MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES. Cecilia Delgado Ratto

MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Cecilia Delgado Ratto 1 Medidas Administrativas 1. Percepciones: Ley 28053 (08.08.2003) R.S
Author:  Hugo Montero Soler

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MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

Cecilia Delgado Ratto

1

Medidas Administrativas 1.

Percepciones: Ley 28053 (08.08.2003) R.S. 128-2002/SUNAT (17.09.2002) Combustible R.S. 203-2003/SUNAT (01.11.2003) Importación R.S. 189-2004/SUNAT (22.08.2004) Venta bienes

2.

Detracciones: D.Leg. 940 (20.12.2003) D.Leg. 954 (05.02.2004)

3.

Retenciones: R.S. 037-2002/SUNAT (19.04.2002) Ley 28053 (08.08.2003) 2

Percepción Los vendedores de ciertos productos deben exigir a sus compradores el pago de un porcentaje adicional al precio de venta de la operación ya gravada con el IGV por concepto de operaciones futuras aún no realizadas. Los vendedores asumen la calidad de agentes de percepción y entregarán a SUNAT el importe de las percepciones efectuadas.

3

SISTEMA DE PERCEPCIONES IGV Base Legal R.S.128-2002/SUNAT (17.09.02) Vigencia: 14.10.2002

R.S. 203-2003/SUNAT (01.11.03)

Agente Percepción Sujeto Percibido Empresas productoras y comercialización combustibles del petróleo. Emite: Comprobante de percepción

Excepciones: Otro agente retención Consumidor Directo (DGH) Consumidor final

SUNAT

Importador bienes. Paga la liquidación antes de la entrega de la mercancía.

Vigencia: 17.11.2003

R.S. 189-2004/SUNAT (22.08.04) Vigencia: 01.01.2006

Régimen transitorio Vigencia: 01.01.2005 y 31.12.2005

El que adquiere al agente de percepción.

Operación y Tipo Bien

Emite: Comprobantes percepción – venta interna.

de

Adquirente de bienes del agente percepción. Excepción: Consumidor final: S/.700.00. Retiro bienes Factura / Instrumento pago Petróleo (DGH) Bolsa Productos Spot.

Uso del Pago Anticipado

Adquisición combustible líquido derivado del petróleo.

Contra: 1% precio venta, incluido Imp. bruto a pagar del período. IGV. Arrastre a otro período Devolución

Importación definitiva de bienes gravados con IGV.

3.5% Contra: 10% Imp. bruto a pagar del 5% del valor período. de aduanas Arrastre a otro período más todos los Devolución tributos que gravan la importación.

Adquisición bienes muebles.

2% 10% 0.5% del precio de venta, incluido IGV.

Excepción: Agentes de retención.

Vendedor de bienes gravados.

Tasa

Tapas rosca y corona/ Envases PET / Agua / Botellas y envases / Harina Trigo/Cervezas Gaseosas / Gas.

. . .

. . .

Contra: Imp. bruto a pagar del período. Arrastre a otro período (3 meses) Devolución

. . .

2% Precio Venta.

4

Sistema de Percepciones Alcances del Sistema: El agente de percepción recauda un impuesto adicional del sujeto adquirente o importador que será aplicado a cuenta del IGV que se pague en la reventa de los bienes adquiridos. Destino del pago anticipado: El IGV percibido por el agente retenedor es declarado y pagado a SUNAT. Uso del IGV adelantado: El adquirente utiliza el monto adelantado como un crédito contra el impuesto bruto (IGV). Puede solicitar la devolución. Constancia de percepción: El agente de percepción entrega al adquirente una constancia de “percepción”. 5

Percepción - Sujetos Vendedor:

El vendedor recauda su propio IGV como contribuyente y además como agente de percepción le cobra a sus compradores un IGV adelantado correspondiente a las futuras ventas del comprador.

Comprador: Asume la carga económica de la operación gravada con el IGV y además paga al vendedor un porcentaje adicional al precio de venta por concepto de operaciones futuras.

6

Percepción – Sujeto Adquirente Ley 28053 (08.08.03) Art. 1.1: “Los sujetos del IGV deberán efectuar un pago por el impuesto que causaran en sus operaciones posteriores cuando importen y/o adquieran bienes, encarguen la construcción o usen servicios, el mismo que será materia de percepción …” Los sujetos del IGV podrán verse afectados con el régimen de percepciones cuando actúen como compradores o usuarios. Deberán asumir el pago adelantado. 7

Percepción – Sujeto Adquirente Ley 28053 (08.08.03) Art. 1.2: “Se presume que los sujetos que realicen las operaciones a que se refiere el primer párrafo –compra de bienes, usuario de servicio– con los agentes de percepción designados al efecto, son contribuyentes del IGV independientemente del comprobante de pago que se emite”. Los compradores de bienes y usuarios de servicios sujetos a percepción son “contribuyentes” del IGV, independientemente del comprobante de pago que emiten. 8

Percepción – Sujeto Adquirente Los sujetos percibidos pueden ser: 1.

Contribuyentes del IGV; o,

2.

Sujetos que no tributan el IGV.

9

Percepción – Sujeto Adquirente 1. Percepción a sujetos del IGV: Operación gravada con el IGV regular Obligación legal de adelanto de pago Vendedor Comprador Contribuyente

Incidido económico

Agente percepción

Sujeto percibido

Ambas operaciones se causan en el momento de la compra. 10

Ejemplo: Productor de Cerveza

Distribuidor de Cerveza

Obligación Legal

Agente de percepción de IGV adelantado

Sujeto de Percepción de IGV adelantado

IGV Regular

Vendedor Contribuyente

Comprador incidido económico

% percepción + 19% IGV 11

Percepción – Sujeto Adquirente 2. Percepción a sujetos que no tributan el IGV: a) Sujetos del RUS La percepción aplicada podrá deducirse de la cuota mensual, arrastrarse a los tres períodos siguientes o pedir devolución. b) Sujetos que no realizan operaciones gravadas Devolución.

12

Adquirente que es sujeto del IGV En el caso de percepciones de sujetos del IGV. ¿Cuál es la finalidad de las percepciones? Recaudar anticipadamente mediante el adelanto de pago del IGV. En este caso el sistema no funciona como mecanismo antielusivo, ni amplía la base de contribuyentes, corresponde a un incremento de la incidencia real del IGV en el comprador o usuario. ¿Incremento Tasa? Es razonable?, ¿Respeta la capacidad contributiva?, ¿Reserva de Ley? 13

Adquirente que no es sujeto del IGV En este caso, ¿cuál es la finalidad del sistema? Aplicarlo a sujetos que no tributan el IGV: • Controlar la evasión. • Extender el ámbito de aplicación del IGV. Consumidores finales: S/.700.00

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Principales Cuestionamientos – Percepciones Adquirentes Test de razonabilidad / P.Reserva de Ley / P.Cap.Contributiva. 1.

¿Qué tipo de obligación es? Es una obligación legal de pago de dinero.

2.

¿De naturaleza tributaria? Está concebida como una obligación tributaria subsidiaria. Carácter coactivo / deber contribuir.

3.

¿Es diferente a la obligación tributaria de pago de tributo? Se exige con independencia de la obligación de pago principal.

4.

¿Es posible exigir el pago de obligaciones a sujetos que no han realizado hecho imponible? La obligación tributaria subsidiaria del responsable / perceptor sólo puede concebirse junto a la obligación tributaria principal. Sino se trataría de otro tipo de prestación patrimonial coactiva. 15

Principales Cuestionamientos – Percepciones Adquirentes Estas obligaciones tributarias subsidiarias o prestaciones patrimoniales de derecho público están sometidas a los principios constitucionales de: -

Razonabilidad Reserva de Ley Capacidad Contributiva Seguridad jurídica

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Razonabilidad 1.

Aquirente del IGV Funciona como un mecanismo de aceleración de la recaudación e incremento de la carga impositiva. La medida no es razonable desde el punto de vista del adquirente que es sujeto del IGV. Quiebra la finalidad de la norma.

2.

Otros adquirentes Desde el punto de vista del adquirente que no es sujeto del IGV y que no va a realizar operaciones gravadas con el IGV no tiene sentido que adelante el pago del mismo. No se puede establecer anticipos a sujetos que no realizan el hecho imponible. Ejemplo: Consumidor final. 17

Reserva de Ley Rompe el principio de reserva de ley: Ley 28053 (08.08.2003) Las percepciones se efectuarán en la oportunidad, forma y plazos que establece SUNAT. Remisión en blanco o deslegalización: Operaciones afectas. Tasa aplicable. Bienes comprendidos Definición de consumidor final Deficiente grado de concreción vertical. Sujetos comprendidos. ¿? 18

Capacidad Contributiva Sujetos adquirentes del IGV Al tratarse de una obligación subsidiaria vinculada a posibles futuras obligaciones de pago del tributo, funciona como un incremento de la carga económica del IGV. Otros sujetos adquirentes ¿Consumidor final real? Clara violación de la capacidad contributiva, asume un mayor IGV respecto de hechos imponibles que nunca realizará.

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No desvirtúan lo anterior Mecanismo para el uso del pago anticipado Ley 28053 (08.08.2003) Las percepciones declaradas en el período se deducirán del impuesto a pagar del período o de períodos siguientes. Resolución de Superintendencia - Devoluciones - Operaciones con factura y cancelación con instrumento de pago. 20

Mecanismos constitucionales de defensa - Acción de Amparo - Acción Popular

21

Percepciones – Agente de Percepción 1.

Ley IGV modificada por Ley 28053: - Son sujetos del IGV en calidad de responsables solidarios: c) Los sujetos designados por D.S. o R.S. como agentes de percepción que causaron los importadores, adquirentes, quienes encarguen la construcción o los usuarios de servicios en las operaciones posteriores.

2.

Código Tributario: - Designación de agentes de percepción por Ley, D.S. o R.S, por razón de su actividad, función o posición contractual estén en posibilidad de percibir tributos.

22

Cuestionamiento – Agente de Percepción 1.

2.

3.

Agente percepción – Norma inferior a Ley El agente de percepción del “adelanto IGV” es creado por la Ley 28053. Es esta Ley la que faculta que este tipo de sujetos sean creados por Decreto Supremo o Resolución de Superintendencia. Responsable solidario – Norma inferior a Ley La Ley 28053 otorga la calidad de responsables solidarios a los designados por Decreto Supremo o Resolución de Superintendencia. Régimen de percepción – Norma inferior a Ley La obligación tributaria subsidiaria no se agota con la designación del sujeto. Existe otros aspectos esenciales reservados a Ley que no han sido cubiertos. Clara violación al principio de reserva de ley

deslegalización 23

Cuestionamiento – Agente de Percepción ¿Deber de colaboración? El agente de percepción, ¿hasta dónde alcanza su deber de colaboración a la Administración Tributaria? ¿Deben los contribuyentes suplir la labor de recaudación de SUNAT? Relación Jurídica entre las partes ¿Qué tipo de relación jurídica se crea entre el agente de percepción y el sujeto percibido?. Si se produce conflicto ¿cuál es el procedimiento a seguir? Alteración de precios y efecto inflacionario Mayor costo de cumplimiento. 24

Detracciones Los adquirentes de determinados productos están obligados a descontar (detraer) parte del precio de venta de bienes, gravados con el IGV, un porcentaje que será fijado por Decreto Supremo y que deberá ser depositado en las cuentas del Banco de la Nación que se abrirán a nombre de los vendedores, que sólo puede ser utilizado para el pago de impuestos.

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Detracciones Sistema: El comprador antes de retirar la mercadería o de registrar la factura o pagar el servicio deposita en el Banco de la Nación a nombre del proveedor un porcentaje del precio de venta. El vendedor recibe una constancia de depósito de parte del IGV que corresponde a la operación sujeta a la detracción junto con el saldo del precio de venta. El IGV detraído y depositado previamente por el comprador en el Banco de la Nación será aplicado por el vendedor contra el Impuesto bruto a pagar. 26

Detracciones Tipo de obligación Obligación tributaria subsidiaria sometida a los principios constitucionales.

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Reserva de Ley Art. 13 – D.Leg. 940: Establece que mediante Resolución de Superintendencia se definirán: -

Sectores económicos afectados Operaciones comprendidas Porcentaje o valor fijo aplicable Registros y procedimientos Aplicación del SPOT, etc. Remisión en blanco/deslegalización 28

Reserva de Ley Designación del agente de detracción ¿Es agente de retención o percepción? ¿Es responsable solidario? Está reservada a ley su designación

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Capacidad Económica Se condiciona la sustentación del gasto y/o costo para efecto tributario y el derecho al crédito fiscal y saldo a favor, al depósito de la detracción. Razonabilidad / proporcionalidad

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Razonabilidad Régimen de Sanciones 1. 2. 3.

Multa equivalente al importe no depositado Desconocimiento del gasto y el crédito fiscal Comiso de los bienes. ¿Es razonable la sanción? El desconocimiento del gasto y del crédito fiscal: - ¿Vulnera la capacidad contributiva? - ¿Reserva de Ley? - ¿Razonabilidad? 31

Detracciones Relación vendedor - comprador 1.

Conflicto en las relaciones vendedor-comprador.

2

¿Qué tipo de relación jurídica es?, ¿Qué pasa si el comprador detrae cuando no debe?, ¿Qué mecanismo de protección tiene el vendedor?

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Retenciones Sistema por el cual algunos compradores, designados por SUNAT, están obligados a retener un porcentaje del precio de venta de los bienes y servicios que adquieren (6%) y en lugar de entregarlo al vendedor lo depositan en SUNAT a nombre de su vendedor. Agente de retención: Adquirente, usuario o el que encarga la construcción.

33

Retenciones Reserva de Ley Ley 28053 Designación de agente de retención y regulación del régimen de retenciones por norma inferior a la ley.

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