló el ministro Borrell o las 30.000 que parecen ajustarse mejor a la tendencia limitativa de la actual PAC o las 20.000 que citaba siempre teniendo necesidad de este medio para la producción. ^No sería interesante analizar el ejempló valenciano que reserva la subvención del 60% o mejor el navarro que sólo grava al agricultor con el 15% del costo de la transformación modernizadora a los agricultores que estén encuadrados en una Comunidad de Regantes o en otra Asociación? 14. Dada la complejidad de la legislación actual sobre Seguridad Social Agraria y Contratos de Trabajo agrarios ^no sería conveniente una refundición normativa que ordenara y perfeccionara el tratamiento de esas cuestiones?... ^Hay que unificar totalmente el régimen laboral y de la Seguridad Social? Un tema de gran interés para la reestructuración de las explotaciones agrarias a fin de facilitar al máximo su transmisión integral y preferencial al hijo colaborador es 240

del reconocimiento a su favor del "salario diferido" cuando efectivamente haya trabajado durante años para la casa, como ocurre frecuentemente, ello facilitaría mucho la instalación de jóvenes agricultores si por otra parte nos contentáramos con exigir al respecto un convenio padre-hijo que regulara la colaboración. 15. Si para la lucha contra las emisiones de ^xido de carbono y en general para la mejora del medio ambiente y el embellecimiento del paisaje, además de para dar empleo a numerosas personas, no hay nada tan preciado como el árbol, ya que, por otra parte, resulta necesario aumentar la producción de madera porque Ilegará un día en que su necesidad no podrá cubrirse con importaciones, ^cuándo y cómo acometeremos una política forestal ambiciosa, para lo cual España cuenta con las mayores posibilidades entre los países comunitarios?... El ritmo de las repoblaciones forestales que llegó a ser de 100.000 hectáreas anuales bajó más tarde al ]0% y sigue ahora estancado no obstante utilizar al efecto los fondos que confinancia la UE para la reforestación de las tierras agrarias, aplicando el Reglamento 2078/92 de la UE mediante el cual se han reforestado o mejorado en Francia alrededor de 600.000 hectáreas mientras nosotros no hemos ]legado a 200.000 (en 1996, según datos estadísticos de la UE). Esta obra debe verse como una búsqueda de complementos de renta para los agricultores que la tienen insuficiente en lugar de atenerse tan sólo al objetivo del cambio de producción. De ahí que, además de las tierras "agrarias", debemos computar las que tengan capacidad de ser reforestadas. Una propuesta interesante podría ser la de prometer concesiones de tierras para reforestar a las sociedades integradas mayoritariamente por agricultores los cuales verían complementadas sus rentas agrícolas por este medio a la vez que podrían utilizar tiempos muertos en lo agrícola para las labores forestales. Pero lo importante es la voluntad política de reforestar al máximo. En materia de regadío se puede dudar dado el criterio restrictivo de la PAC, pero no se comprenden las vacilaciones y hasta el abandono que hemos padecido en la cuestión forestal. Felizmente se nos anuncia una Ley forestal. 241

16. En el campo de la comercialización el gran tema es el del reparto más equitativo del beneficio entre los diversos sectores, productivo, transformador y distribuidor; ^cómo lograrlo sin infringir las normas sobre la competencia ni dañar el principio de libre comercio garantizado por la Constitución lo que puede llevarnos a reducciones importantes en el costo de los inputs, fertilizantes o senúllsa? Cuando hablamos de estructuras agrarias debemos pensar no sólo en las de producción sino también en las de comercialización que sólo se lograrán mediante una completa o cuasi completa organización interprofesional que haga realidad la "integación agricultura industria" además de la "agroganadera". En el importante capítulo del comercio exterior nos parece digno de imitación el precepto de la ley americana de modernización que da atribuciones al Secretario de Agricultura para imponer en un sector determinado la asociación obligatoria de los agricultores y exportadores a fin de que actúen como un solo hombre. 17. Por lo que se refiere al medio ambiente, algo verdaderamente esencial en todo planteamiento de política agraria, hay que mentalizarse sobre el objetivo de que toda la agricultura merece el calificativo de ecológica en el sentido de "amiga del medio ambiente", de modo que sean los propios agricultores los que analicen los impactos de su actividad en el medio y se apresten a corregirlos; aparte del fomento de la agricultura biológica se está extendiendo la llamada "agricultura integrada", que se compromete a utilizar el mínimo de fertilizantes y pesticidas precisos para producir ya que las exigencias de los consumidores crecen sin cesar hasta el punto de que los cuatro distribuidores más importantes de Europa se han puesto de acuerdo para no vender alimentos que no procedan de la agricultura integrada, o, si se trata de transgénicos o de carne hormonada, sea obligatorio un etiquetado que informe debidamente de estas circunstancias. 18. Resulta decisiva la batalla por la calidad que es donde los europeos podemos situarnos por delante de muchos otros agricultores con los que nos aguarda una competencia muy 242

dura. La certificación pública y privada, ligada esta última al autocontrol es fundamental para garantizar el lugar de procedencia, el método seguido para la obtención y preparación del producto, su salubridad y calidad especial. Si generalmente se tiene como cierto que la demanda de alimentos es inelástica, en cambio puede afirmarse que si se trata de alimentos de calidad especial y contrastada desaparece casi por completo esa regla pues siempre hay consumidores dispuestos a pagar mucho por una botella de buen vino, por un pescado que no sea de vivero o por la carne de un animal criado extensivamente con excelentes pastos naturales. Digamos para concluir que es la cadena agroalimentaria completa la que hoy se toma en consideración de modo que cualquier fallo en lo alimentario tiene una repercusión negativa de gran importancia en los precios y por ende en las estructuras productivas y de comercialización. Es por ello que los juristas del antiguo Derecho agrario hablamos ahora del Derecho agroalimentario a fin de abarcar la totalidad del fenómeno y de alentar la integración produccióntransformación-distribución-consumo.

243

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.